31
Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019 Términos de Referencia 1 de 31 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ INVITACIÓN ABIERTA A COTIZAR IAC-FP-010-2019 OBJETO: ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS PARA LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL Y LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA POLICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL. Bogotá D. C. Octubre de 2019

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

1 de 31

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ

INVITACIÓN ABIERTA A COTIZAR

IAC-FP-010-2019

OBJETO:

ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS PARA LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL

Y LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA POLICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL.

Bogotá D. C.

Octubre de 2019

Page 2: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

2 de 31

I. Antecedentes, descripción y justificación de la necesidad

1. La Ley 368 de 1997, creó el Fondo de Programas Especiales para la Paz, estableciendo que es una

cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sin personería

jurídica, administrada como un sistema separado de cuentas, cuyo objeto es la “financiación de

programas de paz encaminados a fomentar la reincorporación a la vida civil de grupos alzados en armas,

que demuestren su voluntad de incorporarse a la vida civil mediante su desmovilización y la dejación de

armas”.

En virtud del Régimen de Contratación de FONDO PAZ, los contratos sólo se someterán a las normas que rigen la contratación entre particulares, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 716 de 1994, el artículo 15 de la Ley 434 de 1998 y el artículo 2.2.2.1.3, del Decreto 1081 de 2015.

El Decreto 1081 de 2015 en su artículo 2.2.2.1.1 estableció como funciones específicas del Fondo, entre otras las siguientes: i) Financiar y cofinanciar la realización de actividades que generen condiciones para entablar conversaciones, diálogos y firma de acuerdos con grupos alzados en armas que participen en el conflicto interno armado; ii) Fomentar la coordinación interinstitucional, la participación de las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad en el afianzamiento de una cultural de convivencia, respeto a los derechos humanos y bienestar social; iii) Dar impulso y apoyo económico a las iniciativas de la sociedad civil a nivel nacional y regional, encaminadas al logro y mantenimiento de la paz.

2. Las bases del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la equidad”,

establecen la creación de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral como una de las estrategias

para cumplir con el propósito de transitar del control militar y Policial al control institucional, en las zonas

de mayor afectación por la criminalidad, mediante la acción unificada de las instituciones del Estado, las

entidades privadas, las organizaciones civiles, la cooperación internacional y la Fuerza Pública (Gobierno

de Colombia, 2019.

El Presidente de la República presentó la Política Pública de Defensa y Seguridad para la Legalidad, el Emprendimiento y la Equidad, como un trabajo conjunto del Ministerio de Defensa Nacional, la Consejería de Seguridad Nacional y las Fuerzas Armadas, que se articula con las políticas que el Gobierno Nacional adelanta en materia de estabilización, protección de líderes sociales y defensores de derechos humanos (Plan de Acción Oportuna –PAO), la política de Paz con Legalidad, la Política Exterior y la Política Integral contra las Drogas ‘Ruta Futuro’. La Política Pública de Defensa y Seguridad Nacional, establece dentro de sus objetivos estratégicos en el numeral 6.1.5, la necesidad de consolidar la seguridad para la legalidad y contribuir al emprendimiento y el logro de la equidad, con el cual, entre otros, se busca garantizar la seguridad para la inversión y emprendimientos productivos. La línea de la política establecida en el numeral 6.2.4.8, busca articular la oferta institucional para transformar el territorio, toda vez que establece que la sustitución de la economía ilícita por lícita requiere no solo el desmantelamiento de la primera sino la creación de condiciones que permitan el surgimiento

Page 3: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

3 de 31

de mercados lícitos y actividades productivas sostenibles. Para eso se requiere articular la oferta institucional del Estado de tal modo que obedezca a una planeación y secuencia en la ejecución, que, en efecto, propicie las condiciones para el desarrollo económico y social. Esta Política Pública es el eje de transformación estratégica, numeral 3.4.1, formula las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (en adelante ZEII) (Fase I), que consiste en la delimitación de espacios del territorio que se caracterizan por la ausencia o déficit de legalidad; vacíos de institucionalidad o con una precaria presencia estatal; ricos en recursos hídricos, biodiversidad y medio ambiente que están en alto riesgo o franjas de frontera, lo cual les otorga un carácter estratégico. Las ZEII son zonas de gran relevancia para los intereses nacionales y la convergencia de múltiples factores de inestabilidad y altos índices de criminalidad e inseguridad, así como de necesidades básicas insatisfechas, pobreza extrema y con población víctima de la violencia, de gran relevancia para los intereses nacionales. Con la implementación de estas zonas se busca denegar el territorio a los sistemas criminales, reducir su capacidad delictiva en dirección a su desarticulación y crear condiciones de seguridad, para restablecer la legalidad, defender, proteger y preservar los cuerpos de agua, la biodiversidad y el medio ambiente, activos estratégicos de la Nación, transformando territorios y otorgando condiciones mínimas de seguridad y paz a la población. Los objetivos que persiguen las estrategias a implementar en las ZEII fueron formulados de la siguiente manera:

1. Reforzar las medidas de protección a la población. Proteger a la población que habita en zonas

estratégicas con presencia de los grupos armados organizados, organizaciones criminales y de

las economías ilegales, con especial énfasis en aquellas comunidades y organizaciones que

tienen mayor vulnerabilidad debido a su liderazgo social, etnia y género.

2. Fortalecer el Estado Social de Derecho. A través de un modelo de control institucional,

secuencial, ordenado y articulado, debilitar y neutralizar la capacidad de las organizaciones

armadas ilegales para ejercer control sobre la población. Con este fin, el Estado de la mano de

las administraciones locales y fortaleciendo sus capacidades, busca consolidar el monopolio en

la provisión y garantía de:

a. Seguridad y protección de la vida, la libertad y la propiedad del ciudadano.

b. El imperio de la Ley. Las instituciones estatales deben desarrollar y consolidar las

capacidades de administrar justicia, para reaccionar frente a la conducta ilegal y fortalecer la

cultura de la legalidad.

c. La exclusividad estatal de las capacidades regulatorias en la provisión de bienes y servicios

públicos.

3. Priorizar y acelerar la prestación de servicios sociales. Se trata de la provisión de los servicios

sociales y bienes públicos básicos con el fin de lograr la satisfacción de los derechos

ciudadanos y fortalecer la legitimidad del Estado. En este proceso se busca priorizar la

infraestructura básica necesaria para la conectividad y la movilidad (red vial terciaria,

Page 4: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

4 de 31

electricidad, telefonía, radio, entre otros); la provisión de servicios básicos de educación, salud y

recreación; la legalización y formalización de los derechos de propiedad y acceso a la tierra.

4. Defender y proteger el agua, la biodiversidad y el medio ambiente. Protección de la

biodiversidad, el agua y el capital ambiental frente a aquellas acciones delictivas que afecten su

preservación y sus usos sostenibles.

5. Impulsar la transformación productiva de los territorios. Se trata del proceso secuencial y

ordenado del tránsito de las economías ilícitas a economías lícitas en los territorios priorizados,

acorde con el uso del suelo permitido y fomentando el desarrollo económico del territorio. Este

proceso debe garantizar núcleos de productores con proyectos que generen fuentes estables y

lícitas de empleo e ingreso y que estén acordes a las normas ambientales vigentes; la libre

asociación de la población en organizaciones sociales y productivas; la innovación y

emprendimiento como posibilidades de crecimiento económico y la promoción y el fomento de

las manifestaciones culturales, así como de territorios libres de cultivos ilícitos.

En el marco del Consejo de Seguridad Nacional, se determinan cuáles de esos espacios geográficos recibirán la calificación de Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII), para efectos de implementar planes especiales. El Decreto 4748 de 2010, modificado por el Decreto 469 2015 estableció que “El Consejo de Seguridad Nacional es el máximo órgano asesor del Presidente de la República para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional, asesorará al Presidente de la República en el proceso de formulación, implementación y seguimiento de políticas de seguridad nacional, con el objetivo de coordinar los esfuerzos de los Ministerios y otras entidades del Estado” Dentro de las funciones del Consejo de Seguridad Nacional, contenidas en el artículo 4º del Decreto 4710 de 2010, se encuentran las de “1. Asesorar al Presidente de la República en materia de defensa y seguridad nacional. 2. Asesorar al Presidente de la República en el establecimiento de las prioridades de seguridad nacional. 3. Proponer al Presidente de la República escenarios y opciones para la toma de decisiones en materia de seguridad nacional. 4. Asesorar al Presidente de la República en la formulación de políticas institucionales en materia de seguridad nacional y hacer seguimiento a su cumplimiento”. De conformidad con lo establecido en el artículo 8º del Decreto 4710 de 2010, “Los documentos preparatorios, las deliberaciones y las actas del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional, por tratarse de documentos relacionados con la defensa o seguridad nacional, de conformidad con lo señalado en el artículo 12 de la Ley 57 de 1985 serán reservados. Los miembros e invitados del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional que tengan acceso a este tipo de información deberán garantizar la reserva de la misma, so pena de incurrir en las sanciones penales y disciplinarias a las que haya lugar”.

3. Para el caso particular, mediante acta fechada el 20 de mayo de 2019, fueron determinadas como zonas

estratégicas de intervención integral unas veredas ubicadas en municipios del Pacifico Nariñense,

Catatumbo, Arauca, Bajo Cauca y Sur de Córdoba y el PNN Chibiriquete y parques naturales aledaños;

en las zonas mencionadas convergen múltiples factores de inestabilidad y altos índices de criminalidad e

Page 5: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

5 de 31

inseguridad, así como de necesidades básicas insatisfechas, pobreza extrema y con población víctima

de la violencia.

Lo anterior tiene su sustento normativo en el artículo 2 de la Ley 1941 de 2018, que adicionó el artículo 6 de la Ley 418 de 1997, otorgándole al Consejo de Seguridad Nacional la potestad de declarar Zonas Estratégicas de Intervención Integral a regiones afectadas por la criminalidad que afecte la seguridad nacional, con el fin de proteger a la población y garantizar una acción unificada, coordinada, interagencial, sostenida e integral del Estado y establece que las zonas serán objeto de planes especiales de fortalecimiento del Estado Social de Derecho, prioridad para la prestación de servicios sociales y de medidas reforzadas de protección a la población, en cumplimiento con el mandato constitucional. Con la finalidad de financiar los planes, programas y estrategias que se implementarán en los territorios que se establezcan como Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII), se hizo necesario reglamentar una subcuenta en el Fondo de Programas Especiales para la Paz de conformidad con lo establecido en los parágrafos 1 y 2 del artículo 6 de la Ley 418 de 1997, para lo cual se expidió por el Gobierno Nacional el Decreto 1438 del 19 de agosto de 2019, el cual adicionó el Capítulo 2 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República, y establece la Reglamentación Subcuenta Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII), en el siguiente sentido: “Artículo 2.2.2.2.1 Objeto de la Subcuenta del Fondo Programas Especiales para la Paz. El objeto de la subcuenta Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII) del Fondo de Programas Especiales para la Paz, será la financiación de planes, programas y estrategias que se implementarán en los territorios que se establezcan como Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII). Artículo 2.2.2.2.2. Fuente de los recursos. Los recursos destinados a la financiación de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII), provendrán de recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación, recursos de cooperación internacional, aportes del sector privado. Artículo 2.2.2.2.3. Financiación de los planes especiales de Intervención Integral de las Zonas Estratégicas de Intervención Integral (ZEII). Con los recursos destinados a la Subcuenta a la que se refiere este Capítulo, se financiarán los Planes Especiales de Intervención Integral (PEII), así como los proyectos, programas y estrategias que allí se definan para el cumplimiento de los objetivos estratégicos enmarcados en la búsqueda de reforzar las medidas de protección a la población, el fortalecimiento del Estado Social de Derecho y la prioridad para la prestación de servicios sociales en las ZEII. Parágrafo. La elaboración de los Planes Especiales de Intervención Integral (PEII) de las ZEII se hará bajo la coordinación del Consejo de Seguridad Nacional”.

4. Mediante MEM19-00013089 / IDM 1214000 de 22 de agosto de 2019, el Consejero para la Seguridad de

la Presidencia de la República, en su calidad de Secretario Técnico del Consejo de Seguridad Nacional y

en cumplimiento de lo dispuesto en el Numeral 6 del Artículo 26 del Decreto 179 de 2019, remitió al

Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz el Plan de Reacción Inmediata aprobado por el

Consejo de Seguridad Nacional, en sesión del pasado 20 de agosto, el cual constituye un componente

del Plan Especial de Intervención Integral de la Zona del Pacífico Nariñense, en los términos del artículo

2º de la Ley 1941 de 2018, para los fines pertinentes en el ámbito de su competencia, en especial lo

señalado en el Decreto 1438 de 2019. Este Plan de Reacción Inmediata priorizó para el cumplimiento de

objetivo de “Medidas Reforzadas de Protección a la Población” la ejecución del Proyecto

Page 6: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

6 de 31

“Fortalecimiento de Inteligencia Policial”, y del Proyecto “Fortalecimiento de la Investigación Criminal”, los

cuales corresponden a las actividades que se van a desarrollar con el presente Convenio.

Mediante comunicación No. OFI19-00102796/ IDM1220000 del 04 de septiembre de 2019, el Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz, solicitó al Director General de la Policía Nacional, la información técnica requerida para la adquisición de equipos destinados a la Policía Nacional, en cumplimiento del Plan de Reacción Inmediata para la ZEII Pacífico Nariñense y la necesidad de avanzar en la suscripción de un convenio interadministrativo que le permita al Fondo de Programas Especiales para la Paz, la entrega formal de los mencionados equipos a la Institución, en la presente vigencia.

En cumplimiento de lo anterior, el 30 de septiembre de 2019, se suscribió el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 228 con el objeto de aunar esfuerzos, entre el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ y la POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA a través de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL y la Dirección de Inteligencia Policial, orientados a garantizar la convivencia y seguridad ciudadana en la denominada Zona Futuro Pacífico Nariñense, disponiendo los recursos, capacidades tecnológicas, operacionales y presupuestales que la actividad demande para cada una de las entidades. En cumplimiento de dicho convenio, se proyecta adquirir por el Fondo de Programas Especiales para la Paz, equipos destinados a la Policía Nacional, los cuales fortalecerán las capacidades institucionales con lo cual se propenderá mejorar las condiciones actuales y facilitar los programas de gobierno que incentiven la correcta prestación del servicio de policía y el desarrollo de los procesos investigativos de los delitos que atentan contra la vida, la integridad personal, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, así como el desmantelamiento de organizaciones criminales, para garantizar la convivencia y seguridad ciudadana en la zona, a través de la dinamización del intercambio de información y la facilidad de interconexión entre las diferentes comunidades con una estructura más segura y adecuada a sus necesidades y requerimientos. Los bienes en referencia, que serán entregados en propiedad a la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL y la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, para ser utilizados en actividades misionales del servicio de Investigación Criminal; así como, el despliegue de las capacidades de inteligencia en los municipios priorizados por la Zona Futuro del Pacífico Nariñense, quienes se harán cargo del mantenimiento de los mismos, contribuirán al fortalecimiento de las capacidades con que actualmente cuenta la Institución. Adicionalmente, le permitirá a la Policía Nacional contar con los medios adecuados para potencializar las actividades y técnicas en el desarrollo de las investigaciones, así como la planeación operacional y control Policial en contra de los aparatos de crimen organizado y delincuencia común, de igual forma, el apoyo logístico a la ciudadanía de esta zona del país, generando un mayor acercamiento con la población civil, generación de confianza y presencia institucional que permitan el desarrollo socio-económico de las comunidades beneficiadas. Lo anterior, dentro del marco del Plan Operacional Conjunto y Coordinado Pacífico Nariñense, en el cual se adelantan actividades de Inteligencia Policial e Investigación Criminal para contrarrestar los factores de inestabilidad y los Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos Armados Organizados Residuales (GAO,r) presentes en la región.

En respuesta a la solicitud realizada por el Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz, la Policía Nacional mediante oficio 154793 del 10 de octubre de 2019, hizo entrega de la información técnica requerida para la adquisición de equipos, en cumplimiento del Plan de Reacción Inmediata para la ZEII Pacífico Nariñense.

Page 7: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

7 de 31

Que se hace necesario que el Fondo de Programas Especiales para la Paz inicie el proceso de contratación para la adquisición de equipos destinados para la Dirección de Investigación Criminal e Interpol y la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional. Estos bienes y equipos serán destinados a la defensa y seguridad nacional.

Que los bienes objeto del futuro contrato, serán utilizados en las ZEII Pacífico Nariñense, inicialmente en el municipio de Tumaco, Nariño, sin perjuicio que se puedan viabilizar actividades en otras zonas de conformidad con lo aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional.

Para la adquisición de equipos y bienes, se realizó una distribución en nueve (9) grupos, teniendo en cuenta sus características técnicas, los cuales se encuentran descritos en el ANEXO 5 - FICHA DE ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TECNICAS. El Fondo de Programas Especiales para la Paz una vez analizados y estudiados los documentos entregados por la Policía Nacional, teniendo en cuenta el conocimiento técnico y del mercado de la Policía Nacional y la especialidad de los bienes, los análisis previos realizados por la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL y la Dirección de Inteligencia Policial, sobre los bienes por adquirir y los precio de mercado, los valores resultantes y determinados por la Policía Nacional, son adoptados por FONDO PAZ para los efectos de adelantar el proceso de selección. Mediante la Resolución 0093 del 11 de febrero de 2019, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en adelante DAPRE o LA ENTIDAD, delegó en el Director de FONDO PAZ la función de ordenar el gasto, ordenar el pago por cualquier concepto, celebrar, modificar y liquidar contratos y convenios que se generen con cargo a los rubros Funcionamiento - Transferencias corrientes - Fondo de Programas Especiales para la Paz: Programas Desmovilizados, con cargo al cual se financia el presente proceso.

II. Invitación EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ pone a disposición de los interesados los estudios previos adjuntos para seleccionar el contratista, encargado de ejecutar el contrato de Compraventa, cuyo objeto corresponde al objeto: “ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS PARA LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL Y LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA POLICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL.”. EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ invita a todas las personas que consideren cumplen con los requisitos habilitantes y especificaciones técnicas y se encuentren interesadas en hacer parte de este proceso, a presentar ofertas para todos o algunos de los Grupos que se describen el en Anexo 5. La documentación que justifica la apertura de la presente invitación, se encuentra plasmada en los estudios previos y demás documentos que reposan en la carpeta contractual y que por ende hacen parte integral de la presente invitación.

Las personas naturales o jurídicas que se encuentren interesados en aplicar en la presente invitación abierta a cotizar, pueden presentar de manera oportuna las observaciones a este documento, atendiendo lo establecido en el cronograma contenido en el mismo.

Page 8: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

8 de 31

A. Invitación a las veedurías ciudadanas

EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al actual proceso de contratación a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes y a que consulten los Documentos del Proceso en la página web de la Presidencia de la República de Colombia www.presidencia.gov.co

B. Compromiso anticorrupción

Los interesados en presentarse en esta invitación, deberán suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo número 1, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción.

Si hay incumplimiento comprobado del compromiso anticorrupción por parte del participante, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en la presente invitación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la cotización o para la terminación anticipada del contrato si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.

C. Costos derivados de participar en la presente Invitación Abierta a Cotizar

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos de esta invitación, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las propuestas, la presentación de observaciones a las mismas y cualquier otro costo directo o indirecto relacionado con la participación en esta invitación abierta a cotizar, estará a cargo exclusivo de los interesados y proponentes.

D. Comunicaciones

La presente Invitación Abierta a Cotizar se publicará en la página web de Presidencia www.presidencia.gov.co para garantizar la publicidad de la misma y se hace con el objetivo de que un número mayor de personas realicen la consulta preliminar de los términos a través de dicho sitio web. Las propuestas y sus respectivos soportes establecidos en los presentes términos se deben presentar de alguna de las siguientes formas:

1. En forma física (1) UN ORIGINAL Y DOS COPIAS radicándolos en la taquilla de correspondencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de Colombia ubicada en la Calle 7 No. 6-54 de la ciudad de Bogotá, dirigidos al Director del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ.

2. En forma Digital, enviándolas por correo electrónico al email [email protected] , en formato PDF que no supere las 2MB, dirigida al Director del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ.

El plazo máximo para que el/los interesado(s) radique(n) su propuesta será de acuerdo al cronograma

Page 9: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

9 de 31

incluido en el presente documento. Las ofertas recibidas después de esta hora y fecha, se tendrán como no presentadas y no serán tenidas en cuenta. Las observaciones y/o solicitudes de aclaración que surjan sobre los términos de referencia de la presente invitación se deben enviar al email [email protected], teniendo en cuenta los plazos determinados en el Cronograma de esta invitación. Las comunicaciones y solicitudes enviadas al FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ por canales distintos a los mencionados en los párrafos anteriores, no serán tenidas en cuenta, hasta que sean remitidas por uno de los medios descritos en este documento. Se les solicita a los interesados en participar en este proceso, tener en cuenta las siguientes condiciones y documentación de carácter general:

a. Examine rigurosamente el contenido de la invitación y anexos. b. Verifique no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades para

celebrar contratos con las entidades estatales según lo dispuesto en la normatividad legal vigente. c. Proceda a entregar la información y documentación exigida y verifique la vigencia para los

documentos que la requieran, esto demostrará que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.

d. Debe contener todos los documentos habilitantes establecidos en esta invitación. e. Cualquier omisión del interesado en proporcionar la información requerida será de su propio riesgo

y podrá generar el rechazo de su propuesta. f. Podrá verificar cualquier información que se allegue con la propuesta a través de la autoridad o

institución que considere pertinente y con los soportes documentales que podrán ser solicitados en cualquier tiempo al interesado.

g. Serán de cargo del interesado todos los costos asociados a la preparación y presentación de su cotización.

h. De igual forma, los costos de legalización del contrato, en caso de resultar adjudicatario, serán a cargo del contratista.

i. Las propuestas deberán entregarse de acuerdo a lo fijado en el cronograma de la invitación. j. Las propuestas debe tener una vigencia mínima de treinta (30) días calendario contados a partir de

la fecha de cierre de la invitación.

No será admisible como excusa el desconocimiento o desinformación por la no consulta en el sitio web. No obstante que el medio principal de publicación de información es la página web www.presidencia.gov.co , cada uno de los proponentes u oferentes al presentar su propuesta u oferta autorizan al FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, para que este último notifique cualquier decisión sobre los presentes términos de referencia a los correos electrónicos que hayan citado como medio de recibo de información.

E. Idioma

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los interesados o por terceros para efectos de la presente invitación o para ser tenidos en cuenta en la misma, deben ser otorgados y presentados en castellano.

Page 10: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

10 de 31

La diferente documentación con la cual los interesados acrediten los requisitos habilitantes contenidos en este documento y que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano por un traductor oficial, estar debidamente apostillados y presentarse junto con su original. De acuerdo a lo anterior, para la adjudicación de la invitación, el interesado que resulte seleccionado deberá allegar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en lengua extranjera, la cual deberá ser oficial y acorde con los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de apostilla o consularización.

F. Legalización de documentos otorgados en el Exterior

Los documentos presentados por el participante no requieren legalización alguna, salvo por lo establecido en esta sección respecto de los documentos otorgados en el exterior y por los poderes generales o especiales que deben ser otorgados ante notario público. El participante debe presentar con su propuesta los documentos públicos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización de acuerdo con la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros y la Ley 1564 de 2012. Para el momento de la selección e l interesado debe presentar los documentos públicos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la normativa aplicable.

G. Conversión de monedas

Los interesados deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.

Si están expresados originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de América, deberán convertirse a esta moneda teniendo como referencia el valor de la tasa representativa del mercado de acuerdo a los valores del Banco de la República.

Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados financieros.

H. Subsanabilidad

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al interesado, no necesarios para la comparación de las cotizaciones, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la cotización que no afecten la asignación de puntaje, serán solicitados por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ y estos deberán ser entregados por los interesados según lo consignado en el cronograma. Serán rechazadas las cotizaciones de aquellos interesados que no suministren la información y la documentación solicitada por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ hasta el plazo anteriormente señalado. Durante el término otorgado para subsanar las cotizaciones, los interesados no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre de la invitación.

Page 11: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

11 de 31

La no entrega de la garantía de seriedad junto con la cotización, no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.

III. Definiciones

Las expresiones utilizadas en el este documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

Definiciones

Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los presentes términos de referencia y que hacen parte integral del mismo.

Contrato

Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos.

TRM

Tasa de cambio representativa del mercado spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web www.superfinanciera.gov.co

Descripción del Objeto a Contratar

Objeto: “ADQUISICIÓN DE BIENES DESTINADOS PARA LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL Y LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA POLICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL. Alcance del objeto: La adquisición de bienes se realizará de conformidad con las especificaciones técnicas del ANEXO 5 - FICHA DE ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TÉCNICAS.

IV. Plazo de Ejecución El plazo de ejecución del presente contrato se contará a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución y hasta el 20 de diciembre de 2019, teniendo en cuenta los tiempos de entrega máximos establecidos para la entrega de cada grupo establecidos en el ANEXO 7 – TIEMPO DE ENTREGA POR GRUPO.

V. Presupuesto Oficial Para cumplir con lo dispuesto por el Consejo de Seguridad Nacional es necesario adelantar la contratación para la adquisición de los equipos destinados para la Policía Nacional a la defensa y seguridad nacional, que permita la ejecución de los objetivos de Fortalecimiento del Estado Social de Derecho y Prestación de Servicios Sociales y Bienes Públicos Rurales de los que habla las Zonas Estratégicas de Intervención Integral,

Page 12: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

12 de 31

específicamente la Zona Tumaco, Nariño. El presupuesto estimado para este proceso asciende a la suma de: CUATRO MIL CIENTO CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATRO PESOS ($4.105.548.004, 00) M/CTE., discriminados como se muestra en el ANEXO 6. PRESUPUESTO OFICIAL POR GRUPO. Estos valores obedecen a lo dispuesto por los estudios técnicos de mercado establecidos por la Policía Nacional, los cuales fueron adoptados por el Fondo de Programas Especiales para la Paz para adelantar la presente contratación.

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

La presente contratación está amparada por el certificado de disponibilidad presupuestal N° 8319 del 25 de octubre de 2019, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Área Financiera del DAPRE.

VI. Forma de Pago.

El contrato que se suscriba como resultado de este proceso se pagará, así:

El Fondo de Programas Especiales se obliga a cancelar contra entrega el valor de los contratos que se deriven de la presente contratación en un solo pago por grupo completo, en pesos colombianos, previo cumplimiento del objeto contractual y recibido a satisfacción por el supervisor del contrato.

Para ello el contratista presentará a la Entidad, factura Original, certificado de cumplimiento a satisfacción parcial o total de los bienes entregados suscritos por el supervisor designado, y los demás trámites administrativos a que haya lugar.

NOTA 1: Los pagos se efectuarán sujetos al PAC aprobado y designado por parte del Ministerio de Hacienda y dentro de los 15 días calendario, contados a partir de la fecha de radicación de los documentos soporte en la ventanilla de radicación de documentos del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) en la Calle 7 # 6-54 Bogotá. NOTA 2: En caso que se presenten inconsistencias en los documentos soportes, los mismos serán devueltos por parte del supervisor para las correcciones del caso y los días para pago, contarán desde la fecha de radicación de los documentos ya corregidos.

Los pagos se harán previa presentación y radicación de los siguientes documentos:

Factura Original que cumpla con los siguientes requisitos:

i. Estar denominada expresamente como factura de venta

ii. Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.

iii. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquiriente de los bienes o servicios, junto con la

discriminación del IVA.

iv. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de

venta.

v. Fecha de expedición.

Page 13: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

13 de 31

vi. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.

vii. Valor total de la operación

viii. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.

ix. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

Resolución de Facturación vigente

Certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal, según corresponde, donde se indique

que la empresa se encuentra al día con los pagos de seguridad social.

Copia del compromiso presupuestal

Certificación de Ejecución suscrita por el Supervisor del Contrato.

Certificación Bancaria con una antigüedad máxima de noventa (90) días frente a la fecha de la factura

radicada.

Declaración de importación (cuando los elementos sean de origen extranjero)

Recibido a satisfacción suscrito por el Supervisor del Contrato

La factura deberá dirigirse a la Dirección del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, NIT

899.999.083-0 y se deberá radicar en la ventanilla de correspondencia del Departamento Administrativo de la

Presidencia de la República de Colombia, ubicada en la calle 7 # 6 – 54 de la ciudad de Bogotá.

La Entidad no reconocerá pagos adicionales a los pactados; por prestación de servicios que no hubieren sido

previamente requeridos o autorizados por el Supervisor del contrato y/o quien ejerza su apoyo.

VII. Evaluación de Proponentes

REQUISITOS HABILITANTES

JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN

La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, especificaciones técnicas, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor.

CRITERIOS DE VERIFICACIÓN:

Son requisitos y documentos mínimos habilitantes la capacidad jurídica, garantía de seriedad del ofrecimiento, la capacidad financiera, organizacional y el cumplimiento de las especificaciones técnicas que la entidad ha definido como condiciones mínimas que deberán cumplir los proponentes para que su propuesta sea habilitada. Estos requisitos no otorgan puntaje y la entidad los verificará como CUMPLE o NO CUMPLE.

El Comité Técnico Evaluador, dentro del término señalado en el cronograma, realizará la verificación de las condiciones jurídicas, financieras y técnicas de los interesados en participar, con el propósito de habilitar las propuestas presentadas.

Los documentos que se relacionan a continuación serán objeto de verificación:

Page 14: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

14 de 31

REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES JURÍDICOS (Cumple / No Cumple)

Los requisitos jurídicos habilitantes deberán ser acreditados en la propuesta así:

a) Carta de presentación de la propuesta (ANEXO 2)

La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada por el proponente en forma completa y siguiendo el modelo que se presenta en el presente proceso, la cual debe venir firmada por el proponente o su representante legal o por el apoderado debidamente facultado y con las formalidades del caso. b) Certificado de existencia y representación legal

Los proponentes deberán presentar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días hábiles anteriores a la fecha límite de recepción de ofertas. De igual forma se verificará la Autorización concedida por el órgano competente para presentar propuestas y/o celebrar contratos, cuando quien lo suscriba no estuviere facultado para ello. En este sentido, el objeto de la empresa debe tener correspondencia con el objeto del este proceso de selección. c) Autorización del órgano social competente

Si el representante legal de la empresa requiere de autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y/o para suscribir el contrato en caso de ser seleccionado, deberá anexar los documentos que acrediten la existencia de dicha autorización, de conformidad con lo establecido por los estatutos respectivos. Si se trata de apoderado, el proponente deberá anexar el poder respectivo en el cual cuente con amplias facultades para presentar oferta y suscribir el contrato. d) Certificación de pago de aportes al sistema integral de seguridad social y parafiscales ( ANEXO 3)

El proponente deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), e impuesto sobre la renta y equidad CREE, cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la Empresa ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar), e impuesto sobre la renta y equidad CREE cuando aplique, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y por la Ley 1607 de 2012 (pago del impuesto CREE). En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación.

Page 15: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

15 de 31

e) Garantía de seriedad de la propuesta

De conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, los proponentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura un contrato de seguros contenido en una póliza.

La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de dicha propuesta. Cuando la garantía de seriedad que aporte el proponente presente error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estuviese referida al presente proceso o no allegase las condiciones generales, FONDO PAZ solicitará a la empresa proponente los ajustes necesarios, los cuales deberá hacer llegar en el plazo indicado. Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:

Tabla No. 1 Garantía de Seriedad de la Oferta

BENEFICIARIO:

NACION Y/O FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA NIT: 899.999.083-0

QUIEN DEBE OTORGARLA:

Debe ser otorgada por el representante legal del proponente, de conformidad con el nombre registrado en el certificado de existencia y representación legal.

CUANTÍA La suma asegurada debe ser igual al 10% del presupuesto del proceso.

VIGENCIA: Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección.

TEXTO: El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número de proceso, año y objeto exacto al cual presente propuesta.

FIRMAS: La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita.

f) Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o su apoderado

Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su cédula de ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de la copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente o Visa de Residente, de conformidad con las leyes 757 de 2002 y 999 de 2005 y el Decreto 4969 de 2009 del Ministerio del Interior. g) Apoderado para proponentes extranjeros

La Empresa extranjera sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de

Page 16: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

16 de 31

apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La Empresa de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a las empresas nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:

1. Cuando se trate de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en

Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en

Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para

representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.

2. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país

en el que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español o

castellano oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado

de la traducción respectiva. En el evento en que la Empresa extranjera ostente limitación en su

capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha

limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales

colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.

3. La Empresa extranjera deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento

en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla

deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este

documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de

Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción del documento,

tal y como lo establece el artículo 251 del Código General del Proceso.

h) Certificado antecedentes fiscales expedido por la contraloría general de la república

Conforme al artículo 60 de la ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, el proponente o persona natural no podrán estar relacionados en el Boletín de Responsables Fiscales. FONDO PAZ acorde con la Ley 962 de 2005 verificará en la página web de la Contraloría el respectivo Boletín.

i) Certificado antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación:

El proponente no podrá tener antecedentes disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la propuesta y celebrar el contrato. FONDO PAZ conforme la ley 1238 de 2008 consultará los antecedentes en la página web de la Procuraduría General de la Nación. j) Certificado antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional

FONDO PAZ conforme al Decreto Ley 019 de 2012, consultará y verificará, de la página Web de la Policía Nacional de Colombia los antecedentes judiciales del representante legal de la empresa que haya participado en el presente proceso.

k) Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y la Autorización de Numeración de

Facturación (si aplica), emitidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, anexar

documento.

Page 17: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

17 de 31

l) Formato único de hoja de vida, para persona natural o jurídica (ANEXO 4)

m) Certificado de registro de medidas correctivas

FONDO PAZ conforme a lo señalado en los artículos 183 y 184 de la Ley 1801 de 2016, consultará y verificará, en el Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional de Colombia, si el representante legal de la Empresa que haya participado en el presente proceso se encuentran inscritos como deudores en dicho Registro.

REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS (CUMPLE/NO CUMPLE):

Los requisitos técnicos habilitantes deberán ser cumplidos y acreditados con cada propuesta, y son los que se

enuncian a continuación:

a. Experiencia del proponente (ANEXO 9)

El interesado deberá acreditar en un máximo de hasta tres (3) certificaciones de contratos ejecutados y terminados a satisfacción dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de este proceso, que los objetos contractuales están relacionados con el de la presente invitación:

CONTRATO CUANTIA SMMLV

Lo anterior obedece a que el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, debe garantizar que los proponentes actualmente estén activos en el mercado y así mismo cuenten con relaciones comerciales, cupos de crédito y contratos vigentes con diferentes proveedores y de esta manera garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato. La sumatoria de los valores de los contratos ejecutados y terminados a satisfacción, deberá ser igual o mayor al 100% del presupuesto oficial contemplado en el ANEXO 6, para cada uno de los grupos para los que se oferte. Si el la certificación incumple cualquiera de los requisitos anteriores NO SERÁ tenido en cuenta para la evaluación.

b. Tiempo de entrega

El interesado deberá garantizar que entregará los equipos previstos en el objeto del contrato, de acuerdo a cada

Grupo, según ANEXO 7. TIEMPO DE ENTREGA POR GRUPO.

c) Cumplimiento especificaciones técnicas. El proponente junto con su oferta económica, deberá allegar un documento con la descripción de los bienes y servicios que oferta, especificaciones técnicas y condiciones, en detalle tal que permita a FONDO PAZ, verificar si lo ofrecido coincide con las FICHAS DE ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TÉCNICAS de cada uno de

Page 18: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

18 de 31

los Grupos. Condiciones Generales para la Presentación de Certificaciones de Experiencia

1. La verificación de la experiencia se realizará con base en la información que reporten los Proponentes en

el ANEXO 9. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, dispuesto para tal fin y en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo.

2. En dicho formato el Proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo sea veraz, al igual que la reportada en los documentos soporte.

3. En todo caso cuando se pretende acreditar la experiencia exigida, el Oferente deberá aportar la

certificación en papelería institucional (incluso anexos, si llegare a tener) expedida por la entidad contratante y suscrita por el funcionario competente en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:

a. Nombre de la empresa contratante. b. Dirección y teléfono del contratante. c. Nombre del contratista. d. Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal, se debe señalar el nombre de quienes lo conforman,

adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. e. Número del contrato (si tiene). f. Objeto del contrato. g. Valor ejecutado del contrato que se pretende acreditar. h. Lugar de ejecución. i. Actividades ejecutadas (Organización, Administración, Almacenamiento, Digitalización, Custodia,

Digitalización e Indización de Expedientes)

j. Estado del contrato (en caso de que la certificación no indique que el estado del contrato es terminado, el Proponente podrá adjuntar la correspondiente acta de terminación debidamente suscrita).

k. Fecha de inicio (día, mes, año) y fecha de terminación (día, mes, año). l. Fecha de expedición de la certificación (día, mes, año). m. Nombre y firma de quien expide la certificación (la certificación deberá estar firmada por el

funcionario competente para suscribirla). n. Relación de los eventos realizados donde se detalle el cumplimiento de las características mínimas

requeridas.

NOTA 1: En caso de que las certificaciones no cuenten con la totalidad de la información aquí solicitada, el oferente podrá allegar, adicionalmente acta de liquidación con la respectiva copia del contrato.

4. Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el

Proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.

5. Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia. No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista.

Page 19: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

19 de 31

6. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del Oferente individual o del integrante del Oferente plural que desea hacer valer la experiencia y/o documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.

7. Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.

8. El valor que se contabilizará para los efectos de los valores requeridos en este numeral, será aquel que se

certifique como ejecutado, es decir no se tendrá en cuenta el valor no ejecutado.

9. En caso que las certificaciones aportadas que acreditan experiencia sea expedida por una Entidad privada con quien se haya prestado, junto con la respectiva certificación podrá anexarse copia del contrato correspondiente.

10. No se aceptarán las certificaciones que no se encuentren diligenciadas en su totalidad.

Reglas generales para la valoración de la experiencia 1. Regla de sumatoria: Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales: Cuando la propuesta se

presente en Consorcio o Unión Temporal, la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes. Así mismo cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, todos los integrantes deberán aportar al menos una (1) certificación de experiencia.

2. La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal, en la cual fue adquirida.

3. Si el Proponente adjunta con su propuesta certificaciones adicionales a las tres (3) máximas requeridas por

la Entidad, se tendrán en cuenta solo las máximas establecidas conforme a lo que el oferente manifieste y/o allegue y solamente las tres (3) primeras que se relacionen en el ANEXO 9. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.

4. Cuando el valor de los contratos y/o certificaciones con el cual se pretende acreditar la experiencia se

encuentre expresado en moneda extranjera:

Para el caso de los contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la República en su página oficial, para la fecha de terminación del contrato.

Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial, teniendo en cuenta la fecha de terminación del contrato y seguidamente a pesos colombianos.

5. Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida de manera directa con el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, el Proponente podrá acreditar la misma, tal como está establecido con la presente invitación o aportando copia de los contratos suscritos, sin perjuicio que el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ verifique internamente la real ejecución de los mismos.

Page 20: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

20 de 31

6. El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, podrá en cualquier estado en que se

encuentra el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia.

7. Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar la experiencia se encuentren

también relacionados bienes y/o servicios y/o operaciones de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el (los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios u operaciones incluidos en dicha certificación.

8. Se tomará el valor del contrato al momento de la finalización, incluidas las adiciones y/o modificaciones, se

divide por el valor del SMMLV del año correspondiente a la terminación, incluidas sus modificaciones y/o adiciones.

NOTA 1: El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, se reserva el derecho de comprobar la

autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos y/o certificaciones que el oferente aporte.

NOTA 2: Si se trata de un Oferente extranjero, deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este

proceso y dentro del territorio Colombiano. Adicionalmente si la certificación se encuentra en idioma diferente al castellano, deberá adjuntar al documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece al Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.

NOTA 3: En el evento de resultar favorecido con la adjudicación, un Proponente extranjero sin domicilio ni

sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los Artículos 471 y 474 del citado Código.

NOTA 4: Así mismo cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, todos los integrantes deberán

aportar al menos una certificación de experiencia. NOTA 5: El Proponente cuya constitución sea inferior a tres (3) años, podrá acreditar la experiencia solicitada,

aportando certificaciones de los socios, accionistas o constituyentes, conforme a lo establecido en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015.

a) REQUISITOS FINANCIEROS HABILITANTES

Se realizará el análisis de la capacidad financiera y de la eficiencia de la organización, a través del cálculo de los indicadores financieros de liquidez y endeudamiento con corte al 31 de diciembre de 2018 y 30 de junio de 2019, cuyos resultados deberán cumplir mínimo con los valores que se relacionan a continuación, en cada caso:

a. Capacidad financiera

Los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera de la organización:

Page 21: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

21 de 31

Razón Corriente Indica cual es la capacidad que tiene la organización de cumplir con sus obligaciones financieras, deudas o pasivos a corto plazo. Permite saber cuántos activos corrientes se tienen para cubrir o respaldar los pasivos exigibles a corto plazo.

Activo corriente Pasivo corriente

El valor resultante debe ser superior a 1.4. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo

Endeudamiento Total Permite identificar el grado de endeudamiento que tiene la organización y su capacidad para asumir sus pasivos.

Pasivo total Activo total

El valor resultante debe ser inferior a 60%. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos Los indicadores de la capacidad financiera serán objeto de verificación de cumplimiento individual, CUMPLE – NO CUMPLE, pero no de calificación. La información financiera debe ser presentada en PESOS MONEDA CORRIENTE, por ser ésta la unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993. (Artículo 51 modificado por el artículo 1º. del Decreto 1536 de 2007). Resumen Indicadores

Indicador Requerido Cumple / NO Cumple

Razón Corriente Mayor o igual a 1.4

Endeudamiento Total Menor o igual a 0.6 o 60%

b. Documentos Financieros

Estados financieros (el estado de situación financiera, de actividades, de cambios en el activo neto y de flujos de efectivo y notas explicativas a los estados financieros) con corte a 31 de diciembre de 2018 o de ser el caso, a la fecha de cierre contable anual correspondiente a dicho año, con la información financiera del proponente, según la legislación propia del país de origen, con la traducción al idioma español debidamente apostillado, con los valores re-expresados en moneda

legal colombiana a la tasa representativa del mercado (TRM) de la fecha de cierre de los mismos.

Estados financieros (el estado de situación financiera, de actividades, de cambios en el activo neto y de flujos de efectivo y notas explicativas a los estados financieros) con corte a 30 de junio de 2019 o de ser el caso, con la información financiera del proponente, según la legislación propia del país de origen, con la traducción al idioma español debidamente apostillado, con los valores re-expresados

Page 22: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

22 de 31

en moneda legal colombiana a la tasa representativa del mercado (TRM) con corte a 30 de junio de 2019.

Certificación de los “INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL DE 2018”, suscrita por el contador público, revisor fiscal y/o auditor, según aplique, en la que se registren (en forma clara y precisa) las cifras contables de los estados financieros exigidos para el cálculo de cada uno de los indicadores financieros, con el fin de evaluar la capacidad financiera y organizacional. Las cifras contables de los indicadores que se certifican, deben presentarse y desagregarse en forma coincidente, con relación a las cifras contables de los estados financieros solicitados. Esta certificación deberá acompañarse de la copia de la tarjeta profesional y del certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición). En todo caso, las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán adjuntar el documento que aplique, según la legislación de origen.

Resumen Documentos

Indicador Requerido Cumple / NO

Cumple

Estados Financieros (todos) Corte al 31 de diciembre de 2018

Estados Financieros (todos) Corte al 30 de Junio de 2019

Autorización de Numeración de

Facturación, Documento actualizado - completo

Certificación de los “Indicadores

de Capacidad Financiera y

Organizacional

Presentación completa con los

documentos requeridos

VIII. CRITERIOS DE SELECCIÓN

Una vez que el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ haya determinado que la propuesta se ajusta a los requisitos habilitantes jurídicos, técnicos y financieros, se catalogará como HABILITADA y se procederá a su evaluación. El procedimiento de selección del contratista se ajustará a los principios de transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades. De los que deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en estos términos de referencia. .

La adjudicación se hará por Grupos. La oferta más favorable para el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, será la que siendo HABILITADA, por cumplir los requisitos habilitantes jurídicos, financieros y técnicos (cumpla con las especificaciones tècnicas mínimas exigidas para Grupo), oferte el menor precio para cada Grupo.

IX. Modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos

Conforme el capítulo VI del Manual de Contratación del Departamento Administrativo de la Presidencia, adoptado a través de la Resolución 0353 de 2019, , las reglas de contratación del Fondo de Programas

Page 23: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

23 de 31

Especiales para la Paz y en el numeral 6.9.1.2 de la resolución mencionada, se estableció la convocatoria pública, sobre la cual reza lo siguiente:

“(…) la convocatoria pública abierta es la regla general para seleccionar contratistas y consiste en aquella que hace el Fondo de Programas Especiales para la Paz para que, en igualdad de condiciones todas las personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan los requisitos establecidos en los correspondientes Términos de referencia”.

Que según lo expuesto, el Fondo de Programas Especiales para la Paz, en atención a la normatividad citada y luego de un estudio previo y de mercado, determinó que existe pluralidad de oferentes que pueden participar y cumplir con las especificaciones técnicas de los equipos solicitados por la Policía Nacional. De esta forma, se ha definido que la modalidad de contratación pertinente es la Convocatoria pública abierta. El presente proceso se rige por las normas consagradas en el derecho privado, esto es el Código Civil, el Código de Comercio, el Manual de contratación del DAPRE en el capítulo relativo al Fondo de Programas Especiales para la Paz, cuenta especial, sin personería jurídica, administrado como un sistema separado de cuentas del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que en virtud de lo dispuesto en la Resolución No. 0093 de 11 de febrero de 2019, para esta contratación se requiere solicitar la recomendación del Comité Asesor de Contratación.

X. Condiciones del Contrato a Celebrar A. Tipo de Contrato

La presente invitación tiene como propósito seleccionar un proveedor bajo la figura jurídica de contrato de

COMPRAVENTA, de acuerdo con las especificaciones particulares establecidas en el presente documento.

B. Supervisión

El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ supervisará y controlará la correcta ejecución del presente contrato por intermedio del o los funcionarios o contratistas que designe el Ordenador del Gasto, lo cual deberá constar por escrito, quien asume la responsabilidad por el seguimiento y control del contrato, así como la correcta y cabal ejecución del mismo. El supervisor tendrá además de las funciones que por índole y naturaleza del contrato le son propias, las consagradas en la Ley 1474 del 2011 y las siguientes:

Certificar el cumplimiento del objeto contratado, dentro de las condiciones exigidas.

Revisar y aprobar los bienes, documentos y demás, que deba entregar EL CONTRATISTA.

Autorizar con su firma los pagos que deban efectuarse a EL CONTRATISTA.

Elaborar y suscribir las actas respectivas.

Informar oportunamente al Ordenador del Gasto sobre el desarrollo del presente contrato y sobre

cualquier incumplimiento en que pueda incurrir EL CONTRATISTA.

Informar y solicitar oportunamente al ordenador del gasto las modificaciones contractuales, siempre

y cuando estén plenamente justificados y por escrito.

Page 24: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

24 de 31

Impartir las órdenes y sugerencias por escrito y formular las observaciones que estime conveniente

sobre el desarrollo del contrato.

Verificar como requisito para cada pago que EL CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de

sus aportes al sistema general de seguridad social en pensión, salud y riesgos laborales, para lo cual

se deberán anexar las certificaciones expedidas por las entidades en las cuales se realizan dichos

aportes.

Publicar los documentos de ejecución contractual en la plataforma de la Presidencia de la República

y en los demás sistemas que se requieran de acuerdo a las políticas del Fondo.

Enviar copia de todo lo actuado al área de gestión documental, con el fin de que todos aquellos

documentos que corresponden a la ejecución contractual, reposen en la carpeta original del contrato.

Certificar la calidad de los bienes, cuando EL CONTRATISTA lo solicite.

Nota: En el evento de cambio del supervisor, la designación se efectuará mediante comunicación escrita.

XI. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

A) OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 1) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas.

2) Suscribir la garantía de cumplimiento y mantenerla vigente, así como las demás garantías por el tiempo

pactado en el contrato y las modificaciones que se presenten durante su ejecución.

3) Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, seguridad industrial e

higiene.

4) Encontrarse a paz y salvo por el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos

profesionales, pensiones y aportes a la Caja de Compensación Familiar, al Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar y al Servicio Nacional del Aprendizaje, o impuestos cuando a ello haya lugar, mediante

certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de Ley,

o por el representante legal en caso de no estar obligado a tener revisor fiscal, por cuanto el

cumplimiento de ésta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago.

5) Presentar oportunamente la cuenta de cobro o factura, los soportes correspondientes y demás

documentos necesarios para el pago.

6) Suministrar al supervisor del contrato toda la información que le sea solicitada para verificar el correcto y

oportuno cumplimiento de las obligaciones que contrae.

7) Reportar de manera inmediata al supervisor, la ocurrencia de cualquier novedad o anomalía durante la

ejecución del contrato.

8) Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le

imparta LA ENTIDAD a través del supervisor del mismo, para una correcta ejecución y cumplimiento de

sus obligaciones, sin perjuicio de su autonomía técnica y administrativa.

9) Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo del

contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la Entidad o a terceros.

10) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su

custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil, penal y

Page 25: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

25 de 31

disciplinariamente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero

se cause a la administración o a terceros.

11) Colaborar con LA ENTIDAD para que las obras, bienes y servicios contratados sean de la mejor calidad y

responder por ello.

12) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúan por fuera de la ley, con el fin de obligarlo a hacer

u omitir algún acto o hecho, informando inmediatamente a LA ENTIDAD y las autoridades competentes

13) Dar a conocer al Fondo de programas Especiales para la Paz cualquier reclamación que indirecta o

directamente pueda tener algún efecto sobre el objeto del Contrato o sobre sus obligaciones

14) Las demás inherentes al objeto y la naturaleza del contrato

B) OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

En cumplimiento del objeto del contrato, el contratista deberá aceptar y cumplir con las obligaciones señaladas a

continuación y en las que correspondan a la naturaleza de la contratación, así:

1) Entregar los equipos en la cantidad y condiciones técnicas establecidas, en el lugar de ejecución y en el

tiempo establecido

2) Cumplir con las especificaciones técnicas requeridas.

3) Presentar copia del manifiesto de importación al momento de la entrega de los elementos importados.

4) Cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias referentes al medio ambiente, seguridad industrial

e higiene.

5) Informar si se encuentra registrado en el Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA), del

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Por lo que deberán adjuntar soporte que garantice que

no hace parte de esta base de datos.

6) Asumir bajo su responsabilidad cualquier infracción ambiental por omisión de permisos, concesiones o

licencias ambientales que hubiesen sido necesario tramitar antes del inicio de la entrega de los bienes.

7) Las demás que por ley o en virtud del contrato le correspondan.

C) OBLIGACIONES DEL FONDO DE PROGRAMAS PARA LA PAZ

1) Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, lo cual será verificado por el

supervisor del contrato.

2) Pagar al CONTRATISTA los valores que se establecen en el contrato de conformidad con los parágrafos

a los que haya lugar.

3) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias, para lo

cual la supervisión dará aviso oportuno, sobre la ocurrencia de hechos constitutivos de mora o

incumplimiento.

4) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o

con ocasión de la presente contratación.

5) Supervisar el desarrollo y ejecución del presente contrato, y acceder a los documentos e información que

soportan la labor del CONTRATISTA.

6) Solicitar y recibir información técnica respecto de los bienes y/o servicios que suministra EL

CONTRATISTA en desarrollo del objeto del contrato.

Page 26: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

26 de 31

7) Rechazar las obras, bienes y servicios proveídos cuando no cumplan con las especificaciones técnicas y

legales exigidas.

8) Las demás derivadas del objeto del contrato.

XII. Garantías A) De Seriedad de la Oferta

De conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.3.1.2., del Decreto 1082 de 2015, los proponentes podrán otorgar como mecanismo de cobertura un contrato de seguros contenido en una póliza

La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de dicha propuesta.

Cuando la garantía de seriedad que aporte el proponente presente error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso competitivo o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, FONDO PAZ solicitará a la empresa proponente los documentos e información del caso, para lo cual el proponente cuenta con el plazo establecido en el cronograma del proceso para anexarlo.

Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:

Tabla No. 2 Garantía de Seriedad de la Oferta

BENEFICIARIO:

NACION Y/O FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA NIT: 899.999.083-0

QUIEN DEBE OTORGARLA:

Debe ser otorgada por el representante legal del proponente, de conformidad con el nombre registrado en el certificado de existencia y representación legal.

CUANTÍA La suma asegurada debe ser igual al 10% del presupuesto del proceso.

VIGENCIA: Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección.

TEXTO: El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número de proceso, año y objeto exacto al cual presente propuesta.

FIRMAS: La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita.

B) De Cumplimiento Para el cumplimiento idóneo y oportuno de las obligaciones estipuladas, el pago de las multas, de la pena

Page 27: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

27 de 31

pecuniaria y demás sanciones que, dado el caso, pudieren imponerse, una vez se adjudique el contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir una garantía única, consistente en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia a favor de la NACIÓN - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ (NIT: 899.999.083-0), la cual deberá cubrir los siguientes amparos:

Tipo Porcentaje Vigencia

Cumplimiento 20% del valor total del contrato

Igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más.

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados.

50% del valor total del contrato

Igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.

Amparo de suministro de repuestos y accesorios

5% del valor total del contrato

A partir de la suscripción del acta de recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato y tres (3) años más.

XIII. Lugar de entrega

Los elementos objeto del presente proceso se entregarán en la ciudad de Bogotá D.C., en las instalaciones de la Policía Nacional, según indique FONDO PAZ, previa coordinación con el supervisor del contrato, de conformidad con lo establecido en las condiciones técnicas.

XIV. Rechazo

El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ rechazará las cotizaciones presentadas por los participantes que:

Sean presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el Cronograma.

Que no hayan cumplido el compromiso anticorrupción contenido en el ANEXO 1 durante el Proceso de Contratación.

Que, existiendo Junta Directiva de la sociedad, unión temporal o consorcio proponente, alguno de los miembros de la Junta Directiva haya sido sancionado por temas de corrupción o delitos asociados al narcotráfico.

Que evidencien falta de capacidad jurídica para presentar la oferta.

Que el mismo proponente presente varias ofertas por sí o por interpuesta persona (en consorcio, unión temporal o individualmente).

Que el proponente se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables.

Que la propuesta se presente extemporáneamente o se deje en un lugar distinto al indicado en la presente invitación.

Que la información suministrada como soporte de la contratación por parte del proponente no concuerde con la situación real en relación con los aspectos objeto de verificación.

Page 28: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

28 de 31

Que se encuentre incurso en algunas de las causales de disolución o liquidación señaladas en el artículo 38 de la ley 1116 de 2006.

Que la vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido.

Que el proponente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que participe en el presente proceso, como en el caso de sociedades con socios comunes.

Que el Representante Legal o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en el presente proceso.

Que presente propuestas parciales o alternativas.

Que el valor de la propuesta económica supere algún valor unitario de las cotizaciones hechas por la entidad o se presente algún valor en cero.

Que el proponente no se encuentre al día en el pago de aportes a la seguridad social, de conformidad con lo dispuesto en Ley 789 de 2002 y Ley 1150 de 2007, o cuando no se aporte la certificación que acredite el cumplimiento de esta obligación dentro del plazo máximo que otorgue la Entidad para el efecto.

Que los precios de la propuesta sean artificialmente bajos, para lo cual la entidad aplicará la Guía para el Manejo de los Precios artificialmente bajos dado por Colombia Compra Eficiente.

Que el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ en la evaluación de la propuesta o en la adjudicación del contrato.

Que la documentación no se presente de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes que regulan la presentación de documentos expedidos en el exterior, en caso de ser necesario.

Que la propuesta económica no se presente en pesos colombianos y de acuerdo con lo solicitado.

Que se presenten propuestas con forma de pago diferentes a las establecidas en la presente invitación pública.

Que no se aporte la garantía de Seriedad de la oferta.

XV. Recomendaciones Generales

El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ revisará que los interesados no se encuentren en causales de inhabilidad o incompatibilidad para presentar la cotización, celebrar o ejecutar el Contrato. Para ello, revisará entre otros, el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios y e l certificado de antecedentes judiciales. Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la cotización, en el cual conste que el representante legal no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano social directo que lo faculta.

A. Cotizaciones Parciales

Los interesados no pueden presentar propuestas parciales, es decir, deberán ofrecer todos los bienes y accesorios que integran cada uno de los grupos, requeridos en el objeto de la presente invitación abierta a

Page 29: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

29 de 31

cotizar.

B. Validez de las cotizaciones

La propuesta será obligatoria para el oferente una vez sea conocida por Fondo Paz, por tanto, durante el período de vigencia de la propuesta el proponente no podrá retirarla, ni menoscabar o derogar los efectos de la misma. El solo hecho de la presentación de la propuesta no obliga en forma alguna a Fondo Paz a adjudicar, ni confiere ningún derecho para celebrar el contrato con quien la presente. El término de validez de la oferta será de mínimo un (1) mes contado a partir de la fecha de cierre del proceso.

C. Reserva durante el proceso de evaluación

Los interesados son responsables de advertir si la información presentada en la cotización contiene información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento. El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ debe mantener la reserva de la información contenida en la presente invitación frente a terceros. El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la cotización.

La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las cotizaciones no puede ser revelada a los interesados, ni a terceros hasta que el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ comunique que el informe de evaluación se encuentra disponible para que los interesados presenten las observaciones correspondientes. D. Presentación de Ofertas La oferta a presentar se puede allegar de cualquiera de las siguientes formas:

1. En forma física (1) UN ORIGINAL Y DOS COPIAS radicándolos en la taquilla de correspondencia del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de Colombia ubicada en la Calle 7 No. 6-54 de la ciudad de Bogotá, dirigidos al Director del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ.

2. En forma Digital, enviándolas por correo electrónico al email [email protected] , en formato PDF que no supere las 2MB, dirigida al Director del FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ.

Consideraciones generales: • Las propuestas pueden presentarse por todos o algunos de los grupos, según considere el proponente,

cumple con los requisitos habilitantes y especificaciones técnicas de cada uno de los grupos. • La propuesta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en la invitación. • Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que se deban allegar con

la propuesta, verificando que los mismos contengan la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente documento.

• Las propuestas deberán estar escritas en idioma castellano, y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos en la invitación.

Page 30: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

30 de 31

• El proponente podrá solicitar el retiro de su oferta al FONDO, hasta antes del vencimiento del plazo previsto para el cierre del presente proceso de selección.

• Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas deberán ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas.

• FONDO PAZ no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la publicación de propuestas del presente proceso de selección.

• En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras.

• Los proponentes con la sola presentación de su manifestación de interés y de su propuesta autorizan a FONDO PAZ para verificar toda la información que con ella se suministre.

• La presentación de la oferta, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, anexos y demás documentos del presente proceso competitivo; que recibió las aclaraciones necesarias a las inquietudes y dudas previas consultadas, que ha conocido y aceptado que la invitación publica y sus adendas y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones y compromisos que se adquieren en virtud del convenio de asociación que se celebre.

• Este proceso competitivo debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se entienden integrados a ellos los formatos que los acompañan, anexos y adendas que posteriormente se expidan si a ello hubiere lugar. Las interpretaciones y deducciones que el proponent haga de lo establecido en este proceso competitivo, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, FONDO PAZ no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.

• Los interesados tienen la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier naturaleza que conlleve la celebración del convenio.

• Para el trámite de la presente Invitación, se entiende por día hábil cualquiera común u ordinario, de lunes a viernes, excluidos los festivos en la República de Colombia. En caso de que el último día de un plazo cualquiera establecido en la invitación o en el convenio de asociación proyectado fuera no hábil, aquél se correrá al primero hábil siguiente en el calendario, salvo que se exprese con claridad que se trata de actividades que deben llevarse a cabo en días festivos o no hábiles. En caso que no se mencione expresamente en la presente invitación el conteo de días calendario deberá entenderse que se trata de días hábiles.

XVI. Adjudicación

El FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ adjudicará la presente invitación al interesado que cumpla con todos los requisitos habilitantes exigidos en los presentes términos de referencia y oferte el menor precio, para cada Grupo; o procederá a la declaratoria de fallido de la invitación, cuando agotadas las respectivas etapas no resultaren propuestas habilitadas o no se reciba ofrecimiento alguno o por cualquier situación que impida la selección objetiva. Sí la presente invitación se declarase fallida, el ordenador del gasto al día siguiente a la declaratoria podrá adelantar un proceso de contratación directa de conformidad con lo establecido en Resolución 0353 de 2019, que adoptó el Manual de Contratación del Departamento Administrativo de la Presidencia, capítulo VI, numeral 6.9.9.1. , que reza:

“Cuando se declare fallido un proceso de convocatoria pública y se establezca en el antecedente contractual la necesidad inmediata de contar con el bien o servicio, para el cumplimiento de los fines del Estado”

Page 31: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA FONDO DE … · presidencia de la repÚblica de colombia fondo de programas especiales para la paz invitaciÓn abierta a cotizar iac-fp-010-2019

Invitación Abierta a Cotizar No. IAC-FP-010 - 2019

Términos de Referencia

31 de 31

XVII. ANALISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO La estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la presente contratación, se encuentra el ANEXO 11. MATRIZ DE RIESGOS.

XVIII. Cronograma

El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación:

ACTIVIDAD FECHA Y HORA LUGAR

Publicación de los Términos de Invitación Abierta a Cotizar y demás documentos del proceso de selección

29 de octubre de 2019 Página web Presidencia de la República de Colombia www.presidencia.gov.co

Plazo para presentar observaciones a los Términos publicados.

Hasta el 30 de octubre de 2019 hasta las 17:00:00 hrs

Recepción de observaciones a Email de [email protected]

Respuesta a las observaciones de los interesados

Hasta el 31 de octubre de 2019 hasta las 24:00:00 hrs

Página web Presidencia de la República de Colombia www.presidencia.gov.co

Plazo para la presentación de propuestas.

Hasta el 06 de noviembre de 2019

Hasta las 16:00:00 hrs

Ventanilla de correspondencia Departamento Administrativo de la Presidencia, Calle 7 #6-54 Bogotá D.C.

Plazo para presentar documentos y/o aclaraciones solicitados por la Entidad.

Hasta 07 de noviembre de 2019

Hasta las 16:00:00 hrs

Recepción documentos y/o aclaraciones solicitados por la Entidad a Email de [email protected]

Publicación informe de evaluación final de las propuestas

Hasa 08 de noviembre de 2019 hasta las 24:00:00 hrs

Página web Presidencia de la República de Colombia www.presidencia.gov.co

Observaciones al informe de evaluación

Hasta el 12 de noviembre de 2019 Hasta las 12:00:00 hrs.

Recepción de observaciones al informe de evaluación a Email de [email protected]

Respuesta a observaciones al informe final y adjudicación del contrato.

Hata el 13de noviembre de 2019.

Página web Presidencia de la República de Colombia www.presidencia.gov.co

Suscripción y legalización del contrato

Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la adjudicación

INSTALACIONES DEL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ

Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en los presentes términos de referencia.

Proyectó: Aviera Cure García– Abogada Fondo Paz- Original Firmado Proyectó: Pedro Alvarez – Asesor Fondo Paz- Original Firmado Proyctó: Ernesto Gómez – Ingeniero Fondo Paz - Original Firmado