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SERVICIO SALUD DE ARICA HOSPITAL EN RED “DR. JUAN NOE C.” SGC HJNC RRHH D Nº 001 Fecha última revisión : Marzo 2010 Fecha próxima revisión: Marzo 2013 Versión n° 01 1 MANUAL ORGANIZACIONAL HOSPITAL EN RED “DR. JUAN NOE C.” Región de Arica y Parinacota Realizado por Nombre: Dra. Paola Cortés P. Cargo: Jefe CAE Fecha: Marzo 2009 Nombre: Dra. Dina Miranda C. Cargo: Jefe Gestón Clínica Fecha: Marzo 2009 Firma: Nombre: Dra. Victoria Albarrán R. Cargo: Médico IIH Fecha: Marzo 2009 Firma: Nombre: EU Herminia Salazar M. Cargo: EU Gestión Clínica Fecha: Marzo 2009 Firma: Nombre: Ing. Pablo Ibarra A. Cargo: Subdirector Administrativo Fecha: Marzo 2009 Firma: Nombre: Ing. Orfa Ferrada A. Cargo: Encargada PYD Fecha: Marzo 2009 Firma: Revisado por Aprobado por Nombre: Ing. Ricardo Cerda Q. Cargo: Jefe RRHH Fecha: Marzo 2010 Firma: Nombre: Dra. Magdalena Gardilcic F. Cargo: Directora HJNC Fecha: Marzo 2010 Firma:

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MANUAL ORGANIZACIONAL HOSPITAL EN RED “DR. JUAN NOE C.”

Región de Arica y Parinacota

Realizado por Nombre: Dra. Paola Cortés P. Cargo: Jefe CAE Fecha: Marzo 2009

Nombre: Dra. Dina Miranda C. Cargo: Jefe Gestón Clínica Fecha: Marzo 2009 Firma:

Nombre: Dra. Victoria Albarrán R. Cargo: Médico IIH Fecha: Marzo 2009 Firma:

Nombre: EU Herminia Salazar M. Cargo: EU Gestión Clínica Fecha: Marzo 2009 Firma:

Nombre: Ing. Pablo Ibarra A. Cargo: Subdirector Administrativo Fecha: Marzo 2009 Firma:

Nombre: Ing. Orfa Ferrada A. Cargo: Encargada PYD Fecha: Marzo 2009 Firma:

Revisado por Aprobado por Nombre: Ing. Ricardo Cerda Q. Cargo: Jefe RRHH Fecha: Marzo 2010 Firma:

Nombre: Dra. Magdalena Gardilcic F. Cargo: Directora HJNC Fecha: Marzo 2010 Firma:

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1.- INTRODUCCION A partir de la ley de autoridad sanitaria N° 19.937, de 2004, que estableció modificaciones al D.L. N° 2.763 de 1979, en cuanto a las funciones del Ministerio de Salud, de los Servicios de salud y los establecimientos hospitalarios de mayor complejidad, en lo que respecta a: Organización y atribuciones de cada uno de ellos, estableciendo además la figura de hospitales autogestionados en red, estableciendo los requisitos y mecanismos de evaluación de su gestión. La nueva estructura de los servicios de salud esta contemplada en el Decreto Supremo 140, donde se establecen las funciones generales de los establecimientos hospitalarios, facultándolos para que definan su propia organización. El presente manual de organización contiene los siguientes elementos:

A) Introducción B) Objetivos C) Descripción del establecimiento D) Marco jurídico E) La Misión, la Visión y los Valores del establecimiento F) Organización de la estructura de cargos G) Objetivos de la organización H) Descripción de las funciones generales.

Este manual de organización deberá ser revisado y actualizado en los casos que a continuación se señalan:

1) Cuando se tenga una modificación menor, se agregarán las hojas correspondientes al manual. 2) Cuando a partir del análisis de la estructura se estime oportuno introducir mejoras y para ello se le

presente a la autoridad superior, autorice las propuestas de modificación estructural, de acuerdo a variables tales como:

A) Crecimiento o reubicación de nuevas dependencias B) Compactación de estructuras por mejor funcionamiento de la organización C) Cambios de denominación D) Cambios en los ámbitos jerárquicos E) Modificaciones en el objetivo y/o funciones a desempeñar.

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2.- OBJETIVO DEL MANUAL El Presente manual se establece con la finalidad de informar sobre la principal estructura de organización del hospital, de sus organismos asesores, Subdirecciones, Centros de Responsabilidad que lo conforman, conocer sus objetivos, funciones, y los niveles de autoridad y responsabilidad, para cumplir la Misión que ha definido el establecimiento.

3.- DESCRIPCION DEL HOSPITAL

El Hospital Dr. Juan Noé C., ubicado en calle 18 septiembre N° 1000 de Arica, es un establecimiento asistencial público, de alta complejidad, atiende a la población de las comunas de Arica (que corresponde a aproximadamente 120.222 habitantes), Camarones, Putre y General Lagos, donde el 95% que acude al hospital es FONASA y el 90% son categoría A y B es decir están exentos de pago. 3.1. Oferta Hospitalaria.1

Las prestaciones en términos generales que realiza el hospital corresponden a las que se presentan en la Tabla Nº 1. 4.- MARCO JURIDICO

1) Reglamento decreto N° 140 del 2004, que establece la estructura, organización y funciones de los servicios de salud.

1 Compromisos de Gestión 2007, MINSAL, página 15. La cartera de servicios es el resultado de las distintas líneas de producción de servicios que posee el establecimiento, generadas a partir de sus diferentes procesos6 productivos, clasificados en clínicos y de apoyo clínico y tiene su expresión concreta en un listado de los servicios específicos que provee el establecimiento y lo diferencia de otro oferente. En consecuencia la cartera de servicios del establecimiento está conformada sólo por los servicios específicos provistos por los procesos clínicos y de apoyo clínico.

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Tabla N° 1: Oferta del Hospital en Red Dr. Juan Noé C.2

Nivel Tipo de Atención Prestación Servicio N°Camas At. Prehospitalaria y de Urgencia

Abierta Consultas de Urgencia Adulto, Infantil y Gineco-Obstetra. Rescate y Traslado vehicular.

Secundario

Abierta Consultas de Especialidades del adulto, de la mujer y pediátricas3

Alta precoz. .

Cirugía Mayor Ambulatoria.

Apoyo Diagnóstico Terapéutico

Procedimientos diagnósticos médicos. Exámenes de Laboratorio Clínico Exámenes Imagenología Rehabilitación y Terapia Ocupacional. Transfusiones Biopsias Hemodiálisis Peritoneodiálisis

Terciario

Cerrada

Hospitalización4

Medicina

46 Cirugía 63 Traumatología 11 Psiquiatría 19 UCI – SAI 13 Pediatría 20 UCI Pediátrica 3 Neonatología 11 UCI Neonatal 4 Obstetricia y Ginecología5

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Intervenciones Quirúrgicas Mayor y Menor.

Fuente: Elaboración propia.

2 A partir del año 2005, la disponibilidad de camas de pensionado se redujeron hasta llegar en la actualidad a cero debido a la ejecución del proyecto de normalización que ha significado el traslado de los servicios clínicos y de apoyo, la optimización del espacio físico disponible y en otros casos la instalación y habilitación temporal de recintos como centros de atención clínica. La población que optaba por este servicio era Fonasa C o D y en un porcentaje inferior la de ISAPRE. 3 Oftalmologia, Otorrinolaringlogía, Endocrinologia, Geriatria, Cardiologia, Cardiovascular, Traumatologia, Reumatologia, Broncopulmonar, Gastroenterología, Endocrinología,Nefrología,Medicina Interna, Neurologia, Neurocirugía, Oncologia, Unidad Del Dolor, pediatría, Obstetricia y Ginecología, Odontología, Enfermedades Emergentes y Re-emergentes, Enfermedades de Transmisión sexual, 4 Por Resolución N° 441 del 09.04.09. 5 En este servicio se incluyen 14 camas que según Resolución (vigente) estaban asignadas a Pensionado Maternal, de las cuales 6 se reasignaron a Cirugía Mayor Ambulatoria.

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5.- MISION, VISION Y VALORES DEL ESTABLECIMIENTO

Visión.

“Un hospital acogedor y de calidad para la Región de Arica y Parinacota” Misión.

El hospital en Red “Dr. Juan Noé Crevani” es una institución de Servicio Público de Salud, que satisface las necesidades de atención en especialidades, apoyo diagnóstico y terapéutico, hospitalización y de Urgencia que la población de la Región de Arica y Parinacota requiere, según la cartera de servicio establecida y de acuerdo a los recursos disponibles, en forma oportuna, eficiente y eficaz, con personal capacitado, con infraestructura y tecnología de mayor capacidad resolutiva.

Valores y Principios.

Respeto a la vida Equidad Probidad funcionaria. Vocación de servicio Participación social. Trato humanizado y digno al usuario

Imagen a Proyectar. La imagen que desea proyectar el Hospital Dr. Juan Noé C., es de una institución que escucha y atiende las necesidades de sus usuarios, con infraestructura moderna, organizada, limpia y ordenada con personal respetuoso, puntual, calificado y presentable en su jornada laboral, que trabaja en coordinación con los establecimientos de la red asistencial de la Región de Arica y Parinacota.

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6.- ESTRUCTURA DE ORGANIZACIÓN. 6.1.- OBJETIVOS

A) Lograr un manejo adecuado de la administración de los recursos disponibles (Humanos,

materiales, científicos y tecnológicos), a través de Centros de Responsabilidad que permitan establecer recursos homogéneos o ser susceptibles de administrar un presupuesto flexible, en función de la programación de las actividades clínicas y administrativas.

B) Lograr la satisfacción usuaria, con participación social de la comunidad a través de los consejos

consultivos y un manejo adecuado de las comunicaciones.

C) Conformar redes de integración y cooperación con Universidades y/o centros de formación técnica en el campo docente asistencial.

D) Proyectar el desarrollo institucional que de cuenta del futuro de la gestión y de las mejoras

prácticas. E) Mantener redes de apoyo con los servicios clínicos para dar cumplimiento a las garantías de las

patologías GES y mantener el otorgamiento de aquellas no garantizadas por ley, de acuerdo a los recursos disponibles..

F) Definir los roles y asignar las responsabilidades a los equipos de trabajo para la ejecución de los

planes de mejora de los procesos y políticas internas que lleven a una gestión administrativa eficiente.

G) Dar cumplimiento a los requisitos para la autogestión. H) Mantener una fiscalización, control y evaluación permanente de acciones en el ámbito asistencial y

administrativo.

I) Mantener la coordinación de los centros de responsabilidad técnicos y administrativos a través de las Subdirecciones.

J) Organizar las unidades administrativas para apoyar una mejor gestión de los servicios y

Satisfacción de los usuarios.

K) Organizar la gestión asistencial por Centro de Responsabilidad, con el objeto de permitir una gestión más efectiva en los procesos clínicos y de apoyo clínico respectivo.

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6.2.- ORGANIGRAMA.

DIRECTOR HOSPITAL

Equipo Directivo Consejo Técnico

Planificación y Desarrollo Institucional Gestión Clínica

Asesoría Jurídica O.I.R.S

Oficina de Calidad y Seguridad del Paciente

Auditoria

Secretaria y oficina de Partes

Otros Comités y Órganos Asesores

Comité de I.I.H Farmacia

Comité de Ética COGGES

Consejo Consultivo Usuario Abastecimiento

Emergencias Normalización y Traslados

Diálisis Educación Continua

Subdirección Atención Cerrada y Apoyo

Clínico

Subdirección Administrativa

Unidad de Gestión Clínica Médica

Unidad de Gestión Clínica Quirúrgica

General

Unidad de Gestión Clínica de la Mujer

Unidad de Gestión Clínica Quirúrgica

traumatológica

Unidad de Gestión Clínica Paciente

Críticos CR

Unidad de Gestión Clínica Salud Mental

Unidad Gestión Clínica infantil

Unidad Gestión Clínica Pabellón

Quirúrgico

Subdirección Atención Ambulatoria

Consultorio adosado de especialidades CAE

Atención Prehospitalaria de emergencia

Apoyo

Diagnostico

Apoyo Terapéutico

R.R.H.H

Farmacia

Orientación Medica

Estadística

Operaciones Logística

Abastecimiento y Finanzas

Unidad de Gestión de CR

Diseño de Sistemas

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7. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL HOSPITAL EN RED DR. JUAN NOE CREVANI. La estructura organizacional del Hospital en Red Dr. Juan Noé Crevani es de tipo piramidal y por tipo de servicio, conformada por tres niveles jerárquicos al interior de los cuales, en términos de responsabilidad de línea y de asesoría, se distinguen: Departamentos, Secciones o Servicios, Oficinas y Comités, de acuerdo al detalle que se describe a continuación. Los centros de responsabilidad (CR) son 18, un Centro de Responsabilidad de Gestión Estratégica formado por la Dirección, sus órganos asesores y subdirecciones; y 17 Centros de Responsabilidad del nivel operativo.

7.1. PRIMER NIVEL: Conformado por la “Dirección” y sus organismos asesores; del que dependen en forma directa la secretaría y Oficina de Partes y las unidades que constituyen el segundo nivel jerárquico:

7.1.1. Subdirección de Atención Ambulatoria (SDAA), Subdirección de Atención Cerrada y de Apoyo Clínico (SDAC) y Subdirección Administrativa (SDA). 7.1.1. Con un rol de asesoría a la Dirección se constituyen las siguientes unidades asesoras en

términos de Oficinas y Comités:

7.1.1.1. Oficinas, en ellas se tiene: • Asesoría Jurídica. • Auditoria. • Coordinación de Enfermería. • Gestión Clínica. • Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS). • Oficina de Calidad y Seguridad del Paciente. • Planificación y Desarrollo Institucional.

7.1.1.2. Comités, Consejos y otros órganos asesores, entre los que se encuentran:

• Equipo Directivo. • Consejo Consultivo de usuarios. • Consejo Técnico. • Comité de Infecciones Intra Hospitalaria IIH. • Comité de Ética • Comité de Emergencia. • Comité de Farmacia. • Comité de Diálisis. • Comité de Implementación de Centros de Responsabilidad y Autogestión. • Comité Bipartito de Capacitación (Ley 18.834) • Comité Bipartito de Capacitación (Ley 19.664 • Comité Paritario (Ley 16.744) • Comité de Educación Continua.

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• Comité de Gestión de Garantías Explícitas de Salud COGGES. • Comité Abastecimiento. • Comité de Auditoría. • Comité de Salud, Prevención y Autocuidado. • Comité de Normalización y Traslados. • Comité de Medicina Transfusional

7.2. SEGUNDO NIVEL: Conformado por tres Subdirecciones.

7.2.1. Subdirección de Atención Ambulatoria. 7.2.2. Subdirección Atención Cerrada y de Apoyo Clínico. 7.2.3. Subdirección Administrativa.

7.3. TERCER NIVEL. Está constituído por 17 centros de responsabilidad (CR) de acuerdo a Resolución

N° 1471 del 02.10.09.

7.3.1. Subdepartamentos dependientes de la Subdirección Atención Ambulatoria. 7.3.1.1. Consultorio Adosado de Especialidades (CR). 7.3.1.2. Coordinación de Red

7.3.2. Subdepartamentos dependientes de la Subdirección Atención Cerrada y de Apoyo

Clínico.

7.3.2.1. Subdepto. de Gestión Clínica Médica (CR). 7.3.2.2. Subdepto. de Gestión Clínica Quirúrgica (CR). 7.3.2.3. Subdepto. De Gestión Clínica Quirúrgica Traumatológica (CR). 7.3.2.4. Subdepto. de Gestión Clínica de la Mujer (CR). 7.3.2.5. Subdepto. de Gestión Clínica Pacientes Críticos (CR). 7.3.2.6. Subdepto. de Gestión Clínica Salud Mental (CR). 7.3.2.7. Subdepto. de Gestión Clínica Infantil (CR). 7.3.2.8. Subdepto. de Pabellón Quirúrgico (CR). 7.3.2.9. Subdepto. de Apoyo Diagnóstico (CR). 7.3.2.10. Subdepto. de Apoyo Terapéutico (CR). 7.3.2.11. Subdepto. de Emergencia y Atención Prehospitalaria (CR).

7.3.5. Unidades dependientes de la Subdirección Administrativa.

7.2.4.1. Subdepto. de Abastecimiento y Finanzas (CR). 7.2.4.2. Subdepto. de Farmacia (CR). 7.2.4.3. Subdepto. de Orientación Médica y Estadística (CR). 7.3.5.4. Subdepto. de Operaciones Logísticas (CR). 7.3.5.5. Subdepto .de Recursos Humanos (CR). 7.3.5.6. Unidad de Gestión de CR.

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8. DESCRIPCION DE FUNCIONES. 8.1. DIRECCIÓN HOSPITAL.

Todas las atribuciones del Director del Hospital están definidas en el Decreto Supremo N°140, del año 2004 (Anexo1), la Ley 19.937 del año 2004 de la Autoridad Sanitaria y sus modificaciones y el Decreto Supremo N° 38 del 2005.

8.2. OFICINAS ASESORAS.

8.2.1. Asesoría Jurídica. Sus funciones se encuentran definidas en al Art 15 del Decreto Supremo N° 140 de 2004, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. La función que deberá desarrollar comprende asesorar al Director del Hospital, y a los directivos en la interpretación y aplicación de las normas legales y reglamentarias relativas al Hospital, emitiendo los informes que se requieren sobre las materias de su competencia, así como otorgar el apoyo jurídico que requiera el Director en cuánto al ejercicio de las funciones que le corresponden y respecto de todos los actos administrativos que se requiera de su opinión técnica. Para los efectos de uniformar criterios de aplicación de las normas en el sistema, deberá ajustarse a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República y coordinarse con la asesoría jurídica del Servicio.

8.2.2. Auditoria. Sus funciones y forma de operar se encuentran descritas en el Art. 27 del Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red, Decreto N° 38 de 2005 del Ministerio de Salud, sin perjuicio de la revisión de los estados financieros, fiscalización de procesos y procedimientos regulados, auditorias asistenciales y fiscalización de derechos de usuarios. De acuerdo con la Norma técnica sobre la función de Auditoria interna en los establecimientos autogestionados en Red, se tiene que está constituído por:

A) Auditor Administrativo: Este cargo tiene como propósito auditar el cumplimiento de la Planificación, el funcionamiento de los sistemas informáticos implementados, el funcionamiento de los sistemas de Control Interno, fiscalizar el funcionamiento de los sistemas administrativo financieros del establecimiento y realizar seguimientos a recomendaciones y observaciones de auditoría.

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B) Auditor Médico: Este cargo tiene como propósito identificar los procesos con

mayor exposición al riesgo dentro del Servicio auditado, verificar el grado de eficiencia y eficacia de las acciones que debe cumplir el Servicio auditado en concordancia con el ordenamiento y reglamentación vigente, evaluar la calidad de atención al usuario en todos sus aspectos, sugerir de acuerdo a lo observado, las recomendaciones pertinentes que permitan una adecuada atención al usuario.

8.2.3. Coordinación de Enfermería.

Asesorar y apoyar la gestión del proceso de atención de salud del paciente desde una perspectiva biopsicosocial, apoyando la eficaz y eficiente atención de enfermería que debe realizarse en el establecimiento hospitalario y la ejecución de las diferentes actividades derivadas del diagnóstico y tratamiento médico.

8.2.4. Oficina de Calidad y Seguridad del Paciente. La Oficina de la Calidad y Seguridad del Paciente del hospital es una unidad asesora de la Dirección, que tiene como función principal liderar las acciones destinadas a instalar un modelo de gestión de calidad, para dar cumplimiento a las exigencias de la Reforma de Salud, introduciendo una cultura de seguridad en la organización para minimizar los riesgos asociados a la atención clínica y administrativa de usuarios y funcionarios e identificando las oportunidades para mejorar los procesos. 8.2.5. Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) – Participación Social. Sus funciones son las definidas en el artículo 16 y en el numeral VI del artículo 21 del Decreto Supremo 140 de 2004 del Ministerio de Salud, en relación con los intereses del Hospital. 1) Establecer mecanismos de orientación e información al usuario. 2) Implementar sistemas de recepción de opiniones, sugerencias, reclamos y felicitaciones de los

usuarios y de la comunidad en general y un sistema de respuesta o resolución según corresponda, de acuerdo a las normas técnicas que imparta el Ministerio de Salud.

3) Proponer y mantener instancias permanentes de participación social y permita recibir la opinión de los usuarios y de la comunidad sobre la calidad de las prestaciones que se otorgan y propuestas para su mejoramiento.

4) Evaluar continuamente el grado de satisfacción de los usuarios con la calidad de la atención prestada por el Hospital en Red Dr. Juan Noé Crevani, de acuerdo a las normas técnicas que imparta el Ministerio de Salud.

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8.2.6. Gestión Clínica. Su función es asesorar al Director en el cumplimiento de los compromisos de producción de prestaciones del hospital y la correcta aplicación de la Ley 19.966 GES, en cuanto al cumplimiento de las garantías explícitas de: acceso, oportunidad y protección financiera, así como a velar que se mantengan actualizados los registros en el sistema SIGGES, monitorear los resultados y generar los informes de evaluación.

8.2.7. Planificación y Desarrollo Institucional. Es la unidad responsable de prestar el apoyo técnico necesario en la formulación, actualización, coordinación del Plan Estratégico del Hospital, al igual que en la generación de los instrumentos necesarios para su operativización en el Hospital: Plan anual de Inversiones y Plan Anual de Acción, y realizar el seguimiento e informes periódicos a la Dirección. Colaborar en la identificación y propuesta de posibles áreas de desarrollo hospitalaria que permitan mejorar la atención del usuario.

8.3. COMITÉS, CONSEJOS Y OTROS ÓRGANOS ASESORES. 8.3.1. Equipo Directivo. El Director contará con la asesoría de un Equipo Directivo, el que tendrá por

objetivo colaborar en los aspectos de gestión clínica y administrativa para la toma de decisiones en distintos aspectos vinculados al funcionamiento y coordinación de todas las actividades del establecimiento.

Este Equipo será presidido por el Director y estará constituido por las Subdirecciones, Jefe de Cirugía, Matrona Supervisora, Jefe de Gestión Clínica, Médico de IIH, según lo establecido mediante la resolución Nº 997 del 19 de mayo de mayo del 2006.

8.3.2. Consejo Técnico. El Director contará con la asesoría de un Consejo Técnico, el que tendrá por objetivo informar y colaborar en los aspectos de gestión en materias requiera su opinión, así como propender a la mejor coordinación de todas las actividades del establecimiento.

Este consejo será presidido por el Director y estará constituido por las Subdirecciones, Planificación, Médico Jefe y Enfermera de IIH, Médicos Jefes y profesionales jefes de los Servicios Clínicos y Unidad de emergencia.

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8.3.3. Consejo Consultivo de Usuarios. La constitución de este consejo está establecido en la resolución Exenta N° 02 del 04 de enero 2008. Su propósito es asesorar al Director del Hospital en la fijación de las políticas del establecimiento y en la definición y evaluación de los planes institucionales.

Asimismo, cada primer trimestre de año respectivo, del Director presenta a éste consejo el plan de actividades a desarrollar por el establecimiento durante el año, así como la cuenta pública del mismo.

Este consejo estará conformado por los representantes de la comunicad: Uniones comunales, voluntariado (Damas de Rojo y Samaritanas), representante de los trabajadores, FENATS, FENPRUS, FENTESS, representantes de la dirección del hospital: Director, Encargada de Oficina de Red, Médico IIH, Encargada de Participación Social.

8.3.4. Comisión de Implementación de Centros de Responsabilidades y Autogestión. Cuya función será la de implementar los centros de responsabilidad y asesorar en temas relacionados con los ámbitos del Hospital Autogestionado.

8.3.5. Comité de Salud, Prevención y Autocuidado. Su propósito es realizar propuestas y acciones

para fortalecer el entorno laboral del funcionario del Hospital en Red Dr. Juan Noé C., motivándolo a que incorpore el autocuidado y la prevención como una forma de mejorar su calidad de vida y rendimiento en el lugar de trabajo. Este comité permitirá colaborar con el logro de las metas ministeriales y locales.

Estará integrado por el Prevencionista de Riesgos Hospital, Coordinadora de Enfermería, Jefe Recursos Humanos Hospital, Médico del personal, Asistente social de personal, Jefe Planificación y Desarrollo Institucional.

8.3.6. Comité de Normalización y Traslados. Está integrado por: Directora, Subdirector Administrativo

y Servicios Generales; contando además, con la participación de funcionarios del Depto. de Recursos Físicos del Servicio de Salud, con el propósito de programar los traslados de servicios y/o trabajos efectuados por la empresa constructora que repercutan en el normal funcionamiento del establecimiento y supervisar la adecuada ejecución del proyecto de Normalización desde la perspectiva de funcionalidad de los recintos y solicitar información relevante o aclaraciones cuando corresponda al Servicio de Salud.

8.3.7. Comité de Emergencia. Su función principal es organizar, preparar al establecimiento hospitalario

y coordinar las acciones necesarias para intervenir en un siniestro o desastre local. Deberá preparar y mantener actualizado un Plan de Emergencia del establecimiento.

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8.3.8. Comité de Medicina Transfusional. Su objetivo principal es asesorar a la Dirección y clínicos del establecimiento respecto a temas que dicen relación con mejorar la práctica transfusional, especialmente la indicación y el uso de los productos sanguíneos.

8.3.9. Otros Comités.

El hospital tiene actualmente en funcionamiento los siguientes comités asesores que se dedican a un tema específico. Cada comité esta constituido por resolución Exenta y cuenta con su propia organización, en lo que respecta a sesiones que se realizan, acuerdos, y resoluciones adoptadas. Estas son: A) Comité de Infecciones Intra Hospitalarias. (Resolución Exenta Nº 1380 del 12.08.05) – Comité de

Vigilancia (Resolución Exenta Nº 1380 del 22.05.02). B) Comité de Ética. Resolución Exenta Nº 1002 del 19.05.06 C) Comité de Farmacia. Resolución Exenta Nº 3306 del 03.09.07 y Nº1097 del 04.04.08 D) Comité Bipartito de Capacitación (Ley 18.834), Resolución Exenta Nº E) Comité Bipartito de Capacitación (Ley 19.664), Resolución Exenta Nº F) Comité de Educación Continua. Resolución Exenta Nº 160 del 03.02.97 G) Comité Abastecimiento. Resolución Exenta Nº 1269 del 15.10.02

9. Comité de Gestión de Garantías Explícitas de Salud COGGES: Su función es asesorar al Director en la correcta aplicación de la ley GES en cuanto al cumplimiento de las garantías explicitas de: Acceso, Oportunidad, Protección financiera y Calidad, así como velar que se mantengan actualizados los registros en el sistema SIGGES, efectuando el monitoreo de los resultados y los informes de evaluación.

10. Comité de Auditoría. 11. Comité de Diálisis. 12. Comité Paritario (Ley Nº 16.744).

8.4. SUBDIRECCIONES.

8.4.1. Subdirección de Atención Ambulatoria, Atención Cerrada, Apoyo Clínico y Subdirección Administrativa. El propósito principal de cada subdirección es coordinar y participar activamente en la formulación de la planificación, mantener informado a los funcionarios, gestionar y controlar las Unidades de Gestión a su cargo, en lo referido al cumplimiento de la producción anual, compromisos de gestión y otros; incluyendo infraestructura, equipamiento, recursos humanos y financiero, para la entrega adecuada de atención a usuarios internos y externos, el control de resultados en sus unidades e Informar la variación de los indicadores.

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8.5. UNIDADES DEPENDIENTES.

8.5.1. Unidades de la Subdirección de Atención Ambulatoria

8.5.1.1. Consultorio Adosado de Especialidades. El objetivo del Consultorio es entregar atención ambulatoria de especialidades, consultas y procedimientos médicos y de otros profesionales; de programas específicos del Ministerio de Salud y aquellos definidos por la Dirección del establecimiento.. 8.5.1.2. Oficina Coordinación de Red. El principal objetivo es coordinar, gestionar y evaluar la oferta de horas médicas de especialidad y de profesionales con la demanda de atención de los diferentes niveles, a través del sistema de agendamiento, referencia y atención de los usuarios de la red asistencial. Adoptar los sistemas de interconsultas, listas de espera e información para la gestión de demanda de la red.

8.5.2. Unidades de la Subdirección de Atención Cerrada y Apoyo Clínico.

De la atención cerrada:

8.5.2.1. C.R. Gestión Clínica Médica. El objetivo principal es la administración eficiente del recurso

asistencial de camas de medicina interna y oncología, de los recursos (materiales, humanos, tecnológicos), del presupuesto de gasto, de la producción (prestaciones de atención cerrada), administración de residencia médica (si existe), programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.2. a) C.R. Gestión Clínica Quirúrgica. El objetivo principal es la administración eficiente del recurso

asistencial de camas de acuerdo a la categorización del paciente y modelo definido por el Ministerio, de los recursos (materiales, humanos, tecnológicos), del presupuesto de gasto, de la producción (prestaciones de atención cerrada), administración de residencia médica (si existe), programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

b) C.R. Gestión Clínica Quirúrgica Traumatológica. El objetivo principal es la administración eficiente del recurso asistencial de camas de acuerdo a la categorización del paciente y modelo definido por el Ministerio, de los recursos (materiales, humanos, tecnológicos), del presupuesto de gasto, de la producción (prestaciones de atención cerrada), administración de residencia médica (si existe), programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.3. C.R. Gestión Clínica de la Mujer. El objetivo principal es atender a la mujer en forma integral, en

la atención de parto humanizado y puerperio de acuerdo normativas ministeriales, para lo cual

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debe administrar eficientemente los recursos materiales, humanos, tecnológicos y financieros, según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.4. C.R. Gestión Clínica Pacientes Críticos. Su función principal es la atención del usuario

hospitalizado agudo y del que está en condiciones de riesgo vital, para lo cual deben administrar en forma eficiente el recurso asistencial de camas de la unidad a su cargo, los recursos materiales, humanos, tecnológicos, el presupuesto de gasto, la producción (prestaciones de atención cerrada), la administración de residencia médica, la programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.5. C.R. Gestión Clínica Salud Mental. Su función principal es la atención clínica del usuario

hospitalizado que incluye diagnóstico y tratamiento integral por una enfermedad mental, con un equipo clínico con las competencias necesarias para la eficacia del tratamiento acorde a la normativa vigente sobre esta materia; para lo cual deben administrar en forma eficiente el recurso asistencial de camas de la unidad a su cargo, los recursos materiales, humanos, tecnológicos, el presupuesto de gasto, la producción (prestaciones de atención cerrada), la programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.6. C.R. Gestión Clínica Infantil. Su función principal es la atención integral del niño y neonato

hospitalizado, agudo y con riesgo vital. Con la responsabilidad de conducir los programas de salud infantil incorporados a la Reforma de Salud, con un equipo clínico con las competencias necesarias para la eficacia del tratamiento acorde a la normativa vigente sobre esta materia; para lo cual deben administrar en forma eficiente el recurso asistencial de camas de la unidad a su cargo, los recursos materiales, humanos, tecnológicos, el presupuesto de gasto, la producción (prestaciones de atención cerrada), la programación de prestaciones según demanda de la red y registros de sistemas de información institucionales.

8.5.2.7. C.R. Pabellón Quirúrgico. Su función principal es administrar y optimizar el uso de pabellones quirúrgicos según oferta y demanda de la red, los recursos asociados (materiales, humanos y tecnológicos), administración de presupuesto de gastos, producción según campo de acción, organizar y mantener sistemas de información de prestaciones, de gastos y otros y coordinar acciones con los servicios quirúrgicos, la unidad de emergencia. Pediatría y Neonatología, se constituyen como Subcentro de Responsabilidad de Apoyo Clínico

8.5.2.8. C.R. Apoyo Diagnóstico. Su función principal es planificar la oferta y demanda de

exámenes según necesidades de la red, administrar los recursos (materiales, humanos y tecnológicos), y presupuesto de gastos, la producción según campo de acción, organizar y mantener sistemas de información de prestaciones, de gastos y otros y coordinar acciones con los servicios quirúrgicos, la unidad de emergencia, y la atención ambulatoria. Está constituido por Imagenología, Anatomía patológica y Laboratorio Clínico.

8.5.2.9. C.R. Apoyo Terapéutico. Su función principal es Planificación oferta y demanda de tratamientos a

usuarios según necesidades de la red, administración de recursos (materiales, humanos y tecnológicos), administración de presupuesto de gastos, administración de la producción según campo de acción, organizar y mantener sistemas de información de prestaciones, de gastos y

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otros y coordinar acciones con los servicios quirúrgicos, la unidad de emergencia, y la atención ambulatoria. Está constituido por Banco de Sangre y Hemodiálisis.

8.5.2.10. C.R. Unidad de Emergencia y Atención Prehospitalaria. Su función principal es prestar

atención médica integral las 24 horas del día los 365 días del año, en forma prioritaria y oportuna a usuarios con riesgo vital según criterios definidos de priorización, en el interior de sus dependencias o fuera del hospital a través del SAMU con personal competente, procurando una administración eficiente del recurso asistencial de atención pre hospitalaria a su cargo, de los recursos (materiales, humanos, tecnológicos), de los procesos de gestión, así como la planificación de oferta y demanda según necesidades de la red, de la administración de presupuesto de gastos, administración de la producción, según su campo de acción, organizar y mantener sistemas de información de prestaciones y coordinación con la red de urgencia de la región.

8.5.3. Unidades dependientes de la Subdirección Administrativa. 8.5.3.1. Unidad de Gestión de Centros de Responsabilidades: Apoyar en la gestión a los Centros de

Responsabilidad pertenecientes al hospital, elaborando y proporcinando información a los encargados de CR para apoyar en la toma de decisiones.

8.5.3.2 Desarrollo de Sistemas. Staff de profesionales contratados para que desarrollen sistemas

computacionales específicos para mejorar la gestión de los servicios clínicos y administrativos. 8.5.3.3 C.R. Abastecimiento y finanzas. Las funciones principales que debe llevar a cabo son crear e

implementar sistemas para la adecuada provisión de insumos y medicamentos necesarios para el buen funcionamiento del Hospital. Además crear, implementar y evaluar los sistemas relativos a prestaciones, costos y aranceles, y presentar el presupuesto General del Hospital elaborado en conjunto con los centros de responsabilidad. Así como de ejecutar y controlar el presupuesto del hospital. Está constituido por cuatro Subcentro: Compras y Convenios, Contabilidad y Presupuesto, Bodegas y Licitaciones

8.5.3.4 C.R. Orientación Médica y Estadística (OME). El objetivo de la sección es velar por la expedita,

racional y oportuna admisión, referencia y atención de los usuarios que concurran al establecimiento, facilitando la realización de los procesos y trámites asistenciales y administrativos correspondientes. Cumplir y hacer cumplir las Normas generales y específicas que rigen el funcionamiento del Hospital y del S.O.M.E.

8.5.3.5 C.R. Operaciones Logísticas. La función principal de este departamento es entregar apoyo al estamento clínico desde el punto de vista técnico-operativo, encargándose de programar, supervisar y controlar el mantenimiento del hospital, incluyendo instalaciones, equipamiento médico, computacional, industrial y vehículos. Además la sección tiene bajo su responsabilidad el control de contratos (reparaciones externas, servicio de vigilancia y otros), el aseo de los recintos

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hospitalarios, lavandería, esterilización, alimentación, transporte, telefonía y comunicaciones, y el cuidado y conservación de jardines.

8.5.3.6 Recursos Humanos. El objetivo principal de este departamento es aplicar las políticas de recursos humanos (reclutamiento, selección, inducción, evaluación de desempeño, formación y desarrollo de los recursos humanos y desvinculación), para la gestión y desarrollo de todos los recursos humanos del establecimiento.

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ANEXO 1: CARGOS CRITICOS HOSPITAL EN RED DR. JUAN NOE C.

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CARGO: DIRECTOR HOSPITAL

FUNCIONES. Establecidas en el Artículo 46 del Decreto Nº 140 del año 2004 que señala: Corresponderá al Director las funciones de programar, dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar todas las actividades del hospital para que ellas se desarrollen de modo regular y eficiente, para lo cual, sin perjuicio de las facultades que el Director de Servicio le delegue, tendrá las siguientes atribuciones: a) Elaborar y aprobar, el Plan Anual y los programas de actividades del Hospital y coordinar, controlar y evaluar su ejecución cuando corresponda; b) Presentar anualmente al Director del Servicio el proyecto de presupuesto del Hospital y ejecutarlo una vez aprobado, de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia. c) Organizar la estructura interna del Hospital y asignar los cometidos y tareas a sus dependencias, de acuerdo a las normas e instrucciones impartidas sobre la materia por el Ministerio de Salud y el Director del Servicio; d) Dictar las normas y manuales de funcionamiento de las dependencias del Hospital. e) Constituir unidades asesoras tales como, consejos técnicos, consejos o cómites de calidad, de ética médica, de docencia e investigación, de abastecimiento, farmacia, infecciones intrahospitalarias u otros; f) Celebrar, con la aprobación del Director del Servicio, convenios con profesionales de la salud que sean funcionarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud y que cumplan jornadas de a lo menos 22 horas semanales, cuando tengan por objeto atender a sus pacientes particulares en el establecimiento. En estos casos, dicha atención deberá realizar fuera del horario de su jornada de trabajo. Por resolución fundada del Director del Servicio se podrá autorizar convenios con profesionales que cumplan jornada de 11 horas semanales o con profesionales que no sean funcionarios del sistema. Estos convenios no podrán discriminar arbitrariamente, deberán ajustarse al reglamento y a las instrucciones que imparta el Ministerio de Salud. Los convenios con los profesionales deberán considerar claramente el horario de atención y la devolución horaria en caso de emergencias. El paciente particular deberá garantizar debidamente el pago de todas las obligaciones que para éste se generan con el Hospital por la ejecución del convenio.

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En todo caso, se dará prioridad al pago de los gastos en que haya incurrido el Hospital. Los convenios a que se refiere esta letra no podrán en ningún caso, significar postergación o menoscabo de las atenciones que el establecimiento debe prestar a los beneficiarios legales. En consecuencia, con la sola excepción de los casos de emergencia o urgencia debidamente calificadas, dichos beneficiarios legales se preferirán por sobre los no beneficiarios. g) Ejercer las funciones de administración del personal destinado al establecimiento que el Director del Servicio le delegue; h) Ejecutar acciones de salud pública, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, según las indicaciones del Director del Servicio; i) Proponer al Director del Servicio un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley N°18.469 j) Autorizar los protocolos de investigación científica biomédica en seres humanos que se desarrollen al interior del establecimiento, siempre que hayan sido informados favorablemente en forma previa por el Cómite Ético Científico correspondiente, de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes; k) Ejercer las demás atribuciones que el Director del Servicio le delegue.

PERFIL DEL CARGO DEL DIRECTOR. Cargo de II Nivel Jerárquico de Exclusiva confianza, cuyo nombramiento se realiza a través del sistema de Alta Dirección pública y para efectos de remoción tendrá la calidad de exclusiva confianza. FORMACION ACADEMICA. Título profesional de Médico Cirujano, Cirujano Dentista, Ingeniero Civil Industrial, ingeniero Comercial o Administrador público, otorgado por una universidad o Instituto profesional del Estado o reconocida por éste. PERFIL PROFESIONAL. Directivo cuya gestión asistencial deberá proyectarse según planificación estratégica, dando cumplimiento a los objetivos emanados desde la Dirección, del Gestor de Red y Ministerio de Salud, ejercerá control sobre la gestión clínica, participará en la integración intra extra e Inter. Hospitalaria del establecimiento en la red, capaz de realizar una gestión asistencial a nivel de procesos de planificación, ejecución, control, análisis, estudio y aplicación del desarrollo tecnológico vigente en el contexto de la política de mejoramiento continuó CONOCIMIENTOS. Gestión Hospitalaria, Reforma de Salud, Recursos Humanos y manejo de las tecnologías de información. EXPERIENCIAL PROFESIONAL Y/O LABORAL. No inferior a 5 años y al menos de 3 años en cargos de jefatura.

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REQUISITOS. Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 18.834 del estatuto administrativo COMPETENCIAS.

C) VISION ESTRATEGICA. Poseer o tener la potencialidad para adquirir rápidamente, una capacidad de pensamiento estratégico relativo a las políticas públicas del Hospital a su cargo, así como de la inserción del mismo en la institucionalidad pública del país

D) CAPACIDAD GERENCIAL. Contar con formación, conocimientos, capacidad y experiencia que le permitan dirigir y gestionar una organización de complejidad y envergadura equivalente al hospital a su cargo

E) HABILIDADES EMOCIONALES. Habilidades de liderazgo, trabajo en equipo, negociación, persuasión, manejo de crisis y trabajo bajo presión compatibles con la complejidad del Hospital a su cargo y con la coyuntura que éste enfrenta en la actualidad

F) HABILIDADES DE RELACION CON EL ENTORNO. Ser capaz de relacionarse y coordinarse efectiva y proactivamente con el entorno institucional público y privado del Hospital a su cargo

G) CONOCIMIENTO TECNICOS. Contar con formación y conocimientos técnicos en materia de gestión y administración de establecimientos de salud, de un nivel apropiado para las necesidades específicas del cargo

H) MANEJO MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Poseer habilidad compatible con los requerimientos del cargo, para manejarse con los medios de comunicación y expresarse fluidamente en diferentes escenarios , representando a la institución y transmitiendo adecuadamente las políticas públicas que se le ha encomendado gestionar

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CARGO: AUDITORES INTERNOS.

En el desarrollo de sus acciones y actividades, los auditores deberán observar especialmente, los principios de independencia, objetividad, imparcialidad, confidencialidad, probidad y abstención, procurando el cuidado profesional, la veracidad de la información proporcionada y la reserva de las materias y documentos utilizados, promoviendo la ética y los valores apropiados para el correcto desempeño funcionario dentro de la organización. De este modo se entenderá por:

12.3. Independencia. El encargado de la función de Auditoria debe responder ante el más alto nivel jerárquico dentro de la Organización, permitiendo a la actividad de auditoria interna cumplir con sus responsabilidades, en forma imparcial y libre de presiones. De este modo, se deberá procurar que la actividad de auditoria se encuentra libre de ingerencias indebidas al determinar el alcance de auditoria interna, al desempeñar su trabajo y al comunicar sus resultados

12.4. Objetividad. No permitir que el prejuicio, las ideas preconcebidas o la influencia de terceros, se interpongan en su trabajo

12.5. Imparcialidad. La administración debe actuar con objetividad y respetar el principio de probidad consagrado en la legislación, tanto en la sustentación del procedimiento, como en las decisiones que adopte.

Los hechos y fundamentos de derecho deberán siempre expresarse en aquellos actos que afectaren los derechos de los particulares, sea que los limiten, restrinjan, priven de ello, perturben o amenacen su legitimo ejercicio (Artículo 11 de la ley N° 19.880, de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado)

12.6. El auditor debe respetar la confidencialidad de la información obtenida en el curso de su trabajo profesional y no debe utilizar dicha información o revelarla sin la apropiada y específica autorización, salvo que exista derecho u obligación legal o profesional de divulgarla. La confidencialidad tiene una especial relevancia en el área asistencial, dado que la principal fuente de datos de la Ficha Clínica del paciente, la cual constituye un documento de carácter legal. Con todo, el Auditor deberá proporcionar oportunamente la información que requiera el Servicio de Salud, el Ministerio de Salud y el Consejo de Auditoria interna General de Gobierno

12.7. Probidad. Observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con premímencia del interés general por sobre el particular (Art. 52 , de la ley orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado)

12.8. Abstención. Los funcionarios que desempeñen la labor de auditoria se deben abstener de conocer de los asuntos en los cuales concurran las circunstancias descritas en el articulo 12, de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del estado

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Funciones Específicas de Auditor Administrativo. a. Elaborar el Plan General y el Plan Anual de Auditoria, el que deberá considerar los objetivos de

Auditoria Presidencial Ministerial y de las propias del Establecimiento. b. -Realizar las Auditorias que encomiende el Director del Establecimiento, y a través de este, del

Director del Servicio de Salud correspondiente, el Ministro de Salud y la Presidencia de la República.

c. Evaluar en forma permanente los sistemas de Control Interno de la Institución y efectuar las recomendaciones para su mejoramiento.

d. Evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales de la Institución, en el diseño, implementación y ejecución de los programas y actividades del Establecimiento.

e. Evaluar permanentemente el cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención y mantenimiento de la calidad de Establecimiento Autogestionado en Red.

f. Verificar el cumplimiento de las obligaciones del establecimiento como parte de la Red Asistencial. g. Auditar el cumplimiento por parte del establecimiento, a lo dispuesto en el Art. 25H de la Ley

19.937, sobre Autoridad Sanitaria y Gestión, y demás normativa vigente. h. Auditar el cumplimiento por parte del establecimiento a lo dispuesto en el artículo 25F de la Ley

19.937 sobre Autoridad Sanitaria y Gestión, y demás normativa vigente. i. Verificar que la información proporcionada por los sistemas informáticos implementados en la

Institución, se encuentre actualizadas, sea relevante y veraz, y esté disponible de manera oportuna.

j. Promover que las políticas y actividades de la función de Auditoria Interna, sean coherentes respecto de las orientaciones emanadas de la Auditoria Presidencial, Ministerial, de la Red Asistencial ala cual pertenece, de la Contraloría General de la República , del Consejo de Auditoria Interna General de Gobierno, y en general , respecto de la acción de otros organismos del Estado.

k. Efectuar seguimiento de las recomendaciones y observaciones formuladas en virtud de las evaluaciones realizadas, tanto por el Auditor Interno del Establecimiento, como de las auditorias que lleve a cabo el Servicio de Salud, el Departamento de Auditoria Ministerial, la Contraloría General de la Republica y otros Organismos del Estado.

l. Evaluar el cumplimiento de las normas, políticas, planes y programas que rigen el Establecimiento. m. Verificar el fiel y oportuno cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el funcionamiento

de la Institución, con los derechos y obligaciones de los funcionarios y con los demás asuntos de aplicación común en la Administración del Estado.

n. Verificar la regularidad y corrección de las operaciones y procedimientos relativos al ingreso, administración e inversión de los Recursos Financieros y patrimoniales del Establecimiento y la sujeción a lo dispuesto en la Ley de Administración Financiera del Estado y demás normativa vigente relativa a estas materias, resguardando los intereses institucionales y sectoriales.

o. Verificar el cumplimiento de la política de calidad fijada por la Autoridad competente. p. Efectuar seguimientos periódicos de las metas anuales definidas en la Planificación del Hospital. q. Realizar los demás cometidos que le encomiende el Director del Establecimiento Asistencial.

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Funciones Específicas del Auditor Médico.

A) Elaborar el Plan General y el Plan Anual de Auditoria, el que deberá considerar los objetivos de Auditoria Presidencial Ministerial y de las propias del Establecimiento.

B) Realizar las Auditorias que encomiende el Director del Establecimiento, y a través de este, del Director del Servicio de Salud correspondiente, el Ministro de Salud y la Presidencia de la República.

C) Auditar el cumplimiento, por parte del establecimiento, a lo dispuesto en la ley 19.937, sobre Autoridad Sanitaria y Gestión, y demás normativa vigente

D) Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones formuladas en virtud de las evaluaciones realizadas, tanto por el Auditor Interno del Establecimiento, como de las auditorias que lleve a cabo el Servicio de Salud, el Departamento de Auditoria Ministerial, la Contraloría General de la República y otros Organismos del Estado

E) Participar en los Comités de Auditoria, de acuerdo a las normas técnicas que para estos efectos, dicte el Ministerio de Salud.

F) Ejecutar las auditorias asistenciales, tales como muerte infantil, materna, de adultos y demás de carácter obligatorio que determine el Establecimiento, el Servicio de Salud correspondiente y el Ministerio de Salud

G) Evaluar el cumplimiento de las normas, políticas, planes y programas que rigen el establecimiento.

H) Verificar el fiel y oportuno cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el funcionamiento de la institución, con los derechos y obligaciones de los funcionarios y con los demás asuntos de aplicación común en la Administración del estado

I) Conocer de los reclamos por presunta responsabilidad médica, realizando la auditoria correspondiente

J) Verificar el cumplimiento de la política de calidad fijada por la Autoridad competente K) Realizar los demás cometidos de la misma naturaleza, que le encomiende el Director del

Establecimiento Asistencial

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CARGO: PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL.

Funciones Específicas. 1. Coordinar la presentación por parte de los responsables de planes de mejora en las áreas donde

no se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Minsal para hospital Autogestionado y el avance de las actividades contempladas en éste.

2. Coordinar y participar en la elaboración, revisión y actualización del Plan estratégico cuatrianual del establecimiento, en conjunto con el equipo directivo superior del establecimiento.

3. Elaborar el plan de inversiones anual. 4. Elaborar el plan Anual de Actividades de la Institución. 5. Realizar informes periódicos sobre los planes de acción y de inversión a la Dirección. 6. Otras que le Asigne el director del hospital.

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CARGO: GESTOR CLÍNICO.

Funciones.

1. Dirigir y organizar la Unidad, con el fin de alcanzar los objetivos establecidos en la planificación de

la Unidad. 2. Negociar con las Subdirecciones del hospital los compromisos de producción de prestaciones del

Hospital. 3. Negociar con Fondo Nacional de Salud (Fonasa) los compromisos de producción de prestaciones

del Hospital. 4. Mantener una comunicación permanente con el Fondo Nacional de Salud para recibir instrucciones

relativas a la aplicación de la Ley de Garantías. 5. Definir, mantener actualizados y analizar los protocolos de las patologías GES contempladas en la

ley, flujogramas de los procesos de atención clínica en los diferentes niveles de información de prestaciones incorporadas.

6. Solicitar muestreo del registro oportuno del ingreso de los pacientes al sistema computacional SIGGES a Estadística.

7. Monitorear en forma contínua e informar oportunamente los incumplimientos a los referentes técnicos y monitores.

8. Detectar brechas de recursos humanos, materiales y de equipamiento que pudieran afectar el cumplimiento de las garantías de acceso y oportunidad establecidas por ley, comunicándolas a los niveles directivos correspondientes.

9. Otras que le encomiende el Director.

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CARGO: ENCARGADO(A) DE OFICINA DE CALIDAD Y SEGURIDAD

Funciones Específicas.

1. Planificar, programar y coordinar las actividades anuales requeridas para el cumplimiento de requisitos ministeriales para mejorar la calidad de los procesos y minimizar el riesgo asociado a la atención intrahospitalaria de los pacientes.

2. Coordinar las acciones realizadas por los Encargados de Calidad de los servicios. 3. Capacitar a los Jefes de Servicios y Encargados de calidad, en materias que sean necesarias para

fomentar el cumplimiento de los procedimientos hospitalarios para la calidad y seguridad de los pacientes.

4. Actuar acorde a los nuevos requerimientos, orientando el desempeño de la institución hacia el logro de las metas y compromisos, en el marco de la Política de Calidad y Seguridad del Paciente.

5. Realizar evaluación periódica de los indicadores y el cumplimiento de metas. 6. Retroalimentar a los servicios para que elaboren planes de mejora o implementen acciones

correctivas o preventivas cuando sea necesario. 7. Elaborar informes semestrales o según requerimientos de la Dirección. 8. Controlar la documentación institucional del sistema de gestión de calidad y seguridad. 9. Representar a la Dirección ante procesos de acreditación.

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CARGO: COORDINACION DE ENFERMERIA.

Funciones específicas

1. Asesorar a los servicios clínicos en los procesos de enfermería que permitan una óptima acción en

el cuidado de los pacientes. 2. Definir las pautas y criterios de atención de enfermería en función de las evidencias científicas. 3. Establecer los estándares de niveles de recursos humanos que debe tener cada servicio, para

cumplir los procesos de enfermería en forma óptima. 4. Participar en los procesos de negociación de los centros de responsabilidad en conjunto con la

Subdirección médica y Administrativa. 5. Asesorar a los servicios clínicos en los procesos de categorización de pacientes. 6. Realizar labores de regulación y coordinación con centros formadores de educación superior con

las cuales se suscriba convenio el hospital, en materia de su competencia, en cuánto a cupos de práctica.

7. Velar por la elaboración y cumplimiento de guías y protocolos de referencia y contrarreferencia en los temas de enfermería.

8. Colaborar con la Subdirección médica y Administrativa en el seguimiento de los compromisos de gestión de los servicios y unidades.

9. Otras funciones que le encomiende el director.

Responsabilidades Asignadas al cargo de Coordinadora de Enfermería.

1. Colaborar con la Subdirección médica y administrativa en los procesos de gestión de los servicios clínicos.

2. Liderar el proceso de gestión de cuidados del establecimiento. 3. Ejercer control sobre normas y procedimientos de enfermería del establecimiento. 4. Liderar el proceso de programación en Red en áreas de su competencia. 5. Dirigir y/o participar en los diferentes comités asesores del Director. 6. Monitorear los compromisos de gestión y desempeño de las prestaciones referidas a enfermería. 7. Coordinar la elaboración guías y de protocolos de referencia y contra referencia de enfermería. 8. Coordinar con la Subdirección médica en los temas referidos a las lista de espera. 9. Asumir otros cometidos que le encargue el Director.

Atribuciones del Cargo de Coordinadora de Enfermería.

1. Definir las guías y protocolos de la gestión de cuidados del establecimiento 2. Establecer los procesos de referencia y contra referencia de enfermería en conjunto con el gestor

de red 3. Planificar en conjunto con la Subdirección Administrativa los recursos humanos no médicos de los

servicios. 4.

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CARGO: SUBDIRECTORES.

Subdirección Atención Ambulatoria. Descripción de funciones específicas 1) Definir y mantener actualizada la cartera de prestaciones de las unidades de su dependencia. 2) Definir los criterios de planificación sobre el uso de los recursos asistenciales (box de consulta,

equipos de alto costo, personal). 3) Coordinar el proceso de programación clínica, en conjunto con los servicios y unidades y el

Gestor de Red. 4) Negociación de compromisos de gestión asistenciales, con el Servicio de Salud de Arica, Fonasa,

subsecretaria de redes y los respectivos servicios y unidades. 5) Coordinación asistencial con los establecimientos de la red en conjunto con el gestor de red y las

asesorías respectivas. 6) Velar por mantener el equilibrio entre oferta y demanda, adoptando los mecanismos de

asignación de recursos para superar las brechas de atención. 7) Coordinar los trabajos de los diferentes comités de responsabilidad de la subdirección (AUGE,

Listas de espera ). 8) Otras funciones que le encomiende el Director del Hospital.

Responsabilidades Asignadas al cargo de Subdirector Atención Ambulatoria.

1) Gestionar la demanda clínica ambulatoria. 2) Administrar y optimizar el uso de los recursos asistenciales, materiales, recursos humanos,

equipos e instalaciones. 3) Adoptar todos los procedimientos y registros que sean necesarios para la gestión clínica y

administrativa de las unidades. 4) Fortalecer la gestión clínica, mediante la aplicación de protocolos de referencia y contrarreferencia 5) Dirigir los procesos clínicos y administrativos que permitan abordar las funciones encomendadas. 6) Mantener los registros necesarios para el control de la gestión y los compromisos asumidos con la

Dirección del Hospital. 7) Elaborar y mantener actualizados los procedimientos administrativos y protocolos de atención 8) Otras que le asigne el Director del Hospital.

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Subdirección Atención Cerrada y Apoyo Clínico. Funciones específicas.

1. Definir y mantener actualizada la cartera de prestaciones de las unidades de su dependencia. 2. Administrar y optimizar el uso de los recursos asistenciales, materiales, recursos humanos,

equipos e instalaciones, financieros de las unidades de su dependencia de acuerdo a los compromisos definidos.

3. Organizar en conjunto con las unidades, la utilización de camas disponibles, de acuerdo al criterio de atención progresiva y de gestión de camas definido en el documento “Orientaciones para la Gestión de Camas”, del MINSAL, año 2004.

4. Definir criterios de ingreso de paciente hospitalizados. 5. Establecer un sistema de programación de ingresos de pacientes con indicación de hospitalización

y de procedimientos de diagnósticos y terapéuticos, en coordinación con la Subdirección de Atención Ambulatoria.

6. Elaborar y mantener actualizados los procedimientos administrativos y protocolos de atención. 7. Efectuar monitoreo mensual de los indicadores de seguimiento de resultados y rendimientos de

hospitalización como: dotación de camas, camas en trabajo, egresos, camas disponibles, índice ocupacional, estadía promedio, índice de rotación, intervalo de sustitución y otros necesarios para evaluar la gestión de hospitalización.

8. Organizar en conjunto con la Subdirección de Atención Ambulatoria, la programación de horas clínicas de los profesionales médicos que comparten jornada, formalizando la distribución horaria por resolución.

9. Supervisar y evaluar la función asistencial realizada por los profesionales médicos del servicio. 10. Controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos sanitarios, metas de programas especiales,

compromisos de gestión del Minsal, Servicio de Salud y del Hospital, a través de informes periódicos (mensuales, bimensuales, trimestrales)

11. Organizar en conjunto con Pabellones quirúrgicos la tabla operatoria en función de los lineamientos entregados por la Dirección Hospitalaria.

12. Optimizar el uso de horas quirúrgicas con el fin de resolver las brechas de atención que se generan por listas de espera.

13. Otras que le asigne el Director del Hospital.

Responsabilidades Asignadas en ámbito de la Atención Cerrada. 1. Gestionar la demanda clínica ambulatoria. recursos asistenciales, materiales, recursos humanos,

equipos e instalaciones. 2. Adoptar todos los procedimientos y registros que sean necesarios para la gestión clínica y

administrativa de las unidades. 3. Fortalecer la gestión clínica, mediante la aplicación de protocolos de referencia y contrarreferencia 4. Dirigir los procesos clínicos y administrativos que permitan abordar las funciones encomendadas. 5. Mantener los registros necesarios para el control de la gestión y los compromisos asumidos con la

Dirección del Hospital. 6. Otras que le asignen.

SERVICIO SALUD DE ARICA HOSPITAL EN RED

“DR. JUAN NOE C.”

SGC HJNC RRHH D Nº 001 Fecha última revisión : Marzo 2010 Fecha próxima revisión: Marzo 2013 Versión n° 01

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Responsabilidades Asignadas en el ámbito del Apoyo Clínico. 1. Gestionar la demanda de apoyo clínico (diagnóstico, terapéutico, emergencia). recursos

asistenciales, materiales, recursos humanos, equipos e instalaciones. 2. Adoptar todos los procedimientos y registros que sean necesarios para la gestión clínica y

administrativa de las unidades. 3. Fortalecer la gestión clínica, mediante la aplicación de protocolos de referencia y contrarreferencia 4. Dirigir los procesos clínicos y administrativos que permitan abordar las funciones encomendadas. 5. Mantener los registros necesarios para el control de la gestión y los compromisos asumidos con la

Dirección del Hospital. 6. Otras que le asignen.

Subdirección Administrativa. Funciones específicas. 1. Administrar y optimizar el uso de los recursos asistenciales, materiales, recursos humanos,

equipos e instalaciones, financieros de las unidades de su dependencia de acuerdo a los compromisos definidos.

2. Elaborar y mantener actualizados los procedimientos administrativos de atención. 3. Efectuar monitoreo mensual de los indicadores de seguimiento de resultados y rendimientos de

hospitalización como: dotación de camas, camas en trabajo, egresos, camas disponibles, índice ocupacional, estadía promedio, índice de rotación, intervalo de sustitución y otros necesarios para evaluar la gestión de hospitalización.

4. Organizar en conjunto con las Subdirecciones, la programación de horas clínicas de los profesionales médicos que comparten jornada, formalizando la distribución horaria por resolución.

5. Supervisar y evaluar la función asistencial realizada por los profesionales médicos del servicio. 6. Controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos sanitarios, metas de programas especiales,

compromisos de gestión del Minsal, Servicio de Salud y del Hospital, a través de informes periódicos (mensuales, bimensuales, trimestrales)

7. Otras que le asigne el Director del Hospital.

Responsabilidades Asignadas al cargo de Subdirector Administrativo.

1. Adoptar todos los procedimientos y registros que sean necesarios para la gestión clínica y administrativa de las unidades.

2. Fortalecer la gestión clínica, mediante la aplicación de protocolos de referencia y contrarreferencia 3. Dirigir los procesos clínicos y administrativos que permitan abordar las funciones encomendadas. 4. Mantener los registros necesarios para el control de la gestión y los compromisos asumidos con la

Dirección del Hospital. 5. Otras que le asignen.