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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

Edita: UGT AragónContenidos: Secretaría de Industria, Innovación, Salud Laboral y Medio AmbienteEdición 2010Deposito legal: Z-3952-2010

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

ÍNDICE

- Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5

- Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7

- Referencias estadísticas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9

- Conceptos y defi niciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

- Movilidad al puesto de trabajo y prevención de riesgos laborales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21

- Factores de Riesgo y Medidas Preventivas. . . . . . . . . . . . . . . . 29

- Preguntas frecuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48

- Normativa y bibliografía de referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52

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PRESENTACIÓN

Uno de los aspectos más olvidados en el control de la siniestralidad laboral hace referencia al control de los riesgos laborales que ocurren en el exterior de la empresa. Recientes encuestas elaboradas por la Dirección General de Tráfi co, demuestran que en la actualidad un 40% de los accidentes de trabajo actuales, son accidentes de tráfi co. Sin embargo, los sistemas de prevención de riesgos laborales de las empresas están descuidando la prevención de este tipo de acci-dentes, cuyas consecuencias pueden ser de alta gravedad para los trabajadores. Por ello, UGT considera necesario integrar la movilidad segura al puesto de trabajo en dichos sistemas de prevención de riesgos laborales, como una más de las causas posibles de accidente de trabajo, al objeto de evitar una de las principales causas de siniestralidad laboral en nuestras empresas.

Esta desconsideración de la movilidad al puesto de trabajo, ocurre a pesar de la completa defi nición del concepto de accidente de trabajo establecida en la Ley de Seguridad Social, en el que se incluyen diversos tipos de accidente que se considerarán de trabajo, como los accidentes in itinere o en misión, entre los que por supuesto, pueden quedar incluidos los accidentes de tráfi co y de mo-vilidad ocurridos en el desempeño del trabajo habitual. También la defi ciencia en la prevención de este tipo de accidentes atenta contra el espíritu de la Ley de Prevención de 1995, que contempla una total protección del trabajador al desempeñar sus tareas.

Por ello, la seguridad vial cobra cada vez una mayor importancia en la pre-vención de accidentes en los trabajos. Debemos promover la introducción de conceptos de seguridad vial en el mundo laboral, como un aspecto más a tener en cuenta a la hora de prevenir los riesgos que afectan a los trabajadores. Estos conceptos deben ser conocidos por los trabajadores, en especial por aquellos que deben desempeñar puestos de trabajo móviles o que requieren de utiliza-ción de vehículos. La información y formación en prevención ayuda a evitar accidentes, y los consejos sobre seguridad vial, pueden evitar que se produzcan accidentes in itinere o en misión.

Fdo. José Manuel Solanas PontaqueSecretario Industria, Innovación, Salud Laboral y

Medio Ambiente de UGT Aragón

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INTRODUCCIÓN

Desde la Ofi cina Técnica de UGT Aragón exigimos aplicar el mismo nivel de protección en todos los puestos y riesgos existentes hoy en las empresas. Nues-tra experiencia nos hace vislumbrar que hoy en día existen todavía lagunas evidentes a la hora de realizar la gestión de la prevención. El control de la siniestralidad laboral y las medidas preventivas implantadas se ha basado hasta ahora en su mayor parte en prevenir aquellos riesgos que afectan directamen-te a un determinado tipo de puesto de trabajo, obviando parte de la realidad laboral actual.

Además, existe confusión entre accidentes de trabajo y de tráfi co. Este tipo de accidentes, cuando ocurren no se declaran como laborales, no están siendo adecuadamente contemplados en las Evaluaciones de Riesgos Laborales y no se realiza un seguimiento adecuado de ellos. Existe la falsa idea de que lo que ocu-rre fuera de la empresa no es controlable por parte del sistema de prevención.

Sin embargo, hoy numerosos puestos de trabajo requieren habitualmente de desplazamientos durante la jornada. Además, los centros de trabajo se encuen-tran alejados de los centros de las ciudades y requieren desplazamientos en transporte privado o público. Todo ello, implica la aparición de nuevos riesgos para los trabajadores. Esto se refl eja en que una gran parte de los accidentes de tráfi co tienen un origen laboral. Es hora de aumentar el nivel de la protección a todos los puestos y riesgos existentes en el entorno laboral.

Por ello, la Ofi cina Técnica de Prevención de UGT edita este manual, cuyo ob-jeto va a ser aumentar la concienciación de empresas y trabajadores sobre la necesidad de prevenir todos los riesgos que afectan a los trabajadores de las mismas, en todos aquellos puestos que deben ocupar, independientemente de que ocurran en el exterior o en el interior de la empresa, al ir o volver, en los desplazamientos, en la utilización de medios de locomoción, o desempeñando tareas puntuales no habituales. La prevención de riesgos laborales no será efi -caz hasta que no consigamos controlar todos los aspectos que pueden suponer accidentes para los trabajadores.

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REFERENCIAS ESTADÍSTICAS

A continuación detallamos referencias estadísticas para conocer la realidad so-bre los accidentes laborales viales.

400 personas fallecen al año en España por accidentes de trabajo y tráfi co. Según la DGT, un 40% de los accidentes de tráfi co ocurridos en España están relacionados directamente con el trabajo.

El 30% de los accidentes de tráfi co mortales corresponden a conductores profesionales.

Según datos de la DGT en Aragón fallecieron 89 personas durante 2009 en los 85 accidentes de tráfi co con víctimas mortales ocurridos. Esto supo-ne un descenso de 19 fallecimientos respecto a la año anterior.

Retrato robot del accidente de tráfi co en España: Los accidentes de tráfi co ocurridos en España durante 2009 se produjeron en una carretera convencional, mediante la utilización de turismos (los vehículos ligeros y pesados sólo fueron implicados en el 12% de los accidentes), en cualquier día de la semana (mayor relevancia el domingo), con mayor incidencia en las personas en edad de trabajar, debidos a una salida de vía y con un alto porcentaje de víctimas que no utilizaba dispositivos de seguridad (sobre todo en el caso de furgonetas).

Analizando las cifras de siniestralidad laboral, durante 2009, en Aragón se produjeron un total de 18.532 accidentes laborales, siendo 17.659 acci-dentes leves, 149 accidentes graves, y 43 de ellos accidentes mortales.

El número de accidentes in itinere fue de 2.514 accidentes, suponiendo el 13,57 % del total de accidentes ocurridos en 2009. De los 43 accidentes mortales ocurridos en 2009, 7 accidentes ocurrieron in itinere y 36 en jornada. El 16,28% de los accidentes mortales son accidentes in itinere.

Un 23,14 % de los accidentes de trabajo ocurridos en 2009 estuvieron relacionados con la utilización de vehículos (4.326 accidentes). Respecto a la siniestralidad mortal, de los 36 accidentes mortales en jornada, 11 fueron accidentes con vehículos.

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RELACIÓN AT LABORAL

VEHÍCULOS /AT EN

LEVESNº

GRAVESNº

MORTALESNº

TOTALNº

AT LABORAL VEHÍCULOS 1.220 17 11 2.514

AT LABORAL EN JORNADA 15.877 131 36 16.018

Fuente: Datos ISSLA 2009.

Por tanto, el 41,86% de los accidentes mortales de 2009 fueron rela-cionados con la movilidad al puesto de trabajo.

De los accidentes en jornada, los vehículos con una mayor siniestralidad son: Vehículos pesados, vehículos ligeros y dispositivos móviles (de inte-rior de empresas, carretillas..) para transporte de mercancías y personas.

AT CAUSADOS POR MA-QUINARIA Y VEHÍCULOS, ARAGÓN 2009

LEVES GRAVES MORTALES TOTALES

Dispositivos móviles de transporte, (carros motoriza-dos o no)-carretillas.

377 15,30 3 8,60 1 7,70 381 15,20

Vehículos pesados: transpor-te de carga (camiones), de pasajeros (autobuses)

325 13,20 6 17,70 6 46,20 337 13,40

Vehículos ligeros de carga o de pasajeros

391 15,90 8 22,90 2 15,40 401 16,00

Vehículos de dos o tres rue-das, motorizados o no

81 3,30 1 7,70 82 3,30

Otros vehículos terrestres del grupo 12

26 1,10 26 1,00

Vehículos sobre raíles de carga o de pasajeros

11 0,40 1 7,70 12 0,50

Vehículos náuticos de carga, de pasajeros, de pesca

2 0,10 2 0,10

Vehículos aéreos de carga o de pasajeros

3 0,10 3 0,10

Otros vehículos de transporte del grupo 13

4 0,20 4 0,20

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TOTAL AT VEHÍCULOS 1.220 49,47 17 48,57 11 84,62 1.248 49,64

RESTO DE MAQUINARIA 1.246 50,40 18 50,80 2 15,30 1.266 50,20

TOTAL MAQUINARIA Y VEHÍCULOS

2.466 100 35 100 13 100 2.514 100

Fuente: Datos ISSLA 2009.

Conductores profesionales: Según la DGT un 30% de los accidentes mor-tales de tráfi co ocurridos en España, los sufren los conductores profesiona-les. Además, según los datos del ISSLA, los conductores profesionales sufren un 61,53% de los accidentes de trabajo mortales ocurridos en Aragón.

Causas de los siniestros: Según datos de la DGT, un 40% de estos acci-dentes son salidas de vía, causadas por distracciones, somnolencia, fatiga o falta de atención por problemas psicológicos. Es claro pues, que los riesgos psicosociales, el estrés derivado de la actividad, el tráfi co, el clima laboral, las condiciones de trabajo o la precariedad laboral están directamente re-lacionados con la siniestralidad de los accidentes con vehículos en jornada de trabajo e in itinere.

Por tanto, podemos concluir que los accidentes en jornada derivados de la utili-zación de vehículos y los accidentes in itinere deben ser objeto de planifi cación por parte de la empresa al mismo nivel que la prevención realizada en el resto de riesgos derivados de su actividad.

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CONCEPTOS Y DEFINICIONES

Conceptos de accidente de tráfi co, de trabajo, accidente laboral vial y acciden-te de trabajo y de tráfi co.

El concepto de accidente de trabajo tradicional considera a aquel acciden-te que ocurre en tiempo y lugar de trabajo. Por tanto, el puesto sobre el que se han implantado la mayor parte de medidas preventivas es aquel que se ha concebido como un puesto estático que tiene lugar en el interior de una fábri-ca u ofi cina, desempeñando tareas similares en toda la jornada de trabajo. Se trata de puestos donde se observa de manera indudable que existe una relación causa-efecto entre el trabajo desempeñado y el accidente ocurrido.

Sin embargo, el concepto de trabajo ha variado, y actualmente, existen nume-rosos tipos de trabajo que requieren de desplazamientos geográfi cos puntuales, utilizando vehículos de locomoción o transporte público, y pasando gran parte de la jornada en el exterior de la empresa. Asimismo, debe regularse de mejor forma los accidentes ocurridos in itinere, que deben ser objeto de consideración a la hora de planifi car los riesgos existentes en las empresas.

Debemos evitar la confusión existente entre accidentes de trabajo y de tráfi co. Este tipo de accidentes, cuando ocurren no se declaran como laborales, no están siendo adecuadamente contemplados en las Evaluaciones de Riesgos La-borales y no se realiza un seguimiento adecuado de ellos. Existe la falsa idea de que lo que ocurre fuera de la empresa no es controlable por parte del sistema de prevención.

Por ello, el objeto de este apartado será obtener una defi nición conceptual clara de los términos siguientes: Accidente de trabajo, accidente de tráfi co, accidente laboral vial y accidente laboral de tráfi co.

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CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRÁFICO O DE CIRCULACIÓN

Encontramos la defi nición de accidente de circulación en la Orden Ministerial de 18 de febrero de 1993, que considera ciertos requisitos para que un acciden-te se considere de circulación:

Anexo I de la Orden Ministerial de 13 de febrero de 1993. Concepto del accidente de circulación

Producirse, o tener su origen, en una de la vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfi co, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.Resultar a consecuencia de los mismos:

a) Una o varias personas muertas o heridas. b) Sólo daños materiales.

Estar implicado al menos un vehículo en movimiento.

De esta defi nición podemos extraer varias conclusiones:

a) Es necesario que el accidente de circulación ocurra en una de las vías objeto de legislación sobre tráfi co. Es decir el accidente de circulación debe ocurrir en las llamadas “vías de utilización general” defi nidas en la Ley de Tráfi co (Ley 18/1989 de 25 de julio, de Bases sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a motor y circulación general).

Según el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, estas vías son “las vías y terrenos pú-blicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios”.

Así pues, por defecto, la Ley de Tráfi co se aplica sobre las vías de titularidad pública urbanas e interurbanas e incluso las vías privadas de uso común o de uso por un gran número de usuarios.

Desde este punto de vista, el accidente de circulación abarcaría todo aquel que ocurriera en vías urbanas e interurbanas y terrenos privados utilizados por una colectividad de usuarios, y por tanto los

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trabajos que incluyeran desplazamientos por los mismos. Es más, podría decirse que un accidente de un vehículo que circulara dentro de una fábrica sería únicamente un accidente de tráfi co. Sin embargo, sabemos que está doblemente protegido mediante el concepto de accidente de trabajo.

b) Resultar a consecuencia de los mismos. Se exige la misma relación causa-efecto que se establece para los accidentes de trabajo. En este caso es una relación directa, que implica únicamente los daños materiales o a personas ocurridos en virtud del accidente. No tendría en cuenta otras consecuencias, como por ejemplo si el accidente ocurrió debido a los trastornos psicológicos derivados del trabajo desempeñado (estrés, sobrecarga, etc), que pudieron propiciar el accidente.

c) Debe haber implicado al menos un vehículo en movimiento. El accidente será de circulación cuando exista colisión o incluso cuando no la exista en algunos supuestos (ver el artículo 2 del Anexo I de la O.M. de 18 de febrero de 1993), pero siempre debe haber un vehículo que cause el accidente. Así pues, se incluyen los golpes de un vehículo a otros vehículos, a peatones, animales o estructuras.

Desde este punto de vista, quedarían desprotegidos los accidentes de tra-bajo ocurridos únicamente por peatones sin interactuar con un vehículo (tropiezos en la calle, caídas, etc). Por tanto, aquellos trabajadores que rea-lizaran tareas únicamente a pie no tendrían la protección del accidente de circulación si no hubiera ningún vehículo implicado.

De esta forma, observamos que el concepto de accidente de circulación que-da un poco corto a la hora de proteger a los trabajadores que realizan despla-zamientos al acudir o volver del trabajo o requieren desplazamientos en las vías públicas en virtud de su trabajo. Por ello, es necesario acudir al concepto de accidente de trabajo si deseamos tener una buena cobertura de los acci-dentes de circulación ocurridos a la hora de desempeñar las tareas asociadas a los puestos de trabajo de nuestras empresas.

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CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO

La defi nición de accidente de trabajo se expresa en el artículo 115 del Real Decreto 1/94 de 20 de junio, Ley General de Seguridad Social. Así, el artículo 115.1 establece el concepto de accidente de trabajo, estableciendo un concepto amplio, en el que se considera accidente de trabajo a toda lesión que ocurra en el desempeño de tareas por cuenta ajena.

Artículo 115 LGSS. Concepto del accidente de trabajo

1. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

De esta forma, podemos entender incluidos en este concepto todos los acciden-tes debidos a causa del trabajo que realizamos, lo que incluiría los accidentes en jornada ocurridos en los desplazamientos de trabajo y en el exterior de la empresa, si están relacionados directamente con la actividad del puesto de trabajo.

Así, en nuestro ordenamiento jurídico, tradicionalmente se considera el acci-dente de trabajo a aquel que reúne los siguientes requisitos:

Existe una lesión. Es el daño físico o psíquico sufrido por el accidentado con ocasión de su trabajo. Numerosas sentencias del Tribunal Supremo avalan este concepto, creando jurisprudencia sobre el mismo (sentencias 27 de diciembre de 1995, 15 de febrero y 18 de octubre de 1996, 27 de febrero y 20 de marzo de 1997, 14 de julio de 1997, 11 de diciembre de 1997, 23 de enero de 1998, 4 de mayo de 1998, 18 de marzo de 1999). La sentencia del TS de 10 de abril de 2001 llega a incluir los fallos cardíacos, vasculares o circulatorios dentro del concepto de la lesión corporal a que se refi ere este art. 115.1 LGSS.

Trabajo por cuenta ajena. Concepto ampliamente superado en la actua-lidad, donde se recoge que la protección por accidente de trabajo o enfer-medad profesional se extiende también a los trabajadores por cuenta pro-pia, especialmente tras la aparición del Estatuto del Trabajador Autónomo (Ley 20/2007 de 11 de julio), que obliga a tener cobertura de las contingen-cias profesionales a los trabajadores autónomos dependientes y a aquellos autónomos que realicen trabajos de especial peligrosidad o con elevadas

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tasas de siniestralidad, dejando al resto de trabajadores autónomos la vo-luntariedad de suscribir la cobertura de la incapacidad profesional.

Relación lesión - trabajo desempeñado. El hecho causal para determinar la conexión entre lesión y trabajo reside en que el trabajo se ejecuta bajo la dirección del empresario, incluso cuando son actos preparatorios al de-sarrollo del trabajo como el aparcamiento o en las pausas del trabajo. Las actividades marginales se incluyen si se encuentran relacionadas de algún modo con el trabajo, por ejemplo cursos de perfeccionamiento profesional organizado por la empresa. Es doctrina del Tribunal Supremo (Sentencias de 29-9-1986, 28-12-1987 y 4-7-88 entre otras muchas)

Más aún, si profundizamos en la defi nición establecida en el artículo 115 LGSS en su punto 2, podemos considerar otros tipos de accidente que se encuentran protegidos por la consideración de accidente de trabajo. Así el Art. 115.2 LGSS establece que:

Art. 115.2 LGSS. Concepto de accidente de trabajo.2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:

a.- Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.c.- Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que,

aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.

De esta forma, el Art. 115.2 LGSS protege a los trabajadores de una manera es-pecífi ca, que va más allá de la defi nición general. En este artículo, se considera que también son accidentes de trabajo los siguientes:

Art. 115.2.a. Accidentes In Itinere. Los ocurridos al ir o volver del trabajo. Directamente relacionados con la movilidad segura al puesto de trabajo, ya que son los que ocurren en los desplazamientos del domicilio particular al trabajo. Según la jurisprudencia dictada hasta el momento, para que un accidente sea considerado como in itinere, deben ocurrir los siguientes requisitos:

Teleológico: El accidente se produce en virtud del trabajo desempeñado.

Topográfi co: Que se produzca en el trayecto de ida o vuelta del domicilio al trabajo. Debe realizarse además por el camino habitual y sin desviaciones anómalas en su recorrido.

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Cronológico: Debe utilizarse el tiempo usual para realizar el trayecto y no tener demoras injustifi cadas.

Estos requisitos se interpretan en general de manera amplia y favorable al tra-bajador, de acuerdo con la realidad social. En este sentido, podemos ver en la jurisprudencia que:

• En el concepto de domicilio se incluyen el domicilio real e incluso el ha-bitual, aunque no se correspondan con el domicilio legal de la persona, siempre que el accidente tenga relación directa con el trabajo, se produce el desplazamiento necesario para ir o volver a trabajar. No se incluyen por tanto las visitas a familiares, desplazamientos de fi n de semana o traslados de vacaciones, pues rompen el requisito de ser habituales y necesarios para trabajar.

• En el topográfi co, suele igualmente interpretarse de manera amplia, es di-fícil establecer el camino habitual de cada trabajador y ser conocido por la empresa. Se rompe el hecho causante cuando se demuestra que el trayecto recorrido corresponde a intereses particulares del trabajador no relaciona-dos con los desplazamientos trabajo-domicilio.

• En el cronológico, se establece un margen prudencial de tiempo para rea-lizar los desplazamientos. Se desestiman los accidentes que ocurren ha-biéndose excedido gravemente el tiempo necesario (normalmente más de dos horas) para realizar el desplazamiento después de haber realizado el trabajo.

La presunción de laboral del accidente in itinere se limita a los accidentes en sentido estricto (lesiones súbitas y violentas producidas por agentes externos) y no a las dolencias de distinta etiología -como de origen cardíaco o cere-brales- sufridas in itinere. En este sentido, si un trabajador sufre un infarto cuando va al trabajo, el accidente de circulación ocurrido por el infarto de mio-cardio sufrido por el trabajador en el trayecto que recorre desde su domicilio al lugar de trabajo, no merece el califi cativo de accidente de trabajo, salvo que se pruebe la relación de los síntomas del infarto (verdadera causa de la muerte) con el trabajo.

Art. 115.2.c Accidentes en Misión: Son aquellos sufridos por el trabajador/a en el trayecto que tenga que realizar para el cumplimiento de la misión, así como el acaecido en el desempeño de la misma dentro de su jornada laboral.

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Pruebas

Se trata de desplazamientos o trabajos realizados a consecuencia de su tra-bajo en cumplimiento de órdenes o indicaciones del empresario. Se incluye cualquier tipo de transporte utilizado para realizar el trabajo.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha recogido en su jurisprudencia al accidenten misión como una modalidad específi ca de accidente de trabajo, en la que se produce un desplazamiento del trabajador para realizar una actividad encomendada por la empresa. La misión integra así dos elementos conectados ambos con la prestación de servicios del trabajador:

El desplazamiento necesario para cumplir la misión.

La realización del trabajo en que consiste la misión.

De estos dos conceptos podemos extraer otras dos conclusiones:

Cuando a un trabajador se le encarga un trabajo fuera de su puesto de trabajo habitual y fuera de la empresa, se produciría el desdoblamiento entre el trabajo y el desplazamiento. En este caso, sí se está ante el su-puesto de trabajo “en misión”, y, por consiguiente, con la consideración de accidente de trabajo. Tanto en el caso de que la lesión del trabajador se produce durante el tiempo de trabajo efectivo o en el caso de que ocurra durante el tiempo de presencia (aquel en que el trabajador se encuentra a disposición del empresario, sin prestar trabajo efectivo por razones de es-pera, expectativas, servicios de guardia, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta y similares).

Existen problemas para reconocer los accidentes ocurridos en misión, pero sin relación directa con el trabajo. Es decir aquellos que se produ-

cen en tiempos que no son de trabajo, de descanso o en actividades de carácter personal o privado. Así, existen sentencias contradictorias en estos casos, y en general no se considera accidente de trabajo en misión los accidentes que:

• No tienen conexión directa con el trabajo: Infartos ocurridos debi-do al estado de salud de la persona, acciden-

tes ocurridos al fi nalizar la jornada o en tiempos de descanso etc.

• Los ocurridos en la vida usual de la persona, realizando las

mismas conductas que realiza-ría en su vida personal realizadas

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durante el trabajo: Accidentes no traumáticos (infartos...) ocurridos en viajes o trabajos desplazados, o caídas en los hoteles de residencia du-rante el viaje de trabajo.

• Conductas extrañas al trabajo que lo genera: Actividades en días de descanso, atragantarse al comer, etc.

Es cierto que en estas ocasiones debe demostrarse por parte del trabajador la relación causa-efecto entre el accidente ocurrido y el trabajo, existiendo sentencias contradictorias estimando los accidentes como de trabajo o no se-gún las circunstancias que se den en cada caso.

Como en el caso de los accidentes in itinere, generalmente se da una inter-pretación amplia del concepto de accidente de trabajo, favoreciendo al trabajador. Esta amplitud se da en trabajos en los que se dan al menos dos tipos de requisitos: Amplias e indeterminadas jornadas de trabajo (viajante, representante de comercio), y trabajos en los que se une la actividad social con la laboral (almuerzos o cenas de trabajo).

CONCEPTO DE ACCIDENTE LABORAL VIAL

Podemos defi nirlo como aquel accidente que ocurre cuando un trabajador se desplaza dentro de su jornada laboral y utiliza las vías de circulación para efectuar el desplazamiento.

Este concepto no incluiría por tanto a los accidentes in itinere y sí a los acci-dentes en misión o en virtud de la realización de su trabajo.

En el concepto no se distingue el medio de transporte utilizado, por lo tanto, este accidente puede incluir tanto los accidentes que utilizan vehículos priva-dos o colectivos para realizar el trabajo o aquellos que se realizan en desplaza-mientos a pie, siempre que ocurran en virtud del trabajo y durante la jornada laboral.

CONCEPTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y DE TRÁFICO

Se puede defi nir como el accidente que ocurre dentro de la jornada de trabajo o en los desplazamientos al ir y volver del mismo, siempre que intervenga un vehículo en circulación.

Además, este amplio concepto incluye tanto los accidentes donde el accidenta-do es el sujeto activo o protagonista del accidente (el conductor del vehículo)

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y a los accidentes donde el accidentado es sujeto pasivo del accidente (se des-plazaba en vehículos conducidos por otras personas).

Por tanto, este concepto, nos permite relacionar los conceptos de accidente de trabajo y de tráfi co, e incluir de esta forma todos los tipos de accidente incluidos en la normativa laboral como los accidentes en jornada, en misión e in itinere.

Reconocimiento formal: Se reconocen ante la Administración Laboral cuando el Parte de accidente de trabajo tramitado por la empresa y la mutua o servicio de prevención es completado con la casilla nº 22 marcada como accidente de tráfi co.

Por consiguiente, este tipo de accidente puede darse en las siguientes ocasiones:

Desplazamientos in itinere, cuando el accidentado:• Conduce su propio vehículo o facilitado por la empresa.• Es sujeto pasivo como pasajero en transporte público colectivo.• Es sujeto pasivo como ocupante del transporte de empresa.• Se desplaza a pie.

Desplazamientos ordinarios de la jornada (con los mismos medios que los utilizados para el desplazamiento in itinere): • A centros de trabajo ajenos o propios de la empresa.• Encargos puntuales.• Con fi nes comerciales.

Desplazamientos regulares con vehículo dentro de la jornada derivados de la actividad del trabajador. • El trabajador es sujeto activo del desplazamiento.• Utiliza un medio proporcionado por la empresa (automóvil, autobús,

camión, etc.).

Debemos superar la tendencia de reconocer estos accidentes únicamente para el personal que se dedica al transporte de manera profesional. Como hemos visto estos accidentes afectan a todo tipo de trabajadores y empresas, al poner en relación la normativa laboral y la de tráfi co.

Las empresas deben integrar estos riesgos en su actividad preventiva, asumién-dolos como riesgos de la propia actividad, en cumplimiento de lo establecido por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

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MOVILIDAD AL PUESTO DE TRABAJO (MPT) Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En este apartado vamos a tratar de relacionar la Seguridad Laboral con los riesgos derivados de la movilidad al puesto de trabajo o en virtud de él. Para ello, se analizarán desde un punto de vista teórico-práctico, diversos conceptos de salud laboral en relación con algunos de los principales problemas que se dan en los puestos de trabajo que requieren desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual de la empresa y utilización de vehículos para realizar el trabajo.

Adaptando el concepto de movilidad, podemos defi nir Movilidad al Puesto de Trabajo (MPT) como el movimiento o desplazamiento por las vías de circulación en virtud de la realización o acceso al puesto de trabajo desempeñado.

Para cumplir con el deber de protección que contempla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Así, el empresario integrará a actividad preventiva en la empresa y adoptará cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Por ello, deberá tener en cuenta los riesgos que supone la Movilidad al Puesto de Trabajo para los trabajadores a su cargo.

EL PLAN DE PREVENCIÓN Y LA MPT

El Plan de Prevención de MPT debe ser una parte integrante del Plan de Pre-vención de Riesgos general de la empresa, integrándose entre los riesgos de seguridad. El Plan lo realizará la dirección de la empresa, será asumido por toda la estructura organizativa y conocido por los trabajadores.

El contenido el Plan de Prevención de Riesgos Laborales está regulado por el art. 16 de la Ley de Prevención. Este documento se conservará a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y de los representantes legales de los trabajadores.

Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases y de forma programada,

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son la evaluación de riesgos laborales y la planifi cación de la actividad preventiva.

De esta forma, el Plan de Prevención debe incluir los siguientes aspectos:

Identifi cación de la empresa, actividad productiva, número de centros de trabajo y de trabajadores de cada centro y características de cada uno de ellos.

Características de los centros de trabajo:

Estructura organizativa de la empresa, con identifi cación de niveles jerár-quicos y cauces de comunicación.

Organización de la producción, procesos técnicos y organizativos de la em-presa en relación con la prevención de riesgos laborales

La organización de la prevención en la empresa: modalidad preventiva, órganos de representación existentes.

Política, objetivos y metas a conseguir en seguridad laboral.

Recursos humanos, técnicos, materiales y económicos disponibles para rea-lizar la prevención de riesgos laborales.

La prevención de la MPT se realiza de manera análoga a lo ocurrido con el Plan de Prevención de Riesgos general de la empresa, aunque en este apartado se dan ciertas características propias que merecen un cuidado especial.

Para poder prevenir adecuadamente los riesgos asociados a la movilidad al puesto de trabajo y a la realización de desplazamientos en virtud de él, el em-presario debe evaluar dos tipos de riesgos:

1. La Evaluación de Riesgos de los accidentes de tráfi co y de trabajo. Evaluación de los desplazamientos realizados por los trabajadores en jornada de trabajo y debidos a él. Como hemos visto, se realizará una Evaluación de Riesgos específi ca de estos puestos de trabajo y la prevención de estos accidentes se integrará en el Plan de Prevención de la empresa.

2. La Evaluación de los accidentes in itinere. Para ello, se deberá realizar una Evaluación de Riesgos de los trayectos realizados por los trabajadores desde su domicilio habi-tual al centro de trabajo.

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1. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO Y TRABAJO.

EL CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN

En la Evaluación de Riesgos, Plan de PRL, y Planifi cación de la actividad preven-tiva, deberán refl ejarse para cada puesto en los que la Evaluación manifi este la necesidad de tomar medidas preventivas, los siguientes datos:

1. Identifi cación del puesto de trabajo.2. Riesgos existentes y relación de trabajadores afectados.3. Resultado de la Evaluación y medidas preventivas previstas.4. Criterios, procedimientos de evaluación, y métodos de medición

utilizados.

De esta forma, el empresario deberá realizar una estimación y valoración de los riesgos de cada puesto que requiera MPT, teniendo en cuenta:

• Los equipos (vehículos), utilizados para realizar los desplazamientos.

• Las condiciones de trabajo en que se realizan estos desplazamientos: Horarios, distancias recorridas, etc.

• Las personas que ocupan estos puestos: Riesgos de la persona, deterioro de su salud, vigilancia de la salud, ergonomía, posibles adaptaciones y mejoras del puesto, etc.

• Las condiciones de las vías y entornos físicos donde se produzcan los desplazamientos.

Además, en la Evaluación de Riesgos de MPT deberíamos distinguir los puestos de trabajo que requieren la realización de tareas de conducción de vehículos (conductores profesionales) del resto de puestos que deben desplazarse utili-zando vehículos o no para desempeñar su trabajo, donde el tiempo de utili-zación del vehículo o de su conducción es menor. Las Evaluaciones de riesgos, como hemos visto, deben ser específi cas de cada puesto de trabajo, pues los riesgos generados son distintos y por tanto, las medidas a aplicar también lo serán.

VALORACIÓN DE LA IMPORTANCIA DE LOS RIESGOS

A la hora de valorar los riesgos, deberemos seguir los principios establecidos en el art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establecen un orden

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jerárquico de principios que deben respetarse en la prevención de riesgos de la empresa. Son los siguientes:

PRINCIPIOS DE ACCIÓN PREVENTIVA (ART. 15 LPRL)

APLICACIÓN EN LA MOVILIDAD AL PUESTO DE TRABAJO (MPT)

1. Evitar los riesgos. A pesar de ello, en MPT existen riesgos que no pueden eliminarse defi nitivamente: Tráfi co, clima-tología, vías de circulación, etc.

2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.

Se valorará la importancia del riesgo y las proba-bilidades de que ocurra un accidente, otorgando niveles de intolerable, importante, moderado y to-lerable, y aplicando medidas preventivas según el nivel resultante.

3. Combatir los riesgos en su origen.

Adoptar medidas sobre el foco del riesgo, evitar interponer medidas intermedias que no solucio-nen el riesgo defi nitivamente. Ej.: Señalización un desnivel, sin actuar sobre la vía para eliminar el riesgo de caída o vuelco.

4. Adaptar el trabajo a la persona.

Concepción de los puestos de trabajo, equipos (en nuestro caso vehículo utilizado) y los métodos de trabajo y de producción (desplazamientos, fre-cuencias, horarios, turnos).

5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.

Invertir en nuevos equipos de trabajo, o en sis-temas de seguridad novedosos para reducir el riesgo.

6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.

Evitar dispositivos o equipos que generen riesgos en su utilización. Ej.: sillón de conductor que pro-voca lesiones dorsolumbares.

7. Planifi car la prevención.

Realizar la Evaluación y el Plan de Prevención en todo lo relacionado con la MPT.

8. Anteponer la pro-tección colectiva a la individual.

Fomentar el uso de transporte colectivo, como medio más seguro, evitando desplazamientos individuales.

9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Informar a los trabajadores sobre la forma segura de realizar los desplazamientos, medios utilizados, tiempos de trabajo, distancias e itinerarios, avisos en caso de emergencia o accidente de trabajo...

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2. LA EVALUACIÓN DE LOS ACCIDENTES IN ITINERE

Una herramienta básica para poder organizar la prevención de los accidentes in itinere la constituye el Plan de Transporte al Trabajo, que son los planes destinados a gestionar la demanda de movilidad de los trabajadores en los des-plazamientos del domicilio al trabajo.

Desarrollar un PTT tiene grandes ventajas para empresa (reducción de costes) y trabajadores (reducción de accidentes in itinere, da seguridad, ahorro de combustible.

Por ello, es necesaria la gestión de un buen PTT, adecuado a las características de la empresa y del entorno social en el que se mueve. El diseño de un buen plan será clave para su éxito. La implantación del PTT debe realizarse en dis-tintas fases, que abarcarán desde el diseño de los objetivos a conseguir, hasta las medidas de control y seguimiento de la implantación del Plan. Estas fases, similares a las que se realizan para realizar una Evaluación de Riesgos Laborales, pueden ser las siguientes:

FASE 1. Análisis de la situación de la movilidad en la empresa.

Esta será la parte del proceso que nos llevará a la obtención de las Evaluacio-nes de movilidad in itinere de la empresa. Puede desarrollarse en las siguientes fases:

Análisis preliminar: Servirá para conocer datos acerca de la situación de partida de la empresa. Podemos obtener datos acerca de:

• Puestos de trabajo que requieren realizar desplazamientos y vehículos de transporte utilizados para ello.

• Localización geográfi ca de la empresa.

• Transporte público disponible (autobús, etc.).

• Transporte colectivo de empresa disponible y personas que lo utilizan.

• Accesos para turismos y motocicletas.

• Aparcamientos disponibles.

Constitución de Grupos de Trabajo y sensibilización. Tiene como fi n sensibilizar a los trabajadores de la utilización de los transportes colectivos públicos o de empresa como medios de desplazamiento más racionales:

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Campañas a trabajadores (cartas, correos, reuniones), nombramiento de coordinadores de movilidad, etc.

Diagnóstico defi nitivo: De este diagnóstico obtendremos las medidas pre-ventivas que fi nalmente trataremos de implantar. Se completan las ante-riores subfases con la realización de encuestas y entrevistas personales para obtener un patrón sobre los hábitos de movilidad de la plantilla.

FASE 2. Defi nición de los objetivos a conseguir y los indicadores.

La empresa, con la participación de los trabajadores y sus representantes, de-fi nirán los objetivos a conseguir para proteger la seguridad y salud de los tra-bajadores, que pueden ser de distinto tipo: Energéticos (reducir el consumo energético de la empresa), de seguridad (reducir el número de accidentes in itinere), medioambientales (disminuir emisiones CO2), económicos (ahorro de costes de transporte), logísticos (mejora de accesos de la empresa) y sociales (seguridad vial, salud, inclusión social).

Al igual que todas las decisiones a tomar en prevención de riesgos, la deci-sión sobre la forma de evitar los riesgos corresponde al empresario, pero debe negociarse y debatirse en el seno del Comité de Seguridad y Salud de la empresa.

La integración del PTT en la organización formal de la empresa, así como la mo-tivación y colaboración de los trabajadores serán objetivos claros para el éxito de la implantación del Plan.

Para poder lograr estos objetivos necesitaremos defi nir unos indicadores, va-riables que sirven para medir la consecución de un objetivo o medida determi-nado. Estos indicadores, objeto también de negociación empresa-trabajadores, pueden ser los siguientes: número de trabajadores que usan el transporte públi-co, número de coches en el parking de la empresa, consumo de energía y CO2, personas que desempeñan teletrabajo en su domicilio, etc.

FASE 3. Diseño del Plan y de las medidas a implantar.

Establecidos los objetivos, observados los indicadores y constatado lo que se da en la realidad de la empresa, se buscarán las medidas preventivas más adecua-das para lograr los objetivos determinados.

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Estas medidas pueden ser complementarias, y agrupadas en paquetes, para que de manera combinada consigan el propósito para el que se formularon. Así, por ejemplo, podemos restringir el acceso al parking de la empresa, excepto a las personas que utilicen coche compartido.

Este conjunto de medidas constituyen la base del documento del PTT, que debe quedar debidamente redactado y aprobado por todos los actores implicados.

FASE 4. Puesta en práctica.

Establecidas las medidas, se pondrán en práctica, llevándolas a cabo según la estrategia determinada en el Plan, en un determinado tiempo. En esta fase es importante que el diseño de la puesta en marcha del PTT se haga de manera conjunta por empresa y representantes de los trabajadores.

La puesta en práctica puede ayudarse de campañas específi cas de conciencia-ción a todos los grupos de interés, seguir diferentes estrategias con diferentes niveles de la organización, y generando importantes niveles de información sobre el PTT.

En esta fase es importante la fi gura del Coordinador de Movilidad, fi gura que se ocupará de desarrollar el PTT, especialmente en su fase inicial, y negociar con los agentes implicados (trabajadores, empresa, proveedores, empresas de transporte y autoridades públicas).

PTT

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FASE 5. Seguimiento y control de las medidas.

Debemos tener en cuenta que un PTT es un proceso dinámico que debe contar con un Programa de Seguimiento que nos permita controlar y evaluar las medi-das adoptadas. Este programa, deberá tener las siguientes características:

Comenzar en el mismo momento en que se implanta el PTT y continuar durante toda la vida del mismo.

Contendrá:

• Aspectos a verifi car Contenido exacto de los ítems que se utilizarán para controlar el desarrollo del Plan.

• Personas responsables Existencia o no de Coordinador de Movilidad. Órganos responsables de la implantación en el seno de la empresa.

• Frecuencia de control y modo de llevarlo a cabo Una frecuencia deseable es la revisión semestral del plan o 2 veces al año. La forma de hacerla será llevada a cabo por los responsables designados.

• Medios utilizados para informar a los trabajadores Dar información sobre los resultados obtenidos es importante para aumentar la motiva-ción de los trabajadores sobre el desarrollo del PTT.

• Infl uencia de los resultados en la revisión del PTT Se estudiará como variar el PTT en función de los resultados obtenidos, dejando oportuni-dad a las posibles correcciones en el desarrollo del plan.

FASE 6. Evaluación de Resultados.

Finalmente, se compararán los resultados obtenidos frente a la situación de partida o inicial. Para ello, se valorarán los resultados en función de los indica-dores elegidos. Los resultados serán positivos si los indicadores muestran que los objetivos propuestos en el inicio del PTT han sido conseguidos, por lo que el PTT no necesitará mejorar (por ejemplo, se ha demostrado un aumento en la utilización del transporte de empresa). Por el contrario, necesitará revisarse si los indicadores muestran resultados peores que los objetivos designados.

Es interesante incluir en el PTT cuantifi cación económica de benefi cios para la empresa de las medidas implantadas, así como una cuantifi cación energética (reducción de consumos energéticos), e incluso valorar la responsabilidad so-cial, los efectos que el Plan tiene sobre el medioambiente y la calidad de vida de los ciudadanos.

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FACTORES DE RIESGO Y MEDIDAS PREVENTIVAS

Se defi ne el Riesgo Vial, como aquel riesgo de ocurrir un accidente por parte de la población que debe utilizar vías de circulación para realizar sus desplaza-mientos. Los riesgos viales se refi eren tanto a las personas que efectivamente se desplazan, como a las que pueden resultar afectadas por el desplazamiento. Además, se refi eren al desplazamiento y no a la forma de realizarlo, englobando por tanto a conductores y peatones que sufran un accidente.

En el mundo laboral, este riesgo vial está directamente relacionado, como hemos visto en otros apartados, con los conceptos de accidente laboral vial, accidente in itinere y accidente de trabajo y de tráfi co. Por ello, se defi ne el concepto de Riesgo Laboral Vial a aquellas situaciones potenciales capaces de producir un accidente laboral, siendo a la vez un accidente de tráfi co o tránsito.

Esto se relaciona directamente con la existencia de Riesgos Psicosociales en nuestras empresas, que pueden infl uir decisivamente en el estado psíquico del trabajador y por tanto tener relación directa con los accidentes ocurridos in itinere o en desplazamientos a consecuencia del trabajo.

La mayor parte de teorías clasifi can los riesgos laborales viales en cinco facto-res: Organizativos, Humanos, Viales, del Vehículo, y Ambientales.

1. FACTORES ORGANIZATIVOS: Factores de riesgo provocados por la organiza-ción y estructura del trabajo desarrollado. Son responsabilidad directa de la empresa e infl uyen decisivamente sobre la conducta del trabajador, gene-rando riesgos psicosociales basados exclusivamente en las condiciones en que debe desarrollarse el trabajo.

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RIESGO CAUSA

Planifi cación Desarrollo de los programas y objetivos establecidos por la empresa. Se traducen en fatiga, y alteraciones físicas y psíquicas. Generan riesgo cuando:

• Se alteran rumbos y horarios de trabajo.• No se respetan o cambian los objetivos defi nidos

como estrategia.• Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno.

Estructura jerárquica, res-ponsabilidades y funciones

Estructura formal del trabajo desempeñado, es importan-te para desarrollar adecuadamente el trabajo. Si no se de-sarrollan adecuadamente, producen riesgos de:

• Estrés.• Desmotivación.• Absentismo.• Anarquía e incertidumbre.

Estilo de mando La forma de gestión de los objetivos por parte de los man-dos de la empresa. Infl uye negativamente cuando:

• No existe democratización. Las estructuras jerárqui-cas rígidas aumentan la desmotivación del trabaja-dor, que no puede decidir aspectos concretos de la tarea u opinar sobre la forma de realización.

• Existen tratos discriminatorios y acoso moral.

Otras condicio-nes de trabajo

Condiciones vinculadas al trabajo, pero no propias de él, que infl uyen decisivamente en la vida del trabajador. Consecuencias negativas:

• Difi cultad en la conciliación laboral y familiar provoca insatisfacción, aumento de uso de vehículo privado para conciliar horarios, etc.

• Desmotivación e insatisfacción, si las condiciones de trabajo son excesivamente malas (paga, horario, trabajo penoso...).

• Depresión, trastornos psicosociales.

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MEDIDAS PREVENTIVAS

FORMA DE IMPLANTACIÓN

Integrar la prevención de riesgos de MPT en el Plan de Prevención de Riesgos La-borales de la empresa.

Las empresas que deban realizar trabajos con vehículos o con desplazamientos deben integrar la prevención de es-tos riesgos, estableciendo instrucciones o directrices para todos los órganos de la empresa, donde la seguridad en los desplazamientos sea una prioridad, estableciendo políticas seguras (compra de vehículos, formación, vigilancia de la salud, etc.).

Implantación de Planes de Movilidad o de Planes de Transporte al Trabajo en la empresa.

Pueden contribuir al aumento de la seguridad de los trabajadores, a la vez que se reducen emisiones y mejora el medio ambiente.

Organización del Trabajo

• Reducción de desplazamientos innecesarios.

• Evitar tareas como la estiba, carga y descarga de los vehículos.

• Evitar desplazamientos excesivamente largos en kilóme-tros u horas de conducción.

• Establecer pausas obligatorias para los conductores cada 2 horas de conducción.

• Establecer mecanismos de emergencia para auxilio en caso de accidente: Traslados en función del recorrido, aviso a mutuas, centros de salud más próximos, etc.

• Auditorias de prevención Realizarlas periódicamente, ampliar su ámbito de actuación a la MPT.

• Controlar la utilización de productos o equipos que pue-dan alterar la conducción. Pinturas, disolventes, etc., cuyo transporte pueda suponer mareos, sueño, etc. en el conductor del vehículo.

• Mejora de las condiciones de trabajo Eliminación de condiciones precarias (bajos sueldos, exceso de jornadas, etc.). La precariedad está directamente relacionada con la inseguridad.

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PREVENCIÓN DE ACCI-DENTES DE TRABAJO Y TRÁFICO

• Facilitar información a los trabajadores, en especial sobre:

• Estado de carreteras, puntos peligrosos, cambios de itinerarios.

• Condiciones de vehículos Estado de mantenimiento del vehículo, fechas en que deben pasarse las revisiones, etc.

• Accidentes ocurridos Aumentar la concienciación. Difundir las causas y las medidas preventivas utilizadas para evitarlos.

• Vigilancia de la salud Periódica y específi ca a los riesgos de cada puesto de trabajo.

• Implantar programas de control sobre la conducción y el alcohol.

• Fomentar la conducción efi ciente. Estas técnicas propor-cionan mayor seguridad, sin aumentar los tiempos de los desplazamientos, al tiempo que suponen ahorros en mantenimiento de vehículos y combustible. Aconsejable en empresas con grandes fl otas de vehículos propios.

• Facilitar zonas de aparcamiento para los vehículos de los conductores.

PREVENCIÓN DE ACCI-DENTES IN ITINERE

Regulación del parking de la empresa: Con el objetivo de desincentivar los traslados en vehículos propios y fomentar el transporte compartido o por medios colectivos, buscando la reducción del número de vehículos en desplazamiento y el número de accidentes in itinere. Medidas:

- Prioridades en el aparcamiento: Plazas más próximas para vehículos compartidos, plazas preferentes a los empleados que menos usan el vehículo propio.

- Compensación económica por no usar el aparcamien-to de la empresa. Se recompensa a los que se des-plazan en transporte colectivo, a pie o en bici. Los usuarios de automóviles continúan aparcando gratis en la empresa.

- Reembolso del aparcamiento en un parking público disuasorio. Con el fi n de fomentar el uso del trans-porte público en combinación con el privado en empresas o domicilios con movilidad complicada.

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Puede complementarse con descuentos en los billetes de transporte público.

Facilitar el acceso a pie y en bici. En empresas bien conexio-nadas, con poca distancia al centro de trabajo. Difícil de implantar, existen numerosas difi cultades: condiciones de las vías, iluminación, inexistencia de carril bici, inseguridad, etc. Pueden proponerse medidas como:

- Proporcionar bicis a los empleados, (directamente por la empresa o a través de subvenciones y descuentos a los trabajadores), y encargarse de su mantenimiento.

- Construir parkings para bicicletas.- Instalar taquillas, duchas y salas para asearse y cam-

biarse de ropa.

Creación de comedores en los centros de trabajo. Evitan desplazamientos o salidas innecesarias en la jornada de trabajo.

Fomentar el uso de transportes más seguros. En especial:

• Fomento del transporte público para llegar al puesto de trabajo:

- Facilitar información sobre el transporte público en el Tablón de la empresa, edición de folletos, web de la empresa...

- Coordinador de movilidad Ayuda a racionalizar la movilidad de la empresa. Facilita que cada trabaja-dor conozca el trayecto y el transporte más adecuado para sus trayectos in itinere.

- Billetes en la empresa La empresa puede negociar con las autoridades para vender los billetes en el cen-tro de trabajo. La negociación de la empresa consigue mejores precios en el billete para los trabajadores.

- Subvención del transporte público. Válido para em-presas que tienen un buen transporte público para acceder a la empresa. Se suele sufragar entre el 50 y el 100% del coste del billete.

• Apuesta por el transporte colectivo de empresa:- Uso de lanzaderas Vehículos de transporte co-

lectivo y autobuses, que conectan las terminales de transporte público con la empresa. Adecuado para

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empresas situadas en polígonos industriales, permite tener una puntualidad fi able y una disminución en el tiempo empleado en los desplazamientos.

- Autobús de empresa Adecuado para empresas situadas en polígonos industriales, permite tener una puntualidad fi able y una disminución en el tiempo empleado en los desplazamientos. Es muy valorado por los trabajadores, permite disminuir la utiliza-ción del vehículo privado, es fi able, seguro y permite reducir los efectos de la fatiga en los accidentes in itinere.

- Vehículos de empresa Similar al autobús de empre-sa, se trataría de vehículos (coches, furgonetas...) que la empresa pone a disposición de un grupo pequeño de trabajadores. Tiene ventajas similares al autobús de empresa, aunque se añade mayor fl exibilidad (no necesita conductor, puede conducir cualquier traba-jador con carnet), y una reducción en los tiempos de traslado.

• Fomento del vehículo compartido: Incentivar a los tra-bajadores de una misma zona residencial a compartir el vehículo utilizado para desplazarse a la empresa. Apro-piado para empresas de polígonos industriales sin buenas comunicaciones, ni transporte público. Permite la realiza-ción de un menor número de desplazamientos, la reduc-ción de las plazas de parking disponibles, menor estrés, reducción de accidentes in itinere. Medidas:

- Puesta en contacto de trabajadores.- Coordinación de horarios y turnos de trabajo.- Proporcionar vehículos de empresa para realizar los

desplazamientos.- Aparcamientos disuasorios (más reducidos) y con

ventajas para los usuarios de coches compartidos.- Bonifi cación a los empleados que aporten el

vehículo.

Flexibilizar los horarios de entrada y salida al trabajo Evitar los desplazamientos in itinere durante las horas pun-ta de tráfi co. Producen un menor absentismo laboral y una mejor puntualidad.

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Vacaciones fl exibles Evitar las concentraciones de trá-fi co propias de esas fechas. Programar los desplazamientos propios del trabajo teniendo en cuenta el aumento de trá-fi co de estas fechas.

Jornadas continuas Disminuyen el número de despla-zamientos in itinere durante la jornada laboral.

Fomentar el Teletrabajo Reduce la movilidad de los tra-bajadores, se reducen los costes de transporte, aumenta la motivación. Puede ser teletrabajo a tiempo completo o fi jar uno o varios días a la semana. Es adecuado para empresas cuyo trabajo se basa en el uso de herramientas informá-ticas, o con malos accesos y congestionados. Depende del número de aparatos electrónicos necesarios para realizar el trabajo y del coste por trabajador.

2. FACTORES HUMANOS: Aquellos propios de la persona que realiza el des-plazamiento, por sus características físicas o psíquicas. Comprende las habi-lidades físicas o psíquicas innatas o adquiridas del individuo, circunstancias externas que pueden alterar estas habilidades (alcohol y drogas, fatiga física, medicación, alteraciones del estado normal de salud), los hábitos culturales o las actitudes del individuo.

RIESGO CAUSA

Capacitación No se garantiza que el trabajador tenga los conocimientos sufi cientes o aptitudes psicofísicas adecuadas para realizar los desplazamientos, motivos:

• Formación insufi ciente.• Formación no reciclada: Ni en el caso de la formación

vial de los ciudadanos ni en la formación requerida para la obtención de los permisos de conducción.

• Aptitudes psicofísicas alteradas desde que se realizaron los exámenes médicos de obtención del permiso.

Formación No se ha formado adecuadamente al trabajador para reali-zar los desplazamientos con seguridad. Motivos:

• Desconocimiento del manejo del vehículo a emplear.• Desconocimiento de las vías a utilizar en el desplazamiento.• Falta de información acerca de los tiempos y trayectos

necesarios para realizar las tareas.

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Concienciación Defi ciencias en la cultura preventiva del trabajador. Motivos:

• Personalidad del individuo.• Conducta y comportamiento.

Distracciones Actitudes inseguras provocadas por malos hábitos y distrac-ciones realizadas mientras se conduce (comer, beber, fumar, uso del móvil...)

Condic iones psicofísicas

Alteración en los estados de salud mental o física del em-pleado. Motivos:• Defi ciencias físicas. Daños anatómicos o funcionales.• Cambios en la integridad psíquica. Situaciones de es-

trés, acoso, mobbing, madurez mental, trastornos psicológicos..

• Dopaje: Sustancias que alteran el normal estado de salud e infl uyen en la conducción: Alcohol, drogas, medicamentos.

- Medicamentos: algunos de ellos, por sus propie-dades, pueden afectar al sistema nervioso central.

- Alcohol: Altera la conducción normal, al cambiar las percepción de distancia y el tiempo de reacción entre otras cosas. La alcoholemia alcanza su punto máximo una hora después de haber tomado la última copa.

- Drogas: Alteran la rapidez, coordinación de movi-mientos, personalidad, refl ejos, ánimo, etc.

• Fatiga: agotamiento y sufrimiento físico o psíquico deri-vado del sobreesfuerzo físico o mental. Ocurre por causas del vehículo (ruido, ventilación defectuosa..), del conduc-tor (malas posturas, sueño, cansancio físico y mental), y de la conducción (monotonía, atascos, fi rme defectuoso).

• Sueño: Desajustes causados por la falta de descanso: acu-mulación de horas de vigilia, sueño entrecortado, somno-lencia, etc.

• Distracciones: Es la falta o escasez de atención, causante de una tercera parte de los accidentes. Pueden ser visuales (publicidad, accidentes, señales, etc.), auditivas (conver-saciones, móvil, etc.) y de otros tipos (depresión, fatiga, fumar, poner música..).

• Alergias: Mecanismos del organismo de carácter respira-torio, eruptivo o nervioso que ocurren como reacción ante ciertas sustancias.

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MEDIDAS PREVENTIVAS

FORMA DE IMPLANTACIÓN

Vigilancia específi ca de la salud

Exámenes médicos tanto fi siológicos como psicológicos, con el fi n de detectar los posibles trastornos que pueda provo-car el desarrollo de su profesión. En especial, se intentarán detectar problemas músculo-esqueléticos, trastornos psi-cológicos y de personalidad (estrés, refl ejos, concentración, etc.). En los conductores, estos exámenes serán exhaustivos y adaptados al puesto de trabajo desempeñado.

Información sobre los accidentes ocurridos

Los trabajadores, conductores o no, tendrán información exhaustiva sobre los accidentes ocurridos en la empresa, con sus causas, consecuencias y medidas preventivas adop-tadas para evitarlos.

Tener en cuenta facto-res de riesgo con posibles efectos secun-darios sobre la conducción.

En conductores, el transporte de determinadas sustancias (pinturas, disolventes, pesticidas...) pueden generar efectos sobre la conducción si se transportan en malas condiciones o se alteran sus propiedades. En el resto de trabajadores, el uso de determinadas sustancias (pinturas, disolventes, pes-ticidas...), la fatiga, etc., pueden generar efectos sobre la conducción de vehículos particulares.

Sensibilizar sobre los riesgos viales

A través de programas específi cos de sensibilización, cam-pañas, difusión de las estadísticas de siniestralidad, etc.

Formación Se formará sobre los riesgos de la seguridad vial. Esta for-mación será reforzada periódicamente. La formación de los conductores será específi ca y adaptada a su puesto de trabajo.

Investigación exhaustiva de los accidentes ocurridos

Tanto en los accidentes de trabajo y de tráfi co, como los ocurridos in itinere, como los desplazamientos en jornada sin utilizar vehículos para realizar el desplazamiento.

Medidas pre-ventivas sobre las condiciones psicofísicas

Fatiga:• Organización del trabajo: Evitar itinerarios excesiva-

mente largos, complejos o por vías en malas condicio-nes. Limitar las tareas a realizar anexas a la conducción. Organizar pausas en los desplazamientos.

• Interrumpir los viajes cada 200 km o 2 horas.• Tener siempre ventilación adecuada en el vehículo.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

• Realizar comidas ligeras.• Beber agua de forma frecuente.

Medicamentos: • Debe preguntarse al médico o leer el prospecto para ver

cómo afectan a la conducción.Alcohol:

• Prohibición de tomar alcohol durante las jornadas de trabajo. Según la DGT las Tasas de alcohol permitidas son:

Tasas de Alcohol Aire (gr/l) Sangre (gr/l)

Conductor Novel 0,15 0,3

Conductor General 0,25 0,5

Conductor Profesional 0,15 0,3

Fuente: Reglamento General de Circulación.Drogas:

• Está prohibido conducir después de tomar drogas.Alergias:

• Deberemos consultar al médico si los medicamentos recetados afectan a la conducción.

• Llevar el coche limpio en sus partes interiores.• No mezclar los medicamentos con alcohol.

Distracciones: • La mirada debe centrarse en la carretera, a la vez que se

distribuye en los elementos periféricos, espejos y velo-címetro.

Estrés: • Evaluación psicotécnica periódica de los conductores

profesionales.• Evitar atascos, buscar vías con poca circulación.• Organizar actividades anexas a las conducción que pro-

voquen un menor estrés.• No tomar drogas o alcohol.• Adecuar los tiempos de trabajo a las tareas y desplaza-

mientos necesarios. • Disminuir la carga física y mental de los trabajos con

conducción de vehículos.• Diseñar adecuadamente rutas a seguir y trabajos a

realizar.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

Sueño: • Realizar paradas frecuentes, para romper la

monotonía.• Mantener la cabina del vehículo ventilada.• Realizar comidas ligeras.• Refrescarse con agua fría.

Medidas pre-ventivas en la conducción de vehículos.

Estas medidas están relacionadas con la conducción segura de vehículos y de aquellas circunstancias que pueden alte-rar el normal desplazamiento por las vías de circulación. Según la Dirección General de Tráfi co, “Conducir es identifi -car y organizar todas las informaciones con el fi n de tomar las informaciones más correctas en el momento preciso”. Por tanto, la DGT da unas recomendaciones y criterios a tener en cuenta por los usuarios de vehículos para desplazarse.

• El conductor de un vehículo es responsable de su segu-ridad, la de los ocupantes y la del resto de vehículos.

• Anticipar el peligro. Atención en la conducción, mante-ner distancias de seguridad.

• Extremar la vigilancia en autopistas e intersecciones.• Ponerse el cinturón de seguridad. • Evitar distracciones en el interior del vehículo. Evitar el

uso de móvil, pantallas y aparatos de música.• Evitar aglomeraciones y retenciones de tráfi co. Buscar

itinerarios alternativos.• No aproximarse a vehículos pesados: Pueden ocasionar

desprendimientos de carga, falta visibilidad al acercarse a ellos.

• Coger el volante fi rmemente, sin sacar las manos de él.• Regular los espejos para evitar puntos ciegos en el ve-

hículo. Controlarlos.• Adaptar la velocidad a las condiciones de la vía

utilizada.• Señalizar los cambios de carril.• Circular siempre por el carril derecho.• Respetar las indicaciones de las señales verticales y

marcas viales.

Conductores profesionales:• Inspeccionar el vehículo al iniciar y fi nalizar un viaje.• Planifi car la ruta por anticipado.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

• Poseer toda la documentación requerida por la Ley.• No beber bebidas alcohólicas.• Respetar los límites de velocidad en ciudad y carretera.• Respetar los periodos de descanso.

Conductores de motocicletas: Obligaciones según DGT:• Conducirán con ropa visible y adecuada.• Utilizar casco.• Llevar siempre la luz corta.• Señalizar las maniobras.

Conductores de bicicletas y ciclomotores: Obligaciones:• Circular siempre por el arcén.• Ir en fi la y en línea recta.• Conducirán con ropa visible y adecuada.• Utilizar casco.

3. FACTORES VIALES: Los que son propios de las vías por donde se circula. Se incluye el estado de las vías, su deterioro, confl ictos con otras vías (intersec-ciones, glorietas, incorporaciones...), espacios de riesgo (polígonos industria-les, vías confl ictivas, etc.).

RIESGO CAUSA

Señalización Señalización inadecuada en el trazado que recorremos. Motivos:

• Señalización lumínica no adecuada a la iluminación ambiental.

• Señalización horizontal: Confusa, hecha con materiales que provocan accidentes bajo condiciones especiales (lluvia, nieve..)

Barreras de protección

Barreras en defi ciente estado de mantenimiento o inadecuadas.

• Barreras metálicas con riesgo de cizallamiento, uso desme-surado de barreras de hormigón, etc.

Estructuras Diseños de las vías, tipo de carriles, asfalto empleado, dimensiones.

• Señales: Localización defi ciente y no adecuación al riesgo.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

• Sistemas de contención de vehículos en mal estado.• Iluminación inadecuada.• Mobiliario urbano en defi cientes condiciones de

mantenimiento.

Condiciones variables

Condiciones que pueden variar en las vías, según la climatolo-gía, incidencia del tráfi co, accidentes de tráfi co, obras, etc.

• Impredecibles en cada momento.• Generan nuevos riesgos: Pasos alternativos, reducción

brusca de la velocidad, mala visibilidad.• Requieren mayor formación de los conductores.

MEDIDAS PREVENTIVAS

FORMA DE IMPLANTACIÓN

Información Proporcionar información a los trabajadores sobre el estado de vías, puntos confl ictivos, atascos, densidad del tráfi co. Especialmente destinado a conductores profesionales.

Planifi cación Planifi car las vías y rutas que deban seguir los conductores profesionales y usuarios de vehículos de empresa

Asesoramiento Recomendar los itinerarios más seguros para los desplaza-mientos a los domicilios de los trabajadores.

Mantenimien-to preventivo

Mantenimiento de las vías propias de la empresa. Estado adecuado de accesos de polígonos y carreteras, señalización adecuada de las vías internas, etc.

4. FACTORES DE VEHÍCULO: Se deben al vehículo utilizado para realizar el desplazamiento. Englobará tanto su adecuación a la vía a utilizar, como su estado de mantenimiento (estado de frenos, tren de rodaje), o las posiciones ergonómicas a adoptar para guiarlo.

RIESGO CAUSA

Elementos de seguri-dad activa

Fallo en los sistemas de seguridad que se activan durante la conducción habitual.

• Sistemas de frenado Malas condiciones de zapatas y discos de freno.

• Sistemas de estabilidad y adherencia Defi ciente mantenimiento de suspensiones, ruedas, y transmisión.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJOGUGUGUGUÍAÍAÍAÍA S S S SOBOBOBOBRERERERE M M MMOVOVOVOVILILILILIDIDIDIDADADADAD S S SSEGEGEGEGURURURURA A A A ALALALAL PP PPUEUEUEU STSTTTOO OO DEDEDEDE TTTRARARARABABABABAJOJOJOJO

• Elementos de visibilidad Mal estado de elementos de iluminación, luces y faros.

Elementos de seguri-dad pasiva

Fallo en los sistemas que intervienen únicamente cuando ocu-rre un accidente y durante su tiempo de evolución.

• Cinturón de seguridad sin tensión adecuada, mal po-sicionado, malos hábitos (no usarlo).

• Sistemas de absorción de impacto paragolpes en mal estado, ausencia de protecciones.

• Elementos de seguridad infantil (sillas) No instalados, mal fi jados, etc.

• Airbag y barras de protección lateral Vehículos anti-guos no dotados con estos sistemas, airbag no revisados que pueden fallar en caso de acidente.

Ergonomía Diseño del vehículo que ayude a adoptar mejores posiciones de conducción, disminución de la fatiga, ayudas a la conducción.

• “Estrés perceptivo” Estrés derivado de la atención del conductor a una excesiva información proporcionada por los cuadros de mandos del vehículo.

• Asientos y mandos no ergonómicos Excesivamente cómodos o incómodos, infl uyen decisivamente en la fatiga generada al conductor, al desarrollar posturas de conduc-ción forzadas.

MEDIDAS PREVENTIVAS

FORMA DE IMPLANTACIÓN

Utilizar vehí-culos seguros

La empresa tendrá en cuenta la seguridad a la hora de reali-zar la compra de los vehículos de la empresa. Se rechazarán para su uso los vehículos propios que no estén en las adecua-das condiciones de seguridad.

Programa de mantenimien-to preventivo de vehículos y herramientas de trabajo.

• Los vehículos serán revisados y reparados periódicamente, con el objetivo de que estén en buenas condiciones de uso en todo momento.

• Se llevará un control periódico de las condiciones en que se encuentran los vehículos, a través del establecimiento de un programa de mantenimiento en la empresa.

• Lo mismo se hará con aquellas herramientas y útiles que deban utilizarse en el trabajo (grúas sobre camiones, he-rramientas, accesorios...).

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

• Puesta a punto del vehículo. Se revisarán periódicamente los siguientes elementos:

- Limpiaparabrisas.- Sistema de frenado. Vigilar el nivel del líquido de frenos,

comprobar el recorrido del pedal, asegurar la tensión del freno de mano, y vigilar el desgaste de las zapatas.

- Neumáticos: Comprobar estado de ruedas y presión.- Batería. Comprobar el nivel, mantenerla seca.- Aceite: Comprobar el nivel y estado de fi ltros.- Luces: Comprobar su estado de luces y cristales, y su

funcionamiento.- Refrigeración: Comprobar estado de la bomba de agua

y el nivel del líquido de refrigeración.- Suspensión. Chequear el estado de amortiguadores y

muelles.- Encendido: Revisar el fi ltro del aire y estado de bujías y

condensador.

Instalación de dispositivos de seguri-dad en los vehículos

• Mecanismos de control inteligente de velocidad: Con el objetivo de impedir que se sobrepasen los límites legales máximos de velocidad.

• Cinturón de seguridad: Protegen respecto a lesiones cere-brales, fracturas craneales y faciales, lesiones pulmonares, etc. Deben estar homologados, bien anclados, con reglaje correcto, y correctamente abrochados.

• Cinturón de seguridad para embarazadas: Cinturones es-pecífi cos que permiten salvar la vida de la embarazada y del feto.

• Mecanismos de auxilio al accidentado. Sistemas de llama-da automática de auxilio, dotación de teléfonos, etc.

• Sistemas GPS de localización automática. Permiten cono-cer la situación del vehículo en cada momento. Para el conductor, permite un mejor guiado a las direcciones evi-tando distracciones y pérdidas de tiempo.

• Sistemas de aviso de cambio de carril. Sistemas que activan alarmas cuando el vehículo cambia de carril involuntariamente.

• Sistemas de frenado y control de la estabilidad. Los ve-hículos dotados de ABS y ESP serán más seguros. Deben tenerse en cuenta estos sistemas a la hora de elegir los vehículos de la empresa.

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• Reposacabezas. Se elegirán aquellos que permitan una adecuada adaptación de la columna vertical, evitando le-siones como el latigazo o el esguince vertical.

• Airbag. Mecanismos de seguridad que consisten en una bolsa hinchable que evita los golpes con partes del vehí-culo. Pueden ser frontales, laterales o de cortina.

• Utilización de cascos en las motocicletas. Deben estar ho-mologados, pueden ser de protección convencional (pro-tegen la cabeza) o integral (protegen cabeza y cara).

5. FACTORES AMBIENTALES: Condiciones de climatología de la zona donde rea-lizamos los desplazamientos (lluvia, nieve, viento...) que pueden infl uir deci-sivamente en que ocurra un accidente, el estado del tráfi co de las vías que utilizamos, etc.

RIESGO CAUSA

Iluminación Fundamental para el desplazamiento nocturno, si es adecuada, puede reducir los accidentes en un 30%.

• Alumbrados defi cientes Ocurre en el 48% de las vías españolas.

• Alumbrados excesivos Se da en un 26% de las vías.• Aumenta el cansancio y fatiga de los conductores.• Un 60% de los accidentes ocurre en horario nocturno, a

partir de las 21 horas.

Climatología Las condiciones meteorológicas adversas, el mal tiempo, es res-ponsable de un 15% de los accidentes según la DGT.

• Lluvia: Infl uye directamente en la adherencia (barro, acua-planing...) y en la visibilidad. Puede infl uir también en los sistemas de frenado, al atravesar zonas encharcadas o con exceso de agua.

• Niebla: Afecta a la visibilidad. Difi culta el cálculo de dis-tancias, reduciendo el tiempo de reacción. También afecta a la adherencia si el pavimento se humedece.

• Viento: Afecta a la adherencia del vehículo, aumentando la difi cultad en función de las características propias del aire (velocidad y cantidad) y las propias del vehículo (velo-cidad y dimensiones).

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• Hielo: Afecta al adherencia. La pérdida de adherencia es total, aumenta la distancia de frenado, produce acciden-tes por salida de vía.

• Nieve: Al igual que la lluvia, infl uye en la adherencia y en la visibilidad. Sus efectos dañinos aumentan durante la noche.

Tráfi co Alteraciones en el desarrollo normal del tráfi co, obstrucciones, retenciones, etc.

• Obstrucciones provocadas por aumento del tráfi co y exce-so de capacidad de la vía.

• Retenciones por atascos, manifestaciones, accidentes, etc.• Desvíos por obras

Agentes de tráfi co

Aunque su función es aumentar la seguridad y agilizar el trá-fi co, pueden aumentar el riesgo de tener un accidente en los siguientes casos:

• Indicaciones confusas.• Mal posicionamiento.• Temor generado en los conductores, que provoca que sus

actos sean imprevisibles.• Desconocimiento de la normativa de prioridades en la cir-

culación, cuando se da su presencia, provocan maniobras imprevistas.

Publicidad Carteles en las carreteras, publicidad dinámica y estática. Ori-gina riesgos cuando:

• Llama excesivamente la atención.• Provoca distracciones en los conductores y transeúntes.

Tareas adicionales

Tareas que debe realizar el conductor, complementarias a su función principal de conducción (cobro de tickets, control del pasaje, etc.). Provocan riesgos cuando:

• Suponen distracciones.• Ergonómicos, si incluimos las operaciones de carga y

descarga de equipajes en los vehículos de transporte colectivo.

• Estrés por el control de las personas a su cargo.

Tecnologías Distracciones basadas en el uso masivo de tecnologías que se portan en el vehículo: Uso de DVD, GPS, móvil, ordenador por-tátil, etc.

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MEDIDAS PREVENTIVAS

FORMA DE IMPLANTACIÓN

Informar a los trabajadores

Mantener sistemas de información constante sobre:

- Condiciones climatológicas (lluvia, nieve, etc.) de las vías utilizadas en los desplazamientos profesionales o in itinere.

- Estados de las vías en cada momento: Atascos, modifi cación de itinerarios, obras, interrup-ciones e incidencias que puedan afectar a la conducción.

- Estado de elementos que puedan causar dis-tracciones: publicidad, etc.

Sensibilización sobre los riesgos ambientales de seguridad vial.

Campañas informativas a través de folletos, revistas, web, charlas, prensa etc. con el objetivo de concien-ciar a los trabajadores sobre este tipo de riesgos.

Evitar tareas comple-mentarias que puedan suponer distracciones en la conducción.

Tareas adicionales a las existentes en los conducto-res profesionales, como el cobro de billetes, control del pasaje, ajustes de equipos electrónicos, etc.

Sensibilizar sobre la utilización de nuevas tecnologías y su ade-cuado uso para evitar accidentes de tráfi co

Campañas sobre el uso de los medios electrónicos (ordenador de abordo, GPS, etc.), y la forma más adecuada de utilizarlos, de manera no simultánea a la conducción.

Medidas preventivas sobre las condiciones meteorológicas

Lluvia: • Extremar precauciones con las primeras gotas

de lluvia.• Equilibrado y presión de neumáticos correctos.• Poner luz de corto alcance.• Moderar la velocidad.• Frenar con suavidad.

Nieve: • Reducir la velocidad a 60 km/h.• Aumentar la distancia de seguridad.• Poner luz de corto alcance y de niebla.• Moderar la velocidad.• Frenar con suavidad.• Echar anticongelante en el depósito.

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Niebla:• Reducir la velocidad.• Aumentar la distancia de seguridad.• Poner luz de corto alcance y de niebla.• Moderar la velocidad.• Frenar con suavidad.

Viento:• Reducir la velocidad.• Coger fi rmemente el volante.

Hielo:• Utilizar neumáticos especiales para nieve, cade-

nas o clavos.• Poner luz de corto alcance y de niebla.• Moderar la velocidad.• Aumentar la distancia de seguridad.• Frenar con suavidad.• Echar anticongelante en el depósito.

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿ES NECESARIO UN CARNÉ PARA MANEJAR UNA CARRETILLA ELEVADORA?

Interior de fábricas: Es necesario un certifi cado de aptitud. El operario es-tará formado en el manejo de carretillas elevadoras. Se recomienda que el operario posea el carné de conducir tipo B, aunque no es necesario.

Vías públicas: Es necesario poseer el carné de conducir (tipo B).

¿QUÉ NECESITA UNA CARRETILLA O UN EQUIPO DE TRABAJO MÓVIL PARA PODER CIRCULAR POR LA VÍA PÚBLICA?

Los equipos estarán homologados para el trabajo en exterior, dispondrá de los elementos de seguridad necesarios: luz exterior, rotativos, avisadores acústicos.

Estarán matriculados.

Permisos que requiera el Ayuntamiento.

¿NECESITO CONOCER LAS CARACTERÍSTICAS DEL VEHÍCULO DE EMPRESA QUE CONDUZCO?

El art. 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que los tra-bajadores estarán formados e informados sobre los riesgos de su trabajo tanto de la empresa como de su puesto de trabajo.

Por tanto, para garantizar su seguridad, el trabajador deberá conocer las características técnicas de la carretilla, manuales de uso, y procedimientos seguros de trabajo.

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¿EN QUE CONSISTE EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS EQUIPOS?

Es indispensable para un buen funcionamiento de los equipos. Será realiza-do por el equipo de mantenimiento, personal específi camente formado para ello o por la empresa suministradora de los vehículos. Se realizarán tareas como las siguientes:

-Revisar componentes. Entre ellos: frenos, dirección, avisadores, ilumi-nación, y mecanismos del equipo.

-Revisar los sistemas hidráulicos, verifi cando las posibles fugas inte-riores y exteriores.

-Periódicamente se revisarán niveles de líquidos.

-Realizar el mantenimiento periódico de los dispositivos de seguridad. En especial, las baterías, motores, controles, dispositivos de protec-ción, cables, conexiones y buen estado de aislamiento de la instala-ción eléctrica.

-Verifi car los neumáticos, para descubrir cualquier indicio de deterioro de los fl ancos y de las llantas. Deberá mantenerse la presión prescrita por el fabricante.

-Los periodos de revisión serán marcados por el fabricante del equipo y deberán ser respetados.

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¿CUÁL ES LA VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN MÁXIMA PERMITIDA?

Interiores de fábricas y vías privadas: Se recomienda la circulación a 10 km/h, e incluso menos si estamos circulando sobre pendientes, zonas de difícil cir-culación o con una gran carga.

No obstante, la velocidad máxima permitida suele establecerse en 20 km/h.

Vías de circulación generales: La velocidad del vehículo se adecuará a las condiciones existentes (de la vía, climatológicas, viales y legales).

En general, sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada, se considera una infracción “muy grave”, siempre que esto suponga haber superado, al menos en 30 km/h., el límite máximo. Es decir, será “muy grave” circular a 180 por autopistas y autovías; a 150, por carreteras limitadas a 100; y a 80 km/h, en vías urbanas, al margen de otras limitaciones específi cas que puedan existir en esas vías o de limitaciones específi cas de vehículos profesionales (autobuses, camiones...).

¿QUÉ EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPIS) DEBEN USARSE? ¿QUIÉN LOS PROPORCIONA?

Según el tipo de trabajo que deba realizarse con el vehículo utilizado para los desplazamientos. En general es recomendable el uso de:

- Ropa de trabajo y chaleco refl ectante. Cuando existan riesgo de atropello por vehículos. Recomendable para utilizar en almacenes y muelles de carga o en trabajos donde deba estacionarse en la vía públi-ca. La ropa utilizada no permitirá que se produzcan atrapamientos.

- Calzado de seguridad.

- Gafas de seguridad, cuando el equipo no disponga de cristal delan-tero o cabina.

- Casco de seguridad en zonas con riesgo de caída de objetos despe-rendidos, para poder ser utilizados al bajar de la carretilla.

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¿CUÁNDO PUEDEN INMOVILIZAR UN VEHÍCULO LOS AGENTES DE TRÁFICO?

Según la nueva Ley de Seguridad Vial por los siguientes motivos:

- cuando su uso pueda ocasionar un riesgo grave para la circulación,

- negativa a someterse al control de alcoholemia,

- alteraciones técnicas que desvirtúen su uso o alteren la seguridad vial,

- superar los niveles de gases o humos,

- exceso de ocupantes,

- por manipular los instrumentos de control de velocidad (tacógrafos),

- incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso.

Por tanto, los vehículos deberán estar en perfectas condiciones, sin manipu-laciones, y los tiempos de descanso de las rutas deben respetarse, condicio-nes que son responsabilidad del empresario.

SI ME IMPONEN UNA MULTA POR CONDUCIR DURANTE MI TRABAJO, ¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE PARA MÍ?

Según la Ley de Seguridad Vial, el titular de un vehículo tiene el deber de identifi car al conductor responsable de una infracción cometida con el mis-mo. De no hacerlo, sin causa justifi cada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 301 euros

Por tanto, según la Ley de Seguridad Vial, las multas son responsabilidad del conductor, que debe afrontarlas. La empresa, identifi cará a la persona que conducía el vehículo de empresa en ese momento y el conductor deberá responder personalmente de ella. Si no lo hace la multa debería asumirla la empresa.

Aunque puedan pactarse el pago de las cantidades económicas entre empre-sa y trabajador, las sanciones con puntos del carnet o más graves (penales, etc), siempre serán asumidas personalmente por el conductor.

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GUÍA SOBRE MOVILIDAD SEGURA AL PUESTO DE TRABAJO

NORMATIVA Y BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA

• Ley 31/95 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.

• Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

• Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

• Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

• Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

• Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Ley de Tráfi co.

• Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Seguridad Vial.

• Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

• Datos y recomendaciones de la Dirección General de Tráfi co DGT:

-Informe “Balance de Seguridad Vial de 2009” de la DGT.

-Portal de DGT, Consejos de Seguridad Vial.

• Portal del Grupo de Seguridad Vial de la Universidad de Zaragoza.

• “Guía PTT, para la elaboración e implantación de Planes de Transporte al centro de trabajo” del Instituto para la Diversifi cación y Ahorro de Energía (IDAE).

• Documento “Prevención de los Riesgos Laborales Viales” de la Fundación MAPFRE.

• “Barómetro sobre Fatiga y Conducción 2009” del Real Automóvil Club de España (RACE).

• “Borrador del Plan Integral de Seguridad Vial 2011-2020” del Gobierno de Aragón.

• Datos del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Aragón (ISSLA).

• Datos de UGT Aragón.

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