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16/5/2016 Barquisimeto, Edo-Lara. Integrante: Maria Colmenarez CI: 25.385.461.|SAIA B EL MUNDO DEL DERECHO JUSTICIA DE PAZ Perención, inhibición, recusación, procedimiento de equidad, pruebas, recurso contra sentencia, obligaciones patrimoniales y no patrimoniales, principios, obligaciones del juez de paz, condiciones o impugnación de elegibilidad, proceso de elección Venezuela. Segundo año.

Revista Maria colmenarez

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Maria Colmenarez. CI: 25.385.461. SAIA B

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16/5/2016

Barquisimeto, Edo-Lara.

Integrante: Maria Colmenarez CI: 25.385.461.|SAIA B

EL

MUNDO

DEL

DERECHO

JUSTICIA DE

PAZ

Perención, inhibición, recusación,

procedimiento de equidad, pruebas,

recurso contra sentencia,

obligaciones patrimoniales y no

patrimoniales, principios,

obligaciones del juez de paz,

condiciones o impugnación de

elegibilidad, proceso de elección

Venezuela.

Segundo año.

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1 | P á g i n a

La Justicia de Paz como

instrumento para

resolver los conflictos

cotidianos que se

generan en

la vida en comunidad, es

uno de los

procedimientos

alternativos que buscan

superar la

Insuficiencia del sistema

de administración de

justicia, cuya

importancia y utilidad

tienen

Reconocimiento en las

sociedades que han

comprendido el efecto

positivo que generan al

Mejorar el clima de

armonía entre los

miembros de la

comunidad.

EDITORIAL.

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¿Los Jueces de Paz?:

En toda comunidad, van a surgir conflictos entre sus integrantes de mayor o

menor gravedad. En algunos de ellos se requiere acudir a alguna autoridad

para que intervenga. Un prefecto, una autoridad de tránsito, son autoridades

administrativas cuya misión principal no es zanjar la rivalidad surgida por un

conflicto, si no cumplir con una obligación que le ha sido impuesta por el solo

hecho de ejercer el cargo. La misma autoridad judicial tradicional le

corresponde aplicar la ley y dar una respuesta conforme al ordenamiento

jurídico que determinará quién gana o quién pierde en una situación concreta.

Luego de la intervención de estos órganos administrativos o judiciales la

relación entre las partes en conflicto quizás se rompa, se mantenga una

rivalidad, una tensión, especialmente en el caso de vecinos que deben toparse

continuamente el uno con el otro.

De lo que se trata es de subsumir los hechos en el supuesto de hecho de una norma

jurídica y aplicar la consecuencia establecida. Ante el incumplimiento voluntario, se aplica

la coacción para superar la situación de rebeldía.

En definitiva, un sistema basado exclusivamente en la aplicación de normas jurídicas abstractas y formales puede dar

lugar a soluciones que no son las que generan la satisfacción y la tranquilidad en el seno de

la sociedad.

Son funcionarios que tienen una misión circunscrita en un texto normativo, que no les corresponde hurgar un poco más allá en los

problemas humanos implícitos en una situación dada

Los conflictos leves pueden irse agravando hasta alcanzar proporciones incontrolables.

En este contexto, lo que constituye una situación normal y perfectamente superable

en la comunidad, se puede convertir en la causa de problemas cada vez más serios que pueden desembocar en hechos delictivos con pérdidas humanas y materiales, al no existir

la respuesta y la solución oportuna.

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La Justicia de Paz tiene dos objetivos principales:

1.- Resolver los conflictos que se presentan en la comunidad.

Ayudar a que todos aprendamos a vivir en comunidad.

La justicia de paz es precisamente ese espacio en el

cual lo que se persigue es armonizar, es darle

respuesta al conflicto planteado buscando

soluciones que permitan que cada una de las partes

sientan que han sido escuchadas y que han

obtenido alguna solución a su problema, sin que se

deba hablar de ganadores y perdedores, como

ocurre generalmente en los procesos judiciales.

«Pues bien, esto es lo que busca la Justicia de Paz:

El entendimiento de personas que tienen pequeños

problemas entre ellos, ayudados y guiados por el

Juez de Paz

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Algunas consideraciones acerca del perfil del juez de

paz.

Según la Ley, el Juez de Paz es un funcionario que será electo por

períodos de tres años, con posibilidades de reelección, en comunidades

de cuatro mil habitantes, número que podría variar en mayor o menor,

si fuere necesario para no afectar la realidad natural de una

comunidad, (Art. 14 Ley Orgánica de Justicia de Paz LOJP ). En este

sentido, la comunidad debe estar consciente del tipo de exigencias

requeridas para ejercer dicho cargo, de manera de escoger a la

persona idónea y no confundir los rasgos específicos que son

necesarios para satisfacer los objetivos esenciales de una institución

como la que he intentado definir anteriormente. Por ello, un punto de

primordial importancia es el referente al Perfil del Juez de Paz, en el

cual me voy a concentrar en las siguientes líneas. Para ocupar este

cargo se hace necesario contar con una serie de cualidades que son las

que harán posible la materialización de las metas y objetivos

propuestos con la creación de la Justicia de Paz. La enumeración que

haré a continuación no pretende agotar todos los tópicos que se

pueden derivar de un tema como éste, pero sí trato de subrayar

aquellos aspectos que la hacen más novedosa y necesaria.

El Juez de Paz interviene como conciliador, para

que las personas resuelvan sus conflictos de

modo directo, aunque si no se llega a un

acuerdo, el Juez de Paz podría dictar sentencia

judicial. Es elegido por los ciudadanos de

manera democrática.

No requieren ser abogados y su función es

resolver conflictos dentro de la comunidad de

forma justa e e imparcial, para restablecer los

vínculos de la vecindad.

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Perención.

Se trata la perención, sin duda alguna, de una institución netamente procesal desde que constituye uno de los medios de terminación del proceso distintos

a la sentencia. Sin embargo, a diferencia de otros medios de terminación -unos bilaterales (transacción y desistimiento del procedimiento después de contestada

la demanda) otros unilaterales (desistimiento de la acción)-, este no está vinculado a la voluntad de las

partes ni del Juez sino a condiciones objetivas fundamentalmente fácticas que deben confluir a los

fines de su materialización.

El Código de Procedimiento Civil utiliza el término instancia en dos sentidos diferentes, uno, como

solicitud, petición o impulso, cuando alguna disposición exige que el Juez proceda a instancia

de parte, y dos, como proceso judicial de conocimiento, desde que se inicia con la

demanda, hasta la sentencia definitiva de fondo.

En la disposición del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, anteriormente transcrito, el término instancia es utilizado como impulso. El

proceso se inicia a impulso de parte, y este impulso perime en los supuestos de esta

disposición legal, provocando su extinción.

Por consiguiente, la perención de la instancia consiste en la extinción del proceso por falta de

impulso de parte, en los casos establecidos por la ley.

Relación con el deber del juez de impulsar de oficio el proceso.

Tradicionalmente ha sido considerada la perención como un medio de terminación del proceso bajo la presunción de abandono o pérdida de interés en el

juicio fundamentado en la falta de impulso procesal por parte de los sujetos de la relación procesal al no instar

el procedimiento, manteniéndolo paralizado por un tiempo determinado por la ley.

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6 | P á g i n a

El proceso de equidad

En la Comunidad de propietarios se prevé en la Ley de

Propiedad Horizontal para suplir las mayorías exigidas

para adoptar acuerdos.

Proceso de equidad en la Comunidad de propietarios El

proceso de equidad en la Comunidad de propietarios

viene señalado en el artículo 17.7 de la LPH para

solventar la falta de las mayorías simples necesarias

para alcanzar un determinado acuerdo, no previsto en

los apartados anteriores del citado artículo.

Inhibición-Recusación

La inhibición de la conducta es una de las denominadas funciones ejecutivas (FE). Se refiere a la interrupción de alguna respuesta o

secuencia de conductas, que anteriormente han sido automatizadas o aprendidas, para resolver alguna tarea o acción.

La conducta o acción inhibida deberá permanecer suspendida ante algún estímulo novedoso para permitir que otra serie de respuestas o acciones se ejecuten. Un ejemplo de esto es la incapacidad de algunos pacientes

de pasar por una puerta sin intentar abrirla.

En derecho, la recusación es el acto procesal que tiene por objeto impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso, cuando

una parte considera que no es apto porque su imparcialidad está en duda.

El interesado puede promover la recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, por escrito y ante el superior jerárquico,

expresando las causas y acompañándolo por pruebas.

Una recusación puede pedirse cuando el juez mantiene alguna relación personal con alguna de las partes (pariente, amigo, enemigo, etc.);

haya recibido regalos; haya sido querellante de alguna de las partes; o haya prejuzgado antes de conocer el caso.

La recusación debe plantearse como incidente al mismo juez, y si considera que no corresponde deberá elevar un informe explicativo a su

superior, dándole a conocer los motivos. En ese caso el juez superior deberá decidir en una audiencia (donde el recusante deberá probar su

demanda) si deja sin competencia al juez recusado.

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7 | P á g i n a

Los medios de impugnación

son los procedimientos a través de los cuales, las partes y los

demás sujetos legitimados, controvierten la validez o la legalidad

de los actos procesales o las omisiones del órgano jurisdiccional, y

solicitan una resolución que anule, revoque o modifique el acto

impugnado, o que ordene subsanar la omisión. Estos

procedimientos regularmente se desarrollan dentro del mismo

proceso en el que se emitió el acto impugnado o en el que se

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8 | P á g i n a

Este proceso de equidad en la Comunidad de propietarios lo que

intenta es conseguir a través de un procedimiento judicial, que el

Juez acudiendo sobre todo a razones de sentido común y lógica,

determine si el acuerdo que no ha alcanzado esa mayoría simple

para su aprobación por la Junta es conveniente o no para los

intereses de la Comunidad. Muchos de estos procedimientos de

equidad se plantean cuando un sólo propietario suma diversas

cuotas de participación y no vota a favor de los acuerdos de la

Comunidad, por lo que no puede lograrse la mayoría simple

requerida.

En definitiva, el proceso de equidad en la Comunidad de

propietarios sería el mecanismo para suplir la falta de

entendimiento entre los vecinos que no alcanzan con sus votos la

mayoría simple requerida para adoptar válidamente un acuerdo,

evitando de esta forma que se paralice el funcionamiento normal

de la Comunidad. El Juez en estos procedimientos de equidad se

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De las Competencias y Atribuciones de los Jueces de Paz

Artículo 6. El Juez de Paz competente será el que ejerza su jurisdicción en el lugar donde

ocurran los hechos que determinen el conflicto o controversia. Igualmente deberá proteger los

derechos de aquellas personas que estén de tránsito dentro de su jurisdicción territorial y

requieran de su actuación por hechos acaecidos en ella.

Artículo 7. Los Jueces de Paz serán competentes para conocer por vía de conciliación de todos

aquellos conflictos y controversias que los interesados le presenten, sin más limitaciones que

las derivadas del orden público y las que emanen de esta Ley.

Artículo 8. Los Jueces de Paz son competentes para conocer por vía de equidad:

1.- De todos aquellos conflictos y controversias sobre hechos que se deriven de la vida en

comunidad vecinal y cuyo conocimiento no haya sido asignado a Tribunales de jurisdicción

especial. En los casos de conflictos y controversias de contenido patrimonial, sólo conocerán

de aquellos cuya cuantía no exceda de cuatro (4) salarios mínimos mensuales, siempre y

cuando no se supere la cuantía máxima atribuida a los Tribunales ordinarios.

2.- Del abuso en la corrección, la violencia y el maltrato familiar, así como de conflictos y

controversias propias de la vida en familia que afecten la vida en comunidad, con la excepción

de aquellos referidos al estado y la capacidad de las personas. Cuando el Juez de Paz

considere que los hechos que le sean sometidos vulneran disposiciones legales cuyo

conocimiento corresponde a la jurisdicción penal ordinaria o a jurisdicciones especiales,

deberá remitir sus actuaciones al Juez competente.

3.- De los conflictos y controversias no patrimoniales, relativas a la convivencia entre vecinos

en materia de arrendamiento y de propiedad horizontal, salvo aquellos asignados a tribunales

especiales o autoridades administrativas.

4.- De los conflictos y controversias entre vecinos derivados de la aplicación de ordenanzas

relativas a la convivencia vecinal y familiar, con la excepción de la materia urbanística y otras

donde el cumplimiento esté sometido al control de los Tribunales de jurisdicción ordinaria,

especial o contencioso-administrativa.

5.- De aquellos conflictos y controversias que las partes le hayan confiado para decidir con

arreglo al procedimiento de equidad.

Artículo 9. Son atribuciones del Juez de Paz:

1.- Ejecutar sus propias decisiones y mantener el orden público dentro de sus oficinas o

despacho, aun con el auxilio de la fuerza pública si fuere el caso.

2.- Designar, dentro de los primeros treinta (30) días a la asunción del cargo como Primero y

Segundo Conjuez, a quienes hubieren obtenido en la elección el cuarto y quinto lugar. En caso

de que no existieren, designará como tales Conjueces, a personas que reúnan las mismas

condiciones que esta Ley exige a los Jueces de Paz.

3.- Coadyuvar en la supervisión de la ejecución de las decisiones que recaigan sobre guarda,

pensión de alimentos y régimen de visitas emanadas de los Tribunales ordinarios, especiales o

de la autoridad administrativa competente.

4.- Cooperar con los organismos competentes en la protección y preservación del medio

ambiente en la supervisión de sus programas, de acuerdo a la normativa legal

correspondiente.

5.- Colaborar en la supervisión de los programas de los organismos encargados del control y

fiscalización de la comercialización y mercadeo de los bienes de consumo en el ámbito local.

6.- Cualquier otra que le haya sido expresamente asignada por Ley u Ordenanza.

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En este contexto, lo que constituye una

situación normal y perfectamente

superable en la comunidad, se puede

convertir en la causa de problemas cada

vez más serios que pueden desembocar

en hechos delictivos con pérdidas

humanas y materiales, al no existir la

respuesta y la solución oportuna.

La Justicia de Paz como instrumento

para resolver los conflictos cotidianos

que se generan en la vida en comunidad,

es uno de los procedimientos

alternativos que buscan superar la

insuficiencia del sistema de

administración de justicia, cuya

importancia y utilidad tienen