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Viedma, 27 de Abril del 2006 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 24) Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL AÑO XLVII EDICION DE 24 PAGINAS Nº 4406 DECRETOS —– DECRETO Nº 277 Viedma, 04 de Abril de 2005.- Visto, las Leyes N° 1.904, N° 3.824, los Decretos de Naturaleza Legislativa N° 7/ 03, N° 14/04, los Decretos N° 213/04, N° 777/04, N° 3/05, y; CONSIDERANDO: Que resulta necesario reconocer la dedicación de los agentes pertenecientes a los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas del Escalafón previsto para el personal de carrera técnico profesional sanitaria en la Ley N° 1.904, teniendo en cuenta la realidad de los establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Ne- gro; Que el Artículo 1° de la Ley N° 2.397 faculta a los titulares de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial a dictar las normas que regulen en su ámbito de aplicación el sistema de bonificaciones y adicionales personales y/o funcionales; Que, en consecuencia, se fija partir del 1° de Mayo de 2.005, para los agentes comprendidos en los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales del Escalafón previsto para el personal de carrera técnico profesional sanitaria en la Ley N° 1.904, el adicional “BLOQUEO DE TITULO”; Que se otorgará a partir del 1° de mayo de 2.005 al personal técnico profesional de la Salud, con una carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, con dedicación exclusiva; Que el presente adicional tendrá el carácter de no remunerativo y no bonificable; Que el mismo es incompatible con el ejercicio de la profesión -salvo docencia, máximo seis (6) horas semanales- fuera de los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181° inciso 1) de la Constitución Provincial; Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de Mayo de 2.005, para los agentes comprendidos en los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales del Escalafón previsto para el personal de carrera técnico profesional sanitaria en la Ley N° 1.904, el adicional “BLOQUEO DE TITULO”. Art. 2°.- El adicional por “BLOQUEO DE TITULO” dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto, se otorgará al personal técnico profesional de la Salud que reviste en el Agrupamiento B y C del Escalafón previsto en la Ley N° 1.904, con una carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, con de- dicación exclusiva. Este régimen es incompatible con el ejercicio de la pro- fesión -salvo docencia, máximo seis (6) horas semanales- fuera de los establecimientos dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro. Art. 3°.- El adicional “BLOQUEO DE TITULO” tendrá carácter de no remunerativo y no bonificable, y consistirá en una suma fija de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) para el Agrupamiento B, y de PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) para el Agrupamiento C de la Ley N° 1.904. Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y de Salud. Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.- SAIZ.- P. F. Verani.- A. E. Gutiérrez.- DECRETO Nº 317 Viedma, 10 de Abril de 2006.- Visto, el expediente N° 16745-SP-06, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de la Familia, y; CONSIDERANDO: Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y la Municipalidad de Viedma; Que el convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta “EL MINISTERIO” debiendo “EL MUNICIPIO” presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios; Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte económico de pesos ciento diecisiete mil seiscientos ($ 117.600,00) pagaderos en tres (03) cuotas Trimestrales, de pesos treinta y nueve mil doscientos ($ 39.200,00) cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de los beneficiarios; Que a fs. 19, 20, 21, 22 y 23 obra Informe Técnico, donde se recomienda la suscripción del convenio; Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2° del Decreto N° 194/76 y modificatorias; Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado; Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas por el Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial; Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia, representado por el señor Ministro Don Alfredo Daniel PEGA (DNI N° 12.711.465) y la Municipalidad de Viedma (CUIT 30-63901056-9) representada por su Intendente, Sr. Jorge Carlos FERREIRA (DNI. N° 11.499.488), que como Anexo forma parte del presente Decreto.- Art. 2°- Apruébase el gasto por un monto total de pesos ciento diecisiete mil seiscientos ($ 117.600,00) pagadero en tres (03) cuotas Trimestrales, de pesos treinta y nueve mil doscientos ($ 39.200,00) cada una.- Art. 3°.- El importe acordado con el Municipio deberá ser girado a la orden de su Intendente, Sr. Jorge Carlos FERREIRA (CUIL N° 20-11499488-0), siendo éste el único responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N° 194/76 y modificatorias.- Art. 4°.- Autorízase al Ministerio de Familia a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Artículo 1°, adecuándose a las disposiciones en vigencia.- Art. 5°.- Comprométase la suma total de pesos ciento diecisiete mil seiscientos ($ 117.600,00), a los créditos del Programa 01, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Familia.- Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.- Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.- SAIZ.- A. D. Pega.- ——— CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y LA MUNICIPALIDAD DE VIEDMA AÑO 2.006 Entre el MINISTERIO DE FAMILIA de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Familia Señor Alfredo Daniel PEGA (DNI N° 12.711.465), en adelante “EL MINISTERIO”, con domicilio en calle Belgrano y Buenos Aires, de la ciudad de Viedma, por una parte, y el “MUNICIPIO DE

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Viedma, 27 de Abril del 2006

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

SECRETARIA GENERALDE LA GOBERNACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 24)

Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANALAÑO XLVII EDICION DE 24 PAGINAS

Nº 4406

DECRETOS—–

DECRETO Nº 277Viedma, 04 de Abril de 2005.-

Visto, las Leyes N° 1.904, N° 3.824, los Decretos de Naturaleza Legislativa N° 7/03, N° 14/04, los Decretos N° 213/04, N° 777/04, N° 3/05, y;

CONSIDERANDO:Que resulta necesario reconocer la dedicación de los agentes pertenecientes a

los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas delEscalafón previsto para el personal de carrera técnico profesional sanitariaen la Ley N° 1.904, teniendo en cuenta la realidad de los establecimientoshospitalarios dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Ne-gro;

Que el Artículo 1° de la Ley N° 2.397 faculta a los titulares de los PoderesLegislativo, Ejecutivo y Judicial a dictar las normas que regulen en su ámbito deaplicación el sistema de bonificaciones y adicionales personales y/o funcionales;

Que, en consecuencia, se fija partir del 1° de Mayo de 2.005, para los agentescomprendidos en los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro(44) horas semanales del Escalafón previsto para el personal de carreratécnico profesional sanitaria en la Ley N° 1.904, el adicional “BLOQUEO DETITULO”;

Que se otorgará a partir del 1° de mayo de 2.005 al personal técnico profesionalde la Salud, con una carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, condedicación exclusiva;

Que el presente adicional tendrá el carácter de no remunerativo y nobonificable;

Que el mismo es incompatible con el ejercicio de la profesión -salvo docencia,máximo seis (6) horas semanales- fuera de los establecimientos dependientes delMinisterio de Salud de la Provincia de Río Negro;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de Mayo de 2.005, para los agentescomprendidos en los Agrupamientos B y C con carga horaria de cuarenta y cuatro(44) horas semanales del Escalafón previsto para el personal de carreratécnico profesional sanitaria en la Ley N° 1.904, el adicional “BLOQUEO DETITULO”.

Art. 2°.- El adicional por “BLOQUEO DE TITULO” dispuesto en el Artículo 1°del presente Decreto, se otorgará al personal técnico profesional de la Salud quereviste en el Agrupamiento B y C del Escalafón previsto en la Ley N° 1.904, conuna carga horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, con de-dicación exclusiva. Este régimen es incompatible con el ejercicio de la pro-fesión -salvo docencia, máximo seis (6) horas semanales- fuera de losestablecimientos dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de RíoNegro.

Art. 3°.- El adicional “BLOQUEO DE TITULO” tendrá carácterde no remunerativo y no bonificable, y consistirá en una suma fija dePESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) para el Agrupamiento B, yde PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) para el Agrupamiento C de la LeyN° 1.904.

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros deHacienda, Obras y Servicios Públicos y de Salud.

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.-

SAIZ.- P. F. Verani.- A. E. Gutiérrez.-

DECRETO Nº 317Viedma, 10 de Abril de 2006.-

Visto, el expediente N° 16745-SP-06, del registro de la Secretaría de Familia delMinisterio de la Familia, y;

CONSIDERANDO:Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio

celebrado entre el Ministerio de Familia y la Municipalidad de Viedma;Que el convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y

entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a ProgramasNutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta “EL MINISTERIO” debiendo“EL MUNICIPIO” presentar proyecto especificando programa social, función,carga horaria y nómina de beneficiarios;

Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte económico depesos ciento diecisiete mil seiscientos ($ 117.600,00) pagaderos en tres (03) cuotasTrimestrales, de pesos treinta y nueve mil doscientos ($ 39.200,00) cada una, condestino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de losbeneficiarios;

Que a fs. 19, 20, 21, 22 y 23 obra Informe Técnico, donde se recomienda lasuscripción del convenio;

Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2° delDecreto N° 194/76 y modificatorias;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, AsesoríaLegal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;

Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas por el Artículo 181°Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre elMinisterio de Familia, representado por el señor Ministro Don Alfredo DanielPEGA (DNI N° 12.711.465) y la Municipalidad de Viedma (CUIT 30-63901056-9)representada por su Intendente, Sr. Jorge Carlos FERREIRA (DNI. N° 11.499.488),que como Anexo forma parte del presente Decreto.-

Art. 2°- Apruébase el gasto por un monto total de pesos ciento diecisiete milseiscientos ($ 117.600,00) pagadero en tres (03) cuotas Trimestrales, de pesostreinta y nueve mil doscientos ($ 39.200,00) cada una.-

Art. 3°.- El importe acordado con el Municipio deberá ser girado a la orden desu Intendente, Sr. Jorge Carlos FERREIRA (CUIL N° 20-11499488-0), siendo éste elúnico responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conformea lo establecido en el Decreto N° 194/76 y modificatorias.-

Art. 4°.- Autorízase al Ministerio de Familia a efectivizar el pago del Convenioratificado por el Artículo 1°, adecuándose a las disposiciones en vigencia.-

Art. 5°.- Comprométase la suma total de pesos ciento diecisiete mil seiscientos($ 117.600,00), a los créditos del Programa 01, Actividad 01, Partida 572, OtrasTransferencias a Municipalidades, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministeriode Familia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.-Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín

Oficial y archívese.-SAIZ.- A. D. Pega.-

———CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE FAMILIA

DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y LA MUNICIPALIDAD DE VIEDMAAÑO 2.006

Entre el MINISTERIO DE FAMILIA de la Provincia de Río Negro, representadaen este acto por el Ministro de Familia Señor Alfredo Daniel PEGA (DNI N°12.711.465), en adelante “EL MINISTERIO”, con domicilio en calle Belgrano yBuenos Aires, de la ciudad de Viedma, por una parte, y el “MUNICIPIO DE

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2Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

VIEDMA” representado en este acto por su Intendente, Señor Jorge CarlosFERREIRA (DNI N° 11.499.488) con domicilio en calle Roca N° 146 de la localidadde Viedma , por la otra, acuerdan en celebrar el presente Convenio, sujeto a lassiguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El presente Convenio tiene como finalidad impulsar la formación,capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculadosdirectamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta “ELMINISTERIO” debiendo “EL MUNICIPIO” presentar proyecto especificandoprograma social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios.-

SEGUNDA: “EL MINISTERIO” se compromete a otorgar un aporte económicode PESOS CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 117.600,00), pagaderos entres (03) cuotas Trimestrales de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($39.200,00 ) cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio lacontraprestación por parte de los beneficiarios.-

TERCERA: Los beneficiarios afectados al presente Convenio no tendránrelación laboral alguna y de dependencia funcional con “EL MINISTERIO”, estandopor lo tanto los beneficiarios vinculados con “EL MUNICIPIO” quien seráresponsable exclusivo de fijar la modalidad de contraprestación y asumirá lasobligaciones de seguros de ART y las relacionadas con aquella vinculación.-

CUARTA: “EL MINISTERIO” no reconocerá ningún otro gasto que no fuerade los establecidos y expresados en el presente Convenio, quedando por cuentade “EL MUNICIPIO” todas las erogaciones que fueran necesarias para su normalfuncionamiento.

QUINTA: El plazo de duración del presente Convenio se extiende por el términode once (11) meses, a partir de la firma del mismo, pudiendo ser prorrogado porigual período con expresa conformidad de las partes. Asimismo, pueden rescindirel Convenio en forma unilateral, debiendo notificar en forma fehaciente a lacontraparte, con una antelación no menor a TREINTA (30) días. Dicha rescisiónno dará derecho a reclamar indemnización alguna, salvo el cumplimiento de lasobligaciones pendientes.

SEXTA: “EL MUNICIPIO”, se compromete a rendir cuenta documentada deldestino de los aportes mediante certificación del Tribunal de Cuentas Municipalen forma puntual, quedando sujeta la transferencia posterior correspondiente a larecepción y aprobación de la misma, de acuerdo a las normas administrativasprovinciales vigentes.- .

SÉPTIMA: “EL MINISTERIO”, realizará el seguimiento y controlará el debidocumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio, debiendo “EL MUNICIPIO”brindar las facilidades necesarias a tal fin.-

OCTAVA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, laspartes constituyen domicilio al inicio del presente, en los que se tendrán porválidas todas las notificaciones que deberán cursarse mientras no se notifique enforma fehaciente el cambio de ellos.-

NOVENA: Las partes se someten, para todos los efectos derivados del pre-sente Convenio, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad deViedma, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieracorresponder.-

En prueba de conformidad se firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenora un solo efecto, en la ciudad de Viedma a los 01 de Febrero del año 2006.-

—oOo—DECRETO Nº 320

Viedma, 10 de Abril de 2006.-Visto, el expediente N° 011.190-HC-06, del registro del Ministerio de Hacienda,

Obras y Servicios Públicos, y;CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la autorización de la Comisión Oficial de Servicios

a favor de la Señora Directora General de Formulación y Evaluación Presupuestariade la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos, Contadora María Alicia BENITEZ, a la Ciudad de Asunción,República de Paraguay, durante los días 22/04/06 al 29/04/06 con motivo de asistiral XXXIII Seminario Internacional de Presupuesto Público a realizarse en lamencionada Ciudad del 24/04/06 al 27/04/06;

Que se considera necesaria la participación de la mencionada funcionaria enrepresentación de esta Provincia, dados los contenidos del programa adjunto afojas 3 a 17 del presente expediente;

Que el mismo evento es organizado por la Asociación Paraguaya de Presu-puesto Público (APAPP) conjuntamente con la Asociación Internacional de Presu-puesto Público (ASIP) y el apoyo del Ministerio de Hacienda de la República delParaguay, tratándose la siguiente temática: la planificación del sector público ypresupuesto, regionalización y descentralización del gasto público, indicadoresde situación de necesidades públicas, gestión presupuestaria y evaluación deresultados;

Que a fojas 2 obran autorizaciones del Sr. Ministro de Hacienda, Obras yServicios Públicos y del Sr. Secretario General de la Secretaría General de laGobernación, dando cumplimiento a lo establecido en el Art. 2° del Decreto N°1326/98;

Que la mencionada funcionaria a fojas 18 solicita se anticipen, para elcumplimiento de la presente Comisión Oficial de Servicios, costo de la matricula,viáticos y pasajes terrestres (para los tramos Viedma/Buenos Aires/Viedma) y víaaérea (para los tramos Buenos Aires/Paraguay/Buenos Aires);

Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5° del Decreto N°1326/98 yResolución N° 799/98 de la Secretaría General de la Gobernación, correspondeliquidar a la citada funcionaria los viáticos correspondientes a Zona A, NivelJerárquico II, fijándose la suma de dólares estadounidenses: ciento veinte(U$S 120) diarios, equivalentes a pesos trescientos setenta con 20/100($ 370,20);

Que de acuerdo a lo normado por el Decreto N° 2045/90 se hace necesarioexceptuar los días no laborables de la presente Comisión Oficial de Servicios de loestablecido en el Artículo 1° de la mencionada norma legal;

Que la presente Comisión Oficial de Servicios se encuadra en lo establecidopor los Artículos 6°, 9° y 12° del Reglamento de Comisiones Oficiales Ley N° 847,otorgándose el anticipo respectivo conforme lo establecido por el Artículo 59° dela Ley N°3186 y su Decreto Reglamentario N°516/99 Artículo 1° inciso d) y DecretoN°1326/98, exceptuado de lo establecido en el Artículo 4° del Decreto N° 135/99por la Comisión creada por el Artículo 2° de la mencionada norma legal;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, AsesoríaLegal, Contaduría General y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01098/06;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° inc. 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Destácase en Comisión Oficial de Servicios a la Señora DirectoraGeneral de Formulación y Evaluación Presupuestaria de la Subsecretaría dePresupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos,Contadora María Alicia BENITEZ (CUIL N° 27-05743635-8), a la Ciudad deAsunción, República de Paraguay, durante los días 22/04/06 al 29/04/06 con motivode asistir al XXXIII Seminario Internacional de Presupuesto Público a realizarse enla mencionada Ciudad durante los días 24/04/06 al 27/04/06.

Art. 2°.- Anticípese por Tesorería General de la Provincia con cargo a la cuentacorriente N° 900001178 Rentas Generales, a la Contadora María Alicia BENITEZ(CUIL N° 27-05743635-8), la suma de pesos dos mil ciento cuarenta y ocho con 60/100 ($ 2.148,60) en concepto de cinco con cincuenta (5,50) días de viáticos Zona ANivel Jerárquico II, a razón de Dólares Estadounidenses ciento veinte (U$S 120)diarios equivalente a pesos trescientos setenta con 20/100 ($ 370,20) según páginade Internet del Banco de la Nación Argentina obrante a fojas N° 20 y uno conveinticinco (1,25) días a razón de pesos noventa ($ 90,00) diarios, más la suma depesos un mil cuatrocientos veintinueve con 26/100 ($ 1.429,26) en concepto degastos de pasajes vía aérea, terrestres y tasa de embarque, y la suma de DólaresEstadounidenses trescientos (U$S 300) equivalente a pesos novecientosveinticinco con 50/100 ($ 925,50) para el pago de inscripción al seminario, lo quehace un total de pesos cuatro mil quinientos tres con 36/100 ($ 4.503,36).

Art. 3°.- Exceptúase los días no laborable de la presente Comisión Oficial deServicios de lo establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 2045/90.

Art. 4°.- Aféctese el gasto que demande la presente Comisión Oficial deServicios a los créditos presupuestarios de la jurisdicción 18 programa 32 actividad02 por la suma de pesos cuatro mil quinientos tres con 36/100 ($ 4.503,36).

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda,Obras y Servicios Públicos.

Art. 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.

SAIZ.- P. F. Verani.-—oOo—

DECRETO Nº 321Viedma, 10 de Abril de 2006.-

Visto, El Expte. N° 090393-G-2005, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;CONSIDERANDO:Que mediante el mismo se propone la reglamentación de la Ley N° 3932, dando

cumplimiento al Artículo 16°, de la misma;Que el instrumento legal propuesto permitirá ejecutar las disposiciones de la

Norma referida, toda vez que significa una herramienta idónea y ágil que cubriráurgentes necesidades de funcionamiento tanto de la propia proponente, como dela Policía de la Provincia de Río Negro, y del Servicio Penitenciario Provin-cial;

Que además brindará un amplio espectro de posibilidades de aprovechamientode los elementos producto de secuestro, decomiso, o hallazgo en causas penales;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección deAsuntos legales, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y la Fiscalíade Estado, mediante Vista N° 00541-06:

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181°, Inciso 5) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento de la Ley N° 3932, que como Anexo I seacompaña y forma parte integrante del presente Decreto.-

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3Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobiernoy Familia.-

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.-

SAIZ.- P. I. Lázzeri.- A. D. Pega.-———

ANEXO I AL DECRETO Nº 321REGLAMENTO DE LA LEY DE DESTINO DE OBJETOS

MOTIVO DE SECUESTRO, DECOMISO O HALLAZGO EN CAUSASPENALES N° 3932.

CAPITULO UNICO

ARTICULO 1°.- Sin reglamentar.ARTICULO 2°.- Sin reglamentar.ARTICULO 3°.- Los fondos obtenidos a través del mecanismo de pública

subasta previstos en el artículo segundo de la Ley, serán transferidos según ladeterminación del presente artículo, para lo cual los organismos beneficiadosdeberán habilitar una cuenta especial destinada a la administración de los mismos.

Los fondos a que refiere la Ley N° 3932, no podrán tener bajo ningún concepto,otro destino que el establecido en la norma.

ARTICULO 4°.- El Ministerio de Familia, designará un responsable por cadaCircunscripción Judicial, e informará a todos los Juzgados competentes en el área,para que esos representantes se hagan cargo de la distribución y entrega de lascosas perecederas a los Municipios según corresponda.

El responsable designado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de realizadala distribución de los elementos, elevará al Juzgado interviniente un acta con lasconstancias y el destino de lo recibido, lo que se agregará a la causa.

Cuando por su volumen sea aconsejable distribuir las cosas perecederas enmás de un Municipio, las mismas serán compartidas con otros Municipios vecinos,a criterio del responsable del Ministerio.

Las cosas o bienes de interés científico o cultural, serán entregados aOrganizaciones No Gubernamentales, y/o Entidades sin Fines de Lucro, conreconocimiento oficial en la materia de que se trate, mediante acta simple, quequedará agregada a la causa. A este fin se establece como autoridad de aplicaciónde la presente a la Agencia Río Negro Cultura o la que en el futuro la reemplace, laque deberá establecer el modo y prioridad en que se efectuarán las entregas.

ARTICULO 5°.- Previo a su destrucción, los elementos a que alude el presenteartículo, serán publicitados y exhibidos por un término de treinta (30) días corridos,en local predesignado, durante los cuales cualquier persona o entidad con interésen ellos pueda solicitarlos. El procedimiento a seguir en estos casos, será elestablecido en el Artículo 4º de la Ley N° 3932.

ARTICULO 6°.- Sin Reglamentar.ARTICULO 7°.- Sin reglamentar.ARTICULO 8°.- Sin Reglamentar.ARTICULO 9°.- Las Unidades Policiales que realizaren procedimientos de

secuestros informarán a la Secretaría de Seguridad y Justicia detallando el bien ocosa, su estado general y la causa en la que se halla involucrado, como así la fechadel procedimiento.

La Secretaría, transcurridos los noventa (90) días corridos, requerirá el estadode la causa, y si el bien está afectado por las prescripciones del Artículo 9° de laLey N° 3932, solicitará su afectación para ser utilizado exclusivamente dentro delos límites geográficos de la Provincia de Río Negro.

ARTICULO 10°.- Obtenido el depósito del bien secuestrado, la Secretaría deSeguridad y Justicia, labrará un acta en las que conste el estado del mismo y suvalor y asignará el bien mediante Resolución fundada y previa, según el cuadro denecesidades que hayan presentado los Organismos de Seguridad del Estado, laPolicía y el Servicio Penitenciario Provincial.

Las distintas unidades dependientes de la Policía y el Servicio PenitenciarioProvincial, podrán solicitar la asignación de bienes determinados, aún cuando nose hallen incluidos en los cuadros de necesidades respectivos, siguiendo la víajerárquica pertinente.

El Ministerio de Salud, y el Consejo Provincial de Educación, a través delMinisterio de Gobierno, harán conocer a la Secretaría de Seguridad y Justicia, unlistado de elementos necesarios y posibles de ser asignados a Escuelas, Hospitalese Instalaciones con asiento en localidades de la línea Sur de la Provincia.

Los bienes existentes y pasibles de dicha asignación, serán puestos por laSecretaría a disposición de ambos Ministerios, quienes tendrán la facultad deasignarlos según sus necesidades.

ARTICULO 11°.- Sin Reglamentar.ARTICULO 12°.- Quedan comprendidos a los fines de esta Ley, como vehículos,

todos los autopropulsados, tales como automóviles, camiones, tractores, pickups, ciclomotores, etc., y los de arrastre, tales como acoplados, casillas rodantes,arados e implementos agrícolas.

Se consideran comprendidos también aquellos que puedan propulsarse o serpropulsados en medios anfibios o aéreos.

Se consideran excluidos aquellos vehículos que carezcan de las placasidentificatorias los que deberán ser vendidos en pública subasta conforme loestablecido por los Artículos 1° y 2º de la Ley N° 3.932.

La Secretaría de Seguridad y Justicia, conformará un legajo del bien asignadodonde se consignará la totalidad de información necesaria para su identificaciónpráctica.

Tanto al organismo como al responsable asignado, se le entregarádocumentación que autorice la circulación del bien, la que deberá ser exhibidacada vez que le sea requerida para Acreditar la tenencia de la unidad.

I) Credencial de Identificación del Automotor: Identificación mediante unacredencial numerada correlativamente con el legajo del bien motivo deasignación, consignada como Anexo 1 (uno), del presente Reglamento, enla que se consigne el destino, características identificatorias del mismo,mención de la causa que lo afecta, número de patente de registro, número deResolución de la Secretaría de Seguridad y Justicia, y fecha de la asignación.Al dorso, llevará una leyenda que refiera la situación general del bien respectode la ley y de la causa judicial que lo involucra y la sujeción a subasta delmismo, sello medalla, firma y aclaración de la autoridad de la Secretaría deSeguridad y Justicia.

II) Credencial de Identificación de Asignación Personal: identificación medianteuna credencial numerada correlativamente con el legajo del bien motivo deasignación, consignada como Anexo II (dos), del presente Reglamento, enla que se consigne la identidad del funcionario a quien se le asigna el bien,el destino o cargo, características identificatorias del vehículo, mención dela causa que lo afecta, número de patente de registro, número de Resoluciónde la Secretaría de Seguridad y Justicia, fecha de la asignación, y firma delcausante. Al dorso, llevará una leyenda que refiera la situación general delbien respecto de la ley y de la causa judicial que lo involucra y la sujeción asubasta del mismo, sello medalla, firma y aclaración de la autoridad de laSecretaría de Seguridad y Justicia.

Las documentaciones mencionadas en el artículo precedente, no eximen alresponsable del cumplimiento de las obligaciones legales de acreditación deidentidad personal y/o idoneidad del manejo del bien asignado.

La asignación de vehículos, responderá a necesidades de cobertura deservicios, tanto en dependencias de Organismos de Seguridad, como en UnidadesOperativas de la Policía y el Servicio Penitenciario de la Provincia de Río Ne-gro.

Dicha asignación se hará por Resolución de la Secretaría de Seguridad yJusticia, conforme el cuadro de necesidades aportados por los organismosinvolucrados, tendrá una duración de un (1) año, renovable por lapsos iguales, ypodrá dejarse sin efecto en cualquier momento, ya sea por falta de cumplimientode los requisitos habilitantes para la asignación, o transgresión de normasreglamentarias mediante su utilización.

La asignación de vehículos a funcionarios para la utilización en tareas de suactividad, se efectivizará mediante Resolución, previo conformarse los siguientesrequisitos:

a) Cumplir funciones en Organismos de Seguridad del Estado.b) Poseer cargo de Director, como mínimo.e) En caso de pertenecer a la Policía o el Servicio Penitenciario Provincial,revistar en nivel de Oficial Jefe o Superior, en los escalafones operativos.d) Que no se le haya asignado vehículo oficial.e) Que se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en la legislación para

la conducción de vehículos.f) Que acredite, la inscripción de una póliza de seguros contra todo riesgo, a su

cargo, respecto del vehículo asignado.

El Estado Provincial, a través de los organismos beneficiados con la asignaciónde estos bienes, tiene la responsabilidad de otorgar a los mismos, igual tratamientoque a los vehículos oficiales, en materia de contratación de Pólizas de Seguros ymantenimiento general.

Las decisiones de asignación, como así las disposiciones de cese de las mismas,adoptadas en el marco de este Reglamento son facultad exclusiva de la Secretaríade Seguridad y Justicia y no recurribles.

ARTICULO 13°.- Sin reglamentar.ARTICULO 14°.- Anualmente, la Secretaría de Seguridad y Justicia dispondrá

el inicio del trámite determinado en el Artículo 17° de la Ley N° 3932, para lo cualconfeccionará una resolución con el listado de los vehículos que se subastarán, lacual será comunicada y puesta a disposición de la Fiscalía de Estado para laprosecución del trámite.

La Secretaría de Seguridad y Justicia, declarará agotada la capacidad deutilización de los vehículos bajo su órbita, cuando los mismos no cumplan funciónalguna de servicio, independientemente de su estado general de funcionamiento.

Cumplido este requisito se iniciará el proceso de subasta, conforme lasprevisiones de la Ley N° 3932.

ARTICULO 15°.- Aquellos bienes, que a la fecha de entrada en vigencia de lapresente Ley y su Reglamento queden comprendidos en sus términos, quedaránautomáticamente sujeto al régimen establecido, y con las mismas modalidadesfijadas en esta normativa.

ARTICULO 16°.- Sin reglamentar.ARTICULO 17°.- Sin reglamentar.ARTICULO 18°.- Sin reglamentar.

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4Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

ANEXO IModelo de Credencial de Identificación de Automotores

Frente y Dorso

ANEXO IIModelo de Credencial de Identificación de Automotores

Frente y Dorso

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RESOLUCIONES–––

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PUBLICOSResolución Nº 583

Viedma, 18 de Abril de 2.006.Visto, la Ley N° 1274, el Decreto 939/78 y el

expediente N° 16.928-R-2005 del Registro de la Direc-ción General de Rentas, por el que tramita la peticiónefectuada por la firma Maxiconsumo S.A., paraacogerse a los beneficios establecidos en la Ley N°1274 y;

CONSIDERANDO:Que la peticionante ha presentado un Plan de

Inversiones a realizar en la Provincia de Río Negro, queprevé un “Plan Principal” consistente en la instalaciónde cuatro (4) locales de ventas en las ciudades deViedma, General Roca, Cipolletti y San Carlos deBariloche, donde se expenderán productos elaboradospor la firma y de otras marcas, e inversiones en la in-dustria, para fomentar -principalmente - la producciónde tomates y frutas de carozo;

Que el total de la inversión comprometida asciendea la suma de Pesos quince millones ($ 15.000.000) enlos próximos cuatro años; con la incorporación de 120trabajadores más;

Que estas posibilidades han sido analizadas por laSecretaría de Desarrollo Económico dependiente delMinisterio de la Producción, quien considera que elplan de negocios propuesto cumple con los requisitosa los que la normativa antes indicada condiciona el

otorgamiento de beneficios fiscales y al mismo tiempoalienta al Bien Común y a la necesaria y lógicacompetencia que brindará mas posibilidades a losconsumidores (ver informe a fs. 41/42);

Que llenado el recaudo de la fáctibilidad técnica dela propuesta, resta analizar la magnitud y el impactoque cualquier beneficio a otorgar provocaria en larecaudación del tributo involucrado (Impuesto sobrelos Ingresos Brutos).

Que hay que destacar que la empresa peticionantetiene como actividad principal la preparación deconservas de frutas, hortalizas y legumbres (Cod. Act.1513100) y como actividades secundarias la venta alpor mayor, en comisión o consignación de alimentos,bebidas y tabaco (Cod. Act. 5119100), venta al pormayor de productos alimenticios no clasificados enotra parte (Cod. Act. 5122900), venta al por mayor decigarrillos y productos de tabaco excepto cigarros (Cod.Act. 5124010), venta al por menor en hiper-mercados con predominio de productos alimentarios(Cod. Act. 5211100) y servicios de publicidad (Cod.Act. 7430000);

Que la actividad principal se encuentra sujeta a laalícuota general del tres por ciento (3%), salvo que laempresa se encuentre inscripta en el régimen de la LeyN° 3.611 (supuesto en el que tributaria a una alícuotadel 1,8%). Por su parte, la actividad desarrollada bajo elCódigo 5119100 esta sujeta a la alícuota del cinco porciento (5%), la actividad 5122900 se encuentra gravadacon la tasa general del tres por ciento (3%), la actividad5124010 al cinco por ciento (5%), la actividad 5211100 ala tasa general del tres por ciento (3%) y servicios depublicidad al cinco por ciento (5%);

Que a fs. 62-64 la Dirección de Fiscalización Externade la Dirección General de Rentas efectúa la estimacióndel costo fiscal para los próximos cuatro ejerciciosfiscales;

Teniendo en cuenta el promedio de los ingresosdeclarados por el contribuyente en los ejercicios 2.004/2.005, que año a año estos ingresos se incrementaríanen un 10% por efecto de la inflación, y sin considerarlas actividades de servicios de publicidad y venta decigarrillos, el costo fiscal para los próximos cuatro (4)años, es de: $ 3.746.737,09;

Que dadas las particularidades del proyecto, comoasimismo las cifras presupuestadas en las proyeccionesy lo aconsejado por la Dirección General de Rentas,corresponde hacer lugar al beneficio pretendido, enlos siguientes términos:

1.- En un porcentaje igual al setenta por ciento(70%) de las obligaciones impositivas a abonar para elImpuesto sobre los Ingresos Brutos. Esta franquiciano comprenderá los ingresos provenientes de lasactividades de venta al por mayor de cigarrillos yproductos de tabaco (cod. 5124010) y servicios depublicidad (7430000);

2.- Por el término de un (1) año, con posibilidad deextenderlo la Administración;

3.- Lo anterior estará condicionado a que se de plenocumplimiento a los requisitos de inversióncomprometidos en la petición;

4.- El cumplimiento de tales extremos habrá demonitorearse con una periodicidad, al menos anual,por parte de la Dirección General de Rentas y el áreatécnica que designe el Ministerio de Produc-ción;

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5Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Que los términos en que se concede el beneficiopreserva el espíritu promocional de la Ley N° 1.274,pero conjugándolo con el logro de las metas derecaudación fiscal, todo ello en el marco del necesariocontrol que debe tener el Estado sobre todo beneficioque, conforme a la Ley, otorgue a persona o personasdeterminadas;

Que el Poder Ejecutivo Provincial ha decla-rado a la empresa MAXICONSUMO S.A. de “inte-rés provincial” mediante Decreto N° 167 de fecha14/03/2006, pieza que luce agregada a fs. 58/59 de au-tos;

Que resulta de particular importancia para elGobierno Provincial promover industrias que, con sudesarrollo tecnológico-empresarial, impulsen elcrecimiento económico de la Provincia;

Por ello:El Ministro de Hacienda, Obras

y Servicios PúblicosRESUELVE:

1° Declárase a la firma MAXICONSUMO S.A.(CUIT N° 30-66300584-3) con domicilio en calleMisiones N° 1.037 de la ciudad de General Roca,comprendida en los alcances del Artículo 2°, inc. a) dela Ley N° 1.274, con relación al Proyecto de Inversiónreferido.-

2°.- Otórganse a la firma indicada en el artículo an-terior los siguientes beneficios:

- Desgravación por el término de un (1) año, delsetenta por ciento (70%) del Impuesto sobre losIngresos Brutos. Esta franquicia no comprenderálos ingresos provenientes de las actividades deventa al por mayor de cigarrillos y productos detabaco (cod. 5124010) y servicios de publicidad(7430000).

3° .- Los beneficios otorgados entrarán en vigenciaa partir de la publicación de la presente y podránprorrogarse por igual término, ello condicionado alpleno cumplimiento del requisito de inversióncomprometido en la petición.

4°.- Dentro del marco de esta ley, la empresa estáobligada a cumplimentar el plan que sirvió de base parala concesión de la franquicia, a cuyo efecto la Direc-ción General de Rentas y el área técnica que designe elMinisterio de la Producción deberán monitorear elcumplimiento de las obligaciones comprendidas en elPlan de Inversión.

5°.- La empresa deberá presentar anualmente unadeclaración jurada donde detalle su funciona-miento y el cumplimiento de los compromisos asu-midos.

6°.- Regístrese, publíquese, comuníquese a losinteresados, remítase copia al Ministerio de Produccióny a la Dirección General de Rentas; cumplido, archí-vese.

Cdor. Pablo Federico Verani, Minitro de Hacienda,Obras y Servicios Públicos.– Alicia Baldizzone,Directora Gral. de Administración.

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Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERALDE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 157Viedma, 20 de abril del 2006.

Visto, el Expte. Nº 4583-IGPJ-2006, mediante el cualla asociación civil denominada “Colegio Médico deGeneral Roca”, con personería otorgada por Decretodel Poder Ejecutivo Provincial Nº 170, de fecha 25 defebrero de 1960, solicita la aprobación de asam-blea y la modificación introducida al Estatuto So-cial; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Extraordinaria, que trató

dicha reforma, se realizó con fecha 12 de setiembre de2005, ha cumplido con los requisitos exigidos por LeyNº 3827 y reglamentarios.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos

administrativos, la Asamblea General Extraordinaria, defecha 12 de setiembre de 2005 y la reforma de los Arts.5º y 10 del Estatuto Social de la asociación civildenominada “Colegio Médico de General Roca”, condomicilio en General Roca, Departamento del mismonombre, de esta Provincia, en la forma de foja catorce(14) del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

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Resolución Nº 158Viedma, 20 de abril del 2006.

Visto, el Expte. Nº 4480-IGPJ-2005, mediante el cualla asociación civil denominada “Asociación CivilNuestra Señora del Nahuel Huapi”, solicita la concesiónde la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución, se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º, Segunda parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente, se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827/04y su Decreto Reglamentario; y que su Estatuto Socialse ajusta a los preceptos legales en vigor.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase para funcionar como Per-

sona Jurídica a la Asociación Civil denominada“Asociación Civil Nuestra Señora del Nahuel Huapi,constituida y con domicilio en San Carlos de Bariloche,Departamento Bariloche, de esta Provincia, el día 12 desetiembre del 2005 y apruébase su Estatuto Socialobrante de foja veinticinco (25) a veintiocho vuelta (28vta.) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número DosMil Ciento Cuarenta y Uno (Nº 2.141).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

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Resolución Nº 159Viedma, 20 de abril del 2006.

Visto, el Expte. Nº 4582-IGPJ-2006, mediante el cualla asociación civil denominada “Roca Rugby Club”,con personería otorgada por Decreto del PoderEjecutivo Provincial Nº 387, de fecha 13 de marzo de1986, solicita la aprobación de asamblea y lamodificación introducida al Estatuto Social; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Ordinaria que trató dicha

reforma se realizó con fecha 20 de setiembre del 2005,ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº3827/04 y reglamentarios.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos

administrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 20 de setiembre del 2005 y el nuevo texto delEstatuto Social de la asociación civil denominada:“Roca Rugby Club”, con domicilio en General Roca,Departamento del mismo nombre, de esta Provincia, enla forma de foja treinta y tres (33) a treinta y cinco (35)y de treinta y siete (37) a cuarenta (40) del expedientealudido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General dePersonas Jurídicas.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DELA PROVINCIA DE RIO NEGRO

Resolución Nº 146Viedma, 20 de Abril de 2.006.

Visto: El Expte. N° 94/RH/2006 caratulado: “Agentesjudiciales varios s/reconsideración Resolución N° 652/2005" y

CONSIDERANDO:Que, luego del análisis efectuado de los alcances

de la Resolución 652/05 y ante las peticiones yconsecuentes propuestas alternativas que se hanhecho llegar al Cuerpo, glosadas en el presenteexpediente y en Expte. 14/RH/2006, este Tribunalconsidera necesario reformular los términos de dicharesolución, conforme lo resuelto en Acuerdo N° 1/06, alos fines de lograr una norma que redunde, endefinitiva, en un mejor servicio de justicia.

En ese sentido, es dable desdoblar las peticionesque nos ocupan. En conseucencia, se tratará por unlado la revisión del descuento inmediato por la llegadatarde y por otro lo atinente a la compensación de feriajudicial.-

En lo que respecta al primer punto, los informessolicitados al área de Recursos Humanos dan cuentade lo siguiente: En el mes de febrero de 2006 se registraun aumento de las inasistencias por razones de salud,(art. 80 RJ) respecto de los meses de noviembre ydiciembre de 2005, sobre todo en la IIda. y IVta. Circ.Judicial, cuyo incremento ha sido notable.

La primera lectura que corresponde hacer es que,ante la eventualidad de llegar tarde, los agentes pasanparte de enfermo y ello es lo que aumenta la incidenciade tales licencias.

En lo que respecta al informe de llegadas tardepropiamente dicho, es de señalar que en noviembre ydiciembre/2005 es sensiblemente inferior al de febrerodel corriente.-

Por lo anterior, este Cuerpo entiende convenientereformular el art.102 del Reg. Judicial, manteniendo elconcepto de llegada a partir de las 7.30 hs. En tal sentido,cabe disponer que no corresponda descuento alguno ala primera llegada tarde del mes, y luego establecer undescuento progresivo y proporcional de los haberes enlos siguientes términos: A la segunda llegada tarde lecorresponderá un 30% de descuento; a la tercera: 60% yun 100% a la cuarta.- Asimismo, en el caso de la segunday la tercera llegadas tarde, tal descuento se realizarásiempre y cuando el retraso no exceda los diez minutos,supuesto en el cual corresponderá descontar el total dela jornada laboral. Por último, cabe aclarar que losporcentuales de descuento se harán sobre la jornadalaboral completa y que, en todos los casos, el agentedeberá prestar la compensación horaria pertinente.

En relación con la compensación por descansolaboral, el análisis se debe efectuar a la luz de dos ejesde razonamiento complementarios. Ello es así dado quela cuestión tiene que abordarse desde el deber delempleador de cuidar la salud física y mental delempleado en su relación con el trabajo y desde lasnormativas que contemplan y enmarcan la naturalezajurídica de las “vacaciones”, protegen al empleado yresguardan a la organización en lo que a este rubro serefiere, como así la doctrina que la suscribe.

Con respecto a la cuestión de la salud física y men-tal, se debe propender a que el empleado tenga undescanso lo suficientemente prolongado en el tiempocomo para permitir su recuperación de la fatiga laboral.Por ello es que se propicia que, cuando así se disponga,la compensación de feria, no se desdoble en más dedos tramos y que ninguno sea menor de 10 días en laferia grande y de 6 en la feria chica.-

Ya el STJ, con anterior integración, ha dicho:“El régimen de descanso no ha sido instituido conel propósito de crear una ventaja o chanceeconómica a favor del trabajador, .... Por el contrarioel régimen legal tiene como objetivo el propiobeneficio de la salud y el bienestar del obrero”, y,como se señala en la jurisprudencia citada, “ELINSTITUTO ESTA ENCAMINADO A

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6Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

CONCRETAR EL DESCANSO HEBDOMADARIOY NO A LA ACUMULACIÓN DE FRANCOS O SUCONVERSIÓN EN DINERO”.-

En la actual integración, este Cuerpo ha definidoclaramente que “el descanso laboral tiene una finalidadhigiénica y biológica de restablecimiento psicofísicodel trabajador”.-

En ese orden de ideas y en cuanto a las normativasque regulan el tema, el art. 150 de la LCT establece unperíodo mínimo” y continuado de descanso anual. Elloda cuenta de que, sin perjuicio de la cantidad total dedías de descanso anual que el empleado goza,correlacionada con la antigüedad, que ese período seaCONTINUADO. En efecto, el descanso -que es undeber de previsión del empleador, en debidaconsideración de sus intereses- tiene como finalidad laLIBERACION TEMPORARIA POR PARTE DELEMPLEADO CON RESPECTO A SU OBLIGACIÓN DEESTAR A DISPOSICION DE SU PRINCIPAL.-

Esta liberación temporaria debe ser de un períodomínimo aceptable para poder tener un impacto positivoque permita reponerse de la “fatiga laboral”. Su inciden-cia tendrá esa repercusión positiva a la que se alude, tantoen el empleado como en el empleador, en lo que respectaal rendimiento laboral y a la calidad de servicio que debebrindar la organización. Así esta cita normativa fuerza ladecisión del Tribunal de acotar a dos tramos como máximo,y con los topes señalados supra, el otorgamiento de lalicencia por compensación de feria judicial.

En lo referente al art.150 LCT, en su “Tratado deDerecho Laboral” Vazquez Vialard expresa:”... En cuantoal carácter de “continuado”, es innegable que serelaciona con la finalidad misma de las vacaciones, si eldescanso semanal no basta para compensar la fatigaacumulada del trabajo, forzosamente habrá que imponeruna pausa mayor continua que surta esos efectos.-Estas características de los plazos son otras tantasderivaciones de la referida calidad de “derechoindisponible” que tienen las vacaciones, calidad quehace prohibir su fraccionamiento, prohibición a la quela ley le reconoce una sola salvedad: La del art. 164 (Dela acumulación de la tercera parte de un períodoinmediatamente anterior con el vigente). Empero, amedida que los plazos se han ido extendiendo, laaplicación estricta de la continuidad encuentra menossustento; no es dudoso que para el trabajador con unperíodo de licencia prologado puede representarleuna ventaja la posibilidad de fraccionarla y gozarla endos épocas distintas del año.... “ (tomo IV, pág. 107).

En igual sentido, en su Tratado de Derecho laboral,(pág. 218) sostiene Deveali: “Descanso anualremunerado... la limitación que imponen esos lapsosbreves de reposo y la preocupación que significa lareanudación de tareas, con las obligaciones que le soninherentes, generan un estado de ánimo especial que,en cierto modo, neutraliza parcialmente la eficacia deldescanso. En razón de ello se pensó en la necesidad deintegrar aquellos descansos breves con uno de mayorduración, que permitiera al trabajador despreocuparsede todos los problemas originados por la prestaciónde servicios, posibilitando el equilibrio de sus nerviosmediante cambios de ambiente, clima etc.”...Un régimenintegral de descanso favorece aún al propio empleador,lo que significa un mayor bienestar colectivo, teniendoen cuenta que a influjo de la reparación física ypsicológica del trabajador se logra una mayor produc-tividad, superior rendimiento y perfección técnica.”.

En consecuencia, por lo hasta aquí reseñado, sedispone la modificación de la resolución 652/05 en lasdos cuestiones tratadas, de la forma propiciada poreste Cuerpo.

Que, asimismo, de conformidad con lo resuelto enel Acuerdo Extraordinario N° 3/2006 y en el marco de lareformulación de algunas normas del Reglamento Ju-dicial, cabe detenerse, en lo que hace al aumento salarialdispuesto por Resolución N°131/06, que determina dostramos de los escalafones judicial, administrativo y deservicio que han tenido un tratamiento diferente, conello de corregir algunas asimetrías.

En lo concerniente a los estándares de desempeñoy productividad, cabe disponer que los funcionariosde ley tendrán facultades para el control primario desu cumplimiento, por lo que corresponderácontemplar tal función entre sus obligaciones. Paraello, este Cuerpo entiende conveniente agregar en elpunto 3 del art.56 del Capítulo VIII del ReglamentoJudicial, un inciso ñ) con la siguiente redacción:“Tendrán a su cargo el contralor primario delcumplimiento de los estándares de desempeño yparámetros de productividad instrumentados por laJunta de Funcionarios Judiciales y aprobados por elS.T.J., dando cuenta de dicho contralor al Magistradoo Funcionario a cargo del Organismo, respetando lavía jerárquica interna.

Hasta tanto ello ocurra se mantendrá el parámetrofijado por Acordada 09/02, del 12%.-

En el caso de los programas de “mejores prácticas”,cuyos estándares a la fecha ya se encuentran fijados yauditados externamente, deberán mantenerse losporcentuales y pautas establecidos.-

Por último, con relación al escalafón, este SuperiorTribunal considera necesario eliminar las dos categoríasiniciales. Consecuentemente, a partir del dictado deesta resolución, el ingreso en los escalafones “A”, “B”y “C” -Judicial, Administrativo y de la Justicia de Paz,respectivamente- se producirá por la categoría“Escribiente”, mientras que en el escalafón “E” -Mantenimiento y Servicios Generales- se hará por lacategoría “Auxiliar Ayudante”.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le sonpropias ( Art. 44 inc. i) de la Ley 2430),

El Superior Tribunal de Justicia de la Provinciay la Procuradora General

RESUELVEN:1°) Reformular el art. 73 del Reglamento Judicial

que quedará redactado de la siguiente manera: “Quieneshubiesen prestado servicios durante los recesosjudiciales establecidos en el art. 18 de la ley orgánicagozarán de una licencia compensatoria por número igualde días hasta el 31 de marzo (receso de enero) y hastael 30 de setiembre (receso de julio), la que no podráfraccionarse más que en dos tramos, cada uno de loscuales no podrá ser menor de diez días en el caso delreceso correspondiente al mes de enero, o de seis díaspara el receso del mes de julio.

Cuando lo exigiesen las necesidades de servicio,ante circunstancias excepcionales debidamentefundadas, el magistrado o funcionario otorgante -deacuerdo con lo establecido por el art. 68 AutoridadesConcedentes- lo concederá en fecha distinta a laestablecida en el párrafo anterior, hasta un plazomáximo de un año a partir de la fecha de la denegatoriapara agentes, Funcionarios de Ley, FuncionariosJudiciales y Jueces de Primera Instancia y hasta dosaños para Jueces de Cámara y Fiscales de Cámara,siempre en la proporción determinadaprecedentemente.- Previa comunicación a laPresidencia, los miembros del Superior Tribunal deJusticia y la Sra. Procuradora General harán uso de lacompensación de feria que por reglamento lescorresponda en el período y por el término que lasnecesidades del servicio aconsejen”.

2°) NORMA TRANSITORIA: Todo el personal quea la fecha del dictado de la presente tenga licenciaspendientes no alcanzadas por la normativa del párrafoanterior (anteriores a julio/2003) deberá serusufructuada en un plazo máximo de dos años.

A esos efectos se comunicará a los Tribunales deSuperintendencia General de cada Circunscripción Ju-dicial, para su evaluación en conjunto, el cronogramade licencias a otorgar.

3°) SUPRIMIR la última parte del penúltimo párrafoy el último párrafo del inc. f del art. 95 del ReglamentoJudicial (que regula la licencia por atención de asuntosparticulares) quedando redactado de la siguientemanera:

“DE LAS LICENCIAS POR ASUNTOS PER-SONALES”.

ARTICULO 95°:Todo el personal tendrá derecho al uso de licencias

con goce de sueldo en los siguientes casos y por lostérminos especificados en cada uno: a), b), c), d), e), f).Para la atención de asuntos particulares, si el motivoinvocado fuera razonablemente atendible, siempre queel servicio lo permita: (6) seis días. Esta licencia no podráser utilizada (8) ocho días antes del receso judicial invernal(feria chica), ni tampoco en el transcurso del mes dediciembre, previo al receso judicial estival (feria grande)”.

4°) REFORMULAR el Art. 102 del Reglamento Ju-dicial, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“DE LAS INASISTENCIAS E IMPUNTUALI-DADES”.

ARTICULO 102°:“Se considera impuntualidad todo ingreso que se

registre con posterioridad al horario de entrada, quecoincide con el horario de atención al público dispuestopor Acordada N° 102/04, ello es de 7:30 hs. a 13:30 hs.;sin perjuicio de las excepciones horarias dispuestas.-

Dicha impuntualidad determinará un descuentoprogresivo y proporcional de haberes en los siguientestérminos: A la segunda llegada tarde le corresponderáun 30% de descuento, un 60% a la tercera y un 100% ala cuarta y subsiguientes, sin perjuicio de la instrucciónde sumario administrativo. Asimismo, en el caso de lasegunda y tercera llegadas tarde, tal descuento serealizará siempre y cuando el retraso no exceda los diezminutos, supuesto en el cual corresponderá descontarel total de la jornada laboral.- Los porcentuales dedescuento se harán sobre la jornada laboral completa,y en todos los casos, el agente deberá prestar lacompensación horaria pertinente.

5°) AGREGAR, como inciso ñ) del Punto 3 del Art.56, el siguiente texto: “ñ) Tendrán a su cargo el controlprimario del cumplimiento de los estándares dedesempeño y parámetros de productividadinstrumentados por la Junta de Funcionarios Judicialesy aprobados por el S.T.J. del cual deberán dar cuenta almagistrado o funcionario a cargo del organismo,respetando la vía jerárquica interna”.

6°) NORMA TRANSITORIA: Hasta tanto se fijenlos estándares se mantendrá el parámetro fijado porAcordada 09/02 del 12%.- En el caso de los programasde “mejores prácticas”, cuyos estándares a la fecha yase encuentran fijados y auditados externamente, deberánser mantenidos los porcentuales y pautas establecidas.

7°) SUPRIMIR en el Art. 3° del Reglamento Judi-cial, en los escalafones “A”, “B” y “C”, las Categoríasde: Auxiliar Ingresante y Auxiliar y en el Escalafón “E”,las categorías de: Ayudante Ingresante y Ayudante.

8°) DISPONER que el Centro de DocumentaciónJurídica elabore el texto ordenado del Reglamento Ju-dicial con la inclusión de la presente Resolución.

9°) Registrar, comunicar, tomar razón, publicar yoportunamente archivar.

Dr. Luis A. Lutz, Presidente S.T.J.- Dr. Víctor HugoSodero Nievas, Juez S.T.J.- Dr. Alberto Italo Balladini,Juez S.T.J.- Dra. Liliana Piccinini, Procurador General.-Stella Maris Latorre, Secretaria Supertintendencia S.T.J.

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Provincia de Río NegroDIRECCION GENERAL DE RENTAS

Resolución Nº 232Viedma, 18 de Abril de 2.006.

Visto, el texto de la Ley 4028 y;CONSIDERANDO:Que la citada Ley establece, en su artículo 1°, la

disminución desde su fecha de promulgación y hastael 31 de diciembre del 2006, en un quince por ciento(15%) el impuesto sobre los automotores, establecidopor ley para el ejercicio fiscal 2005 y el que se establezcapara el ejercicio 2006 en la respectiva ley impositiva;

Que la misma Ley establece que este beneficioalcanza a todos aquellos contribuyentes y/o responsa-bles del impuesto sobre los automotores, que al 30 dejunio de 2005 tuvieren su domicilio fiscal o postal enlos registros de la Dirección General de Rentas en algu-

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7Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

na de las siguientes localidades: Comallo, Pilcaniyeu,Ing. Jacobacci, Los Menucos, Sierra Colorada,Maquinchao, Ramos Mexia, Valcheta y Ñorquinco;

Que el artículo 2° de la citada Ley dispone comocondición para acceder a la disminución dispuesta enel Art. 1°, la cancelación o regularización de las obliga-ciones fiscales adeudadas al 31 de diciembre de 2004,fijando, en su segundo párrafo, el 31 de marzo de 2006como fecha límite para dar cumplimiento a tal condición

Que en el Art. 3° de la Ley se facultó a la DirecciónGeneral de Rentas para prorrogar el plazo establecidoen el segundo párrafo del Art. 2° por un lapso de hastaseis (6) meses;

Que resulta necesario hacer ejercicio de la facultadotorgada a este Organismo por la norma legal citada enel considerando precedente, toda vez que el plazo seha revelado en la práctica como exiguo a los efectos depermitir que la mayor cantidad posible decontribuyentes adhieran al régimen establecido;

Que se entiende razonable, en consecuencia,prorrogar hasta el 30 de septiembre de 2006 elvencimiento establecido en el segundo párrafo delartículo 2° de la Ley 4028;

Por ello:El Subsecretario de Ingresos Públicosa/c de la Direccción General de Rentas

RESUELVE:1º.- Prorrógase hasta el día 30 de septiembre de

2006 inclusive el vencimiento establecido en el segundopárrafo del artículo 2° de la Ley 4028.-

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómeserazón, dése al Boletín Oficial oportunamente archívese.

Cr. Graciano A. Bracalente, Subsecretario deIngresos Públicos a/c de la Dirección Gral. de Rentas.

—–—

Resolución Nº 236Viedma, 19 de Abril de 2.006.

Visto, el expediente n° 110.226-R-2002 del registrode la Dirección General de Rentas, las Resoluciones“DGR” N° 661/02, N° 959/03 y N° 948/04, y;

CONSIDERANDO:Que por resolución N° 661/02 se instituyó en el

ámbito de la Dirección General de Rentas de la Provin-cia de Río Negro un régimen de pasantías estudiantilesdestinadas a estudiantes secundarios que seencuentren cursando el último año de su carrera y aestudiantes que se encuentren cursando las carrerasde grado en establecimientos universitarios o institutosterciarios estatales o privados;

Que mediante el citado régimen el Organismo Fis-cal ha procurado colaborar en la formación académicade los estudiantes, y otorgarles al mismo tiempo unapequeña experiencia laboral y ayuda económica aaquellos que con gran esfuerzo están tratando deforjarse un futuro y que lamentablemente no escapan aesta crisis económica en que estamos inmersos y queprincipalmente afecta a los sectores de menoresrecursos;

Que el acto administrativo en cuestión (luego de lareforma introducida por el artículo 2° de la ResoluciónN° 959/03), dispone que: “Las pasantías tendrán unplazo máximo de duración de seis (6) meses. Podrán serrenovadas por única vez por igual período y en lasmismas condiciones por decisión del Sr. Director Ge-neral de Rentas...” ( conforme art. 8° Res. Cit.);

Que en este contexto, la Dirección General de Rentassolo puede celebrar convenios con cada uno de lospasantes por el plazo máximo de un (1) año;

Que la experiencia lograda desde la implementaciónde este Régimen ha demostrado que el período inicialde la pasantía y su prórroga, acotada a la condición de“por única vez”, ha resultado poco práctico para laprestación del servicio fiscal que esta Dirección Ge-neral brinda a sus contribuyentes;

Que esto es así, por cuanto una vez instruido,capacitado e integrado el pasante al Organismo, expirael período máximo de vigencia del convenio de pasantíay esta Dirección General de Rentas se ve obligada acelebrar nuevos convenios con otros estudiantes, sinpoder retener bajo este régimen a los estudiantes quepreviamente ha formado;

Que la especificidad y el carácter técnico de lastareas propias de este Organismo Recaudadordemandan un cierto tiempo de aprendizaje, por lo quela limitación establecida en el artículo 8° de la Resolu-ción “DGR” N° 661/02, en cuanto refiere a la posibilidadde renovación por única vez, genera seriosinconvenientes en el funcionamiento diario de lasoficinas a las cuales están asignados los pasantes. Unavez que los estudiantes están en condiciones de aplicarlos conocimientos adquiridos, se ven obligados a dejarla pasantía otorgada;

Que por su parte, el Consejo Provincial de la FunciónPública y Reconversión del Estado mediante Acta N°03/2006, ha autorizado la prórroga hasta el 31 de diciem-bre de 2006 de todos los convenios de pasantía, cuyosvencimientos se produzcan durante el año 2006, sinestablecer limitación alguna con relación a la cantidadde veces en que puedan renovarse los convenios;

Que en función de lo expuesto, y con el objeto delograr un mayor dinamismo y eficacia en la prestacióndel servicio fiscal, deviene necesario modificar elartículo 8° de la Resolución DGR N° 661/02 modificadapor Resolución DGR N° 959/03, de modo tal que noexista en los futuros convenios de pasantía la limitaciónmencionada;

Que han tomado la debida intervención, la AsesoríaLegal del Organismo, la Secretaría Ejecutiva del ConsejoProvincial de la Función Pública y Reconversión delEstado y la Fiscalía de Estado,

Por ello:El Subsecretario de Ingresos Públicosa/c de la Direccción General de Rentas

RESUELVE:1°.- Modifícase el artículo 8° de la Resolución DGR

N° 661/02, el que quedará redactado de la siguientemanera:

“Artículo 8°: Las pasantías tendrán un plazomáximo de duración de seis (6) meses, las que,por decisión del señor Director General deRentas, podrán ser renovadas en las mismascondiciones, siendo requisito excluyentedemostrar ante el Organismo Fiscal, lapermanencia en su carácter de estudiante,mediante la presentación del respectivocertificado, como así también el adecuadocumplimiento de la pasantía cumplida.”

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en elBoletín Oficial, cumplido, archívese.

Cr. Graciano A. Bracalente, Subsecretario deIngresos Públicos a/c de la Dirección Gral. de Ren-tas.

—oOo—

República ArgentinaProvincia de Río Negro

DEPARTAMENTO PROVINCIALDE AGUAS

Resolución Nº 613Viedma, 11 de Abril de 2.006.

Visto, lo establecido en la Resolución N° 1736/05que dispone planes de pago para los deudores de losservicios de riego y drenaje que presta el Organismo, y

CONSIDERANDO:Que en el artículo 2° de la norma se establece como

fecha límite de su vigencia el 31-03-06;Que si bien se ha promovido una amplia difusión

de los alcances de dicha Resolución en todos losDistritos de Riego donde el Organismo prestaservicios, la presentación de deudores para acogersea los beneficios de la norma, se ha visto dificultadapor las actividades productivas propias de esteperíodo;

Que la prórroga de la norma por un período de 165días, que abarque el período de suspensión del serviciode riego por mantenimiento, así como la necesidad deefectuar por parte del usuario la solicitud de agua parael próximo período de riego agrícola conjuntamente conla declaración de cultivos, posibilitará incrementar lapresentación de productores para regularizar susituación de deuda;

Que la Ley N° 2952, en su artículo 261°, faculta alSuperintendente General de Aguas a dictar el presenteacto administrativo;

Por ello,El Intendente General de Hidráulica y Riegoa/c de la Superintendencia General de Aguas

RESUELVE:Artículo 1°.- Prorrogar la vigencia de la Resolución

N° 1736/05 hasta el 15-09-06.Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese

en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.Ing. Sergio A. Quiriconi, Intendente Gral. de

Hidráulica y Riego a/c. de la Superintendencia Gral. deAguas.

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Resolución Nº 676Expediente Nº 75693-DRSS-06

Viedma, 25 de Abril de 2.006.Visto el expediente Nº 75693-DRSS-06 del Registro del Departamento Provin-

cial de Aguas, yCONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la "Primera Revisión Tarifaria

de la Concesión del Servicio Público de Agua Potable de Villa Cerro Catedral",cuya prestación se encuentra concesionada a la Asociación Vecinal Villa CerroCatedral;

Que los artículos 43º y 51º del Contrato de Concesión vigente prevén lamodificación de los valores tarifarios y precios, conforme a los artículos 32º y 36ºdel Marco Regulatorio del sector, aprobado por Ley Nº 3183;

Que a fs. 26 de estos actuados se presentó El Concesionario proponiendo alEnte Regulador la revisión tarifaria del quinquenio, conforme al artículo 51º delcontrato de concesión, a fin de recomponer la ecuación económico-financiera del

contrato en atención al serio desfasaje como consecuencia del fuerte incrementoque tuvieron los costos que intervienen en la prestación del servicio de provisiónde agua potable a su cargo;

Que en consecuencia, el Departamento Provincial de Aguas, luego de unexhaustivo análisis de la situación planteada por la empresa concesionaria concluyeque se encuentra debidamente justificada la solicitud de revisión tarifaria,convocando en tal sentido a Audiencia Pública mediante la Resolución Nº 213/06,la cual se celebró el 6 de abril de 2006;

Que en mérito a las conclusiones surgidas con motivo de la celebración dedicha audiencia pública -conforme al documento de la desgrabación agregadaentre fs.157 a 173- este Organismo elaboró un informe técnico (fs. 174 a 178) en elcual se volcaron las conclusiones;

Que la Comisión concluye que la Concesión del Servicio Público de AguaPotable de Villa Cerro Catedral requiere elevar su nivel de facturación a efectos derestablecer el equilibrio económico y financiero de la concesión, garantizandoademás de tal modo la calidad, regularidad y eficiencia en la prestación del servicio;

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8Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Que el dictado de la presente se enmarca en lo preceptuado en el artículo 15º, inc.i) del Marco Regulatorio aprobado por la ley Nº 3183, en el artículo 45º del contratode concesión -aprobado mediante el Decreto Nº 1390/00- y en los principios ge-nerales de derecho administrativo relativos a la prestación de servicios públicos;

Que han tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales de esteOrganismo y la Fiscalía de Estado de la Provincia;

Por ello,El Intendente General de Hidráulica y Riegoa/c de la Superintendencia General de Aguas

RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase el nuevo régimen tarifario para la prestación del serviciopúblico de agua potable de Villa Cerro Catedral - de San Carlos de Bariloche - elque, como anexo, se adjunta a la presente norma sustituyendo en adelante elAnexo II del Contrato de Concesión vigente. El nuevo régimen entrará en vigenciaa partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,cumplido, archívese.

Ing. Sergio A. Quiriconi, Intendente Gral. de Hidráulica y Riego a/c. de laSuperintendencia Gral. de Aguas.

–—––—Anexo a la Resolución Nº 676/06

Sustituye al Anexo II del Contrato de ConcesiónANEXO II

REGIMEN TARIFARIOCAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1º.-Las prestaciones a cargo de EL CONCESIONARIO en todo el territorio del

Área Concesionada, en un todo de acuerdo con el Marco Regulatorio y el Contratode Concesión, serán liquidadas de conformidad con lo dispuesto en el presenteRégimen Tarifario, el cual establece valores tarifarios y precios máximos regulados.Los mismos se consideran vigentes a partir de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia de Río Negro.

Artículo 2º.-Al solo efecto de la aplicación del presente Régimen Tarifario, se considerarán:1. Inmueble: Todo terreno con o sin construcciones de cualquier naturaleza

situado en el territorio del Area Concesionada.2. Inmueble conectado al servicio: Todo inmueble, que teniendo a disposición

servicios de abastecimiento de agua potable, prestados por ELCONCESIONARIO, no le hubiese sido otorgado la no conexión o la desconexióndel servicio según lo dispuesto en el Artículo 10 del Marco Regulatorio.

Artículo 3º.-Los inmuebles se clasificarán en las siguientes categorías:CATEGORIA "A" - GENERAL: comprende la totalidad de los inmuebles excepto

los terrenos baldíos no conectados al servicio.CATEGORIA "B" - BALDIO: Comprende los terrenos baldíos no conectados

al Servicio.

Artículo 4º.-Todos los inmuebles, ocupados o desocupados ubicados con frente a cañerías

distribuidoras de agua potable estarán sujetas a las disposiciones del presenteRégimen Tarifario.

Artículo 5º.-En los inmuebles sujetos al régimen de la Ley 13.512 o divididos en forma

análoga, todos los servicios que preste EL CONCESIONARIO con una conexiónde agua potable común, de común acuerdo entre las partes se podrá liquidar comoun solo servicio de conformidad con lo establecido en el Marco Regulatorio.

En caso de no haber acuerdo se liquidará individualmente por departamento ovivienda. En estos casos se les aplicará la tarifa que corresponda, considerandocada vivienda o departamento como una conexión individual. El consumo porunidad se determinará a partir de la distribución proporcional del consumoregistrado por el medidor correspondiente a la conexión, en función de la superficiecubierta de cada unidad.

Artículo 6º.-En todos los casos la liquidación del servicio se emitirá a los propietarios,

poseedores o tenedores de cada una de las unidades funcionales o al consorciode copropietarios, quienes serán los responsables del pago del servicio que ELCONCESIONARIO preste.

Artículo 7º.-La fecha de iniciación de la liquidación por prestación del servicio

corresponderá al primer día del periodo de liquidación posterior al momento enque los servicios se encuentren disponibles para los Usuarios, o desde la fechapresunta de su utilización, de ser una conexión clandestina.

Las cuotas deberán abonarse aún cuando los inmuebles carecieran de lasinstalaciones domiciliarias respectivas o si teniéndolas, estas no se encontraranconectadas a las redes externas.

Artículo 8º.-Los propietarios de inmuebles, consorcios de propietarios según la Ley 13.512,

poseedores o tenedores de inmuebles, según corresponda, tendrán obligación decomunicar por escrito a EL CONCESIONARIO toda transformación, modificacióno cambio que implique una alteración de las cuotas por servicio fijadas deconformidad con el presente Régimen o que imponga la instalación de medidoresde agua. Dicha comunicación deberá ser efectuada por los responsables, dentrode los 30 días corridos de producida la transformación, modificación o cambio.

Si se comprobare la transformación, modificación o cambio a que hace referenciael párrafo anterior y el propietario, consorcio de propietarios según la Ley 13.512,poseedor o tenedor hubiese incurrido en el incumplimiento de lo dispuesto y sehubieren efectuado liquidaciones por prestación de servicio por un importe menoral que le hubiere correspondido, se procederá a la reliquidación de dichas cuotas,a valores vigentes al momento de comprobación, desde la fecha presunta de latransformación, modificación o cambio que se trate, hasta el mencionado momento.Ello siempre y cuando dicho lapso no sea superior a cinco (5) años calendario, encuyo caso se reliquidará por dicho periodo.

Iguales disposiciones se adoptarán para los Usuarios clandestinos que sedetectaren.

Artículo 9º.-Los nuevos montos que correspondiere liquidar como resultante de

transformaciones, modificaciones o cambios en los inmuebles serán aplicables desdeel primer día del periodo de liquidación posterior al momento en que se comunicareno comprobaren las mismas sin perjuicio de lo establecido en el Artículo anterior.

Artículo 10.-Toda situación de clandestinidad y/o incumplimiento por parte de los Usuarios

de las obligaciones derivadas del presente Régimen y de las disposicionescomplementarias del Reglamento del Usuario determinarán la aplicación de unrecargo de diez por ciento (10 %) por año, por sobre los valores que correspondiereliquidar si dicha obligación hubiese sido cumplida en tiempo y forma.

—–—CAPITULO II

REGIMEN DE COBRO DEL SERVICIO MEDIDOArtículo 11.-Los valores de consumo de agua potable registrados se liquidarán

mensualmente de acuerdo a los siguientes precios unitarios según los casos:• CATEGORIA "A" GENERAL:TABLA 1

TABLA 2 – CALIDAD DE CONSTRUCCION (C)

TABLA 3 – DESTINO DEL EDIFICIO (N)

• CATEGORIA “B” - BALDIO:

TABLA 4

U S U A R IO M O N T O F A C T U R A M F = T B x C F C F (C uo ta F ija) C F = 13 ,62 T B (T A S A B A S IC A ) T B = (P t + P c) x N N (D estinos del E d if ic io ) T ab la 3 P t (P arám etro sup . T erreno) P t = 0 ,00 2 x S t (S up .te rren o) P c (P arám etro sup . C ub ie rta) P c = 0 ,02 x S c x E E (C oefic ien te an tigüedad) E = A x C A (A n tigü ed ad) A = A ño de C onstrucció n – 1800

100 C (C a lidad de C onstrucción ) V er T ab la 2

T ip o 1 : D e lu jo C : 1 ,3 0 T ip o 2 : M u y B u en a C : 1 ,1 8 T ip o 3 : B u en a C : 1 ,0 0 T ip o 4 : B u en a E co nó m ica C : 0 ,8 5 T ip o 5 : M u y E co n óm ica C : 0 ,7 1

Edificio Afectado a la Explotación RECARGO N Viviendas Residenciales 0% 1,00

Hotel, Residencial, Hostería, etc. 50% 1,50 Restaurante, bar, confiterías 75% 1,75

USUARIO MONTO FACTURA MF = TB x CF CF (Cuota Fija) CF = 13,62 TB (TASA BASICA) TB = Pt Pt (Parámetro sup. Terreno) Pt = 0,002 x St (Sup.terreno)

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9Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Artículo 12.-Los valores establecidos no incluyen, el porcentaje correspondiente al Impuesto

al Valor Agregado (IVA).—–—

CAPITULO IIISERVICIOS ESPECIALES

Artículo 13.- INSTALACIONES EVENTUALESEl abastecimiento de agua potable a instalaciones desmontables o eventuales,

de naturaleza o funcionamiento transitorio, se liquidará a razón de 7,80 $/m3.Artículo 14.- AGUA PARA RIEGO DE ESPACIOS PUBLICOS.El agua que se utilice para riego y/o limpieza de plazas y paseos públicos,

proveniente de la red de distribución de agua potable será sin cargo.Artículo 15.- CARGO DE CONEXIÓN, INFRAESTRUCTURA Y MEJORASAl otorgarse una nueva conexión de abastecimiento de agua potable, en el

área servida por EL CONCESIONARIO corresponderá liquidar al Usuario, enconcepto de infraestructura, derecho e inspección, los siguientes valores:

• Conexión de agua : $ 13 por metro cuadrado de edificación• Mínimo básico $ 2600, equivalente a 200 m2 de superficie edificada.

Artículo 16.- CARGO DE DESCONEXION DE SERVICIOSAl momento de ser autorizada la desconexión o no conexión del servicio según

lo establecido en el Artículo 10 del Marco Regulatorio, el Usuario deberá pagar uncargo de desconexión equivalente a seis (6) meses de prestación de los serviciosque tuviera para el primer caso o de seis (6) meses de los servicios que le hubiesecorrespondido tener en el segundo caso, de acuerdo con lo establecido en elCapítulo II del presente Régimen Tarifario. Dicho pago debe efectuarse conanterioridad al momento de su efectiva desconexión o no conexión, debiéndosesaldar también todo cargo impago existente a dicho momento. A partir de ladesconexión o no conexión se continuará abonando un mínimo correspondiente ala categoría baldío por los servicios disponibles, según el Artículo 11 -CategoríaBaldío- del presente Anexo.

Artículo 17.- CARGO DE RECONEXION DE SERVICIOSLos valores a liquidar en concepto de derecho de reconexiones de

abastecimiento de agua potable será del cincuenta por ciento (50%) del derechode conexión vigente para la primera reconexión y el cien por ciento (100%) en lasdemás reconexiones que se produzcan.

Artículo 18.- CARGO DE AMPLIACION DE INFRAESTRUCTURADenomínase como tal al régimen para el financiamiento del costo de ampliaciones

de la red domiciliaria construida por EL CONCESIONARIO y del suministroconjunto de nuevas conexiones.

Dicho régimen es alternativo de toda otra acción que asegure la incorporaciónde los Usuarios en tiempo y forma, en concordancia con lo dispuesto en elContrato de Concesión y en los planes de mejoras y expansión aprobados.

Toda acción emprendida por EL CONCESIONARIO, en el contexto del pre-sente régimen de financiamiento, debe contar con la aprobación previa de ELDEPARTAMENTO.

La financiación otorgada a los Usuarios por EL CONCESIONARIO deberácontemplar el pago que correspondiere en cuotas mensuales, iguales yconsecutivas. La liquidación se efectuará juntamente con la de los servicios deabastecimiento de agua potable prestados a dichos Usuarios, discriminandoclaramente el importe.

El valor referencial total promedio de dicho cargo por inmueble se establecerápor Asamblea Ordinaria o Extraordinaria de la ASOCIACION VECINAL

—–oOo–—

FALLOS–––

Provincia de Río NegroTRIBUNAL DE CUENTAS

Fallo Nº 011/06Expedientes Nros.: 6.633-C-05 y 1.248-S-05. Apruébase parcialmente con

observaciones, recomendaciones y salvedades y en los términos del Art. 37°de la Ley 2747, la rendición de cuentas “Presupuesto Funcionamiento” delI.PRO.S.S.-

Período aprobado: 01 al 31 de Marzo de 2005.-Responsables: Como titular del organismo el Cr. José Luis Collinao; como

Secretario General Administrativo el Cr. Néstor Daniel Gelos; como ContadoraGeneral, la Cra. Claudia Gabriela Agoni; como Directora de Administración, la Sra.Silvia Susana Sanelli, como Tesorero el Sr. Gregorio T. Sepúlveda y a cargo delDpto. de Rendiciones de Cuentas la Sra. Rosa Martínez.

Saldo Saldoal 28/02/05 Ingresos Egresos al 31/03/05

$ $ $ $Cta. N° 900001492Presupuesto Func............ (657,24) 595.387,69 607.926,48 (13.196,03)Cta. N° 1011775/9 Lecop 553,04 0,00 0,00 553,04

————— ————— ————— —————

Saldo Saldoal 28/02/05 Ingresos Egresos al 31/03/05

$ $ $ $Subtotal......................... (104,20) 595.387,69 607.926,48 (12.642,99)

————— ————— —————Ordenes de pago a deducir (12.500,00)

—————Aprobación Parcial 595.426,48

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 012/06Expedientes Nros.: 7.034-C-05 y 1.249-S-05. Apruébase con observaciones,

recomendaciones y salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747, larendición de cuentas “Presupuesto Funcionamiento” del I.PRO.S.S.

Período aprobado: 01 al 30 de Abril de 2005.-Responsables: Como titular del organismo el Cr. José Luis Collinao; como

Secretario General Administrativo el Cr. Néstor Daniel Gelos; como ContadoraGeneral, la Cra. Claudia Gabriela Agoni; como Directora de Administración, la Sra.Silvia Susana Sanelli, como Tesorero el Sr. Gregorio T. Sepúlveda y a cargo delDpto. de Rendiciones de Cuentas la Sra. Rosa Martínez.

Saldo Saldoal 31/03/05 Ingresos Egresos al 30/04/05

$ $ $ $

Cta. N° 900001492Presupuesto Func............ (13.196,03) 727.688,45 669.076,94 45.415,48Cta. N° 1011775/9 Lecop 553,04 0,00 0,00 553,04

————— ————— ————— —————Total ............................. (12.642,99) 727.688,45 669.076,94 45.968,52

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 013/06Expedientes Nros.: 7.622-C-05 y 1.677-S-05. Apruébase parcialmente, con

observaciones, recomendaciones y salvedades y en los términos del Art. 37° de laLey 2747, la rendición de cuentas “Presupuesto Funcionamiento” del I.PRO.S.S.

Período aprobado: 01 al 31 de Mayo de 2005.-Responsables: Como titular del organismo el Cr. José Luis Collinao; como

Secretario General Administrativo el Cr. Néstor Daniel Gelos; como ContadoraGeneral, la Cra. Claudia Gabriela Agoni; como Directora de Administración, la Sra.Silvia Susana Sanelli, como Tesorero el Sr. Gregorio T. Sepúlveda y a cargo delDpto. de Rendiciones de Cuentas la Sra. Rosa Martínez.

Saldo Saldoal 30/04/05 Ingresos Egresos al 31/05/05

$ $ $ $

Cta. N° 900001492Presupuesto Func............ 45.415,48 684.124,31 629.512,44 100.027,35Cta. N° 1011775/9 Lecop 553,04 0,00 0,00 553,04

————— ————— ————— —————Subtotal......................... 45.968,52 684.124,31 629.512,44 100.580,39Exptes. a deducir............. (10.902,65)

—————Aprobación Parcial.......... 618.609,79

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 014/06Expedientes Nros.: 27.989-C-04 y 1.432-S-04 del I.PRO.S.S. y Tribunal de Cuentas

respectivamente.Apruébase parcialmente con observaciones, recomendaciones y salvedades

y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747, la rendición de cuentas “PresupuestoOperativo” del I.PRO.S.S.

Período aprobado: 01 al 31 de Mayo del 2004.-Responsables: La titular del Organismo Cra. Adriana Gutiérrez; el Secretario

General Administrativo Cr. Elisa Mabel Verne; el Contador General, Cr. EstebanAlberto Ansola, el Director de Administración, Sr. Jorge Fabián Ledezma y elTesorero, Sr. Gregorio T. Sepúlveda.

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10Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Saldo Saldoal 30/04/04 Ingresos Egresos al 31/05/04

$ $ $ $Cta. N° 900001477Pto. Oper. en Pesos......... 715.222,97 5.317.103,98 5.892.411,21 139.915,74Cta. N° 1.011.774/0Pto. Oper. en Lecop......... 54.072,82 0,00 0,00 54.072,82Cta. Nº 900001516Fdo. Prest. Excep........... 8.436,55 0,00 93,17 8.343,05Caja Efectivo.................. (1) 4.086,60 0,00 0,00 4.086,60Cta. Nº 54.718-1 Cta.Comitente Boden 2008.... (1) 230.270,40 3.000,00 30.000,00 203.270,40

————— ————— ————— —————Total ............................. 1.012.089,01 5.320.103,98 5.922.504,38 409.688,61Transf. a Funcionamiento . (453.838,75)Expedientes deducidos..... (97.279,07)

—————Aprobación Parcial.......... 5.371.386,56

(1) Saldos al 30/04/04 acorde Informe Nº 117/05 DGRCEA

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 015/06Expedientes Nros. 106.289-S-05 y 2.488-S-05, del Ministerio de Salud y Tribu-

nal de Cuentas respectivamente.Apruébase con salvedades y recomendaciones y en los términos del art. 37°

de la Ley 2747, la rendición de cuentas de “Gestión Permanente” del ConsejoProvincial de Salud Pública.-

Período aprobado: 01 al 31 de Octubre del 2.005.-Responsables: El Ministro de Salud a cargo de la Presidencia del Consejo

Provincial de Salud Pública Cra. Adriana Emma Gutiérrez, y a la Cra. Elida MabelVerne y del manejo de los fondos la Sra. Directora de tesorería Hilda Dumrauf,como así tambien la Sra. Ester Goyeneche, la Sra. Alicia Raina, la Sra. PatriciaMartínez y el Sr. Hugo Baiocco.

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 31/10/05

$ $ $ $Cuenta 54.612.132./3Fdo. vigil. epidem.......... 36.389,64 0,00 2.535,18 33.854,46Cuenta 900001380Fdo. rec. fisc. sanitaria..... 131.971,74 2.590,00 471,90 134.089,84Cuenta 900001361Fdo. rec. salud ambiental . 67.893, 51 2.844,20 1.446,62 69.291,09Cuenta 54612127/3Fdo. mat. e inf. Nación.... 125.888,26 7.601,00 53,73 133.435,53Cuenta 900001338Fdo. de terceros.............. 106.729, 06 2.555, 33 145,20 109.139,19Cuenta 900001313 Fdo.Ley 48 Lotería y Quiniela 2.148.773,29 240.000, 00 937.786,48 1.450.986, 81Cuenta 900001327 Fdo.rec. prest. hospitalarias.... 151.530,94 4.257, 09 29.454,06 126.333, 97Cuenta 900001299..........Gest. Permanente............ 486.418,50 10.337.875,26 10.785.994,90 38.298,86Cuenta 900001386Fdo. social Ley 3628....... 1.390.660,21 215.173,69 346.477,40 1.259.356,50Vales Alimentarios.......... 0,00 0,00 0,00 0,00Compensaciones............. 0,00 1.233.277,38 1.233.277,38 0,00

————— ————— ————— —————Sub Total....................... 4.646.255,15 12.046.173,95 13.337.642,85 3.354.786,25Cta. especial 900001349 .. 27.406,98 53.232,67 53.150,06 27.489,59

————— ————— ————— —————Totales........................... 4.673.662,13 12.099.406,62 13.390.792,91 3.382.275,84

————— ————— —————Transferenciasentre cuentas................... (740.000,00)

——————MONTO APROBADO ... 12.650.792,91

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—Fallo Nº 016/06

Expedientes Nros: 016038-ADM-05, 016065-ADM-05, 016076-ADM-05, 016088-ADM-05 y 943-S-05, 944-E-05, 945-S-05; 1268-S-05 de los registros del Ministeriode Economía y Tribunal de Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Ente Autárquico Agencia para el Desarrollo Económico Rionegrino-CREAR.- LEY 3464.

Período aprobado: 01/01/05 al 30/04/05.Responsables: el Presidente, Agrim. Juan Manuel Accatino; el Gerente Técnico

Administrativo, Ing. Agr. Adrián Humberto Núñez y el Cr. Gabriel Martínez en elárea Administrativa.

Saldo Saldoal 31/12/04 Ingresos Egresos al 30/04/05

$ $ $ $

Cta. n° 900001214 (Pesos) 16.291,27 323.978,97 251.397,81 88.872,43Cta. n° 9-1-999956(Ticket).......................... -.- 3.065,01 -.- 3.065,01

————— ————— ————— —————TOTAL ......................... 16.291,27 327.043,98 251.397,81 91.937,44

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 017/06Expedientes Nros.: 001-EN.RE.CAT-05, 002-EN. RE. CAT-05, 003-EN. RE. CAT.

-05, 004-EN.RE.CAT.-05, 005-EN.RE.CAT.-05 y 006-EN.RE.CAT-05, 797-S-05, 930-S-05, 1.161-S-05, 1.160-S-05, 1.852-S.-05 Y 1.853-S-05 del Ente Regulador de laConcesión del Cerro Catedral, y Tribunal de Cuentas, respectivamente, Apruébasecon salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747, la rendición decuentas “del Ente Regulador de la concesión Cerro Catedral”.

Período aprobado: 01 de Febrero al 31 de Julio de 2005.Responsables: Como titular del organismo el ing. Guillermo Estévez;

como Gerente General el Sr. Jorge López Digón y como Tesorera la Sra. LilianaTimon.

Saldo Saldoal 01/02/05 Ingresos Egresos al 31/07/05

$ $ $ $

CTA 900002053EN. RE. CAT................. 0,00 167.726,50 106.413,97 61.312,53

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 018/06Expedientes Nros.: 076554-DCI-05 y 49-S-06, de los registros del Ministerio de

Hacienda, Obras y Servicios Públicos y Tribunal de Cuentas, respectivamente.Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial - Comercio Interior Ley 2307.Período aprobado: 01/10/05 al 31/10/05.Responsable: el Director General de Comercio Interior Dr. Jorge F. Malis.

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 31/10/05

$ $ $ $

Cta. Cte. N° 900001197 .. 105.134,22 17.000,00 2.062,62 120.071,60————– ———— ————

Transf. a Cta. Unica........ (1.839,37)————

Egreso Real.................... 223,25—————

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 019/06Expedientes Nros.: 98.252-DT-05 y 2.168-S-05, de los registros de la Secretaría

de Obras y Servicios Públicos del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos y Tribunal de Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Provincial de Transporte - Ley 651.

Período aprobado: 01/08/05 al 31/08/05.Responsable: Prof. Oscar Villani, Director General de Transporte.-

Page 11: Nº 4406 - boletinoficial.rionegro.gov.ar

11Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Saldo Saldoal 31/07/05 Ingresos Egresos al 31/08/05

$ $ $ $Cta. Cte. RecaudadoraN° 900001195................ 469.343,93 23.787,25 7.144,26 485.986,92

————— ————— —————Transf. a Cta. Única........ (6.835,12)

—————Egreso real..................... 309,14

—————

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—Fallo Nº 020/06

Expedientes Nros.: 98.262-DT-05, 98.323-DT-05 y 2429-S-05, 36-S-06, de losregistros de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Ministerio de Ha-cienda, Obras y Servicios Públicos y Tribunal de Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Provincial de Transporte - Ley 651.

Período aprobado: 01/09/05 al 31/10/05.Responsable: Prof. Oscar Villani, Director General de Transporte.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 31/10/05

$ $ $ $Cta. Cte. RecaudadoraN° 900001195................ 485.986,92 56.769,63 12.778,90 529.977,65

————— ————— —————Transf. a Cta. única......... (11.925,15)

—————Egreso real..................... 853,75

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—Fallo Nº 021/06

Expedientes Nros.: 56.906-J-05 y 2.434-S-05, de los registros de la Jefatura dePolicía de la Provincia de Rio Negro y Tribunal de Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Especial - Reequipamiento y Modernización de la Policía deRío Negro - Ley 2640.

Período aprobado: 01/09/05 al 30/09/05.Responsable: Comisario Mayor Dn. Mario Alberto Corzo, a cargo de la Dir. de

Logística y Finanzas.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $Cta.N° 900001216.......... 2.722.824,93 236.135,42 62.653,36 2.896.306,99

————— ————— —————Transf. a Cta. Única........ (60,314,92)Trans. a otras Ctas.......... (1.164,12)

—————Eg. Real......................... 1.174,32

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—Fallo Nº 022/06

Expedientes Nros.: 73.906-DP-05; 74.111-DP-05 y 160-S-06; 161-S-06, de losregistros del Ministerio de Producción y Tribunal de Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Especial - Pesquero Ley 762.

Periodo aprobado: 01/10/05 al 30/11/05.Responsable: Sr. Director de Pesca Dn. Italo A. Sangiuliano; Sr. Director de Pesca

Marítima Dn. Miguel Alcalde y el Sr. Director de Pesca Continental Dn Raúl C. Roa.

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 30/11/05

$ $ $ $Cta. Cte. n° 900001187Recaud........................... 166.413,10 10.480,08 6.230,91 170.662,27

————— ————— —————Transf. a cta. Única......... ( 5.936,27)

—————Egreso real..................... 294,64

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

Fallo Nº 023/06Expedientes Nros.: 73.852-DAyG-05 y 2.439-S-05, de los registros del Ministerio

de Producción y Tribunal de Cuentas, respectivamente.Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial - Apoyo Ganadero -LEY 2206.Período aprobado: 01/09/05 al 30/09/05.Responsables: Dr. Nelson Griffiths, Martín Oscos y el Sr. Aníbal Ferría.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $

Cta.Cte. n° 900001193.... 73.885,18 450,00 187,55 74.147,63

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 024/06Expedientes Nros.: 73.106-DB-05 y 1.783-S-05, de los registros del Ministerio

de Producción y el Tribunal de Cuentas, respectivamente.Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial Forestal-Ley 757.Período aprobado: 01/06/05 al 30/06/05.Responsable: Dn. Juan Carlos Baffoni.

Saldo Saldoal 31/05/05 Ingresos Egresos al 30/06/05

$ $ $ $

Cta. N° 900001184......... 139.135,48 17.588,47 12.985,04 143.738,91————— ————— —————

Transf. a Cta. Unica........ (12.829,40)—————

EG. Real........................ 155,64

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 025/06Expedientes Nros.: 109.010-ST-05 y 2.442-S-05, de los registros del Ministerio

de Gobierno; y Tribunal de Cuentas, respectivamente.Apruébase con salvedades, en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial de la Secretaria de Trabajo - Ley 3803.Período aprobado: 01/09/05 al 30/09/05.Responsables: Dña. Ester Faride Matar, Directora de Administración, Dña.

Rina Fernanda Spina, Directora de Sumarios y Multas y el Sr. Dn. José Luis GarcíaPinasco.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $

Cta. Cte. N° 900001201 .. 670.156,56 167.105,18 55.545,09 781.716,65————— ————— —————

Transf. A/Cta. Unica....... (48.113,75)Cheque rechazado............ ( 3.000,00)

—————Eg. Real......................... 7.431,34

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 026/06Expedientes Nros.: 73.487-SRN-05; 73.637-SPRN-05; 73.911-SPRN-05 y 2.263-

S-05; 2.443-S-05; 35-S-06, de los registros del Ministerio de Producción y Tribunalde Cuentas, respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Especial Prevención y Lucha contra Incendios Forestales -Ley 2966.

Período aprobado: 01/08/05 al 31/10/05.Responsables: Los integrantes de la Comisión Administradora Dn. Domingo

Sales y Dn. Adrián Núñez.

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12Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 30/11/05

$ $ $ $Cta. Cte.N° 900001180 ... 334.122,04 222.022,83 143.959,26 412.185,61

————— ————— —————Transf. a/Cta. Unica........ (143.599,24)

—————Eg. Real......................... 360,02

—————

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 027/06Exptes Nros.: 47.174-T-05; 47.209-T-05 y 2.339-S-05; 2.340-S- 05, de los re-

gistros de la Secretaría de Estado de Turismo y Tribunal de Cuentas,respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Especial - FO.PRO.TUR (Fondo Provincial de Turismo) de laSecretaría de Estado de Turismo.

Período aprobado: 01/09/05 al 31/10/05.Responsables: El Secretario de Estado de Turismo, Lic. José O. Contre-

ras.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 31/10/05

$ $ $ $Cta.Cte. N° 900001206 ... 405.423,29 108.040,23 293.821,13 219.642,39Transf. cta. única............. (293.434,93)

—————Egreso Real.................... 386,20

—————

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 028/06Expedientes Nros.: 41.177-T-05 y 2.265-S-05, de los registros de la Secretaría de

Estado de Turismo y el Tribunal de Cuentas, respectivamente.Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial Comisión Administradora de Turismo (CO.A.TUR.)Decreto 220/92.

Período aprobado: 01/08/05 al 31/08/05.-Responsable: Lic. José Omar Contreras.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 31/08/05

$ $ $ $Cta.Cte. N° 900001204 ... 540.799,05 0,00 27.111,28 513.687,77

————— ————— —————Transf. a Cta. única......... (27.039,27)

—————Eg.Real.......................... 72,01

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 029/06Expedientes Nros.: 64.271-C-05; 64280-C-2005; 26-S-06 y 27-S-06, de los registros

de la Dirección General de Catastro e Información Territorial y Tribunal de Cuentas,respectivamente.

Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 larendición del Fondo Catastral - Ley 3483.

Período aprobado: 01/10/05 al 30/11/05.Responsable: Sr. Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General de Catastro e

Información Territorial.

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 30/11/05

$ $ $ $Cta. N° 900002000Fdo Catast..................... 49.796,43 93.132,28 90.492,36 52.436,35Cta. N° 900002001Mantenim...................... 240.461,28 40.277,67 10.716,25 270.022,70

Saldo Saldoal 30/09/05 Ingresos Egresos al 30/11/05

$ $ $ $Cta. N° 900002002Fdo Estim...................... 17.208,14 40.577,76 39.111,00 18.674,90

————— ————— ————— —————Subtotal......................... 307.465,85 173.987,71 140.319,61 341.133,95

————— ————— —————Transferencia e/ctas.......... (103.029,16)Trans. a Cta. Unica......... (26.760,54)Trans. a otras Ctas.......... (9.629,67)

—————MONTO APROBADO ... 900,24

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 030/06Expedientes Nros.: 73.633-SES-05 y 2.449-S-05, de los registros del Ministerio

de Producción y Tribunal de Cuentas, respectivamente.-Apruébase con salvedades y en los términos del Art. 37° de la Ley 2747 la

rendición del Fondo Especial Consejo Asesor Mutual - Ley 3.811.Período aprobado: 01/09/05 al 30/09/05.Responsables: la Lic. Paula Mariela LUI, el Ing. Agr. Guillermo José Grosvald y

la Arq. Sylvia Edith Bernardez.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $Cta. Cte. N° 900001931Rec................................ 106.038,99 0,00 5.722,04 100.316,95

————— ————— —————Transf a Cta. Unica......... (5.572,00)

—————Egreso Real 150,04

—————

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

—oOo—

Fallo Nº 031/06Expedientes Nros. 66.915-T-05 y 2.100-S-05. Apruébase con salvedades y

observaciones en los términos de art. 37° de la Ley 2747 la rendición de la cuentade ingresos y egresos de la Tesorería General de la Provincia.

Período aprobado: 01/06/05 al 30/06/05.Responsables: El Tesorero General Dn. José E Ongaro y el Subtesorero Ge-

neral, Dn. Roberto J. Gerometta.

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $Cta. N° 900001006Gob. de la PRN.............. 5.624.805,17 115.847.994,15 114.072.899, 597.399.899, 73Cta. N°900001176Sal. Pend. Pers. Juri........ 63.674,66 74.433.686,26 66.429.576,76 8.067.784,16Cta. N°900001178Rentas Grles................... 28.512.246,57 178.586.179,14 194.311.759,33 12.786.666,38Cta. N° 900001181U.C.P. Adm. General...... 328.181,84 29.914,57 107,69 357.988,72Cta. N° 900001182Fdo. de Terc................... 1.300.820,91 157.485,86 138.255,73 1.320.051,04Cta. N° 900001188Fdo. Lot. y Quin............ 3.417.575,18 1.382.400,00 1.833.587,31 2.966.387,87Cta. N°900001189Fdo. Art. 49................... 446.024,81 892.690,66 1.190.693,23 148.022,24Cta. N° 900001190F.A. y Com. Fom........... 2.484,20 160.273,32 160.327,77 2.429,75Cta. N° 900001191Fdo. Org. Nac................ 8.540.392,93 3.994.616,55 2.496.741,06 10.038.268,42Cta. N° 900001210Cta. Unica Tes. Prov....... 2.066,27 109.153.738,51 109.115.894,53 39.910,25Cta. N° 54612162/59Promoción Cultural......... 73.026,86 230,27 1.547,27 71.709,86

————— ————— ————— —————Subtotal I...................... . 48.311.299,40 484.639.209,29 489.751.390,27 43.199.118,42

Bocon M/E (Dólares)....... 40.900,00 0,00 0,00 40.900,00

Page 13: Nº 4406 - boletinoficial.rionegro.gov.ar

13Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Saldo Saldoal 31/08/05 Ingresos Egresos al 30/09/05

$ $ $ $

Bonos EscrituralesBocon M/N (Pesos)......... 976.500,00 0,00 0,00 976.500,00Bonos EscrituralesBonos RIO II SERIE I.... 285.492,00 0,00 0,00 285.492,00Bonos RIO II SERIE II ... 1.503.909,00 0,00 0,00 1.503.909,0048851- PROV. R.N.TES. 28.500.269,00 679.122,00 0,00 29.179.391,00Gral. C. Deuda Públ.CEDEPIR II, SERIE I..... 6.925.961,00 0,00 0,00 6.925.961,00Bonos RIO III - SERIE 2 . 1.964.832,00 0,00 0,00 1.964.832,00Bonos RIO III - SERIE I . 160,00 0,00 0,00 160,00Bogar CLASE 1 SERIE I 49.240,00 78.778,00 78.778,00 49.240,00

————— ————— ————— —————SUBTOTAL II ............... 88.558.562,40 485.397.109,29 489.830.168,27 84.125.503,42TRANSF.E/CUENTAS ... (299.457.031,11) (299.457.031,11)

————— —————TOTALES ..................... 88.558.562,40 185.940.078,18 190.373.137,16 84.125.503,42

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 032/06Expedientes Nros: 1399/05, y 2127-S-05, del Superior Tribunal de Justicia y

Tribunal de Cuentas, respectivamente.-Apruébase con observaciones, y recomendaciones, en los términos del Art.

37° de la Ley 2747, la rendición de cuentas de “Gestion Permanente” del PoderJudicial.

Período aprobado: 01 al 31/08/2005.-Responsables: El Presidente Dr. Alberto I. Balladini; el Administrador General

el Lic. Horacio Mion, el Contador Subrogante el Cr. Abel Ricardo Peña, y el TesoreroDn. Julio César Malaspina.

Saldo Saldoal 31/07/05 Ingresos Egresos al 30/08/05

$ $ $ $Cta. N° 900001634Principal ........................ 108.782,15 5.669.682,56 5.633.719,52 144.745,19Cta. N° 900001655Fdo. de Terceros............. 58.855,66 3.191,20 3.552,55 58.494,31Cta. N° 900001672Fdo. Biblioteca Juri........ 38.843,62 2.843,60 64,83 41:622,39Cta. N° 900001680Viviendas Oficiales.......... 23.075,78 5.113,21 102,29 28.086,70Cta. N° 900001684Dep. Art. 2° Ley 3202..... 57.330,46 1.835,00 675,52 58.489,94Cta. N° 900001686.........Rec. Bono Dilig. Jud...... 87.213,87 3.367,10 319,50 90.261,47Cta. N° 900001965Principal-Acord. 24/04.... 7.079,50 0,00 7.079,50 0,00Cta. N° 900001688.........Principal-Acord. 35/02.... 304.558,73 0,00 304.558,73 0,00Cta. N° 900001945.........Recaud. -Acord. 24/02..... 1.703,03 8.061,37 114,73 9.649,67Cta. N° 900001687.........Recaud. -Acord. 35/02..... 12.237,96 328.876,64 2.512,25 338.602,35Cta. N° 900001673.........Recaud. -Acord. 37/02..... 3.359,10 4.274,00 3.449,33 4.183,77Cta. N° 900002100.........Tasa Jus. y Sellado......... 426.008,70 34.313,85 92,26 460.230,29

————— ————— ————— —————Totales........................... 1.129.048,56 6.061.558,53 5.956.241,01 1.234.366,08

————— ————— —————Transferencias aOtras Cuentas................. (317.589,06)

—————Inversión Real................ 5.638.651,95

Firmado: Dr. Dn. Carlos R. Malaspina, Vocal; Cr. Dn. Rubén D. Gianni, Vocal.Ante Mí: Cr. Dn. Hugo Luis Camacho, Secretario Auditor Contable.

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LICITACIONES–––

Presidencia de la NaciónMinisterio de Planificación Federal

Inversión Pública y ServiciosSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDADAviso de Prórroga de Licitación

La Dirección Nacional de Vialidad comunica laprórroga de fecha de Llamado a Licitación Pública de lasiguiente Obra:

Licitación Nº 75/05Ruta Nacional N° 23 - Provincia de Río NegroTramo: Valcheta - Los Menucos.Sección VI: Sierra Colorada - Los Menucos.Tipo de Obra: Comprende la construcción de una

obra básica con un ancho de coronamiento de 10,70 m.ejecución de una capa de suelo seleccionado de ripiozarandeado de 7,60 m. de ancho y 0,15 m. de espesor, laejecución de una base de agregado pétreo y suelo de7,20 m. de ancho y 0,20 m. de espesor, una imprimacióncon asfalto diluido tipo EM - 1 en 7,20 m. de ancho,riego de liga con ER-1 en 6,70 m. de ancho, carpeta conmezcla bituminosa tipo concreto asfáltico de 6,70 m. deancho y 0,05 m. de espesor y banquina de suelo comúncon compactación especial, construcción dealcantarilla; alambrados; tranqueras, baranda metálicacincada para defensa y guardaganado.

Presupuesto Oficial de la Obra: Cuarenta y CincoMillones Trescientos Setenta y Ocho Mil Cincuenta ($45.378.050,00 al mes de Enero de 2006.

Fecha de Apertura de Ofertas: Se Realizará el Día12 de Mayo de 2006 a las 12,00 Hs.

Valor del Pliego: $ 7.810,00Lugar de Apertura: Av. Julio A. Roca 734/8 – (1067)-

Capital Federal – Planta Baja (Salón de Actos) – D.N.V.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

de Servicios de Apoyo – Av. Julio A. Roca 734/8, (1067)Capital Federal, 3° Piso – D.N.V.

INSTITUTO DE PLANIFICACIONY PROMOCION DE

LA VIVIENDA

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS

Y PROGRAMA FEDERAL DE MEJORAMIENTO

DE VIVIENDAS PARA OBRAS DE

COMPLETAMIENTO PROMEBA

Ministerio de Planificación Federal Gobierno de la ProvinciaInversión Pública y Servicios de Río NegroSecretaría de Obras Públicas Instituto de Planificación y

Subsecretaría de Desarrolo Urbano Promoción de la Vivienday Vivienda

Licitación Pública Nº 01/2006(Segundo Llamado)

Obra: Construcción de 112 Viviendas yCompletamiento de 81 Viviendas en Barrio Caruso dela localidad de Villa Manzano - Municipio CampoGrande.

Presupuesto Oficial: $ 8.101.136,08.Plazo de Ejecución: 18 Meses.Consulta y Ventas de Pliegos: A partir del día 24/

04/2006 en el Instituto de Planificación y Promoción dela Vivienda (Dpto. de Licitaciones y Compras) - Wintery Murillo. CP 8500 - Viedma - Pcia. de Río Negro - Tel.02920 422008 Int 242.

Valor del Pliego: $ 8.100,00.-Recepción de las Ofertas: Hasta las 09:00 hs. del

día 05/05/2006.Lugar: Instituto de Planificación y Promoción

de la Vivienda (Dpto. de Licitaciones y Compras) -Winter y Murillo. CP 8500 - Viedma - Pcia de Río Ne-gro.

Apertura de las Ofertas: El día 05/05/2006 a las 09:30horas en el Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda - Winter y Murillo. CP 8500 - Viedma - Pcia. deRío Negro.

Municipalidad de San Carlos de BarilocheSECRETARIA DE OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOSTerminal de Omnibus de la Ciudad

de San Carlos de BarilocheLicitación Pública Nº 003-06

Objeto: Concesión para la explotación de 1 (un)Local comercial para venta de artículos de kiosco,diarios y revistas, artesanías, artículos regionales,dulces, chocolates, ahumados artesanales deelaboración local y/o regional en la Terminal de Omni-bus de la Ciudad de San Carlos de Bariloche.

Plazos de la Concesion: 5 (Cinco) años corridos apartir del día 18 de agosto de 2006.

Venta de Pliegos: En la División de Compras ySuministros de la Secretaría de Hacienda, Mitre 545San Carlos de Bariloche, hasta cinco (5) días hábilesantes de la fecha de apertura de las propuestas, a unvalor de Ciento Ochenta módulos fiscales. (180MF).

Consultas: En la Terminal de Omnibus Dirección deTránsito y Transporte de la Municipalidad de San Carlosde Bariloche, todos los días hábiles en horario deatención al público hasta cinco (5) días hábiles antesde la fecha de apertura de las propuestas.

Presentación de las Propuestas: En la División deCompras y Suministos Mitre 545, San Carlos deBariloche, hasta el día y la hora establecida para el actode apertura.

Apertura de las Propuestas: En Compras ySuministros, Mitre 545 San Carlos de Bariloche el día26 de mayo 2006, a las 10.00 Hs.

Mantenimiento de Ofertas: Treinta (30) díascorridos a partir de la fecha de apertura.

Garantía de las Ofertas:Un Mil OchocientosNoventa y Seis Módulos Fiscales (1896 ME)

Cánon Mensual Base: La suma de Un MilOchocientos Noventa y Seis Módulos Fiscales (1896MF) como base mínima a ofrecer.

Módulo Fiscal: 1 Peso ($ 1) Ordenanza 1511-CM-05).

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14Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PUBLICOSLicitación Pública Nº 25-05

Adquisición de Vajillas varias, con destino aequipar los distintos comedores Escolares de la Pro-vincia, dependientes de la Dirección General depolíticas Nutricionales del Ministerio de Familia.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos Sesenta ycuatro mil doscientos noventa y cinco con cincuentaCentavos ($ 64.295,50).

Apertura: 09-05-06 - Hora: 10,00.-Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros, Alvaro Barros 641, teléfono-fax 02920-423653, Viedma, Río Negro.

E-mail:dirsuministros@economía.rionegro.gov.ar

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Ministerio de Trabajo, Empleoy Seguridad Social

ANSESLicitación Pública Nº 12

Lugar y Fecha: Villa Regina, 18 de abril del 2006.Nombre del Organismo Contratante: ANSES.Procedimiento de Selección:Tipo: Licitación Pública Nº 12 - Ejercicio 2006.Clase: De etapa única nacional.Modalidad: Sin modalidad.Expte. Nº 024-99-81012137-4-123.Rubro Comercial: 82 Inmuebles.Objeto de la Contratación: Adquisición de un (1)

inmueble, o locación de un (1) inmueble por el términobásico de treinta y seis (36) meses, con opción aprórroga por veinticuatro (24) meses, para ser destinadoa sede de la UDAI - Villa Regina, Provincia de Río Ne-gro.

Retiro o Adquisición de Pliegos:– Lugar/Dirección: Oficina Villa Regina -

Coordinación Administrativa - Avda. CipollettiNº 317, Villa Regina - Provincia de Río Negro.

– Plazo y Horario: Hasta el día 29 de mayo del 2006,en el horario de 8 a 13 horas.

Costo del Pliego: Sin Costo.

Consulta de Pliegos:– Lugar/Dirección: Oficina Villa Regina -

Coordinación Administrativa - Avda. CipollettiNº 317, Villa Regina - Provincia de Río Negro.

– Plazo y Horario: Hasta el día 30 de mayo del 2006,en el horario de 8 a 13 horas.

Asimismo se podrá obtener el Pliego Único deBases y Condiciones Generales y el Pliego de Basesy Condiciones Particulares, en el sitio de internetde la Oficina Nacional de Contrataciones de laSubsecretaría de la Gestión Pública de la Jefaturade Gabinete de Ministros, cuya dirección es:www.argentinacompra.gov.ar., no siendo necesarioretirar el pliego del lugar detallado en el párrafoprecedente.

Los interesados que opten por este medio deberánproceder según lo estipulado en el Art. 3º, Punto 3.2.Punto 3 “Constancia de Retiro de Pliego”.

Presentación de Ofertas:– Lugar/Dirección: Oficina Villa Regina -

Coordinación Administrativa - Avda. CipollettiNº 317, Villa Regina - Provincia de Río Negro.

– Plazo y Horario: Hasta el día 5 de junio de 2006 alas 11,30 horas.

Acto de Apertura:– Lugar/Dirección: Oficina Villa Regina -

Coordinación Administrat iva - Avda.Cipolletti Nº 317, Villa Regina - Provincia deRío Negro.

– Plazo y Horario: 5 de junio de 2006 - 12 horas.

CONTRATACIONES DIRECTAS—–

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD20º Distrito - Río Negro

Contratación Directa Nº 004Lugar y Fecha: Viedma, 21 de abril del 2006.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20º Distrito - Río Negro.

Procedimiento de Selección:Tipo: Contratación Directa Nº 004 - Ejercicio 2006.Clase: Etapa ÚnicaModalidad: Sin modalidad.Expte. Nº: Sin número.Rubro Comercial: Venta de Combustible.Objeto de la Contratación: Provisión Combustible,

Campamento Gral. Roca.Oferente: Petrolorca S.R.L.Total Adjudicado: $ 13.234,00.

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Contratación Directa Nº 005Lugar y Fecha: Viedma, 21 de abril del 2006.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20º Distrito - Río Negro.

Procedimiento de Selección:Tipo: Contratación Directa Nº 005 - Ejercicio 2006.Clase: Etapa ÚnicaModalidad: Sin modalidad.Expte. Nº: Sin número.Rubro Comercial: Venta de Combustible y

Lubricante.Objeto de la Contratación: Provisión Combustible,

Lubricante, Campamento Ing. Jacobacci.Oferente: Matías Calvo S.A.C.I.Total Adjudicado: $ 33.841,00.

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Contratación Directa Nº 009Lugar y Fecha: Viedma, 21 de abril del 2006.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20º Distrito - Río Negro.

Procedimiento de Selección:Tipo: Contratación Directa Nº 009 - Ejercicio 2006.Clase: Etapa ÚnicaModalidad: Sin modalidad.Expte. Nº: Sin número.Rubro Comercial: Venta de Maderas.Objeto de la Contratación: Provisión Madera de

Coihue, reparación puente sobre arroyo Comallo.Oferente: Aserradero Price.Total Adjudicado: $ 7.695,00.

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EDICTO DE MINERIA—–

República ArgentinaProvincia de Río Negro

Ministerio de ProducciónDIRECCION GENERAL DE MINERIA

Solicitud de Cantera de Ripio Calcareodenominada “El Dique” presentada por SaadFederico, ubicada en el Departamento El Cuy, Pro-vincia de Río Negro, Expediente Número: 31.011-M-2006.

La Autoridad Minera hace saber que en el expedientenúmero 31.011-M-2006 el Sr: Saad Federico ha solicitadouna Cantera de Ripio Calcareo denominada “El Dique”,ubicada en la grilla 3969-IV-”El Cuy” del CatastroMinero. Adopta forma cuadrangular de 21has 59a ysus vértices quedan definidos por las siguientescoordenadas Gauss-Krüger: Sistema POSGAR: Vértice1 X.=5669334.69 Y-2538616.08; Vértice 2 X=5669203.06Y=2538993.80; Vértice 3 X-5668693.34 Y=2538816.17;Vértice 4 X=5668824.97 Y=2538438.45.- Corresponde

ordenar las publicaciones en la forma establecida porel art. 71 de la Ley N°3673.- Registro Protocolar. Viedma,18/04/2006.- Publíquese en el Boletín Oficial por tresveces en el término de quince días. Si el interesado noacreditare el cumplimiento de la publicación de edictosen un plazo de sesenta (60) días, se lo tendrá pordesistido de la solicitud de concesión (art. 710 Ley3673).- Notifíquese. Las oposiciones podrán deducirsedentro de los quince días siguientes al de la últimapublicación.- Fdo. Ing. Qco. Gustavo M. Bevacqua,Director General de Minería, Autoridad Minera dePrimera Instancia.– Ana Paula Suárez, Escribana deMinas.

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EDICTOS I.P.P.V.–—

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION Y

PROMOCION DE LA VIVIENDAEl Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, intima a la Sra. Schillizzi, Paula Susana (DNI.14.148.372) a ocupar la Unidad Habitacional ubicadaen calle General Alvear 1775, Esc. 4, P.B. Dpto. “C”,correspondiente al Plan 208 Viviendas en la Localidadde Viedma, únicamente con el Grupo Familiar qu emotivóla adjudicación de la misma y a la cancelación total dela deuda que mantiene con este organismo. Plazo cinco(5) días, caso contrario ante negativa expresa o tácitase iniciarán trámites de desadjudicación y desalojoinmediato. Queda Ud., debidamente notificado.– MaríaEnriqueta Mansilla, Control Habitacional.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica a la Sra. Poblete María Esther, DNI.Nº 14.169.456 y/o cualquier otro ocupante, del articuladode la Resolución Nº 046/06, de fecha 5 de enero de2006, cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1º - Dejar sin efecto la adjudicación de laUnidad Habitacional de cuatro dormitorios, identifi-cada como Casa 28, calle J. Epifanio Nº 633, Mza. 406,del Plan 250 Viviendas FO.NA.VI., Grupo A, en lalocalidad de General Roca, otorgada por ResoluciónNº 230/96 a la Sra. Poblete María Esther, DNI. Nº14.169.456, por haber infringido los Arts. 7º, Incs. a),b), y c), y 9º del Acta de Tenencia Precaria, suscriptaoportunamente.

Art. 2º - Por intermedio de la Dirección de AcciónSocial, se procederá a notificar a los interesados, eltexto de la presente Resolución, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante, a hacer entrega de lavivienda, en un plazo de cinco (5) días, a partir de lanotificación.

Art. 3º - Notificar de la presente a la Municipalidadde General Roca, para su conocimiento.

Art. 4º - Registrar, comunicar, tomar razón, pasar aDespacho Central y Dirección de Acción Social a susefectos. Cumplido, archivar.

Fdo.: Dr. Vicente José Pili, Interventor IPPV.—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, intima a la Sra. Vertua Eva Rosa, DNI. Nº6.548.879, a ocupar la unidad habitacional identificadacomo Núcleo D - PP., Dpto. 86, correspondiente Plan260 Viviendas Fo.Na.Vi., en la localidad de Villa Regina,únicamente con el grupo familiar que motivó la adjudi-cación, y a la cancelación total de la deuda quemantienen con este Organismo. Plazo cinco (5) días.Caso contrario, ante negativa tácita o expresa, se iniciarálas acciones legales a los efectos de restituir la unidada favor de este Instituto.- Quedan ustedes debidamentenotificados.-

María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.

Page 15: Nº 4406 - boletinoficial.rionegro.gov.ar

15Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓNY PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA

PLAN: 400 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: General Conesa

Preadjudicatarios de Dos Dormitorios* Ullúa, Norma Beatriz............... DNI. 21.878.017

y Andrade-Belmar, Cristian A.DNI. 18.756.092———

PLAN: 204 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: Viedma

Preadjudicatarios de Tres Dormitorios* Maina, Micaela Zaiza Clemen-

tina .........................................DNI. 12.351.168y Rojas, Hugo Alberto ...........DNI. 11.237.731

———

PLAN: 300 Viviendas AlboradaLOCALIDAD: Sierra Grande

Preadjudicatarios de Dos Dormitorios* Cruz, Bernardino..................... DNI. 14.312.936

y Gerónimo, Virginia............... DNI. 17.292.891* Maggiori, Fernando Daniel ....DNI. 26.121.805

y Monteros, Alejandra MarielaDNI. 24.133.648* Quijada, Cristian Alejandro ....DNI. 31.272.566

y Galíndez Peña, Daiana PaolaDNI. 31.884.121———

PLAN: 52 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: General Conesa

Preadjudicatarios de Dos Dormitorios* Ferrari, María Eugenia............ DNI. 27.292.108

———

PLAN: 150 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: San Antonio Oeste

Preadjudicatarios de Tres Dormitorios* Balda, Yoshira Marylin ...........DNI. 24.876.366

IMPUGNACIONES: A partir de la presentepublicación, queda abierto el período de impugnacióndurante diez (10) días corridos, por lo tanto, quienconsidere necesario impugnar, lo hará por nota conduplicado, dirigida al Sr. Interventor del Instituto dePlanificación y Promoción de la Vivienda, Dr. JoséVicente Pili, calle Winter y Murillo, Viedma, debidamentefirmada, con aclaración de firma, número de documentoy domicilio.

María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.—oOo—

EDICTOS–––

El Dr. Carlos Reussi, Juez titular del Juzgado deInstrucción Nº 2, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, a cargo del Dr.Marcelo Chironi, notifica a Santiago Luján Suso, laresolución recaída en autos caratulados: “SusoSantiago Luján s/Amenazas” (Expte. Nº 38661/05), cuyaparte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 15 demarzo del 2006.- Autos y Vistos: … De los que resulta:… Y Considerando: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa a favor deSantiago Luján Suso, ya filiado, en orden al delito quese le endilgaba, calificado como Amenazas, previsto yreprimido por el Art. 149 bis del CP, por aplicación delArt. 307 Inc. 1ro., del CPP.- II) Declarar que la iniciación

del presente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el imputado.- De forma.- Fdo.:Carlos Reussi, Juez.- Dr. Marcelo Chironi, Secretario.

—oOo—El Dr. Carlos Reussi, titular del Juzgado de

Instrucción Nro. Dos, de Viedma, notifica a ZulmaNoemí Maina y a Eduardo Abel Hoys, de la resoluciónrecaída en la Causa Nº 38.830/05 DAN, caratulada: “Cria.34 s/Investigación Lesiones Recíprocas”, la quetranscripta en su parte pertinente dice: “Viedma, 29 demarzo del 2006.- Autos y Vistos: … Resuelvo: 1º)Sobreseer totalmente en la presente causa a ZulmaNoemí Maina y a Eduardo Abel Hoyos, de condicionespersonales ya relacionadas, en orden al hecho que seles endilgaba, tipificado como “Lesiones Leves” (Art.89 del C. Penal y Arts. 305 y 307, Inc. 1ro., segundosupuesto, del C.P.P.), declarando que la iniciación delpresente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubieren gozado los nombrados.- CarlosReussi, Juez.- Dr. Guillermo Bustamante, Secretario.

—oOo—

El Dr. Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a mi cargo,notifica a Segundo Benedicto Soto, de la resoluciónrecaída en autos caratulados: “Soto SegundoBenedicto s/Amenazas” (Expte. Nº 38.555/05/AN-GELA), cuya parte principal se transcribe: Viedma, 5 deabril de 2006.- Autos y Vistos: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deSegundo Benedicto Soto, ya filiado, en orden al hechoque se le endilgaba (Amenazas Art. 149 bis del C.P.),por las consideraciones expuestas y por aplicación delArt. 307 Inc. 1º, 2do. supuesto del C.P.P. - II) Declararque el presente proceso no afecta el buen nombre yhonor del que hubiere gozado el imputado.- Fdo.: Dr.Carlos Reussi, Juez.- Viedma, 5 de abril del 2006.- Dr.Guillermo Bustamante, Secretario.

—oOo—

El Dr. Alberto Guido Cariatore, Juez a cargo delJuzgado de Instrucción Nro. Veinte, con asiento en laciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro,Secretaría por subrogancia legal de la Dra. Claudia E.Vesprini, cita y emplaza al Sr. Osvaldo Dagoberto Moya,DNI. Nº 31.226.187, de 20 años de edad, de estado civilsoltero, ocupación empleado rural, de nacionalidadargentina, último domicilio conocido calle Juan XXIIINº 109, de esta ciudad, quien estaría residiendo en BºVilla Margarita, de la localidad de Cinco Saltos, Provin-cia de Río Negro, a que esté a derecho en estos actuadosNº 916/JP20/05, caratulada: “Moya, Osvaldo Dagobertos/Robo”, en los que se investiga el delito de robo,dentro del quinto día de la última publicación del pre-sente, a fin de prestar declaración indagatoria bajoapercibimiento de declarársele su rebeldía en caso deincomparencia injustificada.- Publíquese por cincodías.- Secretaría, 3 de abril del 2006.- Claudia E. Vesprini,Secretaria Subrogante.

—oOo—El Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción Nº 10, de la SegundaCircunscripción, con asiento en 25 de Mayo 880, 4ºpiso, de la ciudad de General Roca, Río Negro, Secretaríadel Dr. Maximiliano Camarda, en Causa 34.818/05“Olmedo ...........”, cita y emplaza por el término de cincodías a Roberto Faustino Olmedo, DNI. Nº 31.023.570,argentino, soltero, sin sobrenombres, hijo de RobertoEnrique Olmedo (f) y de Margarita Manuela Vilches,jornalero, con último domicilio conocido en calle OnelliNº 1825 de San Carlos de Bariloche (RN), a los fines deque comparezca dentro de los cinco días de notificado,a estar a derecho y prestar declaración indagatoria,bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenarsu inmediata detención (Art. 137 C.P.P.).- Fdo.: Dr.Guillermo Leskovar Garrigós, Juez.- Publíquese porcinco días.- Secretaría, 5 de abril del 2006.- MaximilianoO. Camarda, Secretario.

El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgadoen lo Civil, Comercial y de Minería Nº 9, Secretaría Única,a cargo de la Dra. Laura Fontana, con sede en Avda.Roca 1047 de esta ciudad, hace saber que se hadecretado el día 16/02/06, en los autos caratulados:“Ganim, Carlos Adalberto s/Concurso Preventivo”(Expte. Nº 30.306-J9-05), la apertura del concursopreventivo del Sr. Carlos Adalberto Ganim, Cuit Nº 24-10675795-6, con domicilio legal en calle Rodhe 2463 dela localidad de General Roca, Río Negro. Ha sidodesignada Síndico, la C.P.N. Susana Beatriz Briones,con domicilio en Mitre 810, 1º piso, Of. 7, de estaciudad.- El plazo de presentación de créditos ante laSíndico vence el día 2 de mayo del 2006.- Asimismo lasíndico deberá presentar los informes prescriptos porlos Arts. 35 y 39 de la LCyQ el día 14 de junio del 2006y el 31 de agosto del 2006 respectivamente.- La audienciainformativa se celebrará el día 5 de marzo del 2007, a las8,30 horas, que tendrá lugar en la Sala de Audienciasdel Tribunal, y el período de exclusividad vence el día12 de marzo del 2007.- Publíquese por cinco días.-Secretaría, de marzo del 2006.- Laura Fontana,Secretaria.

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En el Juzgado de Instrucción Nº 23, se ha dispuestola notificación de Burgos Luis Alberto a los fines dehacerle saber que en autos: “Burgos Luis Alberto s/Lesiones (P752U24)” (Expte. Nº 665/46/05), se hadictado la siguiente resolución, que en su partepertinente se transcribe: “Cipolletti, 20 de febrero del2006.- Resuelvo: Dictar el sobreseimiento de LuisAlberto Burgos, ya filiado, en autos, en razón de tenerpor extinguida la acción pública en función de laaplicación de los Arts. 180 ter, Inc. 1º, 180 quater delC.P.P. (Art. 307 Inc. 4º C.P.P.).- Fdo.: Dra. AlejandraBerenguer, Juez.- Pablo Barrionuevo, Secretario.

—oOo—El Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, titular del

Juzgado de Instrucción Nº 10 de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría delDr. Maximiliano Camarda, cita y emplaza por el términode cinco días, a Ángel César Cáceres, DNI. Nº13.326.311, de quien se desconocen otros datospersonales, con último domicilio conocido en calleManso 679, General Pueyrredón, Provincia de BuenosAires, para que comparezca por ante este Tribunal, aprestar declaración indagatoria en la Causa Nº 33.548/04, caratulada: “Dto. Tto. Gral. Roca s/Secuestro”, bajoapercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarsesu inmediata captura.- Fdo.: Dr. Guillermo LeskovarGarrigós, Juez de Instrucción.- Publíquese por cincodías.- Secretaría, 6 de abril del 2006.- Dr. MaximilianoCamarda, Secretario.

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Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez subrogante delJuzgado de Familia y Sucesiones Nº XV, de Cipolletti(Río Negro), Secretaría Única, cita y emplaza por eltérmino de treinta días a herederos y acreedores deIsabel Nieto Martín, en autos: “Nieto Martín Isabel s/Sucesión” (Expte. Nº 7102-XV-06), para quecomparezcan a hacer valer sus derechos.- Publíqueseedictos por tres días en Boletín Oficial.- Secretaría, 17de marzo del 2006.- Dra. Patricia Cladera de Rey,Secretaria.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia de Familia y

Sucesiones, Nro. XI, a cargo del Dr. Víctor UlisesCamperi, Secretaría Única a cargo de la Dra. Cristina B.Macchi, de General Roca, en autos: “Baigorria RaquelLeonor en autos: “Baigorria Raquel Leonor s/Sucesión” (Expte. Nº 177-J11-06), ha resuelto: i) Intimara los herederos de Baigorria Raquel Leonor para queen el plazo de treinta días acepten o repudien la herencia(Art. 3314 del CC), y; ii) Citar y emplazar por treinta díasa herederos y acreedores de Baigorria Raquel Leonor aestar a derecho.- General Roca, 3 de abril del 2006.- El

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16Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

presente deberá publicarse por tres días en el BoletínOficial y en el diario Río Negro, de General Roca.-Cristina B. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

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El Dr. Carlos Salaberry, Presidente de la Cámara delTrabajo de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sita en calle John O'Connor 20,1er. piso, Secretaría Nº 1, a cargo del Dr. Santiago Morán,en autos caratulados: “Pacheco Daniel René y Otros c/Provincia de Río Negro, s/Inconstitucionalidad Art. 5ºLey 2990” (Expte. Nº 13009/99), cita a acreedores yherederos de la Sra. Irma Paredes, por diez días paraque comparezcan a estar a derecho para hacer valersus derechos.- San Carlos de Bariloche, a los 15 díasdel mes de marzo del año dos mil seis.- Santiago V.Morán, Secretario de Cámara.

—oOo—El Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 7, a cargo de

la Dra. María Marcela Pájaro, Secretaría Única, a cargodel Dr. Javier Andrés Ospital, sito en calle PasajeJuramento 190, 4º piso, correspondiente a la TerceraCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento en San Carlos de Bariloche, en autos:“Martorell Ginard, Gabriel s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 09678/05), cita y emplaza por treinta días aherederos y acreedores del Sr. Gabriel Martorell Ginard,para que hagan valer sus derechos.- El presente deberápublicarse por tres días en el Boletín Oficial y en eldiario El Cordillerano.- San Carlos de Bariloche, 17 demarzo del 2006.- Javier Andrés Ospital, Secretario.

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La Dra. María Marcela Pájaro, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia de Familia y SucesionesNº 7, de la Tercera Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sito en Juramento 190, 4º piso, deesta ciudad, Secretaría Única a cargo del Dr. JavierOspital, cita por treinta días a herederos y acreedoresde Racedo Heriberto en los autos caratulados: “RacedoHeriberto s/Sucesión” (Expte. Nº 08618/05).- San Carlosde Bariloche, 16 de noviembre del 2005.- Javier AndrésOspital, Secretario.

—oOo—La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez de Fa-

milia y Sucesiones Nro. 5 de la Primera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en laciudad de Viedma, Secretaría Unica a cargo de la Dra.María Gabriela Tamarit, cita, llama y emplaza en autos:“Escobar Rubén Eduardo s/Sucesión”, Expte Nro. 1356/05, a herederos y acreedores de Don Rubén EduardoEscobar, Documento de Identidad: 26.155.070, por eltérmino de treinta (30) días a estar a derecho. Publíquesepor tres (3) días. Viedma, 20 de marzo de 2006.– MaríaGabriela Tamarit, Secretaria.

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El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº Nueve de la 2ºCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento en esta ciudad, Secretaría Unica, a cargode la Dra. Laura Fontana (Res. 69/06) comunica por eltérmino de ley que se ha decretado la quiebra deAccesorios El Nacho Sociedad de Hecho, C.U.I.T. Nª30-70721286-8, Omar Alberto Juárez, C.U.I.T. Nª 20-21386741-6 y Patricia Mariel Camarero, C.U.I.T. Nª 27-20934725-9, con domicilio en calle Avenida Roca 255de General Roca, Provincia de Río Negro, con fecha 06de abril del 2006, tramitando bajo expediente Nº 27480-IX-02, caratulados: “Accesorios El Nacho Sociedad deHecho y Otros s/Concurso Preventivo (Quiebra)”. Sehace saber a los acreedores que deberán verificar suscréditos en los términos del art. 202 L.C y Q. Intímase alos terceros que tengan bienes de la fallida en su poder,para que procedan a ponerlos a disposición deSindicatura en el término de Cinco días, como asimismo,previénese a los deudores de la prohibición de hacer

pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlosineficaces. Síndico designado en autos: ContadoraElisabeth Marisa Martínez, quien constituye domicilioen calle 9 de Julio 1.425 de General Roca. Publíquesepor Cinco días.– Laura Fontana, Secretaria.

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El Juzgado de Primera Instancia de Familia ySucesiones, número XI, a cargo del Dr. Víctor UlisesCamperi, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. CristinaB. Macchi de General Roca, cita y emplaza por Treintadías a herederos y acreedores de Muñoz Lidia L.C.4.217.710 en autos: “Muñoz Lidia s/Sucesión” (Expte.Nº 527-JXI-05). El presente deberá publicarse por tresdías en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro deGeneral Roca. General Roca, 03 de Febrero de 2.006.–Cristina B. Macchi, Secretaria de Familia ySucesiones.

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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en loComercial Nº 6 Secretaría Nº 11, hace saber por cincodías, que se ha ordenado la apertura del ConcursoPreventivo de Sociedad Alemana de Socorros aEnfermos Asociación Mutual (DKV), con domicilio enBerutti 2524 de la Ciudad de Buenos Aires,designándose Síndicos al Estudio Herrera y Asoc. condomicilio en Viamonte 1454, piso 4º “A” de la Ciudadde Buenos Aires, ante quien deberán los acreedorespresentar sus pedidos de verificación de créditos hastael día 29 de mayo de 2006, habiéndose fijado para lapresentación de los informes de los arts. 35 y 39 LCQrespectivamente los días 25 de julio de 2006 y 6 deseptiembre de 2006 y la audiencia informativa previstaen el inc. 10 del art. 14 LCQ para el día 26 de febrero delaño 2007 a las 10,00 horas. El presente deberá serpublicado por Cinco días en el Boletín Oficial de laProvincia de Río Negro. Buenos Aires, 7 de abril de2.006.– Horacio Piatti, Secretario.

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El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo delJuzgado de Familia y Sucesiones Nº Once, SecretaríaUnica, de General Roca, Río Negro, cita y emplaza porel término de Treinta (30) días a herederos y acreedoresde Apestegui, Horacio Alberto, LC 7.578.548, en au-tos: “Apestegui Horacio Alberto s/Sucesión” (Expte.Nº 32-JUZ-11-06). Publíquese por Tres días. GeneralRoca, 15 de Marzo de 2.006. Fdo.: Dra. Cristina Macchi,Juez de Familia.– Cristina B. Macchi, Secretaria de Fa-milia y Sucesiones.

—oOo—El Dr. Víctor U. Camperi, Juez a cargo del Juzgado

de Familia Nº Once, Segunda Circunscripción Judicial,Avenida Roca 1242 de General Roca, Secretaría UnicaDra. Cristina Macchi, cita y emplaza por Treinta (30)días a herederos y acreedores de Héctor AgustínRecarte L.E. 07.301.448, en autos: “Recarte, HéctorAgustín s/Sucesión” (Expte. Nº 39-XI-06). Publíqueseedictos en Boletín Oficial y diario Río Negro por tresdías. General Roca, 09 de Marzo de 2.006. Fdo.: Dra.Cristina B. Macchi, Secretaria Juzgado de Familia ySucesiones.

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El Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, titular delJuzgado de Instrucción Nº 10 de la SegundaCircunscripción Judicial con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría delDr. Maximiliano Camarda, cita y emplaza por el términode Cinco (5) días a Santo Javier Reyes, Argentino, DNI.27.965.605, con último domicilio conocido en calle Is-rael 1666 de General Roca, a fin de recepcionárseledeclaración indagatoria en los autos Nº 34.750/05caratulados: “Cría. 31....”, bajo apercibimiento de serdeclarado rebelde y ordenarse su inmediata captura.Fdo.: Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, Juez. Publíquesepor Cinco (5) días. Secretaría, 11 de abril de 2.006.– Dr.Maximiliano O. Camarda, Secretario.

La Dra. María Marcela Pájaro, Juez a cargo delJuzgado de Familia y Sucesiones Nº 7, Secretaría Unicaa cargo del Dr. Javier Andrés Ospital, sito en calleJuramento 190, de San Carlos de Bariloche, cita yemplaza por Treinta días a herederos y acreedores aestar a derecho en los autos caratulados: “Bijarra VíctorGermán s/Sucesión Ab-Intestato”, (Expte. Nº 09517/05). San Carlos de Bariloche, 22 de noviembre de 2.005.Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y en undiario de circulación local. San Carlos de Bariloche, 23de Marzo de 2.005.– Javier Andrés Ospital, Secretario.

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El Dr. Emilio Riat, Juez en autos: “Adrimar S.A. c/Carrasco, Rodolfo s/Cumplimiento de Contrato .........Sumario” (05016-05), en trámite ante el Juzgado Letradode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. Cinco de la Tercera Circunscripción Judicial deRío Negro, sito en Pje. Juramento 190, 4º piso, deBariloche, Secretaría Única, a cargo del Dr. Cristian TauAnzoátegui, cita y emplaza a Rodolfo Carrasco, citandoa Rodolfo Carrasco para que en el plazo de diez díascomparezca al proceso y conteste la demandainterpuesta en su contra, bajo apercibimiento dedesignar al Defensor Oficial para que lo represente(Arts. 145 y 343 del Código Procesal).- Publíquenseedictos por dos días en el diario Río Negro y en BoletínOficial.- San Carlos de Bariloche, 10 de abril del 2006.-Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

—oOo—La Dra. María Alicia Favot, Juez a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nro. Quince, con asiento defunciones en la intersección de las calles Roca ySarmiento, de la ciudad de Cipolletti, Provincia de RíoNegro, Secretaría Única, a cargo de la Dra. PatriciaCladera de Rey, cita por treinta (30) días a herederos yacreedores de Salustiano Legaspi, en autos caratulados:“Legaspi, Salustiano s/Sucesión ab-intestato” (Expte.Nº 7285-XV-2006).- Cipolletti, 27 de marzo del 2006.-Dra. Patricia Cladera de Rey, Secretaria.

—oOo—La Dra. Marisa Bosco, Juez Subrogante del Juzgado

Civil, Comercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº 31,Secretaría Civil, a cargo de la Dra. Zulema Viguera, sitoen 9 de Julio 221, 1º piso, de Choele Choel, cita y emplazaa herederos y acreedores de Rosa Esther Esmoli, a quese presenten y hagan valer sus derechos por el términode treinta días, en autos: “Esmoli Rosa E. s/Sucesión”(Expte. Nº 10604/05).- Publíquese por tres días.- ChoeleChoel, 14 de noviembre del 2005.- Dra. Zulema Viguera,Secretaria.

—oOo—La Dra. María Alicia Favot, Juez a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nro. Quince, Secretaría Única,con asiento de funciones en Roca 599 de Cipolletti,cita en autos: “Martínez, Amelia s/Sucesión” (Expte.Nº 6689-15-05), a herederos y acreedores de la causante,para que comparezcan en autos, a hacer valer susderechos dentro de treinta (30) días, acompañando ladocumentación que lo acredite.- Publíquese edicto portres días en Boletín Oficial y diario de mayor circulaciónde la zona.- Cipolletti, 3 de abril del 2006.- Dra. PatriciaCladera de Rey, Secretaria.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez Subrogante,

del Juzgado de Primera Instancia de Familia ySucesiones Nro. Quince, de la ciudad de Cipolletti,Secretaría Única, cita a todos los herederos y acreedoresdel causante, para que comparezcan en autos: “MéndezEleazar s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 7084 - Año2006), a hacer valer sus derechos dentro de treinta (30)días, acompañando la documentación que lo acredite.-Publíquense edictos por tres días.- Cipolletti, 27 demarzo del 2006.- Dra. Patricia Cladera de Rey, Secretaria.

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Alberto Guido Cariatore, Juez de Primera Instanciacon competencia en Familia y Sucesiones, a cargo delJuzgado Nro. Veinte, con domicilio en calle Fray Luis

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17Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

Beltrán 476, de la ciudad de Villa Regina, cita por treintadías a herederos y acreedores de Serviliano Inés Salasy Margarita Carlota Laborde, en autos: “Salas ServilianoInés y Laborde Margarita Carlota s/Sucesión” (Expte.Nº 0784-JF20-06).- Publíquese por tres días.- Secretaría,17 de abril del 2005.- Claudia E. Vesprini, Secretaria.

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Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez de PrimeraInstancia, Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 5, de laPrimera Circunscripción Judicial, con asiento en Viedma,Secretaría Única, a cargo de la Dra. María GabrielaTamarit, cita, llama y emplaza a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por elcausante, Sr. Arsenio Vicente Payalef, para que dentrodel plazo de treinta (30) días lo acredite, en autoscaratulados: “Payalef Arsenio Vicente s/Sucesión”(Expte. Nº 0134/06).- Publíquense edictos por tres díasen el Boletín Oficial.- Viedma, 12 de abril del 2006.- MaríaGabriela Tamarit, Secretaria.

—oOo—La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez del

Juzgado Nº 5 de Familia y Sucesiones de la Ciudad deViedma, Secretaría Unica, cita, llama y emplaza por eltérmino de Treinta (30) días a herederos y acreedoresde Don David Ramón Farías en autos: “Farías, DavidRamón s/Sucesión” (Expte. Nº 1386/05). Publíquese portres días. Secretaría, 7 de Marzo de 2.006.– María GabrielaTamarit, Secretaria.

—oOo—El Dr. Pablo Eduardo Iribarren, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción Nro. Doce, can asiento en laciudad de General Roca, Provincia de Río Negro,Secretaría del Dr. Eduardo Luis Carrera, cita y emplazaa Federico Javier Tejerina, de 23 años de edad, soltero,con último domicilio conocido en calle BernardoHousey 2114, DNI. Nº 29.212.717, a que esté a derechoen estos autos Nº 39842-XII-06-SP, causa caratulada:“Tejerina, Federico Javier s/Robo”, en los que seinvestiga el delito de robo, dentro del quinta día a partirde la última publicación del presente, a fin de prestardeclaración indagatoria, bajo apercibimiento dedeclararse su rebeldía en caso de incomparenciainjustificada. Publíquese por cinco días. Secretaría, 18de Abril de 2006.– Eduardo Luis Carrera, Secretario.

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Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del Juzgadode Familia y Sucesiones Nº Once de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,sito en la ciudad de General Roca, Secretaría Unica acargo de la Dra. Cristina Macchi, cita y emplaza por eltérmino de Treinta días a herederos y acreedores delSr. Carlos Segundo Cuevas Segura DNI. 93.166.587, aestar a derecho en los autos caratulados: “CuevasSegura, Carlos Segundo s/Sucesión” (Expte. Nº 612-JFS-Año 2005. Secretaría, 08 de Julio de 2.005.– CristinaB. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

—oOo—La Dra. María Alicia Favot, Juez a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nº XV, Secretaría Unica deCipolletti, Río Negro, cita y emplaza por Treinta (30)días a herederos y acreedores del causante para quecomparezcan en autos: “Irma Evarista Muñoz o HirmaEvarista Muñoz s/Sucesión” (Expte. Nº 7118-XV-06), ahacer valer sus derechos acompañando ladocumentación que lo acredite. Publíquese por tres (3)días. Cipolletti, 5 de abril de 2.006. Fdo.: María AliciaFavot, Juez. Cipolletti, 17 de Abril de 2.006.– Jorge A.Fernández, Prosecretario.

—oOo—Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del Juzgado Nº

Once, de Familia y Sucesiones, Secretaría Unica, deGeneral Roca, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Fabián Daniel Cifuentes, DNI. Nº27.520.228 en autos: “Cifuentes, Fabián Daniel s/Sucesión” (Expte. Nº 320-06). Publíquese por tres días.General Roca, 17 de Abril de 2.006.– Cristina B. Macchi,Secretaria.

El Dr. Víctor Soto Juez a cargo del Juzgado Civil,Comercial, de Minería, Familia y Sucesiones N° 31, dela Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Santarelli;sito en 9 de Julio N° 221 de Choele Choel, cita y emplazaal Sr. Alarcón Jesús Raimundo (DNI. 17.689.192) abuelopaterno de la menor: J.M.Z. por el término de cincodías para que comparezca a prestar conformidad a larealización del presente, bajo apercibimiento de tenerlopor conforme con la guarda solicitada, an AutosCaratulados: “XION MY S/GUARDA” (Expte. N° 9153/04). Publíquense edictos por dos días. Choele Choel,de Marzo de 2006.- Fdo. Dra. Paola Santarelli, Se-cretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, a cargo del Juzgado de

Familia y Sucesiones Nº Once, Secretaría Unica, de laDra. Cristina Macchi, con asiento en Av. Roca 1242 deGeneral Roca, se cita y emplaza por treinta días a susacreedores y herederos del Sr. Carrasco, Bernardo s/Sucesión DNI. 7.294.934 (fallecido el día 17 deSeptiembre de 1999, en General Roca) a quecomparezcan a estar a derecho en los autoscaratulados: “Carrasco, Bernardo s/Sucesión” (Expte.Nº 1636-05-JF). Publíquese por tres días. Secretaría, 03de Abril de 2.006.– Cristina B. Macchi, Secretario deFamilia y Sucesiones.

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María Marcela Pájaro, Juez de Primera Instancia, deFamilia y Sucesiones a cargo del Juzgado Nº VII, sitoen Juramento 190, 4º piso, de esta ciudad, SecretaríaÚnica a mi cargo, cita y emplaza por el término de treintadías a herederos y acreedores de Cipriano Soria, L.E.Nº 1.596.427, en autos: “Soria Cipriano s/Sucesión abintestato” (Expte. Nº 10249/06).- S. C. de Bariloche, 18/04/06.- Javier Ospital, Secretario.

—oOo—María Marcela Pájaro, Juez a cargo del Juzgado de

Familia y Sucesiones Nro. Siete, de la IIIa.Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,S. C. de Bariloche, Secretaría Única, a cargo del Dr.Javier A. Ospital, sito en Juramento 190, 4º piso, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deDña. Rosa Zurawsky, para que hagan valer sus derechos(Art. 3589 C.C.), en autos caratulados: “Zurawsky, Rosas/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 10065/06).-Publíquese por tres veces.- San Carlos de Bariloche, 11de abril del 2006.- Javier Andrés Ospital, Secretario.

—oOo—

Dra. María M. Pájaro, Juez a cargo del Juzgado deFamilia y Sucesiones Nro. Siete, de la III CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría Única,a cargo del Dr. Javier Ospital, sito en Pje. Juramento190, 4º piso, en autos: “Ñancucheo Lucía s/Sucesión”(Expte. Nº 09010/05), cita y emplaza por treinta días aherederos y acreedores de Lucía Ñancucheo.- SanCarlos de Bariloche, 20 de diciembre del 2005.- Dr. JavierOspital, Secretario.

—oOo—Dr. Emilio B. Riat, Juez de Primera Instancia de la III

Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 5,Secretaría Única, del Dr. Cristian Tau Anzoátegui, sitoen Pje. Juramento 190, 4º piso, en autos: “Gelis JuanAlberto c/Garfunkel Juan s/Usucapion” (Expte. Nº02222-03), cita a Marcos Garfunkel y Juan Garfunkel,para que en el plazo de veintisiete días comparezcan alproceso y contesten la demanda interpuesta en su con-tra, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficialpara que los represente.- Publíquese por dos días.- SanCarlos de Bariloche, 11 de abril del 2006.- Dr. Emilio B.Riat, Juez.- Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del

Juzgado de Familia y Sucesiones Nº XI, Secretaría Unicaa cargo de la suscripta, con sede en calle Avda. RocaNº 1242, de la ciudad de General Roca, Río Negro, cita

y emplaza por Treinta días a herederos y acreedores deCazenave, Elsa Elena, LC: 2.092.427, en autos:“Cazenave, Elsa Elena s/Sucesión” (Expte. 236/06).Publíquese por Tres días en el Boletín Oficial y DiarioRío Negro. Secretaría, 17 de Abril de 2.006.– Cristina B.Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, a cargo del Juzgado de

Familia y Sucesiones Nº Once, Secretaría Unica, de laDra. Cristina Macchi, con asiento en Av. Roca 1242, deGeneral Roca, en autos caratulados: “Mañande,Lorenza y Nahuelhuén, Evaristo s/Sucesiones” (Expte.Nº 30-J.11-06), cita por Treinta días a herederos yacreedores del Sr. Evaristo Nahuelhuén, L.E. Nº 1.597.918y Lorenza Mañande, L.C. Nº 9.734.713, fallecidos el 14-07-99 y Sra. Lorenza Mañande, el 27-12-98, ambos en laciudad de General Roca, Río Negro. Publíquese porTres días. Secretaría, 27 de Marzo de 2.006.– Cristina B.Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

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El Dr. Alberto Guido Cariatore, Juez del Juzgado deInstrucción, Familia y Sucesiones Nº 20, de la ciudadde Villa Regina, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia E.Vesprini, cita y emplaza por el término de treinta días aherederos y acreedores de Dña. María Ramona Alegría,en autos: “Alegría, María Ramona s/Sucesión” (Expte.Nº 0647-JF. 20-05), a estar a derecho.- Publíquese portres días en el diario Río Negro y Boletín Oficial.- VillaRegina, 23 de febrero del 2006.- Fdo.: Dr. Alberto GuidoCariatore, Juez.- Claudia E. Vesprini, Secretaria.

—oOo—La Dra. María Alicia Favot, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia de Familia y Sucesiones Nº XV, dela ciudad de Cipolletti, Secretaría Única, a cargo de laDra. Patricia Cladera de Rey, cita a herederos yacreedores del causante, para que comparezcan enautos a hacer valer sus derechos dentro de los treinta(30) días, acompañando la documentación que loacredite. Autos: “Vázquez, Ramón s/Sucesión” (Expte.Nº 6909-JC. XV-06).- Publíquese por tres días.- Cipolletti,4 de abril del 2006.- Dra. Patricia Cladera de Rey,Secretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del

Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 11, SecretaríaÚnica, a cargo de la Dra. Cristina B. Macchi, con asientode sus funciones en Avda. Roca Nº 1242 de la ciudadde General Roca, cita y emplaza por treinta (30) días aherederos y acreedores de Antonieta De Bona, DNI.Nº 3.149.380 y Francisco José Canale, DNI. Nº 5.106.872,para que se presenten a hacer valer sus derechos enlos autos caratulados: “De Bona, Antonieta y CanaleFrancisco José s/Sucesión” (Expte. Nº 72 - Juz. 11-06).-Publíquense edictos por tres días en el diario Río Ne-gro y Boletín Oficial.- General Roca, 7 de abril del 2006.-Cristina B. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del

Juzgado de Familia y Sucesiones Nº XI, SecretaríaÚnica, a cargo de la suscripta, con sede en calle Avda.Roca Nº 1242 de la ciudad de General Roca, Río Negro,cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedoresde Hernández, Manuel, L.E. Nº 3.431.777, en autos:“Hernández Manuel s/Sucesión” (Expte. Nº 1.210/05).-Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Secretaría, 25 de octubre del 2006.- CristinaB. Macchi, Secretaría de Familia y Sucesiones.

—oOo—María Alicia Favot, Juez del Juzgado de Familia y

Sucesiones Nº XV, de Cipolletti, Cuarta CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría Única,cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedoresde Rodríguez José Valeriano y Muñoz María delRosario, en autos: “Rodríguez, José Valeriano y MuñozMaría del Rosario s/Sucesiones” (Expte. Nº 6453-05-XV).- Publíquese por tres días en Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Cipolletti, 11 de abril del 2006.- Jorge A.Fernández, Pro Secretario.

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18Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Dra. Norma Cristina Martino, Juez titular del Juzgadode Paz, con asiento en General Roca (Río Negro), cita alSr. Carlos Meisch, a estar a derecho en autoscaratulados: “Aguas Rionegrinas S.A. c/Meisch Carloss/Ejecutivo” (Expte. Nº 43-JP-05), por el término decinco días, bajo apercibimiento de designársele Defen-sor de Ausentes para que la represente.- Publíquesepor dos días.- General Roca, 29 de marzo del 2006.- Dra.Norma Cristina Martino, Juez de Paz.

—oOo—María Alicia Favot, Juez Letrado a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nº 15, Secretaría Única, deCipolletti, cita y emplaza por treinta días a herederos yacreedores de Luis Giongo, en autos: “Giongo Luis s/Sucesión” (Expte. Nº 7248-2006).- Publíquese por tresdías.- Cipolletti, 31 de marzo del 2006.- Dra. PatriciaCladera de Rey, Secretaria.

—oOo—La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, a cargo del

Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 5, de Viedma,Secretaría de la Dra. María Gabriela Tamarit, cita, llamay emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedoresde Néstor Domingo Lavayén, en el Expte. Nº 0113/06,caratulado: “Lavayén, Néstor Domingo s/Sucesión”.-Publíquese por tres (3) días.- Viedma, 30 de marzo del2006.- María Gabriela Tamarit, Secretaria.

—oOo—

Dra. Adriana Mariani, Juez titular del JuzgadoLetrado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Uno,Secretaría Unica con asiento en Av. Roca 1.047 de Ge-neral Roca (Río Negro), cita al demandado SantiagoGregorio Perello, a estar a derecho en autos caratulados:“Aguas Rionegrinas S.A. c/Perelló Santiago Gregorios/Ejecutivo” (Expte. 111-J1-05), por el término de Cincodías, bajo apercibimiento de designársele Defensor deAusentes para que la represente. Publíquese por Un(1) día. General Roca, 31 de Marzo de 2.005.– Paula M.Chiesa, Secretaria.

—oOo—Dra. María Alicia Favot, Juez del Juzgado de Fa-

milia y Sucesiones Nº XV, Secretaría Unica, cita yemplaza a herederos y acreedores de Delvino NicoloMancini, DNI. 93.272.489, por el término de Treinta díasen autos: “Mancini Nicolo Delvino s/Sucesión” (Expte.Nº 7086-JXV-06). Publíquese Edictos por Tres días...Fdo.: Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez Subrogante.Cipolletti, 21 de Febrero de 2.006.– Dra. Patricia Claderade Rey, Secretaria.

—oOo—El Juzgado de Familia Nº 15, ubicado en calle Roca

Nº 599 de esta ciudad de Cipolletti (R.N.), a cargo de laDra. María Alicia Favot, Secretaría Unica, en los autoscaratulados: “Fillaster Rubén Osvaldo s/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. 6669/5), cita a herederos y acreedoresdel causante, para que en el término de treinta (30) díashagan valer sus derechos, acompañando ladocumentación que lo acredite. Publíquese por tresdías. Cipolletti, 16 de Noviembre de 2.005.– Patricia V.Cladera de Rey, Secretaria.

—oOo—

El Juzgado de Primera Instancia de Familia ySucesiones Nº 7 de la IIIra. Circunscripción Judicial deRío Negro, a cargo de la Dra. María M. Pájaro, Secretaríadel Dr. Javier Ospital, con sede en Juramento 190, 4to.Piso de esta ciudad, cita y emplaza por Treinta (30) díasa herederos y acreedores de Ilda de Jesús Ojeda, en losautos caratulados: “Ojeda Ilda de Jesús s/SucesiónAb Intestato” (Expte. Nº 09679/05). San Carlos deBariloche, 06 de Abril de 2.006.– Javier Andrés Ospital,Secretario.

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial

y de Minería Nº 1, a cargo de la Dra. Adriana MarianiSecretaría Unica a cargo de la Dra. Paula M. Chiesa,con sede en Avda. Roca 1047, 1º Piso, General Roca,cita al demandado Martínez, Débora por el término deCinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho

en autos caratulados: “Tarjeta Automática S.A. c/Martínez Débora s/Ejecutivo” (Expte. Nº 203-05), bajoapercibimiento de designarle Defensor de Ausentespara que lo represente. Dado, sellado y firmado en laSala de mi Público despacho a los 11 días del mes deabril de 2.006. El presente deberá publicarse por Un (1)día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.– PaulaM. Chiesa, Secretaria.

—oOo—La Dra. María Alicia Favot, Juez a cargo del Juzgado

de Familia y Sucesiones Nro. Quince, Secretaría Única,con asiento de funciones en Roca 599 de Cipolletti,cita en autos: “Yunes Pedro Haiquel s/Sucesión” (Expte.Nº 7031-15-05), a herederos y acreedores del causante,para que comparezca en autos a hacer valer susderechos dentro de treinta (30) días, acompañando ladocumentación que lo acredite.- Publíquese edicto portres días en Boletín Oficial y diario de mayor circulaciónde la zona.- Cipolletti, 10 de abril del 2006.- Jorge A.Fernández, Pro Secretario.

—oOo—

El Dr. Alberto Guido Cariatore, a cargo del Juzgadode Instrucción, Familia y Sucesiones Nº 20, Secretaríade Familia y Sucesiones a cargo de la Dra. ClaudiaVesprini, con asiento de funciones en la ciudad de VillaRegina (RN), sito en Fray Luis Beltrán 476 de dichaciudad, cita y emplaza en autos: “Olivares, AnselmoÍtalo s/Sucesión” (Expte. Nº 697-JF20-06), a herederosy acreedores de Anselmo Ítalo Olivares, L.E. Nº3.019.803, para que dentro de treinta días se presentena hacer valer sus derechos.- Publíquense edictos en elBoletín Oficial y en el diario Río Negro, por tres días,citándose a herederos y acreedores por treinta días.-Villa Regina, 5 de abril del 2006.- Fdo.: Dra. ClaudiaVesprini, Secretaria.

—oOo—El Dr. Alberto Guido Cariatore, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción, Familia y Sucesiones Nro.Veinte, de Villa Regina, Secretaría de Familia ySucesiones, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Dn. Guillermo Pirastu, en autos:“Pirastu Guillermo s/Sucesión” (Expte. Nº 0791-JF.20-06).- Publíquese por tres días.- Villa Regina, abril del2006.- Alberto Guido Cariatore, Juez.- Claudia E.Vesprini, Secretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del

Juzgado de Familia y Sucesiones Nro. Once, SecretaríaÚnica, con asiento en la ciudad de General Roca, Pro-vincia de Río Negro, sito en Avda. Roca 1242 de estaciudad, cita al Sr. Luis Aldo Tagliani, DNI. Nº 12.680.596por el término de diez días a fin de que comparezca aestar a derecho en autos caratulados: “MontenegroMabel Haydee c/Tagliani Luis s/Divorcio Vincular”(Expte. Nº 116-02), bajo apercibimiento de designárseleDefensor de Ausentes, a cuyo fin publíquense edictospor el término de dos días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Secretaría, 22 de febrero del 2006.- CristinaB. Macchi, Secretaria de Familia y Sucesiones.

—oOo—

María Alicia Favot, en su carácter de Juez de Fa-milia y Sucesiones Nro. Quince, sito en calle Roca Nº585 de la ciudad de Cipolletti, de la Pcia. de Río Negro,cita por este medio a los herederos y acreedores deRolando Luciano Pierdominici, L.E. Nº 7.301.766, paraque comparezcan en autos a hacer valer sus derechosdentro del término de treinta (30) días, acompañando ladocumentación que lo acredite en autos caratulados:“Pierdominici Rolando Luciano s/Sucesión” (Expte. Nº3.931-J 15 - Año 2004).- Publíquese edictos por tresdías en el Boletín Oficial y en el diario de mayorcirculación de la zona.- Cipolletti, 10 de abril del 2006.-Jorge A. Fernández, Pro Secretario.

—oOo—El Sr. Juez titular del Juzgado Letrado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, Dr.Emilio Riat, cita y emplaza por treinta (30) días, a tenor

del Art. 3539 del C. Civil a herederos y acreedores, a finde que hagan valer sus derechos en autos: “PrebischAlberto s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 04771/05).-San Carlos de Bariloche. Secretaría, 4 de abril del 2006.-Publíquese por tres días.- Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.

—oOo—La Cámara del Trabajo, de la Cuarta Circunscripción

Judicial de la Provincia de Río Negro, sita en Roca 870de la ciudad de Cipolletti, Presidencia a cargo de RaúlF. Santos, Secretaría Nro. Uno, a cargo de la Dra. AnaMaría Calzaretto, en autos: “García Irma Esther c/SergesSRL y Ora s/Ordinario” (Expte. Nº 9611-CTC-04), hacesaber a Serges SRL que se ha dictado la siguienteresolución: “Cipolletti, 15 de setiembre del 2005.- Atentolo solicitado, encontrándose vencido el término paracontestar demanda, haciéndose efectivo elapercibimiento dispuesto por el Art. 28 de la L. 1504,declárase rebelde al demandado Serges SRL, y téngaselepor constituido el domicilio en los Estrados del Tribu-nal.- Notifíquese.- Fdo.: Aída Dithurbide, Juez.-Notifíquese mediante edictos que se publicarán pordos (2) días en el Boletín Oficial y diario Clarín.-Secretaría, 18 de abril del 2006.- Dra. Ana MaríaCalzaretto, Secretaria.

—oOo—La Dra. María Marcela Pájaro, Juez a cargo del

Juzgado de Primera Instancia de Familia y SucesionesNº 7, de la Tercera Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sito en Juramento 190, 4º piso, deesta ciudad, Secretaría Única, a cargo del Dr. JavierOspital, cita por treinta días a herederos y acreedoresde Alfonso Manuel Donosa, en los autos caratulados:“Donosa Alfonso Manuel s/Sucesión” (Expte. Nº09446/05).- San Carlos de Bariloche, 1 de febrero del2006.- Javier Andrés Ospital, Secretario.

—oOo—La Dra. María Marcela Pájaro, Juez a cargo del

Juzgado de Primera Instancia de Familia y SucesionesNº 7, de la Tercera Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sito en Juramento 190, 4º piso, deesta ciudad, Secretaría Única, a cargo del Dr. JavierOspital, cita por treinta días a herederos y acreedoresde Héctor Salim Ziede y Francisca Laciar, en los autoscaratulados: “Ziede Héctor Salim y Laciar Francisca s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 08961/05).- San Carlosde Bariloche, 30 de noviembre del 2005.- Javier AndrésOspital, Secretario.

—oOo—

REMATES–—

Dra. Susana Teresa Burgos, Juez titular del JuzgadoNro. Tres, hace saber por cinco días, en autos: “Crybsas/Quiebra” (Expte. Nº 30281-J. 3-1997), que el martilleropúblico Sr. Pedro David Juárez, Tº I, Fº 54, procederá asubastar en bloque (en forma conjunta y unificada),una fracción de terreno ubicada en Villa Regina, Dpto.General Roca, Provincia de Río Negro, resultante de launificación de los Lotes 6b, 6c, y 6d, de las Chacras 83y 88, compuesto por los siguientes inmuebles, con todolo plantado, edificado y adherido al suelo: 1) Unafracción de terreno individualizado como Lote “Seis-b”, con una superficie de 21.596,00 m², inscripto al Tº571, Fº 120, Finca 82.309; 2) Una fracción de terrenoindividualizado como Lote “Seis-c”, con una superficiede 12.663,99 m², inscripto al Tº 561, Fº 225, Finca 114.878;y 3) Una fracción de terreno individualizado como Lote“Seis-d”, con una superficie de 10.661,71 m², inscriptoal Tº 535, Fº 179, Finca 14.739. En dichos inmuebles sehalla construida lo que fue la planta industrial de lafallida (posee galpones, oficinas, casilla de ingreso,etc.), superficie cubierta de aproximadamente 18.000m², en el estado de uso y conservación en que seencuentran.- Se deja expresa constancia que no seincluye el tinglado de 10 x 70 mts., aprox., ni sus bases

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y cabriadas, ubicado en el lateral sur de la planta.-Condiciones de Subasta: Base $ 1.500.000.- Seña: 10%en el acto del remate.- El saldo del precio podrá serabonado por el comprador en un plazo máximo de tres(3) años, desde la fecha de subasta, en cuotassemestrales o anuales, según se evalúe la mejorpropuesta en el acto de subasta, con interés a la tasaactiva del Banco de la Nación Argentina, con garantíahipotecaria en primer grado de preferencia a favor de laquiebra, siempre que el comprador haga uso de talfinanciación y forma de pago.- La entrega de la posesiónse efectivizará libre de ocupantes una vez aprobada lasubasta, y que el comprador haya abonado la seña y el20% del precio, y previa constitución del gravamenhipotecario. En tal caso el adquirente no podrá transferirni ceder el boleto de compra, por ningún título, hastatanto no se cancele íntegramente el precio.- Elcomprador adquiere las propiedades libre degravámenes e inhibiciones y libre de deudas porimpuestos, servicios, tasas y contribuciones hasta laentrega de la posesión (DGR, Municipalidad de VillaRegina, etc.).- Comisión Martillero: 3% a cargo delcomprador.- Sellado del boleto, gastos y honorarios deescritura por inscripción de la transferencia de dominioe hipoteca a cargo del comprador.- Subasta sujeta aaprobación judicial. Cuit martillero 20-13010669-3, Cuitfallida 30-50278741-8.- Lugar y Fecha de Remate: Encalle Tucumán Nº 1985 de General Roca, el día 9 demayo del 2006 a las 12 horas.- Exhibición conanterioridad al remate en el inmueble de la fallida, Avda.Gral. Paz Nº 1315 de Villa Regina, previa comunicacióncon el martillero, Tel. 02941-425244.- Publíquese porcinco días en el Boletín Oficial de Río Negro, sin previopago (Art. 89, 3er. párrafo L.C.), y diario Río Negro.-Secretaría. General Roca, 18 de abril del 2006.- Maríadel Carmen Villalba, Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, Juez de Primera Instancia enlo Civil, Comercial y de Minería, Juzgado Nº 1, de laPrimera Circunscripción Judicial de Viedma (R.N.),Secretaría Única, de la Dra. Rosana Calvetti, en autoscaratulados: “Epuñán Daniel Edgardo c/RupayánCrispina y Pérez Cariciolo s/Cobro de Pesos ExpedienteNº 0414/02/J1 s/Ejecución de Sentencia y Honorarios”(Expte. Nº 0347/05/J1), hace saber por el término de dos(2) días, que el martillero público Felipe Jesús Rico Roca(M. 44, Fº 5, Lº 1), subastará el día 8 de mayo del 2006 alas 11 horas en el Colegio Profesional de MartillerosPúblicos y Corredores de la Primera CircunscripciónJudicial de Viedma (R.N.), sito entre calles Buenos Airesy Saavedra, de Viedma, Galería “Tucma”, local 12, elbien inmueble siguiente: Una edificación sita en elbalneario El Cóndor, Dpto. de Adolfo Alsina, Pcia. deRío Negro, erigida sobre lote ubicado en Calle Nº 80,dirección Nº 466, y que se designa bajo la N.C. 18-2-F-965-18AF001; la misma ofrece las característicasedilicias de vivienda permanente y se compone de lívingcomedor, dos (2) dormitorios, baño amplio, cocinacomedor, lavadero. Su superficie aproximada es de 120m², incluyendo pequeño fondo. Posee todos losservicios y confort.- El estado físico del inmueble esbueno y bien mantenido.- Estado de ocupación actual:Está habitada por su propietaria, Sra. Rupayán Crispina,DNI. Nº 10.045.245, y Pérez Caraciolo. La subasta serealiza por el 100% del bien inmueble embargado,fijándose para ésta la base de pesos dieciocho milcuatrocientos noventa con 17/100 ($ 18.490,17).-Deudas Informadas: DGR: Adeuda las cuotas 03 a 06/2001; 01 a 06/2002; 01 a 06/2003; 01 a 03, 05 y 06/2004;01 a 06/2005 y 01/2006 ($ 655,80), informe del 16/02/2006. Municipalidad de Viedma: DGR., adeuda ($1.259,94) por conservación y limpieza de la vía pública,inf. 23/02/2006. Aguas Rionegrinas S.E.: Servicio pagohasta el 31/12/05 (6/05), inf. 27/02/06.- Condiciones deVenta: 50% del precio al momento de la subasta, y elsaldo restante dentro de los cinco (5) días de aprobadala misma.- Comisión del martillero (3%) a cargo delcomprador (Art. 27 Inc. a, Ley 2051).- Deudas del

inmueble, también a cargo del comprador.- Venta sujetaa aprobación judicial.- Asimismo deberá constituirdomicilio procesal en el radio del Juzgado, conforme elArt. 40 del C.P.C.C., bajo apercibimiento que lassucesivas providencias se le darán por notificadasautomáticamente en la forma y oportunidad previstaspor el Art. 133 del Código citado. En caso de adquisiciónpor comisión, el comprador deberá indicar dentro deltercer día de realizada la subasta, el nombre de sucomitente, en escrito firmado por ambos, debiendo elmismo constituir domicilio en esa presentación,conforme lo dispuesto en el Art. 571 del C.P.C.C., bajoel apercibimiento establecido en el mismo.- Se dejaratificado que todas las deudas, actuales y futuras,serán a cargo del comprador (Arts. 563, 564, 565, 566,578 y 579 del C.P.C.C.).- Para información y visitas alinmueble, concretar con el martillero públicointerviniente, al Tel. 02920-422557, de 15 a 17 horas.-Viedma, 17 de abril del 2006.- Raúl A. Tagliani, ProSecretario.

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Dr. Alejandro Cabral y Vedia, titular del JuzgadoNro. Siete, de Cipolletti, en autos: “Banco de la NaciónArgentina en Sendón José Ubaldo s/Quiebra s/Con-curso Especial” (Expte. Nº 18789J7-00), Secretaría Únicade la suscripta, hace saber que el martillero público Sr.Pedro David Juárez, Tº I, Fº 54, procederá a subastar elinmueble ubicado en la localidad de Cipolletti, que sedesigna como Lote Veinte, de la Manzana A, que poseeuna superficie de 480 m². Designación Catastral 03-1-H-631-06, inscripto en la Matrícula 03-9132, cuyasmedidas, linderos y datos registrales surgen del informede dominio, expedido por el Registro de la Propiedad yescrituras hipotecarias agregados en autos. Conformemandamiento de constatación agregado al expedientese trata de un inmueble ubicado en la intersección delas calles Alem y Libertad, de Cipolletti, que posee variasedificaciones, a saber: 1) Al frente por calle Alem (Nº987) una vivienda con tres habitaciones, cocina,comedor y baño, ocupada por la Sra. María TeresaCurihuala, con su hijo menor Darío Nicolás.- 2) Al frentepor calle Libertad al 480, aproximadamente, en plantabaja, hay un salón comercial que es ocupado por el Sr.Luis González, quien explota una verdulería.- 3) Al frentepor calle Libertad al 484 aproximadamente, también enplanta baja, existe otro salón comercial que es ocupadopor el Sr. Rubén Morales, DNI. Nº 14.657.440, dondeexplota un taller de tapicería.- 4) Un departamento enplanta alta que se accede por una puerta y escalera,ubicada sobre calle Libertad Nº 486 (construido en laparte superior sobre los salones de la tapicería yverdulería), que es ocupado por el Sr. Eduardo SanMartín, su esposa Laura Castañeira y sus hijos Julio,Romina y Ángel San Martín y Francisco Castañeira.Todos los ocupantes de las edificaciones manifestaronque las mismas les fue prestada por el Sr. Sendón y queno poseen documento alguno para acreditar talcircunstancia.- Condiciones de Venta: Base $ 105.000.Seña: 10%.- Comisión martillero 3%, a cargo delcomprador.- Pagos en efectivo.- El saldo deberá serdepositado en la cuenta de autos dentro del plazo decinco días de notificado el comprador de la aprobaciónde la subasta, diligencia que se realizará en el domicilioprocesal que constituirá a tal fin, bajo apercibimientode lo dispuesto por los Arts. 580, 581, 584 y ccdtes. delCPCC.- Los impuestos nacionales y provinciales quese originen por la compra venta judicial, sean éstos porla transferencia del dominio, sellado del boleto, comoasí también los gastos de escrituración, serán a cargodel comprador.- Deudas del Inmueble: Se registran lassiguientes: DGR. R.N., Impuesto Inmobiliario: $ 5.247,85al 20/02/06; Municipalidad de Cipolletti: $ 14.538,67 al24/02/06 y ARSA por Servicios Sanitarios: $ 5.928,33 al8/02/06.- El comprador adquiere el bien libre degravámenes y deudas a la fecha de la entrega deposesión.- El inmueble se entregará al comprador librede ocupantes. Subasta sujeta a aprobación judicial.-Financiación: El BNA., ofrece el financiamiento de hasta

el 70% del precio, sin superar el 70% del valor de tasacióndel inmueble, de los dos, el que resulte menor, a unplazo de cinco años, interés a tasa activa de carterageneral vigente para este tipo de operaciones, congarantía hipotecaria a satisfacción del Banco, para locual los interesados deberán realizar las consultaspertinentes en la Sucursal Cipolletti, donde en caso dereunir los requisitos necesarios, se les extenderá laautorización correspondiente, que deberá seracreditada en el momento del acto del remate.- OfertasBajo Sobre: De conformidad a lo dispuesto por el Art.570 del CPCC y Art. 212 de la LCyQ, se autoriza larecepción de ofertas bajo sobre, las que deberán serpresentadas por Mesa de Entradas del Tribunal hasta48 horas antes del remate. Las ofertas se entregarán almartillero el día antes del remate, los que serán abiertosen dicho acto. Por esta modalidad se podrán formularconsultas al martillero actuante.- Subasta Sucesiva: Encaso de fracasar la venta por la base fijada, el martilleroprocederá a realizar una nueva subasta, transcurridamedia hora de la realización de la primera, con lareducción de la base en un 25%, o sea con la base de $79.750.- Exhibición: Desde el exterior, el día anterior alremate entre las 16 y las 18 horas.- Lugar y Fecha deRemate: Calle Roca Nº 57, de la ciudad de Cipolletti, eldía 17 de mayo de 2006 a partir de las 11 horas. CuitActor (BNA) 30-50001091, Cuit fallido 20-07296549-4.Cuit martillero 20-13010669-3.- Publíquese por cinco díasen el Boletín Oficial y diario Río Negro. Consultas almartillero Tel. 02941-425244.- Secretaría. Cipolletti, 11de abril del 2006.– Jorge A. Bennatti, Prosecretario.

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El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. Siete,con asiento en la calle Roca 599, de la ciudad deCipolletti (RN), correspondiente a la CuartaCircunscripción Judicial de Río Negro, Secretaría Única,a cargo de la Dra. Norma Balboa, ordena publicar porcinco días, en los autos caratulados: “Oficio Ley 22.172Olmatic S.A. s/Quiebra s/Incidente de Venta” (Expte.Nº 24.477-J.7-04), que Rosa A. Dell Orfano, martillera,Cuit Nº 27-10.595.310-6 (Rematriculación 2003 en Lº I,Fº 8, Nº 68, Año 1986), rematará el día 11 de mayo delaño 2006 a las 11 horas, en el domicilio de la firma fallida,sito en calles Avda. Catriel esquina Catamarca, de lalocalidad de Catriel (RN), los siguientes bienes, a sa-ber: Fracciones de terrenos que se ubican en la ciudadde Catriel, Dpto. General Roca, en la Provincia de RíoNegro, en la Sección XXV, Fracción letra “A”, LotePastoril Siete, Lotes B, C y E, de la Chacra 32, Plano136/67, inmuebles de carácter urbano, con todo loplantado, clavado, cercado, edificado y demás adheridoal suelo, y cuyas medidas, linderos y demáscircunstancias se encuentran agregadas en autos; yen el estado y condiciones en que se encuentran, yque se designan como Lotes Cinco (5) y Seis (6) de laManzana 27, (a) El Lote Cinco tiene una superficie de300 m², sobre calle Córdoba 576 de Catriel; designadoactualmente como Lote 7 de la Manzana 296,catastralmente se lo designa como 01-3-H-296-07;inscripto en R.P.I. al Tº 690, Fº 125 - Finca Nº 136.456.Ocupación: Terreno baldío, cerrado con paredónperimetral y portón de chapa, posee un tinglado dehierro con chapas de zinc de 7 x 3 aprox., con piso decemento, diseñado como cocheras, sobre uno de loslaterales del terreno y se encuentra ocupado por MiguelMontaña como intruso. Base: $ 18.750. Deudas: Mu-nicipalidad $ 8.091,73; DPA $ 349,43; Rentas $ 418,40;b) Lote Nro. Seis, ubicado sobre la calle Córdoba Nº580 de Catriel, superficie 300 m², se designacatastralmente como 01-3-H-296-06, inscripto en R.P.I.al Tº 690, Fº 125. Finca Nº 136.457, vivienda con techode tejas, parte de material y la otra mitad es prefabricadade tres dormitorios, piso de baldosas, dos baños,cocina y líving, con paredón perimetral, y linda con elanterior. Ocupación: Por parte de Miguel Montaña ysu grupo familiar, como intruso. Base: $ 26.250. Deudas:Municipalidad: $ 6.322,99; DPA: $ 1.859,49; Rentas $

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994,50; c) Lote Diez (10) de la antigua Mz. 23, superficie300 m², ubicado en calle Catamarca 567/573,corresponde designación catastral actualizada: 01-3-H-291-11; inscripto en R.P.I. al Tº 774, Fº 107, Finca Nº147.773. Base: $ 18.750; Deudas: Municipalidad $8.157,25; Alumbrado $ 498,81; Cloacas $ 924,35; DPA $296,14; Rentas $ 550,80; d) Lote 11: de la Manzana 23,superficie 300 m², ubicado en calle Catamarca 567/573,corresponde designación catastral actualizada como01-3-H-291-12, inscripto en R.P.I. al Tº 774, Fº 107, FincaNº 147.774. Ocupación, ambos son terrenos baldíos,desocupados.- Base: $ 18.750; Deudas: Municipalidad$ 8.157,25; Alumbrado $ 498,81; Cloacas $ 924,35; DPA$ 296,32; Rentas $ 550,80; e) Lote 12 de la Mz. 23,superficie 1.177,68 m², ubicado sobre Catamarca y Avda.Catriel, se designa catastralmente como 01-3-H-291-13.Inscripto en R.P.I. al Tº 690, Fº 124. Finca Nº 117.713; yf) Lote 13 de la Mz. 23, se designa catastralmente como01-3-H-291-14, inscripto en el R.P.I. al Tº 687, Fº 100,Finca Nº 117.898, superficie 601,79 m². Ubicado sobrecalle Avda. Catriel e Islas Malvinas respectivamente.Sobre estos dos últimos terrenos se encuentraconstruido en forma unificada y en esquina de calleAveda. Catriel y Catamarca, inmueble planta baja, salóncomercial con baño y dos oficinas y en planta alta dosdepartamentos, uno de ellos de tres dormitorios, y elsegundo de dos dormitorios, con piso de recortes demármol, ambos con placares, cocina, comedor y bañoinstalado, patio cubierto y terraza, techo de losa. Todoen muy buen estado, construcción de primera. Restode los terrenos, existen construidos dos galpones de 8x 10, tipo tinglados, con fosas cada uno de ellos; otrogalpón de 8 x 10 con puerta, ventana, oficinas y cerradocon amplio portón de chapa; otro galpón de 8 x 10,utilizable como vivienda p/personal, cocina, comedor,baño, dormitorios, oficinas y garitas de vigilancia ensu frente por calle Catamarca y en sus fondos por calleIslas Malvinas, todo cercado con paredón perimetral yamplios portones de chapa de tres cuerpos. Todo esteinmueble ocupado por Manuel Pérez Alonso, comocuidador; encontrándose habitados los departamentosdel primer piso por la hija del compareciente y su grupofamiliar, como intrusos.- Base: $ 187.500.- Deudas:Parcela 13: Municipalidad $ 7.566,02; Alumbrado $2.478,10; DPA $ 107,52; Rentas $ 12.382,10.- Parcela 14:Municipalidad $ 11.742,07; Alumbrado $ 517,26; DPA $107,47; Rentas $ 327,60, todas las deudas liquidadas al4/08/04.- Se deja constancia que las deudas queregistren los inmuebles en concepto de impuestos,tasas y contribuciones de fecha anterior a la quiebra,deberán ser reclamadas por la vía correspondiente. Encuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que elcomprador tome posesión del bien, deberá comparecersegún Art. 240 L.C.Q., en los autos caratulados:“Olmatic S.A. s/Quiebra s/Inc. de Venta” (Expte. Nº30.968), que se tramita por ante el Juzgado de PrimeraInstancia Nº 23, Secretaría 46 de Capital Federal.- Conrespecto a las posteriores a la toma de posesión, serána cargo del comprador.- Condiciones: El remate serealiza en el estado y condiciones en que se encuentranlos bienes, en efectivo, al contado y mejor postor, y sinfinanciación de pago. Además se hace saber que el Sr.Juez oficiante no acepta compra en “comisión”, no lacesión del boleto, debiendo el martillero suscribir éstecon quien realmente formule la oferta como comprador,haciéndole saber al adquirente que los gastos deescrituración en caso de designar escribano son porcuenta y orden del comprador.- Comisión: 3%, alcontado, en efectivo y a cargo del comprador. Seña:20%, debiendo abonarse el saldo dentro de los cincodías de aprobada la subasta, debiendo constituirdomicilio procesal en el radio del Tribunal, bajoapercibimiento del Art. 133 CPCC.- Venta sujeta aaprobación judicial.- Exhibición: Anterior a la subasta,en horario de 11 a 14 horas, previa consulta con elmartillero (Cel. 02941-15642549).- Todas las deudas porimpuestos, quedan sujetas a reajustes al momento delefectivo pago.- Las deudas por impuestos no están acargo del comprador, sí lo será a partir de la toma de

posesión; en cuanto al sellado del boleto y los gastosde escrituración, corren por cuenta del comprador.-Secretaría. Cipolletti, a los 24 días del mes de abril delaño 2006.- Jorge A. Benatti, Pro Secretario.

—oOo—La Dra. Marcela Pájaro, Jueza a cargo del Juzgado

de Familia Nº 7, de la IIIra. Circunscripción Judicial deRío Negro, con asiento en Juramento 190, 4º piso, de laciudad de San Carlos de Bariloche, comunica en losautos caratulados: “Cumillanca Julia s/Sucesión ab in-testato” (Expte. Nº 00496-02), la martillera Laura PérezLavayén, rematará el día 5 de mayo de 2006 a las 12,30en la calle Juan José Paso 141, Local 02, el inmuebledesignado catastralmente como 19-2-E-248-12, Tomo776, Folio 45, Finca 102.265, ubicado en la calle SáenzPeña 765.- Se trata de un terreno de 400 m², con laconstrucción de una cabaña de madera y material, condos habitaciones, cocina, baño y comedor, ocupadapor el Sr. Julio Cumillanca, su hermana María JuanaGalindo, con sus tres hijos, dos de ellos menores deedad.- En el frente del terreno un local comercial queconsiste en un salón con un baño para hombres y otropara mujeres, y pegado al mismo una vivienda con undormitorio, cocina, comedor y baño. Ambos seencuentran desocupados y en estado de abandono,según consta en el acta de constatación obrante a fs.221 vta.- Base: $ 33.200.- Se hace saber que el bien setransferirá libre de deudas fiscales anteriores a laposesión del adquirente.- El comprador deberá pagaren el acto el 8% del precio en concepto de seña, el 3%en concepto de comisión y los tributos quecorrespondan por la celebración del acto, tales como elimpuesto de sellos y constituir domicilio en el radio delJuzgado.- Subasta sujeta a aprobación judicial.-Informes al Tel. 426365.- San Carlos de Bariloche, 18 deabril del 2006.- Dra. Sra. María Marcela Pájaro, Jueza.-Javier Andrés Ospital, Secretario.

—oOo—El Sr. Juez Dr. Carlos Marcelo Cuellar, a cargo del

Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nro. Tres, de la TerceraCircunscripción Judicial de Río Negro, con asiento enJuramento 190, 4º piso, de San Carlos de Bariloche,comunica que en los autos caratulados: “Andes S.A. c/Santos Valpasos Paulo Roberto s/Ejecutivo” (Expte. Nº24924-04), que tramitan por ante la Secretaría Única a micargo, el martillero público Luis Alberto Rendo, Mat. Nº134, rematará el día 5 de mayo de 2006, a las 12,30 horas,en Moreno 126, Loc. 4, de esta ciudad: Un (1) inmueble,identificado catastralmente como 19-2D-312-01 - UF 234,ubicado en San Martín 127, con la siguiente distribución:baño, líving comedor y kitchenette, en buen estado deconservación, según surge del mandamiento deconstatación que obra en el expediente.- Estado deOcupación: Ocupado por las Sras. Yeny MonteroCasanovas; Ana Montero Casanovas; Nancy RosaMurillos; Marisol Veneras, en carácter de inquilinas,según surge del expediente a fs. 151.- Condiciones deVenta: Base $ 36.700, al contado y al mejor postor,quedando autorizado el martillero para percibir el 8% delprecio en concepto de seña y el 3% como comisión, acargo del comprador, quien deberá constituir domiciliodentro del radio del Juzgado.- Hágase saber que elinmueble se transferirá libre de deudas fiscales anterioresa la posesión del adquirente. Ello sin perjuicio de laaplicación del orden de privilegio que establecen lasleyes correspondientes.- El saldo que pudiera adeudarse,deberá ser perseguido por los organismos recaudadoresal ejecutado, excepto en los casos de propiedad hori-zontal. El sellado fiscal (1%) quedará a cargo delcomprador.- El inmueble registra una deuda nominal porexpensas de $ 10.437,35 al 31 de marzo del 2006, con lasalvedad que al momento del remate podría ser superior,en virtud de los vencimientos posteriores.- Subastasujeta a aprobación judicial.- El inmueble podrá revisarsecomunicándose previamente con el martillero al Tel.434646.- San Carlos de Bariloche, 20 de abril del 2006.-Fdo.: Dra. María Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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VCA PATAGONIA S.R.L.El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas, titular del Registro Público de Comercio, sitoen calle Onelli Nº 1450 de la Ciudad de San Carlos deBariloche, ordena la publicación del contratoconstitutivo de “VCA Patagonia S.R.L.” de acuerdo alartículo 10 del la Ley 19.550 un día en el Boletín OficialExpediente Nº 4825-IGPJR-06 carátula VCA Patagonias/Inscripción Contrato. Socios: Francisco JavierArgerich, nacido el 28 de febrero de 1966, de estadocivil casado, de nacionalidad argentina, de profesiónIngeniero Civil, D.N.I. N° 17.464.517 y María PilarLasmartres, nacida el 14 de marzo de 1970, de estadocivil casada, de nacionalidad argentina, de profesiónLicenciada en Administración Agraria, D.N.I. N°21.369.908, ambos con domicilio en Bajada de losMaitenes 18 de San Carlos de Bariloche, Provincia deRío Negro. Fecha Acto Constitutivo: 06 de abril de2006. Razón Social: VCA Patagonia Sociedad deResponsabilidad Limitada. Domicilio: Bajada de losMaitenes 18, San Carlos de Bariloche, Río Negro.Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto realizar porcuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros,dentro o fuera del país, las siguientes actividades: a)Construcciones: Mediante el estudio, diseño,proyecto, ejecución, dirección y/o administración detodo tipo de obras de arquitectura e ingeniería, civiles,hidráulicas, redes sanitarias, eléctricas, urbanizaciones,pavimentos y edificios, incluso destinados al régimende propiedad horizontal, construcción de silos,viviendas, talleres, plantas industriales, obras viales,públicas o privadas, refacción o demolición de las obrasenumeradas; construcción y/o demolición de edificiosde todo tipo, su arriendo o dación en leasing acorde ala legislación vigente y/o futura.- b) Comerciales: Todoel ciclo completo referido a la comercialización en elpaís y/o en el exterior de materias primas, bienes,productos, subproductos y servicios vinculados conel objeto social obtenidos en cualquiera de las etapasintermedias o finales de su elaboración. También laimportación, exportación, fraccionamiento, permuta,distribución, promoción, franquiciado y el desarrollo yfomento de las ventas de tales mercaderías,componentes, subproductos, procesos y servicios almercado mayorista o minorista, al contado o a plazos aesos fines podrá concurrir y presentarse en licitacionespublicas y privadas de alquier naturaleza. c)Mandataria: Ejercer la representación de toda clasede mandatos civiles y comerciales, comisiones,consignaciones, representaciones, concesiones,gestiones de negocios y administración de bienes,capitales y empresas en general. Para el cumplimientode sus fines, la Sociedad podrá realizar todos los actos,contratos y operaciones que directa o indirectamentese relacionen con su objeto social. A tal fin, tiene plenacapacidad jurídica para adquirir derechos, contraerobligaciones y ejercer todos los actos que no seanprohibidos por las leyes o este Estatuto. Capital So-cial: El capital social se fija en la suma Pesos Doce mil($ 12.000,00) dividido en ciento veinte (120) cuotassociales de Valor Nominal Pesos Cien ($ 100,00) cadauna, suscriptas en su totalidad por los socios en lassiguientes proporciones: El socio Francisco JavierArgerich, sesenta (60) cuotas sociales de Pesos Cien($ 100,00) cada una y la socia María Pilar Lasmartres,sesenta (60) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100,00)cada una, que resulta integrado en un veinticinco (25)por ciento en dinero en efectivo en este acto,

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comprometiéndose a integrar el saldo antes decumplidos dos años de la fecha del presente. Plazo deDuración: 99 años a partir de su inscripción en elRegistro Público de Comercio. Administración yRepresentación Legal: A cargo de Francisco JavierArgerich, D.N.I. 13.680.901, quien actuará y usará sufirma previo estampado de la denominación “VCAPatagonia S.R.L. Socio Gerente”. Fiscalización: Podrárealizarse por cualquiera de los socios o de quien éstosdesignen. Cierre de Ejercicio: 31 de Diciembre. Se hacesaber que las oposiciones deberán ser deducidas en elplazo de diez (10) días a partir de la publicación delEdicto. San Carlos de Bariloche, 06 de Abril de 2.006.–Dr. Javier Mesa, Inspector Regional - Bariloche.

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CÁLIDO SUR - S.R.L.El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas de la Provincia de Río Negro, DelegaciónBariloche, titular del Registro Público de Comercio dela III Circunscripción Judicial, ordena la publicaciónedictal, prevista por el Art. 10 de la Ley 19.550 y susmodificatorias, en el Boletín Oficial, por el término deun día. Procédase a la publicación condensada delcontrato social de la sociedad “Cálido Sur S.R.L. (Expte.Nº 4828-IGPJR-06) s/Inscripción”.- 1) Datos de losSocios: Sra. Patricia Tufiño, argentina, nacida el 27 dejulio de 1971, Documento Nacional de Identidad Nº22.118.117, casada, domiciliada en la calle Mitre 868, 1ºpiso, de esta ciudad, comerciante, y el Sr. PabloLitvinov, argentino, nacido el 20 de febrero de 1970,Documento Nacional de Identidad Nº 21.388.957,casado, domiciliado en la calle Mitre 868, 1º piso, deesta ciudad, empleado.- 2) Fecha de Constitución:Instrumento privado, de fecha 28 de marzo del 2006.- 3)Denominación de la Sociedad: “Cálido Sur S.R.L.”.- 4)Domicilio Legal: Mitre 860, de la ciudad de San Carlosde Bariloche, Provincia de Río Negro.- 5) Plazo deDuración: Noventa y nueve (99) años, a partir de lafecha de inscripción en el Registro Público deComercio.- 6) Objeto Social: La sociedad tendrá porobjeto realizar por cuenta propia, de terceros y/oasociada con terceros, en participación y/o encomisión, o de cualquier otra manera, en el país o en elextranjero, las siguientes actividades: A) Comercial:Compra, venta, importación, exportación, fabricación,representación, consignación y distribución deproductos y servicios de todo tipo y naturaleza. Podrácomercializar productos de elaboración propia o deterceros en locales de venta al público o depósitos oplantas fabriles. Podrá además, realizaremprendimientos comerciales de todo tipo, tales comoinstalación, explotación y aprovisionamiento decomercios en todos los rubros de venta minorista ymayorista. Podrá constituirse como empresafranquiciante y/o como franquiciada nacional ointernacionalmente, explotando franquicias comercialesde todo tipo, percibiendo o abonando derechos deingreso y de otorgamiento de franquicias, regalías,contribuciones, generando y administrando fondos depublicidad y de márketing. Podrá realizar la obra civil y/o el aprovisionamiento en forma directiva o a través deterceros de los materiales, servicios y/o insumos queresulten necesarios o convenientes. Realizar todo tipode actos enmarcados en el concepto de la “franquiciacomercial”, ser además licenciante o licenciataria, tenermarcas u otros derechos a su nombre, transferirlos,locarlos, cederlos y/o usufructuarlos.- B)Contrataciones: Recibir subsidios de institucionesnacionales o internacionales, públicas, mixtas oprivadas. Aceptar donaciones, comprar, vender,transferir y realizar toda clase de títulos, acciones ybienes muebles e inmuebles. Celebrar toda clase decontratos, acuerdos y convenios, en el país o en elextranjero, con Estados Nacionales, Provinciales y/oMunicipales, reparticiones autárquicas o autónomas.Operar con bancos oficiales y privados, como con cual-quier otra institución de carácter oficial, mixto o par-ticular, creado o a crearse. Administraciones de bienes,

capitales de empresas en general, nacionales oextranjeras, y realización de negocios por cuenta yorden de terceros.- C) Locación de Bienes Muebles:Servicios de alquiler de todo tipo de bienes muebles,incluso rodados, embarcaciones y aeronaves, conformea los requisitos que establezca la respectiva autoridadadministrativa.- D) Importación y Exportación: De todaclase materias primas, mercaderías, servicios,maquinarias y equipamientos, vehículos terrestres,embarcaciones, aeronaves, equipos y programas decomputación y toda clase productos elaborados osemielaborados.- E) Actividades Financieras: Mediantepréstamos, con o sin garantía, a corto o largo plazo.Aportes y/o inversiones de capital a personas deexistencia física o ideal, constituidas o a constituirse,nacionales o extranjeras, para financiar operacionesrealizadas o a realizarse, así como la compra venta deinmuebles, acciones, debentures, bonos y toda clasede títulos o valores mobiliarios y papeles de crédito, decualquiera de los sistemas o modalidades creadas o acrearse. Exceptuándose las operaciones comprendidasen la Ley de Entidades Financieras y cualesquiera otrasen las que se requieren el concurso público.- Asimismola sociedad tiene plena capacidad jurídica paraconstituir o ceder derechos reales sobre inmuebles,dar en arrendamiento o alquiler inmuebles que estén asu cargo y realizar cualquier contrato que tenga porobjeto transferir o adquirir el dominio de bienes raícespor título oneroso o gratuito. La sociedad podrá instalaragencias, sucursales, establecimientos o cualquier otraclase de representación, dentro y fuera del país.Participar en concursos de precios y licitacionespúblicas o privadas, nacionales o internacionales. Atales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídicapara realizar todos los actos, contratos y operacionesque se vinculen directa o indirectamente alcumplimiento de su objeto social.- 7) Capital Social: Elcapital social se fija en la suma de pesos sesenta mil ($60.000), dividido en seis mil (6.000) cuotas igueles depesos diez ($ 10) valor nominal cada una. La Sra. PatriciaTufiño suscribe tres mil (3.000) cuotas por un importede pesos treinta mil ($ 30.000), y el Sr. Pablo Letvinovsuscribe tres mil (3.000) cuotas por un importe de pe-sos treinta mil ($ 30.000).- 8) La administración,representación legal y uso de la firma social estará acargo de uno o más gerentes, socios o no. Los gerentesdurarán en sus cargos hasta que la asamblea de sociosles revoque el mandato.- En tal carácter tiene todas lasfacultades para realizar todos los actos y contratostendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad,inclusive los previstos en los Arts. 1881 del CódigoCivil, y el 9º del Decreto Ley 5965/63. No podrán losgerentes participar por cuenta propia o ajena, en actosque importen competir con la sociedad, salvoautorización expresa y unánime de los socios. Lossocios tendrán derecho a efectuar retiros a cuenta, losque serán cargados en sus cuentas particulares. Lesqueda vedado a los gerentes comprometer a la sociedaden negocios ajenos a la misma, no pudiendo tampocootorgar fianzas o garantías a terceros.- 9) Cierre delEjercicio: El ejercicio social cierra el treinta y uno demarzo de cada año.- Se hace saber que las oposicionesdeberán ser deducidas en el plazo de los diez (10) días,a partir de la publicación del edicto.- San Carlos deBariloche, a los 21 días del mes de abril del 2006.- Dr.Javier Mesa, Inspector Regional de Personas Jurídicas- S. C. de Bariloche.

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SOANA - S.R.L.La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, de la 2da. Circunscripción Judicial, sito en lacalle Mitre 1990, de la ciudad de General Roca, hacesaber por el término de un día, que a los cuatro días delmes de abril del año dos mil seis, se resolvió constituiruna sociedad de responsabilidad limitada.- Socios:Miriam Marisa Sarsa, argentina, empresaria, DNI. Nº20.306.805, casada, domiciliada en la calle Chula Vista

316 de la ciudad de General Roca; Patricia ElisabetSarsa, argentina, empresaria, DNI. Nº 24.941.061, soltera,domiciliada en la calle San Martín 399 de la ciudad deGeneral Roca; y Lorena Beatriz Sarsa, argentina,empresaria, DNI. Nº 24.941.060, soltera, domiciliada enla calle Tucumán 325, Dpto. 1 de la ciudad de GeneralRoca.- Duración: 99 años, contados desde la fecha desu inscripción inicial en el Registro Público deComercio.- Denominación y Domicilio: La sociedad sedenomina “Soana S.R.L.”, tiene su domicilio legal en lacalle Tucumán 325 de la ciudad de General Roca.-Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuentapropia, o de terceros, o asociada a terceros, la actividadde transporte de mercaderías, combustibles, cargasgenerales y especiales por vía terrestre, en forma directao como contratista de cargas, estibajes, descargas endepósitos terrestres, en el país o en el extranjero,utilizando medios propios o de terceros, cumpliendocon las respectivas reglamentaciones, nacionales,provinciales, interprovinciales o internacionales, sudistribución, almacenamiento, depósito y embalaje. Atales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídicapara adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercertodos los actos que no sean prohibidos por las leyes oeste contrato.- Capital: El capital social es de $ 30.000,dividido en 300 cuotas de $ 100 valor nominal cadauna, totalmente suscripto por cada uno de los socios,de acuerdo con el siguiente detalle: Miriam Marisa Sarsasuscribe 100 cuotas por un monto de $ 10.000; PatriciaElisabet Sarsa suscribe 100 cuotas por un monto de $10.000; y Lorena Beatriz Sarsa suscribe 100 cuotas porun monto de $ 10.000.- Las cuotas se integran en un25% en dinero efectivo.- Los socios se obligan a integrarel saldo restante dentro del plazo de dos años, a partirde la fecha de inscripción de la sociedad.- La reuniónde socios dispondrá el momento en que se completarála integración.- Dirección y Administración: Laadministración, representación legal y uso de la firmasocial estarán a cargo de uno o más gerentes en formaindividual e indistinta, socios o no, por el término detres ejercicios, siendo reelegibles. En tal carácter tienentodas las facultades para realizar los actos y contratostendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad,inclusive los previstos en los artículos 1881 del CódigoCivil. Los gerentes depositarán en la sociedad, enconcepto de garantía, la suma de $ 1.000 cada uno. Hasido designada Gerente, la socia Miriam Marisa Sarsa.-Ejercicio Económico: Cierra el 31 de diciembre de cadaaño.- Se hace saber que las oposiciones deberán serdeducidas por el plazo de diez (10) días de la publicacióndel edicto.- General Roca, 20 de abril del 2006.- Dra.Jimena Gallisá, Inspectora Regional de PersonasJurídicas - Gral. Roca.

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HÉCTOR VOLPI - S.A.La Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora General

de Personas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en calle Saavedera Nº 249 de la ciudadde Viedma, ordena, de acuerdo con los términos delArt. 10 y modificatorias, de la Ley 19.550, la publicaciónpor el término, en el Boletín Oficial, por un (1) día, laconstitución de la sociedad denominada: “Héctor VolpiS.A.” - Constitución de Sociedad Anónima: Socios:Oscar Acosta, comerciante, nacido el 28/08/29, casado,L.E. Nº 7.385.000, domiciliado en calle Carlos PellegriniNº 245, Cuit 20-07385000-3 y Héctor Jorge Volpi,comerciante, nacido el 30/08/39, casado, domiciliadoen Avda. San Martín Nº 928, L.E. Nº 7.394.811, Cuit Nº20-07394811-9, todos de San Antonio Oeste.- Fechadel Instrumento de Constitución: Escritura Pública Nº73 de fecha 16/03/06, del Registro Notarial Nº 36, de RíoNegro, otorgada ante el escribano Néstor Cambarieri.Domicilio Real y Legal de la Sociedad: Avda. San Martíny Carlos Pellegrini, de San Antonio Oeste, Provinciade Río Negro.- Objeto Social: Realizar por cuenta propiao de terceros, y/o asociada a terceros, en cualquierparte de la República o del extranjero, la compra y ventade repuestos, herramientas, accesorios, partes e instru-

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22Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

mental de automotores y maquinarias industriales eimplementos agrícolas.- Podrá también dedicarse a lacompra, venta y canje de automotores y maquinariasnacionales o extranjeras, aceptando o no concesionesy/o representaciones.- Capital Social: Pesoscuatrocientos cincuenta mil, representados por cuatromil quinientas acciones de pesos cien cada una.-Suscripción e Integración de Acciones: Oscar Acosta,tres mil ciento cincuenta acciones; Héctor Jorge Volpi,un mil trescientas cincuenta acciones, todas ordinarias,nominativas, no endosables, Clase “A”, con derecho acinco votos, integrando la totalidad con aportes enespecies, en el acto.- Órgano de Administración: Acargo de un Directorio, compuesto por el número quefije la Asamblea Ordinaria, entre un mínimo de uno yun máximo de tres miembros, con mandato por tresejercicios. Presidente: Dn. Héctor Jorge Volpi; Directorsuplente: Dn. Jorge Pablo Volpi. Duración en el cargo:Tres ejercicios.- Fiscalización: Se preveen los siguientessupuestos: a) Si la sociedad no estuviera comprendidaen ninguno de los supuestos a que se refiere el Art.299 de la Ley 19.550, se prescindirá de toda fiscalizaciónprivada por Sindicatura, en los términos del Art. 284 dela citada ley; b) En el caso de que por un aumento decapital se supere el monto establecido en el Inc. 2) delArt. 299 de la ley citada, se designará un Síndico titulary un Síndico suplente por el término de un año. c) Si lasociedad quedara comprendida en las prescripcionesdel citado Art. 299, con excepción en su inciso segundo,la fiscalización estará a cargo de una Sindicaturacolegiada e integrada por tres Síndicos titulares conigual o menor número de suplentes.- RepresentaciónLegal: Corresponde al Presidente del Directorio o alVice Presidente, en caso de ausencia o impedimento deaquél.- Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre decada año.- Se hace saber que las oposiciones deberánser deducidas en el plazo de diez (10) días hábiles, apartir de la publicación del edicto.- Viedma, 24 de abrildel 2006.- Dra. María Angélica Fulvi, Inspectora Ge-neral de Personas Jurídicas.

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TRANSFERENCIA FONDODE COMERCIO

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COPYSTOREEl Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas, titular del Registro Público de Comercio, sito encalle Onelli Nº 1450 de la ciudad de San Carlos de Bariloche,ordena, de acuerdo con los términos del Art. 2º yconcordantes de la Ley 11.867, en el Expte. Nº 4808 IGPJR“Copystore s/Transferencia de Fondo de Comercio” lapublicación en el Boletín Oficial y en el diario ElCordillerano, por cinco (5) días, de lo siguiente: Secomunica por el término de cinco (5) días que Paula Caselli,DNI. Nº 16.844.891 vende a María Cecilia Ardenghi, DNI.

Nº 25.720.644 el Fondo de Comercio de Servicios deFotocopias, etc., denominado “Copystore”, domiciliadoen Beschtedt 116 de San Carlos de Bariloche. Reclamosde ley por el plazo de diez (10) días, a partir de la publicaciónen el mismo domicilio y/o en escribanía Marconi, sita en V.A. O'Connor 267, 2º “7” de esta ciudad.-

Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de PersonasJurídicas - S. C. de Bariloche.

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CONVOCATORIAS–—

ASOCIACION TAEKWONDO PATAGONIAAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, Abril del 2.006.

La Asociación Taekwondo Patagonia, informa atodos sus asociados que el día 06 de Mayo de 2006 a las13,30 horas, se realizará la Asamblea General OrdinariaFuera de Término, en la que se considerarán los períodos:1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005 de la entidad.

En la misma se desarrollará el siguiente:ORDEN DEL DIA

1º.- Razones de la Convocatoria Fuera de Término.2º.- Elección de dos (2) socios para firmar.3º.- Análisis de la actividad Económica de la

Asociación Taekwondo Patagonia en los períodos: 1999,2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

4º.- Análisis de la actividad institucional de laAsociación Taekwondo Patagonia en los períodos: 1999,2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

5º.- Renovación total de autoridades de la ComisiónDirectiva y la Comisión Revisora de Cuentas.

La Asamblea se llevará a cabo en las instalacionesdel Gimnasio CAF, sito en Av. Jardín Botánico Nº 1620de nuestra ciudad.

Prof. Fernando Mezci, Presidente.—oOo—

ASOCIACIÓN CIVIL ALASPARA LA COMUNICACIÓN POPULAR

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

El Bolsón, abril del 2006.En cumplimiento a las disposiciones estatutarias,

se convoca a las/os Socias/os de la Asociación CivilAlas para la Comunicación Popular, a la Asamblea Ge-neral Ordinaria, fuera de término, a realizarse el día 10de mayo del 2006 a las 18 horas, en la sede social sitaen calle Padre Gutiérrez y 25 de Mayo, de El Bolsón,para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Motivos del llamado fuera de término.2º - Designación de dos socios para refrendar,

conjuntamente con el Presidente y Secretario, el Actade la Asamblea.

3º - Consideración de la Memoria, Inventario, Ba-lance General, Cuenta de Gastos y Recursos, Cuadros,Anexos e Informe del Auditor y de la Comisión Revisorade Cuentas, correspondiente al Ejercicio Anual vencidoel 31/12/2005.

4º - Renovación total de miembros titulares ysuplentes, de la Comisión Directiva por el término dedos años.

5º - Elección de los dos miembros titulares y dossuplentes, para integrar la Comisión Revisora deCuentas.

Daniel Otal, Presidente.- Valeria Belozercovsky,Secretaria.

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FE DE ERRATA–—

Por un error involuntario se omitió la publicacióndel remate “Lapa S.A. s/Quiebra c/Incidente Venta deBienes s/Exhorto” (Expte. Nº 24697-2004), el cual deberíahaber sido publicado los días 20 y 24 de abril del 2006,por tal motivo el mismo saldrá en la edición del día 27de abril del 2.006.

El Doctor Marcelo Cuellar, Juez a cargo del Juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº 3 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provin-cia de Río Negro, con asiento en la ciudad de San Carlosde Bariloche, Secretaría a mi cargo, hace saber que enlos autos caratulados “LAPA S.A s/Quiebra c/Incidente Venta Bienes s/Exhorto” Expediente Nº 24697-2004, la Martillera Laura Pérez Lavayén, rematará el día28 de Abril de 2006, a las 12:00 en la calle Juan JoséPaso 141 - local 02, los siguientes bienes en el estadoen que se encuentran: 2 escritorios $ 80 c/u, 1 silla azul$ 33,35, 1 sillón giratorio $ 66,70, 1 monitor HP 15' nsxr911483385 $ 100, 1 monitor HP 15' ns xr91270039 $100, 1 monitor 14' ns xr84128441 $ 86,70, 1 impresoraOkitadata ns 805B2018994 $534, 1 silla giratoria $ 54, 1mesa de apoyo $ 47, 1 silla de ruedas $ 134, 1 CPU BrioNS BR93450334 $ 200, 3 escaleras B-737 $ 367 c/u, 2escaleras B-737 sin ruedas $ 234, 1 carro sin techo s/lona chico $ 167, 1 carro sin techo s/lona grande $ 267,1 cinta transportadora MJ CTI, sin batería $ 1.334, 1melex MJT 01 BCR sin batería $ 1.867, 1 tractor MJT 01BRC sin batería $2000.

Condiciones de venta: Cancelación total del precioy el 10% de éste en concepto de comisión.

El comprador deberá hacerse cargo del sellado deley que corresponda, IVA y constituir domicilio en elradio del Juzgado.

Subasta sujeta a aprobación Judicial. Los bienespodrán ser revisados 1 día antes del acto en elAeropuerto viejo de San Carlos de Bariloche, de 10:00a 16:00. Informes: 426365. San Carlos de Bariloche, 9-de Abril de 2006.– M. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

A V I S O

EJEMPLAR DEL DIA …………………………… $ 1,50

EJEMPLAR ATRASADO HASTA 1 AÑO ……… $ 2,50

EJEMPLAR ATRASADO DE 1 a 3 AÑOS ……… $ 3,50

EJEMPLAR ATRASADO MAS DE 3 AÑOS …… $ 4,50

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23Viedma, 27 de Abril del 2006 BOLETIN OFICIAL N° 4406

SE COMUNICA QUE SE ENCUENTRAN A LA VENTA,LAS SIGUIENTES EDICIONES:

A V I S O

Ley 847................................................................................................ $30,00

Ley 3186 - De Administración Financiera y Control Interno

del Sector Público Provincial (Actualizada 2004) ............................ $35,00

Código de Leyes Fiscales de la Provincia de Río Negro ...................... $4,00

Código Electoral de Partidos Políticos ................................................. $5,00

Constitución de la Nación Argentina ................................................... $3,00

Digesto Tomo I .................................................................................... $15,00

Digesto Tomo III.................................................................................. $15,00

Digesto Año 1986................................................................................. $15,00

Digesto Año 1987................................................................................. $15,00

Digesto Año 1988................................................................................. $15,00

Digesto Año 1989................................................................................. $15,00

Digesto Año 1990................................................................................. $15,00

Digesto Año 1991................................................................................. $15,00

Digesto Año 1992................................................................................. $15,00

Digesto Año 1993................................................................................. $15,00

Digesto Año 1994................................................................................. $15,00

Digesto Año 1995................................................................................. $15,00

Digesto Año 1996................................................................................. $15,00

Digesto Año 1997................................................................................. $15,00

Digesto Año 1998................................................................................. $15,00

Digesto Año 1999................................................................................. $15,00

Digesto Año 2000................................................................................. $15,00

Digesto Año 2001................................................................................. $15,00

Digesto Año 2002................................................................................. $15,00

Procedimiento Administrativo ............................................................. $3,00

Escudo Pcia. Río Negro (grande)......................................................... $8,00

Escudo Pcia. Río Negro (chico) ........................................................... $4,00

Constitución Pcial. (chica) ................................................................... $2,00

Constitución Pcial. (grande) ................................................................ $4,00

Régimen Previsional Ley 2092............................................................. $3,00

Colección Encuadernada del Boletín Oficial/2000 ............................... $200,00

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24Viedma, 27 de Abril del 2006BOLETIN OFICIAL N° 4406

Impreso en los Talleres Gráficos

del Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

Impreso en Patagonia Gráfica S.A.

Viedma Provincia de Río Negro

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.

DECRETOS

277.- 04-04-05.- Estableciendo a partir del

01-05-05, el adicional “Bloqueo de

Títulos” para los agentes de los

Agrupamientos A y B de la Ley 1904,

con carga horaria .................................1

317.- 10-04-06.- Ratificando el Convenio

celebrado entre el Mtrio. de la Familia y

el Sr. Jorge Carlos Ferreira ....................1-2

320.- 10-04-06.- Destacando en Comisión

Oficial de Servicios a la Sra. Contadora

María A. Benítez ..................................2

321.- 10-04-04.- Aprobando el Reglamento

de la Ley 3932......................................2a4

RESOLUCIONES......................................4a9

FALLOS ...................................................9a13

LICITACIONES........................................13-14

CONTRATACIONES DIRECTAS............ 14

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Mitre 1090 - Tel/Fax: 02941 -431230. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450Tel/Fax: 02944 - 428112.

EDICTO DE MINERIA ............................14

EDICTOS I.P.P.V. ......................................14

NOMINA PREADJUDICATARIOS

VIVIENDAS .............................................15

SECCION JUDICIAL

EDICTOS.................................................15a18

REMATES ...............................................18a20

SECCION COMERCIO, INDUSTRIA

Y ENTIDADES CIVILES

ESTATUTOS SOCIALES,

CONTRATOS, ETC.................................20a22

TRANSFERENCIA FONDO

DE COMERCIO........................................22

CONVOCATORIAS.................................22

FE DE ERRATAS.....................................22

AVISOS BOLETIN OFICIAL ................... 22a24

A V I S O

Se encuentra a la venta en esta Dirección de Boletín Oficial, y en las Delegaciones

de General Roca y San Carlos de Bariloche, la nueva

Ley de Administración Financieray Control del Sector Público Provincial

Encuadernada - Tapa Color - Precio del Ejemplar: $ 35