Organización de Un Departamento de Higiene y Seguridad Industrial

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Organizacin de un departamento de higiene y seguridad industrial, funciones y deberes.

La organizacin de la seguridad puede hacerse de diversas maneras, segn el tamao de la fbrica y sus necesidades. En algunas fbricas un grupo de representantes compuestos por algunos capataces o lderes se renen con el director de seguridad cada cierto tiempo. En esas reuniones se deber seguir un plan definido y llevarse un registro de todos los asuntos que all se traten. Es recomendable que algunos trabajadores formen parte de este comit, para que de esta manera se haga ms real el programa.

Todo funcionario de produccin conoce el valor que tiene la organizacin, no es posible alcanzar ningn objetivo, sea en los renglones de produccin, inspeccin, adiestramiento, ventas o prevencin de accidentes, sin una organizacin adecuada, nada se lograr si todos los niveles de la empresa no estn sintonizados hacia la consecucin de dicho objetivo.

Toda organizacin es algo ms que una serie de graficas. Aspira a crear, primero, las lneas de autoridad y, segundo los medios para alcanzar el objetivo prefijado. No es posible lograr una disminucin de los accidentes a menos que se cuente con una organizacin, la cual tampoco servir de nada si no disfruta del completo apoyo e inters de la alta direccin.

Son ms los ejecutivos de visin penetrante que estn convencidos que es menester un esfuerzo sostenido y organizado para la prevencin de accidentes, esta finalidad es una poltica beneficiosa y sensata desde el punto de vista comercial, conviene considerar unos cuantos debe antes de pasar a hablar de planes especficos para una organizacin de seguridad:

1.- La seguridad debe contar con la aprobacin, sancin y apoyo de la alta direccin.

2.- La responsabilidad de la seguridad debe descansar en el personal de supervisin.

3.- A la seguridad debe drsele la misma importancia que a otros factores de la produccin.

4.- Debe atenderse a emprender una accin inmediata para la supresin de los peligros de origen mecnico y personal.

Conviene elaborar un programa definido para interesar y educar a los trabajadores en el aspecto de la seguridad y ganar su colaboracin activa en el esfuerzo para la eliminacin de accidentes. El programa debe basarse en un reconocimiento pleno de sus obligaciones y responsabilidades por parte de la administracin. La seguridad debe figurar en todo los aspectos de la organizacin empresarial: planeacin, compras, supervisin y operacin. Una vez que estas bases sean comprendidas y reconocidas por la direccin y que esta asuma las responsabilidades involucradas, podr darse forma al tipo apropiado de organizacin, cualquiera que sea la forma que dicha organizacin tome, slo funcionar con eficacia si est respaldada por un inters e impulso ejecutivo.

Son diversos los tipos de organizacin observados por firmas que han logrado y siguen logrando sostener un desempeo de primera categora en la eliminacin de los accidentes de trabajo.

Distintas formas.

Organizacin tipo A: organizacin lineal.

Si no se emplea personal de seguridad tcnicos con un carcter permanente dentro de la empresa, corresponde a los ejecutivos de produccin instruirse a fondo en los problemas de seguridad propios de la firma. El ejecutivo principal debe dedicar una parte mayor de su atencin a la seguridad que s contar con un experto competente. Esta situacin ha hecho que algunos directores que tienen implantado este tipo de organizacin contraten a especialistas. El especialista funge como auxiliar tcnico del ejecutivo principal. Debe poseer grandes cualidades de lder y asumir cada vez mayores responsabilidades en el campo de la seguridad, pugnando por efectuar un cambio progresivo de la organizacin para convertirla en tipo B.

La ventaja de la Organizacin A radica principalmente en el hecho de que concentra la total responsabilidad de la labor dentro de cada unidad, en el jefe de la misma. Es deber de este funcionario integrar la seguridad de todos los aspectos de la actividad cotidiana de su unidad. As como planea y supervisa el trabajo de cada uno de los hombres a sus rdenes para conseguir una produccin adecuada y una calidad satisfactoria.

Del mismo modo, debe planear y supervisar la seguridad, es su obligacin ser la persona mejor informada y con mayor espritu de seguridad dentro de su unidad. La desventaja de este tipo de organizacin es que el personal supervisor, ocupado con los problemas de la produccin, considere difcil el adquirir los conocimientos especiales que se necesita para llegar a un elevado estndar de desempeo seguro, gran parte del conocimiento de cmo prevenir accidentes proviene de los accidentes mismos que tienen lugar dentro de las fbricas. Aun cuando algunas grandes empresas utilizan el plan A, suelen encontrarse con mayor frecuencia entre empresas demasiado pequeas para justificar el empleo de un ingeniero de seguridad de tiempo completo.

Aun tratndose de una fabrica pequea, si el principal ejecutivo presta y sigue prestando una porcin adecuada de sus atenciones administrativas al rengln de la seguridad, invariablemente los resultados son buenos y a la larga, podrn ser calificados de excelentes.

Organizacin tipo B: Director de seguridad.

Esta es la forma de organizacin aplicada por la mayora de las firmas de importancia. Su eficacia depende de dos cosas: la actitud de la alta direccin y la competencia y capacidad del director de seguridad, es esencial que la alta direccin posee un fuerte inters en la seguridad, para un desempeo de primera clase en esta materia. La tarea de este no es fcil. Debe actuar tanto como asistente especial y asesor en seguridad del ejecutivo principal, que como consejero y estimulador en seguridad de toda la empresa. No puede interferir o usurpar las funciones de los miembros del cuerpo de supervisores; pero si debe trabajar estrechamente con todos ellos. El director de seguridad no puede dar rdenes si no al personal que depende de l, tiene que hacer que se corrijan de inmediato las prcticas o situaciones que impliquen peligro a la seguridad. De aqu que la eficacia de su labor depende en forma directa de los siguientes factores:

1.- La habilidad que tenga para ganarse la confianza y respeto de capataces y funcionarios.

2.- La cantidad de responsabilidad que le sea conferida por su jefe.

El encargado de seguridad necesita estar consciente de que su trabajo es de Servicio y que no debe resguardarse en la autoridad de los diversos miembros del grupo de supervisores.

El director de seguridad primero debe pensar en la ayuda que pueda brindar a los supervisores u otros funcionarios; despus, necesita determinar cul es el punto de vista de cada uno, a fin de que su ayuda sea aceptada; en tercer trmino, tiene que estar seguro de los datos que tenga y ser muy cuidadoso de derivar conclusiones; en cuarto lugar, necesita tener informado a su jefe. Se ha discutido sobre el sitio que debe ocupar e ingeniero de seguridad dentro de la empresa, el criterio prevaleciente es colocarlo bajo el director de personal que, a su vez, informa al ejecutivo en jefe de operaciones, que suele ser un vicepresidente o gerente general.

Toda fbrica de importancia perteneciente a una empresa debera contar con un director o ingeniero de seguridad cuya posicin dentro de la misma corresponda a la del director de seguridad en la unidad industrial matriz o central. El director de seguridad informa directamente al principal ejecutivo de operacin, junto con el director de personal y las cabezas ejecutivas de los dems departamentos. En algunos casos, informa al director mdico o al ingeniero en jefe. El director de seguridad es el centro y fuente de toda informacin sobre seguridad dentro de la empresa. Debe tener los conocimientos tcnicos que exige su categora profesional, y necesita mantenerse siempre al da respecto al desempeo corriente en materia de seguridad de su compaa. Tambin es de gran importancia la forma en que se presente esa informacin a la gerencia, para que esta pueda emprender la accin requerida; a los supervisores, para ayudarles a entender los problemas y a esforzarse en eliminarlos; y al personal en general para estimular su inters y participacin en el programa. El director de seguridad debe estar compenetrado de los aspectos administrativos, cuando menos en lo que atae a la seguridad.

Organizacin tipo C: comisiones de seguridad.

En las empresas demasiado pequeas, para justificar el empleo permanente de un director de seguridad, sta se maneja a travs de comisiones. Lo mismo ocurre donde la administracin desea que el trabajo sea manejado conjuntamente por los miembros de su cuerpo de funcionarios. Esta clase de organizacin tiene las desventajas inherentes a toda estructura gobernada por una comisin en lugar de un ejecutivo.Las comisiones son frgiles para la tarea de ejecucin o para llevar a la prctica las decisiones. La ventaja de reunir los puntos de vista del grupo y el criterio conjunto suele ser mejor del de cada uno de los miembros considerados individualmente. Pero la ejecucin pronta, eficaz y ordenada, demanda la colocacin de la autoridad y responsabilidad en las manos de una sola persona y del fiel desahogo.

Esta clase de organizacin funciona mejor cuando el ejecutivo principal es al mismo tiempo presidente de la comisin y utiliza a la comisin para:

1.- Reforzar su criterio.

2.- Mantener a funcionarios escogidos bien informados y en contacto.

3.- promover el inters y la colaboracin de los integrantes de la comisin.

Cuando se utiliza de esta manera a organizacin C se funde en la estructura tipo A.

El no percatarse de las limitaciones propias del mtodo a base de comisiones, es responsable de los casos frecuentes en que compaas que tienen en el papel magnficas organizaciones del tipo C, se muestren deficientes en los resultados prcticos. A menudo, esta clase de organizacin es adoptada solo porque dio resultado en el caso de otra empresa y la implantan en la propia de una manera mecnica y sin entusiasmo.

Los Comits de Seguridad.

Aun cuando el aconsejar la estructura a base de una comisin, depende principalmente del tamao de la empresa, tambin deben tomarse en cuenta otros factores que pueden influir, tales como el progreso que se haga al iniciar el trabajo, la dimensin y vinculaciones de los distintos departamentos o unidades de la fbrica, tipo de negocio (manufactura, construccin, transporte, servicio pblico, etc.), conviene tener presente las siguientes bases al constituir la comisin o comisiones:

1.- Cada comisin debe tener la suficiente autoridad para el trabajo que desarrollar. Por ejemplo, una comisin central o de gobierno, necesita contar en su seno con ejecutivos claves como el gerente de produccin y el jefe de mecnicos. Una comisin compuesta de trabajadores necesita estar integrada por obreros bien conocidos y respetados por sus compaeros.

2.- Los componentes de la comisin deben representar los mtodos prcticos y condiciones imperantes en la fbrica, empresa o grupo.

3.- La comisin necesita ser tan pequea como apegada a las condiciones que hemos expresado. Una comisin compuesta por tres personas funciona con mayor eficacia que una de cinco. A ms grandes comisiones, ms prolongadas sern las discusiones y menos la accin positiva.

Cuando se integra una comisin, conviene poner por escrito determinados aspectos de poltica y procedimiento. Las instrucciones escritas deben abarcar por lo menos lo siguiente:1.- Alcance de la actividad de la comisin.

2.- Limites de su autoridad.

3.- El procedimiento en cuanto a:

a.- Hora y lugar donde se efectuara la junta.

b.- Frecuencia de la misma.

c.- orden en que se desarrollaran.

d.- Registros que se llevaran.

e.- Condiciones de asistencia.

Las comisiones tomarn en serio su funcin segn sea el inters demostrado por la direccin. Cuando est organizada una comisin para que lleve un fin especifico, estipula con claridad los propsitos que persiguen y espera de ella, y la supervisa, es seguro que obtendr magnficos resultados.

La comisin solo prosperar si cuentan en su seno con elementos activos y dedicados. Cuando esto es as, llegan hasta convertirse en la direccin, a causa de la seguridad, al no poder suscitar el adecuado inters de la gerencia.

Consiguen un propsito organizando una comisin de seguridad y ayudndola a planear un programa que interese a la administracin, al mismo tiempo que emprende de inmediato la labor de seguridad.

Legislacin: Ley de trabajo y sus reglamentos.

La LOPCYMAT es la Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236. El objeto de dicha ley aparece en su artculo 1, el cual corresponde a:

Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud.

Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores.

Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa. Mientras que en el artculo 4 de la LOPCYMAT explica su mbito de aplicacin en el cual se mencionan:

Las empresas pblicas o privadas, persigan o no fines de lucro.

Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carcter productivo o de servicio.

Se exceptan los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artculo 328 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

Cualquier organizacin, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza est en la obligacin de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligacin es la relacin de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono. Cabe destacar que toda empresa o subcontratista, especialmente del rea de la construccin, que aspire a negociar con el Estado, deber cumplir con los extremos de todas las normativas vigentes relativas a las condiciones y medio ambiente del trabajo. El artculo 53 de la LOPCYMAT: habla sobre los derechos de los trabajadores en las empresas, los cuales son:

Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que sta se va a desarrollar.

Recibir formacin terica y prctica en la prevencin de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida.

Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo.

Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuacin de sus tareas por razones de salud, rehabilitacin o reinsercin laboral.

Que se le realicen peridicamente exmenes de salud preventivos.El artculo 54 de la LOPCYMAT, habla sobre los deberes de los trabajadores en las empresas, como:

Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujecin a las normas de seguridad y salud en el trabajo.

Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Proteccin Personal (EPP) e instalaciones.

Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de trabajo.

Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo.

Informar de inmediato de la existencia de una condicin insegura capaz de causar daos a la salud o a la vida.

Participar activamente en forma directa o a travs de la eleccin de representantes, en los Comit de Seguridad y Salud Laboral. El artculo 55 de la LOPCYMAT describe: los derechos de los empleadores los cuales son:

Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonoma, las polticas de prevencin y el uso adecuado de las instalaciones y EPP.

Recibir informacin y capacitacin en materia de salud, higiene, seguridad, por parte de los organismos competentes.Proponer en el Comit de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los trabajadores (as) que incumplan con los deberes establecidos en el artculo 54 de la presente ley.

Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente ley El artculo 56 de la LOPCYMAT habla sobre: los deberes de los empleadores de:

Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comit de Seguridad y Salud Laboral de las condiciones inseguras.

Elaborar con la participacin de los trabajadores y trabajadoras, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

Notificar al Instituto Nacional de Prevencin Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), con carcter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo dentro del mbito laboral previsto por esta Ley.

Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevencin, seguridad y salud laborales.

Organizar y mantener los Servicios de seguridad y Salud en el Trabajo previstos en esta ley.

El artculo 39 de la LOPCYMAT habla sobre: los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo:

Los empleadores deben organizar un servicio propio o mancomunado de seguridad y salud en el trabajo, conformado de manera multidisciplinaria, de carcter especialmente preventivo.

La exigencia de estos servicios se regir por nmero de trabajadores y en una evaluacin tcnica de las condiciones y riesgos especficos de cada empresa. Disposiciones Transitorias de la LOPCYMAT.

Primera. La vigilancia y control del rea de seguridad y salud en el trabajo y de condiciones y ambiente de trabajo de los entes de administracin pblica con competencia en las materias antes sealadas sern trasferidas al INPSASEL.

Quinta. Hasta tanto sea creada la Tesorera de Seguridad Socia prevista en la Ley Orgnica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), los empleadores continuaran cotizando al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en las condiciones establecidas en la Ley del Seguro Social y LOSSS, y los afiliados continuarn recibiendo las prestaciones previstas en la legislacin.

Octava. Hasta tanto sean establecidas las normas para la elaboracin, implementacin, evaluacin y aprobacin de la poltica y programa de seguridad y salud en el trabajo, los empleadores se orientarn por los criterios tcnicos y cientficos universalmente aceptados en materia de salud, higiene, ergonoma y seguridad en el trabajoOtras leyes y organismo que rigen la seguridad industrial en Venezuela:

Instituto Venezolano de Seguridad Social (IVSS): brinda proteccin de la seguridad social a todos sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, invalidez, muertes, retiro y cesanta o paro forzoso de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, cumpliendo la Ley de Seguro Social que es quien lo regula.

Instituto Nacional de Prevencin, Salud y Seguridad Laboral. (INPSASEL): es un organismo autnomo adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, creado en 1986. Cuya funcin principal es el disear y ejecutar polticas a nivel nacional en materia de prevencin, salud y seguridad laboral, garantizando condiciones ptimas de trabajo para todos los trabajadores. Para ello desarrolla actividades como: vigilar y fiscalizar el cumplimiento de normas, presta asistencia tcnica a empleadores y trabajadores y promociona la educacin e investigacin en materia de salud ocupacional.

Comit de Higiene y Seguridad Industrial/ Laboral: Se encarga de vigilar las condiciones y medio ambiente de trabajo, asistir y asesorar al empleador y los trabajadores en la ejecucin del programa de Higiene y Seguridad Industrial.

Sanidad y Asistencia Social: organismo adscrito al Ministerio del Popular para la Salud, cuya funcin es supervisar y ejecutar las polticas sanitarias dirigidas a reducir los riesgos a la salud y vida de la poblacin, vinculados al uso o consumo humano de productos y a la prestacin de servicios en materia de salud, mediante la aplicacin de mecanismos y estrategias de carcter preventivo, basados en criterios cientficos, normados nacional e internacionalmente. De igual forma, ejerce la vigilancia epidemiolgica nacional e internacional en salud pblica de enfermedades, eventos y riesgos sanitarios (Bilharzia, Clera, Dengue, Malaria, Influenza AHN1, entre otros).

Instituto Nacional de Capacitacin y Educacin Socialista (INCES): es un organismo autnomo y patrimonio propio adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Economa Popular, creado por ley en 1959 bajo la denominacin de Instituto Nacional de Cooperacin y Educacin (INCE) Entre sus funciones tenemos: desarrollar el sistema de formacin y capacitacin integral acorde a las exigencias del nuevo modelo de desarrollo productivo y de inclusin social, ampliar las oportunidades de acceso y permanencia activa a los procesos formativos de los sectores excluidos de la poblacin, articular los programas de formacin, a fin de entender los proyectos estratgicos del estado, las potencialidades econmicas regionales y el fortalecimiento de la economa comunal.

La Organizacin Internacional del Trabajo (OTI): promociona oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana.

Organizacin Mundial de la Salud: se encarga de garantizar el cumplimiento de la seguridad social en el pas adecuado.

Ministerio del Poder Popular para el Trabajo: tiene como funcin principal promocionar el dilogo social con la finalidad de promover en el marco de una economa productiva y solidaria, el empleo, el trabajo digno y la proteccin a los derechos humanos y sindicales de las trabajadoras y los trabajadores.

Asimismo, el desarrollo de un sistema de seguridad social pblico y solidario; y la prestacin de un servicio de calidad y eficiencia que permita la regulacin de las relaciones laborales y sea accesible a todos los trabajadores y las trabajadoras.

Organizacin de la Naciones Unidas: Trabajan para la paz y la seguridad.

Seguro social.

Venezuela, el 9 de octubre de 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social, con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos de enfermedades, maternidad, accidentes y patologas por accidentes, segn lo establecido en el Reglamento General de la ley del Seguro Social Obligatorio, del 19 de febrero de 1944.

En 1946 se reformula esta Ley, dando origen a la creacin del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurdica y patrimonio propio. Con la intencin de adaptar el Instituto a los cambios que se verificaban en esa poca, el 5 de octubre de 1951 se deroga la Ley que creaba el Instituto Central de los Seguros Sociales y se sustituye por el estatuto Orgnico del Seguro Social Obligatorio.

Posteriormente, en 1966 se promulga la nueva Ley del Seguro Social totalmente reformada el ao siguiente es cuando comienza a ser aplicada efectivamente esta Ley, que fundan los seguros de Enfermedades, Maternidad, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en el seguro de asistencia mdica; se amplan los beneficios adems de asistencia mdica integral, se establece las prestaciones a largo plazo (pensiones) por conceptos de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes, asignaciones por nupcias y funerarias.

Se establece dos regmenes, el parcial que se refiere solo a prestaciones a largo plazo y el general que adems de prestaciones a largo plazo, incluye asistencia mdica y crea el Fondo de Pensiones y el Seguro Facultativo.

En 1989 se pone en funcionamiento el Seguro de Paro Forzoso, mediante el cual se ampla la cobertura , en lo que respecta a Prestaciones en Dinero, a los trabajadores y familiares; modificndose posteriormente para ampliar la cobertura e incrementar el porcentaje del beneficio y la cotizacin.

En la actualidad el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), es una institucin pblica, cuya razn de ser es brindar proteccin de la Seguridad Social a todos los beneficiarios en las contingencias de: maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, nupcias, muerte, retiro y cesanta o prdida de empleo, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, dentro del marco legal que lo regula. Se crea tambin como medio para lograr la proteccin de los empleados y obreros contra los riesgos de trabajo.

Finalmente y segn el artculo 7 del Seguro Social Obligatorio recibe asistencia mdica integral:

El asegurado, los familiares que determine el reglamento de la ley del Seguro Social Obligatorio y la concubina si no hubiere cnyuge.

Los pensionados por invalidez, vejez o sobrevivientes.

Los miembros de la familia del pensionado por invalidez o vejez.

Fundamentacin legal: Importancia de la Seguridad Industrial.

Con frecuencia las personas que actan en el campo de la prevencin de los riesgos en el trabajo, se desalientan porque no encuentran el eco necesario a sus esfuerzos muchas veces por parte de los directivos de las empresas y del resto de los trabajadores, hay ocasiones en la que es preciso poner el incentivo de una mayor produccin para que se adopten medidas de seguridad en los centros de trabajo, como si los mandatos de la ley fuesen malas reglas de cortesa industrial y no de necesidades para proteger a lo ms importante que tiene cualquier empresa y que son sus trabajadores.

Ciertamente es necesario estimular y recetar con los recursos de la administracin para que se implanten los ms eficientes medios de produccin en el trabajo pero hay que pensar, al mismo tiempo, que una administracin laboral verdaderamente responsable, tiene la obligacin de tomar, en primer trmino, las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores.En esencia, el aspecto central de la seguridad e higiene del trabajo reside en la proteccin de la vida y la salud del trabajador, el ambiente de la familia y el desarrollo de la comunidad.

Solo en segundo trmino, si bien muy importantes por sus repercusiones econmicas y sociales, debemos colocar las consideraciones sobre prdidas materiales y quebrantos en la produccin, inevitablemente que acarrean tambin los accidentes y la insalubridad en el trabajo.

Estas prdidas econmicas son cuantiosas y perjudican no solo al empresario directamente afectado, si no que repercuten sobre el crecimiento de la vida productiva del pas.

De ah que la prevencin en el trabajo interese a la colectividad ya que toda la sociedad ve mermada su capacidad econmica y padece indirectamente las consecuencias de la inseguridad industrial.

El acelerado crecimiento econmico ha llevado a la industria a una constante y ms frecuente necesidad de modernizacin de equipos y procedimientos tecnolgicos. Pero, a su vez, esta mayor complejidad industrial trae como consecuencia varios riesgos para los trabajadores, que aumentan la probabilidad de contingencias que pueden causar lamentables y hasta irreparables daos al obrero, a su familia, a la empresa y a la comunidad.

Todo esto indica que, no obstante las prevenciones de la ley se requieren un fuerte impulso y una accin coordinada para desarrollar la seguridad e higiene industrial en el pas. La promocin de polticas preventivas, sobre todo, permitir superar los riesgos de las nuevas condiciones de la industria y mejorar en general las condiciones de todo tipo que se dan en los ambientes de trabajo.

Comisiones de Higiene y seguridad Industrial.

Definicin de Comisin o Comisiones:

Orden y capacidad que una persona da por escrito a otra para que ejecute algn encargo o participe en alguna actividad.

Comisiones de Seguridad:

Es la que coordina la revisin de las condiciones de seguridad e higiene en que se encuentran las instalaciones de la empresa, integrada por personal tanto de la parte patronal, como de la parte trabajadora, de manera equitativa.

Las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo, son fundamentales para tener centros de trabajo seguros, su principal funcin es proponer la aplicacin de medidas preventivas en seguridad e higiene en el trabajo, as como vigilar el cumplimiento de las mismas.

Importancia de las comisiones de seguridad industrial: Las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo son fundamentales para tener centros de trabajos seguros e higinicos. Todas las empresas deben integrar estos organismos a fin de prevenir accidentes y enfermedades, laborales y proponer medidas para que se cumplan con las normas en la materia.

Las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo traducen una responsabilidad obrero-patronal compartida. Su finalidad ltima es contribuir a la proteccin de la salud del trabajador, entendida sta no solo como la ausencia de enfermedad o incapacidad sino como el completo estado de bienestar fsico, psquico y social.

Funciones de las comisiones de seguridad e higiene industrial:

Las Comisiones deben llevar a cabo las siguientes actividades:

Establecer una programacin anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y a las reas con mayores condiciones peligrosas.

Realizar las verificaciones programadas, mensuales, bimestrales o trimestrales, segn lo acordado en el programa anual, para detectar condiciones peligrosas.

Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de: accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo en base a la informacin proporcionada por el patrn o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisin, as lo ameriten.

De cada una de las verificaciones se levantar un acta anotando las condiciones peligrosas y las violaciones, que en su caso existan, al Reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, propuestas de medidas para su correccin, resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolucin de las que queden pendientes. Esta acta ser entregada por el coordinador al patrn, quien la deber conservar por doce meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando as lo requiera.

Investigar, analizar y registrar en el acta de verificacin de la Comisin, las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.

Atender y asentar en las actas de verificacin de la Comisin, las condiciones peligrosas que le sealen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan, hacindolas del conocimiento del patrn de manera inmediata.

Integracin de las comisiones de seguridad e higiene industrial:

Las Comisiones debern integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta das hbiles, a partir de la fecha de iniciacin de actividades de los mismos.

El patrn deber formalizar la constitucin de la Comisin en sesin con los miembros que se hayan seleccionado y con la representacin del sindicato, si lo hubiera. En esta sesin se levantar el acta de integracin correspondiente.

La representacin de los trabajadores deber estar conformada por aquellos que desempeen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

La representacin patronal deber estar conformada, de preferencia, con los responsables de los servicios preventivos en medicina y seguridad e higiene en el trabajo.

La Comisin estar integrada por igual nmero de representantes del patrn y de los trabajadores.

Integrantes que deben constituir una Comisin de Seguridad e Higiene:

El nmero total de representantes en las Comisiones, se determina con relacin al nmero de trabajadores que laboran en cada Centro de Trabajo:

Si el nmero de trabajadores no excede de 20, se nombrar un representante por parte de la autoridad y otro del Sindicato.

Si el nmero de trabajadores es superior a 20 y menos de 100, dos representantes por cada parte.

Si los trabajadores exceden de 100, se nombrarn de 3 a 5 representantes por cada parte.

Por cada representante propietario se nombrar un suplente.