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5 VOLUMEN 2/8 I.6. SECRETARÍA DE MOVILIDAD I.6.1. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO I.6.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALESAuditoría ASCM/24/18 FUNDAMENTO LEGAL La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, y de conformidad con el Programa General de Auditoría aprobado. ANTECEDENTES La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ocupó el octavo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2018 por las 22 dependencias de la Ciudad de México (82,316,737.9 miles de pesos), con un monto de 2,165,037.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 2.6% del total erogado por las dependencias y fue superior en 18.0% (330,253.4 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente (1,834,784.1 miles de pesos) e inferior en 14.4% (364,598.9 miles de pesos) al ejercido en 2017 (2,529,636.4 miles de pesos).

I.6.1. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTOfundamento en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por la Federación Internacional de

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I.6. SECRETARÍA DE MOVILIDAD

I.6.1. AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO

I.6.1.1. CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASCM/24/18

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base II, sexto

y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 de la

Constitución Política de la Ciudad de México; 13, fracción CXI, de la Ley Orgánica del

Congreso de la Ciudad de México, 1; 2, fracciones XIV y XLII, inciso a); 3; 8, fracciones I,

II, IV, VI, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22;

24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36; 37; 61; y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la

Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del

Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, y de conformidad con

el Programa General de Auditoría aprobado.

ANTECEDENTES

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ocupó el octavo lugar respecto del presupuesto

ejercido en 2018 por las 22 dependencias de la Ciudad de México (82,316,737.9 miles de

pesos), con un monto de 2,165,037.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la

Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año. Ese importe representó el 2.6% del

total erogado por las dependencias y fue superior en 18.0% (330,253.4 miles de pesos) al

presupuesto asignado originalmente (1,834,784.1 miles de pesos) e inferior en 14.4%

(364,598.9 miles de pesos) al ejercido en 2017 (2,529,636.4 miles de pesos).

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En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la SEMOVI ejerció 1,640,913.2 miles de pesos,

cantidad que representó el 75.8% del total erogado (2,165,037.5 miles de pesos) y fue superior

en 40.5% (472,932.6 miles de pesos) al presupuesto aprobado (1,167,980.6 miles de pesos), pero

inferior en 17.2% (340,357.2 miles de pesos) al ejercido en 2017 (1,981,270.4 miles de pesos).

En dicho capítulo, destacaron las partidas 3381 “Servicios de Vigilancia”, con 1,247,560.8 miles

de pesos; y 3362 “Servicios de Impresión”, con 294,029.2 miles de pesos, que en conjunto

representaron el 93.9% (1,541,590.0 miles de pesos) del total erogado en el capítulo.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con el siguiente criterio general de selección,

contenido en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización superior:

“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 3000 “Servicios Generales” porque el

presupuesto ejercido en 2018 (1,640,913.2 miles de pesos) significó un incremento de 40.5%

(472,932.6 miles de pesos) respecto de su asignación original (1,167,980.6 miles de pesos)

y una disminución de 17.2% (340,357.2 miles de pesos) en relación con lo ejercido en 2017

(1,981,270.4 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SEMOVI

con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y

ordenamientos aplicables, y destinado al cumplimiento de sus funciones y atribuciones.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se revisó, en cuanto a los elementos que integraron el objetivo de la auditoría, de manera

enunciativa, mas no limitativa, lo siguiente:

Registros Contable y Presupuestal

Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se encontraran registrados contable

y presupuestalmente, que los registros reflejaran las operaciones de cada uno de los

momentos contables del gasto y que explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.

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Gasto Aprobado

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización del

presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que existiera congruencia entre

la documentación soporte, como el Programa Operativo Anual (POA), el techo presupuestal, el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal.

Gasto Modificado

Se verificó que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones del

presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento

de las metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

Se verificó que los procesos de programación (Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios [PAAAPS]), solicitud, autorización, adjudicación,

contratación y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes se hayan

sujetado a la normatividad que los regula.

Gasto Devengado

Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se encontraran debidamente

soportados con la documentación e información que comprobara la recepción de los

servicios, conforme a la normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos

jurídicos formalizados.

Gasto Ejercido

Se verificó, mediante la revisión a la información del sujeto fiscalizado, que se haya

expedido y resguardado la documentación soporte justificativa y comprobatoria de las

operaciones y que ésta reuniera los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

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Gasto Pagado

Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido mediante

el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad

aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.

Cumplimiento

Se verificó que las acciones emprendidas con cargo al rubro sujeto a revisión por la

dependencia se hayan destinado al cumplimiento de sus funciones y atribuciones.

El gasto de la SEMOVI con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” ascendió a

1,640,913.2 miles de pesos y se erogó mediante 527 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y 20 documentos múltiples, los cuales se pagaron con recursos fiscales (1,040,550.1 miles

de pesos) y con recursos de origen federal (600,363.1 miles de pesos). Derivado de los

trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y

evaluación del diseño del control interno, se determinó revisar un monto de 245,857.1 miles

de pesos, por medio de 28 CLC expedidas con cargo a dos de las 35 partidas de gasto que

integraron el presupuesto ejercido en el rubro sujeto a revisión, así como su documentación

justificativa y comprobatoria, que representó el 15.0% del total ejercido en el rubro examinado.

Para determinar la muestra, se consideraron los criterios siguientes:

1. Se integraron las cantidades consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2018 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Administración y

Finanzas proporcionó a esta entidad de fiscalización, correspondientes a la SEMOVI.

2. Se integró el presupuesto ejercido en cada partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios

Generales” y se seleccionaron las partidas de gasto más representativas.

3. Se eligieron las partidas 3362 “Servicios de Impresión” (294,029.2 miles de pesos) y

3381 “Servicios de Vigilancia” (1,247,560.8 mies de pesos), que en conjunto

representaron 93.9% (1,541,590.0 miles de pesos) del total erogado en el capítulo 3000

“Servicios Generales”.

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4. Se integraron las CLC emitidas con cargo a las partidas 3362 “Servicios de Impresión”

y 3381 “Servicios de Vigilancia”, en las que se ejercieron recursos con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”; y los contratos de prestación de servicios celebrados por

la SEMOVI con cargo a dichas partidas.

5. De la partida 3362 “Servicios de Impresión”, se integró el presupuesto ejercido por

contrato de prestación de servicios suscrito con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales” y se seleccionó el más representativo en cuanto a presupuesto ejercido.

6. De la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, se integró el presupuesto ejercido por tipo de

convenio administrativo de colaboración consolidado suscrito y por las bases de colaboración

institucional correspondientes a los servicios de seguridad, protección y vigilancia celebradas;

se seleccionaron las bases de colaboración institucional en virtud de que se celebraron para

proporcionar el servicio de seguridad, protección y vigilancia integral en las instalaciones del

Sistema de Transporte Colectivo, derivado del incremento en los índices de delincuencia al

interior de dicho transporte, lo cual incide directamente sobre la ciudadanía.

Asimismo, se integraron los servicios prestados durante los 12 meses del ejercicio

de 2018 y se seleccionaron como muestra los meses de junio, julio y agosto, para la

aplicación de pruebas de controles y procedimientos sustantivos de auditoría.

Derivado de los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, se

determinó revisar un monto de 245,857.1 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra Cantidad Presupuesto

ejercido % Cantidad Presupuesto

ejercido Porcentaje

de la partida

CLC Documento Múltiple

CLC Documento Múltiple

3362 “Servicios de Impresión” 62 0 294,029.2 17.9 26 0 164,186.1 55.8 3381 “Servicios de Vigilancia” 70 0 1,247,560.8 76.0 2 0 81,671.0 6.5 Otras 33 partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” 395 20 99,323.2 6.1 0 0 0.0 0.0 Total capítulo 3000 “Servicios Generales” 527 20 1,640,913.2 100.0 28 0 245,857.1 15.0

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Respecto al origen de los recursos, el universo del presupuesto ejercido (1,640,913.2 miles

de pesos) y la muestra sujeta a revisión (245,857.1 miles de pesos), correspondieron a

los recursos y fondos o programas siguientes:

(Miles de pesos)

Origen de los recursos Fondo o programa al que pertenecen

los recursos de origen federal Locales Federales Universo Muestra

Universo Muestra Universo Muestra Denominación del fondo

o programa

Importe Denominación del fondo

o programa

Importe

1,040,550.1 106,165.6 600,363.1 139,691.5

Participaciones en ingresos federales 600,363.1

Participaciones en ingresos federales 139,691.5

1,040,550.1 106,165.6 600,363.1 139,691.5 600,363.1 139,691.5

El contrato de prestación de servicios y las bases de colaboración institucional seleccionados

fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Número de contrato o pedido Nombre del prestador de servicios Objeto del contrato

Importe Total Muestra*

GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 y sus convenios modificatorios

Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

Servicios de impresión 164,186.1 164,186.1

Bases de Colaboración Institucional de Seguridad y Vigilancia

Secretaría de Seguridad Pública (Policía Bancaria e Industrial)

Servicios de vigilancia 443,193.5 81,671.0

Total 607,379.6 245,857.1

* Se revisó el monto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales”.

La muestra del universo por auditar de las partidas 3362 “Servicios de Impresión” y 3381

“Servicios de Vigilancia”, como la selección del contrato de prestación de servicios y bases

de colaboración se determinó mediante un método de muestreo no estadístico, con

fundamento en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530, “Muestreo de Auditoría”,

emitida por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), la Norma Internacional de

las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530, “Muestreo de Auditoría”, emitida por

el Comité de Normas Profesionales de la Organización Internacional de Entidades

Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), y en el Manual del Proceso General de Fiscalización

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

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Los trabajos de auditoría se efectuaron en las Direcciones Generales de Transporte

Particular, del Servicio de Transporte Público Individual y de Ruta y Especializado de la

Subsecretaría del Transporte y en las Direcciones de Recursos Materiales y Servicios

Generales y de Recursos Financieros de la Dirección General de Administración y Finanzas

en la SEMOVI, por ser las unidades administrativas encargadas del registro, aprobación,

modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de las operaciones con cargo al

capítulo 3000 “Servicios Generales”, según las atribuciones y funciones previstas en los

manuales administrativos de la SEMOVI y de la Dirección General de Administración en la

dependencia, vigentes en 2018.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

A fin de evaluar el diseño y la efectividad del control interno implementado por la SEMOVI

y por la Dirección General de Administración en la dependencia y contar con una base para

determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, en cuanto al

diseño, se analizaron las atribuciones de la dependencia y la Dirección General de

Administración en ésta, el marco normativo y su manual administrativo, vigentes en 2018;

se aplicó un cuestionario de control interno, en particular, a servidores públicos de la

SEMOVI responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, y

ejercicio del presupuesto, así como del pago de las operaciones con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales” en relación con los cinco componentes del control interno (Ambiente

de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control Interno, Información y

Comunicación y Supervisión y Mejora Continua); se requisitó la cédula de evaluación del

ambiente de control con base en las respuestas obtenidas; y se elaboraron tres matrices:

una de riesgos, para identificar los riesgos a que están sujetas las operaciones del rubro en

revisión; otra de control, para analizar la probabilidad de ocurrencia y el impacto de cada

riesgo; y una de unidades administrativas, para determinar la participación conforme a las

funciones y atribuciones de cada una de las áreas de la dependencia relacionadas con

las operaciones del rubro en revisión.

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12 VOLUMEN 2/8

En cuanto a la efectividad del control interno, durante la etapa de ejecución de la auditoría,

se aplicaron pruebas de controles y procedimientos sustantivos, que incluyeron pruebas de

detalle y analíticos sustantivos, para determinar la idoneidad, eficacia, eficiencia en la

aplicación del control interno en las unidades administrativas, así como en los procesos,

funciones y actividades de la dependencia.

La evaluación se realizó tomando como parámetro la Ley de Auditoría y Control Interno de

la Administración Pública de la Ciudad de México publicada en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México núm. 146 Ter el 1o. de septiembre de 2017 y su modificación publicada

en el mismo medio el 27 de noviembre de 2018; los Lineamientos de Control Interno de la

Administración Pública de la Ciudad de México publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México el 8 de enero de 2018; el Manual del Proceso General de Fiscalización, en lo

relativo a la evaluación del ambiente de control; y el Modelo de Evaluación del Control

Interno para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de la

Auditoría Superior de la Ciudad de México, elaborado con base en el Marco Integrado de

Control Interno, para ser aplicado a los sujetos de fiscalización de la Ciudad de México, con

objeto de diagnosticar el estatus de su control interno establecido y proponer acciones de

mejora dirigidas a su fortalecimiento.

Ambiente de Control

Se identificaron las unidades administrativas de la SEMOVI y de la Dirección General de

Administración en la dependencia que estuvieron relacionadas con el registro, aprobación,

modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el pago de

las operaciones con cargo al rubro en revisión; las funciones, objetivos, actividades y

procedimientos aplicados; las normas, procesos y estructura orgánica que proporcionan la

base para llevar a cabo el control interno en el sujeto fiscalizado, así como la normatividad

que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en la consecución de los

objetivos institucionales; y se verificó si la dependencia y su Dirección General de

Administración establecieron y mantuvieron un ambiente de control que implicara una

actitud de respaldo hacia el control interno, como se indica a continuación:

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Secretaría de Movilidad

1. Durante 2018, la SEMOVI dispuso de la estructura orgánica núm. D-SEMOVI-24/110817,

dictaminada favorablemente por la entonces Oficialía Mayor y notificada a la dependencia

por medio del oficio núm. OM/0532/2017 del 29 de agosto de 2017, vigente a partir del

11 del mismo mes y año.

En dicha estructura orgánica se previeron 202 plazas: 15 en la Oficina de la SEMOVI;

27 en la Subsecretaría de Planeación; 40 en la Subsecretaría de Desarrollo de

Movilidad; 82 en la Subsecretaría del Transporte; 22 en la Dirección General Jurídica y

de Regulación; y 16 en la Dirección Ejecutiva de Sistemas de Información y Comunicación.

2. En 2018, la SEMOVI contó dos manuales administrativos. El primero elaborado

conforme al dictamen de estructura orgánica núm. D-SEMOVI-3/180116, registrado por

la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) con el núm.

MA-09/230817-D-SEMOVI-3/180116, y notificado al titular de la SEMOVI con el oficio

núm. OM/CGMA/1754/2017 del 23 de agosto de 2017. Se publicó en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México núm. 210 Bis el 1o. de diciembre de 2017, el Aviso por el cual

se da a conocer el Enlace Electrónico, donde podrá ser Consultado el Manual Administrativo

de la SEMOVI con Número de Registro MA-09/230817-D-SEMOVI-3/180116, Validado por la

Coordinación General de Modernización Administrativa, mediante oficio OM/CGMA/1754/2017

de Fecha 23 de Agosto de 2017, y vigente hasta el 28 de noviembre de 2018.

El segundo fue elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica

núm. D-SEMOVI-24/110817, registrado por la CGMA con el núm.

MA-29/261118-D-SEMOVI-24/110817, y notificado al titular de la SEMOVI con el oficio

núm. OM/CGMA/3332/2018 del 26 de noviembre de 2018. Se publicó en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México núm. 461 el 28 de noviembre de 2018, el Aviso por el

cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Secretaría de Movilidad con Número

de Registro: MA-29/261118-D-SEMOVI-24/110817, Validado por la Coordinación General de

Modernización Administrativa Mediante Oficio Número M/CGMA/3332/2018 de Fecha

26 de Noviembre de 2018, en cuya consulta se comprobó su publicación y vigencia a

partir del día siguiente de ésta.

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14 VOLUMEN 2/8

Los manuales citados se integraron por los apartados de marco jurídico de actuación;

atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura

básica; organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual administrativo.

Dirección General de Administración en la Secretaría de Movilidad

1. Durante 2018, la Dirección General de Administración en la SEMOVI contó con dos

estructuras orgánicas autorizadas por la entonces Oficialía Mayor con los dictámenes

núms. D-SEFIN-27/010917 y D-SEFIN-13/160618. La primera vigente a partir del

1o. de septiembre de 2017 hasta el 15 de junio de 2018, y la segunda vigente a partir

del 16 de junio de 2018. Dichas estructuras fueron notificadas al titular de la Secretaría de

Finanzas (SEFIN) con los oficios núms. OM/0616/2017 del 16 de octubre de 2017 y

OM/0431/2018 del 20 de julio de 2018.

En dichas estructuras orgánicas, se previeron 37 plazas: 3 en la Dirección General de

Administración; 7 en la Dirección de Finanzas; 6 en la Dirección de Innovación y

Calidad; 7 en la Dirección de Recursos Humanos; 6 en la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales, y 8 en la Dirección Ejecutiva de Administración en la

Coordinación de los Centros de Transferencia Modal.

2. La Dirección General de Administración en la SEMOVI no contó con un manual

administrativo actualizado con base en su estructura orgánica vigente; no obstante, en 2018

operó con un manual administrativo, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica

núm. D-OM-4/2014, registrado por la CGMA con el núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014,

notificado al titular de la entonces Oficialía Mayor con el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015

del 30 de julio de 2015, y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 164

el 27 de agosto de 2015, el “Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo

de la Oficialía Mayor, con Número de Registro MA-28/300715-D-OM-4/2014, Validado

por la Coordinación General de Modernización Administrativa, Mediante Oficio Número

OM/CGMA/1427/2015 de Fecha 30 de Julio de 2015, a través de su Enlace

Electrónico”, con vigencia a partir del día siguiente de la misma.

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15 VOLUMEN 2/8

El manual citado se integró por los apartados de marco jurídico de actuación;

atribuciones; misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura

básica; organización y procedimientos; glosario; y aprobación del manual administrativo.

Sin embargo, dicho manual administrativo no se encontró actualizado con base en la

última estructura orgánica autorizada.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la

dependencia, no presentó información relacionada con la presente observación, por lo

que ésta no se modifica.

Por no actualizar e iniciar el proceso de registro de su manual administrativo, con base

en la última estructura orgánica autorizada, la Dirección General de Administración en

la SEMOVI incumplió los lineamientos Quinto, fracciones I y III, en relación con el

lineamiento Décimo Segundo, fracción III, inciso a), de los Lineamientos Generales para

el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública de la Ciudad de México publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

el 1o. de junio de 2018, que establecen lo siguiente:

“Quinto. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos Administrativos

tendrán las siguientes obligaciones, según corresponda:

”l. Realizar el proceso de registro de sus Manuales conforme a los presentes

Lineamientos y demás disposiciones aplicables, a fin de mantenerlos actualizados y

vigentes, en estricto apego al marco jurídico vigente [...]

”III. Elaborar y aprobar, en los términos de los presentes Lineamientos, el Manual

Administrativo por conducto de la persona servidora pública que sea titular del Órgano de

la Administración Pública, en estricto apego a la estructura orgánica dictaminada vigente.”

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16 VOLUMEN 2/8

“Décimo segundo. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos Administrativos

iniciarán el proceso de registro de sus Manuales ante la Coordinación General cuando

se configuren los supuestos siguientes: […]

”III. Se requiera actualizar los contenidos de los Manuales derivado de los siguientes

supuestos:

”a) Se haya emitido un Dictamen de Estructura Orgánica por parte de la Oficialía con

motivo de la modificación o cancelación de puestos de estructura orgánica que integran

el Órgano de la Administración Pública.”

3. La SEMOVI dispuso de unidades administrativas encargadas de cumplir las

obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, fiscalización,

rendición de cuentas y armonización contable, así como de administrar los recursos

humanos y financieros, para lo cual implementó procedimientos que se formalizaron

con su registro en la CGMA y se incorporaron a su manual administrativo.

Con base en lo anterior, se determinó que la SEMOVI y la Dirección General de

Administración en la dependencia contaron con una estructura orgánica, un manual

administrativo dictaminado por la CGMA y con unidades administrativas encargadas de

cumplir las obligaciones en materia de fiscalización, rendición de cuentas y armonización

contable, por lo que estableció y mantuvo un ambiente de control que implicó una actitud

de respaldo hacia el control interno; no obstante, que el manual administrativo de la

Dirección General de Administración en la dependencia no se encontró actualizado con

base en la última estructura orgánica autorizada.

Administración de Riesgos

Se revisó si la dependencia contó con un Comité de Administración de Riesgos y Evaluación

de Control Interno (CARECI) que le haya permitido desarrollar respuestas al riesgo, así

como administrarlo y controlarlo; y con un Órgano Interno de Control que lo vigiló y, en su

caso, que hubiese practicado auditorías al rubro sujeto a revisión, como se indica a

continuación:

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1. La SEMOVI contó con un CARECI, el cual fue constituido de conformidad con los

Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Dicho comité contó con unidades administrativas encargadas de atender, dar

seguimiento y cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la

Información; actualmente con un portal de transparencia y ventanilla única en el sitio

web de la SEMOVI; con un área de armonización contable; y con áreas para la

administración de recursos humanos y financieros.

En el CARECI participó en el Órgano Interno de Control en la dependencia; tuvo un Programa

de Revisión de Control Interno, integrantes nombrados y/o ratificados, y un Manual de

Integración y Funcionamiento del Comité de Administración de Riesgos y Evaluación

de Control Interno Institucional con número de registro MEO-26/250518-D-SEMOVI-24/110817

publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 14 de agosto de 2018; y en su

operación dio seguimiento a las observaciones determinadas por el Órgano Interno de

Control en las revisiones de control interno practicadas y en áreas identificadas de alto

riesgo, derivado de lo cual propició la implementación de controles internos.

2. El Órgano Interno de Control en la SEMOVI, adscrito a la Secretaría de la Contraloría

General de la Ciudad de México, dispuso de atribuciones para inspeccionar y vigilar que la

dependencia cumpliera las normas y disposiciones en materia de información, estadística,

organización, procedimientos, sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de

personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos,

conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e

inmuebles, almacenes y demás activos; y en su “Programa de Auditorías” no consideró

revisiones a la dependencia relativas al capítulo 3000 “Servicios Generales” por el

ejercicio de 2018, ni realizó auditorías de control interno.

En la revisión al Programa Anual de Control Interno (PACI) de la dependencia, proporcionado

por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, no se observó la

implementación de controles internos relacionados con el rubro en revisión.

Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia dispuso de mecanismos de

control efectivos para garantizar el control de sus operaciones, como son el CARECI, que

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le permitió desarrollar respuestas al riesgo, así como administrarlo y controlarlo; con un

Órgano Interno de Control que lo vigiló, el cual no auditó el rubro sujeto a revisión en el ejercicio

de 2018 ni realizó auditorías de control interno a la dependencia; y con un PACI en el que no

se observó la implementación de controles internos relacionados con el rubro en revisión.

Actividades de Control Interno

Se verificó si la SEMOVI y la Dirección General de Administración en la dependencia

contaron con procedimientos que les hayan permitido prevenir, minimizar y responder a los

riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro en revisión

y garantizar la eficacia y eficiencia de las operaciones; y si dispusieron de actividades de

control para asegurarse de que los informes y reportes que generó el sujeto fiscalizado

fueron presentados oportunamente y con información confiable, como se indica a continuación:

1. En 2018, la SEMOVI contó con 49 procedimientos integrados al manual administrativo

que la CGMA registró con el núm. MA-09/230817-D-SEMOVI-3/180116, y con 80

procedimientos integrados al manual administrativo que la CGMA registró con el

núm. MA-29/261118-D-SEMOVI-24/110817. Por su parte, la Dirección General de

Administración en la SEMOVI dispuso de 14 procedimientos integrados al manual

administrativo que la CGMA registró con el núm. MA-28/300715-D-OM-04/2014.

Del total de 143 procedimientos que estuvieron vigentes en 2018, 2 tuvieron relación

con los momentos contables del gasto en las operaciones del capítulo 3000 “Servicios

Generales” y son los que se describen a continuación:

Momento contable Procedimiento

Gastos aprobado, modificado, ejercido y pagado

“Seguimiento y Control del Ejercicio del Presupuesto”

Gasto devengado “Recepción, Registro, Control y Despacho de Bienes Muebles en Almacén”

Sin embargo, el sujeto fiscalizado careció de un procedimiento que regulara las

actuaciones de los servidores públicos encargados de llevar las acciones del momento

contable del gasto comprometido.

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En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia, no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no contar con procedimientos que regularan las actividades y delimitaran las responsabilidades de los servidores públicos respecto del momento contable del gasto comprometido, la SEMOVI incumplió el lineamiento quinto, fracción II, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, en relación con el numeral 7.4.1, “Procedimientos”, párrafos primero y tercero, del apartado 7, “Organización, Procesos y Procedimientos”, del capítulo III, “Elaboración e Integración del Manual Administrativo y Específico de Operación”, de la Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de

la Ciudad de México el 28 de febrero de 2017, ambos vigentes en 2018.

El lineamiento quinto, fracción II, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México vigentes en 2018 establece lo siguiente:

“Quinto. Los Órganos de la Administración Pública y los Órganos Administrativos tendrán las siguientes obligaciones, según corresponda […]

”II. Cumplir con los criterios, requisitos, plazos, mecanismos y formalidades del proceso de registro, establecidos en los presentes Lineamientos, la Guía Técnica y Metodológica y demás instrumentos técnicos, tecnológicos, jurídicos o administrativos que emitan la Oficialía o la Coordinación General.”

El numeral 7.4.1, “Procedimientos”, párrafos primero y tercero, del apartado 7, “Organización, Procesos y Procedimientos”, del capítulo III, “Elaboración e Integración del Manual Administrativo y Específico de Operación”, de la Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México vigente en 2018 establece lo siguiente:

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“7. Organización, Procesos y Procedimientos

”El apartado de organización, procesos y procedimientos refleja la parte medular del manual administrativo, el ¿qué hace? y ¿cómo lo hace?, y para su desarrollo se considerarán los siguientes elementos [...]

”7.4.1 Procedimientos

”Un procedimiento es un curso de actividades secuenciales, precisas y vinculadas entre sí que describen la forma de realizar algo. Los procedimientos en el contexto de los Manuales [Administrativos] son la base de las operaciones que derivan de los procesos institucionales de los Órganos de la Administración Pública […]

”Es importante señalar que los procedimientos norman el funcionamiento interno de la organización, por lo que únicamente aplican para delimitar las responsabilidades de las personas servidoras públicas que participan en su desarrollo.”

2. Para la operación y desarrollo de sus actividades sustantivas, administrativas y financieras, la Dirección General de Administración en la SEMOVI dispuso del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP), cuyas políticas y lineamientos de seguridad fueron establecidos por la SEFIN, como autoridad administradora del sistema.

Con base en lo anterior, se determinó que la SEMOVI y la Dirección General de Administración en la dependencia, contaron con procedimientos que les permitieron prevenir, minimizar y responder a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos del rubro en revisión y asegurar la eficacia y eficiencia de las operaciones, aun cuando carecieron de procedimientos relativos al momento contable del gasto comprometido.

Información y Comunicación

Se revisó si la SEMOVI y la Dirección General de Administración en la dependencia contaron con líneas de comunicación e información reguladas entre los mandos medios y superiores con las personas servidoras públicas a su cargo que le permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como los objetivos y metas institucionales; y si generaron información necesaria, oportuna, veraz y suficiente, tanto al interior como al exterior del sujeto fiscalizado, como se indica a continuación:

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1. En las respuestas del cuestionario de control interno, así como de la información

y documentación analizadas, se observó que la SEMOVI dispuso de líneas de

comunicación e información reguladas entre los mandos medios y superiores con el

personal a su cargo que le permitieron comunicarles sus responsabilidades, así como

los objetivos y metas institucionales.

2. La dependencia generó reportes e informes sobre la gestión de los recursos humanos

y financieros, así como en materia de transparencia y acceso a la información,

fiscalización, rendición de cuentas y contabilidad gubernamental.

Sin embargo, presentó deficiencias en la entrega de informes, las cuales se detallan

en el resultado núm. 5.

3. La Dirección General de Administración en la SEMOVI contó con el SAP-GRP para

gestionar la información relativa a los recursos financieros y presupuestales con

unidades administrativas externas.

Con base en lo anterior, se determinó que la dependencia aun cuando contó con líneas de

comunicación e información reguladas, no generó información necesaria, oportuna, veraz

y suficiente tanto al interior como al exterior.

Supervisión y Mejora Continua

Se verificó si los manuales administrativos de la SEMOVI y de la Dirección General de

Administración en la dependencia consideraron actividades de supervisión, a fin de verificar

si las operaciones institucionales relacionadas con el rubro en revisión se ajustaron a las

líneas de mando y actividades establecidas en los citados manuales administrativos, como

se indica a continuación:

1. En las respuestas al cuestionario de control interno, así como de la información y

documentación analizadas, se determinó que la dependencia no promovió el

seguimiento y mejora de los controles internos, ni supervisó que las operaciones

relacionadas con el rubro en revisión cumplieran sus objetivos para el ejercicio de 2018.

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En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia, no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

2. El CARECI de la dependencia estableció controles para supervisar las actividades susceptibles de corrupción, contó con planes y programas para supervisar las actividades de control interno y las operaciones del rubro en revisión, llevó a cabo autoevaluaciones para el mejor desarrollo del control interno y cumplimiento de metas y objetivos, y elaboró un programa de acciones para resolver las problemáticas detectadas.

3. En el manual administrativo de la SEMOVI se encuentran plasmados los tramos de control y supervisión en los diferentes niveles jerárquicos para el cumplimiento de los objetivos de la dependencia.

Sin embargo, se presentaron deficiencias en las operaciones de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido y devengado, que denotaron debilidades en los procesos de supervisión, tal como se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5 y 8 del presente informe.

Con base en lo anterior, si bien la dependencia no acreditó haber emprendido acciones de supervisión y monitoreo para el ejercicio 2018, el CARECI, conforme a sus funciones y atribuciones, permitió que dispusiera de mecanismos que definieron los tramos de responsabilidad y supervisión en la operación del rubro en revisión.

Por lo expuesto, se determinó que el diseño del control interno de la dependencia es apropiado, toda vez que el sujeto fiscalizado cuenta principalmente con riesgos controlados y de seguimiento; no obstante que se observaron deficiencias en materia de ambiente de control pues la Dirección General de Administración en la SEMOVI no actualizó su manual administrativo conforme a la última estructura orgánica autorizada, y en materia de actividades de control no contó con procedimientos relativos al momento contable del gasto comprometido; en materia de información y comunicación la SEMOVI no generó información necesaria, oportuna y suficiente hacia el exterior de la dependencia; y presentó deficiencias respecto a los procesos de supervisión.

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Asimismo, el control interno de la SEMOVI es apropiado, ya que la dependencia, de manera

general, se sujetó a los controles establecidos y cumplió la normatividad aplicable en la materia.

Sin embargo, se observaron debilidades en el componente de información y comunicación

y supervisión como se detalla en los resultados núms. 3, 4, 5 y 8 del presente informe.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido y con base en las

herramientas utilizadas, se determinó que, en general, el sujeto fiscalizado tuvo un control

interno apropiado, que permitió el cumplimiento de la normatividad, debido a que las

condiciones de los elementos de control estuvieron documentadas, lo cual generó una

seguridad razonable de ejecución de las operaciones y la consecución de los objetivos de

la dependencia, pues las deficiencias ya señaladas no impactaron.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2017, el informe de la auditoría con clave ASCM/9/17,

practicada a la Secretaría de Administración y Finanzas, resultado núm. 1, recomendación

ASCM-9-17-1-SEFIN, considera el mecanismo para que se lleven a cabo las acciones que

garanticen que las Direcciones Generales de Administración en las dependencias actualicen el

manual administrativo con base en la estructura orgánica vigente, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación ASCM-24-18-1-SEMOVI

Es necesario que la Dirección General de Administración y Finanzas en la Secretaría de

Movilidad implemente mecanismos de control y de supervisión a fin de asegurarse de que

sea elaborado un procedimiento que regule las actuaciones de los servidores públicos

encargados de las actividades del momento contable del gasto comprometido, conforme a

la normatividad aplicable.

Recomendación ASCM-24-18-2-SEMOVI

Es conveniente que la Secretaría de Movilidad implemente mecanismos para asegurar que

se promueva el seguimiento y mejora de los controles internos y que se supervisen sus

operaciones y las actividades de los servidores públicos, a fin de fortalecer el control interno.

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Registros Contable y Presupuestal

2. Resultado

Con objeto de verificar que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren

registradas contable y presupuestalmente, que reflejen las operaciones de cada uno de los

momentos contables del gasto y que expliquen la evolución del ejercicio presupuestal, se

revisó que la SEFIN haya efectuado los registros contable y presupuestal de los momentos

contables del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del

sujeto fiscalizado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, en las cuentas contables

y de orden presupuestarias y por los importes correspondientes, de conformidad con el Manual

de Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, publicado en la Gaceta Oficial de

la Ciudad de México núm. 53 del 24 de abril de 2017, en correspondencia con las normas

quinta a la undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable

(CONAC), publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 674 el 11 de septiembre

de 2009 y su actualización emitida por el Consejo de Armonización Contable del Distrito

Federal (CONSAC-DF) el 7 de noviembre de 2011, ambos vigentes en 2018, y que la SEMOVI

haya registrado el gasto en la partida que le corresponde de acuerdo con su naturaleza y

con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 1o. de julio de 2010 y sus modificaciones publicadas por el mismo

medio el 31 de diciembre de 2014 y 21 de septiembre de 2015. Asimismo, que los registros

contables y presupuestales del rubro sujeto a revisión contenidos en reportes auxiliares coincidan

con los importes manifestados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018.

Al respecto, en respuesta al oficio núm. ACF-A/19/0554 del 28 de junio de 2019, mediante

los oficios núms. SAF/SE/DGACyRC/3389/2019, SAF/SE/DGACyRC/3489/2019 y

SAF/SE/DGACyRC/3702/2019 del 8 y 12 de julio y 6 de agosto de 2019, en ese orden, la

Dirección General de Armonización Contable y Rendición de Cuentas de la Secretaría de

Administración y Finanzas proporcionó las pólizas de diario y de egresos por medio de las

cuales se realizó el registro contable y presupuestal, en cuentas contables y de orden

presupuestarias de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado de la dependencia. En su análisis, se determinaron los

registros contables y presupuestales siguientes:

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Gasto Aprobado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Debe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,834,784.1 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 1,834,784.1

Total 1,834,784.1 1,834,784.1

Gasto Modificado

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 472,932.6 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 472,932.6

Total 472,932.6 472,932.6

* El monto registrado corresponde al rubro sujeto a revisión.

Gasto Comprometido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 245,857.1 8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 245,857.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Gasto Devengado

1. Registro contable:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

2112100001 “Proveedores Nacionales” 245,857.1 5133133621 “Servicios de Impresión Gasto Corriente” 81,671.0 5133133811 “Servicios de Vigilancia de Gasto Corriente” 164,186.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

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2. Registro presupuestal:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 245,857.1 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 245,857.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Gasto Ejercido

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 245,857.1 8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 245,857.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

Gasto Pagado

1. Registro contable:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

1112102753 “BBVA Bancomer Dispersora” 245,857.1 2112100001 “Proveedores Nacionales” 245,857.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

2. Registro presupuestal:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe*

Debe Haber

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 245,857.1 8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 245,857.1

Total 245,857.1 245,857.1

* El monto registrado corresponde a la muestra seleccionada.

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Las cuentas contables y de orden presupuestarias afectadas, así como los asientos

realizados para registrar contable y presupuestalmente las transacciones en el SAP-GRP,

son los que establece la normatividad; los montos registrados son congruentes con la

documentación justificativa y comprobatoria de la muestra seleccionada para su revisión,

con la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018 y con los informes y registros

auxiliares de la dependencia; además, los recursos ejercidos fueron registrados por la

SEMOVI en las partidas presupuestales, atendiendo la naturaleza de las operaciones,

conforme a lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto.

Por lo anterior, se concluye que el gasto se registró en las partidas correspondientes

de acuerdo con su naturaleza, con el Clasificador por Objeto del Gasto, y con el Manual de

Contabilidad de la Ciudad de México Poder Ejecutivo, en correspondencia con las normas

quinta a la undécima de las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos emitidas por el CONSAC-DF; que las operaciones reflejaron el

momento contable del gasto y su evolución dentro del ejercicio presupuestal. Asimismo, los

asientos realizados para registrar contable y presupuestalmente las transacciones, contenidos en

reportes auxiliares del rubro sujeto a revisión, coincidieron con los importes manifestados

en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018. La información contable y financiera

se concentró en la SEFIN, según lo establecido en los artículos 122 y 124 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018.

Gasto Aprobado

3. Resultado

De conformidad con la norma sexta de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del gasto

aprobado considera el registro de las asignaciones presupuestarias anuales contenidas en

el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.

Con objeto de comprobar que el proceso de programación, presupuestación, integración

autorización del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable; y que exista

congruencia entre la documentación soporte, como el POA, el techo presupuestal, el

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Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal, se verificó que en el POA del sujeto fiscalizado se haya reflejado de forma

desglosada el presupuesto asignado al rubro en revisión y servido de base para la

integración de su anteproyecto de presupuesto anual; que se hayan considerado elementos

reales de valoración para la determinación de sus metas físicas y financieras y que éstas

hayan sido congruentes con las necesidades operativas del sujeto fiscalizado; y que se haya

tramitado oportunamente ante la SEFIN, la aprobación del anteproyecto y proyecto de

presupuesto de egresos del sujeto fiscalizado, conforme a la normatividad aplicable. Al respecto,

se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/5098/2017 del 3 de noviembre de 2017, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la SEMOVI el techo presupuestal preliminar, por un monto

de 2,017,227.5 miles de pesos; de los cuales 1,350,132.2 miles de pesos se destinarían

a otros gastos, entre ellos el correspondiente al capítulo 3000 “Servicios Generales”.

La SEFIN indicó que los plazos establecidos para la entrega de los Módulos de

Integración por Resultados y de Integración Financiera, serían el 10 y 17 de noviembre

de 2017, respectivamente, mientras que la versión impresa el 22 de noviembre de 2017.

Mediante el oficio núm. DGA-2031-2017 del 21 de noviembre de 2017, con sello de

recepción del 22 de noviembre de 2017, la Dirección General de Administración en la

SEMOVI remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en forma impresa, el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2018, en el que se incluyó la información

de los Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera. Sin embargo,

la SEMOVI no proporcionó dicho Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2018

y la información relativa a sus módulos.

Con el oficio núm. SM/DGAyF/2816/2019 del 18 julio de 2019, la Dirección General de

Administración y Finanzas en la SEMOVI proporcionó a esta entidad superior

de fiscalización una nota sin número de la misma fecha, con la cual la Coordinación de

Finanzas comunicó que “se realizó una búsqueda exhaustiva en los archivos de la

Coordinación de Finanzas y no se localizó documentación adicional”.

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Lo anterior, denota que la SEMOVI no conservó ni resguardo la información original

relativa a su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2018, ni de la información

de los Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

Por no resguardar y conservar la documentación relativa a su Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos para 2018, la SEMOVI incumplió el artículo 9 de la Ley de Fiscalización

Superior de la Ciudad de México, vigente en 2018, que establece lo siguiente:

“Artículo 9. Los sujetos de fiscalización […] que […] ejerzan recursos públicos

[…] deben proporcionar a la Auditoría Superior contratos, convenios, documentos, datos

libros, archivos, información y/o documentación justificativa y comprobatoria de la Cuenta

Pública relativa al […] gasto público y cumplimiento de los objetivos de los programas

de los sujetos de fiscalización, así como la demás información que resulte necesaria para la

revisión y fiscalización de la Cuenta Pública […] para tal efecto se encuentran obligados

a conservarla en original y/o copia certificada durante los términos que determinen

las leyes y normas que regulan la conservación y preservación de archivos públicos.”

En consecuencia, la dependencia no acreditó que en su proceso de programación-

presupuestación de las metas y recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales” haya

considerado elementos reales de valoración.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

Por no haber considerado elementos reales de valoración en su proceso de programación

presupuestación, la SEMOVI incumplió la fracción VI, de los “Lineamientos para la

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Presupuestación”, numeral 1, “Lineamientos Generales”, párrafo décimo quinto, del Manual de

Programación y Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos 2018, que establece lo siguiente:

“1. Lineamientos Generales

”En la formulación de su respectivo Anteproyecto de Presupuesto, las Unidades

deberán atender los siguientes Lineamientos Generales […]

”Al presupuestar los bienes y servicios por adquirir, se deberán considerar elementos

reales de valoración, tales como: catálogos de precios unitarios […] cotizaciones con

proveedores […] así como licitaciones del ejercicio anterior y su comportamiento histórico.”

2. En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México núm. 230, tomo II, del 31 de diciembre de 2017,

se publicó el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de

México para el Ejercicio Fiscal 2018, en cuyos artículos 5 y 13 se estableció que a la

SEMOVI se le asignó un presupuesto de 1,834,784.1 miles de pesos.

3. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/0173/2018 del 8 de enero de 2018, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SEMOVI el Analítico de Claves y el

Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para

el Ejercicio Fiscal 2018, correspondiente al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal, por 1,834,784.1 miles de pesos, de los cuales 1,167,980.6 miles de

pesos se destinaron al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Se etiquetaron recursos

por 767,655.0 miles de pesos para la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, en

específico, para los servicios de vigilancia en organismos de transporte, y a la partida

3362 “Servicios de Impresión” se le asignaron 121,900.0 miles de pesos.

4. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/0469/2018 del 29 de enero de 2018, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la SEMOVI el Calendario Presupuestal

y el POA definitivos para ese ejercicio fiscal de 2018, por un monto de 1,834,784.1 miles

de pesos, importe que coincidió con la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2018.

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31 VOLUMEN 2/8

5. En el Analítico de Claves, se asignaron 1,167,980.6 miles de pesos al capítulo 3000

“Servicios Generales”, los cuales fueron reportados en el Informe de la Cuenta Pública

de 2018 de la SEMOVI y, en específico, en las partidas 3362 “Servicios de Impresión” y

3381 “Servicios de Vigilancia” seleccionadas como muestra, se asignaron 121,900.0 miles

de pesos y 767,655.0 miles de pesos, respectivamente, los que se programaron ejercer

en los ejes, finalidades, subfunciones y actividades institucionales del POA que se

indican a continuación:

(Miles de pesos)

Partida / Eje / Finalidad / Función / Subfunción / Actividad institucional Importe

3362 “Servicios de Impresión” 4 “Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura”

3 “Desarrollo Económico” 5 “Transporte”

6 “Otros Relacionados con Transporte” 365 “Acciones para la regulación de concesiones de transporte escolar, de personal y especializado” 1,700.0 366 “Acciones para la regulación de transporte de carga” 1,700.0 368 “Acciones para la regulación de transporte de carga” 6,800.0 369 “Acciones para la regulación del servicio de transporte individual de pasajeros” 110,000.0 396 “Acciones para la regulación de transporte público” 1,700.0

Subtotal 121,900.0 3381 “Servicios de Vigilancia”

5 “Equidad e Inclusión para del Desarrollo Humano” 1 “Gobierno”

8 “Otros Servicios Generales” 5 “Otros”

329 “Gestión del servicio de vigilancia en sector transporte” 767,655.0 Subtotal 889,555.0 Otras 37 partidas 278,425.6

Total 1,167,980.6

Por lo anterior, se concluye que la SEMOVI estimó originalmente recursos para el capítulo

3000 “Servicios Generales”, por 1,167,980.6 miles de pesos, los cuales programó ejercer

con cargo a 39 partidas de gasto, entre ellas, la 3362 “Servicios de Impresión” y 3381

“Servicios de Vigilancia” seleccionadas para su revisión; sin embargo, no resguardó la

documentación original de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2018 ni de

la información de los Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera, y

no consideró los elementos reales de valoración para planear las contrataciones de

servicios en la presupuestación de los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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32 VOLUMEN 2/8

Recomendación ASCM-24-18-3-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad implemente mecanismos de control y supervisión a

fin de asegurarse de que la documentación original de su Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y la información de los Módulos de Integración por Resultados y de Integración

Financiera del ejercicio que correspondan sea debidamente conservada y resguardada, y

se encuentre disponible para su revisión, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Recomendación ASCM-24-18-4-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de supervisión para

asegurarse de que en la elaboración de su anteproyecto de presupuesto de egresos se

consideren elementos reales de valoración al presupuestar los servicios a contratar con

recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”, en cumplimiento del Manual de

Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos del ejercicio que corresponda.

Gasto Modificado

4. Resultado

De conformidad con la norma séptima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del

gasto modificado refleja la asignación presupuestaria que resulta de incorporar el registro

de las adecuaciones presupuestarias autorizadas por la SEFIN y que afectan las

asignaciones previstas en el presupuesto aprobado.

Con objeto de comprobar que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones

del presupuesto se hayan justificado y autorizado, y que se hayan orientado al cumplimiento de

metas y objetivos, de acuerdo con la normatividad aplicable, se analizaron 60 afectaciones

presupuestarias y su documentación soporte, a fin de verificar que las modificaciones

al presupuesto original asignado al rubro en revisión se hayan sujetado a los montos

aprobados y contado con las justificaciones y autorizaciones correspondientes, en las que

se identifiquen las causas que las originaron; y que dichas afectaciones presupuestarias

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33 VOLUMEN 2/8

hayan sido consecuencia de un proceso de programación-presupuestación y calendarización

eficiente, y hayan contribuido al cumplimiento de las metas y objetivos del sujeto fiscalizado.

Se determinó que en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018, la SEMOVI reportó

en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 1,167,980.6 miles de

pesos, el cual se incrementó en 472,932.6 miles de pesos (40.5%), para quedar en

1,640,913.2 miles de pesos, importe que fue ejercido por el sujeto fiscalizado, como se

muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Número de movimientos

Importe Parcial Total

Presupuesto original 1,167,980.6 Más:

Adiciones compensadas 10 61,526.0 Adiciones líquidas 5 204,459.5 Ampliaciones compensadas 753 510,568.4 Ampliaciones líquidas 6 393,946.2 1,170,500.1

Menos: Reducciones compensadas 828 (606,872.5) Reducciones líquidas 156 (90,695.0) (697,567.5)

Modificación neta 472,932.6

Presupuesto modificado y ejercido 1,640,913.2

Los movimientos se soportaron con 60 afectaciones presupuestarias autorizadas por la

SEFIN, por conducto de la Dirección General de Egresos “B”, en el caso de las afectaciones

compensadas; y por medio de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se

trató de afectaciones líquidas, ambas áreas de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN.

Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI, del

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y de los numerales 77

y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”; y 80 y 83 del apartado

B, “Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la sección tercera, “Adecuaciones

Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente hasta el 30 de octubre de 2018; y de los

numerales 78 y 80 del apartado A, “De las Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”;

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34 VOLUMEN 2/8

y 81 y 84 del apartado B, “De las Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la sección

tercera, “Adecuaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México publicado en

la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de octubre de 2018, vigente a partir del día

siguiente de su publicación.

Las afectaciones programático-presupuestarias con las que se modificó el presupuesto

asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron elaboradas, autorizadas y

tramitadas por los servidores públicos facultados para ello, en cumplimiento del artículo 78

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2018. Los

movimientos se originaron para disponer de recursos conforme a lo siguiente:

1. Las adiciones compensadas, por un monto de 61,526.0 miles de pesos, tuvieron por

objeto cubrir los bienes y servicios devengados en ejercicios anteriores; la difusión

sobre programas y actividades gubernamentales; las obligaciones fiscales derivadas

de la nómina emitidas por el Sistema Integral Desconcentrado de Nómina (SIDEN)

(aguinaldo Programa de Estabilidad Laboral), para subsanar el descuento por concepto

del Impuesto sobre Automóviles Nuevos de procedencia extranjera embargados,

aplicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); el servicio de

impresión de diversas formas valoradas y garantizar el abastecimiento de insumos a

los diferentes módulos de control vehicular; el curso denominado “Gestión Documental,

Organizacional y Conservación de Archivos”; y el arrendamiento de grúas de arrastre

para el traslado de remolques (módulos móviles).

2. Las adiciones líquidas, por un monto de 204,459.5 miles de pesos, tuvieron por objeto

disponer de los recursos para el pago del servicio consolidado de vigilancia,

proporcionado por la Policía Auxiliar de la Ciudad de México; para cubrir los servicios

de vigilancia que prestó la Policía Bancaria Industrial de la Ciudad de México (PBI), en

las instalaciones de diversas Líneas del Sistema de Transporte Colectivo; y para la

adquisición con Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V. (COMISA), de

Tarjetas de Circulación, Licencias de Conducir, Matriculas y Engomados.

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3. Las ampliaciones compensadas, por un monto de 510,568.4 miles de pesos, tuvieron

por objeto cubrir la adquisición de 53,301 placas con COMISA, para la identificación vehicular

de motocicletas.

4. Las ampliaciones líquidas, por un monto de 393,946.2 miles de pesos, tuvieron por

objeto incrementar el presupuesto para cubrir los gastos por los servicios de vigilancia

que otorgó la PBI; cubrir el cargo consolidado del servicio de vigilancia proporcionado

por la Policía Auxiliar, y con ello salvaguardar las instalaciones de diversas líneas del

Sistema de Transporte Colectivo.

5. Las reducciones compensadas, por un monto de 606,872.5 miles de pesos, se realizaron

con la finalidad de adecuar los recursos y disponer de suficiencia presupuestal para

cubrir en tiempo y forma los compromisos del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

6. Las reducciones líquidas, por un monto de 90,695.0 miles de pesos, se tramitaron para

cumplir las obligaciones laborales del Gobierno de la Ciudad de México, aportaciones

patronales y obligaciones fiscales de la SEMOVI, por las economías generadas en

los procesos de contratación, a los procedimientos de austeridad, a los pagos de las

obligaciones fiscales derivadas de una relación laboral adscritos a la dependencia, y a

los pagos de sueldos prestaciones de los trabajadores.

No obstante, los movimientos registrados en las afectaciones no fueron consecuencia de un

proceso de programación, presupuestación y calendarización eficiente ni contribuyeron al

óptimo cumplimiento de objetivos y metas programados, pues aunque las afectaciones contaron

las justificaciones correspondientes, se tramitaron para aumentar el presupuesto asignado

en un 40.5%; además de que se tramitaron 1,581 movimientos compensados, y la SEMOVI

no acreditó haber realizado una evaluación respecto del cumplimiento de sus objetivos y

metas y, en su caso, contado con el resultado correspondiente y considerado las situaciones

coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidieron en el desarrollo de sus funciones.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia, no

presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

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36 VOLUMEN 2/8

Por no acreditar que realizó una evaluación respecto del cumplimiento de los objetivos y

metas y, en su caso, si contó con el resultado correspondiente y si tomó en cuenta las

situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidieron en el desarrollo

de sus funciones, la SEMOVI incumplió los artículos 77, fracciones I y II, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 37, fracción IV, de su reglamento,

ambos vigentes en 2018.

El artículo 77, fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de

México vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Artículo 77. Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un

mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las Dependencias,

[...] mismas que tomarán en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos y

metas que lleven a cabo mensualmente, y

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo

de las funciones.”

El artículo 37, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de

la Ciudad de México vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Artículo 37. En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las dependencias

[…] deberán estar a lo siguiente: […]

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones

Presupuestarias.”

Por lo expuesto, se determinó que el incremento neto por 472,932.6 miles de pesos, realizado

al presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, por 1,167,980.6 miles de

pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 1,640,913.2 miles de pesos,

se sujetaron a los montos aprobados y contaron con las justificaciones correspondientes,

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37 VOLUMEN 2/8

conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal, y el Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la Ciudad de México, vigentes en 2018,

y que los montos de los presupuestos autorizado, modificado, y ejercido por la dependencia

coincidieron con los reportados en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018; sin

embargo, la dependencia no acreditó haber realizado una evaluación respecto del cumplimiento

de los objetivos y metas ni haber tomado en cuenta las situaciones coyunturales,

contingentes y extraordinarias que incidieran en el desarrollo de sus funciones.

Recomendación ASCM-24-18-5-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de control para

asegurarse de que, al tramitar afectaciones programático-presupuestarias, se considere el

resultado de la evaluación respecto del cumplimiento de los objetivos y metas, así como las

situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo de sus

funciones, de conformidad con la normatividad aplicable.

Gasto Comprometido

5. Resultado

De conformidad con la norma octava de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del

gasto comprometido refleja el registro de los documentos que considera la aprobación de

la autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza

una relación jurídica con terceros para la contratación de servicios.

Con objeto de comprobar que los procesos de programación y reporte de las operaciones

a las instancias correspondientes se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se

verificó que los reportes mensuales de presupuesto comprometido se hayan presentado a

la SEFIN en los plazos establecidos y que las cantidades reportadas concordaran con las

operaciones del sujeto fiscalizado; que el PAAAPS se haya presentado a la instancia

administrativa correspondiente, que se haya publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México en los plazos establecidos, que sus modificaciones se hayan capturado en el sitio

web establecido para tal efecto y que las cifras reportadas concordaran con las operaciones

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38 VOLUMEN 2/8

del sujeto fiscalizado; y que los informes sobre las operaciones realizadas al amparo de

los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal se hayan presentado

a la instancia administrativa correspondiente. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

1. Mediante el oficio núm. DGA/0085/2018 del 17 de enero de 2018, la Dirección General

de Administración en la SEMOVI remitió el PAAAPS 2018 de la dependencia a la

Dirección General de Política Presupuestal de la SEFIN para su validación y autorización,

de conformidad con el artículo 19, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2018.

Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/0189/2018 del 29 de enero de 2018, la SEFIN

comunicó la aprobación del PAAAPS a la Dirección General de Administración en la

SEMOVI, por un importe de 1,061,936.6 miles de pesos, en virtud de que se ajustó a

los importes autorizados mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018.

2. De conformidad con el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad

de México para el Ejercicio Fiscal 2018, los montos máximos de adjudicación directa

y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores

aplicables a la SEMOVI ascendieron a 410.0 miles de pesos y 8,500.0 miles de pesos,

respectivamente, para el ejercicio 2018.

3. Con el oficio núm. DGA/0240/2018 del 31 de enero de 2018, la Dirección General de

Administración en la SEMOVI remitió su PAAAPS de 2018 a la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la entonces Oficialía Mayor, con sello de

recibido de la misma fecha, con copia de la validación y autorización presupuestal

de la SEFIN, de conformidad con el numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 179, tomo I, el 18 de septiembre de 2015,

vigente en 2018.

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39 VOLUMEN 2/8

4. La SEMOVI publicó su PAAAPS de 2018 en la Gaceta Oficial la Ciudad de México el

1o. de febrero de ese año, en lugar de hacerlo el 31 de enero de ese año.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

Por no haber publicado su PAAAPS en la Gaceta Oficial la Ciudad de México en el

plazo establecido, la SEMOVI incumplió el artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2018, que establece lo siguiente:

“Artículo 19. […] Las dependencias […] a más tardar el 31 de enero de cada año,

publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas anuales de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.”

5. El PAAAPS de 2018 de la SEMOVI y los montos máximos de actuación, se presentaron

al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

dependencia en la tercera sesión ordinaria de 2018, celebrada el 29 de marzo de 2018,

en cumplimiento del numeral 4.1.10, fracciones V y IX, de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2018.

6. La Dirección General de Administración de la dependencia capturó en el sitio web

establecido por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la Oficialía Mayor, las modificaciones trimestrales de su PAAAPS 2018, así como las

síntesis que identificaron los movimientos efectuados, dentro del plazo establecido, de

conformidad con el numeral 4.2.1, párrafo quinto, de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2018.

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40 VOLUMEN 2/8

Reportes Mensuales del Presupuesto Comprometido

La SEMOVI presentó a la Dirección General de Egresos B de la SEFIN los reportes

mensuales del presupuesto comprometido de enero a diciembre de 2018 en el plazo

establecido, de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, vigente en 2018.

Los reportes del presupuesto comprometido consignaron los recursos fiscales, crediticios y

provenientes de transferencias federales que se encontraban comprometidos a la fecha de

su presentación por la SEMOVI. En el informe correspondiente a los meses de marzo a

octubre de 2018, se incluyó la información relativa a los contratos seleccionados como muestras,

relacionado con las partidas 3362 “Servicios de Impresión” y 3381 “Servicios de Vigilancia”,

por un monto total de 356,884.2 miles de pesos, por lo que sí reflejaron las operaciones de

la dependencia.

Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

La SEMOVI presentó a la SEFIN, con copia al Órgano Interno de Control en la dependencia,

los informes mensuales sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios

dentro del plazo establecido, excepto los correspondientes a los meses de enero, mayo y

octubre, que fueron presentados con desfases de 1 y hasta 13 días naturales. Asimismo,

se observó que dichos informes no fueron remitidos a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la entonces Oficialía Mayor.

Mediante nota informativa sin número, del 18 de julio de 2019, el titular de la Jefatura de

Unidad Departamental de Compras y Control de Materiales de la Coordinación de Recursos

Materiales, Abastecimientos y Servicios en la SEMOVI informó a esta entidad superior de

fiscalización que “en los expedientes que obran en la actual Jefatura de Unidad Departamental

de Compras y Control de Materiales, no se encontró evidencia documental de la entrega de

la copia de conocimiento a la [Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

en la] Oficialía Mayor, de los Informes Mensuales de las Operaciones autorizadas al amparo de

los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal correspondientes al

ejercicio de 2018, mismos que la SEMOVI entregó mensualmente a la Secretaría de Finanzas”.

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41 VOLUMEN 2/8

Lo anterior confirma que los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios no fueron remitidos a la Oficialía Mayor.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General de

Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se

modifica.

Por no haber presentado a la SEFIN los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de los meses de enero, mayo y octubre de 2018 en el plazo

establecido, y no haber remitido copia a la Oficialía Mayor de los citados informes por el ejercicio

de 2018, la SEMOVI incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2018, que establece lo siguiente:

“Artículo 53. Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez

días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la Contraloría

y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas de conformidad con

los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario inmediato anterior…”

Por lo anterior, se concluye que la SEMOVI incurrió en las irregularidades siguientes:

público su PAAAPS de 2018 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con desfase; y los

informes sobre las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, relativos a

los meses de enero, mayo y octubre fueron presentados con desfase, y no se remitieron

a la Oficialía Mayor todos los del ejercicio de 2018.

Recomendación ASCM-24-18-6-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de control y

supervisión a fin de asegurarse de que su Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios sea publicado en la Gaceta Oficial la Ciudad de

México en el plazo establecido, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal.

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42 VOLUMEN 2/8

Recomendación ASCM-24-18-7-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de control y supervisión a

fin de asegurarse de que los informes mensuales sobre las adquisiciones, arrendamientos y

prestación de servicios sean presentados a las autoridades administrativas competentes en el

plazo establecido, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

6. Resultado

Con objeto de comprobar que los procesos de solicitud, autorización, adjudicación,

contratación se hayan sujetado a la normatividad que los regula, se verificó que las órdenes

de servicio hayan contado con suficiencia presupuestal en las partidas seleccionadas como

muestra; que la contratación de servicios se haya ajustado a los procedimientos de adjudicación

(directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación pública nacional

o internacional) o, en su caso, a procesos de adquisición y contratación consolidados, y que

dichos procedimientos se hayan sujetado a lo establecido en la normatividad aplicable; en

su caso, que los convenios celebrados con instancias gubernamentales para la contratación

de servicios se hayan elaborado y formalizado conforme a la normatividad aplicable; que

los contratos se hayan elaborado y formalizado con prestadores de servicios en los plazos

y con los requisitos establecidos en la normatividad, y que éstos hayan entregado la

totalidad de la documentación relativa, que hayan manifestado que se encontraron al

corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, que no estuvieran inhabilitados por las

autoridades administrativas correspondientes y que hayan presentado las garantías

correspondientes en los plazos establecidos conforme a la normatividad aplicable; que el

sujeto fiscalizado no haya suscrito convenios modificatorios de los contratos con

prestadores de servicios por montos y plazos superiores al 25.0%; y que se haya contado

con la autorización expresa por el titular del sujeto fiscalizado, y con la justificación fundada

y motivada para realizar un procedimiento de adjudicación directa por excepción a la

licitación pública. Al respecto, se determinó lo siguiente:

En 2018, la SEMOVI ejerció 1,640,913.2 miles de pesos con cargo al capítulo 3000

“Servicios Generales”, de los cuales 294,029.2 miles de pesos (17.9% del total del capítulo)

correspondieron a la partida 3362 “Servicios de Impresión”, 1,247,560.8 miles de pesos

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(76.0% del total del capítulo), a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia” y 99,323.2 miles de

pesos, a otras 33 partidas de gasto en el capítulo.

Se analizó un contrato administrativo abierto y sus cuatro convenios modificatorios con

cargo a la partida 3362 “Servicios de Impresión”, por un importe de 164,186.1 miles de

pesos, seleccionado como muestra, los cuales se desglosan como sigue:

(Miles de pesos)

Contrato Fecha Vigencia Prestador de Servicio Objeto

Importe (IVA incluido) Contratado Pagado

GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 18/XII/17 Del 2 de enero al 31

de diciembre de 2018.

Corporación Mexicana

de Impresión, S.A. de C.V.

Prestación de servicios de impresión de “Tarjetas de Circulación Vehicular de PVC poliéster de alta seguridad y Tarjeta para Licencia de Conducir de alta seguridad con chip”.

64,119.0 64,119.0 GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C1/2018 21/II/18 2,900.0 2,900.0 GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C2/2018 3/V/18 40,105.0 40,105.0 GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C3/2018 29/VI/18 62,340.0 57,062.1 GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C4/2018 3/IX/18 (4,319.5)

Total 165,144.5 164,186.1

Al respecto, se observó lo siguiente:

1. Mediante la requisición de servicio núm. SC-0001/2018 del 7 de diciembre de 2017, la

Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales solicitó el servicio de impresión de

tarjeta de circulación vehicular y tarjeta para licencia de conducir, para el ejercicio de 2018.

Dicha requisición contó con la autorización de la Dirección General de Administración

en la dependencia.

2. Con los oficios núms. DF-1256-2017 del 18 de diciembre de 2017; y DF-0212-2018,

DF-0507-2018 y DF-0732-2018 del 20 de febrero, 3 de mayo y 29 de junio de 2018, en ese

orden, la Dirección de Finanzas de la Dirección General de Administración en la SEMOVI

otorgó la suficiencia presupuestal por un importe de 165,144.5 miles de pesos para la

celebración del contrato núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 y sus convenios modificatorios

núms. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C1/2018, GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C2/2018,

GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C3/2018 y GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C4/2018, en

cumplimiento de los artículos 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

de la Ciudad de México; 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y 13,

fracción I, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los

Municipios, todas vigentes en 2018.

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3. Con los oficios núms. OM/CGCS/DII/1200/2017 del 23 de mayo de 2017 y

OM/CGCS/DII/SAD/0098/2018 del 6 de febrero de 2018, la Dirección de Imagen

Institucional de la Coordinación de General de Comunicación Social de la entonces

Oficialía Mayor autorizó a la SEMOVI, la utilización de la imagen gráfica y el nuevo

diseño para las licencias de conducir, y con los oficios núms. OM/CGCS/1083/2016 y

OM/CGCS/1761/2016 del 8 de septiembre y 28 de octubre de 2016, respectivamente;

y OM/CGCS/DII/0631/2017 del 15 de marzo de 2017, la imagen gráfica y diseño de las

Tarjetas de Circulación. Por su parte, mediante el oficio núm. 4.2.5.1-674/2017 del

4 de abril de 2017, la Dirección de Normatividad de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes autorizó a la SEMOVI el uso de diseño de la Tarjeta de Circulación que

identificó al parque vehicular del servicio de transporte publico individual.

Lo anterior, en cumplimiento de la fracción I y párrafo último, del numeral 11.3.1 de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), vigente durante 2018.

4. En la revisión del contrato núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 y sus convenios

modificatorios, se observó lo siguiente:

a) Con los oficios núms. DGA-0297-2018, SRM-044-2018, SRM-089-2018,

SRM-090-2018 y DRMSG-627-2018 del 13 y 14 de febrero, 13 de marzo y

2 de julio de 2018, en ese orden, la Dirección General de Administración en la

SEMOVI solicitó a COMISA, la cotización de 750,000 Tarjetas para Licencia de

Conducir Tipo A; 50,000 Tarjetas para Licencia de Conducir Tipo B; 16,200 Tarjetas

para Licencia de Conducir Tipo C, Colectivo con Chip; 4,700 Tarjetas para Licencia

de Conducir Tipo D, Carga con Chip; 8,800 Tarjetas para Licencia de Conducir

Tipo E, en su diferentes modalidades con Chip; y 150,000 Tarjetas de Licencia de

Conducir Tipo A. Las cotizaciones fueron presentadas por COMISA y fueron

aceptadas por SEMOVI.

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b) Con los oficios núms. SRM-0084-2018, DRMSG-825-2018, DRMSG-915-2018,

DRMSG-1042-2018 del 7 de marzo, 14 y 25 de agosto y 11 de octubre

de 2018, respectivamente, la Dirección General de Administración en la SEMOVI

solicitó a COMISA, las cotizaciones de 460,000 Tarjetas de Circulación; 3,000

Tarjetas de Circulación Vehicular Tipo E; 30,000 Tarjetas de Circulación de Taxi;

460,000 Tarjetas de Circulación Vehicular y 750 Tarjetas de Circulación Vehicular

Tipo E. Las cotizaciones fueron presentadas por COMISA, y aceptadas por SEMOVI.

c) El 18 de diciembre de 2017, la SEMOVI suscribió con COMISA el contrato

administrativo abierto núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018, por un monto mínimo y

máximo de 6,411.9 miles de pesos y 64,119.0 miles de pesos, respectivamente,

para la prestación de servicios de impresión de Tarjeta de Circulación Vehicular

de PVC Poliéster de Alta Seguridad y Tarjeta para Licencia de Conducir de Alta

Seguridad con Chip, por el período del 2 de enero al 31 de diciembre de 2018.

Dicho contrato fue celebrado al amparo del artículo 1o. párrafo segundo, de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, y el numeral 11.5, de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), ambas

vigentes en 2018.

d) El 21 de febrero, 3 de mayo, 29 de junio y 31 de septiembre 2018, la SEMOVI

suscribió con COMISA los convenios modificatorios al contrato administrativo abierto

núms. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C1/2018, GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C2/2018,

GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C3/2018 y GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C4/2018, con

la finalidad de incrementar su monto y con ello garantizar el servicio de impresión

de las Tarjetas de Circulación Vehicular de PVC Poliéster de Alta Seguridad y las

Tarjetas para Licencia de Conducir de Alta Seguridad con Chip. El presupuesto

máximo de los tres primeros convenios incrementó el monto del contrato por

2,900.0 miles de pesos, 40,105.0 miles de pesos y 62,340.0 miles de pesos (IVA

incluido), respectivamente, y el último convenio redujo el monto del contrato por

4,319.5 miles de pesos.

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46 VOLUMEN 2/8

e) El contrato y sus convenios modificatorios fueron firmados por los titulares de la

SEMOVI, de la Dirección General de Administración, de la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales y de la Dirección General Jurídico y de

Regulación, así como por el apoderado legal de COMISA.

Con base en lo anterior, se concluye que la SEMOVI cumplió el proceso de solicitud,

autorización, adjudicación y contratación del contrato abierto y sus convenios modificatorios

para los servicios de impresión de Tarjeta de Circulación Vehicular de PVC Poliéster de Alta

Seguridad y Tarjeta para Licencia de Conducir de Alta Seguridad con Chip.

7. Resultado

Con objeto de comprobar que el proceso de solicitud, autorización y contratación, se haya

sujetado a la normatividad que las regula, se verificó que la contratación del servicio y los

instrumentos jurídicos celebrados con instancias gubernamentales se hayan ajustado, elaborado

y formalizado conforme a la normatividad aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

En la revisión de las Bases de Colaboración Institucional de Seguridad, Protección y Vigilancia

con cargo a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, por un importe de 81,671.0 miles de

pesos, seleccionado como muestra, se observó lo siguiente:

1. El 30 de diciembre de 2017, la SEMOVI suscribió con la Secretaría de Seguridad

Pública, con la participación del Sistema de Transporte Colectivo y de la PBI, las Bases

de Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad, Protección y Vigilancia

Integral del Grupo Estratégico en el Sistema de Transporte Colectivo para el Ejercicio

de 2018 y las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad,

Protección y Vigilancia Integral en las Líneas 2, 3 y 8 del Sistema de Transporte Colectivo

para el Ejercicio de 2018, por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2018,

con cargo a la partida 3381 “Servicios de vigilancia”.

2. Las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad, Protección

y Vigilancia Integral del Grupo Estratégico en el Sistema de Transporte Colectivo para

el ejercicio de 2018 establecieron lo siguiente:

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47 VOLUMEN 2/8

a) En la base primera, “Objeto,” se indicó que la PBI proporcionaría el servicio de

seguridad, protección y vigilancia integral del Grupo Estratégico en el Sistema

de Transporte Colectivo.

b) En la base segunda, “Estado de Fuerza”, se indicó que para el cumplimiento del

objeto se desplegarían 680 elementos con las tarifas siguientes:

(Pesos)

Grado

Cantidad de elementos / Jornadas

(1)

Días laborados por plaza mensual

(2)

Costo unitario por plaza*

(3)

Costo mensual*

(2) * (3) (4)

Primer Oficial 3 (12x24) 60 1,990.23 119,413.80 Suboficial 3 (12x24) 60 1,253.17 75,190.20 Suboficial 14 (16x32) 210 1,670.87 350,882.70 Policía Primero 3 (12x24) 60 1,056.87 63,412.20 Policía Primero 25 (16x32) 375 1,409.13 528,423.75 Policía Segundo 6 (Escribiente 12 x 24) 120 1,154.96 138,595.20 Policía Segundo 16 (12x24) 320 1,025.67 328,214.40 Policía Segundo 37 (16x32) 555 1,367.53 758,979.15 Policía 234 (12x24) 4,680 961.91 4,501,738.80 Policía 339 (16x32) 5,085 1,282.57 6,521,868.45 Total 680 11,525 13,386,718.65

* Los importes se expresan en pesos a efecto de evitar diferencias por el redondeo.

c) En la base tercera, “Control de los elementos de la ‘P.B.I’”, se asentó que el Sistema

de Transporte Colectivo debía notificar a la PBI los servicios no cubiertos, además de

los descuentos aplicados por incumplimientos de las funciones asignadas al estado

de fuerza, a fin de que se realizara la respectiva conciliación y, en su caso, efectuar

las deducciones correspondientes en el pago por el servicio prestado.

d) En la base quinta, “Forma de Pago”, se convino que la SEMOVI pagaría a la PBI

por el número de elementos y turnos efectivamente cubiertos y que los importes se

actualizarían con un incremento máximo del 5% a partir del 16 de febrero de 2018,

sin necesidad de formalizar un convenio modificatorio, de igual forma si se

incrementara el Estado de Fuerza por necesidades del servicio.

También, que mensualmente la PBI debía presentar a la SEMOVI un recibo

denominado “Informe Presupuestal de Liquidación”, que incluiría el número de

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48 VOLUMEN 2/8

elementos y turnos efectivamente cubiertos, así como las deducciones que

resultaran de la Conciliación de Fatigas 2018, que también debería adjuntar al

referido informe de liquidación, debidamente validado y firmado por el representante

del Sistema de Transporte Colectivo y de la PBI.

3. Las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad, Protección

y Vigilancia Integral en las Líneas 2, 3 y 8 del Sistema de Transporte Colectivo para el

ejercicio de 2018 establecieron lo siguiente:

a) En la base primera, “Objeto”, se estableció que la PBI proporcionaría el servicio

de seguridad, protección y vigilancia integral en las Líneas 2, 3 y 8 del Sistema de

Transporte Colectivo.

b) En la base segunda, “Estado de Fuerza”, se indicó que el Estado de Fuerza para

el cumplimiento del objeto se desplegaría una cantidad de 685 elementos con las

tarifas siguientes:

(Pesos)

Grado

Cantidad de elementos / Jornadas

(1)

Días Laborados por plaza quincenal

(2)

Costo unitario por plaza*

(3)

Costo mensual*

(2) * (3) * 2 (4)

Segundo Inspector 1 (Gpo. de comando) 10 5,619.85 112,397.00 Subinspector 1 (Jefe de servicio) 10 3,742.51 74,850.20 Primer Oficial 1 (Gpo. de comando) 10 2,535.89 50,717.80 Primer Oficial 1 (Gpo. de comando) 10 2,176.99 43,539.80 Primer Oficial 3 (Jefe de Línea) 30 1,990.20 119,412.00 Segundo Oficial 6 60 1,534.96 184,195.20 Segundo Oficial 1 10 2,178.66 43,573.20 Suboficial 2 (Gpo. de comando) 20 1,474.03 58,961.20 Suboficial 24 240 1,253.15 601,512.00 Policía Primero 2 (Gpo. de comando) 20 1,284.41 51,376.40 Policía Primero 42 420 1,056.85 887,754.00 Policía Segundo 6 (Escribientes) 60 1,154.94 138,592.80 Policía Segundo 171 1,710 1,025.65 3,507,723.00 Policía 424 4,240 961.95 8,157,336.00

Total 685 6,850 14,031,940.60

* Los importes se expresan en pesos a efecto de evitar diferencias por el redondeo.

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49 VOLUMEN 2/8

c) En la base tercera, “Control de los Elementos de la ‘P.B.I’”, se convino que el

Sistema de Transporte Colectivo deberá notificar a la PBI los servicios no cubiertos,

además de los descuentos aplicados por incumplimientos de las funciones asignadas

al estado de fuerza, a fin de que se realizará la respectiva conciliación y, en su caso,

efectuar las deducciones correspondientes en el pago por el servicio prestado.

d) En la base quinta, “Forma de Pago”, se estableció que la SEMOVI pagaría a la PBI

por el número de elementos y turnos efectivamente cubiertos y que los importes se

actualizarían con un incremento máximo del 5% a partir del 16 de febrero de 2018,

sin necesidad de formalizar un convenio modificatorio, de igual forma si se

incrementara el Estado de Fuerza por necesidades del servicio.

También, que mensualmente la PBI debía presentar a la SEMOVI un recibo

denominado “Informe Presupuestal de Liquidación”, que incluiría el número de

elementos y turnos efectivamente cubiertos, así como las deducciones que

resultaran de la Conciliación de Fatigas 2018, que también debería adjuntar al

referido informe de liquidación, debidamente validado y firmado por el representante

del Sistema de Transporte Colectivo y de la PBI.

Con base en lo anterior, se confirmó que la SEMOVI cumplió el proceso de autorización

y contratación del servicio de vigilancia.

Gasto Devengado

8. Resultado

De conformidad con la norma novena de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del

gasto devengado refleja el registro de la solicitud de la CLC o documento equivalente,

debidamente aprobado por la autoridad competente de las Unidades Responsables del

Gasto, mediante el cual reconocen una obligación de pago a favor de terceros por la

recepción de conformidad de los servicios oportunamente contratados; así como de las

obligaciones que derivan de leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.

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50 VOLUMEN 2/8

Con objeto de comprobar que los pagos realizados con cargo al presupuesto del sujeto

fiscalizado se encontraran debidamente soportados con la documentación e información

que comprobara la recepción de servicios, conforme a la normatividad aplicable y en

cumplimiento de los instrumentos jurídicos formalizados, se verificó que los servicios se hayan

recibido oportunamente a entera satisfacción o que correspondan al objeto y a las condiciones

establecidas en los contratos celebrados. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Partida 3362 “Servicios de Impresión”

Se constató el cumplimiento de las condiciones pactadas en las cláusulas primera, cuarta y

quinta del contrato administrativo abierto, y de sus convenios modificatorios celebrados,

y de las correspondientes cotizaciones relativas a la prestación de servicios de impresión

por un total 953,750 tarjetas de circulación vehicular y 979,700 tarjetas para licencia de

conducir, por un importe de 164,186.1 miles de pesos, mediante 58 formatos denominados

“Entradas de Almacén ‘2018’” emitidos entre el 2 de marzo al 8 de noviembre de 2018.

Los formatos “Entradas de Almacén ‘2018’” contaron con el nombre y firma de los servidores

públicos de la SEMOVI encargados de su elaboración, recepción y autorización.

En la recepción de las tarjetas, las 953,750 de circulación vehicular y las 979,700 para

licencia de conducir correspondieron a las contratadas, de acuerdo con las especificaciones

requeridas en el contrato suscrito.

Partida 3381 “Servicios de Vigilancia”

Se verificó el cumplimiento de las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento

de Seguridad, Protección y Vigilancia Integral del Grupo Estratégico en el Sistema de

Transporte Colectivo, y de las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento

de Seguridad, Protección y Vigilancia Integral en las Líneas 2, 3 y 8 del Sistema de

Transporte Colectivo. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Mediante minuta de trabajo del 16 de julio de 2019, se solicitaron las listas de asistencia

(fatigas) del servicio, correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2018,

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seleccionados como muestra, para comprobar que la información asentada en las

conciliaciones de fatigas estuviera debidamente sustentada y los servicios efectivamente

cubiertos por los elementos del PBI.

Al respecto, mediante el oficio núm. SM/DGAyF/3233/2019 del 21 de agosto de 2019,

la Dirección General de Administración en la SEMOVI informó a esta entidad de

fiscalización, con los oficios núms. SM/DGAyF/3080/2019 y SM/DGAyF/3210/2019

del 7 y 20 agosto de 2019, respectivamente, que había solicitado a la Subdirección

General de Administración y Finanzas en el Sistema de Transporte Colectivo, copia

certificada de las listas de asistencia (fatigas) requeridas que respaldaron las conciliaciones

de fatigas, toda vez que la SEMOVI no las tenía bajo su resguardo.

Sin embargo, dichas listas de asistencia (fatigas) no fueron proporcionadas, lo que

imposibilita la constatación de que los servicios fueron prestados efectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

Por no contar con las listas de asistencia (fatigas) del servicio en las que se sustentara

la prestación de los servicios de vigilancia, la SEMOVI incumplió el artículo 44, párrafo

primero, de la Ley del Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, y el

numeral 9.7.1, párrafo último de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), ambas vigentes en 2018.

El artículo 44, párrafo primero, de la Ley del Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad

de México vigente en 2018 establece lo siguiente:

“Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto,

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52 VOLUMEN 2/8

serán los responsables del manejo y aplicación de los recursos [...] de que los

compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la

guarda y custodia de los documentos que los soportan...”

El numeral 9.7.1, párrafo último, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2018 establece lo siguiente:

“9.7.1 [...]

”Asimismo, para tal efecto y sin excepción alguna, deberá contar invariablemente con

la conciliación mensual de turnos, sustentada con la lista de asistencia debidamente

firmada (fatigas) y validada tanto por parte de la DGA, como por el prestador o

colaborador del servicio, ya que dicha conciliación es la autorización expresa de la DGA

para elaborar el documento que se establezca en el contrato o convenio de colaboración,

para el pago y/o aplicación del pago o cargo centralizado correspondiente.”

2. Se analizaron las Conciliaciones de Fatigas relativas a los meses de junio, julio y agosto

por un monto de 81,671.1 miles de pesos, en las cuales se asentó que se tuvo un

Estado de Fuerza de 685 elementos y que únicamente existieron 79 jornadas no cubiertas.

Dicha información sirvió de base para la elaboración de los Informes Presupuestales de

Liquidación, como se muestra a continuación:

(Horas)

Mes Horario de trabajo

Jornadas (conciliación) Informe presupuestal de liquidación Programadas No cubiertas Laboradas

Junio 12x12 960 0 960 960 12x24 12,740 35 12,705 12,705 Subtotal 13,700 35 13,665 13,665 Julio 12x12 960 2 958 958 12x24 12,740 17 12,723 12,723 Subtotal 13,700 19 13,681 13,681 Agosto 12x12 960 0 960 960 12x24 12,740 25 12,715 12,715 Subtotal 13,700 25 13,675 13,675 Total 41,100 79 41,021 41,021

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53 VOLUMEN 2/8

Por lo que corresponde a las conciliaciones de fatigas relativas a las Bases de

Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad, Protección y Vigilancia

Integral del Grupo Estratégico en el Sistema de Transporte Colectivo, por los meses de

junio, julio y agosto, se observó que existió un Estado de Fuerza de 680 elementos, y

que se dejaron de cubrir 392 jornadas. Dicha información sirvió de base para la

elaboración de los Informes Presupuestales de Liquidación, como se muestra a continuación:

(Horas)

Mes Horario de trabajo

Jornadas (conciliación) Informe presupuesta

de liquidación Programadas No cubiertas Laboradas

Junio 12x12 60 0 60 60 12x24 5,240 87 5,153 5,153 16x32 6,225 245 5,980 5,980 Subtotal 11,525 332 11,193 11,193 Julio 12x12 60 0 60 60 12x24 5,240 14 5,226 5,226 16x32 6,225 18 6,207 6,207 Subtotal 11,525 32 11,493 11,493 Agosto 12x12 60 0 60 60 12x24 5,240 12 5,228 5,228 16x32 6,225 16 6,209 6,209 Subtotal 11,525 28 11,497 11,497

Total 34,575 392 34,183 34,183

Las conciliaciones de fatigas estuvieron acompañadas de su desglose de descuentos

y soportaron la gestión de solicitud de pago por los servicios de vigilancia

proporcionados; y fueron suscritas por el Subdirector General de Administración y

Finanzas, por el Subdirector Operativo Área Centro y el Jefe de Sector “F”, servidores

públicos adscritos al Sistema de Transporte Colectivo y a la PBI, respectivamente.

No obstante, las conciliaciones de fatigas carecieron de la firma del titular de la

Dirección General de Administración de la SEMOVI.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de septiembre de 2019, el Director General

de Administración y Finanzas en la SEMOVI, en representación del titular de la dependencia,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

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Por no contar las conciliaciones de fatigas con la firma del titular de la Dirección General

de Administración en la SEMOVI, la dependencia incumplió el numeral 9.7.1, párrafo

último, del apartado 9.7 “Servicios de vigilancia”, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2018.

Por lo anterior, se concluye que los servicios contratados correspondieron con las

condiciones establecidas en el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 y sus cuatro

convenios modificatorios, así como con las Bases de Colaboración Institucional de

Seguridad, Protección y Vigilancia correspondientes; sin embargo, la dependencia no

dispuso de las fatigas de servicio de vigilancia, y las conciliaciones de fatigas carecieron de

la firma del titular de la Dirección General de Administración en la SEMOVI.

Recomendación ASCM-24-18-8-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de control y

supervisión a fin de asegurarse de que se cuente con las listas de asistencia (fatigas) en

las que se sustenten la prestación de los servicios de vigilancia y comprueben que los

compromisos sean efectivamente devengados, en cumplimiento de la normatividad

aplicable.

Recomendación ASCM-24-18-9-SEMOVI

Es necesario que la Secretaría de Movilidad establezca mecanismos de control

y supervisión a fin de asegurarse de que las conciliaciones de fatigas relativas a los

servicios de vigilancia cuenten con la firma del titular de la Dirección General de

Administración, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

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Gasto Ejercido

9. Resultado

De conformidad con la norma décima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del

gasto ejercido refleja el registro de una CLC o documento equivalente debidamente

aprobado por la autoridad competente.

Con objeto de comprobar que se haya expedido y resguardado la documentación soporte

justificativa y comprobatoria de las operaciones y que ésta reúna los requisitos establecidos

en la normatividad aplicable, se verificó que no se hayan efectuado pagos de adeudos de

ejercicios anteriores o de pasivos sin que éstos se hubieran registrado y reportado a la

SEFIN en el ejercicio en que se devengaron; que, en su caso, se hayan aplicado las penas

convencionales o sanciones a los prestadores de servicios por incumplimiento de los contratos;

que los prestadores de servicios hayan entregado comprobantes de pago a nombre del

Gobierno de la Ciudad de México, con los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal

de la Federación vigente en 2018; que se haya resguardado y conservado la documentación

original justificativa y comprobatoria de los pagos realizados; que las CLC indiquen el

importe, fuente de financiamiento, temporalidad, número de oficio mediante el cual se

autorizó por el titular y hayan cumplido los requisitos establecidos en la normatividad

aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Las CLC núms. 10 C0 01 con terminaciones 100453, 100499, 100512, 100577, 100658,

100680, 100939, 100940, 101013, 101014, 101273, 101278, 101294, 101466, 101525,

101545, 101609, 101621, 101651, 101667, 101726, 101727, 101760, 102003, 102146

y 102168, emitidas entre el 13 de abril y el 31 de diciembre de 2018, por un monto

de 164,186.1 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 3362 “Servicios de

Impresión”, fueron tramitadas para pagar al prestador de servicios COMISA los servicios

de impresión de 1,933,450 Tarjetas de Circulación Vehicular de PVC Poliéster de Alta

Seguridad y Tarjetas para Licencia de Conducir de Alta Seguridad con Chip; ampararon

el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018 y sus convenios modificatorios

núms. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C1/2018, GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C2/2018,

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GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C3/2018 y GCDMX-SEMOVI-CSC-001/C4/2018, seleccionados

como muestra; y se encontraron soportadas con 60 facturas expedidas a nombre del

Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Movilidad, junto con los documentos que

acreditaron la recepción de los servicios. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por

los servicios públicos facultados para ello, y tienen los comprobantes fiscales

correspondientes a resguardo de la SEMOVI.

2. Las CLC núms. 10 C0 01 101721 y 10 C0 01 101722 ambas emitidas el 5 de noviembre

de 2018, por un monto de 81,671.0 miles de pesos, con cargo a la partida 3381

“Servicios de Vigilancia” fueron tramitadas para pagar los servicios de vigilancia al

prestador de servicios PBI (GDF Secretaría de Finanzas/Tesorería GDF) ampararon

las Bases de Colaboración Institucional para el Otorgamiento de Seguridad, Protección

y Vigilancia Integral del Grupo Estratégico y las Bases de Colaboración Institucional

para el Otorgamiento de Seguridad, Protección y Vigilancia Integral en las Líneas 2, 3

y 8, seleccionados como muestra; y se encontraron soportadas con los Informes

Presupuestales de Liquidación con núms. R-8156, R-8158, R-8225, R-8228, R-8296 y

R-8297 expedidos a nombre de la SEMOVI, junto con los documentos que acreditaron

la prestación de los servicios. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servicios

públicos facultados para ello, y tienen los comprobantes fiscales correspondientes a

resguardo de la dependencia.

3. Los comprobantes fiscales revisados reunieron los requisitos fiscales y administrativos

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en

2018; y se confirmó su autenticidad mediante la consulta realizada en la página del

Sistema de Administración Tributaria (SAT) de la SHCP.

4. Las cifras reportadas por la SEMOVI coincidieron con las reflejadas en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2018, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, y del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública de la

Ciudad de México, ambos vigentes en 2018.

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5. Mediante el oficio núm. SM/DGAF/0163/2019 del 10 de enero de 2019, con sello de

recibido en la misma fecha, la Dirección General de Administración y Finanzas en la

SEMOVI remitió a la Subsecretaría de Egresos, el pasivo circulante correspondiente

a la dependencia que se constituyó al 31 de diciembre de 2018, el cual incluyó

las operaciones de las partidas 3362 “Servicios de Impresión”, del contrato

núm. GCDMX-SEMOVI-CSC-001/2018, por un importe de 1,967.7 miles de pesos.

El pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos por la SEMOVI durante el

ejercicio de 2018, y se reportó dentro del plazo establecido en el oficio circular de cierre

núm. SFCDMX/SE/4461/2018 del 19 de octubre de 2018, firmado por la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 60 y 70 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 13, fracción VIII, de la Ley

de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, ambas vigentes

en 2018.

6. Al 31 de diciembre de 2018, la SEMOVI no contó con recursos no devengados que

tuviera que enterar a la SEFIN, relacionados con la muestra revisada.

Por lo anterior, se determinó que la SEMOVI dispuso de la documentación comprobatoria

original de los pagos efectuados por los servicios contratados, la cual cumplió los requisitos

fiscales y administrativos establecidos en la normatividad aplicable y reportó cantidades que

coinciden con las reflejadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2018.

Gasto Pagado

10. Resultado

De conformidad con la norma undécima de las Normas y Metodología para la Determinación

de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, el momento contable del

gasto pagado refleja el registro de la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago

documentadas mediante CLC o documento equivalente, que se concreta mediante

el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago.

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Con objeto de comprobar que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan

extinguido mediante el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de

la normatividad aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación,

se verificó la efectiva extinción de las obligaciones de pago a cargo del sujeto fiscalizado; y

que dichos pagos se hayan realizado por los medios establecidos en la normatividad

aplicable. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. ACF-A/19/0729 del 13 de agosto de 2019, se solicitó a COMISA

información de las operaciones realizadas con la SEMOVI para el período del 1o. de enero

al 31 de diciembre de 2018.

En respuesta, con el oficio núm. COMISA/DG/494/2019 del 23 de agosto de 2019, la

prestadora de servicios confirmó las operaciones realizadas, proporcionando los

contratos y convenios modificatorios, facturas, relación de pagos recibidos y

comprobantes de movimientos bancarios, con los cuales se verificó la transferencia de

los recursos, cuyos montos coinciden con los informados por la SEMOVI.

2. En la revisión de los Reportes de Pago de 2018 emitidos por el SAP-GRP, se comprobó

que de las obligaciones derivadas de la contratación de servicios de impresión, así

como de los servicios de vigilancia, sus pagos fueron cubiertos mediante transferencias

electrónicas, por un importe de 164,186.1 miles de pesos de la partida 3362 “Servicios de

Impresión” y 81,671.0 miles de pesos de la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”.

Con base en lo anterior, se concluye que los prestadores de servicio de impresión y de

vigilancia recibieron el pago por las cantidades pactadas en los instrumentos jurídicos

administrativos correspondientes.

De Cumplimiento

11. Resultado

Se verificó que la SEMOVI haya cumplido la normatividad aplicable, garantizando la observancia

de las leyes, reglamentos, lineamientos, normas, políticas, manuales, instrumentos jurídicos

o cualquier otro mecanismo en vigor establecido para regular las acciones y atribuciones de

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sus servidores públicos en relación al rubro en revisión y para que las unidades

administrativas a las que están adscritos dichos servidores públicos funcionen correctamente y

éstos realicen sus actuaciones conforme a la legalidad; que haya implementado acciones

de control y vigilancia para tal efecto; y que existiera congruencia entre la programación del

gasto, su ejercicio y el cumplimiento de los objetivos y metas del sujeto fiscalizado. Al respecto,

se determinó lo siguiente:

1. Los servicios de impresión de tarjetas de circulación vehicular y de licencias de conducir,

así como de vigilancia, se realizaron para cumplir sus funciones establecidas en el

artículo 31, fracciones XI, XVII y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública

de la Ciudad de México, vigente en 2018.

2. La SEMOVI suscribió instrumentos jurídicos en los que se establecieron derechos y

obligaciones tanto para la dependencia como para los prestadores de servicios

contratados, de acuerdo con la normatividad aplicable, los cuales conformaron un

marco de referencia para el actuar de los servidores públicos que intervinieron en las

operaciones del control y supervisión de los servicios de impresión y de vigilancia.

3. La SEMOVI cumplió las actividades institucionales 365 “Acciones para la regulación de

concesiones de transporte escolar, de personal y especializado”, 366 “Acciones para la

regulación de transporte de carga”, 368 “Acciones para la regulación de transporte de

carga”, 369 “Acciones para la regulación del servicio de transporte individual de pasajeros”,

396 “Acciones para la regulación de transporte público” y 329 “ Gestión del servicio de

vigilancia en sector transporte” establecidas en su apertura programática.

4. En el análisis de las operaciones del sujeto fiscalizado relacionadas con los momentos

contables del gasto, se observó lo siguiente:

a) En el momento contable del gasto aprobado, la SEMOVI no resguardó la documentación

original de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2018 ni de la información de

los Módulos de Integración por Resultados y de Integración Financiera, y no consideró los

elementos reales de valoración para planear las contrataciones de servicios en la

presupuestación de los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”.

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b) En el momento contable del gasto modificado, la dependencia no acreditó haber

realizado una evaluación respecto del cumplimiento de los objetivos y metas ni

haber tomado en cuenta las situaciones coyunturales, contingentes y

extraordinarias que incidieran en el desarrollo de sus funciones.

c) En el momento contable del gasto comprometido, la SEMOVI cumplió el proceso

de solicitud, autorización y adjudicación de los instrumentos jurídicos con los cuales

se formalizó la contratación de los servicios de impresión y de vigilancia requeridos.

d) En el momento contable del gasto devengado, la SEMOVI dispuso de los

elementos para demostrar que los servicios contratados fueron recibidos de

conformidad con los instrumentos jurídicos suscritos, aun y cuando careció de las

fatigas de los servicios de vigilancia.

e) En el momento contable del gasto ejercido, SEMOVI dispuso de la documentación

comprobatoria original de los pagos efectuados por los servicios contratados,

la cual cumplió los requisitos fiscales y administrativos establecidos en la

normatividad aplicable.

f) En el momento contable del gasto pagado, los prestadores de servicio de impresión

y de vigilancia recibieron el pago por las cantidades pactadas en los instrumentos

jurídicos administrativos correspondientes.

Por lo anterior, se concluye que la SEMOVI realizó acciones de acuerdo con sus

atribuciones y cumplió las leyes, reglamentos, lineamientos, manuales, instrumentos

jurídicos o cualquier otro mecanismo establecido para regular la aplicación del presupuesto

en los momentos contables del gasto comprometido, ejercido y pagado; sin embargo, en

las operaciones relacionadas con los momentos contables del gasto aprobado, modificado

y devengado presentó incumplimiento de diversas disposiciones normativas.

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RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron 11 resultados, de los cuales 5 resultados generaron 10 observaciones, por

las que se emitieron 9 recomendaciones; de éstas, 1 podría generar probables potenciales

promociones de acciones.

Del total de observaciones identificadas y mencionadas en el párrafo anterior, a una

observación se le dará tratamiento mediante la implementación de mecanismos que eviten

su recurrencia, como parte del seguimiento de la recomendación ASCM-9-17-1-SEFIN.

La información contenida en el presente apartado refleja las acciones derivadas de la

auditoría que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de

denuncias y del ejercicio de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta

entidad de fiscalización superior.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación e información presentadas por el sujeto fiscalizado mediante el oficio

núm. SM/DGAyF/3664 del 19 de septiembre de 2019, aclaró y justificó parcialmente las

observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe

de Resultados de Auditoría para Confronta, por lo que se modificaron los resultados como se

plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General Ejecutivo

del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

DICTAMEN

La auditoría se realizó con base en las guías de auditoría, manuales, reglas y lineamientos

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; las Normas Profesionales del Sistema de

Fiscalización; las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores,

emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores; y

demás disposiciones de orden e interés públicos aplicables a la práctica de la auditoría.

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Este dictamen se emite el 18 de octubre de 2019, una vez concluidos los trabajos de la

auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por el sujeto fiscalizado,

que es responsable de su veracidad. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría,

cuyo objetivo fue verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría de Movilidad con

cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de acuerdo con la normatividad y ordenamientos

aplicables, y destinado al cumplimiento de sus funciones y atribuciones, y específicamente

respecto de la muestra revisada que se establece en el apartado relativo al alcance y

determinación de la muestra, se concluye que, en términos generales, el sujeto fiscalizado

cumplió parcialmente las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior

de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras

públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de

la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

L.C. María Guadalupe Xolalpa García Directora General L.C. y L.D. Christian Tinajero Santana Director de Auditoría “C” C.P. Patricia Carmela Rodríguez Pérez Subdirectora de Área L.C. Rafael Martínez Rodríguez Auditor Fiscalizador “D” C.P. Laura González Martínez Auditora Fiscalizadora “C”