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MANUAL DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
En cumplimiento de: Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995)
Reforma del marco normativo (Llei 54/2003) Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997)
OHSAS 18001:2007
Institut Investigació Biomèdica de Bellvitge (IDIBELL) Tercera Planta. Hospital Duran i Reynals
Hospitalet de Llobregat, 08907 Tel : 93 260 77 75 Fax : 93 260 77 76 NIF: G58863317 www. idibell.cat
APROVADO: DOCUMENTO: SPP‐DOC‐030 FECHA: 30‐marzo‐2012 REVISIÓN: V1
0.0. HISTÓRICO DE DOCUMENTOS ANTERIORES RELACIONADOS
DOC.versión FECHA Plan de Prevención
VERSIÓN 00 2006 Creación del Plan de Prevención de IDIBELL en base al Plan de Prevención del Institut de Recerca Oncológica (IRO) No existe en un único documento.
VERSIÓN 01 Dic‐2009 Adecuación del Plan de Prevención por creación del Servicio de Prevención Propio de IDIBELL en Febrero de 2010. No existe en un único documento.
SGP‐DOC‐001.V2 13/01/2011 Adaptación del Plan de Prevención al formato OHSA, como mejora ante la auditoriareglamentaria de febrero de 2011: prueba del inicio de trabajo en sistema OHSA desde Noviembre de 2010.
DOC.versión FECHA Manual de Gestión de la Prevención
SGP‐DOC‐052.V1 13/01/2011 Creación del documento: Manual del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales de IDIBELL, en formato OHSA, como mejora ante auditoria: prueba del inicio de trabajo en sistema OHSA desde Noviembre de 2010.
0.1 MANUAL DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
DOC.versión FECHA Modificación del Manual de Gestión de la Seguridad y la Salud en el trabajo
SPP‐DOC‐030.V1 23/03/2012
Elaboración del “Manual de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo” de acuerdo con Sistema OHSA de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales y en el que se integra el Plan de Prevención , con la Estructura organizativa, los Procesos, los Procedimientos, las Prácticas, las Responsabilidades y Funciones y el antiguo Manual de Gestión de la Prevención . A partir de ahora el Manual de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo constituye el único documento guía de la gestión de la prevención de riesgos laborales en IDIBELL.
0.2. APROBACIÓN DEL MANUAL DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
REALIZACIÓN REVISIÓN REVISIÓN APROBACIÓN
NOMBRE:
Milagro González‐Garrigues
Thais Ferré Lillo
Jordi Morató Bullido
Emiliá Pola Robles
FUNCIÓN: Responsable de Prevención
Coordinadora del SPA
Director Comunicació
Director General
FECHA:
30 de marzo de 2012
30 de Marzo de 2012
30 marzo 2012
30 de marzo de 2012
FIRMA:
3
INDICE Y CONTENIDOS DEL MANUAL DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
INTRODUCCIÓN
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN…………………………………………………………………………………….....pág 5
POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRADA: Política de seguridad y salud en el trabajo .…………………..pág 5
DESARROLLO DEL MANUAL:
EL PLAN DE PREVENCIÓN: OBJETIVOS DEL PLAN……………………………………………………………………..pág 6
INCLUSIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN EN EL MANUAL: ELABORACIÓN, APROBACIÓN , ENTREGA y DIFUSIÓN…………………………………………………………………………………………………………………………………pág 6
DESCRIPCIÓN DEL IDIBELL, SUS PARTICULARIDADES
LA ACTIVIDAD…………………………………………………………………………………………………………………………...pág 7
LA UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES…………………………………………………………………………………....pág 8
LAS PERSONAS Y SU UBICACIÓN………………………………………………………………………………………………pág 8
LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA PREVENCIÓN……………..pág 9
EL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN: ORGANIGRAMA, MISIÓN, VISIÓN Y VALORES……………….pág 10
RECURSOS PREVENTIVOS: EL SISTEMA TUTORIAL……………………………………………………………………..pág 13
RESPONSABILIDADES y FUNCIONES:
DEL PERSONAL EN GENERAL……………………………………………………………………………………………………..pág 14
DE LOS DEPARTAMENTOS…………………………………………………………………………………………………………pág 16
ESPECÍFICAS DE RRHH……………………………………………………………………………………………………………….pág 16
ESPECÍFICAS DE OTRI‐OSR…………………………………………………………………………………………………………pág 17
ESPECÍFICAS DE SERVEIS GENERALS………………………………………………………………………………………….pág 18
ESPECÍFICAS DE COMPRAS‐CONTRATACIÓN…………………………………………………………………………….pág 19
DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN ………………………………………………………………………………………pág 20
DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD …………………………………………………………………………………….pág 21
DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN……………………………………………………………………………………..pág 23
DE LA LINEA DE MANDO:
INVESTIGADORES, JEFES DE GRUPO, JEFES DE ÁREA, JEFES DE SERVICIOS
Y JEFES DE DEPARTAMENTOS. ………………………………………………………………………………………………….pág 25
RESPONSABLE DE PREVENCIÓN…………………………………………………………………………………………….…pág 27
DE LA DIRECCIÓN DE IDIBELL:
LA DIRECCIÓN GENERAL……………………………………………………………………………………………………………..pág 29
LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN………………………………………………………………………………………………………..pág 29
LA DIRECCIÓN CIENTÍFICA…………………………………………………………………………………………………………..pág 30
4
PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS:
‐MAPA DE PROCESOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN ..............................pág 31
LOS OBJETIVOS y LA PLANIFICACIÓN PREVENTIVA……………………………………………………….…pág 31
LA EVALUACIÓN DE RIESGOS.…………………………………………………………………………………….…..pág 32 Control de los riesgos:
Normas de obligado cumplimiento…………………………………………………………………………………..pág 33
Control del riesgo biológico……………………………………………………………………………………………..pág 33
Control del riesgo químico………………………………………………………………………………………………..pág 35
Control del riesgo de radiaciones……………………………………………………………………………………..pág 35
LA COORDINACIÓN DE EMPRESAS…………………………………………………………………………………….pág 36
LA FORMACIÓN E INFORMACIÓN : Formación de los trabajadores a su incorporación: La reunión inicial……………………………..pág 37
Formación planificada y continuada de los trabajadores…………………………………..……………pág 38
La Comunicación de la Información y su accesibilidad a los
trabajadores………………………………………………………………………………………………………………………pág 39
El CONTROL OPERACIONAL: INDICADORES DEL SGPRL……………...........................................pág 41 LAS EMERGENCIAS La actuación ante emergencias y el Plan de emergencias………………………………………….……….pág 41
LA CONSULTA ‐PARTICIPACIÓN……………………………………………………………………………………….....pág 42
GESTIÓN DE EPIS Y COLECTIVOS:…………………………………………………………………………………….....pág 43 Compras‐ Contratación: Compra de Equipos y Productos……………………………………………..…...pág 44
Medidas de Seguridad realizadas en las dependencias …………………………………………………..…..pág 44
Mantenimiento de los Equipos e Instalaciones: Servicios Generales………………………….………..pág 46
LA VIGILANCIA DE LA SALUD……………………………………………………………………………………………….pág 48
PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE…………………………………………………………………………………pág 49
LA INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES………………………………………………………………………………pág 51 Estudio de la siniestralidad……………………………………………………………………………………………………pág 52 MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS ……………………………………………………………………………pág 52 INFORMES ANUALES DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN:……………………………………………….pág 53 Informe anual a Dirección Planificación Preventiva Informe de accidentabilidad Informe económico
5
INTRODUCCIÓN
“La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales...” (Artículo 16 Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
“Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan.” (Artículo 16 Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
En cumplimiento del Artículo 16 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales: El Manual de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo en IDIBELL elaborado conforme a las Normas OHSAS 18001:2007, integra el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de IDIBELL, con la estructura organizativa, las responsabilidades y funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos, y los recursos necesarios para la realización de la prevención en IDIBELL.
COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN
La Dirección de IDIBELL está totalmente comprometida en el desarrollo y mejora
del SGPRL de Ia Institución mediante:
La comunicación a toda la organitzación de la importancia de satisfacer
tanto los requisitos legales y reglamentarios como otros compromisos
subscritos.
El establecimiento de la política y los objetivos del sistema de gestión de
la prevención, definidos anualmente.
Las revisiones por la Dirección del sistema de gestión.
Asegurando la disponibilidad de los recursos necesarios.
POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRADA: la Política de Seguridad y Salud
La Política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) del IDIBELL fue definida por
la Dirección en 2006, cuando IDIBELL aún era una Institución con menos de
100 personas. En diciembre de 2009 , la Política de SST fue revisada por la
Dirección con motivo de la adecuación del Plan de Prevención a la nueva
organización estructural (modalidad preventiva) que iba a producirse: la
creación del Servicio de Prevención Propio en Febrero de 2010, momento en
que la política y el resto de documentos fundamentales de la gestión de la
prevención de IDIBELL, aplicando la Política de Gestión de la Institución se
tradujeron a los tres idiomas oficiales de IDIBELL: catalán, castellano e inglés.
6
Desde 2011 IDIBELL apuesta por una Política de Gestión Integrada basada en
la mejora contínua de sus procesos, en el desarrollo de sus profesionales y en
la transferencia de los resultados de su investigación a la mejora de la salud de
las personas.
Esta Política de Gestión Integrada en lo que se refiere a la Gestión de los
Riesgos Laborales se propone:
Reforzar la implementación del Plan de Prevención de Riesgos
Laborales,
Prevenir los daños y el deterioro de la salud,
Cumplir los compromisos legales y Facilitar el cumplimiento de las
OHSAS18001:2007
DESARROLLO DEL MANUAL:
El Plan de Prevención: objetivos del Plan
Los objetivos del Plan de Prevención del IDIBELL son:
Promoción de la cultura preventiva en toda la jerarquía y en todos los
ámbitos.
Integración de la prevención de riesgos en toda la jerarquía y en todas las
actividades.
Proporcionar al IDIBELL procedimientos para poner en práctica las metas y
objetivos vinculados a su política de prevención, y también para
comprobar y evaluar el grado de cumplimiento en la práctica.
Cumplimiento de los requisitos legales y normativos relativos a la ley de
prevención de riesgos laborales.
Promoción de la mejora continua que aumenta y garantiza la calidad de
vida laboral
Inclusión del Plan de Prevención en el Manual de Gestion de la
Seguridad y la Salud en el trabajo: elaboración, aprobación, entrega y
difusión.
“Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura
organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los
procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción
de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que
reglamentariamente se establezcan.” (Artículo 16 Ley 31/95 de Prevención de
Riesgos Laborales)
La gestión documental relacionada con la Prevención de Riesgos Laborales en
el IDIBELL sigue las directrices marcadas por la OHSAS 18001:2007.
7
Los documentos que componen el Sistema de Gestión de la Prevención de
Riesgos Laborales (SGPRL) en IDIBELL son:
EL Manual de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en el que está
incluido el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, los Procedimientos
Generales del Sistema (PGS) , los Procedimientos Normalizados de Trabajo
(PNT), los Documentos (DOCS), los Formularios (FOR),y los Registros.
Este Manual de la Gestión de la Seguridad y la Salud en el trabajo incluye
modificaciones que han sido consideradas oportunas respecto a las versiones
anteriores del Plan de Prevención y que han sido revisadas por los Delegados
de Prevención. Una vez aprobado, la Responsable de Prevención entrega
personalmente la documentación correspondiente al Manual de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo , a la Dirección, a los Delegados y al CSS .
“La existencia de un Plan de Prevención debe ser conocida por todo el personal
de la empresa, de manera que toda persona afectada por un procedimiento o
por una disposición descrita en él debe tener acceso al mismo, para ello el Plan
se distribuirá a todos los destinatarios utilizando los cauces establecidos” :
La existencia, composición y ubicación del Manual de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo, en el que está integrado el Plan de Prevención, estará a
disposición de todos los trabajadores en el apartado de Salud Laboral y
Prevención en la intranet de IDIBELL, explicándose en la Reunión Inicial de
Prevención a la que asisten los trabajadores, cuando se incorporan a la
Institución y que se recuerda utilizando los canales de comunicación de la
Institución.
DESCRIPCIÓN DEL IDIBELL, SUS PARTICULARIDADES
‐ La actividad
El Institut d’Investigació Biomèdica de Bellvitge (IDIBELL) es un centro de
investigación en medicina celular, donde la investigación básica de alto nivel
está al servicio de preguntas clínicas relevantes y del desarrollo económico.
Desarrolla por lo tanto una actividad de investigación biomédica, cuyos riesgos
están incluidos en el Anexo‐1 del RD 39/97).
El IDIBELL es una fundación creada el año 2004, a partir de la fusión de diversas
entidades de investigación, cuyos socios son el Hospital Universitari de
Bellvitge (HUB) del Institut Català de la Salut, el Institut Català d’Oncologia
(ICO) y la Universitat de Barcelona (UB).
Desde su nacimiento, especialmente a partir del año 2006, el IDIBELL ha
crecido considerablemente, tanto en número de personas como en
equipamientos e instalaciones.
8
En marzo de 2009, IDIBELL pasa a ser uno de los ocho centros de investigación
españoles acreditados como Instituto de Investigación Sanitaria por el Instituto
de Salud Carlos III.
En marzo de 2009, IDIBELL pasa a ser uno de los Centros españoles de
investigación, acreditados como Instituto de Investigación Sanitaria por el
Instituto de Salud Carlos III, habiendo llegado en la actualidad, a ser uno de los
115 Centros de investigación mejor valorados del mundo, gracias al nivel y la
producción cientifica realizada por sus investigadores.
‐ La ubicación de las instalaciones
El IDIBELL esta situado en el municipio de L’Hospitalet de Llobregat, al sur de
Barcelona, integrado en el Parc de Salut de l’Hospitalet y Biopol’H.
El IDIBELL tiene el encargo por parte de sus socios de gestionar la actividad de
investigación de los profesionales de las instituciones sanitarias y universitarias
del campus de Bellvitge. En este sentido, se llevan a cabo actividades de
investigación en diversos espacios del Hospital Universitario de Bellvitge, en los
edificios del campus Bellvitge de la Universitat de Barcelona y en el Hospital
Duran i Reynals (ICO). A pesar de ello, el IDIBELL sólo gestiona directamente
algunos espacios situados en el Hospital Duran i Reynals y en edificios anexos
al Hospital Universitari de Bellvitge.
La mayoría de las dependencias del IDIBELL se encuentran en la tercera planta
del Hospital Duran i Reynals. En este espacio se encuentran diversos
laboratorios de investigación (Epigenética, Oncología Molecular y Genética
Molecular) el Centro de Diagnóstico Molecular, diversas plataformas
tecnológicas (Genómica y Citómica, y Estabulario), el Servicio Central de
Lavado y Esterilización, la dirección y todos los departamentos de
Administración y Gestión excepto la OSR‐OTRI.
Junto al Hospital Universitario de Bellvitge existe un reducido número de
dependencias del IDIBELL: el módulo del Biobanco y, en el edifici de recerca, la
OSR‐OTRI y la UCICEC.
‐ Las personas y su ubicación
La investigación biomédica desarrollada en el IDIBELL requiere la existencia de
personas totalmente formadas y capacitadas en la actividad investigadora que
van a desarrollar y autorizadas para las actividades para las que existe
9
obligación legal al respecto, de modo que el personal susceptible de estar
expuesto a los riesgos fundamentales del IDIBELL, incluidos en el Anexo I del
RD39/97 de Reglamento de los Servicios de Prevención, consiste en
licenciados y doctores, así como personal técnico especializado en diferentes
ámbitos de la biomedicina, y que realizan actividades para las que están
totalmente formados y capacitados.
Así pues, encontramos en el IDIBELL un equipo humano integrado por unos
500 trabajadores, entre los que se encuentran personal investigador (senior,
postdoctoral y predoctoral), y personal técnico que realizan actividades de
investigación en biomedicina, además de personal administrativo y de gestión.
También pueden encontrarse en las dependencias del IDIBELL investigadores
adscritos y estudiantes en prácticas de diferentes centros universitarios
nacionales o extranjeros, colaboradores de otros centros de investigación
nacionales o extranjeros y personal subcontratado a empresas externas para la
realización de trabajos diversos a nivel de servicios generales (carpintería,
traslado de materiales, limpieza etc.).
El trabajo realizado por el personal contratado por el IDIBELL se lleva a cabo
fundamentalmente en las dependencias del instituto. Sin embargo, es posible
que exista personal contratado por la institución en cualquiera de las
instalaciones del campus de Bellvitge, siendo una característica del IDIBELL la
posibilidad de que sus trabajadores puedan llevar a cabo su actividad
investigadora en espacios no pertenecientes al Instituto e incluso estar
adscritos en grupos de investigación liderados por profesionales de otras
Instituciones.
‐ La organización de recursos: estructura organizativa de la prevención
En cumplimiento del RD 39/97 del Reglamento de los Servicios de Prevención,
para el desarrollo de la Acción Preventiva, el IDIBELL constituyó el 5 de febrero
de 2010 un Servicio de Prevención Propio (SPP‐DOC‐008‐acta de constitución).
La modalidad de organización de la prevención del IDIBELL está descrita en un
documento específico (modalidad organizativa, SPP‐DOC‐007), según el cual el
IDIBELL asume las especialidades de Seguridad Laboral y Ergonomía‐
Psicosociología en la persona del responsable de Prevención de la institución.
Las especialidades de Higiene Industrial y Vigilancia de la Salud las asume un
Servicio de Prevención Ajeno (SPA) que, coordinado por la persona
responsable de Prevención de IDIBELL, también lleva a cabo las evaluaciones
de riesgos, sesiones formativas y demás actividades preventivas de las
especialidades asumidas por el IDIBELL.
10
El Departamento de Prevención: organigrama, misión, visión y valores
El Departamento de Prevención de IDIBELL depende funcionalmente de la
Dirección de Gestión y se ubica dentro del área de Administración:
11
En 2006, el IDIBELL apostó por un modelo centralizado de atención de los
Servicios Generales e Infraestructuras de la institución unido a la Coordinación
de la Prevención de todos los trabajadores creando el Departamento de
Coordinación Técnica y Prevención (denominado a partir de 2009 Servicios
Generales y Prevención), cuyo responsable era el trabajador designado para la
planificación, coordinación y ejecución de las actividades de la prevención en
el IDIBELL con las funciones específicas del recurso preventivo de la empresa.
Este trabajador contaba con el soporte de un Servicio de Prevención Ajeno
para llevar a cabo la gestión de la Prevención (Responsabilidades del
coordinador del SGPRL. 2007‐2008)
Esta figura (coordinador Técnico y de Prevención) es la que aparece en el acta
de constitución del Servicio de Prevención Propio de IDIBELL (SPP‐DOC‐008), y
en el documento de la Modalidad Organizativa de la prevención de IDIBELL
(SPP‐DOC‐007) realizado cuando se creó el Servicio de Prevención Propio, en
febrero de 2010 (Responsabilidades del coordinador del SGPRL 2009‐2010)
A la vez que se velaba por la aplicación de la prevención en todos los niveles de
la institución, este Departamento aseguraba la puesta en marcha inmediata de
las medidas preventivas sugeridas en las evaluaciones de riesgo realizadas y la
supervisión del mantenimiento tanto de las instalaciones como de los equipos.
En marzo de 2011, la Dirección procedió a la separación de estos
departamentos, quedando por un lado el de Servicios Generales y por otro el
Departamento de Prevención, nombre que recibe en IDIBELL la unidad
específica en la que se encuentra el Servicio de Prevención Propio (SPP) del
IDIBELL (SPP) .
Desde 2011, , siguiendo la política del sistema integrado de gestión de la
institución, el Departamento de Prevención de IDIBELL se inicia en el sistema
de gestión OHSAS 18001:2007, contando con el asesoramiento del
Departamento de Calidad para alcanzar el cumplimiento de este sistema de
gestión de la seguridad y la salud en el trabajo.
El Departamento de Prevención depende funcionalmente del director de
Gestión, que además es presidente del Comité de Seguridad y Salud, que tiene
el siguiente organigrama:
12
Assessoria de qualitat
Servei de Prevenció Aliè (SPA)
Comitè de Seguretat i Salud I (CSS)
DEPARTAMENT DE PREVENCIO
Responsable del Departament =
Responsable Servei de Prevenció =
= Coordinador de Prevenció =
= Treballador Designat per la Prevenció
Tècnic Prevenció= Administratiu
QUALITAT IDIBELL
ORGANIGRAMA DEPARTAMENT DE PREVENCIÓ
Direcció Gestió IDIBELL
President CSS
La política del Departamento de Prevención define su misión, visión y valores:
MISIÓN
Proporcionar y mantener un ambient de trabajo seguro, cumpliendo con la
legislación vigente, procurando eliminar cualquier peligro que pueda traducirse
en daños a la seguridad y salud del personal, y facilitando el cumplimiento de la
norma OHSAS 18001:2007
VISIÓN
Convertinos en un Servicio de Prevención referente en el ámbito de la
investigación biomédica
VALORES
‐ Formación màxima en Prevención.
‐ Amplia experiencia en el ámbito de la investigación biomèdica.
‐ Implicación del personal.
‐ Capacidad de negociación para la solución de conflictos.
‐ Proactividad y voluntad de mejora.
13
‐Recursos preventivos: el sistema tutorial
Ninguna de las actividades de investigación biomédica que se llevan a cabo en
IDIBELL requieren la presencia de recursos preventivos específicos tal y como
establece La Ley 54/2003, de modificación del marco normativo de la LPRL
31/95 en su artículo 32 teniendo en cuenta:
Que el personal IDIBELL que realiza actividades de investigación en
biomedicina dispone de suficiente formación y cualificación como para
responsabilizarse de las actividades que lleva a cabo.
Que la actividad de investigación realizada en IDIBELL está regulada
por diferentes normativas específicas para su desarrollo.
Sin embargo, desde la creación del IDIBELL existe un trabajador designado
entre cuyas funciones están las que corresponden a las de un recurso
preventivo, y que se corresponde con el responsable de prevención. Además
la Institución cuenta con un sistema tutorial según el cual:
Siempre que un nuevo trabajador se incorpora, se le asigna por parte
de su responsable otra persona que le hace de tutor, mientras logra
conocer correctamente el edificio y las diferentes
instalaciones,además de las normas de funcionamiento específicas a
cada área.
Lo mismo ocurre cuando se incorpora a un grupo de investigación, un
estudiante, un visitante, o un colaborador tanto español, como de
otros países.
Todas estas personas están identificadas en RRHH de IDIBELL que
informa de las mismas al Departamento de Prevención , siendo esta la
fuente oficial de información a nivel de personal para el Departamento
de Prevención. En el caso de que el Departamento de Prevención
recibiera información sobre listados de personal por otras vías, lo
enviaría a RRHH para su verificación.
A medida que fue creciendo la institución, se hizo necesaria la mejora del
sistema tutorial existente hasta la fecha. Así, en 2009 se puso en marcha el
procedimiento de sistema de tutorias para Estudiantes (SPP‐PGS‐017) que
contempla la existencia de :
a) Tutores de visitas (SPP‐FOR‐010 ‐Tutor Visita) para aquellos
estudiantes que vienen a ver las instalaciones de IDIBELL acompañados
de profesionales de IDIBELL,
b) Tutores de estudiantes de bachillerato ( SPP‐FOR‐011 ‐Tutor Menores)
que vienen a instalaciones IDIBELL para llevar cabo un trabajo de
investigación que deberán entregar en el Instituto al que pertenecen al
finalizar el 2º año de Bachillerato.
14
A través de la cumplimentación del formulario específico (SPP‐FOR‐010, o el
SPP‐FOR‐011) queda constancia de la actividad que va a realizar el estudiante,
tiempo y lugar , así como la persona que hará de tutor, y que hace las
funciones de un recurso preventivo para el estudiante y que colabora con el
recurso preventivo de la empresa (el responsable de prevención).
Por último, en agosto de 2011, se creó el formulario (SPP‐FOR‐052) para
designación de un trabajador con función de recurso preventivo, cuando se
considerara necesario.
RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES
“La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de
gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades, como en todos
los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un
Plan de Prevención de riesgos laborales” (artículo 16, Ley 31/95 de Prevención
de Riesgos Laborales)
A continuación se reflejan las funciones y responsabilidades según el marco
legal de la Prevención de Riesgos Laborales, para todos los niveles jerárquicos
de IDIBELL (SPP‐DOC‐004, responsabilidades):
DEL PERSONAL EN GENERAL:
El personal en general, dispone de una serie de derechos establecidos en
diferentes artículos de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales:
Derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el
trabajo (Art.14.1).
Derecho a que el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud
no recaiga sobre los trabajadores (Art. 14.5).
Derecho a no ser destinado a una zona de riesgo grave y específico sin
haber sido informado adecuadamente (Art.15. 3).
Derecho a ser informado de forma directa e individualizada de los
riesgos específicos de su puesto de trabajo y de las medidas de
protección y prevención de dichos riesgos, así como de las medidas de
emergencia existentes (Art. 18.1).
Derecho a ser consultados y a participar en las cuestiones que afectan
a las condiciones de seguridad y salud (Art. 18.2).
Derecho a recibir formación en materia preventiva (Art.19).
15
Derecho a interrumpir la actividad y a abandonar el lugar de trabajo en
caso de riesgo grave e inminente (Art.21).
Derecho a la vigilancia periódica del estado de salud, con respeto a la
libertad, intimidad y dignidad de los trabajadores (Art.22).
Derecho a la protección específica de los trabajadores especialmente
sensibles a determinados riesgos (Art.25).
Protección de la maternidad. Derecho a que se adapten las condiciones
o el tiempo de trabajo a las necesidades de las trabajadoras
embarazadas o en situación de parto reciente (Art.26).
Protección a los menores (Art.27).
Protección de los trabajadores con contratos temporales o de los
contratos por empresas de trabajo temporal (Art.28).
En correspondencia a estos derechos, surgen unas obligaciones que cada
trabajador debe cumplir, y que están establecidas en el artículo 29 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales:
Velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las
medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su
propia salud en el trabajo y por la de aquellos compañeros a los que
pueda afectar su actividad profesional.
Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos
previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias
peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros
medios con los que desarrolle su actividad.
Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados
de acuerdo con las instrucciones recibidas.
No poner fuera de servicio y utilizar correctamente los dispositivos de
seguridad existentes.
Informar de inmediato a su superior y a los trabajadores designados,
acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la
seguridad y la salud de los trabajadores.
Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la
autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de
los trabajadores.
Cooperar para que ésta pueda garantizar unas condiciones de trabajo
que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de
los trabajadores.
En el caso de mujeres en situación de embarazo o parto reciente
colaboran con toda la linea de mando, comunicando su situación a la
empresa (Recursos Humanos) o al Departamento de Prevención, para
que se puedan adoptar las medidas adecuadas, que permitan llevar a
cabo el cumplimiento de la responsabilidad de Protección de la
maternidad, con la finalidad de asegurar su seguridad y salud. La
16
comunicación a los Delegados de Prevención es decisión de la
trabajadora embarazada.
“El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de
prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la
consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo
58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo
establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los
funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las
Administraciones públicas” (artículo 29 de la Ley 31/95 de Prevención )
DE LOS DEPARTAMENTOS: RRHH, OTRI‐OSR, SERVICIOS GENERALES, COMPRAS‐CONTRATACIÓN, CONTABILIDAD, INFORMÁTICA, DEL CONTROLLER FINANCIERO, DE CALIDAD Y DE COMUNICACIÓN. Además de las responsabilidades del Personal, que cada uno de los
trabajadores tiene de forma independiente, todos los integrantes de los
Departamentos , en general :
“Facilitan el cumplimiento por parte del empresario de la responsabilidad de
integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de
la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles
jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación del Plan de
Prevención de riesgos laborales” (artículo 16 Ley 31/95 de Prevención de
Riesgos Laborales).
A tal efecto,
Cooperan con el Responsable de Prevención (trabajador designado) en la
implantación del Sistema de Gestión de la Prevención (SGPRL) (artículos
31 y 32 de la de la Ley 31/95 de Prevención) , particularmente en los
procedimientos relativos a cada Departamento , y especificados en el
Plan de Prevención, y/o que impliquen al personal de la empresa (artículo
14 y capítulo IV de la Ley 31/95)
Facilitan al Servicio de Prevención el acceso a la información y
documentación relativa (artículos 18 y 23 de la mencionada Ley)
ESPECÍFICAS DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS (RRHH): RRHH Participa en el cumplimiento por parte del empresario de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales. RRHH conoce y hace cumplir la normativa
sobre:
17
Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos (selección y contratación de trabajadores sensibles o con
minusvalías) (artículo 25)
Protección de la maternidad, en mujeres en situación de embarazo o
parto reciente. (artículo 26)
Protección de los menores. (artículo 27)
Coordinación de actividades empresariales, muy especialmente cuando se
trata de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o
con riesgos especiales y en relaciones de trabajo a través de trabajo
temporal. (artículos 24 y 28)
Además es responsabilidad de RRHH:
Informar al Servicio de Prevención de cualquier incorporación, cambio, o
modificación en las funciones relativas a las personas, incluidas en el
ámbito de aplicación del Servicio de Prevención Propio de IDIBELL
(cumplimiento de los artículos 15 al 19 de la Ley 31/95 de Prevención ).
Participar en tramitación de atención sanitaria en la Mutua de Accidentes
de Trabajo (cumplimiento artículo 20 de la Ley 31/95 de Prevención).
Cooperar con el Servicio de Prevención Ajeno (SPA) facilitándole la
información que pueda ser solicitada por parte de este, muy
especialmente en lo que respecta a la vigilancia de la salud, bajas médicas,
y personal extremadamente sensible (embarazadas, menores,
minusvalías, etc). (cumplimiento artículo 39 del RD39/97 de Reglamento
de los Servicios de Prevención y artículo 10 de la ley 31/95 de Prevención
y Ley 14/1986 General de Sanidad )
Custodiar toda la documentación relativa a la Vigilancia de salud
(certificados de aptitud de los trabajadores) de los trabajadores (artículo
22 de la Ley 31/95 de Prevención)
Facilitar la coordinación de empresas a través de clausulas incluidas en los
convenios con IDIBELL en los términos establecidos en procedimiento de
Coordinación (artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención)
Cooperar con el Responsable de Prevención (Trabajador designado) en la
implantación del SGPRL, particularmente en los procedimientos e
instrucciones relativas a su departamento o que impliquen al personal de
la empresa (artículos 31 y 32 de la Ley 31/95 de Prevención).
ESPECÍFICAS DEL DEPARTAMENTO DE OTRI‐OSR:
OTRI‐OSR participa en el cumplimiento por parte del empresario de la Ley
31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. OTRI‐OSR conoce y hace cumplir la
normativa sobre:
18
Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos (selección y contratación de trabajadores sensibles o con
minusvalías ) (artículo 25 de la ley)
Protección de la maternidad, en mujeres en situación de embarazo o
parto reciente (artículo 26 de la Ley)
Protección de los menores (artículo 27 de la Ley)
Coordinación de actividades empresariales, muy especialmente cuando se
trata de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o
con riesgos especiales y en relaciones de trabajo a través de trabajo
temporal. (artículos 24 y 28 de la Ley)
Además es responsabilidad de OTRI‐OSR:
Informar, al Servicio de Prevención de IDIBELL de las personas, IP, centro,
estancias y ubicación en el que se llevará a cabo un proyecto una vez
aprobado , siempre y cuando corresponda esta ubicación a los espacios de
IDIBELL (en cumplimiento de los artículos 15 al 19 de la Ley 31/95)
Informar de la atención sanitaria a través de Mutua de Accidentes de
Trabajo, durante viajes de los trabajadores (cumplimiento artículo 20 de la
Ley 31/95 de Prevención)
Facilitar la coordinación de empresas a través de claúsulas incluidas en los
convenios con IDIBELL en los términos establecidos en procedimiento de
Coordinación (artículo 24 de la Ley)
Cooperar con el Responsable de Prevención (trabajador designado) en la
implantación del SGPRL, particularmente en los procedimientos e
instrucciones relativas a su departamento o que impliquen al personal de
la empresa (artículos 31 y 32 de la Ley 31/95 de Prevención).
ESPECÍFICAS DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES:
SSGG Participa en el cumplimiento por parte del empresario de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales, Para lo que conoce y hace cumplir la
normativa sobre:
Coordinación de actividades empresariales, especialmente cuando se
trata de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o
con riesgos especiales en relaciones de trabajo a través de trabajo
temporal y obras de construcción (artículos 24 y 28 de la Ley)
Seguridad de instalaciones, mantenimiento normativo, preventivo y
correctivo (artículo 17 de la Ley)
Además es responsabilidad del Departamento de Servicios Generales:
La aplicación y puesta en marcha de las medidas preventivas y
correctoras derivadas de las evaluaciones de riesgo, seguimientos y
19
cualquier otra actuación en la que se vea implicado su
Departamento (para cumplimiento artículo 15 y 16 de la Ley)
Informar al Servicio de Prevención de cualquier actuación, modificación, o
nueva adquisición que pueda afectar a la seguridad y salud de los
trabajadores (para cumplimiento artículos 15 y 16 de la Ley)
Participa activamente como soporte en el Plan de emergencias de IDIBELL
(para cumplimiento artículo 20 de la Ley)
Cooperar con el Responsable de Prevención (trabajador designado) en la
implantación del SGPRL, particularmente en los procedimientos e
instrucciones relativas a su departamento o que impliquen al personal de
la empresa (artículos 31 y 32 de la Ley 31/95 de Prevención).
ESPECÍFICAS DEL DEPARTAMENTO DE COMPRAS‐CONTRATACIÓN:
Compras‐Contratación, participa en el cumplimiento por parte del empresario
de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. Conoce y hace cumplir la
normativa sobre:
Contratación para obras y servicios, proveedores, fabricantes,
mensajerías, recepción, envío y distribución de mercancías. (relativos al
cumplimiento de los artículos 15, 16 , 17, 24 y 41 de la Ley)
Coordinación de actividades empresariales, especialmente cuando se
trata de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o
con riesgos especiales y en relaciones de trabajo a través de trabajo
temporal (artículos 24 y 28 de la Ley)
Además es responsabilidad de Compras ‐Contratación:
Colaborar con el servicio de prevención en la selección de proveedores de
los equipos y productos que cumplan todas las normativas de seguridad y
salud.(artículo 41 de la Ley)
Colaborar con el servicio de prevención en el control de equipos y
productos de uso en las instalaciones de IDIBELL, y en asegurar el
cumplimiento de los fabricantes de sus responsabilidades en materia de
prevención(artículos 15, 16 y 17 de la Ley)
Colaborar con el servicio de prevención en la distribución de los Equipos
de Protección Individual y Colectiva, Material de Prevención y material de
reposición de botiquín para primeros auxilios (para cumplimiento artículo
20 de la Ley)
Cooperar con el Responsable de Prevención (trabajador designado) en la
implantación del SGPRL, particularmente en los procedimientos e
instrucciones relativas a su departamento o que impliquen al personal de
la empresa (artículos 31 y 32 de la Ley 31/95 de Prevención)
20
DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN
Según el artículo 35 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, los
Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con
funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.
En materia de garantía y sigilo profesional será de aplicación a los Delegados
de Prevención en su condición de representantes de los trabajadores, lo
previsto en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.
De acuerdo con la Ley de Prevención, son competencias de los Delegados de
Prevención:
Colaborar con la Dirección de la empresa en la mejora de la acción
preventiva.
Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la
ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Ser consultados por el empresario, con carácter previo a su ejecución,
acerca de las decisiones a que se refiere el artículo 33 de la Ley 31/95
de Prevención de Riesgos Laborales. Los informes que deban emitir los
Delegados de Prevención a tenor de lo dispuesto en este apartado
deberán elaborarse en un plazo de quince días, o en el tiempo
imprescindible cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a prevenir
riesgos inminentes. Transcurrido el plazo sin haberse emitido el
informe, el empresario podrá poner en práctica su decisión (apartado
3, artículo 35 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la
normativa de prevención de riesgos laborales.
En el ejercicio de las competencias,de acuerdo con la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales, los Delegados están facultados para:
Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo
del medio ambiente de trabajo. Así como en los términos previstos en
el artículo 40 de la Ley 31/95 de prevención de Riesgos, a los
Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones
que realicen
en los centros de trabajo para comprobar el cumplimiento de la
normativa sobre prevención de riesgos laborales, pudiendo formular
ante ellos las observaciones que estimen oportunas.
Tener acceso, con las limitaciones previstas en el apartado 4 del
artículo 22 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos , a la información
y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean
necesarias para el ejercicio de sus funciones y, en particular, a la
prevista en los artículo 18 y 23 de esta Ley. Cuando la información esté
21
sujeta a las limitaciones reseñadas, sólo podrá ser suministrada de
manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.
Ser informados por el empresario sobre los daños producidos en la
salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido
conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada
laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los
mismos.
Recibir del empresario las informaciones obtenidas por éste
procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades
de protección y prevención en la empresa, así como de los organismos
competentes para la seguridad y la salud de los trabajadores, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley en materia de
colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de
vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo.
Recabar del empresario la adopción de medidas de carácter preventivo
y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud
de los trabajadores, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al
empresario, así como al Comité de Seguridad y Salud para su discusión
en el mismo. La decisión negativa del empresario a la adopción de las
medidas propuestas por el delegado de Prevención deberá ser
motivada.
Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción
del acuerdo de paralización de actividades a que se refiere el apartado
3 del artículo 21 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos
DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD (CSS) Según el artículo 39 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, el
Comité de Seguridad y Salud (CSS) es el órgano paritario y colegiado de
participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de
la empresa en materia de prevención de riesgos:
El CSS está formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y
por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los
Delegados de Prevención de la otra.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participarán, con voz
pero sin voto, los Delegados Sindicales y los Responsables Técnicos de
la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición
a la que se refiere el párrafo anterior.
En las mismas condiciones podrán participar trabajadores de la
empresa que cuenten con una especial cualificación o información
22
respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y
técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite
alguna de las representaciones en el Comité.
El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre
que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo.
El Comité adoptará sus propias normas de funcionamiento.
De acuerdo con la Ley de prevención, son Competencias del Comité de
Seguridad y Salud (CSS) :
Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los
planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. En su
seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su
incidencia en la prevención de riesgos, los proyectos en materia de
planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas
tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección
y prevención a que se refiere el articulo 16 de la ley 31/95 de
Prevención de Riesgos así como el proyecto y organización de la
formación en materia preventiva.
Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva
prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las
condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.
Además , según la misma Ley, el Comité de Seguridad y Salud esta facultado
para:
Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos
en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime
oportunas.
Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones
de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así
como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su
caso.
Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad
física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer
las medidas preventivas oportunas.
Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de
prevención.
23
DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN En cumplimiento del artículo 31 de la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, se dispone en IDIBELL de un Departamento de Prevención, nombre con el que se identifica en IDIBELL al Servicio de Prevención Propio de IDIBELL (SPP) y cuyo responsable, además de la responsabilidad del coordinar la prevención, es el trabajador designado para la realización de las actividades de la prevención en IDIBELL. De acuerdo con el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevencion, un Servicio de Prevención Propio (en IDIBELL: Departamento de Prevención) :
Es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades de prevención en una empresa.
c) Constituye una unidad organizativa específica y sus integrantes
dedican de forma exclusiva su actividad en la empresa a la finalidad del
mismo.
d) Sus funciones y niveles de cualificación, imprescindibles para el
desarrollo de la acción preventiva, vienen especificadas en el
mencionado RD 39/97.
Realiza las actividades preventivas con el fin de garantizar la adecuada
protección a la seguridad y la salud de los trabajadores.
Proporciona a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en
función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:
1. El diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la empresa.
2. La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Ley.
3. La planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia.
4. La información y formación de los trabajadores en los riesgos relativos a sus actividades
5. La formación e información básicas a la incorporación de trabajadores a IDIBELL (impartidas en la reunión inicial)
6. Formación e Información a los trabajadores de novedades/actuaciones que afectan a temas de prevención
7. Realización de la coordinación empresarial 8. Consulta , participación a los Delegados 9. Elaboración y `participación de los temas de prevención a los
trabajadores y/o personas en espacios bajo su responsabilidad 10. La prestación de los primeros auxilios y Planes de emergencia. 11. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos
derivados del trabajo.
24
Además de las responsabilidades como Servicio de Prevención Propio , el
Departamento de Prevención de IDIBELL desempeña las siguientes funciones
que conllevan al Cumplimiento de los artículos 30 y 31 de la Ley 31/95 de
prevención de riesgos Laborales, y que derivan de las características de su
Responsable:
Coordinar la vigilancia de la salud de los trabajadores
Tramitar la atención sanitaria en la Mutua de Accidentes de Trabajo.
Investigar los accidentes
Proponer a la Dirección objetivos, estrategias, medidas preventivas, su
priorización, y vigilar su eficacia, etc
Elaborar toda la documentación de prevención y mantenerla
actualizada, siendo responsable de su custodia.
Participa como asesor en el CSS y en el CBS, informando de las
actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos
laborales
Coordinar las evaluaciones, mediciones, formaciones y demás
actividades preventivas con el SPA.
Dar atención personalizada a los trabajadors, asesorándoles en
cualquier consulta que necesiten en materia de prevención.
Dar soporte al SPA, en todo aquello que sea necesario para la
realización de las actividades que tiene concertadas.
De acuerdo con el RD 39/1997 artículos 15 y 16 “se entiende por Servicio
de Prevención Ajeno (SPA), el prestado por una entidad especializada que
concierta con la empresa la realización de actividades de prevención, el
asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgos, o
ambas actuaciones conjuntamente, tal y como se describa en la modalidad
organizativa definida por cada empresa”
La modalidad de organización de la prevención de IDIBELL está descrita en
documento específico (SPP‐DOC‐007, Modalidad Organizativa), según el
cual:
En el Servicio de Prevención Propio de IDIBELL se asumen las
especialidades de Seguridad Laboral y Ergonomía‐Psicosociología , teniendo
concertadas con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) las especialidades
de Higiene Industrial y Vigilancia de la Salud que , coordinado por la
persona Responsable de Prevención de IDIBELL, también lleva a cabo las
evaluaciones de riesgos, sesiones formativas y demás actividades
preventivas de las especialidades asumidas por IDIBELL.
25
DE LA LINEA DE MANDO: INVESTIGADORES, JEFES DE GRUPO, JEFES DE AREA,
JEFES DE SERVICIOS Y JEFES DE DEPARTAMENTOS.
Además de las Responsabilidades del Personal en general:
Por su condición de mando sobre otras personas los INVESTIGADORES, JEFES
DE GRUPO, JEFES DE AREA, JEFES DE SERVICIOS Y JEFES DE
DEPARTAMENTOS. Tienen responsabilidades equiparables a las del
empresario en el cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención y todas las
vigentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales, en consecuencia:
1. conoce y hace cumplir la normativa sobre:
Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados
riesgos(artículo 25 , Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
Protección de la maternidad, en mujeres en situación de embarazo o
parto reciente (artículo 26 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos
Laborales)
Protección de los menores, cuando trabajen o puedan trabajar jóvenes
menores de 18 años. ( artículo 27 de la Ley 31/95 de Prevención de
Riesgos Laborales)
Medidas de emergencia, poniendo en práctica las medidas necesarias
en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación
de los trabajadores.(artículo 20 de la Ley 31/95 de Prevención de
Riesgos Laborales de PRL)
Coordinación de actividades empresariales, y muy especialmente
cuando se trata de actividades reglamentariamente consideradas
como peligrosas o con riesgos especiales o en relación al trabajo a
través de empresas de trabajo temporal. (artículo 24 de la Ley 31/95
de Prevención de Riesgos Laborales, RD 171/2004 de desarrollo del
artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
2. En el marco de sus responsabilidades realizará la prevención de los
riesgos laborales (artículo 14 de la Ley 31/95 de prevención de Riesgos
Laborales, ley 54/2003 de reforma del marco de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales) :
Integra la actividad preventiva en cualquier actividad que realiza u
ordena y en todas las decisiones que adopta (artículo 14 de la Ley
31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, artículo IV Ley 54/2003 de
reforma de la anterior 31/95)
Fomenta una auténtica cultura de la prevención de los riesgos en el
trabajo, que asegure el cumplimiento efectivo y real de las
obligaciones preventivas y proscriba el cumplimiento meramente
formal o documental de tales obligaciones (artículo IV Ley 54/2003 de
reforma de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
26
Combate de manera activa la siniestralidad laboral. Colaborando en la
realización de las investigaciones de accidentes y enfermedades
profesionales de acuerdo con el procedimiento de investigación de los
mismos. (ley 54/2003 de reforma del marco de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales)
Identifica las tareas críticas que precisen la elaboración de normas,
procedimientos, e instrucciones de trabajo que eviten las actuaciones
inseguras del personal (artículos 15 y 16 de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales)
Coopera con el Responsable de Prevención por su condición de
Trabajador Designado por la Dirección y responsable del Servicio de
Prevención Propio de IDIBELL, y de acuerdo con la Modalidad de
Organización de la Prevención en IDIBELL, en la implantación del
Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en IDIBELL,
particularmente en los procedimientos e instrucciones, especialmente
cuando se trata de actividades reglamentariamente consideradas
como peligrosas o con riesgos especiales o en relación al trabajo a
través de empresas de trabajo temporal. (cumplimiento de los
artículos 20, 30 y 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales)
Conoce los resultados de la evaluación de riesgos bajo su dirección, y si
lo considera necesario, realiza, o delega en una persona las actividades
preventivas que sean necesarias según el resultado de la evaluación,
asegurándose de su seguimiento (artículos 15 y 16 de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales)
Asegura la actuación del personal a su cargo, de acuerdo con las
normas, procedimientos, e instrucciones de trabajo establecidas
(artículo 15 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
Realiza las acciones preventivas de su dirección (artículos 15 y 16 de la
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales)
Colabora en las inspecciones periódicas de control de las instalaciones
con objeto de identificar tantas condiciones de trabajo inseguras
como actuaciones inseguras del personal durant el desarrollo de sus
actividades (artículo 15 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos
Laborales)
Asegura la formación e información del personal a su cargo en materia
de Prevención (artículos 18 y 19 de la Ley 31/95 de Prevención de
Riesgos Laborales)
Colabora con el Servicio de Prevención en la identificación de todas las
actividades, riesgos y personas implicadas en su equipo de
investigación (cumplimiento artículos 15 y 16 de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales)
Colabora (a través del Departamento de Serveis Generals de IDIBELL) ,
27
en la elaboración de un Programa de mantenimiento preventivo‐
correctivo con la finalidad de reducir pérdidas por deficiencias de los
equipos o instalaciones y cumplir con los requisitos legales de
inspecciones periódicas (cumplimiento artículo 17 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales)
Colabora con el Servicio de Prevención en la entrega y formación a su
trabajador, de los equipos de protección individual adecuados para el
desarrollo de sus funciones. Vigila su uso efectivo cuando la naturaleza
de los trabajos así lo requiere. (cumplimiento artículo 17 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales)
Reclama (a través del Departamento de Compras de IDIBELL, al
suministrador de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo,
la información documental exigible en materia de prevención de
riesgos, distribuyéndola y archivándola de manera que sea fácil su
localización por parte de sus trabajadores y poniéndola en
conocimiento del Servicio de Prevención. (cumplimiento artículos 17 y
19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
DE LA LÍNEA DE MANDO: RESPONSABLE DE PREVENCIÓN
Trabajador Designado por la Dirección para la realización de la actividad
preventiva de IDIBELL y que actúa como Responsable del Servicio de Prevención
Propio de IDIBELL (Departamento de Prevención de IDIBELL).
Sus responsabilidades y funciones, vienen definidas en la legislación vigente en
materia de prevención de riesgos laborales (artículos 30,31 y 32 de la Ley 31/95
de Prevención de Riesgos Laborales y artículos 12, 13 y 14 del RD39/97 de
Reglamento de los Servicios de Prevención):
Coordina el Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales
(SGPRL) en IDIBELL.
Asume, de acuerdo con la Modalidad Organizativa vigente en IDIBELL, las
especialidades de Seguridad del Trabajo y Ergonomia‐ Psicosociologia con
el soporte y asesoramiento del Servicio de Prevención Ajeno .
Delega al Servicio de Prevención Ajeno la realización de avaluaciones de
riesgos, sesiones formativas y otras actividades preventivas relacionadas
con las especialidades asumidas por IDIBELL.
Coordina los planes y programas de acción preventiva juntament con el
Servicio de Prevención Ajeno.
Prepara la documentación del SGPRL (estructura organizativa,
responsabilidades, procedimientos, instrucciones, etc.)
Asegura que se cumplen y de mantienen al dia los requisitos establecidos
en el S.G.P.R.L.
28
Vigila junto a la Dirección, el cumplimiento de la actividad preventiva de
IDIBELL, así como la correcta utilización de los Equipos de Protección
Individual (EPI’s) , siendo considerado recurso preventivo de la empresa,
para lo que contará con la colaboración de otros trabajadores asignados
por la Dirección para actuar como recurso preventivos en las actividades o
procesos a que se refiere el apartado 1 del artículo 32 de la Ley 31/95 de
Prevención de Riesgos Laborales , que puedan aplicarse en IDIBELL y
cuenten con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las
funciones del nivel básico, tal y como se especifica en el apartado 4 del
mencionado artículo 32 de la Ley.
Informa a la Dirección de los incumplimientos de la actividad preventiva.
Coopera con toda la línea de mando en la implantació de:
1. los procedimientos e instrucciones del SGPRL .
2. la actuación en situaciones de emergencia estableciendo los planes
correspondientes, asegurando su eficacia a través de simulacros , que
serán revisados con la periodicidad acordada con la Dirección.
3. Designación del personal encargado de poner en práctica las medida
necesaries en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y
evacuación de trabajadores
Propone a la Dirección:
1. los objectivos del SGPRL y diseña las estrategias correspondientes.
2. la priorización en la adopción de las medidas preventivas adecuadas,
así com la vigilancia de su eficacia.
Facilita al Servicio de Prevención Ajeno y otros organismos oficiales:
1. con carácter previo a iniciar actividades contratadas: información
relativa a la organización, características y complejidad del trabajo,
procesos de producción, relación de primeras materias y equipos de
trabajo existentes en la empresa, así como información que conste en
la empresa sobre el estado de salud de los trabajadores.
2. la información prevista en el artículo 30.3, en relación con los artículos
18 i 23 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, así como el
referente a las incorporaciones, de conformidad con lo que establece
el artículo 28.4 dela mencionada ley.
Firma la recepción de informes y recomendaciones emitidas por Servicio
de Prevención .
Realiza la consulta a los representantes de los trabajadores con la debida
antelación sobre la adopción de las decisiones relativas a aquellos
apartados especificados en el articulo 33.1 de la Ley 31/95 de Prevención
de Riesgos Laborales.
29
DE LA LÍNEA DE MANDO: LA DIRECCIÓN DE IDIBELL
Por su condición de máximo responsable del Sistema de Gestión de la
Prevención de Riesgos Laborales (SGPRL)en IDIBELL : la Dirección deberá
cumplir las obligaciones establecidas para el empresario, en la Ley 31/95 de
Prevención y todas las vigentes en materia de Prevención de Riesgos
Laborales.
LA DIRECCIÓN GENERAL:
1. Define la política de prevención de la empresa, 2. Lleva adelante acciones (como cambios en la estructura organizativa)
encaminadas a poner en marcha y asegurar la conformidad con lo que establece la política de prevención de la empresa.
3. Realiza la Prevención de los Riesgos Laborales mediante la integración de la actividad preventiva en el Sistema General de Gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades , como en todos los niveles jerárquicos de la misma, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (Plan de PRL ) que deberá incluir: la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa , en los términos que reglamentariamente se establezcan.
4. Constituye una modalidad organizativa de la prevención en la Institución y proporciona los medios materiales y humanos necesarios para la implantación del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (SGPRL)
5. Delega en la Dirección de Gestión la efectiva ejecución de las actividades preventivas y su seguimiento en IDIBELL.
6. Delega en el Director Científico la efectiva ejecución de las actividades preventivas y su seguimiento en el ámbito científico de IDIBELL.
7. Sanciona cuando se incumplen las normas de prevención y no se utilizan adecuadamente los Equipos de Protección Individual (EPIs).
LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN:
1. Asegura la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación, efectuando para ello un seguimiento de la misma, a intervalos definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y su eficacia, para cumplir la política y los objetivos de prevención de la empresa.
2. Designa al Responsable de Prevención de IDIBELL, constituye un Servicio de Prevención Propio y concierta con un Servicio de Prevención Ajeno la prevención de los riesgos.
3. Facilita al Responsable de Prevención los medios humanos y materiales precisos para el ejercicio de la actividad preventiva, asignando si fuera necesario, la presencia de recursos preventivos.
30
4. Aprueba las acciones preventivas y correctoras derivadas de la prevención de riesgos laborales.
5. Determina las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia .
6. Aprueba los procedimientos del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (S.G.P.R.L)
7. Somete su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa, en los términos que reglamentariamente se determinen.
8. Sanciona cuando se incumplen las normas de prevención y no se utilizan adecuadamente los Equipos de Protección Individual EPIs .
LA DIRECCIÓN CIENTÍFICA:
1. Asegura la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación a nivel científico de la Institución, efectuando para ello un seguimiento de la misma, a intervalos definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y su eficacia, para cumplir la política y los objetivos de prevención de la empresa.
2. Facilita las acciones preventivas y correctoras derivadas de la prevención de riesgos laborales en el ámbito científico.
3. Colabora en la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas en el ámbito científico y la vigilancia de su eficacia.
4. Facilita la implantación de los procedimientos del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (S.G.P.R.L)
5. Colabora en la auditoría o evaluación externa del sistema de prevención, en los términos que reglamentariamente se determinen.
6. Sanciona cuando se incumplen las normas de prevención y no se utilizan adecuadamente los Equipos de Protección Individual EPIs .
31
PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS
Planificación Verificación
Cumplim
iento legislació
n prevenció
n
Satisfacción de to
das las p
ersonas: se
gurid
ad y salu
d
Planificaciónactividad preventiva
y los objetivos
Evaluaciónde riesgos
Coordinaciónde empresas
Formación e información
Investigaciónaccidentes
Siniestralidad
Medidaspreventivas y correctoras
Control operacional
Planemergencias
Consulta y participación
Gestión EPI’s + colectivos
Especialmentesensibles
Implantación
Vigilancia de Salud
AuditoriasLos Objetivos
LA PLANIFICACIÓN PREVENTIVA Y LOS OBJETIVOS.
Una vez realizada la verificación de los objetivos cumplidos y de la
planificación correspondiente al año anterior, así como de todo lo sucedido
durante el año anterior y que queda reflejado en el Informe de Revisión a
Dirección correspondiente :
Cada año se identifican de nuevo los objetivos (SPP‐FOR‐049) y procesos
necesarios para la seguridad y salud en el trabajo en IDIBELL (SPP‐PGS‐025 ‐
Planificación ) y se elabora una nueva planificación preventiva (SPP‐FOR‐008‐
planificación preventiva) de acciones del Departamento de Prevenció de
IDIBELL (Servicio de Prevención Propio) y del SPA con quien se concierta la
Prevención . Se contempla también la existencia de nuevas normas o
legislación que afecte a las actividades de IDIBELL, y en función de la política
integrada de gestión de la Institución.
Una vez identificados los objetivos del nuevo año (SPP‐FOR‐049‐objetivos) ,
asícomo la planificación anual (SPP‐FOR‐008) correspondiente, ambos
documentos son firmados por los responsables del SPP y del SPA, que los
presentan a los delegados de prevención , para su consulta y aprobación, y
después a Dirección para su aprobación . Pasando a presentarse al CSS para su
difusión, tanto el nuevo documento de objetivos como la nueva planificación,
32
una vez ya han sido también aprobados por la Dirección.
El Departamento de Contabilidad facilita al servicio de prevención
información útil para la identificación del total de gastos realizados en el año
anterior. Esta información unida al asesoramiento del Controller Finaciero son
fundamentales para la selección de prioridades relativas a la ejecución de
medidas preventivas y/o correctoras y que quedará reflejada en el informe
económico de necesidades que se entrega a la dirección cada año
LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
De acuerdo con la Modalidad de Organización de la Prevención en IDIBELL
(SPP‐DOC‐007) la realización de todas las evaluaciones en IDIBELL corre a
cargo del SPA, en cualquiera de las especialidades : tanto las asumidas
directamente por el Servicio de Prevención Propio de IDIBELL (Ergonomía –
Psicosociología, y Seguridad Laboral) como en las Especialidades concertadas
con el SPA (Higiene Industrial y Vigilancia de la Salud) iniciándose el proceso
tras petición del Departamento de Prevención de IDIBELL al SPA, tal y como
está descrito en el (SPP‐PGS‐001‐Evaluación de riesgos y planificación).
Todos los métodos de evaluación que sigue el SPA para evaluar los diferentes
riesgos laborales están validados por el Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el trabajo.
El SPA realiza la evaluación y valoración de los riesgos laborales para cada puesto de
trabajo, tal y como se describe en el (SPP‐PGS‐001‐Evaluación de riesgos y
planificación) .
Cada vez que se produce un cambio importante en las condiciones de trabajo se realiza
una revisión extraordinaria de la evaluación de riesgos identificandose los peligros y los
riesgos asociados al cambio y a su puesta en marcha.
Tras pacto en CSS con los Delegados de Prevención, desde Mayo de 2011 está establecida
una periodicidad de tres años para la reevaluación ordinaria de las dependencias de
IDIBELL .
El Formulario de obtención de Datos de Grupo (SPP‐FOR‐046) es una
herramienta valiosa creada tras la auditoria reglamentaria del 2011, para la
identificación de las actividades reales asociadas a las personas y basada en la
participación de los Responsables de cada Grupo de Investigación, al ser ellos
mismos quienes cumplimentan el Formulario de obtención de datos de Grupo
(SPP‐FOR‐046).
33
La evaluación de riesgos (Doc‐externo del SPA) incluye la Planificación (Doc‐externo del
SPA) de las medidas preventivas y correctoras, en donde también se indican las
responsabilidades y el término de aplicación de las medidas propuestas.
Las medidas que no son eficaces, se rechazan y se planifica una nueva
medida.
Cuando la medida aplicada es eficaz, se procede a realizar el seguimiento
periódico de las condiciones de trabajo (SPP‐FOR‐039), con objeto de
detectar cambios significativos o incidentes que vuelvan a poner en marcha
el procedimiento.
Control de los Riesgos:
Normas de obligado cumplimiento
Existen una serie de normas de obligado cumplimiento para los trabajadores
de lDIBELL que hacen referencia a normas básicas de higiene en el laboratorio
y que se explican en la reunión inicial de prevención, dándose en mano a los
nuevos trabajadors e informando de cómo acceder a ellas en la INTRANET .
Las normas de obligado cumplimiento están a disposición de los trabajadores
en la Intranet de IDIBELL, en el apartado de Salud laboral y Prevención
redactadas en castellano, catalán e inglés. (SPP‐PNT‐001, 002 y 003‐normas de
obligado cumplimiento).
Estas normas son de obligado cumplimiento ya que comportan la protección
del trabajador que esté implicado en la actividad marcada por la norma, y al
mismo tiempo al resto de sus compañeros.
Control del Riesgo Biológico
La exposición al riesgo biológico, es controlada por Salud Laboral del SPA, el
SPP, el Departamento de Prevención, los Delegados de prevención y el CSS,
basándose en la participación de los Responsables de cada Grupo de
Investigación, al cumplimentar el Formulario de obtención de datos de Grupo
(SPP‐FOR‐046).
La investigación biomédica de alto nivel realizada en IDIBELL, ha requerido
desde hace años del cumplimiento de las diferentes normativas vigentes en
materia de bioseguridad, imprescindibles para la obtención de proyectos de
investigación. Motivo por el que a petición del Departamento de Prevención y
del CSS se creó en el año 2008 un Comité de Bioseguridad (CBS) de cuyo
Comité Ejecutivo siempre ha formado parte el Responsable del Departamento
34
de Prevención de IDIBELL, sirviendo de enlace con el Comité de Seguridad y
Salud.
Desde 2011, a raíz de la auditoría reglamentaria, se ha reforzado esta conexión
entre ambos Comités, siendo la Coordinadora del Comité Ejecutivo del CBS,
también parte integrante del CSS de IDIBELL
El CBS (Comité de Bioseguridad) de IDIBELL traslada al Departamento de
Prevención de IDIBELL la información relacionada a la actividad en materia de
bioseguridad, realizada por las personas que están asociadas a un proyecto de
investigación .
Desde Julio de 2011 se llevan a cabo dos nuevas actuaciones del Comité de
Bioseguridad que sirven para incrementar el control de riesgo biológico al que
están expuestos los trabajadores de IDIBELL:
a) En Julio de 2011 : Se elabora una nueva versión de la plantilla de bioética que cumplimentan los investigadores(IDI‐FOR‐007B) en la que se resalta la “Necesidad de realizar un examen de salud con carácter obligatorio, al darse alguno de los supuestos que eximen de la voluntariedad de la vigilancia de la salud, recogidos en la ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, artículo 22”. Debiendo de ponerse en contacto con el Departamento de Prevención ([email protected]) en caso de cualquier duda.
b) Se crea un circuito entre el CBS y el Servicio de Prevención para información a éste de los IP usuarios de salas de Bioseguridad, tras la reunión de evaluación de proyectos: información que se traslada desde el Departamento de Prevención a Vigilancia de Salud del SPA .
El CBS a través de su Comité Ejecutivo, forma en materia de Bioseguridad a
los usuarios implicados.
El SPA forma a los trabajadores en riesgos biológicos.
IDIBELL cuenta además con un Comité Ético de Experimentación Animal (CEEA)
que supervisa y evalúa todos los procedimientos de investigación que
impliquen el uso de animales de experimentación (Doc.externo: reglamento
del CEEA) asegurando el bienestar de los animales.
El CEEA comunica al Departamento de Prevención las personas que van
trabajar en terapia géncia, información que se traslada desde el
Departamento de Prevención a Vigilancia de Salud del SPA.
35
Control del Riesgo Químico
La exposición a cancerígenos y a productos químicos en general, es controlada
por Salud Laboral del SPA, el Departamento de Prevención, los Delegados de
prevención y el CSS y basándose en la participación de los Responsables de
cada Grupo de Investigación, al cumplimentar el Formulario de obtención de
datos de Grupo (SPP‐FOR‐046) en el que quedan reflejados todos los
productos químicos a que pueden estar expuestas todas y cada una de las
personas que componen su Grupo.
Además, el Comité Ético de Experimentación Animal (CEEA) comunica al
Departamento de Prevención las personas que van trabajar con cancerígenos
en el estabulario. El SPA forma a los trabajadores en riesgos químicos
Control del Riesgo de radiaciones
La exposición a radiaciones es controlada por Salud Laboral del SPA, el SPP ,
el Departamento de Prevención, los Delegados de prevención y el CSS en base
a la participación de los Responsables de cada Grupo de Investigación, al
cumplimentar el Formulario de obtención de datos de Grupo (SPP‐FOR‐046).
El trabajo en la Instalación radioactiva de IDIBELL (IR 1145), es controlado
desde el Servei de Coordinació d'Activitats Radioactives (SCAR) de la
Generalitat de Catalunya, a través del supervisor de la IR, en colaboración
con ACPRO (“Asesoría y Control en Protección Radiológica”) , empresa
autorizada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que se encarga de la
evacuación y eliminación de residuos de vida media corta, y de la formación de
los usuarios en materia de radioactividad.
El SPA también forma a los usuarios en materia de riesgos radioactivos.
Los trabajadores expuestos de la I.R. de IDIBELL están catalogados como de
categoría B , de uso de fuentes radioactivas encapsuladas, por lo que la
exposición de cada usuario se calcula a partir de la dosimetría de área. Se
efectúan regularmente controles superficiales de contaminación Radiactiva, al
iniciar y al terminar cada experimento.
El personal que manipula material radiactivo se somete anualmente a
revisiones médicas realizadas por Salud Laboral del SPA.
36
LA COORDINACIÓN DE EMPRESAS:
El proceso tiene inicio cuando el Departamento de Prevención de IDIBELL
tiene conocimiento de estancias de nuestros trabajadores en otros centros, o
de trabajadores de otras empresas en las instalaciones de IDIBELL
Es fundamental el hecho de que los trabajadores IDIBELL, No realizan servicios
en ninguna otra empresa, sino que acuden a otros Centros de España y de
fuera del país para aprender nuevas técnicas, realizar su tesis doctoral, o
simplemente para ampliar su formación investigadora con estancias en el
extranjero.
Las personas que habitualmente llegan a través del Departamento de RRHH o
de OTRI‐OSR a nuestras instalaciones tampoco vienen a IDIBELL para realizar
servicios puesto que, igual que en nuestro caso, también se trata de técnicos,
licenciados y doctores en el área de la biomedicina que vienen a nuestra
Institución para aprender nuevas técnicas, realizar su tesis doctoral, o
simplemente para ampliar su formación investigadora con estancias en el
extranjero .
En consecuencia la coordinación realizada en IDIBELL lo es para asegurar el
cumplimiento de las responsabilidades, identificar los riesgos de la actividad
que van a realizar, la aptitud para la actividad a desempeñar y el intercambio
de información entre los dos centros .
Solamente las personas subcontratadas para temas del Departamento de
Serveis Generals, o a través del Departamento de Compras‐Contratación,
realizan servicios en nuestras instalaciones (empresa de limpieza, reparaciones
de aparatos, etc), siendo en este caso la coordinación realizada diferente a la
anterior .
La coordinación de empresas en IDIBELL , es realizada por la persona
responsable del Departamento de Prevención, que actúa como Coordinador de
prevención, tal y como se describe en el procedimiento SPP‐PGS‐008.
En este proceso hay varios formularios implicados:
1. La descripción de los riesgos generales de IDIBELL (SPP‐FOR‐018, 019, 020:
RIESGOS DE IDIBELL) , que se envia con la solicitud de documentación de
Coordinación de Actividades Empresariales (SPP‐FOR‐021, 022 y 023:
SOLICITUD DE DOCS.CAE) y que se devuelven firmados por correo electrónico,
a la responsable de prevención, junto con toda la documentación solicitada y
que están escritos en catalán,castellano e inglés.
2. El registro de asistencia a la reunión inicial (SPP‐FOR‐054)según el
procedimiento SPP‐PNT‐004 y el de acreditación entrega de información‐EPIS
(SPP‐FOR‐004),con la firma del trabajador por la información/formación
recibida y que está asociada al certificado de la formación impartida en esa
reunión (SPP‐FOR‐042)
3. En ocasiones de coordinación con centros de investigación del extranjero tanto
por estancias fuera de España, para asegurar la respuesta por parte del otro
37
centro, se ha simplificado la coordinación, enviandose al otro Centro un
certificado en el que queda constancia de que se dispone del apto médico para
la actividad a realizar, la formación/información, y cualquier otra información
que pueda ser considerada útil (SPP‐FOR‐040 CAE‐certificate).Este certificado
es expedido por el responsable del Departamento de Prevención de IDIBELL,
cuando ya dispone de todo lo certificado en ese documento.
Desde marzo de 2011 cuando se realizan reuniones de coordinación
presenciales, o no presenciales ( via mail, o por teléfono) con empresas se
cumplimenta un acta que se firma en el momento, o se envia desde IDIBELL a
la otra empresa, que la reenvia de nuevo firmada y escaneada. (SPP‐FOR‐055
acta reuniones CAE).
Una vez iniciada la coordinación con una empresa, se mantiene esta relación
en el tiempo, mientras sea necesario, para facilitar al máximo la movilidad de
nuestros profesionales , incluso entre instituciones de diferentes paises.
LA FORMACIÓN E INFORMACIÓN:
Formación de los trabajadores a su incorporación: la reunión inicial
El procedimiento SPP‐PNT‐004 describe la formación básica e información en
prevención de riesgos que recibe al incorporarse a IDIBELL cualquier trabajador
contratado o un colaborador, o un estudiante en prácticas, en la reunión que
mantiene con el responsable de Prevención .
La formación de riesgos laborales de personal de nueva incorporación está
descrita en el SPP‐PGS‐005
Formación que reciben los nuevos trabajadores en la reunión inicial:
Descripción del IDIBELL.
Información de Prevención en la Intranet
Política de Prevención
Información sobre el Comité de Seguridad y Salud.
Vigilancia de salud : revisión inicial y periódica
Riesgos generales de su lugar de trabajo
Responsabilidades
Normas de obligado cumplimiento.
Formación periódica en función de riesgos y General.
Actuación en caso de emergencias.
Formación básica en emergencias de IDIBELL. Tipos de
emergencias
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Plan de emergencias. Equipos EPI y EPA, Punto de reunión
Actuación en caso de necesitar asistencia sanitaria.
EPIs y Utilización de EPI’s.
Registro de la Información y Formación recibida y Entrega de
EPI’s
Al finalizar esta reunión, los trabajadores firman en el registro de
entrega conforme a la información‐ formación y EPIS recibidos
(SPP‐FOR‐004‐entrega de información‐epis.).
El registro de esta reunión queda reflejado desde Enero de 2011 en el
SPP‐FOR‐054 y la Formación básica recibida es certificada a través del
SPP‐FOR‐042 por el Técnico que la imparte (Responsable de
Prevención, o en el Técnico en que este haya delegado en su ausencia)
Formación planificada y continuada de los trabajadores
Los trabajadores de IDIBELL reciben la máxima formación posible en materia
de Prevención de Riesgos Laborales, tanto la específica a las actividades que
realizan como toda aquella formación que pueda surgir en relación a los
riesgos inherentes a su puesto de trabajo.
La formación periódica de los trabajadores IDIBELL (SPP‐PGS‐006‐formaciones
periódicas) , según la planificación anual, o extra planificada, si se presentara
como necesario por las circunstancias del trabajador, se realiza en diferentes
sesiones de formación presencial y/ o On line. De forma idéntica se realiza la
formación específica para el personal del Departamento de Prevención, su
Responsable como trabajador designado y los Directivos de la empresa .
A partir de 2011 esta formación se ha empezado a plantear a la medida de
cada grupo de investigación, en base a los riesgos específicos identificados en
el cuestionario de datos de cada grupo de investigación (SPP‐FOR‐046), y de
forma que puedan acceder a ella en modalidad On Line, en su carpeta de
trabajo dentro del apartado específico a su Grupo en la INTRANET de iDIBELL..
La Formación periódica que reciben los trabajadores está basada en la
prevención ante los riesgos:
a) Riesgos generales en el laboratorio
b) Riesgos relacionados con el trabajo con agentes químicos y
biológicos
39
c) Riesgos relacionados con el trabajo con pantallas de visualización
de datos (PVD)
d) Riesgos de mantenimiento de instalaciones *
e) Riesgos relacionados con el trabajo con material radioactivo
f) Riesgos relacionados con el trabajo con animales de
experimentación
g) Riesgos relacionados con la manipulación de gases (CO2, O2,
Helio, y el N2 líquido)
h) Riesgo en la manipulación de equipos de gran tamaño
i) Manipulación de bombonas.
j) Manejo de autoclave
k) Manejo de los rescatadores de oxígeno
l) Formación en emergencias
m) Formación específica para Equipos de Primera Intervención.
n) Primeros auxilios
o) Circulación vial
Existen casos especiales, como es el caso de los técnicos de mantenimiento,
que reciben formación exclusiva y directamente relacionada con la
manipulación de herramientas, dispositivos eléctricos, trabajo de altura, etc y
en general ,específica a los riesgos de su puesto de trabajo, pero que no
comparten otros trabajadores de IDIBELL.
La formación de Primeros auxilios y Circulación Vial tiene carácter voluntario,
aunque en caso de acidente de tráfico, la formación de circulación vial se
indica como medida correctora.
La Comunicación de la Información y su accesibilidad a los
trabajadores
La principal via de información a los trabajadores en materia de prevención
son los Delegados de Prevención, con quienes desde el Departamento de
Prevención y desde la creación del IDIBELL se comparte de forma presencial o
no presencial (por mail, o teléfonicamente) cualquier hecho o situación que
pueda haber ocurrido o que vaya a producirse y que afecte a la seguridad y la
salud de los trabajadores. Además de recibir cualquier comunicación que se
realice al CSS desde el Departamento de Prevención de IDIBELL.
A finales de 2011 los delegados, en colaboración con el Departamento de
Prevención, han iniciado una medida de comunicación de la prevención a los
trabajadores de gran relevancia que consiste en reflejar temas seleccionados
conjuntamente en el Boletín del Comité de Empresa que los trabajadores
recibirán via correo electrónico por parte de este Comité.
40
La segunda via fundamental de comunicación de la información es la Reunión
Inicial, para la recepción (oral y escrita) por parte del nuevo trabajador de la
información relativa al Plan de Prevención de IDIBELL, además de la forma de
acceder a la misma en la INTRANET de la Institución.
Sin embargo, dadas las carácterístcas de ubicación del personal IDIBELL, se
hace imprescindible el uso de las nuevas tecnologías para la comunicación a
los trabajadores de cualquier información que, pueda ser relativa a su
seguridad y salud.
La participación del Departamento de informática se hace fundamental al
facilitar la información sobre las nuevas incorporaciones de personal y bajas al
servicio de prevención y hacer accesible de la información de prevención a
los trabajadores.
El correo electrónico sirve desde el año 2006 para establecer la principal via de
relación, entre el trabajador, o sus representantes, y el Departamento de
Prevención.
El Departamento de Prevención realiza una atención personalizada, recibiendo
dudas, sugerencias, quejas, o incluso felicitaciones por parte de los
trabajadores, a los que dará soporte y asesoramiento, estableciendo medidas
preventivas o correctoras a raíz de sus quejas, y/o propuestas, que trasladará
al CSS o a Dirección si lo considerara necesario, y agradeciendo las
felicitaciones, cuando se producen.
Es también a través de correos electrónicos enviados desde el Departamento
de Prevención a todo el Personal IDIBELL, (incluso en ocasiones a todos los
usuarios IDIBELL, sea cual sea su procedencia) como se comunican las
novedades en materia de prevención (informes, normas, inico de campañas
de revisión médica periódica, o de vacunaciones, o citaciones a formaciones,
simulacros, etc, etc).
El Departamento de Comunicación del IDIBELL participa activamente en la
comunicación de información de Prevención a los trabajadores, a través de
mensajes incluidos en la página web, o en el boletín INFO‐IDIBELL, a través de
entrevistas o artículos relativos el Departamento de Prevención, haciendo
difusión de noticias y actividades preventivas a todos los usuarios de IDIBELL.
A través del Departamento de Comunicación del IDIBELL, en coordinación con
el Departamento de Prevención se elaboran estrategias, y mensajes, que
acercan cada vez más la prevención de riesgos a nuestros trabajadores, así
desde marzo de 2011, los trabajadores están recibiendo las llamadas “píldoras
41
preventivas” comunicaciones muy cortas , en 2 idiomas , uno de ellos siempre
el inglés, y relativas a información de seguridad y salud específcas de los
riesgos del IDIBELL, normas, responsabilidades, etc, etc.que se envían desde el
Departamento de Prevención a través del correo electrónico.
La participación del Departamento de Comunicación del IDIBELL es también
parte activa en el Plan de emergencias y fundamental en la creación de
estrategias de comunicación de la prevención a los trabajadores de IDIBELL y al
resto de personas en sus instalaciones.
EL CONTROL OPERACIONAL: INDICADORES DEL SGPRL
El Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales de IDIBELL dispone
de determinados indicadores clave que son utilizados en la memoria anual del
servicio de prevención, presentada a la Dirección en su revisión anual, como
indicativo del funcionamiento del sistema durante el año anterior.
LAS EMERGENCIAS:
Actuación ante emergencias en general y Plan de Emergencias:
El procedimiento de actuación ante emergencias en general (SPP‐PNT‐016) se
explica y se entrega a los nuevos trabajadores en la reunión inicial de
prevención (SPP‐PGS‐005 de nuevas incorporaciones y el SPP‐PNT‐004 de
reunión inicial), en donde además se comunica como acceder a esta
INDICE CALCULO DEL INDICE
Índice real de entrada RH04+RH02+RH01/ usuarios activos Índice de eficacia reunión personal formado en reunión inicial / RH4+RH2+RH1 Índice revisiones médicas Nº revisiones médicas/ personal formado en reunión inicial
Índice de siniestralidad Número d’ incidentes/ Número total de trabajadores
Índice crecimiento empresas
coordinadas
empresas con las que se ha hecho coordinación empresarial /período
Índice superficie a contemplar
en prevención
superficies (m2) correspondientes a espacios IDIBELL/período
Renovación Parque equipos Equipos CE nuevos / equipos dados de baja
42
información a disposición de todos los trabajadores, en la Intranet del IDIBELL
en el apartado de salud laboral y prevención .
Este procedimiento de actuación ante emergencias en general está descrito
en el SPP‐PNT‐016 y figura incluido en el Plan de emergencias de IDIBELL (SPP‐
DOC‐018) , incluido en el Plan de Emergencias del Hospital Duran i Reynals y en
el Plan de Emergencias del Hospital de Bellvitge.
En el Plan de emergencias de IDIBELL (SPP‐DOC‐018) específico para las
dependencias de IDIBELL (OTRI, UCICEC, y BIOBANCO) en el Hospital de
Bellvitge y las del Hospital Duran i Reynals: Dirección, Compras‐Contratación,
Contabilidad, Serveis Generals. Prevención, Comunicación, Informática,
Plataformas, Servicio Central de Lavado y Estabulario además de los
Laboratorios de PEBC, Genética, Diagnóstico y Oncología Molecular.
En el mencionado Plan de Emergencias (SPP‐DOC‐018), se considera podrían
producirse en las dependencias de IDIBELL las emergencias que se describen a
continuación:
.‐Accidente con lesiones personales y/o enfermedad (SPP‐PGS‐011)
.‐Incendio (SPP‐PGS‐012)
.‐Derrame de productos químicos (SPP‐PGS‐013)
.‐Exposición a productos químicos ( SPP‐PGS‐011‐accidente con lesión
personal y SPP‐ PGS‐013‐derrame químicos)
.‐Emergencia biológica SPP‐PGS‐014
.‐Emergencia radiactiva SPP‐PGS‐015
.‐Inundación en un sector (SPP‐PNT‐016‐actuación ante emergencias)
Es importante recalcar que las emergencias que podrían producirse en los
esapcios IDIBELL, solamente se consideran a nivel de Conato o emergencia
Parcial, puesta que si se produjera una emergencia General se activaría el plan
de emergencias del Hospital en el que se encontrara el espacio IDIBELL.
LA CONSULTA‐PARTICIPACIÓN:
La Principal Via de Consulta y Participación a los trabajadores se realiza a
través de la persona Responsable del Departamento de Prevención que
participa a los Delegados de Prevención la información y la consulta previa
de las actuaciones y medidas, así como de cualquier situación que pudiera
afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.
A partir de Febrero de 2011, año en que el SGPRL de IDIBELL pasó su primera
primera auditoria reglamentaria esta consulta y participación a los Delegados
se ha evidenciado en forma de acta (SPP‐FOR‐041), para todos aquellos casos
43
en los que hasta ese momento, se trasladaba la información de modo verbal.
Estableciendo una periodicidad mensual para las reuniones presenciales
entre los Delegados y la Responsable de Prevención.
Los Delegados reciben como el resto de miembros del CSS todos los correos
emitidos por la Responsable de Prevención y enviados al CSS.
A partir de 2011 se incluye a los Delegados en el planing de seguimientos de
seguridad (doc‐externo del SPA), además de la habitual posibilidad ya tenían
desde 2006 de asistencia de los realizados por los SPP /SPA.
Desde el Departamento de Prevención se propone a los Delegados la
realización de cursos/seminarios importantes para su formación continuada o
de nuevos Delegados.
GESTIÓN DE EPIS Y COLECTIVOS:
Las características del material de prevención individual y/o colectivos , son
definidas desde el Departamento de Prevención de IDIBELL, y se dan a
conocer al Departamento de Compras, que selecciona y acredita los
proveedores más adecuados, elaborando un catálogo de proveedores de este
material
El Departamento de Compras de IDIBELL, en total coordinación con el
Departamento de Prevención, lleva a cabo la entrega del material de
prevención colectiva general para los laboratorios (SPP‐FOR‐027‐solicitud
materal de prevención), así como la entrega a los laboratorios de una gran
parte del material de prevención individual que por la frecuencia y cantidad de
su uso constituye parte de su material fungible (guantes de diferentes tipos
para laboratorio, mascarillas en general de estabulario, ropa en general del
estabulario, calzado en general de estabulario, ect).
Algunos equipos de protección individuales requieren para que su entrega se
realice que el trabajador presente en el Departamento de Compras la
solicitud correspondiente al material solicitado, firmada y en consecuencia
autorizada , por la persona Responsable de Prevención; es el caso de las
batas de laboratorio, el calzado de seguridad (SPP‐FOR‐027‐solicitud materal
de prevención + SPP‐FOR‐005 solicitud bata), o el material de reposición de
botiquines SPP‐FOR‐017‐solicitud botiquin)
44
Compras‐Contratación: Compra de Equipos y Productos
El Departamento de Compras y Contratación, en cumplimiento de normativa
ISO 9001 acredita los proveedores de los productos y/ o de los equipos que
son comprados por el IDIBELL: Los proveedores de productos y/o equipos para
uso por parte de los trabajadores en los espacios que dependen del Servicio de
Prevención de IDIBELL cumplen con toda la normativa vigente.
El Departamento de Prevención de IDIBELL, en coordinación con el
Departamento de Compras, ha definido el procedimiento de compras de
equipos y productos (SPP‐PNT‐005 Compras)
Cada vez que se compra un nuevo aparato, desde el Departamento de
Compras‐Contratación y según legislación vigente se solicita a la empresa que
lo suministra, el manual de instrucciones preferentemente en castellano, ya
que por el tipo de equipos que se compran es muy corriente el disponer de
instrucciones en inglés, lo que no supone un problema en IDIBELL, por tratarse
de uno de los idiomas de la institución
A la recepción de un nuevo producto químico, el Departamento de Compras
participa en la entrega de copias de Ficha de Seguridad (FDS) a los usuarios de
este Producto, pegando una copia de la misma en el paquete.
Además los trabajadores pueden acceder con facilidad a las fichas de
seguridad de los productos que utilizan en la Intranet de IDIBELL, en el
apartado de Salud Laboral y Prevención destinado a los riesgos químicos.
Medidas de Seguridad realizadas en las dependencias
Las dependencias de IDIBELL son diseñadas por profesionales implicados en el
buen cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad, y
siempre cumpliendo con normativas específicas de los hospitales dentro de
las que se encuentran : Duan i Reynals y/o Bellvitge.
En las instalaciones de IDIBELL existen diferentes medidas de seguridad
colectiva que, además de las reglamentarias, procuran incrementar al máximo
la seguridad y salud de los trabajadores.
45
Desde 2009 se instalan además otras medidas de seguridad como: kits
específicos para vertido accidental de líquidos, rescatadores de oxígeno,
botiquines fijos y portátiles provistos a través de la Mutua.
El Departamento de Prevención de IDIBELL diseñó en 2009 diversos paneles de
seguridad con los equipos específicos de protección individual y/o colectiva
asociados a la sala en la que se colocaba el cartel, con objeto de lograr un
mayor control de los riesgos asociados a diferentes áreas de trabajo en
investigación de dependencias de nuestra Institución bajo la responsabildad
del servicio de prevención de IDIBELL.
A través de estos paneles y/o de los pictogramas específicos a los riesgos de
cada zona,Conseguimos la delimitación de las diferentes zonas de riesgo de las
dependencias de IDIBELL.
IDIBELL procura como política la mejora constante de las condiciones de
seguridad y salud en sus dependencias, asegurando el emplazamiento
adecuado de cabinas de seguridad biológica y de cabinas de extracción de
gases , el cálculo de las necesidades de renovación de aire, el diseño de
conductos , la previsión de almacenes, la adecuación salas de máquinas, etc.
Se incluye también como medida de seguridad los seguimientos (SPP‐FOR‐039)
realizados indistintamente por el Departamento de Prevención de Riesgos, por
el SPA, por los Delegados de Prevención , y en los que desde finales de 2011 ,
46
se procura al máximo la participación de trabajadores seleccionados por el
investigador responsable, con el objetivo, recordar y comprobar el
cumplimiento de las normas de trabajo en el laboratorio, destinadas a
incrementar la seguridad del personal y de fomentar al máximo la implicación
de los trabajadores en la prevención.
El Control de presencia es norma obligatoria relativa a la seguridad de
cualquier trabajador IDIBELL, que necesite desarrollar su actividad de trabajo
durante los fines de semana o festivos, o en horario no laborable
independientemente del día de la semana.
En relación a esta norma, en el año 2008 se crea un Registro (Doc. externo de
Serveis General) depositado en Seguridad del hospital Duran Reynals, en
donde se inscriben las personas IDIBELL que acceden al mencionado hospital
durante los fines de semana o festivos, o en horario no laborable
independientemente del día de la semana.
Esta norma también se hizo extensiva desde 2008 para las personas IDIBELL
que acceden al estabulario de la UB en el Campus de Bellvitge,depositando un
Registro similar en Seguridad del Pabelló de Govern de la UB (Doc.externo de
Serveis Generals)
El resto de trabajadores de IDIBELL , cumplen con este control de presencia,
avisando por escrito con antelación a RRHH.
Mantenimiento de los Equipos e Instalaciones: Serveis Generals
IDIBELL alquila sus espacios al ICO (administrador del Hospital Duran i Reynals)
o a Bellvitge (administrador del HUB), de manera que el mantenimiento de las
instalaciones de IDIBELL es realizado por las empresas de mantenimiento del
Hospital Duran i Reynals y/o de Bellvitge.
Esto implica que: Las instalaciones sobre las que IDIBELL tiene responsabilidad
directa son por tanto solamente las que estén dentro de sus paredes, siendo a
través de Serveis generals como realiza el seguimiento del mantenimeint de las
instalaciones que le afectan y a las que no tiene acceso, por ser parte del
edifico del hospital correspondiente.
Siendo consciente de la importancia del buen mantenimiento preventivo de las
instalaciones y de los equipos:
Además de cumplir con el mantenimiento reglamentario de los equipos e
instalaciones que lo requieren, desde el año 2006, IDIBELL contrata el
mantenimiento anual no reglamentario de un gran número de sus equipos:
equipos de filtración /purificación de agua, cabinas de seguridad biológica,
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cabinas de extracción de gases, máquinas de lavado, equipos de anestesia,
cámaras frías, racks ventilados para alojamiento de animales,
descalcificadores, autorescatadores, habiendo realizado además la instalación
de apertura automática de puertas por medio de tarjetas codificadas.
La solicitud del mantenimiento realizada desde la INTRANET IDIBELL por el
trabajador (doc.externo: solicitud de manteniment‐de Serveis Generals
IDIBELL), es tramitada a Manteniment del Hospital correspondiente por el
personal Técnico de Serveis Generals de IDIBELL que hace el seguimiento de
este mantenimiento.
Las reparacionse de los equipos en los espacios de IDIBELL se gestionan
directamente desde Serveis Generals de IDIBELL, que recibe la solicitud de
reparación realizada por el trabajador, y que afecta a un equipo en concreto
para su reparación por funcionamiento incorrecto.
En coordinación entre el Departamento de Serveis Generals con el
Departamento de Prevención se llevan a cabo gran parte de las medidas
preventivas/correctoras resultantes en las evaluaciones de riesgos, en los
seguimientos o derivada s de nuevos procesos de los espacios IDIBELL.
El Departamento de Serveis Generals informa al Departamento de Prevención
de las nuevas instalaciones, o adecuaciones, actuaciones técnicas, o
instalación de nuevos equipos de modo que puedan aplicarse las medidas
preventivas ya en su inicio.
Los manuales de instrucciones de los aparatos se encuentran a disposición de
los trabajadores en los diferentes Laboratorios y Secretarías de las
dependencias de IDIBELL . En el caso de las Plataformas, Estabulario y el
Servicio Central de Lavado y Esterilización , los manuales se encuentran dentro
de estas Unidades.
El original de este manual se guarda en los lugares indicados anteriormente,
además se procura que una copia del manual original esté depositada junto al
equipo correspondiente, y a mano del usuario de ese aparato de laboratorio.
Serveis Generals de IDIBELL dispone en formato elctrónico del manual de
instrucciones de los equipos de mayor tamaño, o riesgo eléctrico.
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LA VIGILANCIA DE LA SALUD
Cuando un trabajador (por contrato o beca) se incorpora a la empresa, se le
realiza una revisión médica inicial, en la que se confirma que dispone de la
protección sanitaria adecuada (vacunas), además del estado de salud
adecuado para su nuevo trabajo, siguiendo un protocolo (Doc.externo‐
protocolo del SPA) teniendo en cuenta en función del trabajo que realizará:
trabajo en laboratorio, expuesto a radiaciones, trabajo con animales, o con
muestras biológicas de origen humano, o trabajo de administración, etc.
El proceso de tramitación nuevas incorporaciones SPP‐PGS‐005, por el cual
para asegurar que dispone de la protección sanitaria adecuada (vacunas),
además del estado de salud adecuado para su nuevo trabajo. Esta revisión
médica inicial se realiza en las instalaciones del Servicio de Prevención Ajeno
con quien IDIBELL tiene concertada la vigilancia médica de los trabajadores y
que emitirá un certificado de aptitud del trabajador a RRHH de IDIBELL.
El trabajador por su parte recibe desde Vigilancia de Salud del SPA un correo
electrónico con un acceso codificado al resultado a su revisión
Una vez efectuada la revisión médica inicial, IDIBELL tiene establecida la
realización de una revisión médica a los trabajadores con una periodicidad
anual , (SPP‐PGS‐007 vigilancia periódica de la salud) a la que son convocados
los trabajadores a través de correo electrónico del Departamento de
Prevención.
La revisión médica es obligatoria en IDIBELL para los trabajadores con actividad
en salas de radioactividad, en el estabulario en general (para cumplimiento de
acreditación AAALAC), y en salas 2+ de nivel de bioseguridad algo superior a 2
(denominado en IDIBELL como “2 ampliado” ) y que incluye las salas de
terapia génica en estabulario,de lentivirus y de retrovirus. Siendo también
obligatoria esta revisión médica para los trabajadores de IDIBELL que puedan
desarrollar su actividad en instalaciones de 2+, o nivel 3 pertenecientes a
cualquiera de los socios principales de IDIBELL.
En respuesta a esta convocatoria los trabajadores cumplimentarán la solicitud
de revisión médica , en INTRANET en el apartado de Salud Laboral y Prevención
(Sol∙licitud d'Aprovació de Reconeixement Mèdic P03) que es recibida por el
SPA.
En caso de No consentimiento, o de No recibir la solicitud de la revisión médica
periódica de un trabajador, el SPA le envia el documento de renuncia
(documento externo de renuncia).
Por protección de datos: el formulario de solicitud de revisión médica,
(Sol∙licitud d'Aprovació de Reconeixement Mèdic P03) queda guardado en el
Servidor informático de IDIBELL, pudiendo estar a disposición de inspecciones,
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o de revisiones por parte de personal autorizado (inspectores, auditores,
Recursos humanos, Responsable de Prevención, Dirección de la empresa).
El protocolo de la revisión médica anual se lleva a cabo en base a los riesgos
específicos identificados para cada uno de los grupos de Puestos de Trabajo,
con diferente actividad existente en IDIBELL .
La complejidad de la revisión médica está totalmente ligada a la complejidad
de riesgos que va incrementándose en IDIBELL, desde los Puestos de Trabajo
con actividad administrativa a las actividades asociadas a cada persona
incluida en un grupo de investigación.
A su llegada a la empresa todos los trabajadores, son informados en la reunión
inicial de prevención, de la responsabilidad de comunicar al Departamento de
Prevención cualquier modificación en el trabajo que pueda afectar a su salud
(trabajo con nuevos productos, cambio o finalización de trabajo con productos
de riesgo, necesidad de protección especial (alergias, problemas físicos, etc, )
estrés laboral, etc).
Tal y como son informadas en la reunión inicial de prevención, las
trabajadoras son responsables de notificar el embarazo, o nueva incorporación
tras el parto a RRHH, o al Departamento de Prevención, a su jefe inmediato y
si lo desean a los Delegados de Prevención. Esta notificación se hace por
escrito cumplimentando un formulario que se encuentra en la INTRANET en el
apartado de RRHH (doc.externo de RRHH‐notificación de embarazo)
Una vez conocido el embarazo de una trabajadora o su incorporación tras la
baja maternal, por el Departamento de Prevención se comunica a Vigilancia de
Salud del SPA , que lleva a cabo el proceso de evaluación específica de su
estado de salud en función de los riesgos a que está expuesta, emitiendo un
certificado de aptitud (doc.externo del SPA de certificado de aptitud) de forma
que a través del Departamento de Prevención se lleve a cabo la gestión
necesaria para que se pueda proteger al máximo a la trabajadora, en
cumplimiento de la legislación vigente.
EL PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE
Cuando al Departamento de Prevención tiene conocimiento de la existencia de:
1. Una mujer embarazada o madre lactante,
2. Un trabajador con una minusvalía (de nueva aparición, o trabajador de
nueva contratación)
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3. Un trabajador sensible a determinado contaminante o actividad concreta,
o por otros motivos.
4. Otros casos
A partir de ese momento el Departamento de Prevención contacta con
Vigilancia de la Salud del SPA informando de la situación biológica del
trabajador/a y de sus riesgos (en base a descripción del puesto de trabajo).
Vigilancia de Salud , según protocolo del SPA, se pone en contacto con el
trabajador/a a través de correo electrónico para la realización de nueva
revisión médica, o revisión médica inicial (según sea el caso) de foma que
pueda establecer una relación entre los riesgos derivados de la actividad de la
persona especialmente sensible , con su estado biológico conocido a través de
la revisión médica . Vigilancia de la Salud determina finalmente en un
certificado específico (DOC.externo del SPA) las restricciones y/o adaptación
necesaria del puesto de trabajo.
El Departamento de Prevención se encarga de asegurar que se llevan a cabo
las adaptaciones recomendadas y que se mantienen las restricciones
establecidas.
En el supuesto de no poder adaptar el puesto de trabajo o aplicar las
restricciones, se traslada la decisión a Dirección del IDIBELL `para su resolución.
El seguimiento del personal sensible, y/o con minusvalías se realiza a través del
responsable de prevención, que contacta con el trabajador/a de modo
frecuente, no establecido pues depende en gran manera del dia a dia del
departamento en que se desdenvuelve el trabajador, utilizando los
mecanismos habituales de comunicación de IDIBELL, a los que añade el
seguimiento presencial , al compartir con ellos actividades cotidianas (hora de
la comida, descansos, etc) accediendo a este personal de modo muy cercano y
muy frecuente (prácticamente diario)
En coordinación con Servei de Prevenció del Institut Catalá de Oncología es
posible que las embarazadas de IDIBELL pueden acceder a la sala de
embarazadas del Hospital Duran i Reynals, una vez notificado el embarazo a
RRHH y Prevención de IDIBELL y puesto en conocimiento de Salud Laboral de
ICO que indica el procedimiento.
Hay que recordar que existen otros casos de personal considerado como
sensible (estudiantes para realización del trabajo de investigación de
Bachillerato, y estudiantes de visita en nuestras Instalaciones) que en IDIBELL
están incluido en el denominado considerados en el sistema tutorial, ya
explicado en el apartado de recursos preventivos .
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LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES
En caso de producirse un accidente o incidente, se comunica (presencial o
telefónicamente) al Departamento de Prevención o a RRHH ,
departamentos a través de los que se realiza el trámite de la atención
sanitaria del trabajador que por la escasa gravedad del accidente puede ir
por su propio pie a recibir esta atención sanitaria.
El procedimiento es común atodos los trabajadores: Existen únicamente
diferencias en cuanto al lugar en que se enviará a la persona accidentada
(personal contratado en la Mutua de Accidentes de Trabajo) y resto de
personal que pueda haber sufrido un accidente en un espacio IDIBELL, en
su Mutua o en el Hospital de Bellvitge.
La ubicación de los espacios de IDIBELL incluidos en su mayoría en el
Hospital Oncológico (Duran i Reynals) y estando el resto en el recinto del
Hospital de Bellvitge hacen que:
Cualquier accidente grave, o que requiera de la atención sanitaria urgente se
realizará en el Hospital de Bellvitge, o a través de Seguridad del Hospital
Duran i Reynals, de acuerdo con el Plan de Emergencias del ICO, en el caso
que hubiera que solicitar una ambulancia para el traslado del accidentado.
Una vez comunicado el accidente, se cita al trabajador accidentado al
Departamento de Prevención, con tal de cumplimentar el Informe de
Investigación de accidente (SPP‐FOR‐015), determinar las causas y las
medidas correctoras/preventivas a aplicar.
En el caso que se requiera de una medida correctora/preventiva del
accidente, es decir, en todos aquellos casos que el accidente sea causal, esta
es determinará y se llevará a término, dejando constancia en el informe de
investigación del accidente y activándose el procedimiento de acciones
correctoras y preventivas (SPP‐PGS‐010).
Así mismo, en el caso de que la medida correctora requiera una actualitzación
de la evaluación de riesgos, se activará el procedimiento de evaluación de
riesgos y planificación (SPP‐PGS‐001)
Si se hubiera producido la baja del accidentado RRHH informará de la misma al
Departamento de Prevención que realitzará la Investigación del Accidente por
teléfono.
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La Responsable de Prevenció de IDIBELL envia la investigació del accidente al
Comité de Seguridad y Salud , al Servicio de Prevención Ajeno (SPA) , a RRHH y
al responsable del trabajador accidentado .
Estudio de la Siniestralidad
Al principio de cada año, se elabora un informe de accidentabilidad basado en
la investigación de los accidentes e incidentes ocurridos durante el año
anterior, con objeto de reducir al máximo la siniestralidad en el nuevo año en
IDIBELL y verificar la eficacia de las medidas tomadas a raíz de la investigación
de accidentes/incidentes del año anterior.
En Marzo de 2011 la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
reconoce a IDIBELL el derecho al incentivo “Bonus” solicitado por haber
contribuido a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral en 2009,
recibiendo en Julio de 2011 de la Mutua Mutual Midat Cyclops (MC Mutual), el
importe correspondiente al Bonus 2009 con el que se premió a IDIBELL, por
baja siniestralidad e inversión en prevención.
MEDIDAS CORRECTORAS Y PREVENTIVAS
Considerando como “causas reales” aquellas que han producido una lesión
a un trabajador (correctivo) y potenciales cuando se prevé que puede pasar
(preventivo).
Además, consideramos que:
Incidencia es cualquier hecho que imposibilita o dificulta la actividad
normal de algún trabajador en condiciones de seguridad y confort.
Seguimiento periódico es cualquier incumplimiento legal en materia
preventiva que se detecte durante las actividades de seguimiento
periódico de la acción preventiva.
Nuevos Procesos son todas aquellas nuevas actividades que se generen a partir de un nuevo proceso a aplicar en IDIBELL y que sean susceptibles de generar nuevos riesgos.
Planificación Anual son todas aquellas actividades preventivas planificadas dentro del marco de los objetivos y planificación anual del Servicio de Prevención.
Los accidentes/incidentes detectados durante un año se registran en el
REGISTRO DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES correspondiente.
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En caso de ser un accidente causal, se procede a determinar la medida
correctora a aplicar, cumplimentando el INFORME DE PREVENTIVA ‐
CORRECTORA (SPP‐FOR‐001) que se registra como acción correctora en el
REGISTRO DE MEDIDAS APLICADAS de cada año.
Se procede de igual forma en caso de detectarse una incidencia:
Se inicia una acción correctora (anàlisis de las causas y se proponen
soluciones). En el caso de tratarse de una causa potencial (ser una medida
propuesta a través del seguimiento periódico, de una evaluación de riesgos
o planificación anual) se inicia una acción preventiva.
En ambos casos (acción preventiva y acción correctora) el Responsable de
Prevención cumplimenta el INFORME DE MEDIDAS
CORRECTORAS/PREVENTIVAS (SPP‐FOR‐001), que sirve para realizar todo el
seguimiento de la acción correctora / preventiva correspondiente.
1. Descripción de la causa: determinación de las características que han
dado, o puedan dar lugar, al factor de riesgo.
2. Análisis de las causas: investigación de las causas que han originado, o
pueden dar lugar al problema
3. Acción propuesta: definición de las actuaciones a seguir para eliminar
las causas que dan origen al factor de riesgo y la fecha de aplicación
prevista de la acción propuesta
4. Verificación de la eficacia de su implantación: estudio que se realiza, a
posteriori, una vez implantada la acción propuesta, para comprobar su
eficacia. Se define la fecha en la que tendrá lugar este estudio
El control de las acciones correctoras y preventivas en marcha, se recoje en
el REGISTRO DE MEDIDAS APLICADAS cada año.
INFORMES ANUALES
En cumplimiento con la legislación vigente en materia de Prevención, el
Departamento de Prevención de IDIBELL elabora cada año, (desde antes de la
constitución del Servicio de Prevención Propio en IDIBELL) los siguentes
informes:
‐Informe para la Dirección que consiste en la memoria anual relativa a todas
las actividades realizadas durante el año anterior por el Servicio de Prevención
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Propio, en la que además se incluyen datos obtenidos de la Memoria anual
presentada también por el SPA (Doc.Externo) y los recursos necesarios para el
año siguente .
‐Informe de Accidentabilidad relativo al año anterior y basado en la
Investigación de los accidentes e Incidentes, con objeto de reducir al máximo la
siniestralidad en el nuevo año y verificar la eficacia de las medidas tomadas
respecto a la siniestralidad del año anterior.
‐Planificación Preventiva para el nuevo año, que una vez consultada a los
Delegados, es presentada para su aprobación a la Dirección y entregado al
CSS.
‐Informe económico en donde constan los gastos producidos en el año
anterior y la estimación de necesidades económicas para el nuevo año.