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MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA. ANEXOS ANEXO 3.1. ORDENACION DETALLADA AOD A-3-10 ESTURANS. Polígono II INSTRUMENTO DE ORDENACION PROVISIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE VIGO GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO ABRIL 2019 V.5. Documento para aprobación definitiva Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA. ANEXOS

ANEXO 3.1. ORDENACION DETALLADA AOD A-3-10 ESTURANS. Polígono II

INSTRUMENTO DE ORDENACION PROVISIONAL

DEL AYUNTAMIENTO DE VIGO

GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO ABRIL 2019

V.5. Documento para aprobación definitiva

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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V.5. APROBACIÓN DEFINITIVA AOD A-3-10 ESTURANS. Polígono II - ABRIL 2019

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ORDENACIÓN DETALLADA

DEL ÁMBITO APR A-3-10, ESTURANS

Polígono II

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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ÍNDICE

I. ÁMBITO Y CARACTERÍSTICAS. ................................................................................................................. 3

1. Identificación del ámbito de planeamento y determinaciones .................................................... 3

2. Elementos Estructurantes de la Propuesta. ......................................................................................... 3

3. Cuadro general de Superficies ............................................................................................................. 4

4. Ordenanzas propias de la Ordenación Detallada ........................................................................... 7

5. Polígonos .................................................................................................................................................... 7

II. ORDENANZAS PROPIAS DE LA PRESENTE ORDENACIÓN ............................................................ 8

III. CRITERIOS SUCESIVOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LOS SERVICIOS ..................................... 20

ANEXOS: CÁLCULO DE DEMANDAS ........................................................................................................ 45

IV. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 8/97, DE ACCESIBLIDADE Y SUPRESIÓN DE

BARRERAS ARQUITECTÓNICAS. ................................................................................................................ 53

V. PLANOS ........................................................................................................................................ 57

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V.5. APROBACIÓN DEFINITIVA AOD A-3-10 ESTURANS. Polígono II - ABRIL 2019

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I. ÁMBITO Y CARACTERÍSTICAS.

1. Identificación del ámbito de planeamento y determinaciones

La presente Ordenación Detallada, se corresponde con la prevista en el interior del polígono nº 2,

en el ámbito de suelo urbano no consolidado previsto en el PGOM de Vigo de 2008, identificado

como APR, A-3-10, ESTURANS, cuya superficie abarca 11.227 m2, de los 17.364 m² que figuraban

como ámbito completo.

El área completa en la que se inserta el ámbito de la presente ordenación, tiene una clara

orientación Este-Oeste, presenta una topografía acusada, en general descendiendo de Sur a

Norte, pero de manera no uniforme, presentando como característica más acusada la existencia

de una especie de escalón, relativamente plano, que apunta y facilita la ordenación de los

cuatro ámbitos sobre un gran eje longitudinal intermedio entre Tomás A.Alonso y la Avda. de

Castelao.

2. Elementos Estructurantes de la Propuesta.

Como elementos que conforman la ordenación de este ámbito concreto, es preciso destacar los

siguientes, en el que respeta específicamente al ámbito de Esturáns (A-3-10), cabe significar:

A) En primer lugar hay que destacar que, a diferencia de lo que ocurre en la práctica

generalizada de los otros tres ámbitos en los que, junto con este, el PGOM divide el viejo Peri de

Tomás Alonso, se aplicó el criterio de cambiar la categorización del suelo en buena parte del

dicho ámbito (consolidado en el PXOU de 1993), para:

a) Modificar el uso global aplicable, hasta ahora industrial e incluso con licencias de construcción

de este uso ya concedidas por el ayuntamiento pero no construidas (haciendo más fácil y menos

gravoso para el ayuntamiento el cambio, por medio de la firma de un convenio con el titular de

la misma), y hasta en adelante, residencial, como en el resto del área, junto con los usos terciarios;

y

b) Poder acometer las aperturas viarias precisas para el correcto funcionamiento de toda la zona,

tal y como se dejó dicho más atrás.

B) En este sentido, y dados los otros costes que la transformación conlleva en indemnizaciones de

bienes y servicios que el plan no contempla, se entendió que era preciso disponer aquí, como uso

pormenorizado cuasi único el residencial para vivienda colectiva (libre y acogida, en las

proporciones señaladas por la legislación vigente). Como uso distinto solo se conserva y se prevé

una pequeña edificabilidad para el uso de Transporte (Servicio del automóvil) en una amplia

parcela situada en el cruce de Tomás Alonso y la calle Esturáns.

C) Se entendió como mejor disposición de la edificación la tipología de bloque lineal sobre los

ejes principales (Vial de conexión con Tomás Alonso en el cruce con Ramón Soler y viario propio

del ámbito que unirá el anterior con el también previsto en el otro extremo, casi todo él fuera del

ámbito de conexión con la calle de las Ánimas; de este modo las dotaciones equipamentales se

sitúan en una amplia parcela más próxima a Tomas Alonso y las zonas verdes, cara al centro de

la zona, que se sumarán a las que se disponen lindantes longitudinalmente en el ámbito de Tomás

Alonso 1.

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V.5. APROBACIÓN DEFINITIVA AOD A-3-10 ESTURANS. Polígono II - ABRIL 2019

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D) La ordenación así dispuesta se contempla básicamente en tres manzanas, cuarteiróns o

manzanas, ya que una coarta es una esquina de tan sólo 80 m², enteramente destinada a

espacios libres por estar en contacto con el sistema local de espacios libres de los ámbitos de

Tomás Alonso 1 y Tomás Alonso 2. De esas tres manzanas básicas solo dos cobijan edificación,

puesto que la tercera toda ella se destina también a espacios libres, como se dejó dicho, en

contacto con la dispuesta en el ámbito de Tomás Alonso 1.

La edificabilidad se reparte, aproximadamente por un igual, pero la edificabilidad de la

“Manzana 2” es más alta que la de la “Manzana 1”, a causa de ser también en ella donde los

costes de transformación (particularmente en indemnizaciones) son mayores.

E) A edificación, como se dijo de uso residencial, se dispone en tipología de bloque abierto, que

permite la disposición de viviendas enteramente exteriores.

F) La edificación acogida a algún tipo de protección autonómica se dispone según planos, con

características semejantes a las de los edificios destinados a vivienda libre.

3. Cuadro general de Superficies

El cuadro general de superficies se dispone en las dos hojas que vienen a continuación.

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V.1. APROBACIÓN INICIAL AlD APR A-3-10 ESTURÁNS1 - NOVIEMBRE 2017

Ámbito: ESTURANS Sup. Total 17.364 m²

USO LUCRATIVO SISTEMAS LOCALES SISTEMAS GENERALES

Manz. Parcela Superficie Edificab. Aprov. Ocupación Nº Libre Priv. Esp. Verde Dotacional Esp. Verde Dotacional

Nº nº m² m².c m² / m² % Plantas m² m² m² m² m²

M.1 P.1 2.873 12.170 4,24 70 VIII-X 1.112

P.2 795 330 0,42 70 II

Total 3.668 12.500 1.112

M.2 P.1 874 874

P.2C 659 2.928 4,44 70 VIII

P.3 1.511 1.511

Total 3.044 2.928 874 1.511

M.4

P.1B 1.525 1.525

Total 1.525 1.525

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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V.1. APROBACIÓN INICIAL AlD APR A-3-10 ESTURÁNS1 - NOVIEMBRE 2017

Ámbito: ESTURANS Sup. Total 17.364 m²

Resumen de Manzanas:

USO LUCRATIVO SISTEMAS LOCALES SISTEMAS GENERALES

Manzana Superficie Edificab. Libre Priv. Esp. Verde Dotacional Esp. Verde Dotacional

nº m² m².c m² m² m² m² m²

M.1 3.668 12.500 1.112

M.2 3.044 2.928 376 874 1.511

M.4 1.525 3.326

TOTAL 8.237 15.428 1.488 4.280 1.511

Sup. Total de ámbito - Suma Sup. Manzanas = Sup. Total de Viario 2.989

Sup. Sistema General Viario

1.522 m²

Sup. otro viario

1.467

M.1 Residencial acogida V.P.La P1 A = 6.250 m2

Residencial libre P1 L = 5.920 m2

M.2 Residencial acogida V.P.La. P2 A = 3.366 m2

M.1 Transportes y Comunicaciones. P2 = 330 m2

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V.1. APROBACIÓN INICIAL AOD A-3-10 ESTURANS - NOVIEMBRE 2017

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4. Ordenanzas propias de la Ordenación Detallada

1. Las Ordenanzas de aplicación en el ámbito de ESTURÁNS (A-3-10) son las que figuran con este

título dentro de la Documentación Literaria de la presente Ordenación Detallada, conformando

el Capítulo II de la misma. Como se pode comprobar por su lectura distinguen entre las

Ordenanzas de carácter general y las Ordenanzas Particulares de la Ordenación del presente

ámbito (estructuradas en artículos numerados precedidos de la partícula “EST”). Estas Ordenanzas

responden a la correcta y cumplida armonización entre las Normas dimanantes de la Normativa

general del PGOM y las condiciones concretas de ordenación de la presente APR.

2. Las áreas de movimiento de la edificación están representadas con el criterio que establece el

artículo 6.3.12 de las Normas Urbanísticas, dentro de las cuales deberán incluirse las edificaciones

que procedan con respecto a las intensidades y número de plantas que fija esta Ordenación.

3. Las edificaciones representadas, como se determina en las Ordenanzas, tiene determinación

vinculante de la posición en relación con el viario o entre edificaciones, pudiendo estar

representadas en mayor dimensión superficial de la aparentemente resultante del cociente entre

la edificabilidad atribuida y el número de plantas, en estos supuestos su carácter es de área de

movimiento y por lo tanto sujetas al punto anterior. En algunos casos, cuando la edificación se

presenta en alineación de viario, vinculante, entre dos viarios transversales, a los que también

ofrezca fachada, la longitud de la edificación viene determinada por la estructura viaria sin

precisar acotado expreso.

5. Polígonos

La ordenación provisional sólo incluye el Polígono nº 2, con las siguientes características:

POLÍGONOS Superficie (m²) Superficie

Computable (m²)

Edificabilidade

(m²)

Edif.

Ponderad

a

Aprov.

Tipo

POLÍGONO 2 11.227 10.126 15.428 16.129 1,593

TOTAL 11.227 10.126 15.428 16.129 1,593

Este polígono se desarrolló por el sistema de concierto, y su proyecto de equidistribución

(expediente 4855/401) alcanzó la aprobación definitiva por acuerdo de la Junta de Gobierno

Local el 7 de diciembre de 2012.

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II. ORDENANZAS PROPIAS DE LA PRESENTE ORDENACIÓN

ORDENANZAS DE CARÁCTER GENERAL.

La presente Ordenación Detallada desarrolla la Ficha del Plan General del ámbito de Suelo

Urbano No Consolidado, APR con Clave A-3-10, en la cual se establecen:

Tipologías Edificatorias, de acuerdo con el Artículo 5.6.17 de la Normativa Urbanística, la A:

Edificación Aislada o en Bloques Abiertos; la B: Edificación en Manzana Cerrada o entre

medianerías; la C: Edificación Adosada o Agrupada en Hilera; y la G: Tipología Mixta prevista para

su determinación por el planeamiento de desarrollo.

Las condiciones de Aprovechamiento, Usos, y Objetivos y Recomendaciones, proceden, por

tanto, de dicha Ficha.

La Ordenación Detallada, y su posterior desarrollo, está sujeta a las Normas Urbanísticas de este

instrumento de ordenación provisional, especialmente a las Normas Generales de Usos, Título IV;

Generales de Edificación, Título V; y Generales de Ordenación y Urbanización, Título VI.

ORDENANZAS PARTICULARES de la ORDENACIÓN

ÁMBITO A-3-10, ESTURANS.

Artículo EST-1. Ámbito de aplicación.

Pertenecen al ámbito definido en el instrumento de ordenación provisional como APR A-3-10

ESTURÁNS, que coincide con el polígono II del ámbito definido en el Plan General de 2008 como

APR, A-3-10, que se desarrolla como Ordenación Detallada con las condiciones y

determinaciones, literarias y gráficas, que se incluyen en este Documento.

Artículo EST-2. Tipologías Edificatorias.

Segundo establecía la Ficha del APR y de acuerdo con el Artículo 5.6.17 de la Normativa

Urbanística, la A: Edificación Aislada o en Bloques Abiertos; la B: Edificación en Manzana Cerrada

o entre medianerías; la C: Edificación Adosada o Agrupada en Hilera; D: Edificación pareada y la

G: Tipología Mixta prevista para su determinación por el planeamiento de desarrollo.

Artículo EST-3. Aligaciones y Rasantes.

1. La Ordenación Detallada determina las alineaciones de toda la red viaria, quedando la

definición geométrica de su trazado en planta resuelto por las coordenadas UTM de los planos en

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V.1. APROBACIÓN INICIAL AOD A-3-10 ESTURANS - NOVIEMBRE 2017

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soporte digital que acompañan a este instrumento de ordenación provisional, resolviendo los

enlaces con los viarios existentes del entorno, donde ello es posible o acorde con la ordenación.

2. Todas las secciones tipo de Viario se reflejan en plano y se acotan, y definen un ancho mínimo

de acera de ciento ochenta (180) centímetros, si bien en determinados casos al no poder coincidir

el trazado de un viario con el límite del ámbito alguna de las aceras queda reducida de dimensión

completándose la sección total del viario en el ámbito colindante.

3. Las rasantes definitivas de los viarios se establecen en los puntos de encuentro de los ejes viarios

por considerar que de esta manera queda suficientemente definida la altimetría de la red de

comunicaciones.

Sección 1ª Edificación Lucrativa. Ordenanzas Específicas.

Subsección 1ª Residencial Multifamiliar.

Artículo EST-4. Condiciones de Edificación, Ocupación y Número de plantas.

1.- La Ordenación, a los efectos de la regulación de aprovechamientos y condiciones de la

edificación, establece una organización y estructura determinada por el Viario general que, junto

con el límite del ámbito, define diversas Manzanas que, a su vez, se subdividen en Parcelas que

constituyen la base de la regulación. Algunas Parcelas o Manzanas tienen Uso de Zonas Verdes

o Dotaciones, con carácter de Sistema Local.

2.- Las parcelas definidas por la Ordenación son sólo a los efectos de atribuir las intensidades de

usos y los espacios libres, públicos o privados, o dotacionales, sin que constituyan la parcelación

del ámbito que corresponderá al desarrollo de la presente Ordenación.

3.- Las condiciones específicas de cada Manzana y Parcelas de uso lucrativo que se recogen en

el siguiente cuadro tienen el carácter de Ordenanza Específica para cada Parcela:

Manzana

Parcela

Superficie

m ²

Edificabilidad

m²c máximo

Ocupación

B. rasante

Ocupación

S. rasante

Altura

nº de

Plantas

M.1 P.1 2.873 12.170 85% 70% VIII-X

M.2 P.2 C 659 2.928 85% 70% VIII

4. A efecto de los usos pormenorizados el aprovechamiento se diferencian en la Manzana 1,

Parcela 1 las siguientes Subparcelas:

M1 parcelas: P1-A Vivienda Acogida 6.250 m²c

P1-L Vivienda Libre 5.920 m²c

El Proyecto de Compensación o el de Reparcelación definirá la delimitación expresa de las

subparcelas M2-P2 con destino al Uso de Vivienda Acogida y Vivienda Libre.

5. En aplicación del Artículo 42 del Decreto 35/2000, Reglamento de la Ley de Accesibilidad, el

tres (3) por ciento de las viviendas acogidas deberá reunir las condiciones de adaptación a

persones de movilidad reducida.

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Artículo EST-5. Condiciones de Parcelación.

A efectos de su parcelación a partir de las Parcelas expresadas en el Artículo anterior, las unidades

resultantes deberán cumplir las condiciones requeridas en esta ordenanza, que por la

particularidad de la presente ordenación, en vez de expresar siempre las condiciones de

parcelación mediante superficie mínima y, en su caso, frente mínimo, se establecen además por

criterios tipológicos y de partición de las edificaciones, y sus áreas de movimiento, propuestas.

- Manzana 1, Parcela 2, Parcela mínima 600 m².

Artículo EST-6. Condición de Solar.

1.- Todas las Parcelas de cada Manzana resultantes de la parcelación en las condiciones del

artículo anterior cumplen la condición de Solar, regulada por el Artículo 5.2.12 de la Normas

Urbanísticas, y su edificación se considera que pueden responder a promociones unitarias que

resuelven las condiciones de aparcamiento en las Plantas Bajo Rasante reguladas según el

porcentaje de ocupación establecido para cada una

2.- Las edificaciones podrán establecerse en régimen de condominio, según se recoge en el

Artigo 4.2.1. de la Normativa Urbanística, pudiendo, en su caso, subdividirse en fases el proceso

de edificación sobre rasante, sobre las parcelas resultantes de la reparcelación que, en su caso

cuando, se haya producido, siempre estableciendo garantías de construcción del aparcamiento

de manera que pueda cumplir su función en el proceso de las diferentes fases.

Artículo EST-7. Alineaciones y Posición de la Edificación.

1. Las edificaciones se dispondrán de acuerdo con la localización definida en los planos de

Ordenación de la presente Ordenación Detallada para cada una de las manzanas y parcelas, y

con la edificabilidad lucrativa establecida en el Artículo EST-4.

2. Las áreas de movimiento de la edificación definidas deberán ser respetadas, y la ocupación

total, sobre o bajo rasante, no podrán sobrepasar los porcentajes atribuidos en el citado Artículo.

3.- Aquellas Parcelas en las que el Plano de Ordenación y Regulación establece la edificación, y

sus áreas de movimiento, en la alineación de la calle, esa alineación se considera vinculante y el

resto de la edificación podrá establecerse o definirse en el Proyecto de Edificación sin otras

limitaciones que las que se deriven de las condiciones de las Áreas de Movimiento y del

porcentaje de Ocupación, establecidas en esta Ordenación.

4.- La separación entre bloques y las distancias a ejes de calle o linderos son las que resultan de la

posición acotada en el plano de Ordenación y Regulación.

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Artículo EST-8. Cota de origen y referencia.

1. La cota de origen y referencia coincide con la de nivelación de la planta baja, en la alineación

de calle, y se situará de acuerdo con las determinaciones del artículo 5.3.4. de las Normas

Urbanísticas.

2. Por razones de pendientes de las parcelas M.1 P.1 y M.2 P.2, pueden surgir plantas por debajo

de la rasante de la Planta Baja que podrán tener uso lucrativo si reúnen las condiciones

adecuadas para el uso asignado. Estas posibles plantas no se computan como tales a los efectos

del límite de alturas. Todo ello con independencia del cumplimiento de los límites de edificabilidad

asignada.

Artículo EST-9. Profundidad de los edificios.

1. Serán según están acotados los edificios y áreas de movimiento, respetando las alineaciones

de calle.

2. Cuando existan quiebros en la directriz longitudinal del bloque solapes entre cuerpos de

edificación, la profundidad se medirá independientemente en cada uno de ellos.

3. A los efectos de aplicación de este artículo, se entiende por profundidad del edificio, la

dimensión existente entre dos fachadas opuestas que formen entre sí un ángulo menor de

noventa (90) grados sexagesimales. La medición de la profundidad se hará perpendicularmente

a la fachada de mayor longitud, sin tomar en consideración los vuelos o salientes autorizados.

Artículo EST-10. Altura de las Edificaciones.

1. La edificación no rebasará en número de Plantas las definidas en el cuadro del Artículo EST-4, y

la altura de coronación, medida en metros desde la cota de nivelación de la planta baja, se

obtendrá con los siguientes valores tipo:

Planta Baja Altura de cálculo 4,50 metros

Plantas tipo Altura de cálculo 3,50 metros

Por lo tanto, la altura de coronación será la siguiente:

Edificios de 8 plantas 29,00 metros

Artículo EST-11. Construcciones permitidas por encima de la altura.

1. Además de la posible construcción de áticos retranqueados, recogida en el punto 2 del Artículo

anterior, se podrá construir cubierta inclinada con pendiente máxima de treinta (30) grados

sexagesimales, con paños no quebrados, y finales de estilo y diseño del edificio, o letreros o

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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emblemas que, en todo caso estarán por debajo de una envolvente del edificio, sólido capaz,

definido por sus fachadas y la intersección de los planos que arrancando del final de las mismas

tengan una inclinación no superior a cuarenta y cinco (45) grados sexagesimales.

2. Sobre el paño de cubierta sólo podrán sobresalir los elementos de ventilación, chimeneas, las

Antenas de cualquier tipo de televisión, que deberán ser colectivas, cualquier elemento de

aprovechamiento de la energía solar u otros que puedan estar autorizados por la Normativa

General de Edificación del Título VI.

Artículo EST-12. Altura de pisos.

1. La altura mínima libre de pisos será de:

la) Trescientos cincuenta (350) centímetros para la planta baja.

b) Doscientos sesenta (260) centímetros para la planta de piso.

Artículo EST-13. Salientes y vuelos.

1. En las edificaciones cuya fachada no coincida con una alineación de calle, se permite

sobresalir de las fachadas exteriores con los salientes contemplados en el Art. 5.6.15. de las Normas

Urbanísticas, pudiendo los cuerpos volados cerrados alcanzar el sesenta (60) por ciento de la

fachada.

2. En las fachadas que coincidan con la alineación oficial se admiten balcones, balconadas y

miradores realizados de acuerdo con el Artículo 5.6.15 de las Normas Generales de Edificación,

limitados sus salientes en función del ancho de la calle, y respetando las medidas del cuadro

siguiente.

Ancho de calle

(metros)

Saliente

(metros)

Mayor de 6 a igual o menor 10 0,45 m.

Mayor de 10 a igual o menor 15 0,75 m.

Mayor de 15 1,00 m.

El arranque de los cuerpos volados no podrá estar a una distancia del lindero lateral inferior a su

saliente, medido éste en su totalidad, sin poder salir de manera oblicua desde el lindero de

comienzo de la fachada.

3. La altura libre mínima entre la cara inferior del forjado del cuerpo saliente y la rasante de la

acera será de trescientos cincuenta (350) centímetros, en las fachadas situadas en la alineación

oficial de calle. En las fachadas interiores se podrán realizar a partir de la cara inferior del forjado

de techo de la planta baja.

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4. En los chaflanes sólo se podrán establecer cuerpos volados en prolongación de los paños de

fachada, sin prolongación de los cuerpos volados de las mismas, desde la cara inferior del forjado

del suelo de la planta segunda.

5. Cornisas y aleros: El saliente máximo de cornisas y aleros, medido desde el plano de fachada

que coincida con la alineación de la calle, no rebasará:

Ancho de calle

(metros)

Saliente

(metros)

Mayor de 9 a igual o menor de 15 0,75

Mayor de 15 0,80

6. En otras edificaciones, el saliente máximo de las cornisas y aleros respecto a los planos de

fachada no excederá de ochenta (80) centímetros; podrá superarse esta dimensión, en cuyo

caso el exceso computará a efectos de ocupación y posición del edificio. En ningún caso podrá

rebasar la alineación oficial en más de ochenta (80) centímetros.

Artículo EST-14. Seguridad frente a incendios.

Con independencia del cumplimiento de la normativa Básica de Protección Contra Incendios,

vigente en cada momento, la edificación se dispondrá de forma que permita la aproximación a

todas las fachadas exteriores, sobre las que recaiga una vivienda, de un vehículo de bomberos,

a través de un espacio de maniobra que conectará con la vía pública. Si el acceso dispone de

puerta o cancela, la solución constructiva de la misma permitirá su fácil y rápido franqueo. El

ancho del espacio de maniobra será superior a tres (3) metros y en el caso de tener edificación

bajo rasante, el forjado deberá estar calculado con una sobrecarga de uso no inferior a dos mil

(2.000) kilogramos por metro cuadrado.

Artículo EST-15. Condiciones higiénicas.

1. Todas las piezas habitables deberán ser exteriores, debiendo tener huecos a espacio público,

a espacios libres de parcela exteriores a la edificación o a espacio libre interior.

2. Los locales que den a patio interior de parcela deberán cumplir, éstos, las dimensiones

reguladas por el Artículo 5.7.6. de la Normativa Urbanística.

Artículo EST-16. Condiciones de Accesibilidad

Además de las Normas Generales de la Edificación, Título V, y las de Usos, del Título IV, de las

Normas, las construcciones deberán ajustarse las condiciones establecidas por la legislación de

accesibilidad que le resulte de aplicación.

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Artículo EST-17. Condiciones de Garaje Aparcamiento.

1. Todos los edificios deberán reservar plazas de garaje aparcamiento en proporción a 1,50 plazas

por cada 100 metros cuadrados de construcción.

2. Los garajes aparcamiento deberán cumplir las condiciones Generales por razón del uso

estipuladas en el Título IV de las Normas Urbanísticas.

Artículo EST-18. Ocupación y tratamiento de los espacios no edificados.

Los espacios no ocupados por la edificación en los que la Ordenación Detallada defina como

espacios libres privados deberán mantenerse limpios y urbanizados o ajardinados según las

condiciones de dimensión y características de los mismos.

En aquellos casos en los que su dimensión lo permita podrán instalarse en régimen de

copropiedad o condominio jardines de uso colectivo de la manzana o parcela con la posibilidad

de utilizar espacios para uso deportivo siempre sin sobresalir de la rasante.

Subsección 2ª Uso Transporte y Comunicaciones.

Artículo EST-19. Estación de Servicio.

1. La ordenación reserva una parcela para Uso de Transporte y Comunicaciones, Clase Servicios

Públicos, Categoría 6ª para una estación de servicio, con las siguientes condiciones:

Manzana

Parcela

Superficie

m ²

Edificabilidad

m²c máximo

Ocupación

B. rasante

Ocupación

S. rasante

Altura

nº de

Plantas

M.1 P.2 795 330 85% 70% II

2. Además de las condiciones del punto anterior, le será de aplicación las siguientes Condiciones

Generales de los Servicios del automóvil:

1. En las zonas así calificadas serán de aplicación las determinaciones del Artículo 4.10.5.A. tanto

para instalaciones destinadas al servicio de combustible de los vehículos automóviles como para

el lavado de automóviles.

2. Las condiciones de las Estaciones de Servicio serán las siguientes:

a) La parcela mínima para las Estaciones de Servicio será de setecientos cincuenta (750)

metros cuadrados.

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b) Las condiciones de edificación no superarán un aprovechamiento edificable de 0,30 m²/m²,

y una altura máxima de setecientos veinte (720) centímetros y dos plantas (PB + 1).

c) La separación mínima de las construcciones a los vecinos será de cuatro (4) metros.

d) La superficie total cubierta por edificación y marquesas no superará el cincuenta (50) por

ciento de la parcela.

e) La distancia mínima de los depósitos de combustible enterrados a los límites de la parcela

será de dos metros.

3. Las instalaciones de lavado de automóviles podrán estar situados en bajos de edificaciones

de uso no residencial ni dotacional.

Sección 2ª Edificación Lucrativa. Condiciones de Usos.

Artículo EST-20. Usos Pormenorizados.

1. El Plan General determina como Uso Global Característico el Residencial, que la Ordenación

Detallada desagrega en los Usos Pormenorizados de: Residencial Clase Vivienda, Categoría 2ª; el

Residencial Libre y Categoría 2ª de Viviendas Acogidas a algún Régimen de Protección, y Uso

Transportes, Clase Servicios Públicos, Categoría 6ª, en los términos, condiciones y coeficientes de

ponderación establecidos en la Memoria de la presente Ordenación Detallada.

2.- Así mismo la Ordenación Detallada define las zonas correspondientes a los Sistemas Locales,

según las condiciones de la Ficha del APR, para los usos de Espacios Libres y Equipamientos

Públicos.

Artículo EST-21. Localización de los Usos Pormenorizados.

1. La Ordenación Detallada asigna los Usos Pormenorizados de Vivienda, Categoría 2ª, Acogida

a algún régimen de protección en las parcelas definidas en el punto 4 del artículo EST-4 y

Transporte Servicios Públicos Categoría 6ª según recoge el Artículo EST-19.

2. El resto de las parcelas de las diferentes Manzanas tienen atribuido el Uso Pormenorizado de

Vivienda Libre, Categoría 2ª, que es el Uso Característico.

Artículo EST-22. Régimen del Uso Característico.

1. Uso Característico: Residencial, Clase Vivienda, Categoría 2ª

2. Usos Compatibles en el mismo edificio:

- Terciario, Clase Hostelero.

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Categorías 1ª, 2ª y 3ª, en cualquiera de los edificios.

Categoría 5ª, en planta Baja, sólo en las edificaciones en alineación de calle.

- Terciario Clase Oficinas:

Categorías: 6ª en cualquiera planta asociada a vivienda.

Categorías 7ª, 8ª y 9ª, en planta Baja en las mismas parcelas.

- Terciario, Clase Comercio: Categorías 1ª, 2ª, 3ª y 4ª en plantas Baja y Primera

- Terciario, Clase Recreativo y Reunión:

Categoría 10ª Tipos I a III, Categoría 11ª, Tipos I y II, y Categoría 12, Tipos I, II y III, en plantas Baja

y primera o en sótanos y semisótanos vinculados a la planta Baja.

- Dotacional, Clase Educación:

Categorías 1ª, 6ªy 7ª en planta Baja en las mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Asistencial: Categoría 10ª en planta Baja en las mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Sanitario: Categoría 12ª en planta Baja en las mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Servicios públicos, Categoría 15ª en oficinas de servicio público en planta

Baja en las mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Religioso: Categoría 17ª, en planta Baja en las mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Deportivo; Categoría 21ª, en planta Baja en las mismas parcelas.

- Garaje-aparcamiento: Categoría 1ª en plantas Baja e inferiores.

La máxima ocupación en las plantas bajas, en los frentes de calle, sólo estará limitada por la

exigencia de frente necesario para accesos a portales y garajes de las parcelas respectivas.

3. Usos Permitidos en edificios independientes:

- Terciario, Clase Hostelero: Categorías. 1ª, 2ª, 3ª y 5ª..

- Terciario, Clase Comercio: Categorías 1ª, 2º, 3ª y 4ª..

- Terciario, Clase Oficinas: Todas sus Categorías.

- Dotacional en todas sus Clases y Categorías, a excepción la Categoría 16ª

- Garaje-Aparcamiento: Categoría 1ª en planta Baja e inferiores.

4. Usos Prohibidos:

- Los restantes.

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Artículo EST-23. Régimen de él Uso Pormenorizado Vivienda Acogida.

1. Uso Característico: Residencial, Clase Vivienda, Categoría 2ª Acogida la algún régimen de

protección pública.

2. Usos Compatibles en el mismo edificio:

- Terciario, Clase Hostelero.

Categorías 1ª, 2ª y 3ª, en cualquiera de los edificios.

Categoría 5ª, en planta Baija, solo en las edificaciones en alineación de calle .

- Terciario Clase Oficinas:

Categorías: 6ª en cualquier planta asociada a vivienda.

Categorías 7ª, 8ª y 9ª, en planta Baja en las mismas parcelas.

- Terciario, Clase Comercio: Categorías 1ª, 2ª, 3ª y 4ª en plantas Baja y Primera.

- Terciario, Clase Recreativo y Reunión:

Categoría 10ª Tipos I a III, Categoría 11ª, Tipos I y II, y Categoría 12, Tipos I, II y III, en plantas Baja

y primera o en sótanos y semisótanos vinculados a la planta Baja.

- Dotacional, Clase Educación:

Categorías 1ª, 6ªy 7ª en planta Baja en mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Asistencial: Categoría 10ª en planta Baja en mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Sanitario: Categoría 12ª en planta Baja en mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Servicios públicos, Categoría 15ª en oficinas de servicio público en planta

Baja en mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Religioso: Categoría 17ª, en planta Baja en mismas parcelas.

- Dotacional, Clase Deportivo; Categoría 21ª, en planta Baja en mismas parcelas.

- Garaje-aparcamiento: Categoría 1ª en plantas Baja e inferiores.

3. Usos Prohibidos:

- Los restantes.

Artículo EST-24. Régimen del Uso Pormenorizado Estación de Servicio.

1. Uso Característico: Transportes y Comunicaciones, Clase Servicios Públicos, Categoría 6ª

Estación de Servicio.

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2. Usos Compatibles en el mismo edificio:

- Terciario, Clase Comercio.

3. Usos Prohibidos:

- Los restantes.

Sección 3ª Dotaciones Urbanísticas. Sistema Local.

Artículo EST-25. Espacios Libres Públicos

1. La Ordenación Detallada, establece como Sistema Local de Espacios Libres Públicos las

siguientes parcelas, con la situación y superficie que a continuación se establece:

Manzana

Parcela

Superficie

m ²

M.4 P.1 B 1.525

Total 1.525 m²

2. La urbanización y tratamiento de las parcelas anteriores pertenecientes al Sistema Local de

Espacios Libres, deberá ajustarse a las determinaciones de los Artículos del Capítulo 6.3 de las

Normas Urbanísticas, especialmente los comprendidos entre el 6.3.4 y él 6.3.9.

Artículo EST-26. Equipamientos Públicos

1. La Ordenación Detallada, establece como Sistema Local de Equipamientos Públicos las

siguientes parcelas, con la situación y superficie que a continuación se establece:

Manzana

Parcela

Superficie

m ²

Uso Pormenorizado

M.2 P.3 1.511 Clase Asistencial

Total 1.511 m²

2.- Las condiciones de aprovechamiento y edificación serán las de la Ordenanza 13 con las

características de la Clase de uso Dotacional Público que se establece en el cuadro o aquel que

el Ayuntamiento les atribuya en razón de las necesidades.

3.- La urbanización y tratamiento de los espacios libres de las parcelas anteriores pertenecientes

al Sistema Local de Equipamientos, deberá ajustarse a las determinaciones de los artículos del

Capítulo 6.4 de las Normas Urbanísticas, especialmente los comprendidos entre el 6.4.2 y el 6.4.5.

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Artículo EST-27. Aparcamientos públicos.

1. La Ordenación Detallada reserva como plazas de aparcamiento público un total de 38 plazas.

2. No obstante lo anterior, la Ordenación a efectos de cómputo estima sólo el 80% de las 38 plazas

dibujadas, por lo que hay un déficit de plazas en superficie que se compensaban en el Distrito.

La estimación de la posible no utilización del 20% de las plazas dibujadas responde a las previsibles

zonas que el Proyecto de Urbanización ocupará a definir los pasos de peatones, los pasillos

exigidos por la Ley de Accesibilidad y el Reglamento que la desarrolla, los badenes de acceso a

garajes, etc.

Sección 4ª Desarrollo de la Ordenación Detallada

Artículo EST-28. Condición para el Proyecto de Urbanización.

1. El Proyecto de Urbanización, además de las condiciones y determinaciones que corresponde,

y está regulado en la Normativa Urbanística, deberá establecer las condiciones precisas que se

citan en el artículo anterior con el fin de garantizar el número de plazas públicas de aparcamiento

y el número de ellas que se cita en el dicho artículo.

2. En el diseño de las Zonas Verdes, Sistemas Local y General, deberá cumplir las condiciones de

Accesibilidad definiendo itinerarios que cumplan con las determinaciones normativas vigentes..

3. Así mismo el Proyecto de Urbanización que desarrolle este ámbito deberá establecer los

alcorques necesarios para la plantación de árboles siguiendo la definición de los viarios recogidos

en la presente Ordenación.

Artículo EST-29. Sistema de Actuación y Plazos de Desarrollo.

1. Según establece la Ficha del APR A-3-10, el Sistema de Actuación previsto para el desarrollo de

la misma era el de Compensación y Concierto. El polígono II se desarrolló por el sistema de

concierto, y su proyecto de equidistribución (expediente 4855/401) alzanzó la aprobación

definitiva por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 7 de diciembre de 2012.

Artículo EST-30. Conservación de la Urbanización

1. En desarrollo y gestión del presente ámbito, los propietarios de los solares resultantes de la

equidistribución deberán constituirse en Entidad Urbanística de Conservación.

2. El plazo mínimo para el mantenimiento y conservación de la Urbanización por parte de la

entidad que se establezca será de cinco desde el momento de la constitución de la misma, en el

momento de la recepción de las obras de urbanización por el Ayuntamiento.

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III. CRITERIOS SUCESIVOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE LOS SERVICIOS

1. INTRODUCCIÓN

Por constituir una zona donde las infraestructuras de servicios aparecen interconectadas, en el

PGOM 2008 se definieron y se valoraron conjuntamente las infraestructuras correspondientes a las

diferentes redes de servicios urbanos para implantar en las áreas:

▪ A-3-10 ESTURANS

▪ A-3-12 TOMAS ALONSO I

▪ A-3-13 TOMÁS ALONSO II

▪ A-3-14 CHOUZO

Nota.- Como en la IOP únicamente se incluye el Polígono II del A-3-10 ESTURÁNS, de los criterios y

determinaciones que se transcriben a continuación únicamente deberán considerarse los

específicamente referidos la este ámbito, garantizándose en el Proyecto de Urbanización a

idónea conexión con las áreas del contorno y las redes generales del suelo urbano consolidado.

A pesar de haber considerado en la definición de redes sólo las establecidas como servicios

básicos en el PGOM, la valoración de las infraestructuras se realizó habida cuenta los capítulos

habituales en los proyectos de obras de urbanización, es decir, incluyendo los siguientes capítulos:

▪ Movimiento de Tierras. Demolición.

▪ Pavimentación y señalización.

▪ Abastecimiento de Agua Potable.

▪ Saneamiento. Pluviales y Residuales.

▪ Iluminación Pública.

▪ Energía Eléctrica.

▪ Canalización de Telecomunicaciones.

▪ Distribución de Gas.

▪ Jardinería, Riego y Mobiliario Urbano.

2. OBJETO

El presente capítulo de Infraestructuras de las Áreas de Ordenación Detallada de ESTURANS,

TOMÁS ALONSO I Y II, CHOUZO tiene por objeto describir las redes de servicios urbanos existentes

en el entorno, estimar las demandas que generará la urbanización del ámbito y proponer

soluciones infraestructurales que atiendan dichas demandas.

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Se trata de, a partir de las redes existentes o programadas y de la estimación de las nuevas

demandas que generará la urbanización del ámbito, resolver la idónea conexión, ampliación o

refuerzo de todas y cada una de las redes básicas de servicios urbanos.

El proyecto de urbanización definirá mediante proyectos específicos de obras estas conexiones.

El proyecto de urbanización tendrá en cuenta el conjunto de las determinaciones gráficas y

escritas contenidas en el presente documento adaptando las soluciones al orden cronológico de

ejecución de las obras de desarrollo de cada el área. El proyecto de urbanización será unitario

pudiéndose definir fases para su ejecución y desarrollo.

El proyecto de urbanización podrá proceder al reajuste y definición de aquellos parámetros de

servicios y infraestructuras que no afecten la determinaciones de ordenación, régimen de suelo o

la edificación.

Las cotas de rasante previstas para la red viaria podrán modificarse si las características del

saneamiento así los requirieran.

3. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO. CARACTERIZACÍÓN

El Plan General de Ordenación Municipal de Vigo establece las Áreas urbanísticas de Ordenación

Detallada [AOD’s], con el objeto de asegurar la idónea inserción de nuevos sectores urbanizables

en la estructura de la ordenación urbanística municipal.

El ámbito del que se desarrollan sus infraestructuras en este epígrafe alcanza el conjunto de Áreas

de Ordenación Detallada linderas formado por las AOD’s de: ESTURANS, TOMÁS ALONSO I Y II, y

CHOUZO. Los terrenos ocupan parte de los suelos que se hallan delimitados por las siguientes

calles:

▪ Norte: R/ Camilo Vega, Cño. Cordoeira y R/ Tomás Alonso.

▪ Sur: R/ Vilagarcía de Arousa, R/ Carretera-Coia, R/ Lalín-Coia.

▪ Este: Cño Chouzo, R/ Coruña.

▪ Oeste: R/ Tomás Paredes.

El ámbito de actuación tiene una superficie total de 36,5 Has, y está detalladamente delimitado

en los planos de ordenación adjuntos. Las principales características de la ordenación del ámbito

son las siguientes:

APR Nombre Superficie

Aproximada

Edificabilidad

Aproximada

La-3-10 ESTURANS 17.000 25.000

La-3-12 TOMAS ALONSO I 110.000 167.000

La-3-13 TOMAS ALONSO II 128.000 142.000

La-3-14 CHOUZO 104.000 143.000

TOTAL 359.000 477.000

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL ÁMBITO

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4. INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Se incluyen en este apartado la descripción y situación de las redes de infraestructuras existentes

en el ámbito de ordenación y su entorno.

Para la redacción del presente estudio se solicitó información a los Servicios Técnicos del

Ayuntamiento de Vigo y se realizaron consultas a las diferentes compañías de servicios con redes

de infraestructura en el contorno de la actuación.

4.1. Abastecimiento de agua potable

La red de abastecimiento de agua potable existente en el ámbito de actuación

pertenece toda ella a la red secundaria de distribución. Analizando la topología de la red

se observa que presenta numerosas ramificaciones que deberían mallarse para mejorar

la garantía de suministro. Al otro lado de eso las conducciones son de materiales

heterogéneos (fundición, polietileno, fibrocemento) y tienen como diámetro máximo 150

mm, insuficiente para atender las nuevas demandas generadas.

En el perímetro del ámbito se encuentran conducciones de mayor capacidad sobre las

que cabe resolver la conexión de las actuaciones previstas. Estas conducciones

pertenecen a la red primaria de distribución y su trazado y características son las

siguientes:

Bajo la Avda. de Castelao FC-300 mm

Bajo la R/ Carretera-Coia FC-200 mm (está prevista su renovación

a FD)

Bajo la R/ Tomás Paredes FC-500 mm

Bajo la R/ Tomás Alonso FC-200 mm

Bajo la Avda. Beiramar FD-500 mm – Arteria perimetral

La red de abastecimiento de agua potable existente se recoge en el Plano: Red de

Abastecimiento de Agua Existente. Acciones Infraestructuras Propuestas.

La red, según las consultas efectuadas a AQUALIA, tiene capacidad de bastante para

atender las demandas de la actuación.

4.2. Saneamiento y depuración

La red de saneamiento existente en el ámbito y su entorno es unitaria.

Los colectores existentes en el ámbito canalizan actualmente el saneamiento de la

banda exterior localizada entre el ámbito y la Avenida de Castelao –cara aguas arriba-

hasta el sistema de colectores que discurren por Tomás Alonso y Beiramar.

En el sistema de sumideros actual se identifican dos cuencas vertientes localizadas al este

y al oeste de una divisoria de cuencas cuyo trazado coincide con una teórica

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prolongación norte-sur de la R/ Alcalde José Ramón Fontán. Los caudales del sector este

son encaminados a través de la red de colectores hacia R/ Paulino Fraile, mientras que el

sector oeste tiene su punto de evacuación en la R/ Tomás Alonso y en la Avd. Beiramar.

La infraestructura principal de saneamiento más próxima al área de actuación está

constituida por el conjunto de colectores, aliviaderos y demás elementos de red

localizados a unos 300 m en dirección norte. el trazado de estos colectores de primera

magnitud se apoya en el trazado de la Avda. Beiramar, desde donde se alivia al mar o se

conducen las aguas a las estaciones de tratamiento y depuración.

La red de colectores existentes tiene su punto de evacuación final y tratamiento de sus

aguas en la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Lagares. Estación que, a priori,

tiene capacidad suficiente para tratar las aportaciones de aguas residuales de la

actuación.

La red de saneamiento existente se recoge en el Plano: Red de Saneamiento Existente. Acciones

Infraestructurales Propuestas.

4.3. Energía eléctrica

La compañía eléctrica con infraestructura en la zona es: Unión Eléctrica Fenosa.

Los trazados de las líneas eléctricas que discurren en el entorno del ámbito de actuación y

localización de las demás infraestructuras eléctricas están recogidos en el Plano: Red de Energía

Eléctrica Existente. Acciones Infraestructurales Propuestas.

La red de media tensión apoya su trazado en el viario principal perimetral al ámbito: R/ Tomás

Paredes, Avda. de Castelao, y R/ Coruña, atravesado el ámbito sólo tres líneas de media tensión.

La subestación transformadora que actualmente alimenta la zona es la S.T. de Balaídos.

Subestación que deberá ampliar su capacidad de transformación para poder atender las nuevas

demandas previstas.

4.4. Canalización de Telecomunicaciones

El trazado de las principales rutas de telecomunicaciones discurre bajo el viario principal

perimetral al ámbito: R/ Tomás Paredes, Avda de Castelao, y R/ Coruña.

La compañía Telefónica SA presta servicio a la zona desde la central de Coia. Mientras que R

Cable lo hace desde el nodo primario de Florida.

Desde las citadas infraestructuras, una vez se dote el ámbito de las infraestructuras de

canalización de telecomunicaciones necesarias, se podrán atender las demandas de la

actuación ampliando la capacidad de transmisión del cableado portador.

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4.5. Gas natural

Bajo el viario perimetral al ámbito discurren ramales de polietileno con diámetro 200 mm [PE-200]

y explotación en baja tensión.

Desde estos ramales se puede resolver el abastecimiento a la actuación.

La red de gaseoductos existentes se recoge en el Plano: Red de Gas Natural Existente. Acciones

Infraestructurales Propuestas.

5. ACCIONES INFRAESTRUCTURALES. CONEXIONES EXTERIORES DEL ÁMBITO

Se define Acción infraestructural como el conjunto de obras que se estiman necesarias para lograr

la correcta conexión de las infraestructuras del ámbito con las redes de servicios existentes,

actuaciones cuyo dimensionamiento atiende la demanda generada por más de una Área de

Ordenación Detallada. Acciones, por tanto, suministradoras del servicio a los desarrollos

urbanísticos vecinos y que, en consecuencia, el coste de su ejecución debe ser repartido entre

varias AOD’s.

En este punto se describen las acciones infraestructurales que son necesarias para lograr la

correcta conexión del ámbito formado por las AOD’s de ESTURANS, TOMÁS ALONSO I Y II, y

CHOUZO con las redes de servicios existentes en su entorno.

5.1. Acciones infraestructurales propuestas

Para la definición de las Acciones infraestructurales que resuelven las conexiones exteriores de los

desarrollos previstos se agregaron las demandas generadas por cada AOD [Esturáns, Tomás

Alonso I, Tomás Alonso II y Chouzo] y, en función de las mismas, dimensionado las infraestructuras

de primer orden necesarias para el correcto abastecimiento de cada uno de los servicios. Así, de

acuerdo con los cálculos que reflejan los epígrafes siguientes, se definen para cada una de las

redes de servicios básicos las siguientes acciones:

Abastecimiento de Agua

5.1.1.1. 5.1.1.1. Demanda global

Agregando las demandas de cada una de las AOD’s que constituyen el ámbito considerado se

obtiene como demanda global de agua potable, la siguiente:

AGUA POTABLE

USO Superficie Edificabilidad Dotación Caudal medio sin riego

[m2] [m2 ed] [l/m2/dila] [m3/día] [l/s]

Residencial 83.700

409.300 9,00 3.684 42,64

Terciario Comercial 38.500 8,64 333 3,85

Dotacional 49.600 49.600 8,64 429 4,97

Espacios verdes 114.300 0 8,64 0 0,00

Libre privado 8.500 0 8,64 0 0,00

Viario Pavimentado 103.360

Viario Ajardinado 5.440

TOTAL SIN RIEGO 364.900 497.400 4.446 51,46

DEMANDA GLOBAL DE AGUA POTABLE

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Considerando un coeficiente punta de conexión a la red de 2,4 el caudal punta demandado es

de 123,5 l/s.

5.1.1.2. Acciones infraestructurales propuestas

Se proponen cerrar malla entre la arteria perimetral que discurre por la Avda de Beiramar [FD-500

mm] y la arteria primaria [FC-300] que recorre la Avda de Castelao.

La conducción se prevé en fundición dúctil y 300 mm de diámetro. su trazado discurre por la R/

Grove y la R/ San Gregorio hasta el ámbito de actuación donde confluye con la red primaria

proyectada tal y como se refleja en el documento de planos.

Desde esta arteria deriva la red de abastecimiento de agua potable de cada una de las AOD’s.

5.1.1.3. Gestiones realizadas

Para el cálculo y diseño de la red propuesta se tuvieron en cuenta las indicaciones de la empresa

concesionaria de la red de abastecimiento de agua (AQUALIA).

Saneamiento. Pluviales y Residuales

5.1.1.4. Demanda global

Agregando los caudales generados por cada una de las AOD’s que constituyen el ámbito

considerado se obtiene como caudal total de aguas pluviales para evacuar del ámbito, el

siguiente:

DRENAJE PLUVIALES

USO Superficie Edificabilidad Coef. Escorr. Caudal

[m2] [m2 ed] [m3/s] [l/s]

Residencial

83.700 409.300

0,90 1,51 1.507 Terciario

Comercial 38.500

Dotacional 49.600 49.600 0,60 0,60 595

Espacios verdes 114.300 0 0,20 0,46 457

Libre privado 8.500 0 0,25 0,04 43

Viario

Pavimentado 103.360 0 0,90 1,86 1.860

Viario

Ajardinado 5.440 0 0,10 0,01 11

Cuencas Exteriores 0

TOTAL 364.900 497.400 0,61 4,47 4.473

Aportación sin

actuar 364.900 0,30 2,19 2.189

DEMANDA GLOBAL DE DRENAJE DE AGUAS PLUVIALES

Por tanto, la urbanización del ámbito implica un incremento bruto del caudal de escorrentía de

aproximadamente 2,28 m3/s sobre la aportación actual.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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El caudal medio de aguas residuales se obtiene en función de la demanda de agua potable

prevista considerando que llega a la red de saneamiento el 85% del caudal, es decir asumiendo

que el 15 % del caudal se destina a usos consuntivos. Para obtener el caudal punta de aguas

residuales se considera que los vertidos se concentran en 10 horas. Es decir, se asume un factor

punta de 2,4.

Por tanto, tal y como refleja la siguiente tabla, el caudal medio de aguas residuales asciende a

3.779 m3/día, mientras que el caudal punta es de 105 l/s.

SANEAMIENTO RESIDUALES

USO Superficie Edificabilidad

Q_medio

ALA

Q_medio

NADA

Q_pta

NADA

[m2] [m2 ed] [m3/día] [m3/día] [l/s]

Residencial

83.700

409.300 3.684 3.131,40 86,98

Terciario

Comercial 38.500 333 283,05 7,86

Dotacional 49.600 49.600 429 364,65 10,13

Espacios

verdes 114.300 0 0 0,00 0,00

Libre privado 8.500 0 0 0,00 0,00

Viario

Pavimentado 103.360 0 0 0,00 0,00

Viario

Ajardinado 5.440 0 0 0,00 0,00

TOTAL 364.900 497.400 4.446,00 3.779,10 104,97

DEMANDA GLOBAL DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES

5.1.1.5. Acciones infraestructurales propuestas

Se proponen la ejecución de dos emisarios de aguas pluviales que evacuen la red de

pluviales prevista directamente al mar manteniendo así el carácter separativo del sistema

de saneamiento propuesto.

El emisario de la cuenca oeste se propone bajo a R/ Simancas hasta alcanzar la Avda.

Beiramar desde donde evacuaría al mar bien por medio del aliviadero existente en la

zona del Instituto de Investigaciones Marinas, bien a través de un nuevo colector de

descarga.

El emisario de la cuenca este se propone bajo a R/ Ánimas hasta alcanzar la Avda. Beiramar

desde donde evacuaría al mar. Este emisario descargaría el colector de pluviales propuesto bajo

a R/ Tomás Alonso entre la R/ Sano Gregorio y la Plaza Eugenio Fabrique.

Respecto de las aguas residuales la solución requiere un estudio de detalle del sistema de

colectores de la zona. En principio, los caudales retraídos de la red al disponer de un sistema de

saneamiento mayoritariamente separativo podrían validar la capacidad de los colectores

existentes. Sin embargo, desde una proposición de lado de la seguridad, se prevé como acción

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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infraestructural la renovación de los colectores existentes en la R/ Simancas y en la R/ Ánimas,

conectando las aguas residuales del ámbito al sistema de colectores de alta capacidad que

discurren bajo a Avda. Beiramar.

5.1.1.6. Gestiones realizadas

La red propuesta se consultó con AQUALIA.

Energía Eléctrica

5.1.1.7. Demanda global

Agregando las demandas de cada una de las AOD’s que constituyen el ámbito considerado se

obtiene como demanda global de energía eléctrica, la siguiente:

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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ENERGÍA ELÉCTRICA

USO

Superfici

e Edificabilidad Ratio

Potenci

a Pot BT Coef. Pot CT/BT PLMT

[m2] [m2 ed]

[W/m2

] [KW] % Simult [KVA] [KVA]

Residencial

83.700

409.300 92 37.656 100% 0,4 16.736 14.226

Terciario

Comercial 38.500 100 3.850 100% 0,6 2.567 2.182

Dotacional 49.600 49.600 100 4.960 100% 0,6 3.307 2.811

Espacios verdes 114.300 0 1,0 114 100% 1,0 127 108

Libre privado 8.500 0 5,0 43 100% 1,0 48 41

Viario

Pavimentado 103.360 0 1,0 103 100% 1,0 114 97

Viario Ajardinado 5.440 0 1,0 5 100% 1,0 6 5

TOTAL 364.900 497.400 46.731 100% 22.905,00 19.470

DEMANDA GLOBAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA

5.1.1.8. Acciones infraestructurales propuestas

La topología de la red de energía eléctrica es función de las condiciones de suministro de energía

eléctrica a cada parcela y de las características de los materiales que se definan en el proyecto

específico de distribución de energía eléctrica, así como de los convenios que se firmen. En el

presente documento se desarrolla una hipótesis de cálculo con el objeto de garantizar la

viabilidad de suministro, de facilitar la extensión de red a los desarrollos linderos y de estimar

económicamente el coste de las obras.

La alimentación eléctrica al sector se propone desde la subestación transformadora de Balaídos

cuya ampliación será necesaria para atender la demanda total generada por la nueva potencia

instalada en la actuación.

Para racionalizar la ampliación de posiciones en la ST y el tendido de los circuitos alimentadores,

una vez conocida la programación de las obras de urbanización y considerando la progresiva

consolidación de la demanda en el área, se deberá estudiar la posibilidad de atender la

demanda, por lo menos en las fases iniciales, desde las infraestructuras eléctricas más próximas.

Bien desde las líneas de media tensión más próximas, bien mediante el refuerzo de los centros de

transformación existentes.

La compañía explotadora de la subestación desde la que se propone resolver el suministro de

energía eléctrica al sector es Unión Eléctrica Fenosa.

Desde la subestación de alimentación al sector, y considerando la demanda total de los

desarrollos previstos en la zona, se prevé la necesidad de tendido de 2 alimentadores + 1

de reserva 12/20 KV de 3 (1 x 400) mm2 de sección cada uno hasta un centro de reparto

proyectado en próximo al centro de cargas de los desarrollos previstos. Desde este centro

se estima la necesidad de derivar un mínimo de tres circuitos de MT, de sección 3 (1 x 240)

mm2 a 12/20 KV, para alimentar las parcelas con acometida en media tensión y coser los

diferentes centros de transformación 15.000/400 V cerrando en anillo en el centro de

reparto previsto o cosiendo con la infraestructura eléctrica existente.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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5.1.1.9. Gestiones realizadas

Para el cálculo y diseño de la red propuesta se mantuvieron contactos con los Servicios Técnicos

de Unión Fenosa.

Red de Telecomunicaciones

5.1.1.10. Demanda global

Agregando las demandas de cada una de las AOD’s que constituyen el ámbito considerado se

obtienen como demanda global de líneas de telecomunicaciones, la reflejada en la siguiente

tabla:

TELECOMUNICACIONES

USO

Superfici

e Edificabilidad Dotación

Lín.

teóricas Coef. Leí. reales

[m2] [m2 ed]

[leí/100 m2

ed] [ud] Simult [ud]

Residencial 83.700

409.300 1,5 6.140 0,5 3.070

Terciario Comercial 38.500 2,0 770 0,5 385

Dotacional 49.600 49.600 1,0 496 0,5 248

Espacios verdes 114.300 0 1,0 0 0,5 0

Libre privado 8.500 0

Viario Pavimentado 103.360 0

Viario Ajardinado 5.440 0 0 0,5 0

TOTAL 364.900 497.400 7.406 3.703

DEMANDA GLOBAL DE TELECOMUNICACIONES

5.1.1.11. Acciones infraestructurales propuestas

Prisma hasta ruta principal y nodo de comunicaciones

5.1.1.12. Gestiones realizadas

Para el cálculo de la red propuesta se consideraron las indicaciones de los Servicios Técnicos de

Telefónica y R-Cable y se siguió la normativa que regula las infraestructuras para redes de

telecomunicaciones.

Como garantía de suministro se consideraron las cámaras de conexión y rutas de conductos

facilitados por Telefónica y R-Cable.

Gas natural

5.1.1.13. Demanda global

Agregando las demandas de cada una de las AOD’s que constituyen el ámbito considerado se

obtiene como demanda global de gas natural, la reflejada en la siguiente tabla:

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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GAS

USO Superficie Edificabilidad Viv eq Coef. Q unitario

Cauda

l

[m2] [m2 ed] [1Ud=100m2] Simult [Nm3/h]

[Nm3/h

]

Residencial 83.700

409.300 4.093 0,47 0,80 1.539

Terciario Comercial 38.500 385 0,82 0,80 253

Dotacional 49.600 49.600 496 0,82 0,80 325

Espacios verdes 114.300 0

Libre privado 8.500 0

Viario Pavimentado 103.360 0

Viario Ajardinado 5.440 0

TOTAL 364.900 497.400 4.974 0,47 0,80 1.870

DEMANDA GLOBAL DE GAS NATURAL

5.1.1.14. Acciones infraestructurales propuestas

Se estima que cada AOD puede resolver su conexión sobre la red existente de manera individual.

No se prevé, por tanto, la necesidad de ejecutar acciones infraestructurales para atender el

suministro de gas natural del ámbito.

5.1.1.15. Gestiones realizadas

Para el cálculo y diseño de la red propuesta se tuvieron en cuenta las indicaciones de los Servicios

Técnicos de la compañía suministradora Gas Galicia SDG.

Como garantía de suministro se consideraron los puntos de conexión facilitados por Gas Galicia

SDG.

6. REDES DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

Para el cálculo de las demandas de servicios de la actuación se toman como parámetros de

referencia los que recoge el Cuadro de Características correspondiente a la ordenación

pormenorizada del AOD-ESTURÁNS: Superficies, Edificabilidades y Usos. A partir de dicho cuadro,

considerando las superficies y edificabilidades de cada parcela junto con el uso previsto, y

observando que para los efectos del cálculo de las demandas de cada uno de los servicios las

diferencias son despreciables, se redondearon los valores adoptando para el cálculo de

infraestructuras los siguientes:

USO

DEMANDA de SERVICIOS

Superficie Edificabilidad

[m2] [m2 ed]

RESIDENCIAL 4.600

22.000

TERCIARIO 2.100

DOTACIONAL 2.000 2.000

ESP. VERDES 4.400

LIBRE PRIVADO 1.300

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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VIARIO 5.100

TOTAL 17.400 26.100

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARA EL CÁLCULO DE DEMANDAS

Donde, con la única finalidad de tener una aproximación lo más ajustada posible a las demandas

de infraestructuras que generará la actuación programada, se consideró que el 9,2% de la

edificabilidad lucrativa tendrá uso terciario-comercial.

6.1. ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE

6.1.1. Demanda prevista

De acuerdo con la ordenación de suelos residenciales, terciarios y dotacionais, y considerando

los consejos contenidos en el PGOM a respeto, se adoptaron las siguientes dotaciones para el

cálculo de demandas:

USO DOTACIÓN

Residencial 9,00 l/m2ed día

Terciario 8,64 l/m2ed día

Dotacional 8,64 l/m2ed día

Riego zonas ajardinadas 4,00 l/m2reg día

ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE. DOTACIONES CONSIDERADAS

La estimación de la demanda de la actuación se recoge en el apéndice de Cálculo de

Demandas. La demanda, sin considerar la riega, asciende a 233 m3/día, siendo el caudal medio

2,7 l/s y el punta por vuelta de los 6,5 l/s.

Las aguas para la riega de las zonas ajardinadas procederán, siempre que exista caudal

disponible, de la red de abastecimiento de agua.

Para calcular la demanda de agua de riego se estimó la superficie potencialmente regable y

considerando una dotación de 4 l/m2/día. De acuerdo con el apéndice de cálculo, la demanda

total prevista de agua para riego asciende a 10 m3/día, considerando un período útil de riego de

8 horas se tiene un caudal máximo en la red de 0,33 l/s.

Por tanto, la demanda máxima de agua del polígono, incluyendo la riega, estaría por vuelta de

los 243 m3/día.

6.1.2. Descripción de la red propuesta

Se propone una red mallada y sectorizada mediante válvulas de forma que permita aislar trechos

y mantener el suministro en el resto de la red en el caso de una eventual avería en un punto.

Las tuberías serán preferentemente de fundición dúctil de diámetro variable en función de los

caudales circulantes por cada trecho. La red principal propuesta está formada por conducciones

de 200 mm. de diámetro acometiendo sobre la red primaria que resuelve la conexión exterior del

polígono. La malla secundaria se prevé de 150/100 mm de diámetro siendo 100 mm el diámetro

mínimo previsto.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Se dispondrán hidrantes normalizados de Ø 100 mm a una Inter distancia máxima de 200 m. Las

tuberías discurrirán por viario público cumpliendo las separaciones mínimas con el resto de

servicios.

La red de riega principal discurrirá por los viales próximos a las zonas regables con demandas

significativas. Desde esta tubería se derivarán los ramales secundarios, preferiblemente en PEAD,

así como los sistemas de control y gestión del sistema de riego.

6.1.3. Conexión Exterior

La conexión principal con la red de distribución de agua potable se propone en (2) puntos

localizados sobre la red existente en la R/ Tomás Alonso.

Por otro lado, con el objeto de integrar la red en la malla existente se prevé la prolongación y

conexión de la red proyectada con las conducciones existentes o proyectadas en el borde de la

actuación.

La red principal se propone en tubería de fundición dúctil de 200 mm de diámetro con el objeto

de facilitar extensiones de la red a actuaciones vecinas.

La red de abastecimiento de agua potable propuesta se recoge en el Plano: Abastecimiento de

Agua.

6.1.4. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

El Proyecto de Urbanización definirá la conexión exterior y red de distribución de agua potable de

acuerdo con las disposiciones municipales y deberá cumplir las Normas de Abastecimiento de

Agua que determinen la compañía suministradora y los técnicos municipales.

El proyecto de la red de distribución de Agua Potable deberá remitirse a la compañía

suministradora para su aprobación.

Será el proyecto de urbanización, de acuerdo con los Servicios Técnicos Municipales, lo que

evalúe en función de la localización y cuantía de las demandas la extensión de la red de riego.

El proyecto de riego contemplará sistemas y métodos de riego que permitan economizar el

consumo de agua.

6.2. SANEAMIENTO

6.2.1. Demandas y criterio de cálculo

El caudal de aguas pluviales se estima a partir de la fórmula:

Q = c x I x La

En la que:

c = Coeficiente de escorrentía.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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I = Intensidad de lluvia.

La = Área vertiente.

La intensidad de precipitación considerada, de acuerdo con el PGOM de Vigo, es de 200 l/s por

hectárea. Los coeficientes de escorrentía se estimaron en función de los tratamientos previstos

para cada parcela y de la extensión y características de la red de drenaje y, por tanto, de sus

posibilidades de captar y canalizar las aguas de escorrentía.

Las aportaciones de agua de escorrentía a la red de drenaje prevista desde cuencas exteriores

al ámbito son despreciables por contar dichos sectores con red de saneamiento propia.

La aportación actual de la superficie total del ámbito se estima considerando la precipitación

que define el PGOM (200 l/s·Ha) y un coeficiente de escorrentía medio de 0,3, en:

Q = 1,7 x 200 x 0,30= 0,10 m3/s.

De acuerdo con los parámetros reflejados en el apéndice de cálculo y considerando un horizonte

que contempla la culminación del desarrollo urbanístico planificado se tiene que la urbanización

del ámbito genera un caudal de 0,22 m3/s. Es decir, la urbanización del ámbito implica un

incremento bruto del caudal de escorrentía de aproximadamente 0,12 m3/s sobre la aportación

actual.

El caudal medio de aguas residuales se obtiene en función de la demanda de agua potable

prevista considerando que llega a la red de saneamiento o 85% del caudal, es decir asumiendo

que o 15 % del caudal se destina a usos consuntivos. Para obtener o caudal punta de aguas

residuales se considera que los vertidos se concentran en 10 horas. Es decir, se asume un factor

punta de 2,4.

Luego, tal y como refleja el apéndice de cálculo, el caudal medio de aguas residuales asciende

a 198 m3/día, mientras que el caudal punta es de 5,5 l/s.

6.2.2. Descripción de la red propuesta

El sistema de saneamiento propuesto dentro del ámbito de la actuación es separativo de

carácter arborescente.

El trazado de la red de saneamiento quieta recogido en el plano de: Redes de Saneamiento.

Ambas las redes, pluviales y residuales, se prevén con trazados sensiblemente paralelos.

Para el diseño de la red propuesta se consideraron los siguientes condicionantes:

- La altimetría actual de los terrenos, sus puntos bajos y líneas de escorrentía natural.

- Las cuencas vertientes actuales

- La red de drenaje existente y el sistema de colectores del entorno

- La altimetría modificada prevista para la urbanización

- Los alineamientos de viales y espacios públicos previstos

- La disposición y frentes de parcelas

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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La captación de las aguas de escorrentía superficial se prevé mediante absorbedores que vierten

a los ramales de pluviales a través de tubos de diámetro mínimo Ø 300 mm. Los absorbedores y

imbornales se dispondrán en todos los puntos bajos, evitarán que el agua invada los cruces de

calzada y su separación nunca será superior a 50 m.

En la red de colectores se dispondrán pozos de registro visitables en cambios de dirección, de

pendiente o diámetro y en los puntos de acometida entre ramales. La distancia máxima entre

pozos en secciones no visitables será de 50 m. y el diámetro mínimo 400 mm con el fin de facilitar

la limpieza y mantenimiento de la red.

El proyecto de urbanización, resolverá la drenaje de los espacios libres de suerte que se evite la

influencia de las aguas de precipitación sobre la red viaria y sobre las parcelas vecinas

procurando, en la medida del posible, su infiltración en el terreno.

Para el cálculo de la red se considerarán las velocidades mínimas con el caudal medio y la

capacidad de los colectores y velocidades máximas con el caudal punta.

6.2.3. Conexión Exterior

Las conexiones exteriores de la red de drenaje de aguas pluviales y de la red de evacuación de

aguas residuales se proyectan con trazados paralelos y sobre los colectores existentes o

proyectados cara aguas abajo de la actuación.

En el que alcanza a la depuración de aguas residuales no son de prever problemas por la

pequeña cuantía de los caudales allegados.

6.2.4. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

El Proyecto de Urbanización cumplirá las disposiciones municipales respecto del saneamiento.

El Proyecto de Urbanización justificará el cálculo de la red proyectada así como la capacidad de

la red de colectores y lechos existentes para recoger los caudales allegados, ya fueren de aguas

residuales o de pluviales.

6.3. ILUMINACIÓN PÚBLICA

6.3.1. Demandas y criterio de cálculo

Los criterios de iluminación aplicados serán los niveles reflejados en la normativa vigente en lo que

respecta a valores mínimos en servicio y uniformidad media para cada uno de los tipos de viario

y espacios públicos definidos. La disposición de los puntos de luz se efectuará de forma que el

nivel técnico de la iluminación y la uniformidad de la misma satisfaga los objetivos visuales

deseados en función de la zona para iluminar.

Los niveles de iluminancia y uniformidad mínima serán fijados polos servicios técnicos municipales,

recomendándose los siguientes valores:

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Zona que iluminar Iluminancia Uniformidad

Calles Principales 20 a 30 lux 0,5

Calles Secundarias 15 a 20 lux 0,4

Calles de menor entidad y

jardines 10 a 15 lux 0,3

Rotondas 30 a 40 lux 0,5

VALORES LUMINOTÉCNICOS RECOMENDADOS

La disposición de las luminarias será axial, unilateral, a los pares o contraviadas en función del

reparto de las secciones viarias que diseñe el Proyecto de Urbanización.

La iluminación se propone con puntos de luz provistos de lámpara de descarga, de vapor de

sodio de alta presión. Para conseguir unos niveles de calidad adecuados a los usos previstos se

considerarán luminarias con una potencia de 400-250 w por punto de luz en viario y de 100-70 w

en zonas estanciales y paseos peatonales.

6.3.2. Descripción de la red propuesta

La canalización eléctrica general será subterránea y se realizará con conductores alojados en

tubos de polietileno corrugado colocados en zanjas de acuerdo con el Reglamento

Electrotécnico de Baja Tensión y con las instrucciones de los Servicios Técnicos municipales.

Las acometidas a unidades luminosas en columnas se realizarán sin elementos de empalme,

derivando los conductos haciendo entrada y salida directamente a las columnas a través de la

arqueta correspondiente.

Los equipos que hay que utilizar en todos los casos deberán tener la calidad suficiente para

cumplir con los requisitos de durabilidad y mantenimiento que establezca el Ayuntamiento de

Vigo, y deberán acomodarse estéticamente a la zona en la que se localicen (viario, zonas

estanciales, zonas verdes, lugares estratégicos). La tipología de las luminarias, elementos y los

materiales que emplear serán los aprobados por el Ayuntamiento de Vigo. La iluminación se

realizará con unidades luminosas de baja contaminación lumínica.

6.3.3. Conexión Exterior

La conexión exterior se realiza a través de centros de mando normalizados conectados a los

correspondientes centros de transformación de la red de energía eléctrica.

6.3.4. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

El Proyecto de Urbanización cumplirá las disposiciones municipales respecto de la iluminación

pública. En particular, el proyecto de Iluminación Pública definirá la localización de luminarias en

todos los viales, paseos, espacios estanciales y lugares estratégicos, definirá la situación de

aquellos mecanismos de control que sean necesarios para el funcionamiento de la red, y

adoptará las soluciones referentes a distribución, tipología de luminarias y resto de las variables en

función del carácter del espacio para iluminar.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Como criterio general se separarán los cálculos puramente eléctricos de los luminotécnicos. Los

primeros servirán de base para calcular las secciones de los conductores de los distintos circuitos

eléctricos. Los segundos determinarán la disposición de los puntos de luz.

Dentro de los cálculos eléctricos se calcularán las secciones de los conductores que alimentan las

unidades luminosas a partir de la localización de las mismas y de los centros de mando, habida

cuenta la potencia unitaria, tensión de servicio y caída de tensión máxima admisible.

Las instalaciones deberán proyectarse de forma que se logre minimizar sus costes, inversión más

explotación y mantenimiento, previniendo la vida útil de la infraestructura.

6.4. ENERGÍA ELÉCTRICA

6.4.1. Modificación del servicio

En el ámbito existen varias líneas de energía eléctrica de baja tensión cuyo tratamiento deberá

definir el Proyecto de Urbanización. A nivel de planeamento no se prevén actuaciones

destacables diferentes a las derivadas del soterramiento e integración en la nueva red de

distribución de los tendidos de baja tensión que discurren por el ámbito.

De acuerdo con la información facilitada por la compañía suministradora en la zona, siguiendo

la traza del Camino de Esturáns existe una línea de media tensión que deberá ser desmantelada,

enterrada o integrada en la red de energía eléctrica de la actuación.

6.4.2. Demandas y criterios de cálculo

Para estimar las necesidades de potencia se parte de las cargas mínimas fijadas en la Instrucción

ITC-BT-10. La carga total precisa para dar servicio a las futuras edificaciones residenciales y de

naturaleza terciaria y dotacional se prevé de acuerdo con lo establecido en la dicha Instrucción

y aplicando los coeficientes de simultaneidad contemplados en ella.

De acuerdo con la normativa contenida en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión,

Instrucción ITC-BT-10, se consideran los siguientes ratios de potencia instalada:

USO POTENCIA

Residencial 92 W/m2ed

Terciario 100 W/m2ed

Dotacional 100 W/m2ed

ENERGÍA ELÉCTRICA. RATIOS DE POTENCIA INSTALADA CONSIDERADOS

Para el cálculo de la demanda del uso residencial se considera que las viviendas responderán a

una tipología multifamiliar con una superficie media de 100 m2. Para prever la posible instalación

de sistemas eléctricos de calefacción o de acondicionamiento de aire, los consumos de portales,

garajes y demás espacios comunes se asignan al uso residencial electrificación elevada por lo

que la dotación asignada es de 9,2 KW/viv.

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Para viario, zonas ajardinadas públicas se asigna una dotación de 1 W/m2, para las zonas libres

privadas la dotación adoptada fue 5 W/m2.

La estimación de potencia bruta instalada en el ámbito, en un horizonte que contempla el

desarrollo total del planeamento previsto, alzanza los 2.450 KW.

6.4.3. Descripción de la red propuesta

Para la distribución interior al polígono se estima, en función de la parcelación prevista, que el 100

% de la potencia se suministrará en baja tensión y se aplica un coeficiente de simultaneidad de

0,4 en uso residencial y de 0,6 en la demanda para usos terciarios y equipamientos.

Para la red de media tensión se prevé conductor unipolar de aluminio de 3(1x240) mm² de

sección. Estos cables tienen una intensidad máxima admisible de 415 A y suponiendo una

reducción por calentamiento de 0,8, resulta una potencia máxima por circuito de:

KWxxxxPmáx 763.79,08,0415000.153 ==

KVAxxxPmáx 626.88,0415000.153 ==

Será preciso, por tanto disponer por lo menos 1 línea de media tensión.

Se obtiene considerando un factor de potencia de 0,9 una demanda de transformación de 1.191

KVA. Luego, bajo está hipótesis, se precisa de la colocación de unos 8 centros de transformación

de 2x400 KVA que se situarán próximos de los centros de gravedad de consumo.

Desde los centros de transformación se distribuirá la red de baja tensión hasta las parcelas y

centros de mando de iluminación pública.

El diseño básico de la red de distribución de energía eléctrica se recoge en el Plano:

Infraestructuras Propuestas. Energía Eléctrica.

6.4.4. Conexión con el exterior

La conexión exterior se resolverá en función de los convenios que se firmen con la compañía

distribuidora. Con el único fin de cálculo, previsión y garantía de suministro, se considera la

alimentación desde el centro de reparto propuesto como acción infraestructural.

6.4.5. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

La instalación de distribución de energía eléctrica que hay que realizar, satisfará lo establecido

en los Reglamentos Electrotécnicos vigentes, es decir en el Reglamento Electrotécnico de Baja

Tensión, aprobado por Decreto 842/2002, de 2 de Agosto, así como la normativa específica de la

compañía suministradora de energía eléctrica al polígono.

Toda la red será enterrada y discurrirá por terrenos de dominio público.

Los centros de transformación serán preferiblemente subterráneos y estarán situados en viario,

zonas de retranqueo o parcelas reservadas para tal efecto. Tendrán acceso desde zonas

públicas.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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El Proyecto de Urbanización cumplirá el reglamento electrotécnico vigente y los criterios

municipales.

El proyecto de la red de Energía Eléctrica deberá remitirse a la compañía suministradora para su

aprobación.

6.5. CANALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES

6.5.1. Demandas y criterios de cálculo

La red de canalización de telecomunicaciones se propone común para aquellos operadores que

presten servicio dentro del ámbito. Se mantendrán arquetas independientes para cada uno de

los operadores.

Para un horizonte que contempla la culminación del desarrollo previsto, considerando los ratios

reflejados en el apéndice de cálculo, se obtiene una demanda máxima de 261 líneas teóricas.

Aplicando un coeficiente de simultaneidad de 0,5 a todos los usos y una relación de 1,4 entre

líneas reales y pares teóricos, se estima una demanda global aproximada de 250 pares de salida.

6.5.2. Descripción de la red propuesta

Se entiende por canalización de telecomunicaciones la obra civil formada por conductos que,

junto con las arquetas y registros que la seccionan a cada cierta distancia, prevé en el subsuelo

los espacios necesarios para alojar la red portadora.

La red de canalización de telecomunicaciones proyectada está formada por una red principal

que une las cámaras de registro y una canalización secundaria que deriva de las arquetas y/o

armarios de acometidas. Desde las arquetas dispuestas en las canalizaciones secundarias se

resuelve la acometida del servicio a cada una de las parcelas.

Atendiendo a la estimación de la demanda realizada se prevé una red primaria que configure un

anillo de distribución principal conectado con los puntos de conexión con la red exterior existente.

Sobre la red principal se dispondrán los recintos o nodos de telecomunicaciones. De las cámaras

situadas en este anillo se prevé que derive una red secundaria arborescente formada por prismas

con un número de tubos decreciente.

6.5.3. Conexión Exterior

Con el único objetivo de garantizar la viabilidad de suministro se considera la capacidad de

suministro de un único operador.

De acuerdo con las conversaciones mantenidas con la empresa Telefónica de España SAU, los

puntos de conexión existentes en el entorno del ámbito son suficientes para proporcionar servicio

de telecomunicaciones al área, una vez que se dote el sector de las infraestructuras de

canalización de telecomunicaciones necesarias para esto.

La conexión con la red exterior de Telecomunicaciones se proponen sobre el nodo previsto como

acción infraestructural.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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6.5.4. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

El Proyecto de Urbanización cumplirá las disposiciones municipales respecto de las canalizaciones

de telecomunicaciones. el dimensionamiento considerará la viabilidad de disponer de

canalizaciones de reserva para atender ampliaciones de la red a otros operadores.

Los recintos de telecomunicaciones situados en viario o zonas de retranqueo serán subterráneos

mientras que aquellos otros situados en parcelas reservadas para tal efecto podrán ejecutarse en

superficie. En ambos los casos, su integración en la urbanización se ejecutará de acuerdo con las

disposiciones de los Servicios Técnicos municipales.

El proyecto de la red de Canalizaciones de Telecomunicaciones deberá remitirse a cada una de

las compañías operadoras para su supervisión.

6.6. GAS NATURAL

6.6.1. Demandas y criterios de cálculo

Considerando una dotación de 0,8 Nm3/h por cada 100 m2 de suelo neto destinado a la

edificación, con independencia de su uso residencial, terciario o dotacional la demanda de gas

energético prevista para el sector asciende a 171 Nm3/h.

El factor de simultaneidad de la red, de acuerdo con la normativa de la compañía suministradora

habitual en la zona (Gas Galicia SDG, S.A), se calcula en base al número de clientes potenciales

en cada uno de los ramales. Depende de la topología de la red y de la parcelación del ámbito.

A nivel de este documento se estimó un coeficiente de simultaneidad global de 0,82.

6.6.2. Descripción de la red propuesta

La red deberá estar ramificada discurriendo por espacios públicos, de acuerdo con las normas

de la empresa suministradora.

6.6.3. Conexión Exterior

Se tomará acometida de la red prevista en la AOD-Chouzo o, en su defecto de los gasoductos

que discurren por la R/ Tomás Alonso, tal y como se recoge en el Plano: Distribución de Gas.

6.6.4. Condiciones para el Proyecto de Urbanización

Los Proyectos de Urbanización cumplirán las disposiciones municipales y las de la compañía

suministradora.

7. ESTUDIO DEL COSTE DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN

En el presente epígrafe se estiman los costes de desarrollo de la actuación urbanística

denominada Áreas de Ordenación Detallada de la zona de Tomás Alonso del PGOM de Vigo.

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El desarrollo del planeamento no sólo requerirá ejecutar las obras correspondientes a la

urbanización interior al ámbito, sino que será preciso realizar las obras necesarias para resolver la

conexión con las infraestructuras básicas exteriores: red viaria y redes de infraestructuras de

servicios. Por esto, los costes de obras de la actuación se estructuraron en los siguientes capítulos:

Costes de Conexiones Exteriores. Acciones infraestructurales

Costes de Urbanización Interior

Para la determinación de los costes se estudiaron las demandas infraestructurales generadas por

el desarrollo de la operación, dimensionando las infraestructuras necesarias para atenderlas y, por

último, valorando dichas infraestructuras.

El coste de las obras se estableció aplicando precios de mercado actualizados a las mediciones

estimadas de las conexiones exteriores, los nuevos viales y las dotaciones de servicios urbanos

necesarias para atender las nuevas demandas previstas.

La estimación se efectuó para los distintos capítulos tomando como referencia la ordenación

urbanística propuesta. Esta estimación es aproximada y de aquella, expuesta a cierta margen de

error, especialmente si las hipótesis de referencia establecidas para el desarrollo de las

actuaciones fueren modificadas en el proyecto de urbanización definitivo.

El presupuesto de ejecución de contrata (P.E.C.) se obtiene incrementado un 19% el de ejecución

material (P.E.M.), en concepto de gastos generales y beneficio industrial, según establece la

legislación de contratos de las administraciones públicas y que es exigencia habitual a los

proyectos de urbanización, incluso a los de iniciativa particular, como precaución frente a la

posibilidad de ejecución substitutoria de la misma.

Los presupuestos elaborados no incluyen el impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.).

Se acompaña a continuación el cálculo de la valoración económica de las obras de

urbanización divididas éstas en conexiones exteriores y obras de urbanización interior.

7.1.1. Conexiones exteriores. Acciones infraestructurales [A]

Se contemplan tanto las conexiones exteriores viarias como las redes de infraestructuras

necesarias para la conexión de la actuación a las redes de servicios.

Las conexiones exteriores de las redes de infraestructuras de servicios. Comprenden todas las

conexiones de infraestructuras de servicios necesarias para la urbanización del área,

abastecimiento de agua, saneamiento (pluviales y residuales), energía eléctrica, gas y

telecomunicaciones. Las actuaciones contempladas en la valoración son las siguientes:

A CONEXIONES EXTERIORES. ACCIONES INFRAESTRUCTURALES COSTE

CAPÍTULO / UNIDAD €

A.1 VIARIO

La.1.1 Conexiones principales

La.1.2 Conexiones secundarias

Subtotal 0

A.2 ABASTECIMIENTO AGUA

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La.2.1 Impuesto conexión 1.210.827

La.2.2 Acometida red existente 260.393

Subtotal 1.471.220

A.3 SANEAMIENTO. PLUVIALES Y RESIDUALES

La.3.1 Impuesto depuración 2.460.714

La.3.2 Emisario pluviales 1.822.751

Subtotal 4.283.465

A.4 ENERGÍA ELÉCTRICA

La.4.1 Soterramiento/integración red existente 390.589

La.4.2 Acometida exterior 3.320.011

Subtotal 3.710.600

A.5 ILUMINACIÓN PÚBLICA

La.5.1 Coste incluido en la obras de urbanización interior 0

Subtotal 0

A.6 GAS

La.6.1 Acometida la red existente 729.100

Subtotal 729.100

A.7 CANALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES

La.7.1 Interconexión con infraestructura existente 677.022

Subtotal 677.022

TOTAL CONEXIONES EXTERIORES [La] (P.E.M.) 10.871.407

COSTE CONEXIONES EXTERIORES

Considerado en urbanización interior.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Asignando este coste proporcionalmente a la edificabilidad de cada la are se obtienen las

siguientes repercusiones unitarias:

Código Nombre Edificabilidade Repercusión

La-3-10 ESTURANS 25.000 549.027

La-3-12 TOMAS ALONSO I 167.000 3.232.970

La-3-13 TOMAS ALONSO II 142.000 3.986.621

La-3-14 CHOUZO 143.000 3.102.789

TOTAL 477.000 10.871.407

REPERCUSIÓN DEL COSTE DE Las ACTUACIONES INFRAESTRUCTURALES

7.1.2. Urbanización interior de la actuación [B]

7.1.2.1. Demoliciones. Movimiento de Tierras [B.1]

Incluye las obras necesarias para ejecutar el movimiento de tierras de las zonas ocupadas por

viales y parcelas. No se consideran incidentes geotécnicas destacables que pudieren presentarse

en el momento de ejecutar las obras ni demoliciones especiales.

7.1.2.2. Red Viaria [B.2]

Incluye la pavimentación de calzadas, zonas de estacionamiento y aceras dispuestas según los

ejes viarios. Además, contempla los costes de señalización y regulación de intersecciones y del

tratamiento de las zonas terreñas asociadas al viario (escavas, glorietas ajardinadas).

7.1.2.3. Abastecimiento de agua potable [B.3]

Contempla el coste de construcción de la red de distribución de agua potable. La red principal

se propone en Ø 200/250 mm, el diámetro mínimo contemplado para la red de abastecimiento

es Ø 100 mm por tratarse de una actuación residencial.

7.1.2.4. Saneamiento. Pluviales y Residuales [B.4]

Estima el coste de construcción de la red de drenaje de aguas pluviales, así como el coste de

ejecución de la red de saneamiento para la canalización y recoja de las aguas residuales. el

diámetro mínimo contemplado es Ø 400 mm.

7.1.2.5. Iluminación pública [B.5]

Valora la canalización, cableado e instalación de luminarias para la iluminación de los espacios

públicos: viario, espacios libres, zonas estanciales, etc..

7.1.2.6. Energía eléctrica [B.6]

Valora el coste de las redes de distribución de energía eléctrica en media y baja tensión y el coste

de los centros de transformación estimados como necesarios para dar servicio al polígono.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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7.1.2.7. Canalización de telecomunicaciones [B.7]

Considera el coste de ejecución de la infraestructura común de canalización de

telecomunicaciones. Se considera que el tendido e instalación del cableado es responsabilidad

de las compañías prestatarias de los servicios de telecomunicaciones.

7.1.2.8. Distribución de gas [B.8]

Valora el coste de construcción de la red de distribución de gas energético.

7.1.2.9. Jardinería, Riego y Mobiliario Urbano [B.9]

Valora el coste del tratamiento paisajístico y la red de riego de las zonas verdes y espacios libres.

La valoración incluye el coste del mobiliario urbano, no considera actuaciones singulares.

7.1.2.10. Imprevistos [B.10]

Incorpora la consideración de un posible sobrecosto por motivo de las variaciones sobre las

calidades valoradas para la urbanización, por posibles incidentes geotécnicos, por actuaciones

urbanísticas singulares, situaciones provisionales, etc.

Este capítulo se estimó en el entorno del 10-15 % del total de las obras.

7.1.2.11. Costes de Urbanización interior

En las tablas siguientes se aúna el resumen por capítulos de la estimación económica de las obras

de urbanización interior a presente AOD's que integran el ámbito:

AOD -3-10 ESTURÁNS

B URBANIZACIÓN INTERIOR P.Y.M.

CAPÍTULO / UNIDAD €

B.1 DEMOLICIONES. MOVIMIENTO DE TIERRAS 140.343

B.2 RED VIARIA 235.576

B.3 DISTRIBUCIÓN AGUA POTABLE 92.727

B.4 SANEAMIENTO. PLUVIALES Y RESIDUALES 124.053

B.5 ILUMINACIÓN PÚBLICA 109.017

B.6 ENERGÍA ELÉCTRICA 151.621

B.7 CANALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES 45.110

B.8 DISTRIBUCIÓN DE GAS 78.943

B.9 JARDINERÍA, RIEGO Y MOBILIARIO URBANO 146.608

B.10 IMPREVISTOS [Aprox. 10-15%] 169.164

TOTAL URBANIZACIÓN INTERIOR [B] 1.293.162

COSTE URBANIZACIÓN INTERIOR ESTURÁNS

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Coste total de las obras [A+B]

Lo coste total de las obras, suma del coste en ejecución material de las obras previstas para las

acciones infraestructurales de conexión exterior [A] y las infraestructuras y tratamientos previstos

en la urbanización interior del ámbito [B], se refleja para cada área en las tablas siguientes:

AOD -3-10 ESTURÁNS

RESUMEN COSTES OBRAS €

Total Conexiones Exteriores [La] (P.Y.M) 549.027

Total Urbanización Interior [B] (P.Y.M.) 1.293.162

TOTAL OBRAS ACTUACIÓN (P.Y.M.) 1.842.189

ESTURÁNS: COSTE TOTAL DE LAS OBRAS

Incrementando los anteriores presupuestos en un 19% en concepto de Gastos Generales y

Beneficio Industrial resulta un Presupuesto de Ejecución por Contrata antes de I.V.A. de DOS

MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCO EUROS (2.192.205 €).

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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V.1. APROBACIÓN INICIAL AOD A-3-10 ESTURANS - NOVIEMBRE 2017

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ANEXOS: CÁLCULO DE DEMANDAS

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Superficie Edificabilidad Dotación

[m2] [m2

ed] [l/m2/dia] [m

3/día] [l/s]

Residencial 22.000 9,00 198 2,29

Terciario Comercial 2.100 8,64 18 0,21

Dotacional 2.000 2.000 8,64 17 0,20

Espacios verdes 4.400 0 8,64 0 0,00

Libre privado 1.300 0 8,64 0 0,00

Viario Pavimentado 4.845

Viario Ajardinado 255

TOTAL SIN RIEGO 17.400 26.100 233 2,70

AGUA POTABLE

Caudal medio sin riego

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

USO

4.600

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Superficie Dotación

[m2] % [m

2] [l/m

2/dia] [m

3/día] [l/s]

Residencial 0% 0 4,00 0 0,00

Terciario Comercial 0% 0 4,00 0 0,00

Dotacional 2.000 30% 600 4,00 2 0,02

Espacios verdes 4.400 20% 880 4,00 4 0,05

Libre privado 1.300 50% 650 4,00 3 0,03

Viario Pavimentado 4.845 0% 0

Viario Ajardinado 255 100% 255 4,00 1 0,01

TOTAL 17.400 2.385 10 0,11

Supuesto riego en 8 Horas Coef. Pta = 3,00

Caudal punta [l/s] 0,33

4.600

USO

RIEGO

Caudal medio

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

Sup. Regable

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Superficie Edificabilidad Coef. Escorr.

[m2] [m2

ed] [m3/s] [l/s]

Residencial 22.000

Terciario Comercial 2.100

Dotacional 2.000 2.000 0,60 0,02 24

Espacios verdes 4.400 0 0,20 0,02 18

Libre privado 1.300 0 0,25 0,01 7

Viario Pavimentado 4.845 0 0,90 0,09 87

Viario Ajardinado 255 0 0,10 0,00 1

Cuencas Exteriores 0

TOTAL 17.400 26.100 0,63 0,22 220

Aporte sin actuar 17.400 0,30 0,10 104

4.600 0,90 0,08 83

DRENAJE PLUVIALES

Caudal

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

USO

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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Superficie Edificabilidad Q_medio ABA Q_medio RES Q_pta RES

[m2] [m2

ed] [m3/día] [m

3/día] [l/s]

Residencial 22.000 198 168,30 4,68

Terciario Comercial 2.100 18 15,30 0,43

Dotacional 2.000 2.000 17 14,45 0,40

Espacios verdes 4.400 0 0 0,00 0,00

Libre privado 1.300 0 0 0,00 0,00

Viario Pavimentado 4.845 0 0 0,00 0,00

Viario Ajardinado 255 0 0 0,00 0,00

TOTAL 17.400 26.100 233,00 198,05 5,51

Red Punta

Factor 0,85 2,4

4.600

USO

SANEAMIENTO RESIDUALES

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

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Superficie Edificabilidad Ratio Potencia Pot BT Pot BT Pot CT/MT Coef. Pot CT/BT PLMT

[m2] [m2

ed] [W/m2] [KW] % [KW] [KVA] Simult [KVA] [KVA]

Residencial 22.000 92 2.024 100% 2.024 0 0,4 900 765

Terciario Comercial 2.100 100 210 100% 210 0 0,6 140 119

Dotacional 2.000 2.000 100 200 100% 200 0 0,6 133 113

Espacios verdes 4.400 0 1,0 4 100% 4 0 1,0 4 3

Libre privado 1.300 0 5,0 7 100% 7 0 1,0 8 7

Viario Pavimentado 4.845 0 1,0 5 100% 5 0 1,0 6 5

Viario Ajardinado 255 0 1,0 0 100% 0 0 1,0 0 0

TOTAL 17.400 26.100 2.450 100% 2.450 0 1.191,00 1.012

4.600

USO

ENERGÍA ELÉCTRICA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

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Superficie Edificabilidad Viv eq Coef. Q unitario Caudal

[m2] [m2

ed] [1Ud=100m2] Simult [Nm3/h] [Nm3

/h]

Residencial 22.000 220 0,88 0,80 155

Terciario Comercial 2.100 21 1,00 0,80 17

Dotacional 2.000 2.000 20 1,00 0,80 16

Espacios verdes 4.400 0

Libre privado 1.300 0

Viario Pavimentado 4.845 0

Viario Ajardinado 255 0

TOTAL 17.400 26.100 261 0,82 0,80 171

4.600

USO

GAS

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

CÁLCULO DE DEMANDAS

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Superficie Edificabilidad Dotación Lín. teóricas Coef. Lín. reales Pares teóricos Pares

[m2] [m2

ed] [lin/100 m2 ed] [ud] Simult [ud] 1,4 salida

Residencial 22.000 1 220 0,5 110 154 200

Terciario Comercial 2.100 1 21 0,5 11 15 25

Dotacional 2.000 2.000 1 20 0,5 10 14 25

Espacios verdes 4.400 0 1 0 0,5 0 0 0

Libre privado 1.300 0

Viario Pavimentado 4.845 0

Viario Ajardinado 255 0 0 0,5 0 0 0

TOTAL 17.400 26.100 261 131 183 250

4.600

USO

CÁLCULO DE DEMANDAS

TELECOMUNICACIONES

ÁREA DE ORDENACIÓN DETALLADA

ESTURANSPXOM - VIGO

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IV. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 8/97, DE ACCESIBLIDADE Y

SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.

La ley 8/97, y el Decreto 35/2000 por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución

de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas exigen que los instrumentos

urbanísticos hagan constar expresamente en su Memoria su cumplimiento, señalando las

determinaciones normativas de aplicación y las soluciones adoptadas para darles cumplimiento.

En cuanto a las Barreras arquitectónicas urbanísticas (BAUR) a tener en cuenta, se regulan en el

Título II de ambos textos normativos, distinguiéndose en el Reglamento el tratamiento de los

espacios públicos existentes (art. 13), de los de nueva creación.

El artículo 13.b del Reglamento indica que cuando por dificultades orográficas o calles

preexistentes no sea posible la creación de un itinerario adaptado se diseñará como mínimo un

itinerario practicable que permita el desplazamiento de personas con movilidad reducida, sin

perjuicio de que progresivamente se establezcan las reglas para convertir los espacios del ámbito

en adaptados.

Igualmente, en lo que se refiere a itinerarios peatonales para los que el coste de ejecución como

adaptados sean superior en más de un 50% al coste como no adaptados, el Reglamento permite

la exención, efectuando una propuesta alternativa, que requerirá, previamente a la aprobación

del instrumento urbanístico, el informe favorable del Consello Autonómico para la promoción de

la Accesibilidad y la Supresión de Barreras (art. 16 del Reglamento).

El caso concreto del ámbito con AOD A-3-10 Esturáns, no presenta unas particularidades

topográficas especiales que le deriven en grandes dificultades de partida, en materia de

accesibilidad. No obstante, los viales que siguen la dirección Norte-Sur consiguen una pendiente

importante dada la topografía de la zona y llevan a hacer algún tipo de recorrido practicable.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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ESQUEMA VIARIO DEL A-3-10 ESTURANS

CUADRO DE TRAMOS Y PENDIENTES INCLUIDOS EN EL ÁMBITO

Tramo Punto Inicial Cota Inicial

(m)

Punto Final Cota Final(m) Longitud

del tramo

(m)

Pendiente

del tramo

C - D C 22,00 D 20,00 160,00 1,25%

D - A D 20,00 A 11,70 85,00 9,76%

D - E D 20,00 E 19,50 70,00 0,71%

E - B E 19,50 B 11,40 85,00 9,53%

F - C F 25,40 C 22,00 30,00 11,33%

1. Accesibilidad del viario preexistente.-

El ámbito recoge la traza actual del Camino de Esturáns como único vial existente incluido en el

mismo, y propone su mantenimiento con un ancho de 10,00m, mejorando la calidad del existente,

y manteniendo las cotas actuales.

Tomando como referencia la numeración de los tramos viarios y las rasantes de los viales que

figuran en los planos de la ordenación detallada, sus características son las siguientes:

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19

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CALLE DENOMINACIÓN CARACTERÍSTICA

% PENDIENTE

TOTAL

ANCHO TIPO DE

RECORRIDO

1 TRAMO D-A EXISTENTE

MODIFICADO 9,76 % 10,00 M ADAPTADO

2. Accesibilidad del viario de nueva creación.-

Los nuevos viales propuestos en la AOD, en la zona de suelo urbano no consolidado, sirve de

conexión entre el Camino Barciela y el Camino de Esturáns, hasta llegar al tramo de vial

estructurante previsto dentro de este, y tiene las siguientes características:

CALLE

DENOMINACIÓN

CARACTERÍSTICA

% PENDIENTE

TOTAL

ANCHO TIPO DE RECORRIDO

2

TRAMO C-D

NUEVO

1,25 %

12,00

M

ADAPTADO

3

TRAMO D-E NUEVO 0,71 % 12,00

M ADAPTADO

4

TRAMO E-B NUEVO 9,53 % 16,00

M ADAPTADO

5

TRAMO F-C NUEVO 11,33 % 12,00

M PRACTICABLE

Por lo tanto los viales proyectados de nuevo trazado, en los tramos C-D, D-E y E-B cumplen la

condición de itinerarios adaptados, a los efectos de la ley de accesibilidad.

El tramo F-C cumple las condiciones de itinerario practicable segundo la Base 1.1 del Código de

Accesibilidad, dada las dificultades topográficas, no superando la pendiente máxima del 12%

según lo dispuesto en dicho código. No obstante, la parcela colindante con este tramo tiene

frente al tramo C-D que es adaptado.

En lo tocante a la largura mínima de paso libre de obstáculos para los itinerarios peatonales, en

todo el ámbito propuesto y desarrollado por la ordenación detallada se establece 1,80m como

mínimo para los itinerarios adaptados, cumpliendo así el artículo 16º del Reglamento de

Accesibilidad sobre Itinerarios para tránsito de peatones ya que resultan acordes con las

condiciones establecidas en la Base 1.1 del Código de Accesibilidad. Sólo para aquellos supuestos

contemplados en el mencionado artículo 16º se podría encontrar algún itinerario con una largura

mínima de 1,50m, cumpliendo en este caso las condiciones establecidas para itinerarios

practicables.

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3. Accesibilidad de parques, jardines y demás espacios libres de uso público.-

Todos los parques, jardines, y espacios libres previstos disponen de un itinerario adaptado, de

acuerdo con el artículo 18 del Reglamento de accesibilidad.

La manzana M4 (íntegramente de reserva para espacios libres y zonas verdes) tiene acceso desde

el Camino Barciela y el nuevo vial previsto (Tramo C-D y D-E), e itinerarios transversales adaptados.

4. Otras condiciones de accesibilidad.-

En general se estará a lo dispuesto en la Ley 8/97 y al Decreto 35/2000 en todo lo relativo a plazas

de aparcamientos, elementos de urbanización, características del mobiliario, obras y señalización,

concretándose en el Proyecto, o Proyectos de urbanización que desarrollen esta AOD.

En las zonas destinadas a aparcamientos públicos, tanto en superficie como subterráneos se

reservarán con carácter permanente, y tan próximo como sea posible de los accesos de

peatones, plazas debidamente señaladas para vehículos acreditados que transporten personas

en situación de movilidad reducida.

De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 16º.7 del Reglamento de accesibilidad deberá

solicitarse informe favorable del Consello Autonómico para la Promoción de la Accesibilidad y la

Supresión de Barreras Arquitectónicas.

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V. PLANOS

De acuerdo con lo dispuesto en la Normativa Urbanística para el desarrollo de las áreas de

Ordenación Detallada del PGOM de Vigo, la documentación gráfica necesaria para la correcta

interpretación y subsiguiente ejecución de las determinaciones es la que se contiene en los

siguientes planos:

PLANO 1.- SITUACIÓN Y DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO.

PLANO 2A.- ESTADO ACTUAL Y DETERMINACIONES DEL PLAN GENERAL.

PLANO 2B.- INFORMACIÓN CATASTRAL.

PLANO 3.1.- ESTRUCTURA VIARIA Y ALINEACIONES.

PLANO 3.2.- ORDENACIÓN Y REGULACIÓN.

PLANO 3.3.- ORDENACIÓN Y USOS PORMENORIZADOS.

PLANO 3.4.- SECCIONES DEL ÁMBITO.

PLANO 4.1.- RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA.

PLANO 4.2.- ESQUEMA DE SANEAMIENTO.

PLANO 4.3.- ESQUEMA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

PLANO 4.4.- ESQUEMA DE GAS.

PLANO 5.- DELIMITACIÓN DE POLÍGONOS.

Data sinatura: 29/07/2019 CSV: 28E4C4-36A3B2-C7585F-7L39KA-56P6YP-HE Verificable en www.vigo.org/csv APROB. DEFINITIVA PLENO 24/07/19