14
Noticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2, Agosto de 2009 En esta edición: p.02 p.03 p.04 p.06 p.07 p.08 p.09 p.10 p.11 Conservación Nació la primera cría de oso hormiguero en la Reserva Natural Iberá Se restaura una nueva población de venados de las pampas en la Reserva del Iberá Los bosques del Iberá Yatay Poñí Investigación Primer inventario sobre la diversidad de las mariposas de la Reserva del Iberá Educación Ambiental y Capacitación El yurumí, en Iberá, va tomando forma Curso para líderes latinoamericanos en conservación de especies amenazadas Generales Nuevas seccionales de guardaparques en la Reserva del Iberá Iberá estará presente en la Feria de las aves de Rutland Water, Inglaterra El caso de la construcción de caminos en la Reserva Provincial Iberá p.12

Noticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes ... · las mariposas de la Reserva del Iberá Educación Ambiental y Capacitación El yurumí, en Iberá, va tomando forma Curso

  • Upload
    others

  • View
    2

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

ellos se cuentan los bene�cios económicos y sociales, derivados de sus recursos o productos como el agua, caza, pesca y forraje. Al mismo tiempo, brinda servicios a la sociedad como la regulación climática a escala local y regional, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, el saneamiento de aguas por retención de sedimentos, nutrientes y tóxicos, la retención y captación de dióxido de carbono. Los Esteros del Iberá, en particular, brindan también oportunidades para la recreación y el turismo, este último con una relevancia creciente en los últimos años, y al mismo tiempo forma parte del paisaje y cultura de los correntinos.

Esta relevancia ha sido reconocida por el Estado Provincial de Corrientes al crear la Reserva Provincial del Iberá (Ley Provincial 3771), y por el Estado Nacional Argentino, con la creación del Parque Nacional Mburucuyá, de 17.660 has (Ley 25.447). Incluso a nivel internacional su valor ha sido reconocido por la Convención Ramsar (de la cual Argentina es signataria) como “Humedal de importancia internacional”.

2- La Reserva Provincial del Iberá requiere la implementación urgente de un Plan de Manejo y medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada.

No obstante, a pesar de la importancia del área y el marco jurídico que respalda su conservación, la Reserva Provincial del Iberá no cuenta aún con un plan de manejo y ordenamiento, una herramienta

En los últimos meses ha cobrado estado público, en algunos medios nacionales, una problemática vinculada a la construcción de un camino por parte de una empresa agropecuaria privada en la Reserva Provincial Iberá. La llegada de este tema a la instancia nacional ocurre a partir de la presentación de un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por parte de la empresa mencionada.

La situación actual requiere un nuevo análisis de la situación al llegar el caso a esta instancia donde, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculado a una actividad desarrollada dentro de un área protegida, generará un antecedente concreto en relación al manejo de las áreas protegidas en todo el territorio nacional.

Es por ello que, habiendo analizado la información más relevante disponible del caso, y luego de haber escuchado todas las opiniones surgidas del mismo, la Fundación Vida Silvestre Argentina hace pública su posición sobre la situación, basada siempre en el análisis de la mejor información cientí�ca disponible y en la recopilación de diferentes opiniones cali�cadas.

En función de este análisis, Vida Silvestre considera que:

1- Los Esteros del Iberá son un humedal de importancia global.

Los Esteros del Iberá constituyen el humedal subtropical más extenso e importante de nuestro país. Los humedales y su biodiversidad asociada brindan importantes bene�cios a la sociedad. Entre

Noticias de la Reserva Naturaldel Iberá, Corrientes, Argentina

Número 2, Agosto de 2009En esta edición:

p.02

p.03

p.04

p.06

p.07

p.08

p.09

p.10

p.11

Conservación

Nació la primera cría de oso hormigueroen la Reserva Natural Iberá

Se restaura una nueva poblaciónde venados de las pampas en laReserva del Iberá

Los bosques del Iberá

Yatay Poñí

Investigación

Primer inventario sobre la diversidad delas mariposas de la Reserva del Iberá

Educación Ambiental y Capacitación

El yurumí, en Iberá, va tomando forma

Curso para líderes latinoamericanos enconservación de especies amenazadas

Generales

Nuevas seccionales de guardaparquesen la Reserva del Iberá

Iberá estará presente en la Feria de lasaves de Rutland Water, Inglaterra

El caso de la construcción de caminosen la Reserva Provincial Iberá p.12

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

Conservación

La primera hembra de oso hormiguero liberada en Iberá, Ivoty Porá (o Flor Linda en guaraní), tuvo una cría que se convirtió en el primer ejemplar nacido en Iberá tras décadas de ausencia de esta especie en Corrientes.

La hembra que dio a luz fue liberada en octubre de 2007 junto con Preto, el padre de la cría. A pesar de que ambos ejemplares crecieron en cautiverio, el comportamiento que registraron en los dos años que llevan en libertad, demuestra que se han adecuado perfectamente a su nueva vida en su ambiente natural. La cría que Ivoty lleva en su espalda es la prueba �nal de una excelente adaptación.

Dado que Ivoty se desprendió de su radiocollar tiempo antes de dar a luz, la noticia fue revelada el pasado 11 de junio por fotografías tomadas por cámaras con sensores de temperatura y movimiento, colocadas junto a cebaderos (comederos arti�ciales) en áreas frecuentadas por la osa. Las imágenes mostraban que Ivoty cargaba a una pequeña cría.

Actualmente se estima que la cría cuenta con tres meses de edad y en las fotos y películas tomadas por las “cámaras-trampa” se ve como empieza a bajar de la madre para explorar por su cuenta.

Ésta no es sólo la primera cría de oso hormiguero que nace en Corrientes en décadas, sino también la primera en el mundo que nace dentro de un programa de reintroducción a su ambiente natural.

Enlaces a las primeras películas de la cría con su madre obtenidas mediante cámaras-trampa: www.theconservationlandtrust.org/osohormiguero/videos.htmPara mayor información sobre el Proyecto de Reintroducción del Oso Hormiguero Gigante:www.theconservationlandtrust.org/osohormiguero

Nació la primera cría de oso hormigueroen la Reserva Natural Iberá

02

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

venados desde la reserva manejada por FFA, Guasutí Ñu (“casa del venado” en guaraní), ubicada en el interior del área de distribución actual de la especie en Corrientes, hacia la reserva San Alonso, un área de conservación estricta de 10.000 hectáreas propiedad de CLT, situada en la Reserva Provincial del Iberá. De este modo, no sólo se estaría creando una quinta población de venados para el país, sino que se estaría estableciendo la mayor reserva de conservación dedicada a la especie, la cual triplicaría en super�cie al actual Parque Nacional Campos del Tuyú.

En la actualidad ya hay seis ejemplares de venado (cuatro hembras y dos machos) viviendo libremente en la reserva San Alonso. La meta de estas dos fundaciones, quienes cuentan con la autorización de la Dirección de Recursos Naturales de Corrientes y el respaldo del Plan Nacional de Conservación del Venado de las Pampas, es llegar a liberar 20 ejemplares de la especie en esta nueva población. En palabras de Ignacio Jiménez, coordinador del programa de especies amenazadas de CLT: “Internacionalmente, son varios los casos de poblaciones de grandes herbívoros que se han restablecido exitosamente a partir de unas pocas decenas de individuos. Por ejemplo, los bisontes americanos, cuya población actual ronda el medio millón de ejemplares, provienen de menos de 20 ejemplares que sobrevivieron a las grandes matanzas acontecidas durante el siglo XIX”.

Esta iniciativa, unida a la reintroducción del oso hormiguero gigante que también está siendo liderada por CLT junto con la Dirección de Recursos Naturales de Corrientes y autoridades provinciales, nacionales y privadas, sitúa a Corrientes en la vanguardia de la recuperación de fauna amenazada en la Argentina y Sudamérica.

Durante los meses de junio y julio el personal de las fundaciones �e Conservation Land Trust (CLT) y Flora y Fauna Argentina (FFA) ha realizado un operativo de captura y traslado de venados de las pampas con el �n de restablecer una nueva población de la especie. El venado de las pampas es una de las especies de fauna silvestre más amenazada de la Argentina, donde antes había millones de venados en las pampas y pastizales del país, ahora sólo quedan unos 2000 ejemplares separados en cuatro poblaciones disjuntas que ocupan las provincias de Buenos Aires, Corrientes, San Luis y Santa Fe. Esto hace que la especie haya sido catalogada o�cialmente como en peligro de extinción y como Monumento Natural para Corrientes.

Para tratar de revertir esta situación, un grupo de veterinarios y biólogos de Corrientes y Brasil ha unido esfuerzos para crear la quinta población de venados del país. Para ello se han trasladado

Se restaura una nueva población de venados de las pampasen la Reserva del Iberá

Venado en corral de adaptación en reserva San Alonso

03

se pudieron diferenciar las isletas de bosques higró-�los de los palmares de caranday; mientras que los palmares de yatay poñí directamente no fueron incluidos. Muchos de estos palmares quedaron agrupados con los “bosques”, cuando en realidad deberían haberse discriminado, ya que en algunos de los criterios de la Ley de Bosques tienen valores especiales.

Por otra parte, existen errores en las categorías asignadas a los bosques del Iberá, ya que fueron clasi�cados como “bosques interiores” cuando en realidad deberían haberse categorizado como “bosques marginales o ribereños”.

Ante esta realidad, y por pedido de los técnicos de la Dirección de Recursos Forestales, CLT elaboró

un mapa de la cobertura de los bosques nativos del sector centro-noroeste de la cuenca del Iberá, sector del que posee datos de relevamientos de campo. El mapa se confeccionó por interpretación visual (no automática) de imágenes satelitales, con el apoyo de datos obtenidos mediante recorridos de campo. De esta manera se logró alcanzar un detalle mayor de la cobertura vegetal del Iberá y se pudieron identi�car con claridad los bosques higró�los, palmares de caranday y palmares de yatay poñí.

El mapa fue puesto a disposición de la Dirección de Recursos Forestales de la Provincia de Corrientes con el �n de que sea integrado a la cartografía uti-lizada en el ordenamiento territorial para mejorar los resultados en lo que al Iberá respecta.

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

04

Los bosques del IberáORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES

Ante una solicitud de colaboración de los técnicos de la Dirección de Recursos Forestales de la Provincia de Corrientes, Conservation Land Trust (CLT) elaboró un mapa de la cobertura de bosques nativos del sector centro-noroeste de la cuenca del Iberá.

El mapa de bosques nativos sobre el que la Provincia de Corrientes trazó su proyecto de ordenamiento territorial se de�nió mediante clasi�caciones automáticas de imágenes satelitales Landsat. Pero a la hora de delimitar los bosques

autóctonos existentes en la cuenca del Iberá, estas clasi�caciones automáticas tienen algunas limita-ciones relacionadas con la escala utilizada y las posibilidades de discriminar coberturas vegetales con características espectrales similares.

Dadas estas limitaciones, el resultado fue que para el Iberá el mapa utilizado en el ordenamiento territorial tiene poco detalle: muchos bosques nativos quedaron excluidos y, además, parte de la heterogeneidad interna de su vegetación no se pudo discriminar. Es decir que sin datos de campo no

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

se pudieron diferenciar las isletas de bosques higró-�los de los palmares de caranday; mientras que los palmares de yatay poñí directamente no fueron incluidos. Muchos de estos palmares quedaron agrupados con los “bosques”, cuando en realidad deberían haberse discriminado, ya que en algunos de los criterios de la Ley de Bosques tienen valores especiales.

Por otra parte, existen errores en las categorías asignadas a los bosques del Iberá, ya que fueron clasi�cados como “bosques interiores” cuando en realidad deberían haberse categorizado como “bosques marginales o ribereños”.

Ante esta realidad, y por pedido de los técnicos de la Dirección de Recursos Forestales, CLT elaboró

un mapa de la cobertura de los bosques nativos del sector centro-noroeste de la cuenca del Iberá, sector del que posee datos de relevamientos de campo. El mapa se confeccionó por interpretación visual (no automática) de imágenes satelitales, con el apoyo de datos obtenidos mediante recorridos de campo. De esta manera se logró alcanzar un detalle mayor de la cobertura vegetal del Iberá y se pudieron identi�car con claridad los bosques higró�los, palmares de caranday y palmares de yatay poñí.

El mapa fue puesto a disposición de la Dirección de Recursos Forestales de la Provincia de Corrientes con el �n de que sea integrado a la cartografía uti-lizada en el ordenamiento territorial para mejorar los resultados en lo que al Iberá respecta.

05

Ante una solicitud de colaboración de los técnicos de la Dirección de Recursos Forestales de la Provincia de Corrientes, Conservation Land Trust (CLT) elaboró un mapa de la cobertura de bosques nativos del sector centro-noroeste de la cuenca del Iberá.

El mapa de bosques nativos sobre el que la Provincia de Corrientes trazó su proyecto de ordenamiento territorial se de�nió mediante clasi�caciones automáticas de imágenes satelitales Landsat. Pero a la hora de delimitar los bosques

autóctonos existentes en la cuenca del Iberá, estas clasi�caciones automáticas tienen algunas limita-ciones relacionadas con la escala utilizada y las posibilidades de discriminar coberturas vegetales con características espectrales similares.

Dadas estas limitaciones, el resultado fue que para el Iberá el mapa utilizado en el ordenamiento territorial tiene poco detalle: muchos bosques nativos quedaron excluidos y, además, parte de la heterogeneidad interna de su vegetación no se pudo discriminar. Es decir que sin datos de campo no

Áreas ProtegidasEn la Argentina existen dos parques nacionales

que protegen a la otra palmera yatay, la alta. Estos son Mburucuyá y el Palmar de Colón; pero ninguno contiene a esta subespecie enana. La protección en manos privadas en la estancia San Alonso o San Juan Poriahú en Iberá (donde constituye una atrac-ción para el turismo) y en Apipé son insu�cientes debido a las pequeñas extensiones que ocupan.

El futuro de la yatay poñí está en nuestras manos. Aun estamos a tiempo de evitar su desaparición bajo la sombra de extensos y ordenados pinares.

tivos antes de que maduren las semillas y a que se abusa del fuego para aprovechar el rebrote tierno del espartillo, la ganadería en estos yataypoñizales parece ser la mejor alternativa para su conserva-ción, y de hecho es la actividad que ocupa este ecosistema desde hace más de dos siglos.

Una Bella Planta de JardínLa yatay poñí se adapta perfectamente a jardines

soleados y no encharcables, e incluso puede culti-varse en macetas. Se pueden sembrar sus semillas en suelo arenoso para multiplicarla.

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

pasto de ambientes semiaridos, muy frecuente en La Pampa, San Luis y Santiago del Estero.

El hecho de que su distribución original no era muy extensa (sur de Misiones y norte de Corrien-tes), el reemplazo del ambiente en el que habita por forestaciones, la pone en una situación muy crítica.

Por su pequeño tamaño, los lugares donde hay individuos de poca altura parecen campos llenos de cardos en vez de un verdadero palmar, y esto permite que se elimine con simples labores mecáni-cas sin que siquiera se note la pérdida.

En las restringidas áreas donde se las ve, es local-mente abundante, con lo que muchos pobladores ignoran el valor que tienen esos palmarcitos para la conservación.

Para verla, basta con prestar atención en los alre-dedores de la ciudad de Ituzaingó, pero vale la pena cruzar desde allí a Reserva Provincial Isla de Apipé Grande, donde se protege un palmar bellísimo.

La Legislación Puede ProtegerlaEn la provincia de Misiones, fue declarada Monu-

mento Natural Provincial, lo que le da marco legal a la protección de las poquísimas palmeras que quedaron luego del fuerte reemplazo que sufrieron por la forestación. Esta iniciativa misionera del año 2004 debiera ser emulada por los legisladores correntinos antes de que sea tarde. Recordemos que el Estado nacional subvenciona con el reintegro del 100% de las inversiones hechas en forestación, lo que podría signi�car que nuestros impuestos paguen la desaparición del paisaje del palmar de yatay, tanto de la grande como de la enana.

Las Vacas y el PalmarPese a que las vacas comen sus órganos reproduc-

Es Monumento Natural Provincial en Misiones desde el 2004, pero en Corrientes, retrocede frente al avance de la forestación. Sólo habita en estas dos provincias y restringida a los suelos más drenados del norte.

La poco conocida yatay poñí (Butia paraguayen-sis) retrocede frente a las modi�caciones del ambiente en el que vive.

Es una pequeña palmera muy parecida a la yatay, que se diferencia de ésta, fácilmente por su tamaño. La yatay poñí �orece y fructi�ca casi a nivel del suelo, y rara vez supera los 2 metros de altura.

Se la encuentra en suelos muy drenados que, de tan arenosos, generan condiciones de aridez pese a los más de 1500 mm de precipitaciones anuales. Comparte su hábitat con el espartillo, que es un

06

Yatay PoñíUNA PALMERA QUE PUEDE DESAPARECER DE CORRIENTES

por Fundación Reserva del Iberá (www.fundacionibera.com.ar)

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

Áreas ProtegidasEn la Argentina existen dos parques nacionales

que protegen a la otra palmera yatay, la alta. Estos son Mburucuyá y el Palmar de Colón; pero ninguno contiene a esta subespecie enana. La protección en manos privadas en la estancia San Alonso o San Juan Poriahú en Iberá (donde constituye una atrac-ción para el turismo) y en Apipé son insu�cientes debido a las pequeñas extensiones que ocupan.

El futuro de la yatay poñí está en nuestras manos. Aun estamos a tiempo de evitar su desaparición bajo la sombra de extensos y ordenados pinares.

tivos antes de que maduren las semillas y a que se abusa del fuego para aprovechar el rebrote tierno del espartillo, la ganadería en estos yataypoñizales parece ser la mejor alternativa para su conserva-ción, y de hecho es la actividad que ocupa este ecosistema desde hace más de dos siglos.

Una Bella Planta de JardínLa yatay poñí se adapta perfectamente a jardines

soleados y no encharcables, e incluso puede culti-varse en macetas. Se pueden sembrar sus semillas en suelo arenoso para multiplicarla.

07

Investigación

Por primera vez se investigó y comparó la composición, riqueza y diversidad de las mariposas (lepidópteros) en tres comunidades de la Reserva del Iberá: Estancia Rincón (Departamento Mercedes), Colonia Pellegrini (Departamento San Martín) y Paraje Galarza (Departamento Santo Tomé).

El estudio fue realizado por un equipo de investigadores de la Cátedra de Biología de los Artrópodos de la Facultad de Ciencias Exactas, Naturales y Agrimensura (FaCENA) de la UNNE, bajo la dirección de la Doctora en Biología María Esther Bar.

Los muestreos se llevaron a cabo en las cuatro estaciones del año y los ejemplares se capturaron con redes entomológicas de vuelo y de barrido, trampas de luz UV y se efectuaron registros mediante observación directa.

Durante la investigación se colectaron 1237 individuos y se inventariaron 49 especies, ocho

morfoespecies y 40 géneros.Los resultados revelaron que las familias con

mayor número de géneros fueron: Nymphalidae (17 géneros), Hesperiidae (8 géneros) y Pieridae (4 géneros). Los géneros más diversos fueron Urbanus y Eurema, con cuatro especies. En Estancia Rincón tres especies y una morfoespecie resultaron dominantes. En Colonia Pellegrini fueron abundantes Riodina lysippoides, Anthanassa frisia hermas, Heliconius erato phyllis y Phoebis sennae marcellina. En Galarza el componente mayoritario fue dado por Urbanus teleus, Junonia genoveva hilaris, Anartia jatrophae jatrophae y Danaus erippus. Las tres estaciones de muestreo presentaron ocho especies en común. La abundancia y riqueza de especies fueron superiores en Paraje Galarza y la diversidad en Colonia Pellegrini.

La investigación concluye expresando que en la Reserva Iberá el conocimiento de la riqueza de

Primer inventario sobre la diversidad de las mariposasde la Reserva del Iberá

pasto de ambientes semiaridos, muy frecuente en La Pampa, San Luis y Santiago del Estero.

El hecho de que su distribución original no era muy extensa (sur de Misiones y norte de Corrien-tes), el reemplazo del ambiente en el que habita por forestaciones, la pone en una situación muy crítica.

Por su pequeño tamaño, los lugares donde hay individuos de poca altura parecen campos llenos de cardos en vez de un verdadero palmar, y esto permite que se elimine con simples labores mecáni-cas sin que siquiera se note la pérdida.

En las restringidas áreas donde se las ve, es local-mente abundante, con lo que muchos pobladores ignoran el valor que tienen esos palmarcitos para la conservación.

Para verla, basta con prestar atención en los alre-dedores de la ciudad de Ituzaingó, pero vale la pena cruzar desde allí a Reserva Provincial Isla de Apipé Grande, donde se protege un palmar bellísimo.

La Legislación Puede ProtegerlaEn la provincia de Misiones, fue declarada Monu-

mento Natural Provincial, lo que le da marco legal a la protección de las poquísimas palmeras que quedaron luego del fuerte reemplazo que sufrieron por la forestación. Esta iniciativa misionera del año 2004 debiera ser emulada por los legisladores correntinos antes de que sea tarde. Recordemos que el Estado nacional subvenciona con el reintegro del 100% de las inversiones hechas en forestación, lo que podría signi�car que nuestros impuestos paguen la desaparición del paisaje del palmar de yatay, tanto de la grande como de la enana.

Las Vacas y el PalmarPese a que las vacas comen sus órganos reproduc-

Es Monumento Natural Provincial en Misiones desde el 2004, pero en Corrientes, retrocede frente al avance de la forestación. Sólo habita en estas dos provincias y restringida a los suelos más drenados del norte.

La poco conocida yatay poñí (Butia paraguayen-sis) retrocede frente a las modi�caciones del ambiente en el que vive.

Es una pequeña palmera muy parecida a la yatay, que se diferencia de ésta, fácilmente por su tamaño. La yatay poñí �orece y fructi�ca casi a nivel del suelo, y rara vez supera los 2 metros de altura.

Se la encuentra en suelos muy drenados que, de tan arenosos, generan condiciones de aridez pese a los más de 1500 mm de precipitaciones anuales. Comparte su hábitat con el espartillo, que es un

forma a osos con materiales de desecho, al tiempo que aprendieron acerca de sus características naturales, biología, el hábitat en el que viven y sus problemas de conservación. También tuvieron un tiempo para el desarrollo de actividades lúdicas y recreativas de temas ambientales, que contribuyeron a hacer el taller más placentero.

Al tiempo que los niños moldeaban al yurumí, no muy lejos, Ivoty Porá, la primer osa hormiguera liberada en Iberá, quedaba preñada. Los niños entonces quisieron moldear también una cría, que ubicaron en el dorso de su mamá. Grata fue la sorpresa para ellos cuando, �nalizando el taller, se enteraron que esta cría que soñaron se hizo real. Decidieron llamarla “Nacido en libertad”, nombre que con ayuda de Pibe Frete, oriundo de Pellegrini y conocedor de la lengua guaraní, se convirtió en Tekove sãso. Bienvenido Tekove!

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

Educación Ambiental y Capacitación

tir, fuera del ámbito escolar, momentos de trabajo grupal y cooperativismo, junto a Javier Goldschtein, quien tuvo a su cargo el taller. Trabajaron dando

Todo proyecto de conservación de la naturaleza apunta a la permanencia en el tiempo de los procesos y características naturales de un determinado sitio. La educación ambiental de la gente que convive en un sitio a conservar, es imprescindible para lograr que la relación hombre–naturaleza contribuya a la perpetuidad de estos procesos.

En Colonia Carlos Pellegrini, Conservation Land Trust (CLT) realizó un taller de Arte y Naturaleza con el objetivo de que los niños de esta localidad conozcan al oso hormiguero (yurumí, en guaraní) que se está reintroduciendo muy cerca de sus hogares, y comprendan el por qué de cuidarlo a él y a su ambiente natural.

El taller consistió en la realización de osos hormigueros tamaño natural en papel, que luego se donaron a la comunidad.

Durante 3 meses y medio, 45 niños de entre 6 y 16 años de edad y dos docentes de la escuela de Carlos Pellegrini, se encontraron cada semana para compar-

• Contribución al Conocimiento de los Lepidópteros de la Reserva Provincial Iberá, Corrientes. ArgentinaMaría E. BAR; Miryam P. DAMBORSKY; Elena B. OSCHEROV; Ezequiel NÚÑEZ BUSTOS y Gilberto AVALOSCapítulo de Miscelánea INSUGEO 17(2)TEMAS DE LA BIODIVERSIDAD DEL LITORAL FLUVIAL ARGENTINO IIIINSTITUTO SUPERIOR DE CORRELACIÓN GEOLÓGICA (INSUGEO)Coordinador-Editor: FLORENCIO G. ACEÑOLAZAhttp://dgisrv15.unt.edu.ar/fcsnat/insugeo/miscelanea_17-2/miscelanea_17-2.pdf

08

El yurumí, en Iberá, va tomando formaTALLER DE ARTE Y NATURALEZA

los lepidópteros –taxón de fácil visualización y de relativamente sencilla identi�cación– permite inferir la calidad del ambiente, por lo que los lepidópteros actúan como buenos indicadores ambientales. Además, agrega que por su especí�ca relación con

la �ora y su sensibilidad a los cambios ambientales, especialmente los producidos por el hombre, las mariposas resultan piezas fundamentales en los programas de conservación, monitoreo ambiental y educación.

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

estratégicos y organizativos. El curso sirvió para analizar tres procesos emblemáticos de recuperación de especies amenazadas: el del oso pardo en los Pirineos de Francia y España, el oso hormiguero en Iberá y el macá tobiano, una bella y amenazada ave que tiene su distribución mundial limitada a las lagunas de la provincia de Santa Cruz en la Patagonia argentina. Además de esto, en esta edición se realizó una mesa redonda sobre la gestión de con�ictos ambientales en la cual participaron Andrés Nápoli, experto en derecho ambiental de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Pablo Lumerman, experto en mediación y facilitación de con�ictos de la Fundación Cambio Democrático, Emiliano Escurra de la fundación Banco de Bosques y Douglas Tompkins de CLT, ambos con amplia experiencia en el campo del activismo ambiental.

Entre el 27 de junio y el 4 de julio tuvo lugar en la Reserva Rincón del Socorro la cuarta edición del curso “Principios y herramientas interdisciplinarios para la recuperación de fauna amenazada”. Este curso es la única iniciativa regular de capacitación de profesionales de toda América Latina en esta temática, la cual ha permitido la participación e intercambio de experiencias de líderes de programas de conservación de especies amenazadas procedentes de 11 países. El curso es coordinado por el biólogo y master en manejo y conservación de vida silvestre Ignacio Jiménez Pérez, el cual coordina también el programa de recuperación de especies amenazadas de CLT.A lo largo de una semana se presentó un método general destinado a gestionar procesos complejos de conservación de biodiversidad, tanto en sus aspectos cientí�cos, como comunicacionales, políticos,

forma a osos con materiales de desecho, al tiempo que aprendieron acerca de sus características naturales, biología, el hábitat en el que viven y sus problemas de conservación. También tuvieron un tiempo para el desarrollo de actividades lúdicas y recreativas de temas ambientales, que contribuyeron a hacer el taller más placentero.

Al tiempo que los niños moldeaban al yurumí, no muy lejos, Ivoty Porá, la primer osa hormiguera liberada en Iberá, quedaba preñada. Los niños entonces quisieron moldear también una cría, que ubicaron en el dorso de su mamá. Grata fue la sorpresa para ellos cuando, �nalizando el taller, se enteraron que esta cría que soñaron se hizo real. Decidieron llamarla “Nacido en libertad”, nombre que con ayuda de Pibe Frete, oriundo de Pellegrini y conocedor de la lengua guaraní, se convirtió en Tekove sãso. Bienvenido Tekove!

Curso para líderes latinoamericanos en conservaciónde especies amenazadas

09

tir, fuera del ámbito escolar, momentos de trabajo grupal y cooperativismo, junto a Javier Goldschtein, quien tuvo a su cargo el taller. Trabajaron dando

Todo proyecto de conservación de la naturaleza apunta a la permanencia en el tiempo de los procesos y características naturales de un determinado sitio. La educación ambiental de la gente que convive en un sitio a conservar, es imprescindible para lograr que la relación hombre–naturaleza contribuya a la perpetuidad de estos procesos.

En Colonia Carlos Pellegrini, Conservation Land Trust (CLT) realizó un taller de Arte y Naturaleza con el objetivo de que los niños de esta localidad conozcan al oso hormiguero (yurumí, en guaraní) que se está reintroduciendo muy cerca de sus hogares, y comprendan el por qué de cuidarlo a él y a su ambiente natural.

El taller consistió en la realización de osos hormigueros tamaño natural en papel, que luego se donaron a la comunidad.

Durante 3 meses y medio, 45 niños de entre 6 y 16 años de edad y dos docentes de la escuela de Carlos Pellegrini, se encontraron cada semana para compar-

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

conocidas como reservas privadas San Ignacio y San Nicolás.

Con esta nueva infraestructura, la Reserva Natural del Iberá contará con un total de 5 seccionales: seccional Iberá (Departamento Mercedes), seccional Galarza (Departamento Santo Tomé), seccional Yahaveré (Departamento Concepción), seccional San Ignacio (Departamento Ituzaingó) y seccional San Nicolás (Departamento San Miguel).

Las nuevas instalaciones posibilitarán que el cuerpo de guardaparques de la Reserva del Iberá amplíe su presencia permanente en los sectores estratégicos de la cuenca, asegurando la protección de la naturaleza del Iberá y sentando las bases para que en un futuro el uso público de la reserva y el auge ecoturístico de Colonia Carlos Pellegrini se extienda a otras regiones del humedal.

ellos se cuentan los bene�cios económicos y sociales, derivados de sus recursos o productos como el agua, caza, pesca y forraje. Al mismo tiempo, brinda servicios a la sociedad como la regulación climática a escala local y regional, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, el saneamiento de aguas por retención de sedimentos, nutrientes y tóxicos, la retención y captación de dióxido de carbono. Los Esteros del Iberá, en particular, brindan también oportunidades para la recreación y el turismo, este último con una relevancia creciente en los últimos años, y al mismo tiempo forma parte del paisaje y cultura de los correntinos.

Esta relevancia ha sido reconocida por el Estado Provincial de Corrientes al crear la Reserva Provincial del Iberá (Ley Provincial 3771), y por el Estado Nacional Argentino, con la creación del Parque Nacional Mburucuyá, de 17.660 has (Ley 25.447). Incluso a nivel internacional su valor ha sido reconocido por la Convención Ramsar (de la cual Argentina es signataria) como “Humedal de importancia internacional”.

2- La Reserva Provincial del Iberá requiere la implementación urgente de un Plan de Manejo y medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada.

No obstante, a pesar de la importancia del área y el marco jurídico que respalda su conservación, la Reserva Provincial del Iberá no cuenta aún con un plan de manejo y ordenamiento, una herramienta

En los últimos meses ha cobrado estado público, en algunos medios nacionales, una problemática vinculada a la construcción de un camino por parte de una empresa agropecuaria privada en la Reserva Provincial Iberá. La llegada de este tema a la instancia nacional ocurre a partir de la presentación de un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por parte de la empresa mencionada.

La situación actual requiere un nuevo análisis de la situación al llegar el caso a esta instancia donde, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculado a una actividad desarrollada dentro de un área protegida, generará un antecedente concreto en relación al manejo de las áreas protegidas en todo el territorio nacional.

Es por ello que, habiendo analizado la información más relevante disponible del caso, y luego de haber escuchado todas las opiniones surgidas del mismo, la Fundación Vida Silvestre Argentina hace pública su posición sobre la situación, basada siempre en el análisis de la mejor información cientí�ca disponible y en la recopilación de diferentes opiniones cali�cadas.

En función de este análisis, Vida Silvestre considera que:

1- Los Esteros del Iberá son un humedal de importancia global.

Los Esteros del Iberá constituyen el humedal subtropical más extenso e importante de nuestro país. Los humedales y su biodiversidad asociada brindan importantes bene�cios a la sociedad. Entre

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

10

Generales

A mediados de junio la Subdirección de Parques y Reservas de la Provincia de Corrientes comenzó la construcción de una nueva seccional de guardaparques en la Reserva Natural del Iberá.

La nueva infraestructura es levantada en tierras de dominio público ubicadas a la vera de la laguna Medina, en el sector conocido como Puerto Yahaveré, en las inmediaciones del paraje homónimo.

Está previsto que la futura seccional cuente con un guardaparque permanente y un baqueano, dedi-cados al control de una región del Iberá que hasta el

momento no posee vigilancia continua.Además, la provincia se encuentra equipando

otras 2 seccionales cuya infraestructura fue cedida por Conservation Land Trust (CLT) al Gobierno de la Provincia de Corrientes, en el marco de un contrato de comodato en el que CLT cede 2 cascos de estancias con la �nalidad de que sean utilizadas como seccionales de guardaparques estables que posibiliten el control y la vigilancia de lugares estra-tégicos de la Reserva del Iberá.

Los inmuebles cedidos se encuentran ubicados en propiedades que CLT posee dentro del Iberá,

Nuevas seccionales de guardaparques en la Reserva del Iberá

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

11

conocidas como reservas privadas San Ignacio y San Nicolás.

Con esta nueva infraestructura, la Reserva Natural del Iberá contará con un total de 5 seccionales: seccional Iberá (Departamento Mercedes), seccional Galarza (Departamento Santo Tomé), seccional Yahaveré (Departamento Concepción), seccional San Ignacio (Departamento Ituzaingó) y seccional San Nicolás (Departamento San Miguel).

Las nuevas instalaciones posibilitarán que el cuerpo de guardaparques de la Reserva del Iberá amplíe su presencia permanente en los sectores estratégicos de la cuenca, asegurando la protección de la naturaleza del Iberá y sentando las bases para que en un futuro el uso público de la reserva y el auge ecoturístico de Colonia Carlos Pellegrini se extienda a otras regiones del humedal.

importantes en Argentina para la observación de aves.Este evento posee signi�cativa importancia dentro

del plan de promoción anual de la Cámara de Turismo del Iberá, ya que reúne a pasajeros directos interesados en conocer nuevos destinos y agencias de viajes de diferentes partes del mundo.

La feria de las aves de Rutland Water de 2009 tendrá lugar el 21, 22 y 23 de agosto.

La feria de las aves de Rutland Water es el principal evento para observadores de aves del mundo. Abarca todo el espectro de la industria de observación de aves, incluyendo al ecoturismo; al mismo tiempo que a través de distintas acciones apoya la conservación global de las aves.

Por tercer año consecutivo, la Cámara de Turismo del Iberá estará presente en esta feria promocionando a la Reserva del Iberá como uno de los lugares más

Iberá estará presente en la Feria de las avesde Rutland Water, Inglaterra

Para mayor información sobre esta feria visite www.birdfair.org.uk

A mediados de junio la Subdirección de Parques y Reservas de la Provincia de Corrientes comenzó la construcción de una nueva seccional de guardaparques en la Reserva Natural del Iberá.

La nueva infraestructura es levantada en tierras de dominio público ubicadas a la vera de la laguna Medina, en el sector conocido como Puerto Yahaveré, en las inmediaciones del paraje homónimo.

Está previsto que la futura seccional cuente con un guardaparque permanente y un baqueano, dedi-cados al control de una región del Iberá que hasta el

momento no posee vigilancia continua.Además, la provincia se encuentra equipando

otras 2 seccionales cuya infraestructura fue cedida por Conservation Land Trust (CLT) al Gobierno de la Provincia de Corrientes, en el marco de un contrato de comodato en el que CLT cede 2 cascos de estancias con la �nalidad de que sean utilizadas como seccionales de guardaparques estables que posibiliten el control y la vigilancia de lugares estra-tégicos de la Reserva del Iberá.

Los inmuebles cedidos se encuentran ubicados en propiedades que CLT posee dentro del Iberá,

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

Amenazas

12

El caso de la construcción de caminos en laReserva Provincial Iberá

DOCUMENTO DE POSICIÓN DE FUNDACIÓN VIDA SILVESTRE ARGENTINA

por Fundación Vida Silvestre Argentina (FVSA) – Julio 2009

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

ellos se cuentan los bene�cios económicos y sociales, derivados de sus recursos o productos como el agua, caza, pesca y forraje. Al mismo tiempo, brinda servicios a la sociedad como la regulación climática a escala local y regional, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, el saneamiento de aguas por retención de sedimentos, nutrientes y tóxicos, la retención y captación de dióxido de carbono. Los Esteros del Iberá, en particular, brindan también oportunidades para la recreación y el turismo, este último con una relevancia creciente en los últimos años, y al mismo tiempo forma parte del paisaje y cultura de los correntinos.

Esta relevancia ha sido reconocida por el Estado Provincial de Corrientes al crear la Reserva Provincial del Iberá (Ley Provincial 3771), y por el Estado Nacional Argentino, con la creación del Parque Nacional Mburucuyá, de 17.660 has (Ley 25.447). Incluso a nivel internacional su valor ha sido reconocido por la Convención Ramsar (de la cual Argentina es signataria) como “Humedal de importancia internacional”.

2- La Reserva Provincial del Iberá requiere la implementación urgente de un Plan de Manejo y medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada.

No obstante, a pesar de la importancia del área y el marco jurídico que respalda su conservación, la Reserva Provincial del Iberá no cuenta aún con un plan de manejo y ordenamiento, una herramienta

En los últimos meses ha cobrado estado público, en algunos medios nacionales, una problemática vinculada a la construcción de un camino por parte de una empresa agropecuaria privada en la Reserva Provincial Iberá. La llegada de este tema a la instancia nacional ocurre a partir de la presentación de un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por parte de la empresa mencionada.

La situación actual requiere un nuevo análisis de la situación al llegar el caso a esta instancia donde, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculado a una actividad desarrollada dentro de un área protegida, generará un antecedente concreto en relación al manejo de las áreas protegidas en todo el territorio nacional.

Es por ello que, habiendo analizado la información más relevante disponible del caso, y luego de haber escuchado todas las opiniones surgidas del mismo, la Fundación Vida Silvestre Argentina hace pública su posición sobre la situación, basada siempre en el análisis de la mejor información cientí�ca disponible y en la recopilación de diferentes opiniones cali�cadas.

En función de este análisis, Vida Silvestre considera que:

1- Los Esteros del Iberá son un humedal de importancia global.

Los Esteros del Iberá constituyen el humedal subtropical más extenso e importante de nuestro país. Los humedales y su biodiversidad asociada brindan importantes bene�cios a la sociedad. Entre

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

13

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

ellos se cuentan los bene�cios económicos y sociales, derivados de sus recursos o productos como el agua, caza, pesca y forraje. Al mismo tiempo, brinda servicios a la sociedad como la regulación climática a escala local y regional, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, el saneamiento de aguas por retención de sedimentos, nutrientes y tóxicos, la retención y captación de dióxido de carbono. Los Esteros del Iberá, en particular, brindan también oportunidades para la recreación y el turismo, este último con una relevancia creciente en los últimos años, y al mismo tiempo forma parte del paisaje y cultura de los correntinos.

Esta relevancia ha sido reconocida por el Estado Provincial de Corrientes al crear la Reserva Provincial del Iberá (Ley Provincial 3771), y por el Estado Nacional Argentino, con la creación del Parque Nacional Mburucuyá, de 17.660 has (Ley 25.447). Incluso a nivel internacional su valor ha sido reconocido por la Convención Ramsar (de la cual Argentina es signataria) como “Humedal de importancia internacional”.

2- La Reserva Provincial del Iberá requiere la implementación urgente de un Plan de Manejo y medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada.

No obstante, a pesar de la importancia del área y el marco jurídico que respalda su conservación, la Reserva Provincial del Iberá no cuenta aún con un plan de manejo y ordenamiento, una herramienta

En los últimos meses ha cobrado estado público, en algunos medios nacionales, una problemática vinculada a la construcción de un camino por parte de una empresa agropecuaria privada en la Reserva Provincial Iberá. La llegada de este tema a la instancia nacional ocurre a partir de la presentación de un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por parte de la empresa mencionada.

La situación actual requiere un nuevo análisis de la situación al llegar el caso a esta instancia donde, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculado a una actividad desarrollada dentro de un área protegida, generará un antecedente concreto en relación al manejo de las áreas protegidas en todo el territorio nacional.

Es por ello que, habiendo analizado la información más relevante disponible del caso, y luego de haber escuchado todas las opiniones surgidas del mismo, la Fundación Vida Silvestre Argentina hace pública su posición sobre la situación, basada siempre en el análisis de la mejor información cientí�ca disponible y en la recopilación de diferentes opiniones cali�cadas.

En función de este análisis, Vida Silvestre considera que:

1- Los Esteros del Iberá son un humedal de importancia global.

Los Esteros del Iberá constituyen el humedal subtropical más extenso e importante de nuestro país. Los humedales y su biodiversidad asociada brindan importantes bene�cios a la sociedad. Entre

básica para que el sitio cumpla con sus objetivos. La gran extensión del área protegida (más de 1.000.000 de hectáreas), que incluye tanto tierras �scales como campos privados y pobladores con diferentes intereses y la falta de una de�nición política para avanzar con el ordenamiento del área, han hecho que aún hoy no cuente con una implementación efectiva.

En la reserva conviven muchos intereses y actividades humanas, que es necesario ordenar e intentar, a través de un proceso participativo, compatibilizarlos. No obstante esta falencia, la reserva cuenta con un marco jurídico establecido, en el que toman lugar los compromisos internacionales asumidos por el Gobierno Argentino (Convención de Diversidad Biológica, Convención Ramsar), leyes nacionales de presupuestos mínimos y de adhesión (Ley General del Ambiente, Ley de Bosques, Ley de Fauna Silvestre), y normativas provinciales que conforman el marco básico que regula todas las actividades básicas que pueden ocurrir en el área.

3- El camino construido en el Paraje Yahaveré genera alteraciones en un área protegida y su construcción no respetó los procedimientos administrativos ni jurídicos vigentes.

Los caminos constituyen elementos arti�ciales que afectan un área protegida de distintas maneras. En el caso particular de los humedales, un camino sobre un terraplén puede generar problemas en la dinámica del ambiente al impedir el natural escurrimiento del agua. Otros impactos potenciales de trazas de caminos que merecen consideración en áreas protegidas son:

(1) la fragmentación del hábitat con el consiguiente aislamiento de poblaciones de especies vegetales y animales y pérdida de conectividad genética.

(2) la facilitación del ingreso de especies exóticas, en especial de invertebrados y malezas que encuentran en los caminos y áreas modi�cadas por la acción del hombre, una vía de acceso.

(3) el aumento de los riesgos de mortalidad de fauna que utiliza el camino para desplazarse y pueden ser

embestidas por los vehículos.

Por ello, cualquier obra de infraestructura que se realice dentro de un área protegida debe ser analizada y considerada con sumo cuidado, en forma previa a la obra, en el marco de la normativa vigente. Según establece la misma, previa a la autorización formal para el inicio de la obra, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Declaración de Impacto Ambiental que dicte la Autoridad de Aplicación debe ser expuesta en una audiencia pública.

Por otra parte, su construcción y posterior operación debería ser monitoreada, de acuerdo con las previsiones identi�cadas en la Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso del camino construido en las inmediaciones del Paraje Yahaveré, el proceso de su construcción no se desarrolló siguiendo las pautas previstas en la normativa, y la justicia de Corrientes falló en forma contraria a la obra en tres instancias:

a) No se realizó una Evaluación de Impacto Ambiental previa al inicio de la obra.

b) La EIA fue presentada a la autoridad de aplicación, luego de una intimación por parte del ICAA, que ordenó detener la obra y requirió regularizar la presentación del proyecto y la EIA.

c) A pesar del pedido de detención de la obra, la empresa continuó adelante con las obras.

d) Tres fallos judiciales en tres instancias (incluyendo al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes) ordenaron la demolición de la obra por entender que fue violada la normativa vigente, y existe un riesgo de afectación a la conservación de la Reserva Provincial Iberá.

De acuerdo con informes técnicos realizados por investigadores del Centro de Ecología Aplicada del Litoral (CECOAL-CONICET), esta obra, en particular, genera un daño ambiental signi�cativo, considerando:

1. la sensibilidad del ecosistema y, en particular, al estar inserta en un área protegida de reconocido valor

Publicación bimestral y gratuita editada por Conservation Land Trust con la colaboración de distintas ONG e instituciones que trabajan en la Reserva Natural del Iberá

Boletín de los EsterosNoticias de la Reserva Natural del Iberá, Corrientes, Argentina Número 2

Agosto de 2009

14

a nivel provincial, nacional e internacional.2. la magnitud del disturbio, que resulta

signi�cativa, al tratarse de un camino de alrededor de 20km de longitud que atraviesa zonas bajas e inundables, y de una altura que, en promedio, alcanza los 0,8 metros que, inexorablemente, modi�ca la dinámica del agua en todo el ecosistema.

3. la duración del impacto producido, ya que se trata de una obra de carácter permanente.

La opinión de la FVSA Considerando estos antecedentes, y en vistas de

que el caso se encuentra actualmente en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Fundación Vida Silvestre Argentina expresa que:

1. Cualquier actividad desarrollada dentro de un área protegida, como la mencionada, no puede dejar dudas sobre el nivel de afectación a los bienes y servicios que esta área brinda, y debe especialmente considerar y cumplir con todos los pasos administrativos y evaluaciones previstas en el marco normativo. Esto permite asegurar la no afectación de un bien común, como es el humedal y sus servicios ambientales. En este sentido, la FVSA considera que en repetidas oportunidades, la empresa involucrada no ha cumplido con este marco normativo, e incluso no ha acatado las órdenes impartidas por las autoridades administrativas y judiciales de Corrientes.

2. La evidencia técnica y cientí�ca indica que el terraplén genera un daño ambiental que afecta la integridad del área protegida y de los bienes y servicios ambientales que provee. En este sentido, la FVSA considera que deben tomarse las medidas necesarias para que se restituya el �ujo natural del agua y garantizar, de esta manera, el mantenimiento de la dinámica del ecosistema natural.

3. Debe respetarse la ley y los fallos judiciales en sus distintos estamentos. Debe evitarse en éste y en

cualquier otro caso, que la demora en el dictado de justicia a través del debido proceso, produzca daños irreparables y termine directa o indirectamente convalidando la conducta del hecho consumado, con consecuencias ambientales irreversibles.

4. Urge la más pronta resolución del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues muchas veces una justicia y decisión excesivamente tardías, dejan �nalmente de ser Justicia y posibilita que el actor persista en su actitud de los “hechos consumados”. En particular en casos como el presente, donde se encuentra en juego el bien común y un derecho de todos los habitantes de la Argentina de gozar de un ambiente sano.

5. Solicita al Gobierno de la provincia de Corrientes que impulse, a la brevedad, el desarrollo, aprobación e implementación de un Plan de Manejo para la Reserva Provincial del Iberá, que asegure la conservación de los bienes y servicios del ecosistema, y brinde un marco adecuado para el desarrollo de las actividades productivas en el área protegida, asegurando que sean compatibles con los objetivos de creación de la Reserva Provincial del Iberá.

Para mayor información sobre el terraplén ilegal del Iberá visite www.noalosterraplenes.org.ar

ellos se cuentan los bene�cios económicos y sociales, derivados de sus recursos o productos como el agua, caza, pesca y forraje. Al mismo tiempo, brinda servicios a la sociedad como la regulación climática a escala local y regional, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, el saneamiento de aguas por retención de sedimentos, nutrientes y tóxicos, la retención y captación de dióxido de carbono. Los Esteros del Iberá, en particular, brindan también oportunidades para la recreación y el turismo, este último con una relevancia creciente en los últimos años, y al mismo tiempo forma parte del paisaje y cultura de los correntinos.

Esta relevancia ha sido reconocida por el Estado Provincial de Corrientes al crear la Reserva Provincial del Iberá (Ley Provincial 3771), y por el Estado Nacional Argentino, con la creación del Parque Nacional Mburucuyá, de 17.660 has (Ley 25.447). Incluso a nivel internacional su valor ha sido reconocido por la Convención Ramsar (de la cual Argentina es signataria) como “Humedal de importancia internacional”.

2- La Reserva Provincial del Iberá requiere la implementación urgente de un Plan de Manejo y medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creada.

No obstante, a pesar de la importancia del área y el marco jurídico que respalda su conservación, la Reserva Provincial del Iberá no cuenta aún con un plan de manejo y ordenamiento, una herramienta

En los últimos meses ha cobrado estado público, en algunos medios nacionales, una problemática vinculada a la construcción de un camino por parte de una empresa agropecuaria privada en la Reserva Provincial Iberá. La llegada de este tema a la instancia nacional ocurre a partir de la presentación de un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por parte de la empresa mencionada.

La situación actual requiere un nuevo análisis de la situación al llegar el caso a esta instancia donde, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculado a una actividad desarrollada dentro de un área protegida, generará un antecedente concreto en relación al manejo de las áreas protegidas en todo el territorio nacional.

Es por ello que, habiendo analizado la información más relevante disponible del caso, y luego de haber escuchado todas las opiniones surgidas del mismo, la Fundación Vida Silvestre Argentina hace pública su posición sobre la situación, basada siempre en el análisis de la mejor información cientí�ca disponible y en la recopilación de diferentes opiniones cali�cadas.

En función de este análisis, Vida Silvestre considera que:

1- Los Esteros del Iberá son un humedal de importancia global.

Los Esteros del Iberá constituyen el humedal subtropical más extenso e importante de nuestro país. Los humedales y su biodiversidad asociada brindan importantes bene�cios a la sociedad. Entre