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FONDO DE INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO FID PORTALES-MATUCANA
PRBIPE – SANTIAGO
CONSOLIDADO PREGUNTAS Y RESPUESTAS
- ¿Dónde puedo encontrar los formularios y anexos de postulación?
● Debes ingresar a la página http://www.revivesantiago.cl/
● Hacer click dentro de la imagen amarilla
● Descargar los documentos
- ¿Dónde y cómo se envía la postulación?
La postulación se debe enviar al correo [email protected] , adjuntando toda la documentación
solicitada en bases de la convocatoria FID Portales-Matucana. Debe quedar enviada antes del 03 de
mayo 2020 a las 23:59 hrs.
- ¿Puedo postular si estoy fuera del polígono? Según el punto 2 de “Bases FID Portales-Matucana”: “El concurso FID Portales-Matucana 2020, está dirigido en forma exclusiva a emprendedores que tengan domicilio residencial y/o comercial comprobable en el área de intervención prioritaria o área de influencia del Polígono Portales-Matucana, que quieran o estén desarrollando un emprendimiento con impacto social o innovación social en el Polígono.” (Mapa de localización áreas en bases FID Portales-Matucana, página 17). No obstante, lo anterior, los proyectos presentados e impulsados por emprendedores barriales (con residencia dentro de los límites especificados por bases), pueden considerar la participación de organizaciones que no estén en el área delimitada en las bases del concurso. Sin embargo, es responsabilidad del representante del proyecto el cómo se define y plantea la participación de estas organizaciones. Para reconocer si está dentro del Polígono revisar el siguiente Mapa
Área de Intervención, Polígono Portales-Matucana
Figura 1: Áreas del programa Polígono Portales-Matucana
1. Se considera como área de influencia el entorno al Parque Portales limitado
por las calles Catedral, Matucana, Romero, Ricardo Cumming, nombradas por
el municipio como Unidad de Intervención Territorial Matta Sur y Unidad
Territorial 03 de Yungay. Correspondiente a un territorio de 198 hectáreas.
2. El área de intervención corresponde al territorio donde se desarrollarán las
intervenciones del programa. Esta área tiene una superficie aproximada de
63,8 hectáreas (0,63 km²).
3. El área prioritaria de intervención de Portales-Matucana tiene una superficie
aproximada de 25,3 hectáreas (0,25 km²) y tiene como límites los fondos de
sitios que enfrentan las calles Compañía de Jesús, por el norte, Matucana, por
el este, Erasmo Escala, por el sur, y General Bulnes, por el oeste, corresponde
al sector de proyectos detonantes y de infraestructura emblemática.
- ¿Todos los ejecutores deben de ser del polígono de ejecución?
El concurso FID Portales-Matucana 2020, está dirigido en forma exclusiva a emprendedores que
tengan domicilio (residencial y/o comercial) dentro del Área de Intervención prioritaria del Polígono
Portales – Matucana o Área de influencia. Quien presenta el proyecto, es el que debe pertenecer al
polígono, no necesariamente la totalidad del equipo ejecutor.
En este sentido, se indica según bases que si postulas como personalidad jurídica se debe adjuntar el
comprobante de domicilio del Rep. legal (domicilio residencial o comercial). En caso de postular como
persona natural, quien presenta el proyecto debe pertenecer al polígono de ejecución.
No obstante, lo anterior, los proyectos presentados e impulsados por emprendedores barriales (con
residencia dentro de los límites especificados por bases), pueden considerar la participación de
organizaciones que no estén en el área delimitada en las bases del concurso. Sin embargo, es
responsabilidad del representante del proyecto el cómo se define y plantea la participación de estas
organizaciones
- ¿Cómo acredito mi residencia? Según bases de la convocatoria se debe presentar un documento que acredite residencia dentro del polígono, este documento, puede ser el certificado de residencia que entrega la junta de vecinos, cuenta de servicios básicos, cuentas de casas comerciales, notificaciones de AFP, Isapre, entre otros. ¿Cuántos proyectos serán beneficiados en esta convocatoria? ¿Cuál es el monto a repartir total?
El monto a repartir es de $80.000.000.- por lo que se implementarán a lo menos 8 proyectos de
innovación colaborativos/consorciados que agreguen valor y contribuyan a la revitalización del barrio.
- ¿Si el representante legal de la personalidad jurídica postulante no vive en el barrio, pero la
personalidad jurídica postulante tiene residencia en las áreas a las cuales se dirige el fondo, se puede
postular? ¿Qué documento se debe presentar?
Si se puede, en el entendido que quien postula es la PJ con domicilio en el área priorizada.
Por lo tanto, la personalidad jurídica que presenta el proyecto debe acreditar residencia, por medio
de contrato de arriendo, certificado vigente de propiedad, cuenta de consumo básico dirigida a la PJ
- ¿Qué significa que los recursos son otorgados través de una institución ejecutora intermediaria?
La Institución ejecutora intermediaria para este Fondo de Innovación para el Desarrollo es
Corporación Santiago Innova.
Según lo que se indica en bases de la convocatoria - Manual de rendiciones:
Los recursos del programa son administrados por la Institución Ejecutora Intermediaria adjudicataria
(Santiago Innova), no existe transferencia directa de fondos desde la I. Municipalidad de Santiago a
los beneficiarios.
La institución Ejecutora Intermediaria será la responsable de realizar y presentar las rendiciones a la I.
Municipalidad de Santiago, según lo que se indica en Manual de Rendiciones, Bases Técnicas y
Administrativas y en concordancia a lo indicado en la Resolución N°30 de la CGR.
Se podrán realizar dos tipos de ejecución de los fondos con la entidad ejecutora intermediaria Santiago
Innova:
- Compra Asistida El Agente Operador en conjunto con la beneficiaria, proceden a realizar las
compras correspondientes.
- Reembolso: La beneficiaria podrá realizar las compras definidas y aprobadas en el Plan de
Trabajo, las cuales son reembolsadas por parte del Agente Operador.
Las solicitudes de compra se realizan de acuerdo al calendario de actividades formulado por el asesor
de Santiago Innova y el beneficiario.
Las solicitudes de compra se efectúan siempre al profesional asesor de Institución Ejecutora
Intermediaria asignado para el acompañamiento en terreno de cada beneficiario y estas se deberán
realizar en un plazo no superior a 15 días hábiles desde la fecha que se solicita la compra asistida o
reembolso con todos los documentos requeridos según la modalidad y la actividad.
- ¿Es necesario considerar 2 cotizaciones por cada elemento del presupuesto que quiera agregar? Según bases, dentro de la documentación requerida se solicitan dos cotizaciones por ítem, a menos que puedan demostrar que dichos gastos corresponden a un producto o servicio ofrecido por un proveedor único. (Ej.: Equipo ejecutor, producto o servicio con características muy particulares o especializadas).
- ¿Es necesario presentar dos cotizaciones por un ítem que considera comprar en un proveedor en
específico, ya que la considere como parte de la red de colaboración con carta de alianza?
La razón de que tengas una alianza con un proveedor no quita que debas presentar dos cotizaciones.
El criterio para elegir un proveedor sobre otro, no depende solo de cual es más barata. Depende de
tus necesidades y razones personales para elegir al proveedor que consideres se adapta mejor al
cumplimento del objetivo de tu proyecto.
- ¿Porque hay dos categorías del fondo?
El Fondo tiene 2 categorías ya que se distinguen los proyectos generados en la primera versión de
Redes de Colaboración para la Innovación en el marco del programa “Revive Santiago” (2017-2018); y
otros nuevos proyectos que cumplan con las exigencias de este “Fondo de Innovación para el
Desarrollo”.
- Fui parte del programa “Redes de colaboración” (2018), pero en estos momentos ya no estoy
ligado(a) al proyecto y me gustaría presentarme con una nueva iniciativa. ¿Puedo postular en la
categoría de redes de colaboración, considerando que estuve en todo el proceso?
Los proyectos que participan en la categoría “Redes de colaboración” sólo pueden presentarse con el
proyecto de esa instancia, con modificaciones menores de acuerdo al avance que tuvieron desde el
año 2018 al 2020.
Por lo que una nueva iniciativa debe ser postulada a la categoría abierta y no a “redes de
colaboración”.
¿Puedo postular mi proyecto separado en dos etapas (ya que no me alcanza con el monto ofrecido)?
Los proyectos que se presenten deben justificar su factibilidad y sostenibilidad de manera
independiente y en concordancia con los apartes que se solicitan. Siempre considerando los
resultados esperados de esta convocatoria
Según bases de la convocatoria el resultado esperado del Fondo de Innovación para el Desarrollo es
que los “actores – talentos” presentes en el polígono, con ideas y/o iniciativas barriales, vean
potenciados sus proyectos al ser diseñados y ejecutados en red, con la colaboración de actores con
conocimientos, recursos y otros aportes complementarios que agreguen valor al proceso y al
producto, y favorezcan su continuidad y sustentabilidad más allá de la inyección de recursos
específicos.
Se espera que la experiencia derive en emprendimientos o innovaciones sociales y/o culturales con
visión y oportunidades de futuro que se transformen en agentes dinamizadores del desarrollo del
Barrio, por lo cual se espera que la comunidad territorial en su conjunto se vea beneficiada por el
impacto social de los proyectos impulsados.
¿Qué cosas se pueden considerar en los aportes no pecuniarios (Valorizados)?
Como se indica según bases, los postulantes deben considerar un cofinanciamiento mínimo de un 20%
del total del proyecto, el cual podrá ser pecuniario y/o valorizado.
En el caso de ser valorizado, como, por ejemplo: Infraestructura, activos, recursos humanos, entre
otros, este aporte debe diferenciarse de lo ya existente para otros usos y detallarse el cómo se va
incorporar y aportar al nuevo proyecto.
El aporte valorizado o no pecuniario consiste en el aporte de uso de bienes, infraestructura,
destinación de recursos humanos, entre otros, ya existentes en el aportante previo a la ejecución del
proyecto.
¿El tipo de aporte para el cofinanciamiento afecta criterio de evaluación?
Según el criterio de selección “Aportes para la ejecución” se evalúa si el aporte propio y/o de terceros
es “Alto” o “Bajo” con respecto al total del proyecto. Esto, cumpliendo con el cofinanciamiento mínimo
del 20%.
¿Si bien el plazo para ejecutar el proyecto es hasta el 31 de enero, cuántos meses de trabajo debe
tener el proyecto?
Se indica en las bases de la convocatoria que la comunicación de los ganadores será el día 12 de mayo.
Además, que el proyecto se ejecutará desde la firma de contratos hasta 31 de enero de 2021. (*Error
en el año puesto en base de convocatoria, ya que dice 31 de enero de 2020)
Desde la comunicación de los ganadores (12 de mayo del 2020), se disponen de 15 días hábiles por
parte de Corporación Santiago Innova para la firma de contratos con los beneficiarios de la
convocatoria. Por lo tanto, considerando desde el termino de los 15 días hábiles, hasta el 31 de enero,
son 8 meses de ejecución.
- ¿Qué pasa con el proyecto después de su ejecución? ¿Cómo mantener su funcionamiento en el
tiempo?
Según bases de la convocatoria “El resultado esperado del Fondo de Innovación para el Desarrollo es
que los “actores – talentos” presentes en el polígono, con ideas y/o iniciativas barriales, vean
potenciados sus proyectos al ser diseñados y ejecutados en red, con la colaboración de actores con
conocimientos, recursos y otros aportes complementarios que agreguen valor al proceso y al
producto, y favorezcan su continuidad y sustentabilidad más allá de la inyección de recursos
específicos”.
Por lo tanto, se espera que la experiencia derive en emprendimientos o innovaciones sociales y/o culturales con visión y oportunidades de futuro que se transformen en agentes dinamizadores del desarrollo del Barrio, por lo cual se espera que la comunidad territorial en su conjunto se vea beneficiada por el impacto social de los proyectos impulsados. En el formulario de postulación se plantean preguntas específicas de cómo el ejecutor del proyecto
logrará la sustentabilidad de este. Por lo que cada postulante, debe presentar y desarrollar una
propuesta de cómo lo logrará hacer de acuerdo a las particularidades de su proyecto.
La sostenibilidad de los proyectos presentados será un factor de evaluación.
- ¿Es necesario que el proyecto tenga que generar ingresos monetarios?
La pregunta N°20 del formulario de postulación plantea: ¿Cómo tiene previsto proteger su iniciativa para generar una ventaja que sea sostenible en el tiempo y así capturar los ingresos de su proyecto? (Indicar si esto aplica o no a su iniciativa, puede que no sea necesario protegerla con patentes o convenios o propiedad intelectual y puede no generar ingresos).
Esto quiere decir que no necesariamente un proyecto debe generar ingreso monetario, esto depende de la naturaleza del proyecto que se presente.
No obstante, considerar que todo proyecto, ya sea económico, social o cultural, debe impactar positivamente en los otros ámbitos. Por ejemplo, si el proyecto es de carácter social, debe de todas formas tener una justificación e impactar en el ámbito económico a beneficiarios directos o indirectos.
Además, es importante considerar que el objetivo de este fondo según bases de convocatoria: “Se espera que la experiencia derive en emprendimientos o innovaciones sociales y/o culturales con visión y oportunidades de futuro que se transformen en agentes dinamizadores del desarrollo del Barrio, por lo cual se espera que la comunidad territorial en su conjunto se vea beneficiada por el impacto social de los proyectos impulsados”. Por lo tanto, debe considerar cómo continuará funcionando la iniciativa terminado el periodo de ejecución del FID.
- ¿Puedes postular una corporación que aún no tiene movimientos y 1 año de antigüedad?
Según bases de la convocatoria, pueden postular personas naturales con giro en primera o segunda
categoría ante el SII y personas jurídicas con o sin fines de lucro. No hay exigencia de tiempo de
funcionamiento de la PJ, sólo se solicita certificado de vigencia de la PJ no mayor a 60 días de
antigüedad.
Si se presenta el proyecto como persona natural. ¿Qué plazo tengo para formalizar una Personalidad
Jurídica?
Según el documento anexo 5 “Carta de compromiso de formalización persona natural”, una vez
adjudicados y aceptados los fondos provenientes del concurso PRBIPE FID Portales- Matucana”, el
beneficiario cuenta con un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato.
¿Qué es mejor postular como Personalidad Jurídica o como persona natural?
Según las bases de la convocatoria, pueden postular igualmente personas naturales con giro en
primera o segunda categoría ante el SII y personas jurídicas con o sin fines de lucro. Las personas
naturales que postulen deberán considerar durante la ejecución del Emprendimiento la “constitución
de una persona jurídica”, con o sin fines de lucro, la que una vez constituida, asumirá la calidad de
Beneficiario Atendido.
El estar constituido como Personalidad Jurídica agiliza los tiempos de ejecución del proyecto, ya que
podrás comenzar a solicitar compras y pagos desde el mes 1 del proyecto. A diferencia de si eres
persona natural, ya que deberás formalizar tu PJ para comenzar a ejecutar los montos recibidos por
el FID, dado que las facturas de compras y boletas de honorarios deben ir emitidas al nuevo Rut de la
PJ.
- Para el presupuesto. ¿Es necesario incluir los gastos de contratación del equipo ejecutor?
Esto depende de las necesidades de tu proyecto, el fondo permite financiar RRHH bajo el ítem
presupuestario “Capital de trabajo”- Nuevas contrataciones el cual comprende el gasto en
remuneraciones u honorarios de nuevos trabajadores asociados al proyecto, contratados con
posterioridad a la selección formal del proyecto.
- Puedo postular con un proyecto como particular, y ser parte de la red de colaboración de otro
proyecto? ¿Con cuántos proyectos puedo postular?
Si se puede postular con un proyecto como particular y ser parte de la red de colaboración de otro
proyecto. Considerando, que uno de los objetivos es lograr que los proyectos presentados sean de
carácter colaborativo y que considere la participación de actores pertenecientes a diversos
estamentos, (Academia – Empresa – Emprendedor – Gobierno - Comunidad), puede ser parte de la
red de colaboración de otro proyecto
Por otra parte, una persona natural con giro en primera o segunda categoría ante SII o una
personalidad jurídica con o sin fines de lucro puede ser postulante a esta convocatoria (máximo con
un proyecto) y también ser parte de la red de colaboradores de otros proyectos.
.
En las bases, punto 8 aparece como parte de los Criterios de Evaluación el “estado de avance del
proyecto”. ¿A qué se refieren con este “estado de avance”, hay que tener comenzado el proyecto
para postular?
El “estado de avance” se refiere a la etapa de desarrollo en que se encuentra el proyecto. Por ejemplo:
obtención de los acuerdos con organizaciones mencionados en el proyecto; actividades desarrolladas
con anterioridad a la presentación del proyecto; tramitación de permisos y formalidades legales
(obtenidas o ya solicitadas) que están asociados a tu proyecto (en el caso de que existan).
El no tener comenzado el proyecto no es un criterio de postulación excluyente. No obstante, el estado
de avance en el que se encuentra el proyecto (con respecto a lo mencionado) si es un aspecto que se
considera dentro de los factores de evaluación.
¿El fondo financia el pago de las leyes sociales y el iva de compras?
Este fondo si financia el pago de leyes sociales y el IVA de las compras que se realicen, Según bases de
convocatoria: Los representantes de los núcleos o empresas que realicen la gestión de dirección e
implementación de cada proyecto en los casos que estén afectos a IVA, podrán rendir sus facturas por
el valor bruto si realizan una declaración jurada notarial en que se indique expresamente el no uso del
IVA CF, en dicho caso deberán quedarse en poder de una copia de la factura original que indique la
leyenda “Copia de Factura: no da derecho a crédito fiscal”, según R.E. Nº 14 del año 2005 del SII. El
pago de IVA asociado a las compras del proyecto, en aquellos casos de beneficiarios que no hagan uso
del crédito fiscal, deberá presentar “Carpeta Tributaria para solicitar Créditos”, disponible en el sitio
web del SII, en el cual se acredite dicha situación. En caso de beneficiarios sin inicio de actividades
bastará adjuntar la consulta tributaria del rut donde se verifique tal condición.
El ítem de nuevas contrataciones comprende el gasto en remuneraciones u honorarios de nuevos
trabajadores asociados al proyecto, contratados con posterioridad a la selección formal del proyecto.
Para el ítem “nuevas contrataciones”, se debe entregar una copia original del contrato en la primera
rendición y en las rendiciones mensuales presentar la liquidación de sueldo original firmada por el
personal contratado y copia del contrato. También se debe acompañar de los pagos previsionales y
del libro contable (remuneraciones), junto con el verificador de pagos. Por lo tanto se paga las leyes
sociales del personal nuevo contratado.
¿Qué son los activos físicos e intangibles?
Según bases de convocatoria los activos físicos e intangibles los divide en dos categorías:
- Activos Productivos: Corresponde a la adquisición de bienes (Activos físicos) que se
utilizan directamente en el proceso de producción de los bienes y/o servicios
ofrecidos, tales como: sistemas de iluminación, andamios, carpetas de piso, tatamis
para entrenamiento, amplificación, mesas de sonido, etc. Intangibles como: Registro
de marca, propiedad intelectual, software, etc.)
- Activos de Funcionamiento: Corresponde a la adquisición de bienes (activos físicos),
necesarios para el proyecto, pero que no se utilizarán directamente en el proceso
productivo, tales como: mobiliario de soporte (mesones, estanterías, repisas, vitrinas,
caballetes, equipos computacionales, balanzas digitales, pesas, implementación de
elementos tecnológicos, u otros similares. Incluye estructuras móviles o
desmontables, tales como toldos, stands y otros similares. Dentro de este ítem, se
incluye los gastos asociados a la instalación, capacitación, respecto al uso del bien,
preparación de las instalaciones donde se ubicaran, y otros de similar índole.
- ¿Se requiere cotización considerando que todo se tiene que hacer online? ¿Se puede considerar
un pantallazo como cotización?
Depende, Según bases de la convocatoria, las 2 cotizaciones por ítem son obligatorias para personas
naturales como jurídicas.
Los postulantes deberán entregar dos cotizaciones en el proceso de postulación, a menos que puedan
demostrar que dichos gastos corresponden a un producto o servicio ofrecido por un proveedor único.
Se puede considerar los pantallazos como cotización, debido a la contingencia sanitaria COVID-19 y
demora en las respuestas por baja de RRHH en empresas o cierre temporal, consideramos que se
puede poner pantallazos como respaldo de cotizaciones sólo de páginas web oficiales de
proveedores.
¿El máximo son 10 M o 12,5 M en total?
Según bases de convocatoria, los montos máximos a solicitar al Fondo de Innovación para el Desarrollo
son $10.000.000.-
¿Hay que rendir la suma del fondo solicitado aporte FID y propio?
Luego de adjudicado el fondo, los beneficiarios deberán rendir el aporte FID y el aporte propio
pecuniario y valorizado.
- ¿Qué significa que no financiar fondos concursables?
Según bases de la convocatoria, este fondo NO financia “Proyectos de terceros como fondos
concursables”.
Esto quiere decir, que no se puede solicitar dinero al Fondo de Innovación para el desarrollo para
financiar concursos a terceros proyectos (Premios de concursos a terceros como entrega de dinero o
especias).
- ¿El 20% de cofinanciamiento es sobre el monto que estoy pidiendo al FID?
Según bases de la convocatoria, el 20% de cofinanciamiento mínimo es sobre el monto total del
proyecto (Monto solicitado al FID + Aporte propio o de terceros)
- ¿Pueden los activos fijos considerarse como aporte propio?
Si se pueden considerar los activos fijos como aporte propio.
Los proyectos deben considerar un cofinanciamiento del 20% del total del proyecto. El presupuesto
deberá presentarse en montos brutos y en pesos chilenos, incorporando los impuestos asociados a
cada gasto.
Este cofinanciamiento mínimo de un 20%, podrá ser pecuniario y/o valorizado. En el caso de ser
valorizado, puede ser, por ejemplo: Infraestructura, Bienes, Destinación de recurso humano, este
aporte debe diferenciarse de lo ya existente para otros usos y detallarse el cómo se va incorporar y
aportar al nuevo proyecto.
Por lo tanto, los activos fijos pueden ser considerados aporte propio.
- ¿Uno puede tener como cofinanciamiento una parte de su sueldo?
Si puede considerar como cofinanciamiento una parte de sueldos a RRHH. Según bases de
convocatoria: debe haber un cofinanciamiento mínimo de un 20% por parte del postulante, el cual
podrá ser pecuniario y/o valorizado. En el caso de ser valorizado, como, por ejemplo: Infraestructura
Bienes Destinación de recurso humano, este aporte debe diferenciarse de lo ya existente para otros
usos y detallarse el cómo se va incorporar y aportar al nuevo proyecto.
- Una página web que se utilizará como plataforma y ya está hecha. ¿Puede ser valorada como
aporte propio?
Si se puede considerar una página web como aporte propio, según bases de la convocatoria los
“Activos Productivos”: Corresponde a la adquisición de bienes (Activos físicos) que se utilizan
directamente en el proceso de producción de los bienes y/o servicios ofrecidos, tales como: sistemas
de iluminación, andamios, carpetas de piso, tatamis para entrenamiento, amplificación, mesas de
sonido, etc. Intangibles como: Registro de marca, propiedad intelectual, software, etc.). Por lo tanto,
una página web entraría categorizada como un “activo productivo intangible” y puede considerarse
dentro del cofinanciamiento.
¿Si alguien es independiente como tiene un contrato de trabajo?
Según bases de convocatoria:
Nuevas contrataciones: comprende el gasto en remuneraciones u honorarios de nuevos trabajadores
asociados al proyecto, contratados con posterioridad a la selección formal del proyecto. Se excluyen
bonos por alimentación y transporte y contrataciones de personal administrativo tales como
secretarias, contadores, junior u otros.
Para el ítem “nuevas contrataciones”, se debe entregar una copia original del contrato en la primera
rendición y en las rendiciones mensuales presentar la liquidación de sueldo original firmada por el
personal contratado y copia del contrato. También se debe acompañar de los pagos previsionales y
del libro contable (remuneraciones), junto con el verificador de pagos. Este contrato es una
formalización simple de la relación laboral y puede ser de plazo fijo como indefinido.
Cuando se trata de boletas de honorarios por servicios contratados en Mentoría, Asesoría y Asistencia
técnica se debe entregar: - Antecedentes curriculares (CV, Copia CI ambos lados, Copia certificado
título). El CV del asesor debe ser pertinente con el tema de la asesoría. - Plan de trabajo valorado, esta
documentación debe ser entregada antes de contratar la asesoría ya que debe ser aprobado por el
equipo de la Institución Ejecutora Intermediaria.
Luego de la aprobación de documentos se puede ejecutar la asesoría, la que una vez ejecutada en
conformidad, se puede solicitar pago (reembolso o asistida) considerando los siguientes documentos:
-Informe final de la Asesoría: Este documento debe contener Índice, introducción, contenidos tratados
(Conceptos, ejercicios, trabajo de investigación respecto a datos del emprendimiento, conclusión
sobre el aporte al negocio al cual se está asesorando) El contenido debe ajustarse al monto de la
Asesoría.
-Boleta de Honorarios del Asesor: La glosa debe indicar la asesoría tratada, el giro del asesor debe ser
pertinente con la asesoría y la fecha de la boleta dentro de los plazos establecidos. Con retención del
10% pagado.
-F29 y libro de retenciones y en algunos casos informe boletas emitido por SII (solo cuando se trata
de boletas electrónicas y el libro de retenciones no coincide con el F29)
- Si se trata de un reembolso, la beneficiaria debe presentar los verificadores del pago anteriormente
informados, previa aprobación de los antecedentes curriculares del asesor por parte del equipo
Ejecutor Intermediario. También se debe adjuntar el comprobante de pago que se realizó al Asesor
contratado para este servicio.
¿Los ejecutores de proyecto son con contrato de trabajo o con boleta de honorarios?
Depende de la situación contractual y organización que cada proyecto plantee.
El contrato de trabajo se encuentra regido por el Código del Trabajo, en un contrato de trabajo existe
una relación de dependencia o subordinación entre las partes. De acuerdo a lo anterior, toda actividad
de trabajo donde exista una relación de subordinación y dependencia origina un contrato de trabajo
y queda regida por las normas del Código del Trabajo. Esto genera para el trabajador todos los
derechos que le corresponden, es decir: límites de jornada de trabajo, descansos, vacaciones,
indemnizaciones, etc.).
Es muy importante tener en cuenta que los trabajadores a honorarios no se rigen por el Código del
trabajo, esto significa que cualquier beneficio al que tenga derecho el trabajador dependerá
exclusivamente del acuerdo al que haya llegado con su empleador, y el cual deberá quedar reflejado
en un contrato a honorario.
Un contrato de honorario es un pacto en el cual una parte se encuentra obligada a prestar
determinados servicios por un tiempo específico a la otra parte, quien a su vez está obligado a pagar
una cantidad específica de dinero por dichos servicios.
- ¿Si es un contrato a plazo fijo paga imposiciones?
los trabajadores(as), ya sea que estén con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra, faena servicio
determinado, tienen derechos previsionales y en materia de seguridad social.
El empleador(a) deberá descontar de la remuneración del trabajador(a) y pagar:
- Cotizaciones Previsionales
- Cotizaciones de Salud
- Seguro de Cesantía
El empleador(a) deberá pagar además:
- El seguro de invalidez y sobrevivencia
- El seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
- ¿Puede una persona que pertenece al directorio de la Personalidad jurídica, recibir honorarios por ser parte del equipo ejecutor del proyecto? Según el código Civil, art. 551-1 que establece a la letra: “Los directores ejercerán su cargo gratuitamente, pero tendrán derecho a ser reembolsados de los gastos, autorizados por el directorio, que justificare haber efectuado en el ejercicio de su función. – Sin embargo, y salvo que el estatuto dispusiera lo contrario, el directorio podrá fijar una retribución adecuada a aquellos directores que presten a la organización servicios distintos de sus funciones como directores. Por lo tanto, si se puede considerar a un miembro del directorio como "nueva contratación" (bases p.17), considerando una labor distinta a la desempeñada en el directorio y puntualmente para la ejecución del proyecto, a menos que por estatutos dispusiera lo contrario. (revisar estatutos de la PJ)
¿Se puede incluir un ítem de imprevistos en activos fijos?
Según bases de convocatoria sobre activos físicos e intangibles, sólo se puede incluir por tipo de activo:
- Activos Productivos: Corresponde a la adquisición de bienes (Activos físicos) que se utilizan
directamente en el proceso de producción de los bienes y/o servicios ofrecidos, tales como:
sistemas de iluminación, andamios, carpetas de piso, tatamis para entrenamiento,
amplificación, mesas de sonido, etc. Intangibles como: Registro de marca, propiedad
intelectual, software, etc.).
- Activos de Funcionamiento: Corresponde a la adquisición de bienes (activos físicos),
necesarios para el proyecto, pero que no se utilizarán directamente en el proceso productivo,
tales como: mobiliario de soporte (mesones, estanterías, repisas, vitrinas, caballetes, equipos
computacionales, balanzas digitales, pesas, implementación de elementos tecnológicos, u
otros similares. Incluye estructuras móviles o desmontables, tales como toldos, stands y otros
similares. Dentro de este ítem, se incluye los gastos asociados a la instalación, capacitación,
respecto al uso del bien, preparación de las instalaciones donde se ubicarán, y otros de similar
índole.
- ¿Solo debe ser comunitario, social?
Según bases de convocatoria:
El Fondo de Innovación para el desarrollo, es un fondo concursable destinado a financiar proyectos
colaborativos, impulsados por emprendedores económicos, culturales y sociales del barrio. En
ámbitos y sectores que pongan en valor las vocaciones, riquezas y potencialidades del territorio.
Las áreas de interés y de financiamiento del “Fondo de Innovación para el Desarrollo” son proyectos
de turismo patrimonial, gastronomía, economías creativas, cultura/gestión cultural, protección y
apoyo a actividades económicas, culturales y/o sociales que se desarrollan a escala local y potencian
la vida de barrio.
- ¿Qué pasará si se extiende la cuarentena y no logro cumplir con los tiempos de ejecución que puse
en el formulario de postulación?
Según bases de la convocatoria y en el caso de los proyectos adjudicados, si el beneficiario requiera
modificar o reasignar alguna de las actividades del Plan de Trabajo, de manera parcial (por cambio de
precios, maquinaria o servicio de mejor calidad u otra circunstancia justificada), o incorporar nuevas
actividades y/o ítems vinculados al objetivo del proyecto, debe solicitar autorización.
Esto deberá ser solicitado por el Ejecutor Intermediario de manera escrita a la contraparte municipal
respectiva a cargo del programa y la compra se podrá realizar una vez que se apruebe la modificación
por parte del ejecutivo. Se podrá modificar como máximo el 25% del monto total del proyecto y dicha
modificación en ningún caso podrá vulnerar alguna de las restricciones máximas de financiamiento
establecidas en las bases de convocatoria.
Por lo tanto, de acuerdo a la contingencia, los proyectos beneficiados podrán reajustar sus actividades
solicitando modificación.
- ¿Puede postular una personalidad jurídica SPA?
Si, se puede postular con una SP Según bases de la convocatoria, puedes postular con cualquier tipo
personalidad con o sin fines de lucro.
- ¿Qué pasa si tengo PJ, pero me falta hacer algunos trámites como sacar la cuenta corriente del
banco, por la contingencia. ¿cómo postulo como PJ o como persona natural?
Puedes postular a la convocatoria como PJ . Tener la cuenta corriente de la PJ no es un documento
obligatorio que se requiera en la postulación. Según las bases de la convocatoria y con respecto a la
documentación solicitada a la PJ , sólo es necesario estar formalizado como PJ, contar con los estatutos
y certificado de vigencia.
- Si es una Empresa limitada, pero la dirección no es de Barrio Yungay , pero si de santiago centro,
puedo postular?
Es requisito excluyente según bases vivir dentro del Polígono y ejecutar el proyecto en el área
prioritaria, por lo tanto, no podrías postular.
El concurso FID Portales-Matucana 2020, está dirigido en forma exclusiva a emprendedores que
tengan domicilio (residencial y/o comercial) dentro del Área de Intervención prioritaria del Polígono
Portales – Matucana o Área de influencia. En caso de tener domicilio fuera de los márgenes del área
de intervención prioritaria, pero estar dentro del área de influencia, deberá contar con el compromiso
de participación y validación de su proyecto de una organización comunitaria (territorial o funcional)
del área de intervención prioritaria (Polígono Portales Matucana), como parte significativa de la
población que se verá impactada positivamente por la realización del proyecto.
- ¿A qué refiere, cuando menciona “por la comunidad”: a las comunidades que serán
beneficiadas en el sector? ¿A qué refiere cuando señala descripción del proyecto colaborativo:
a las organizaciones asociadas?
Uno de los requisitos de este fondo, según bases de la convocatoria es: Tener un proyecto colaborativo
que considere la participación de actores pertenecientes a diversos estamentos, (Academia – Empresa
– Emprendedor – Gobierno - Comunidad), irrenunciable será la participación protagónica de la
comunidad que se impactará positivamente con el proyecto.
Por lo tanto, consideramos "La comunidad" como las personas que habitan particular y
comercialmente en el área prioritaria del Polígono Portales-Matucana. Y nos referimos a un
"Proyecto Colaborativo" dado que esperamos que los proyectos se realicen en colaboración con
diversos estamentos: Academia – Empresa – Emprendedor – Gobierno - Comunidad (representada
por JJVV u otras organizaciones funcionales y territoriales).
- ¿Puedo poner en el presupuesto un ítem de arriendo de la sala donde se desarrollarán los talleres
que contempla este proyecto que presentaré al FID?
Puedes poner el arriendo de un lugar que utilizarás para ejecutar el proyecto, solo si es un “nuevo
arriendo”. Según bases de convocatoria (Bases, Pág.14) el ítem Nuevos Arriendos: comprende el gasto
en arriendos de bienes raíces (industriales o comerciales) y /o maquinarias necesarias para el
desarrollo del proyecto, contratados con posterioridad a la selección formal del proyecto. Se excluye
el arrendamiento de bienes propios, de algunos de los socios, representantes legales o de su
respectivo cónyuge y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2do grado inclusive.,
- ¿Existe algún formato específico para enviar el pitch? algún peso máximo del video?
Idealmente debes enviar el pitch en formato MP4 o formato MOV.
En realidad, no sé requiere ningún peso en particular, esto va a depender del formato de video. Por
ejemplo, si es de full HD (1920x1080). También varía el peso en la duración del vídeo o archivo.
Considerar que el pitch debe durar máximo 3 a 4 minutos
- ¿Corporación Santiago Innova editará los videos? ¿Cómo postulante, puedo yo editar mi
video?
Puedes solicitar la edición de tu video, al momento de enviar tu postulación a [email protected]
- Puedes solicitar agregar logotipo a video, música de fondo, grabación de audio por separado,
integración de imágenes.
Por otra parte, también puedes editar tú mismo tu PITCH, aquellos que tengan la capacidad y
disposición audiovisual, pueden realizar sus propios arreglos.
- ¿Se puede enviar un Pitch con imágenes además de la persona hablando?
Al momento de enviar tu postulación, puedes adjuntar las imágenes que quieres que sean agregadas
al pitch y solicitar la edición.
-¿Puede haber más de un hablante en el video, en caso de las organizaciones?
No hay problema con que sea más de un hablante en el pitch, además la persona que lo presenta
puede ser el representante del proyecto, como algún miembro del equipo ejecutor o una voz en off.
¿Es mejor usar un manos libres como micrófono?
Para mejorar la calidad del audio de tu video puedes considerar la opción de utilizar un manos libres.
Como recomendación intenta grabar en lugares alejados del ruido ambiental.