33
INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO DEL AYUNTAMIENTO DE PICASSENT PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE 2019 Intervención Expediente 302290Y NIF: P4619600B INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071 La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/ Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKEL AYUNTAMIENTO DE PICASSENT FIRMADO POR INMACULADA DESAMPARADOS VILA CATALA ViceInterventora 20/11/2020 Pág. 1 de 33

INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

  • Upload
    others

  • View
    6

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE

FINANCIERO DEL AYUNTAMIENTO DE

PICASSENT PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE 2019

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 1 de 33

Page 2: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

2

INDICE

I. Naturaleza.

II. Objetivo.

III. Ámbito temporal.

IV. Antecedentes.

V. Normativa y jurisprudencia.

VI. Documentación e información utilizada para la actuación de control.

VII. Limitaciones en la comprobación de las actuaciones.

VIII. Hechos comprobados.

IX. Conclusiones.

X. Recomendaciones contenidas en el informe provisional

XI. Deficiencias que deban se subsanadas mediante una medida correctora:

A) Pago Indebido

B) Inicio de expediente de comprobación de las retribuciones percibidas por los trabajadores

y la información suministrada en la plantilla orgánica o en el Anexo de Personal.

XII. Trámite de alegaciones.

1. Análisis de las alegaciones

XIII. Recomendaciones definitivas.

XIV. Deficiencias que deban se subsanadas mediante una medida correctora definitivas:

A) Pago Indebido

B) Inicio de expediente de comprobación de las retribuciones percibidas por los trabajadores

y la información suministrada en la plantilla orgánica o en el Anexo de Personal.

XV. Tramitación de informe definitivo de la actuación

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 2 de 33

Page 3: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

3

INFORME PROVISIONAL DE CONTROL PERMANENTE PLANIFICABLE

PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO 2019.

I. Naturaleza: Actuación de control incluida en EL Plan Anual de Control Financiero 2019 (PACF)

II. Objetivo: Comprobación aritmética de los cálculos de las retribuciones a la disposiciones

legales y reglamentarias vigentes, atendiendo a los datos de cada puesto en el anexo de

personal y la plantilla 2018 e referido en los siguientes tipo

PERSONAL

Salario base

Trienio

Complemento de destino

Complemento Específico

Complemento transitorio

Paga extraordinaria

productividad

Funcionario

SI SI SI SI SI SI SI

Laboral-fijo

SI SI SI SI SI SI SI

III. Ámbito temporal: 2018

IV. Antecedentes:

El Pleno del Ayuntamiento de Picassent en sesión celebrada el 30 de octubre de 2019 dio cuenta de la

aprobación del Plan Anual de Control Financiero para el 2019 donde se refleja la mencionada actuación

en atención a los medios disponibles y a los riesgos identificados por la actuación en control financiero.

Antes de iniciar el estudio objeto del presente control financiero se realizó unas verificaciones

mensuales entre el Excel extraído del programa (que sirve de base es EasyQuery/€Nómina/ Costes por

económica/conceptos por partidas presupuestarias) y los conceptos de nómina anexados a los decretos

de aprobación de la nómina de los diferentes meses del ejercicio 2018.

Como consecuencia de dicha verificación se detectó en febrero y agosto de 2018 la ausencia dos

nóminas que afectan de forma diferente al estudio objeto de control:

Febrero Ausencia de la nómina de AP JA

Trabajador temporal

No afecta al objeto de análisis del estudio de la actuación señalada

Agosto Ausencia de la nomina de AAN (cod 912).

Trabajadora A2 Sí afecta al objeto análisis del estudio.

En consecuencia se realiza un análisis individualizado de los cobros de la trabajadora durante el ejercicio

2018(el proceso está explicado en el apartado VII Limitaciones)

V. Normativa y jurisprudencia:

La normativa general reguladora en materia de retribuciones de personal al servicio de las Entidades

Locales Valencianas está constituida, fundamentalmente, por los siguientes textos legales:

1. Ley 30/1984 de 2 de agosto. Ley de Reforma de la Función Pública (artículos 23 y 24).

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 3 de 33

Page 4: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

4

Los funcionarios sólo pueden ser retribuidos por los conceptos establecidos en la Ley; en este

sentido, el régimen de retribuciones de los funcionarios viene dispuesto con carácter general en

el artículo 23 de la LMRFP (transitoriamente vigente según la DF Cuarta de la EBEP/2015).

2. Real Decreto Legislativo núm. 5/2015 de 30 de octubre. Estatuto Básico del Empleado Público

de 2015 (artículos 21 a 30)

No obstante, el régimen de retribuciones previsto en el Capítulo III del Título III de la

EBEP/2015, excepto el artículo 25.2 relativo al reconocimiento de trienios, producirá efectos a

partir de la entrada en vigor de las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del

Estatuto (DF Cuarta de la EBEP/2015).

3. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de

la Ley del Estatuto de Trabajadores (artículos 26 a 31 ) y el art. 38 en cuanto a la Liquidación de

vacaciones.

4. Leyes de Presupuestos Generales del Estado

En el ejercicio 2018, Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año

2018. TÍTULO III. De los gastos de personal. (artículos. 18 a 34).

El art. 33 de la ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para

1988 sobre el criterio aplicable en el devengo de la paga extra de los funcionarios.

Del ejercicio 2017 , Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos generales del Estado para el

año 2017 (BOE 28 de junio d e2017) para la aplicación del descuento del ejercicio del derecho a

Huelga del 8 de marzo.

5. Ley 7/1985 de 2 de abril. Ley de Bases de Régimen Local (artículo 93).

El Artículo 93, establece que las retribuciones básicas de los funcionarios locales tendrán la

misma estructura e idéntica cuantía que las establecidas con carácter general para toda la

función pública, y que las complementarias se atendrán, asimismo, a la estructura y criterios de

valoración objetiva de las del resto de los funcionarios públicos, debiendo ser fijada su cuantía

global por el pleno de la corporación dentro de los límites máximos y mínimos que se señalen

por el Estado. Su jornada de trabajo será en cómputo anual la misma que se fije para los

funcionarios de la administración civil del estado y se les aplicaran las mismas normas sobre

equivalencia y reducción de jornada (Artículo 94)

6. Real Decreto Legislativo núm. 781/1986 de 18 de abril. Texto refundido de las disposiciones

legales vigentes en materia de Régimen Local (artículos 153 a 157).

7. Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones

de los funcionarios de Administración Local.

8. LEY 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública

Valenciana (artículos 73 a 85).

9. Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la

gestión y control de de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos

sesenta y cinco días de su duración.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 4 de 33

Page 5: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

5

10. Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Secretaria de Estado de Hacienda y Presupuestos por

las que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluidos en el

ámbito de aplicación de la ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final

Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público. (apartado A.2

Devengo de retribuciones)

11. Convenio colectivo de Condiciones de trabajo de Personal Laboral del Ayuntamiento de

Picassent (BOP 176 de fecha 25 de julio de 1996 facilitado por el Departamento de personal

carpeta del expediente DOCUMENTACIÓN FACILITADA POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL).

VI. Documentación e información utilizada para la actuación de control:

Para el ejercicio de esta actuación de control, se ha autorizado expresamente a las personas

encargadas del control financiero en modo de consulta al programa informático de gestión de

la nómina (Ginpix 7 de la empresa SAVIA) y se ha contado con la colaboración de los

funcionarios adscritos al departamento de Personal.

La documentación se concreta:

Con carácter general1

I. Exportación a Excel del listado “Easy Query/€Nómina/ Costes por económica/conceptos por

partidas presupuestarias” fijando como criterio variable el año 2018. Los datos facilitados en

dicho Excel se refieren a los gastos presupuestarios y no presupuestarios ( especificados en la

columna tipo_aplicación como Gastos y No presup.)

La creación de las tablas dinámica por conceptos se ha realizado un filtro de la columna

tipo_aplicación seleccionando sólo Gastos y excluyendo todos los conceptos no

presupuestarios.

Para creación de tablas dinámicas se han seleccionado los datos en función del concepto a

seleccionar y el tipo de personal a estudiar, Si bien como estructura básica del procedimeinto

de selección se ha seguido la siguiente mecánica:

• Filtro : indicador del mes que no se aplica y el estado_cobertura se aplica el filtro de

estado de_cobertura (a modo de ejemplo para los funcionarios A1 se ha puesto como

filtro el 11 donde se recogen todos los funcionarios A1 del ejercicio 2018)

• Columnas se ha seleccionado el concepto_ cod (determina la codificación de todos los

conceptos que se utilizan por ejemplo el concepto_cod 1 codifica el Sueldo Base, el

concept_cod 3 codifica el Complemento de destino)

• Filas se ha seleccionado los campos a agregar al informe con carácter general centro

_cos_2_cod, centro_de cos_2_ des, económica y apellidos_nombre. Se selecciona

filtro económica en la tabla de salario base de los A1 se recoge el filtro 1200000 que

es donde se imputab los salarios bases de los Funcionarios Así para conocer todos los

conceptos_cod (columnas) que 1)

Nota: las tablas dinámicas en su estructura puede contener algunas variaciones de

configuración derivadas del desarrollo y estudio por conceptos, si bien con en todas se

contienen los filtros e información señalada anteriormente.

II. Resoluciones del 2018 que afectan a personal del ejercicio 2018, a través de:

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 5 de 33

Page 6: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

6

a. Datos Z/ Msofficce/ Winword /Secre/ actas de gobierno/2018 (análisis de los

certificados de Personal)

b. Datos Z/ Msofficce/ Winword /Secre/ decretos /2018 (análisis de los decretos que

afectan a personal.)

c. Exportación en Excel de los decretos de Sedipualba a partir de 15/06/2018. (Primera

Resolución numero 1738 de materia de personal.).

d. Resoluciones facilitadas por el Departamento de Personal (carpeta del expediente

DOCUMENTACIÓN FACILITADA POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL)

III. Anexo de Personal 2018 al Presupuesto (cogido a través de la ruta Datos Z/

Msofficce/Comun/CD presupuestos/ 2018 /PRESUPUESTO AYUNTAMIENTO/1.5 ANEXO DE

PERSONAL)

IV. Plantilla de personal 2018 (Cogido a través de la ruta Datos Z/ Msofficce/Comun/CD

presupuestos/ 2018 /PRESUPUESTO AYUNTAMIENTO/1.5 ANEXO DE PERSONAL).

V. Resumen de los Partes de IT 2018 Modo resumido (en formato pdf y formato Excel

documentación facilitada por el departamento de Personal carpeta del expediente

DOCUMENTACIÓN FACILITADA POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL).

VI. Excel de Easy query/ €Nómina/ Manuel Gallango/Dedicación y altas en la seguridad social por

ejercicios (seleccionando como criterio variable el año 2018).

VII. Informes aclaratorios del Técnico de Personal y del TMAE de recurso humanos(A2) sobre

determinados asuntos (en la carpeta del expediente INFORME DE LOS TÉCNICOS DE PERSONAL)

VIII. Tabla de retribuciones personal funcionario, haber regulador y cuotas a la mutualidades de

funcionarios y de derechos pasivos ejercicio 2018.

Para los trienios

IX. Informe de antigüedad enero 2018 e Informe de antigüedad diciembre 2018.(adjuntados al

expediente por el departamento de personal incluidos en la carpeta DOCUMENTACIÓN

FACILITADA POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL).

El análisis de los trienios se ha realizado desde la información contenida en el informe enero

2018 (la situación inicial del trabajador) con la diferencia d en diciembre 2018 8 (situación final

del trabajador), en el caso que tuvieran un trienio más para determinar el mes de devengo se

ha examinado la columna Prox. Tri.

Para el descuento del cálculo del ejercicio del derecho a la huelga

X. Copia adjunta al expediente por el Departamento de personal de Certificado de la Huelga de la

Junta de Gobierno Local de 28/03/2018 con detalle der porcentaje de Huelga por trabajadores.

(adjunto al expediente por el Departamento de Personal incluido en la carpeta

DOCUMENTACIÓN FACILITADA POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL).

XI. Tabla de retribuciones personal funcionario, haber regulador y cuotas a la mutualidades de

funcionarios y de derechos pasivos ejercicio 2017. (extraída de la página web

www.sepg.pap.hacienda.gob.es)

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 6 de 33

Page 7: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

7

Para el Complemento de Destino

XII. Copia de los diferentes certificados de diferentes administraciones en donde se reconocen los

diferentes grados consolidados de determinados funcionarios (adjunto al expediente por el

Departamento de Personal incluido en la carpeta DOCUMENTACIÓN FACILITADA POR EL

DEPARTAMENTO DE PERSONAL)

Para el Complemento de Productividad.

XIII. Documento firmado por la alcaldesa de Picassent en fecha 22/05/1991 donde se reconoce el

pago de una productividad (documento facilitado por el Departamento de Personal

denominado Productividad electricista incluido en la carpeta DOCUMENTACIÓN FACILITADA

POR EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL).

Complemento Personal Transitorio

XIV. Acuerdo del Pleno 2016-5-76.

Nóminas de Agosto de la Trabajadora AAN

XV. Nóminas de Agosto facilitada por la trabajadora al expediente para el análisis de sus situación.

(incluidas en la carpeta NÓMINAS AAN).

XVI. Ficheros nómina agosto y febrero 2018 (incorporados por la tesorera de la Corporación

incluidos en la carpeta FICHEROS NÓMINA AGOSTO Y FEBRERO 2018)

Liquidación de vacaciones

XVII. Información facilitada por el programa de nóminas sobre el calendario de absentismo

(únicamente de los trabajadores analizados).

1 El carácter general se refiere a que afecta a todos los conceptos objeto de análisis

VII. Limitaciones en la comprobación de las actuaciones.

En el desarrollo de las actuaciones objeto de control financiero se han encontrado tres limitaciones

relevantes:

a) Actuaciones previas al inicio de la comprobación aritmética

Como ya se ha señalado anteriormente en el apartado de Antecedentes con carácter previo al inicio de

la comprobación aritmética se realizaron unas verificaciones mensuales entre el Excel extraído del

programa (que sirve de base en el análisis Easy Query/€Nómina/ Costes por económica/conceptos por

partidas presupuestarias”) y los conceptos de nómina anexados a los decretos de aprobación de las

diferentes nóminas.

Como consecuencia de dicha verificación se detectó la ausencia de la nómina en el mes de agosto de la

trabajadora A N A.(número empleada 912) es por ello se hace una análisis individual a dicha

trabajadora. El procedimiento de su análisis individual ha sido:

1) Se solicita a la trabajadora que facilite las nóminas del mes de agosto de 2018 para comprobar

las diferencias existentes entre en Excel extraído del programa y las nóminas percibidas por la

trabajadora en el mes de agosto. (vía expediente).

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 7 de 33

Page 8: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

8

2) La trabajadora 912 facilita sus tres nóminas del mes de agosto 2018 Nómina 1( V 24), Nómina 2

(V 25,)Nómina 3 (V24), incorporándolas en la carpeta (NÓMINA AAN)

3) Se comprueba con el fichero facilitado por la Tesorera que los pagos realizados a la trabajadora

en el mes de agosto coinciden con el importe de las nóminas facilitadas por la trabajadora

(incluidas en la carpeta . NÓMINA AAN)

4) Se analiza las diferencias de las nóminas presentadas por la trabajadora con el Excel extraído

del programa.

Nóminas presentada por AAN Fichero de Tesorería. Verificación que coincide el importe líquido

Excel del listado “Easy Query/ Coste económicos/Comprobación ficheros contables/conceptos partidas presupuestarias

Nómina 1, V. 24 SI NO aparece

Nómina 2, V 25 SI SI

Nomina 3, V 24 SI NO aparece

5) Se obtiene toda la información de carácter personal que afecta a la trabajadora para analizar su

situación.

a. De la información facilitada por el Excel de dedicación y alta de SS ( documento 6 del

apartado VI Documentación e información utilizada para la actuación de control) nos

indica las siguientes modificaciones de la jornada durante el ejercicio 2018:

ALTA BAJA JORNADA

02/01/2017 04/02/2018 100,00

05/02/2018 15/06/2018 86,67

16/06/2018 31/07/2018 100,00

01/08/2018 86,67

b. Se buscan los acuerdos que refrenden dichas jornadas encontrándose únicamente el

acuerdo de Junta de Gobierno Local del 25/01/2018 con acuerdo JGL-2018-2-16

aprobando la jornada de 05/02/2018 al 16/06/2018.

c. Se solicita al departamento de Personal que facilite el acuerdo del cambio de jornada

producido desde 01/08/2018 conforme a la información extraída del programas (letra

a).

d. El departamento se pronuncia vía expediente señalando que no encuentra el acuerdo

que refrende el cambio de jornada.

6) Examinada toda la información nos encontramos con la siguiente limitación:

De la información extraída del Excel de dedicación y alta de SS la trabajadora AAN a partir de

01/08/2018 tiene reconocida un jornada del 86,67% hasta el 31/12/2018. Pudiéndose

comprobar que dicha jornada es aplicada a partir de septiembre. Agosto no se puede verificar

porque ha desaparecido la nómina de dicho mes en el programa de nóminas GINPIX savia y por

lo tanto no se encuentra recogida en el Excel que sirve de base al estudio.

Las nóminas facilitadas por la trabajadora del mes de agosto verifican el cobro al 100% de sus

retribuciones dicho mes.

Limitación: no se puede realizar la comprobación aritmética a la trabajadora al contener

información contradictoria en el mes de agosto entre la información del Excel, las nóminas

facilitadas por la trabajadora y los acuerdos autorizados las diferentes jornadas solicitadas.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 8 de 33

Page 9: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

9

b) Otra limitación puesta de manifiesto es el ámbito temporal que se ha realizado del control

financiero el cual se ha circunscrito al ejercicio 2018. No obstante existen incidencias

originadas en 2017 que pueden tener sus efectos en 2018 y que no se hayan recogido en el

presente informe dando pie a que la comprobación aritmética no coincida.

c) Limitación por las circunstancias excepcionales del 2020 Entre los acontecimientos relevantes a

destacar son:

• La nueva incorporación de la Viceintervención encargada del control financiero del

Ayuntamiento

• La situación sanitaria de pandemia del COVID desde el 14 de marzo de 2020 en las que el

departamento ha tenido que teletrabajar con un desconocimiento total por parte de la

Viceintervención de las herramientas informáticas y organización de la Entidad

• Los escasos medios personales asignados al área de control financiero al ser un área de

creación reciente.

Como consecuencia de lo anterior se han excluido o acotado algunos cálculos entre los que podemos

destacar:

� Exclusión en su totalidad del análisis de la liquidación de vacaciones de los Fijos- discontinuos al

tenerse que calcular en su totalidad de forma manual y por días.

� Exclusión de determinados funcionarios y laborales en situación de IT durante el ejercicio 2018.

� Acotamiento en los laborales fijos indefinidos en situación de IT de la comprobación de la

correcta aplicación del concepto de salario base percibido en función de la pertenecía del

grupo, los trienios devengados, el Complemento de destino y el complemento Especifico

asignados al puesto de trabajos.

En controles financieros posteriores se realizará verificación de las cuestiones que en el presente

informe se han tenido que excluir o limitar.

VIII. Hechos comprobados:

- Con carácter general

En el ejercicio 2018 hay que tener en cuenta una circunstancia fundamental que afecta de forma

relevante al estudio que se ha realizado. Conforme establece la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales

del Estado 2018 se produce en el ejercicio analizado dos incrementos de las retribuciones de enero a

junio un 1,5 por ciento y a partir de julio 2018 otro 0,25 adicional. Sin embargo, la publicación de la Ley

de Presupuestos Generales para el 2018 se realiza en el BOE el 4 de julio de 2018. El Ayuntamiento

aplica con carácter retroactivo (desde el 1 de agosto) los incrementos regulados para el 2018 en la

nómina de agosto de dicho ejercicio.

No obstante, se comprueba que los trabajadores que han causado baja antes de la publicación de la Ley

de Presupuesto Generales del Estado para el 2018 y de la aplicación por parte del Departamento de

personal de dicho incrementos no se les actualiza las retribuciones percibidas. También se comprueba

que determinados trabajadores laborales fijos – discontinuos no se les ha actualizado las retribuciones

los seis primeros meses del ejercicio 2018 conforme con la normativa vigente.

Al resto de trabajadores con carácter general sí que se aplica los incrementos en agosto de 2018 con

efectos retroactivos (desde el 1 de enero).

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 9 de 33

Page 10: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

10

Se constata que hasta julio de 2018 se han aplicado las retribuciones del personal con tenidas en la Ley

3/2017, de 27 de junio, de Presupuesto Generales del Estado para el ejercicio 2017.

-Pagas extraordinarias

Las pagas extraordinarias, serán dos al año, una en el mes de junio y otra en el mes de diciembre y se

devengarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de

Presupuestos Generales del Estado para 1988 (la de junio de diciembre a mayo y la de diciembre de

junio a noviembre). Cada una de dichas pagas incluirá las cuantías de sueldo y trienios y del

complemento de destino mensual que se perciban.

Se constata que el devengo aplicado en el 2018 no es acorde con la normativa vigente siendo el criterio

aplicado por el Ayuntamiento en la paga de junio (enero a junio) y en la paga de diciembre de (julio a

diciembre). Esta diferencia de aplicación en devengo, no tiene efectos económicos en aquellas personas

que sus circunstancias no varían desde diciembre de 2017 pero en cambio sí tiene incidencia económica

en aquellas personas que desde diciembre de 2017 a diciembre de 2018 han variado su jornada laboral

así como en las personas que son de nueva incorporación en 2018 o han causado baja a los largo del

ejercicio 2018.

Por otra parte, se verifica que la mayoría de supuestos de solicitud de cambio de jornada se le ha

pagado por adelantado la parte proporcional de la misma en el momento de aplicar el cambio de

jornada.

Se verifica que no se descuenta la parte proporcional del ejercicio de derecho a la huelga en

determinados supuestos.

-Complemento Específico (CE)

El Complemento Especifico (CE) cuyo devengo viene regulado en el art. 22.1.d la Ley PGE 2018 en el que

se establece que se percibirán en catorce pagas iguales de las que doce serán de percibo mensual y dos

adicionales del mismo importe que una mensual en los meses de junio y diciembre. El devengo de la

paga adicional de Complemento Específico en junio es de enero a junio y en diciembre es de julio a

diciembre, conforme con el criterio que viene aplicándose en el Ayuntamiento.

En el Anexo de personal se refleja el Complemento Específico número 8 con dos importes diferentes en

función de la persona que lo recibe.

Se comprueba que en la plaza de TAG de Urbanismo (numero 127 según plantilla personal y código

según anexo de personal 1-2-4-1 ) el CE de enero a agosto la persona que la ocupa percibe el CE 9 y de

octubre la diciembre la persona que la ocupa percibe el CE 8.

Se refleja que los CE 67 y 68 aplicables a los Laborales fijos Promoción del Deporte son del mismo

importe.

- Liquidación de vacaciones

En el supuesto del cálculo de liquidación se comprueba que se ha realizado de forma manual y al

margen del programa, sin que en determinados supuestos exista información fiable al respecto.

Además la imputación presupuestaria del concepto_cod 400 Liquidación por vacaciones no realiza

distinción a los subconceptos de las diferentes retribuciones que lo incluyen, dirigiéndose únicamente a

los subconceptos presupuestarios que recogen el concepto_cod Salario Base 1 (1200000, 1200100,

1200200, 1200400, 1200500 y 13000000)

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 10 de 33

Page 11: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

11

-Trienios

Se detecta que dos funcionarios han cobrado por el concepto de nóminas “Concepto_cod 11 Antig Dedi

distinta“ imputado en ambos casos a la clasificación económica 1200600 “Trienios Funcionarios” sin que

dicho concepto ni los importes abonados sean acorde a la normativa ni conforme a la documentación

facilitada para realizar el estudio

-Complemento de productividad

El Complemento de Productividad es un complemento que retribuye el especial rendimiento e interés

en el desempeño del puesto de trabajo en base a causas objetivas. En este caso se asigna una

productividad fija a los puestos de personal funcionario numero 40 oficial electricista y al puesto laboral

fijo número 71 oficial de primera electricista. Dicha productividad se fundamenta en el acta firmada en

22/05/1991 la cual no cumple los requisitos establecidos en el art. 5 del RD 861/1986 por el que se

establece el régimen de retribuciones de los funcionarios de la Administración Local en el que se

establece que el Pleno fijara los criterios objetivos y se determinaran por el Alcalde. Si bien, es asignada

con carácter previo por el Pleno de la Corporación produciéndose con ello una discrepancia entre el

sentido estricto del concepto de productividad y la determinación por parte del órgano competente de

los criterios fijados por el Pleno.

-Complemento Personal Transitorio (CPT)

Viene establecido en la disposición Transitoria 2ª de la Ley 6/2018 señalado que se regulará conforme a

la normativa especifica en su caso y por lo dispuesto en la correspondiente Ley de Presupuesto

Generales de Estado.

Se comprueba que se sigue manteniendo el importe del complemento Específico (concepto_cod 4)sin

que este haya sufrido ninguna variación conforme a los dispuesto en el Acuerdo del Pleno 2016-5-76 y

se debería recoger la diferencia a través del concepto_cod 18 CPT.

El concepto_cod 18 se imputa al subconcepto presupuestario Complemento de Destino 12100000

debiéndose imputar a los diferentes conceptos que afecta el CPT.

- Laborales fijos- discontinuos

La jornada establecida en el anexo de personal a los fijos – discontinuos no coincide con carácter general

con la jornada asignada en los decretos de fijación de la misma y sus modificaciones.

Se comprueba que la totalidad de personal laboral fijo cobra por el concepto 400 liquidación de

vacaciones. Este concepto es regulado en el art. 38 del Estatuto de los trabajadores confiriéndose las

vacaciones como un derecho irrenunciable que debe se disfrutado en su totalidad, existiendo dos

excepciones que es el pago de la regla por jubilación y el pago de vacaciones por terminación de

contrato.

- Imputaciones erróneas a la clasificación económica de los subconceptos presupuestarios

Se ha detectado que en determinados supuestos cuando se procede a la regularización de las

retribuciones básicas o de los complementos como consecuencia de un pago en exceso, dicha

regularización no se aplica al concepto que corresponde desvirtuando con ello la imputación económica

a modo de ejemplo se destaca:

� A S, I (cod 39) de la información extraída del programa se comprueba que durante el ejerció se

paga trienios en exceso hasta el mes de octubre, en diciembre se procede a regularizar la

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 11 de 33

Page 12: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

12

situación a través del concepto_cod 130 Atrasos básicas que se imputa presupuestariamente a

la económica sueldo base 1200300 “retribuciones básicas funcionarios C1“en vez de a la

económica 1200600 “trienios funcionarios” que es donde se ha cargado el exceso de pago.

(ver ficha anual de su análisis)

Se comprueba que el concepto 400 liquidación de vacaciones se imputa en su totalidad a la clasificación

económica de sueldo base (1200000,1200100, 1200200, 1200400, 1200500 y 1300000) desvirtuando

con ello el importe total del mismo sin distinción del resto de conceptos/ subconceptos afectados

Se ha detectado que los conceptos _cod de nóminas 850 Complemento IT 50%y 851 Complemento IT

75% se imputan a los subconceptos presupuestario a 1210000 Retribuciones C Destino Funcionarios y

1300200 Complemento de Destino personal labora, debe imputarse presupuestariamente a los

diferentes subconceptos que afectan.

IX. Conclusiones:

Por lo que se refiere a los funcionarios distinguimos:

A. Por lo que se refiere a al salario base se comprueba que se actualiza con carácter general

conforme a la normativa y a las circunstancias personales de cada persona.

No obstante, se observa el concepto de liquidación por vacaciones se imputa íntegramente a la

clasificación económica de salario base en sus diferentes grupos desvirtuando con ello el

importe la las diferentes aplicaciones presupuestarias que se cargan a esta partida. Además se

detecta que los casos analizados de liquidación de vacaciones los cálculos se ha realizado de

forma manual sin que se pueda extraer del programa documentación adecuada para su

comprobación.

B. Por lo que se refiere a los trienios se comprueba que con carácter general se actualizan

correctamente de acuerdo conforme a la normativa y los nuevos trienios devengados se aplican

adecuadamente.

No obstante se han detectado dos funcionarios que han cobrado por el concepto 11 Antig.

Distinta no encontrando sustento jurídico en la documentación presentada.

C. Por lo que respecta al CD con carácter general los CD se aplican conforme con lo establecido en

la plantilla de personal y al anexo de personal del presupuesto. Se comprueba la imputación de

los pagos de complementos por IT se aplican en su totalidad a la clasificación económica de CD

(subconcepto 1210000 y 1300200)

D. Por lo que respecta la CE se comprueba conforme al anexo de personal los incrementos

aplicados al ejercicio 2018 son correctos a la Ley de Presupuesto Generales del Estado

No obstante se han detectado algunas discrepancias tanto en la asignación de los CE como en

la determinación de los mismos que deben ser objeto de análisis y regularización en su caso

(ver recomendaciones y medidas correctivas).

E. Por lo que respecta a las pagas extraordinarias se comprueba que el criterio de devengo de las

mismas difiere con la normativa reguladora de las mismas, el cual tiene consecuencia.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 12 de 33

Page 13: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

13

También se detecta que cuando se solicita un anticipo del pago de la paga extraordinaria

devengada dicho pago anticipado de la misma no se ha actualizado en el ejercicio 2018

conforme con los incrementos establecidos en 2018. (a modo de ejemplo C SA cod 351

Funcionaria C2 y P T R Personal laboral fijo cod 935)

F. Por lo que respecta al Complemento de productividad se asigna una productividad fijas al

puesto de electricista (numero 40 de personal funcionario) sin que cumpla con los criterios

establecidos en el art. 5 del RD 861/1986. Si bien esta productividad viene fijada y concretada

en los puestos de trabajo afectados desde la aprobación del Anexo de Personal.

G. La aplicación del CPT se debe acomodar a lo establecido en la normativa y en su caso dictar

normativa

Por lo que se refiere a Personal laboral- fijo destacar

A. Encontramos dos tipos de personal fijo. los indefinidos y el personal fijo- discontinuo que procede

del área de Deportes. Conforme con al convenio colectivo tienen la misma estructura retributiva

que los funcionarios de la Corporación. El salario base de los laborales tanto de los indefinidos como

de los fijos discontinuos se establece por grupo y se identifica con una categoría de los

funcionarios, así tenemos

GRUPO LABORAL CONCORDACIA CON SUBGRUPO LEY 7/2007

1 A1

2 A2

3 C1

4 C2

5 E

Comprobándose que la aplicación de los grupos y su concordancia con lo establecido en el Anexo

de Personal es correcta.

B. En el caso de los fijos- discontinuos se detecta que la jornada asignada en el Anexo de Personal no

coincide con la jornada establecida en el decreto llamamiento y sus respectivas modificaciones.

C. En el caso de los fijos- discontinuos se ha detectado que en varios supuestos no se han actualizado

los incrementos de los seis primeros meses del año incluida la paga extra de junio.

D. Por lo que respecta al Complemento de productividad se asigna una productividad fijas al puesto de

electricista (numero 71 de personal laboral fijo) sin que cumpla con los criterios establecidos en el

art. 5 del RD 861/1986. Si bien esta productividad viene fijada y concretada en los puestos de

trabajo afectados desde la aprobación del Anexo de Personal.

X. Recomendaciones:

El Departamento de Personal del Ayuntamiento de Picassent debe tener en cuenta las siguientes

recomendaciones para mejorar la confección de las nóminas conforme a la normativa y a los

incrementos aprobados:

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 13 de 33

Page 14: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

14

1. Se debe establece unos procesos de control y cierre de la nómina que aseguren que no pueden ser

alterada la misma una vez aprobada y pagada.

2. Se debe cambiar el criterio el devengo de las pagas extraordinarias conforme con la normativa

reguladora, poniendo especial atención a aquellas personas con cambios de jornada durante el

ejercicio o altas y bajas en el mismo.

3. Las resoluciones administrativas de nombramiento debe establecer el CD y CE asignado al puesto a

desarrollar.

4. Se debe deducir proporcionalmente de la paga extraordinaria correspondiente el ejercicio efectivo

del derecho a huelga realizado.

5. Debe realizarse los cálculos de las retribuciones en los supuestos de liquidación de vacaciones a

través del programa de nóminas .Evitando en la medida de lo posible los cálculos manuales.

6. En el supuesto que sea necesario un cálculo manual se debe que conservar toda la documentación

que se fundamente su importe.

7. Dentro del concepto_cod del programa nominas 400 Liquidación de vacaciones debe imputarse

presupuestariamente a los diferentes subconceptos económicos que afectan:

Concepto_des Clasificación económica

Sueldo Base 1200000 1200100 1200200 1200400 1200500

Trienios 120600

Complemento de destino 1210000

Complemento Específico 12101

8. Dentro del concepto _cod de nómina s850 Complemento IT 50%y 851 Complemento IT 75% debe

imputarse presupuestariamente a los diferentes subconceptos que afectan;

Concepto Clasificación económica

Sueldo Base 1200000 1200100 1200200 1200400 1200500

Trienios 120600

Complemento de destino 1210000

Complemento Específico 12101

9. Es especialmente recomendable un plan de formación que asegure la confección de la nómina de

forma adecuada por parte del personal encargado de su gestión así como la verificación por parte

del personal técnico dejando constancia de dicha supervisión.

10. Se recomienda una mayor concordancia entre las jornadas establecidas a los fijos discontinuos en el

anexo de personal y las que finalmente le son asignadas.

11. En el supuesto de los Fijo- discontinuos se debe intentar programar la duración de los contratos

teniendo en cuenta el derecho al disfrute de las vacaciones devengadas.

12. Se debe establecer un procedimiento que asegure la aplicación de la actualización de la

retribuciones en términos homogéneos al personal (como ya se ha señalado se ha detectado que

algunos trabajadores fijos-discontinuos no se le regularizó los primeros 6 meses del año ni la paga

extraordinaria de junio.)

13. Se debe regularizar el CE 8 ya que es un complemento que cobran dos trabajadores que son ARAJ

(codigo funcionario )1072 por importe 17.135, 86 (sin actualizar) y SCA (cod 84) cuyo CE por

importe 18.499,18 (sin actualizar con los incrementos de 2018), es decir, tienen asignado el mismo

numero CE pero les varía el importe.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 14 de 33

Page 15: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

15

14. Se debe realizar un reajuste en la imputación económica de la retribuciones de salario base de ELC

(cod. 102) en el programa de nóminas viene recogido dentro de la información de los C1 estado de

cobertura_cod 14 pero de acuerdo con el Anexo de personal es A2 debería recogerse en el estado

de cobertura_cod 12. Además de acuerdo con la información facilitada por el Excel el salario base

va imputado a la económica 1200300 Retribuciones básicas funcionarios C1 y debería ir imputada a

la económica 1200200 Retribuciones básicas funcionarios A2.

15. Se debe regularizar el CE 67 y CE 68 que se aplica a Instalaciones Deportivas puesto que son la

misma cuantía pero con diferente codificiación del complemento

16. Se debe regularizar el CE de V B J.F (cod 1075) de acuerdo con la información del Anexo de Personal

tiene un CE 68 siendo el importe anual actualizado 9.576,28 y cobra por dicho complemento

8.490,93 euros.

17. El complemento específico asignado a S M A (cod 78) se clasifica como 15 si bien el importe

asignado es el de CE 11 que es el que cobra durante el 2018. Regularizar la situación y en su caso

corregir el error material del Anexo de Personal.

18. Se recomienda establecer un proceso de revisión y verificación adecuado en los supuestos de

aquellos trabajadores que sufren numerosos cambios de jornada especialmente en los cambios de

jornada de los fijos discontinuos.

19. Revisión en el programa nominas de la información facilitada por IT, ya que conforme al art. 5.3 del

RD 625/2014 , de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control

de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su

duración “El alta médica extinguirá el proceso de incapacidad temporal del trabajador con efectos

efectos laborales del día siguiente al de su emisión” y se descuenta un día por las IT la

documentación facilitada descuenta tiene en cuenta un día menos.

20. Se recomienda regularizar la situación del Complemento de Productividad de los puestos 41

personal funcionario y 71 de personal laboral –fijos, el cual no cumple con los criterios establecidos

en la normativa pero viene asignado y concretado a los puestos señalados de forma especifica en el

Anexo de Personal.

21. Regularizar la correcta imputación económica del CPT y la correcta codificación del complemento

disminuyendo el importe correspondiente al concepto_cod 4 Complemento especifico conforme al

acuerdo de Pleno y la diferencia imputarla a concepto_cod 18 CPT

22. Es recomendable la aprobación de una normativa municipal que establezca los criterios de

absorción para el CPT.

XI. Deficiencias que deban se subsanadas mediante una medida correctora:

A) Pago Indebido

Se deberá iniciar en el menor plazo posible apertura de expediente de restitución de cantidades

indebidamente pagadas conforme a la normativa reguladora, debiendo:

• Dar audiencia al interesado

• Identificando al deudor

• Concretando los errores materiales, hecho o aritméticos

• Momento en que se produjeron

• Indicación del importe principal

• Indicación De Los Intereses Legales Del Dinero Devengado.

1. Inicio del procedimiento de reintegro a los siguientes funcionariospor el cobro de concepto_cod 11

“anti dedi distinta”, no es acorde a la normativa vigente ni en importe ni por concepto.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 15 de 33

Page 16: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

16

� LPN (cod 2252) de acuerdo con la documentación facilitada para el análisis de

los trienios durante el 2018 no tiene ningún trienio en 2018 reconocido y

cobra por el concepto 11 “antig. Dedi.distinta” imputada a la clasificación

económica 1200600 “Trienios Funcionarios” el importe cobrado

indebidamente asciende a -385,92 euros.

(ver ficha de trienios A1 L P N)

� APM (cod 953), de acuerdo con la documentación facilitada en el análisis de

los trienios del ejercicio 2018 tiene reconocidos 4 trienios del A2 y cobra por

el concepto 11 “antig. Dedi.distinta” imputada a la clasificación económica

1200600 430,49 euros.

Cobra en el 2018 2.370,68 euros.

Teniendo en cuenta que cada trienio de grupo A2 anualmente supone 485,37

Dicho importe por 4 trieniosA2 hace un total anual de 1.941,48

La diferencia entre lo cobrado y lo que tendía que haber cobrado

1.941,48 – 2.370.68 = -429.20

(ver fichas trienios A P M)

2. Inicio del procedimiento de reintegro a los siguientes funcionarios por cobro indebido por el

concepto 400 Liquidación de vacaciones.

i. PC N (cod 2346) por el cobro excesivo y no determinado del concepto_cod 400 de

Liquidación por Vacaciones, no es acorde a la normativa vigente. De los documentos

facilitados no le corresponde la liquidación efectuada.

La funcionaria causa baja el 21/03/2018 conforme al Decreto de Alcaldía 746/2018.

La retribuciones cobradas no están actualizadas con los incrementos previstos en la

normativa al causar cese antes de la aprobación de la ley de Presupuestos generales del

Estado para el 2018. (Ley 6/2018)

Para determinar el importe de la liquidación de vacaciones hay que tener en cuenta dos

conceptos las retribuciones mensuales percibidas por el trabajador y los días de vacaciones

devengados.

� Por lo que se refiere a las retribuciones mensuales percibidas por la trabajadora y que

sirven de base para el cálculo de la liquidación de vacaciones.

BASE CÁLCULO VACACIONES

Salario A1 1.131,36

CD 20 448,55

CE 226 424,17

TOTAL 2.004,08

El importe total lo dividimos por 30 para calcular el importe diario

2.004,08/30 = 66,80 euros

� Por lo que se refiere a los días de vacaciones devengados y no disfrutado del ejercicio 2018, de

acuerdo con la información a da el programa de nóminas no ha disfrutado ningún día de vacaciones

en el 2018.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 16 de 33

Page 17: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

17

DIAS MAXIMO DE LIQUIDACION DE

VACACIONES

DÍAS DEVENGADOS

30 360

x 81 6,75

Lo que le supone redondeando los días devengados un derecho a 7 días por el no

disfrute de las vacaciones devengadas en 2018

Se multiplica el importe diario de las retribuciones que sirven de base para el cálculo

del concepto_cod Liquidación de vacaciones por los días de vacaciones devengados.

66,80 * 7 = 467.62

Lo que debería haber cobrado conforme con la información por el concepto_cod 400

Liquidación de vacaciones es 467.62. Cobra 2.004,17

La diferencia es el importe cobrado indebido

467.62 -2.004,17 = -1.536,55

ii. L B, M (cod 2411) por el cobro excesivo y no determinado del concepto_cod 400 de

Liquidación por Vacaciones, no es acorde a la normativa vigente. De los documentos

facilitados no le corresponde la liquidación efectuada.

La funcionaria causa baja el 28/12/2018 según Excel de Dedicación y altas en la Seguridad

Social..

Para determinar el importe de la liquidación de vacaciones hay que tener en cuenta dos

conceptos las retribuciones mensuales percibidas por el trabajador y los días de vacaciones

devengados.

� Por lo que se refiere a las retribuciones mensuales percibidas por la trabajadora y que

sirven de base para el cálculo de la liquidación de vacaciones.

BASE CÁLCULO VACACIONES

Salario A2 995,30

CD 24 605.05

CE 36 1.214.01

TOTAL 2.814,36

El importe total lo dividimos por 30 para calcular el importe diario

2.814,36/30 = 93,81

� Por lo que se refiere a los días de vacaciones devengados y no disfrutado del ejercicio

2018, de acuerdo con la información a da el programa de nóminas son 7 los días

pendientes

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 17 de 33

Page 18: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

18

Se multiplica el importe diario de las retribuciones que sirven de base para el cálculo

del concepto_cod Liquidacion de vacaciones por los días de vacaciones devengados.

93,81 * 7 = 656,68

Lo que debería haber cobrado conforme con la información por el concepto_cod 400

Liquidación de vacaciones es 656,68. Cobra 954,09

La diferencia es el importe cobrado indebido

656,68 – 954,09 = -297.41

iii. B SA (cod 1110) por el cobro excesivo del concepto_cod 400 de Liquidación por Vacaciones,

no es acorde a la normativa vigente. De los documentos facilitados no le corresponde la

liquidación efectuada.

La funcionaria causa baja el 10/10/2018 según Excel de Dedicación y altas en la Seguridad

Social..

Para determinar el importe de la liquidación de vacaciones hay que tener en cuenta dos

conceptos las retribuciones mensuales percibidas por el trabajador y los días de vacaciones

devengados.

� Por lo que se refiere a las retribuciones mensuales percibidas por la trabajadora y que

sirven de base para el cálculo de la liquidación de vacaciones.

BASE CÁLCULO VACACIONES

Salario A2 995,30

CD 22 529.21

CE 62 1.087,71

TOTAL 2.612.31

El importe total lo dividimos por 30 para calcular el importe diario

2.612,31/30 = 87,08 diarios

� Por lo que se refiere a los días de vacaciones devengados y no disfrutado del ejercicio 2018, de

acuerdo con la información a da el programa de nóminas son 2 los días pendientes

Se multiplica el importe diario de las retribuciones que sirven de base para el cálculo

del concepto_cod Liquidacion de vacaciones por los días de vacaciones devengados.

87,08 * 2 = 174,15

Lo que debería haber cobrado conforme con la información por el concepto_cod 400

Liquidación de vacaciones es 174,15. Cobra 283,00

La diferencia es el importe cobrado indebido

174,15 – 283,00 = -108,85

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 18 de 33

Page 19: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

19

3. Inicio de procedimiento de reintegro AQC (cod 2427) por el cobro en exceso durante el mes de septiembre de atrasos básicas sin justificación alguna conforme con la información facilitada. Sustituye a puesto de electricista num. 71 Decretos 820/2018 y 3123/2018.

Por los conceptos de pagas extraordianarias cobra

mes concepto_cod concepto_des Importe Cobrado

IMPORTE TEORICO DIFERENCIA

Explicaciones

6 201 P.EXT JUNIO SALARIO BASE 275,94 280,38 4,44

8 201 P.EXT JUNIO SALARIO BASE 4,14 208,81 204,67

En agosto se le paga la actualización de la paga extraordinaria de junio. Si bien se le termina el contrato y hay que pagarle la parte proporcional

10 204 P.P. DIC SALARIO BASE 82,18 80,83 € -1,35

362,26 570,03 207,77

Cobra de menos al no pagarle en agosto la parte proporcional que había devengado cuando finaliza el contrato.

Por lo que respecta la salario base

mes concepto_cod concepto_des importe IMPORTE TEORICO DIFERENCIA OBSERVACIONES

4 1 SUELDO BASE 448,29 455,02 6,73

22 DIAS son los que trabaja la diferencia es por el importe actualizado a las retribuciones del 2018

5 1 SUELDO BASE 611,31 620,48 € 9,17

la diferencia es por el importe actualizado a las retribuciones del 2018

6 1 SUELDO BASE 611,31 620,48 € 9,17

la diferencia es por el importe actualizado a las retribuciones del 2018

7 1 SUELDO BASE 620,48 620,48 € 0

ALTA BAJA

09/04/2018 31/08/2018

08/10/2018 31/10/2018

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 19 de 33

Page 20: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

20

8 1 SUELDO BASE 620,48 620,48 € 0

8 1 SUELDO BASE 25,07

-25,07 Cobro de las actualizaciones

9 167 ATRASOS BÁSICAS 1117,82

-1117,82

no esta activo pero le reactivan, se imputa a salario base. Le pagan

10 1 SUELDO BASE 497,61 497,61 0 23 DIAS

4.552,37 3.434,55 - 1.117,82

Resumen de la imputación a concepto presupuestario 13000000

COBRADO TCO DIFERENCIAS

Pagas Extra 362,26 570,03 207,77

SUELDO BASE 4.552,37 3.434,55 -1.117,82

TOTAL 4.914,63 4.004,58 -910,05

Por lo que respecta al complemento de destino y complemento específico son diferencias de redondeo

DIFERENCIA CONCEPTOS COBRADO TCO DIFERENCIA**

CD MENSUAL 2.006,51 2.007,51 1,00

PAGA EXTRA 335,47 335,98 0,51

total 1,51

**Al igual que pasa con el salario base en el mes de agosto 2018 por el concepto paga extraordinaria se le paga la diferencia de actualización, no se le retribuye la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre 2018. No obstante en el mes de septiembre a través del concepto 168 Atrasos Complementarias se le paga la parte proporcional del complemento de destino la paga extraordinaria de diciembre.

DIFERENCIA CONCEPTOS COBRADO TCO DIFERENCIA CE MENSUAL 5.889,86 5.892,54 2,68

PAGA ADICIONAL 984,70 986,10 1,40

6.874,56 6.878,64 4,08

**Al igual que pasa con el salario base en el mes de agosto 2018 por el concepto paga adicional del Complemento especifico :se le paga la diferencia de actualización, y no se le retribuye la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre 2018. No obstante en el mes de septiembre a través del concepto 180 Atrasos Complementos se le paga la parte proporcional del complemento especifico de la paga extraordinaria de diciembre

Procede la regularización del cobro indebido de -910,55 euros

B) Inicio de expediente de comprobación de las retribuciones percibidas por los trabajadores

y la información suministrada en la plantilla orgánica o en el Anexo de Personal.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 20 de 33

Page 21: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

21

1. Diferencias detectadas en el Complemento Específico (CE) verificación realizada entre lo pagado al trabajador y el Anexo de Personal que se individualiza el CE asignado a cada trabajador.

TRABAJADOR COMPLEMENTO

ESPECIFICO COBRADO

COMPLEMENTO ESPECIFICO ASIGNADO EN EL ANEXO DE PERSONAL

DIFERENCIA DETECTADA

INDIVIDUALIZADA DEL TRABAJADOR EN FUNCIÓN DE

SUS CIRCUNSTANCIAS

OBSERVACIONES

Funcionario A1

PS MS (cod 2505)

CE 8 CE 9 459,33 Nombramiento en octubre de 2018 G.2018-16-122. Ver ficha del análisis Especifico A1 Pardo Sanchis, María De La Seo

Funcionaria A2

C P E (cod 147)

CE 332 CE 331 2.010,74 Ver ficha del análisis Especifico A1 Pardo Sanchis, María De La Seo

Laboral Fijo-discontinuo

C N, R (cod 532)

CE 1 CE 67 42,72 Diferentes jornadas asignadas durante el 2018. Ver ficha del análisis Carrasco Navarro, Raúl, Laborales CE Deportes

Laboral Fijo Discontinuo

C N V (cod 419)

CE 1 CE 67 45,34 Diferentes jornada asignada durante el 2018. Ver ficha del análisis Carrasco Navarro, Raúl, Laborales CE Deportes

2. Diferencias detectadas en el Complemento de Destino (CD): verificación realizada entre el

complemento de destino percibido por el trabajador y el complemento de destino asignado conforme al Anexo de Personal y la plantilla orgánica.

TRABAJADOR COMPLEMENTO

DESTINO COBRADO COMPLEMENTO DESTINOASIGNADO EN EL ANEXO DE PERSONAL Y PLANTILLA ORGÁNICA

OBSERVACIONES

Funcionario C1 Puesto 63 en la plantilla orgánica

MDRF (cod 90) CD 16 CD 18 Puesto 63 de acuerdo con la plantilla orgánica. No aparece el empleado individualizado en el Anexo de personal.

Laboral Fijo-discontinuo Puesto 32 Según plantilla orgánica

C N, R (cod 532) CD 12 CD 14 Diferentes jornadas asignadas durante el 2018. Ver ficha del análisis Carrasco Navarro, Raúl, Laborales CD Deportes

Laboral Fijo C N V (cod 419) CE 12 CD 14 Diferentes jornadas

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 21 de 33

Page 22: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

22

Discontinuo. Puesto 34 Según plantilla orgánica

asignadas durante el 2018. Ver ficha del análisis Carrasco Navarro, Vicente, Laborales CD Deportes

Analizada la situación de cada uno de los trabajadores señalados en los puntos anteriores se

deberá en el caso que exista error en la percepción de complementos su regularización y en el

supuesto de error material en el anexo de personal subsanación del error en ejercicios posteriores a la

detención del error.

3. Diferencias detectadas en el importe de las retribuciones.de.G A S puesto 37 de personal fijo

discontinuo (cod 153). Situación personal:

JORNADA SEGÚN ALTA Y BAJAS

ALTA-BAJA 11/12/2017 30/04/2018 78,67%

ALTA 01/05/2018 15/06/2018 41,33%

03/09/2018 30/09/2018 32%

01/10/2018 15/06/2019 42,67%

En el mes de mayo 2018 no cobra por el concepto 1 salario base como tampoco cobra el salario base a partir de octubre.

mes economica concepto_cod concepto_des importe IMPORTES TEORICOS DIFERENCIA observaciones

1 1300000 1 SUELDO BASE 480,92 488,13 7,21

2 1300000 1 SUELDO BASE 480,92 488,13 7,21

3 1300000 1 SUELDO BASE 352,67 -7,69 -360,36

DTO HUELGA

3 1300000 1 SUELDO BASE 10,6

-10,60

3 1300000 1 SUELDO BASE 112,21

-112,21

4 1300000 1 SUELDO BASE 480,92 488,13 7,21

5 1300000 1 SUELDO BASE

256,44 256,44 no cobra sueldo en el mes de mayo se le cambia la jornada

6 1300000 1 SUELDO BASE 126,33 128,22 1,89

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 22 de 33

Page 23: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

23

8 1300000 1 SUELDO BASE 30,66

-30,66 Aplicación de las regularizaciones

9 1300000 1 SUELDO BASE 185,77 185,77 0,00

10 1300000 1 SUELDO BASE

265,41 265,41 no aparece que cobre sueldo al 42,67% en el mes de octubre

11 1300000 1 SUELDO BASE

265,41 265,41 no aparece que cobre sueldo al 42,67%en mes de noviembre

12 1300000 1 SUELDO BASE

265,41 265,41 no aparece que cobre sueldo al 42,67% en el mes de dciembre

Total 2.261,00 2.823,36 562,36

Ha cobrado de menos por el salario base 562,36 por no pagarle el salario base en le mes de mayo, ni de octubre a diciembre al cambiarle la jornada Por lo que se refiere a las pagas extraordinarias del salario base

mes economica concepto_cod concepto_des importe IMPORTES TEORICOS DIFERENCIA observaciones

5 1300000 167 ATRASOS BÁSICAS 317,69 0,00 -317,69

Aplica a pagas extraordinarias.

6 1300000 203 P.P. JUNIO SALARIO BASE 62,59 382,25 319,66 Calculo de la paga extraordinaria

8 1300000 203 P.P. JUNIO SALARIO BASE 5,7

-5,70

Regularización que hace el porgrama

9 1300000 204 P.P. DIC SALARIO BASE 30,68

-30,68

Se le paga la paga extraordinaria devengada hasta la fecha por cambio de jornada

204

P.P. DIC SALARIO BASE

162,39 162,39

Calculo de la paga extraodinaria de diciembre desde septiembre 32% en septiembre 42.67% el resto de meses

total 416,66 511,58

127,98

Ha cobrado de menos por la parte de la paga extraordinaria del salario base 127,98 Las diferencias de Complemento de Destino y del Complemento Especifico asignado a la trabajadora son de redondeo.

Total cobrado Total teorico diferencia

CD 14 1968.27 1.965,75 -2,52

CE 65 4.113,49 4.108,59 -4,90

Antigüedad 577,26 577.30 0,04

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 23 de 33

Page 24: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

24

XII. Trámite de alegaciones

En cumplimiento del artículo 35 del Real Decreto 424/2017 por el que se regula el régimen jurídico del

control interno en las entidades del Sector Público Local se da tramita de alegaciones al órgano gestor..

En relación con el contenido de las alegaciones y su tratamiento, es preciso señalar lo siguiente:

� Todas las alegaciones han sido analizadas detenidamente.

� Las alegaciones admitidas se han incorporado al contenido del Informe. I

El departamento de Personal presenta alegaciones al Informe Provisional PACF 2019 Comprobación

Nóminas (Código de SEFYCU: 2214034 Código CSV: J3AAFJFLY3Y72DWADUAEl) a través del Informe

ALEGACIONES A LAS RECOMENDACIONES PRESENTADAS (Código de SEFYCU: 2288653 y Código CSV:

J3AAHAQZRLNRWK3K4AJV). Se procede analizar a continuación:

I Contestación a las recomendaciones

1. Se debe establece unos procesos de control y cierre de la nómina que aseguren que no pueden ser

alterada la misma una vez aprobada y pagada.

Se han adoptado las medidas técnicas necesarias en el programa de nominas para asegurar su constancia y

control, al objeto de que no pueden ser alteradas por otras versiones posteriores a la aprobación de los

expedientes mensuales de nominas. La nómina queda protegida desde un punto concreto, teniendo acceso a su

bloqueo y desbloqueo el personal encargado de la nómina, si ha solicitado a la empresa que aparezca historial

con el control de bloqueo y desbloqueos, estando en la actualidad en estudio y desarrollo.

• Estado de la Recomendación: EN TRAMITACIÓN

• Consecuencias en el informe: Se acepta de la alegación, si bien se mantiene la

recomendación para la realización de un seguimiento de la misma durante el 2021.

2. Se debe cambiar el criterio el devengo de las pagas extraordinarias conforme con la normativa

reguladora, poniendo especial atención a aquellas personas con cambios de jornada durante el

ejercicio o altas y bajas en el mismo.

Se ha corregido el criterio devengo de las pagas extraordinarias desde inicios del ejercicio 2020 de

conformidad con la legislación vigente, y se han establecido las medidas para tener en cuenta las variaciones

que a lo largo de los ejercicios se producen para que el devengo se ajuste tramo de variación de la situación del

empleado. Efectuándose el pago de la paga extra cuando existe un modificación de contrato de la parte

devengada.

Para ello se facilita un pantallazo de la parametrización de las Extra donde se recoge el inicio de de los

devengos de las pagas entras y el fin de devengo así como cuando se abona-.

• Estado de la Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: se elimina del informe definitivo la recomendación al ya

estar subsanada

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 24 de 33

Page 25: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

25

3. Las resoluciones administrativas de nombramiento debe establecer el CD y CE asignado al puesto a

desarrollar.

Se acepta la recomendación y se incluirán en la resolución administrativa de nombramiento, contratación fija

o temporal y en las designaciones de las situaciones administrativas que se produzcan, el puesto que ocupan

por dicha resolución con indicación del CD y CE que se corresponda. Sin embargo el nombramiento accidental

si que expresa con claridad la plaza que se ocupa por dicho periodo temporal, lo que determina como criterio

de gestión la retribuciones complementarias vayan aparejadas a dicho nombramiento. Por lo tanto desde

RRHH no considera necesaria esa indicación pero lo incluiremos en futuras resoluciones

• Estado de la Recomendación: EN TRAMITACIÓN

• Consecuencias en el informe: se mantienen la recomendación y se realizará un

seguimiento de la misma en 2021.

4. Se debe deducir proporcionalmente de la paga extraordinaria correspondiente el ejercicio efectivo

del derecho a huelga realizado.

Si, se acepta esta recomendación y se solicitara solución técnica para huelgas de día o de horas al objeto de

descontar correctamente la parte que corresponde la paga extraordinaria de los empleados que ejercen.

• Recomendación EN TRAMITACIÓN

• Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizará un seguimiento

de la misma.

5. Debe realizarse los cálculos de las retribuciones en los supuestos de liquidación de vacaciones a

través del programa de nóminas .Evitando en la medida de lo posible los cálculos manuales.

Esta recomendación esta resuelta definitivamente en el programa de nomina. Esta automatizado la

liquidación de vacaciones de los empleados temporales y fijos discontinuos. Se incorpora para demostrar su

cálculo a través del programa.

Para ello se aporta pantallazo de la parametrización del concepto 402 VACACIONES

• Recomendación ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: Se acepta la alegación pero no se elimina del informe

definitivo para realizar una comprobación del buen funcionamiento de la misma

durante los ejercicios posteriores.

6. En el supuesto que sea necesario un cálculo manual se debe que conservar toda la documentación

que se fundamente su importe.

En principio, no va a ser necesario el cálculo manual en las liquidaciones que se realicen, en caso que sea

necesario por motivos excepcionales la documentación en papel será custodiada.

• Recomendación ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: Se acepta la alegación pero no se elimina del informe

definitivo para realizar una comprobación del buen funcionamiento de la misma durante

los ejercicios posteriores

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 25 de 33

Page 26: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

26

7. Dentro del concepto_cod del programa nominas 400 Liquidación de vacaciones debe imputarse

presupuestariamente a los diferentes subconceptos económicos que afectan:

Se esta a la espera de la realización de la adaptación por parte de la empresa de mantenimiento, mediante

la aplicación de una mejora a coste del Ayuntamiento.

• Recomendación: EN TRAMITACIÓN

• Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizara un seguimiento

de la misma.

8. Dentro del concepto _cod de nómina s850 Complemento IT 50%y 851 Complemento IT 75% debe

imputarse presupuestariamente a los diferentes subconceptos que afectan;

Se ha parametrizado en el programa de nomina esta imputación presupuestariamente a los diferentes

subconceptos económicos, resolviendo esta incidencia desde el mes de octubre de 2020.

Para justificarlo se facilita un panatallazo de una nomina del mes de octubre 2020.

• Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: Se acepta la alegación pero no se elimina del informe

definitivo la recomendación para realizar un seguimiento del buen funcionamiento de la

nueva parametrización al ser de aplicación reciente.

9. Es especialmente recomendable un plan de formación que asegure la confección de la nómina de

forma adecuada por parte del personal encargado de su gestión así como la verificación por parte

del personal técnico dejando constancia de dicha supervisión.

Se esta realizando una formación especifica en el programa de nomina al personal adscrito a servicio,

atribuyéndose al técnico en RR.HH la supervisión de cada uno de expedientes mensuales de nominas.

• Recomendación ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: Se acepta la alegación pero no se elimina del informe

definitivo la recomendación para realizar un seguimiento del buen funcionamiento de la

misma

10. Se recomienda una mayor concordancia entre las jornadas establecidas a los fijos discontinuos en el

anexo de personal y las que finalmente le son asignadas.

Esta recomendación se asume por el departamento de RR.HH, si bien la cuestión de fondo no depende la

gestión de personal si no de una gestión de oferta deportiva abierta al ciudadano que imposibilidad

concreción en el proceso de elaboración de la plantilla que se produce en el mes de octubre y noviembre de

cada ejercicio

• Consecuencias en el informe: no hay consecuencias se mantienen la recomendación

11. En el supuesto de los Fijo- discontinuos se debe intentar programar la duración de los contratos

teniendo en cuenta el derecho al disfrute de las vacaciones devengadas.

Para la gestión de esa recomendación, señalar que se adoptan acuerdos en el calendario laboral anual, el

objeto de disfrutar vacaciones de este personal en los periodos de inactividad, ya que durante el periodo de

actividad estos empleados no pueden disfrutar las vacaciones generadas, deben también de disfrutar de los

asuntos propios dentro de los periodos de inactividad lo que dificulta ante la disparidad existente por días de

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 26 de 33

Page 27: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

27

antigüedad.

• Consecuencias en el informe se mantienen la recomendación

12. Se debe establecer un procedimiento que asegure la aplicación de la actualización de la

retribuciones en términos homogéneos al personal (como ya se ha señalado se ha detectado que

algunos trabajadores fijos-discontinuos no se le regularizó los primeros 6 meses del año ni la paga

extraordinaria de junio.)

Esta cuestión ha sido resuelta por el programa de nomina y se ha producido porque los aumentos

retributivos se producen a lo largo del año con efectos retroactivos, incluso para trabajadores inactivos.

• Recomendación ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: Se acepta la alegación pero no se elimina del informe

definitivo la recomendación para realizar un seguimiento del buen funcionamiento de la

misma

13. Se debe regularizar el CE 8 ya que es un complemento que cobran dos trabajadores que son ARAJ

(codigo funcionario 1072) por importe 17.135, 86 (sin actualizar) y SCA (cod 84) cuyo CE por

importe 18.499,18 (sin actualizar con los incrementos de 2018), es decir, tienen asignado el mismo

numero CE pero les varía el importes

Esta recomendación está resuelta, con la asignación de dos CE diferentes a cada uno de ellos.

Expeient 203588M Presupuesto municipal 2020

Se comprueba en el anexo de personal que se ha subsanado el error material configurándose el CE de

84 al numero 76 y manteniendose el CE al cod. 1072 se mantiene el numero 8.

• Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencia en el informe: Se acepta la alegación y se elimina del informe definitivo al ya

estar subsanada

14. Se debe realizar un reajuste en la imputación económica de la retribuciones de salario base de ELC

(cod. 102) en el programa de nóminas viene recogido dentro de la información de los C1 estado de

cobertura_cod 14 pero de acuerdo con el Anexo de personal es A2 debería recogerse en el estado

de cobertura_cod 12. Además de acuerdo con la información facilitada por el Excel el salario base

va imputado a la económica 1200300 Retribuciones básicas funcionarios C1 y debería ir imputada a

la económica 1200200 Retribuciones básicas funcionarios A2.

Esta aplicación esta aplicada desde el 1 de enero de 2020. Se aporta pantallazo de la nuevos datos laborales

del Empleado figurando con estado de cobertura 12- Funcionarios A2 desde la fecha 01/01/20250 version 9.

• Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencia en el informe: Se acepta la alegación y se elimina del informe definitivo.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 27 de 33

Page 28: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

28

15. Se debe regularizar el CE 67 y CE 68 que se aplica a Instalaciones Deportivas puesto que son la

misma cuantía pero con diferente codificiación del complemento

En el ejercicio 2020, el CE 67 tiene un importe de 716,02 € mientras que el CE 68 tiene un importe de 634,87

€,

Se comprueba la diferencia en la codificación de los distintos CE

• Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencia en el informe: Se acepta la alegación y se elimina del informe definitivo.

16. Se debe regularizar el CE de V B J.F (cod 1075) de acuerdo con la información del Anexo de Personal

tiene un CE 68 siendo el importe anual actualizado 9.576,28 y cobra por dicho complemento

8.490,93 euros.

Esta recomendación está resuelta, desde el mes de marzo de 2019. Se detecto el error de que se le

estaba pagando con un CE diferente al que tiene reconocido en su ficha de catálogo (Conserje con

manejo metálico) y se regularizo desde dicho mes, resolviendo la diferencia de CE en el presupuesto

2020. Expediente 203588M

Comprobado en el Expediente 203588M->carpeta 1.5.- Anexo de Personal- >Documento

Presupuesto 2020 personal laborar_> pagina 4 aparece corregido el error)

• Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencia en el informe: Se acepta la alegación y se elimina del informe definitivo

17. El complemento específico asignado a S M A (cod 78) se clasifica como 15 si bien el importe

asignado es el de CE 11 que es el que cobra durante el 2018. Regularizar la situación y en su caso

corregir el error material del Anexo de Personal.

Esta recomendación está resuelta. El complemento específico de la empleada pública es el CE 11,

con lo que el pago se efectúo correctamente en el ejercicio 2018. Por error material se indicó (15)

sin embargo el importe asignado es el del (11), ya que en el proyecto de presupuestos se hace

modificación de CE, y el que dicha plaza tenía era el 15 en el catalogo desde 2005.

Comprobación: existe un error mecanográfico en el anexo de personal puesto que de acuerdo con la

ficha modificada (pag 31 del Anexo de personal) se reconoce CE : de 13.711,56 € dicho importe está

referido a doce mensualidades según apartado tercero del informe de TAG Código Seguro de

Verificación (CSV) J3AA CNMV YRMK W2VU P44T Identificador del documento 542734), en consecuencia

el importe anual incluyendo las 14 sin tener en cuenta los incrementos es 15.996,82 que es lo cobrado y

coincide con el CE 11. Además se comprueba que viene también corregido en el Anexo de Personal del

Presupuesto 2019(. Ruta : Dtaos Z -> Msofficce-> Comun> CD presupuestos> 2019> 1 Presupuesto

Ayuntamiento >1.5 Anexo de personal – pagina 32).

• Estado de la Recomendación: ACEPTADA

• Consecuencias en el informe: se elimina del informe definitivo la recomendación

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 28 de 33

Page 29: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

29

18. Se recomienda establecer un proceso de revisión y verificación adecuado en los supuestos de

aquellos trabajadores que sufren numerosos cambios de jornada especialmente en los cambios de

jornada de los fijos discontinuos.

Se comparte la recomendación y por parte del departamento de RR.HH se han dictado instrucciones al

polideportivo municipal para que las propuestas de modificación de jornada se justifiquen en sus causas, se

ajusten al procedimiento legal y se planifiquen adecuadamente para su gestión.

"Desde el Departamento de Personal insistir de nuevo en la imposibilidad de gestionar el Área de Deportes si

no establece un límite en el número de usuarios, dado que sino este efecto ampliatorio de jornadas no puede

ser objeto de una gestión ajustada a la dotación presupuestaría"

En el informe 205/2020:

"Desde el Departamento de Personal insistir de nuevo en la imposibilidad de gestionar el Área de Deportes si

no establece un límite en el número de usuarios, dado que sino este efecto ampliatorio de jornadas no puede

ser objeto de una gestión ajustada a la dotación presupuestaría, la oferta de actividad debe quedar

configurada para cada curso, al objeto de poder dotar adecuadamente estas plazas y no variarlas según criterio

de demanda, ya que esta forma de gestionar imposibilita su adecuación en la Plantilla Presupuestaria."

Se mantiene la recomendación

19. Revisión en el programa nominas de la información facilitada por IT, ya que conforme al art. 5.3 del

RD 625/2014 , de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control

de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su

duración “El alta médica extinguirá el proceso de incapacidad temporal del trabajador con efectos

efectos laborales del día siguiente al de su emisión” y se descuenta un día por las IT la

documentación facilitada descuenta tiene en cuenta un día menos.

Esta recomendación se ha trasladado a la mercantil encargada del programa encontrándose en desarrollo

Recomendación: EN TRAMITACIÓN

Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizara un seguimiento de la

misma.

20. Se recomienda regularizar la situación del Complemento de Productividad de los puestos 41

personal funcionario y 71 de personal laboral –fijos, el cual no cumple con los criterios establecidos

en la normativa pero viene asignado y concretado a los puestos señalados de forma especifica en el

Anexo de Personal.

Esta recomendación se resuelve en la modificación de catálogo para el ejercicio 2021.

Se comprueba que en el expediente 593915H la incorporación en la propuesta del concejal

de la modificacion puntual del complemento especifico por incorporación de la

productividad (pagina 3 de la propuesta)

Recomendación: EN TRAMITACIÓN

Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizara un seguimiento de la

misma.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 29 de 33

Page 30: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

30

21. Regularizar la correcta imputación económica del CPT y la correcta codificación del complemento

disminuyendo el importe correspondiente al concepto_cod 4 Complemento especifico conforme al

acuerdo de Pleno y la diferencia imputarla a concepto_cod 18 CPT

Esta recomendación ha sido objeto de estudio por el departamento, dada los distintos criterios o

interpretaciones con respecto a la aplicación del CPT en una única situación personal, buscando

soluciones técnicas a través del programa de nóminas parametrización automática.

Recomendación: EN TRAMITACIÓN

Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizara un seguimiento de la

misma en el ejercicio 2021

22. Es recomendable la aprobación de una normativa municipal que establezca los criterios

Desde RRHH entendemos que no es necesaria una normativa municipal que establezca criterios de

absorción, ya que existe un marco jurídico que avala la aplicación de los CPT. En todo caso se podrá plantear

otro criterio de absorción si se considera adecuado a los criterios de aplicabilidad vigentes.

Consecuencias en el informe: Se mantiene la recomendación y se realizara un seguimiento de la

misma durante el ejercicio 2021

II Contestación Deficiencias que deban se subsanadas mediante una medida correctora:

Desde recursos humanos se procederá al estudio minucioso de las deficiencias señaladas en el informe provisional de

control permanente financiero y procederá a iniciar en su caso los expedientes de reintegro de las cantidades

indebidamente abonadas. De estos expedientes de devolución de cantidades retributivas indebidamente abonadas

se dará cuenta a la vice intervención una vez resuelto los mismos o, en su caso, con un informe que justifique el pago

correcto. A lo largo del mes de diciembre se remitirá nota complementaria al informe señalando las actuaciones

iniciadas de reintegro de cantidades indebidamente abonadas, cuestión que en estos momentos no se puede definir

con mayor concreción, pero se realizaran al tratarse de fondos públicos.

En consecuencia se mantienen los supuestos señalados en el informe provisional relativo tanto a los

pagos indebidos como al inicio de expedientes de comprobación de las retribuciones percibidas por los

trabajadores y la información suministrada en la plantilla orgánica o en el Anexo de Personal

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 30 de 33

Page 31: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

31

XIII. Recomendaciones definitivas

1. Se debe establece unos procesos de control y cierre de la nómina que aseguren que no pueden ser

alterada la misma una vez aprobada y pagada. (Aceptada alegación , seguimiento en 2021)

2. Aceptada alegación.

3. Las resoluciones administrativas de nombramiento debe establecer el CD y CE asignado al puesto a

desarrollar.( Aceptada alegación , seguimiento en 2021)

4. Se debe deducir proporcionalmente de la paga extraordinaria correspondiente el ejercicio efectivo

del derecho a huelga realizado.(en tramitación, seguimiento en 2021)

5. Debe realizarse los cálculos de las retribuciones en los supuestos de liquidación de vacaciones a

través del programa de nóminas .Evitando en la medida de lo posible los cálculos manuales

(aceptada alegación, seguimiento en 2021)

6. En el supuesto que sea necesario un cálculo manual se debe que conservar toda la documentación

que se fundamente su importe. (aceptada alegación, seguimiento en 2021)

7. Dentro del concepto_cod del programa nominas 400 Liquidación de vacaciones debe imputarse

presupuestariamente a los diferentes subconceptos económicos que afectan:

Concepto_des Clasificación económica

Sueldo Base 1200000 1200100 1200200 1200400 1200500

Trienios 120600

Complemento de destino 1210000

Complemento Específico 12101

(en tramitación, seguimiento 2021)

8. Dentro del concepto _cod de nóminas850 Complemento IT 50%y 851 Complemento IT 75% debe

imputarse presupuestariamente a los diferentes subconceptos que afectan;

Concepto Clasificación económica

Sueldo Base 1200000 1200100 1200200 1200400 1200500

Trienios 120600

Complemento de destino 1210000

Complemento Específico 12101

.( Aceptada alegación , seguimiento en 2021)

9. Es especialmente recomendable un plan de formación que asegure la confección de la nómina de

forma adecuada por parte del personal encargado de su gestión así como la verificación por parte

del personal técnico dejando constancia de dicha supervisión. (aceptada alegación, seguimiento en

2021)

10. Se recomienda una mayor concordancia entre las jornadas establecidas a los fijos discontinuos en el

anexo de personal y las que finalmente le son asignadas.

11. En el supuesto de los Fijo- discontinuos se debe intentar programar la duración de los contratos

teniendo en cuenta el derecho al disfrute de las vacaciones devengadas.

12. Se debe establecer un procedimiento que asegure la aplicación de la actualización de la

retribuciones en términos homogéneos al personal (como ya se ha señalado se ha detectado que

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 31 de 33

Page 32: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

32

algunos trabajadores fijos-discontinuos no se le regularizó los primeros 6 meses del año ni la paga

extraordinaria de junio.) (aceptada, seguimiento 2021)

13. Aceptada alegación.

14. Aceptada alegación.

15. Aceptada alegación.

16. Aceptada alegación.

17. Aceptada alegación.

18. Se recomienda establecer un proceso de revisión y verificación adecuado en los supuestos de

aquellos trabajadores que sufren numerosos cambios de jornada especialmente en los cambios de

jornada de los fijos discontinuos.

19. Revisión en el programa nominas de la información facilitada por IT, ya que conforme al art. 5.3 del

RD 625/2014 , de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control

de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su

duración “El alta médica extinguirá el proceso de incapacidad temporal del trabajador con efectos

efectos laborales del día siguiente al de su emisión” y se descuenta un día por las IT la

documentación facilitada descuenta tiene en cuenta un día menos. (en tramitación seguimiento

2021)

20. Se recomienda regularizar la situación del Complemento de Productividad de los puestos 41

personal funcionario y 71 de personal laboral –fijos, el cual no cumple con los criterios establecidos

en la normativa pero viene asignado y concretado a los puestos señalados de forma especifica en el

Anexo de Personal. (en tramitación, seguimiento 2021)

21. Regularizar la correcta imputación económica del CPT y la correcta codificación del complemento

disminuyendo el importe correspondiente al concepto_cod 4 Complemento especifico conforme al

acuerdo de Pleno y la diferencia imputarla a concepto_cod 18 CPT (en tramitación seguimiento

2021)

22. Es recomendable la aprobación de una normativa municipal que establezca los criterios de

absorción para el CPT.

Aclaración: De las alegaciones presentadas el órgano de control financiero ha distinguido:

• La alegaciones aceptadas y que tienen como consecuencia la eliminación de la

recomendación al no darse la situacion que originó la misma.

• Alegaciones aceptadas pero que debido a su reciente aplicación a juicio del órgano de

control financiero se mantiene la recomendación en el informe definitivo para realizar

un seguimiento de las mismas

• Alegaciones que se encuentran en fase de tramitación y hace necesario un

seguimiento en 2021

• Alegaciones que no se han considerado suficientes manteniéndola recomendación

para su posterior seguimiento.

XIV. Deficiencias que deban ser subsanadas mediante una medida correctora (definitivas)

Se mantiene íntegramente lo señalado en el punto XI Deficiencias que deban se subsanadas mediante

una medida correctora.

Además de lo señalado en el punto XI

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 32 de 33

Page 33: INFORME DEFINITIVO DEL CONTROL PERMANENTE FINANCIERO …

33

A) En lo supuestos de Pago Indebido

El Departamento de personal deberá abrir un expediente individual para cada una de las situaciones

individuales descritas debiendo hacer un análisis del periodo temporal que no haya prescrito y en el que

se de la situación que produce el reintegro de pago indebido

B) Inicio de expediente de comprobación de las retribuciones percibidas por los trabajadores

y la información suministrada en la plantilla orgánica o en el Anexo de Personal.

El Departamento de personal deberá abrir un expediente individual para cada una de las situaciones

individuales descritas y analizar si procede l a su regularización. En el supuesto que se haya regularizado

con anterioridad se deberá indicar momento en que se regularizo y procedimiento por el que se hizo la

regularización.

XV. Tramitación del informe definitivo de la actuación.

Se remite el presente informe, para su conocimiento, al área gestora del expediente

(Secretaría/Personal) y a la Alcaldía, en cumplimiento del artículo 36.1 del RD 424/2017del RD de 28 de

abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público

Local.

Área Gestora (Secretaría/Personal):

- Concejal Delegado del área de Personal.

- Secretario Municipal.

- Técnico de Administración General

Igualmente, en cumplimiento de la referida normativa, se remite al Pleno, para su

conocimiento, a través de la Alcaldía. El análisis del informe constituirá un punto

independiente en el orden del día de la correspondiente sesión plenaria.

Intervención

Expediente 302290YNIF: P4619600B

INFORME DEFINITIVO ACTUACIÓN DE CONTROL FINANCIERO 2019 SIN DATOS - SEFYCU 2299071

La comprobación de la autenticidad de este documento y otra información está disponible en https://picassent.sedipualba.es/

Código Seguro de Verificación: J3AA HEEW U7Y2 UPHH ZKELAYUNTAMIENTO DE PICASSENT

FIRMADO POR

INM

ACUL

ADA

DESA

MPA

RADO

S VI

LA C

ATAL

AVi

ceIn

terv

ento

ra20

/11/

2020

Pág. 33 de 33