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JUICIO ORAL: I. ACTA QUE DOCUMENTA AUDIENCIA JUICIO CIVIL ORAL I.1 ENCABEZAMIENTO: Lugar, fecha, hora inicio y ante quien se comparece (Juez, magistrado) y quien autoriza (secretario). I.2 COMPARECENCIA: Identificación de los comparecientes y de los abogados. Acreditación de personería (Art. 45 CPCM). I.3 OBJETO: Indicación de la diligencia que se celebra. I.4 CUERPO (cláusulas): A) CONCILIACIÓN (Art. 201 CPCM): Avenimiento, transacción, decisión terminar juicio. B) AMPLIACIÓN DE DEMANDA (Art. 204, párrafo 3º, CPCM): Continuación o suspensión de diligencia. C) CONTESTACIÓN DE DEMANDA (Art. 204, párrafos 1º, 2º y 4º, CPCM): (Puede llevarse redactada o dictarse verbalmente). En el momento de la contestación de demanda se interponen las excepciones previas. Con la contestación de demanda en sentido negativo se interponen perentorias y la reconvención, en su caso. D) RESOLUCIÓN DE EXCEPCIONES: Art. 205 CPCM. E) RECEPCIÓN DE PRUEBAS: Art. 206 CPCM. F) RESOLUCIÓN DE INCIDENTES Y NULIDADES: Art. 207 CPCM. I.5 CIERRE:

JUICIOS CIVILES

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Page 1: JUICIOS CIVILES

JUICIO   ORAL:

I. ACTA QUE DOCUMENTA AUDIENCIA JUICIO CIVIL ORAL

I.1 ENCABEZAMIENTO:

Lugar, fecha, hora inicio y ante quien se comparece (Juez, magistrado) y quien autoriza (secretario).

I.2 COMPARECENCIA:

Identificación de los comparecientes y de los abogados.    Acreditación de personería (Art. 45 CPCM).

I.3 OBJETO:

    Indicación de la diligencia que se celebra.

I.4 CUERPO (cláusulas):

    A) CONCILIACIÓN (Art. 201 CPCM):

      Avenimiento, transacción, decisión terminar juicio.

    B) AMPLIACIÓN DE DEMANDA (Art. 204, párrafo 3º, CPCM):

      Continuación o suspensión de diligencia.

C) CONTESTACIÓN DE DEMANDA (Art. 204, párrafos 1º, 2º y 4º, CPCM): (Puede llevarse redactada o dictarse verbalmente).

En el momento de la contestación de demanda se interponen las excepciones previas.

Con la contestación de demanda en sentido negativo se interponen perentorias y la reconvención, en su caso.          D) RESOLUCIÓN DE EXCEPCIONES:

      Art. 205 CPCM.

    E) RECEPCIÓN DE PRUEBAS:

      Art. 206 CPCM.

    F) RESOLUCIÓN DE INCIDENTES Y NULIDADES:

      Art. 207 CPCM.

I.5 CIERRE:

Lectura, ratificación, aceptación y hora terminación. Salvados.     Suscripción: Juez, partes, abogados y secretario.

II. DEMANDA DE JACTANCIA:

Arts. 225 - 228 CPCM.

II.1 AFIRMACIÓN:

Forzosamente decir en qué consiste jactancia, cuándo, en qué época se produjo y cómo llegó a conocimiento del demandante.

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II.2 PETICIÓN:

A) DE TRÁMITE:

A.1 Que se intime al demandado   a efecto de que en la primera audiencia confiese o niegue los hechos.A.2 Que se aperciba al demandado en el sentido de que si no comparece a confesar o negar los hechos imputadosen la primera   audiencia, se tendrán por ciertos los hechos en que se funda la demanda.

B) DE SENTENCIA:  

Que al resolver se declare:

B.1 Con lugar   demanda   oral   de jactancia promovida por (...) contra (...).

B.2 En consecuencia:

(i) Que efectivamente se produjeron por el demandado las expresiones   que le atribuye en su demanda el actor.

(ii) Que se fije al jactancioso el plazo de 15 días   para   que   promueva la acción que corresponda al derecho que pretende tener.  

(iii) Que se aperciba al demandado en el sentido de que si dentro del plazo de 15 días señalado no ejercita la acción que corresponda,   se tendrán por caducado su derecho, a solicitud de parte.

B.3 Que se condene al demandado al pago de las costas.

B.4 Que, con las formalidades de ley y a costa del interesado, se extienda certificación a la parte actora.

III. DIVISIÓN   DE COSA COMÚN:

Arts. 219 - 224 CPCM.

III.1 AUDIENCIAS:

A) PRIMERA AUDIENCIA:

a) Avenimiento de las partes sobre nombramiento partidor.

b) Designación   de partidor por el juez.

c) Bases de partición.

d) Aceptación y discernimiento partidor.

e) Plazo presentación proyecto partición.

f) Notario puede pedir privadamente a las partes instrucciones y aclaraciones.

B) SEGUNDA AUDIENCIA:

A solicitud notario se convoca a audiencia, para que se fijen los   puntos   que crea   indispensables.  

Page 3: JUICIOS CIVILES

C) TERCERA AUDIENCIA:

Discusión proyecto partición: Observaciones, rendición   pruebas. Posibilidad nuevo proyecto: Plazo al partidor. Audiencia 5 días a las partes.  

III.2 DEMANDA DIVISIÓN DE COSA COMÚN:

PETICIÓN:

DE SENTENCIA:

Que al resolver se declare:

A) Con lugar demanda oral de división de cosa en común.

B) En consecuencia:

B.1 Que se apruebe el proyecto de participación.  B.2 Que se ordene la protocolacióndel proyecto de partición   y de la sentencia correspondiente.

B.3 Que se extienda certificación del proyecto de partición   y de la sentencia.

C) Que se condene a demandado a pago de costas.

III.3 DEMANDA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE COSA EN COMÚN:

PETICIÓN:

DE SENTENCIA:

Que al resolver se declare:

A) Con lugar demanda oral de división de cosa en común.

B) En consecuencia:

B.1 Que se señale día hora para la venta   en pública   subasta   de la cosa   en común, sirviendo de base para el remate:

(i) Precio convenido   por las partes.

(ii) Valor fijado matrícula fiscal (inmuebles).

(iii) Tasación.

B) Que se condene al demandado al pago de las costas.

Page 4: JUICIOS CIVILES

IV. DEMANDA DE FIJACIÓN DE ALIMENTOS:

Arts. 199, inciso 3º, 200 – 210, 212 - 216 CPCM;   2º, 12 - 14 Ley Tribunales Familia; 278 - 292 C. Civil.

A) OFRECIMIENTO DE MEDIOS DE PRUEBA:

Obligadamente deben proponerse y acompañarse los documentos justificativos del derecho (testamento, estudio socio-económico trabajadora social, informe, contrato, documentos acreditativos del   parentesco).

De ser posible deben proponerse y   acompañarse documentos   sobre posibilidades económicas del demandado.  

B) PETICIÓN:

B.1 DE TRÁMITE:

(i) Que se aperciba al demandado en el sentido de que si no comparece a la primera audiencia o no contesta la demanda, se le tendrá confeso en las pretensiones del actor y se procederá a dictar   sentencia (Art. 215 CPCM).

(ii) Que se fije al demandado la suma de (...), en concepto de pensión alimenticia provisional (Art. 213 CPCM).

B.2 DE SENTENCIA:  

(i) GENÉRICA:

Con lugar la demanda oral de fijación de alimentos.

(ii) ESPECÍFICA:

a) Que el demandado está obligado a pagar la suma de (...), en concepto de alimentos a favor   de (...),en forma mensual   y anticipada,   sin   necesidad de cobro ni requerimiento alguno.

b) Que el obligado deberá garantizar dicha   pensión con   (bienes reales, salario), librándose el oficio   (despacho) respectivo a   (dependencia donde trabaja, Registro General Propiedad)  

(iii) ACCESORIA:

Que se condene al demandado al pago de las costas.

JUICIO SUMARIO:

I. INTERDICTOS:

Arts. 229, inciso 5º, 230, 235, 249 y 268 CPCM.

I.1 DEMANDA INTERDICTAL DE AMPARO DE POSESIÓN O DE TENENCIA:

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Arts. 253 y 254 CPCM.

PETICIÓN:

DE SENTENCIA:

A) GENÉRICA:

Con lugar   acción interdictal de amparo de posesión o de tenencia promovida por (...) contra (...).

B) ESPECÍFICA:

B.1 Que se mantenga al demandante en la posesión o tenencia del inmueble (...).

B.2 Que se condene al perturbador al pago de daños y perjuicios, debido a que se ejerció violencia, los cuales se fijan en la suma de (...) (o juicio de expertos: Art. 150 LOJ).

C) ACCESORIA:

Que se condene al demandado al pago de las costas.

I.2 DEMANDA INTERDICTAL DE DESPOJO:

Arts. 255 – 258 CPCM.

A) DESPOJO GENERAL (contra persona particular):

A.1 AFIRMACIÓN:

(i) Lo relacionado con la posesión o tenencia del inmueble o derecho real.

            (ii) La existencia del hecho del despojo por parte del demandado, con fuerza o sin ella.

(iii) La ausencia de citación, audiencia y vencimiento en juicio.

(iv) Indicación precisa del nombre del despojador.

A.2 OFRECIMIENTO MEDIOS DE PRUEBA:

Prueba sobre los extremos de haber poseído y dejado de poseer.

A.3 PETICIÓN:

DE SENTENCIA:

(i) GENÉRICA:

Con lugar la acción interdictal de despojo promovida por (...) contra (...).

(ii) ESPECÍFICA:

a) Que se restituya al demandante en la posesión del inmueble o derecho real(...).

b) Que se condene al despojador a la devolución de los frutos que correspondan (civiles - naturales), desde el momento en que se ocasionó el despojo.

Page 6: JUICIOS CIVILES

c) Que se condene al despojador al pago de daños y perjuicios, debido a que se ejerció violencia, los cuales se fijan en la suma de (...) (o juicio de expertos: Art. 150 LOJ).

(iii) ACCESORIA:

Que se condene al demandado a pago costas.         B) DESPOJO   JUDICIAL: (contra autoridad judicial):

PETICIÓN:

DE SENTENCIA:

(i) GENÉRICA:

Con lugar la acción interdictal de despojo promovida por (...) contra (...).

(ii) ESPECÍFICA:

a) Que se restituya al demandante en la posesión del inmueble o derecho real (...), del cual fue despojado judicialmente por (...).

b) Que se condene al despojador al pago de daños y perjuicios, debido a que se ejerció violencia, los cuales se fijan en la suma de (...) (o juicio de expertos: Art. 150 LOJ).

(iii) ACCESORIA:

Que se condene al demandado a pago de costas.  

I.3 DEMANDA INTERDICTAL DE APEO Y DESLINDE:  Arts. 259 – 261 CPCM.

A) AFIRMACIÓN:

Es necesario indicar las direcciones de los colindantes, a fin de que el juez los cite para que presenten sus pruebas en el reconocimiento judicial a practicarse (Art. 260 CPCM)

B) OFRECIMIENTO   MEDIOS DE PRUEBA.  

No sólo ofrecer sino acompañar a la demanda título y documentos en   general en que se funda la pretensión.

Ofrecer reconocimiento judicial con dictamen de expertos y otros medios de prueba que tiendan   a establecer   la alteración   linderos, quién los hizo o mandó a hacer, el lugar donde   efectivamente deben quedar situados   los mojones y linderos.

C) PETICIÓN:

C.1 DE TRÁMITE:

Reconocimiento judicial y dictamen de expertos.

C.2 DE SENTENCIA:

(i) GENÉRICA:

Conlugar la acción interdictal de apeo y deslinde promovida por (...) contra (...).

(ii) ESPECÍFICA:

Page 7: JUICIOS CIVILES

a) Que se ordene   restitución   de linderos,   vallas,   cercas, mojones (o lo que corresponda) al lugar donde deban estar, a cago de quien produjo la alteración.

b) Que se condene al perturbador a la devolución de los frutos que correspondan (civiles - naturales), desde el momento en que se ocasionó la perturbación.

c) Que se condene al perturbador al pago de daños y perjuicios, debido a que se ejerció violencia, los cuales se fijan en la suma de (...) (o juicio de expertos: Art. 150 LOJ).

(iii) ACCESORIA:

Que se condene al demandado a pago costas. I.4 DEMANDA INTERDICTAL DE OBRA NUEVA / OBRA PELIGROSA.

Arts. 263 – 268 CPCM.

PETICIÓN:

  A) DE   TRÁMITE:

Que se señale día y hora   para la práctica del reconocimiento judicial   ofrecido.

Que, precautoriamente, se suspenda obra nueva perjudicial o peligrosa.

B) DE SENTENCIA:

B.1 GENÉRICA:

Con lugar la acción interdicta de obra nueva / obra peligrosa promovida por (...) contra (...).

B.2 ESPECÍFICA:

(i) Que se suspenda   definitivamente la obra o se ordene su demolición.

(ii) Que se ordene ejecución   inmediata   de lo acordado o se fije plazo.

B.3 ACCESORIA:

Que se condene al demandado al pago de las costas.

II. DEMANDA DE RESCISIÓN   DE CONTRATO:

Arts. 229,   inciso 3º, 230 y 235 CPCM; 1314, 1318, 1579 - 1586 C. Civil.

II.1 AFIRMACIÓN:

A) Relación del contrato.

B) Condiciones u obligaciones.

C) Causal de rescisión de contrato respectivo.

II.2 PETICIÓN:

DE SENTENCIA:  

Que al resolver se declare:

Page 8: JUICIOS CIVILES

A) Con lugar la demanda sumaria de rescisión de contrato promovida   por (...) contra (...);

B) En   consecuencia:

B.1 Rescisión del contrato.

B.2 Lascosas   vuelven a estado en que se encontraban antes de celebrarse   el contrato.

B.3 Caso justipreciación de servicios prestados.

B.4 Fijación plazo para devolución de cosas.

C) Condena al pago de costas.

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

I. SOLICITUD INICIAL: Arts. 12, 28, 29 y 203 CPRG; 27, 61, 62, 63, 401, 402, 403, 404 y 405 CPCM.

I. INTRODUCCIÓN:

1. Designación del respectivo juzgado o tribunal (Art. 61, inciso 1o., CPCM).

2. Individualización del solicitante (Art. 61, inciso 2o., CPCM).

3. Acreditación de personería (Art. 45 CPCM).

4. Postulación (Art. 50 CPCM) y lugar para recibir notificaciones (Art. 79     CPCM).

5. Objeto o naturaleza de la solicitud.

II. PROPOSICIÓN:

1. Relación de hechos en forma concreta, clara, lógica, precisa y     cronológica (Art. 61, inciso 3º, CPCM).

2. Proposición de medios de prueba (Art. 128 CPCM).

3. Fundamento de Derecho: Doctrina, jurisprudencia, Constitución y leyes     (Art. 61, inciso 4º, CPCM).

PETICIÓN:

Clara y precisa (Arts. 61, inciso 6º, CPCM).

A) DE TRÁMITE:

      1. Incorporación de memorial y documentos acompañados.      2. Reconocimiento de personería y devolución de credencial.      3. Postulación y lugar para recibir notificaciones.      4. Admisión de solicitud.      5. Proposición de medios de prueba.      6. Publicación de edictos (en su caso).

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      7. Recepción de prueba propuesta.      8. Audiencia a la Procuraduría General de la Nación (en su caso).

B) DE FONDO (genérica, específica y accesoria).

PARTE FINAL:

Cita de leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM), constancia de número de copias que se adjuntan (Art. 63 CPCM), lugar y fecha (Art. 61, inciso 7º, CPCM), salvados (Art. 159 LOJ), firmas del solicitante y/odel abogado patrocinante (Art. 61, inciso 8º, CPCM) y timbre forense (Art. 3, numeral I, LTFN).

II. APARTADOS ESPECIALES:

    II.1 AUSENCIA (Arts. 42 - 54 Código Civil; 411 - 417 CPCM):

        A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

DOCUMENTOS:

a) Certificación de Dirección General de Migración (salida del país y no retorno); y

b) Certificación Secretaría de la Corte Suprema de Justicia o Director del Archivo General de Protocolos (no mandatario del presunto ausente).

    B) PETICIÓN:

            B.1 DE TRÁMITE:

          - Admisión de Diligencias Voluntarias de Ausencia.

- Nombramiento de defensor judicial del presunto ausente.                  B.2 DE FONDO:

              Que al resolver se declare:

a) Con lugar las Diligencias Voluntarias de Ausencia promovidas por (...)

              b) En consecuencia:

- Que (...) es ausente, por encontrarse fuera de la República, habiendo tenido su domicilio en ella, o por haber desaparecido de su domicilio ignorándose su paradero.

- Que se nombre como representante judicial y guardador de los bienes (si los hubiere) de (...) a (...), quien asumirá la representación del ausente en el juicio (...)

- Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final y del acta que contiene la aceptación y discernimiento del representante judicial.                  

II.2 CAMBIO DE NOMBRE (Arts. 4, 6 y 7 Código Civil; 438 y 439 CPCM):

A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

DOCUMENTOS: a) Certificación del Registro Civil de (...) (partida nacimiento).

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        B) PETICIÓN:

B.1 DE TRÁMITE:

Admisión de diligencias voluntarias de cambio de nombre.        

B.2 DE FONDO:

          Que al resolverse declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de cambio de nombre promovidas por (...)                            b) En consecuencia:                     - Se accede al cambio de nombre de (...) por el de (...)  - Se publique la resolución por una sola vez en el Diario Oficial.

- Se comunique la resolución al Registro Civil de (...) para que haga la anotación correspondiente al margen de la partida de nacimiento (...)

- Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

II.3 REPOSICIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (Arts. 371 y 382 Código Civil):

        A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

DOCUMENTOS:

a) Certificación del Registro Civil de (...) (partida nacimiento);

b) Certificación de partidas eclesiásticas.

        B) PETICIÓN:

            B.1 DE TRÁMITE:

a) Admisión de diligencias voluntarias de reposición de partida de nacimiento.

              b) Audiencia al Registro Civil.

            B.2 DE FONDO:

              Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de reposición de partida de nacimiento promovidas por (...)              b) En consecuencia:     - Se ordena al Registro Civil de (...) que efectúe la reposición de la partida de nacimiento de (...) , inscrito bajo el número (...), con los datos siguientes: Fecha de nacimiento, hijo de (...)   - Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

Page 11: JUICIOS CIVILES

II.4 IDENTIFICACIÓN DE TERCERO (Arts. 440, 441 y 442 CPCM):

A) DE TRÁMITE:

Admisión de diligencias voluntarias de identificación de                   tercero.        

            B) DE FONDO:

          Que al resolver se declare:

B.1 Conlugar las diligencias voluntarias de identificación de tercero promovidas por (...)              B.2 En consecuencia:     a) Que el nombre de (...) con que aparece inscrito en la partida de nacimiento (...) y los nombres y apellidos de (...) que usó                     constante y públicamente el tercero identificado, corresponden a una misma persona.

b) Que se ordene se anote dicha identificación en el Registro Civil de (...)

c) Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

II.5 ASIENTO TARDÍO DE PARTIDA DE NACIMIENTO (Arts. 398 Código Civil; y 443 CPCM):

        A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

DOCUMENTOS:

a) Certificación del Registro Civil de (...) (negativa de partida nacimiento);

b) Certificación de bautismo;

c) Certificación de hospital, médico, comadrona(...) ;

d) Certificados, diplomas (...)

        B) PETICIÓN:

            B.1 DE TRÁMITE:

(i) Admisión de diligencias voluntarias de asiento tardío de partida de nacimiento.        

              (ii) Audiencia al Registro Civil.

            B.2 DE FONDO:

              Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de asiento tardío de partida de nacimiento promovidas por (...)

b) En consecuencia:     - Se ordena reparar la omisión y asentar la correspondiente partida de nacimiento, con los siguientes datos:   - Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

Page 12: JUICIOS CIVILES

II.6 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (Arts. 382 Código Civil; 443 CPCM):

        A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

DOCUMENTOS:

Certificación del Registro Civil de (...) (partida nacimiento).

B) PETICIÓN:

          B.1 DETRÁMITE:

a) Admisión de diligencias voluntarias de rectificación de partida de nacimiento

              b) Audiencia al Registro Civil.

B.2 DE FONDO:

          Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de rectificación de partida de nacimiento promovidas por (...)              b) En consecuencia:     - Se ordena rectificar la correspondiente partida de nacimiento, en el sentido de:

- Se anote la inscripción original.   - Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

II.7 DISPOSICIÓN Y GRAVAMEN DE BIENES DE MENORES (Arts. 264 - 266 Código Civil; 418 - 424 CPCM):

A) PROPOSICIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA:

            Art. 421, inciso 3º, CPCM.

        B) PETICIÓN:

            B.1 DE TRÁMITE:

a) Admisión de diligencias voluntarias de disposición o gravamen de bienes de menores.

              b) Tasación de bienes.

              c) Reconocimiento judicial.

            B.2 DE FONDO:

              Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de disposición o gravamen de bienes de menores promovidas por (...)                            b) En consecuencia:                     Art. 423 CPCM.  

Page 13: JUICIOS CIVILES

c) Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

II.8 INTERDICCIÓN O INCAPACIDAD (Arts. 9 - 14 Código Civil; 406 - 410 CPCM):

        A) HECHOS:

1) Nacimiento del incapaz;

2) Relación causal de incapacidad;

3) Relación experto causal de incapacidad;

4) Motivo diligencias (interesados);

5) Bienes del incapaz; y

6) Necesidad de tutor o interventor provisional (motivos bastantes).

        B) PETICIÓN:

B.1DE TRÁMITE:

a) Admisión de diligencias voluntarias de incapacidad o interdicción.        

              b) Reconocimiento judicial.

              c) Designación de expertos.

              d) Examen médico.

              e) Designación interventor provisional (en su caso).

              f) Medidas de seguridad.

          B.2 DE FONDO:

          Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de incapacidad o interdicción promovidas por (...)                        b) En consecuencia:                     - La incapacidad de (...)

- Nombramiento de persona que se encargará del incapaz y de sus bienes; cese de intervención provisional.

- Anotación partida de nacimiento, inscripciones Registro General de la Propiedad y Registro Mercantil (datos registrales) (...)

- Que, a mi costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final.

II.9 ADOPCIÓN (Arts. 228 Código Civil; 48 – 55 Ley Adopciones; 2 Ley Tribunales de Familia):

A) HECHOS:

1) Hecho del nacimiento;

Page 14: JUICIOS CIVILES

2) Deseo de adopción;

3) Relación consentimiento expreso de padres, tutores;

4) Bienes (inventario) del menor.

5) Dictamen de Autoridad Central (Arts. 10 y 48 Ley Adopciones).

        B) PETICIÓN:

          B.1 DE TRÁMITE:

              a) Admisión de diligencias voluntarias de adopción.

              b) Informe socioeconómico (Art. 14 LTF).

        B.2 DE FONDO:

              Que al resolver se declare:

a) Con lugar las diligencias voluntarias de adopción promovidas por (...)              b) En consecuencia:     - Se autoriza a (...) para que tome como hijo propio a (...), quien es hijode (...)

- Se ordena faccionar acta de inventario de bienes del menor (…)

- Que, a nuestra costa y con las formalidades de ley, se extienda certificación de la resolución final, para los fines del registro correspondiente.        

II.10 DIVORCIO/SEPARACIÓN (Arts. 153 - 172 Código Civil; 426 - 433 CPCM; 2 LTF):

          A) HECHOS:

1) Matrimonio Civil;

2) Procreación de hijos;

3) Bienes adquiridos-aportados; no bienes;

4) Deseo de disolver el matrimonio civil por mutuo acuerdo.

            5) Proyecto de bases de divorcio o separación.

        B) PETICIÓN:

    B.1 DE TRÁMITE:

a) Admisión para su trámite, en la vía voluntaria, la presente demanda de divorcio o separación.

b) Señalamiento de audiencia para junta conciliatoria, citando a las partes para que comparezcan asistidas de sus abogados.

c) Suspensión de la vida en común.

Page 15: JUICIOS CIVILES

              d) Fijación de pensión alimenticia provisional.

e) Aprobación de proyecto de bases de divorcio o separación.

        B.2 DE SENTENCIA:

          Que al resolver se declare:

a) Con lugar la demanda voluntaria de divorcio o separación planteada por (...)                            b) En consecuencia:     - Modificación o disolución vínculo conyugal (con o sin limitación para la mujer).

- Guarda y custodia de los hijos menores o incapaces.

                - Pensión alimenticia para los hijos o incapaces.

- Pensión alimenticia de cónyuge o ex-cónyuge, o renuncia a la misma.

                - Garantía para responder por alimentos.

                - Liquidación de bienes (en su caso).

                - No hay especial condena en costas.      

c) Que, al estar firme el fallo, se compulse certificación al Registro Civil de (...), para los efectos de cancelar la                   partida de matrimonio número (...)

PROCESOS SUCESORIOS

I. PROCESO SUCESORIO TESTAMENTARIO (Arts. 450 - 459 y 460 - 466 CPCM; 934 -     976 Código Civil):

  I.1 SOLICITUD INICIAL: Arts. 27, 61, 62, 63, 450 y 460 CPCM.

ENCABEZAMIENTO O INTRODUCCIÓN:

1) Designación del respectivo juzgado o tribunal (Art. 61, inciso 1º, CPCM).

      2) Individualización del solicitante (Art. 61, inciso 2º, CPCM).

      3) Acreditación de personería (Art. 45 CPCM).

4) Postulación (Art. 50 CPCM) y lugar para recibir notificaciones (Art. 79 CPCM).

      5) Objeto o naturaleza de la solicitud.

PROPOSICIÓN:

1) Relación de hechos en forma concreta, clara, lógica, precisa y cronológica (Art. 61, inciso 3º, CPCM):

          - Defunción.          - Relación de parentesco (o interés).          - Disposición testamentaria.          - Nombramiento de albacea.

Page 16: JUICIOS CIVILES

- Nombramiento de administrador de la mortual (Arts. 460, 505, 506, 507, 508 y 509 CPCM).

        2) Proposición de medios de prueba (Art. 128 CPCM):

          - Certificación de partida de defunción.          - Certificaciones de partidas de matrimonio y nacimiento de hijos.

- Testimonio de escritura pública que documenta el testamento, debidamente razonado por el registro público respectivo.

3) Fundamento Derecho: Doctrina, jurisprudencia, Constitución y leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM).

PETICIÓN:

        Clara y precisa (Arts. 61, inciso 6º, CPCM).

        A) DE TRÁMITE:

          1. Incorporación de memorial y documentos acompañados.

2. Reconocimiento de personería y devolución de credencial.          3. Postulación y lugar para recibir notificaciones.          4. Admisión de solicitud.          5. Proposiciónde medios de prueba.          6. Señalamiento de audiencia para junta de herederos.          7. Publicación de edictos (en su caso).          8. Recabar informes del Registro General de la Propiedad.

9. Aviso al Registro de Procesos Sucesorios (Secretaría de la Corte Suprema de Justicia).

10. Designación de administrador o representante de la mortual.        11. Audiencia a la Procuraduría General de la Nación.

        B) DE FONDO (genérica, específica y accesoria):

          Que al resolver se declare:

1) Con lugar la radicación del proceso sucesorio testamentario de (...), promovida por (...)

          2) En consecuencia:

a) Válido y legítimo el testamento otorgado por (...) en escritura pública número (...)

b) Herederos testamentarios del causante (...) a (...), en todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones.

              c) Legatarios del causante (...) a (...) en lo siguiente: (...)

3) Que se extienda certificación del auto respectivo, a mi costa y con las formalidades de

Page 17: JUICIOS CIVILES

ley.

PARTE FINAL:

Cita de leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM), constancia de número de copias que se adjuntan (Art. 63 CPCM), lugar y fecha (Art. 61, inciso 7º, CPCM), salvados (Art. 159 LOJ), firmas del solicitante y/o del abogado patrocinante (Art. 61, inciso 8º, CPCM) y timbre forense (Art. 3, numeral I, LTFN).

I.2 AUTO DECLARATORIO DE HEREDEROS TESTAMENTARIOS (Arts. 26 CPCM y 143 LOJ).

      A) ENCABEZAMIENTO:

          a) Identificación del expediente.

          b) Identificación del respectivo juzgado o tribunal.

          c) Lugar y fecha.

d) Objeto: Se tiene a la vista para resolver el Proceso Sucesorio Testamentario de (...) promovido por (...); y

      B) RAZONAMIENTO:

CONSIDERANDOS (Premisa mayor, premisa menor y conclusión).

          CITA DE LEYES: Fundamento legal.

      C) PARTE RESOLUTIVA:

POR TANTO: Este Juzgado (o Tribunal), con base en lo considerado, leyes y artículos citados y en lo que disponen los artículos 141, 142 y 143 LOJ, al resolver, DECLARA:

I. Con lugar la radicación del Proceso Sucesorio Testamentario de (...), promovido por (...);

          II. Consecuencia:

a) Válido y legítimo el testamento otorgado por (...) en escritura pública número (...)

b) Herederos testamentarios del causante (...) a (...), en todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones.

              c) Legatarios del causante (...) a (...) en lo siguiente: (...)

          III. Certificación.

          Salvados.

D) SUSCRIPCIÓN:

Firmas del Juez y Secretario.

II. PROCESO SUCESORIO INTESTADO (Arts. 450 - 459 y 478 - 481 CPCM; 1068-1084 Código Civil):

II.1 SOLICITUD INICIAL: Arts. 27, 61, 62, 63, 450 y 478 CPCM.

ENCABEZAMIENTO O INTRODUCCIÓN:

Page 18: JUICIOS CIVILES

1. Designación del respectivo juzgado o tribunal (Art. 61, inciso             1º, CPCM).

        2. Individualización del solicitante (Art. 61, inciso 2º, CPCM).

        3. Acreditación de personería (Art. 45 CPCM).

4. Postulación (Art. 50 CPCM) y lugar para recibir notificaciones (Art. 79 CPCM).

        5. Objeto o naturaleza de la solicitud.

PROPOSICIÓN:

A) Relación de hechos en forma concreta, clara, lógica, precisa y cronológica (Art. 61, inciso 3º, CPCM):

          1) Defunción.

  2) Relación de parentesco (o interés).

          3) Hecho de no haber otorgado testamento o donación mortis causa.

4) Nombramiento de administrador de la mortual (Arts. 460, 505, 506, 507, 508 y 509 CPCM).

        B) Proposición de mediosde prueba (Art. 128 CPCM):

            1) Certificación de partida de defunción.            2) Certificaciones de partidas de matrimonio y nacimiento de hijos.

C) Fundamento Derecho: Doctrina, jurisprudencia, Constitución y leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM).

PETICIÓN:

        Clara y precisa (Arts. 61, inciso 6º, CPCM).

        A) DE TRÁMITE:

            1. Incorporación de memorial y documentos acompañados.            2. Reconocimiento de personería y devolución de credencial.            3. Postulación y lugar para recibir notificaciones.            4. Admisión de solicitud.            5. Proposición de medios de prueba.            6. Señalamiento de audiencia para junta de herederos.            7. Publicación de edictos (en su caso).            8. Recabar informes del Registro General de la Propiedad.

9. Aviso al Registro de Procesos Sucesorios (Secretaría de la   Corte Suprema de Justicia).

10. Designación de administrador o representante de la mortual.         

Page 19: JUICIOS CIVILES

11. Audiencia a la Procuraduría General de la Nación.

        B) DE FONDO (genérica, específica y accesoria):

          Que al resolver se declare:

1) Con lugar la radicación del proceso sucesorio intestado de (...), promovida por (...)

          2) En consecuencia:

Herederos ab-intestato del causante (...) a (...), en todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho.

3) Que se extienda certificación del auto respectivo, a mi costa y con las formalidades de ley.

PARTE FINAL:

Cita de leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM), constancia de número de copias que se adjuntan (Art. 63 CPCM), lugar y fecha (Art. 61, inciso 7º, CPCM), salvados (Art. 159 LOJ), firmas del solicitante y/o del abogado patrocinante (Art.61, inciso 8º, CPCM) y timbre forense (Art. 3, numeral I, LTFN).

II.2 AUTO DECLARATORIO DE HEREDEROS AB-INTESTATO (Arts. 26 CPCM y 143 LOJ).

        A) ENCABEZAMIENTO:

          a) Identificación del expediente.          b) Identificación del respectivo juzgado o tribunal.          c) Lugar y fecha.

d) Objeto: Se tiene a la vista para resolver el Proceso Sucesorio Intestado de (...) promovido por (...) ; y

        B) RAZONAMIENTO:

CONSIDERANDOS (Premisa mayor, premisa menor y conclusión).

          CITA DE LEYES: Fundamento legal.

        C) PARTE RESOLUTIVA:

POR TANTO: Este Juzgado (o Tribunal), con base en lo considerado, leyes y artículos citados y en lo que disponen los artículos 141, 142 y 143 LOJ, al resolver, DECLARA:

I. Con lugar la radicación del Proceso Sucesorio Intestado de (...), promovido por (...) ;

          II. Consecuencia:

Herederos ab-intestato del causante (...) a (...), en todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho.

          III. Certificación.    

          Salvados.

        D) SUSCRIPCIÓN:

          Firmas del Juez y Secretario.

Page 20: JUICIOS CIVILES

III. PROCESO SUCESORIO VACANTE (Arts. 1074 Código Civil; 450 - 459 y 482 - 487 CPCM; 52, 53, 54, 55, 56 y 57 de la Ley de Herencias, Legados y Donaciones).

    III.1 SOLICITUD INICIAL: Arts. 27, 61, 62, 63, 450 y 482 CPCM.

ENCABEZAMIENTO O INTRODUCCIÓN:

1. Designación del respectivo juzgado o tribunal (Art. 61, inciso             1º, CPCM).

        2. Individualización del solicitante (Art. 61, inciso 2º, CPCM).

        3. Acreditación de personería (Art. 45 CPCM).

4. Postulación (Art. 50 CPCM) y lugar para recibir notificaciones (Art. 79 CPCM).

        5. Objeto o naturaleza de lasolicitud.

PROPOSICIÓN:

A) Relación de hechos en forma concreta, clara, lógica, precisa y cronológica (Art. 61, inciso 3º, CPCM):

          1) Defunción.          2) Hecho de no haber otorgado testamento o donación mortis causa.          3) Herencia vacante.          4) Interés.

5) Nombramiento de administrador de la mortual (Arts. 460, 505, 506, 507, 508 y 509 CPCM).          6) Descripción de bienes.

        B) Proposición de medios de prueba (Art. 128 CPCM):

            1) Certificación de partida de defunción.            2) Certificación del Registro General de la Propiedad.            3) Constancias e informes.

C) Fundamento Derecho: Doctrina, jurisprudencia, Constitución y leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM).

PETICIÓN:

        Clara y precisa (Arts. 61, inciso 6º, CPCM).

        A) DE TRÁMITE:

            1. Incorporación de memorial y documentos acompañados.

Page 21: JUICIOS CIVILES

            2. Reconocimiento de personería y devolución de credencial.

            3. Postulación y lugar para recibir notificaciones.

            4. Admisión de solicitud.

            5. Proposición de medios de prueba.

            6. Señalamiento de audiencia para junta de interesados.

            7. Publicación de edictos (en su caso).

            8. Recabar informes del Registro General de la Propiedad.

9. Aviso al Registro de Procesos Sucesorios (Secretaría de la Corte Suprema de Justicia).

10. Designación de administrador o representante de la mortual.          11. Audiencia a la Procuraduría General de la Nación.

        B) DE FONDO (genérica, específica y accesoria):

          Que al resolver se declare:

1) Con lugar la radicación del proceso sucesorio vacante de (...), promovida por (...)

          2) En consecuencia:

Adjudicacióna _____, en todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones del causante, como herederos ab-intestato, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho.

3) Que se extienda certificación del auto respectivo, a mi costa y con las formalidades de ley.

PARTE FINAL:

Cita de leyes (Art. 61, inciso 4º, CPCM), constancia de número de copias que se adjuntan (Art. 63 CPCM), lugar y fecha (Art. 61, inciso 7º, CPCM), salvados (Art. 159 LOJ), firmas del solicitante y/o del abogado patrocinante (Art. 61, inciso 8º, CPCM) y timbre forense (Art. 3, numeral I, LTFN).

III.2 AUTO DECLARATORIO DE HERENCIA VACANTE (Arts. 26 CPCM y 143 LOJ).

        A) ENCABEZAMIENTO:

          a) Identificación del expediente.

          b) Identificación del respectivo juzgado o tribunal.

          c) Lugar y fecha.

d) Objeto: Se tiene a la vista para resolver el Proceso Sucesorio Vacante de (...) promovido por (...) ; y

        B) RAZONAMIENTO:

CONSIDERANDOS (Premisa mayor, premisa menor y conclusión).

          CITA DE LEYES: Fundamento legal.

Page 22: JUICIOS CIVILES

        C) PARTE RESOLUTIVA:

POR TANTO: Este Juzgado (o Tribunal), con base en lo considerado, leyes y artículos citados y en lo que disponen los artículos 141, 142 y 143 LOJ, al resolver, DECLARA:

I. Con lugar la radicación del Proceso Sucesorio Vacante de (...), promovido por (...) ;

          II. Consecuencia:

              II.1 Vacante la herencia de (...)

II.2 Adjudicación a (...), en todos sus bienes,                                         derechos, acciones y obligaciones del causante, como herederos ab-intestato, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho.

          III. Certificación.    

          Salvados.

        D) SUSCRIPCIÓN:

          Firmas del Juez y Secretario