RESOLUCION N° 035-2014-OS-CD_Multas

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    Padre Abad - Ucayali

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    Actividad Capacitacin y asistencia tcnica

    48,520.00 48,520.00

    Municipalidad en buenas prcticas de produccin agrariaProvincial de (a productores de pijuayo para palmito y pia

    Padre Abad en el centro poblado menor de Huipoca yaledaos, Distrito de Padre Abad, Provincia

    de Padre Abad , Regin Ucayali)

    Actividad Capacitacin y asistencia tcnica

    Municipalidad en buenas prcticas de produccin agraria (a4 Provincial de productores de caf y palma aceitera en el 58,785.00 58,785.00

    Padre Abad Distrito de Padre Abad, Provincia de PadreAbad, Regin Ucayali)

    TOTAL 393,370.00 410,016.00 235,436.00 216,742.00 156,073.05 1,411,637.05

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Aprueban Tipificacin de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable parala supervisin y fiscalizacin de la actividad minera

    RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIAOSINERGMIN N 035-2014-OS-CD

    Lima, 25 de febrero de 2014.

    VISTO:

    El Memorndum GFM-86-2014, mediante el cual la Gerencia de Fiscalizacin Minera ha remitido la propuestapara actualizar la Tipificacin de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones aplicables a las actividades desupervisin y fiscalizacin minera.

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo con las Leyes N 28964 y N 29901; as como el Reglamento del Supervisin y Fiscalizacin delas Actividades Energticas y Mineras de Osinergmin, aprobado por Resolucin de Consejo Directivo N 171-2013-OS-CD, Osinergmin es competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y tcnicas en lasactividades mineras incluyendo las referidas a la seguridad de la infraestructura, sus instalaciones, gestin de seguridady operaciones.

    Que, asimismo, segn lo dispuesto en el artculo 1 de la Ley N 27699 - Ley Complementaria de FortalecimientoInstitucional de Osinergmin, el Consejo Directivo est facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuraninfracciones administrativas, as como aprobar la Escala de Multas y Sanciones;

    Que, mediante Resolucin de Consejo Directivo N 185-2008-OS-CD, se aprob la Tipificacin de Infracciones

    Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicables a las actividades de supervisin y fiscalizacinminera, siendo modificada por Resolucin de Consejo Directivo N 448-2008-OS-CD, respecto del Rubro 9 referido a lasmedidas administrativas; y por Resolucin de Consejo Directivo N 257-2009-OS-CD que incorpor el Rubro 13, sobreincumplimiento de las recomendaciones;

    Que, mediante Decreto Supremo N 055-2010-EM, publicado el 22 de agosto de 2010, se aprob el Reglamentode Seguridad y Salud Ocupacional en Minera, el cual derog el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera aprobadopor Decreto Supremo N 046-2001-EM;

    Que mediante Resoluciones de Consejo Directivo N 272-2012-OS-CD y N 171-2013-OS-CD, se aprobaron elReglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin y el Reglamento de Supervisin deActividades Energticas y Mineras, respectivamente;

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    Que, mediante Decreto Supremo N 128-2013-PCM se fij el Aporte por Regulacin del Sector Minero aOsinergmin;

    Que, se ha revisado la vigente Tipificacin de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones aplicables

    a las actividades de supervisin minera, a fin de adecuarla al marco normativo vigente;

    Con la opinin favorable de la Gerencia Legal y de la Oficina de Estudios Econmicos;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobacin.Aprobar la Tipificacin de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para

    la supervisin y fiscalizacin de la actividad minera, la cual consta en el Anexo 1 de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Derogacin.Derguese la Resolucin de Consejo Directivo N 185-2008-OS-CD, que aprueba la Tipificacin de Infracciones

    Generales y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN aplicable para la supervisin y fiscalizacin de la actividad

    minera y sus respectivas modificatorias.Artculo 3.- Publicacin.La presente Resolucin ser publicada en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en el

    portal electrnico institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).

    Artculo 4.- Vigencia.La presente Resolucin entrar en vigencia al da siguiente de su publicacin en el diario oficial El Peruano.

    JESS TAMAYO PACHECOPresidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN

    ANEXO 1TIPIFICACIN DE INFRACCIONES GENERALES

    Y ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA SUPERVISINY FISCALIZACIN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS

    RubroTipificacin de la

    Base LegalSancin

    Infraccin pecuniariaNo exhibir, ni

    permitir examinar la Art. 5 de Ley N 27332.documentacin, libros

    contables, societarios, Art. 8 de la Ley N28964.comprobantes depago, correspondencia Arts. 79 y 80 literal a) del Reglamento

    1 comercial y los registros General de OSINERGMIN, aprobado por Hasta 1000magnticos, incluyendo Decreto Supremo N 054-2001-PCM. UITlos programas para sulectura, incluyendo en Arts. 26 y 29 del Reglamento de

    este caso, la informacin Supervisin de las Actividades Energticasreferida a la organizacin, y Mineras de OSINERGMIN, aprobado

    los negocios, el por Resolucin del Consejo Directivo Naccionariado y su 171-2013-OS-CD.

    estructura de propiedad.

    Art. 3 y 5 de la Ley N 27332.

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    Impedir, obstaculizar, Art. 8 de la Ley N 28964.negar o interferir la

    2 funcin supervisora Arts. 26 y 29 del Reglamento de Hasta 1000de OSINERGMIN y/o Supervisin de las Actividades Energticas UIT

    Empresas Supervisoras. y Mineras de OSINERGMIN, aprobadopor Resolucin del Consejo Directivo N

    171-2013-OS-CD.Art. 5 de Ley N 27332.

    Art. 8 de la Ley N 28964.Impedir, obstaculizar,negar o interferir las Art. 80 literales b), c) y d) del Reglamento

    3 facultades de fiscalizacin General de OSINERGMIN, aprobado por Hasta 1000de OSINERGMIN y/o Decreto Supremo N 054-2001-PCM. UIT

    Empresas Supervisoras. Arts. 26 y 29 del Reglamento deSupervisin de las Actividades Energticas

    y Mineras de OSINERGMIN, aprobadopor Resolucin del Consejo Directivo N

    171-2013-OS-CD.No proporcionar a

    OSINERGMIN o hacerloen forma deficiente, Art. 5 de la Ley N 27332.inexacta, incompletao fuera de plazo, los Art.8 de la Ley N 28964.

    4 datos e informacin que Hasta 1000

    establecen Art. 26 y 29 del Reglamento de UITlas normas vigentes, Supervisin de las Actividades Energticasincluyendo las y Mineras de OSINERGMIN, aprobado

    directivas, instrucciones por Resolucin del Consejo Directivo Ny disposiciones de 171-2013-OS-CD.

    OSINERGMIN.Proporcionar

    informacin falsa uocultar, destruir o

    alterar informacin o Art. 8 de la Ley N 28964.cualquier libro, registro

    5 o documento que haya Art. 87 del Reglamento General de Hasta 1000

    sido requerido por OSINERGMIN, aprobado por Decreto UITOSINERGMIN o sea Supremo N 054-2001-PCM.relevante para la

    decisin quese adopte.

    Negarse a comparecero mediante violenciao amenaza impedir o Art. 87 del Reglamento General de

    6 entorpecer el ejercicio OSINERGMIN, aprobado por Decreto Hasta 1000de las Supremo N 054-2001-PCM. UIT

    funciones delOSINERGMIN.

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    Art. 10 de la Ley N 27332.

    Art. 7 de la Ley N 27699. Hasta eltriple del

    7 Incumplir con el pago de Art. 4 de la Ley N 29901. montoaportes adeudado.

    Art. 73 inciso a) del Reglamento Generalde OSINERGMIN, aprobado por Decreto

    Supremo N 054-2001-PCM.Arts. 94 y 95 del ReglamentoGeneral de OSINERGMIN,

    aprobado por Decreto Supremo N 054-2001-PCM.

    Arts. 35, 36 y 37 del Reglamento

    del Procedimiento Administrativo8 Incumplir medidas Sancionador de OSINERGMIN aprobado Hasta 1000cautelares. por Resolucin del Consejo Directivo N UIT

    272-2012-OS-CD.

    Art.13 de la Ley N 28964.

    Art. 26 del Reglamento de Supervisinde las Actividades Energticas y Mineras,

    aprobado por Resolucin del ConsejoDirectivo N 171-2013-OS-CD.

    Art. 2 Ley N 27699.

    Arts. 10 y 13 de la LeyN 28964.

    Art. 232 literal 1) de la Ley N27444.

    Incumplir medidas Arts. 34, 38 y 39 del Reglamento delcorrectivas, de seguridad Procedimiento Administrativo Sancionador

    9 o mandatos de carcter de OSINERGMIN aprobado por Resolucin Hasta 1000particular u otras del Consejo Directivo N 272-2012-OS-CD. UIT

    obligaciones dispuestas

    por OSINERGMIN. Arts. 21, 31 y 79 del ReglamentoGeneral deOSINERGMIN aprobado por

    Decreto Supremo N 054-2001-PCM.

    Art. 26 del Reglamento de Supervisinde las Actividades Energticas y Mineras,

    aprobado por Resolucin del ConsejoDirectivo N 171-2013-OS-CD.

    Artculo 31 del Reglamento General deOSINERGMIN,

    aprobado por Decreto Supremo N 054-

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    2001-PCM.

    Incumplir las Arts. 13 del Reglamento de Seguridad y10 recomendaciones en la Salud Ocupacional en minera, aprobado Hasta 8

    forma, modo y/o plazo por Decreto Supremo N 055-2010-EM. UITestablecido

    Art. 26 del Reglamento de Supervisin delas Actividades Energticas y Mineras deOSINERGMIN, aprobado por Resolucin

    del Consejo Directivo N 171-2013-OS-CD.Retirar los carteles oprecintos, as comoel no exhibir, ocultar Artculo 41A del Reglamento del

    11 o destruir los carteles Procedimiento Administrativo Sancionador Hasta 100correspondientes a las de OSINERGMIN aprobado por Resolucin UIT

    medidas administrativas del Consejo Directivo N 272-2012-OS-CD.de paralizacin ysuspensin de actividades

    Art. 29 del Reglamento de Supervisin12 Negarse a firmar las actas de las Actividades Energticas y Mineras, Hasta 100

    de inspeccin aprobado por Resolucin del Consejo UITDirectivo N 171-2013-OS-CD

    INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDADINTELECTUAL

    Aceptan renuncia de miembro de la Comisin de Eliminacin de Barreras Burocrticas

    RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N 25-2014-INDECOPI-COD

    Lima, 4 de marzo de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin N 198-2013-INDECOPI-COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18de setiembre de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi design al seor Eduardo Garca-Godos Meneses en el cargo demiembro de la Comisin de Eliminacin de Barreras Burocrticas;

    Que, el seor Eduardo Garca-Godos Meneses ha presentado su renuncia a su condicin de miembro de laComisin de Eliminacin de Barreras Burocrticas;

    Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucin en sesin de fecha 03 de febrero de 2014;y,

    De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artculo 7 de la Ley de Organizacin y Funciones delIndecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N 1033;

    RESUELVE:

    Artculo nico.- Aceptar la renuncia presentada por el seor Eduardo Garca-Godos Meneses al cargo demiembro de la Comisin de Eliminacin de Barreras Burocrticas, con eficacia anticipada al 30 de enero de 2014,dndole las gracias por los servicios prestados a la Institucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.