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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE PONTEVEDRA Ejercicios 2010-2011

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INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CÁMARA

OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y

NAVEGACIÓN DE PONTEVEDRA

Ejercicios 2010-2011

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Índice

Índice - 1

ÍNDICE

0. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................................................... 1 0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME ....................................................................................................................1 0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN .................................................................................................................4 0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME .............................................................................................................................................5 0.4 LIMITACIONES ..................................................................................................................................................................5

I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO .............................................................................................................. 7 I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES ..............................................................................................................................7 I.2 MARCO JURÍDICO .............................................................................................................................................................8 I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PONTEVEDRA ...............................................................................10

I.3.1 Presentación .............................................................................................................................................................10 I.3.2 Organización de la Cámara .......................................................................................................................................11

I.3.2.1 Órganos de Gobierno .........................................................................................................................................11

I.3.2.2 Órganos Consultivos ..........................................................................................................................................12

I.3.2.3 Estructura organizativa .......................................................................................................................................12

I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS ...............................................................................................13 I.5 FINANCIACIÓN ................................................................................................................................................................17

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ...................................................................................................................... 19 II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO ............................................................................................................................19 II.2 PERSONAL ......................................................................................................................................................................23 II.3 GASTOS DE VIAJES, ESTANCIAS Y DIETAS .......................................................................................................................33 II.4 CONTRATACIÓN .............................................................................................................................................................37 II.5 SUBVENCIONES RECIBIDAS ............................................................................................................................................46

II.5.1 Plan FOEXGA ...........................................................................................................................................................47 II.5.2 Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra ........................................................................................................54

II.6 AYUDAS CONCEDIDAS POR LA CÁMARA .......................................................................................................................60 II.7 TESORERÍA .....................................................................................................................................................................63 II.8 ACTIVIDADES Y FUNCIONES ...........................................................................................................................................74

III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA ........................................................................................................................... 82 III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS ............................................................................................................82 III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS ................................................................................................................86 III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE ......................................88 III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS .........................................................................................93

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ................................................................................................................ 97 IV.1 CONCLUSIONES ............................................................................................................................................................97 IV.2 RECOMENDACIONES ...................................................................................................................................................108

ANEXOS ..................................................................................................................................................................... 111

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Índice

Índice - 2

V. ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA ......................................................................... 143

VI. RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR

LA COCIN DE PONTEVEDRA....................................................................................................................................... 212

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Índice de Cuadros

Índice de cuadros - 1

INDICE DE CUADROS

Cuadro 1. Empresas integrantes del censo distribuidas por sectores ................................................................................................................... 10

Cuadro 2. Estado de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 ...................................................................................... 13

Cuadro 3. Estructura de ingresos de la COCIN de Pontevedra ............................................................................................................................ 18

Cuadro 4. Gastos de Personal según la liquidación, los libros mayores y la cuenta de PyG .................................................................................. 24

Cuadro 5. Gastos de personal realizados según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG ................................................................. 28

Cuadro 6. Grado de ejecución del presupuesto según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG ........................................................ 28

Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara distribuido por áreas y categorías ................................................................................................... 30

Cuadro 8. Categorías profesionales del personal al servicio de la Cámara .......................................................................................................... 31

Cuadro 9. Resumen de los conceptos retributivos .............................................................................................................................................. 32

Cuadro 10. Gastos de viajes, estancias y dietas ................................................................................................................................................. 33

Cuadro 11. Imputación presupuestaria de los gastos de viajes y dietas ............................................................................................................... 34

Cuadro 12. Resumen de los procedimientos de adjudicación de los contratos..................................................................................................... 38

Cuadro 13. Muestra de las operaciones con terceras personas ........................................................................................................................... 39

Cuadro 14. Gastos de publicidad de POMOVIL 2010 ......................................................................................................................................... 42

Cuadro 15. Facturas correspondientes a FERPALIA y POMOVIL 2010 y 2011 ..................................................................................................... 43

Cuadro 16. Facturas de gastos de representación 2009-2010 ............................................................................................................................ 45

Cuadro 17. Subvenciones públicas 2010 2011 .................................................................................................................................................. 46

Cuadro 18. Distribución de la financiación de los costes del Plan Foexga 2010-2011 ......................................................................................... 48

Cuadro 19. Muestra de las actuaciones del Plan Foexga 2010-2011 .................................................................................................................. 49

Cuadro 20. Detalle de la financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento de Pontevedra ....................................................................... 54

Cuadro 21. Financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento atendiendo al gasto rectificado ................................................................. 55

Cuadro 22. Ejecución y distribución de la financiación de PONTUS VETERIS 2011 .............................................................................................. 59

Cuadro 23. Saldos de la tesorería a 31 de diciembre de 2010-2011 ................................................................................................................... 63

Cuadro 24. Discrepancias entre la información contable y el informe del programa de recaudación .................................................................... 67

Cuadro 25. Existencias en las entidades financieras a 31 de diciembre 2010 y 2011 .......................................................................................... 71

Cuadro 26. Conciliación de saldos contables y bancarios ................................................................................................................................... 73

Cuadro 27. Conciliación de las diferencias de los saldos contables y bancarios de las cuentas 57200012 y 57200013 ........................................ 74

Cuadro 28. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2010 ........................................................................................................... 76

Cuadro 29. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2011 ........................................................................................................... 77

Cuadro 30. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos ...................................................................................................................... 82

Cuadro 31. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011 ................................................................................... 83

Cuadro 32. Ejecución del Capítulo 01. Recursos permanentes 2010-2011. ........................................................................................................ 83

Cuadro 33. Ejecución del Capítulo 02. Recursos no permanentes 2010-2011 ..................................................................................................... 84

Cuadro 34. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011 ......................................................................................... 86

Cuadro 35. Representatividad de los capítulos de gastos según la liquidación aprobada y la liquidación ajustada ............................................... 87

Cuadro 36. Importancia del RCP sobre los ingresos totales de la Cámara Euros ................................................. 88

Cuadro 37. Evolución de la emisión de recibos correspondientes al RCP. Ejercicios 2010-2012........................................................................... 89

Cuadro 38. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012 ..................................................................................................................... 89

Cuadro 39. Resumen por epígrafes del capítulo 02. Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012 ................................................................. 90

Cuadro 40. Resumen de la ejecución de los ingresos por prestación de servicios ................................................................................................ 90

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Índice de Cuadros

Índice de cuadros - 2

Cuadro 41. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012 .................................................................................................................................. 94

Cuadro 42. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012 ................................................................................................................... 95

Cuadro 43. Evolución del ratio de garantía 2009-2012 ...................................................................................................................................... 95

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Índice de Anexos

Índice de anexos - 1

ANEXOS

Anexo I. Demarcación Territorial de las Cámaras Gallegas ............................................................................................................................... 113

Anexo II. Liquidación Presupuestaria, Balance y Cuenta de PyG de 2010 y 2011 .............................................................................................. 114

Anexo III. Diferencias de los saldos a 31.12.2010 en el Balance de Situación y la Cuenta PyG .......................................................................... 117

Anexo IV. Diferencias entre las operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 y los registros contables .......................................................... 119

Anexo V. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2010......................................................... 120

Anexo VI. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2011 ........................................................ 121

Anexo VII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara .............................................................................................. 122

Anexo VIII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del personal al servicio de la Cámara ................................................................................ 123

Anexo IX. Gastos de dietas del personal de la Cámara sin justificar .................................................................................................................. 124

Anexo X. Subvenciones recibidas de los años 2010 y 2011 .............................................................................................................................. 125

Anexo XI. Descripción de las actuaciones incluidas en el Plan FOEXGA 2010-2011 .......................................................................................... 126

Anexo XII. Actuaciones de la Cámara de Pontevedra incluidas en el Plan FOEXGA. 2010-2011 ........................................................................ 127

Anexo XIII. Gastos no elegibles según la cláusula 4ª del convenio de colaboración del Plan Foexga .................................................................. 129

Anexo XIV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2010 ............................ 130

Anexo XV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2011 ............................. 131

Anexo XVI. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa a Venezuela y República Dominicana. Año 2011 ....................................... 132

Anexo XVII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de los eventos POMOVIL y FERPALIA del año 2010 ...... 133

Anexo XVIII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de FERPALIA del año 2011 .......................................... 134

Anexo XIX. Ayudas concedidas en los años 2010 y 2011 ................................................................................................................................. 135

Anexo XX. Muestra de las ayudas concedidas en los años 2010 y 2011 ........................................................................................................... 136

Anexo XXI. Información referida a los movimientos registrados en la subcuenta 57000000 “CAIXA” ............................................................... 137

Anexo XXII. Funciones de carácter público-administrativas de las cámaras agrupadas por áreas. ...................................................................... 140

Anexo XXIII. Detalle por conceptos y tramos de cuotas de la emisión de los recibos del RCP correspondiente a los ejercicios 2010, 2011 y

2012. ............................................................................................................................................................................................................. 142

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Índice de Abreviaturas

Índice de abreviaturas - 1

ABREVIATURAS

APE Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia

CGC Consello Galego de Cámaras

COCINs Cámaras de Comercio, Industria y Navegación

CSC Consejo Superior de Cámaras

DXC Dirección Xeral de Comercio

FCI Fondo de Compensación Interterritorial

FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Foexga Fomento de las Exportaciones Gallegas

ICEX Instituto Español de Comercio Exterior

LBC Ley 3/1993, de 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación

LCSP Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

LGC Ley 5/2004, de 8 de julio, de COCINs de Galicia

PyG Pérdidas y ganancias

Pemes Pequeñas y Medianas Empresas

PIPE Plan de Iniciación a la Promoción Exterior

RCP Recurso Cameral Permanente

RD Real Decreto

TRLAC Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas

TRLCSP Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la LCSP

TRLRFOG Texto Refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

1

0. INTRODUCCIÓN

El Pleno del Consello de Contas, en la sesión celebrada el 23 de diciembre de 2011, incluyó en el

Plan anual de Trabajo para el 2012 la realización de un informe de fiscalización específico sobre

las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.

Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación (en adelante COCINs), están incluidas en el

ámbito de actuación del Consello de Contas de Galicia, según la Ley 6/1985, de 24 de junio

(artículo 2 d).

La iniciativa de la fiscalización responde a la recomendación formulada por la Comisión

Permanente no Legislativa para las Relaciones con el Consello de Contas del Parlamento de

Galicia, en la sesión de 19 de octubre de 2011, a cuyo tenor el Parlamento de Galicia insta al

Consello de Contas para que realice un informe de fiscalización específico sobre las cámaras de

comercio gallegas y su viabilidad tras la supresión de la cuota cameral obligatoria.

0.1 CONTEXTO DE ELABORACIÓN DEL INFORME

La propuesta de la fiscalización está motivada por los cambios introducidos en el modelo cameral

con la promulgación del Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el

ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo (BOE

núm. 293 de 3.12.2010).

Esta reforma normativa introdujo modificaciones que afectaron al funcionamiento y al régimen

económico de las cámaras de comercio. Destacan fundamentalmente las siguientes:

1. El cambio en el modelo de adscripción de las empresas a las cámaras de comercio

Se abandona el modelo continental de adscripción forzosa a las cámaras y se establece la

adhesión voluntaria de las empresas que manifiesten la intención de ser miembros de la cámara.

Así, la reforma asume el modelo anglosajón, en los términos establecidos en la nueva redacción

del artículo 6 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo 1 (modificado por la Ley 2/2011, de 4 de marzo,

de Economía Sostenible (disposición final 47.2) que varía su rúbrica introduciendo la distinción

1

1. Podrán ser miembros de las COCINs las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el

territorio nacional. Los miembros tendrán la condición de electores de las COCINs, dentro de cuya circunscripción cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias. Sin perjuicio del anterior, formarán parte del censo público de empresas que elaboren las COCINs de acuerdo con el artículo 2.1 h), las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en el territorio nacional, sin que de ello deriven obligaciones o derechos. 2. En especial, se considerarán actividades incluidas en el apartado anterior, las ejercidas por cuenta propia, en comisión o agencia, en el sector extractivo, industrial, de la construcción, comercial, de los servicios, singularmente de hostelería, transporte, comunicaciones, ahorro, financieros, seguros, alquileres, espectáculos, juegos, actividades artísticas, así como los relativos a gestoría, intermediación, representación o consignación en el comercio, tasaciones y liquidaciones de todas clases, y los correspondientes a agencias inmobiliarias, de la propiedad industrial, de valores negociables, de seguros y de créditos. En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de Agentes y Corredores de Seguros que sean personas físicas así como los correspondientes a profesiones liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior. 3. Se entenderá que una persona natural o jurídica ejerce una actividad comercial, industrial o naviera cuando por esta razón quede sujeta al Impuesto de Actividades Económicas o tributo que lo sustituya.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

2

entre la pertenencia a las cámaras y al censo público de empresas).

2. La eliminación de la principal fuente de financiación de estas entidades, el

Recurso Cameral Permanente (RCP)

El Real Decreto-Ley 13/2010 eliminó el RCP 2, según motiva la exposición de motivos, debido a

que en el contexto de dificultades financieras del sector productivo y de incertidumbre sobre la

fortaleza y ritmo de recuperación, se hace necesario eliminar aquellas cargas económicas que

recaen sobre las empresas de forma directa.

Como alternativa de financiación introduce la cuota cameral en los términos establecidos en el

artículo 13 de la Ley a cuyo tenor:

1. Están obligados al pago de la cuota cameral quienes ejerzan las actividades del comercio, la

industria o la navegación a que se refiere el artículo 6 y decidan libremente pertenecer a una

COCIN.

2. El importe y devengo de la cuota cameral se determinará por el Consello Superior de Cámaras

(CSC).

La promulgación del Real Decreto estableció el año 2010 como el último año de devengo de esta

exacción en los siguientes términos previstos en la disposición transitoria primera:

Las exacciones que constituyen el Recurso Cameral Permanente que aún no habían sido exigibles

a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley cuyo devengo se hubiera producido

o vaya a producirse durante 2010 no serán ya exigibles. Sin embargo, cuando se trate de

entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuyo importe neto de cifra de negocios había

sido igual o superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior, las

exacciones que aún no habían sido exigibles a la fecha de entrada en vigor del presente Real

Decreto-Ley lo serán de acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor siempre que su devengo

se haya producido o vaya a producirse en 2010. En ningún caso originarán derecho a la

devolución las exacciones devengadas, exigibles e ingresadas en el 2010.

De acuerdo con el régimen transitorio establecido en dicha disposición, los ingresos procedentes

del RCP no desaparecen de los presupuestos de las Cámaras hasta el año 2013. Por lo tanto, las

cuentas de los ejercicios fiscalizados (2010 y 2011) todavía no reflejan el impacto derivado de la

2 El RCP se configuró por la Ley 3/1993, del 22 de marzo como una exacción parafiscal. Era un ingreso de derecho público, constituido por las

exacciones correspondientes a un porcentaje de la cuota tributaria sobre los siguientes impuestos: - 2% que se gira sobre cada una de las cuotas municipales, provinciales o nacionales del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) - 0,15% de los rendimientos de determinadas actividades empresariales y profesionales (las indicadas en el artículo 6 de la Ley 3/1993) sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Una exacción variable entre el 0,01 y el 0,75% sobre la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades en función del importe de ésta.

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3

eliminación de estos ingresos. Esto es debido a que las tareas de gestión para la liquidación y

recaudación del RCP se realizan con posterioridad a la fecha de devengo, ya que la emisión y

generación de los recibos para la puesta al cobro del RCP se basa en la información facilitada por

la Agencia Estatal de Administración Tributaria que no la proporciona antes del ejercicio

siguiente al cobro o declaración del impuesto sobre el que recae la exacción3.

Los trabajos de fiscalización se iniciaron en un contexto de incertidumbre sobre el futuro de las

cámaras. Las medidas de reestructuración y adaptación de las cámaras gallegas al nuevo modelo

cameral dependen, en buena medida, de una serie de actuaciones que a la fecha de redacción de

este informe aún estaban pendientes de resolver.

Entre las medidas que condicionan el futuro de las cámaras y las alternativas de financiación, es

preciso destacar, entre otras, las siguientes:

- La aprobación de la Ley 4/2014, de 1 de abril que influirá en la configuración, atribuciones y

financiación de las Cámaras. La ley recupera el modelo continental de adscripción, establece el

principio general de pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive

obligación económica, procediéndose a la adscripción de oficio. Suprime la cuota cameral y

establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los servicios que presten las

Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades. (*)

- La adaptación del modelo cameral gallego deberá ajustarse al contexto propiciado por la nueva

Ley. En este sentido, es necesario mencionar que el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y

Administrativas que acompaña el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad

para el año 2015 introduce modificaciones en la Ley 5/2004, de 8 de julio de COCINs de Galicia

a los efectos de dar cumplimiento al mandato de adaptar la normativa gallega a la nueva

regulación básica estatal (Disposición Transitoria primera de la Ley 4/2014). (*)

Dicho proyecto reproduce la exigencia de la Ley estatal de mantener una Cámara por provincia,

aunque permite que las funciones y servicios de una Cámara puedan ser asumidas por cualquiera

de las restantes de la Comunidad Autónoma de Galicia. (*)

3 En los ejercicios fiscalizados los recibos del RCP puestos al cobro fueron los siguientes:

En el año 2010 corresponden a la emisión de IAE del ejercicio fiscal 2009 y a la emisión del Impuesto sobre Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2008.

En el año 2011, los recibos emitidos se generaron sobre el censo del IAE del 2010 y de Sociedades e IRPF del ejercicio fiscal 2009.

En el año 2012, se produce la puesta al cobro de la exacción correspondiente al Impuesto sobre Sociedades devengado en el año 2010 respecto a las entidades sujetas a este impuesto cuyo importe neto de cifra de negocios había sido igual o superior a diez millones de euros, en el ejercicio inmediatamente anterior. (*) Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.

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0.2 OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN

Las actuaciones fiscalizadoras se orientaron a la consecución de los siguientes objetivos:

Control formal de la rendición de las cuentas anuales, comprobando su adecuada formalización

y presentación.

Comprobar si la información financiera se presenta adecuadamente de conformidad con los

principios contables que le resultan aplicables.

Analizar si la actividad económico-financiera y la gestión de los fondos públicos realizada se

ajustó a la normativa vigente.

Fiscalizar el destino dado a las cantidades procedentes de los rendimientos del Recurso

Cameral Permanente.

Analizar las principales magnitudes económico-financieras y el impacto actual y futuro de las

medidas aprobadas mediante Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre de actuaciones en el

ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y el empleo.

Analizar la viabilidad de la Cámara tras la supresión de los ingresos procedentes del Recurso

Cameral Permanente.

Realizar un análisis del modelo actual de organización y funcionamiento a la luz del nuevo

marco legal, evaluando la eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus labores.

Desde el punto de vista temporal, la fiscalización se circunscribe a la actividad económica

desarrollada por la Cámara de Pontevedra en los ejercicios 2010 y 2011. Sin embargo, se

extendió la actuación a aquellos antecedentes o hechos posteriores que permitan la consecución

de los objetivos previstos, en particular aquellos datos económicos que permitan evaluar el

impacto de la supresión del Recurso Cameral Permanente.

Durante el transcurso de la fiscalización, se recibió en el Consello de Contas (Registro de entrada

núm.159, de 5.02.2013) un escrito de la Subdirección Xeral de Comercio que trasladaba la

denuncia presentada ante la Consellería de Economía e Industria por 5 empleados de la COCIN

de Pontevedra. Exponen de forma genérica determinados hechos, sin aportar datos concretos,

que indican una gestión irregular de los fondos de la Cámara que afectarían, en particular, a las

ayudas percibidas de la Consellería de Economía e Industria. Por este motivo, con fecha

6.03.2013 (registro de salida núm.141) se trasladó el escrito de denuncia a la Intervención

General de la Consellería de Facenda, en su calidad de órgano competente para ejercitar el

control financiero de las subvenciones.

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5

Por otra parte, en el apartado 5 del escrito relatan irregularidades que afectan al control y

manejo de la caja de efectivo. Por esto, las comprobaciones del área de tesorería se extendieron

a la verificación de documentación correspondiente al año 2012 e incluso al año 2013.

0.3 ESTRUCTURA DEL INFORME

El informe se estructura en 4 partes:

- En la primera parte se presenta la entidad fiscalizada ofreciendo una información general

relativa a la organización, marco jurídico, rendición de las cuentas y financiación de la Cámara.

- En la segunda parte se ofrecen los resultados de la fiscalización derivados de las

comprobaciones de legalidad que se realizaron sobre determinadas áreas de gestión y se efectúa

un análisis de las funciones desarrolladas por las COCINs.

- En la tercera parte se analiza la información económica obtenida de la liquidación del

presupuesto de gastos e ingresos y se ofrecen una serie de indicadores referidos a la situación

financiera de la entidad con la finalidad de valorar su viabilidad tras la supresión del RCP.

- En la cuarta parte se presentan las conclusiones y las recomendaciones que se formulan.

0.4 LIMITACIONES

En la realización de los trabajos de fiscalización se observaron determinadas circunstancias que

limitaron la consecución de los objetivos de la fiscalización -supuestos a), b) y c)- o bien

condicionaron las garantías de integridad y fiabilidad de la información analizada. Son las

siguientes:

a) La inexistencia de objetivos e indicadores impidieron evaluar la eficacia y eficiencia en el

desarrollo de la actividad de la Cámara.

b) La Cámara no dispone de información que permita efectuar un seguimiento de las cantidades

procedentes del RCP. Esta circunstancia impidió la comprobación del cumplimiento de la

obligación de afectación establecida en el artículo 16 de la Ley Estatal de Cámaras.

c) El pronunciamiento sobre la viabilidad futura de la Cámara se vio limitado por el contexto de

incertidumbre existente en la fecha de redacción de este informe. La falta de concreción de las

alternativas de financiación con que contarán las Cámaras así como el hecho de que aún no se

haya finalizado el proceso de adaptación al nuevo contexto financiero, condicionaron la

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

6

valoración de su viabilidad. Sin embargo, se analizaron una serie de ratios e indicadores

económicos para hacer un diagnóstico de su situación financiera y su capacidad de supervivencia

con la supresión del RCP.

d) A pesar de que fue solicitada a la Secretaria, no se aportó la relación certificada de las cuentas

bancarias con las que opera la Cámara. La entidad Novagalicia Banco no comunicó los saldos de

las cuentas bancarias a 31.12.2010. La ausencia de esta información impidió verificar la

coincidencia de los saldos contables y bancarios de esta entidad, lo que representó una

limitación en el análisis de la representatividad de las cuentas de tesorería.

e) El programa informático de contabilidad no garantiza la inalterabilidad de la información ya

que permite introducir modificaciones en cualquier momento e incluso una vez realizado el cierre

del ejercicio.

f) Los datos utilizados para el cálculo de los ratios económico-financieros se tomaron de las

cuentas anuales auditadas respecto de las que no se emitieron salvedades por el profesional

externo. Sin embargo, es preciso destacar que, si bien la fiscalización realizada no alcanzó a la

auditoría financiera de las cuentas, deben ser tomadas en consideración las observaciones

puestas de manifiesto respecto a la contabilidad de la entidad.

g) Se observaron deficiencias en la organización de los expedientes y documentos de la Cámara

que cuestionan las garantías de integridad y exactitud de la información facilitada.

La documentación que integra los expedientes no incorpora un índice de documentos ni está

numerada.

Gran parte de las facturas y documentos aportados no tienen el sello de entrada y salida de la

Cámara o no incorporan el número de registro. En algún supuesto tampoco consta el sello de la

entidad destinataria de la documentación. Este hecho no permite determinar las fechas de

remisión y recepción efectiva de la documentación.

Las instrucciones de contratación y los pliegos de contratación analizados no contienen fecha,

firma ni queda garantizado que su contenido es el que aprobó el órgano competente.

La documentación referida a la organización de los eventos feriales (POMÓVIL y FERPALIA) no

se aportó íntegramente de una sola vez sino que se hicieron distintas entregas en momentos

diferentes de la fiscalización y se pusieron de manifiesto contradicciones entre algunos de los

documentos facilitados, tal como se expone en el análisis de las áreas de contratación y

subvenciones.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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I. CARACTERÍSTICAS DEL ENTE FISCALIZADO

I.1 NATURALEZA JURÍDICA Y FUNCIONES

Las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación son corporaciones de derecho público, con

personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Se

configuran como órganos consultivos y de colaboración con las administraciones públicas; y

tienen por finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del

comercio, la industria y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que

ejerzan las indicadas actividades en su demarcación.

Las funciones que la Ley Gallega de Cámaras atribuye a estas corporaciones son las siguientes:

a) La prestación de servicios de información, formación, asesoramiento y asistencia técnica a su

electorado.

b) Las funciones de carácter público-administrativo legalmente atribuidas.

c) La gestión de servicios públicos o la realización de funciones que les encomienden o deleguen

las administraciones públicas en la forma prevista en las leyes.

Las funciones de carácter público-administrativos se relacionan en el artículo 2 de la Ley Estatal

3/1993, de 22 de marzo y en el artículo 4.2 de la Ley Gallega 5/2004, de 8 de julio. En el anexo

XXII se enumeran dichas funciones que, en síntesis, se pueden agrupar en las siguientes:

1. Promoción del comercio exterior.

2. Prestación de servicios y asistencia a las empresas.

3. Formación.

4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas.

5. Funciones censales y estadísticas.

Es preciso mencionar las nuevas atribuciones asignadas a las cámaras por las siguientes normas

que modificaron el artículo 2 de la Ley Estatal de Cámaras:

- La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible establece que las cámaras podrán

recibir encomiendas para la gestión y prestación de servicios a las empresas.

- La Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles que incluye entre

las funciones de las cámaras, junto a la de arbitraje, la de impulsar y desarrollar la mediación

permitiendo así su actuación como instituciones de mediación.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

8

En el epígrafe II.8 se realiza un análisis de las funciones desarrolladas por la COCIN de

Pontevedra a partir de la información proporcionada por la propia Cámara y de los datos

analizados en el curso de la fiscalización.

I.2 MARCO JURÍDICO

El marco jurídico aplicable a la COCIN de Pontevedra está integrado por tres bloques normativos:

la legislación estatal básica, la normativa autonómica y las disposiciones aprobadas por la propia

Cámara.

A continuación se relacionan las principales normas que constituyen el marco regulador de las

actuaciones que fueron objeto de fiscalización.

Normativa estatal

- Ley 3/1993, de 22 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación (LBC).

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

- Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LEES).

- Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, modificada por la Ley 12/2010, del 30 de

junio y por el Real Decreto Legislativo 1/2011, del 1 de julio (LAC).

- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la

LCSP (TRLCSP)

- Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y

liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

- Real Decreto Ley 5/2012, de 5 de marzo, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

- Real Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, que aprueba el Reglamento General de Cámaras

Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, modificado por el RD 753/1978, de 27 de marzo y

por el RD 816/1990, de 22 de junio.

- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de

Contabilidad.

- Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula las

obligaciones de facturación y modifica el Reglamento del IVA (modificado por el RD 1619/2012,

de 30 de noviembre ).

- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, aprueba el Reglamento General de las Actuaciones y

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los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de

los Procedimientos de Aplicación de los Tributos.

- Orden del 30 de enero de1981, del Ministerio de Economía y Comercio sobre Régimen de

Contabilidad de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

- Orden del 10 de diciembre de 1998, del Ministerio de Economía y Comercio sobre la ejecución

del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.

Normativa autonómica

- Ley 5/2004, de 8 de julio, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia

(LGC)

- Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de Comercio Interior de Galicia.

- Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia (LSG).

- Decreto 324/2009, de 11 de junio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la

Consellería de Economía e Industria.

- Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen

Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia.

Normativa municipal

- Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra y sus

organismos autónomos (BOP nº 190, 30.09.2004).

Normativa propia de la Cámara

Según los datos disponibles, en ejercicio de su potestad de autoorganización, la COCIN de

Pontevedra aprobó la siguiente normativa:

- El Reglamento de Régimen Interior que regula el funcionamiento de la Cámara (aprobado por el

Pleno de la Cámara el 14.07.2005 y modificado en las sesiones plenarias de 24.10.2005,

14.02.2006 y 24.05.2010). No consta la adaptación al nuevo marco jurídico derivado de la

promulgación del Real Decreto-Ley 13/2010, incumpliéndose la exigencia de adecuación en el

plazo de un año que finalizaba el 3 de diciembre de 2011.

- Las Instrucciones de contratación para la adjudicación de contratos que no estén sujetos a

regulación armonizada.

- El Reglamento de régimen interior del vivero de empresas.

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I.3 LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PONTEVEDRA

I.3.1 Presentación

La COCIN de Pontevedra fue constituida en el año 1900. Tiene su sede en la ciudad de

Pontevedra y su ámbito de actuación abarca 25 municipios de la provincia: Arbo, Bueu, Cangas,

A Cañiza, Cotobade, O Covelo, Crecente, Dozón, Fornelos de Montes, A Golada, Lalín, A Lama,

Marín, Moaña, Mos, Pazos de Borbén, Poio, Pontecaldelas, Redondela, Rodeiro, Silleda,

Soutomaior, Vilaboa, Vila de Cruces y Pontevedra. En el Anexo I se incluye un mapa con la

delimitación de las demarcaciones camerales gallegas.

El Reglamento de régimen interior establece que para el mejor cumplimiento de sus fines y para

la mejor prestación de sus servicios, podrá establecer delegaciones y/u oficinas en otras

localidades distintas a las de su domicilio corporativo, además de las que ya dispone en la

actualidad, sitas en los municipios de Cangas y Lalín. Según la información facilitada por la

Secretaria, en los años 2010 y 2011 estas delegaciones no estaban en funcionamiento.

El número de empresas que integran el censo de la demarcación cameral asciende a 22.805 en el

año 2010 y 22.667 en el año 2011. En el siguiente cuadro se ofrece la información

proporcionada por la Cámara sobre la distribución de las empresas por sectores.

Cuadro 1. Empresas integrantes del censo distribuidas por sectores

GRUPO SECTOR 2010 2011

01 Industria 1.799 1.740

02 Construcción 3.590 3.446

03 Comercio Mayor 1.515 1.511

04 Comercio Menor 5.617 5.525

05 Restauración, Hostelería 2.002 1.990

06 Transportes 1.354 1.307

07 Servicios y Profesionales 6.423 6.627

08 Sector Primario 505 521

TOTAL 22.805 22.667

Fuente: Elaboración propia siguiendo la clasificación por sectores facilitada por la Cámara que no se ajusta a la clasificación del CNAE ni del IAE.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

11

En el siguiente gráfico se ofrece la importancia relativa de cada sector sobre el número total de

empresas incluidas en el censo del año 2011:

I.3.2 Organización de la Cámara

I.3.2.1 Órganos de Gobierno

De conformidad con lo establecido en el marco legal y en el Reglamento de Régimen Interior

aprobado por la COCIN de Pontevedra, los órganos de gobierno de la Cámara son el Pleno, el

Comité Ejecutivo y la Presidencia.

Pleno, es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara, determina su política

y elige el Comité Ejecutivo, el Presidente y hasta un máximo de cinco Vocales Cooperadores. Está

formado por 29 miembros, elegidos cada cuatro años, con la siguiente composición:

- 25 vocales elegidos entre todo el electorado de la Cámara, clasificado en grupos y categorías,

en atención a la importancia económica.

- 4 elegidos por los miembros del Pleno señalados anteriormente, entre personas de reconocido

prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara, propuestos por las

Organizaciones Empresariales.

Comité Ejecutivo, es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la

Cámara. Sus miembros son elegidos por el Pleno de entre sus vocales con derecho a voto y por

un mandato de cuatro años. Está compuesto por 11 miembros: un presidente, un vicepresidente

primero, un vicepresidente segundo, un tesorero, seis vocales y la secretaria general.

La Presidencia, ostenta la representación de la Cámara, ejerce la presidencia de todos los

órganos colegiados y será responsable de la ejecución de sus acuerdos.

Industria 8%

Construcción 15%

Comercio Mayor 7%

Comercio Menor 24%

Restauración Hostelería9%

Transportes 6%

Servicios y Profesionales

29%

Sector Primario 2%

REPRESENTATIVIDAD DE LOS DISTINTOS SECTORES ECONÓMICOS (2011)

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

12

I.3.2.2 Órganos Consultivos

Junto a los órganos de gobierno la Cámara de Pontevedra dispone de los siguientes órganos

consultivos:

Vocales cooperadores: el Pleno, a propuesta del Comité Ejecutivo, podrá elegir un máximo de 5

vocales que por su reconocido prestigio en materias relacionadas con el comercio y la industria,

pueden colaborar e ilustrarlo en el estudio y resolución de problemas así como en el

cumplimiento de sus funciones. En el año 2010 se nombran un total de cinco vocales

cooperadores.

Comisiones Consultivas, se pueden constituir con carácter permanente para el estudio de

problemas sectoriales o bien pueden constituirse grupos de trabajo para estudiar un problema

determinado en cuyo caso se disolverán cuando emitan el informe correspondiente. La Cámara

cuenta con comisiones consultivas de calidad y medio ambiente, de comercio exterior, de

formación, de turismo, de comercio interior, de infraestructuras y transporte, de innovación e

industria y de ferias.

Además de los citados órganos, la Cámara cuenta con una Secretaría General que es un cargo

con voz y sin voto, que tiene atribuidas las funciones de velar por la legalidad de los acuerdos de

los órganos de gobierno, ejercer la jefatura del personal y la dirección de todos los servicios.

Existe además una Vicesecretaría General que colabora con la Secretaría General y la

sustituye en los casos de ausencia temporal, vacante, enfermedad o delegación.

I.3.2.3 Estructura organizativa

La Cámara de Pontevedra se estructura en seis departamentos o áreas funcionales dependientes

de la Secretaría General que responde al siguiente esquema:

Este organigrama figura en un documento que fue elaborado para realizar una presentación de

la Cámara en el año 2012 pero no está aprobado por los órganos de gobierno. En los ejercicios

fiscalizados, la Cámara no disponía de ningún documento en el que se definan y asignen

funciones a cada uno de los departamentos.

Secretaría

General

Dept. Comercio Interior y Ferias

Dept. Formación Dept. Innovación y Nuevas Tecnologías

Dept. Internacionalización

Dept. Creación de Empresas

Dept. Servicios Varios

Vicesecretaría

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I.4 PRESUPUESTO, LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

La COCIN de Pontevedra aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con

unas previsiones de 1.554.000,00 y 1.528.000,00 euros, respectivamente.

En el siguiente cuadro se detallan las previsiones iniciales de ingresos y gastos y la importancia

de cada capítulo sobre el importe total presupuestado:

Cuadro 2. Estado de gastos e ingresos de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011

CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA

INGRESOS (CAPÍTULO)

2010 2011

PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %

1 - Recursos permanentes 899.000,00 57,9 852.000,00 55,8

2 - Recursos no permanentes 655.000,00 42,1 676.000,00 44,2

TOTAL INGRESOS 1.554.000,00 100,00 1.528.000,00 100,00

GASTOS (CAPÍTULO) 2010 2011

PRESUPUESTADO % PRESUPUESTADO %

3 - Personal 363.000,00 23,4 365.000,00 23,89

4 - Gastos de local 48.000,00 3,1 42.000,00 2,75

5 - Gastos de material 26.000,00 1,7 23.000,00 1,51

6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 3,3 43.000,00 2,81

7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 1,3 14.000,00 0,92

8 - Viajes y estancias 7.000,00 0,5 7.000,00 0,46

9 - Formación 158.000,00 10,2 136.000,00 8,90

10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 48,4 788.000,00 51,57

11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 3,2 40.000,00 2,62

12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 0,8 16.000,00 1,05

13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 3,5 40.000,00 2,62

14 - Impuestos 6.000,00 0,4 7.000,00 0,46

15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 0,1 1.000,00 0,07

16 - Imprevistos 5.000,00 0,3 6.000,00 0,39

TOTAL GASTOS 1.554.000,00 100,00 1.528.000,00 100,00

Fuente: Elaboración propia con los datos de los presupuestos de 2010 y 2011

Los requisitos de elaboración y aprobación de los presupuestos, se recogen en los artículos 23.1

de la Ley 3/1993, de 22 de marzo y 44 y 46 de la Ley 5/2004, de 8 de julio de Cámaras de

Galicia.

De conformidad con dichos artículos, las cámaras elaborarán sus presupuestos ordinarios y

extraordinarios ordenados por capítulos, artículos, conceptos y partidas.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

14

Deberán formalizarse presupuestos extraordinarios para la realización de obras y servicios no

previstos en el presupuesto ordinario del ejercicio, y para aquellos gastos, servicios y obras que

se realicen con carácter no habitual.

Los plenos de las cámaras, sobre la base de la propuesta elaborada por el Comité Ejecutivo,

aprobarán el proyecto de presupuesto ordinario para el año siguiente, antes del 1 de noviembre.

Los presupuestos deberán ser presentados al órgano tutelar para su aprobación definitiva

aportando la siguiente documentación:

a. Memoria explicativa del presupuesto.

b. Programa de actuación e inversiones previstas.

c. Programa de financiación y de sus actuaciones.

d. Estado de ejecución de los presupuestos vigentes.

e. Plantilla, especificando las categorías y retribuciones por todos los conceptos de cada

puesto de trabajo.

Se entenderán aprobados definitivamente si, transcurridos dos meses desde su presentación al

órgano tutelar, este no hubiera manifestado formalmente ningún reparo.

La COCIN de Pontevedra aprobó los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 en las sesiones

plenarias celebradas el 29.10.2009 y el 28.10.2010. La tramitación respetó las exigencias

formales y temporales establecidas en la normativa. Fueron aprobados por el órgano tutelar

mediante sendas resoluciones de la Directora General de Comercio del 14.12.2009 y 1.12.2010.

Sin embargo, conviene destacar las siguientes incidencias:

- La Cámara no aprobó ningún presupuesto extraordinario, a pesar de que se constató la

existencia de gastos no habituales que requerirían su tramitación tales como los relacionados con

el proyecto Red Genera o con el proyecto del vivero de empresas.

- Si bien se cumplió formalmente con la obligación de acompañar los presupuestos de la

documentación requerida por la Ley de Cámaras, el contenido de los programas de actuaciones e

inversiones y de financiación y de sus actuaciones, no ofrece suficiente información; no incorpora

unas líneas de actuación, no describe objetivos ni cuantifica las actuaciones que se realizarán en

el ejercicio ni su financiación.

- La información de la plantilla aparece agrupada por categorías profesionales y no refleja los

conceptos retributivos de cada puesto de trabajo.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

15

- En las resoluciones de la Directora General de Comercio se advierte del incumplimiento por la

Cámara del artículo 56 de la Ley 5/2004, que establece que la contribución de cada cámara a los

ingresos permanentes del Consello Galego de Cámaras (CGC) no debe ser inferior al 3% del

rendimiento del Recurso Cameral Permanente que resulte de la última liquidación presupuestaria,

una vez deducidos los gastos de recaudación.

Según la información facilitada, esta advertencia responde a divergencias en el cálculo efectuado

por la Dirección Xeral de Comercio y las cámaras gallegas. Según certificó la secretaria, el cálculo

del 3% se efectúa, según el acuerdo alcanzado entre las cámaras de comercio gallegas, sobre la

recaudación efectiva del RCP aminorado por el 10% en concepto de gastos de recaudación más

la diferencia de las cuotas por sociedades pagadas y cobradas a terceras cámaras y una vez

deducida la cuota a pagar al Consejo Superior de Cámaras y la afectación al Plan Cameral de

Exportaciones.

Sin embargo, la COCIN de Pontevedra no aportó los datos que permitan verificar el cálculo

realizado.

Liquidación

La liquidación del presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011 fue aprobada por el Pleno

de la Cámara, junto con las cuentas anuales, en las sesiones del 31 de mayo de 2011 y 31 de

mayo de 2012.

Según el artículo 47 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, las cámaras elaborarán y aprobarán las

cuentas anuales y las liquidaciones de los presupuestos de su corporación, que contendrán los

siguientes documentos:

a) Memoria económica.

b) Liquidación anual del presupuesto ordinario, así como de los presupuestos extraordinarios ya

ejecutados, y estado de ejecución de los presupuestos extraordinarios en curso de realización.

c) Balance de situación anual y cuenta de pérdidas y ganancias que reflejen la situación

patrimonial y financiera de la corporación.

El Comité Ejecutivo deberá formular las cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses desde

el cierre del ejercicio. Dichas cuentas serán sometidas a un informe de auditoría, presentándose,

junto con la liquidación del presupuesto ordinario del ejercicio cerrado, antes del 31 de mayo, al

Pleno de la Cámara para la adopción del acuerdo que proceda. El Pleno deberá pronunciarse

antes del 30 de junio.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

16

Las cuentas anuales, el informe de auditoría, la liquidación del presupuesto ordinario y el

certificado del contenido del acuerdo del Pleno se remitirán en un plazo máximo de diez días al

órgano tutelar para su aprobación definitiva que se entenderá concedida si no media ninguna

objeción en el plazo de tres meses a partir de su recepción.

La COCIN de Pontevedra aprobó las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto ordinario

de 2010 y 2011 en el plazo establecido legalmente. La remisión al órgano tutelar de la

documentación del ejercicio 2010 se realizó en el plazo establecido, sin embargo, en el ejercicio

2011 se remitió fuera de plazo el certificado del acuerdo plenario de aprobacióna.1.

El informe del servicio técnico emitido por la Dirección General de Comercio, referido a la

liquidación de los presupuestos de los dos ejercicios, destaca los siguientes incumplimientos:

- La COCIN de Pontevedra incumple el artículo 41 de la LGC, que establece la obligación de dar

cuenta al órgano tutelar del número y cuantía de las cuotas no satisfechas de las distintas

exacciones que componen el RCP, ni aporta una memoria explicativa de la situación de dichos

expedientes, aunque sí aporta el detalle de los recibos pendientes de cobro por ejercicios

económicos.

- Incumple las obligaciones establecidas en el artículo 43.4 de la LGC referidas a la constitución

del fondo de reserva obligatorio. Dicho artículo dispone que para hacer frente a bajas de

recaudación en ejercicios sucesivos o a gastos urgentes e imprevistos, las cámaras deberán

constituir, con los superávits de los presupuestos ordinarios, una reserva obligatoria

materializada en disponible a corto plazo hasta que alcance el 50% del presupuesto total de

ingresos liquidados en el último ejercicio cerrado. El importe del fondo de reserva a 31.12.2010 y

31.12.2011 no alcanzó el porcentaje referido.

- Se reiteran las dos advertencias señaladas en el informe de los presupuestos:

a) el incumplimiento de la aportación mínima que la COCIN de Pontevedra debería hacer al

Consello Galego de Cámaras y la omisión de la información requerida por el artículo 46. 5 e) de

la LGC, no especifica las categorías y retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de

trabajo.

La liquidación de los presupuestos ordinarios de 2010 y 2011 fue aprobada mediante resolución

de la Directora General de Comercio de fechas 12.07.2011 y 1.08.2012. En ambas resoluciones

se incluyen las recomendaciones de cumplimiento de la legalidad en los aspectos señalados por

el informe del servicio técnico.

a.1 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 2.

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17

Cuentas anuales

Las cuentas anuales de los años 2010 y 2011 fueron rendidas al Consello de Contas en el plazo

establecido por el artículo 48. b de la Ley 6/1985, de 24 de junio, (antes del 30 de julio) teniendo

entrada la documentación el 8.06.2011 (RE núm. 716) y el 13.06.2012 (RE núm.777),

respectivamente.

Las cuentas rendidas están integradas por la memoria económica, la liquidación del presupuesto

ordinario del ejercicio, el balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias, y

acompañadas del preceptivo informe de auditoría. En el Anexo II se reproducen los estados que

acompañan las cuentas anuales.

I.5 FINANCIACIÓN

Hasta la promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, las Cámaras de Comercio

disponían de los siguientes ingresos para financiar sus actividades:

a) El rendimiento de los conceptos integrados en el denominado Recurso Cameral Permanente.

b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por los servicios que presten y, en general,

por el ejercicio de sus actividades.

c) Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.

d) Las aportaciones voluntarias de sus electores.

e) Las subvenciones, legados o donativos que puedan recibir.

f) Los procedentes de las operaciones de crédito que se realicen.

g) Cualquiera otros que les puedan ser atribuidos por Ley, en virtud de convenio o por cualquier

otro procedimiento de conformidad con el ordenamiento jurídico.

De la información obtenida de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011, la estructura

de ingresos de la COCIN de Pontevedra en los ejercicios analizados presenta la siguiente

composición:

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Cuadro 3. Estructura de ingresos de la COCIN de Pontevedra

INGRESOS 2010 2011

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN REALIZADO % S/TOTAL REALIZADO % S/TOTAL

Cap.01 Recursos permanentes 1.093.592,74 49,62 857.348,42 48,17

Cap.02 Recursos no permanentes 1.110.212,95 50,38 922.638,51 51,83

02.01 Por servicios prestados 62.158,37 2,82 81.136,88 4,56

02.03 Patrimoniales 915,18 0,04 1.835,07 0,10

02.04 Por otros conceptos 1.047.139,40 47,52 839.666,56 47,17

TOTAL INGRESOS 2.203.805,69 100 1.779.986,93 100

Fuente: Elaboración propia partiendo de los datos de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011.

Tal como se refleja en el cuadro anterior, la financiación de la Cámara de Pontevedra proviene

fundamentalmente de dos fuentes:

a) Los ingresos procedentes del RCP, que constituía la principal fuente de financiación. En los

ejercicios 2010 y 2011 los ingresos procedentes de dicha exacción, descontando las

minoraciones previstas legalmente, representaron el 50 y 48 %, respectivamente, sobre los

ingresos totales.

b) Las subvenciones públicas, incluidas en el epígrafe 02.04 por otros conceptos, representan el

39 y 44% de los ingresos liquidados en el 2010 y 2011, respectivamente.

Por lo tanto, más del 90% de los recursos con los que se financia la Cámara de Pontevedra son

de naturaleza pública. Los ingresos derivados de los servicios que prestó la Cámara

representaron, en los ejercicios 2010 y 2011, el 3 y 5 % de los ingresos totales, respectivamente.

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II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN

En el presente epígrafe se ofrecen los resultados de la fiscalización de las áreas de gestión, que

fueron seleccionadas por su relevancia cuantitativa o por considerarse áreas de riesgo en las que

se compromete la consecución de principios fundamentales en el desarrollo de la actuación de la

entidad: legalidad, transparencia, objetividad, publicidad y buena gestión.

También se realiza un análisis de las principales funciones y actividades desarrolladas por la

Cámara de Pontevedra durante los ejercicios fiscalizados.

II.1 CONTABILIDAD Y CONTROL INTERNO

La actividad financiera de las cámaras está sujeta al régimen de contabilidad y presupuesto, por

lo que su estructura presupuestaria y contable se someterá a los principios contenidos en la

normativa en vigor (artículo 44 de la LGC).

A diferencia de otras Comunidades autónomas4 (Cataluña, Valencia…) que aprobaron una

normativa propia para regular la gestión económica y financiera aplicable a las COCINs de su

ámbito territorial, en Galicia no se adoptó una normativa contable propia de las cámaras

gallegas.

La Dirección Xeral de Comercio no hizo uso de la atribución prevista en el artículo 44. 3 de la

LGC que dispone que el órgano tutelar podrá dictar las disposiciones oportunas a fin de que el

sistema contable y presupuestario aplicado por las cámaras sea único y uniforme para todas ellas

y permita conocer en todo momento el patrimonio de cada una de ellas, sus relaciones con

terceros y los resultados económicos de su actividad.

Por lo tanto, la normativa contable aplicable a las COCINs de Galicia está integrada por la Orden

del Ministerio de Economía y Comercio del 30 de enero de 1981, sobre régimen de contabilidad

de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y el Real Decreto 1514/2007, del

16 de noviembre por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

Como resultado de las comprobaciones realizadas se detectaron deficiencias e irregularidades en

el sistema informático y en los registros contables. Destacan como más relevantes las siguientes:

- Se obtuvo evidencia de que después de manifestar algunas irregularidades contables durante

los trabajos de fiscalización, se realizaron modificaciones de la información contable de los

4 - Orden del 15.12.2000, por la que se aprueban las normas de gestión económico y financiera para las COCINs de Cataluña.

- Resolución de la directora general de comercio y consumo del 25.09.2008 por la que se modifican las normas de gestión económica y financiera para las cámaras de la Comunitat Valenciana, al tiempo que se aprueba el manual de contabilidad y de contratación de las cámaras.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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ejercicios fiscalizados tal como se refiere en el epígrafe relativo a los gastos de personal. El

programa informático de contabilidad no reúne las condiciones de seguridad necesarias para

garantizar la inalterabilidad de la información, ya que permite la realización de cambios en los

asientos en cualquier momento e incluso introducir modificaciones una vez realizado el cierre del

ejercicio sin que consten mecanismos de supervisión adecuados.a.2

- Los saldos del Balance de Situación y de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias a 31.12.2010 de

las cuentas anuales del ejercicio 2010 no coinciden con los que figuran en las cifras comparativas

de dichos estados incorporados a las cuentas anuales de 2011. Solicitada explicación sobre estas

diferencias se aportó un informe del auditor de las cuentas de la entidad en el que aduce que las

discrepancias fueron motivadas por un error informático que se produjo en el momento de la

importación de dichos saldos de los registros contables archivados del anterior ejercicio cerrado

al 31 de diciembre de 2010. Sin embargo, esta afirmación no se acompañó de justificación

documental que permita su verificación. En consecuencia, deberán revisarse las diferencias

detectadas y someterlas al conocimiento y a la aprobación de los órganos competentes de la

Cámara (En el anexo III se incluyen las diferencias).

- Se verificó el registro contable de operaciones que no correspondían a hechos económicos

realmente producidos. Este hecho se evidenció particularmente en la contabilización de los

asientos de la cuenta 570000 “Caja de efectivo”, tal como se relata en el epígrafe II.7.

- Los gastos de personal no se registraron en los libros mayores de contabilidad por su importe

íntegro. La cuenta de PyG, que refleja el gasto real, recoge una cuantía superior a la asentada en

los libros mayores que asciende a 312.837,51 euros en el ejercicio 2010 y a 291.152,30 euros

en el 2011. En la liquidación presupuestaria dichos gastos figuran en el capítulo 3 (gastos de

personal) por un importe inferior al que se refleja en la cuenta de PyG, mostrando una diferencia

de 231.686,48 euros en 2010 y de 229.014,74 euros en el 2011. La explicación de dichas

incidencias figura en el epígrafe II.2.

- Se analizó la coherencia entre las cuantías que recogía la liquidación presupuestaria de gastos y

el gasto total recogido en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias (PyG) de 2010 y 2011, excluyendo,

a efectos de la comparación, los gastos de carácter contable que no revistieron ejecución

presupuestaria (tales como las dotaciones a las amortizaciones del inmovilizado y las provisiones

a corto plazo para reestructuración).

a.2 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 4.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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En el ejercicio 2010 los gastos recogidos en la cuenta de PyG alcanzan un importe superior en

40.527,30 euros (o bien 48.522,70 euros, si tomamos las cuantías rendidas junto con las

cuentas de 2011) a los recogidos en la liquidación presupuestaria. Si bien se desconocen los

motivos de dicha diferencia, esta podría explicarse parcialmente con el asiento contable

detectado en la cuenta representativa de formación reglada (60900006), por importe de

36.634,03 euros, que carecía de reflejo en la liquidación.

En relación con el ejercicio 2011, a excepción de una cuantía inmaterial (70 euros) relativa a los

gastos de fotocopiadora, no se encontraron más diferencias que las que se detallan en el

epígrafe reservado a los gastos de personal.

- Se verificó la imputación de gastos de idéntica naturaleza a epígrafes presupuestarios

diferentes, tales como las dietas o las subvenciones concedidas por la Cámara. En algún caso no

se adecúa la naturaleza del gasto a la partida en la que se imputa lo que distorsiona la

información ofrecida por la liquidación presupuestaria.

Las incidencias expuestas cuestionan la fiabilidad y la integridad de la información contable, lo

que puede afectar a la consecución de la imagen fiel de la realidad económica de la entidad.

Además de las incidencias mencionados, las revisiones efectuadas pusieron de manifiesto

debilidades que dificultan la identificación de las operaciones económicas realizadas ya que la

descripción de los asientos contables no ofrece información suficiente para identificar con

claridad el hecho económico que se registra.

Asimismo, las comprobaciones realizadas evidenciaron diversas deficiencias que ponen de

manifiesto a debilidad del sistema de control interno de la Cámara:

- La Cámara de Pontevedra no dispone de un órgano diferenciado de control interno. En el

cuadro de personal no consta un puesto de trabajo que tenga encomendadas dichas funciones.

- No se aprobaron procedimientos para la gestión económico-financiera en los que los trámites y

las funciones estén definidos y segregados.

Es preciso destacar la ausencia de normativa propia de la Cámara en las distintas áreas de

gestión que por su trascendencia requieren el establecimiento de procedimientos normalizados,

como son las siguientes: gestión económico-financiera, personal (selección, régimen retributivo e

indemnizaciones del personal al servicio de la Cámara), gestión y manejo de la tesorería, en

particular lo que afecta a la caja de efectivo, o la concesión de ayudas económicas.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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- El auditor de las cuentas anuales presta asesoramiento respecto a la contabilización de

determinadas operaciones y participa en las tareas de cierre de las cuentas del ejercicio.

Asimismo, a pesar de las irregularidades detectadas en los trabajos de fiscalización, el informe de

auditoría no advirtió de incidencias tales como la existencia de un saldo final negativo en la

cuenta representativa de la caja de efectivo. Estas circunstancias revelan que no queda

garantizada la independencia del auditor exigida en el artículo 12 del TRLAC.

- No existe ningún tipo de control de los movimientos de efectivo que se realizan a través de la

caja de caudales de la Cámara. No existe un libro de caja y no se registran diariamente los

ingresos y pagos realizados. Tampoco se practican arqueos ni se firman las pertinentes actas de

arqueo que acrediten los fondos existentes a una fecha determinada.

- El sistema de registro contable no permite realizar un seguimiento y control de los ingresos

finalistas (en particular de la afectación del RCP) y de su asociación a determinados gastos, ya

que no dispone de una contabilidad auxiliar que de forma separada segregue la totalidad de los

gastos imputables a las actividades financiadas con dichos ingresos.

- La confrontación de las cifras incluidas en la declaración anual de operaciones con terceras

personas (modelo 347) con los importes que se contienen en la relación de las operaciones

contabilizadas con los acreedores en los ejercicios fiscalizados, puso de manifiesto las diferencias

que se reflejan en el Anexo IV. La explicación de las discrepancias facilitadas por el responsable

de la contabilidad pusieron de relieve irregularidades en el cumplimiento de la obligación de

suministrar la información fiscal, ya que no se observaron los criterios de imputación temporal

establecidos en el artículo 35 del RD 1065/2007, del 27 de julio, a cuyo tenor las operaciones

que deben incluirse en la declaración anual son las realizadas por el obligado tributario en el año

natural al que se refiere la declaración. Según las explicaciones aportadas, la mayor parte de las

diferencias se deben a que los datos que declara la Cámara son los que facilitan las empresas y

no se atendió al criterio de devengo de los gastos.

- La respuesta a la circularización realizada a la Agencia Tributaria en la que se solicitaba

información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reveló incumplimientos en los

plazos de presentación de la información así como la realización de las siguientes actuaciones:

AÑO 2010

Procedimiento sancionador derivado de la presentación fuera de plazo sin requerimiento

previo de la declaración-resumen anual del IVA modelo 390. El procedimiento finalizó con el

dictado de una resolución con imposición de sanción por infracción del artículo 198 de la Ley

58/2003, del 17 de diciembre, General Tributaria “infracción tributaria por no presentar en plazo

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la

obligación de comunicar el domicilio fiscal o por incumplir las condiciones de determinadas

autorizaciones”.

Procedimiento de liquidación de recargo por presentación fuera de plazo de la autoliquidación

modelo 110 IRPF Retención trabajo personal correspondiente al ejercicio 2010, período 4T, con

un resultado a ingresar de 1.459,70 euros. El procedimiento finalizó con el dictado de una

liquidación de recargo de 164,22 euros.

AÑO 2011

Procedimiento sancionador derivado de la presentación fuera de plazo sin requerimiento

previo de la autoliquidación del IVA, modelo 303, correspondiente al primero y segundo trimestre

de 2011. El procedimiento finalizó con el dictado de una resolución sin imposición de sanción al

considerarse que no concurrían los requisitos necesarios para apreciación de la infracción

tributaria.

II.2 PERSONAL

Los trabajos de fiscalización en materia de personal se centraron en los siguientes aspectos:

- Determinar la importancia de los gastos de personal y la coherencia de la información contable

y presupuestaria.

- Ofrecer información sobre el régimen jurídico y la distribución del personal por áreas y

categorías profesionales.

- Analizar los sistemas de selección para el acceso del personal al servicio de la Cámara.

- Analizar el régimen retributivo del personal al servicio de la Cámara.

A continuación se exponen los resultados de las comprobaciones realizadas:

Gastos de personal

Según la Orden del 30 de enero de 1981, que regula el régimen de contabilidad de las Cámaras,

los gastos de personal se imputan al capítulo 3 del presupuesto ordinario de gastos y a las

correlativas cuentas representativas de gastos que integran la cuenta de PyG.

La COCIN de Pontevedra emplea las partidas presupuestarias 03.01 Personal de plantilla, 03.02

Personal eventual y 03.03 Previsión social y las cuentas 60300001 Sueldos y salarios y 6030006

Seguros sociales.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Se revisó la razonabilidad de la imputación de dichos gastos a la liquidación presupuestaria, a los

libros mayores de gastos y a la cuenta de PyG. Las cifras imputadas en los distintos documentos

se presentan en la siguiente tabla:

Cuadro 4. Gastos de Personal según la liquidación, los libros mayores y la cuenta de PyG

CAPÍTULO 03. GASTOS DE PERSONAL

GASTO SEGÚN LA LIQUIDACIÓN GRUPO 6. GASTOS DE

PERSONAL

GASTO SEGÚN LIBROS MAYORES DE GASTOS

GASTO SEGÚN CTA. PYG

2010 2011 2010 2011 2010 2011

03.01 Personal de plantilla 219.223,36 209.136,81 6030001 Sueldos y salarios

205.323,36 206.662,01 490.542,38 460.041,21 03,02 Personal eventual 67.250,53 59.662,79

03.03 Previsión Social 80.968,14 74.926,35 60300006 Seguros sociales

80.968,14 74.926,35 108.586,13 112.699,48

TOTAL CAPÍTULO 03 367.442,03 343.725,95 286.291,50 281.588,36 599.128,51 572.740,69

Fuente: Elaboración propia. A partir de las cuentas anuales y de los datos aportados por la Cámara.

Asimismo, se analizó la coherencia de estos importes con los que figuraban en el fichero de

nóminas y en el modelo fiscal 190 (retenciones e ingresos a cuenta del IRPF) correspondiente a

los ejercicios 2010 y 2011.

Del análisis realizado se observaron las inconsistencias que a continuación se detallan:

1. Diferencias detectadas entre las cuantías imputadas al capítulo 3 de la

liquidación presupuestaria y las que refleja la cuenta de PyG

Ejercicio 2010

Según la liquidación presupuestaria, el gasto imputado al capítulo 03 asciende a 367.442,03

euros, cuantía que coincide con la que recoge la Memoria que acompaña a la liquidación del

presupuesto aprobada por el Pleno de la Cámara y rendida al Consello de Contas.

La cuenta de PyG refleja un gasto total en materia de personal de 599.128,51 euros, que

coincide con el que resulta del fichero de nóminas proporcionado por la Cámara y con la cuantía

declarada a la Agencia Tributaria en el modelo fiscal 190.

De este modo, existe una diferencia de 231.686,90 euros que corresponden a salarios y

seguridad social que, si bien no figuran en el capítulo presupuestario de personal, se imputaron,

según la información suministrada por los responsables de la Cámara (que se recoge en el Anexo

V), a las siguientes partidas del presupuesto:

1º. Partida 06.01.04 Gastos de relaciones públicas, gabinete de prensa. Esta partida recoge, en

la cuantía de 6.200 euros, el 28% del salario del técnico de comunicación.

2º. Partida 09.01.07 Formación, formación reglada. A esta partida reservada a la Formación

reglada se imputó el 6% del salario del técnico de comunicación, el 86% del vicesecretario

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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general y el 100% de un oficial administrativo, por la cuantía conjunta de 68.545,47 euros, así

como la cuota correspondiente a la Seguridad Social por importe de 15.759.71 euros.

3º. Partida 10.02.01 Estudios y asistencia técnica al comercio, promoción de mercados

internacionales. La partida correspondiente a Comercio exterior se imputó el 40% del salario de

la secretaria general, el 100% de un oficial administrativo, el 86% del técnico informático y el

37% del técnico de comunicación por la cuantía acumulada de 129.323,02 euros. Asimismo,

esta partida recoge el importe adicional de 11.858,28 euros en concepto de Seguridad Social de

los anteriores trabajadores.

Ejercicio 2011

De manera análoga a lo expresado en lo tocante al ejercicio 2010, se produce una diferencia de

229.014,74 euros entre la cuantía aplicada al capítulo presupuestario de personal y lo que refleja

la cuenta de PyG. Esta discrepancia, cuyas descripciones figuran en el Anexo VI, responde a los

siguientes hechos:

1º. Partida 06.01.04 Gastos de relaciones públicas, gabinete de prensa. Esta partida recoge, en

la cuantía de 14.675 euros, el 85% del salario del técnico de comunicación.

2º. Partida 09.01.07 Formación, formación reglada. La partida reservada a la Formación reglada

se imputó el 15 % del sueldo del técnico de comunicación así como el 100 % de los salarios

percibidos por el vicesecretario general, un oficial administrativo y una titulada superior, por la

cuantía conjunta de 76.866,72 euros, aparte de la cuota correspondiente a la Seguridad Social

por importe de 15.759.71 euros.

3º. Partida 10.02.01 Estudios y asistencia técnica al comercio, promoción de mercados

internacionales. A la partida correspondiente a Comercio Exterior se imputó el 40% del salario de

la secretaria general, el 100% de un oficial administrativo y el 34 % del técnico informático por

la cuantía acumulada de 99.699,09 euros. Asimismo, esta partida recoge el importe adicional de

11.858,28 euros en concepto de Seguridad Social de los anteriores trabajadores.

4º Se detectó una modificación en el criterio de contabilización de los gastos de la Seguridad

Social por parte de los responsables de la Cámara. Si bien en el ejercicio 2010 la Cámara

consignó en la cuenta de PyG el importe de las cuotas liquidadas con minoración de los gastos

de bonificaciones y los de las prestaciones por incapacidad temporal (cantidad que coincidía con

la global que se imputó a la liquidación presupuestaria), en el ejercicio 2011 no incorporó las

anteriores deducciones a la cuantía de gasto reflejada en la cuenta de PyG. Este cambio de

criterio determinó una diferencia de 10.155,14 euros entre el gasto imputado a la cuenta de

resultados y el que refleja la liquidación presupuestaria.

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5º Subsiste una diferencia inmaterial aunque no explicada de 600,81 euros en lo tocante a las

remuneraciones de Comercio Exterior.

A la vista de las incidencias expuestas, es preciso señalar que, según la Orden del 30 de enero de

1981, las anteriores retribuciones deberían haber sido imputadas a las partidas representativas

de los gastos de personal y no a las partidas indicadas anteriormente, más aun teniendo en

cuenta que no se facilitó soporte documental que acredite la dedicación de dichos trabajadores a

las áreas indicadas.

Asimismo, la memoria del presupuesto aprobada por el Pleno de la Cámara no ofrece

información veraz del gasto real en materia de personal. Esta circunstancia, a la que se añade el

hecho de que las retribuciones individuales consignadas en la plantilla del presupuesto de la

Cámara no se encuentran debidamente explicitadas y cuantificadas, revela una falta de

transparencia en la consignación y en el reflejo de las retribuciones del personal de la entidad.

Esta práctica, que no fue censurada en los informes realizados por la auditoría externa, se

verificó en los ejercicios fiscalizados y se apreciaron indicios de que se viene produciendo con

carácter recurrente.

2. Diferencias detectadas entre los gastos contabilizados en los libros mayores y los

que refleja la cuenta de PyG

Ejercicio 2010

La diferencia, que asciende a 312.837,01 euros, se produce entre las cantidades que figuran

contabilizadas en los libros mayores representativos de los gastos de personal, que ascienden a

286.291,50 euros, y las de la misma naturaleza que se consignan en la cuenta de PyG por

importe de 599.128,93 euros (ver anexo V). Se explica por los siguientes motivos:

1º. Existe una primera diferencia de 231.686,90 euros, que coincide con la que se reflejó en

relación con las diferencias detectadas entre las imputaciones al capítulo de Personal y la cuenta

de PyG que ya se explicó en el apartado anterior. Estos gastos, si bien no figuraban imputados al

capítulo presupuestario de personal, se encontraban atribuidos a las partidas presupuestarias

que se indicaron. Adicionalmente, se observa que pese a que las cuentas del grupo 6 que

deberían recoger estas cuantías estaban creadas y contenían otros asientos (cuentas 60600004

Gabinete de prensa, 60900006 Formación regulada y 61000004 Comercio exterior), no se

produjo el reflejo contable de dichas cuantías.

2º Completa la explicación una segunda discrepancia de 81.150,53 euros, que se desglosa en los

conceptos de horas extras, incentivos y sueldos de personal contratado por las respectivas

cuantías de 2.500, 11.400 y 67.250,33 euros. Dichos importes se encuentran imputados al

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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capítulo 3 del presupuesto, sin embargo, no fueron asentados en los libros mayores de

contabilidad financiera ni se crearon en el Plan de cuentas epígrafes reservados a la

contabilización de estos conceptos.

Los libros mayores de contabilidad facilitados por los responsables de la Cámara registran

únicamente el 48% del total de las retribuciones y atenciones a la Seguridad Social en el ejercicio

2010, adquiriendo este hecho carácter recurrente. Al final del ejercicio, y de acuerdo con una

hoja de imputación que recoge la relación de las retribuciones totales y la cuantía satisfecha a la

Seguridad Social (lo que es conocido por el auditor externo) se imputan a distintos conceptos del

presupuesto las cuantías no recogidas en las partidas de personal (que en el 2010 importaban

231.686,90 euros) y se consigna mediante un ajuste extracontable el importe de los gastos de

personal que no se asentó en los libros diarios y en el libro Mayor (que ascendió en el 2010 a

312.837,01 euros).

Este incumplimiento del principio contable de registro desvirtúa el contenido de los libros

mayores, del Libro Diario así como del Balance de Comprobación y favorece la falta de

transparencia en el reflejo de las remuneraciones del personal al servicio de la Cámara.

Puestos estos hechos en conocimiento de los responsables de la Cámara durante la realización

de los trabajos de campo, el encargado de la contabilidad reconoció haber practicado asientos

correctores en las contabilidades cerradas de los ejercicios fiscalizados. En relación con el 2010,

asentó en la partida de sueldos y salarios con abono a la cuenta 55500000 Partidas pendientes

de aplicación la cuantía de 325.458,71 euros. Sin perjuicio de la diferencia existente con la

cuantía anteriormente indicada (312.837,01 euros), que asciende a 12.621,70 y se debe a una

modificación en los criterios de contabilización del gasto por Seguridad Social, no resulta

adecuado proceder a la alteración de la contabilidad de los ejercicios cerrados sin someterlo al

conocimiento y a la aprobación de los órganos competentes de la Cámara.

Ejercicio 2011

De manera análoga a lo expresado en lo tocante al ejercicio 2010 y con idénticas consecuencias,

se produce una diferencia de 291.152,30 euros (ver anexo VI) cuantía recogida en la cuenta de

Pérdidas en Ganancias aunque no reflejada en los libros mayores de contabilidad. Se

descomponen como sigue:

1º. Una diferencia de 229.014,74 euros, que ya fue explicada en el anterior apartado.

2º Una diferencia de 62.137,59 euros, integrada por los conceptos de horas extras (2.474,80

euros) y sueldos del personal contratado (59.662,79 euros).

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

28

Idénticamente a lo expresado en relación con el 2010, el encargado de contabilidad asentó,

como consecuencia de las observaciones efectuadas por el equipo de auditoría, un ajuste

extemporáneo de 291.152,30 euros en la cuenta de sueldos y salarios de 2011 con abono a la

rúbrica 47600000 Remuneraciones pendientes de pago. Sin embargo, la corrección de estas

deficiencias y la consiguiente modificación de las cuentas aprobadas debería instrumentarse

dando cuenta de aquéllas a los órganos competentes para su aprobación.

Las diferencias puestas de manifiesto afectan significativamente a la representatividad de la cifra

de los gastos de personal ofrecida por la liquidación presupuestaria aprobada por la Cámara.

Así, según las cuantías recogidas en la liquidación, en los años 2010 y 2011 el gasto de personal

representó el 18% y el 25%, respectivamente, sobre el total de los gastos realizados por la

Cámara. Sin embargo, aplicando los importes de la ejecución real consignados en la cuenta de

PyG, estos porcentajes se incrementan considerablemente, pasando a representar el 30 % en el

2010 y el 41% en el 2011, tal como se refleja en el siguiente cuadro:

Cuadro 5. Gastos de personal realizados según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG

2010 2011

VALOR

% SOBRE EL TOTAL DE

GASTO REALIZADO

VALOR

% SOBRE EL TOTAL DEL

GASTO REALIZADO

Según la liquidación 367.442,03 18 343.725,95 25

Según la cuenta de PyG 599.128,51 30 572.740,69 41

Total gastos 2.015.286,09

1.388.924,58

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales.

El grado de ejecución de este capítulo del presupuesto también resulta afectado por las

diferencias expuestas. Según los datos que ofrece la liquidación aprobada, el grado de ejecución

en el año 2010 alcanzaría el 101% de las previsiones de gastos y el 94% en el 2011. Sin

embargo, a tenor del gasto real comprobado, la ejecución real del capítulo asciende,

respectivamente, al 165% y 157% del gasto presupuestado.

Cuadro 6. Grado de ejecución del presupuesto según los datos de la liquidación y según la cuenta de PyG

2010 2011

VALOR GRADO DE EJECUCIÓN

VALOR GRADO DE EJECUCIÓN

Gasto presupuestado 363.000,00

365.000,00

Según la liquidación 367.442,03 101% 343.725,95 94%

Según la cuenta de PyG 599.128,51 165% 572.740,69 157%

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

29

Régimen jurídico del personal

La legislación de cámaras establece que todo el personal estará sujeto al derecho laboral sin

perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley Básica de Cámaras.

Según dicha disposición, el personal que se encontraba al servicio de la Cámara al amparo del

Decreto del 13 de junio de 1936, a la entrada en vigor de la Ley 3/1993, le resultará aplicable el

régimen de personal establecido en dicho decreto.

Por lo tanto, el personal al servicio de la Cámara está integrado por dos categorías diferenciadas

en función del régimen jurídico que les resulta de aplicación:

El personal sujeto al régimen laboral genérico recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

El personal contratado con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley que queda sujeto a

un régimen laboral específico que otorga un régimen más favorable en lo tocante a la extinción

de su relación laboral. Así, los trabajadores contratados con anterioridad al 12 de abril de 1993

no pueden ser despedidos de sus puestos de trabajo excepto por ineptitud o falta grave en el

desempeño de sus obligaciones y previa formación de expediente al efecto.

En la COCIN de Pontevedra hay tres trabajadores (27% del plantilla) que fueron contratados con

anterioridad a la entrada en vigor de la actual Ley de Cámaras y por lo tanto están sujetos a un

régimen laboral específico.

Sin embargo, es preciso tener en cuenta que la nueva Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las

Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, homogeneiza el régimen

jurídico de los trabajadores de la Cámara eliminando dicha diferenciación en los términos

establecidos en la disposición adicional primera: El personal que a la entrada en vigor de la

presente ley se encuentre al servicio de una Cámara, Consejo o del Consejo Superior al amparo

del Decreto de 13 de junio de 1936, se regirá, sin distinción, por la legislación laboral vigente

aplicable al resto del personal al servicio de las mismas. (*)

Distribución del personal por áreas y categorías profesionales

La COCIN de Pontevedra no dispone de una plantilla en la que se relacionen, debidamente

clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y

categorías tal y como prevé el artículo 23.3 de la LGC.

(*) Parágrafo introducido como consecuencia de hechos posteriores.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

30

La información referida al personal de la Cámara de Pontevedra se ofrece en los siguientes

documentos: a) cuadro resumen del personal, que acompaña a los presupuestos, en el que se

indica el número de efectivos y la dotación presupuestaria de los puestos agrupados por

categorías profesionales y b) manual de calidad aprobado por la Cámara en el que cada

trabajador describe sucintamente las funciones que desarrolla en su puesto de trabajo.

La evolución del personal al servicio de la Cámara no presenta cambios significativos a lo largo

de las anualidades analizadas. La cifra de efectivos a 31 de diciembre, pasa de 13 personas

contratadas en el año 2010 a 14 en el año 2011.

La plantilla, a 31 de diciembre, está integrada por 11 trabajadores/as y el personal eventual (dos

personas en el año 2010 y tres en el 2011) que se contrató al amparo de los programas para el

fomento del empleo subvencionados por la Consellería de Traballo e Benestar.

La distribución por áreas o departamentos y categorías es la siguiente:

Cuadro 7. Personal al servicio de la Cámara distribuido por áreas y categorías

DEPARTAMENTO / CAT. PROF.

AÑO 2010 AÑO 2011

PERSONAL DE

CUADRO

PERSONAL EVENTUAL

TOTAL PERSONAL

DE CUADRO

PERSONAL EVENTUAL

TOTAL

Secretaría General 1

1 1 1

Vicesecretaría General 1

1 1 1

Comercio interior 2

2 2 2

Administrativo 2 2

Creación empresas 1 2 3 1 2 3

Técnico superior 1 2 1 2

Formación 1 1 1 1 2

Técnico superior 1 1 1

Innovación y nuevas tecnologías 1 1 1 1

Informático 1 1

Internacionalización 1 1 1 1

Administrativo 1 1

Servicios varios 3 3 3 3

Administrativo 1 1

Técnico superior 1 1

Técnico de comunicación 1 1

Total general 11 2 13 11 3 14

Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

31

Las áreas con mayor peso porcentual son las de creación de empresas y servicios varios con un

21% cada una, seguidas de las áreas de formación y comercio interior que representan un 14%.

En cuanto a las categorías profesionales, a 31 de diciembre el personal titulado, de grado medio

y superior, supone el 62% en el año 2010 y el 69% en el año 2011, frente al 38% y 31%

respectivamente, del personal administrativo y técnico de oficina. Si tenemos en cuenta

solamente el personal de plantilla, los titulados pasan a representar el 50% en cada una de las

anualidades.

Cuadro 8. Categorías profesionales del personal al servicio de la Cámara

AÑO

2010 2011

Secretaría General 1 1

Personal de plantilla 10 10

Titulados medios/superiores 5 5

Administrativo/técnico oficina 5 5

Personal contratado 2 3

Titulados medios/superiores 2 3

Total 13 14

Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara

La memoria de la liquidación de los presupuestos no contiene ninguna referencia a la plantilla o

a su distribución por áreas y categorías.

Es preciso mencionar que, en el transcurso de los trabajos de fiscalización, la Cámara acordó el

despido de cuatro trabajadores. Este hecho motivó la apertura de varios procesos judiciales

mediante la presentación de demandas de nulidad por improcedencia de los despidos ante el

Juzgado de lo Social y la apertura de un proceso penal ante el Juzgado de Instrucción nº 1. En la

fecha de redacción de este informe no consta el pronunciamiento judicial.

Acceso del personal al servicio de la Cámara

La Ley Gallega de Cámaras dispone que el reglamento de régimen interno de cada cámara

establecerá el procedimiento para la contratación del personal, que deberá adecuarse a los

principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad (artículo 23.1).

La Cámara no reguló el procedimiento para la contratación del personal y el reglamento de

régimen interior se limita a disponer que para la contratación de nuevo personal fijo de la

Cámara se hará convocatoria pública en la que se tendrán en cuenta los principios de igualdad,

mérito y capacidad.

En el año 2010, se advirtió la transformación de un contrato temporal en indefinido, sin que

mediara la preceptiva convocatoria pública y sin tramitar un procedimiento en el que se

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

32

garantizaran los mencionados principios, incumpliéndose los preceptos anteriormente

mencionados.

Régimen retributivo

La información sobre las retribuciones del personal no se refleja de forma transparente. El

presupuesto ordinario de gastos e ingresos de los años 2010 y 2011 contiene la relación de

trabajadores de la corporación agrupada por categorías, pero no especifica las retribuciones, por

todos los conceptos, de cada puesto de trabajo en los términos que prevé el artículo 46.5 de la

LGC.

La Cámara no dictó normas reguladoras del régimen retributivo, y las retribuciones de cada

trabajador se rigen por lo establecido en su contrato laboral. Se verificó que son superiores a las

fijadas en las tablas salariales del convenio de oficinas y despachos de la provincia de

Pontevedra, que también le es de aplicación, según la información proporcionada por la

corporación.

El personal de plantilla percibe tres pagas extraordinarias, tal y como establece el antedicho

convenio, que se perciben en los meses de junio, septiembre y diciembre. A éstas se añade la

paga de beneficios que se devenga en el mes de marzo.

La estructura retributiva, registrada en el fichero de nóminas, presenta la siguiente composición y

evolución:

Cuadro 9. Resumen de los conceptos retributivos

2010 2011 TASA DE

VARIACIÓN INTERANUAL

Salario base 315.808,26 313.836,66 -0,62

Antigüedad 91.846,32 98.269,80 6,99

Incentivos según convenio

933,76

Complemento salarial 20.341,51 21.411,19 5,26

Plus puerta 1.803,00 1.727,88 -4,17

Prorrata pagas extras 9.458,24 7.895,93 -16,52

Dietas no exentas 7.497,08 1.961,81 -73,83

Plus de disponibilidad 24.440,00 3.640,00 -85,11

Enf y C.IT 4.720,10 2.570,82 -45,53

Indemnización fin contrato 445,22

Total 476.359,73 452.247,85 -5,06

Fuente: Elaboración propia. A partir de la información facilitada por la Cámara.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

33

No consta la existencia de un acuerdo o norma reguladora que regule de manera objetiva las

cuantías que se abonan como complementos salariales, incentivos y plus de disponibilidad y

puerta.

II.3 GASTOS DE VIAJES, ESTANCIAS Y DIETAS

Según la estructura presupuestaria establecida en la Orden del 30 de enero 1981, sobre régimen

de contabilidad de las COCINs, los gastos correspondientes a los viajes y dietas se imputan al

capítulo 08 del presupuesto de gastos.

La ejecución de dicho capítulo en los ejercicios 2010 y 2011, según la liquidación presupuestaria,

fue la siguiente:

Cuadro 10. Gastos de viajes, estancias y dietas

CAPÍTULO 08 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO PRESUPUESTADO REALIZADO

08.01. Gastos de viajes

08.01.01 Nacionales 2.000,00 1.714,87 2.000,00 1.792,62

08.01.02 Internacionales 2.000,00 1.641,22 2.000,00 0,00

Total 08.01 Gastos de viaje 4.000,00 3.356,09 4.000,00 1.792,62

08.02. Estancias y dietas

08.02.02 Dietas 3.000,00 1.232,45 3.000,00 0,00

Total 08.02 Estancias y dietas 3.000,00 1.232,45 3.000,00 0,00

TOTAL CAPÍTULO 08 7.000,00 4.588,54 7.000,00 1.792,62

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación facilitada por la Cámara.

Esta información se corrobora en la memoria que acompaña las cuentas anuales, en la que se

hace constar que se liquidaron gastos en el capítulo 08 por un importe total de 4.588,54€ en el

año 2010 y 1.792,62€ en el 2011, aduciendo que continúan con una política de contención de

gastos en este capítulo que ya iniciaron en ejercicios anteriores conscientes de la llegada de una

etapa de menor recaudación en el Recurso Cameral Permanente.

Sin embargo, la revisión efectuada sobre los libros mayores de las cuentas representativas de

otros gastos así como la información referida a los gastos de personal, reveló la existencia de

gastos de viajes y dietas por importe superior al que refleja la liquidación del capítulo 08 Viajes y

dietas.

Los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara fueron imputados a distintos capítulos

del presupuesto según el resumen que se ofrece en el siguiente cuadro:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

34

Cuadro 11. Imputación presupuestaria de los gastos de viajes y dietas

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN 2010 2011

06 Gastos de relaciones públicas 9.993,99 3.624,40

08 Viajes y dietas 1.602,95 1.521,85

10 Estudios y asistencia técnica al comercio y a la industria 1.215,70

TOTAL 12.812,64 5.146,25

Fuente: Elaboración propia. A partir de los libros mayores de gastos aportados por la Cámara.

Tampoco se registraron en el capítulo 08 los gastos relativos a las dietas del personal al servicio

de la Cámara cuyo pago se realizó a través de la nómina mensual.

A continuación se exponen los resultados de la fiscalización de estos gastos presentando de

forma separada el análisis de los gastos devengados por los miembros de los órganos de

gobierno y por el personal de la Cámara.

Dietas de los miembros de los órganos de gobierno

El Comité Ejecutivo en la sesión del 7.09.1998 aprobó el siguiente régimen:

“Resumen de dietas diarias a cobrar por los miembros del Pleno de la Cámara en los

desplazamientos representando a la institución:

Presidente

Comunidad Autónoma: 25.000 ptas (150,25 euros)

Resto de España y Portugal: 35.000 ptas (210,35 euros)

Desplazamiento al extranjero: 50.000 ptas (300,51 euros)

Comité Ejecutivo y Pleno

Comunidad Autónoma: 15.000 ptas (90,15 euros)

Resto de España y Portugal: 25.000 ptas (150,25 euros)

Desplazamiento al extranjero: 40.000 ptas (240,40 euros)

Las dietas se abonarán a los miembros del Pleno sin necesidad de justificar gastos. En los casos

de desplazamiento al resto de España, Portugal y extranjero se abonará el billete de avión, tren o

kilometraje y la dieta correspondiente a los días de estancia.”

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

35

Se analizó una muestra de los gastos imputados en los capítulos 06, 08 y 10 integrada por las

anotaciones contables que se relacionan en el Anexo VII.

Como resultado de las comprobaciones realizadas se pusieron de manifiesto los siguientes

hechos:

- La justificación de estos gastos se realiza mediante un documento en el que se relacionan los

desplazamientos realizados en el mes correspondiente. Dicho documento no incorpora ninguna

firma y la información ofrecida contiene los siguientes datos: fecha del viaje, asunto, lugar y el

importe bruto y neto de los gastos y de las dietas.

- El importe total de las percepciones se desglosa en dos conceptos:

Dietas, se devengan cuantías diferentes en función del lugar de desplazamiento. Se verificó

que los importes pagados se ajustaron a las cantidades establecidas en el referido acuerdo del

Comité Ejecutivo y se aplicó un tipo de retención del 35%.

Gastos, bajo este concepto se pagan cantidades sin soporte documental que las justifique. Los

importes son variables y no se identifica la naturaleza de los gastos que se indemnizan. Según

informó la secretaria de la Cámara se trata de compensar gastos diversos (aparcamientos,

comidas, taxis...) pero no se exigieron los documentos justificativos.

En el siguiente cuadro se cuantifica el importe correspondiente a cada concepto, desglosando la

cuantía global de las percepciones que integran la muestra analizada:

GASTOS DIETA TOTAL

2010 1.690,15 8.684,45 10.374,60

Presidente 1 571,15 2.133,55 2.704,70

Presidente 2 1.119,00 6.550,90 7.669,90

2011 760,00 2.884,80 3.644,80

Presidente 1 760,00 2.884,80 3.644,80

- En el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (modelo 190) la Cámara

comunicó las cantidades satisfechas a estos perceptores identificadas con la clave E. Con esta

clave se identifican las retribuciones monetarias o en especie satisfechas a las personas físicas

por su condición de administradores o miembros de los Consejos de Administración.

De los hechos anteriormente expuestos se desprenden las siguientes observaciones:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

36

1. De la configuración de las cantidades pagadas bajo el concepto de dietas, al amparo del

acuerdo del Comité Ejecutivo, se desprende que no responden a la naturaleza de

indemnizaciones sino que tienen un carácter remuneratorio. Esta consideración se fundamenta

en los siguientes hechos:

a) las ayudas se pagan sin necesidad de justificar gastos ni acreditar la realidad del

desplazamiento;

b) dentro de la comunidad autónoma devengan la misma cantidad con independencia de la

distancia del viaje y del tiempo de dedicación a la actividad realizada;

c) se le aplica el tipo de retención contemplado en la ley de IRPF para las percepciones

retributivas;

d) estas cantidades se comunican a la Agencia Tributaria con la clave E “retribuciones a

conselleiros y administradores”;

e) además de estas dietas perciben otras cantidades de naturaleza compensatoria bajo el

concepto de gastos.

Los artículos 14.3 y 16.1 de la Ley Gallega de Cámaras establecen que la condición de miembro

del Pleno no tiene carácter retribuido y los cargos del Comité Ejecutivo no serán remunerados.

2. La documentación facilitada no justifica la realidad de los desplazamientos ni acredita la

efectividad de los gastos que se pagaron. La Cámara no realiza ningún tipo de control sobre la

verificación de dichos viajes ni exige la justificación económica de los gastos.

Dietas del personal al servicio de la Cámara

La Cámara no reguló un procedimiento de gestión relativo a los gastos de viajes y dietas del

personal a su servicio, ni estableció los requisitos y la forma de justificación de estos gastos.

La contabilidad de la Cámara no refleja estos gastos de forma transparente ya que el pago de

estas indemnizaciones se realiza a través de las nóminas, por lo que no resulta posible identificar

en los registros contables las cuantías devengadas por este concepto.

Se analizó una muestra de gastos (incluida en el Anexo VIII) que fue seleccionada a partir de la

información incluida en un fichero de los gastos de personal que entregó la Cámara, a petición

del equipo de fiscalización.

Como resultado de las pruebas realizadas se verificaron los siguientes hechos:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

37

- Los documentos explicativos del motivo de devengo de las dietas no responden a un modelo

normalizado. En algunos casos consisten en una tabla en la que se relaciona el asunto, fecha,

lugar e importe, y en otros se señala el nombre del perceptor y el mes de devengo, indicando de

forma sucinta el motivo del desplazamiento y el importe que corresponde pagar, sin aportar

documentos que acrediten la realidad del desplazamiento.

Ninguno de los documentos aportados contiene firmas ni el sello de la Cámara.

- Excepto las dietas devengadas por desplazamientos al exterior con motivo de las actuaciones

incluidas en el Plan Foexga, cuyo importe viene establecido en el convenio (210,35€), con

respecto a las restantes ayudas no consta ningún acuerdo en el que se establezcan las cuantías,

las causas de devengo y los requisitos para su justificación.

- Las cantidades satisfechas se agrupan en cinco conceptos: dietas exentas, dietas, gastos, dietas

con pernoctación y dietas sin pernoctación.

Se comprobó que los dos primeros conceptos corresponden a las dietas devengadas por los

gastos ocasionados en las actuaciones incluidas en el Plan Foexga. El importe total pagado se

desglosa en dietas exentas (cuantía que según la normativa del IRPF está exceptuada de

gravamen y asciende a 91,35€) y dietas (el importe que excede la cantidad exenta, según el

reglamento del IRPF, y por lo tanto se configura como mayor retribución y se declara a la Agencia

Tributaria identificada como clave A).

- Se libraron determinadas cantidades en concepto de gastos sin que consten los documentos

justificativos. Del importe total analizado (2.787,00€), los gastos sin justificación ascendieron a

1.240,28€. En el Anexo IX se ofrece el detalle de estos gastos.

- No queda acreditado en todos los casos la relación entre los justificantes que se aportan y la

actividad relacionada con la Cámara. Así, alguno de los justificantes (facturas de comidas en

restaurantes) no permiten verificar la relación del gasto con el asunto que motivó el

desplazamiento.

II.4 CONTRATACIÓN

A los efectos establecidos en la Ley 30/2007, del 30 de octubre de Contratos del Sector Público,

las COCINs se consideran poderes adjudicadores que no tienen el carácter de administraciones

públicas.

En consecuencia, la adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada se regirá por

las normas establecidas en la LCSP y los restantes contratos se adjudicarán mediante los

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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procedimientos que se establezcan en las instrucciones de contratación que apruebe cada

cámara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 b) de la LCSP.

A pesar de que se solicitó esta información, no se acreditó el acuerdo de aprobación de las

instrucciones de contratación por el Comité Ejecutivo.

De conformidad con las instrucciones publicadas en el perfil de contratante de la Cámara, la

adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada se realizará a través de los

siguientes procedimientos:

Cuadro 12. Resumen de los procedimientos de adjudicación de los contratos

PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN

Procedimiento abierto - Contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 200.001 euros. - Contratos de suministros o de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 50.001 euros.

Procedimiento negociado sin publicidad

- Contratos de obras cuyo valor estimado oscile entre 50.000 y 200.000 euros. - Contratos de suministros o servicios cuyo valor estimado oscile entre 18.000 y 50.000 euros. - Cualquiera que sea su valor estimado, se contemplan otros supuestos adicionales de utilización del procedimiento negociado (cuando hubiese quedado desierto un procedimiento abierto o restringido; imposibilidad de determinar previamente el precio global del contrato; por razones técnicas y artísticas o de protección de derechos de exclusiva; imperiosa urgencia; obras complementarias;...)

Procedimiento negociado con publicidad

- Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 200.000 euros. - En los demás contratos cuyo valor estimado supere los 60.000 euros y concurran las siguientes circunstancias:

Cuando quedara desierto un procedimiento abierto o restringido.

Cuando se trate de contratos de obras que se realicen únicamente con fines de investigación, experimentación o perfeccionamiento.

Cuando se trate de la adquisición de bienes que se fabriquen exclusivamente para fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo.

Contratos menores - Contratos de obras de importe inferior a 50.000 euros. - En los restantes contratos de importe inferior a18.000 euros.

Procedimiento restringido - Con carácter excepcional, cuando la ejecución de la prestación requiera especiales condiciones de solvencia o bien cuando sea previsible la presentación de un número muy elevado de solicitudes de participación que pudiera dificultar, o demorar extraordinariamente, el examen de las ofertas y la tramitación del procedimiento.

Se solicitó una relación certificada de los contratos adjudicados durante los años 2010 y 2011.

Esta certificación no fue facilitada lo que impidió determinar la totalidad de los contratos que se

licitaron y los procedimientos utilizados para su adjudicación.

De la revisión de la relación de terceros incluidos en la declaración anual de operaciones con

terceras personas (modelo fiscal 347), se obtuvieron los proveedores con los que se formalizaron

las transacciones de mayor relevancia cuantitativa, en los ejercicios fiscalizados, que fueron los

siguientes:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Cuadro 13. Muestra de las operaciones con terceras personas

DENOMINACIÓN

IMPORTE DE LAS OPERACIONES

DECLARADAS EN EL EJERCICIO 2010

IMPORTE DE LAS OPERACIONES DECLARADAS

EN EL EJERCICIO 2011

IMPORTE TOTAL (2010 Y 2011)

TOP MANAGEMENT S.L. 236.686,36 222.140,53 458.826,89

VIAJES RASCADO S.L. 324.479,72 117.817,32 442.297,04

GRUPO NORTE S.L. 124.944,90 112.517,40 237.462,30

TOTAL 686.110,98 452.475,25 1.138.586,23

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en el modelo fiscal 347.

Las operaciones realizadas con estos terceros representan el 65% del importe total anual de las

operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 en el ejercicio 2010 y el 79% de las declaradas

en el ejercicio 2011.

Sin perjuicio de las comprobaciones de cumplimiento de la normativa de subvenciones, cuyos

resultados se exponen en el epígrafe II.5, los trabajos de fiscalización en el área de contratación

se hicieron con los siguientes objetivos:

- Verificar si las adjudicaciones de los contratos respetaron los procedimientos de contratación

regulados en las instrucciones de contratación aprobadas por la Cámara.

- Comprobar el respeto de los principios de igualdad y transparencia, así como la objetividad en

la definición y evaluación de los criterios de valoración establecidos en los pliegos de condiciones

particulares.

- Verificar la adecuada justificación del cumplimiento del contrato mediante la existencia de

factura o documento equivalente.

Se exponen a continuación los resultados de las comprobaciones realizadas:

A. Las prestaciones contratadas con la empresa TOP MANAGEMENT S.L. consistieron en cuatro

contratos de servicios para la realización de las tareas y actividades que requieran la

coordinación, supervisión de las actuaciones, dirección artística, montaje y ejecución de la

infraestructura necesaria para la celebración de las ediciones de la pasarela PONTUS VETERIS en

los años 2010 y 2011.

Se seleccionó para su revisión el expediente de contratación tramitado, mediante procedimiento

abierto, para la organización de la XXVII edición de la pasarela de moda Pontus Veteris. Del

análisis realizado destacan las siguientes incidencias:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

40

- Los licitadores que participaron en el procedimiento se deducen de la documentación que fue

entregada (actas del Comité Ejecutivo, cuadro de valoración de las propuestas...) pero no se

aportó documentación que acredite la presentación de las ofertas en forma y plazo en el registro

de la Cámara.

- No coincide el presupuesto de licitación aprobado por el Comité Ejecutivo en la sesión ordinaria

del 22 de marzo de 2011 con el establecido en la cláusula 4 del pliego de condiciones.

- Los pliegos concretan la metodología para valorar la oferta económica, sin embargo los criterios

no económicos se describen de forma genérica y se establece una puntuación máxima para cada

uno de los criterios, sin concretar reglas precisas para asignar las puntuaciones. Tampoco se

detallan los distintos aspectos que se tomarán en consideración para evaluar las distintas ofertas.

Este hecho impide que los licitadores conozcan las reglas de valoración y la importancia de los

distintos aspectos en el momento de elaborar sus proposiciones.

El informe de evaluación de las ofertas tampoco explica suficientemente las puntuaciones

asignadas a los distintos licitadores. No se identifica quien realiza la valoración, el documento en

el que se contiene el cuadro con las puntuaciones de las tres empresas licitadoras no tiene fecha

ni firma. Estos hechos afectan a la transparencia y objetividad de las adjudicaciones.

Si bien no se revisaron los expedientes correspondientes a las otras ediciones de la pasarela, de

la revisión de las actas del Comité Ejecutivo se advirtió que la adjudicación de los contratos se

realizó mediante procedimiento negociado sin publicidad, a pesar de que el precio excedía la

cuantía que permite utilizar este procedimiento. Por otra parte, se observó que entre los criterios

de adjudicación figuraba la “experiencia de trabajos para la Cámara de Comercio de

Pontevedra”. La inclusión de este tipo de criterio supone un trato discriminatorio con las

empresas que no fueron contratadas con anterioridad lo que contraviene el principio de igualdad.

- La factura justificativa del gasto (2011/03, de 18.05.2011) no especifica el precio de los

distintos conceptos de gasto. Se indican las partidas que se facturan y bajo el epígrafe de cada

partida se relacionan de forma genérica los distintos conceptos, sin que se pueda conocer el

importe individual de cada operación facturada. Esta práctica no se ajusta a lo dispuesto en el

reglamento de facturación (artículo 6 f) del RD 1496/2003, del 28 de noviembre).

B. Las prestaciones facturadas por VIAJES RASCADO S.L. corresponden, fundamentalmente, a los

viajes organizados con motivo de las misiones comerciales realizadas en el marco del Plan

FOEXGA, además de algunos viajes del presidente y otros empleados de la Cámara.

En los dos ejercicios fiscalizados, los servicios de agencia de viajes se encargaron directamente a

esta empresa y no se tramitó ningún procedimiento que promueva la concurrencia en la

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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adjudicación de las prestaciones, aunque el importe de alguno de los servicios contratados

excedió el límite del contrato menor (facturas núm. 356 y 600, de 3.12.2010).

Teniendo en cuenta que durante todo el año se contratan los servicios de la agencia de viajes y

alcanzan un importe global relevante (324.479,72 euros en el 2010 y 117.817,32 euros en el

2011), resulta conveniente garantizar la concurrencia y promover la competencia efectiva

mediante la tramitación de un procedimiento abierto con publicidad, con un presupuesto de

licitación estimado de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 88 del TRLCSP.

C. La empresa GRUPO NORTE S.L. resultó adjudicataria de la ejecución de dos de los eventos

feriales que organizó la Cámara durante los años 2010 y 2011: FERPALIA y POMOVIL.

Del análisis efectuado destacan los siguientes incumplimientos:

- No se tramitó ningún procedimiento para la adjudicación de estas prestaciones que se

encargaron directamente a la misma empresa en virtud de los acuerdos del Comité Ejecutivo de

24.05.2010 y 14.09.2011. Atendiendo al importe de las prestaciones facturadas y de

conformidad con las instrucciones de contratación, la adjudicación requería la tramitación de un

procedimiento abierto en el que se garantizaran los principios de publicidad, concurrencia e

igualdad.

- El gasto facturado por la organización de POMOVIL y FERPALIA en el año 2010 excedió el

presupuesto aprobado por el Comité Ejecutivo.

- No se formalizó un contrato entre la Cámara y la empresa y no se definieron de antemano

cuáles fueron las prestaciones contratadas. La única información sobre las prestaciones es la que

se contiene en las facturas justificativas del gasto. Además, la existencia de facturas rectificativas

del gasto originalmente facturado, impide conocer cuáles fueron efectivamente los servicios

prestados.

- Las facturas justificativas del gasto no especifican el precio de los distintos conceptos de gasto.

Se indican las partidas que se facturan y su importe global. Bajo el epígrafe de cada partida se

relacionan de forma genérica los distintos conceptos sin que se pueda conocer el importe

individual de cada operación facturada. Esta práctica no se ajusta a lo dispuesto en el

reglamento de facturación (artículo 6 f) del RD 1496/2003, del 28 de noviembre)

La factura 205/2010, de 30.11.2010 correspondiente a la organización de POMOVIL 2010,

recoge una partida identificada como Publicidad con un importe global de 19.300€ (sin IVA).

Bajo ese epígrafe se relacionan una serie de servicios entre los que se mencionan Prensa y radio

sin que se indique el precio correspondiente a este concepto.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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De la revisión de los libros mayores de gastos del ejercicio 2010, se detectó que en la cuenta

61100001 Ferias y exposiciones se registraron los siguientes gastos de cuya descripción se

deduce que corresponden también a la publicidad relacionada con este evento:

Cuadro 14. Gastos de publicidad de POMOVIL 2010

FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE

10/11/2010 FARO DE VIGO MEDIA POMOVIL 474La 272,59

16/11/2010 PATRIA HISPANIA POMOVIL 486 636,90

30/11/2010 POMOVIL CUÑAS COPE LN15 236,00

16/12/2010 GPX CUÑAS POMOVIL 528 802,40

16/12/2010 FARO DE VIGO MEDIA POMOVIL 539 41,88

31/12/2010 FARO DE VIGO POMOVIL LD4 207,68

31/12/2010 DIARIO PERIODICOS POMOVIL LD6 494,00

14/01/2011 LA VOZ DE GALICIA POMOVIL 14 808,30

14/01/2011 ONDA CERO POMOVIL 12 236,00

IMPORTE TOTAL 3.735,75

Fuente: Elaboración propia. A partir de la información contable facilitada por la Cámara.

La inexistencia de un contrato, la falta de concreción de los servicios encargados y la imprecisión

de los gastos facturados impidieron verificar si la empresa facturó por los mismos conceptos que

se exponen en el cuadro.

- Del análisis de la documentación facilitada, no resulta posible determinar el cumplimiento de la

prestación contratada e incluso se detectaron irregularidades en la facturación que cuestionan la

veracidad del gasto efectivamente realizado.

Si bien en una primera entrega se aportaron las facturas correspondientes a la organización de

los distintos eventos ajustadas al presupuesto aprobado por el Comité Ejecutivo (excepto en el

año 2010 que excedió el importe aprobado), como consecuencia de peticiones posteriores se

obtuvo constancia de la existencia de facturas que rectificaban el importe del gasto inicialmente

facturado.

En los dos ejercicios fiscalizados se utilizó la práctica recurrente de rectificar el gasto facturado

por la empresa GRUPO NORTE S.L. que supuso una minoración del 41% del gasto inicialmente

facturado por la organización de estos eventos, siendo muy significativas las reducciones en el

caso de POMOVIL que alcanzaron el 78 y 81 %.

En el siguiente cuadro se exponen los datos de las facturas originales y de las facturas

rectificativas. En la última columna se refleja la cuantía del gasto una vez minorado:

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Cuadro 15. Facturas correspondientes a FERPALIA y POMOVIL 2010 y 2011

EVENTO DATOS DE LA FACTURA ORIGINAL DATOS DE LA FACTURA RECTIFICATIVA IMPORTE DEL

GASTO RECTIFICADO NÚMERO Y FECHA IMPORTE NÚMERO Y FECHA IMPORTE

POMÓVIL 2010 205/10, 30.11.2010 81.066 R-011/10, 23.12.2010 -63.066 18.000

FERPALIA 2010 166/10, 27.10.2010 121.540 R-012/10, 23.12.2010 -17.700 103.840

POMÓVIL 2011 160/11, 28.11.2011 81.066 R-014/11, 28.11.2011 -66.066 15.000

FERPALIA 2011 157/11, 22.11.2011 101.480 R022/11, 23.12.2011 -11.800 89.680

TOTAL 385.152 TOTAL -158.632 226.520

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos aportados por la Cámara.

Las facturas rectificativas emitidas por la empresa GRUPO NORTE S.L. no cumplen los requisitos

exigidos por el reglamento de facturación por los siguientes motivos:

1. No se acreditó la concurrencia de las circunstancias que amparan la expedición de una factura

rectificativa que, según el artículo 13 del reglamento de facturación, serían las siguientes:

a) que la factura original no cumpla los requisitos que establece el artículo 6, es decir, que

contenga algún error.

b) cuando se hubiese repercutido el IVA erróneamente o se modifique la base imponible.

2. No se describe la causa que motiva la rectificación, tal como exige el artículo 13.4 del

reglamento.

3. El concepto de la factura rectificativa no permite identificar a qué servicios afectó la reducción

ya que, en el caso de FERPALIA 2011 se limita a indicar el importe de la disminución y, en los

otros casos, se relacionan una serie de partidas haciendo constar al final del documento el

importe global que se minora, sin individualizar el importe de las operaciones rectificadas.

Se solicitó a la secretaria de la Cámara que aportara la documentación que acreditase el motivo

de la rectificación pero no se facilitó ninguna información.

Estas irregularidades afectan al cumplimiento de la normativa de subvenciones ya que estas

contrataciones cuentan con financiación pública del Ayuntamiento y de la Diputación Provincial

de Pontevedra, y no consta que al justificar los gastos subvencionados hayan sido informadas

estas entidades de la existencia de las facturas rectificativas. Además se detectaron

irregularidades en el pago de estas prestaciones cuyo análisis se realiza en el siguiente epígrafe.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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En el transcurso de los trabajos de fiscalización, se tuvo constancia de la interposición de una

querella, en los Juzgados de Instrucción de Pontevedra, sobre actividades y contrataciones

relacionadas con la Cámara. En dicho proceso se aprecian irregularidades relacionadas con los

eventos fiscalizados. A fecha de redacción de este informe aún estaba pendiente la resolución

judicial.

Otras incidencias

Como resultado de las revisiones efectuadas en otras áreas de gestión, se detectaron los

siguientes incumplimientos de la normativa contractual:

1. La Cámara formalizó un contrato con la empresa Contato em Comunicaçoes Empresariaies

Ltda. (representada por una persona que trabajó como becario en la propia Cámara de

Pontevedra) para la prestación de los servicios correspondientes al promotor de negocios en

Brasil, actuación financiada parcialmente por la DXC al amparo del Plan Foexga.

Dicho contrato se calificó de arrendamiento de servicios sometido al derecho civil y fue

adjudicado de forma directa sin tramitar ningún procedimiento de selección. Dada la condición

de poder adjudicador de la Cámara, se trata de un contrato del sector público cuyo valor

estimado, atendiendo a su duración y eventuales prórrogas, supera los 50.000 euros.

En consecuencia, la adjudicación infringió a LCSP ya que debió realizarse mediante la tramitación

de un procedimiento abierto, promoviendo la concurrencia y respetando los principios de

publicidad, transparencia e igualdad.

Es preciso señalar que la fiscalía de delitos económicos presentó una querella contra la secretaria

de la entidad en relación con determinados movimientos producidos en la cuenta bancaria a

través de la que el promotor de negocios percibe los ingresos derivados de este contrato. A fecha

de redacción de este informe no consta el pronunciamiento judicial.

2. Con fecha 31.05.2010, el presidente y el tesorero firmaron una orden de pago por importe de

2.701,75 euros a favor del tesorero de la Cámara. La transferencia bancaria se realizó el

11.06.2010.

La documentación aportada como justificante del pago son 15 facturas expedidas por el Hotel

Comercio (con el detalle que se refleja en el siguiente cuadro) de cuyo NIF se desprende que la

titularidad del establecimiento corresponde al tesorero de la Cámara de Pontevedra.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Cuadro 16. Facturas de gastos de representación 2009-2010

Nº FACTURA FECHA CONCEPTO IMPORTE

1430 04/03/2009 Merienda al Pleno Cameral 96,30

1431 05/03/2009 Café presentación Pontus Veteris 96,30

1432 03/04/2009 Café presentación plataforma formación virtual 107,00

1433 27/04/2009 Café presentación Ley Concursal 96,30

1435 28/05/2009 Merienda Pleno cameral 107,00

1436 04/09/2009 Café ronda prensa presentación Pontus Veteris 96,30

1437 12/09/2009 Café reunión pasarela 192,60

1439 29/10/2009 Merienda Pleno Cameral 79,18

1440 06/11/2009 Café presentación Expomóvil 96,30

1442 21/12/2009 Merienda Pleno Navidad 545,70

1443 22/12/2009 Café felicitación pascuas a medios informativos 187,25

1444 25/02/2010 Café rueda de prensa 96,30

1445 16/03/2010 Café firma convenio Síndrome Down 107,00

1446 13/04/2010 Café firma convenio Caixanova 107,00

1448 22/04/2010 Servicios prestados con motivo de las elecciones 417,30

TOTAL 2.427,83

El importe global de las facturas asciende a 2.427,83 euros, existiendo una diferencia de 273,92

euros respecto a la cuantía que fue pagada. No se aportaron los documentos que permitan

verificar la justificación del pago correspondiente a la diferencia señalada.

El concepto de las facturas es la prestación de servicios de hostelería que constituyen el objeto de

un contrato de servicios. En la contabilidad de la Cámara constan anotaciones de operaciones

realizadas con el tesorero por importe de 5.454,12 euros en el año 2010 y 2.805,57 en el año

2011.

Entre la normativa de contratación facilitada por la Cámara, consta un documento que se aportó

con las instrucciones de contratación en el que se regula la aptitud para contratar con la Cámara.

Este documento (del que no consta su aprobación por los órganos camerales) establece que

tendrán incompatibilidad para contratar los miembros titulares del Pleno de la Cámara, los

vocales cooperadores, los representantes en el Pleno de sus miembros titulares así como a las

personas vinculados a ellos. Sin embargo, podrán contratar cuando al tiempo de iniciar su

participación en el procedimiento de contratación manifiesten la existencia de incompatibilidad y

su voluntad inequívoca de abstenerse de participar e influir en el procedimiento. Tampoco

pueden contratar la Secretaria General, el Vicesecretario General, los que ostenten cargos

similares o asimilados y el resto del personal de la Cámara, así como las personas vinculadas a

ellos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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II.5 SUBVENCIONES RECIBIDAS

Los ingresos procedentes de las subvenciones constituyen, junto con los procedentes del RCP, la

principal fuente de financiación de las Cámaras. En los ejercicios fiscalizados representaron el 39

y 44 % de los ingresos registrados en los años 2010 y 2011, respectivamente.

Se solicitó una certificación de las subvenciones recibidas en los años 2010 y 2011. Si bien no se

certificó la información solicitada, se aportó la relación que se incorpora como anexo X.

Atendiendo a la información que ofrece la liquidación del presupuesto ordinario, en el ejercicio

2010 se realizaron ingresos por subvenciones públicas por importe de 861.102,74 euros. En el

año 2011, estos ingresos ascendieron a 791.618,51 euros, lo que supone una variación del -8%

respecto al ejercicio anterior.

Las subvenciones que recibe la Cámara son fundamentalmente de naturaleza pública, excepto

algunas de naturaleza privada (como las concedidas por Caixanova -actualmente Novagalicia-)

que tienen un carácter residual respecto al total de las subvenciones.

En el siguiente cuadro se refleja el detalle de las subvenciones públicas contabilizadas por la

Cámara en los años 2010 y 2011 expresando el órgano concedente y clasificadas por los

siguientes tipos de actividad: formación, asistencia a empresas, organización de eventos feriales

y comercio exterior.

Cuadro 17. Subvenciones públicas 2010 2011

ÓRGANO QUE FINANCIA FORMACIÓN ASISTENCIA A EMPRESAS COMERCIO EXTERIOR FERIAS

2010 2011 2010 2011 2010 2011 2010 2011

Xunta de Galicia 6.588,00 26.488,08 52.588,17 275.680,75 112.294,90 50.000,00

Ayuntamiento de Pontevedra 5.000,00 60.000,00 214.812,44

Consejo Superior de Cámaras 52.932,43 69.812,73 252.319,72 34.680,73 125.227,08 78.034,19 198.512,40

ICEX 6.866,68 10.882,95

Diputación de Pontevedra 20.000,00

TOTAL 64.520,43 69.812,73 278.807,80 87.268,90 407.774,51 201.212,04 110.000,00 433.324,84

Fuente: Elaboración propia. A partir de la información contable facilitada por la Cámara.

La Cámara recibe de la Xunta de Galicia, del Consejo Superior de Cámaras y del Ayuntamiento

de Pontevedra la mayor parte de las subvenciones realizadas en los ejercicios. La concesión de

las subvenciones se articuló a través de convenios excepto las procedentes de la Consellería de

Traballo e Benestar que se concedieron en régimen de concurrencia competitiva.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Los trabajos de fiscalización se centraron en el análisis de una muestra de las subvenciones

integrada por cuatro actuaciones enmarcadas en el Plan FOEXGA y las subvenciones otorgadas

por el Ayuntamiento de Pontevedra para la organización de los eventos feriales.

II.5.1 Plan FOEXGA

Las ayudas recibidas de la Consellería de Economía e Industria se destinan a la financiación del

Plan de Fomento de las Exportaciones Gallegas (Plan Foexga).

Este Plan se desarrolló a partir de un convenio firmado en el año 1992 entre las nueve cámaras

gallegas y la Xunta de Galicia con el objetivo principal de incentivar el comercio exterior, la

internacionalización de las empresas gallegas y propiciar la comercialización de sus bienes y

servicios en los mercados exteriores.

El Plan se dirige a empresas gallegas exportadoras o con potencial exportador y engloba las

actuaciones de promoción y formación que se describen en el anexo XI.

Cada una de las cámaras gallegas se concentra en un área geográfica concreta y organiza sus

acciones atendiendo a los sectores de mayor relevancia en su demarcación.

La Cámara de Pontevedra orientó sus acciones principalmente a los mercados de Brasil,

Venezuela y República Dominicana. Desde el punto de vista de la especialización sectorial,

atendió principalmente a los sectores de alimentación, construcción, turismo, además de otros

sectores tales como el naval, acuicultura y textil. En el anexo XII se recogen las actuaciones

previstas en el convenio de colaboración suscrito con la consellería para los años 2010 y 2011,

indicándose las actuaciones realizadas y la distribución de la financiación.

La Consellería de Economía e Industria colabora en la financiación de las actuaciones incluidas

en el Plan FOEXGA que elaboran las cámaras gallegas. Las aportaciones se establecen en los

presupuestos de la Dirección Xeral de Comercio, en la aplicación presupuestaria

08.03.741A.781.1 que está cofinanciada en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo

Regional (FEDER) y el 30% restante por el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).

La colaboración se materializa mediante la concesión de una subvención directa a las cámaras

articulada mediante la suscripción de un convenio que firman anualmente el conselleiro de

Economía e Industria y los presidentes de las cámaras gallegas5.

5 El convenio de colaboración para el FOEXGA 2010 se firmó el 10.09.2010 y para el año 2011 se suscribió un primer convenio, el 10 de agosto

de 2011, que posteriormente fue modificado mediante la firma de una adenda el 26.12.2011 que rectificaba la cláusula tercera en lo tocante al presupuesto y a la financiación de las actuaciones.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Los convenios suscritos en los ejercicios analizados estimaban una inversión total de las

actuaciones previstas en el Plan FOEXGA de 4.769.850,00 € en el 2010 y 3.494.432,50€ en el

2011. La financiación de los costes se reparte entre la Consellería, las cámaras y las empresas

participantes según la siguiente distribución:

Cuadro 18. Distribución de la financiación de los costes del Plan Foexga 2010-2011

CONVENIO DEL 10.09.2010

CONVENIO DEL 10.08.2011 (MODIFICACIÓN ADENDA DEL

26.12.2011)

IMPORTE % IMPORTE %

Consellería de Economía e Industria 2.352.820 49 1.992.352,50 57

Cámaras 1.274.720 27 489.130 14

Empresas 1.142.310 24 1.012.950 29

Total 4.769.850 100 3.494.432,50 100

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en los convenios firmados.

Tal como se refleja en el cuadro, en el año 2011 disminuye la contribución de las cámaras a la

financiación de las actuaciones y se incrementan, en términos relativos, las aportaciones de la

Consellería y de las empresas.

Resultados de las comprobaciones realizadas

Los objetivos de los trabajos de fiscalización fueron los siguientes:

- Verificar la publicidad de la convocatoria de las acciones y la objetividad de los criterios

utilizados en la selección de las empresas.

- Verificar que los gastos justificados sean gastos subvencionables, que se realizaron dentro del

período establecido en el convenio y que las facturas justificativas cumplen los requisitos

reglamentariamente establecidos.

- Comprobar la adecuada gestión de los ingresos correspondientes a las aportaciones de las

empresas o de las Cámaras distintas de la que organiza el evento.

- Comprobar la contabilización del gasto en el epígrafe presupuestario correspondiente así como

el criterio utilizado en la contabilización de la subvención.

- Analizar la eficacia de estas actuaciones mediante el examen de la información de los

resultados disponibles en la Cámara.

Dichas comprobaciones se realizaron sobre una muestra integrada por las actuaciones que se

relacionan en el siguiente cuadro:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Cuadro 19. Muestra de las actuaciones del Plan Foexga 2010-2011

FINANCIACIÓN XUNTA (*)

AÑO ACTUACIÓN/SECTOR/PAÍS

PRESUPUESTO GASTO

EJECUTADO GRADO DE EJECUCIÓN

IMPORTE %

2010 1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil

220.000,00 156.994,23 71% 89.668,96 57%

2010 2.- Promotor de negocios/Brasil 48.000,00 43.578,16 91% 30.600,00 70%

2011 3.- Misión comercial directa / plurisectorial /Sto. Domin.-Venezuela

36.800,00 31.345,61 85% 18.603,44 59%

2011 4.- Misión comercial directa /plurisectorial / Brasil

80.500,00 68.252,17 85% 39.656,04 58%

Fuente: Elaboración propia. Con los datos facilitados por la Cámara. (*) El porcentaje de la financiación se calculó en atención al gasto ejecutado por lo que difiere del previsto en el convenio.

Como resultado de las comprobaciones realizadas se obtuvieron los siguientes resultados:

Publicidad de la convocatoria. La cláusula primera del convenio atribuye a las cámaras la

obligación de realizar las convocatorias de las acciones en las que se prevé la participación de

empresas, a fin de conseguir dicha participación.

En relación con esta cuestión, la Cámara informó que la convocatoria y la publicidad la realiza la

cámara que organiza la actuación y el resto de las cámaras gallegas difunden la actuación entre

los electores de cada demarcación.

Se verificó la publicidad de las convocatorias en la prensa y de la revisión de los gastos aportados

también se desprende la inserción de cuñas publicitarias en la radio. Según la información

facilitada por la Cámara, se realizó la difusión de cada actuación entre las restantes cámaras

gallegas.

Criterios de selección de las empresas. El convenio no establece el perfil o requisitos que

deben cumplir las empresas participantes en las actuaciones ni establece unos criterios de

selección. Solamente incluye una referencia, en la cláusula tercera en los siguientes términos: La

colaboración por parte de la Consellería se decide en base a criterios objetivos que rigen la

selección de las empresas para las actuaciones de promoción comercial e internacionalización, a

través de convocatoria pública que realizan las Cámaras de Comercio, teniendo en cuenta la

idoneidad respecto al mercado del que se trate, volumen de exportación, informes de las Oficinas

Comerciales o de las Cámaras de Comercio en el extranjero.

La Cámara no reguló un procedimiento para la selección de las empresas ni concretó unos

criterios objetivos para elegir las que participaron en cada actuación.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Según la información proporcionada por la Cámara, la selección se realiza principalmente entre

las empresas que figuran en las bases de datos de las cámaras como empresas exportadoras o

con potencial exportador.

Justificación de la subvención

La presentación de la documentación justificativa se realizó dentro del plazo establecido en el

convenio. Este cumplimiento se verificó con la fecha que figura en el sello del registro de entrada

de documentos del edificio administrativo de la Xunta de Pontevedra. Sin embargo, conviene

advertir que los oficios remitidos no incorporan el sello del registro de salida de la Cámara

(excepto en la misión de Santo Domingo y Venezuela) y en el sello del registro de la Xunta consta

la fecha, pero en ninguno de los casos analizados consta el número de orden de entrada del

documento.

Con carácter general, los gastos justificados tienen la consideración de gastos subvencionables,

responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realizaron dentro del período

establecido en el convenio. Sin embargo, se verificó la existencia de una serie de gastos que no

son elegibles (Anexo XIII), cuyo importe global asciende a 8.038,65 euros. Dichos gastos no

fueron admitidos como subvencionables por la Dirección Xeral de Comercio.

En relación con la justificación de los gastos relativos a la actuación del promotor de negocios en

Brasil, se advirtieron las siguientes incidencias:

- Las facturas expedidas mensualmente contienen una referencia genérica a los servicios

facturados, describiéndose el concepto de la factura como “prestación de servicios”. No se

concretan en las facturas las actuaciones realizadas por el promotor, aunque los servicios que

presta aparecen descritos en el contrato suscrito con la Cámara. La memoria de la actuación que

se remite a la Dirección Xeral de Comercio describe de forma sucinta las actividades realizadas

pero no cumple con las exigencias establecidas en el convenio que requiere la presentación de

una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el

convenio, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

- En la misión plurisectorial de carácter estratégico a Brasil 2010 consta una factura

(núm.1202/DI10, del 2.12.2010) expedida por la empresa Contato em Comunicaçoes

Empresariaies y figura como destinataria de las operaciones la COCIN de Pontevedra cuyo

importe asciende a 21.574,21 euros.

Los conceptos facturados corresponden a gastos realizados en Río de Janeiro y Santa Catarina

(alquiler de salones, desayunos, coffee breaks, decoración, video y audio...). Según la

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

51

información facilitada por la Cámara, se trata de gastos relacionados con la misión analizada que

el promotor de negocios contrató con terceros y factura como gastos suplidos. Sin embargo,

estos extremos no quedan acreditados con la información que consta en la factura, advirtiéndose

las siguientes deficiencias en la justificación del gasto:

En la factura no consta ninguna referencia a la relación de estos gastos con la organización de

la misión encuadrada en el Plan Foexga. Esta relación se desprende del documento de solicitud

de cheque bancario en el que se menciona que la factura corresponde a servicios de la misión a

Brasil.

La efectividad del gasto facturado no queda acreditada. Los gastos deberían haberse

acreditado mediante la presentación de las facturas o documentos equivalente expedidos por los

proveedores de los distintos servicios facturados.

Tampoco queda acreditado el pago de los gastos por parte del promotor de negocios. La

Cámara anticipó 8.000 euros mediante cheque bancario, el 31.10.2010, bajo el concepto de

entrega a cuenta para pagos misión noviembre y con fecha 15.12.2010 libró el segundo pago de

la factura por importe de 13.574,21 euros. Sin embargo, no consta ninguna documentación que

justifique el pago por el promotor de negocios de las operaciones facturadas. Esto impide

verificar la efectiva aplicación de los fondos librados por la Cámara a los gastos relacionados en

la factura.

Gestión de los ingresos correspondientes a las aportaciones de las empresas y otras

Cámaras

Los gastos de las actuaciones encuadradas en el Plan Foexga se distribuyen entre la Xunta, las

empresas y las Cámaras.

Las aportaciones correspondientes a las Cámaras son asumidas por la cámara que organiza la

misión, que sufragará el porcentaje correspondiente a los gastos en los que incurran las

empresas de su demarcación. Sin embargo, cuando participan en una misión empresas que

pertenecen a la demarcación de otra cámara, el porcentaje correspondiente lo financiará la

cámara de su demarcación.

Por lo tanto, los gastos de las misiones del Plan Foexga se pagan inicialmente por la cámara

organizadora de la actuación que a su vez debe gestionar los ingresos correspondientes a las

aportaciones de las empresas y de las cámaras.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

52

Las empresas participantes financian un porcentaje de los costes de las acciones que varía en

atención al tipo de misión. En las actuaciones analizadas el porcentaje del gasto imputable a las

empresas ascendió al 50% en las misiones comerciales directas y al 20% en la misión comercial

plurisectorial de carácter estratégico.

Las empresas, en el momento de formalizar la inscripción para participar en la acción, abonan

una cuota de inscripción. Una vez finalizada la actuación, en atención a los gastos efectivos, la

Cámara realiza una liquidación en la que se concreta el reparto del gasto entre la Xunta, la

Cámara y las empresas. Como resultado de la liquidación se regulariza el importe que

corresponde abonar a las empresas y puede resultar una cuantía superior o inferior a la que

ingresaron en concepto de cuota de inscripción. En el primer caso la empresa debe pagar la

diferencia y en el segundo le corresponde a la Cámara efectuar las devoluciones del exceso

pagado por las empresas.

Como resultado de las comprobaciones realizadas se detectó que la Cámara no regularizó las

aportaciones correspondientes a cada empresa, no consta que hubiese realizado la devolución

del exceso de las cantidades ingresadas por los participantes en las acciones ni reclamó las

cuantías que correspondería pagar a las empresas. En los anexos XIV, XV y XVI se presentan los

datos correspondientes a las cantidades pendientes de cobro o devolución, resultante de los

datos que se contenían en las liquidaciones de la misión y de la información de los libros mayores

de la cuenta 70600001, ya que en los expedientes aportados no constan los documentos

justificativos de los ingresos efectuados por las empresas ni la documentación económica que

permita verificar la regularización efectuada.

No resultó posible comprobar el ingreso de las aportaciones a la misión a Brasil 2010

correspondientes a las otras cámaras ya que la COCIN de Pontevedra contabiliza de forma global

estos ingresos. Si bien las anotaciones contables del libro Mayor de la cuenta 70600003 revelan

ingresos de las Cámaras gallegas por importe superior al que resulta de la aportación

correspondiente, no se obtuvo evidencia del ingreso efectivo que le correspondía abonar por la

participación de las empresas de su demarcación en esta actuación.

Contabilización de los gastos y de los ingresos

Con carácter general, los gastos correspondientes a la ejecución de las actuaciones analizadas se

imputaron al capítulo 10 del presupuesto de gastos, en la cuenta 6100004.

Sin embargo, de la revisión de las anotaciones contables no consta la imputación contable de la

factura expedida por la Cámara Oficial Española de Comercio e Industria de la República

Dominicana (núm. 2907, de fecha 28.09.2011, por importe de 450 euros).

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

53

Es preciso destacar que el registro contable de los gastos no cumple con las exigencias

establecidas en el convenio en el que se dispone que los beneficiarios deberán mantener un

sistema de contabilidad separado o un código contable idóneo que facilite una pista de auditoría

apropiada en relación con todos los gastos relacionados con la inversión realizada al amparo de

este convenio.

La contabilización de la subvención procedente de la Consellería de Economía e Industria se

realiza por el importe global de las actuaciones correspondientes a cada ejercicio. En los dos

ejercicios se registró el ingreso según el criterio de devengo. Se practicó la anotación en la cuenta

70600003 “Ingresos comercio exterior” con fecha 31.12.2010 y 31.12.2011 por importe de

272.391,33 y 103.674,83 euros, respectivamente.

Análisis de los resultados de las actuaciones incluidas en el Plan Foexga

El convenio del Plan Foexga no contempla unos objetivos específicos para cada una de las

actuaciones, más allá del objetivo general de estimular los procesos de internacionalización de

las empresas gallegas.

Entre la documentación justificativa de la subvención, la Cámara debe remitir una memoria de la

actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el Convenio, con

indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

El contenido de las memorias describe de forma resumida las actividades realizadas por los

distintos actores que participan en la actuación pero no ofrece información sobre la

materialización de los resultados o relaciones comerciales conseguidas por las distintas

empresas.

Otra fuente de información para evaluar los resultados de las actuaciones son las encuestas que

la Cámara remite a las distintas empresas participantes una vez finalizada la acción. Sin

embargo, las cuestiones formuladas se orientan a valorar el grado de satisfacción de las

empresas con la organización de la misión pero no se aportan datos sobre la repercusión de la

acción en sus resultados comerciales.

Por lo tanto, no se dispone de datos que permitan evaluar la eficacia y la repercusión que

tuvieron las actuaciones incluidas en el Plan Foexga en los resultados comerciales y en la

capacidad exportadora de las distintas empresas participantes.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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II.5.2 Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra

En los años 2010 y 2011, el Ayuntamiento de Pontevedra colaboró económicamente con la

COCIN de Pontevedra en la celebración de los eventos feriales que organiza anualmente la

Cámara: Salón del Turismo de Galicia (FERPALIA), Salón del vehículo y del vehículo de ocasión

(POMOVIL) y PONTUS VETERIS (pasarela de moda).

La aportación económica del Ayuntamiento se articuló mediante la suscripción de sendos

convenios de colaboración (firmados el 24.11.2010 y 29.11.2011) en los que se plasmó el

compromiso de colaboración del Ayuntamiento en la celebración de estos eventos.

La colaboración económica del Ayuntamiento se materializó en las aportaciones económicas que

se reproducen en el cuadro siguiente en el que se refleja el presupuesto previsto de las

actuaciones subvencionadas, las aportaciones económicas comprometidas y el porcentaje de

financiación:

Cuadro 20. Detalle de la financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento de Pontevedra

CERTAMEN PRESUPUESTO

PREVISTO (2010) SUBVENCIÓN

2010 % FINANCIACIÓN

PRESUPUESTO PREVISTO (2011)

SUBVENCIÓN 2011

% FINANCIACIÓN

FERPALIA 116.000 40.000 34 101.480 40.000 39

POMOVIL 79.692 10.000 13 81.066 15.000 19

PONTUS VETERIS 164.597,16 30.000 18 143.651,35 30.000 21

PONTUS VETERIS 164.597,16 35.000 21 164.183,35 30.000 18

TOTAL 524.886,32 115.000 22 490.380,70 115.000 23

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.

Se analizaron los expedientes correspondientes a las actuaciones de FERPALIA y POMOVIL de los

años 2010 y 2011 y las dos ediciones de la Pasarela Pontus Veteris celebradas en los meses de

mayo y noviembre de 2011.

Además de las comprobaciones expuestas en el epígrafe II.4, el análisis realizado se centró en la

verificación del cumplimiento de las obligaciones de justificación de la subvención establecidas

en el convenio y en la Ordenanza General reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de

Pontevedra y sus organismos autónomos (BOP nº 190, 30.09.2004).

A) FERPALIA Y POMOVIL

Como resultado de las comprobaciones de cumplimiento de la normativa reguladora de la

concesión de estas subvenciones, se obtuvieron los siguientes resultados:

1. Irregularidades en la justificación de los gastos realizados

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La Cámara justificó el gasto subvencionado con las facturas expedidas inicialmente por la

empresa encargada de organizar los eventos. No consta que le hubiese comunicado al

Ayuntamiento la existencia de documentación que evidencia la disminución de la cuantía de los

gastos justificados. Esta documentación consistió en la expedición de las facturas que se

analizaron en el epígrafe II.4 (cuadro 15) que rectificaron los importes inicialmente facturados

por la realización de las actividades subvencionadas.

Por el contrario, tanto en el año 2010 como en el 2011, entre la documentación justificativa de

la subvención, consta la certificación suscrita por la secretaria de la Cámara en la que se hace

constar que las facturas presentadas como justificantes fueron aplicadas en su totalidad para la

realización de las actividades subvencionadas.

Tal como se expuso en el análisis de la contratación, las facturas rectificativas redujeron el

importe del gasto subvencionado en las cuantías que se reflejaron en el cuadro 15.

Esta circunstancia alteró el porcentaje de financiación estipulado en la cláusula novena del

convenio a cuyo tenor el Ayuntamiento compromete una contribución de hasta el 50% del

importe de los gastos que debe afrontar la Cámara por la organización y celebración de cada uno

de los certámenes camerales previstos en este ejercicio, conforme con el límite total de 115.000

euros -oportunamente desglosados por certamen- para lo cual, en cualquier caso, (la Cámara)

tendrá que presentar a la administración municipal facturas o documentos justificativos

relacionados con las exposiciones feriales, a las que hace mérito el artículo 19 de la mencionada

disposición municipal (ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de

Pontevedra), por el importe concreto del doble de la cantidad definitiva a subvencionar para cada

evento ferial según el límite económico dispuesto.

En el siguiente cuadro se muestra el porcentaje de la reducción del gasto inicial y el porcentaje

que financia el Ayuntamiento en atención al gasto minorado.

Cuadro 21. Financiación de los eventos feriales por el Ayuntamiento atendiendo al gasto rectificado

EVENTO IMPORTE INICIAL IMPORTE DEL

GASTO RECTIFICADO

% DE REDUCCIÓN DEL GASTO

FINANCIACIÓN DEL

AYUNTAMIENTO

% FINANCIACIÓN SOBRE GASTO RECTIFICADO

POMOVIL 2010 81.066 18.000 78 10.000 56

FERPALIA 2010 121.540 103.840 15 40.000 39

POMOVIL 2011 81.066 15.000 81 15.000 100

FERPALIA 2011 101.480 89.680 12 40.000 (*) 57

TOTAL 385.152 226.520 41 105.000 46

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.

* Este evento contó con una ayuda de la Diputación Provincial por importe de 20.000 euros, por lo que para calcular el gasto sufragado por la Cámara hay que detraer dicha cuantía al importe del gasto rectificado.

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En el caso de POMOVIL, frente a un porcentaje de financiación previsto en el convenio del 13 y

19% del gasto, el Ayuntamiento pasa a financiar el 56% en el 2010 y el 100% en el 2011 del

gasto efectivamente realizado. Se incumple el límite estipulado en el convenio y en la Ordenanza

municipal que dispone que el porcentaje subvencionable no podrá exceder, con carácter general,

del 50% del coste de la actividad a que se aplique excepto que de forma motivada se justifique

que se trata de actividades de especial interés público y/o social, cuestión que deberá ser

aprobada por el órgano competente en el momento de la aprobación (artículo 5 g) ).

En el caso de FERPALIA, en el año 2010 no se excedió el límite si bien se alteró el porcentaje de

financiación que aumenta del 34% inicialmente previsto al 39%.

En el año 2011 la subvención del Ayuntamiento alcanzó el 57% del gasto afrontado por la

Cámara, ya que para sufragar los gastos de FERPALIA 2011, además de la aportación económica

del Ayuntamiento, la Cámara recibió una subvención de la Diputación Provincial de Pontevedra,

concedida mediante resolución presidencial, por importe de 20.000 euros. A esta entidad,

también se le entregó como justificante la factura acreditativa del gasto inicialmente facturado

(núm. 157/11, 22.11.2011), sin que conste la comunicación de la rectificación efectuada en

dicho gasto.

Las reducciones operadas en el gasto, cuya causa no resultó acreditada -como se expresa en el

epígrafe II.4- deberían haber producido una disminución de las cuantías sufragadas por el

Ayuntamiento. El incumplimiento del límite de financiación constituye causa del reintegro

proporcional de las ayudas recibidas a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 c) y f) de la

ordenanza municipal reguladora de las subvenciones.

2. Irregularidades en la justificación del pago de los gastos subvencionados

Según el artículo 18.2 de la Ordenanza General reguladora de las subvenciones del

Ayuntamiento, se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad

a la finalización del período de justificación determinado por la normativa reguladora de las

subvenciones, excepto que en ésta se establezca disposición expresa en contra que permita la

justificación documental del pago en el plazo de 10 días desde el abono de la subvención por la

tesorería municipal.

El artículo 19.2 c) de la ordenanza municipal establece que las facturas justificativas del gasto

deberán contener el sello de pagado o presentar justificación documental que acredite el pago.

De la revisión de los documentos acreditativos del pago de las facturas se detectaron

inconsistencias entre la documentación que se entregó al Ayuntamiento y la información

disponible en la Cámara, que seguidamente se exponen:

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POMOVIL Y FERPALIA 2010

Las facturas correspondientes a la organización de POMOVIL y FERPALIA en el año 2010, que se

presentaron en el Ayuntamiento el 9.12.2010 (registro de entrada núm. 44684), contienen el

sello de pagado.

Sin embargo, a pesar de que las dos facturas incorporaban dicho sello, se verificó que en dicha

fecha aún no estaban pagadas. Asimismo, el pago, que se realizó en fecha posterior

(31.12.2010), no alcanzó el importe íntegro de las facturas sino el importe minorado con las

facturas rectificativas. Esta circunstancia se comprobó con la documentación acreditativa del

pago proporcionada por la Cámara que se relaciona en el Anexo XVII.

POMOVIL Y FERPALIA 2011

Por lo que respecta a la acreditación del pago de las facturas correspondientes a los gastos de

POMOVIL y FERPALIA del año 2011, se detectaron los siguientes hechos:

- La remisión al Ayuntamiento de la documentación justificativa se realizó el 1.03.2012 (registro

de entrada núm. 2012006593). En esa fecha no se entregó la documentación acreditativa del

pago de las facturas.

Transcurrido el plazo previsto para justificar la subvención, y previo requerimiento por parte del

Ayuntamiento (registro de salida núm. 2012021516, 20.06.2012), la Cámara remitió la

documentación acreditativa del pago. En el escrito remitido consta el sello del registro de salida

de la Cámara en el que se indica la fecha (05.07.2012) pero no incorpora el número del registro.

Tampoco consta el sello del registro de entrada de documentos del Ayuntamiento.

La documentación entregada comprendió la copia de dos órdenes de transferencia bancaria

(realizadas el 5.07.2012 desde la cuenta núm. XXX7553), los resguardos bancarios de su

realización y el extracto bancario en el que figuran adeudados los pagos siguientes:

Factura 157/11, del 22.11.2011, correspondiente a la organización de FERPALIA 2011 por

importe de 101.480 €.

Factura 160/11, del 28.11.2011, correspondiente a la organización de POMOVIL 2011 por

importe de 81.066 €.

A pesar de que en la fecha de remisión (5.07.2012) las facturas ya habían sido corregidas a la

baja (el 28.11.2011 y 23.12.2011) se justificó ante el Ayuntamiento el pago del gasto

inicialmente facturado.

- Entre la información facilitada por la Cámara constan dos cheques librados por la empresa

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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GRUPO NORTE MCA SL a favor de la Cámara de Comercio de Pontevedra con fecha 5.07.2012,

que coincide con la fecha del pago de las facturas. El importe del cheque núm. 2.334.667-2-

4201-1 asciende a 66.066 € (cantidad que coincide con la factura rectificativa que minoró el

gasto de POMOVIL 2011) y el cheque núm. 2.334.668-3-4201-1 asciende a 11.800 € (importe

que coincide con el de la factura rectificativa que minoró el gasto de FERPALIA 2011).

- El extracto bancario de la cuenta de NovaGalicia Banco núm. XXX7553 refleja un ingreso en la

tesorería de la Cámara, con fecha contable 6.07.2012 (apunte inmediatamente posterior a las

transferencias referidas), con la descripción “ingresos cheques otra entidad” por importe de

77.866,00 euros. Esta cantidad coincide con la suma de los cheques expedidos por la empresa a

favor de la Cámara.

- En el libro Mayor de la cuenta 57200007, representativa de la cuenta bancaria en la que se

practicaron las antedichas operaciones, consta una anotación de fecha 2/07/2012 bajo el

concepto PAGO GRUPO NORTE por importe de 104.680€. Este importe coincide con el resultado

de compensar el importe del pago de las dos facturas de FERPALIA y POMOVIL 2011 (182.546

euros) y el importe del ingreso de los cheques expedidos por GRUPO NORTE MCA SL (77.866

euros).

La contabilización en un mismo asiento contable de la cuantía de los pagos de los gastos de

POMOVIL y FERPALIA 2011 minorada con el importe correspondiente al ingreso de los cheques

de la empresa, contraviene el principio contable de no compensación de ingresos y gastos.

- En cuanto al pago de la factura correspondiente a la organización de FERPALIA 2011, la

Cámara aportó otra información que no coincide con la que se entregó al Ayuntamiento y que se

relaciona en el Anexo XVIII. Esta documentación puso de manifiesto que se libraron dos veces los

pagos de los gastos de la organización de este evento, mediante los cheques emitidos el

31.12.2011 y mediante la transferencia bancaria realizada el 5.07.2012. Sin embargo, no resultó

posible verificar el cargo en la cuenta bancaria de los cheques relacionados en el anexo por lo

que, a pesar de constatarse la duplicación del libramiento del pago, no resultó posible comprobar

la percepción efectiva por la empresa de las cantidades libradas mediante los cheques.

Asimismo, la factura que se entregó a la Diputación Provincial para justificar los gastos de

FERPALIA 2011, contiene el sello de pagado. Sin embargo, en la fecha de presentación de la

documentación en la institución provincial (el 12.03.2012 según consta en el registro de salida

de la Cámara núm. 463, aunque no consta el sello del registro de la Diputación que acredite su

recepción) aún no se había materializado el pago de la factura mediante la transferencia que se

realizó el 5.07.2012. Sin embargo, en esa fecha ya se habían librado los cheques referidos en el

Anexo.

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Por lo tanto, de constatarse el cargo de los cheques en las cuentas bancarias de la Cámara, se

debería solicitar el reintegro de las cuantías percibidas indebidamente como consecuencia de la

duplicación de los pagos.

De los hechos anteriormente expuestos, se desprende que la documentación entregada por la

Cámara al Ayuntamiento de Pontevedra ocultó datos que evidencian el incumplimiento de

requisitos exigidos por la ordenanza municipal reguladora de las subvenciones.

Sin embargo, es preciso advertir, como ya se manifestó anteriormente, que se instruyeron

diligencias judiciales por el Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra respecto a las

actuaciones relacionadas con los eventos fiscalizados. En la fecha de redacción de este informe

todavía está pendiente el pronunciamiento judicial.

Los hechos relacionados constituyen indicios de responsabilidad contable lo que podría dar lugar

a la tramitación del procedimiento para su exigencia.

B) Pontus Veteris

Se revisó la documentación justificativa de las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de

Pontevedra para financiar las dos ediciones de la pasarela de moda Pontus Veteris celebradas en

los meses de mayo y noviembre de 2011.

Según la información que consta en el expediente, además de la subvención del Ayuntamiento,

estas actuaciones contaron con financiación procedente de los Fondos FEDER canalizados a

través del CSC.

En el expediente de justificación del gasto figura la información que se refleja en el siguiente

cuadro respecto al presupuesto previsto, los gastos realizados y la distribución de la financiación.

Cuadro 22. Ejecución y distribución de la financiación de PONTUS VETERIS 2011

PONTUSVETERIS PRESUPUESTO

PREVISTO GASTOS

JUSTIFICADOS

FONDOS FEDER

(ACCIONES COMPLEMENTARIAS)

CÁMARA DE COMERCIO (FONDOS PROPIOS)

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

Mayo 11 143.651.35 133.497,82 71.698,35 31.799,47 30.000,00

Noviembre 11 164.183,35 155.736,31 84.000,00 41.736,31 30.000,00

TOTAL 307.834,70 289.234,13 155.698,35 73.535,78 60.000,00

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos facilitados por la Cámara.

Como resultado de las comprobaciones realizadas, no se detectaron incidencias significativas, sin

embargo conviene destacar el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 28.6 de

la Ley de Subvenciones de Galicia que dispone que cuando las actividades fueran financiadas,

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además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá

acreditarse en la justificación el importe, el origen y la aplicación de tales fondos a las actividades

subvencionadas.

Según la distribución de la financiación comunicada al Ayuntamiento, la Cámara financiaría con

fondos propios el 25% de los gastos realizados. Sin embargo, de la documentación analizada se

desprende que la Cámara no sufragó íntegramente dicho porcentaje ya que contó con ingresos,

que no fueron comunicados, procedentes de Caixanova (actual Novagalicia banco) y de las

empresas participantes en la pasarela.

Según la información facilitada, Novagalicia Banco aportó un importe total de 22.000 euros, si

bien no se acercaron datos que permitan determinar la imputación de estos ingresos a cada una

de las pasarelas.

En cuanto a la contribución de las empresas, la Cámara no aportó datos que permitan conocer

cómo se determinó la colaboración económica de las empresas participantes en la pasarela ni

cuál es la cantidad que les correspondía financiar. En la contabilidad solamente constan

registrados dos ingresos por importe de 2.000 euros procedentes de dos de las firmas

participantes en la pasarela. Según la información solicitada, las restantes empresas no

ingresaron la aportación correspondiente.

La declaración sobre ayudas concurrentes, firmada por la Secretaría General de la Cámara, no

especifica la totalidad de los ingresos que financiaron esta actuación, sino que se limita a

manifestar el compromiso de comunicar al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda o

subvención.

II.6 AYUDAS CONCEDIDAS POR LA CÁMARA

Las Cámaras de Galicia pueden conceder subvenciones y efectuar donaciones si se encuentran

directamente relacionadas con sus propios fines y no exceden globalmente del 5% del

presupuesto ordinario de ingresos líquidos del Recurso Cameral Permanente de cada ejercicio,

excepto autorización expresa de la Dirección Xeral de Comercio (artículo 42 de la Ley 5/2004, del

8 de julio).

La COCIN de Pontevedra concede anualmente ayudas económicas a asociaciones de

comerciantes, empresarios y otras entidades. A pesar de que fue solicitado, no se certificó la

relación de las subvenciones concedidas en los ejercicios fiscalizados. Se aportó una relación de

las subvenciones otorgadas en los años 2010 y 2011 que se incluye como Anexo XIX. Sin

embargo, la revisión de la contabilidad y de las actas del Comité Ejecutivo reveló que se

concedieron subvenciones que no estaban incluidas en la relación facilitada.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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El análisis realizado se centró en la revisión de una muestra de las ayudas integrada por los

expedientes que se relacionan en el Anexo XX. Los trabajos de fiscalización se dirigieron a la

comprobación de los siguientes aspectos:

1. Comprobar la existencia de bases o normas reguladoras para la concesión de las ayudas.

2. Examinar el procedimiento de concesión verificando el cumplimiento de los principios de

publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

3. Analizar el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda mediante la

comprobación de la justificación documental de los gastos subvencionados.

4. Verificar el cumplimiento del límite cuantitativo establecido en el artículo 42 la Ley Gallega de

Cámaras.

5. Comprobar el registro contable y presupuestario de los gastos analizados.

Como resultado de las comprobaciones realizadas destacan las siguientes observaciones:

- La Cámara de Pontevedra no aprobó unas bases o normas reguladoras para la concesión de las

ayudas. No existe un procedimiento normalizado para su otorgamiento excepto para las que se

conceden con motivo de la campaña de alumbrado de Navidad que representaron el 79% del

importe de las ayudas concedidas en los ejercicios fiscalizados. En este caso se realiza una

convocatoria pública en régimen de concurrencia a.3.

Según informó la secretaria de la Cámara, en el año 2010 la publicidad de la convocatoria de

dichas ayudas se realizó en la página web de la COCIN y mediante la remisión de cartas a las

distintas asociaciones de comerciantes. En el año 2011 la publicidad se limitó a la inserción de la

convocatoria en la página web de la Cámara lo que dio lugar a que alguna asociación formulara

una queja por falta de publicidad. Las solicitudes se presentan en un modelo establecido por la

propia Cámara y se someten a consideración del Comité Ejecutivo que resuelve su aprobación y

la cuantía que se concede.

Las restantes ayudas se conceden directamente a instancia de los solicitantes, sin que se realice

una convocatoria pública que garantice la concurrencia y el acceso en condiciones de igualdad de

los posibles interesados. En varios supuestos, los escritos de solicitud llevan el sello de registro de

entrada de la Cámara pero no incorporan el número de orden del registro de documentos.

a.3 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 12.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

62

Se detectó la concesión de ayudas sin que conste la presentación de la solicitud de subvención.

Son las otorgadas a los siguientes beneficiarios: Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia

(APE), Pontevedra C.F., ICE Imaginación S.L., Asociación Jóvenes Empresarios.

A pesar de que no consta un acuerdo de distribución de competencias para el otorgamiento de

las subvenciones, las ayudas para el alumbrado de Navidad se resolvieron mediante acuerdo del

Comité Ejecutivo y las otras ayudas fueron libradas sin que conste un acuerdo expreso de

concesión. Según la información que consta en la relación facilitada por la secretaria, estas

ayudas fueron autorizadas por el presidente. La única constancia documental de esta

circunstancia, que se encuentra en alguno de los expedientes analizados, consiste en la

inscripción “orden del presidente” o “preparar cheque orden presidente” firmada por la

secretaria de la Cámara, quien manifestó que la autorización se realizaba verbalmente.

- La Cámara no definió de forma objetiva y transparente los proyectos o actuaciones a las que

presta apoyo económico y tampoco aprobó unos criterios que permitan decidir de forma objetiva

y motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan. Con carácter general, la

finalidad con la que se colabora económicamente guarda relación con fines propios de la

Cámara, tales como apoyo o fomento del comercio o colaboración en la promoción comercial y

turística, pero el destino de las ayudas concedidas es muy heterogéneo y abarca desde el apoyo

de fiestas populares, a la compra de una bandera para el Pontevedra C.F. o a la celebración de

un congreso de autónomos.

- Las diferencias existentes entre las cuantías otorgadas a los distintos beneficiarios no responden

a criterios objetivos. Incluso en las ayudas de alumbrado navideñas en las que varía el importe en

función de las calles y las bombillas de los arcos de iluminación, no consta la justificación de las

diferencias existentes entre los importes concedidos a las distintas asociaciones de comerciantes.

- No consta que se le dé publicidad a las ayudas que la Cámara concede anualmente. A pesar de

que fue solicitada una certificación en la que se detallasen las solicitudes de colaboración

económica que fueron atendidas y las que fueron denegadas en los años 2010 y 2011, no se

facilitó esta información por lo que no se pudo valorar la transparencia y objetividad en la

decisión de rechazo o no consideración de las posibles solicitudes presentadas.

- Con carácter general, no consta la documentación justificativa de los gastos en los que

incurrieron los beneficiarios para la realización de la actividad subvencionada. Solamente se

aportaron facturas en 3 de los expedientes analizados. Son las subvenciones concedidas a ICE

IMAGINACIÓN S.L., a Pontevedra Club de Fútbol S.A.D y Autónomos y Pequeñas Empresas de

Galicia (APE Galicia).

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

63

En el primer caso no se acredita la realización de los gastos ya que se trata de una factura

expedida a la COCIN de Pontevedra en concepto de patrocinio de Nadal Snow 2010, según

propuesta aceptada. Toda vez que no consta la solicitud de la ayuda ni se aportó la propuesta a

que se refiere la factura no se puede verificar el cumplimiento de la justificación.

En los expedientes de 2011 no constan las facturas justificativas de los gastos pero tampoco

consta el libramiento de la subvención ya que, según la información proporcionada por la

secretaria, a la fecha de realización de los trabajos de campo aún estaban pendientes de pago.

- Por lo que respecta a la comprobación del cumplimiento del límite cuantitativo establecido en el

artículo 42 de la Ley Gallega de Cámaras, según la información proporcionada por la Cámara,

durante los ejercicios fiscalizados el importe de las ayudas concedidas no excedió el porcentaje

establecido en dicho artículo.

- En cuanto a la imputación presupuestaria de estos gastos, si bien la estructura presupuestaria

de la Cámara incluye un concepto específico en el capítulo 11 del presupuesto de gastos

(11.01.04 Campaña alumbrado navideño) en el que se registran los gastos relativos a las ayudas

económicas concedidas para el alumbrado de Navidad, las restantes ayudas se imputaron en

distintas partidas (09.01.02 Fomento del turismo, 09.01.05 Ayudas a centros de investigación,

09.01.06 Conferencias, cursos y seminarios, 10.01.01 Estudios sobre comercio interior) sin que

conste un epígrafe diferenciado para su imputación.

La incorrecta imputación de estos gastos en partidas que no corresponden por su naturaleza,

distorsiona la información ofrecida por la liquidación presupuestaria.

II.7 TESORERÍA

La composición y variación de los saldos de la tesorería de la COCIN de Pontevedra, en los

ejercicios fiscalizados, se reflejan en el siguiente cuadro:

Cuadro 23. Saldos de la tesorería a 31 de diciembre de 2010-2011

EFECTIVO 31.12.2010 31.12.2011 VARIACIÓN ABSOLUTA

VARIACIÓN PORCENTUAL

Caja -355,09 2,00 357,09 101

Bancos 304.697,56 385.186,58 80.489,02 26

TOTAL 304.342,47 385.188,58 80.846,11 27

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos incluidos en las cuentas anuales.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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CAJA DE EFECTIVO

La subcuenta 57000000 “Caja, euros” a 31.12.2010 ofrece un saldo final negativo (-355,09€) y

el libro Mayor presenta saldos recurrentes negativos a lo largo de los ejercicios fiscalizados. Esta

circunstancia no se mencionó en la memoria que acompaña a las cuentas anuales ni fue

advertida por el auditor en su informe. Asimismo, el saldo de la caja reflejado en el epígrafe C.1

de las cuentas anuales no incorpora el signo negativo.

Este hecho alertó sobre posibles irregularidades en la contabilización de las transacciones

económicas materializadas en efectivo.

Por otra parte, cinco empleados de la Cámara presentaron un escrito ante la Subdirección Xeral

de Comercio el día 19.12.2012, que se puso en conocimiento de esta Institución con fecha

5.02.2013 (registro de entrada núm.159), en el que denunciaban irregularidades en el

funcionamiento de la caja de efectivo. En concreto advertían de la inexistencia de un libro de

caja, de la ausencia de control en la entrada y salida de las sumas de dinero cobradas a través de

ésta y de la existencia de una segunda caja de caudales en la que se acumularon diversas

cantidades ingresadas en efectivo bajo el único control de la secretaria de la entidad.

Como consecuencia de las irregularidades detectadas en las cuentas anuales y de los hechos

denunciados, los trabajos de fiscalización se orientaron a la comprobación de los siguientes

extremos:

1. Determinación del número de cajas de efectivo existentes en la Cámara.

2. Comprobación de la existencia de mecanismos de control de los movimientos de efectivo.

3. Análisis de los motivos de la existencia de saldos contables negativos.

4. Verificar si las operaciones reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 57000000 “Caja, euros”

corresponden con transacciones efectivamente realizadas.

5. Verificar el ingreso material en las entidades bancarias del importe de los recibos cobrados por

caja.

A continuación se exponen los resultados de las comprobaciones realizadas:

1. Determinación del número de cajas de efectivo existentes en la Cámara

La secretaria de la Cámara certificó que en la Cámara existen dos cajas: la denominada Caja

Efectivo que registra los cobros y pagos en efectivo de la entidad y una caja de caudales

destinada a guardar documentos.

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En la visita realizada a la Cámara el día 28.02.2013 se verificó que, a pesar de no reunir las

características y garantías de seguridad exigibles, los cajones ubicados en la mesa que ocupa el

encargado de la contabilidad se utilizaban como caja de efectivo; asimismo, se verificó la

existencia de una caja de seguridad ubicada en el despacho de la secretaria.

Se solicitó la apertura de las dos cajas obteniéndose el siguiente resultado:

- En la inspección de los mencionados cajones se verificó que contenían dinero y algunos

documentos. Se realizó un arqueo de las existencias en metálico que ascendían, en dicha fecha,

a 2.590 euros. El resultado se plasmó en un acta de arqueo cuyo resultado no se pudo contrastar

con el saldo contable ya que aún no se había anotado en el libro Mayor de la caja ninguna nota

referida a los movimientos de efectivo realizados en el año 2013.

- En la caja de caudales no se apreció la existencia de dinero en efectivo, si bien con la

inspección visual realizada, teniendo en cuenta la pluralidad de documentos que se encontraban

en la caja, no resultó posible determinar este hecho inequívocamente. Sin embargo, a petición

del equipo fiscalizador, la secretaria certificó que en la caja de caudales durante los ejercicios

2010 y 2011 y hasta la actualidad se guardan únicamente documentos importantes para su

custodia, no siendo utilizada para custodiar efectivo, y en el acta de arqueo certificó que no

existen otros fondos, valores o documentos de valor monetario que no hayan sido mostrados en

el arqueo.

2. Comprobación de la existencia de mecanismos de control de los movimientos de

efectivo

La Cámara no dictó normas en relación con el área de tesorería y movimientos de fondos ni

aprobó ningún procedimiento para la realización de los pagos e ingresos a través de la caja.

Tampoco se formalizan actas de arqueo, ni siquiera a final del ejercicio, lo que impide acreditar

los fondos existentes en la caja en una determinada fecha.

La Cámara no dispone de un libro auxiliar de caja en el que se registren diariamente los cobros y

pagos que se realizan a través de la caja de efectivo.

Según la información facilitada, los ingresos que se materializan a través de la caja de efectivo

son los siguientes:

- La recaudación de recibos del Recurso Cameral Permanente.

- Tarifas por la emisión de certificados de origen y legalización de documentos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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- Tarifas por la expedición de cuadernos ATA y las fianzas que se depositan.

Con respecto a la primera clase de ingresos, se aportó un informe extraído del programa de

recaudación en el que se deja constancia de las fechas, horas e importe de los recibos cobrados

por caja en los años 2010 y 2011.

Con respecto a los restantes ingresos no consta ningún documento en el que se realice el registro

diario de los ingresos materializados a través de la caja de efectivo.

Según manifestó el encargado de contabilidad, a través de la caja se pagan algunos gastos

generales de cuantía mínima (aguas, baterías, ferretería, gastos de conservación y

mantenimiento, etc). Aportó un archivo excel identificado como “Gastos Cámara y recibos por

tesorería 2010 y 2011” en el que se apuntaron movimientos correspondientes a ingresos de

recibos y gastos realizados por caja que no coinciden en su totalidad con los asientos contables

del libro Mayor de la cuenta 57000000. No se aportaron los justificantes acreditativos de los

gastos abonados.

Por lo tanto, la información disponible no permitió determinar con exactitud ni las cantidades

que se ingresaron diariamente en la caja de efectivo de la Cámara ni los pagos que se

materializaron en metálico.

3. Análisis de los motivos de la existencia de saldos contables negativos

No se efectúa un registro cronológico de las operaciones, infringiéndose el principio contable de

registro. Del análisis realizado se desprende que la contabilización de las operaciones

materializadas a través de la caja de efectivo se realiza al final del ejercicio o incluso con

posterioridad. Esta observación se confirma con el extracto de la cuenta de caja (57000000)

correspondiente a los años posteriores.

Así, con fecha 28.02.2013, a petición del equipo de fiscalización, se facilitó un extracto mensual

de los movimientos que hubo entre enero y diciembre de 2012 en la cuenta 57000000 que no

reflejaba más que un saldo inicial de 3.537,69 euros (que no coincide con el saldo final del

ejercicio 2011) y un abono en el mes de enero por importe de 184,24 euros. La consulta

efectuada el 7.03.2013 de los apuntes practicados en la misma cuenta desde el 1.01.2013 no

refleja más anotaciones que un saldo anterior de -182,24 euros.

Por otra parte, el análisis de los asientos contables de los ejercicios 2010 y 2011 reveló que se

contabilizaron salidas de efectivo de la caja, registrándose ingresos en la cuenta prácticamente

hasta final del ejercicio sin que se hubiera contabilizado previamente la entrada de dinero. Esta

práctica irregular provocó la existencia de saldos negativos recurrentes.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Pese a que el informe del programa de recaudación refleja la existencia de cobros por caja a lo

largo del ejercicio, en la cuenta 5700000 no se contabilizó ningún asiento de cobro hasta el

último trimestre en el que se realiza una única anotación bajo la descripción de “recibos

cobrados por caja”. Además, no coincide el importe de este asiento con la cantidad que resulta

del informe de recaudación existiendo las siguientes discrepancias:

Cuadro 24. Discrepancias entre la información contable y el informe del programa de recaudación

EJERCICIO INFORMACIÓN DEL LIBRO MAYOR DE CAJA INFORME DEL PROGRAMA

DE RECAUDACIÓN DIFERENCIAS

FECHA CONCEPTO IMPORTE

2010 31.12.2010 Recibos cobrados por caja 17.094,50 18.021,43 -926,93

2011 29.11.2011 Recibos cobrados por caja 6.634,67 5.816,80 817,87

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos aportados por la Cámara.

Las diferencias expuestas en el cuadro no fueron explicadas por los responsables de la entidad.

4. Verificar si las operaciones reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 57000000

“Caja, euros” se corresponden con transacciones efectivamente realizadas

Se seleccionó una muestra a partir de los apuntes contabilizados en esta cuenta y se solicitó la

documentación justificativa de las entradas y salidas de efectivo reflejadas en los asientos

contables. No fue aportada dicha justificación y el encargado de la contabilidad manifestó que

no todos los movimientos registrados contablemente respondían a operaciones efectivamente

realizadas.

Con el fin de aclarar esta afirmación, se requirió un informe sobre los cobros y pagos que

figurando en el libro Mayor de la cuenta 5700000 se correspondiesem con entradas o salidas

reales de efectivo. Respecto de los movimientos reales se solicitó la documentación justificativa

de los pagos o ingresos correspondientes y, con respecto a los otros, cuál fue el motivo de su

registro indicando el hecho económico y la documentación que soporta su anotación.

No se facilitó el informe solicitado, sin embargo se indicaron los movimientos que no

correspondían con una transacción real. Esta información se reproduce en el Anexo XXI. No se

explicaron las razones que motivaron dichas anotaciones contables.

Los asientos calificados como reales describían salidas de efectivo (bajo el concepto “recaudación

recibos”, “ingreso recibos”, ”ingreso efectivo”, “ingreso efectivo cámara” o “certificados caja”)

que, según manifestó el encargado de la contabilidad, se ingresaban en las entidades bancarias.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

68

Con el fin de verificar la realidad de estas anotaciones se compararon las anotaciones del libro

Mayor de caja con los movimientos reflejados en los extractos bancarios de las cuentas en las

que se realizaron los ingresos. De esta comprobación resultó lo siguiente:

- La información contable refleja que durante el año 2010 se ingresaron 13.450,21 euros en la

cuenta 57200002 (cuenta núm. XXX3142 abierta en el Banco de Galicia, actualmente Banco

Popular). Sin embargo, la información del extracto bancario confirma imposiciones de ingresos

por importe de 12.630,21 euros.

- Durante el año 2011, según las anotaciones contables, los ingresos de efectivo en las entidades

bancarias ascendieron a 3.363,97 euros y se depositaron en las cuentas 57200001 (cuenta núm.

XXX2145 del Banco de Galicia, actualmente Banco Popular) 57200002 (cuenta núm. XXX3142)

y 57200007 (cuenta núm. XXXXX17552 de Novacaixagalicia, actualmente Novagalicia Banco).

En los extractos bancarios se confirmaron imposiciones de ingresos por importe de 3.241,26

euros.

Los ingresos que no se verificaron en los extractos bancarios de las cuentas de imputación

corresponden a los siguientes asientos:

FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE CONTRAPARTIDA

4.10.2010 Ingreso efectivo Cámara No consta 820,00 57200002

3.06.2011 Recaudación recibos I112 150,00* 57200001

15.07.2011 Recaudación recibos I171 122,71 57200002

TOTAL 1.092,71

*No se verificó el ingreso en la cuenta 57200001, pero en el extracto bancario de la cuenta 57200002, consta un ingreso de efectivo por

ventanilla de 150,00 euros el 3.06.2011, por lo que puede tratarse de un error en la cuenta de imputación.

En la revisión efectuada se detectaron otras incidencias que revelan la escasa fiabilidad de las

anotaciones contables. Así, se detectó la existencia de dos resguardos de ingresos bancarios que

corresponden a certificados de origen que fueron cobrados por caja y sin embargo no se

contabilizaron en el libro Mayor de la cuenta 57000000. Son los siguientes:

FECHA CONCEPTO DOCUMENTO IMPORTE CUENTA

14.07.2011 6 certificados de origen I170 72,00 57200007

21.07.2011 8 certificados de origen I174 96,00 57200007

Total 168,00

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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5. Verificar el ingreso material en las entidades bancarias del importe de los recibos

cobrados por caja

El único documento que ofrece información sobre los cobros realizados diariamente por caja es el

informe del programa de recaudación en el que se relacionan los recibos del Recurso Cameral

Permanente que fueron cobrados en efectivo en los años 2010 y 2011.

Según informó al encargado de la contabilidad, las cantidades que se cobraban por caja se

ingresaban casi a diario en las entidades bancarias, en el Banco de Galicia en 2010 y en el año

2011 también en NCG banco. Sin embargo, la documentación analizada no corrobora esta

afirmación ya que la periodicidad de cobros de los recibos que consta en los informes del

programa de recaudación no coincide con las fechas de los ingresos de efectivo en las entidades

bancarias.

Para verificar que el dinero cobrado por caja se ingresó en la correspondiente entidad bancaria se

partió de los informes del programa de recaudación y se comparó el importe global de los cobros

en efectivo con el sumatorio de los importes correspondientes a las salidas de efectivo descritas

en el libro Mayor de caja como “ingreso efectivo cámara”, “recaudación recibos” o “ingreso

efectivo” cuya veracidad confirmaban los extractos bancarios. Sin embargo, esta prueba se

realizó con la limitación de que no se aportó la evidencia de que dichos ingresos se

correspondían con las cantidades procedentes del cobro del RCP ya que, a pesar de ser

solicitada, no entregaron la documentación soporte de dichas anotaciones.

Los resultados de las comprobaciones realizadas fueron los siguientes:

- La recaudación por caja correspondiente a los recibos del RCP, cobrados entre el 1.01.2010 y

31.12.2010, ascendió, según el informe del programa de recaudación, a 18.021,43 euros. Sin

embargo, el libro Mayor de la cuenta de caja refleja ingresos de efectivo en la cuenta 57200002,

verificados con el extracto bancario, por importe de 12.630,51€.

- La recaudación por caja correspondiente a los recibos del RCP, cobrados entre el 1.01.2011 y

31.12.2011, ascendió, según el informe del programa de recaudación, a 5.816,80 euros. Sin

embargo, el libro Mayor de la cuenta de caja refleja ingresos de efectivo en las cuentas

57200002 y 57200007, verificados con el extracto bancario, por importe de 2.941,26€.

Por lo tanto, del importe global de los recibos cobrados por caja en los años 2010 y 2011, no se

obtuvo evidencia del ingreso en las entidades bancarias de 8.266,46 euros (5.390,92€ de los

cobros del año 2010 y 2.875,54 € de los cobros del año 2011).

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Según las explicaciones del encargado de contabilidad, el dinero que no se ingresó en las

entidades bancarias se destinó al pago de diversos gastos que no se registraron en la

contabilidad de la Cámara y de los que no se aportaron justificantes.

Como documentación soporte de dichas explicaciones facilitó el archivo excel en el que se

relacionan cantidades descritas como “gastos cámara” cuyo importe global ascendió a

4.828,01€ en el año 2010 y a 2.304,06 en el año 2011.

Solicitados los justificantes de estos gastos, aportó un extracto de los movimientos de la cuenta

del Banco de Galicia núm. XXX3142 que refleja apuntes bancarios de ingresos por cantidades

coincidentes con las que se relacionan como “gastos cámara” en el mencionado archivo.

Atendiendo a la descripción de dichos apuntes se trata de traspasos entre cuentas efectuados

desde otra cuenta de la Cámara abierta en la misma entidad. Esta documentación no constituye

evidencia justificativa de los gastos abonados con el dinero ingresado por caja.

Por lo tanto, no se aportó evidencia del destino de los cobros en metálico correspondientes a la

recaudación de los recibos del Recurso Cameral Permanente por importe de 8.266,46 euros.

Si bien las debilidades de la información ofrecida y las deficientes explicaciones aportadas por las

personas responsables, no permiten emitir un pronunciamiento inequívoco sobre el menoscabo

producido en los caudales de la Cámara, los hechos expuestos, unidos a la ausencia de control

de los movimientos de efectivo, ponen de manifiesto que no está garantizada la integridad de los

fondos manejados a través de la caja de efectivo.

Las incidencias expuestas constituyen indicios de responsabilidad contable. En el trámite de

alegaciones no se aportó documentación justificativa del destino de estos fondos, lo que podría

dar lugar a la tramitación del procedimiento para su exigencia a.4.

BANCOS

Se solicitó a la secretaria de la Cámara una relación certificada de las cuentas bancarias con las

que operaba la entidad con el detalle de la siguiente información: entidad bancaria, número de

cuenta, tipo de cuenta, fecha de apertura y/o cancelación, así como los saldos a 31.12.2010 y

31.12.2011. Esta documentación no fue facilitada.

a.4 Párrafo modificado en el trámite de alegaciones.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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La identificación de las cuentas corrientes en la contabilidad es deficiente; en algunos casos no

se expresaban los dígitos de las cuentas y en otros se hacía de forma incompleta. Asimismo, no

se adaptó la denominación de las entidades financieras y de las cuentas corrientes a las surgidas

tras los procesos de fusión y absorción de las distintas entidades. Este hecho dificultó la

correspondencia entre las cuentas comunicadas por las entidades bancarias y las que constan en

la contabilidad.

Según el informe de auditoría que acompaña las cuentas anuales, las existencias en las entidades

financieras a 31.12.2010 y 31.12.2011 presentan el siguiente detalle:

Cuadro 25. Existencias en las entidades financieras a 31 de diciembre 2010 y 2011

CUENTA FINANCIERA

DESCRIPCIÓN CONTABLE SALDO A 31.10.2010 SALDO A 31.12.2011

57200001 Banco de Galicia c/2145 43.974,12 37.519,89

57200002 Banco de Galicia c/555776 1.230,12 935,70

57200003 Banco de Galicia Post PIPE 5.523,41 898,17

57200004 Banco de Galicia PIPE 6.291,30 2.004,07

57200005 Banco Pastor c/ 122644 2.009,53 37.423,41

57200010 Banco Simeón c/ 747773 659,12 8.180,03

57200007 Caixanova c/17552 70.995,45 150.531,86

57200008 Caixanova c/ 400258 3,56 3,56

57200011 Caixanova Ayuda nuestras Rías 10.832,00 817,00

57200012 Caixanova c/ Vivero de empresas 91.289,00 16.766,08

57200013 Caixa Galicia 889,95 1.106,81

57200014 Caixa Galicia c/ plazo fijo 71.000,00 71.000,00

57200015 Novagalicia a plazo fijo _______ 58.000,00

TOTAL 304.697,56 385.186,58

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos del informe de auditoría que acompañan las cuentas anuales.

De la respuesta a las solicitudes de confirmación de saldos remitidas a las entidades financieras

se obtuvo el siguiente resultado:

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- La entidad Novagalicia Banco no comunicó los saldos de las cuentas abiertas en esa entidad a

31.12.2010. A pesar de las reiteradas peticiones de información a la Secretaría de la Cámara, no

se facilitó ninguna documentación que acredite los saldos bancarios a dicha fecha. Por lo tanto,

no se pudo verificar la coincidencia de los saldos contables y bancarios. Este hecho representa

una limitación en el análisis de la representatividad de estas cuentas y en la verificación de la

integridad de los fondos.

- Respecto a la cuenta abierta en el Banco Pastor (actualmente perteneciente al grupo Banco

Popular) la entidad bancaria no comunicó los saldos a 31.12.2010 y 31.12.2011, sino que

facilitó el dato a 10.10.2012.

- La respuesta de las entidades financieras reveló la existencia de cuentas bancarias que no

figuran en la contabilidad de la Cámara. Son las siguientes:

ENTIDAD IDENTIFICACIÓN DE LA

CUENTA FECHA DE SALDO 31.12.2010 SALDO 31.12.2011

Banco Pastor XXX010 13.09.2000 0,00 0,00

Novagalicia Banco XXXX250 25.06.2008 No comunicaron saldo 0,00

Novagalicia Banco XXXX2047 27.09.2011 No comunicaron saldo 0,00

Novagalicia Banco XXXX1772 07.04.2000 No comunicaron saldo 0,00

Según la información facilitada por la Cámara, la cuenta abierta en el Banco Pastor se trata de

una cuenta de recaudación interna del Banco desde la que se realizan traspasos a la cuenta

57200002.

Respecto a las cuentas abiertas en Novagalicia Banco, se solicitó información a la secretaria de la

Cámara sobre los siguientes aspectos: naturaleza de las cuentas, los movimientos realizados en

los años 2010 y 2011 y el control ejercido por la Cámara. No se aportó ninguna información que

permita aclarar dichas cuestiones.

- La confrontación de los saldos contables y bancarios, con las limitaciones anteriormente

indicadas, evidenció la existencia de diferencias en los saldos de algunas de las cuentas. En el

siguiente cuadro se reproduce el resultado del trabajo de conciliaciones de saldos:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

73

Cuadro 26. Conciliación de saldos contables y bancarios

CUENTA FINANCIERA

DESCRIPCIÓN CONTABLE (1)

SALDO CONTABLE

A 31.10.2010

SALDO BANCARIO A 31.10.2010

DIFERENCIAS SALDO

CONTABLE A 31.12.2011

SALDO BANCARIO

A 31.10.2011

DIFERENCIAS

57200001 Banco de Galicia c/2145 43.974,12 43.604,52 +369,60 37.519,89 38.119,89 -600

57200002 Banco de Galicia c/555776 1.230,12 1.230,12 0,00 935,70 935,70 0,00

57200003 Banco de Galicia Post PIPE 5.523,41 5.523,41 0,00 898,17 898,17 0,00

57200004 Banco de Galicia PIPE 6.291,30 6.291,30 0,00 2.004,07 2.004,07 0,00

57200005 Banco Pastor c/ 122644 (2) 2.009,53 2.009,53 0,00 37.423,41 37.423,41 0,00

57200010 Banco Simeón c/ 747773 659,12 659,12 0,00 8.180,03 8.180,03 0,00

57200007 Caixanova c/17552 70.995,45 No hubo respuesta

bancaria ___ 150.531,86 150.531,86 0,00

57200008 Caixanova c/ 400258 3,56 No hubo respuesta

bancaria _____ 3,56 0,00 3,56

57200011 Caixanova Ayuda nuestras Rías 10.832,00 No hubo respuesta

bancaria _______ 817,00 802,00 15,00

57200012 Caixanova c/ Vivero de empresas

91.289,00 No hubo respuesta

bancaria _______ 16.766,08 16.859,08 -93,00

57200013 Caixa Galicia 889,95 No hubo respuesta

bancaria _____ 1.106,81 1.185,33 -78,52

57200014 Caixa Galicia c/ plazo fijo 71.000,00 No hubo respuesta

bancaria ____ 71.000,00 71.000 0,00

57200015 Novagalicia a plazo fijo _______ No hubo respuesta

bancaria _____ 58.000,00 58.000 0,00

TOTAL 304.697,56 XXXX 369,60 385.186,58 385.939,54 -752,96

Fuente: Elaboración propia. A partir de los saldos contables y la respuesta de las entidades financieras.

(1) La deficiente identificación de las cuentas bancarias en la contabilidad de la Cámara, que en algunos casos no refleja de forma íntegra el número de las cuentas y en otros no incluye ningún dígito, dificultó la verificación de la correspondencia entre las cuentas contables y bancarias. Sin embargo, se presumió la identidad de las cuentas en aquellos casos en que existe coincidencia entre el saldo contable y bancario. (2) El saldo comunicado por el Banco Pastor se refiere a 10.10.2012. El saldo bancario a 31.12.2010 y 31.12.2011 se verificó en el extracto bancario.

Pese a las diferencias que se reflejan en el cuadro anterior, la Cámara no incorporó a las cuentas

anuales ni aportó un documento de conciliación de saldos.

Solicitada explicación de las diferencias y la conciliación entre los saldos contables y bancarios,

no se justificaron las discrepancias que afectan a la cuenta 57200001. Según la información

proporcionada por el encargado de la contabilidad, responden a apuntes contables que él no

registraba. Asimismo, manifestó que dichas divergencias se habían puesto en conocimiento del

auditor, sin que conste ninguna mención en el informe de auditoría.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

74

Las discrepancias que afectan a las cuentas 57200012 y 57200013 fueron explicadas y se

verificó en los extractos bancarios que respondían a que no se contabilizaron los siguientes

movimientos:

Cuadro 27. Conciliación de las diferencias de los saldos contables y bancarios de las cuentas 57200012 y 57200013

CUENTA FECHA

CONTABLE CONCEPTO FECHA VALOR IMPORTE SALDO

57200012

12.12.2011 Traspaso de Cámara de Comercio, industria y Navegación

12.12.2011 (*)108,00 16.874,08

17.12.2011 Comisión mantenimiento 17.12.2011 -15,00 16.859,08

57200013

25.11.2011 Intereses cuenta 25.11.2011 91,87 1.090,68

05.12.2011 Intereses cuenta 03.12.2011 109,65 1.200,33

17.12.2011 Comisión mantenimiento 17.12.2011 -15,00 1.185,33

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de los extractos bancarios.

(*) Este movimiento se imputó erróneamente en la cuenta 57200013

TARJETAS DE CRÉDITO

La secretaria de la Cámara certificó que no existe ninguna tarjeta de crédito expedida a nombre

de ningún miembro del Pleno ni del personal de la Cámara.

II.8 ACTIVIDADES Y FUNCIONES

En el presente epígrafe se aborda el análisis de las principales funciones desarrolladas por la

Cámara de Pontevedra durante los ejercicios fiscalizados.

El análisis se centró en el ejercicio de las funciones público-administrativas que la legislación

cameral atribuye a estas entidades ya que, por una parte, su desarrollo justifica la naturaleza de

las Cámaras como corporaciones de derecho público y, por otra, la relevancia de dichas

funciones fue uno de los argumentos utilizados tradicionalmente por la doctrina y la

jurisprudencia constitucional (STC 107/1996) para justificar la adscripción obligatoria a las

cámaras de comercio.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

75

Las funciones público-administrativas se relacionan en el artículo 2 de la Ley estatal de cámaras

que establece la siguiente clasificación:

- Las funciones que corresponden a todas las Cámaras con el carácter de básicas (artículo 2.1).

- Las funciones que determine cada Comunidad Autónoma (artículo 2.2), que se relacionan en el

artículo 4.2 de la Ley gallega de cámaras.

- La facultad genérica para llevar a cabo toda clase de actividades que contribuyan a la defensa,

apoyo o fomento del comercio, la industria y navegación, o que sean de utilidad para el

desarrollo de las indicadas finalidades y, en especial, establecer servicios de información y

asesoramiento empresarial (artículo 2.3).

En el anexo XXII se ofrecen las funciones relacionadas en la normativa estatal y autonómica

agrupadas en atención a las áreas de actividad de mayor relevancia.

Se entregó una encuesta relativa al ejercicio por la COCIN de Pontevedra de las funciones

público-administrativas con el objetivo de determinar las que se desarrollaron efectivamente y su

alcance real en los ejercicios fiscalizados. A pesar de los reiterados requerimientos a la Secretaria

de la entidad, no se obtuvo respuesta.

Los datos que se ofrecen a continuación se extrajeron de las memorias de actividades y servicios

de la Cámara, de documentación proporcionada durante el transcurso de los trabajos de

fiscalización y de las actas del Pleno y del Comité Ejecutivo.

Para analizar las actividades desarrolladas, las funciones públicas se agruparon en cinco áreas:

formación, asistencia a las empresas, apoyo a la internacionalización, colaboración con las

administraciones públicas y las funciones censales y estadísticas.

1. Formación

La Cámara desarrolla, en los años fiscalizados, diversas actividades formativas que consisten en

la realización de cursos, seminarios y jornadas vinculados mayoritariamente con la función

pública administrativa de difundir e impartir formación no reglamentada referente a la empresa.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

76

Las actividades realizadas figuran en las siguientes tablas:

Cuadro 28. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2010

PROGRAMA FINANCIACIÓN NOMBRE DE LA ACCIÓN FORMATIVA

Nº ALUMNOS

Creación y consolidación de empresas

YNCIDE,FSE, Consellería de Traballo y Cámara

Formación para la creación y consolidación de empresas 25

Emprendedores en el comercio

FSE, Ministerio de Industria y Cámara

Proyecto de formación emprendedores en el comercio 25

Feria del conocimiento FSE y Cámara

Jornada de la innovación y transferencia del conocimiento 20

Encuentros 1x1 20

Intensificación 15

Fomento del espíritu emprendedor en la escuela

FSE, Ministerio de Educación, CSC y Cámara

Formación para el fomento del espíritu emprendedor en la escuela

386

Red Genera Feder y cámaras

Desarrollo e implantación de proyectos biodiesel. 36

Desarrollo e implantación de proyectos de bio gas 21

Desarrollo e implantación de proyectos de cogeneración-trigeneración

18

Desarrollo e implantación de proyectos de biomasa 25

Convocatoria acciones formativas ocupados. Consellería de Traballo

FSE Gestión de empresas ante la crisis 13

Formación general Fondos propios Nuevas tendencias y oportunidades de negocio en materia de gestión de residuos

120

Formación general Matrículas V jornadas sobre la Ley Concursal 140

Formación general Fondos propios Yo quiero vender por internet 15

Formación general Fondos propios Financiación para Pymes a nivel comunitario. Gestión de proyectos europeos

27

Formación general Fondos propios Innovación, desarrollo y gestión de la innovación 15

Formación general Fondos propios Sesiones de formación de DNI electrónico 10

Formación general Fondos propios La administración electrónica: una administración sin papeles 10

Total 841

Fuente: elaboración propia a partir de la información proporcionada por la Cámara

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Cuadro 29. Acciones formativas de la Cámara de Pontevedra. Año 2011

PROGRAMA FINANCIACIÓN NOMBRE DE LA ACCIÓN FORMATIVA Nº

ALUMNOS

Creación y consolidación de empresas

YNCIDE,FSE, Consellería de Traballo y Cámara

Formación para la creación y consolidación de empresas 26

Emprendedores en el comercio

FSE, Secretaría Xeral de Comercio y Cámara

Calidad del servicio en el comercio al por menor 23

Función directiva del comerciante 24

Organización societaria 21

Gestión de ventas y gestión de compras 17

Técnicas de venta y política de comunicación 16

Feria del conocimiento FSE y Cámara

Encuentros 1x1-construccion 21

Jornada de la innovación y transferencia del conocimiento 34

Encuentros 1x1-industria 19

Encuentros 1x1 44

Fomento del espíritu emprendedor en la escuela

FSE, Ministerio de Educación, CSC y Cámara

Formación para el fomento del espíritu emprendedor en la escuela

358

Integración de inmigrantes FSE, Ministerio de Trabajo, CSC y Cámara

Programa formativo para la integración socio-laboral de inmigrantes

164

Formación general Matrículas I máster en community manager plus 30

Formación general Fondos propios Medidas para la regularización y control del empleo sumergido 10

Formación general Matrículas Seminario reducción de costes y gestión de compras 6

Formación general Matrículas Taller práctico: comunicación, redes sociales y marketing on line, geoposicionamiento y móviles

27

Formación general Matrículas VI jornadas sobre la Ley Concursal 134

Red Genera Feder y cámaras Jornada ecored: Herramienta informática de gestión de residuos 22

Formación general CSC, FSE y Ministerio de Sanidad e Igualdad

Jornadas de gestión de la igualdad de oportunidades en la empresa

23

Total 1.019

Fuente: elaboración propia a partir de la información proporcionada por la Cámara

De la anterior información se desprende que, junto con la formación general organizada por la

propia Cámara, se desarrollan, mayoritariamente, acciones formativas integradas en los

programas que coordina el CSC, el CGC y la Xunta de Galicia:

En concreto, en los años 2010 y 2011 la Cámara colabora, mediante la formalización de los

correspondientes convenios, en los siguientes programas del Consello Superior de Cámaras:

Emprendedores en el Comercio. Dirigido a combatir la alta tasa de desaparición de

pequeñas empresas comerciales en los primeros años de su existencia, que se debe en parte a

la falta de formación del empresario autónomo. Para eso, el programa les proporciona una

formación que haga que su negocio subsista en un mercado cada vez más competitivo.

Feria del conocimiento. Destinado a potenciar mecanismos estables de cooperación

público-privada, establecer nexos entre las infraestructuras del conocimiento y las empresas,

fomentar la formación continua de las empresas y estimular la demanda de las empresas para

fomentar la adaptabilidad y el dinamismo del tejido empresarial.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Creación y Consolidación de Empresas. Dirigido a emprendedores/as y/o

empresarios/as que cuenten con una idea y deseen estudiar su viabilidad o consolidar y

ampliar el negocio ya existente.

Fomento del Espíritu Emprendedor en la Escuela. Orientado a promover y fomentar

la cultura emprendedora entre los alumnos de Formación Profesional, ESO y Bachillerato.

Programa Formativo de Integración Social y Laboral para Inmigrantes. Destinado

a la integración completa del trabajador inmigrante y cubrir las necesidades del mercado de

trabajo.

En el año 2010 la Cámara como socio del programa Red Genera, que lidera el Consello Galego

de Cámaras, ejecuta las cuatro acciones formativas enumeradas en la tabla anterior.

También realiza en el año 2010 el curso “Gestión de la empresa ante la crisis”, dirigido a

ocupados, subvencionado por la Xunta de Galicia y cofinanciado por el FSE.

La Cámara no desarrolla dos de las principales funciones que la normativa prevé en formación: a)

colaborar con las administraciones educativas en la gestión de la formación práctica en los

centros de trabajo incluido en la enseñanza de Formación Profesional reglada -selección y

homologación de centros de trabajo y empresas, designación de tutores de los alumnos, control

del cumplimiento de la programación (art.2.a de la Ley Básica de Cámaras); b) colaborar en los

programas de formación permanente establecidos por las empresas, por centros docentes

públicos o privados o por las administraciones públicas competentes (artículo 4.2.a de la Ley

gallega de cámaras).

2. Asistencia a Empresas

La Cámara de Pontevedra emitió 558 certificados de origen en el año 2010 y 614 en el año

2011. El certificado de origen es un documento que acredita el país de origen de las mercancías

y lo solicitan las empresas exportadoras para cumplir los requisitos aduaneros.

También emitió 14 cuadernos ATA, cinco en el año 2010 y nueve en el año 2011. El cuaderno

ATA es un documento de admisión temporal de mercancías válido en los países miembros de la

Cadena Ata que permite viajar temporalmente con determinadas mercancías (que no sean de

naturaleza perecedera), para ser mostradas en ferias y exposiciones, para realización de trabajos

de tipo profesional o bien para exhibición de muestrarios.

Además de las referidas funciones, la Cámara de Pontevedra colaboró en distintos programas de

apoyo dirigidos a las empresas, entre los que destacan los siguientes:

Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM), que persigue sensibilizarlas hacia el

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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autoempleo y la actividad empresarial. Está liderado por el CSC y cuenta con el apoyo financiero

del FSE y de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. No resulta posible

determinar el número de beneficiarias del programa, ya que el único dato disponible en la

memoria de la Cámara del año 2010 recoge los datos agregados desde el año 2005 al año 2010

que incluye un total de 439 usuarias.

Programa RedGenera, liderado por el CGC, que tuvo como objetivo el fortalecimiento del sector

de la valorización y reciclado en la eurorregión Galicia-Norte de Portugal. El proyecto tuvo una

duración de 24 meses y finalizó a finales del año 2010. En ese año la Cámara, como socio del

proyecto, realizó cuatro talleres de difusión en los sectores de la construcción, del textil, del

metal, mecánico y en el agroalimentario, con un total de 51 asistentes. Un total de 18 empresas

fueron auditadas por R Agents.

La Cámara organizó diversos eventos feriales en colaboración con el Ayuntamiento de

Pontevedra y con el CSC. En los años 2010 y 2011 las actividades feriales más destacadas fueron

POMOVIL, FERPALIA y PONTUS VETERIS.

Asimismo, la Cámara cuenta con un vivero de empresas con siete despachos, en los que ponen a

disposición de los emprendedores locales una infraestructura física y una serie de servicios de

asistencia. Están destinados a favorecer la puesta en marcha de empresas que están

comenzando su actividad.

Ni en la memoria, ni en la documentación facilitada por la Cámara consta información sobre las

funciones de arbitraje mercantil nacional e internacional establecidas por la Ley básica de

Cámaras ni de las de arbitraje de consumo e institucional establecidas por la Ley gallega de

cámaras.

3. Apoyo a la internacionalización

Las actividades de comercio exterior que realiza la Cámara se encuadran en el denominado Plan

Cameral de las Exportaciones que constituye el instrumento fundamental en el proceso de

internacionalización de las empresas. El Plan está regulado en la Ley Básica de Cámaras, y se

elabora periódicamente de forma coordinada a nivel nacional, con la participación de las

cámaras, la Secretaría de Estado de Comercio y Turismo, Turespaña y las comunidades

autónomas. Antes de la modificación realizada por el RD Ley 13/2010, las dos terceras partes de

las cuotas del Impuesto de Sociedades estaban afectadas a la financiación de este Plan.

El Plan contempla actividades de promoción, formación, información y turismo.

En los años fiscalizados, la Cámara desarrolla mayoritariamente actuaciones de promoción, que

cuentan con la participación de las empresas y consisten en el apoyo directo a su

internacionalización. Se materializan en la realización de misiones comerciales directas, inversas y

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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estratégicas, visitas a ferias y la prestación de servicios de apoyo, asistencia y asesoramiento

mediante la contratación de un promotor de negocios que desarrolla su actividad en Brasil.

Dichas actuaciones se financian fundamentalmente al amparo del Plan Foexga.

En los anexos XI y XII se describen las distintas actuaciones incluidas en el Plan Foexga que

forman parte del denominado Plan Cameral de Exportaciones.

Las actividades formativas en comercio exterior se concretaron en la realización de dos

seminarios: “Exigencias y procedimientos previos para la exportación de productos pesqueros a

Brasil” (2010) y “Enoturismo” (2011).

Junto a las anteriores actividades, también se incluyen en el Plan Cameral los siguientes

programas:

El Plan de Iniciación a la Promoción Exterior (PIPE). El PIPE es un programa de ayuda a las

Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) españolas para su iniciación práctica en la exportación.

Está organizado y dirigido por el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) y el Consejo

Superior de Cámaras de Comercio (CSC), con la colaboración de las Comunidades Autónomas y

las Cámaras de Comercio, y con el apoyo de los fondos FEDER de la Unión Europea.

El programa persigue incorporar la exportación como una actividad permanente y estable en la

empresa, ofreciendo el apoyo que necesita para comenzar a exportar. El PIPE sigue a la empresa

en todo el proceso de decisión para conseguir su internacionalización, con un programa de dos

años de duración dividido en tres fases.

Según la información que consta en la memoria de comercio exterior, en el año 2010

participaron en el programa PIPE 10 empresas en el período 2008-2010 y en el año 2011 un

total de 6 pertenecientes a distintos sectores: textil, conservas, fabricación de muebles, editorial,

vinos, moldes de inyección, cría y matadero de conejos.

El programa de seguimiento PIPE se puso en marcha para seguir prestando apoyo a las

empresas que finalizaron el PIPE, con el fin de que puedan consolidarse en el exterior. En este

programa también participan el ICEX,CSC, las Cámaras de Comercio y las Comunidades

Autónomas.

El objetivo del programa de seguimiento PIPE es conseguir que las empresas que participaron en

el PIPE se consoliden como exportadoras estables, con un programa que favorece el trabajo

continuado y la implantación de los productos y marcas en los mercados exteriores.

Según la información que consta en la memoria de comercio exterior, en el año 2010

participaron 5 empresas en el programa de seguimiento y en el año 2011 fueron 3 las empresas

participantes.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

81

4. Asesoramiento y colaboración con las administraciones públicas

Como órganos consultivos las cámaras pueden emitir informes preceptivos, que formulan en

virtud de una disposición legal, o pueden elevar a las administraciones cuantas reformas o

medidas crean necesarias para el fomento del comercio, la industria y la navegación, así como

emitir informes sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del

territorio, medio ambiente y localización industrial y comercial.

En las memorias de la Cámara no consta información referida a la elaboración de informes o

propuestas, durante los ejercicios analizados. Tampoco se dispone de datos sobre la participación

en diferentes órganos consultivos de la Administración Autonómica o de otras instituciones

públicas ni consta información sobre las actividades de tramitación de programas públicos de

ayudas a las empresas y la gestión de servicios públicos.

5. Censales y estadísticas

La Cámara elabora el censo público de las empresas ubicadas en su demarcación. No consta

información sobre la elaboración y publicación de estadísticas y estudios de los sectores

comerciales, industriales y navieros.

Del elenco de las funciones público-administrativas atribuidas a las Cámaras, solamente

constituye una función propia y exclusiva de las cámaras de comercio la consistente en la

expedición de certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil,

nacional e internacional, siendo las cámaras los únicos organismos que pueden expedir estos

documentos.

La Cámara no elaboró un programa de actuaciones en el que se incorporen unas líneas de

actuación u objetivos ni estableció unos indicadores que permitan valorar el grado de

cumplimiento y el nivel de eficacia y eficiencia en su actuación.

Es preciso señalar que la Cámara no dispone de información completa sobre el número de

usuarios de los servicios prestados por la Cámara.

A través de la encuesta entregada, se solicitó información referida a los instrumentos utilizados

por la Cámara para valorar las necesidades y demandas de prestación de servicios por parte de

los usuarios, así como sobre los métodos de valoración de los que dispone la Cámara para

conocer su opinión sobre los servicios prestados. Si bien no se recibió respuesta a las cuestiones

formuladas, en el análisis del área de formación y de las actuaciones de promoción exterior

incluidas en el Plan Foexga, se observó que se formulan encuestas destinadas a conocer el grado

de satisfacción con la actividad realizada pero no se evalúa la repercusión de las actuaciones en

la actividad o resultados de las empresas.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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III. ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA

Este apartado del informe se estructura en tres epígrafes en los que se analizan los siguientes

aspectos:

- Análisis de la liquidación del presupuesto ordinario de la Cámara de los ejercicios 2010 y 2011.

- Consideraciones derivadas de la supresión de los ingresos procedentes del RCP.

- Presentación de una serie de ratios que permitan analizar la posición financiera y económica de

la Cámara de Pontevedra.

III.1 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Las previsiones del presupuesto de ingresos de los años 2010 y 2011, ascendieron a 1.554.000 y

1.528.000 euros, respectivamente.

En el siguiente cuadro se ofrece el resumen por capítulos de la ejecución del presupuesto de

ingresos, indicando las desviaciones producidas y el grado de ejecución sobre las previsiones

presupuestadas:

Cuadro 30. Resumen de la ejecución del presupuesto de ingresos

Capítulo 2010 2011

Presupuestado Realizado Desv. % Presupuestado Realizado Desv. %

01. Recursos permanentes 899.000 1.093.592,74 194.592,74 122 852.000 857.348,42 5.348,42 101

02. Recursos no permanentes 655.000 1.110.212,95 455.212,95 169 676.000 922.638,51 246.638,51 136

Total ingresos 1.554.000 2.203.805,69 649.805,69 142 1.528.000 1.779.986,93 251.986,93 116

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación

En el ejercicio 2010 la realización de ingresos excedió un 42% las previsiones iniciales. Se

produjeron unas desviaciones netas positivas de ingresos por recursos permanentes de

194.592,74 euros. Los ingresos no permanentes también presentan desviaciones positivas por

importe de 455.212,95 euros.

En el ejercicio 2011 la realización de ingresos superó un 16% las previsiones iniciales, las

desviaciones netas positivas de los ingresos permanentes ascendieron a 5.348,42 euros y las de

los ingresos no permanentes a 246.638,51 euros.

La Cámara efectúa estimaciones a la baja de los ingresos esperados, más aún en el supuesto de

los recursos no permanentes, mayoritariamente integrados por subvenciones. Sin embargo, el

exceso medio de las cuantías liquidadas sobre las presupuestadas es superior en el ejercicio 2010

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

83

que en el 2011, habida cuenta de la caída de los ingresos que se derivó de la nueva coyuntura

económica.

En el siguiente cuadro se ofrece la variación interanual de los ingresos realizados:

Cuadro 31. Variación interanual de los ingresos realizados en los ejercicios 2010 y 2011

CAPÍTULO REALIZADO 2010 REALIZADO 2011 VARIACIÓN ABSOLUTA

VARIACIÓN PORCENTUAL

01. RECURSOS PERMANENTES 1.093.592,74 857.348,42 -236.244,32 -22

02. RECURSOS NO PERMANENTES 1.110.212,95 922.638,51 -187.574,44 -17

TOTAL INGRESOS 2.203.805,69 1.779.986,93 -423.818,76 -19

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

A continuación se expone el detalle de la ejecución de cada uno de los capítulos en los que se

estructura el presupuesto de ingresos de la Cámara.

CAPÍTULO. 01 RECURSOS PERMANENTES

La estructura y ejecución de los ingresos permanentes de la Cámara de Pontevedra en los

ejercicios 2010 y 2011 se presenta en el siguiente cuadro:

Cuadro 32. Ejecución del Capítulo 01. Recursos permanentes 2010-2011.

CAPÍTULO 01. RECURSOS PERMANENTES 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

01.01. Recursos permanentes. Previsiones del ejercicio

01.01.01 2% sobre cuota IAE 240.000,00 356.231,17 148 240.000 263.660,86 110

01.01.03. 0,75% sobre cuota I. Sociedades 520.000,00 591.679,07 114 480.000 432.364,30 90

01.01.04 0,15% IRPF 140.000,00 161.498,41 115 135.000 157.623,54 117

01.01.05. Participación en cuotas recaudadas por otras Cámaras 140.000,00 147.778,06 106 140.000 116.324,25 83

Total capítulo 01.01 1.040.000,00 1.257.186,71 121 995.000 969.972,95 97

01.03 Minoración de los Recursos Permanentes (a deducir)

01.03.01 Confección de matrículas y recibos -3.000,00 -940,99 31 -3.000 -1.995,20 67

01.03.02. Gastos de recaudación y gestión de cobro -25.000,00 -20.311,04 81 -20.000 -17.674,66 88

01.03.03 Bajas y devoluciones -4.000,00 -4.039,74 101 -5.000 -2.039,36 41

01.03.04 Participación de otras Cámaras en cuotas recaudadas -100.000,00 -111.154,37 111 -100.000 -90.915,31 91

01.03.05 6% Porcentaje de recaudación en vía de apremio -9.000,00 -27.147,83 302 -15.000 0 0

TOTAL 01.03 Minoración Recursos Permanentes -141.000,00 -163.593,97 116 -143.000 -112.624,53 79

TOTAL INGRESOS PERMANENTES 899.000,00 1.093.592,74 122 852.000 857.348,42 101

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

84

La disminución media de los ingresos procedentes de recursos permanentes en el ejercicio 2011

con respecto del 2010 excede del 22%, produciéndose las mayores bajadas en los recursos

derivados del IAE (26%) y el Impuesto de Sociedades (27%). Este hecho es consecuencia de un

escenario económico caracterizado por la destrucción de unidades de empresa y la reducción de

las bases imponibles.

CAPÍTULO. 02 RECURSOS NO PERMANENTES

En el siguiente cuadro se presenta la ejecución y el grado de realización de los distintos epígrafes

que configuran el capítulo 02. Recursos no permanentes.

Cuadro 33. Ejecución del Capítulo 02. Recursos no permanentes 2010-2011

CAPÍTULO 02. RECURSOS NO PERMANENTES 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

02.01 Por Servicios Prestados

02.01.01 Certificaciones 3.000 7.806,72 260 4.000 7.785,46 195

02.01.03 Asistencia a cursillos de formación profesional

40.000 49.706,25 124 20.000 68.863,15 344

02.01.05 Relaciones comerciales 2.000 0 0 1.000 0 0

02.01.06 Alquiler de locales 6.000 4.645,40 77 8.000 4.488,27 56

Total 02.01. Por servicios prestados 51.000 62.158,37 122 33.000 81.136,88 246

02.03. Patrimoniales

02.03.01 Intereses de cuentas corrientes 4.000 915,18 23 3.000 1.835,07 61

02.03.02 Intereses vía de apremio 0 0 0 0 0

Total 02.03 Patrimoniales 4.000 915,18 23 3.000 1.835,07 61

02.04. Por otros conceptos

02.04.01 Participación empresas FOEXGA 60.000 98.750 165 80.000 47.593,72 59

02.04.02 Subvenciones Xunta de Galicia 120.000 313.541,98 261 90.000 177.404,71 197

02.04.03 Promociones mercados internacionales 400.000 604.431,65 151 400.000 561.205,92 140

02.04.04 Subvención global 20.000 30.415,77 152 70.000 53.462,21 76

Total 02.04 Por otros conceptos 600.000 1.047.139,40 175 640.000 839.666,56 131

TOTAL RECURSOS NO PERMANENTES 655.000 1.110.212,95 142 676.000 922.638,51 136

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

En el ejercicio 2010 los recursos no permanentes de la Cámara ascendieron a 1.110.212,95

euros. Presentan una desviación positiva con respecto al presupuestado por importe de

455.212,95 euros lo que supone una ejecución superior en un 42% a las previsiones iniciales.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

85

Las desviaciones de mayor relevancia se produjeron en los siguientes epígrafes: 02.04.01

Participación empresas Foexga debido a una mayor participación de empresas; 02.04.02

Subvenciones Xunta de Galicia debido a la contabilización de los ingresos correspondientes al

programa Red Genera; 02.04.03 Promoción mercados internacionales, debido al incremento de

los importes recibidos de la Xunta de Galicia para el Plan Foexga; 02.04.04 Subvención global

como consecuencia de un mayor gasto de las empresas en el programa PIPE.

En el ejercicio 2011 los recursos no permanentes de la Cámara ascendieron a 922.638,51euros,

lo que supone una disminución del 17% con respecto al año anterior. Presentan una desviación

positiva con respecto al presupuestado por importe de 246.638,51 euros lo que supone una

ejecución superior en un 36% a las previsiones iniciales.

Se evidencia la escasa participación -en términos absolutos y relativos- de los servicios prestados

por la Cámara en la generación de recursos, tanto permanentes (6 y 9 %, en los ejercicios 2010 y

2011) como totales (3 y 5%). La subida porcentual en el 2011 se deriva de la disminución

nominal de los ingresos permanentes y totales.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

86

III.2 LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS

En el siguiente cuadro se ofrece la ejecución de las previsiones presupuestarias según los datos

obtenidos de las liquidaciones de los años 2010 y 2011.

Cuadro 34. Ejecución del presupuesto de gastos. Resumen por capítulos 2010-2011

CAPÍTULO 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

3 - Personal 363.000,00 367.442,03 101,2 365.000,00 343.725,95 94,2

4 - Gastos de local 48.000,00 37.688,81 78,5 42.000,00 36.399,10 86,7

5 - Gastos de material 26.000,00 17.756,18 68,3 23.000,00 10.907,07 47,4

6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 44.743,01 87,7 43.000,00 26.409,05 61,4

7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 13.045,06 65,2 14.000,00 6.048,62 43,2

8 - Viajes y estancias 7.000,00 4.588,54 65,6 7.000,00 1.792,62 25,6

9 - Formación 158.000,00 231.044,85 146,2 136.000,00 165.231,88 121,5

10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 1.207.674,56 160,6 788.000,00 722.162,37 91,6

11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 26.283,29 52,6 40.000,00 13.236,30 33,1

12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 10.747,62 89,6 16.000,00 15.243,65 95,3

13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 47.743,84 86,8 40.000,00 40.349,39 100,9

14 - Impuestos 6.000,00 5.795,16 96,6 7.000,00 6.597,65 94,3

15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 733,14 73,3 1.000,00 820,93 82,1

16 - Imprevistos 5.000,00 0,00 0,0 6.000,00 0,00 0,0

TOTAL GASTOS 1.554.000,00 2.015.286,09 129,7 1.528.000,00 1.388.924,58 90,9

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011

En el año 2010 los gastos realizados superaron las previsiones iniciales, excediendo la ejecución

en un 30% los gastos presupuestados. Este incremento responde fundamentalmente a las

desviaciones producidas en los capítulos 9 (Formación) y 10 (Estudios y asistencia al comercio y a

la industria). El exceso de los gastos realizados en estos capítulos ascendió a 73.044,85 y

455.674,56 euros, respectivamente, lo que supone un incremento del 46% y 60% de los gastos

sobre las cuantías presupuestadas.

En el año 2011 se produce un descenso significativo en la ejecución del presupuesto de gastos

que alcanzó el 90% de las previsiones iniciales. Según la información que consta en la Memoria

que acompaña las cuentas anuales, este descenso fue motivado por un reajuste generalizado en

todos los capítulos de gasto, siendo significativo el descenso del capítulo 10 debido a una menor

participación de las empresas en el Plan Foexga y en el Plan PIPE por no firmarse la adenda

correspondiente a nuevos planes así como la menor recaudación del RCP (cuotas de sociedades)

que obligó a disminuir el gasto.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

87

Es preciso destacar, tal como se puso de manifiesto en epígrafes anteriores, que las

irregularidades detectadas en la imputación presupuestaria de los gastos de personal distorsiona

la información que ofrece la liquidación respecto a la naturaleza y a la importancia de los gastos

ejecutados por la Cámara que afecta fundamentalmente a la representatividad de los gastos del

capítulo 03 (personal), 9 (formación) y 10 (Estudios y Asistencia al Comercio y a la Industria).

En el siguiente cuadro se ofrece la importancia de cada capítulo de gastos sobre el importe total

realizado. Se presentan los datos que resultan de la liquidación aprobada por la Cámara y los

derivados de la imputación al capítulo 3 de la totalidad de los gastos de personal (liquidación

ajustada):

Cuadro 35. Representatividad de los capítulos de gastos según la liquidación aprobada y la liquidación ajustada

CAPÍTULO

2010 2011

Realizado

según la

liquidación

%

cap.s/

total

Liquidación

ajustada

% cap. S/

total

Realizado

según la

liquidación

%

cap.s/

total

Liquidación

ajustada %

3. Personal 367.442,03 18 599.128,51 30 343.725,95 25 561.984,74 40

4. Gastos de local 37.688,81 2 37.688,81 2 36.399,10 3 36.399,10 3

5. Gastos de material 17.756,18 0,88 17.756,18 0,88 10.907,07 0,79 10.907,07 0,79

6. Gastos de relaciones públicas 44.743,01 2 38.543,01 2 26.409,05 2 11.733,25 0,84

7. Publicaciones y suscripciones 13.045,06 0,65 13.045,06 0,65 6.048,62 0,44 6.048,62 0,44

8. Viajes y estancias 4.588,54 0,23 4.588,54 0,23 1.792,62 0,13 1.792,62 0,13

9. Formación 231.044,85 11 146.739,25 7 165.231,88 12 72.605,45 5

10. Estudios y asist. al com. e ind. 1.207.674,56 60 1.066.493,26 53 722.162,37 52 611.205,81 44

11. Lonjas, ferias y exposiciones 26.283,29 1 26.283,29 1 13.236,30 0,95 13.236,30 0,95

12. Gastos de otros servicios 10.747,62 0,53 10.747,62 0,53 15.243,65 1 15.243,65 1

13. Cuotas a distintos organismos 47.743,84 2 47.743,84 2,37 40.349,39 3 40.349,39 3

14. Impuestos 5.795,16 0,29 5.795,16 0,29 6.597,65 0,48 6.597,65 0,48

15. Amortizaciones financieras 733,14 0,04 733,14 0,04 820,93 0,06 820,93 0,06

16. Imprevistos 0,00 0,00 0 0,00 0,00 0,00 0 0,00

TOTAL GASTOS 2.015.286 100,00 2.015.286 100,00 1.388.924,58 100,00 1.388.924,58 100,00

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación y de la información contable facilitada por la Cámara.

Según la liquidación ajustada, el peso de los gastos de personal sobre el total de los gastos

realizados se incrementa 12 puntos en el 2010 (del 18 al 30 %) y 15 puntos en el 2011 (del 25

al 40 %).

Por el contrario, el peso de los capítulos 09 y 10 experimenta una significativa reducción. Los

gastos de formación representaron el 7% en el 2010 (4 puntos menos del que refleja la

liquidación) y el 12 % en el 2011 (7 puntos menos).

Los gastos del capítulo 10, fundamentalmente relacionados con las actuaciones del comercio

exterior, representaron el 53 y el 44 % en el 2010 y 2011 frente al 60 y el 52 % que refleja la

liquidación.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

88

III.3 CONSIDERACIONES DERIVADAS DE LA ELIMINACIÓN DEL RECURSO CAMERAL PERMANENTE

Como ya se puso de manifiesto en la parte introductoria de este informe, la reforma introducida

por el RD Ley 13/2010 modificó dos aspectos esenciales que afectan de manera relevante a la

financiación de las Cámaras: la eliminación de los ingresos procedentes del RCP y la supresión de

la obligatoriedad de adscripción. A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir ingresos en

concepto de recurso cameral. (*)

Para determinar el impacto que producen estos cambios en la estructura de ingresos de las

Cámaras y cómo afectará al desarrollo de las funciones y a la prestación de los servicios que

tienen legalmente atribuidos, es preciso tener en cuenta una serie de aspectos: a) cuál era el

peso del RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara, b) qué capacidad tiene la entidad de

cubrir sus gastos sin estos recursos, c) cuál es la capacidad de la entidad para generar nuevos

ingresos y d) las alternativas de financiación que puedan paliar el impacto derivado de la

eliminación de dichos ingresos.

A continuación se ofrecen una serie de datos que permiten dar respuesta a las cuestiones

planteadas.

a) El peso del RCP sobre el total de los ingresos de la Cámara

En el siguiente cuadro se observa la cuantía y el peso de estos ingresos antes de la supresión del

RCP cuyo impacto se evidencia por primera vez en el año 2012. Este es el último año en el que

liquidan estos ingresos, exaccionándose solamente la parte correspondiente al Impuesto de

Sociedades para las empresas que tengan una facturación superior a los 10 millones de euros.

Cuadro 36. Importancia del RCP sobre los ingresos totales de la Cámara Euros

2008 2009 2010 2011 2012

Ingresos RCP 1.210.555,60 1.094.337,63 1.093.592,74 857.348,42 220.577,62

Ingresos totales 1.914.476,76 1.902.373,52 2.203.805,69 1.779.986,93 633.827,97

% RCP 63,2 57,5 49,6 48,2 34,8

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de la liquidación.

(*)

Parágrafo modificado como consecuencia de feitos posteriores.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

89

En el siguiente cuadro se refleja la evolución de la emisión de los recibos puestos al cobro desde

el año 2010 al 2012.

Cuadro 37. Evolución de la emisión de recibos correspondientes al RCP. Ejercicios 2010-2012

CONCEPTOS

2010 2011 2012

Nº RECIBOS

IMPORTE Nº

RECIBOS IMPORTE

Nº RECIBOS

IMPORTE

I.A.E. 3.424 263.654,68 3.351 263.660,86 ------ -------

I.SOCIEDADES 2.697 591.624,07 2.295 432.362,81 60 210.055,31

IRPF 9.107 161.458,41 8.828 157.468,96 ---------- ---------

TOTALES 15.228 1.016.737,16 14.474 853.492,63 60 210.055,31

Fuente: Elaboración propia con los datos facilitados por el departamento de contabilidad de la Cámara de Pontevedra.

En el anexo XXIII se ofrecen los datos correspondientes a la emisión de los recibos de los

ejercicios 2010 a 2012 con el detalle por conceptos y tramos de cuota, indicando el importe

medio de los recibos referido a cada concepto.

Los datos ofrecidos evidencian la importancia de los ingresos procedentes del RCP cuyo peso, en

los ejercicios 2008 a 2011, sobre la totalidad de los ingresos de la Cámara se situó de promedio

en un 54%.

b) La capacidad de cobertura de los gastos prescindiendo del RCP

En el siguiente cuadro se ofrece el resultado presupuestario correspondiente a los ejercicios 2008

a 2012.

Cuadro 38. Resultado presupuestario de los ejercicios 2008-2012

2008 2009 2010 2011 2012

1.Ingresos 1.914.476,76 1.902.373,52 2.203.805,69 1.779.986,63 633.827,97

2.Gastos 1.547.975,32 1.863.001,47 2.015.286,09 1.388.924,58 991.743

3. Resultado presupuestario (1-2) 366.501,44 39.372,05 188.519,60 391.062,35 -357.915,03

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias.

Los datos del cuadro evidencian que por primera vez en los últimos cinco años, en el ejercicio

2012 los ingresos no fueron suficientes para cubrir los gastos, a pesar de la importante reducción

de estos que disminuyeron un 28% con respecto al año anterior y un 51% respecto al año 2010.

Esto pone de manifiesto que la Cámara, sin los ingresos procedentes del RCP, no es capaz de

afrontar sus gastos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

90

c) La capacidad de la Cámara de generar ingresos por la prestación de servicios

En el siguiente cuadro se presenta el resumen por epígrafes de los recursos no permanentes que

integran el capítulo 2 del presupuesto de la Cámara.

Cuadro 39. Resumen por epígrafes del capítulo 02. Recursos no permanentes. Ejercicios 2009-2012

EPÍGRAFE CONCEPTO 2009 2010 2011 2012

REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO % REALIZADO %

02.01 Por servicios prestados 40.530,44 5 62.158,37 6 81.136,88 9 83.944,63 20

02.03 Patrimoniales 2.944,70 0,36 915,18 0,08 1.835,07 0,20 3.803,94 0,92

02.04 Por otros conceptos 764.560,75 95 1.047.139,40 94 839.666,56 91 325.501,78 79

Total cap. 2. Recursos no permanentes 808.035,89 100 1.110.212,95 100 922.638,51 100 413.250,35 100

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las liquidaciones presupuestarias.

Los ingresos que obtiene la Cámara por la prestación de servicios tienen poca relevancia. En los

años 2009, 2010 y 2011, representaron el 5, 6 y 9%, respectivamente, sobre el total del capítulo

2 y el 2, 3, 5% sobre la totalidad de los ingresos realizados. El incremento porcentual del año

2012 (11 puntos con respecto al año anterior) no responde a un incremento de estos ingresos en

términos absolutos (la variación con respecto al año anterior fue de 2.807,75 euros) sino al

importante decremento de los ingresos procedentes de las subvenciones públicas, debido

fundamentalmente a la reducción de la dotación económica del Plan Foexga y Plan PIPE y

PostPIPE.

En el siguiente cuadro se detallan los distintos conceptos por los que la Cámara obtuvo ingresos

derivados de la prestación de servicios entre los años 2009 y 2012:

Cuadro 40. Resumen de la ejecución de los ingresos por prestación de servicios

EPÍGRAFE 02.01 POR SERVICIOS

PRESTADOS REALIZADO

2009 %

REALIZADO 2010

% REALIZADO

2011 %

REALIZADO 2012

%

02.01.01 Certificaciones 3.537,64 8,7 7.806,72 12,6 7.785,46 9,6 13.826,50 16,5

02.01.03 Asistencia a cursillos de formación empresarial

22.201,79 54,8 49.706,25 80,0 68.863,15 84,9 64.750,00 77,1

02.01.05 Relaciones comerciales 1.404,92 3,5 0,00 0,0 0,00 0,0 0,00 0,0

02.01.06 Alquiler de locales 13.386,09 33,0 4.645,40 7,5 4.488,27 5,5 5.368,13 6,4

TOTAL epígrafe 02.01 40.530,44 100,0 62.158,37 100,0 81.136,88 100,0 83.944,63 100,0

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos obtenidos de la liquidación.

Los datos del cuadro reflejan que la Cámara obtiene ingresos por la prestación de los siguientes

servicios:

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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- La emisión de las certificaciones de origen y legalización de documentos, que constituye uno de

los servicios que prestan exclusivamente las cámaras de comercio. Los ingresos obtenidos por

este concepto representaron en los últimos cuatro años un promedio del 11% de estos ingresos.

El incremento del año 2012 responde al aumento de las tarifas correspondientes a la prestación

de este servicio.

- La realización de cursos de formación, alguno de los cuales se financian con las matrículas de

los participantes en los cursos que organiza la Cámara. En los años 2009 a 2012 representaron

un promedio del 74% de los ingresos de este epígrafe.

- El servicio de vivero de empresas, los ingresos corresponden al precio del alquiler por la

utilización de los nidos del vivero de empresas, que disminuyeron de manera relevante desde el

año 2009 y representaron un promedio del 13% de estos ingresos.

Tal como se desprende del cuadro anterior, los ingresos obtenidos por la Cámara por la

prestación de sus servicios tienen escasa relevancia. En los últimos 4 años la Cámara no mostró

capacidad de generar más ingresos por los servicios que presta. La financiación de estos

dependía, fundamentalmente, de la obtención de subvenciones. En la actual coyuntura

económica, la financiación pública también experimenta una importante disminución, como ya

revelan los datos obtenidos de la liquidación del año 2012.

Por lo tanto, la financiación de los servicios y el desarrollo de las funciones atribuidas a las

cámaras provenían esencialmente del RCP y de las subvenciones públicas. La capacidad de la

Cámara para seguir desarrollando sus funciones dependerá de su capacidad para obtener nuevos

ingresos y de las alternativas de financiación con que pueda contar.

d) Las posibles alternativas de financiación

A partir del año 2013, las cámaras dejan de percibir ingresos en concepto de recurso cameral. La

información disponible sobre las posibles alternativas de financiación en la fecha de redacción de

este informe resulta escasa, incierta y de difícil cuantificación. Sin embargo, de la documentación

analizada se desprenden las siguientes fuentes de financiación:

Cuota cameral(*)

El RD Ley 13/2010 estableció como alternativa de financiación la cuota cameral que solamente

sería exigible a aquellas empresas que se adhiriesen voluntariamente a la Cámara.

(*)

Párrafo modificado como consecuencia de hechos posteriores.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Según la información facilitada, en el año 2012 se adscribieron voluntariamente 103 empresas

que representan un 0,45% sobre el número de empresas que integraban el censo a 1.01.2011

que ascendía a 22.667.

La determinación del importe y devengo de la cuota correspondía al Consejo Superior de

Cámaras (CSC). En la sesión plenaria celebrada el día 25.10.2011, acordó, con carácter

excepcional, que la cuota cameral para los años 2012 y 2013 fuese de 0 euros.

La Cámara de Pontevedra, en la información incluida en su página web sobre el registro de

nuevos miembros, dispone que una vez que se establezca el importe definitivo por el CSC, los

miembros adheridos a la Cámara podrán optar por ratificar su adscripción y abonar la cuota o

podrán causar baja sin que la cuota les pueda ser exigida.

La Ley 4/2014 modificó el sistema de adscripción, estableciendo el principio general de

pertenencia de todas las empresas a las Cámaras sin que de ello se derive obligación económica.

Suprime la cuota cameral y establece un sistema de ingresos basado, fundamentalmente, en los

servicios que presten las Cámaras y en las aportaciones voluntarias de empresas o entidades.

Medidas de apoyo económico de la Administración Autonómica

Para tratar los problemas financieros derivados de la supresión del RCP se constituyó una

Comisión bilateral Xunta-Cámaras, integrada por representantes de la Consellería de Economía e

Industria y de las cámaras gallegas.

En el segundo semestre de 2012, se mantuvieron reuniones entre la DXC y los representantes de

las cámaras para negociar el borrador de un convenio de colaboración mediante el cual se

articulaba una subvención directa por importe de 1.300.000 euros, repartidos en dos

anualidades: 600.000 euros en el 2012 y 700.000 euros en el 2013. En los presupuestos de

2012 y 2013, en la aplicación 08.03.751A.781.6 de la Dirección Xeral de Comercio, figuraban

créditos destinados a dicha finalidad.

Sin embargo, según la información proporcionada por la DXC, dicho convenio no fue firmado (no

se alcanzó un texto definitivo por falta de consenso en lo tocante a los costes de personal que se

pretendían financiar con cargo a dichos recursos) y no se concedió ninguna subvención ni se libró

ninguna cantidad con cargo a dichos créditos.

Según la información proporcionada por la DXC, la única medida de apoyo económico adoptada

consistió en la introducción de una nueva cláusula en el convenio de colaboración del Plan

Foexga del año 2011, que contemplaba la financiación de los costes indirectos (hasta un máximo

del 15%) correspondientes a las retribuciones del personal de las Cámaras dedicados a la gestión

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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de este plan.

Si bien en la fecha de elaboración de este informe no se concretaron nuevas vías de financiación

o de apoyo económico, es preciso mencionar que las cámaras gallegas presentaron propuestas

para la asunción de encomiendas de gestión y otras colaboraciones en las áreas de

internacionalización, formación, emprendimiento, creación de empresas, empleo, comercio

interior, medio ambiente, innovación, turismo, administración y tramitación administrativa.

III.4 ANÁLISIS DE LOS INDICADORES ECONÓMICO-FINANCIEROS

La supresión del RCP afecta de manera muy significativa a la situación económica y financiera de

las cámaras de comercio. En la Cámara de Pontevedra el Recurso Cameral Permanente

representó en los años 2009 a 2011 un promedio del 54% de los ingresos. La pérdida de este

ingreso compromete la supervivencia de la entidad que sólo podrá continuar su actividad

mediante la búsqueda y obtención de nuevos ingresos y, en su caso, también mediante el ajuste

de sus gastos.

Ahora bien, la situación financiera de las cámaras a finales de 2012 condiciona su capacidad de

respuesta al nuevo escenario. Tener una buena posición de partida otorga un margen de

maniobra temporal para poder realizar los cambios dirigidos a obtener nuevas fuentes de

financiación. Por el contrario, tener una mala situación financiera de partida puede suponer la

falta de viabilidad económica de la entidad.

Para valorar esta situación se plantean una serie de ratios que nos permitan analizar la posición

financiera y económica de la Cámara de Pontevedra.

Solvencia a corto plazo

Un primer indicador de la solvencia a corto plazo de la Cámara es el fondo de maniobra que

muestra la capacidad del activo corriente (a corto plazo) de la entidad para hacer frente a su

pasivo corriente (a corto plazo).

En el siguiente cuadro se ofrece la evolución del fondo de maniobra de la COCIN de Pontevedra

en los años 2009 a 2012.

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Cuadro 41. Evolución del fondo de maniobra 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1. ACTIVO CORRIENTE 1.305.398,37 1.374.182,82 1.522.804,21 1.179.260,37

2. PASIVO CORRIENTE 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48

3. FONDO DE MANIOBRA (1-2) 688.996,55 852.871,42 873.932,57 512.782,89

Fuente: Elaboración propia con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

El cuadro pone de manifiesto que la Cámara cuenta con un fondo de maniobra positivo, si bien

esta magnitud se deterioró en el año 2012.

En el año 2012 el fondo de maniobra ascendía a 512.782 €. Si tenemos en cuenta que los

ingresos procedentes del Recurso Cameral Permanente ascendían a 220.577,62 euros, con el

fondo de maniobra la Cámara podría cubrir el desfase derivado de la supresión de la cuota

obligatoria durante aproximadamente dos años en ausencia de otras medidas. Sin embargo, es

preciso efectuar una serie de observaciones para matizar la valoración anterior:

- El 26% de la composición del pasivo corriente (175.552,31 euros) corresponde a la dotación de

una provisión para reestructuración. Si detraemos esta cantidad, el fondo de maniobra de 2012

se incrementa un 34 % ascendiendo a 688.335,20 euros.

- El grado de liquidez del activo corriente. El 33% del activo corriente son fondos líquidos que

ascienden a 394.547,26 euros y el 67% restante son deudores y otras cuentas a cobrar. Las

cuentas anuales de 2012 no contienen información referida a la composición de este epígrafe.

Sin embargo, en los ejercicios anteriores los saldos de mayor relevancia correspondían a los

recibos pendientes de cobro de ejercicios anteriores y a deudas de otras cámaras gallegas y del

CSC, cuya cobrabilidad dependerá de su situación financiera.

- La Cámara presenta unas pérdidas en 2012 de -357.915,03 euros, por lo que los ingresos de

ese año ya no fueron suficientes para cubrir los gastos.

Solvencia financiera a largo plazo

La Cámara presenta una situación financiera a largo plazo caracterizada por la ausencia de

endeudamiento. Sin embargo, el ratio de endeudamiento total (largo y corto) se deterioró

significativamente en el año 2012 como consecuencia de la caída de los fondos propios por las

pérdidas registradas en ese ejercicio como consecuencia de un resultado del ejercicio negativo

(-357.915,03 euros).

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Cuadro 42. Evolución del ratio de endeudamiento total 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1. Deudas totales 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48

2. Capitales propios 829.725,00 960.458,76 1.015.999,53 608.244,59

3. Ratio de endeudamiento (1/2) 0,74 0,54 0,64 1,10

Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

Por otra parte, el ratio de garantía o solvencia total (distancia a la quiebra) muestra la relación

existente entre el activo real y las deudas totales. Indica la garantía que tienen los acreedores de

la Cámara de cobrar sus deudas.

Cuadro 43. Evolución del ratio de garantía 2009-2012

2009 2010 2011 2012

1. Activo real 1.446.126,82 1.481.770,16 1.664.871,17 1.274.722,07

2. Exigible total 616.401,82 521.311,40 648.871,64 666.477,48

3. Ratio de garantía (1/2) 2,35 2,84 2,57 1,91

Fuente: Elaboración propia. Con los datos obtenidos de los balances incorporados a las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

En la COCIN de Pontevedra este ratio se sitúa en un umbral aceptable en el período analizado si

bien se observa una disminución en el año 2012 con respecto a los tres ejercicios anteriores. Es

preciso efectuar las siguientes observaciones:

a) El 93% de la composición del activo del año 2012 es activo corriente (1,18 millones de euros).

b) La composición del activo fijo es la siguiente: el 81% lo constituye el inmovilizado material y el

resto corresponde a inmovilizado intangible (3.426,26 euros identificados como concesiones

administrativas) e inversiones financieras a largo plazo (15.000 euros correspondientes a la

suscripción pública de 300 acciones del Pontevedra C.F.)

El inmovilizado material, está registrado por su valor neto contable, se encuentra amortizado en

un 90%, siendo su valor de adquisición de 796.654,17 euros.

Para finalizar, es preciso mencionar que la Cámara no dotó el fondo de reserva obligatorio

previsto en el artículo 43.4 de la Ley Gallega de Cámaras que establece que para hacer frente a

bajas de recaudación en ejercicios sucesivos o a gastos urgentes o imprevistos, las cámaras

deberán constituir, con los superávits de los presupuestos ordinarios, una reserva obligatoria

materializada en disponible a corto plazo hasta que alcance el 50% del presupuesto total de

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ingresos liquidados en el último ejercicio cerrado. A pesar de que en los ejercicios 2009, 2010 y

2011 se constató la existencia de superávit presupuestario las reservas que figuran en el pasivo

del balance permanecen inamovibles desde el ejercicio 2009 por importe de 75.517,06 euros.

El incumplimiento de la obligación de dotación y de materialización en disponible de la reserva

obligatoria perjudica su capacidad para hacer frente al empeoramiento de la situación financiera

de la Cámara como consecuencia de la supresión de los ingresos procedentes del RCP.

En conclusión, los indicadores analizados ponen de manifiesto que la Cámara de Pontevedra

presentaba una situación financiera relativamente saneada, sin endeudamiento a largo plazo y

con capacidad para afrontar las operaciones corrientes y las deudas a corto plazo realizando su

activo corriente. Sin embargo, se advierte un deterioro de la situación financiera en el año 2012

debido fundamentalmente a la importante disminución de los recursos procedentes del RCP y de

las subvenciones públicas, lo que generó pérdidas considerables en ese ejercicio y la reducción

del patrimonio neto.

Los fondos disponibles permiten la supervivencia de la Cámara a corto plazo, pero la continuidad

de sus actividades más allá de ese horizonte temporal únicamente será posible mediante la

obtención de nuevos ingresos y el ajuste de sus capítulos de gasto.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

IV.1 CONCLUSIONES

La promulgación del RD Ley 13/2010, del 3 de diciembre, introdujo reformas en el modelo

cameral que afectaron al funcionamiento y al régimen económico de las Cámaras de Comercio,

Industria y Navegación.

(*)

La eliminación del RCP motivó la iniciativa de la fiscalización de las COCINs gallegas, siguiendo

la recomendación formulada por la Comisión Permanente no Legislativa para las relaciones con

el Consello de Contas de Galicia, que instó a la realización de un informe de fiscalización

específico sobre las cámaras de comercio gallegas y su viabilidad tras la supresión de dicho

recurso.

El RCP constituía, junto con las subvenciones públicas, la principal fuente de financiación de las

COCINs. En la Cámara de Pontevedra, los ingresos procedentes de este recurso representaron el

50% y 48% sobre los ingresos totales liquidados en los ejercicios 2010 y 2011, y las

subvenciones el 39% y el 44%.

La fiscalización se realizó en un momento particularmente convulso para las cámaras de comercio

debido a la difícil situación económica por la que atraviesan como consecuencia de la supresión

del RCP, y caracterizado, además, por la incertidumbre normativa que generó la demora en la

tramitación de la nueva ley estatal de cámaras.

En el caso de la Cámara de Pontevedra, a su situación se le añade una particular conflictividad

derivada de la existencia de varios procesos judiciales abiertos en la jurisdicción penal y laboral,

además de la presentación ante la Consellería de Economía e Industria de una denuncia por la

gestión irregular de los fondos de la Cámara que se puso en conocimiento del Consello de

Contas.

Como resultado de los trabajos de fiscalización realizados, se presentan a continuación las

conclusiones obtenidas en relación con los objetivos de fiscalización establecidos para las

distintas áreas analizadas:

Presupuesto, liquidación y rendición de las cuentas anuales

La COCIN de Pontevedra aprobó el presupuesto ordinario de los ejercicios 2010 y 2011, con

unas previsiones de 1.554.000,00 y 1.528.000,00 euros, respectivamente.

(*)

Párrafo suprimido como consecuencia de hechos posteriores.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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En el ejercicio 2010, la ejecución del presupuesto excedió un 42% las previsiones iniciales de

ingresos y un 30% las previsiones de los gastos. En el ejercicio 2011 la realización de ingresos

superó un 16% las previsiones y la ejecución de los gastos alcanzó el 90% de lo presupuestado.

La tramitación de los presupuestos respetó las exigencias formales y temporales previstas

legalmente. Sin embargo, la Cámara no aprobó ningún presupuesto extraordinario, a pesar de

que se constató la existencia de gastos no habituales que requerirían su tramitación, y el

contenido de algunos de los documentos que acompañan al presupuesto no ofrece suficiente

información.

La liquidación del presupuesto y las cuentas anuales se tramitaron de acuerdo con los requisitos

establecidos legalmente. Sin embargo, en el ejercicio 2011 se remitió fuera de plazo el certificado

del acuerdo plenario de aprobacióna.5. La DXC destacó una serie de incumplimientos de la LGC

que se repiten en los dos ejercicios fiscalizados: no se da cuenta al órgano tutelar del número y

cuantía de las cuotas del RCP no satisfechas, el importe del fondo de reserva obligatoria no

alcanza el porcentaje exigido legalmente, la contribución a los ingresos permanentes del CGC no

cumple el porcentaje establecido en la ley y la información de la plantilla tampoco cumple las

exigencias legales.

Las cuentas anuales fueron rendidas al Consello de Contas de Galicia en el plazo establecido

legalmente.

Contabilidad y control interno

El sistema contable de la COCIN de Pontevedra adolece de deficiencias que pueden afectar a la

consecución de la imagen fiel de la realidad económica de la entidad. La aplicación informática

permite introducir modificaciones en los asientos contables una vez realizado el cierre del

ejercicio. De este modo, no está garantizada la inalterabilidad, la exactitud así como la integridad

de la información presupuestaria y contable, observándose inconsistencias entre las cifras

incluidas en los diferentes documentos contables.

El sistema de control interno muestra importantes debilidades. No existe un órgano diferenciado

de control ni se aprobaron procedimientos para la gestión económico-financiera en los que los

trámites y las funciones estén definidos y segregados. No hay una normativa propia de la Cámara

en la que se regulen unos procedimientos normalizados en las distintas áreas de gestión.

Se evidenció que el auditor de las cuentas anuales presta asesoramiento respecto a la

contabilización de determinadas operaciones, participa en las tareas de cierre del ejercicio y no

a.5 Párrafo modificado como consecuencia de la alegación nº 2.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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advirtió de irregularidades tales como la existencia de un saldo final negativo en la cuenta

representativa de la caja física. Estas circunstancias revelan que no está garantizada la

independencia del auditor, exigida por el artículo 12 del TRLAC.

Personal

El registro contable de los gastos de personal no se ajusta a la normativa aplicable. Se detectaron

diferencias entre las cifras ofrecidas por la liquidación presupuestaria y la cuenta de PyG. Dichas

diferencias responden a que no se imputa la totalidad de los gastos de esta naturaleza al

capítulo 3 del presupuesto de gastos, como dispone la Orden de 30.01.1981, y no se registran la

totalidad de las retribuciones en los libros mayores de las cuentas representativas de los gastos

de personal. Al final del ejercicio, mediante un ajuste extracontable se consigna el importe de los

gastos de personal que no se había asentado en los libros diarios y en los libros mayores de

contabilidad financiera.

Esta práctica, que incumple el principio contable de registro, desvirtúa la información contable y

presupuestaria, afecta a la representatividad de estos gastos y favorece la falta de transparencia

en el reflejo de las remuneraciones del personal.

La COCIN de Pontevedra no dispone de una plantilla en la que se relacionen, debidamente

clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y

categorías tal y como prevé el artículo 23.3 de la LGC.

En lo que atañe a la selección del personal, la Cámara no reguló un procedimiento para la

contratación de sus trabajadores. En el año 2010, se advirtió la transformación de un contrato

temporal en indefinido, sin que mediara la preceptiva convocatoria pública y sin tramitar un

procedimiento en el que se garantizaran los principios de igualdad, mérito, capacidad y

publicidad, infringiendo el artículo 23.1 de la LGC.

Por lo que respecta al régimen retributivo, tampoco se dictaron normas reguladoras de las

retribuciones del personal que se rigen por el convenio de oficinas y despachos de la provincia de

Pontevedra y por lo establecido en su contrato laboral. Respecto a los complementos y pluses

salariales percibidos por algunos trabajadores, no consta la existencia de una norma o acuerdo

que regule de manera objetiva las cuantías abonadas por dichos conceptos.

La información sobre las retribuciones del personal no se refleja de forma transparente, se

infringe lo dispuesto en el artículo 46.5 de la LGC ya que en la plantilla que acompaña al

presupuesto no se especifican las retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de

trabajo.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Gastos de viajes, estancias y dietas

Las dietas de los miembros de los órganos de gobierno se regularon mediante un acuerdo del

Comité Ejecutivo en el que se establecen las distintas cuantías que percibirán por los

desplazamientos realizados dentro y fuera de la Comunidad Autónoma o en el extranjero.

De la configuración de las dietas abonadas al amparo de dicho acuerdo, se desprende que tienen

un carácter remuneratorio ya que no se exige la justificación de los gastos ni que se acredite la

realidad de los desplazamientos; se declara a la Agencia Tributaria bajo la clave correspondiente

a retribuciones a consejeros y administradores y se practica la retención del 35% contemplado

por la ley de IRPF para las percepciones retributivas. Además, perciben otras cantidades de

naturaleza compensatoria, bajo el concepto de gastos, que fueron pagadas sin exigir el soporte

documental que justifique los gastos que se indemnizan.

La Cámara no realiza ningún control respecto a la verificación de dichos viajes ni exige la

justificación económica de los gastos producidos.

La imputación presupuestaria de estos gastos no respetó la Orden de 30.01.1981 ya que no se

imputaron en su totalidad al capítulo 08 del presupuesto de gastos.

En lo tocante a los gastos de viaje y dietas del personal, la Cámara no reguló un procedimiento

ni estableció los requisitos y la forma de justificación de estos gastos. Tampoco consta ningún

acuerdo en el que se expliciten las cuantías y las causas de devengo de estas ayudas.

La documentación justificativa facilitada no resulta suficiente para acreditar la realidad de los

desplazamientos y la efectividad de los gastos producidos. Se verificó la realización de pagos por

importe de 1.240,48 euros sin que consten los documentos justificativos.

La contabilidad no refleja estos gastos de forma transparente ya que el pago de estas

indemnizaciones se realiza a través de las nóminas, por lo que no resulta posible identificar en

los registros contables las cuantías devengadas por este concepto.

Contratación

No se aportó la relación certificada de los contratos adjudicados y los procedimientos utilizados

durante los años 2010 y 2011, lo que impidió determinar la totalidad de los contratos que se

licitaron.

La adjudicación de los contratos no respetó los procedimientos establecidos en las instrucciones

de contratación elaboradas por la Cámara. Los contratos de servicios para la organización de los

eventos feriales FERPALIA y POMOVIL, los servicios de agencia de viajes y del promotor de

negocios de Brasil, se adjudicaron directamente a la misma empresa en los dos años fiscalizados,

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

101

a pesar de que el valor estimado de estos contratos requería la tramitación de un procedimiento

abierto.

No se garantizaron los principios de publicidad, concurrencia, transparencia e igualdad,

conculcándose lo dispuesto en el artículo 175 de la LCSP.

Los pliegos de condiciones particulares para la adjudicación de la organización de la XXVII

edición de la pasarela de moda Pontus Veteris no definen de forma objetiva los criterios de

adjudicación no económicos. Se describen de forma genérica estableciendo una puntuación

máxima sin concretar unas reglas precisas para asignar las puntuaciones. Tampoco se detallan

los distintos aspectos que se tomarán en consideración para evaluar las distintas ofertas. Este

hecho impide que los licitadores conozcan las reglas de valoración y la importancia de los

distintos aspectos en el momento de elaborar sus proposiciones. El informe de evaluación de las

ofertas tampoco explica suficientemente las puntuaciones asignadas a los distintos licitadores.

Se detectaron irregularidades en la ejecución de los contratos de organización de los eventos

feriales (FERPALIA y POMOVIL) que impidieron verificar el cumplimiento de las prestaciones

contratadas y que cuestionan la veracidad del gasto efectivamente realizado. Además de que no

se formalizó un contrato en el que se definan los servicios contratados, en los dos ejercicios

fiscalizados se utilizó la práctica recurrente de reducir el gasto inicialmente facturado por la

empresa mediante la emisión de facturas rectificativas que no cumplían con los requisitos

exigidos por el reglamento de facturación: no se acreditó la concurrencia de las circunstancias

que amparan la expedición de estas facturas, no se describe la causa que motiva la rectificación y

el concepto de las facturas no permite identificar a que servicios afectó la reducción.

Se solicitó a la secretaria de la Cámara la documentación que acreditase el motivo de la

rectificación pero no se facilitó ninguna información.

Estas irregularidades afectaron al cumplimiento de la normativa de subvenciones ya que estas

contrataciones cuentan con financiación pública del Ayuntamiento y de la Diputación Provincial

de Pontevedra y no consta que se le hubiese comunicado a dichas entidades la reducción del

gasto inicialmente facturado.

La fiscalía de Pontevedra interpuso una querella ante el Juzgado de Instrucción de Pontevedra

relacionada con las irregularidades detectadas en los eventos fiscalizados. En la fecha de

redacción de este informe aún está pendiente el pronunciamiento judicial.

Subvenciones recibidas

En el ejercicio 2010 se realizaron ingresos por subvenciones públicas por importe de 861.102,74

euros. En el año 2011, estos ingresos ascendieron a 791.618,51 euros, lo que supone una

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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variación del -8% respecto al ejercicio anterior. Las subvenciones que recibe la Cámara son

fundamentalmente de naturaleza pública y la mayor parte de las realizadas en los ejercicios

fiscalizados proceden de la Xunta de Galicia, del Consejo Superior de Cámaras y del

Ayuntamiento de Pontevedra.

Plan Foexga

La Cámara no reguló un procedimiento para la selección de las empresas ni concretó unos

criterios objetivos para elegir las que participaron en cada actuación. Se realizó la publicidad de

las convocatorias de las acciones en la prensa y otros medios de comunicación y se difundió cada

actuación entre las restantes cámaras gallegas.

La selección del promotor de negocios se realizó sin observar las disposiciones de la LCSP y las

instrucciones de contratación aprobadas por la Cámara.

Con carácter general, los gastos justificados tienen la consideración de gastos subvencionables.

Sin embargo, se verificó la existencia de una serie de gastos que no son elegibles cuyo importe

global ascendió a 8.038,65 euros.

En la misión plurisectorial de carácter estratégico a Brasil 2010 consta una factura por importe

de 21.574,21 euros, en la que se advirtieron una serie de irregularidades que cuestionan la

efectividad del gasto facturado y la efectiva aplicación de los fondos librados por la Cámara a los

gastos relacionados en la factura.

La Cámara no realizó las devoluciones ni reclamó las cantidades correspondientes a las

aportaciones de las empresas por su participación en las actuaciones de Foexga.

El registro contable de los gastos no cumple con las exigencias establecidas en el convenio que

dispone que los beneficiarios deberán mantener un sistema de contabilidad separado o un

código contable adecuado que facilite una pista de auditoría apropiada en relación con todos los

gastos relacionados con la inversión realizada al amparo de este convenio.

La Cámara no dispone de datos que permitan evaluar la eficacia y la repercusión que tuvieron las

actuaciones incluidas en el Plan Foexga en los resultados comerciales y en la capacidad

exportadora de las distintas empresas participantes.

Subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra

En los años 2010 y 2011, el Ayuntamiento de Pontevedra colaboró económicamente con la

COCIN de Pontevedra en la celebración de los eventos feriales que organiza anualmente la

Cámara: FERPALIA (feria de contratación turística), POMOVIL (Salón del vehículo y del vehículo

de ocasión) y PONTUS VETERIS (pasarela de moda).

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

103

En relación con FERPALIA y POMOVIL, el análisis realizado reveló importantes irregularidades en

la justificación de los gastos y del pago de las facturas.

La Cámara justificó el gasto subvencionado con las facturas expedidas inicialmente por la

empresa encargada de organizar los eventos y no comunicó al Ayuntamiento la existencia de

documentación (facturas rectificativas de los importes inicialmente facturados) que evidencia la

disminución de la cuantía de los gastos justificados y de los pagos realizados.

Como consecuencia de la reducción del gasto se alteró el porcentaje de financiación

comprometido por el Ayuntamiento y se incumplió el límite de financiación establecido en la

ordenanza reguladora de las subvenciones, fijado en el 50% del importe de los gastos que debe

afrontar la Cámara por la organización y celebración de cada uno de los certámenes camerales.

Las reducciones operadas en el gasto, cuya causa no resultó acreditada, deberían haber

producido una disminución de las cuantías sufragadas por el Ayuntamiento. El incumplimiento

del límite de financiación constituye causa del reintegro proporcional de las ayudas recibidas a

tenor de lo dispuesto en el artículo 23 c) y f) de la ordenanza municipal reguladora de las

subvenciones.

En la justificación del pago de los gastos subvencionados también se detectaron irregularidades,

ya que la Cámara entregó al Ayuntamiento y a la Diputación Provincial una documentación

acreditativa del pago de las facturas que presenta inconsistencias con la información disponible

en la Cámara que evidencia el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ordenanza

municipal reguladora de las subvenciones.

Respecto a las irregularidades relacionadas con los eventos fiscalizados se instruyeron diligencias

judiciales por el Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra y a la fecha de redacción de

este informe aún está pendiente el pronunciamiento judicial. Asimismo, los hechos detectados

constituyen indicio de responsabilidad contable lo que podría dar lugar a la tramitación del

procedimiento para su exigencia.

Subvenciones concedidas

La Cámara de Pontevedra no aprobó unas bases o normas reguladoras para la concesión de las

ayudas y no existe un procedimiento normalizado para su otorgamiento, excepto para las que se

conceden con motivo de la campaña de alumbrado de Navidad. En este caso se realiza una

convocatoria pública en régimen de concurrencia. Las restantes ayudas se conceden directamente

a instancia de los solicitantes sin que se realice una convocatoria pública que garantice la

concurrencia y el acceso en condiciones de igualdad de los posibles interesados.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

104

Algunas solicitudes se resolvieron mediante acuerdo del Comité Ejecutivo y otras fueron libradas

sin que conste la solicitud ni un acuerdo expreso de concesión.

No consta la publicidad de las ayudas concedidas en los ejercicios fiscalizados.

La Cámara no definió de forma objetiva y transparente los proyectos o actuaciones a los que

presta apoyo económico ni aprobó unos criterios que permitan decidir de forma objetiva y

motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan. Tampoco constan

criterios objetivos para determinar las cuantías que se conceden.

Con carácter general, no constan las facturas justificativas de los gastos en que incurrieron los

beneficiarios de las ayudas. A pesar de que la Cámara estableció el requisito de presentación de

facturas para la justificación de los gastos de alumbrado y de otras ayudas concedidas, se verificó

el libramiento de los pagos sin que conste el documento justificativo de los gastos.

Tesorería

Las existencias de tesorería ascendían a 304.342,47 y 385.188,58 euros a 31.12.2010 y

31.12.2011, respectivamente. Si bien la mayor parte de estas existencias están depositadas en

varias entidades bancarias a través de las cuales se realizan, con carácter general, los

movimientos de pagos e ingresos de la Cámara, también existe una caja de efectivo en la que se

realizaron entradas y salidas de dinero sin disponer de los mecanismos de control adecuados

para garantizar la integridad de los fondos manejados.

La Cámara no dictó normas en relación con el área de tesorería ni arbitró un procedimiento para

la realización de los pagos e ingresos a través de la caja de efectivo.

Caja de efectivo

No se formalizan actas de arqueo, ni siquiera al final del ejercicio, lo que impide acreditar los

fondos existentes en la caja en una determinada fecha. Tampoco dispone de un libro de caja en

el que se registren diariamente los cobros y pagos que se realizan a través de la caja de efectivo.

Los únicos movimientos respecto a los que se acreditó su registro diario fueron los referidos a los

ingresos del RCP de los que queda constancia en el programa informático de recaudación.

El registro contable de los movimientos materializados a través de la caja incumple el principio

contable de registro lo que provocó la existencia de saldos negativos recurrentes a lo largo del

ejercicio, detectándose inconsistencias tales como que la cuenta representativa de la caja física

presenta un saldo negativo a 31.12.2010.

Respecto a una serie de operaciones, reflejadas en el libro Mayor de la cuenta 570000, no se

aportó el soporte documental que acreditase la realidad de esas transacciones.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

105

De la confrontación de los asientos del libro mayor de la cuenta representativa de la caja de

efectivo con los movimientos reflejados en los extractos bancarios, se detectaron dos anotaciones

correspondientes a salidas de efectivo ingresadas en las entidades bancarias (por importe de 820

euros y 122,71 euros) de las que no se encontró correspondencia en los documentos bancarios.

También se detectaron discrepancias entre el importe de los asientos contables correspondientes

a los recibos del RCP cobrados por caja y la cifra resultante del programa de recaudación, sin que

se hubiese aportado explicación ni justificación de dichas diferencias.

Asimismo, no se obtuvo evidencia del destino de los cobros en metálico correspondientes a la

recaudación de los recibos del RCP por importe de 8.266,46 euros (5.390,92 euros de la

recaudación del año 2010 y 2.875,54 euros del año 2011). Según manifestó el encargado de

contabilidad, ese dinero no se ingresó en las entidades bancarias porque se utilizó para pagar

diversos gastos, de los que no se obtuvo constancia en la contabilidad de la Cámara y de los que

no se aportaron justificantes. Estos hechos constituyen indicio de responsabilidad contable que

podría dar lugar a la tramitación del procedimiento para su exigencia.

En la denuncia formulada por los trabajadores de la Cámara ante la Consellería de Economía e

Industria se mencionaban algunas de las irregularidades en el funcionamiento de la caja de

efectivo que se verificaron en los trabajos de fiscalización realizados: la inexistencia de un libro

de caja y la ausencia de control en la entrada y salida de dinero en efectivo.

Bancos

Según la información contable, los fondos de la Cámara de Pontevedra están depositados en 13

cuentas bancarias. La documentación remitida por las entidades financieras reveló la existencia

de otras cuentas que no figuran en la contabilidad de la Cámara y respecto de las cuales no se

aportó la información que fue solicitada a la secretaria referida a la naturaleza de esas cuentas, a

los movimientos realizados en los años 2010 y 2011 y al control ejercido por la Cámara.

Tampoco se aportó la relación certificada de las cuentas con las que opera la corporación y

NovaGalicia Banco no comunicó los saldos a 31.12.2010 de las cuentas abiertas en esa entidad.

La confrontación de los saldos contables y bancarios evidenció la existencia de diferencias. A

pesar de que se solicitó la explicación de dichas diferencias, no se justificaron las discrepancias

que afectan a la cuenta 57200001 (369,60 € en el 2010 y -600 € en el 2011). Según la

información proporcionada por el encargado de la contabilidad, responden a apuntes contables

que él no registraba y de las que tenía conocimiento el auditor, a pesar de que no consta

ninguna mención en el informe de auditoría ni se incorporó a las cuentas anuales el documento

de conciliación de saldos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

106

Actividades y funciones

Las principales actividades y servicios desarrollados por la Cámara de Pontevedra se encuadran

en las denominadas funciones público-administrativas, y se relacionan principalmente con la

formación, con el apoyo a la internacionalización y con la asistencia a las empresas.

Las actividades formativas consistieron en la realización de cursos, seminarios y jornadas

dirigidos prioritariamente a empresarios y a personas ocupadas.

El apoyo a la internacionalización de las empresas se concretó en las actividades de promoción

(misiones comerciales directas, inversas y estratégicas, visitas a ferias, misiones Plan País y la

existencia de un promotor de negocios en Brasil) incluidas en el Plan Foexga. La Cámara también

participó en el programa PIPE, que consiste en ayuda a las Pymes para su iniciación práctica en la

exportación. El conjunto de las antedichas actividades se incluyen en el denominado Plan

Cameral de las Exportaciones.

En lo tocante a las actividades de asistencia a empresas, la Cámara desarrolló diversos

programas de asesoramiento e información a empresarios y emprendedores y prestó servicios

como la emisión de certificados de origen y cuadernos ATA. También organizó diversos eventos

feriales relacionados con el turismo (FERPALIA), el sector de la automoción (POMOVIL) y la

promoción de la moda gallega (pasarela Pontus Veteris).

La Cámara no elaboró un programa de actuaciones en el que se concretasen unas líneas de

actuación u objetivos, ni estableció unos indicadores que permita valorar el grado de

cumplimiento y el nivel de eficacia y eficiencia en su actuación.

Consideraciones derivadas de la supresión del RCP y sobre la viabilidad de la

Cámara

El RCP constituía la principal fuente de financiación de las cámaras. El año 2012 fue el último

año en el que se liquidaron los ingresos correspondientes a dicho recurso, exaccionándose

solamente la parte correspondiente al Impuesto de Sociedades para las empresas con una

facturación superior a los 10 millones de euros. A partir del año 2013, las cámaras dejan de

percibir estos ingresos, lo que afecta de manera relevante al desarrollo de las funciones y a la

prestación de los servicios que tienen legalmente atribuidos.

En la Cámara de Pontevedra, el peso de los ingresos procedentes del RCP en los ejercicios 2008

a 2011, se situó de promedio en un 54% sobre la totalidad de los ingresos de la Cámara. Por

otra parte, tal como se desprende del resultado presupuestario del ejercicio 2012 (-357.915,03

euros), sin estos ingresos la Cámara no fue capaz de afrontar sus gastos a pesar de la importante

reducción de estos, que disminuyeron un 28% con respecto al año 2011 y un 51% respecto al

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

107

año 2010.

A esta situación se añade la circunstancia de que la Cámara de Pontevedra no mostró capacidad

de generar ingresos por los servicios que presta, pues estos recursos tenían poca relevancia sobre

la totalidad de los ingresos realizados. En los años 2009, 2010 y 2011 representaron el 2, 3, 5%,

respectivamente. Por lo tanto, la financiación de los servicios y el desarrollo de las funciones

atribuidas a la Cámara provenían esencialmente del RCP y de las subvenciones públicas.

Teniendo en cuenta que en la actual coyuntura económica la financiación pública también

experimenta una importante disminución, como ya revelan los datos obtenidos de la liquidación

del año 2012, la capacidad de la Cámara para seguir desarrollando sus funciones dependerá de

la obtención de nuevos ingresos y de las alternativas de financiación con que puedan contar

sobre las que no se dispone de datos en la fecha de redacción de este informe.

Por lo tanto, la pérdida del RCP compromete la supervivencia de la entidad. Ahora bien, la

situación financiera de la Cámara al final del año 2012 condiciona su capacidad de respuesta al

nuevo escenario. El análisis de una serie de ratios de solvencia a corto y largo plazo, pusieron de

manifiesto que la Cámara de Pontevedra presentaba una situación financiera relativamente

saneada, sin endeudamiento a largo plazo y con capacidad para afrontar las operaciones

corrientes y las deudas a corto plazo realizando su activo corriente. Sin embargo, se advirtió un

deterioro de la situación financiera a 31.12.2012 debido fundamentalmente a la importante

disminución de los recursos procedentes del RCP y de las subvenciones públicas, lo que generó

pérdidas considerables en ese ejercicio y la reducción del patrimonio neto.

Los fondos disponibles permiten la supervivencia de la Cámara a corto plazo, pero la continuidad

de sus actividades más allá de ese horizonte temporal únicamente será posible mediante la

obtención de nuevos ingresos y el ajuste de sus capítulos de gasto.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

108

IV.2 RECOMENDACIONES

Como resultado del trabajo de fiscalización realizado, procede efectuar las siguientes

recomendaciones:

Presupuesto, liquidación y cuentas anuales

- Cumplir con la obligación de aprobar los presupuestos extraordinarios para la realización de

aquellos gastos, servicios y obras que no se realizan con carácter habitual.

- Elaborar adecuadamente los documentos que acompañan al presupuesto ofreciendo la

información exigida por la normativa vigente, en particular, el programa de actuaciones e

inversiones, el programa de financiación y sus actuaciones, y la plantilla.

- Atender las observaciones realizadas por la DXC corrigiendo los incumplimientos que se

pusieron de manifiesto.

En relación con la contabilidad y control interno

- Cumplir la normativa contable y presupuestaria en el registro e imputación de las operaciones y

adoptar las medidas necesarias para garantizar la inalterabilidad de la información recogida en la

aplicación informática de contabilidad.

- Establecer mecanismos de control interno, regulando los diferentes procedimientos de gestión

económico - financiera con una adecuada segregación de funciones y mecanismos de supervisión

y revisión de las distintas actuaciones.

- Registrar los gastos e ingresos de manera que se pueda efectuar un seguimiento y control de

las actividades financiadas con ingresos finalistas.

- Garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones correspondientes al auditor externo

quien deberá actuar con total independencia respecto a la entidad auditada.

- Cumplir las obligaciones con la Agencia Tributaria respetando las normas fiscales y tributarias,

en particular la presentación de la información cumplimentando los modelos fiscales en los

plazos y en la forma establecida reglamentariamente.

Personal

- Garantizar la transparencia de la información relativa a los gastos de personal respetando la

imputación presupuestaria en el capítulo correspondiente y corrigiendo las disfunciones

detectadas que distorsionan la información ofrecida.

- Aprobar una plantilla ajustada a las exigencias legales.

- Regular los procedimientos de selección del personal garantizando la observancia de los

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

109

principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

- Ofrecer mayor información sobre las retribuciones del personal garantizando su transparencia y

adoptar unos criterios objetivos para el abono de los complementos salariales e incentivos.

Gastos de viajes, estancias y dietas

- Adoptar una regulación de las dietas de los miembros de la Cámara orientada a satisfacer los

gastos efectivos ocasionados como consecuencia del desarrollo del cargo.

- Aprobar modelos normalizados para justificar los gastos de viajes, estancias y dietas y requerir

la documentación justificativa que acredite la realidad de los desplazamientos y la efectividad de

los gastos que se indemnizan.

- Efectuar la imputación presupuestaria de los gastos de esta naturaleza a un único epígrafe

presupuestario.

Contratación

- Cumplir la normativa contractual en la adjudicación de los contratos, respetando los

procedimientos establecidos en las instrucciones de contratación, promoviendo la concurrencia y

evitando la adjudicación directa.

- Definir con mayor objetividad y transparencia los criterios de adjudicación estableciendo en los

pliegos unas reglas precisas para efectuar la valoración de las distintas proposiciones,

garantizando que los licitadores conozcan estas reglas y la importancia de los distintos aspectos

en el momento de elaborar sus ofertas.

- Explicar con mayor precisión las puntuaciones asignadas a los distintos licitadores favoreciendo

la transparencia en la valoración.

- Formalizar los contratos en los que se definan con claridad las prestaciones contratadas, exigir

la acreditación del cumplimiento del contrato mediante facturas que cumplan los requisitos

establecidos por el reglamento de facturación y verificar que respondan a servicios efectivamente

ejecutados.

Subvenciones recibidas

En lo tocante a las actuaciones incluidas en el Plan Foexga, la Cámara deberá:

- Regular los criterios y el procedimiento de selección de las empresas a los efectos de su

participación en las actuaciones.

- Reclamar o, en su caso, devolver las cantidades correspondientes a las aportaciones de las

empresas que participaron en las distintas acciones de dicho Plan.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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- Efectuar el registro contable de los gastos de acuerdo con las exigencias del convenio,

asignando un código contable adecuado que facilite la pista de auditoría en relación con todos

los gastos relacionados con las actuaciones realizadas al amparo del Plan.

- Exigirles a las empresas que participaron en las acciones encuadradas en dicho Plan que

faciliten la información que permita evaluar la eficacia y la repercusión que tuvieron las

actuaciones en sus resultados comerciales y en su capacidad exportadora.

- En cuanto a las subvenciones recibidas de otras entidades públicas, la Cámara deberá respetar

las obligaciones de justificación de los gastos y de los pagos establecidas en la normativa

reguladora de las subvenciones y proporcionar información veraz a las entidades concedentes

respecto a la ejecución de los gastos subvencionables.

Ayudas concedidas

- Definir los proyectos o actuaciones a los que la Cámara prestará apoyo económico.

- Aprobar unas normas o bases reguladoras para la concesión en las que se establezcan de forma

objetiva los criterios para otorgar o denegar las ayudas, la distribución de las competencias entre

los distintos órganos, así como las cuantías y la forma de justificación de los gastos.

- Promover la concurrencia y dar publicidad a la convocatoria de las ayudas para garantizar la

igualdad en el acceso a todos los posibles interesados.

- Exigir la documentación justificativa de los gastos en los que incurrieron los beneficiarios de las

ayudas y no librar el pago sin la presentación de la factura o documento equivalente.

- Establecer una partida presupuestaria específica en la que se imputen la totalidad de los gastos

de esta naturaleza, favoreciendo la transparencia en la información.

Tesorería

- Elaborar un manual de procedimientos sobre la gestión de la tesorería, en el que se incluya la

obligación de suscribir las actas de arqueo que permitan acreditar la situación de las existencias

de la tesorería en una fecha concreta, determinando la periodicidad para su confección a lo largo

del ejercicio y, como mínimo, al inicio y al cierre del mismo.

- Arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar la integridad de los fondos de la Cámara,

estableciendo los mecanismos de control de los movimientos de efectivo realizados a través de la

caja de la corporación, llevando un libro de caja en el que se registren las operaciones realizadas

diariamente y conciliando los saldos contables y bancarios incorporando a las cuentas anuales el

oportuno documento de conciliación.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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ANEXOS

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Anexo I. Demarcación Territorial de las Cámaras Gallegas

Leyenda

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Anexo II. Liquidación Presupuestaria, Balance y Cuenta de PyG de 2010 y 2011

INGRESOS

CAPÍTULO

2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO %

REAL. PRESUPUESTADO REALIZADO

% REAL.

1 - Recursos permanentes 899.000,00 1.093.592,74 121,6 852.000,00 857.348,42 100,6

2 - Recursos no permanentes 655.000,00 1.110.212,95 169,5 676.000,00 922.638,51 136,5

TOTAL INGRESOS 1.554.000,00 2.203.805,69 141,8 1.528.000,00 1.779.986,93 116,5

GASTOS

CAPÍTULO 2010 2011

PRESUPUESTADO REALIZADO % PRESUPUESTADO REALIZADO %

3 - Personal 363.000,00 367.442,03 101,2 365.000,00 343.725,95 94,2

4 - Gastos de local 48.000,00 37.688,81 78,5 42.000,00 36.399,10 86,7

5 - Gastos de material 26.000,00 17.756,18 68,3 23.000,00 10.907,07 47,4

6 - Gastos de relaciones públicas 51.000,00 44.743,01 87,7 43.000,00 26.409,05 61,4

7 - Publicaciones y suscripciones 20.000,00 13.045,06 65,2 14.000,00 6.048,62 43,2

8 - Viajes y estancias 7.000,00 4.588,54 65,6 7.000,00 1.792,62 25,6

9 - Formación 158.000,00 231.044,85 146,2 136.000,00 165.231,88 121,5

10 - Estudios y asist. al comercio y a la industria 752.000,00 1.207.674,56 160,6 788.000,00 722.162,37 91,6

11 - Lonjas, ferias y exposiciones 50.000,00 26.283,29 52,6 40.000,00 13.236,30 33,1

12 - Gastos de otros servicios 12.000,00 10.747,62 89,6 16.000,00 15.243,65 95,3

13 - Cuotas a distintos organismos 55.000,00 47.743,84 86,8 40.000,00 40.349,39 100,9

14 - Impuestos 6.000,00 5.795,16 96,6 7.000,00 6.597,65 94,3

15 - Amortizaciones financieras 1.000,00 733,14 73,3 1.000,00 820,93 82,1

16 - Imprevistos 5.000,00 0,00 0,0 6.000,00 0,00 0,0

TOTAL GASTOS 1.554.000,00 2.015.286,09 129,7 1.528.000,00 1.388.924,58 90,9

Fuente: Elaboración propia con los datos de las cuentas anuales de 2010 y 2011

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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Balance de los ejercicios 2010 y 2011

Ejercicio 2010

Ejercicio 2011

2010 2009

2011 2010

Activo

A) Activo no Corriente 107.587,34 140.728,45

142.066,96 112.925,28

I. Inmovilizado intangible 3.426,26 3.426,26

3.426,26 3.426,26

2. Concesiones 3.426,26 0,00

3.426,26 3.426,26

II. Inmovilizado material 89.161,08 122.302,19

123.640,70 94.499,02

1. Terrenos y construcciones 85.767,23 94.499,02

85.767,23 94.499,02

2. Instalaciones técnicas, y otro inmovilizado material 3.393,85 27.803,17

37.873,47 0,00

V. Inversiones financieras a largo plazo 15.000,00 15.000,00

15.000,00 15.000,00

1. Instrumentos de patrimonio 15.000,00 0,00

15.000,00 15.000,00

5. Otros activos financieros 0,00 15.000,00

0,00 0,00

B) Activo Corriente 1.374.182,82 1.305.398,37

1.522.804,21 1.433.211,47

III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 1.069.840,35 844.930,32

1.137.615,63 1.128.869,00

1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios 868.650,50 693.686,32

763.607,10 927.679,15

1.1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios a largo plazo 0,00 0,00

52.524,94

1.2. Clientes por venta y prestaciones a corto plazo 868.650,50 693.686,32

3. Deudores varios 201.099,85 151.244,00

373.918,53 201.099,85

6. Otros créditos con las Administraciones Públicas 90,00 0,00

90,00 90,00

VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes 304.342,47 460.468,05

385.188,58 304.342,47

1. Tesorería 304.342,47 460.468,05

385.188,58 304.342,47

Total General 1.481.770,16 1.446.126,82

1.664.871,17 1.546.136,75

Pasivo

A) Patrimonio neto 960.458,76 829.725,00

1.015.999,53 1.448.452,66

A) Fondos propios 960.458,76 829.725,00

1.015.999,53 1.448.452,66

I. Capital 26.672,09 26.672,09

26.672,09 26.672,09

1. Capital escriturado 26.672,09 26.672,09

26.672,09 26.672,09

I. Reservas 75.517,06 75.517,06

75.517,06 13.680,06

Legal y estatutarias 61.837,00 75.517,06

Otras reservas 13.680,06 0,00

75.517,06 13.680,06

I. Resultados de ejercicios anteriores 712.685,68 719.133,67

792.242,13 1.271.977,86

Remanente. 712.685,68 719.133,67

886.145,59 1.271.977,86

(Resultados negativos de ejercicios anteriores) 0,00 0,00

-93.903,46

I Resultado del ejercicio 145.583,93 8.402,18

121.568,25 136.122,65

C) PASIVO CORRIENTE 521.311,40 616.401,82

648.871,64 97.684,09

Provisiones a corto plazo 0,00 0,00

250.000,00

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar 521.311,40 616.401,82

398.871,64 97.684,09

V. Proveedores 469.958,75 397.750,66

296.099,66 469.958,75

1. Proveedores a corto plazo

397.750,66

V. Acreedores varios 9.085,80 176.406,41

3.860,01 9.085,80

V. Personal (remuneraciones pendientes de pago) 1.198,76 0,00

-38.798,53 -341.742,41

V. Otras deudas con las Administraciones Públicas. 41.068,09 42.244,75

137.710,50 -39.618,05

Total General 1.481.770,016 1.446.126,82

1.664.871,17 1.546.136,75

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

116

Cuenta de Pérdidas y Ganancias de los ejercicios 2010 e 2011

Ejercicio 2010 Ejercicio 2011

2010 2009

2011 2010

1. Importe neto de la cifra de negocios 2.202.890,51 1.899.428,82

1.777.149,13 2.202.890,51

a. Ventas 2.202.890,51 1.899.428,82

1.777.149,13 2.230.038,34

4. Aprovisionamientos -1.401.100,39 -1.248.769,76

-762.439,40 -1.378.877,35

a. Consumo de mercancías -1.153.635,92 0,00

-689.623,98 -1.180.210,92

b. Consumo de materias primas y otras materias consumibles -42.149,56 -11.311,05

-28.479,95 -38.395,37

c. Trabajos realizados por otras empresas -205.314,91 -1.237.458,71

-44.335,47 -160.271,06

6. Gastos de personal -599.128,51 -560.510,13

-572.740,69 -614.911,69

a. Sueldos, salarios y asimilados -490.542,38 -457.725,91

-460.041,21 -490.542,91

b. Cargas sociales -108.586,13 -102.784,22

-112.699,48 -124.368,78

7. Otros gastos de explotación -54.851,75 -57.064,64

-63.609,51 -70.019,75

a. Servicios exteriores -44.752,28 -46.721,46

-47.306,17 -55.157,73

d. Otros gastos de gestión corriente -10.099,47 -10.343,18

-16.303,34 -14.862,02

8. Amortización del inmovilizado -3.141,11 -27.626,81

-7.805,42 -3.141,11

13. Otros resultados 0,00 0,00

-250.000,00

Resultado de explotación 144.668,75 5.457,48

120.554,11 135.940,61

14. Ingresos financieros 0,00 0,00

1.835,07 915,18

b. De valores negociables y otros instrumentos financieros 0,00 0,00

1.835,07 915,18

b.2) De terceros 0,00 0,00

1.835,07 915,18

15. Gastos financieros 0,00 0,00

-820,93 -733,14

b. Por deudas con terceros 0,00 0,00

-820,93 -733,14

19. Otros ingresos y gastos de carácter financiero 915,18 2.944,70

0,00 0,00

c. Resto de ingresos y gastos 915,18 2.944,70

0,00 0,00

Resultado financiero 915,18 2.944,70

1.014,14 182,04

Resultado antes de impuestos 145.583,93 8.402,18

121.568,25 136.122,65

Resultado del ejercicio de operaciones continuadas 145.583,93 8.402,18

121.568,25 136.122,65

Resultado del ejercicio 145.583,93 8.402,18

121.568,25 136.122,65

Fuente: Elaboración propia. A partir de los datos de las cuentas anuales presentadas por la Cámara.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

117

Anexo III. Diferencias de los saldos a 31.12.2010 en el Balance de Situación y la Cuenta PyG

BALANCE DE SITUACIÓN A 31/12/2010

ACTIVO 2010 con las cuentas

rendidas 2010

2010 con las cuentas

rendidas 2011 Diferencias

ACTIVO NO CORRIENTE

Inmovilizado intangible 3.426,26 3.426,26 0,00

Patentes, licencias, marcas y similares 3.426,26 3.426,26 0,00

Inmovilizado material 89.161,08 94.499,02 5.337,94

Terrenos y edificaciones 85.767,23 94.499,02 8.731,79

Instalaciones técnicas y otro inmovilizado material 3.393,85 0,00 -3.393,85

Inversiones financieras a largo plazo 15.000,00 15.000,00 0,00

Instrumentos de patrimonio 15.000,00 15.000,00 0,00

Otros activos financieros 0,00 0,00 0,00

ACTIVO NO CORRIENTE 107.587,34 112.925,28 5.337,94

ACTIVO CORRIENTE

Deudores 1.069.840,35 1.128.869,00 59.028,65

Clientes por ventas y prestaciones de servicios 868.650,50 927.679,15 59.028,65

Deudores varios 201.099,85 201.099,85 0,00

Otros créditos con las Administraciones Públicas 90,00 90,00 0,00

Efectivos y otros activos líquidos equivalentes 304.342,47 304.342,47 0,00

Tesorería 304.342,47 304.342,47 0,00

ACTIVO CORRIENTE 1.374.182,82 1.433.211,47 59.028,65

TOTAL ACTIVO 1.481.770,16 1.546.136,75 64.366,59

PATRIMONIO NETO Y PASIVO 2010 con las

cuentas rendidas 2010

2010 con las cuentas

rendidas 2011 Diferencia

FONDOS PROPIOS 960.458,76 1.448.452,66 487.993,90

Capital 26.672,09 26.672,09 0,00

Capital estructurado 26.672,09 26.672,09 0,00

Reservas 75.517,06 13.680,06 -61.837,00

Legales y estatutarias 61.837,00 0,00 -61.837,00

Otras reservas 13.680,06 13.680,06 0,00

Remanentes ejercicios anteriores 712.685,68 1.271.977,86 559.292,18

Remanentes 712.685,68 1.271.977,86 559.292,18

Resultado del ejercicio 145.583,93 136.122,65 -9.461,28

PATRIMONIO NETO 960.458,76 1.448.452,66 487.993,90

ACREEDORES COMERCIALES Y OTRAS CUENTAS A PAGAR 521.311,40 97.684,09 -423.627,31

Proveedores 469.958,75 469.958,75 0,00

Acreedores varios 9.085,80 9.085,80 0,00

Personal (remuneraciones pendientes de pago) 1.198,76 -341.742,41 -342.941,17

Otras deudas con las administraciones públicas 41.068,09 -39.618,05 -80.686,14

Periodificaciones a corto plazo 0,00 0,00

Deudas con características especiales a corto plazo 0,00 0,00

PASIVO CORRIENTE 521.311,40 97.684,09 -423.627,31

TOTAL PATRIMONIO NETO PASIVO 1.481.770,16 1.546.136,75 64.366,59

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

118

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2011

2010 con las cuentas

rendidas 2010

2010 con las cuentas

rendidas 2011 Diferencia

1. IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS 2.202.890,51 2.202.890,51 0,00

a) Ventas 2.202.890,51 2.202.890,51 0,00

4. APROVISIONAMIENTOS -1.401.100,39 -1.378.877,35 22.223,04

a) Consumo de mercancías -1.153.635,92 -1.180.210,92 -26.575,00

b) Consumo de materias primas y otras materias consumibles -42.149,56 -38.395,37 3.754,19

c) Trabajos realizados por otras empresas -205.314,91 -160.271,06 45.043,85

6. GASTOS DE PERSONAL -599.128,51 -614.911,69 -15.783,18

a) Sueldos, salarios y asimilados -490.542,38 -490.542,91 -0,53

b) Cargas sociales -108.586,13 -124.368,78 -15.782,65

7. OTROS GASTOS DE EXPLOTACIÓN -54.851,75 -70.019,75 -15.168,00

a) Servicios exteriores -44.752,28 -55.157,73 -10.405,45

d) Otros gastos de gestión corriente -10.099,47 -14.862,02 -4.762,55

8. AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO -3.141,11 -3.141,11 0,00

RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 144.668,75 135.940,61 -8.728,14

19. OTROS INGRESOS Y GASTOS DE CARÁCTER FINANCIERO 915,18 182,04 -733,14

c) Resto de ingresos y gastos 915,18 182,04 -733,14

RESULTADO FINANCIERO 915,18 182,04 -733,14

RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS 145.583,93 136.122,65 -9.461,28

RESULTADO DEL EJERCICIO DE OPERACIONES CONTINUADAS 145.583,93 136.122,65 -9.461,28

RESULTADO DEL EJERCICIO 145.583,93 136.122,65 -9.461,28

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

119

Anexo IV. Diferencias entre las operaciones declaradas en el modelo fiscal 347 y los registros contables

PERCEPTORES 2010 2011

Nif Denominación

Modelo 347

Importe

2010

Relación de

acreedores

2010

Diferencia

Modelo 347

Importe

2011

Relación de

acreedores

2011

Diferencia

A82018474 Telefónica de España 10.280,67 11.735,88 1.455,21 5.791,18 5.874,85 83,67

B36333771 Daper Mensajeros SLU 6.357,90 7.162,68 804,78 0,00 0,00 0,00

A83052407 Soc. Estatal Correos y Telégrafos 18.671,80 18.669,67 -2,13 16.121,98 15.959,84 -162,14

B36399087 Dim Pontevedra 5.066,42 8.031,44 2.965,02 3.760,85 3.760,85 0,00

35247049D Costas Abeledo María Luísa 3.083,91 3.380,94 297,03 0,00 0,00 0,00

B36005890 Viajes Rascado S.L. 324.479,72 311.192,12 -13.287,60 117.817,32 117.944,40 127,08

B36220135 Grupo Norte S.L. 124.944,90 121.682,20 -3.262,70 112.517,40 63.649,40 -48.868,00

B36040236 GPX Asociados S.L. 79.327,70 79.328,70 1,00 0,00 3.115,18 3.115,18

A12428249 Investig. e Innovac. e Informa 5.424,91 4.575,31 -849,60 3.355,67 3.355,67 0,00

B36978187 Conser Fomento de Gestión 18.925,56 18.871,64 -53,92 19.087,32 19.087,32 0,00

A78923125 Telefónica Servicios Móviles 6.156,59 6.106,33 -50,26 5.667,47 5.677,28 9,81

A36036739 Distribuciones Froiz S.A. 4.552,33 4.552,33 0,00 0,00 3.657,00 3.657,00

B15482177 Canal Voz S.L. 3.943,90 3.590,04 -353,86 0,00 0,00 0,00

A36039956 Enmaconsa 4.601,72 0,00 -4.601,72 0,00 0,00 0,00

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

120

Anexo V. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2010

Epígrafes

Categoría profesional Comercio exterior

Formación Personal de

plantilla. Sueldos

Horas extras

Incentivos Gabinete de prensa

Persoal contratado/

eventual Total

Secretaria general 41.462,39

62.193,59

103.655,98

Oficial administrativo 49.860,63

49.860,63

Vicesecretario general

29.948,87

5.000,00

34.948,87

Oficial administrativo

59.198,10 2.500,00

61.698,10

Oficial administrativo

37.287,81 0,00

37.287,81

Técnico informático 30.000,00

8.283,09

38.283,09

Técnico en contabilidad

38.647,45

38.647,45

Oficial administrativo

37.001,13

37.001,13

Titulada superior

23.978,38 23.978,38

Titulada superior

20.111,18 20.111,18

Titulada superior

3.316,35 3.316,35

Titulada superior

19.844,62 19.844,62

Técnico de comunicación 8.000,00 1.308,79

6.400,00 6.200,00

21.908,79

Total 129.323,02 68.545,47 205.323,36 2.500,00 11.400,00 6.200,00 67.250,53 490.542,38

Distribución de los gastos de seguridad social por epígrafes presupuestarios según

la Cámara. Año 2010

Epígrafes Total

Seguros sociales 80.968,14

Comercio exterior 11.858,28

Formación 15.759,71

Total 108.586,13

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

121

Anexo VI. Distribución de los gastos salariales por epígrafes presupuestarios según la Cámara. Año 2011

Epígrafes

Categoría profesional

Comercio exterior

Formación Personal de

plantilla. Sueldos

Horas extras

Gabinete de prensa

Personal contratado/

eventual Total

Secretaria general 38.967,52

58.451,29

97.418,81

Oficial administrativo 48.731,57

48.731,57

Vicesecretario general

36.584,66

36.584,66

Oficial administrativo

52.000,00 2.474,80

54.474,80

Oficial administrativo

36.471,48 0,00

36.471,48

Técnico informático 12.000,00

23.070,38

35.070,38

Técnico en contabilidad

36.937,50

36.937,50

Oficial administrativo

36.202,84

36.202,84

Titulada superior

29.189,97 29.189,97

Titulada superior

20.420,88 20.420,88

Titulada superior

6.801,33 6.801,33

Técnico de apoyo

3.250,61 3.250,61

Titulada superior

1.220,74

1.220,74

Técnico de comunicación 2.589,84

14.675,80

17.265,64

Total 99.699,09 76.866,72 206.662,01 2.474,80 14.675,80 59.662,79 460.041,21

Distribución de los gastos de seguros sociales por epígrafes presupuestarios según la

Cámara. Año 2011

Epígrafes Total

Seguros sociales 74.926,35

Comercio exterior 11.858,28

Formación 15.759,71

Total 102.544,34

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

122

Anexo VII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del presidente de la Cámara

Capítulo Cuenta Descripción Fecha Concepto Debe

08 60800001 Nacionales 31/01/2010 Presidente - mes de enero 370,50

08 60800003 Dietas 31/03/2010 Presidente - mes de marzo 1.232,45

06 60600001 Actos y recepciones 30/04/2010 Presidente 601,00

06 60600001 Actos y recepciones 31/05/2010 Presidente - mes de mayo 500,75

06 60600002 Representaciones 31/07/2010 Presidente – mes de julio 1.652,25

06 60600002 Representaciones 31/10/2010 Presidente – mes de octubre 2.192,95

06 60600002 Representaciones 30/11/2010 Presidente – mes de noviembre 2.609,00

10 61000005 Subvención Global 30/09/2010 Presidente 1.215,70

TOTAL MUESTRA DIETAS 2010 10.374,60

8 60800001 Nacionales 31/05/2011 Presidente - mayo 1.521,85

6 60600002 Representaciones 31/01/2011 Presidente - enero 600,85

6 60600002 Representaciones 30/06/2011 Presidente - junio 831,10

6 60600002 Representaciones 31/12/2011 Presidente - representaciones 691,00

TOTAL MUESTRA DIETAS 2011 3.644,80

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123

Anexo VIII. Muestra de los gastos de viajes y dietas del personal al servicio de la Cámara

Año Puesto Mes Dietas

exentas Dietas Gastos

Dietas pernoct.

2010 Secretaria general marzo 730,80 952,00 618,82

2010 Jefa de servicio comercio exterior marzo 1.187,55 1.547,06 419,88 106,68

2010 Técnico en contabilidad septiembre

400,00 106,68

2010 Técnico responsable de comunicaciones noviembre 822,15 1.071,00

2010 Técnico informático agosto

110,90

2011 Secretaria general marzo

307,00

2011 Vicesecretario general julio

747,29

2011 Técnico informático noviembre

182,66 160,02

TOTAL 2.740,50 3.570,06 2.786,55 373,38

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124

Anexo IX. Gastos de dietas del personal de la Cámara sin justificar

DETALLE DE LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO SIN DOCUMENTO JUSTIFICATIVO

Año Perceptor Importe Asunto Lugar Fecha Sin documento

justificativo

2010

Secretaria 50 Misión inversa Santiago 02/03/2010 50

Secretaria 50 Reunión Seguim. Santiago 18/03/2010 50

Secretaria 350 Portugal fashion Oporto 19 ó 21/03/2010 0

Secretaria 150 Reunión Pontus Allariz 23/03/2010 119

Secretaria 18,82 Red Genera Vigo 24/03/2010 18,82

Total 618,82 237,82

Oficial Administrativo (Comercio exterior) 120 Sin asunto Santiago 2 e 3/03/2010 120

Oficial Administrativo (Comercio exterior) 299,88 Misión directa Venezuela 8 al 20/03/2010 0

Total 419,88 120

Administrativo (Contabilidad y recaudación)

400 Feria del conocimiento Madrid 21 e 22/03/2010 400

Total 400 400

Informático S.D. Reunión Movicell Vigo 03/08/2010

54,7 Informático S.D. Vivero de empresa S.D. 13/08/2010

Informático S.D. Reunión Serviguide Vigo 24/08/2010

Informático S.D. Reunión Serviguide Vigo 25/08/2010

Total 110,9 54,7

2011

Secretaria 30 Reunión secretarios Vigo 01/03/2011 30

Secretaria 30 Rede Genera Vigo 14/03/2011 30

Secretaria 60 Reunión secretarios Santiago 15/03/2011 60

Secretaria 50 Rede Genera Vigo 17/03/2011 50

Secretaria 50 Reunión Xunta Santiago 21/03/2011 45,05

Secretaria 87 Reunión CSC Madrid 24/03/2011 30,05

Total 307 245,10

Vicesecretario 747,29 Curso CSC Madrid 4 ó 7/07/2011 0

Total 747,29 0

Informático S.D. Recoger material para Master Community Manager

Mos 10/11/2011

182,66 Informático S.D. Configurar wifi Pomovil Pontevedra 11 e 12/11/2011

Informático S.D. Configurar wifi Pomovil Pontevedra 18 e 19/11/2011

Informático S.D. Taller emprendedor Santiago 21/11/2011

Informático S.D. Wifi Esdemga 24/11/2011

Total 182,66 182,66

Total general 2.786,55 1.240,28

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125

Anexo X. Subvenciones recibidas de los años 2010 y 2011

Euros

SUBVENCIONES RECIBIDAS

Año Órgano que concede Finalidad de la subvención Importe

concedido

2010 Consellería de Traballo e Benestar Acciones formativas dirigidas a trabajadores ocupados cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en la C.A. de Galicia

10.980,00

2010 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados por las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro

13.365,48

2010 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de agentes de empleo por las Administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro

26.488,08

2010 Consejo Superior de Cámaras Programa de apoyo empresarial a las mujeres PAEM 33.692,55

2010 Consejo Superior de Cámaras Proyecto de formación de emprendedores en el comercio 28.308,01

2010 Consejo Superior de Cámaras Programa feria del conocimiento 37.721,00

2010 Consejo Superior de Cámaras Programa formativo para la integración socio-laboral de inmigrantes 10.606,00

2010 Ayuntamiento de Pontevedra Ferias en el recinto ferial-2010 115.000,00

2010 Programa de cooperación transfronteriza España-Portugal

Red Genera 117.520,19

2010 Varios Red Genera. Diagnóstico ambiental 29.799,99

2010 Consellería de Economía e Industria Fomento exportación empresas gallegas 251.327,99

2010 Consello Superior de Cámaras Pasarela de moda Pontus 84.219,77

TOTAL 2010 759.029,06

2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones a entidades colaboradoras para la realización de actividades de información, orientación y búsqueda de empleo (IOBE)

12.335,55

2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de agentes de empleo por las Administraciones Públicas distintas de la Local, Universidades y entidades sin ánimo de lucro

26.730,96

2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados por las Administraciones Publicas distintas de la Local, Universidades y entidades sin ánimo de lucro

8.727,36

2011 Consellería de Traballo e Benestar Subvenciones para la puesta en práctica en Galicia de programas integrados para el empleo

63.840,00

2011 Consejo Superior de Cámaras Proyecto de formación de emprendedores en el comercio 20.000,00

2011 Consejo Superior de Cámaras Programa de apoyo empresarial a mujeres PAEM 31.303,00

2011 Consejo Superior de Cámaras Programa feria del conocimiento 29.723,00

2011 Ayuntamiento de Pontevedra Ferias en el recinto ferial-2011 115.000,00

2011 Consellería de Economía e Industria Fomento exportación empresas gallegas 98.569,48

2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Pontus mayo 71.698,36

2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Pontus noviembre 82.930,72

2011 Consejo Superior de Cámaras Acciones complementarias. Inversa alimentaria Brasil 24.389,85

TOTAL 2011 585.248,28

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126

Anexo XI. Descripción de las actuaciones incluidas en el Plan FOEXGA 2010-2011

1. Misiones comerciales

a. Misiones comerciales directas.- Consisten en la prospección de mercados y establecimiento de

contactos empresariales en países extranjeros para favorecer las exportaciones y la

internacionalización de las empresas gallegas.

b. Misión comerciales directas plurisectoriales de carácter estratégico.- Son aquellas actuaciones en

las que confluye, tanto el carácter empresarial como la participación de la Xunta por el carácter

estratégico del país donde se realiza la acción.

2. Participación en ferias internacionales.- Consistente en la asistencia a ferias internacionales por parte de

las empresas gallegas, con el objeto de poner en contacto a empresas gallegas con distribuidores, en la

misma feria o bien mediante visitas a los distribuidores, así como organizar participaciones agrupadas de

empresas.

3. Visitas a ferias.- Incluyen ferias en el exterior que presentan un especial atractivo para los productos

gallegos. Se organizan asistencias a las mismas, mediante visitas de empresas interesadas.

4. Misiones comerciales inversas.- Son las empresas extranjeras las que están interesadas en distribuir en su

país de origen productos gallegos, por tal motivo viajan a Galicia y participan en reuniones de negocios

con empresas gallegas. También se consideran misiones inversas las actuaciones que se realizan para

atraer prescriptores de opinión extranjeros para que conozcan las empresas y productos gallegos y los den

a conocer en su país de origen.

5. Encuentros empresariales.- Están dirigidos a fomentar la cooperación y contacto con empresas extranjeras

para favorecer acuerdos comerciales, financieros, industriales, tecnológicos, etc.

6. Misión exposición.- Consisten en la realización de exposiciones de productos gallegos dirigidos a un

público objetivo en aquellos países en los que se considere oportuna esta vía promocional, para facilitar el

acceso a los mercados.

7. Acciones privativas.- Son actuaciones de estudio, foros y conocimiento, que realiza cada cámara en su

demarcación, para analizar los mercados con posibilidades de penetración para los productos gallegos.

8. Promotor de negocio Plan País.- La finalidad de la actuación es la prestación de servicios de apoyo,

asistencia y asesoramiento a las actividades de exportación e internacionalización de la economía gallega y

de sus empresas en los países BRIC (Brasil, Rusia, India y China).

9. Plan País acciones directas.- Son actuaciones de prospección de mercados y establecimientos de contactos

para favorecer las exportaciones y la cooperación, en determinados sectores, en los países BRIC (Brasil,

Rusia, India y China).

10. Acciones sectoriales de carácter especial directa.- Son actuaciones que engloban sectores de especial

relevancia para la economía gallega como la pesca, el vino, las energías renovables, etc. Se desarrollan en

los países donde se realizan misiones comerciales especiales en las que participan las empresas más

importantes de cada sector.

11. Acciones sectoriales de carácter especial inversa.- Tienen como finalidad atraer a Galicia potenciales

compradores y distribuidores extranjeros o prescriptores, para que conozcan las empresas y productos

gallegos de los sectores de carácter especial.

12. Becarios promotores en el exterior.- Consiste en la formación y capacitación profesional de recursos

humanos especializados, que facilitan que las empresas y las cámaras gallegas dispongan de información

sobre los mercados de los países de destino.

13. Plan global de comunicación.- El plan incluye acciones publicitarias dirigidas a empresas y entidades

gallegas para dar a conocer todas las actividades que se desarrollan en el Plan Foexga.

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127

Anexo XII. Actuaciones de la Cámara de Pontevedra incluidas en el Plan FOEXGA. 2010-2011

Plan Foexga 2010

Actuación Sector Destino o

procedencia Fecha

Financiación

Realizada Xunta Empresas

Cámara Pontevedra

Total actuación

Misión comercial directa Plurisectorial R.Dominicana- Venezuela

8-19 marzo 13.200,00 13.200,00 6.600,00 33.000,00 Si

Visitas a ferias Alimentación Italia (Rimini) 20-23 febrero

2.880,00 8.640,00 2.880,00 14.400,00 Si

Misiones comerciales inversas

Acuicultura Brasil 1-5 marzo 15.000,00 0,00 10.000,00 25.000,00 Si

Misiones comerciales inversas

Naval Brasil 15-21 mayo 13.800,00 0,00 9.200,00 23.000,00 Si

Misiones comerciales inversas

Alimentación Conxemar

Brasil 4-9 octubre 15.000,00 0,00 10.000,00 25.000,00 Si

Misiones comerciales inversas

Touroperadores Brasil 27

septiembre a 3 octubre

13.800,00 0,00 9.200,00 23.000,00 Si

Acciones privativas Curso básico de comercio exterior

Sin fecha 2.000,00 0,00 2.000,00 4.000,00 No

Acciones privativas Seminarios 6 noviembre 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 Si

Acciones privativas Seminarios de turismo Sin fecha 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 No

Promotor negocios Plan País Brasil Enero-

diciembre 36.000,00 0,00 12.000,00 48.000,00 Si

Plan País acciones directas Construcción Brasil 7-14 marzo 15.000,00 9.000,00 6.000,00 30.000,00 Si

Plan País acciones directas Plurisectorial Brasil 6-13 junio 15.000,00 9.000,00 6.000,00 30.000,00 Si

Acciones sectoriales especiales inversas

Textil Rusia/EE.UU 1-5 marzo 24.000,00 0,00 6.000,00 30.000,00 Si

Misiones comerciales de carácter estratégico

Plurisectorial Brasil 20-28

noviembre 132.000,00 44.000,00 44.000,00 220.000,00 Si

TOTAL 305.680,00 83.840,00 131.880,00 521.400,00

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Plan FOEXGA 2011

Actuación Sector Destino o

procedencia Fecha

Financiación

Realizada Xunta

Empresas Cámara

Pontevedra Total

Actuación Subvención

Costes indirectos

Total Xunta

Misión comercial directa

Plurisectorial Brasil 5-12

noviembre 35.000,00 10.500,00 45.500,00 35.000,00 80.500,00 Si

Misión comercial directa

Plurisectorial R. Dominicana Venezuela

2-8 marzo 16.000,00 4.800,00 20.800,00 16.000,00 36.800,00 Si

Misiones comerciales inversas

Alimentación Conxemar

Brasil 3-7

octubre - - - - - - Si

Misiones comerciales inversas

Touroperadores Brasil 17-21

octubre 13.800,00 3.450,00 17.250,00 0,00 9.200,00 26.450,00 Si

Acciones privativas Pontus Veteris - - 100.000,00 0,00 100.000,00 0,00 100.000,00 200.000,00 [ 1 ]

Acciones privativas Seminarios - - 2.000,00 0,00 2.000,00 0,00 2.000,00 4.000,00 No

Acciones privativas Seminarios enoturismo

19-21

octubre 4.000,00 0,00 4.000,00 0,00 4.000,00 8.000,00 Si

Promotor negocios Plan País

Brasil Enero

diciembre 38.400,00 0,00 38.400,00 0,00 9.600,00 48.000,00 Si

TOTAL 227.950,00 51.000,00 124.800,00 403.750,00

[1] Según la información proporcionada por la Cámara, la actuación de la Pasarela Pontus Veteris no fue subvencionada por el Plan FOEXGA.

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Anexo XIII. Gastos no elegibles según la cláusula 4ª del convenio de colaboración del Plan Foexga

Actuación Proveedor Nº factura Fecha Concepto Importe

1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil

Viajes Rascado 597 09/12/2010 Billetes avión promotor de negocios

254,44

1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil

Viajes Rascado 366 09/12/2010 Hotel promotor de negocios

1.976,00

1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil

Viajes Rascado 602 09/12/2010 Billetes avión técnico de comunicación

1.409,05

1.- Misión comercial /Plurisectorial de carácter estratégico /Brasil

Viajes Rascado 370 09/12/2010 Hotel técnico de comunicación

1.621,00

2.- Promotor de negocios/Brasil Viajes Rascado 281 09/06/2010 Billetes avión promotor de negocios

1.423,00

2.- Promotor de negocios/Brasil Viajes Rascado 368 19/07/2010 Billetes avión promotor de negocios

1.355,16

TOTAL 8.038,65

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Anexo XIV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2010

Nombre de la Empresa Cuota de

Inscripción Importe a pagar S/L

Sin abonar o devolver

Notas

Apremar 900,00 710,59 189,41 Armaduras Matálicas San Juan 900,00 710,59 189,41 Carenaga 900,00 710,59 189,41 Carpintería de Aluminio Teype 900,00 710,59 189,41 [1]

Class One 900,00 710,59 189,41 Cofrico 900,00 710,59 189,41 Constructora Eshor 900,00 710,59 189,41 Ecologic High Chemical 900,00 710,59 189,41 Estructuras y Hormigones Asturias 900,00 710,59 189,41 Ferralla Rio Pozo 900,00 710,59 189,41 Gabadi 900,00 710,59 189,41 Ingapan 900,00 710,59 189,41 Insenaval 900,00 710,59 189,41 Interveira 900,00 710,59 189,41 Isolux Corsan

[2]

Isolux

[2]

Kinetika Innovacións Estrututais 900,00 710,59 189,41 Loaira Sistemas de Persianas

710,59 0 [[7]

Lugar da Santiña 900,00 710,59 189,41 Martín Codax 900,00 710,59 189,41 Mecanizados Rodríguez 900,00 710,59 189,41 Moncina 900,00 710,59 189,41 Morinver 900,00 710,59 189,41 Programación, control e Gestión 900,00 710,59 189,41 Proofice Centro de Negocios 900,00 710,59 189,41 Qcycla Reciclaje 900,00 710,59 189,41 Revesgran 900,00 710,59 189,41 [3]

Revesgran 900,00 710,59 189,41 [3]

Rilo Maquinaria 900,00 710.59 189.41 Sestimar 900,00 1203,22

[4]

Siliconas y Masillas (SYMA) 900,00 710,59 189,41 Sociedad Ibérica de Aluminio 900,00 710,59 189,41 [1]

Soluciones eléctricas de Galicia 900,00 710,59 189,41 Taigsa

710,59 0 [[7]

Talleres Hércules de Grúas 900,00 710,59 189,41 Talleres Hércules de Maquinarias 900,00 710,59 189,41 Tecnymo 900,00 710,59 189,41 Triomachine 900,00 710,59 189,41 Trisquel Granitos 900,00 710,59 189,41 Ultimacon (Calos Fontela) 900,00 710,59 189,41 Xanela Arquitectura de Ventanas 900,00 710,59 189,41 Xylazel 900,00 710,59 189,41 Industrial de Acabados 900,00

[5]

Talleres Eume 450,00

[6]

TOTAL 35.550,00 28.205,64 6.818,76 Notas

[1] Sociedad Ibérica hace un pago de 1.800 euros de dos empresas: Sociedad Ibérica de Aluminio y carpintería de Aluminio Teype

[2] Isolux e Isolux Corsán son empresas y que no reciben ninguna subvención de la Xunta ni de las Cámaras

[3] Revesgran tiene contabilizados dos ingresos uno el 14 y otro el 15 de septiembre de 2010

[4] Sestimar es una empresa pública del puerto de Marín. No recibe subvención de la Cámara, paga el 40% de los costes en los que incurre

[5] La empresa Industrial de Acabados se inscribe para participar en la misión y anula fuera de plazo, no se le devuelve nada [6] Se inscribieron pero finalmente no participaron, está contabilizada la devolución de 450 euros. [7] Las empresas Loaria Sistema de Persianas y Taigsa no tienen identificado el ingreso de la misión.

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Anexo XV. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa plurisectorial de carácter estratégico a Brasil. Año 2011

Nombre de la empresa Cota de

Inscripción Importe a pagar S/L

Sin abonar o devolver

Notas

Abrente Academia

1.142,01

[1]

Alimentos Javimar 1.100,00 1.142,01 -42,01

Arquisolux 1.100,00 1.142,01 -42,01

Coton y Sánchez 1.100,00 1.349,37 -249,37

Finsa 1.100,00 1.277,52 -177,52

Herrero Marinesca 1.100,00 1.349,37 -249,37

Iceacsa 1.100,00 1.142,01 -42,01

Infish Tecnological 1.100,00 1.321,02 -221,02

Ingapan 1.100,00 1.142,01 -42,01

Interveira 1.100,00 1.142,01 -42,01

Itelsis 1.100,00 1.142,01 -42,01

Kinética 1.100,00 962,41 137,59

Lugar da Santiña 1.100,00 1.142,01 -42,01

Mais food 1.100,00 1.499,98 -399,98

Mecanizados Rodríguez 1.100,00 1.421,98 -321,98

Postmobel 1.100,00 1.142,01 -42,01

Qcycla Reciclaje 1.100,00 1.142,01 -42,01

Salocin Services 1.100,00 1.142,01 -42,01

Sivsa Soluciones Infor. 1.100,00 1.142,01 -42,01

Taigsa 1.100,00 1.142,01 -42,01

Tenaise Provote 1.100,00 1.142,01 -42,01

Trisquel Granitos 1.100,00 1.142,01 -42,01

Valederme 1.100,00 1.142,01 -42,01

Vires de Gadir 1.100,00 1.142,01 -42,01

Carlos Fontela 1.100,00 [2]

Masive Abbance 1.100,00 [2]

Servizos e control Casa Maestra 1.100,00 [2]

Salvamento e Contraincendios S.L 1.100,00 [2]

Vinigalicia 1.100,00 [2]

TOTAL 30.800,00 28.595,82 -2.153,81

Notas

[1] El ingreso de la empresa Abrente Academia no se identificó en la contabilidad

[2] Estas empresas se inscriben en la misión, pero finalmente no participan.

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Anexo XVI. Aportaciones de las empresas. Misión comercial directa a Venezuela y República Dominicana. Año 2011

Nombre de la Empresa

País Cuota de

Inscripción Importe a pagar S/L

Sin abonar o devolver

Ain active Rep. Dominicana 1.000,00 856,40 143,60

Finsa Rep. Dominicana 1.000,00 856,40 143,60

Zelnova Rep. Dominicana 1.075,00 1.338,71 -263,71

Damoura Venezuela 1.050,00 1.123,17 -73,17

Galpor Venezuela 1.050,00 1.123,17 -73,17

Norinver Venezuela 1.050,00 1.296,81 -246,81

Smart G Venezuela 1.050,00 1.311,31 -261,31

Xurixest Venezuela- Contabilizado 2 ingresos 1.050,00 1.311,31 -261,31

Digamel Venezuela/R. Dominicana 1.710,00 1.762,46 -52,46

Xilazel Venezuela/R. Dominicana 1.710,00 1.762,46 -52,46

TOTAL 11.745,00 12.742,20 -997,20

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Anexo XVII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de los eventos POMOVIL y FERPALIA del año 2010

POMOVIL 2010:

El libramiento nº LD33, firmado el 31.12.2010 por el presidente, la secretaria y el tesorero

por importe de 18.000 euros.

Dos cheques emitidos a favor de la empresa con fecha 31.12.2010, por los importes de

10.000 y 8.000 euros (a pesar de que la forma de pago referida en la factura era la

transferencia bancaria al número de cuenta indicado en ella).

El extracto bancario de la cuenta de Novacaixagalicia (XXXXX17553) en el que consta el

cargo de dos cheques, con fecha contable 21.07.2011, por los importes referidos. Sin

embargo, a diferencia de otros cargos en los que se incluye la referencia del cheque que

permite tener evidencia de la correspondencia con el gasto analizado, en este caso el

extracto bancario no indica el número de cheque.

FERPALIA 2010:

El libramiento nº D34, firmado el 31.12.2010 por el presidente, la secretaria y el tesorero por

importe de 103.840 euros.

Cuatro cheques emitidos el 31.12.2010, dos por importe de 20.000, uno de 23.840 y otro

de 40.000 euros.

El extracto bancario de la cuenta de Novacaixagalicia (XXXXX17553) que refleja el cargo de

dos cheques por importe de 20.000 euros y uno por importe de 23.840 euros, con fecha

contable 5.08.2011. En estos casos sí se indica la referencia de dos cheques que coincide

con la de los emitidos para el pago fraccionado de la factura. Pese a que en la misma cuenta

consta el cargo de otro cheque por importe de 40.000 euros (con fecha contable

21.07.2011) la ausencia de referencia impide verificar la correspondencia con el gasto

analizado.

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Anexo XVIII. Documentación justificativa del pago de las facturas relativas a los gastos de FERPALIA del año 2011

El libramiento nº LD19, firmado el 31.12.2011 por el Presidente, la Secretaria y el Tesorero,

por el que se ordena pagar al Grupo Norte MCA SL, la cantidad de 89.680 euros por los

gastos realizados por la organización de FERPALIA 2011. Este importe coincide con el gasto

de la factura núm. 157/11 (101.480,00€) minorado en la cuantía de la factura rectificativa

núm. R022/11 (-11.800,00€)

Acompañan al antedicho documento tres cheques expedidos el 31.12.2011:

nº 3.116.361-0-4262-6 por importe de 40.000 euros.

nº 3.116.360-6-4262-6 por importe de 29.680 euros.

nº 3.116.362-1-4262-6 por importe de 20.000 euros.

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Anexo XIX. Ayudas concedidas en los años 2010 y 2011

SUBVENCIONES CONCEDIDAS

Año Órgano que concede Finalidad de la subvención Importe concedido

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado zona monumental 3.000,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Aempe 2.850,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Bueu 1.300,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios de Cangas 2.100,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios de Moaña 2.100,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado centro A Barca 900,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Forum Urbano 1.300,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Empresario Deza 800,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado calle de la Oliva 360,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Nadal Snow 1.180,00

2010 Comité Ejecutivo Alumbrado Fórun Urbano Lalín 1.300,00

2010 Presidente Bandera Escudo Pontevedra 1.500,00

2010 Presidente Patronato Mareantes 600,00

2010 Presidente Ape Galicia 2.000,00

2010 Presidente Ape Galicia 1.000,00

2010 Presidente Asociación Vecinos O Castro 1.000,00

2010 Presidente Gremio de Mareantes 300,00

2010 Presidente Semana Santa 300,00

2010 Presidente Asociación Jóvenes Empresarios 1.000,00

TOTAL 2010 24.890,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Zona Monumental 2.250,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Aempe 2.140,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Bueu 975,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Cangas 1.575,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado empresarios Moaña 1.575,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Centro A Barca 675,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Empresario Deza 600,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Calle de la Oliva 650,00

2011 Comité Ejecutivo Alumbrado Fórum Urbano Lalín 600,00

TOTAL 2011 11.040,00

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Anexo XX. Muestra de las ayudas concedidas en los años 2010 y 2011

Subvención Importe (€) Fecha Órgano que concede

Alumbrado zona monumental 3.000 21/12/2010 Comité Ejecutivo

Alumbrado Aempe 2.850 21/12/2010 Comité Ejecutivo

Alumbrado empresarios Moaña 2.100 21/12/2010 Comité Ejecutivo

Alumbrado navidad Snow 1.180 21/12/2010 Comité Ejecutivo

Bandera escudo Pontevedra 1.500 30/06/2010 Presidente

Patronato Mareantes 600 31/10/2010 Presidente

Ape - Galicia 2.000 30/06/2010 Presidente

Ape - Galicia 1.000 31/12/2010 Presidente

Asociación vecinos O Castro 1.000 30/04/2010 Presidente

Gremio de mareantes 300 31/05/2010 Presidente

Asociación Jóvenes Empresarios 1.000 22/09/2010 Presidente

Alumbrado monumental 2.250 21/12/2011 Comité Ejecutivo

Alumbrado empresarios Cangas 1.575 21/12/2011 Comité Ejecutivo

Alumbrado empresarios Deza 600 21/12/2011 Comité Ejecutivo

Alumbrado Calle de la Oliva 650 21/12/2011 Comité Ejecutivo

Alumbrado Fórum Urbano Lalín 600 21/12/2011 Comité Ejecutivo

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Anexo XXI. Información referida a los movimientos registrados en la subcuenta 57000000 “CAIXA”

Euros

CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2010

ASIENTOS CONTABLES EXTRAÍDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"

Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones

Saldos anteriores 359,00 359,00

20/04/2010 Pago EL Correo Galego 1.015,03 -656,03 40000021 (1)

28/05/2010 Pago Cinco Días 212 369,60 -1.025,63 40000297 (1)

31/05/2010 Ajuste saldo I 61 y 12 euros ajuste 10,30 -1.015,33 57200001

03/06/2010 Certificado origen conejos G. 179 12,00 -1.003,33 70400001

03/06/2010 Pago concello de Arbo 336,06 -1.339,39 40000059 (1)

17/08/2010 Ingreso efectivo cámara 1.250,00 -2.589,39 57200002

03/09/2010 Ingreso efectivo cámara 685,00 -3.274,39 57200002

30/09/2010 Pago floristería 210,00 -3.484,39 40000166 (1)

30/09/2010 Pago Aran Gorriz 120,00 -3.604,39 40000249 (1)

30/09/2010 Pago Galpor 223,23 -3.827,62 40000288 (1)

30/09/2010 Pago Emilio Bentrán 500,00 -4.327,62 40000585 (1)

30/09/2010 Pago La Fraternidad 10,22 -4.337,84 40000586 (1)

30/09/2010 Pago Ferrara Investimet 1.000,00 -5.337,84 40000595 (1)

30/09/2010 Pago C.E. juego y ping 420,00 -5.757,84 40000613 (1)

30/09/2010 Pago Nogueira García 63,80 -5.821,64 41000639 (1)

04/10/2010 Ingreso efectivo cámara 820,00 -6.641,64 57200002 (2)

22/10/2010 Ingreso efectivo cámara 2.000,00 -8.641,64 57200002

04/11/2010 Ingreso efectivo cámara 7.795,51 -16.437,15 57200002

18/11/2010 Ingreso efectivo cámara 900,00 -17.337,15 57200002

26/11/2010 Pago de la Peña 23,94 -17.361,09 40000053 (1)

31/12/2010 Recibos cobrados caja Caja 2010 17.094,50 -266,59 (3)

21/12/2010 Pago Diario de Pontevedra LD6 88,50 -355,09 40000014 (1)

TOTAL CONTA 17.475,80 17.830,89 -355,09

(1) No corresponde con una transacción real (2) No consta el ingreso en el extracto bancario (3) No coincide la cuantía con el importe que resulta del programa de recaudación

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Euros

CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2011

ASIENTOS CONTABLES EXTRAIDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"

Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones

Saldos anteriores 355,09

01/01/2011 Ajuste saldo 369,60 14,51 57200001 (1)

01/01/2011 Plgar Ezquerra Ana 574,00 588,51 41000019 (1)

01/01/2011 Pago Villarvin 0,20 588,31 41000625 (1)

03/01/2011 Pago Telefónica Móviles 668,22 -79,91 40000001 (1)

06/04/2011 Pago Cocin Valls 105 0,09 -80,00 40000277 (1)

31/05/2011 Recaudación efectivo I 107 160,00 -240,00 57200002

03/06/2011 Recaudación recibos I 112 150,00 -390,00 57200001 (2)

07/06/2011 Recaudación recibos I 115 350,00 -740,00 57200002

07/06/2011 Recaudación recibos I 116 160,00 -900,00 57200002

08/08/2011 Recaudación recibos I 119 50,00 -950,00 57200002

13/06/2011 Recaudación recibos I 123 150,00 -1.100,00 57200002

14/06/2011 Recaudación recibos I 124 100,00 -1.200,00 57200002

14/06/2011 Recaudación recibos I 126 200,00 -1.400,00 57200002

20/06/2011 Recaudación recibos I 131 180,00 -1.580,00 57200002

23/06/2011 Recaudación recibos I 138 105,00 -1.685,00 57200002

28/06/2011 Recaudación recibos I 143 130,00 -1.815,00 57200002

30/06/2011 Recaudación recibos 267,23 -2.082,23 43000436

04/07/2011 Recaudación recibos I 146 220,00 -2.302,23 57200002

07/07/2011 Recaudación recibos I 157 60,00 -2.362,23 57200007

07/07/2011 Recaudación recibos I 158 130,00 -2.492,23 57200007

12/07/2011 Recaudación recibos I 167 180,00 -2.672,23 57200007

15/07/2011 Recaudación recibos I 171 122,71 -2.794,94 57200002 (3)

15/07/2011 Recaudación recibos I 172 50,00 -2.844,94 57200007

15/07/2011 Recaudación recibos I 173 48,00 -2.892,94 57200007

15/07/2011 Ingreso recibos 120,00 -3.012,94 57200007

21/07/2011 Toimil certificados I 190 12,00 -3.024,94 57200001

04/08/2011 Certificados caja I 187 168,00 -3.192,94 57200007

04/08/2011 Certificados caja I 188 96,00 -3.288,94 57200007

05/08/2011 Certificados caja I 189 24,00 -3.312,94 57200007

23/08/2011 Recaudación recibos I 202 90,00 -3.402,94 57200007

19/10/2011 Pago Remac 8,71 -3.411,65 40000004 (1)

24/10/2011 Recaudación recibos I 240 38,26 -3.449,91 57200007

02/11/2011 Ingreso efectivo 114,00 -3.563,91 57200007

18/11/2011 Ingreso efectivo 72,00 -3.635,91 57200007

28/11/2011 Florentino Pasarela Pontus 54,00 -3.689,91 43000057

29/11/2011 Ingreso efectivo 84,00 -3.773,91 57200007

29/11/2011 Recibos cobrados por caja Recibos caja 6.634,67 2.860,76 (4)

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139

Euros

CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA - EJERCICIO 2011

ASIENTOS CONTABLES EXTRAIDOS DEL LIBRO MAYOR DE LA SUBCUENTA 57000000 "CAIXA, EUROS"

Fecha Concepto Documento Debe Haber Saldo Contrapar. Observaciones

31/12/2011 Pago Faro de Vigo 207,68 2.653,08 40000159 (1)

31/12/2011 Pago José Crespo 148,00 2.505,08 40000168 (1)

31/12/2011 Pago Asoc. Amigos Casa 150,25 2.354,83 40000178 (1)

31/12/2011 Pago Silva Alen 400,00 1.954,83 40000251 (1)

31/12/2011 Pago Pampin Facorro 250,00 1.704,83 40000252 (1)

31/12/2011 Pago Presedo Díaz 200,00 1.504,83 40000364 (1)

31/12/2011 Pago Vida Bonomi 210,00 1.294,83 40000368 (1)

31/12/2011 Pago Sanchez Solla 30,00 1.264,83 40000371 (1)

31/12/2011 Pago Centro Kilo 500,00 764,83 40000373 (1)

31/12/2011 Pago José Pintos Portel 87,50 677,33 40000578 (1)

31/12/2011 Pago Barragans 133,12 544,21 40000605 (1)

31/12/2011 Pago Acreedores 1.100,00 -555,79 41000000 (1)

31/12/2011 Pago Juana Pulgar 840,00 -1.395,79 41000316 (1)

31/12/2011 Landín Informática 8,00 -1.387,79 41000628 (1)

31/12/2011 Pago Cometal Lago 550,00 -1.937,79 41000674 (1)

31/12/2011 Pago Ribelles Arellano 574,00 -2.511,79 41000692 (1)

31/12/2011 Cocin Santander ajuste 2.104,18 -407,61 43000005 (1)

31/12/2011 Cocin Aviles ajuste 29,54 -378,07 43000017 (1)

31/12/2011 Cocin Las Palmas ajuste 66,25 -311,82 43000038 (1)

31/12/2011 Cocin Zaragoza ajuste 237,09 -74,73 43000069 (1)

31/12/2011 Cocin Orihuela ajuste 4,47 -70,26 43000034 (1)

31/12/2011 Motos Tito e Cancela 72,26 2,00 43000089 (1)

TOTAL CONTA 10.100,06 10.098,06 2,00

(1) No corresponde con una transacción real (2) No consta el ingreso bancario en la cuenta de imputación, pero sí figura en el extracto bancario de la cuenta 57200002 (3) No consta el ingreso en el extracto bancario (4) No coincide la cuantía con el importe que resulta del programa de recaudación

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140

Anexo XXII. Funciones de carácter público-administrativas de las cámaras agrupadas por áreas.

(Artículo 2 de la Ley 3/1993, Básica de Cámaras y artículo 4.2 de la Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia)

1. FORMACIÓN

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Colaborar con las administraciones educativas competentes en la gestión de la formación

práctica en los centros de trabajo incluida en las enseñanzas de Formación Profesional reglada,

en especial en la selección y homologación de centros de trabajo y empresas y, en su caso, en la

designación de tutores de los alumnos y en el control del cumplimiento de la programación.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Difundir e impartir formación no reglamentada referente a la empresa.

Colaborar en los programas de formación permanente establecidos por las empresas, por centros

docentes públicos o privados y, en su caso, por las administraciones públicas competentes,

dentro de los términos que se establezcan.

2. PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASISTENCIA A LAS EMPRESAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil,

nacional e internacional, en los supuestos previstos en la normativa vigente.

Recopilar las costumbres y usos normativos mercantiles, así como las prácticas y usos de los

negocios y emitir certificaciones acerca de su existencia.

Desempeñar funciones de arbitraje mercantil, nacional e internacional, de conformidad con lo

establecido en la legislación vigente.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Difundir las actividades y los programas de apoyo dirigidos a las empresas y participar en su

elaboración, cuando así se determine.

Promover y cooperar en la organización de ferias y exposiciones.

Crear y administrar lonjas de contratación y bolsas de subcontratación, después de la

autorización de la Administración Autonómica.

Designar a las personas que, si es el caso, ejerzan las funciones de arbitraje institucional

previstas en el artículo 14.1.a de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, así como

participar en el sistema arbitral de consumo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1.i de

la Ley Básica de Cámaras.

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141

3. PROMOCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Desarrollar actividades de apoyo y estímulo al comercio exterior, en especial a la exportación,

mediante la elaboración y ejecución del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Colaborar en la promoción comercial y turística, desarrollar actividades de apoyo y estímulo al

comercio exterior, en especial a la exportación y apoyar y fomentar la presencia de los productos

y servicios gallegos en el exterior.

4. ASESORAMIENTO Y COLABORACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Proponer al Gobierno, a través del Ministerio de Industria, cuantas reformas o medidas crean

necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y la navegación.

Ser órgano de asesoramiento de las Administraciones Públicas, en los términos que las mismas

establezcan, para el desarrollo del comercio, la industria y la navegación.

Tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se establezcan en

cada caso, así como gestionar servicios públicos relacionados con las mismas cuando su gestión

le corresponda a la Administración del Estado.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Emitir informe sobre los proyectos de disposiciones generales emanados de la Comunidad

gallega que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria y la

navegación, en los supuestos y con las condiciones y alcance que el ordenamiento jurídico

determine.

Colaborar en la ejecución de los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos

que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las

mismas, cuando su gestión corresponda a la Administración Autonómica y siempre que así se

establezca en sus respectivas normas.

Colaborar con los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia emitiendo

informe sobre los estudios, trabajos y acciones que se realicen sobre la ordenación del territorio,

medio ambiente y localización industrial y comercial.

5. FUNCIONES CENSALES Y ESTADÍSTICAS

Ley 3/1993, Básica de Cámaras

Llevar un censo público de todas las empresas, así como de sus establecimientos, delegaciones y

agencias radicados en su demarcación.

Ley 5/2004, de Cámaras de Galicia

Elaborar estadísticas del comercio, la industria y la navegación de Galicia y encuestas de

evaluación y estudios de los distintos sectores comerciales, industriales y navieros, así como

publicarlos y difundirlos.

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Anexo XXIII. Detalle por conceptos y tramos de cuotas de la emisión de los recibos del RCP correspondiente a los ejercicios 2010, 2011 y 2012.

2010 2011 2012

Detalle por conceptos y tramos cuota Detalle por conceptos y tramos cuota Detalle por conceptos y tramos cuota

I.A.E. I.A.E.

Año 2012: Solo se emiten recibos a Sociedades con importe neto de cifra de negocios = > 10 millones € en el año 2009. Tramos en €

Nº Recibos

Importe € Tramos en € Nº

Recibos Importe €

Hasta 72,06 cuota mínima

3.424 263.654,68

Hasta 72,06 cuota mínima

3.351 263.660,86

> 72,06 > 72,06

Totales 3.424 263.654,68 Totales 3.351 263.660,86

Importe medio recibo: 77 € Importe medio recibo: 78,68

Sociedades Sociedades

Sociedades

Tramos en € Nº

Recibos Importe € Tramos en €

Nº Recibos

Importe €

Tramos en € Nº

Recibos Importe €

Hasta 5 627 1.769,95 Hasta 5 575 1.561,28

Hasta 100 4 192,52

> 5 e < 100 1.525 44.528,76 > 5 e < 100 1.295 36.793,62

> 100 e < 500 11 2.344,35

= > 100 e < 500 379 82.637,46 = > 100 e < 500 276 58.740,41

= > 500 e < 1.000 12 8.850,68

= > 500 e < 1.000 75 53.288,91 = > 500 e < 1.000 70 48.516,52

= > 1.000 e < 3.000 21 34.255,84

= > 1.000 e < 3.000 65 112.542,48 = > 1.000 e < 3.000 57 89.227,04

= > 3.000 e < 6.000 5 23.444,88

= > 3.000 e < 6.000 12 48.403,58 = > 3.000 e < 6.000 14 59.286,43

= > 6.000 7 140.967,04

= > 6.000 14 248.452,93 = > 6.000 8 138.237,51

Totales 60 210.055,31

Totales 2.697 591.624,07 Totales 2.295 432.362,81

Importe medio recibo: 3.500,92

Importe medio recibo: 219,36 Importe medio recibo: 188,39

I.R.P.F. I.R.P.F.

Tramos en € Nº

Recibos Importe € Tramos en €

Nº Recibos

Importe €

Hasta 5 1.490 4.316,85 Hasta 5 1.439 4.977,60

> 5 e < 30 6.598 94.721,73 > 5 e < 30 6.451 91.016,75

= > 30 e < 100 900 41.047,51 = > 30 e < 100 805 36.979,46

= > 100 119 21.372,32 = > 100 133 24.495,15

Totales 9.107 161.458,41 Totales 8.828 157.468,96

Importe medio recibo: 17,72 Importe medio recibo: 17,83

Nº Recibos

Importe € Nº

Recibos Importe €

Total emisión 15.228 1.016.737,16 Total emisión 14.474 853.492,63

Importe medio recibo: 66,76 Importe medio recibo: 58,96

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V. ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA

(No se incorpora, por su extensión, la documentación anexa al escrito de alegaciones).

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212

VI. RÉPLICAS FORMULADAS POR EL CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR LA COCIN DE PONTEVEDRA

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213

RÉPLICAS DEL CONSELLO DE CONTAS A LAS ALEGACIONES FORMULADAS POR LA

COCIN DE PONTEVEDRA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN

CORRESPONDENTE A LOS EJERCICIOS 2010-2011.

Trámite de alegaciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas de

Galicia, el 8.10.2013 se remitió el anteproyecto de informe de fiscalización a la Cámara de

Comercio de Pontevedra para que formulasen las alegaciones que estimasen pertinentes, que

fueron presentadas el 15.11.2013 (RE núm. 1764).

Con relación a su contenido y tratamiento, independientemente de las aclaraciones y

puntualizaciones que en cada caso figuran en las réplicas, es necesario señalar con carácter

general que, excepto en los casos concretos que así lo requieran, no se valoran las alegaciones

que confirmen deficiencias o irregularidades señaladas en el informe; que expongan criterios y

opiniones sin soporte documental o normativo o bien que no rebatan el contenido del informe,

sino que se trate de explicaciones o justificaciones sobre las actuaciones de la entidad fiscalizada.

En los supuestos en los que se modifica total o parcialmente el contenido de algún punto del

informe, se indicará este hecho expresamente mediante nota a pie de página.

En este trámite se incluyeron algunas modificaciones del anteproyecto, que se indican mediante

nota a pie de página, a efectos de actualizar algunos párrafos en consonancia con la nueva Ley

4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y

Navegación.

Alegación 1.- Falta de aprobación de los presupuestos extraordinarios

Se afirma en el anteproyecto que ciertos gastos, calificados como no habituales, deberían haber

sido previstos en presupuestos extraordinarios como consecuencia de su carácter de gastos no

habituales; en concreto la mención se refiere al Proyecto Red Genera y el Proyecto Vivero de

Empresas.

(…) En el caso del Proyecto Red Genera se consideró que era una actividad de formación y

asesoramiento empresarial, una de las funciones encomendadas a las Cámaras de Comercio, y

por tanto no se consideró como gasto de carácter no habitual; estando por tanto los gastos

asignados al mismo incluidos en el presupuesto ordinario.

En cuanto al Proyecto Vivero de Empresas, sí fue objeto de un presupuesto extraordinario, tal

como consta en el documento que se adjunta (ANEXO I)

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214

RÉPLICA. Se reitera la consideración efectuada sobre el proyecto Red Genera. Constituye un

gasto para la realización de un proyecto específico, que no se repite anualmente, y que cuenta

con una financiación extraordinaria, por lo que debió ser objeto de un presupuesto

extraordinario.

Por lo que respecta al Proyecto Vivero de Empresas, la documentación remitida como Anexo I

consiste en dos certificaciones de los acuerdos plenarios adoptados el 14.02.2006 y el

16.07.2007, mediante los cuales se aprobó el presupuesto para la construcción del vivero. Es

necesario distinguir entre el acuerdo de autorización del gasto (materializado en los acuerdos

que se aportan) y la elaboración de un presupuesto extraordinario integrado por los estados de

ingresos y gastos. Este último no consta entre la documentación presupuestaria que la Cámara

presentó para su aprobación a la Dirección Xeral de Comercio, en los años 2010 y 2011.

Tampoco consta la elaboración ni la aprobación de la liquidación de ningún presupuesto

extraordinario. Por lo tanto, la documentación remitida no resulta suficiente para acreditar el

cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 44.5 de la LGC.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 2.- Remisión al órgano tutelar de las cuentas anuales y de la liquidación

del presupuesto del ejercicio 2011

Se dice que en el anteproyecto que la documentación del ejercicio 2011 se remitió fuera de

plazo. Afirmación tajante que no matiza el alcance del posible incumplimiento, del que no se

hace mención en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria que aprueba la

liquidación del presupuesto ordinario de 2011.

(…)

La aprobación se produjo el 31 de mayo de 2012, esto es, un mes antes del fin de plazo, y la

remisión se produjo el 12 de junio (sello de salida) con entrada en el registro del Consello de

Contas el 13 de junio; la remisión, pues, se realizó al cabo de diez días hábiles a partir del

siguiente al de su aprobación. (ANEXO II)

RÉPLICA. El incumplimiento del plazo no se refiere a la remisión de las cuentas al Consello de

Contas que, como se mencionó en el anteproyecto, fueron rendidas en el plazo establecido

legalmente.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

215

Fue la remisión al órgano tutelar de las cuentas del año 2011 la que experimentó un retraso que,

si bien no se menciona en la resolución que aprueba la liquidación, sí se señala en el informe

técnico emitido por la Dirección Xeral de Comercio que literalmente dice: “La COCIN de

Pontevedra presentó con fecha 13.06.2012 en el Registro General de la Xunta de Galicia la

documentación referenciada (cuentas anuales, el informe de auditoría y la liquidación del

presupuesto ordinario) excepto el certificado del contenido del acuerdo del Pleno, que lo

presentó, tras el requerimiento de la Dirección Xeral de Comercio, el 30 de julio de 2012 y por

tanto no cumple el plazo establecido en este artículo (47.3 de la Ley 5/2005, de 8 de julio)”

Sin embargo, se considera la alegación y se modifica la redacción del informe concretando que se

remitió fuera de plazo dicho certificado.

Alegación 3.- Incumplimientos de la Ley 5/2004 en las cuentas anuales y la

liquidación del presupuesto del ejercicio 2011

En las conclusiones se recoge la mención a los incumplimientos puestos de manifiesto en la

Resolución de la Consellería de Economía e Industria que aprueba la liquidación del presupuesto

ordinario de 2011. Sin embargo, no se hace mención a que, con independencia de las

consideraciones que el órgano tutelar realiza al respecto, la resolución dice que el informe del

servicio técnico es favorable a la aprobación de la liquidación del presupuesto (ANEXO III).

RÉPLICA. El anteproyecto destacó los incumplimientos puestos de manifiesto por el informe del

servicio técnico, pero también refleja que la liquidación de los presupuestos del 2010 y 2011 fue

aprobada por la Dirección Xeral de Comercio, por lo que se entiende que el informe no fue

desfavorable a dicha aprobación.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

En la resolución asimismo se recuerda “…ademáis a obriga de seguir incrementando o saldo da

conta “Fondo de reserva”…”; este recordatorio viene al caso como consecuencia del

compromiso asumido y cumplido por la Cámara de Pontevedra de ir incrementando el saldo del

fondo hasta alcanzar la cuantía legalmente establecida. El cumplimiento del compromiso es

reconocido por el órgano tutelar, sin embargo esto no se menciona en el anteproyecto.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

216

RÉPLICA. El anteproyecto de informe refleja las observaciones efectuadas por la DXC que, tanto

en la resolución sobre aprobación de la liquidación de los presupuestos de 2010 y 2011 como en

los informes técnicos emitidos, indica que la COCIN de Pontevedra deberá adecuar el Fondo de

Reserva Obligatorio a la normativa legal vigente. La existencia de un compromiso, así como el

reconocimiento de su cumplimiento por el órgano tutelar, extremos de los que no se tuvo

constancia, no modifican la observación mencionada, ya que el fondo de reserva no alcanzaba el

porcentaje establecido legalmente.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Con respecto al cuadro del personal, parece desprenderse del anteproyecto que el

incumplimiento es absoluto, cuando en realidad de los requisitos de información que debe

contener sólo se discute si en el cuadro que efectivamente acompaña la liquidación

presupuestaria se cumple el requisito de hacer constar la remuneración y su desglose en relación

con cada uno de los puestos de trabajo. La Cámara de Pontevedra entiende que el formato del

cuadro anexo a los presupuestos de 2010 y 2011 sí ofrece la información legamente requerida.

La circunstancia de una discrepancia en relación con una de las menciones a incluir en el cuadro

de personal, en cuanto al modelo utilizado por la Cámara de Pontevedra, es presentado

reiteradamente en el informe como si de un incumplimiento total se tratase (ANEXO IV).

RÉPLICA. El artículo 23.3 de la LGC exige una plantilla en la que se relacionen debidamente

clasificados todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones y

categorías.

El cuadro que acompaña a los presupuestos de la Cámara no identifica los puestos de trabajo,

limitándose a indicar las categorías existentes y el número de puestos correspondientes a cada

categoría, pero no identifica los puestos ni las funciones atribuidas.

Por otra parte, el artículo 46.5 de la LGC requiere que la plantilla especifique las categorías y

retribuciones por todos los conceptos de cada puesto de trabajo, extremo este que tampoco

cumple la plantilla presentada por la Cámara. No se detallan los distintos complementos

salariales, se indica el sueldo anual bruto por categorías y se expresa un porcentaje para calcular

la antigüedad y los complementos, pero sin ofrecer información que permita conocer las

cantidades correspondientes a cada puesto y los distintos conceptos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

217

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

De la misma manera que en lo que respecta al cuadro del personal, el cálculo de la cantidad a

abonar al Consejo Gallego de Cámaras es presentado en las conclusiones como el

incumplimiento de hacer frente al abono de una cantidad concreta; esto es, habiendo sido fijada

la deuda de manera indubitada, la Cámara de Pontevedra no hace frente a su obligación. Sin

embargo, en el cuerpo del anteproyecto se consigna la realidad de la cuestión: no se trata de no

hacer frente a una cantidad concreta, sino que la interpretación que las Cámaras gallegas hacen

de la obligación (página 16 del informe) supone la realización de unos cálculos matemáticos que

dan como resultado la cuantía sí abonada por la Cámara de Pontevedra al Consejo Gallego de

Cámaras, interpretación que no es compartida por la Consellería de Economía e Industria.

RÉPLICA. La mención que figura en las conclusiones del anteproyecto de informe se limita a

señalar que la contribución a los ingresos permanentes del CGC no cumple el porcentaje

establecido en la ley sin que exista ninguna referencia en los términos expresados en la

alegación.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 4.- Contabilidad y control interno

(…)

Se dice en el artículo 44 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio,

industria y navegación de Galicia, que las “... cámaras estarán obligadas a reflejadas en el libro

diario el movimiento de sus ingresos y gastos...”. Ni en la ley que es de aplicación ni en la

normativa contable de ámbito común se especifica que exista la obligación de mantener

aplicaciones informáticas contables que tras el cierre no permitan la modificación de asientos ya

realizados. En la normativa fiscal correspondiente a las entidades sometidas al Impuesto sobre

Sociedades se establece la obligación de proceder a la legalización con posterioridad al cierre del

ejercicio de los libros de contabilidad, en el supuesto de que no se desee legalizar los libros en

blanco con carácter previo al inicio del ejercicio para con posterioridad plasmar la contabilidad en

ellos. Por tanto, la legalización de los libros supone la garantía de que lo que en ellos consta no

va a ser alterado con posterioridad, con independencia de la aplicación informática utilizada. En

el caso de la contabilidad de las cámaras, el requisito de inalterabilidad lógicamente debe

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

218

cumplirse con la adecuación de los registros contables a presentar en cualquier revisión con los

presentados en su momento al órgano tutelar.

RÉPLICA. El anteproyecto de informe advierte que durante la realización de los trabajos de

fiscalización se detectó la alteración de la información contable de los ejercicios fiscalizados,

extremo este que no se rebate en la alegación formulada.

La normativa contable permite la modificación de la contabilidad de ejercicios anteriores con

carácter excepcional y obliga a incorporar la correspondiente información en la memoria que

acompaña a las cuentas anuales.

Toda vez que los libros de contabilidad se llevan en soporte informático, se considera que se

deben implementar las medidas adecuadas para que la modificación de los asientos y estados

contable se realice cumpliendo una serie de requisitos de manera que quede salvaguardada la

integridad y exactitud de la información contable. En consecuencia, será la aplicación informática

la que deba reunir las garantías de seguridad necesarias para salvaguardar la inalterabilidad de

la información y permitir la realización de las modificaciones necesarias siempre que se cumplan

determinadas condiciones de supervisión y no de forma unilateral por la persona encargada de

introducir los datos en el programa contable.

En todo caso, con el fin de clarificar el sentido de la observación efectuada en el anteproyecto, se

modifica la redacción del párrafo objeto de la alegación.

Sistema de control interno: Las debilidades apreciadas en el trabajo de fiscalización no lo

fueron en el trabajo de evaluación de calidad realizado por AENOR, trabajo que incluyó el

examen del sistema de control interno y los procedimientos normalizados en las diferentes áreas

de gestión.

RÉPLICA. El resultado de la evaluación efectuada por otra entidad no condiciona las

conclusiones obtenidas como consecuencia de los trabajos de fiscalización, que se realizaron con

unos objetivos y con un alcance diferente a los efectuados por la referida empresa.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

219

Existencia de un órgano de control interno: Con independencia de las atribuciones que

deben corresponder a los integrantes del Comité Ejecutivo y a la Secretaría General, no existe

norma legal que obligue a la existencia adicional de un órgano de control interno. Ha de

tenerse en cuenta que la reducida dimensión de la entidad en los ejercicios fiscalizados, que

hace desaconsejable un organigrama de puestos de trabajo característico de grandes

organizaciones o empresas.

RÉPLICA. El anteproyecto de informe advierte de la inexistencia de un puesto que tenga

encomendadas las funciones de control interno, detectándose debilidades que ponen de

manifiesto la ausencia de mecanismos de supervisión adecuados. Esto no comporta

necesariamente la creación de un puesto de trabajo adicional, pudiendo solventarse mediante la

atribución de las funciones de control a alguno de los existentes en la organización, de tal

manera que se garantice la segregación de las funciones de gestión y control.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 5.- Personal: Contabilización de los gastos

(…)

Parece que la conciliación de los gastos de personal entre las partidas presupuestarias y las

cuentas contables hace que no merezcan las calificaciones que al respecto se vierten en el

anteproyecto, tales como que el “…rexistro contable dos gastos de persoal non se axusta á

normativa aplicable...”, que “…no se rexistran a totalidade das retribucións nos libros maiores

das contas representativas dos gastos de persoal…” y que esta “…práctica, que incumple o

principio contable de rexistro, desvirtúa a información contable e orzamentaria, afecta a

representatividade destes gastos e favorece a falta de transparencia no reflexo das

remunueracións do persoal…”

RÉPLICA. En el anteproyecto de informe se detallan las incidencias que dieron lugar a las

calificaciones que se rebaten. No se aporta nueva información que permita modificar el texto del

anteproyecto de informe.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

220

Alegación 6.- Personal: contratación

Actualmente no hay procedimiento de contratación de nuevos trabajadores puesto que hace

muchos años que no se realiza la contratación de nuevo personal, la tendencia es justamente la

contraria, como consecuencia de las acciones dirigidas a la contención del gasto. Con respecto a

la “transformación dun contrato temporal en indefinido”, se corresponde a la regularización de

la situación laboral de quien de derecho y como consecuencia de la duración de su relación

laboral con la Cámara de Pontevedra hacía años que podía hacer valer su condición de personal

fijo.

RÉPLICA. El artículo 23.1 de la LGC establece que el reglamento de régimen interior de cada

cámara establecerá el régimen del personal al servicio de la cámara así como el procedimiento

para su contratación, que deberá adecuarse a los principios de igualdad, mérito, capacidad y

publicidad de la convocatoria.

La Cámara de Pontevedra no dio cumplimiento a dicha exigencia legal y la alegación no

proporciona nueva información que permita modificar las consideraciones efectuadas en el

anteproyecto.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 7.- Personal: régimen retributivo, gastos de desplazamiento y dietas

A diferencia de lo que se afirma en el anteproyecto, los cuadros de personal contienen los

conceptos retributivos de los diferentes puestos de trabajo, dentro de los cuales se encuentran

los pluses y otras cantidades adicionales al salario base que conforman el total de la nómina (…)

En cuanto a las dietas y compensación de los gastos por desplazamiento, es preciso decir que,

para que puedan tener derecho a ellos los trabajadores, es necesario que cuenten con

autorización previa por parte de la Secretaría General; realizándose al final del mes una tabla con

todos los desplazamientos y las notas de gastos para realizar el abono de los mismos en las

nóminas, no haciéndose pagos con carácter previo a la justificación de los gastos y

desplazamientos. (…)

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

221

RÉPLICA. El cuadro de personal incluido en los presupuestos de 2010 y 2011 refleja el sueldo

anual bruto de los puestos de trabajo agrupados por categorías, e indica el porcentaje que

representa la antigüedad y los complementos, pero no concreta la cuantía ni los distintos

conceptos retributivos de cada puesto de trabajo.

En cuanto a los gastos de viajes y dietas del personal, en el anteproyecto de informe se advirtió

que se libraron cantidades sin que consten los documentos justificativos de los gastos por

importe de 1.240,28€, con el detalle que se relacionó en el anexo IX. En este trámite de

alegaciones no se aporta nueva documentación que permita cambiar la consideración efectuada

en el anteproyecto.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 8.- Dietas y gastos de viajes de los órganos de gobierno.

(…)

No se puede compartir que la determinación de qué es dieta y qué es compensación por los

gastos de viaje venga definida en función de las cuantías establecidas como exceptuadas de

gravamen por la normativa del IRPF. La normativa del impuesto establece no qué es dieta y qué

es compensación de los gastos de viaje sino que se establece qué importes de las cantidades

pagadas por estos conceptos pueden ser consideradas como exentas del gravamen.

No pueden asimilarse al concepto de retribución aquellas cantidades pagadas a los órganos de

gobierno de la Cámara de Pontevedra para compensarles por los gastos de los viajes realizados

fuera de la ciudad en cumplimiento de sus obligaciones como integrantes de tales órganos, a

quienes suelen ser los dueños de las empresas más importantes de la demarcación, con las

cantidades exoneradas de tributación por la norma fiscal como compensación para la

generalidad de los trabajadores. Por ello, considerándose compensación de gastos y dietas, pero

superándose los límites de la norma fiscal, se sujetan en este caso a retención.

RÉPLICA. El criterio manifestado en el anteproyecto de informe se apoya en la consulta

vinculante de la DGT (nº V16/2000 de 22 de febrero de 2000) que contiene un pronunciamiento

en relación con las cantidades percibidas por los miembros de los órganos de gobierno de las

Cámaras Oficiales de Comercio e Industria en concepto de gastos de desplazamiento realizados

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

222

en el desarrollo de sus funciones.

En dicha consulta se considera que si la Cámara reembolsa a los miembros de los órganos de

gobierno los gastos en los que incurrieron para desplazarse hasta el lugar donde van a prestar

sus servicios y estos no acreditan que estrictamente vienen a compensar dichos gastos, o les

abona una cantidad para que ellos decidan libremente cómo acudir, estamos en presencia de

una renta dineraria sujeta a retención.

Tal como se reflejó en el anteproyecto, el acuerdo del Comité Ejecutivo del 7.09.1998 estableció

que las dietas se abonaran a los miembros del Pleno sin necesidad de justificar gastos. Por lo

tanto, las cantidades pagadas a los órganos de gobierno se asimilan a las retribuciones y pierden

su carácter indemnizatorio.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 9.- Contratación de las ferias

En relación con la organización de las ferias FERPALIA y POMOVIL se optó por el procedimiento

establecido en la letra e) del artículo 154 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del

Sector Público, debido a que se cumplía la circunstancia de “…una imperiosa urgencia,

resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al

mismo…” y que “…demande una pronta ejecución del contrato”. En efecto, la consecución de

financiación se consiguió cuando el ejercicio ya había comenzado y si no se hubiese puesto en

marcha el proyecto con celeridad, se habría comprometido seriamente el éxito de tales ferias.

RÉPLICA. La urgencia alegada no queda debidamente acreditada. En consecuencia, la alegación

formulada no modifica el texto del informe.

No se puede estar de acuerdo con la afirmación de que en la contratación de la pasarela

PONTUS VETERIS no se definieron de forma objetiva los criterios de adjudicación, ya que éstos no

siempre han de ser criterios objetivos y que puede ser necesario evaluar aspectos diferentes a las

ofertas económicas; en todo caso, sí se definen los criterios de adjudicación en los pliegos de

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

223

cláusulas particulares para su contratación mediante la adjudicación por el procedimiento abierto

y de acuerdo con lo establecido en el párrafo apartado 2 del artículo 134 de la Ley 30/2007 de

30 de octubre, de Contratos del Sector Público

(…)

RÉPLICA. La Ley de Contratos diferencia entre los criterios de adjudicación que pueden valorarse

mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas establecidas

en el pliego, cuya valoración se efectúa de forma automática, y aquellos cuya cuantificación

depende de un juicio de valor.

La alegación formulada parece referirse a este segundo tipo de criterios cuando afirma que los

criterios de adjudicación no siempre tienen que ser objetivos y que puede ser necesario evaluar

aspectos diferentes a las ofertas económicas.

La admisión de criterios cuya valoración depende de un juicio de valor no se cuestiona en el

anteproyecto de informe. Se pueden valorar criterios diferentes a las ofertas económicas pero

estos deben ser objetivos y deben detallarse mediante una precisa definición de los elementos

que se van a valorar y la concreción de unas reglas claras para asignar las distintas puntuaciones.

En el expediente analizado, como ya se manifestó en el anteproyecto de informe, los criterios de

adjudicación no económicos, dependientes de un juicio de valor, no se definieron de forma

objetiva, se describieron de forma genérica sin concretar los distintos aspectos que se valoran y

estableciéndose una puntuación máxima sin describir unas reglas precisas para asignar las

puntuaciones.

En consecuencia, la alegación formulada no modifica el texto del informe.

Alegación 10.- Plan Foexga

(Las consideraciones formuladas en los párrafos 1º a 5º y 7º y 8º ofrecen explicaciones y

justificaciones que no rebaten el contenido del informe)

(…).

La Cámara siempre ha cobrado por la participación de las empresas en el Foexga, ya que es

requisito imprescindible para su asistencia, por favor indiquen que empresas no han abonado

dicho pago y en que Misiones han participado.

(…)

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

224

RÉPLICA. Esta información ya se ofrecía en el Anexo XV del anteproyecto de informe.

Alegación 11.- Subvenciones del Concello de Pontevedra

Las subvenciones se refieren a las ferias FERPALIA, POMOVIL y PONTUS VETERIS.

Dice el anteproyecto con respecto a FERPALIA, POMOVIL 2010: “AS facturas que se presentaron

no Concello…verificouse… o pagamento en fecha posterior…o importe minorado coas facturas

rectificativas…”. Por tanto ha quedado acreditado el pago de las facturas.

Dice el anteproyecto con respecto a FERPALIA, POMOVIL 2011. “Transcorrido o prazo previsto

para xustificar a subvención, e previo requerimento por parte do Concello…a Cámara remitíu a

documentación acreditativa do pagamento. A documentación entregada comprendeu a copia de

dúas ordes de transferencia bancaria…os resgardos bancarios da súa realización e o extracto

bancario no que figuran adebedados…xustificouse ante o Concello o pagamento do gasto

inicialmente facturado”. Por tanto ha quedado acreditado el pago de las facturas.

Dice el anteproyecto con respecto a PONTUS VETERIS: “Como resultado das comprobacións

realizadas non se detectaron incidencias significativas”

RÉPLICA. Con respecto a las subvenciones recibidas del Ayuntamiento de Pontevedra para la

celebración de las ferias FERPALIA y POMOVIL, se reitera lo manifestado en el anteproyecto en el

que se describen unos hechos que cuestionan que el importe de los pagos realizados coincida

con el importe íntegro del gasto justificado ante el Ayuntamiento.

La alegación formulada no rebate el contenido del anteproyecto ni añade nueva información. En

consecuencia, no se modifica el texto del informe.

Alegación 12.- Subvenciones concedidas

(…)

La Ley 9/2007, en su artículo 15, establece que no será necesaria la publicación cuando los

importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior

a 3.000 euros; en este supuesto, las bases reguladoras deberán prever la utilización de otros

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

225

procedimientos que, de acuerdo con sus especiales características, cuantía y número, aseguren la

publicidad de los beneficiarios de éstas y deberán, en todo caso, publicarse en la página web

oficial del órgano administrativo concedente.

En cuanto a las entregas dinerarias sin contraprestación otorgadas por entidades vinculadas o

dependientes de la Xunta de Galicia, el artículo 4 del decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que

se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, remite

al artículo 19 de la Ley 9/2007; norma que en uno de sus apartados establece que podrán

concederse de forma directa, con carácter excepcional, aquellas en las que se acrediten razones

de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas.

Por tanto, las ayudas entregadas por la Cámara de Pontevedra no siempre han de tener la

consideración de subvenciones y por tanto, pueden encuadrarse diferentes capítulos.

(…)

Tampoco en ningún caso se supera el límite de los 3.000 euros a que se refiere el artículo 15 de

la Ley 9/2007, por consiguiente el requisito de publicidad se cumple con la publicación en la

página web de la Cámara de Pontevedra, lo cual se hace en el caso de las ayudas para el

alumbrado de Navidad. Estas ayudas para el alumbrado alcanzan la cifra de 28.230 euros de un

total de 35.930 euros, esto es suponen un 79%.

(…) Se reprocha en el informe la ausencia de criterios objetivos de las cantidades otorgadas a

diferentes beneficiarios; ha de mencionarse que el artículo 4 del Decreto 11/2009 en lo referente

a las concedidas de forma directa ya que las contempla cuando se acrediten razones de interés

público. El borrador del informe recoge la existencia de estas ayudas, en las cuales se constata la

existencia de las facturas justificativas; es el caso de “Ice Imaginación,S.L.”, Pontevedra Club de

Fútbol S.A.D. y Autónomos y Pequeñas Empresas de Galicia.

Puede comprobarse que la adjudicación de estas ayudas se realiza en el ámbito de “…llevar a

cabo toda clase de actividades, que, en algún modo, contribuyan a la defensa, apoyo o fomento

del comercio, la industria y navegación, o que sean de utilidad para el desarrollo de las indicadas

finalidades…”; en los dos primeros casos, en lo que corresponde al fomento del turismo en la

capital, actividad encomendada por el artículo 4 de la Ley 5/2004, y en el último, en cuanto a la

colaboración con entidades privadas defensoras del comercio, la industria y la navegación.

RÉPLICA

Las ayudas analizadas tienen la consideración de subvenciones y, tal como se motiva en el escrito

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

226

de alegaciones, les resulta de aplicación los principios de gestión contenidos en el artículo 5.2 de

la Ley 9/2007.

En lo tocante al cumplimiento del requisito de publicidad para promover la concurrencia,

conviene precisar que el límite de los 3.000 euros exime de la obligación de publicación en un

diario oficial pero debe asegurarse la publicidad mediante otros procedimientos. Este requisito se

cumplió en las ayudas de alumbrado de Navidad , como ya se manifestó en el anteproyecto, pero

no en las restantes ayudas.

En el anteproyecto de informe se advierte de la inexistencia de criterios que permitan decidir de

forma objetiva y motivada el otorgamiento o denegación de las ayudas que se solicitan, así como

justificar las diferencias existentes entre las cuantías otorgadas a los distintos beneficiarios. Esta

exigencia constituye una garantía de objetividad necesaria para dar cumplimiento a los principios

de igualdad y no discriminación.

La Cámara alega razones de interés público para justificar la concesión directa de las

subvenciones analizadas. Esta forma de concesión directa está prevista por la ley como una

forma excepcional de otorgamiento de subvenciones que requiere una motivación del carácter

singular de las ayudas, las razones que acreditan el interés público y la justificación de la

imposibilidad o dificultad de promover la concurrencia. Estas circunstancias no concurren en las

subvenciones examinadas.

En consecuencia no se acepta la alegación, no se comparten las opiniones alegadas por la

Cámara y se reiteran las manifestaciones efectuadas en el anteproyecto. Sin embargo, se

modifica la redacción para introducir el porcentaje que representan las ayudas del alumbrado de

Navidad sobre la totalidad de las concedidas.

Alegación 13.- Tesorería

Con respecto a las afirmaciones contenidas en el anteproyecto, referidas a la falta de control de

los movimientos de efectivo en caja manifiesta el responsable de contabilidad de la Cámara de

Pontevedra: “ En esta Cámara, todo el dinero que se cobraba en efectivo, se ingresa en el banco

(…); se utilizaba dinero de caja para pagar algunos gastos corrientes de la Cámara, pero ese

dinero se justificaba y se ingresa el dinero en la cuenta de recibos, los recibos que se daban de

baja en el programa de recaudación, siempre se ingresaba el dinero posteriormente, y se hacían

los correspondientes traspasos de cuenta a cuenta con los gastos. (…) Tampoco entiendo que no

están justificados 8.266 euros, en el informe dice que no hay constancia de la recaudación de los

recibos por importe de 5.390,92 euros de 2010 y 2.875,54 euros del 2011, según manifesté yo y

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

227

lo vuelvo a repetir, que ese dinero, es de los gastos corrientes que se pagaban por caja y la Sras.

del Consello de Contas me pidieron verlos y ya se los enseñé, incluso les fotocopié alguno ya que

los gastos esos existen y son reales es un tema que quedó aclarado personalmente.”

RÉPLICA. La alegación reitera las manifestaciones efectuadas por el responsable de contabilidad

durante la realización de los trabajos de fiscalización, pero no se aportan las facturas o soporte

documental que justifiquen el destino de los pagos realizados a través de la caja de efectivo. Tal

como se expresó en el anteproyecto, como documentación soporte de las explicaciones se facilitó

un archivo de Excel en el que se relacionan diversas cantidades descritas como “gastos Cámara”,

con el detalle que se reproduce en el cuadro siguiente, pero no se aportó ninguna otra

justificación de estos gastos más que los documentos acreditativos de los traspasos de dinero

efectuados entre las cuentas de la Cámara.

RECIBOS 2010

cta/cte

14/01/2010 GASTOS CAMARA 1.012,51 BANCO GALICIA 3142

16/03/2010 GASTOS CAMARA 282,74 BANCO GALICIA 3142

16/04/2010 GASTOS CAMARA 767,46 BANCO GALICIA 3142

31/05/2010 GASTOS CAMARA 1.629,18 BANCO GALICIA 3142

03/06/2010 GASTOS CAMARA 15,01 BANCO GALICIA 3142

16/08/2010 GASTOS CAMARA 168,82 BANCO GALICIA 3142

08/09/2010 GASTOS CAMARA 18,00 BANCO GALICIA 3142

15/09/2010 GASTOS CAMARA 278,15 BANCO GALICIA 3142

08/10/2010 GASTOS CAMARA 210,80 BANCO GALICIA 3142

09/11/2010 GASTOS CAMARA 191,46 BANCO GALICIA 3142

06/12/2010 GASTOS CAMARA 253,88 BANCO GALICIA 3142

4.828,01

RECIBOS 2011

14/01/2011 GASTOS CAMARA 229,75 BANCO GALICIA 3142

11/02/2011 GASTOS CAMARA 115,84 BANCO GALICIA 3142

29/03/2011 GASTOS CAMARA 113,21 BANCO GALICIA 3142

15/04/2011 GASTOS CAMARA 120,41 BANCO GALICIA 3142

08/06/2011 GASTOS CAMARA 185,09 BANCO GALICIA 3142

12/07/2011 GASTOS CAMARA 107,18 CAIXANOVA 17552

05/08/2011 GASTOS CAMARA 78,59 BANCO GALICIA 3142

31/08/2011 GASTOS CAMARA 228,93 BANCO GALICIA 3142

14/09/2011 GASTOS CAMARA 162,81 BANCO GALICIA 3142

14/10/2011 GASTOS CAMARA 188,46 BANCO GALICIA 3142

09/11/2011 GASTOS CAMARA 150,64 BANCO GALICIA 3142

12/12/2011 GASTOS CAMARA 169,59 BANCO GALICIA 3142

30/12/2012 GASTOS CAMARA 453,56 BANCO GALICIA 3142

2.304,06

En consecuencia, no se acepta la alegación y se modifica el párrafo de la página 72 dado que no

se proporcionó nueva documentación que permita obtener evidencia del destino de los fondos.

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Informe de fiscalización de la COCIN de Pontevedra

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