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PATRIMONIO PÚBLICO
DIANA ANAYIBE PÁEZ
MARIA ELENA VALDERRAMA
MARIA CAMILA TRUJILLO
DOMINIO EMINENTE: Poder del Estado sobre la totalidad del territorio de su jurisdicción
DOMINIO PÚBLICO: Es el conjunto de los bienes afectados al uso de todos
DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO: Todos aquellos bienes que pertenecen a las personas públicas
TITULARIDAD AL ESTADO DE ACUERDO A LA DOCTRINA DEL
DERECHO INTERNACIONAL
Artículo 88 de la Constitución Política de Colombia y Artículo 472 de 1998
1.
2.
3.
BIENES
DERECHOS
OBLIGACIONES
PATRIMONIO PÚBLICO
Propiedad del Estado
BIENES
*
EL TERRITORIO
*
LOS BIENES DE USO PÚBLICO
*
LOS BIENES FISCALES
CLA
SES
G
Mar territorial
La zona contigua
La plataforma continental
El espacio aéreo
El segmento de la órbita geoestacionaria
EL TERRITORIO
G
Calles
Plazas
Puentes
BIENES DE USO PÚBLICO
Aguas marinas
Caminos
Ríos
Espacios aéreos
Constituido por el territorio y los bienes públicos que hacen parte de él (ríos, mares, espacio aéreo, etc)
El Estado los administra y son inalienables, imprescriptibles e irreductibles
Pertenecen a la Nación entera, hay bienes particulares, de uso común por ejemplo puentes privados
Son de uso común, todos pueden aprovecharse de ellos
G
Fincas
Bienes rentas
Valores
BIENES FISCALES
Salinas
Baldíos
Minas
Su titularidad pertenece a alguna institución estatal, regional, provincial o municipal
Destinados a la prestación de los servicios públicos, se administran a través de las normas del Derecho Administrativo.
El Estado ejerce potestades de usos, frutos y libre disposición
El Estado puede defenderlos como cualquier particular, reivindicarlos, acciones cautelares, gravarlos, adjudicarlos
Pueden ser adjudicados o concesionados a personas particulares
TEORÍA ORGÁNICA
• Toma como elemento la naturaleza pública del sujeto que detenta el derecho de dominio de un bien.
TEORÍA FUNCIONAL
• Toma como elemento la afectación o destinación del bien a satisfacción del interés público o fines públicos.
TEORÍAS
TEORÍA DOMINIO EMINENTE
• El Estado no es titular del territorio en el sentido de ser «dueño» de él, sino en el sentido de ejercer soberanía sobre él. Art. 102 Const. Política
DIFERENCIA ENTRE BIENES DE DOMINIO
PRIVADO Y BIENES QUE INTEGRAN EL
PATRIMONIO PÚBLICO
• DOMINIO PRIVADO: Regula relaciones de coordinación y relaciones entre particulares. Este dominio puede ser individual o colectivo.
• DOMINIO PÚBLICO: Bienes que la administración afecta al uso directo de la comunidad o que lo utilizan para servir a la sociedad
TEORÍAS
BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO PÚBLICO OBJETO DEL CONTROL FISCAL
Los bienes de uso público: Inalienables, imprescriptibles e inembargables
El patrimonio cultural, el patrimonio arqueológico y otros bienes culturales: inalienables, inembargables e imprescriptibles
El espectro electromagnético: enajenable e imprescriptible El espacio público
El territorio con los bienes públicos que de él forman parte
El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables
La ley determinará las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovables