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CJYE CON(]EJO 1V" 191-2011-C9d<PC CaJamarca, 1 O de Agosto del 2011 VISTO En Ses1ón Ordinana de ConceJO de fecha 03 de Agosto del a"o 2011 , el Dictamen 006-2011 - CDUyAT-MPC, de la Com1s1ón de Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Terntonal refendo a la Aprobación de Proyectos de Renovación de Convenios entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y el Plan Copesco; Informe N• 237-2011 -UPCT-OPP-MPC de la de Planificación y Presupuesto, Informe N 392-2011 -0AJ-MPC de la Oficina de Asesorla Jurld1ca; y, CONSIDERANDO: Que , de conformidad con el Articulo 194° de la Const1tuc1ón Polltica del Perú, concordado con el Articulo 11 del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Mun1c1palidad Provmc1al de CaJamarca es una entidad del Estado con personerla JUridlca de derecho público y plena capac1dad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomla pollt1ca , económica y administrativa en asuntos de su competencia Que, con el Dictamen del visto, la Com1s1ón sollc1ta la aprobación de los Proyectos de Renovación de los Convenios entre la Municipalidad Provmcial de CaJamarca y el Plan COPESCO, criterio concordante con los informes de la Oficma de Planificación y Presupuesto y de la Ofic1na de Asesorla Jurld1ca Que , el Senor Regidor Ruperto Becerra Vásquez manifiesta al Pleno que en el afio 2006, que la MuniCipalidad Provincial de CaJamarca y el MINCETUR a través de su ente ejecutor que es COPESCO firmo un convenio para eJecutar dos proyectos. el pnmero para el meJoramiento del entorno urbano monumental del Cuarto del Rescate, para el cual el plan COPESCO transfirió ochocientos cincuenta mil nuevos soles y el segundo proyecto es el acond1c1onam1ento turíst1co del Cuarto del Rescate y el mejoramiento del mismo para el cual transfirió una cant1dad de y tres mil nuevos soles; y que debido a la inoperat1vidad caducaron estos no logrando a ejecutarse los proyectos antes citados; por lo que se sohc1ta la renovación del convenio Que, el luego del debate en el Pleno del Concejo y valorando la importancia de los conven1os para el desarrollo cultural de la c1udad de CaJamarca, con las recomendaciones de los Sel'\ores Regidores, se propone su aprobación Que, el Numeral 26) del Articulo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley 27972, define como atribución del Concejo Municipal, "Aprobar, la celebración de convenios de cooperación nac1onal e internacional y convenios intennst1tuc1onales" De conformidad con los Artlculos 17°, 39° y 41 o de la Ley Orgánica de MuniCipalidades, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, y con el voto por mayoria de los senores Regidores. SEACORDO: Artículo Primero: APROBAR, LA RENOVACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Y EL PLAN COPESCO, PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL ENTORNO URBANO MONUMENTAL DEL CUARTO DEL RESCATE CUADRA DIEZ DEL COMERCIO Y CUADRA SEIS DEL JIRÓN BELÉN, PROVINCIA DE CAJAMARCA CAJAMARCA' '; Y, ··MEJORAlvíiENTO DE LA INFRAES'I RUCTURA ACTUAL DEL CUARTO DE RESCATE DE LA CIUDAD DE CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA " CA L LE DE LA C RU Z DE Pl lORA N°613 076-602233, 07b i6/;q3 FAX· 0 1 1• f AX· 076-3641 6(> CAJAMA R CA PfRU

)ICVP/1~9)0 CJYE CON(]EJO 1V 191-2011-C9d

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)ICVP/1~9)0 CJYE CON(]EJO 1V" 191-2011-C9d<PC

CaJamarca, 1 O de Agosto del 2011

VISTO

En Ses1ón Ordinana de ConceJO de fecha 03 de Agosto del a"o 2011 , el Dictamen N° 006-2011-CDUyAT-MPC, de la Com1s1ón de Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Terntonal refendo a la Aprobación de Proyectos de Renovación de Convenios entre la Municipalidad Provincial de Cajamarca y el Plan Copesco; Informe N• 237-2011 -UPCT-OPP-MPC de la Ofic~na de Planificación y Presupuesto, Informe N 392-2011 -0AJ-MPC de la Oficina de Asesorla Jurld1ca; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Articulo 194° de la Const1tuc1ón Polltica del Perú, concordado con el Articulo 11 del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Mun1c1palidad Provmc1al de CaJamarca es una entidad del Estado con personerla JUridlca de derecho público y plena capac1dad para el cumplimiento de sus funciones, goza de autonomla pollt1ca, económica y administrativa en asuntos de su competencia

Que, con el Dictamen del visto, la Com1s1ón sollc1ta la aprobación de los Proyectos de Renovación de los Convenios entre la Municipalidad Provmcial de CaJamarca y el Plan COPESCO, criterio concordante con los informes de la Oficma de Planificación y Presupuesto y de la Ofic1na de Asesorla Jurld1ca

Que, el Senor Regidor Ruperto Becerra Vásquez manifiesta al Pleno que en el afio 2006, que la MuniCipalidad Provincial de CaJamarca y el MINCETUR a través de su ente ejecutor que es COPESCO firmo un convenio para eJecutar dos proyectos. el pnmero para el meJoramiento del entorno urbano monumental del Cuarto del Rescate, para el cual el plan COPESCO transfirió ochocientos cincuenta mil nuevos soles y el segundo proyecto es el acond1c1onam1ento turíst1co del Cuarto del Rescate y el mejoramiento del mismo para el cual transfirió una cant1dad de qu~nientos c~ncuenta y tres mil nuevos soles; y que debido a la inoperat1vidad caducaron estos conven~os, no logrando a ejecutarse los proyectos antes citados; por lo que se sohc1ta la renovación del convenio

Que, el luego del debate en el Pleno del Concejo y valorando la importancia de los conven1os para el desarrollo cultural de la c1udad de CaJamarca, con las recomendaciones de los Sel'\ores Regidores, se propone su aprobación

Que, el Numeral 26) del Articulo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley N° 27972, define como atribución del Concejo Municipal, "Aprobar, la celebración de convenios de cooperación nac1onal e internacional y convenios intennst1tuc1onales"

De conformidad con los Artlculos 17°, 39° y 41 o de la Ley Orgánica de MuniCipalidades, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, y con el voto por mayoria de los senores Regidores.

SEACORDO:

Artículo Primero: APROBAR, LA RENOVACIÓN DE LOS CONVENIOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Y EL PLAN COPESCO, PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS: "MEJORAMIENTO DEL ENTORNO URBANO MONUMENTAL DEL CUARTO DEL RESCATE CUADRA DIEZ DEL COMERCIO Y CUADRA SEIS DEL JIRÓN BELÉN, PROVINCIA DE CAJAMARCA CAJAMARCA''; Y, ··MEJORAlvíiENTO DE LA INFRAES'I RUCTURA ACTUAL DEL CUARTO DE RESCATE DE LA CIUDAD DE CAJAMARCA, PROVINCIA DE CAJAMARCA - CAJAMARCA "

CA LLE DE LA CRU Z DE PllORA N°613 TtLEFONO~ 076-602233, 07b i6/;q3 FAX· 011• ~b5l2.l

fAX· 076-3641 6(> CAJAMARCA PfRU

Artículo Segundo: AUTORIZAR, AL SEÑOR ALCALDE PROVINCIAL DE CAJAMARCA LA SUSCRIPCIÓN DE LA RENOVACIÓN DE LOS CONVENIOS APROBADOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR.

(

Ce • Alcaldfa • Sala de Regidores • Gerei'ICiél Mumopal • Comisión de Desarrollo Urbano - Of_ Comunocac:iones y RR 11 • Vialidad y Transp<)(te Urbano • Of lnformábca y Sist · ArChiVO

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

1 1

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Y EL PLAN COPESCO NACIONAL

N° 0 15-2011-MINCETUR/ COPESCO-DE

Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Interinstituclonal que celebran la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA, con RUC 20143623042, con domicilio legal en Av. Alameda de los Incas - Qhapac Ñan, Provincia de Cajamarca, Departamento de Cajamarca, que en adelante se denominará la MUNICIPALIDAD, debidamente representada por su Alcalde Provincial el señor RAMIRO ALEJANDRO BARDALES VIGO, identificado con DNI N° 09867327 y el Plan COPESCO Nacional con RUC 20511035997, con domicilio legal en Av. Guardia Civil NO 980 Urb. Córpac, distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Urna, debidamente representado por su Directora Ejecutiva, la ingeniera MARÍA SUSANA ANFOSSI MIRANDA, identificada con DNI. NO 09343635, designada con Resolución Ministerial N° 314-2011-MINCETUR/DM, que en adelante se denominará COPESCO NACIONAL; en los términos y condiciones siguientes:

ACUERDO PRIMERO.- ANTECEDENTES

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme a lo previsto en la Ley NO 27790, en materia de turismo tiene como competencia promover, orientar y regular la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía.

Mediante la Ley NO 27889, se crea el "Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional", para financiar las actividades y proyectos destinados a la promOCión y desarrollo del turismo nacional. Igualmente, se crea un Impuesto Extraordinario y los recursos que se obtienen de la aplicación de este

8 t 'b" ~ puesto se transfieren al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para que formen ~ ~ u\'~~ ;- arte del Fondo y se destinen exclusivamente a financiar actividades y proyectos destinados a la '0- ~ romoción y desarrollo del turismo nacional, a través de la Comisión de Promodón del Perú -

"''NC<¿.~ PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional, respectivamente. El Reglamento de dicha Ley fue aprobado por Decreto Supremo N° 007-2006-MINCETUR.

las actividades y proyectos referidos son propuestos por un Comité Especial, a través del Plan Anual de Promodón y Desarrollo Turistico Nacional, el cual es aprobado por el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo. En tal sentido, med1ante Resolución Ministerial NO 396-2006-MINCETUR/DM de fecha 10 de noviembre de 2006 se priorlzó el Proyecto: "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de Rescate Cuadr - Jr. El ~rcio y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provincia de Cajamarca- Cajamarca" SNIP 38289._

Mediante Decreto Supremo N° 186-2006-EF, se realizó la transferencia financiera del Plan COPESCO Nacional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor de LA MUNICIPALIDAD por un monto de S/.850,000.00 (Ochocientos cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles).

Con fecha 13 de diciembre del 2006, se firmó el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 09-2006-MINCETUR-COPESCO/DE, para la ejecución de los recursos transferidos por COPESCO Nacional hasta por un monto de S/.30,678,00 (Treinta mil seis cientos setenta y ocho y 00/100 nuevos soles) exclusivamente para la elaboración del expediente técnico del proyecto "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de Rescate Cuadra 10 Jr. El Comercio y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provmcia de Cajamarca -Cajamarca" y destinar un monto de S/.819,322,00 (Ochocientos diez y nueve mil trescientos veintidós y 00/100 nuevos soles), exclusivamente para la ejecución de la obra especificada en el Expediente Técnico del proyecto "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de Rescate Cuadra 10 Jr. El Comercio y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provincia de Cajamarca - CaJamarca".

El Convenio de Cooperación Interinstltucional N°09-2006-MINCETUR-COPESCO/DE de fecha 13 de diciembre del 2006, tenía como plazo de vigencia 18 meses, el cual venció el 13 de junio del 2008.

. .

-Con la finalidad de cumplir con el objetivo del Convenio de Cooperación Interinstitudonal N°09-2006-MINCETUR-COPESCO/DE, en mérito al cual se realizó la transferencia financiera mediante Decreto Supremo NO 186-2006-EF, las partes acuerdan suscribir un nuevo convenio.

ACUERDO SEGUNDO - DE LAS PARTES

2.1 De LA MUNICIPALIDAD

LA MUNICIPALIDAD, de conformidad con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es un Órgano de Gobierno Local promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Entre sus funciones específicas se encuentran las de planeamiento y dotación de Infraestructura para el desarrollo local, y las de fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes.

2.2 De COPESCO Nacional

COPESCO Nacional, de conformidad con el Decreto Supremo NO 030-2004-MINCETUR es un órgano de ejecución del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dependiente de la Alta Dirección, que tiene por objeto formular, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar proyectos de inversión de interés turístico a nivel nacional; y prestar apoyo técnico especializado para la ejecuc1ón de proyectos turísticos a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades públicas que lo requieran, suscribiendo para el efecto los convenios de cooperación interinstitucional que correspondan.

CUERDO TERCERO - BASE lEGAl

Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ley N° 27790, que aprueba la ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior Turismo y su Reglamento.

• ley N° 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y el Desarrollo Turístico Nacional. Ley NO 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley N° 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Ascal 2011. Decreto Supremo NO 030-2004-MINCETUR que modifica la denominación del Proyecto Espec1al COPESCO por la de Plan COPESCO Nacional.

• Resolución Ministerial NO 432-2006-MINCETUR/DM, que aprueba el Manual de Operaciones del COPESCO Nacional.

• Resoluoón Mmisterial N° 314-2011-MINCETUR/DM, que designa a la Directora Ejecutiva del COPESCO Nacional. Resolución D1rectoral N° 003-2011-EF/68.01, que aprueba la Directiva General del Sistema de Inversión Pública.

ACUERDO CUARTO- OBJETO

El presente Convenio tiene por objeto establecer los términos y condiciones de la cooperación interlnstituclonal entre LA MUNICIPALIDAD y COPESCO NACIONAL, para la ejecución del siguiente

~ co -t~ Proyecto de Inversión Pública: "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de <.J0 ~~ Rescate Cuadra 10 Jr. El Comercio y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provincia de Cajamarca -

o~~:J, e ~ ajamarca"- SNIP 38289. GA

INC€.'\~~

Min1steno de Comercio Exterior y Turismo

ACUERDO QUINTO - COMPROMISOS DE LAS PARTES

a.l De COPESCO Nacional.

Plan COPESCO Nacional

a) Otorgar conformidad al exped1ente técnico del Acondicionamiento Turistico del PROYECTO, previa a la aprobación del mismo por parte de LA MUNICIPALIDAD.

b) Recibir de LA MUNICIPALIDAD, el expediente técnico del Acondicionamiento Turistico. e) Recibir de LA MUNICIPALIDAD, la liquidación técnica y financiera de la obra ejecutada, con la

debida documentación sustentatoria y la respectiva Resolución de aprobación emitida por LA MUNICIPALIDAD.

d) Participar del Acto de entrega del terreno mediante la suscripción del acta correspondiente. e) Participar en el Acto de Recepción de la obra del Acondicionamiento Turistico. f) Monitorear el desarrollo de la elaboración del expediente técnico y ejecución de la obra del

Acondidonamiento Turistico del PROYECTO. g) Planificar y organizar la inauguración de la obra (entre otros diseñar e instalar la placa

recordatoria) en coordmación con LA MUNICIPALIDAD. h) Otras que determinen las partes para concretar el objeto del presente Convenio.

De LA MUNICIPALIDAD

a) Remitir a COPESCO Nacional un original y una copia del estudio de pre Inversión viable, un CD con la documentación en sus programas originales y el Informe de Viabilidad e Informe de Verificación, este último de corresponder, emitido por la OPI respectiva.

b) Elaborar el expediente técnico del PROYECTO del Acondicionamiento Turistico, en estncta sujeción al estudio de pre inversión.

e) Aprobar el expediente técnico del PROYECTO del Acondicionamiento Turístico, posterior a la conformidad de COPESCO NACIONAL.

d) Elaborar y reg1strar el Formato SNI P 15 referente al informe de consistencia de los estudios defimtivos o expedientes técnicos detallados, posterior a la conformidad del expediente técnico por COPESCO NACIONAL y antes de la aprobación del mismo, por parte de LA MUNICIPALIDAD.

e) Remitir a COPESCO NACIONAL copia de la Resolución de aprobación del expediente técnico del Acondicionamiento Turistico.

f) Remitir a COPESCO Nacional dos originales y una copia del expediente técnico debidamente foliado y firmado en cada una de sus páginas por los profesionales que lo han formulado y de la Gerencia o Jefatura de LA MUNICIPALIDAD que ha tenido a su cargo la revisión del mismo, así como un CD con el expediente técnico en los programas originales y un CD con el expediente técnico debidamente firmado escaneado.

g) Tramitar y obtener los permisos, autorizaciones y factibilidades de servicios necesarias para la ejecución de las obras, gestionadas ante las instituciones competentes del área donde se ejecutarán las obras.

h) Destinar los recursos transferidos por COPESCO NACIONAL hasta por un monto de S/.850,000 (Ochocientos Cincuenta Mil y 00/100 nuevos soles), exdusivamente para la ejecución de la obra especificada en el Expediente Técnico "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de Rescate Cuadra 10 Jr. El Comerc1o y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provincia de caJamarca - Cajamarca", con estricta sujeción a las especificaciones técnicas detallas en el mismo y la normatividad vigente.

i) Aportar los fondos necesarios para la ejecución de la obra, en caso de que el monto transfendo mediante D.S N° 186-2006-EF, no fuese suficiente.

j) Ejecutar la obra del Acondicionamiento Turístico del PROYECTO con los recursos transferidos por COPESCO NACIONAL y con recursos propiOS de LA MUNICIPALIDAD, en caso de que el monto transferido mediante D.S N° 186-2006-EF, no fuese suficiente.

k) Contratar al Supervisor de las obras del Acondicionamiento Turístico, a fin de garantizar que la ejecución de los trabajos se realice de acuerdo al expediente técnico aprobado. Brindar las facilidades necesarias a COPESCO NACIONAL, durante la ejecución de la obra del Acondicionamiento Turistico.

1n1 en de Comercio Exterior y Turismo

Plan COPESCO Nacional

m) Participar en la entrega del terreno de la obra mediante la suscripción del acta correspondiente. n) Conformar la Comisión de Recepdón de la Obra. o) Planificar y organizar la Inauguración de la obra del Acondicionamiento Turístico, prev1a

coordinación y aprobación de COPESCO NACIONAL. p) Financiar y ejecutar el componente de capacitación y otros Intangibles, de acuerdo a lo

especificado en el estudio de pre inversión del PROYECTO. q) Asegurar y provisionar los recursos financieros para la operación, mantenimiento y seguridad de

la obra ejecutada producto de este convenio; y, hacer llegar a COPESCO NACIONAL copia del presupuesto aprobado (reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF donde se evidencie la específica de gasto "operación y mantenimiento" con los recursos necesarios.

r) Atender los requerimientos de información solicitados por COPESCO NACIONAL, en lo que respecta el avance físico y financiero, modificaciones del expediente técnico, control de plazo de ejecución, valorizaciones de avance, entre otros, remitiendo la Información debidamente sustentada.

s) Remitir a COPESCO NACIONAL un original de la liquidación técnica y financiera de la obra ejecutada, así como un CD con la liquidación en los programas originales, con la debida documentación sustentatoria y de acuerdo a la normatividad vigente, así como la respectiva Resolución de aprobación emitida por LA MUNICIPALIDAD.

t) Colocar el cartel de la obra desde el inicio hasta la finalización de los trabajos, los mismos que deberán Indicar el aporte económico transferido y el lago de COPESCO NACIONAL, para las acciones de difusión de la obra materia del presente convenio

u) Presentar a COPESCO NACIONAL, una vez vencido el plazo de ejecución del convenio, un informe detallado que deberá contener los resultados de su ejecución, el destino de los recursos y las entidades públicas, si las hubiese, que hayan recibido estos como consecuencia de dicha ejecución.

v) Otras que determinen las partes para concretar los objetivos del presente Convenio.

CUERDO SEXTO - DE LA COORDINACION INTERINSTITUCIONAL

las partes acuerdan que la coordinación interinstitucional para la ejecución del presente Convenio estará a cargo del Alcalde o su representante, en el caso de LA MUNICIPALIDAD, y del Director Ejecutivo o su representante, en el caso de COPESCO Nacional, para lo cual llevarán a cabo reuniones de trabaJO en las oportunidades que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de los términos del Convenio y de los acuerdos tomados por éstos.

la designación de representantes deberá ser comun1cada oportunamente, luego de la suscnpdón del presente Convenio. Cualquier reemplazo de la persona designada por una parte deberá ser comunicado por escrito a la otra, en un plazo no mayor de OS días hábiles de producido el reemplazo.

ACUERDO SÉPTIMO - DE LA VIGENCIA Y RENOVACION

El plazo de vigencia del presente Convenio es hasta la culminación de la obra "Mejoramiento del Entorno Urbano Monumental del Cuarto de Rescate Cuadra 10 Jr. El Comercio y Cuadra 6 del Jr. Belén, Provincia de Cajamarca- Cajamarca"- SNIP 38289, contado a partir del día siguiente de su suscripción.

Este plazo podrá ser renovado mediante la suscripción del Adendum respectivo, que se realizará por escrito y con el mismo nivel de aprobación del presente Convenio.

ACUERDO OCTAVO - ASUNTOS NO PREVISTOS Y DISCREPANCIAS

seo~~· Las partes se comprometen a solucionar mediante el trato d1recto de las partes cualquier imprevisto o ruda de 'i iscrepancia, siguiendo las reglas de la buena fe y común intención de las mismas. Eslu s -GA

, ACUERDO NOVENO - COMUNICACIONES

de Comercio Exterior y Turismo

Plan COPESCO Nacional

Toda comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá valldamente realizada en los domicilios consignados en la parte introductoria del presente instrumento.

CUERDO DÉCIMO - RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

Por incumplimiento injustificado de las partes, de los términos del presente Convenio, para cuyo efecto, la parte perjudicada, deberá requerir a la otra, para que en un plazo máximo de 15 días calendario cumpla con lo estableado en el Convenio, bajo apercibimiento de resolver el Convenro.

b) Por acuerdo expreso de las partes.

seo , , <>o ~c. ACUERDO DECIMO PRIMERO - DISPOSICIONES FINALES

()I!AAS i Gsv :- oda modificación de los términos u obligaciones contenidas en el presente Convenio deberá ser e~._ realizada por escrito y con el mismo nivel de aprobadón.

El PROYECTO, se financia con los recursos de COPESCO NACIONAL provenrentes del Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional - Ley N° 27889 y de LA MUNICIPALIDAD.

Directora Ejecutiva PLAN COPESCO NACIONAL

Min1steno de Comercio Exterior y Turismo

Plan COPESCO Nacion~l . ~ . . ,·

' '

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Y El PLAN COPESCO NACIONAL

N°0fh -2011-MINCETUR/ COPESCO-DE

Conste por el presente documento, el Convenio Específico de Cooperación Intennstltucional que

1oAo, celebran la MUNitiPALIDAD PROVINCIA_L DE CAJAMARCA, con RUC 20143623042, con domiCilio 1\)ot.: ~al en Av. Alameda de los Incas - Qhapac Nan, Provincia de Cajamarca, Departamento de Cajamarca,

~r.-:-,.-)d~_-" ue en adelante se denominará la MUNICIPALIDAD, debidamente representada por su Alcalde o rovincial el señor RAMIRO ALEJANDRO BARDALES VIGO, identificado con DNI N° 09867327 y el , • Jan COPESCO NACIONAL con RUC 20511035997, con domicilio legal en Av. Guardia Civil NO 980

" Urb. Córpac, distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representado por su Directora Ejecutiva, la ingeniera MARÍA SUSANA ANFOSSI MIRANDA, identificada con DNI. NO 09343635, designada con Resolución Ministerial N° 314-2011-MI NCETUR/DM, que en adelante se

l~~'0 " 11o enominará COPESCO NACIONAL; en los términos y condiciones siguientes:

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=> ec""" UERDO PRIMERO.- ANTECEDENTES * ...SiSOflll< * '-.c-.-':JR•O~~"l' ~El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme a lo previsto en la Ley NO 27790, en materia de

turismo tiene como competencia promover, orientar y regular la activ1dad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoCión, orientación y reguladón de la artesanía .

.Atif ediante la Ley NO 27889, se crea el "Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nac1onal", para ~~~A6 nciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional. -- G 1 mente, se crea un Impuesto Extraordinario y los recursos que se obtienen de la aplicación de este

l::e "'e ' 'P~ esto se transfieren al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para que formen ~C'1 . e del Fondo y se destinen exclusivamente a financiar actividades y proyectos destinados a la ~"~ ~c.~ omodón y desarrollo del turismo nacional, a través de la Comisión de Promoción del Perú -

PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional, respectivamente. El Reglamento de dicha Ley fue aprobado por Decreto Supremo N° 007-2006-MINCETUR.

Las actividades y proyectos referidos son propuestos por un Comité Especial, a través del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, el cual es aprobado por el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo. En tal sentido, mediante Resolución Ministerial N° 396-2006-MINCETUR/DM de fecha 10 de noviembre de 2006 se incluyó en el Plan, el proyecto "Mejoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monum to Cua el Rescate de la Ciudad de Cajamarca, Provincia de Cajamarca- Cajamarca"- NIP 38651.

Mediante Decreto Supremo N° 186-2006-EF, se realizó la transferencia financiera del Plan COPESCO Nacional del Ministerio de Comercio Exterior y Tunsmo a favor de LA MUNICIPAUDAD por un monto de S/.553,695.54 (Quinientos cincuenta y tres mil seiscientos noventa y cinco y 54/100 Nuevos Soles).

Con fecha 13 de diciembre del 2006, se firmó el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 08-2006-MINCETUR-COPESCO/DE, para la ejecución de los recursos transferidos por COPESCO NACIONAL hasta por un monto de S/. 282, 873.13 (Doscientos ochenta y dos mil ochocientos setenta y tres con 13/100 nuevos soles) exdusivamente para la elaboración del expediente técmco del proyecto: "MeJoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monumento Cuarto del Rescate de la Ciudad de Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca" y destinar un monto de S/. 270,822.41 (Doscientos setenta mil ochocientos veintidós y 41/100 Nuevos Soles) exclusivamente para la eJecución de la obra especificada en el Expediente Técn~co del proyecto: "Mejoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monumento Cuarto del Rescate de la Ciudad de Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Ca)amarca", en ambos casos, cumpliendo con contar con el expediente técn~co aprobado por las mst1tuciones

, competentes, en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura Cajamarca, hoy Reglón Cultura CaJamarca.

de Comercio Extenor y Turismo

Plan COPESCO Nacional '

El Convenio de Cooperación Interlnstituoonal N°08-2006-MINCETUR-COPESCO/DE de fecha 13 de diciembre del 2006, tenía como plazo de vigencia 18 meses, el cual venció el 13 de junio del 2008.

Con la finalidad de cumplir con el objetivo del Convenio de Cooperac1ón Interínstituc1onal N°08-2006-MINCETUR-COPESCO/DE, en mérito al cual se realizó la transferencia financiera mediante Decreto Supremo NO 186-2006-EF, las partes acuerdan suscribir un nuevo convemo.

- ACUERDO SEGUNDO - DE LAS PARTES

2.1 De LA MUNICIPALIDAD

LA MUNICIPALIDAD, de conformidad con la Ley NO 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es un Órgano de Gobierno Local promotor del desarrollo local, con personería JUrídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Entre sus funciones específicas se

(J~0 ""'o~ encuentran las de planeamiento y dotación de Infraestructura para el desarrollo local, y las de ~ i!J ~ fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las ~ ci1c1NA ~ entidades competentes. * ASiSOHIA * \.C' JUiliDtC~,. ~2 De COPESCO Nacional

:@2AD.o~ COPESCO Nacional, de conformidad con el Decreto Supremo NO 030-2004-MINCETUR es un ~~ ~ 'rgano de ejecución del Mimsterio de Comercio Exterior y Tunsmo, depend1ente de la Alta ~=-t M. ctZ.~ 1[} .irección, que tiene por objeto formular, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar proyectos de \f~ j inversión de interés turístico a nivel nacional; y prestar apoyo técnico especializado para la

~- _. eJecución de proyectos turísticos a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades públicas que lo requieran, suscribiendo para el efecto los convenios de cooperación interinstitucional que correspondan.

ACUERDO TERCERO - BASE LEGAL

• Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley N° 27790, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior

Turismo y su Reglamento. • Ley NO 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y el Desarrollo

Turístico Nacional. • Ley NO 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. • Ley NO 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. • Decreto Supremo NO 030-2004 MINCETUR que modifica la denominación del Proyecto Especial

COPESCO por la de Plan COPESCO Nacional. • Resolución Ministerial N° 432-2006-MINCETUR/DM, que aprueba el Manual de Operaciones del

COPESCO Nacional. • Resolución Ministerial NO 314-2011-MINCETUR/DM, que designa a la D1rectora EJecutiva del

COPESCO Naaonal. • Resolución Directora! N° 003-2011-EF/68.01, que aprueba la Directiva General del Sistema de

Inversión Pública.

ACUERDO CUARTO- OBJETO

El presente Conven1o tiene por objeto establecer los términos y condiciones de la cooperación interinstitucional entre LA MUNICIPALIDAD y COPESCO NACIONAL, para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública: ""Mejoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monumento Cuarto del Rescate de la Ciudad de Cajamarca, Provincia de Cajamarca -Cajamarca"- SNIP 38651.

de Comercio Exterior y Tunsmo

ACUERDO QUINTO - COMPROMISOS DE LAS PARTES

a.l De COPESCO Nacional.

Plan COPESCO Nacional

a) Monitorear el desarrollo de la elaboración del expediente técnico y ejecución de la obra del Acondicionamiento Turístico y Conservación del PROYECTO.

b) Otorgar conformidad a los expedientes técnicos de Acondicionamiento Turístico y Conservación del PROYECTO, previa a la aprobación del mismo por parte de LA MUNICIPALIDAD.

e) Recibir de LA MUNICIPALIDAD, los expedientes técnicos del Acondicionamiento Turístico y Conservación, con su respectiva Resolución de aprobación vigente tanto del Ministerio de Cultura como de LA MUNICIPALIDAD.

d) Rec1bir de LA MUNICIPALIDAD, la liquidación técnica y financiera de la obra eJecutada, con la debida documentación sustentatorla y la respeCtiva Resolución de aprobación emitida por LA MUNICIPALIDAD.

e) Participar del Acto de entrega del terreno mediante la suscripción del acta correspondiente. f) Participar en el Acto de Recepción de la obra del Acondicionamiento Turístico y Conservación. g) Diseñar las placas recordatorias de la obra del Acondicionamiento Turístico y Conservación del

PROYECTO. h) Otras que determinen las partes para concretar el objeto del presente Convenio.

a.2 De LA MUNICIPALIDAD

Remitir a COPESCO Nacional un original y una copia del estudio de pre mversión viable, un CD con la documentación en sus programas originales y el Informe de Viabilidad e Informe de Verificación, este último de corresponder, emitido por la OPI respectiva. Elaborar los expedientes técnicos del PROYECTO del Acondicionamiento Turístico y Conservación, en estricta sujeción al estudio de pre inversión.

e) Aprobar Jos expedientes técnicos del PROYECTO del AcondiCionamiento Turístico y Conservación, posterior a la conformidad de COPESCO NACIONAL Para el caso del Componente de Conservación, este deberá contar previamente con la aprobaCión del Mimsteno de Cultura.

d) Elaborar y registrar el Formato SNIP 15, referente al informe de consistencia de los estudios definitivos o expedientes técnicos detallados, posterior a la conformidad de los expedientes técnicos por COPESCO NACIONAL y Ministerio de Cultura y antes de la aprobación de los mismos, por parte de LA MUNICIPALIDAD.

e) Remitir a COPESCO NACIONAL copia de las Resoluciones de aprobación v1gente de los expedientes técnicos del Acondicionamiento Turístico y Conservación, emitidos por el Ministerio de Cultura y LA MUNICIPALIDAD

f) Remitir a COPESCO Nacional dos originales y una copia de los expedientes técn1cos debidamente foliados y firmados en cada una de sus páginas por los profesionales que lo han formulado y de la Gerencia o Jefatura de LA MUNICIPALIDAD que ha tenido a su cargo la revisión de los mismos, así como un CD con los expedientes técnicos en los programas originales y un CD con los expedientes técnicos debidamente firmado escaneado.

g) Tramitar y obtener los permisos, autorizaciones y factibilidades de servidos necesanas para la ejecución de las obras, gestionadas ante las instituciones competentes del área donde se ejecutarán las obras.

h) Destinar los recursos transferidos por COPESCO NACIONAL hasta por un monto de S/.553,695.54 (Quinientos cincuenta y tres mil seiscientos noventa y cinco y 54/100 Nuevos Soles), exclusivamente para la ejecución de la obra especificada en los Expedientes Técnicos del Acondicionamiento Turístico y Conservación del PROYECTO "Mejoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monumento Cuarto del Rescate de la Oudad de cajamarca, Provincia de Cajamarca - cajamarca", con estricta sujeción a las especificaciones . técnicas detallas en el mismo y la normatividad vigente.

i) Aportar los fondos necesanos para la ejecución de las obras, en caso de que el monto transferido mediante D.S N° 186-2006-EF, no fuese suficiente

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y Turismo

j) Ejecutar las obras del Acondicionamiento Turístico y Conservación del PROYECTO con los recursos transferidos por COPESCO NACIONAL y con recursos propios de LA MUNICIPALIDAD, en caso de que el monto transferido mediante O S N° 186-2006-EF, no fuese suficiente.

k) Ejecutar el Componente de Conservación del PROYECTO, prev1a conformidad y autorización del Ministerio de Cultura.

1) Contratar al Supervisor, Monitor y D1rector del Proyecto para la ejecudón de las obras del Acondicionamiento Turístico y Conservación, de corresponder, a fin de garantizar que la ejecución de los trabaJOS se realice de acuerdo a los expedientes técnicos aprobados.

m) Brindar las facilidades necesarias a COPESCO NACIONAL, durante la ejecución de las obras del Acondicionamiento Turístico y Conservación.

n) Colocar los carteles de las obras desde el inicio hasta la finalización de los trabajos, los mismos que deberán indicar el aporte económico transferido y el logo de COPESCO NACIONAL, para las acciones de difus1ón de la obra materia del presente convenio

o) Participar en la entrega del terreno de las obras mediante la suscripción de las actas correspondientes.

p) Conformar la Comisión de Recepción de las Obras. q) Planificar y organizar la inauguración de las obras ejecutadas del Acondicionamiento Turístico y

Conservac1ón, previa coordinación y aprobación de COPESCO NACIONAL. r) Transferir a nombre de la Regional del Ministerio de Cultura, inmediatamente concluido los

trabajos de Conservación, los equipos adquiridos que de detallan en el expediente técnico de Conservación.

s) Financiar y ejecutar el componente de capacitaciÓn y otros Intangibles, de acuerdo a lo especificado en el estudio de pre ~nversíón del PROYECTO.

t) Asegurar y provisionar los recursos financieros para la operación y el mantenimiento de las obras ejecutadas producto de este convenio; y, hacer llegar a COPESCO NACIONAL copia del presupuesto aprobado (reporte del Sistema Integrado de AdminiStración Financiera - SIAF donde se evidencie la espeáftca de gasto "operación y mantenimiento" con los recursos necesanos.

u) Atender los requerimientos de información solicitados por COPESCO NACIONAL, en lo que respecta el avance físico y financiero, modificaciones del expediente técnico, control de plazo de eJecución, valorizaciones de avance, entre otros, remitiendo la informac1ón debidamente sustentada.

v) Remitir a COPESCO NACIONAL un original de la 1íqu1dac1ón técnica y finanCiera de la obra ejecutada, así como un CD con la liquidación en los programas originales, con la debida documentación sustentatoria y de acuerdo a la normatividad vigente, así como la respect1va Resolución de aprobación emitida por LA MUNICIPALIDAD.

w) Presentar a COPESCO NACIONAL, una vez vencido el plazo de ejecución del convenio, un informe detallado que deberá contener los resultados de su ejecución, el destino de los recursos y las entidades públicas, sí las hubiese, que hayan recibido estos como consecuencia de dicha ejecución.

x) Otras que determinen las partes para concretar los objetivos del presente Conven1o.

ACUERDO SEXTO - DE LA COORDINACION INTERINSTITUCIONAL

Las partes acuerdan que la coordinación interinstitucional para la ejecución del presente Convenio estará a cargo del Alcalde o su representante, en el caso de LA MUNICIPALIDAD, y del Director Ejecut1vo o su representante, en el caso de COPESCO NACIONAL, para lo cual llevarán a cabo reuniones de trabaJO en las oportunidades que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de los térmmos del Convemo y de los acuerdos tomados por éstos.

La designación de representantes deberá ser comunicada oportunamente, luego de la suscripción del presente Convenio. Cualquier reemplazo de la persona designada por una parte deberá ser comun1cado por escrito a la otra, en un plazo no mayor de OS días hábiles de producido el reemplazo.

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de Comercio Exterior y Turismo

Plan COPESCO Nacional

• '.no r'~ l • J:.~ '~~ ACUERDO SÉPTIMO- DE LA VIGENCIA Y RENOVACION ·/

El plazo de vigencia del presente Convenio es hasta la culminación del proyecto "Mejoramiento de la Infraestructura Actual y Conservación del Monumento Cuarto del Rescate de la Ciudad de Caja marca, Provincia de Cajamarca - Cajamarca" - SNIP 38651, contado a partir del día siguiente de su suscripción.

Este plazo podrá ser renovado mediante la suscripción del Adendum respect1vo, que se realizará por escrito y con el mismo nivel de aprobación del presente Convenio.

nn-''"'"""'YERDO OCTAVO - ASUNTOS NO PREVISTOS Y DISCREPANCIAS .,_ C'l

~ partes se comprometen a solucionar mediante el trato directo de las partes cualquier imprevisto o ~~---epancia, siguiendo las reglas de la buena fe y común intención de las mismas.

ACUERDO NOVENO - COMUNICACIONES

~:ml~ comunicación que deba ser cursada entre las partes, se entenderá validamente realizada en los 'lios consignados en la parte introductoria del presente Instrumento.

O DÉCIMO - RESOLUCIÓN DEL CONVENIO or incumplimiento injustificado de las partes de los términos del presente Convenio, para cuyo

efecto, la parte perjudicada, deberá requerir a la otra, para que en un plazo máximo de 15 días calendario cumpla con lo establecido en el Convenio, bajo apercibimiento de resolver el Convenio.

Por no cumplir con los plazos y entregables establecido por COPESCO NaCional para el desarrollo de los Estudios, Pre1nversión y Definitivo, lo que se comunicará de manera formal a los 10 días calendarios posteriores a la suscripción del presente.

Por acuerdo expreso de las partes.

ACUERDO DÉCIMO PRIMERO- DISPOSICIONES FINALES

a) Toda modificación de los términos u obligaciones contenidas en el presente Convenio deberá ser realizada por escrito y con el mismo nivel de aprobación.

b) El proyecto materia del presente convenio, se finanCia con los recursos de COPESCO NACIONAL provenientes del Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional - Ley N° 27889 y con los recursos que aporta LA MUNICIPALIDAD.