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NIC 18- INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS-CASUISTICA 2013 PUBLICACIÓN N° 2013-16 1) INTRODUCCIÓN. En el sector empresarial se realizan diferentes transacciones, algunas son presentan un alto grado de complejidad respecto a su reconocimiento y/o medición, resultando necesario recurrir a la normativa contable, que nos permite aplicar el criterio a aplicar, a fin que se registre y presente razonablemente en los estados financieros . En esta publicación vamos analizar los criterios para el reconocimiento de los ingresos provenientes de la venta de bienes y prestación de servicios según la NIC 18. Resulta importante que toda empresa tenga en claro, la oportunidad en que deban reconocer sus ingresos, no sólo por el aspecto impositivo (tributario), sino además para una adecuada presentación de su Estado de Resultado. 2) RESEÑA. La NIC 18, fue revisada por el IASC (International Accounting Standards Committee) en el año 1992, y sufrió algunas modificaciones como resultado de las mejoras efectuadas a otras normas. Las siguientes Interpretaciones SIC tienen relación con la NIC 18: SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento. SIC-31 Ingresos Ordinarios – Permutas de Servicios de Publicidad. En el Perú se puso en vigencia. Versión original: La primera versión (original) adoptada de la NIC 18 titulada Reconocimiento de Ingresos fue oficializada por el Consejo Normativo de Contabilidad mediante Resolución Nº 005-94-EF/ 93.01 del 30 de marzo de 1994. Al entrar en vigencia a partir del 01 de enero de 1998 la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, en su artículo 23º estableció la obligación de preparar y presentar estados financieros de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el Perú. Al respecto, mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 013- 98-EF/ 93.01 del 17 de julio de 1998, se precisó que se entendía que eran las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs). Por tal motivo, se prorrogó el inicio de la vigencia de las primeras 33 NICs hasta el 01 de enero de 1998 según lo dispuso la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 015-98-EF/ 93.01 del 14 de diciembre de 1998. Versión actual: Resolución de CNC Nº 048-2011 aprobó la NIC 18- INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS. 3) DEFINICIÓNES.

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NIC 18- INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS-CASUISTICA 2013

PUBLICACIÓN N° 2013-16

1) INTRODUCCIÓN.

En el sector empresarial se realizan diferentes transacciones, algunas son presentan un alto grado de complejidad respecto a su reconocimiento y/o medición, resultando necesario recurrir a la normativa contable, que nos permite aplicar el criterio a aplicar, a fin que se registre y presente razonablemente en los estados financieros .

En esta publicación vamos analizar los criterios para el reconocimiento de los ingresos provenientes de la venta de bienes y prestación de servicios según la NIC 18.Resulta importante que toda empresa tenga en claro, la oportunidad en que deban reconocer sus ingresos, no sólo por el aspecto impositivo (tributario), sino además para una adecuada presentación de su Estado de Resultado.

2) RESEÑA.

La NIC 18, fue revisada por el IASC (International Accounting Standards Committee) en el año 1992, y sufrió algunas modificaciones como resultado de las mejoras efectuadas a otras normas.

Las siguientes Interpretaciones SIC tienen relación con la NIC 18:

SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento.

SIC-31 Ingresos Ordinarios – Permutas de Servicios de Publicidad.

En el Perú se puso en vigencia.

Versión original: La primera versión (original) adoptada de la NIC 18 titulada Reconocimiento de Ingresos fue oficializada por el Consejo Normativo de Contabilidad mediante Resolución Nº 005-94-EF/ 93.01 del 30 de marzo de 1994.

Al entrar en vigencia a partir del 01 de enero de 1998 la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, en su artículo 23º estableció la obligación de preparar y presentar estados financieros de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el Perú.

Al respecto, mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 013-98-EF/ 93.01 del 17 de julio de 1998, se precisó que se entendía que eran las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs). Por tal motivo, se prorrogó el inicio de la vigencia de las primeras 33 NICs hasta el 01 de enero de 1998 según lo dispuso la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 015-98-EF/ 93.01 del 14 de diciembre de 1998.

Versión actual: Resolución de CNC Nº 048-2011 aprobó la NIC 18- INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS.

3) DEFINICIÓNES.

DEVENGO: Resulta importante aplicar la base de la acumulación o devengo que de conformidad con el párrafo 22 del marco conceptual para la preparación y presentación de los estados financieros constituye una de las hipótesis fundamentales para la preparación de los estados financieros , por la cual “los efectos de las transacciones y demás sucesos se reconocen cuando ocurren y no cuando se reciba o se paga dinero u equivalente en efectivo”, asimismo se registran en los libros contables y se informa sobre ellos en los Estados Financieros de los periodos con los cuales se relacionan.

REALIZACIÓN: Los resultados económicos solo deben computarse cuando se han realizados , es decir, cuando la operación que la origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hallan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operación.

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Conocido también como el principio de registro, determina en el momento preciso en que, para efectos contables, las operaciones y los sucesos económicos realizados por una entidad deben reconocerse.

Este principio requiere que los resultados económicos solo se computen cuando la operación que la origina queda perfeccionada y se halla ponderado todos los riesgos de la operación.

EMPRESA EN MARCHA: Los estados financieros se elaboran en consideración a un empresa en funcionamiento, se entiende entonces que se prevee la realización de sus actividades de operación hasta en un futuro previsible.

INGRESOS: El Marco Conceptual en su párrafo del 70 al 77 precisa lo siguiente: Se define un INGRESO, como un incremento en los beneficios económicos a lo largo del ejercicio económico, en forma de:

Entradas de nuevos activos (sin incluir aportes de los socios). Aumento del valor de los activos existentes Disminución de obligaciones

Ejemplos La donación de un inmueble (se reconoce el activo fijo y también el ingreso del por el valor

del activo). Mi proveedor me condona una deuda de hace 3 años (se reconoce la disminución del pasivo

y el ingreso por el efectivo dejado de pagar).

Asimismo, esta norma indica que los Ingresos Ordinarios comprenden solamente las entradas brutas de los beneficios económicos recibidos y por recibir, por parte de la entidad por cuenta propia; éstos se miden a su Valor Razonable de la contrapartida recibida o por recibir.

4) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS.

4.1 En la venta de bienes.

En el párrafo 14 de la NIC 18, para efecto de reconocer ingreso por l venta de bienes debe cumplirse todas ya cada una de las siguientes condiciones:

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4.2 En la prestación de servicios.

En los párrafos 26,27 y 28 se establece dos supuestos en los cuales una empresa debe efectuar el reconocimiento de los ingresos dependiendo básicamente de la estimación confiable de los resultados de una transacción que implica la prestación de servicios .

RESULTADOS DE UNA TRANSACCIÓN QUE IMPLICA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOSSe puede medir confiablemente No se puede medir confiablemente

Se reconoce el ingreso en base al estado de cumplimiento de la transacción a la fecha del estado de situación financiera.El resultado se puede estimar confiablemente cuando se cumple con los requisitos del párrafo 20 de la NIC 18.

a)se puede recuperar los gastos( costos) los ingresos se reconocen en medida que los gastos o costos del servicios pueden recuperarseb) No se puede recuperar los gastos (costos) los ingresos no se reconocen y los gastos o costos del servicio se reconocen como perdida.

En el párrafo 20 de la NIC 18, establece que el resultado de una transacción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumple todas y cada una de las condiciones:

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CASUÍSTICA

CASO N° 1La empresa MAMA TE AMO SAC, es una empresa que se dedica a la venta de artículos de belleza. El día 15/12/2012 celebro un contrato con la empresa VECINAS SAC por S/.6, 800 más IGV, en donde se emite la factura N° 001-00453.En dicha oportunidad no se entrego el bien ni se recibió dinero por adelantado.

Comentario:Hay que afirmar que si bien existe un contrato de contrato (compra-venta), observamos que no se ha transferido los riesgos y ventajas respecto a los bienes ya que estos no han sido entregados al cliente.La empresa MAMA TE AMO SAC, no ha recibido dinero alguno por adelanto o anticipo pero ha emitido la factura correspondiente.

Tratamiento tributario y contableCon el solo hecho de emitir el comprobante de pago la empresa MAMA TE AMO SAC, procederá notar la misma en su registro de ventas, mas no reconocer ingreso alguno ni tampoco ningún pasivo. La emisión de la factura precipita el nacimiento de la obligación tributaria según el artículo 4 del TUO de la Ley de IGV.

Operación 1. Emisión de la factura ASIENTO 1267 DEBE HABER

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS– TERCEROS 1,224.00

168 Otras cuentas por cobrar diversas 1682 Otras cuentas por cobrar diversas

40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SPP 1,224.00

401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas

15/12/12 Por la emisión de la factura y nacimiento de la obligación Tributaria de IGV.

Operación 2. Entrega de los bienes ASIENTO 825 DEBE HABER

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12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 8,024.00

121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS– TERCEROS 1,224.00

168 Otras cuentas por cobrar diversas 1682 Otras cuentas por cobrar diversas

70 VENTAS 6,800.00

701 Mercaderías 7011 Terceros10/01/13 Por el devengue de la operación de venta.

CASO N° 2La empresa PRISMA SAC ha recibido un anticipo el 08.02.13, de S/. 14,160, por la futura venta de 10 computadoras por LALO S.A.A Tiempo de entrega de los bienes es de 60 días.

Tratamiento tributario y contable

Es necesario resaltar el aspecto tributario de esta operación, según el artículo 4º de la Ley del IGV, el nacimiento de la obligación tributaria se origina: Tratándose de venta de bienes, en la fecha en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que establezca el Reglamento, o en la fecha en que se entregue el bien, o en la fecha en que se perciba el ingreso, sea total o parcial, lo que ocurra primero.Por tanto, el 08.02.13 PRISMA SAC emitirá la factura N° 001-0124 por S/. 14,160.00. Operación 1. Emisión de la factura

ASIENTO 1267 DEBE HABER12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 14,160.00

121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera

40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SPP 2,160.00

401 Gobierno central 4011 Impuesto general a las ventas

12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 12,000.00

122 Anticipo de clientes. 1221 LALO S.A.A

08/02/13 Por la recepción del anticipo y emisión del comprobante.

Operación 2. Transferencia bancaria del anticipo.

ASIENTO 1275 DEBE HABER10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO 14,160.00

104 Cuentas corrientes en instituciones financieras 1041 Cuentas corrientes operativas 10411 BCP

12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 14,160.00

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121 Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar 1212 Emitidas en cartera08/02/13 Por el deposito de del anticipo

Operación3. Entrega de los bienes

ASIENTO 1987 DEBE HABER12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 12,000.00

122 Anticipo de clientes 1221 LALO S.A.A

70 VENTAS 12,000.00

701 Mercaderías 7011 Terceros10/04/13 Por ingreso devengado del ejercicio.