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En la siguiente presentación se fundamentan los motivos de salud pública y tributarios para aumentar el impuesto al tabaco y regular la publicidad, el contenido y las sanciones por infracción de la ley.
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CONVENIO MARCO DE LA OMS PARA EL CONTROL DEL TABACO
Ley “Que regula actividades relacionadas al tabaco y establece
medidas sanitarias de protección a la población frente al tabaquismo”
ANTECEDENTES El Convenio Marco de la OMS para Control del
Tabaco (CMCTOMS) es el primer tratado negociado a nivel mundial por la OMS y está basado en pruebas científicas. A la fecha cuenta con 168 países signatarios (el más respaldado del toda la historia de NNUU)
El CMCTOMS se abrió a la firma el 16 de junio de 2003 en Ginebra y posteriormente del 30 de junio de 2003 al 29 de junio de 2004 en la Sede de Naciones Unidas en Nueva York
El tratado entró en vigencia el 27 de febrero de 2005
Paraguay se adhirió el 8 de junio de 2006, con la aprobación la Ley Nro. 2.969/06
MARCO NORMATIVO El CMCT OMS es una nueva estrategia para enfrentar los
problemas de las adicciones
Se elaboró en respuesta a la globalización de la epidemia mundial del tabaquismo
La propagación de la epidemia se ve favorecida por diversos factores complejos con efectos trasfronterizos, entre ellos la liberación del comercio y las inversiones extrajeras directas. Así también, la comercialización a nivel mundial, la publicidad trasnacional del tabaco, su promoción y patrocinio
El tráfico internacional de cigarrillos, el contrabando y la falsificación
EVIDENCIA CIENTÍFICA El tabaquismo es un problema de alta prioridad
en salud pública 5 millones de muertes prematuras al año por
tabaco
Causa una elevada tasa de morbilidad y se relaciona con más de 25 enfermedades. varios tipos de cánceres, especialmente broncopulmonar; enfermedades cardiovasculares: muerte prematura por Infarto Agudo de Miocardio (IAM), Accidentes Cerebrovasculares (ACV); y enfermedades respiratorias (EPOC: Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica), principalmente
EVIDENCIA CIENTÍFICA (OMSIARC) clasificó en 2004 el humo de tabaco
ambiental como carcinógeno de primer orden.
En Paraguay dos personas mueren por día a causa de enfermedades relacionadas al tabaquismo.
Se registran unos 1.240 casos nuevos por año, de cánceres relacionados al consumo de tabaco.
En el caso del cáncer de pulmón, más del 80% de los canceres tiene relación al consumo de tabaco. Mortalidad por cáncer de pulmón, está alrededor del 78%.
IMPACTO ECONÓMICO Y SANITARIO
Para enfrentar los problemas de salud se necesita presupuestar aprox. 100 millones de dólares para tratar a los enfermos,
El Estado solamente recauda alrededor de 55 millones de dólares anualmente. Mientras, Brasil recauda 3.000 millones, Argentina 2.000 y Uruguay, con la mitad de nuestra población, registra ingresos por 300 millones de dólares.
IMPACTO POLÍTICO, FISCAL Y SOCIAL
Impuestos actualesCigarrillos perfumados o elaborados con tabaco rubio egipcio o turco,
virginia y similares 13% Cigarrillos en general no comprendidos en el numeral anterior 13% Cigarrillos de cualquier clase 13% Tabaco negro o rubio, picado o en otra forma, excepto el tabaco en
hojas 13%Tabaco elaborado, picado, en hebra, en polvo (rapé), o en cualquier otra
forma. 13%
Brasil: 58%; Argentina: 68%; Uruguay: 66%
Sector Tabaco aporta el 2,70% de las recaudaciones totales.
Evasion del sector es aprox. de 35%
Estadísticas de Recaudación
Sobre movimientos locales totales (US$.)
2006 2007 2008 2009 2010 20110
10.000.000
20.000.000
30.000.000
40.000.000
50.000.000
60.000.000
70.000.000
80.000.000
IMPUESTO A LA RENTA
Impuesto al Valor Agregado
Impuesto Selectivo al Consumo
TOTAL GENERAL
INSUMOS UTILIZADOS
Sobre movimientos locales totales
2006 2007 2008 2009 2010 20110
10.000.000
20.000.000
30.000.000
40.000.000
50.000.000
60.000.000
IMPORTACION DE HOJAS DE TABACO (KG)
EXPORTACION DE HOJAS DE TABACO (KG)
PRODUCCION LOCAL TABACO
IMPORTACION PAPEL PARA CIGARRILLOS (KG)
Movimientos totales
EN UNIDADES DE CIGARRILLOS
2006 2007 2008 2009 2010 20110
10.000.000.000
20.000.000.000
30.000.000.000
40.000.000.000
50.000.000.000
60.000.000.000
70.000.000.000
TOTAL PRODUCCION
TOTAL IMPORTACION
TOTAL CONSUMO
TOTAL EXPORTACION
TOTAL COMERCIO ILICITO
PARAGUAY ESTÁ ENTRE LOS PAÍSES DONDE EL COSTO DEL PAQUETE ES MENOR EN RELACIÓN A LOS INGRESOS DE LA POBLACIÓN, LO QUE FACILITA EL ACCESO A MENORES A ESTA DROGA
Fuente: http://3pk43x313ggr4cy0lh3tctjh.wpengine.netdnacdn.com/wpcontent/uploads/2015/03/TA5_2015_WEB.pdf
PARAGUAY, CONJUNTAMENTE CON LA MAYORÍA DE LOS PAÍSES DE ÁFRICA, EEUU, CHINA ENTRE OTROS, NO TIENE GRÁFICAS DE ADVERTENCIA
LEY “QUE REGULA ACTIVIDADES RELACIONADAS AL TABACO Y ESTABLECE MEDIDAS SANITARIAS DE PROTECCIÓN A LA POBLACIÓN FRENTE AL TABAQUISMO”
COMPONENTE I
“su objeto es establecer las medidas necesarias para proteger la salud de las personas de las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de los productos del tabaco.”
En materia de Salud Pública y Control Sanitario, al MSPBS;
En materia tributaria, el Ministerio de Hacienda;
En materia de producción agrícola de Tabaco al MAG;
En materia de distribución, comercialización y defensa al consumidor, al MIC, en este último caso, en coordinación con los municipios, según establece la Ley 1334/98 de Defensa al Consumidor.
Objeto, Alcance de la ley y Definiciones
Autoridades de aplicación
COMPONENTE I
Art 5°: prohíbe la compra indirecta, al menudeo, en lugares no habilitados, en el radio de 100 metros a la redonda de establecimientos donde acudan menores
Art. 6°: prohíbe la venta en centros educativos, públicos, deportivos, culturales, etc.
Art. 7°: prohíbe la venta por menores y a menores de edad.
Art. 8°: prohíbe objetos con marcas o elementos que se identifiquen con el tabaco.
Art. 9°: prohibe fumar, vapear o fumar electrónicamente en lugares públicos y privados de concurrencia masiva.
Art. 10° Obliga a colocar avisos en castellano y guaraní.
Venta y suministro de los productos de tabaco
Regulación, venta, suministro y comercio de los productos de tabaco
COMPONENTE I
Art. 12°: Prohibición de publicidad de productos del tabaco en todos los medios físicos, digitales y de telefonía.
Art. 13°: Se agrandan espacios de advertencias al 50% en ambas caras principales, se incluyen pictogramas a todo color, además una cara lateral deberá tener información de contenidos y deberá advertirse que la venta es exclusiva en Paraguay y prohibida a menores de edad.
Art. 14° : Los contenidos deberán ser declarados por las tabacaleras
Publicidad, Promoción y Patrocinio
Empaquetado y Etiquetado
COMPONENTE II
Art. 17°: El MEC realizará programas educativos sobre los efectos dañinos del tabaco.
Art. 18°: el MPSBS establecerá programas, tratamientos para tratar adicción y enfermedades.
Art. 19: Se propone el incremento al 50% (en la versión Senadores quedó en 20%) del impuesto selectivo al consumo a todos los productos del tabaco.
Art. 23°: El destino de los fondos: 20% Deportes; 40% Salud; 10% Emergencia; 25% Agricultura Familiar.
Medidas de prevención de tabaquismo, de promoción de salud y abandono del tabaco
Gravamen al consumo (impuestos)
COMPONENTE II
Art. 26°: el Ministerio de Salud podrá establecer análisis y métodos de medición de contenido y emisión de humos.
Art. 29°. Las multas podrán ser de 5 a 10 veces el valor de lo decomisado. En caso de publicidad prohibida, 10 veces el valor de la pauta emitida. En caso de reiteración llegará a la clausura del local o empresa.
Controles del Ministerio de Salud
Regimen de Infracciones y Sanciones
EN CHILE: MAYORES IMPUESTOS REDUJERON CONSUMO Y MANTUVIERON RECAUDACIONES
Fuente: http://www.chilelibredetabaco.cl/wpcontent/uploads/2014/07/ChLTImpuestosaltabacomitosyrealidades.pdf
EN CHILE: DUPLICACIÓN DEL PRECIO DE CAJETILLAS POR AUMENTO DE IMPUESTOS AL TABACO REDUJO EN 9 PUNTOS PORCENTUALES TABAQUISMO EN JÓVENES
Fuente: http://www.chilelibredetabaco.cl/wpcontent/uploads/2014/07/ChLTImpuestosaltabacomitosyrealidades.pdf