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Presentado por: Dr. Mg. Federico Fernández M.
E-mail: [email protected]
La Paz, 9 de marzo de 2015
PRESENTACION PARA LA MESTRIA ENDERECHO ADMINISTRATIVO
“UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVIAR”
Reglas durante la ejecución.
• Celulares apagados. • Puntualidad. • No internet en el aula.• Evaluaciones. • Refrigerio.• Condiciones de réplica y dúplica.
Historia del control Gubernamental en Bolivia
La Contaduría General de la República de 1831
Creación del cargo de contador Fiscal General 1833
El Tribunal General de Valores 1847
El Tribunal Nacional de Cuentas de 1883
Alcance del D.C. de 26 de agosto de 1929
Ley Nro. 809 del 26 de agosto de 1929
“Artículo único.- Conforme al artículo 53 de la Constitución Política del Estado, las Cámaras tienen la facultad para formar su presupuesto y ordenar su pago; en consecuencia, la Ley de Contraloría de 27 de abril de 1928, no comprende a los senadores y diputados cuyas dietas, así como el sueldo del personal subalterno y demás gastos, se pagaran en todo tiempo a simple orden de los Presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados”.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República
En Octubre de 1974 mediante D.L. N° 11902
• Organismo técnico administrativo y como organismo central del control fiscal. Facultades de funcionamiento como tribunal administrativo de competencia nacional.
• En el caso de los juicios coactivos, se le faculta además el Control.
• Previo en todas las instituciones del Estado, a través de un Departamentode Intervención.
Ley del Sistema de Control Fiscal
• El 29 de septiembre de 1977 mediante D.S. N° 14933 se aprobó la Ley Orgánica de la CGR y Ley del Sistema de Control Fiscal.
• Esta norma ratifica a la Contraloría su condición de Organismo Técnico Administrativo Superior de Control Fiscal, destacando, entre otros aspectos importantes, su autonomía de Funcionamiento respecto a cualquier otro poder del Estado.
DECRETO LEY Nº 14933DECRETO LEY Nº 1493329 DE SEPTIEMBRE DE 197729 DE SEPTIEMBRE DE 1977
Los juicios que se instauren ante la jurisdicción de la Contraloría General de la República, se sustanciarán y resolverán de acuerdo a los principios y normas señalados en el presente procedimiento y sólo a falta de disposición expresa se aplicarán, con carácter supletorio o por analogía las disposiciones del Código de Procedimiento Civil
Dilema administrativo gubernamental a la fecha vigente
1. Control Previo. 2. Control Posterior.3. Control Concurrente.
Ley Nro. 1178 de Administración y Control Gubernamentales
• Estructura Principista. • Sistémica. • Rendición de cuentas. • Forma y Fondo. • Responsabilidad por la Función
Pública.
Base de la Rendición de Cuentas
• Control Previo. – “Reparación Administrativa”.– Unidades de Control Gubernamental.– Unidades de Transparencia.
• Control Posterior. – Emitir informes anticipados por los
responsables de control interno posterior. • Contraloría General de la República• Unidades de Auditoria Interna.
LEGISLACION DE DOCUMENTACIÓN
• Decretos Leyes de protección de la documentación. • Los Decretos Supremos de 2 de marzo de 1989 y los
que les antecedieron al 7 de abril de 1961, al 15 de julio de 1971.
• Créase un archivo intermedio del Poder Ejecutivo con el nombre REPOSITORIO INTERMEDIO DEL PODER EJECUTIVO bajo la tuición del Ministerio de la Presidencia, con la misión principal de concentrar, organizar y eliminar la documentación inactiva del Poder Ejecutivo con 15 años o más de antigüedad para, remitiría y entregarla al cumplir treinta y cinco (35) años de antigüedad al Archivo Nacional de Bolivia, con excepción de tratados, instrumentos internacionales y documentos confidenciales.
• Nueva Constitución Política del Estado del 2009.
Preliminares
1. Responsabilidad de establecer y mantener un adecuado sistema de control interno.
2. “Lograr que todo servidor público, responda por el resultado y la forma.
3. Desarrollo de capacidad administrativa.
Administración del Riesgo Legal y la Administración del Riesgo
Adm.
Principio de Licitud.
(Requisitos para la licitud)
Responsabilidad Ejecutiva No se rinda las cuentas referidas al articulo
1 inc c). Incumpla el artículo 27 en su primer párrafo
y los incisos d), e) o f). Contratos. EE.FF. Independencia de la UAI.
Por negligencia o deficiencia en la gestión ejecutiva.
Mandato señalado por Ley. No implementación de la Unid. De
Transparencia.
Identificación de Responsabilidades de la MAE en
los 8 sistemas• Los sistemas que se regulan son:
a) Para programar y organizar las actividades: - Programación de Operaciones. - Organización Administrativa. - Presupuesto.
b) Para ejecutar las actividades programadas: - Administración de Personal. - Administración de Bienes y Servicios. - Tesorería y Crédito Público. - Contabilidad Integrada.
c) Para controlar la gestión del Sector Público: - Control Gubernamental, integrado por el Control Interno y el Control Externo Posterior.
Creación de GastosRacionalización del Sistema
Salarial
1. Bono de producción.Queda eliminado.
2. Bono de frontera.20% del salario mensual /50 Km. Lineales.
3. Bono de AntigüedadCon existencia previa del CAS
Continuación...
Responsabilidad.- Se aplicará la Ley del Sistema de Control Fiscal, su procedimiento y sanciones PENALES, contra quienes Resulten responsables de pago indebido de bonos, salarios y toda remuneración ilegal.
Reglamento a la Ley Financial
Se considera uso indebido de fondos:
Los pagos a clínicas y médicos particulares.
Atenciones odontológicas.Obsequios.Premios.Gastos de Prensa por salutaciones.Homenajes y padrinazgos.Agasajos, festejos, ayudas económicas.
Queda vigente por D.S. 21781
Continuación...
Subsidios, subvenciones, donaciones de cualquier naturaleza.
Concesión de préstamos.Anticipos de sueldo al personal.Gastos extra presupuestarios.Otros utilizados indebidamente.
Continuación...
• Gastos por atención a representantes de organismos
internacionalesAlcance: Representantes e
invitados especiales EN MISION OFICIAL.
Bajo Responsabilidad de la MAE (RES.ADM)
Continuación...Declaratorias en comisión: Por becas de estudio, seminarios
y cursos de post-grado o actualización de conocimientos
Por trámite de jubilación Por cesantía en el Magisterio
Fiscal Por viajes al exterior en misión
oficial Por necesidad del servicio.
Continuación...
BECAS. Todos los Servidores públicos beneficiados...Se reconoce el 100% de sus salarios.Su item no podrá ser utilizado para nuevas designaciones, debiendo ser cubiertas en forma interina de acuerdo a las NBSAP D.S. 26115Debe tener relación directa con sus actividades.
Continuación...El beneficiario no podrá hacer uso de otra beca, mientras no cumpla con la prestación de servicios obligatoria.
Doble del tiempo declarado en comisión.
Documentaciones PúblicasD.S. 22144
Fueron declaradas de máxima utilidad y necesidad nacionales, por constituir BIENES y RECURSOS del país.
1.Activas.2.Inactivas.3.Valor Permanente
Fondo Social
• Decreto Supremo Nº 19637• D.S. 27327
Multas por faltasMultas por atrasosSanciones disciplinarias
3 de diciembre de 2004
Cultural, deportivo y social.
Dolarización de acreencias con el Estado
Decreto Supremo Nº 20928a)Toda acreencia en moneda nacional por prestación de servicios, uso indebido de bienes, incumplimiento de descargos uso arbitrario de bienes, la suma de calculará en dólares.b)Por incumplimiento de contratos y recuperación de anticipos concedidos en moneda nacional, se exigirá el pago por el valor actualizado de reposición en plaza de los bienes, obras o servicios.c)Inaplicable.d)Concepto de reposición del bien extrañado.e)Por toda acreencia en moneda extranjera se exigirá el pago en dólares.
Nuevo Régimen Económico¿Qué interesa al control
gubernamental del 21060?• Los feriados con suspensión de
actividades son: 1. Domingos.2. 1º de enero.3. Lunes y martes de carnaval 4. Viernes santo5. 1º de mayo6. Corpus Cristi7. 6 de agosto 8. 1º de noviembre 9. 25 de diciembre 10. En cada departamento la fecha de su efemérides
Continuación del 21060
• Todo feriado que coincida con día domingo, debe ser compensado con el día hábil inmediato en los términos del D.S. 14260 del 31 de dic. de 1976.
Prohibido a toda autoridad Disponer la suspensión del trabajo fuera de los feriados
establecidos
• Caución del artículo 33 de la Ley N° 1178.– Conveniencia. – Función Secuencial.– Subsistencia de una de las responsabilidades. – Operativa.
Riesgos de la Decisión “Ejecutiva”
• Siempre es auditado.• Constituye el 80% de
responsabilidades.• Aplicación del art. 63 del Decreto
Supremo Nro. 23318-A.• Igual resulta insuficiente.• Determinación de Principio de
Prueba.
Verdad material del 33.
METODOLOGIA PARA EL ANALISIS CORRECTO DE NORMAS
ADMINISTRATIVAS
1. Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Público2. Normas Básicas de Administración de Personal. 3. Normas Básicas de Administración de BB y SS.
4. Ley de Procedimiento Administrativo.
Inicio de Responsabilidades Maes en BB y Personal
Auditorias Especiales
• Forma de encarar Auditorias Especiales de entidades que ejercen tuición y de la Contraloría General de la República.
• Metodología para la elaboración de “descargos” frente a la imputación de indicios de responsabilidad por la Función Pública.
• Triángulo estratégico para la toma de decisiones.
EVIDENCIA
Debe obtenerse evidencia competente y suficiente como base razonable para sustentar los hallazgos y conclusiones del auditor gubernamental.
LEGALIZACIÓN Pertinencia
A la conclusión del trabajo de campo y con carácter previo a la redacción del borrador del informe de auditoría debe obtenerse,, opinión legal escrita sobre la existencia de indicios de responsabilidad por la función pública, resultantes de los hallazgos de auditoría.
COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
Ser oportuno, completo, veraz, objetivo y convincente, así como lo suficientemente claro y conciso como lo permitan los asuntos tratados.
Indicar los antecedentes, el objeto, los objetivos específicos del examen, el alcance y la metodología empleada.
Señalar que el auditor gubernamental realizó la auditoría de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental.
Recomendaciones Informe de Responsabilidades
Procedimiento de aclaración
• Los informes de auditoría especial con indicios de responsabilidad deben someterse a procedimiento de aclaración, de conformidad con los artículos 39 y 40 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 23215.
• El procedimiento de aclaración dará lugar a un informe especial complementario que debe contener:
la referencia al informe especial preliminar y, si corresponde, a los informes ampliatorios.
detalle de la documentación respaldatoria de los descargos.
el análisis de los descargos conclusiones. las recomendaciones finales del auditor gubernamental. el informe legal. los informes técnicos complementarios, si corresponden.
Metodología de elaboración de descargos en proceso de
auditoria especial.
1. Papeles de trabajo. 2. Legalización de la documentación3. Status del Profesional responsable de
Auditoria Interna y legal. 4. Imprecisiones administrativas. 5. Cita de disposiciones legales
inexistentes.6. Elaboración del Descargo
(documentado)
Nueva forma de control posterior.
• El informe Circunstanciado de Auditoria Interna o de la contraloría General del Estado.
Responsabilidadpor la Función Pública
• Responsabilidad• 3º Reg.Aprob.
23318-A “El servidor público tiene el deber de desempeñar sus funciones con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y licitud. Su incumplimiento genera responsabilidades jurídicas.
¿Qué hice?
• Todo servidor público responderá de resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo.
• La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de su acción u omisión.
• Art. 28 inc. “a” 1178
• Ordenamiento jurídico Administrativo
• Normas que rigen la conducta funcionaria del Servidor público.
• Sujetos de la Res. Administrativa
• Prescripción• Proceso Interno• Sumariante.Revocatoria Jerárquico• Sanciones– multa – suspensión– destitución
Responsabilidad civil
• La responsabilidad civil emerge del daño valuable en Dinero y será determinada por el juez competente.
¿Quién es el juez competente?
• Juez Adm, Coactivo, fiscal y tributario cuando existe monto líquido y exigible.
• Juez de competencia Civil, cuando no hay monto líquido y exigible.A través de un proceso
ordinario.
Dictamen de Responsabilidad civil
El Dictamen de Responsabilidad Civil es una opinión técnica jurídica emitida por el Señor Contralor General de la República. Tiene valor de prueba preconstituida y contiene la relación de los hechos, actos u omisiones que presuntamente causaron daño económico al Estado, fundamentación legal, cuantificación del posible daño e identificación del presunto o presuntos responsables.
Prescripción
• 10 años• Excepción Vrs. Oficio• Repetición del pago• Resarcimiento de daño antes de
la ejecutoria del pliego o sentencia.
• Efectos.
• Emerge de una gestión negligente o deficiente así como el incumplimiento de los mandatos expresamente señalados por ley.
• Máximo ejecutivo de la entidad, la dirección colegiada o el titular de la entidad
Responsabilidad Ejecutiva
• No realizar una continua mejora de los sistemas operativos, de administración, de contabilidad e información gerencial, control interno incluyendo auditoría interna y asesoría legal, ni una evaluación técnica del personal que garantice mantener el trabajo de los servidores públicos cuya capacidad sea comprobada.
• Gestión no transparente.
Gestión ejecutiva negligente o deficiente.(35)D.S.
• Las estratégias, políticas, planes y programas de la entidad no se han ajustado oportunamente conforme a los resultados y problemas indicados por el sistema de información o no son concordantes con los lineamientos establecidos.
RESPONSABILIDAD PENAL
• La existencia de delitos.• Prescribe de acuerdo a lo
señalado por el Código Penal.• Sujetos: todos.• Autoridad competente.• Obligación de denunciar.