15
ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA, TECNOLOGICA Y CULTURAL. P R E A M il U L 0 LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES Conscientes de que la Educaci6n, la Cultura, la Ciencia y la Tecnologia son instrumcntos esencialcs para el desarrollo in tegral de los paises, que conllcva11 a un mcjor nivcl y calidad de vida a sus pueblos; Convcncidos d? que esc desarrollo debe impulsarse en el marco de una de la Paz, la Libertad, la Justicia y Solidaridad entre los pueblos; Animadas por el dcsco de fortalecer y promover las ciones de los paises a de acciones que comporten una verda dera integraci6n de sus esfuerzos y capacidades; y, Movidas por la certcza de que dicha integraci6n puede fortalecerse con la adhcsi6n de los Estados que asi lo deseen, - particularmcntc en el. campo educative, cientifico, tecnol6gico y cultural; Ilacen exp1·csa su vol untad de suscribir un nuevo Convenio ilello de Integraci6n Educativa, Cicntifica, Tecnol6gica y Cultural, que sustituya al Convenio suscrito en el 31 de ... I . .

ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

  • Upload
    others

  • View
    5

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION

EDUCATIVA, CIENTIFICA, TECNOLOGICA Y CULTURAL.

P R E A M il U L 0

LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES

Conscientes de que la Educaci6n, la Cultura, la Ciencia

y la Tecnologia son instrumcntos esencialcs para el desarrollo in

tegral de los paises, que conllcva11 a un mcjor nivcl y calidad de

vida a sus pueblos;

Convcncidos d? que esc desarrollo debe impulsarse en el

marco de una b~squcda com~n de la Paz, la Libertad, la Justicia y

Solidaridad entre los pueblos;

Animadas por el dcsco de fortalecer y promover las rel~

ciones de los paises a trav~s de acciones que comporten una verda

dera integraci6n de sus esfuerzos y capacidades; y,

Movidas por la certcza de que dicha integraci6n puede

fortalecerse con la adhcsi6n de los Estados que asi lo deseen, -

particularmcntc en el. campo educative, cientifico, tecnol6gico y

cultural;

Ilacen exp1·csa su vol untad de suscribir un nuevo Convenio

Andr~s ilello de Integraci6n Educativa, Cicntifica, Tecnol6gica y

Cultural, que sustituya al Convenio suscrito en Bogot~ el 31 de

... I . .

Page 2: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

2 -

Enero de 1970, con el fin de ampliar y fortaleeer el proceso -

din~mico de la integraci6n, apoyar el desarrollo y mejorar el

bienestar material y espiritual de los pueblos,

i\ C U E R D A N

CAPITULO PRHlERO

DENOMINACION Y OOJETIVOS

ARTICULO 1

Se crea la Organizaci6n del Convenio Andr~s Bello de

Integraci6n Educativa, Cientifica, Tecnol6gica y Cultural, asi

denominada en homenaje y reconocimiento a la obra del insigne -

humanista americana Don Andres Bello.

ARTICULO 2

La finalidad de la Organizaci6n es la integraci6n edue~

tiva, cientifica, tecnol6gica y cultural de los Estados Miembros,

para lo cual se eomprometen a eoncertar sus esfuerzos en el ~mbito

internacional con el fin de:

a. Estimular el conocimiento reciproco y la fraternidad entre -

ellos.

b.

c.

d.

Contribuir al lagro de un adecuado equilibria en el proceso

de desarrollo educative, cientifico, tecnol6gico y cultural.

Realizar esfuerzos conjuntos en favor de la educaci6n, la cien

cia, la tecnologia y la cultura para lograr el desarrollo in­

tegral de sus naciones; y,

Aplicar la ciencia y la tecnologia a la elevaci6n del nivel

de vida de sus pueblos.

. .. I ..

Page 3: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

~f~ k~ ~~

3 -

ARTICULO 3

Para alcanzar los prop6sitos mencionados, la Organiz~

ci6n impulsar~, entre otras, las siguientes acciones:

a. Formular y ejecutat• planes, programas, proyectos y activida­

des integradas;

b. Incentivar proyectos de desarrollo conjuntos, que contribuyan

a mejorar la productividad en las ~reas de la Organizaci6n;

c. Desarrollar relaciones de cooperaci6n con otros paises y con

organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no

gubernamentales;

d. Formular y presentaP proyectos de acuerdos sobre protecci6n

y defensa del patrimonio cultural, teniendo en cuenta las con

venc1ones intePnacionales sobre la materia;

e. Fomentar el otorgamicnto de becas reciprocas;

f. Apoyar, en condiciones de reciprocidad, el establecimiento de

cupos pat•a que los alumnos procedentes de los Estados Miembros

ingresen o continuen sus estudios en establecimientos de edu­

caci6n superior;

g. Unificar criterios para reconocer niveles de conocimien~o y/o

habilidades en oficios adquiridos al margen de la educaci6n -

formal, por nacionales de cualquiePa de los Estados Miembros;

h. Fomentar la difusi6n de la cultura de los Estados Miembros y

de los avances en educaci6n, ciencia y tecnologia, a traves

de la prensa, la Padio, la televisi6n, el cine y otros medias

de comunicaci6n social;

i. Incentivar la publicaci6n y difusi6n de sus valores literarios

y cientificos entre los Estados Miembros.

ARTICULO 4

Los Estados Miembros PcconoceP~n los estudios primarios

o de ensefianza general b~sica y de educaci6n media o secundaria,-

... / ..

Page 4: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

4 -

mediante tablas de equivalencia que permitan la continuidad de

los mismos o la obtenci6n de los certificados correspondientes

a cursos, niveles, modalidades o grados aprobados en cualquiera

de aquellos.

ARTICULO 5

Los Estados Miembros reconocer~n los diplomas, grados

o titulos que acrediten estudios academicos y profesionales exp~

didos por Institucioncs de Educaci6n Superior de cada uno de

ellos, a los solos efectos del ingreso a estudios de posgrado

(Especializaci6n, ~!agister y DocLorado). Estos ~ltimos no impl!

can derecho al ejercicio profesional en el pais donde se realicen.

ARTICULO 6

Los Estados Miembros presentar~n las lineas program~t!

cas especificas que juzguen prioritarias para cada una de las

~reas de competeneia de la Organizaci6n.

Con base en elias, In Ot·gnnizaci6n formular£ los pro­

yectos de Educaci6n, Cienciay Tecnologia y Cultura que contemplen,

entre sus actividades, intercambio de asistencia tecnica, pasan­

tias, seminarios, tallercs de formaci6n e intercambio de expertos,

con el fin de contribuir al fortalecimiento de la integraci6n.

ARTICULO 7

Los Estados Miembros organizar~n reuniones y programas

de cooperaci6n para el oportuno inLerca1nbio de informaci6n en --

temas de interes para estos.

. .. I ..

Page 5: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

5 -

ARTICULO 8

Los Estados Miembros estimular~n el desarrollo de -

programas multinacionales de investigaci6n, experimenta€i6n, in

novaci6n y transferencias tecnol6gicas en las ~reas de educaci6n,

ciencia y cultw·a.

CAPITULO SEGUNDO

NATURALEZA JURIDICA Y ESTRUCTURA

ARTICULO 9

La Oq~anizaci6n tendi'<l pe1·sonalidad juridica interna­

cional y en este sentido gozar~ de plena capacidad en el ejerc!

cia de sus funciones para el lagro de sus prop6sitos, y en part!

cular podr~:

a. Celcbrar acuerdos con Estados y Organizaciones Internaciona­

lcs;

b. Adquirir, arrendar y disponer de bienes y servicios y en gen~

ral celebrar todo tipo de aetas y contratos;

c. Ser parte en procesos legales e iniciar procedimientos juri­

dices.

ARTICULO 10

Los Organos que integran la Organizaci6n del Convenio

Andr6s Bello, son los siguientes:

- La Reunion de Ministros.

- La Secretaria Ejecutiva.

- Las Comisiones T6cnicas de Educaci6n, de Ciencia y

Tecnologia y de Cultura.

. .. I ..

Page 6: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

6 -

ARTICULO 11

La autoi'idad suped.oi' de la 011 ganizacion es la Reunion

de Ministros de Educacion de los Estados Miembros, a la que corres

pondc:

a. Fijar la politica general de la Organizacion;

b. Estudiar y proponer enmiendas al presente Convenio;

c. Aprobar las normas estatutarias y reglamentarias, en todos

los asuntos de su competencia;

d. Crear, modificar o suprimir, de acuerdo con sus necesidades,

entidades .especial izadas, dcfinicndo sus campos de actuacion

y aprobando sus eslatutos;

e. Nombrar las autoridadcs ejecutivas de la Organizaci6n;

f. Analizar y aproba1' el Programa-Prcsupuesto de la Organizacion;

g. Autorizar la susCJ'ipci6n de Acuei'dos de Scde con los Estados

Miembros;

h. Delimitar las funciones de los organos de la Organizacion y

delegar las propias que cstjme convcnientes;

i. Ejercer las dem~s atribuciones que le asigna este Convenio,

los Estatutos o los Reglamentos, seg~n corresponda.

ARTICULO 12

La Reunion de Ministros estar~ intcgrada por los titu­

lares de las Carteras de Educaci6n de los Estados Miembros o sus

representantes debidamente acreditados.

ARTICULO 13

La Reunion de Ministros se reunira en sesion ordinaria

cada dos (2) anos y en sesi6n extraordinaria a solicitud del -

Presidente de la ~ltima Reunion Ordinaria, o por convocatoria de

... I . .

Page 7: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

7 -

tres de sus miembros. La sede de la siguiente Reunion ' sera -

acordada durante la 6ltima Reunion Ordinaria.

ARTICULO 14

La aprobacion o toma de dec.isiones en asuntos que co~

peten a la Reunion de ~linisl1'os, l'equcrira la votacion favorable

de la mitad mas uno del total de sus micmbros.

ARTICULO 15

El Organa Ejccutivo de la Organizacion es la Secretaria

Ejecutiva y su titular cs el reprcsentante legal de la Organiza­

cion.

Son funciones de la Secr'eLal'la Ejecutiva:

a. Ejecutar las politicas de la Organizacion;

b. Preparar la Reunion de Ministros;

c. Cumplir y hacer cumplir las rcsoluciones y demas acuerdos de

la Reunion de Ministros;

d. Administrar el Fonda de Financiamiento de la Organizacion;

e. Preparar la propuesta de Programa-Presupuesto de la Organiz~

cion;

f.

g.

h.

Coordinar las actividades de los organos y entidades especi~

lizadas;

Mantener las relaciones de la Organizacion con terceras paises

y arganismas nacianales e internacionales;

Las demas funcianes que determine la Reunion de Ministras.

ARTICULO 16

La Camision Asesara Principal sera el Organa Auxiliar

de la Reunion de Ministras de Educacion, infarmara el arden del

... I ..

Page 8: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

8 -

dia y las propuestas que se eleven a la Rcuni6n y evaluar~,

pcriodicamentc, el cumplimiento de sus decisiones. Esta Comi

si6n estar5 integrada por los Sccrctarios Nacionales o por el

representante que el Ministro de Educaci6n de cada pais designe.

ARTICULO 17

La Organizaci6n tendr~ Comisiones

ci6n, de Cicncia y Tecnologia y de Cultur·a,

Tecnicas de Educa­

cuyo objetivo scr~

formular o evaluar los anteproyectos de programaci6n en la res­

pectiva 5rca, que ser~n presentados por la Secrctaria Ejecutiva

a la Rcuni6n de Ministros, para su aprobaci6n, previa considera

ci6n de la Comisi6n Asesora Principal. Las Comisiones Tecnicas

estar~n integradas por un especialista de cada Estado Miembro,

en cada una de las 5reas mencionadas.

ARTICULO 18

En cada uno de los Estados Miembros funcionar5 una -­

Secretaria Nacional, encargada de todos los asuntos relacionados

con la Organizaci6n.

Cada Estado Miembro podr5 crear, de acuerdo con sus -

normas internas, otros 6rganos nacionales para apoyar las activi

dades de la Organizaci6n, en coordinaci6n con las Secretarias -

Nacionales.

ARTICULO 19

La Or·ganizacion podr·5 contaP con entidades cspeciali­

zadas, que tendP5n como objetivo contribuir al lagro de los pr£

p6sitos que le sefialen sus cstatutos y dem5s funciones que le -

fije la Reuni6n de Ministros.

. .. I ..

Page 9: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

/

\\ \I

\. \\\f ('.}

I

9 -

E.stas I'll I. i d;~d.-s manl.•·nd1·;in vI nell I n.s de: .s11ho1'd i nac i.t'llt

.v coo1·clin:H·i•',n con los 01·ganos dl' Ia 01·ganizaci.<ln, il ll'ilVI~S de

Sll .S•·c·1·r•l;u·la l~,iccut.iva.

i\ R T IC l' I 0 2 0

i\ I as Ent. i dad1's FspPc i a I i i'iHias, lll<'llC i unadas en cl

a 1·t f c 11 I o a n t c 1 • i o I' , I • ~ s s ' · I' ;I t· P c " n o c i cl a ;ut L o n o nd a e n c u a n t o a s u

scdc, llliPlllht•ns, rinan/.as y aclminisLt•acic'lll C'll COHCOI'dilflCia con

lo rstahiPcido en ,.1 litct·;d d) 11PI i\t·t.fculo ll.

las f;tc•i l idadi'S 1\('('('So\l'iiiS J>ill'a S\1 l'lllll'lllllallliPilto, d<' COilf'lll'lllldad

con .o...;ll I •·gi s I ac i •'111 i nl.ct•na.

Ci\I'ITHJ.O TFRCt··Rn

FONIHJ DE FTN!\NC I Ml lENTO

i\RT ITilt.n 2 1

El Fondo d•· Fin;~nciamir•~tl n r·.·~t ;i cnnst.it 11idu pot• l;ts

" p n ,. I a I' 1. o 111• s d t ~ 1 us F s I. ados N j c ·mIn·" s . l.ns j llLC'I'CSPS )' dl'nl<lS -

l'<•nrl i 111 i •·nLfls IJ"'' pt·ndul'.l'a. ;tpoy;ll·;tll

l.os y acLivid;HIPs Coll.iunt.os.

ART I CHI (l :~ 2

I ;1 f' i n;tnc i ac i llll de I os pt·oy~c

E I Fondo poclt·;i sr·t· t·•·nn\·;ulo ,. i nct'I'IIH'Illado cnn cuol.as

"x I I' ;H" · d i 11 ill' i as 1 'II I a • · 11 a 11 t I a y I. I' II I ;t pi' I' i odic i diid qtH• iiC\Il't'dP

... / ..

Page 10: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

10 -

ARTICULO 23

Los Estados Micmbros conscrvan la propiedad sabre el

valor nominal de sus aportacioncs y no podr£n retirarlas mien­

tras scan parte de la Organizaci6n.

ARTICULO 24

La disponibil i.dad de intcJ•escs y otJ'OS J'cndimientos

del Fonda, no cximc a los pa[scs que scan Sede de la Organiza­

ci6n o de las Entidadcs Espccializadas, de asumir el financia­

miento de los gastos locales que dcmandc el funcionamiento de

las mismas.

CAPITULO CUARTO

PRIVILEGIOS E INMUNIDADES

ARTICULO 25

La Organizaci6n gozar£, en cl tcrritorio de cada uno

de los Estados Micmbros, de los privilegios e inmunidades nece­

sarios para el ejercicio de sus funciones y para el lagro de sus

objetivos.

Los rcprcscntantcs de los Estados Micmbros, cl Secreta

rio Ejccutivo y cl personal de la Sccrctaria Ejccutiva y de los

dcmas 011 ganos, goza1·an de los pt' i vi 1 cgios c inmunidadcs nccesarios

para desempcfiar con indcpcndcncia, las funciones relacionadas con

la Organizaci6n.

Los privilcgios c inmunidadcs mcncionados en los parrafos

anteriorcs seran:

... I . .

. •.

Page 11: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

11 -

a. En el territorio de todo Estado Miembro parte de la Conven

ci6n sabre prerrogativas e inmunidades de los Organismos -

Espccializados de las Naciones Unidas,

clausulas de dicha Convencion;

los dcfinidos en las

b. En el territorio de los Estados Miembros que no scan parte

de la mencionada Convenci6n, los definidos en el Acuerdo -

Scde u otros instrumentos concluidos para tal efecto con la

Organizaci6n.

CAPITULO QUINTO

SOLUCION DE CONTROVERSIAS

ARTICULO 26

Las controversias sabre la interpretaci6n o la aplic~

ci6n del presente Convenio que no puedan ser resueltas por neg~

ciaciones diplomaticas directas entre las partes involucradas,

seran sometidas, para su soluci6n, a la Reuni6n de Ministros.

S i 1 a con L I' o v e I' s i a no f u e s e I' c s u c 1 t a den t I' o de est e -, or gano, se r·a somet ida, con c 1 consenLim i_en to de las pa I' tes inv~

1ucradas, a cualquiera de los mecanismos previstos par el derecho

internacional para la soluci611 pacifica de controversias.

CAPITULO SEXTO

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 27

El presente Convenio no podra ser objeto de reservas -

... I . .

Page 12: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

12 -

al momento de la firma, de la t'a ti f icac ion o de la adhesion.

ARTICULO 28

Cualquier Parte Contratante podr£ denunciar el prese£

te Convenio, mediante notificacion por escrito dirigida al Dep£

sitario, la cual surtir~ efecto un a~o despu6s de la fecha de -

recepcion de la misma.

ARTICULO 29

El Gobierno de la Rcp~blica de Colombia . ,

asum1ra las -

funciones de Depositario. En consecuencia,custodiar~ el texto

original del Convenio y enviar~ copia certificada del mismo a los

signatarios y a las Partes. Asimismo, asumir£ todas las funcio-

nes reconocidas por el Dcrecl1o Internacional a los Depositarios

de los convenios intcrnacionalcs.

ARTICULO 30

El presente Convenio est~ sujeto a ratificacion de los

Paises Signatal'ios.

ARTICULO 31

El presente Convenio entt•at'~ en vigor el trigesimo dia

despu6s de la fecha del deposito del quinto instl'umento de rati-

ficacion. Para los dem~s signatarios entrar~ en vigor en la fecha

del deposito del respectivo documento de ratificacion.

ARTICULO 32

Despucs de su entt·ada en vigot•, el prescnte Convenio -

quedara abiet'to a la adhesion de ott·os pai.ses, en calidad de

... I ..

Page 13: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

..

13 -

miembros plenos o de observadores, de aeuerdo con los procedi­

mientos y en las condicJunes que se~ale la Reuni6n de Ministros

de Edueaci6n, por via reglamentaria.

ARTICULO 33

Las dJsposiciones del presente Convenio no afectar'n

los derechos y las obligaciones resultantes de convenios suscri

tos por cualquiera de los paises con anterioridad a su entrada

en vigor.

ARTICULO 34

El Convenio And•·cs Bello de lntcg•·aciun Educativa,

Cientifica y Cultui'al de los Pafscs de Ja Region Andina susc1·ito

el 31 de enei'O de 1970, quedc:u·a der·ogado a la entrada en vigor -

del presente Convenio, pc:1sando automaticamcnte a la Organizaci6n

todos los bicnes, derecl1os y obligaciones adquiridas en virtud -

de aquel.

ARTICULO 3S

Las enmiendas que se acucrden al presente Convenio, -

seg~n lo establccido en el literal b) del Articulo 11 del mismo,

para su entrada en vigor, se sujctaran al procedimiento sefialado

en el Articulo 31 del Convcnio.

CAPITULO SEPTINO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTICULO 36

Los Estados Niembros del Convenio Andr~s Bello de

... I ..

. '.

Page 14: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

J

14 -

Integraci6n Educativa, Cicntifica y Cultural de los Paises de

la Regi6n An,Iina, suscrito en la ciudad de Bogot~ el 31 de Enero

de 19 70 que no susc r i ban o no t'a t if iquen e 1 pt~esentc Acuerdo en

un plaza de seis meses a partir de su entrada en vigor, perder~n

todos los dcrcchos adquiridos durante la vigcncia del anterior -

Convenio, pero dcber£n cumplir con los compromisos que se encuen

tren pendientes en virtud del mismo.

ARTICULO 37

Todas las d i sposic i ones apt·obadas pot· la Reuni6n de

Hin isLt-os de Educac U)n del Convcn in Andt·c.s Bello de 1970 scguiran

vigentes aun despues de la entt·ada en vigot· del pt·esentc Convenio,

en lo que no lo contt'<Hligan y hast a tanto scan modi ficadas.

ARTICULO 38

A los Paiscs Signatat-ios que ratifiqucn el presente -

Convenio dcspucs de su entrada en vJgot·, Jes seran aplicables -

todas las disposiciones que ltubieran aprobado hasta ese momenta

los Organos de la Organizaci6n.

Hecho en la ciudad de Madrid, en un original, a los

:2., 7 dias del rncs de nov icmbt•c de mi 1 novccicntos novcnta.

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA,

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

Hinistro

Page 15: ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE ...apw.cancilleria.gov.co/tratados/AdjuntosTratados/844bd...ORGANIZACION DEL CONVENIO ANDRES ilELLO DE INTEGRACION EDUCATIVA, CIENTIFICA,

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE,

a~l Allard Neumann, ubscct'etat'io de Educac ion 'blica.

POR EL REINO DE ESPANA,

Javier Solana Madariaga, Ministro de Educaci6n y Ciencia.

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU,

Gloria r Palacios, Ministra de Estado en el Despacho de Educacion.

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR,

POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PANAMA,

POR EL GODIERNO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA,

.ustavo Rossen, 1inistro de Educaci6n.

15-