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Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud Departamento de Juventud
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO: GESTIÓN DE SIETE CENTROS JUVENILES A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRÁMITE DE URGENCIA.
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene como objeto la gestión de siete Centros Juveniles, como lugares de encuentro para los jóvenes madrileños, atendiendo las necesidades actuales de la juventud en cuanto a la formación, el ocio, el arte y las nuevas tecnologías.
Los siete Centros Juveniles son el Centro Juvenil El Sitio de Mi Recreo, El Centro Juvenil El Aleph, el Centro Juvenil Hontalbilla, el Centro Juvenil El Pardo, el Centro Juvenil carabanchel Alto, el Centro Juvenil Chamberí y el Centro Juvenil Tetuan Punto Joven.
La gestión de los siete Centros Juveniles consiste en la organización y desarrollo de la programación de talleres, cursos, eventos, actividades, etc., a realizar en estos recursos municipales, ubicados en los distritos de la ciudad de Madrid, conforme a las características y especificaciones que figuran en este Pliego.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL CONTRATO
1. REQUISITOS DEL PROYECTO.
Para la realización del objeto del contrato, se deberá presentar proyecto detallado en el que consten las características técnicas del desarrollo y gestión de los siete Centros Juveniles, así como las medidas necesarias para promover y dinamizar las distintas iniciativas juveniles que se desarrollen a través de los mismos. Asimismo, se deberá realizar una programación de las diferentes acciones a desarrollar en los siete Centros Juveniles.
2. OBJETIVOS.
Las acciones a realizar, acordes con el perfil de los asistentes y las posibilidades físicas de cada centro, deben perseguir los siguientes objetivos:
Ofertar diferentes propuestas de utilidad para los jóvenes con edades comprendidas entre 14 y 30 años, que sean de su interés y que hagan del centro juvenil un espacio de encuentro y lugar de referencia, facilitando la integración de jóvenes.
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Establecer un marco de actividad, de carácter sociocultural y lúdico, que dinamice y dé sentido al tiempo libre.
Contribuir al desarrollo personal de los adolescentes y jóvenes del municipio de Madrid, facilitando y promoviendo su socialización en un marco intercultural, con la adopción de actitudes y comportamientos de respeto y solidaridad, al hilo de su implicación en actividades grupales, de ocio y otras de carácter sociocultural.
Dinamizar a los diferentes grupos de jóvenes de manera que todos se interrelacionen y se enriquezcan de la diversidad sociocultural existente.
Promover actividades grupales que favorezcan la integración y participación de todos los asistentes.
Garantizar una adecuada utilización de las instalaciones por la población juvenil que acuda al programa.
Propiciar la colaboración con otras entidades que programen actividades de juventud en los centros juveniles, con la supervisión y autorización del Departamento de Juventud
3. METODOLOGÍA.
El desarrollo de las actividades deberá estar basado en una pedagogía y didácticas participativas y activas, primando en lo operativo el carácter grupal para así facilitar y fomentar la comunicación e interactividad así como dinámicas de grupo.
4. MATERIALES.
La empresa adjudicataria deberá aportar los medios y materiales necesarios para la gestión de los siete Centros Juveniles. Este material no pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Madrid. El material debe estar en perfectas condiciones de uso y la empresa deberá asegurar su mantenimiento y en su caso la reposición durante todo el contrato. Se deberá aportar los siguientes materiales:
4.1. Material de oficina imprescindible para la correcta ejecución del contrato.
4.2. Material fungible para el desarrollo de talleres, dinámicas, eventos, etc., que se realicen en los Centros Juveniles, conforme a lo previsto en la cláusula correspondiente de este Pliego.
4.3. Material de juego y esparcimiento 2
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4.3.1. 5 mesas de tenis de mesa, con 60 juegos de palas y 600 pelotas. (para los Centros de: Tetuán, Carabanchel, El Sitio, El Aleph, Hontalbilla y Tetuán Punto Joven).
4.3.2. 2 futbolines modelo España (uno para el Aleph y otro para El Pardo)4.3.3. 6 TV de plasma de 32”.4.3.4. 6 Consolas de nueva generación con lector Blue Ray y con sus 2 mandos
correspondientes cada una.4.3.5. 12 mandos de consola de nueva generación con lector Blue Ray4.3.6. 12 juegos de consola de nueva generación, última versión, con lector Blue Ray.
4.4. Otro material
4.4.1. Batería.4.4.2. 1 mesa de sonido de 22 entradas con 2/2 buses, preamplificadores de micrófono,
ecualizadores británicos, procesador multiefectos de 24 bits, e interfaz de audio USB.4.4.3. 1 Set de microfonía batería.4.4.4. 1 monitor autoamplificado.4.4.5. 3 amplificadores para las tres salas ensayo para “El Sitio de mi recreo”4.4.6. 3 estabilizadores de corriente para las tres salas ensayo para “El Sitio de mi recreo”.
4.5. Material de telefonía
4.5.1. 14 líneas telefónicas (dos por cada centro) más un teléfono fijo y otro inalámbrico por cada centro.
4.5.2. La instalación de 7 líneas ADSL para conexión a Internet y WIFI en los centros juveniles para la realización de actividades formativas. Esta instalación deberá contar con la supervisión técnica de Informática del Ayuntamiento de Madrid.
4.6. Material informático :
4.6.1. 57 ordenadores Procesador: Intel core i3 o superior, memoria ram 4 Gb o superior, SVGA de 64 Mb, disco duro de 1000 Gb a 7200 rpm o superior, sistema operativo Windows 7 o superior con lector DVD, Wifi, 5 salidas USB o mas, entrada y salida de audio CD, Disquetera, altavoces, teclado, ratón, monitor TFT 17”, webcam, cascos y micrófono.
4.6.2. Siete ordenadores portátiles, Tecnología AMD TurionTM o Intel Core i3 o superior, memoria (Ram) de 4 Gb o superior, un disco duro 500 Gb a 5400 rpm o superior, sistema opertivo Windows 7 o superior. Wifi, 3 salidas USB o más, salida HDMI, con pantalla XGA 15” ó panorámica WXGA 15”, o similar, con lector DVD, CD, ratón, webcam y cascos.
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4.6.3. Las licencias correspondientes para el funcionamiento de los ordenadores.4.6.4. 7 Escáner, con velocidad de exploración menor a 20 segundos.4.6.5. 7 impresoras láser b/n, mínimo 20 ppm.4.6.6. Consumibles de impresión para el correcto funcionamiento de las impresoras, hasta
un máximo de 42 unidades en total.4.6.7. Plataforma software de control de los equipos.
La empresa adjudicataria deberá contar con una sede con los medios necesarios para llevar a cabo la coordinación del trabajo de los propios coordinadores de cada Centro Juvenil y del coordinador responsable. Los gastos que se deriven serán a cuenta del adjudicatario.
5. SERVICIOS A PRESTAR.
5.1. Mantenimiento de los equipos de iluminación y sonido del Auditorio del Centro Juvenil “El sitio de mi recreo”.
La empresa adjudicataria deberá asumir el coste del mantenimiento de los equipos de luz y sonido de propiedad municipal existentes en el Centro Juvenil “El sitio de mi recreo”, cuyas características se relacionan en el Anexo I. Este servicio conlleva la reparación y, en su caso, reposición de los elementos que lo componen, hasta un máximo de 2.500 euros.
5.2. Servicio de asistencia técnica de luz y sonido en el Auditorio del Centro Juvenil “El sitio de mi recreo”.
La empresa adjudicataria deberá prestar la asistencia técnica de los ensayos y actos que se celebren en el auditorio. Cada asistencia es un bloque de cinco horas seguidas. El número máximo de asistencias será de 200 al año.
5.3. Mantenimiento de equipos informáticos.
El total de los equipos informáticos (57 equipos de consola y 7 portátiles, así como otro material informático relacionado en el punto 4.6 de este Pliego) serán aportados, de una parte, por el adjudicatario en el marco del presente contrato).
El adjudicatario deberá prestar el mismo servicio de mantenimiento y, en su caso, reposición de todos estos equipos y material informático, debiendo garantizar el correcto funcionamiento de los mismos, a través de un servicio de mantenimiento que, como mínimo, incluirá:
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- Instalación, configuración y seguimiento de los equipos en red de área local.- Un pack de Software de Seguridad Perimetral de antivirus y filtrado de contenidos, con
control de navegación, para cada equipo informático.- Resolución de problemas vía telefónica, que agilice al máximo la resolución de incidencias.- Desplazamiento in situ de técnico, en el caso de no solucionarse la incidencia vía telefónica,
en un máximo de 24 horas.- Equipos de reemplazo, en caso de avería.- Sustitución de piezas dañadas, ya sea por mal uso de los usuarios (en cuyo caso se informará
al coordinador responsable) o por fallo técnico.- Reposición de los consumibles necesarios en un máximo de 24 horas.
Será responsabilidad del adjudicatario, así mismo, el correcto funcionamiento del servicio wifi comprometiéndose a que una caída del sistema no produzca la parada de este servicio por un periodo de tiempo superior a 24 horas.
5.4. Servicio de gestión, control y seguimiento de los equipos informáticos.
El adjudicatario del contrato deberá prestar un servicio de gestión, control y seguimiento de los 57 equipos informáticos distribuidos entre los Siete Centros Juveniles, que el adjudicatario deberá implementar y mantener a lo largo del contrato.
El servicio prestado en los siete Centros Juveniles será coordinado por personal de la empresa adjudicataria con dedicación al proyecto. Así mismo se proveerá a todos los centros de conectividad y servicio wifi gratuito para los usuarios que deseen conectarse desde sus equipos particulares.
Para prestar este servicio el adjudicatario del contrato deberá implantar, mantener y gestionar una plataforma software para la gestión, control y seguimiento de los equipos. Por otro lado, deberá realizar un registro de usuarios en el sistema con información diaria de los datos de las personas conectadas y el puesto en que han estado trabajando.
5.5. Mantenimiento y gestión de las líneas ADSL y WIFI.
La empresa que resulte adjudicataria deberá mantener durante el plazo de duración del presente contrato las líneas ADSL para conexión a Internet y WIFI, de acuerdo con los criterios de Aulas Telegestionadas marcadas por la Dirección General de Innovación Tecnológica, que se adjuntan como Anexo II. También se deberá tener en cuenta la Circular 1/2010 de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones, que se adjunta como Anexo III.
En todo caso, el número de emisores para una buena conexión serán:5
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CENTRO Nº DE EMISORESCentro Juvenil Chamberí 1Centro Juvenil “El Pardo” 1Centro Juvenil “Hontalbilla” 2Centro Juvenil Carabanchel Alto 1Centro Juvenil “El Sitio de mi Recreo”
3
Centro Sociocultural “El Aleph” 1Centro Juvenil Tetuán punto Joven 1
5.6. Servicio de difusión.
Este servicio consiste en la realización del diseño, creatividad y fotocomposición de un flyer con la programación mensual de los Centros Juveniles en formato electrónico (un total de trece por año). Asimismo, la empresa adjudicataria deberá llevar a cabo la difusión de la citada programación en redes sociales y a través de listas de distribución, previa autorización, en todo caso, del Departamento de Juventud.
6. DESARROLLO Y EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES
Las actividades a desarrollar, dado su carácter culturaljuvenil, tendrán en cuenta el interés de los jóvenes y se concretarán dentro de un amplio abanico de opciones relativas a diferentes talleres, actividades, jornadas y otras similares, que la empresa adjudicataria deberá ofertar dentro de su proyecto de actividades. La concreción final de la programación de cada centro se aprobará por los técnicos del Departamento de Juventud.
Las actividades deberán contar, según su naturaleza, con el acompañamiento, tutorización o grado de monitorización que requieran para su óptima ejecución, en orden a la consecución de los objetivos antes señalados.
La relación de actividades o programas a gestionar o realizar en los centros son las siguientes:
6.1. Colaboración en la organización del Certamen Jóvenes Creadores.
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La empresa adjudicataria deberá realizar los trámites para la celebración de Certámenes en diferentes modalidades (teatro, música, fotografía, danza, cortometrajes, etc.) hasta un total de 8 al año, siguiendo los criterios del Departamento de Juventud.
La organización de este certamen conlleva el apoyo técnico en la redacción de bases, la recepción y, en su caso, el almacenaje de las obras, la elaboración de listados de participantes, la propuesta de jurado, la coordinación de las reuniones para la selección de los premiados y trofeos para los mismos en las distintas modalidades, que asumirá la empresa adjudicataria.
6.2. Realización de concursos y torneos .
La empresa que resulte adjudicataria deberá organizar entre los usuarios de los centros juveniles concursos y torneos de diferentes actividades (ajedrez, poesía, etc.), hasta un total de diez por año. Se deberá entregar un premio a los ganadores de los concursos que será asumido por la empresa.
6.3. Organización de una gala anual .
Se celebrará un evento o gala donde se presentará una muestra de las obras premiadas en el Certamen de Jóvenes Creadores y se procederá a la entrega de los premios. El acto deberá ser organizado por la empresa adjudicataria, que deberá asumir la direccion técnica del evento, la presentación del mismo y la coordinacion de las actuaciones y la asistencia de los diferentes jurados de los certámenes, los premiados y público en general. En este acto se entregará un trofeo cuyo coste deberá asumir la empresa adjudicataria. También se deberá asumir el coste de dos reportajes fotográficos en formato electrónico.
6.4. Realización de cursos de monitor de ocio y tiempo libre
La empresa adjudicataria deberá realizar cuatro cursos de monitor de ocio y tiempo libre al año, con 15 plazas por curso, de acuerdo con la normativa de la Comunidad de Madrid. Cada curso incluirá: Fase teórico – práctica de 150 horas Coordinación presencial. Manual en CD del curso. Material académico. Salida de fin de semana. Seguro de responsabilidad civil.
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Prácticas.
6.5. Desarrollo de talleres, dinámicas, eventos, etc., en los centros juveniles.
La empresa adjudicataria deberá realizar un mínimo de 10 talleres, dinámicas, eventos y otras actividades similares por cada uno de los Siete Centros Juveniles de forma anual. Las materias preferentes serán música, teatro, artes plásticas o baile, entre otras, siempre con la aprobación del Departamento de Juventud. Deberán tener en cuenta las necesidades juveniles y no deberán coincidir con épocas de exámenes para garantizar su realización.
Además de estos 10 talleres, deberá realizar un total de 10 talleres más de forma anual que serán de especialización, a criterio del Departamento de Juventud, los cuales deberán impartirse por docentes cualificados, ajenos al personal al servicio de los Centros Juveniles, que deberán ser contratados para estos talleres por la empresa adjudicataria. Estos deberán acreditar su cualificación y experiencia antes de la realización de los talleres al Departamento de Juventud.
7. PERSONAL
El contratista deberá aportar el personal preciso para atender a sus obligaciones.
El personal estará sometido al poder de dirección y organización del contratista adjudicatario (retribuciones, horarios, instrucciones, etc.) y a todo ámbito y orden legalmente establecido siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial, en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídicolaboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
A la extinción del contrato, de conformidad con el artículo 301.4 de la TRLCSP, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid.
Para el desarrollo de las actividades objeto del presente contrato se requieren:
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7.1. Un Jeferesponsable de los siete centros juveniles, cuyo perfil será de Técnico Superior en Animación Sociocultural por el Ministerio Educación o tener el Grado en Trabajo Social o Grado en Educación Social, o el titulo de Coordinador de Ocio y Tiempo libre acreditado por la Escuela pertinente. Además contará con una experiencia de al menos dos años en gestión de actividades juveniles en centros culturales y/o juveniles demostrable mediante documentación acreditativa de la misma. Así mismo deberán tener conocimientos básicos en ofimática, demostrable mediante currículo vitae.
Tanto las titulaciones como la experiencia profesional deberán acreditarse mediante currículo vital y la documentación acreditativa pertinente.
Se responsabilizará del trabajo de los coordinadores de cada Centro Juvenil siendo el enlace con el Departamento de Juventud de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, que actuará como responsable de la gestión del Programa. Asimismo, deberá garantizar la correcta programación de las actividades juveniles en los Centros Juveniles.
De conformidad con la Instrucción 5/2012, este Jeferesponsable actuará como interlocutor con el Ayuntamiento de Madrid y en particular con el Departamento de Juventud. Para los casos de ausencia de este interlocutor, la empresa contratista deberá designar un sustituto.
Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 40 horas semanales. Sus funciones son las siguientes:
- La óptima ejecución del trabajo en los Centros Juveniles, manteniendo informada en todo momento a la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud del desarrollo de sus actividades, así como las incidencias y necesidades detectadas en ellos.
- Realizar un informe mensual y memoria anual del trabajo realizado, en soporte escrito y digital con datos cualitativos, cuantitativos, segregados por cada centro, todo ello según los criterios que determine el Departamento de Juventud.
- Celebrar reuniones de coordinación con los siete Coordinadores de los centros juveniles al menos una vez cada mes. Se informará puntualmente de los temas tratados al Departamento de Juventud mediante informe.
- Participar en reuniones de coordinación con el Departamento de Juventud cuando así lo establezca la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, o bien a petición de los Distritos Municipales donde su ubican los centros juveniles para un mejor desarrollo de la prestación.
- Realizar los informes que por la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud se soliciten.
- Comunicar en todo momento al Departamento de Juventud de los cambios, ausencias o cualquier incidencia relacionada con los trabajadores de los Centros.
- Dinamización de las actividades apoyándose en otros servicios que, en su caso, determine el Departamento de Juventud.
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- Asistir a los cursos o jornadas de formación que se programen desde la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, en colaboración con otras Áreas de Gobierno municipal, con la Comunidad de Madrid u otras instituciones.
- Propuesta de ideas que ayuden a la mejora continua del servicio.
7.2. Cuatro responsables de centros para los siete centros juveniles, cuyo perfil será de coordinador de actividades en el tiempo libre, reconocido oficialmente o cualquier titulación oficial media o superior relacionada con las Ciencias Sociales y de la Educación con una experiencia de al menos un año en gestión de actividades juveniles en centros culturales y/o juveniles demostrable mediante documentación acreditativa de la misma. Así mismo deberán tener conocimientos básicos en ofimática, demostrable mediante currículo vitae.
Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 40 horas semanales. Sus funciones son las siguientes:
- Planificar trimestralmente la actividad del centro juvenil.- Proporcionar la programación mensual del centro juvenil con una antelación mínima de
dos meses.- Gestionar los locales de ensayo, coordinando las peticiones de los jóvenes que lo soliciten
con la disponibilidad del centro.- Llevar a cabo las gestiones necesarias para llegar al mayor número posible de jóvenes,
con procedimientos que resulten eficaces y adecuados para los distintos grupos y necesidades, siendo creativos e innovadores a la hora de elegir sus estrategias, métodos y herramientas.
- Potenciar la participación activa de los jóvenes, asociados o no, diseñando actividades para su consecución, adaptando la programación del centro juvenil, en lo posible, a las demandas de los usuarios de los centros.
- Realización de encuestas de satisfacción con carácter trimestral. Se deberán realizar encuestas de satisfacción a los usuarios que permitan valorar los servicios prestados. Las encuestas se referirán, al menos, a la valoración personal encargada de la gestión de las aulas tecnológicas, las instalaciones, el equipamiento disponible y la programación desarrollada.
- Asistir a los cursos de formación que se programen desde la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, en colaboración con otras Áreas de Gobierno municipal, con la Comunidad de Madrid u otras instituciones.
- Dinamización de las actividades del Centro apoyándose en otros servicios que en su caso determine el Departamento de Juventud.
- Presentar una vez un informe mensual en el que se ha de reflejar el trabajo y servicios realizados en el centro juvenil.
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7.3. Siete dinamizadores , Deberán ser Monitores de actividades en el tiempo libre, reconocido oficialmente o cualquier titulación oficial media o superior relacionada con las Ciencias Sociales y de la Educación con una experiencia de al menos un año en gestión de actividades juveniles en centros culturales y/o juveniles demostrable mediante documentación acreditativa de la misma. Así mismo deberán tener conocimientos básicos en ofimática, demostrable mediante currículo vitae. Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 35 horas semanales para el desempeño de funciones administrativas elementales, en concreto:
- Atención al público.- Manejo de ordenador para cálculo, base de datos, correo electrónico; tratamiento de
textos y otros programas de ofimática básica y diseño por ordenador. - Recepción de las solicitudes de participación y cesión de uso dirigidas a los centros.- Manejo de Redes Sociales: facebook, tuenti, twitter, etc. y actualización del blog de
centros juveniles- Difusión de todas las actividades creando una base de datos de mailing de los Centros
juveniles con la información aprobada por el Área y el Departamento de Juventud- Comunicar al coordinador informático cualquier incidencia en los equipos o red wifi con
solución en un plazo inferior a las 24 horas.- Estos dinamizadores excepcionalmente y a criterio y supervisión del Área y
Departamento de Juventd podrán realizar alguna actividad formativa con carácter puntual.
7.4. Un coordinador informático , que deberá contar con titulación universitaria media o superior y al menos un año de experiencia en la coordinacion de proyectos relacionados con la gestión de aulas tecnológicas, demostrable mediante documentación acreditativa de la misma. Se prevé un total de 20 horas semanales.
Será responsabilidad de esta persona la realización de los siguientes trabajos:
- Asistir a los coordinadores de los centros en cuantas cuestiones técnicas sean planteadas.- Proporcionar a los centros la programación de cursos y talleres de formación, junto con los
materiales y contenidos correspondientes.- Planificar trimestralmente las actividades de formación.- Coordinarse con el servicio técnico de mantenimiento de software y servicio wifi,
garantizando la atención de cualquier incidencia que surja en un plazo inferior a las 24 horas. - Seguimiento y evaluación de las actividades realizadas desde las Aulas Tecnológicas y Zona
wifi de los siete centros.- Elaborar informes de seguimiento mensuales que recopile los datos cuantitativos y perfil de
los usuarios del material informático y aquellos requeridos por la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud.
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- Comunicación continúa con la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud.
Todo el personal aquí relacionado deberá ser sustituido en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad. Se requerirá al nuevo personal que cumplan con los mismos requisitos de titulación y experiencia que la persona a la que sustituye, según se prevé en este Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo comunicarse esta sustitución al Departamento de Juventud.
8. LUGAR Y HORARIO DE REALIZACION DE LAS PRESTACIONES DEL CONTRATO
La realización de las prestaciones y actividades previstas en el contrato tendrá lugar en siete Centros Juveniles.Las actividades se realizarán en los espacios de los centros juveniles. No obstante cuando la prestación del servicio o el desarrollo de la actividad lo requieran, podrán realizarse, de forma provisional o definitiva en otro centro juvenil que reúna las condiciones necesarias, siempre bajo la supervisión y conformidad del Departamento de Juventud.
Centro Juvenil Carabanchel Alto C/ Alfonso Fernández, 23Distrito de CarabanchelDimensiones: 688 m2.Estructura: 1 planta.Equipamiento: Sala de estudio; sala de informática, sala de actividades y sala polivalente.Horario: Lunes a sábado de 9:00 a 21:00 h
Centro Juvenil “EL SITIO DE MI RECREO” C/ Real de Arganda c/v Sierra del Torcal.Distrito de Villa de VallecasDimensiones: 2.148 m2Estructura: 4 PlantasEquipamiento: Sala de estudio, 3 aulas, sala de informática; sala de exposiciones, sala de espejos (gimnasio y vestuario), auditorio con capacidad para 150 personas) y 3 salas de ensayo para grupos musicales.Horario: Lunes a domingo de 9:00 a 21:00 h
Centro Juvenil “EL ALEPH”
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Avda. Mediterráneo, esq ZazuarDistrito de Villa de VallecasDimensiones: 250 m2.Estructura: 2 plantasEquipamiento: Sala de estudio; sala de informática y sala polivalente.Horario: Lunes a domingo de 9:00 a 21:00 h
Centro Juvenil Chamberi C/ Raimundo Fernández Villaverde, nº 2Distrito de ChamberíDimensiones: 490 m2Estructura: 2 plantasEquipamiento: Sala de estudio; sala de informática y 4 salas de usos diversos. Horario: Lunes a Sábado de 9:00 a 21:00 h, Sábados de 1020 horas
Centro Juvenil “El Pardo”Avda. Padre Cipriano nº 11 Distrito FuencarralEl PardoDimensiones: 120 m2Estructura: 1 planta.Equipamiento: Local de ensayo, sala polivalente y una sala actividades.Horario: Jueves a Sábado de 9:00 a 21:00 h. (cerrado de 14 a 16 horas).
Centro Juvenil “Hontalbilla”C/ Hontalbilla nº 10Distrito FuencarralEl PardoDimensiones: 680 m2Estructura: 2 plantas.Equipamiento: sala polivalente, sala de informática, tres aulas, sala de estudio y sala de fotografía.Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 21:00 (cerrado de 14 a 16 horas)Sábado de 11 horas a 14 horas y de 16h a 22 h.
Centro Juvenil “Tetuán Punto Joven”C/ Dulcinea, 4 / (Raimundo Fernández Villaverde, 35)Distrito TetuánDimensiones: 213 m2Estructura: 2 PlantasEquipamientos: sala de ensayo, sala de reuniones y sala polivalente
Horarios:Lunes a viernes de 10:00 a 14:00 h y de 16:00h a 21:00
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Sábado: 11:00 h a 14:00 y de 16:00 a 20:00 h.Cerrado de 14 a 16 horas.Domingos y festivos cerrado.
Estos horarios pueden ser modificados por el Ayuntamiento de Madrid por necesidades justificadas.
9. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA .
A efectos de seguimiento de los centros juveniles se llevarán a cabo reuniones semanales entre el coordinador general y técnicos de Juventud del Ayuntamiento de Madrid para evaluar de manera continuada el desarrollo de las actividades programadas y valorar su aceptación por los jóvenes.
Con el fin de tener un conocimiento exacto del grado de aceptación de las actividades, demandas de los usuarios y estado de los materiales utilizados, la empresa adjudicataria realizará una valoración mensual, en base a un cuestionario que se realizará a los usuarios y que tendrá que tener previamente el visto bueno del Departamento de Juventud.
Se deberá observar el cumplimiento del Acuerdo de 29 de Junio de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la Ordenanza municipal para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y las Tecnologías relacionadas en la Ciudad de Madrid, con especial atención a los siguientes aspectos:
- Imagen corporativa unificada- Filtrado de contenidos accesibles- Conectividad garantizada
Se tendrá en cuenta en todo momento lo indicado en el Proyecto de la Carta de Servicios de Acceso Público a Internet y de Formación digital del Ayuntamiento de Madrid, especialmente en lo referente a:
- Derechos de los usuarios- Información a los usuarios- Mecanismos y modalidades de participación de los ciudadanos y usuarios- Sistema de Sugerencias y Reclamaciones- Equipamiento y software adecuados y con las adaptaciones necesarias para discapacitados.- Calidad del servicio- Satisfacción del ciudadano; seguimiento y evaluación- Cumplimiento de las LOPD y otras leyes.
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9.1. Confidencialidad, Protección de datos personales y seguridad de la información
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia .
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se
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incluyan como una adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
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8) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos.
Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.También, en caso de que los equipos informáticos se utilicen en los talleres que se impartes a los jóvenes del los centros juveniles, se recuerda que habrá de tenerse especialmente en consideración la necesidad de proceder al borrado en los ordenadores de cualquier dato personal de los alumnos que pudieran haberse utilizado para hacer prácticas en los cursos.
10) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos Siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
9.2. Protocolo de actuación del Plan de Emergencias
La empresa incluirá en el proyecto un Plan de Emergencias diseñado para cada uno de los Centros Juveniles, que detallará el modo de actuar del personal de la empresa en caso de que se produzca alguna situación que obligue a evacuar el edificio. El Plan contendrá la definición de
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la persona o las personas responsables de evacuar el edificio, cómo se va a efectuar la evacuación, determinará la persona responsable de llamar a los servicios de emergencia y esperar a que estos lleguen para informar de lo sucedido.La empresa adjudicataria se compromete a dar formación en esta materia a todo el personal que vaya a prestar el servicio de gestión de los Centros Juveniles. Esta formación no podrá ser recibida en horario de trabajo.
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