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2021 COLEGIO ANTUMALAL LAUTARO; PILLANLELBÚN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DECRETOS EXENTOS DE EDUCACIÓN QUE APRUEBAN EL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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Page 1: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

2021

COLEGIO ANTUMALAL LAUTARO; PILLANLELBÚN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

DECRETOS EXENTOS DE EDUCACIÓN QUE APRUEBAN EL

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

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2

I.

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con el decreto supremo N°67/2018 que entra en vigencia el presente año,

el cual define normas mínimas nacionales sobre evaluación. Es por esto que el

establecimiento busca actualizar y definir el nuevo reglamento interno 2020.

La construcción del presente reglamento de evaluación se realizó en un proceso

colaborativo, en el que en primera instancia la Coordinación Académica elaboró una

propuesta que presentó al Equipo Directivo. En segundo lugar, dicha propuesta se

socializó las coordinaciones de ciclo de Educación de Párvulos, Educación Básica,

Educación Media y Equipo Multidisciplinario PIE. En tercer lugar, se presentó el

documento con las sugerencias de las coordinaciones antes mencionadas al Consejo

de Profesores, quienes realizaron revisiones y aportes hasta ser aprobados por los

mismos.

Finalmente, el reglamento fue socializado a toda la comunidad educativa.

Para su elaboración se consideró el Decreto 67 que comenzó a regir el año 2020, el

cual permite a los Establecimientos Educacionales tomar decisiones en materias

referidas al proceso de evaluación del aprendizaje de los estudiantes. Complementan

este reglamento el Decreto N°83/2015 y Decreto N°170/2009. El Decreto 67

reemplaza los Decretos N° 511/97 y sus modificaciones para Enseñanza Básica,

Decreto N°112/99 para los cursos Primeros y Segundos Medios y el Decreto exento

N°83 de 2001 para los cursos Terceros y Cuartos Medios. Este nuevo decreto permite

avanzar hacia un mayor uso pedagógico de la evaluación y reducir la repitencia

mediante un mayor acompañamiento a los estudiantes.

• Decreto Exento N°511 de 1997, que aprueba reglamento de evaluación y

promoción escolar de niñas y niños de enseñanza básica (modificado por el Decreto

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3

Exento Nº158/1999, el Decreto Exento N°157/2000 y el Decreto Exento

Nº107/2003);

• Decreto Exento N°112 de 1999, que establece disposiciones para que

establecimientos educacionales elaboren reglamento de evaluación y reglamenta

promoción de alumnos de 1º y 2º año de enseñanza media, ambas modalidades

(modificado por el Decreto Exento N°158/1999, el Decreto Exento N°157/2000 y el

Decreto Exento N°1223/2002); y,

Consiste en aplicar procedimientos evaluativos en las asignaturas y/o módulos,

adecuado a las Necesidades Educativas Especiales (NEE) que presenta el educando,

que hayan sido diagnosticados por profesionales competentes del área médica o

educacional. Ésta será aplicada en forma individual o grupal de acuerdo a las

necesidades detectadas y a los objetivos planteados para el/los estudiantes.

• El Decreto Exento N° 83/2015 promueve la diversificación de la enseñanza en

Educación Básica, y aprueba criterios y orientaciones de adecuación

curricular para estudiantes que lo requieran, favoreciendo con ello el aprendizaje

y participación de todo el estudiantado, en su diversidad, permitiendo a aquellos en

situación de discapacidad, acceder y progresar en los aprendizajes del currículo

nacional, en igualdad de oportunidades.

De conformidad a estos Decretos corresponde a los propios establecimientos

educacionales dentro del marco de dichos Decretos, determinar las exigencias que le

son propias, cautelando la calidad de la Educación.

Además, la Ley 20.422/2010 que establece normas sobre la igualdad de

oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, en su artículo 3

señala entre sus principios el Diseño Universal, el cual se entiende como la actividad

por la que se conciben o proyectan, desde el origen, entornos, procesos, bienes,

productos, servicios, objetos, dispositivos o herramientas de forma que puedan ser

utilizados por todas las personas o en su mayor extensión posible. En el ámbito

educativo, el Diseño Universal se expresa como Diseño Universal de Aprendizaje

(DUA), cuyos criterios buscan promover prácticas inclusivas constituyendo el primer

Page 4: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

4

paso para responder a las diferencias individuales en el aprendizaje que presentan los

estudiantes.

Tal como se menciona en nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI), entendemos

la evaluación como un proceso sistemático, integral, continuo, acumulativo, científico,

cooperativo y formativo para obtener información útil que nos lleve a tomar

decisiones acertadas en la formación de personas integrales.

De acuerdo con lo indicado, se asumen los planteamientos y considerandos de tales

Decretos y se amplía en los detalles que se indican.

II.

DEL REGLAMENTO

ARTÍCULO 1º

El presente Reglamento de Evaluación, calificación y promoción tiene como propósito

fijar las normas y procedimientos de los estudiantes de educación Básica y

jornada vespertina EPJA del colegio Antumalal, pudiendo nuestro colegio

establecer todas las normas que estime pertinente sin que contradigan los citados

decretos exentos.

Las disposiciones del presente Reglamento interno son extensivas a todo el

estudiantado, en la forma que aquí se determina. Es responsabilidad de cada persona

que acepta vincularse con el Colegio Antumalal de Pillanlelbún, leerlo

comprensivamente, analizarlo, cumplirlo y respetarlo.

ARTÍCULO 2°

Se entenderá por evaluación a un proceso de múltiples propósitos para lo cual se

recoge información de los aprendizajes de los y las estudiantes, se emiten juicios

valorativos de ésta que se expresan a través de un sistema de calificaciones y como

oportunidad para la toma de decisiones.

Page 5: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

5

ARTÍCULO 3º

La programación, coordinación y desarrollo de las actividades pedagógicas y

específicamente de evaluación, es responsabilidad de la Directora del Establecimiento

en conjunto con la Unidad Técnico Pedagógica, para lo cual contemplan las normas

impartidas por el Ministerio de Educación, Secretaría Ministerial de Educación,

Departamento Provincial de Educación y/o la legislación vigente al respecto.

Este reglamento ha sido redactado sobre la base de las disposiciones de los Decretos

de Evaluación y Promoción Escolar Exentos 511 del 24 de mayo de 1997, 112 del 20

de abril de 1999, 83 del 06 de marzo de 2001, 107 del 03 de marzo de 2003, 67 del 20

de febrero 2018 y los acuerdos del Consejo General de Profesores.

ARTÍCULO 4°

En materias y contenidos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, el

Consejo de Profesores tiene carácter consultivo, propositivo y resolutivo. En lo

referido a las resoluciones finales, éstas quedan a cargo del Equipo Administrativo

Escolar y la Directora del Establecimiento Educacional.

ARTÍCULO 5º

Este Reglamento se dará a conocer a los estudiantes, padres y apoderados en el

momento de la matrícula.

ARTÍCULO 6º

La Dirección, departamento de Unidad Técnico Pedagógica y cuerpo docente del

establecimiento velará por la correcta aplicación de este Reglamento de Evaluación.

Page 6: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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ARTÍCULO 7º

Para efectos de este Reglamento, se tendrá presente el plan de estudio aprobado por

el MINEDUC, que fija las Bases Curriculares, Objetivos Fundamentales y Contenidos

Mínimos Obligatorios para los Niveles de Enseñanza, el que contempla las siguientes

asignaturas.

III.

EL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO DE AULA

ARTÍCULO 8º El colegio Antumalal, organiza su tiempo anual en períodos

semestrales, en conformidad a los plazos propuestos en el calendario escolar

regional. El semestre es el período calendario en el que se desarrollan las actividades

académicas y los programas de estudio, de cada asignatura impartidos por el colegio.

El Programa de Estudio es el conjunto de actividades académicas estructuradas

metodológicamente, secuenciadas en el tiempo, cuyo objetivo es integrar

conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes en cada asignatura.

IV.

DE LA EVALUACIÓN Y LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUATIVOS

ARTÍCULO 9º

Las y los estudiantes tienen derecho a ser informados de los criterios de evaluación, a

ser evaluados y a ser promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente.

Para ello se procederá según las disposiciones presentes en el artículo 12 del presente

reglamento.

ARTÍCULO 10º

El informe para evaluar los objetivos de aprendizaje transversales (OAA) del

Desarrollo Personal se emitirá en términos cualitativos.

Page 7: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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ARTÍCULO 11º

La evaluación de los aprendizajes se hará a través de procedimientos y/o

instrumentos formativos o sumativos, potenciando los procesos formativos, los que

serán coordinados y orientados por la Unidad Técnico Pedagógica. La siguiente es una

lista sugerente de procedimientos e instrumentos de evaluación posibles de aplicar:

Tipos de

instrumentos

de evaluación

Instrumentos

para evaluar la

enseñanza

- Cuestionarios

- Fichas de indagación

- Fichas gráficas

- Reflexión personal

- Observación externa

- Contraste de experiencias con compañeros

Instrumentos

para evaluar el

aprendizaje

- Observación directa y sistemática (escalas,

listas de control, registro anecdotario, lista de

cotejo)

- Análisis de producción de los y las estudiantes

(ficha de metacognición, resúmenes, trabajos,

cuadernos de clase, resolución de ejercicios y

problemas, pruebas orales, motrices, plásticas,

musicales, etc.)

- Intercambios orales con los y las estudiantes

(entrevista, diálogo, puesta en común,

grabaciones, observación externa, cuestionario)

Técnicas de evaluación: Las técnicas se refieren al método de evaluar y el

instrumento al tipo de prueba, ejemplo: en la técnica de interrogación los

instrumentos o pruebas pueden ser el cuestionario, la entrevista y la auto-evaluación.

Es por ello que el docente debe seleccionar las Técnicas e Instrumentos de Evaluación

Page 8: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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que contribuyan a garantizar la construcción permanente del aprendizaje.

TIPO DE EVALUACIÓN INSTRUMENTOS

1. DIAGNÓSTICA

Tipo de evaluación formativa que permite

identificar el lugar en el que se encuentra el o la

estudiante al partir su trayectoria hacia el logro

de un aprendizaje. Se realiza comúnmente al

- Prueba

- Ticket de entrada

- Mapa conceptual

Page 9: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

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comienzo de las unidades de aprendizaje. Esta

información es imprescindible para ajustar los

procesos de ensenanza - aprendizaje

previamente planificados, en función de

responder mejor a las necesidades de las y los

estudiantes y, por ende, se recomienda que no

sea calificada. (Mineduc. Evaluación formativa

en el aula. Orientaciones para directivos. Pág.

67)

2. FORMATIVAS

De acuerdo con concepciones actuales sobre la

evaluación formativa, se entiende que las

prácticas que se realizan en un aula son

formativas cuando la evidencia del desempeño

de los y las estudiantes se obtiene, interpreta y

usa por parte de docentes y estudiantes para

tomar decisiones acerca de los siguientes pasos

en el proceso de ensenanza-aprendizaje,

decisiones que probablemente serán mejores, o

mejor fundadas, que las que se habrían tomado

en ausencia de dicha evidencia.

- Monitoreo

- Retroalimentación

- Pauta de cotejo

- Autoevaluación

3. SUMATIVAS

La evaluación cumple un propósito sumativa

cuando entrega información acerca de hasta

que punto los y las estudiantes lograron

determinados objetivos de aprendizaje luego

de un determinado proceso de enseñanza. Se

utiliza para certificar los aprendizajes

- Prueba

- Exposiciones orales.

- Trabajos individuales y grupales.

- Maquetas

Page 10: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

10

logrados, comunicándose, generalmente,

mediante una calificación. (Mineduc.

Evaluación formativa en el aula. Orientaciones

directivos. Pág. 67)

4. Diferenciada

Se aplicará a los estudiantes que así lo

requieran (avalado por el informe de un

especialista: neurólogo, psicólogo,

psicopedagogo o en su defecto equipo de

integración) mediante la administración de

instrumentos técnicamente implementados,

test estandarizado y actualizado que

contemplen cambio de objetivo para

estudiantes permanentes y los mismo

objetivos y contenidos para estudiantes

transitorios o en su defecto en común acuerdo

por el equipo multidiciplinario y el docente de

aula común, cuyo grado de dificultad será:

igual o distinto de la prueba del nivel del

estudiante.

- Test estandarizado

- Actualizado

- Informe emitido por el profesional

Retroalimentación: utilizar información evaluativa para mejorar. Se dirige tanto hacia

estudiantes como hacia docentes.

• Cuando se dirige hacia las y los estudiantes, se trata de información que

reciben a partir de su desempeño, y de la orientación y el apoyo que lo guían

respecto de que pasos dar para seguir aprendiendo.

• Cuando su dirección es hacia la o el docente, se refiere a la información que

recoge el mismo o la misma docente sobre los aprendizajes de sus estudiantes,

Page 11: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

11

lo que le permite ir analizando que aspectos de su práctica pedagógica parecen

haber apoyado y facilitado más el desarrollo de estos aprendizajes y cuáles

tuvieron menor impacto, y así tomar decisiones oportunas para ajustar las

estrategias utilizadas y lo planificado, así como generar apoyos o adecuaciones

particulares para ciertos estudiantes. (Mineduc. Evaluación formativa en el

aula. Orientaciones para directivos. Pág. 67)

TÉCNICAS

INSTRUMENTOS

Observación

Registros anecdóticos

Lista de cotejo

Escala de apreciación

Rúbrica

Auto-informe

Cuestionarios

Entrevistas

Producto (elaborado por evaluado)

Pruebas

Escritas-escritas

Informales-estandarizadas

De respuesta abierta (desarrollo)-de respuesta fija

Individual y colectiva

De respuesta amplia-de respuesta restringida

Prácticas o de ejecución de tareas (procedimiento,

realización de tareas, situación simulada, muestra de

tareas)

Mapa conceptual

Page 12: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

12

Evaluación de

desempeños

Mapa semántico

Proyectos

Portafolios

Ensayos

Debates

La aplicación de estos procedimientos e instrumentos debe contemplar aspectos

cognitivos, procedimentales y actitudinales, favoreciendo la formación integral de los

estudiantes. Se planificarán evaluaciones por unidad, cada una de ellas tendrá una

ponderación de acuerdo al grado de dificultad. Uno o un grupo de instrumentos

ponderarán el 100% lo que significa la totalidad de una calificación. En caso de que la

calificación final de la asignatura corresponda a un promedio ponderado, la

ponderación máxima de esta evaluación final no podrá ser superior a un 30%, con el

objetivo de potenciar los procesos formativos.

Definición de cada uno de los instrumentos de evaluación señalados y

metodologías de enseñanza aprendizaje:

a) Registros anecdóticos: Informe que describe hechos, sucesos o situaciones

concretas que se consideran importantes para el alumno o el grupo, y da

cuenta de sus comportamientos, actitudes, intereses o procedimientos.

b) Listas de cotejo: Listado de aspectos a evaluar (contenidos, capacidades,

habilidades, conductas, etc.), al lado de los cuales se puede calificar si se

observa o no se observa (“O” visto bueno, o por ejemplo, una "X" si la conducta

no es lograda) un puntaje, una nota o un concepto.

Page 13: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

13

c) Escala de apreciación: Instrumento que forma parte de la técnica de

observación. A través de su aplicación se obtiene información sobre conductas

y acontecimientos habituales de los estudiantes y permite conocer aspectos

como intereses, actitudes, habilidades, destrezas.

d) Rúbricas: Pauta que explicita los distintos niveles posibles de desempeño

frente a una tarea, distinguiendo las categorías o dimensiones del aprendizaje

que están siendo evaluadas y por lo tanto, los criterios de corrección.

e) Cuestionario: Herramienta de investigación que consiste en una serie de

preguntas y otras indicaciones con el propósito de obtener información de los

consultados.

f) Entrevistas: Diálogo entablado entre dos o más personas: el entrevistador

formula preguntas y el entrevistado las responde.

g) Pruebas: proceso mediante el cual se estudian los resultados de un proceso de

aprendizaje una vez que se ha terminado el mismo, pueden se escritas, orales,

informales o estandarizadas, individuales o colectivas, de respuesta amplia o

respuesta restringida.

h) Mapa conceptual: Esquema de ideas que sirve de herramienta para organizar

de manera gráfica y simplificada conceptos y enunciados a fin de reforzar un

conocimiento. En un mapa conceptual se relacionan por medio de conectores

gráficos conceptos e ideas para complementar una idea generalizada de lo que

es un principal, el objetivo de un mapa conceptual es conseguir el significado

por medio de enlaces que se analizan fácilmente.

i) Mapa semántico: Diagrama usado para representar palabras, ideas, tareas,

lecturas, dibujos, u otros conceptos ligados y dispuestos radicalmente a través

Page 14: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

14

de una palabra clave o de una idea central. Los mapas mentales son un método

muy eficaz, para extraer y memorizar información.

j) Proyectos: Conjunto de actividades que se desarrollan para alcanzar un

determinado objetivo. Sus actividades se encuentran interrelacionadas y se

desarrollan de manera coordinada.

k) Portafolios: Selección y colección de documentos del trabajo del estudiante

que exhibe su esfuerzo, progreso y logros. Es una forma de evaluación que

permite monitorear el proceso de aprendizaje por el profesor y por el mismo

estudiante, permite ir introduciendo cambios durante dicho proceso.

l) Ensayos: Tipo de texto escrito en prosa en el cual un autor expone, analiza y

examina, con variados argumentos, un tema determinado, con el propósito de

fijar posición al respecto, siguiendo un estilo argumentativo propio.

m) Debates: Discusión en la que dos o más personas opinan acerca de uno o

varios temas y en la que cada uno expone sus ideas y defiende sus opiniones e

intereses.

n) Aprendizaje basado en problemas: Consiste en analizar y resolver una

situación problemática relacionada con su entorno físico y social.

o) Método de estudio de casos: Consiste en el análisis y discusión de situaciones

y experiencias documentadas de la vida real.

p) Aprendizaje orientado a proyectos: Instrumento que permite planear y

evaluar proyectos donde resuelven problemas o proponen mejoras.

Page 15: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

15

q) Aprendizaje basado en investigación: Sirve para indagar en profundidad en

disciplinas basadas en el método científico, bajo la supervisión del profesor.

Conectan la investigación con el aprendizaje.

12° ARTÍCULO

Agentes de la evaluación interna:

a) Heteroevaluación: Hace referencia a aquellos procesos de evaluación

realizados por personas distintas al estudiante o sus iguales, es decir, pueden

entrar a evaluar las familias, otro profesorado y otros agentes externos.

b) Autoevaluación: El propósito de dicha evaluación es que el alumnado tome

conciencia de su propio proceso de aprendizaje, así como se responsabilice de

él, ya que al autoevaluarse tiene que ser crítico consigo mismo, con su actitud,

esfuerzo, sus logros, sus posibles fracasos , es una forma además de

autoconocimiento de sí mismo y de sus capacidades.

c) Coevaluación: Evaluación entre iguales, al trabajar de forma cooperativa y

grupal los compañeros tienen una visión de nosotros distinta, de nuestro

trabajo y se puede aprender mucho escuchando la evaluación que pueden

aportar sobre nuestro trabajo, por ende entre ellos co-crean los indicadores de

evaluación que serán aplicados.

Page 16: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

16

V.

DEL CONOCIMIENTO, LA COMPRENSIÓN Y LA COMUNICACIÓN SOBRE LOS

PROCEDIMIENTOS EVALUATIVOS.

ARTICULO 13°

El colegio Antumalal de Pillanlelbún promoverá que las y los estudiantes conozcan y

comprendan las formas y criterios con que se les evaluará, lo que se materializará a

través de las siguientes disposiciones:

Los profesores, previo a una instancia de evaluación:

a) Darán a conocer los objetivos de aprendizaje que se evaluarán.

b) Informarán a los estudiantes el instrumento de evaluación que será utilizado.

c) Socializarán los indicadores de evaluación que contendrá el instrumento que se

utilizará, para una mejor comprensión de los mismos por parte de los

estudiantes.

ARTICULO 14°

Las familias serán informadas sobre las formas y criterios de evaluación de las y los

estudiantes de la siguiente manera:

a) Se informará en la primera reunión de apoderados las diversas estrategias

que como colegio se utilizan.

b) En el caso de las pruebas se darán a conocer los Objetivos de Aprendizajes y

los conocimientos/contenidos correspondientes.

c) Calendario de Evaluaciones en reuniones de apoderados.

d) Reporte en reuniones de apoderados.

e) Reportes en entrevistas entre profesor jefe y/o asignatura y apoderados

Page 17: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

17

VI

CALIFICACIÓN

ARTÍCULO 15°

La evaluación se concibe como un proceso inserto en el proceso de enseñanza

aprendizaje, el cual no debe limitarse sólo a constatar su producto en la fase final. Por

tanto, este proceso debe abarcar las siguientes fases:

Evaluación Diagnóstica: Se aplica al inicio de cada año lectivo y al inicio de cada

unidad, teniendo como objetivo constatar el estado de los aprendizajes de los niños y

niñas en cuanto a sus destrezas, habilidades, actitudes y conocimientos previos.

Evaluación Formativa: Esta permite detectar logros, avances y dificultades para

retroalimentar la práctica y es beneficiosa para el nuevo proceso de aprendizaje, ya

que posibilita prevenir obstáculos y señalar progresos. Además, permite formular los

planes remediales para avanzar hacia el logro de los aprendizajes. El profesor podrá

evaluar, calificar y registrar constantemente el desempeño académico del estudiante

usando algunos de los instrumentos mencionados en el artículo 10º y a través de

distintas estrategias, entre éstas: la revisión de contenidos en cuadernos, el uso de

rúbrica para evaluar la participación en clase, proyectos de: muestras,

representaciones teatrales, exposiciones, eventos musicales, artísticos, literarios,

encuentros, etc. La suma de las calificaciones de proceso puede transformarse en una

nota parcial que podría equivaler a una ponderación del total de notas registradas en

la asignatura en el semestre.

Evaluación Sumativas: Se aplica a procesos finales y permite verificar el estado final

respecto al logro de habilidades, destrezas y actitudes. La evaluación con

intencionalidad sumativa posibilita comprobar la eficacia de los procesos de

Enseñanza - Aprendizaje y da información para la planificación de futuras

Page 18: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

18

intervenciones. Esta evaluación tendrá una ponderación mayor a los procesos

formativos.

ARTÍCULO 16°

Se entenderá por calificación la representación del logro del aprendizaje en un

número, símbolo o concepto, que permita transmitir un significado compartido

respecto a dicho aprendizaje, por lo que siempre conlleva un proceso de evaluación.

Considerando:

a) La calificación final anual de cada asignatura y/o módulo deberá expresarse en una

escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de

aprobación un 4.0 con un 60% de exigencia, los casos particulares serán analizados

considerando sus capacidades individuales.

b) El colegio ha acordado que cada asignatura deberá registrar a lo menos tres

calificaciones por semestre, siendo una de ellas, una coevaluación o autoevaluación.

Cada calificación tendrá una ponderación. El promedio final anual se obtendrá del

promedio de las calificaciones ponderadas del primero y segundo semestre, esto

tendrá un decimal aproximado.

c) La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la

calificación final del período escolar adoptado y de final de año de una asignatura y/o

módulo de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha

asignatura y/o módulo realice el profesional de la educación. Esta definición y los

ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos,

acordados por cada departamento consensuado con el Consejo de Profesores y la

Unidad Técnica Pedagógica.

Page 19: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

19

CRONOGRAMA EVALUATIVO AÑO ESCOLAR 2021

1° SEMESTRE

UNIDAD PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO /FECHA PONDERACIÓN

Evaluación

Diagnóstica

Prueba Escrita

diagnóstica

1º y 2º semana de marzo 0%

Unidad O

Reforzamiento o

nivelación

-Prueba sumativa 2º semana de abril

(Tabla de

especificaciones)

10%

Unidad 1 -Evaluación de

proceso

Última semana de abril

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

10%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Segunda semana de mayo

(lista de cotejo)

15%

-Prueba sumativa Segunda semana de mayo

(tabla de especificaciones)

20%

Unidad 2 -Evaluación de

proceso

Segunda semana de Junio

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

10%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Primera semana de julio

(lista de cotejo)

15%

-Prueba sumativa Primera semana de julio

(tabla de

especificaciones)

20%

TOTAL 100%

Page 20: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

20

2° SEMESTRE

UNIDAD PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO /FECHA PONDERACIÓN

Evaluación

Diagnóstica

Prueba Escrita

diagnóstica

Última semana de Julio 0%

Unidad 3 -Evaluación de

proceso

Última semana de Agosto

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

10%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Segunda semana de

Septiembre

(lista de cotejo)

15%

-Prueba sumativa Última semana de

Septiembre

(tabla de especificaciones)

20%

Unidad 4 -Evaluación de

proceso

Última semana de Octubre

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

10%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Tercera semana de

Noviembre

(lista de cotejo)

15%

-Prueba sumativa Última semana de

Noviembre

(tabla de

especificaciones)

20%

TOTAL 100%

Page 21: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

21

*** Respecto al plan lector, cada curso en la asignatura de Lenguaje y

Comunicación incluirá la evaluación del libro mensual en la ponderación de

“evaluación de proceso” dividiendo su ponderación.

d) La entrega de las calificaciones y su respectiva retroalimentación no podrá exceder

los 10 días hábiles a contar desde la fecha de su aplicación y debe quedar la evidencia

en el libro de clase.

e) El sistema de registro de las calificaciones para todas las asignaturas o módulos del

plan de estudio será el siguiente: en el libro de clases, además se entregará un informe

semestral y certificado de calificaciones y de desarrollo personal y social al finalizar el

año escolar.

f) Al término de cada semestre no podrá haber estudiantes con calificaciones

pendientes sin una causa justificada y que sea de conocimiento de Dirección y Unidad

Técnica Pedagógica. En caso de incumplimiento de este artículo Unidad Técnico

Pedagógico informará a Dirección a través de un documento escrito, previa

conversación con el docente.

ARTÍCULO 17º

Los estudiantes de 1° a 8° año básico, deberán ser evaluados en todas las asignaturas,

sin eximición de alguna, respecto al plan de estudio en períodos semestrales y se

registrará un número de calificaciones semestrales.

ARTÍCULO 18º

En el desarrollo semestral de las distintas asignaturas, se planificará las evaluaciones

por unidad (diagnóstico, formativa y sumativa) y cada una de ella tendrá una

ponderación de acuerdo al trabajo gradual, los cuales deberán desarrollarse durante

Procedimiento Tiempo Ponderación

Prueba de comprensión lectora de libro mensual Cada mes 5%

Page 22: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

22

el transcurso de la unidad. Las evaluaciones y ponderaciones por unidad deberán ser

informadas previamente al estudiante y a su apoderado.

ARTÍCULO 19º

La calificación semestral en la asignatura se obtendrá del promedio aritmético de las

calificaciones obtenidas por el estudiante en el período, con un solo decimal y

aproximando la centésima al decimal, cuando la fracción sea igual o superior a 0,05.

ARTÍCULO 20º

La calificación anual en cada asignatura se obtendrá del promedio aritmético de las

calificaciones semestrales obtenidas por el estudiante, efectuando la aproximación

según el mismo criterio establecido en el artículo precedente.

ARTÍCULO 21º

Las calificaciones de las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y/u Orientación, no

incidirán en el promedio final anual ni en la promoción escolar de los alumnos. La

evaluación obtenida por los estudiantes(as) en estas asignaturas deberá expresarse

única y exclusivamente en conceptos (MB, B, S, I).

MB B S I

6,1 a 7,0 5,0 a 6,0 4,0 a 4,9 2,0 a 3,9

ARTÍCULO 22°

El registro de las evaluaciones en el Libro de Clases consignará: la fecha, el(s)

Objetivo(s) de Aprendizaje(s) con la sigla OA, además de un cuadro resumen

semestral identificando los porcentajes de estudiantes y el rango en que se

encuentran de acuerdo a los Estándares de Aprendizaje:

Page 23: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

23

Nivel Destacado: Los estudiantes que alcanzan este Nivel de Aprendizaje han logrado

lo exigido en el currículum de manera satisfactoria. Esto implica demostrar que han

adquirido las habilidades básicas estipuladas en el currículum para el período

evaluado. Los estudiantes que alcancen este nivel en una evaluación obtendrán

calificaciones en el rango 6,1 a 7,0.

Nivel Logrado: Los estudiantes que alcanzan este Nivel de Aprendizaje han logrado lo

exigido en el currículum de manera parcial. Esto implica demostrar que han adquirido

las habilidades más elementales estipuladas en el currículum para el período

evaluado, obteniendo calificaciones entre el 5,0 y 6,0.

Nivel en Desarrollo: Los estudiantes que quedan clasificados en este nivel logran

demostrar que han adquirido las habilidades más básicas establecidas en el

currículum para el período evaluado, logrando calificaciones entre el 4,0 y 4,9.

Nivel Inicial: Los estudiantes que quedan clasificados en este nivel no logran

demostrar consistentemente que han adquirido las habilidades más elementales

establecidas en el currículum para el período evaluado, logrando calificaciones entre

el 2,0 y 3,9.

Se deben registrar la calificación en el libro de clases inmediatamente después de

entregar los resultados a los estudiantes.

ARTÍCULO 23º

El colegio informará constantemente sobre el estado general de rendimiento de un

estudiante, junto con los antecedentes relacionados con su desempeño académico

global, a través de: reunión de padres y apoderados, citación de apoderados, informe

escrito o algún otro medio que el colegio determine.

Page 24: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

24

ARTICULO 24°

a) La Dirección y el Consejo de profesores, de acuerdo a los antecedentes de

rendimiento, determinarán formas especiales de evaluación para determinar la

situación final de estudiantes que pudieran suspender sus estudios durante el

segundo semestre, por enfermedad u otra causa de fuerza mayor debidamente

comprobada con certificados médicos actualizados.

b) La modalidad de evaluación diferenciada será considerada sólo para aquellos

estudiantes que presenten barreras en el aprendizaje o que tenga Necesidades

Educativas Especiales, ya sean en trastornos específicos tales como: dislexia, disgrafía,

disortografía y discalculia o bien cuando les afectan al aprendizaje ya sean de origen

orgánico, madurativas, déficit atencional u otras de origen intelectual, emocional o

conductual, diagnosticadas por un profesional correspondiente:

Neurólogo, Psiquiatra, Psicólogo, Fonoaudiólogo, Educadora Diferencial. Esta

modalidad de evaluación se realizará por el tiempo que el especialista tratante

considere pertinente.

Esta evaluación se aplicará, cautelando siempre el logro de los objetivos de

aprendizaje y el cumplimiento de los contenidos mínimos propios de cada nivel.

TÍTULO VII

DEL CUMPLIMIENTO DE LAS EVALUACIONES

ARTÍCULO 25º

Los profesores(as) de las distintas asignaturas deberán calendarizar las evaluaciones

y Unidad Técnica Pedagógica entregará a los estudiantes(as) por escrito, dentro de la

primera semana iniciada la unidad. La programación de las evaluaciones deberá ser

Page 25: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

25

hecha considerando lo establecido en el artículo 13º y 14º de este Reglamento, en

relación al mínimo de calificaciones por asignaturas.

ARTÍCULO 26°

El nivel de exigencia en las evaluaciones regulares será del 60% del puntaje total

obtenido en cada actividad evaluativa para asignar la nota 4,0.

ARTÍCULO 27º

Todos los estudiantes(as) deberán presentarse a rendir pruebas escritas,

interrogaciones, disertaciones, debates, u otras actividades que sean calificadas, en las

fechas fijadas previamente en el calendario. Es deber del estudiante cumplir con los

trabajos prácticos asignados por el profesor(a) y entregarlos en las fechas en el

calendario de evaluación señalado en el Artículo 28. El estudiante podrá responder

hasta una evaluación escrita por día.

ARTÍCULO 28º

El estudiante que se ausenta de una evaluación, deberá presentar en Unidad Técnico

Pedagógica la documentación para justificar su ausencia dentro del plazo de 2 días

hábiles, contados desde el momento en que reingresó a clases. Luego de lo cual podrá

rendir su evaluación en un plazo no superior a 15 días, con un nivel de exigencia de

60%. El día de aplicación de la evaluación atrasada para el estudiante (a) con

justificación médica será consignado entre el Jefe de UTP y el estudiante e informado

por escrito, vía agenda escolar al apoderado, asignando nuevo horario y día, esto en

primera circular al inicio del año escolar.

Ante la ausencia de un estudiante a una evaluación calendarizada con anticipación, el

docente reprogramará la evaluación en una nueva fecha para lo cual diseñará y

aplicará un instrumento evaluativo diferente al aplicado al curso, pero con el mismo

nivel de exigencia.

Page 26: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

26

ARTÍCULO 29°

En la eventualidad de que el estudiante se presente sin la justificación debida

(certificado médico y/o justificación personal del apoderado), o no se presente a la

evaluación en la segunda oportunidad, deberá rendir la prueba, inmediatamente el

primer día de clases que se haga presente y tendrá un grado de dificultad de 60% para

la nota 4.0. Si el estudiante se niega a desarrollar el instrumento evaluativo atrasado

en la fecha estipulada, se le calificará con la nota mínima. Situación que quedará

registrada por el profesor de la asignatura en la Hoja de Vida del estudiante y firmada

por éste e informada al apoderado.

Entregue una evaluación en blanco y/o se niegue a responder, obtendrá calificación

correspondiente a la nota mínima. Dicha situación deberá quedar registrada en la

Hoja de Vida del estudiante, por el profesor de la asignatura correspondiente e

informada al apoderado. Estas evaluaciones serán tomadas por Jefe de UTP en un

espacio distinto al aula.

No cumpla con la entrega de trabajos de investigación, evaluaciones en Educación

Artística, Tecnológica o Educación Física en el plazo establecido, la evaluación

quedará sujeta a los criterios expresados por el profesor(a) en la pauta de evaluación

entregada a los estudiantes con antelación.

Cuando existan problemas en la calificación y/o corrección de pruebas, el profesor(a)

de la asignatura dará solución a esta situación, si ésta subsiste, informará al Jefe de la

Unidad Técnico Pedagógica, para determinar una solución en conjunto.

ARTÍCULO 30º

En caso que un estudiante(a) sea sorprendido copiando, entregando o recibiendo

información de sus compañeros durante una evaluación, se procederá a retirarle la

prueba y se citará al apoderado para informar la situación. Posterior a ello, el

estudiante deberá rendir una nueva evaluación en día y hora que determine el

docente. En esta situación, el nivel de exigencia de la evaluación para obtener la nota 4

Page 27: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

27

(cuatro) será de un 70%. Para todos los casos señalados, se dejará constancia en la

Hoja de Vida del estudiante

Por tratarse de una conducta grave que contraviene la normativa del Manual de

Convivencia, quedará registrada en el Libro de Clases en la respectiva Hoja de Vida del

Estudiante. Se citará al apoderado con el objetivo de que éste tome conocimiento en

forma personal. El registro de esta entrevista quedará en el Libro de Clases, firmada

por el apoderado y el profesor correspondiente.

ARTÍCULO 31º

Si el estudiante por alguna situación se niega a entregar una evaluación o se lleva la

prueba a su hogar sin previo aviso al docente, deberá rendir una evaluación distinta,

en una segunda instancia con un porcentaje de exigencia de 70%. Como esta conducta

se aleja de la normativa, el docente deberá informar la situación a la Jefe de Unidad

Técnico Pedagógica, quien citará al apoderado para informarle y quedará un registro

escrito y firmado de tal irregularidad. No obstante, el colegio buscará apoyo al

Departamento de Orientación quien buscará a través de una sana convivencia que el

estudiante rinda la evaluación.

ARTÍCULO 32º

Los talleres complementarios se calificarán con una nota semestral, a través de una

pauta que establezca los criterios de evaluación, con notas de 1.0 a 7.0 y la evaluación

se incorporará a la asignatura que tenga mayor relación con el taller o según acuerdo

tomado en Consejo de Profesores previa autorización de Jefe de Unidad Técnico

Pedagógica.

ARTÍCULO 33º

Los talleres complementarios, son de libre elección por parte del estudiante, esta

elección será anual y por ello una vez seleccionada la opción, no podrá cambiarse a

otro, con la excepción de aquellos que por motivos de salud o razones justificadas por

Page 28: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

28

el apoderado no puedan seguir en el mismo taller, se evaluarán las opciones de

preferencia de acuerdo al cupo disponible.

ARTÍCULO 34º

El traspaso de las notas correspondientes a talleres se realizará al término de cada

semestre, se le hará entrega al profesor/a jefe, por lo tanto, no estarán

necesariamente consignadas en informes parciales entregados antes del fin de

semestre.

ARTÍCULO 35º

El profesor(a) de la asignatura deberá entregar los resultados de sus evaluaciones

dentro de los diez días hábiles siguientes, contado desde el momento de efectuada la

evaluación. Cualquier reclamo sobre el procedimiento, contenido, escala de notas, etc.

deberá ser realizado en un plazo no superior a dos días, desde la fecha de entrega del

resultado de la evaluación, cualquier reclamo posterior no será considerado para

efectos de modificación de la calificación obtenida, para así evitar plagios o malos

entendidos.

ARTÍCULO 36°

Si la aplicación de cualquier procedimiento evaluativo, arroja un resultado de

reprobación superior al 25% para el grupo curso, éste dará lugar a retroalimentación

de los aprendizajes y luego se aplicará un nuevo procedimiento evaluativo. La nota

final será el promedio aritmético de ambas evaluaciones o el resultado de la mejor

evaluación según criterio del docente previo análisis con Jefatura Técnica.

ARTÍCULO 37º

Es un derecho del estudiante conocer el resultado específico de las evaluaciones a que

sea sometido, para ello el instrumento corregido ha de entregarse a los estudiantes

para su conocimiento y retroalimentación, además, para que los padres tengan acceso

Page 29: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

29

a ellas y tomen así conocimiento del proceso. El estudiante puede solicitar revisar el

instrumento y consultar respecto de ella, en un marco de cortesía y respeto.

En caso de que el estudiante obtenga dos notas inferiores a 4.0 en una determinada

asignatura, el docente citará al apoderado para que se informe de la situación

académica de su pupilo.

ARTÍCULO 38º

A los estudiantes que presenten impedimentos para cursar en forma regular una

asignatura, ya sea, por enfermedad crónica u otra situación que lo amerite, se le

diseñará y aplicará procedimientos evaluativos diferentes. La Unidad Técnica

Pedagógica y Profesor(a) de asignatura monitorearán el proceso evaluativo en éstos

casos.

ARTÍCULO 39º

El estudiante tendrá derecho a que se le presente todo trabajo que haya sido objeto de

evaluación para cotejarlo con las pautas de corrección, previamente dadas a conocer

por el o la docente, con el fin de que se le expliquen los criterios y procedimientos

seguidos en su evaluación.

ARTÍCULO 40º

Toda inquietud del apoderado relacionada con los procesos de evaluación deberá ser

planteada, en primera instancia, al profesor(a) de la asignatura respectiva. No procede

que estamento superior alguno se haga cargo de una situación problemática si esta

instancia no ha sido agotada, ya que el profesor(a) de la asignatura es el principal

responsable del proceso de evaluación del estudiante. La Unidad Técnico Pedagógica

velará por el cumplimiento de las disposiciones establecidas al respecto.

Page 30: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

30

ARTICULO 41°

En caso de que un estudiante(a) se presente en reiteradas ocasiones sin materiales y

sin justificación en la asignatura de Tecnología y/o Artes Visuales, el profesor de la

asignatura conversará la situación con el estudiante y, en caso necesario, citará al

apoderado/a. De acuerdo a la información recopilada, el colegio podrá proveer los

recursos que sean necesarios para cumplir con las actividades pedagógicas y el

estudiante logre los objetivos de aprendizajes. Se deberá dejar constancia de la

situación en la Hoja de Vida del estudiante.

ARTICULO 42°

El Profesor podrá calcular una calificación parcial sobre la base de un puntaje único

obtenido en un instrumento de evaluación aplicado a los y las estudiantes. También

podrá obtener una calificación parcial de un tema o de una unidad a partir de dos o

más asignaciones, trabajos, tareas o controles escritos u orales. En este caso, podrá

asignar ponderaciones diferentes a distintas tareas; por ejemplo, en aquella unidad

de aprendizaje la prueba vale 30%, el trabajo en clases vale 20%, el ensayo sobre

el tema vale 20% y el trabajo grupal vale 10%.

En todos los casos, las calificaciones parciales registradas en el libro de clases y/o en

la base de datos serán de coeficiente uno, sin coeficientes ni ponderaciones distintas

entre ellas.

En situaciones de suspensión de estudiantes, la evaluación será realizada en la clase

siguiente a su retorno, con un 60% de exigencia para la nota 4.0.

ARTICULO 43°

El alumno que estando en el colegio, no asiste a la aplicación de un procedimiento o

instrumento de evaluación o que estando en la sala se niega a responder o deja la

prueba en blanco, será calificado con la nota mínima 1.0 (uno, cero). Dependiendo de

los significados de su actitud o de sus argumentos, también podrá registrarse el hecho

como una falta grave.

Page 31: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

31

ARTICULO 44°

No obstante lo señalado en los incisos anteriores, la Dirección junto a la UTP del

colegio podrán decidir, excepcionalmente, previo informe fundado de rendimiento y

del equipo psicosocial, en variadas evidencias del profesor(a) Jefe del curso de los

estudiantes afectados(as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a

aquellos(as) estudiantes que presenten un retraso significativo en lectura,

escritura y/o matemática, en relación con los Objetivos de Aprendizaje en los

programas de estudio que aplica el colegio, y que pueda afectar seriamente la

continuidad de sus aprendizaje en el curso superior. Además, para adoptar tal medida,

el colegio deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizada al

estudiante y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los

padres y/o apoderados, de tal manera de posibilitar una labor en conjunto.

ARTICULO 45°

El colegio, bajo la responsabilidad del Profesor Jefe, emitirá un Informe de

Calificaciones Parciales dos veces durante cada semestre (última Semana de Mayo y

última semana de Octubre), el que será entregado en reunión de padres y apoderados,

y obligatoriamente al final de cada uno de ellos con las calificaciones parciales los

primeros, y los promedios semestrales los últimos.

ARTICULO 46°

Las evaluaciones y/o calificaciones serán informadas y entregadas a los padres ya

apoderados según calendario interno del colegio.

ARTICULO 47°

Al inicio del año escolar, de cada unidad didáctica y de cada semestre el colegio

informará a los estudiantes y a los padres y apoderados sobre los lineamientos

generales: estrategias pedagógicas, instrumentos de evaluación y criterios evaluativos

a la comunidad educativa, a través de la Unidad Técnica Pedagógica y Encargado de

Convivencia. Los medios de comunicación oficiales serán:

Page 32: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

32

Para los estudiantes:

ESTUDIANTES

-Libreta Escolar.

-Consejo Escolar.

-Centro de Estudiantes.

- Boletín Informativo mensual.

-Diario Mural de cada sala y los Institucionales.

-En los cuadernos de cada estudiante.

- Docentes de asignatura y/o módulos

- El Profesor Jefe, en la hora de consejo de curso socializará el avance

académico de su curso registrado en el libro de clases o en otro sistema

de monitoreo con el que cuente el establecimiento educativo al menos

una vez al mes.

- Calendario de Evaluaciones mensuales, elaborado por la Unidad Técnica

Pedagógica con la información aportada por cada departamento.

Para los Padres y Apoderados:

PADRES Y APODERADOS

- Reuniones de Padres y Apoderados por curso

- Reuniones Centro General de Padres

- Boletín Institucional.

- Página Facebook.

-Diario Mural para destacar logros de los

estudiantes

- Informes de avance académico mensual en

reuniones de apoderados

Page 33: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

33

ARTICULO 48°

Al inicio de cada año escolar se aplicará un diagnóstico en cada asignatura de primero

a cuarto año medio cuyo resultado será consignado en el libro de clases de cada curso

mediante los siguientes conceptos y sus valores:

Conceptos Destacado Logrado En desarrollo Inicial

Rango de

calificación

6,1 a 7,0 5,0 a 6,0 4,0 a 4,9 2,0 a 3,9

Lo que permitirá identificar los niveles de logro, que deberán ser reforzados durante

el mes de marzo, en una unidad planificada denominada “Unidad Cero” de

reforzamiento, cuyo acompañamiento, monitoreo y producto será calificado a través

de una evaluación sumativa ponderada con un 10% de la calificación semestral.

Además, al inicio de cada unidad de aprendizaje los docentes aplicarán un diagnóstico

que permitirá conocer los conocimientos previos para construir los nuevos

aprendizajes. Todo estudiante que no rienda el diagnóstico en la fecha calendarizada

deberá rendirlo en la clase siguiente, en un espacio definido para para este fin, por un

docente asignado para tal función.

TÍTULO VIII

DE LA EXIMICIÓN

ARTICULO 49°

Los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de

estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o

módulos que dicho plan contempla.

ARTICULO 50°

No obstante, el establecimiento deberá implementar las diversificaciones pertinentes

para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas o

Page 34: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

34

módulos en caso de los alumnos que así lo requieran. Asimismo, podrán realizar las

adecuaciones curriculares necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N°s

83, de 2015 y 170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación.

TÍTULO IX

SITUACIONES ESPECIALES

ARTÍCULO 51°

El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimentos para ingresar

y permanecer en el establecimiento, debiéndose otorgar las facilidades académicas y

administrativas que permitan el cumplimiento de sus obligaciones como estudiante

regular.

ARTÍCULO 52°

Las estudiantes que estén en situación de embarazo o de maternidad, serán

consideradas para todos los efectos como estudiantes regulares. El colegio no

discriminará en tales situaciones otorgando las facilidades para la continuidad de los

estudios de la estudiante. (Ley 18.962, artículo 2º) consideraciones al respecto que

están establecidas en el Manual de Convivencia. El apoderado deberá acreditar con

certificado médico, la situación de gravidez de su pupila ante la Dirección del

Establecimiento, quien pondrá en antecedente de esta situación a la Unidad Técnico

Pedagógica, para todos efectos administrativos y académicos que correspondan y al

Profesor(a) Jefe.

La normativa se aplicará de la siguiente manera:

Si el estado de salud de la estudiante lo permite, ella asistirá a clases regulares,

presentando los informes de control de salud periódicamente en Unidad Técnico

Pedagógica, hasta que se inicie su período de descanso maternal.

Si la estudiante presenta problemas de salud debidamente justificados, podrá ser

evaluada presentando trabajos y realizando las evaluaciones según calendario

Page 35: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

35

especial coordinado por Unidad Técnico Pedagógica, de manera que no pierda el año

escolar. En ambos casos es imprescindible que el apoderado presente oportunamente

los certificados médicos correspondientes.

TÍTULO IX

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA

ARTÍCULO 53°

El Equipo de Aula compuesto por Educador/a Diferencial, profesores de aula regular,

especialistas de apoyo y/o técnicos de aula, articularán el apoyo que se le brindará a

los estudiantes con Necesidades educativas Especiales, incluidos o no, en el Programa

de Integración Escolar (PIE), coordinando adecuaciones curriculares pertinentes al

diagnóstico, seguimiento y reevaluación de cada estudiante. Los apoyos y evaluación

diferenciada deberán quedar registrados en la planificación mensual de asignatura,

considerando el Diseño Universal de Aprendizaje.

ARTÍCULO 54°

Los estudiantes que tengan Necesidades Educativas Especiales (NEE), deberán

presentar Informe de un Especialista (profesora diferencial, psicólogo, fonoaudiólogo,

neurólogo o psiquiatra, de acuerdo a lo indicado en el Decreto 170/09), que indique

algún trastorno o dificultad en el proceso de aprendizaje formal, a la Coordinadora de

Integración Escolar del establecimiento, quien determinará la aplicación de

Evaluación Diferenciada en las diferentes asignaturas, previa revisión del diagnóstico

con el Equipo de Integración.

El certificado emitido por el especialista deberá especificar:

• Identificación del especialista.

• Diagnóstico claro y específico de las dificultades del (a) estudiante.

Page 36: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

36

• Las asignaturas en que se requiere la evaluación diferenciada, evitando

términos ambiguos como evaluación diferenciada global o general.

• Las habilidades específicas que se necesitan considerar en la evaluación

diferenciada, así como propuestas de evaluación.

• Tratamiento externo que debe recibir o esté recibiendo el estudiante durante el

período en que reciba evaluación diferenciada, enviando informes de avance

periódicos al colegio.

En general, la situación de evaluación diferenciada se considera de carácter temporal

y transitorio, dado que las dificultades se proyectan como potencialmente superables,

cuando se han aplicado las estrategias de apoyo adecuadas, con excepción de los

estudiantes que se acogen al

Decreto Nº1/98.

ARTÍCULO 55°

Los profesores jefes y de asignatura deben registrar las evaluaciones diferenciadas

aplicadas del correspondiente período, en el cual se detallarán las áreas, período y las

medidas específicas para cada estudiante. Además, cada evaluación diferenciada (ED)

llevará, según corresponda, la sigla ED, que certifica que se están desarrollando las

medidas pertinentes en la/s asignatura/s.

ARTÍCULO 56°

El proceso de revisión del beneficio de la evaluación diferenciada es permanente, y se

encuentra a cargo del Equipo de Aula, quienes solicitan la información de los

especialistas externos tratantes (Informes de Estado de Avance), para determinar la

pertinencia de mantener el beneficio.

La existencia de evaluación diferenciada no altera la aplicación del Reglamento de

Evaluación y Promoción y del Reglamento de Convivencia Escolar del Colegio, y en

ningún caso exime a los estudiantes y estudiantes de asistir regularmente a clases.

Page 37: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

37

ARTÍCULO 57°

La evaluación diferenciada no se refiere al cambio de objetivos planteados al curso en

cualquiera de las asignaturas. Esta tiene relación con los procedimientos que se

emplearán para cumplir los objetivos de aprendizaje, del mismo modo la aplicación de

la evaluación diferenciada no implica la aprobación automática de la asignatura ni del

año académico.

ARTÍCULO 58°

Las estrategias a implementar son:

• Extender el tiempo destinado a la evaluación de los estudiantes.

• Adecuar el instrumento de evaluación conforme a las sugerencias del equipo de aula.

• Utilizar una variedad de estrategias metodológicas y recursos de aprendizaje.

• Realizar evaluaciones orales si la situación lo amerita.

• Entregar material concreto de apoyo a las operaciones a nivel de cálculo

matemático, durante las evaluaciones o clases.

• Priorizar el cumplimiento de los procesos, por sobre la exactitud de los

resultados.

• Mantener la escala de exigencia del 60%, salvo expresas sugerencias de médico

tratante.

Los instrumentos de evaluación deberán ser adecuados para evaluar los contenidos

curriculares, y de fácil manejo para ser utilizados en situaciones de autoevaluación y

coevaluación. Deben, además, entregar información concreta sobre lo que se pretende

evaluar y utilizar diferentes códigos, “verbal y no verbal”, escritos, gráficos,

numéricos, audiovisuales, etc.

Los instrumentos de evaluación deberán ser aplicados en forma individual o en

grupos pequeños, debiendo proporcionar el tiempo adecuado para que el estudiante

desarrolle el procedimiento evaluativo.

Page 38: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

38

ARTÍCULO 59°

Al finalizar cada semestre, el equipo educativo analizará si él o la estudiante con NEE

están progresando adecuadamente en sus aprendizajes, si en el establecimiento se

han generado las condiciones para ello, si para su progreso educativo necesita

continuar con los mismos apoyos especializados o bien éstos deben intensificarse,

ajustarse o modificarse, porque no han tenido los resultados esperados.

ARTÍCULO 60°

Se realizarán evaluaciones diferenciadas con apoyo del área de psicopedagogía a

aquellos estudiantes que tengan necesidades educativas especiales, que han sido

evaluados y estén en tratamiento con especialistas profesionalmente autorizados con

que cuenta el colegio. Se debe dejar constancia de ellos en la hoja de vida del

estudiante.

Page 39: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

39

TÍTULO X

DEL CURSO

1º a 8º básicos Decreto Nº 67/2018

DECRETOS EXENTOS O RESOLUCIONES EXENTAS DE EDUCACIÓN QUE

APRUEBAN PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS.

PRIMERO A OCTAVO BÁSICO - 1° Y 2° NIVEL EPJA

CURSO/S ASIGNATURAS DECRETO

MARCO/BASE

DECRETO

PLAN/PROGRAMA

DE ESTUDIOS

DECRETO

EVALUACIÓN

1° A 6° Lenguaje y Comunicación Matemática Historia, Geografía y C. Sociales Ciencias Naturales Idioma Extranjero: Inglés

N° 439/2012 Nº 2960 DEL

AÑO 2012

Nº67 DE 2018

1° A 6° Artes Visuales Música Educación Física y Salud Tecnología Orientación

N° 433/2012 Nº 2960 DEL

AÑO 2012

Nº67 DE 2018

1° A 4° Lengua Indígena Mapudungun

N° 280/2009 Nº 2960 DEL

AÑO 2012

Nº67 DE 2018

7° y 8° Lengua y Literatura Matemática Idioma Extranjero: Inglés Educación Física y Salud Historia, Geografía y C. Sociales Ciencias

N° 614/2013 N° 628/2016 Nº67 DE 2018

Page 40: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

40

Naturales

7° y 8° Artes Visuales Música Tecnología Orientación

N° 369/2015 N° 628/2016 Nº67 DE 2018

1°NIVEL

EPJA

Formación General Formación Instrumental y Formación Diferenciada

N°257/2009 N° 1000/2009 N°2169/2007

2° NIVEL

EPJA

Formación General Formación Instrumental y Formación Diferenciada

N°257/2009 N° 1000/2009 N°2169/2007

PLANES DE ESTUDIO: 1º a 8º Básico

ASIGNATURAS 1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8°

LENGUAJE

Y COMUNICACIÓN

8 8 8 8 6 6 6 6

MATEMATICA 6 6 6 6 6 6 6 6

LENGUA MAPUDUNGUN 4 4 4 4 0 0 0 0

INGLES 0 0 0 0 3 3 3 3

CIENCIAS NATURALES 2 2 2 2 4 4 4 4

HISTORIA, GEOGRAFÍA

Y CIENCIAS SOCIALES

2 2 2 2 4 4 4 4

TECNOLOGÍA 1 1 1 1 1 1 1 1

ARTES VISUALES 2 2 2 2 2 2 2 2

MUSICA 2 2 2 2 1 1 1 1

Page 41: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

41

PLANES DE ESTUDIO: 1° a 2° Nivel Enseñanza Media de Adultos (EPJA)

EDUCACIÓN FISICA 2 2 2 2 2 2 2 2

RELIGION 2 2 2 2 2 2 2 2

ORIENTACION 1 1 1 1 1 1 1 1

TALLER 2 2 2 2 2 2 2 2

TALLER 2 2 2 2 2 2 2 2

TALLER 2 2 2 2 2 2 2 2

TOTAL HORAS 38 38 38 38 38 38 38 38

ASIGNATURAS 1° 2°

LENGUA CASTELLANA Y COMUNICACIÓN 4 4

EDUCACION MATEMATICA 4 4

IDIOMA EXTRANJERO INGLES 4 4

CIENCIAS NATURALES 4 4

ESTUDIOS SOCIALES 4 4

INSERCION LABORAL 2

TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS

TELECOMUNICACIONES

2

CONVIVENCIA SOCIAL 2

CONSUMO Y CALIDAD DE VIDA 2

FILOSOFÍA 2 2

TOTALES 26 26

Page 42: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

42

TÍTULO XI.

DE LA PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 61°

En la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los

objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la

asistencia a clases.

1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de sus respectivos planes de

estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura o un módulo, su promedio final anual tenga

como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura o el módulo no aprobado.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas o dos módulos o bien una asignatura y un

módulo, su promedio final anual deberá ser mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas o

módulos no aprobados.

2) En relación con la asistencia a clase:

Serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de

aquellas establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará

como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente

autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del

deporte, la cultura, la literatura, las ciencias, las artes y otras. Asimismo, se

considerará como tal la participación de los alumnos que cursen la Formación

Diferenciada Técnico-Profesional en las actividades de aprendizaje realizadas en las

empresas u otros espacios formativos.

Page 43: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

43

La directora del establecimiento educacional, en conjunto con el jefe Técnico-

Pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de

alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida.

Casos especiales estudiantes EPJA

Serán evaluados en forma diferenciadas con guías de contenidos, talleres enviadas a

domicilio con fecha de entrega previo acuerdo de dirección y cuerpo de profesores,

Como: alumnas embarazadas, alumnos temporeros, trabajadores con turnos

diferenciados, alumnos que deben terminar anticipadamente el año escolar

entre otros, para este tipo de casos no se requerirá cumplir con la cantidad de

calificaciones, a los cuales se les podrá obtener promedios con un mínimo de

dos (2) notas, estas disposiciones serán también válidas para el ingreso tardío a

clases, para estos casos especiales podrá faltarle promedios de algún semestre y

se calculará solo con un semestre para la finalización del año escolar.

ARTÍCULO 62°

La Unidad Técnica Pedagógica junto a la Coordinadora del programa de Integración

diseñara y monitorearan un Plan de Acompañamiento de las acciones realizadas por

los docentes y los profesionales de la educación con el objetivo de acompañar y

monitorear a los estudiantes con mayores dificultades de aprendizajes.

Los criterios del acompañamiento serán los siguientes:

• Alumnos que no hayan sido promovidos el año anterior.

• Alumnos en riesgo de repitencia detectados inicialmente.

• Alumnos con necesidades educativas especiales (NEE).

• Alumnos con necesidades socio-afectivas.

• Alumnos con desfase etario en relación al promedio de su curso.

• Alumnos con situaciones especiales de salud.

• Alumnas embarazadas, madres y alumnos padres.

Page 44: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

44

Y otras situaciones especiales que ameriten ser analizadas por la directora y equipo

técnico-pedagógico, como deportistas de alto nivel, talentos artístico-culturales,

pasantías al extranjero, ausencia a clases por períodos prolongados, ingreso tardío a

clases, finalización del año escolar anticipado, becas a otros lugares, entre otros.

ARTÍCULO 63°

Las estrategias que se utilizarán para resguardar que los acompañamientos

pedagógicos sean pertinentes serán: seguimiento continuo, el cual estará a cargo de

un profesional de la educación cuya función será coordinar este acompañamiento.

Entre sus funciones estará:

• Generar las condiciones para los apoyos académicos y/o los psico-sociales.

• Comunicación sistemática con los profesionales que intervienen en el

acompañamiento (Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica, dupla psico-social,

orientadora, encargada de convivencia, educadores diferenciales y docentes).

• Facilitar la conformación de redes

• Monitoreo y seguimiento del proceso

• Levantar informes

• Mantener comunicación sistemática con padres, madres y apoderados para

involucrarlos en el proceso convirtiéndolos en colaboradores. Esta estrategia

estará a cargo del coordinador en conjunto con el profesor jefe.

• Propiciar el trabajo colaborativo en donde la forma de agrupar a los

estudiantes sea aleatoria evitando la formación de grupos de amigos,

promoviendo el conocimiento y respeto entre pares.

• Tutorías entre pares con la supervisión de los profesores de asignatura.

• Derivación a profesional del área socio-afectivo y pedagógico.

Page 45: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

45

Este plan de acompañamiento y monitoreo consistirá en:

El diseño de un protocolo de acciones de acompañamiento y monitoreo, focalizando a

los estudiantes con dificultades de aprendizaje, que considerará las siguientes:

a) Revisión de documentación institucional y posterior elaboración de listados en

planilla excel con estudiantes que durante al año anterior no hayan sido promovidos

curso, o aquellos estudiantes que presenten desfase etario.

b) Diseño y entrega de nóminas de estudiantes a docentes de asignatura y profesores

jefes.

c) Se informa a los apoderados de los estudiantes focalizados.

d) Padres y/o apoderados de estudiantes focalizados firman autorización

(consentimiento) para ser incorporados al Plan.

e) Se informa a la Comunidad Educativa sobre el Protocolo, a través de reuniones

ampliadas, Reuniones de Padres y Apoderados, Consejo de Profesores, Consejo

Escolar, Asamblea de padres y apoderados, Consejos de curso.

f) Cada coordinador realizará entrevista a estudiantes focalizados estableciendo

compromisos mutuos en un documento firmado por ambas partes.

g) Revisión de la primera calificación en el libro clases. Con esta información el

coordinador incorpora al Plan de Acompañamiento a todos los estudiantes que hayan

obtenido dos o más calificaciones deficientes en cualquiera de las asignaturas.

h) Entrevista del coordinador con el profesor jefe de cada curso de su nivel,

informando avances y chequeando el proceso.

i) El coordinador cita a Padres y Apoderados de los estudiantes incorporados al plan.

j) Detectados los casos se iniciará un acompañamiento individual y grupal,

dependiendo del caso, con la intención de reforzar los objetivos de aprendizajes

deficientes.

k) Revisión de libros de clases y posterior ingreso de la segunda calificación en

planilla Excel de los estudiantes acompañados y monitoreados.

Page 46: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

46

l) Se aplica protocolos en casos reincidentes que consiste en derivaciones a

especialistas correspondientes.

m) Los estudiantes que se superen recibirán un refuerzo positivo.

n) El coordinador mantendrá al día una carpeta de los estudiantes de su nivel en la

cual archivará cada una de las acciones y compromisos acordados con él.

ñ) La carpeta se encontrará a disposición de la Directora y el Equipo Técnico

Pedagógico.

ARTÍCULO 64°

La Directora y el Equipo Directivo, analizarán la situación de aquellos estudiantes que

no cumplan con los requisitos de promoción o que presenten una calificación de

alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso

siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o

repitencia. Dicho análisis se realizará en base a información recogida y registrada en

distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del

estudiante, su padre, madre o apoderado. Esta decisión deberá sustentarse, además,

por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración

con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del

establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El

informe, individualmente considerado por cada alumno, deberá considerar, a lo

menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros

de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de

sus aprendizajes en el curso superior; y

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para

su bienestar y desarrollo integral.

Page 47: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

47

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, deberá ser consignado en

la hoja de vida del alumno y en la carpeta del Plan de acompañamiento y monitoreo,

para efectos de sistematizar y evidenciar el proceso realizado por la institución

educativa con el estudiante.

ARTÍCULO 65°

La situación final de promoción de los alumnos quedará resuelta al término de cada

año escolar, debiendo el establecimiento educacional, entregar un certificado anual de

estudios que indique las asignaturas o módulos del plan de estudios, con las

calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento

educacional en ninguna circunstancia.

El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos,

podrá expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones

de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el establecimiento educacional

donde haya estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para

su emisión según lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880.

ARTÍCULO 66°

En los establecimientos reconocidos oficialmente por el Estado, el rendimiento escolar

del estudiante no será obstáculo para la renovación de su matrícula, y tendrá derecho

a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos en una oportunidad en la

educación básica y en una oportunidad en la educación media, sin que por esa causal

le sea cancelada o no renovada su matrícula.

Sin embargo, una vez aprobado un curso, el estudiante no podrá volver a realizarlo, ni

aun cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

Page 48: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

48

ARTÍCULO 67°

La Licencia de Educación Media permitirá optar a la continuación de estudios en la

Educación Superior, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por ley y por

las instituciones de educación superior.

ARTÍCULO 68°

El presente Reglamento de Evaluación, deberá evaluarse durante y al final de cada año

Lectivo, quedando abierto a modificaciones anuales, que le permitan perfeccionar el

accionar y orientación pedagógica, con la finalidad de beneficiar a todos los miembros

de la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO 69°

Cualquier situación no determinada en este reglamento, será evaluada en

consideración de los antecedentes y resuelta por el Consejo Académico, presidido por

la Directora, Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica y Profesores/as de cada Asignatura.

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar fue elaborado y revisado

por la Unidad Técnica pedagógico y Consejo de Profesores del establecimiento.

TÍTULO X

DE LA VALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO

ARTÍCULO 70°

El Ministerio de Educación Pública resolverá, por intermedio de la Dirección de

Educación que corresponda, la situación de los estudiantes que hayan realizado

estudios en el extranjero, de acuerdo a los convenios y normas vigentes. La validación

deberá ceñirse a las disposiciones que para estos efectos establezca dicha entidad.

Page 49: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

49

TÍTULO XI

DE LOS EXÁMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS

ARTÍCULO 71°

Las personas que no hubieran realizado estudios regulares en Chile o que los

hubieren efectuado en establecimientos educacionales no reconocidos como

Cooperadores de la Función Educacional del Estado o en países con los cuales no

existe convenio vigente, podrán rendir exámenes de validación de estudios de

Educación Básica.

Para tal efecto, presentarán una solicitud a la Secretaría Regional Ministerial de

Educación respectiva, la cual autorizará al establecimiento educacional para que le

aplique los exámenes correspondientes.

TÍTULO XII

DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 72°

La Directora en conjunto con la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica y, cuando lo

estime conveniente, asesorado por el Consejo General de

Profesores(as), resolverá las situaciones especiales de evaluación y promoción dentro

del período escolar correspondiente.

ARTÍCULO 73°

Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por la

Directora del colegio, dentro de la esfera de su competencia.

ARTÍCULO 74°

La Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva podrá resolver situaciones

excepcionales y especiales de evaluación debidamente fundamentadas y las

situaciones no previstas en el presente Reglamento, dentro de la esfera de su

competencia.

Page 50: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

50

ARTÍCULO 75°

El presente Reglamento de Evaluación entrará en vigencia a partir del 01 de marzo de

2020 y será revisado anualmente con el propósito de introducir las modificaciones

que sean convenientes, las cuales serán comunicadas oficialmente al Consejo Escolar,

si las hubiera

Page 51: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

51

ANEXO: CONSIDERACIONES ESPECIALES EN ESTADO DE PANDEMIA

2020-2021

1. EL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO DE AULA.

El colegio Antumalal, organiza su tiempo anual en períodos trimestrales para el año

escolar 2021.

2. EVALUACIÓN A DISTANCIA

La Evaluación es un proceso que permite levantar las evidencias de los aprendizajes

de los estudiantes. De acuerdo con lo planteado en el Decreto N° 67 “El proceso de

evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o

sumativamente”. La clave de ambas evaluaciones es la retroalimentación, elemento

central en el desarrollo del aprendizaje de los alumnos. En este sentido, es importante

que existan muchas instancias para que los estudiantes puedan demostrar que van

aprendiendo y para que el profesor pueda ir guiando el aprendizaje, especialmente en

el periodo de incertidumbre respecto a la realización de clases presenciales.

Evaluación Remota:

a) Rol docente: Informar tanto a los alumnos como a los apoderados sobre los

tiempos y tipos de evaluación que los estudiantes tendrán que realizar durante

este período. Lo anterior acompañado de orientación y guía necesaria para el

trabajo de sus estudiantes en casa teniendo en consideración de las

características de sus estudiantes y contexto.

b) Con un carácter netamente formativo, y dependiendo de los recursos que se

dispongan, el docente podrá entregar retroalimentación virtual a sus

estudiantes mediante plataformas destinadas para ello. En caso de no contar

con acceso a este tipo de tecnología o internet, el docente puede entregar

retroalimentación a sus estudiantes telefónica

c) Mantenerse activo en su proceso de aprendizaje mediante las orientaciones y

metas propuestas por sus docentes. Serán ellos quienes deberán guardar y

enviar todos los materiales que les permiten demostrar los logros de sus

aprendizajes, a través de las metodologías escogidas por el docente según las

capacidades que tengan, para que luego sean revisados y retroalimentados por

sus docentes

d) Rol equipo directivo: Apoyar y proveer al equipo docente del material

necesario para que puedan generar material para evaluar, retroalimentar y

hacer seguimiento de los aprendizajes de sus estudiantes, y asegurar la

planificación de las evaluaciones para la vuelta de clases.

Page 52: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

52

Instrumentos propuestos para evaluar formativamente:

Existen diversos instrumentos que sirven para evaluar los aprendizajes de los

estudiantes, a continuación, se presentan algunos ejemplos: Recursos para evaluar

disponibles en Aprendo en línea:

a) Cierre de cada clase de matemáticas y lenguaje

b) Evaluar a través de una prueba en línea cada 4 clases

c) Evaluaciones presentes en los Textos escolares (estos ya debieran estar en las

casas, si no es así preocuparse de que los estudiantes los vayan a retirar a los

establecimientos)

Otros tipos de evaluación representen los desempeños de los estudiantes como lo son

las tareas, trabajos, pruebas, dibujos, fotos, videos, organizadores, actividades

diversas, experimentos científicos, actividades manuales, artísticas o de actividad

física, tickets de salida, entre otros. Algunos ejemplos concretos son:

a) Observar un video o una charla Ted interesante y plantear 2 o tres preguntas

que puedan discutir entre todos.

b) Sugerir lecturas interesantes para ir complementando las distintas asignaturas

y que los estudiantes puedan hacer un pequeño resumen, mapa mental u

organizador con lo aprendido.

c) Dividir el texto de estudio y crear metas para que los estudiantes realicen en

sus casas. -Que realicen actividades manuales o artísticas de las cuales pueden

sacar foto o guardar el objeto para evaluado.

Procedimiento de evaluación digital y de manera impresa.

El procedimiento a seguir con respecto a la evaluación en este periodo:

a) Toda evaluación formativa realizada por el estudiante deberá ser recopilada

por los docentes según como él, en conocimiento de sus capacidades y la de sus

estudiantes, lo haya estipulado ya sea de manera digital, a través de una

plataforma entregada por el establecimiento, correo electrónico o WhatsApp,

de forma presencial o al momento de volver a clases.

b) Retroalimentar con el fin de que los estudiantes tengan claridad de sus

progresos. Esta retroalimentación debe ser a tiempo y oportuna, puede ser

telefónica y realizada de acuerdo con el medio por el cual fue recibido.

Tipos de evaluación que desarrollan la autonomía en el aprendizaje.

La autoevaluación y coevaluación son un tipo de evaluación que permiten a los

estudiantes mirar por si mismos qué y cómo están aprendiendo de manera que

desarrolla la autonomía en el aprendizaje. Para esto es importante que los docentes

desarrollen rubricas o indicadores claros para que puedan ir cotejando los desempeños logrados. Algunas Técnicas para desarrollarlas:

Page 53: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

53

a) Generar autoevaluación semanal con el material de aprendoenlinea.cl u otro.

b) Utilizar un destacador para que los alumnos vayan marcando en la actividad

desarrollada por el compañero lo señalado en la rúbrica entregada por el

docente.

c) Crear discusiones al coevaluar los distintos niveles de apreciación, sustentado

en evidencias del trabajo y criterios que permitan fundamentar los juicios.

d) También se pueden utilizar señales o indicadores de aprendizaje para ir

marcando lo logrado o no.

e) Procesos de metacognición a la luz del Decreto 67: Entregar a los estudiantes

preguntas de cierre para reflexión: ¿Qué fue lo que más me costó aprender y

por qué? ¿Qué fue lo que me resultó más fácil aprender? ¿Cuánto tiempo

necesité para hacer esta actividad? ¿Qué hice cuando tuve una duda? ¿Me

organicé de alguna manera para realizar la actividad? ¿Haría algo distinto la próxima vez que tenga que realizar algo parecido? ¿Qué necesito hacer mejor?

Regreso a clases

Este primer periodo de aprendizaje y enseñanza remoto debe ser evaluado de manera

formativa y acompañado de retroalimentación. Una posibilidad que los docentes y el

equipo directivo pueden adoptar al retorno de clases es valorar y recolectar el trabajo

realizado por los estudiantes durante este periodo de clases a distancia. Esto, podría

ser transformado en una evaluación sumativa con calificación. De ser así esto deberá ser informado oportunamente a los padres y estudiantes.

Page 54: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

54

CRONOGRAMA EVALUATIVO RÉGIMEN TRIMESTRAL AÑO ESCOLAR 2021

1° TRIMESTRE 01/03- 28/05

UNIDAD PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO /FECHA PONDERACIÓN

Evaluación

Diagnóstica

Prueba Escrita

diagnóstica

1º y 2º semana de marzo 0%

Unidad O

Reforzamiento o

nivelación

-Prueba sumativa 2º semana de abril

(Tabla de

especificaciones)

20%

Unidad 1 -Evaluación de

proceso

Última semana de abril

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

30%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Segunda semana de mayo

(lista de cotejo)

30%

-Prueba sumativa Segunda semana de mayo

(tabla de especificaciones)

20%

TOTAL 100%

Page 55: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

55

2° TRIMESTRE 31/05-10/09

UNIDAD PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO /FECHA PONDERACIÓN

Unidad 2 -Evaluación de

proceso

Segunda semana de Junio

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

25%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Primera semana de julio

(lista de cotejo)

20%

-Prueba sumativa Primera semana de julio

(tabla de

especificaciones)

30%

Evaluación

Diagnóstica

Prueba Escrita

diagnóstica

Última semana de Julio 0%

Unidad 3 -Evaluación de

proceso

Última semana de Agosto

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

25%

TOTAL 100%

Page 56: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

56

3° SEMESTRE 13/09-07/12

UNIDAD PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO /FECHA PONDERACIÓN

Unidad 3 -Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Segunda semana de

Septiembre

(lista de cotejo)

25%

-Prueba sumativa Última semana de

Septiembre

(tabla de especificaciones)

20%

Unidad 4 -Evaluación de

proceso

Última semana de Octubre

(Rubrica o tabla de

especificaciones)

10%

-Evaluación formativa

Tickets de salida

Guías de aprendizaje

Tercera semana de

Noviembre

(lista de cotejo)

25%

-Prueba sumativa Última semana de Noviembre (tabla de especificaciones)

20%

TOTAL 100%

*** Respecto al plan lector, cada curso en la asignatura de Lenguaje y

Comunicación incluirá la evaluación del libro mensual en la ponderación de

“evaluación de proceso” dividiendo su ponderación.

Procedimiento Tiempo Ponderación

Prueba de comprensión lectora de libro mensual Cada mes 5%

Page 57: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

57

3. ANEXO PROTOCOLO RETORNO A CLASES COVID-19

Objetivo:

Proveer medidas de protección en los procedimientos del retorno a clases por COVID-

19 en el establecimiento educacional Antumalal, estableciendo protocolo de control

sugerido por MINSAL y Ministerio de Educación.

Propuesta Protocolo para retorno a clases

La presente propuesta de protocolo establece medidas mínimas que se deben cumplir

y al mismo tiempo acoge sugerencias del Consejo Asesor, expertos y del Mineduc, el

cual instruyó a los seremis a “reunirse con la comunidad educativa y levantar la

información necesaria para tomar decisiones”, flexibilizando las medidas,

dependiendo de la zona.

A su vez, esta propuesta de protocolo se encuentra sostenida en la información

entregada por diversos medios de comunicación a la espera de la normativa oficial

emanada por organismos Ministeriales.

El Colegio Antumalal cumplirá, organizará y garantizará las medidas establecidas recomendadas por el Minsal y operará a través de un regreso a clases progresivo. Las medidas propuestas, corresponden a recomendaciones, consensuadas por el Consejo Asesor, basado en el conocimiento actual de Covid-19, así como de otras situaciones epidemiológicas pertinentes. En la medida que se vaya avanzando en el conocimiento de la actual pandemia, especialmente en la efectividad de las diferentes medidas propuestas, se podrá ir puntualizando con mayor precisión, cual(es) de ellas podrán ser recomendadas con mayor fuerza, y cuales podrán ser dispensadas. Acciones específicas a considerar en la reapertura del establecimiento

1. La entrada principal al colegio será coordinada con la distancia solicitada entre

estudiantes. Entraran uno a uno, controlándose la temperatura corporal, uso

de mascarilla, sanitizando manos y calzado.

2. Una vez pesquisado los síntomas respiratorios y de temperatura corporal al

ingreso al colegio, para profesores-as, estudiantes, asistentes de la educación,

padres y apoderados se preguntará también por síntomas respiratorios como

parte del monitoreo.

3. Se genera un registro informativo de los miembros de la Comunidad Educativa,

el primer día se preguntará por:

a) ¿Ha tenido síntomas tales como: ¿temperatura o tos seca?

b) ¿Ha tenido contacto con algún caso confirmado de coronavirus?

Page 58: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

58

c) ¿Sabe cómo prevenir el coronavirus?

4. Diariamente quedará registrada la temperatura formando parte del regreso a

clases.

5. Las mascarillas de protección son obligatorias, incluso dentro de la sala de

clases.

6. Sanitizar oportuna y periódicamente el establecimiento educacional con el

personal acreditado para dicha función.

7. Se considera la posibilidad de acortar la jornada completa por una doble.

8. Se establecerán horas de ingreso y salidas diferidas según niveles y ciclos,

organizando las clases en dos medias jornadas.

9. Bandas adhesivas colocadas en el suelo que materializan la distancia de

seguridad social.

10. Recreos serán en horarios diferidos al igual que todo el sistema de entrega de

almuerzos.

11. Existirá línea demarcada en todas las salas de clases.

12. Cambio en el modo de hacer docencia, no se podrán hacer trabajos grupales

entre estudiantes.

13. Separar los puestos, al menos a 2 metros de distancia en forma paralela entre

uno y otro estudiante.

14. En las dinámicas de las clases, los docentes no se podrán acercar a los alumnos

para resolver dudas a no ser que se garantice una distancia física de 2 metros.

15. Realizar clases de educación física en lugares ventilados, de preferencia al aire

libre, manteniendo la distancia entre alumnos (2 mt).

16. Suspensión de actividades posterior al horario regular de clases.

17. Se visualizará información centralizada y efectiva disponible (escrita: cartillas

informativas).

18. Al inicio de las clases se mantendrán en gran porcentaje apoyadas por guías e

instrucciones remotas, para complementar las horas presenciales.

Cambios estructurales y organizacionales en los establecimientos.

1. Cerrar/controlar físicamente todos los espacios comunes: patios, salas de

reunión, etc.

2. Capacitar a todo el cuerpo docente, administrativo y de apoyo sobre:

a) Las medidas de higiene y, particularmente las medidas efectivas de

distanciamiento físico, circulación y control de salud.

b) Limitar el uso de baños a lo estrictamente necesario.

3. Reservar y señalizar vías exclusivas de acceso y salida al establecimiento

Page 59: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

59

4. Calcular la cantidad de alumnos por cada curso, según las medidas

establecidas, posibilitando la mitad que asista en la mañana y la otra en

jornada de tarde.

5. Subdividir cursos de ser éstos muy numerosos.

6. Clases de duración de no más de 45 minutos separadas por 10 minutos de

salida al exterior, momento en que se ventilará la sala.

7. Considerar recreos en diferentes horarios.

8. Evitar cambios de salas de los alumnos; de requerir rotación, la realizan los

profesores.

9. Escalonar la asistencia, así como la hora de ingreso, los recreos y la hora de

almuerzo, para reducir la interacción entre alumnos. Lo mismo debe

observarse entre profesores y personal administrativo.

10. Funcionar 4 días en la semana dejando por ejemplo los días miércoles libres.

11. Establecer normativas adecuadas para el transporte escolar, asegurando

distanciamiento físico uno de otro estudiante, reorganizando la frecuencia del

transporte.

12. Flexibilizar o eximir los requerimientos de asistencia a estudiantes portadores

de enfermedades de riesgo y a aquellos que comparten el hogar con adultos

mayores o enfermos crónicos.

Aseo y limpieza.

Se establece protocolo de sanitización requeridos por los organismos

controladores.

1. Garantizar su aseo permanente, especialmente superficies; disponibilidad de agua y jabón, alcohol gel.

2. Mantener el aseo y la desinfección de las superficies; tales como muebles, manillas de puertas, etc.

3. Basureros ampliamente disponibles, con bolsas plásticas en su interior. 4. Limpieza de pisos y superficies entre la jornada de mañana y la de la tarde -

eliminar la basura entre las jornadas y diariamente en forma segura 5. Abastecimiento (insumos, JUNAEB); realizarlo en horarios sin actividad

docente).

Distanciamiento físico especial.

Page 60: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN

60

Evitar interacción entre alumnos de diferentes niveles y ciclos.

1. Suspender el ingreso de toda persona extraña durante la jornada escolar (visitantes, apoderados, proveedores, etc.).

2. Suspender reuniones presenciales de padres y apoderados.

Refuerzo de medidas.

Comunicación expedita a un teléfono identificado para tal fin a toda la comunidad, que reporte oportunamente de ausentismo y su causal (alumnos, profesores, personal de apoyo).

1. Indagar a primera hora sobre casos en el hogar y presencia de síntomas de la

enfermedad. 2. Control de temperatura todos días a cada alumno y todo el personal. 3. Uso de mascarillas para todo el personal y los alumnos durante toda la jornada. 4. Contar con dispositivos de alcohol gel a la entrada de todas las salas de clases,

sala de profesores, comedor, sala PIE, sala de computación, inspectoría, baños, dirección, etc.

5. Establecer flexibilidad laboral y estudiantil para circular en distintos horarios y evitar aglomeraciones.

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61

ANEXO:

Cierre Anticipado del Año Escolar

Los estudiantes de 1° a 4° Año Básico que por razones debidamente justificadas que

necesiten cerrar en forma anticipada el Año Escolar, la Directora en conjunto con el (o

los) profesor(es) respectivo(s), deberán resolver las situaciones especiales de

evaluación y promoción.

Según las disposiciones del Decreto Nº 67 de 2018 del MINEDUC, los establecimientos

educacionales, a través de la directora y su equipo directivo, deberán analizar la

situación de aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción

antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga

en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera

fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos alumnos. Dicho

análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en

distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del

estudiante, su padre, madre o apoderado.

De la reflexión pedagógica.

Los docentes del establecimiento contarán con Reuniones de Ciclo cada 15 días, las

cuales se subdividirán en una informativa y la otra de articulación de asignaturas, en

las cuales su finalidad es fomentar instancias para que los profesionales de la

educación puedan discutir y acordar criterios de evaluación que puedan permitir un

desarrollo progresivo de las habilidades de los estudiantes, con el objetivo de lograr

un lineamiento institucional.