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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, martes 3 de marzo de 2009 391711 AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA Año XXVI - Nº 10532 Sumario PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 036-2009-PCM.- Proponen designación de Contralor General de la República al Congreso de la República 391712 DEFENSA R.M. Nº 189-2009/DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de oficial de los EE.UU. 391713 ECONOMIA Y FINANZAS R.S. N° 029-2009-EF.- Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a la República Argentina para asistir a la Reunión Anual de Accionistas Clase “A” del Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A. 391713 INTERIOR R.M. N° 0196-2009-IN.- Dan por concluida designación de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana 391714 R.M. N° 0197-2009-IN.- Designan Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana 391714 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. Nº 092-2009-MIMDES.- Aprueban Plan Estratégico Institucional 2009 -2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 391714 R.M. Nº 093-2009-MIMDES.- Aprueban Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al año fiscal 2009 391715 R.M. Nº 094-2009-MIMDES.- Designan representante del MIMDES ante el Consejo Nacional de Adopciones 391716 R.M. Nº 095-2009-MIMDES.- Designan Gerentes de la Unidad Administrativa y de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF 391716 RELACIONES EXTERIORES D.S. N° 019-2009-RE.- Ratifican “Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre la República del Perú y la República de Chile” 391717 R.S. N° 088-2009-RE.- Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras 391717 R.M. Nº 0300/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a Egipto para participar en la II Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de América del Sur y Países Árabes 391718 Descargado desde www.elperuano.com.pe R.M. Nº 0307/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU. para participar en el Noveno Período de Sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo de la OEA 391718 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. Nº 061-2009-TR.- Aprueban cronograma para el cierre de planillas llevadas de acuerdo al D.S. N° 001-98- TR que deberán observar los empleadores obligados a llevar la planilla electrónica 391719 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Acuerdo Nº 495 /2008.TC-S3.- Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador a persona natural por presunta responsabilidad en el incumplimiento de obligaciones derivadas de contrato 391719 Res. Nº 3178-2008-TC-S3.- Imponen a persona natural sanción de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado 391720 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 065-2009/SUNAT.- Deja sin efecto y designa fedatarios titulares y alternos de la Intendencia Regional Cusco y de la Intendencia Regional Loreto 391722 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA R.J. Nº 068-2009-INEI.- Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de febrero de 2009 391723 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. Nº 049-2009-SUNARP/SN.- Aprueban Plan Operativo Informático - 2009 de la SUNARP 391723 Sumario Descargado desde www.elperuano.com.pe

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  • NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

    FUNDADOEN 1825 POR

    EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

    Lima, martes 3 de marzo de 2009

    391711

    AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA

    Año XXVI - Nº 10532

    Sumario

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

    R.S. N° 036-2009-PCM.- Proponen designación de Contralor General de la República al Congreso de la República 391712

    DEFENSA

    R.M. Nº 189-2009/DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de ofi cial de los EE.UU. 391713

    ECONOMIA Y FINANZAS

    R.S. N° 029-2009-EF.- Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a la República Argentina para asistir a la Reunión Anual de Accionistas Clase “A” del Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A. 391713

    INTERIOR

    R.M. N° 0196-2009-IN.- Dan por concluida designación de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana 391714R.M. N° 0197-2009-IN.- Designan Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana 391714

    MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

    R.M. Nº 092-2009-MIMDES.- Aprueban Plan Estratégico Institucional 2009 -2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 391714R.M. Nº 093-2009-MIMDES.- Aprueban Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al año fi scal 2009 391715R.M. Nº 094-2009-MIMDES.- Designan representante del MIMDES ante el Consejo Nacional de Adopciones

    391716R.M. Nº 095-2009-MIMDES.- Designan Gerentes de la Unidad Administrativa y de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF 391716

    RELACIONES EXTERIORES

    D.S. N° 019-2009-RE.- Ratifi can “Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre la República del Perú y la República de Chile” 391717R.S. N° 088-2009-RE.- Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras

    391717R.M. Nº 0300/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a Egipto para participar en la II Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de América del Sur y Países Árabes 391718

    Descargado desde www.elperuano.com.pe R.M. Nº 0307/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU. para participar en el Noveno Período de Sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo de la OEA 391718

    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    R.M. Nº 061-2009-TR.- Aprueban cronograma para el cierre de planillas llevadas de acuerdo al D.S. N° 001-98-TR que deberán observar los empleadores obligados a llevar la planilla electrónica 391719

    ORGANISMOS EJECUTORES

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS

    CONTRATACIONES DEL ESTADO

    Acuerdo Nº 495 /2008.TC-S3.- Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador a persona natural por presunta responsabilidad en el incumplimiento de obligaciones derivadas de contrato 391719Res. Nº 3178-2008-TC-S3.- Imponen a persona natural sanción de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado 391720

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

    ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Res. Nº 065-2009/SUNAT.- Deja sin efecto y designa fedatarios titulares y alternos de la Intendencia Regional Cusco y de la Intendencia Regional Loreto 391722

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    INSTITUTO NACIONAL DE

    ESTADISTICA E INFORMATICA

    R.J. Nº 068-2009-INEI.- Aprueban Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de febrero de 2009

    391723

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

    LOS REGISTROS PUBLICOS

    Res. Nº 049-2009-SUNARP/SN.- Aprueban Plan Operativo Informático - 2009 de la SUNARP 391723

    Sumario

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391712

    PODER JUDICIAL

    CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

    Res. Adm. Nº 061-2009-CE-PJ.- Aceptan renuncia de Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 391724

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Nº 96-2009-CSJLN/PJ.- Designan y reasignan a magistrados en juzgados de paz letrados, mixtos y penal de Lima Norte 391724Res. Adm. N° 097-2009-P-CSJMD/PJ.- Disponen la reconformación de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Madre de Dios 391725Res. Adm. Nº 130-2009-P-CSJLI/PJ.- Establecen plazo para la presentación de solicitudes de inscripción o reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima en el año 2009 391725Res. Adm. Nº 131-2009-P-CSJLI/PJ.- Reasignan a magistrado como vocal provisional y establecen la conformación de la Quinta Sala Civil de Lima 391726Res. Adm. Nº 132-2009-P-CSJLI/PJ.- Establecen la conformación de la Quinta y Sexto Salas Penales para Procesos con Reos Libres, la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel y la Cuarta Sala Penal Especial de Lima 391726Res. Adm. Nº 133-2009-P-CSJLI/PJ.- Designan magistrados provisional y suplentes en la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel y en diversos juzgados de Lima 391727Res. Adm. Nº 134-2009-P-CSJLI/PJ.- Establecen la conformación de la Segunda y Tercera Salas Civiles y de la Quinta Sala Contencioso - Administrativa de Lima

    391728

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Res. Nº 006-2009-BCRP.- Autorizan viaje de funcionaria para asistir al seminario sobre pagos transfronterizos de bajo valor que se llevará a cabo en México 391728Circular Nº 005-2009-BCRP.- Índice de reajuste diario a que se refi ere el artículo 240 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de marzo de 2009 391729

    CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

    Res. Nº 009-2009-PCNM.- Disponen cancelación de título de Fiscal Provincial Mixto de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho 391729

    REGISTRO NACIONAL DE

    IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

    R.J. Nº 108-2009-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones a Ofi cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en Municipalidades de Centros Poblados de los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Junín, Arequipa, Cajamarca y Pasco 391730

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

    Ordenanza Nº 001-2009-GRL-CR.- Amplían plazo para acogerse a lo dispuesto en la Ordenanza N° 015-2008-GRL-CR referente al Plan de Regularización y Saneamiento de las Deudas 391730

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE LURIN

    Res. Nº 026-2009-GDU/ML.- Aprueban planeamiento integral de terreno ubicado en el distrito 391732

    MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA

    Ordenanza Nº 154-2009-MDPH.- Amplían plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2009 y otorgan Benefi cio por pronto pago 391732Ordenanza Nº 155-2009-MDPH.- Establecen monto mínimo de pago del Impuesto Predial y monto por derecho de emisión mecanizada de tributos para el Ejercicio Fiscal 2009 391733

    MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

    Ordenanza Nº 187.- Otorgan Benefi cios por pronto pago de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y de Serenazgo del año 2009 391733D.A. Nº 002-2009-MDR.- Amplían plazo de vencimiento de primera cuota del Impuesto Predial y de primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales 391734

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROSProponen designación de Contralor General de la República al Congreso de la República

    RESOLUCIÓN SUPREMANº 036-2009-PCM

    Lima, 2 de marzo de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 82º y el numeral 1) del artículo 101º de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República proponer la designación del Contralor General de la República;

    De conformidad con lo establecido por el numeral 6) del artículo 1º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación

    del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, mediante Resolución Suprema, debidamente rubricada, el Presidente de la República propone al Contralor General, para su designación por el Congreso de la República;

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Proponer al Congreso de la República la designación del señor EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS como Contralor General de la República.

    Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    YEHUDE SIMON MUNAROPresidente del Consejo de Ministros

    LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391713

    DEFENSA

    Autorizan ingreso al territorio de la República de oficial de los EE.UU.

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 189-2009/DE/SG

    Lima, 27 de febrero de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsímil (DGS) Nº 172, de fecha 17 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra;

    Que, una delegación del Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC) realizará exposiciones en los Cursos que desarrolla el Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas;

    Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

    Con la opinión favorable del Viceministerio de Políticas para la Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (1) Ofi cial de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 3 al 7 de marzo de 2009, para realizar exposiciones en los Cursos que desarrolla el Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas.

    Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ANTERO FLORES ARÁOZ E.Ministro de Defensa

    ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 189-2009/DE/SG

    a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de un

    (1) Ofi cial de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América para realizar exposiciones en los Cursos que desarrolla el Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas.

    b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:

    1. TENIENTE CORONEL ERIC HUGHES

    c. TIEMPO DE PERMANENCIA

    Del 3 al 7 de marzo de 2009

    318383-1

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a la República Argentina para asistir a la Reunión Anual de Accionistas Clase “A” del Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A.

    RESOLUCIÓN SUPREMANº 029-2009-EF

    Lima, 2 de marzo de 2009

    Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 075-2009 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje.

    CONSIDERANDO:

    Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión Nº 1747 de fecha 19 de febrero de 2009, autorizó el viaje del señor Armando Rubén Osorio Murga, Vicepresidente del Directorio del mencionado Banco, para que asista a la Reunión Anual de Accionistas Clase “A” del Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A. - Bladex, a llevarse a cabo el día 09 de marzo de 2009, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina;

    Que, el Banco de la Nación en su condición de accionista del Banco Latinoamericano de Exportaciones S.A. -Bladex, mantiene presencia accionaria en el capital social de la referida institución fi nanciera, por lo que la participación de dicho Banco en la mencionada asamblea anual de accionistas, tiene por fi nalidad salvaguardar los intereses de la institución y asegurar una conveniente administración de sus recursos fi nancieros que redunde en la rentabilidad de las inversiones del Banco;

    Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación;

    De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 179-2008-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modifi cada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2006/011-FONAFE; y,

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Armando Rubén Osorio Murga, Vicepresidente del Directorio del Banco de Nación, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, los días 08 y 09 de marzo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

    Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al siguiente detalle:

    Pasajes aéreos : US$ 1 144,40Viáticos : US$ 400,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

    Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

    Artículo 5º- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    YEHUDE SIMON MUNAROPresidente del Consejo de Ministros

    LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391714

    INTERIORDan por concluida designación de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0196-2009-IN

    Lima, 2 de marzo de 2009

    VISTO, el Acta de Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana del 2 de marzo de 2009;

    CONSIDERANDO:Que, la señora Ministra del Interior en su calidad de

    Presidenta del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, ha puesto en consideración la renuncia presentada por el abogado Clodoaldo Rolando Bazán Gonzáles, designado por Resolución Ministerial Nº 0131-2009-lN, como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; la cual ha sido aceptada por dicho Consejo en su sesión de fecha 02 de marzo de 2009, resultando necesario formalizar la misma;

    Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2003-IN, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2005-IN;

    SE RESUELVE:Artículo Único.- Dar por concluida a partir de la fecha, la

    designación del abogado Clodoaldo Rolando Bazán Gonzáles como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, dándole las gracias por los servicios prestados.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    MERCEDES CABANILLAS B.Ministra del Interior

    318439-1

    Designan Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0197-2009-IN

    Lima, 2 de marzo de 2009

    VISTO, el Acta de Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana del 2 de marzo de 2009;

    CONSIDERANDO:Que, la señora Ministra del Interior en su calidad de

    Presidenta del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, ha puesto en consideración de los miembros del Consejo, la propuesta para designar como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, al Teniente General PNP ® Eduardo Jaime Pérez Rocha, la cual ha sido aprobada por unanimidad por dicho Consejo en su sesión de fecha 02 de marzo de 2009, resultando necesario formalizar la misma;

    Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2003-IN, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2005-IN;

    SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al Teniente

    General PNP ® Eduardo Jaime Pérez Rocha como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    MERCEDES CABANILLAS B.Ministra del Interior

    318439-2

    MUJER Y DESARROLLO SOCIALAprueban Plan Estratégico Institucional 2009 - 2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 092-2009-MIMDES

    Lima, 26 de febrero de 2009

    Vistos, la Nota Nº 074-2009-MIMDES/OGPP de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 017-2009-MIMDES/OGPP-OP de la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación y la Nota Nº 031-2009-MIMDES/JGA de la Jefa de Gabinete de Asesores;

    CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

    dispone en el numeral 1 del artículo 25 que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

    Que, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES establece en su artículo 7, numeral 7.1, que el Ministro como Titular del Sector y de su respectivo Pliego Presupuestal fi ja los objetivos del Ministerio, aprueba los planes de actuación y asigna los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

    Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece en su artículo 71, numeral 71.1, que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso;

    Que, con los documentos de vistos, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES, remite el “Plan Estratégico Institucional 2009-2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social”, a fi n de proseguir con el trámite para su aprobación e indicando que el mismo ha sido elaborado con la participación de las unidades orgánicas de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central y de las Unidades de Planeamiento y Resultados de las Unidades Ejecutoras que proveen servicios;

    Que, asimismo en el “Plan Estratégico Institucional 2009-2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social” se señala que éste ha sido elaborado en el marco del “Plan Estratégico Sectorial Multianual 2008-2011 del Sector Mujer y Desarrollo Social”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 281-2008-MIMDES, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, así como el “Plan de Reforma de Programas Sociales”, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM;

    Con la visación de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y la Directiva Nº 001-2009-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional 2010 - 2021”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 009-2009-CEPLAN-PCD;

    SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Estratégico Institucional

    2009-2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social”, documento que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

    Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Planifi cación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional, aprobado por la presente Resolución.

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391715

    Artículo 3º.- Disponer que los responsables de las unidades ejecutoras y unidades orgánicas de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, remitan a la Ofi cina de Planifi cación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto los informes semestrales y anuales de ejecución de metas, para que en aplicación de las directivas nacionales vigentes, la Ofi cina de Planifi cación mencionada proceda a elaborar los informes de evaluación de desempeño sectorial.

    Artículo 4º.- Establecer que el “Plan Estratégico Institucional 2009-2011 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social”, materia de la presente Resolución podrá ser modifi cado o dejado sin efecto sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluación, a propuesta de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES.

    Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la del documento que aprueba en la página Web de la Entidad: www.mimdes.gob.pe.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    318382-1

    Aprueban Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al año fiscal 2009

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 093-2009-MIMDES

    Lima, 26 de febrero de 2009

    Vistos, la Nota Nº 075-2009-MIMDES/OGPP de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 018-2009-MIMDES-OGPP-OP de la Jefa de la Ofi cina de Planifi cación;

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º numeral 7.1 de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del

    Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, la Ministra como Titular del Sector y de su respectivo Pliego Presupuestal fi ja los objetivos del Ministerio, aprueba los planes de actuación y asigna los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;

    Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece en su artículo 71º, numeral 71.3 que: “Los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica”;

    Que, mediante Nota Nº 075-2009-MIMDES/OGPP la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto ha remitido el Proyecto del Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009 elaborado por la Ofi cina de Planifi cación de la citada Ofi cina General;

    Que, con la fi nalidad de contar con un documento de gestión de las actividades del Pliego en el marco del Presupuesto Institucional aprobado, es necesario emitir el acto que apruebe el Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social correspondiente al Año Fiscal 2009;

    De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

    Con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social” correspondiente al año Fiscal 2009, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

    Artículo 2º.- La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto a través de la Ofi cina de Planifi cación, es el

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391716

    órgano encargado de efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional aprobado por la presente Resolución Ministerial.

    Artículo 3º.- Los Directores y/o Jefes de las Unidades Orgánicas de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central y los Directores Ejecutivos de las unidades ejecutoras del Pliego, deberán remitir a la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto los informes de ejecución trimestral de sus metas, así como señalar las principales limitaciones o facilidades presentadas para el cumplimiento de las mismas, dentro de los diez (10) días de vencido el período.

    Artículo 4º.- El Plan Operativo Institucional aprobado por la presente Resolución Ministerial podrá ser modifi cado y/o reformulado, durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES, sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluación del mismo.

    Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo - Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social correspondiente al año Fiscal 2009 se publique en la Página Web del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social: www.mimdes.gob.pe.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    318382-2

    Designan representante del MIMDES ante el Consejo Nacional de Adopciones

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 094-2009-MIMDES

    Lima, 26 de febrero de 2009

    Vistos, el proveído de la Viceministra de la Mujer consignado en la Hoja de Trámite Nº 2009-031-I003961 y la Nota Nº 116-2009/MIMDES-DGFC del Director General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, establece que la Secretaría Nacional de Adopciones es la autoridad central de carácter normativo y ejecutivo en materia de adopciones que desarrolla sus actividades a través de las ofi cinas desconcentradas del MIMDES a nivel nacional y depende del Despacho Viceministerial de la Mujer;

    Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2005-MIMDES, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 26981 - Ley del Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono;

    Que, el citado Reglamento, establece en su artículo 3º, tercer párrafo, que la Secretaría Nacional de Adopciones cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, integrado entre otros, por el (la) Secretario (a) Nacional de Adopciones, quien lo presidirá; y un (a) representante del MIMDES, quien deberá ser designado (a) por la Titular del Sector;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 543-2008-MIMDES de fecha 01 de diciembre de 2008, se designó al señor JOSÉ LUIS CAIRO MOLINA, Director General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, ante el Consejo Nacional de Adopciones;

    Que, con Resolución Ministerial Nº 039-2009-MIMDES se aceptó a partir del 31 de enero de 2009 la renuncia del señor JOSE LUIS CAIRO MOLINA al cargo de Director General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad;

    Que, en tal sentido, resulta necesario designar al representante del MIMDES ante el referido Consejo Nacional;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; la Ley Nº 26981 - Ley del Procedimiento Administrativo de Adopción de Menores de Edad Declarados Judicialmente en Abandono y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES - Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 543-2008-MIMDES.

    Artículo 2º.- Designar a la señora MARÍA DEL CARMEN SANTIAGO BAILETTI, Directora de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, como representante del MIMDES, ante el Consejo Nacional de Adopciones.

    Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Despacho Viceministerial de la Mujer, a la Secretaría Nacional de Adopciones y al Consejo Nacional de Adopciones para los fi nes pertinentes.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    318382-3

    Designan Gerentes de la Unidad Administrativa y de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 095-2009-MIMDES

    Lima, 26 de febrero de 2009

    Visto, el Ofi cio Nº 191-2009/INABIF.DE de fecha 19 de febrero de 2009, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;

    Que, por Resolución Suprema Nº 004-2005-MIMDES, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2009-MIMDES de fecha 20 de enero de 2009, se encargó a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, a la señora ANA SILVIA HERRERA SARMIENTO, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, el puesto de Gerente de la Unidad Administrativa del INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; y al señor SERGIO EUGENIO MIRANDA FLORES, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF, el puesto de Gerente de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF;

    Que, conforme a lo señalado por la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF en el documento del Visto, resulta necesario dar por concluidas las encargaturas a que se refi ere el considerando anterior y emitir el acto mediante el cual se designe a los nuevos Gerentes de la Unidad Administrativa y de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura efectuada a la señora ANA SILVIA HERRERA SARMIENTO, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, del puesto de Gerente de la Unidad Administrativa del INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados.

    Artículo 2º.- Dar por concluida la encargatura efectuada al señor SERGIO EUGENIO MIRANDA FLORES, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF, del puesto de Gerente de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391717

    Artículo 3º.- Designar a la señora ANA SILVIA HERRERA SARMIENTO, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, en el cargo de Gerente de la Unidad Administrativa del INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.

    Artículo 4º.- Designar al señor SERGIO EUGENIO MIRANDA FLORES, Especialista Administrativo de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF, en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Protección Integral del INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.

    Artículo 5º.- Los citados profesionales, a la conclusión de sus designaciones, retornarán a sus respectivas plazas del Cuadro para Asignación de Personal de las cuales son titulares.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOSMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

    318381-1

    RELACIONES EXTERIORES

    Ratifican “Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre la República del Perú y la República de Chile”

    DECRETO SUPREMONº 019-2009-RE

    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, el “Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre la República del Perú y la República de Chile”, fue suscrito el 22 de agosto de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú;

    Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional;

    Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

    DECRETA:

    Artículo 1º.- Ratifícase el “Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre la República del Perú y la República de Chile”,suscrito el 22 de agosto de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú.

    Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de marzo del año dos mil nueve.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de JusticiaEncargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

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    Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras

    RESOLUCIÓN SUPREMANº 088-2009-RE

    Lima, 2 de marzo de 2009

    De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

    Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;

    Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto.

    Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

    Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Alfredo José Castro Pérez-Canetto asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial.

    Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Regístrese, publíquese y comuníquese.

    ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

    ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de JusticiaEncargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

    318438-4

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391718

    Autorizan viaje de funcionario diplomático a Egipto para participar en la II Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de América del Sur y Países Árabes

    RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0300/RE

    Lima, 20 de febrero de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países de América del Sur–Países Árabes (ASPA), celebrada en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, en mayo de 2005, inició un importante proceso de aproximación birregional que tiene como objetivo desarrollar la cooperación en sus diferentes ámbitos;

    Que, es conveniente a los intereses del país desarrollar una política de acercamiento a los países árabes;

    Que, en la I Reunión de Cancilleres del ASPA, que tuvo lugar en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en febrero del 2008, se tomó la decisión de celebrar la próxima reunión en un país árabe;

    Que, teniendo en cuenta el ofrecimiento del Gobierno de Egipto de organizar dicha reunión en la ciudad de El Cairo, República Árabe de Egipto, el 04 de marzo de 2009;

    Que, en este contexto, es necesario autorizar el viaje de un miembro de la delegación peruana que participará en dicha reunión;

    Teniendo en cuenta el Memorándum (SAP) Nº 0193/2009, de 18 de febrero de 2009, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente;

    De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Santiago Espinosa Oyola, Director de África del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, a la ciudad de El Cairo, República Árabe de Egipto, el 04 de marzo de 2009, a fi n que participe con la delegación peruana que preside el señor Ministro de Relaciones Exteriores, en la II Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de América del Sur y Países Árabes”.

    Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01281 – Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior (Política Bilateral), debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    Pasajes

    US$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos

    US$

    Tarifaaeropuerto

    US$Luis SantiagoEspinosa Oyola 2,598.11 200.00 1+2 600.00 30.25

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado.

    Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

    318101-1

    Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU. para participar en el Noveno Período de Sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo de la OEA

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0307/RE

    Lima, 25 de febrero de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, el Perú participa activamente en el Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), habiendo ocupando la Presidencia durante el 2008;

    Que, el CICTE ha organizado la próxima celebración del Noveno Período Ordinario de Sesiones, evento que se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 4 al 6 de marzo de 2009, abordando el tema de “Fortalecimiento de los Controles Fronterizos y la Cooperación Internacional en la lucha contra el Terrorismo”;

    Que, el citado Comité, entidad con autonomía técnica, integrada por las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros de la OEA, promueve el desarrollo de la cooperación interamericana con base en las Convenciones Internacionales sobre el terrorismo y la Declaración de Lima para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo;

    Que, la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores reviste singular interés debido a la posibilidad de obtener asistencia, con el fi n de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo, fomentando, el intercambio de experiencias e información sobre las actividades de personas, grupos, organizaciones y movimientos vinculados a actos terroristas, así como información vinculada con los métodos, fuentes de fi nanciamiento, entidades de las que reciban protección o apoyo, en forma directa o indirecta, y su eventual vinculación en la comisión de otros delitos;

    Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº 0142/2009,de 17 de febrero de 2009, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales;

    De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios del Ministro en el Servicio Diplomático de la República David Francisco Málaga Ego-Aguirre, Director General de Naciones Unidas y Política Multilateral, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 4 al 6 de marzo de 2009, a fi n que participe en el Noveno Período de Sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

    Artículo 2º- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33855 – Participación en Organismos Internacionales,

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391719

    debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    Pasajes(*)

    US$

    Viáticospor día

    US$

    Númerode

    días

    Totalviáticos US$

    David Francisco Málaga Ego-Aguirre 852.00 220.00 3+1 880.00

    (*) Incluye tarifa de uso de aeropuerto,

    Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado.

    Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de JusticiaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores

    318103-1

    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    Aprueban cronograma para el cierre de planillas llevadas de acuerdo al D.S. Nº 001-98-TR que deberán observar los empleadores obligados a llevar la planilla electrónica

    RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 061-2009-TR

    Lima, 2 de marzo de 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR establece que los empleadores obligados a llevar la planilla electrónica conforme al artículo 2º de la misma norma, deben cerrar las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR mediante comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo, adjuntando copia de la última planilla utilizada e indicando que el cierre se produce por el inicio del llevado de la planilla electrónica;

    Que, la Resolución Ministerial Nº 020-2008-TR dispone en su artículo 2º que los empleadores obligados a utilizar la planilla electrónica, efectuarán el cierre de las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR, a partir de enero del año 2009, observando el cronograma que se aprobará por Resolución Ministerial del Sector Trabajo y Promoción del Empleo;

    Que, es necesario emitir el acto a través del que se apruebe el cronograma al que se refi ere el considerando precedente;

    Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

    De conformidad con el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8° de la Ley N° 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1º.- Aprobar el cronograma que los empleadores obligados a llevar la planilla electrónica, deben observar para el cierre de las planillas llevadas de acuerdo al Decreto Supremo Nº 001-98-TR, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

    Artículo 2º.- Para el cierre de las planillas, los empleadores obligados deben presentar una solicitud ante la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo o Zona de Trabajo del lugar donde fue autorizado el libro de planillas o las hojas sueltas, adjuntando una copia de la última planilla utilizada e indicando que el cierre se produce por el inicio del llevado de la planilla electrónica.

    Artículo 3º.- El anexo que se aprueba a través de la presente resolución se publica en el portal electrónico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.mintra.gob.pe.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

    318119-1

    ORGANISMOS EJECUTORES

    ORGANISMO SUPERVISOR

    DE LAS CONTRATACIONES

    DEL ESTADO

    Disponen iniciar procedimiento administrativo sancionador a persona natural por presunta responsabilidad en el incumplimiento de obligaciones derivadas de contrato

    TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

    EN SESIÓN DEL 18.12.2008, LA TERCERA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO:

    EXPEDIENTE 3865/2007.TC.- RELACIONADO CON LA PROCEDENCIA DEL INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR en CONTRA DEL SEÑOR LUIS ALBERTO GÓNZALES CASTILLO.

    ACUERDO 495 /2008.TC-S3 de 19 DIC. 2008

    VISTOS, los antecedentes del Expediente 3865/2007.TC; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 25 de junio de 2007, la Municipalidad Provincial de Morropón-Chulucanas, departamento de Piura, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-CA (arroz y arvejas), dentro del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, resultando adjudicatario a prorrata, entre otros, el señor Luis Alberto Gonzales Castillo. SEGUNDO: Que, el 4 de julio de 2007, la Entidad y el señor Luis Alberto Gonzales Castillo, en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato 022-2007-MPM-CH, para la adquisición de 1 593 toneladas métricas de arroz para consumo humano, por un monto ascendente a S/. 2 708,10 (Dos mil setecientos ocho y 10/100 nuevos soles). TERCERO:Que, mediante Carta Notarial 034-2007-MPM-CH-GM, diligenciada el 10 de agosto de 2007, la Entidad otorgó al Contratista el plazo de cinco (5) días calendario a fi n que cumpliera con las obligaciones derivadas del referido contrato. CUARTO: Que, mediante Resolución de Alcaldía 2314-2007-MPM-CH-A de fecha 27 de agosto de 2007, la Entidad resolvió el Contrato 022-2007-MPM-CH, en razón a que el Contratista no había cumplido con hacer entrega de los bienes objeto del contrato acotado. QUINTO: Que, mediante Ofi cio

    389-2007-MPM-CH-A de fecha 10 de setiembre de 2007, la Entidad denunció al Contratista ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, por su supuesta responsabilidad en haber dado lugar a la resolución del Contrato 022-2007-MPM-CH. SEXTO:Que, mediante decreto de fecha 13 de diciembre de 2007, a efectos de iniciar el procedimiento administrativo sancionador al Contratista, el Tribunal requirió a la Entidad que subsanase su comunicación y remitiera, entre otros, la comunicación diligenciada por conducto notarial mediante la cual se le

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391720

    comunicaba al Contratista la resolución del Contrato 022-2007-MPM-CH, así como los antecedentes administrativos correspondientes. SÉPTIMO: Que, el 29 de enero de 2008, mediante escrito 3, la Entidad remitió de manera parcial la documentación solicitada. OCTAVO: Que, mediante decreto de fecha 1 de febrero de 2008 el Tribunal reiteró a la Entidad el requerimiento formulado a través del decreto de fecha 13 de diciembre de 2007, comunicando a su Órgano de Control Institucional el reiterado requerimiento para los fi nes de Ley. NOVENO: Que, el 14 de marzo de 2008, mediante escrito

    4, la Entidad informó al Tribunal que la Resolución de Alcaldía 2314-2007-MPM-CH-A del 27 de agosto de 2007 había sido notifi cada debidamente al Contratista. DÉCIMO: Que, mediante decreto del 19 de marzo de 2008, previa razón de la Secretaria del Tribunal, se dispuso remitir el expediente administrativo a la Tercera Sala del Tribunal para que evaluara la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Contratista. DÉCIMO PRIMERO: Que, mediante escrito del 19 de setiembre de 2008, la Entidad remitió copia del cargo de la Carta Notarial 466 de fecha 31 de marzo de 2008. DÉCIMO SEGUNDO: Que, el numeral 1 del artículo 235 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el procedimiento administrativo sancionador se inicia siempre de ofi cio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de una orden superior, petición motivada de otros órganos o entidades o por denuncia. DÉCIMO TERCERO: Que, de acuerdo a lo señalado por la Entidad, se observa que la Adjudicación Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-CA (arroz y arvejas), fue convocada al amparo de la Ley 27767, Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 002-2004-MIMDES. DÉCIMO CUARTO: Que, al respecto, el artículo 29 del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria1, en adelante el Reglamento, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a través del Tribunal, tiene la facultad de sancionar a postores y contratistas por infracciones de las disposiciones contenidas en el Reglamento, así como las estipulaciones contractuales. El Reglamento resulta de aplicación al presente caso toda vez que es la norma de carácter especial que regula la obligatoriedad de la adquisición de productos alimenticios nacionales por los Programas de Apoyo Alimentario y Compensación Social. DÉCIMO QUINTO: Que, la supuesta infracción que nos ocupa en el presente caso, se encuentra tipifi cada en el literal b) del artículo 30 del Reglamento2, norma vigente al momento de suscitarse los hechos. Para la confi guración del supuesto de hecho de la norma citada, debe existir un incumplimiento injustifi cado por parte del contratista, como consecuencia del cual se resuelva el contrato y que dicha resolución se realice de conformidad con el artículo 25 del Reglamento3. Por su parte, el artículo 25 del Reglamento establece que la Entidad a efectos de resolver el contrato, deberá previamente cumplir con dos actos: (i) El requerimiento, mediante carta notarial, al contratista para que cumpla con la prestación materia de contrato, dentro de un plazo no menor de cinco días calendario; y, (ii) Si vencido el plazo otorgado dicho incumplimiento persiste, la Entidad resolverá el contrato mediante la formalidad correspondiente, ya sea en forma total o parcial. DÉCIMO SEXTO: Que, en el caso que nos ocupa, se advierte que mediante Carta Notarial 034-2007-MPM-CH-GM4, debidamente diligenciada el 10 de agosto de 2007, la Entidad otorgó al Contratista el plazo de cinco (5) días calendario a efectos que cumpliera con sus obligaciones contractuales contraídas. Posteriormente, y ante el incumplimiento del Contratista, procedió a resolver el contrato a través de la Resolución 2314-2007-MPM-CH-A, de fecha 27 de agosto de 20075, la cual le fue remitida el 30 de agosto de 2007 y a su vez, diligenciada por conducto notarial el 1 de abril de 2008. DÉCIMO SÉPTIMO: Que, sobre esto último, se aprecia que el Contrato 022-2007-MPM-CH no ha previsto formalidad alguna para notifi car la resolución del mismo, por lo que la notifi cación realizada con fecha 30 de agosto de 2007 debe darse por válida a efectos de la determinación de la idoneidad del procedimiento de resolución seguido por la Entidad. DÉCIMO OCTAVO: Que, por lo antes expuesto, estando a que la Entidad cumplió con el procedimiento establecido en el Reglamento para resolver el referido contrato, se concluye que en el presente caso existen indicios de la supuesta confi guración de la infracción contenida en el literal b) del artículo 30 del Reglamento, situación que, en su oportunidad, deberá ser esclarecida por el Tribunal en atención al principio de verdad material 6y luego de agotar los medios probatorios que resulten necesarios. DÉCIMO NOVENO:Que, en consecuencia, este Colegiado concluye que resulta procedente disponer el inicio del procedimiento administrativo

    sancionador contra el Contratista, a quien se le deberá brindar la oportunidad de presentar sus descargos en atención al derecho de defensa que le asiste. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Carlos Vicente Navas Rondón y la intervención de los Vocales Dr. Oscar Luna Milla y Víctor Rodríguez Buitrón, atendiendo a la reconformación de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución 035-2008-CONSUCODE/PRE, expedida el 31 de enero de 2008, y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 52, 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM, y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo 054-2007-EF, analizados los antecedentes, luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; SE ACORDÓ: Iniciar procedimiento administrativo sancionador contra el señor Luis Alberto Gonzales Castillo por su supuesta responsabilidad en el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato 022-2007-MPM-CH, dando lugar a que éste fuera resuelto, infracción tipifi cada en el literal b) del artículo 30 del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado mediante Decreto Supremo 002-2004-MIMDES, por los fundamentos expuestos. Firmado: LUNA MILLA, NAVAS RONDÓN, RODRÍGUEZ BUITRÓN.

    1 Artículo 29.- Potestad sancionadora del CONSUCODE La facultad de sancionar a postores y contratistas por infracción de las

    disposiciones contenidas en el presente Reglamento, así como de las estipulaciones contractuales, corresponde al CONSUCODE, a través del Tribunal.

    2 Artículo 30.- Causales de imposición de sanción a los proveedores, postores y contratistas.-

    El Tribunal impondrá la sanción administrativa de suspensión o inhabilitación a los proveedores, postores o contratistas que: (…)

    b) Incumplan injustifi cadamente con las obligaciones derivadas del contrato, dando lugar a que éste se les resuelva de conformidad con la presente norma. (el subrayado es nuestro).

    3 Artículo 25.- Causales de Resolución del contrato imputables al contratista

    El contrato podrá ser resuelto si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, en cuyo caso la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no menor a cinco (5) días calendario, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. (el subrayado y resaltado es nuestro).

    Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, resolverá el contrato mediante la formalidad correspondiente, ya sea en forma total o parcial. (…)

    4 Documento obrante a fojas 12 de autos.5 Documento obrante a fojas 13 de autos.6 Por el principio de verdad material, las Autoridades Administrativas

    deberán verifi car plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberán adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados.

    317717-1

    Imponen a persona natural sanción de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado

    TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

    RESOLUCIÓN Nº 3178-2008-TC-S3

    Sumilla : Es pasible de sanción el contratista que incumple injustifi cadamente el contrato, pese a haber sido requerido previamente para que ejecute las prestaciones a su cargo.

    Lima, 31 de octubre de 2008

    Visto en sesión de fecha 16 de octubre de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente 3889/2007.TC referido al procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el postor AUGUSTO CRISANTO GIRÓN, por su supuesta

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391721

    responsabilidad en la resolución del Contrato 026-2007-MPM-CH de fecha 4 de julio de 2007, materia de la Adquisición Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-A, convocada por la Municipalidad Provincial de Morropón; y atendiendo a los siguientes:

    ANTECEDENTES:

    1. El 11 de setiembre de 2007, la Municipalidad Provincial de Morropón, Región Piura, en adelante la Entidad, comunicó al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el señor AUGUSTO CRISANTO GIRÓN, en adelante el Contratista, no habría cumplido con sus obligaciones contractuales derivadas del Contrato 026-2007-MPM-CH de fecha 4 de julio de 2007, proveniente de la Adquisición Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-A.

    La Entidad señaló que el Contratista no había cumplido con la entrega de las 1.593 T.M. de arroz, equivalentes a S/. 2,708.10 (Dos mil setecientos ocho con 10/100 nuevos soles), objeto del presente Contrato.

    Al respecto, indicó que mediante Carta 029-2007-MPM-CH-GM de fecha 8 de agosto de 2007, diligenciada notarialmente el 10 de agosto de 2007, había requerido al Contratista, a fi n que en el plazo de cinco (5) días cumpliera con la entrega del bien objeto del Contrato, bajo apercibimiento de resolver el contrato en caso de incumplimiento. Asimismo, remitió copia de la Resolución de Alcaldía 2319-2007-MPM-CH-A de fecha de 27 de agosto de 2007, por la cual resolvió el Contrato 026-2007-MPM-CH-A, al no haber cumplido con la entrega de los bienes a pesar de haber sido requerido.

    2. Mediante decreto de fecha 13 de diciembre de 2007, se dispuso iniciar procedimiento sancionador contra el Contratista por su supuesta responsabilidad en la resolución del Contrato

    026-2007-MPM-CH, por causa atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 297 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, y se le emplazó para que en el plazo de diez (10) días cumpla con presentar sus descargos.

    3. El 3 de marzo de 2008, venció el plazo sin que el Contratista presentara sus descargos, por lo que mediante decreto de fecha 6 de marzo de 2008, se remitió el presente expediente a la Tercera Sala del Tribunal.

    4. El 19 de setiembre de 2008, la Entidad remitió copia de la carta mediante la cual comunicó al Contratista la resolución del contrato.

    FUNDAMENTACIÓN:

    1. El numeral 1 del artículo 235 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el procedimiento administrativo sancionador se inicia siempre de ofi cio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de una orden superior, petición motivada de otros órganos o entidades o por denuncia.

    2. En el presente caso, el procedimiento administrativo sancionador se inició contra el Contratista por su supuesta responsabilidad en la resolución del Contrato 026-2007-MPM-CH de fecha 4 de julio de 2007, derivado de la Adjudicación Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-A, por causa atribuible a su parte, cuya infracción se encuentra tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento1, norma vigente al momento de suscitarse los hechos. Sin embargo, de la revisión de la información proporcionada por la Entidad, el proceso de selección antes referido fue convocado en el marco normativo establecido de acuerdo a la Ley 277672, Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria y su Reglamento3,el cual tiene por objeto establecer las normas para regular la obligatoriedad de la adquisición de productos alimenticios nacionales de origen agropecuario e hidrobiológico, por los Programas de Apoyo Alimentario y Compensación Social.

    3. Al respecto, al haber detectado este Tribunal la imprecisión del marco legal señalado en el acto administrativo contendido en el decreto de fecha 13 de diciembre de 2007, es su obligación velar por la aplicación del principio de efi cacia4 consagrado en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual señala que se debe hacer prevalecer el cumplimiento de la fi nalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez, no determinen aspectos importantes en la decisión fi nal, no disminuyan las garantías del procedimiento, ni causen indefensión a los administrados.

    4. Adicionalmente a ello, la Ley del Procedimiento Administrativo General posibilita a este Tribunal, la

    conservación del acto cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento de uno de sus elementos de validez no sea trascendente, procediéndose a su enmienda. En este procedimiento, la motivación del acto administrativo debió señalar expresamente la norma aplicable, Ley 27767, la cual, de haber sido invocada, habría tenido el mismo contenido y no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión fi nal en aspectos importantes pues, de la revisión de los actuados, se puede verifi car que el Contratista tuvo la posibilidad de presentar sus alegatos respectivos, y la ausencia de la mención expresa de la norma aplicable debe entenderse como un acto emitido con motivación insufi ciente o parcial el cual, de acuerdo a la Ley 274445 es considerado como un vicio no trascendente, pues no generó indefensión en el administrado y las consecuencias de la debida invocación normativa habrían sido las mismas ya generadas.

    5. En virtud al marco legal antes señalado, y al haberse procedido a la conservación del inicio del procedimiento administrativo sancionador, debe precisarse que el artículo 29 del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, en lo sucesivo el Reglamento, establece que corresponde al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) imponer sanciones en los casos previstos en dicha norma o en su Reglamento6.

    6. El presente procedimiento está referido a la supuesta responsabilidad del Postor por incumplir injustifi cadamente con las obligaciones derivadas del contrato, dando lugar a que éste se les resuelva, y cuya infracción está tipifi cada en el literal b) del artículo 30 del Reglamento del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria7, norma vigente al suscitarse los hechos imputados.

    1 “Artículo 294.- Causales de aplicación de sanción a los proveedores, participantes, postores y contratistas.- El Tribunal impondrá la sanción administrativa de inhabilitación temporal o defi nitiva a los proveedores, postores y/o contratistas que:

    (…) 2) Den lugar a la resolución del contrato, orden de compra o de servicios por

    causa atribuible a su parte; (…)”2 Publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 27 de junio de 2002.3 Aprobado por Decreto Supremo N.º 002-2004-MIMDES de fecha 18 de

    marzo de 2004.4 Artículo IV.- Principios del Procedimiento administrativo 1.- El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en

    los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo:

    (…)1.10.- Principio de Efi cacia.- Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer prevalecer el cumplimiento de la fi nalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez, no determinen aspectos importantes en la decisión fi nal, no disminuyan las garantías del procedimiento, ni causen indefensión a los administrados. En todos los supuestos de aplicación de este principio, la fi nalidad del acto que se privilegie sobre las formalidades no esenciales deberá ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una garantía de la fi nalidad pública que se busca satisfacer con la aplicación de este principio.

    5 Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo GeneralArtículo 14.- Conservación del Acto

    14.1 Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora.

    14.2 Son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes, los siguientes:

    14.2.1 El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivación.

    14.2.2 El acto emitido con una motivación insufi ciente o parcial. 14.2.3 El acto emitido con infracción a las formalidades no esenciales del

    procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión fi nal en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido proceso del administrado.

    14.2.4 Cuando se concluya indubitablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio.

    (...)6 Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General

    Artículo 231.- Estabilidad de la Competencia para la Potestad Sancionadora

    El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a las autoridades administrativas a quienes le hayan sido expresamente atribuidas por disposición legal o reglamentaria, sin que pueda asumirla o delegarla en órgano distinto.

    7 Artículo 30.- Causales de aplicación de sanción a los proveedores, postores y contratistas

    El Tribunal impondrá la sanción administrativa de inhabilitación temporal o defi nitiva a los proveedores, postores o contratistas que:

    (…) f) Presenten documentos falsos o declaraciones juradas con información

    inexacta a las Entidades o al CONSUCODE. (…)

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391722

    Al respecto, debe tenerse presente que, para la confi guración del supuesto de hecho de la norma que contiene la infracción imputada, se requiere previamente acreditar que el contrato ha sido resuelto por causas atribuibles al Contratista, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 25 del referido Reglamento8.

    7. Sobre el particular, de la revisión de la documentación obrante en autos, se constata que la Contratista, mediante el Contrato 026-2007-MPM-CH se obligó a entregar 1.593 T.M. de arroz en el plazo máximo de diez (10) días, sin embargo no cumplió con la entrega de dicho bien.

    Ante tal hecho, la Entidad inició el procedimiento de resolución del contrato según el artículo 25 del Reglamento, para lo cual le remitió dos cartas notariales, diligenciadas el 10 de agosto de 2007 y 1 de abril de 2008, respectivamente. Mediante la primera9, la Contratista fue requerida para el cumplimiento de sus obligaciones y, a través de la segunda10, se le notifi có la resolución del contrato.

    Por tanto, en el caso bajo análisis, la Entidad ha llegado a demostrar que el Contrato 026-2007-MPM-CH de fecha 4 de julio de 2007, materia de la Adjudicación Directa de Productos Agrícolas 001-2007-MPM-CH-A, fue resuelto de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 226 del Reglamento.

    8. Adicionalmente, corresponde determinar si el Contratista es responsable de la resolución del contrato. Es decir, si las prestaciones pactadas en ella fueron incumplidas por negligencia o de manera intencional, ya que en el supuesto de haberse producido por razones de fuerza mayor o caso fortuito, estaremos ante causas justifi cantes de la inejecución de obligaciones.

    Sobre los hechos materia de análisis, el Contratista no ha cumplido con formular sus descargos, a pesar de haber sido válidamente notifi cado mediante Cédula de Notifi cación

    2857/2008.TC el 18 de febrero de 2008.Debe considerarse, por otro lado, que respecto al

    incumplimiento de obligaciones, existe la presunción legal que éste es producto de la falta de diligencia del deudor11, lo cual implica que es su deber demostrar lo contrario. Es decir, acreditar que, no obstante haber actuado con la diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la prestación, le fue imposible cumplirla y, considerando que en este procedimiento administrativo la Contratista no ha acreditado ninguna causa justifi cante de su incumplimiento, ni existen indicios que ello haya sido producto de un caso fortuito o fuerza mayor, este Tribunal debe concluir que la resolución del Contrato 026-2007-MPM-CH de fecha 4 de julio de 2007 resulta atribuible al Contratista.

    9. Por las consideraciones expuestas, en el caso materia de autos se ha confi gurado la infracción prevista en el numeral b) del artículo 30 del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, el cual establece una sanción administrativa de inhabilitación al infractor, en su derecho para contratar con el Estado y participar en procesos de selección, por un período no menor de uno ni mayor a dos años.

    10. A efectos de graduar la sanción administrativa a imponerse, este Colegiado tiene en consideración los criterios establecidos en el artículo 302 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado12,y que puede ser disminuida a límites inferiores cuando existan circunstancias que así lo acrediten.

    En el caso bajo análisis, debe considerarse que el Contratista es una persona natural, la misma que carece de antecedentes en lo que respecta a haber sido inhabilitada en su derecho de presentarse en procesos de selección y contratar con el Estado, es decir no se encuentra dentro del registro histórico de inhabilitados que administra la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE. Asimismo, es preciso señalar que el monto incumplido, corresponde a S/. 2,708.10 (Dos mil setecientos ocho con 10/100 nuevos soles).

    Finalmente, para la graduación de la sanción resulta importante, traer a colación el principio de razonabilidad consagrado en el numeral 1.4 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, por medio del cual las decisiones de la autoridad administrativa que impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados deben adoptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido.

    Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Víctor Manuel Rodríguez Buitrón, y la intervención de los Vocales Dr. Oscar Luna Milla y Dr. Carlos Navas Rondón, atendiendo a la conformación de la Tercera Sala

    del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según lo dispuesto en la Resolución 035-2008-CONSUCODE/PRE, de fecha 31 de enero de 2008 y de conformidad con las facultades conferidas en los artículos 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004-PCM, el artículo 171 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

    084-2004-PCM, y los artículos 17 y 18 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo 054-2007-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; por unanimidad,

    LA SALA RESUELVE:

    1. Imponer al señor AUGUSTO CRISANTO GIRÓN sanción administrativa de inhabilitación temporal por el período de siete (7) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, la cual entrará en vigencia a partir del cuarto día de notifi cada la presente Resolución.

    2. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), para las anotaciones de ley.

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    SS.

    LUNA MILLA

    NAVAS RONDÓN

    RODRIGUEZ BUITRÓN

    8 “Artículo 25.- Causales de Resolución del contrato imputables al contratista.- El contrato podrá ser resuelto si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones en cuyo caso la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, resolverá el contrato mediante la formalidad correspondiente, ya sea en forma total o parcial (…).”

    9 Documento obrante a fojas 12 del expediente.10 Documento obrante a fojas 125 y 126 del expediente.11 El artículo 1329 del Código Civil establece la presunción legal que la

    inejecución de la obligación, o su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso es producto de la falta de diligencia ordinaria del deudor.

    12 Artículo 302.- Determinación gradual de la sanción.- Para graduar la sanción a imponerse conforme a las disposiciones del

    presente Título, se considerarán los siguientes criterios: 1. Naturaleza de la infracción. 2. Intencionalidad del infractor. 3. Daño causado. 4. Reiterancia. 5. El reconocimiento de la infracción cometida antes de que sea detectada. 6. Circunstancias de tiempo, lugar y modo. 7. Condiciones del infractor. 8. Conducta procesal del infractor. El Tribunal podrá disminuir la sanción hasta límites inferiores al mínimo

    fi jado para cada caso, cuando considere que existen circunstancias atenuantes de la responsabilidad del infractor.

    […].

    317717-2

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE ADMINISTRACION

    TRIBUTARIA

    Deja sin efecto y designa fedatarios titulares y alternos de la Intendencia Regional Cusco y de la Intendencia Regional Loreto

    RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 065-2009/SUNAT

    Lima, 2 de marzo de 2009

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  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 3 de marzo de 2009 391723

    CONSIDERANDO:

    Que el Artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención;

    Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas;

    Que resulta necesario dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Titular y Alterno de las señoras María del Carmen Icaza Villanueva y Sandra Mabel Cerpa Calderón, respectivamente, trabajadoras de la Intendencia Regional Cusco, a que se refi ere la Resolución de Superintendencia N° 087-2006/SUNAT de fecha 29 de mayo de 2006; debido a su traslado y renuncia;

    Que asimismo es necesario dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Titulares de los señores Jorge Alejandro Schmidt Álvarez y Magaly Soledad Valdiviezo Castro de la Intendencia Regional Loreto, debido a su traslado a otras unidades organizacionales; así como también la designación como Fedatario Alterno, de esa misma unidad organizacional, del señor Anderson Chávez Lozano, todas ellas aprobadas por Resolución de Superintendencia N° 117-2005/SUNAT de fecha 14 de junio de 2005; procediendo a designar nuevos fedatarios;

    En uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

    SE RESUELVE:

    Artículo 1°.- Dejar sin efecto, en la parte pertinente, la designación de Fedatarios de la Intendencia Regional Cusco e Intendencia Regional Loreto, aprobadas mediante las Resoluciones de Superintendencia Nos. 087-2006/SUNAT y 117-2005/SUNAT, según se indica seguidamente:

    INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

    Fedatario Titular:María del Carmen Icaza Villanueva

    Fedatario Alterno:Sandra Mabel Cerpa Calderón

    INTENDENCIA REGIONAL LORETO

    Fedatarios Titulares:Jorge Alejandro Schmitd ÁlvarezMagaly Soledad Valdiviezo Castro

    Fedatario Alterno:Anderson Chávez Lozano

    Artículo 2°.- Designar como Fedatarios de la Intendencia Regional Loreto, a las siguientes personas:

    Fedatarios Titulares:Mirna Karina Moreno GutiérrezEnrique Fernández CalvoPedro Manuel Bardales Vásquez

    Fedatarios Alternos:Rocío Amparo Barriga CayoClaudio García Molina

    Regístrese, comuníquese y publíquese.

    MANUEL VELARDE DELLEPIANESuperintendente NacionalSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria

    318271-1

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    INSTITUTO NACIONAL DE

    ESTADISTICA E INFORMATICA

    Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de febrero de 2009

    RESOLUCIÓN JEFATURALNº 068-2009-INEI

    Lima, 2 de marzo del 2009

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO);

    Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

    Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida;

    Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-02-2009/DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de febrero del 2009, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC);

    En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

    SE RESUELVE:

    Artículo Único.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de febrero del 2009, que a la fecha cuentan con la información requerida, en la forma que a continuación se detalla:

    ÍNDICE FEBRERO 2009CÓDIGO

    30 398,1734 369,4539 346,7147 397,2349 278,9053 621,23

    Regístrese y comuníquese.

    RENÁN QUISPE LLANOSJefe

    318256-1

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE LOS REGISTROS PUBLICOS

    Aprueban Plan Operativo Informático - 2009 de la SUNARP

    RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS

    Nº 049-2009-SUNARP/SN

    Lima, 27 de febrero de 2009

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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, martes 3 de marzo de 2009391724

    VISTO, el Proyecto del Plan Operativo de Informática del año 2009, elaborado por la Gerencia de Informática, y

    CONSIDERANDO:

    Que, a través de la Resolución Ministerial Nº037-2009-PCM, se aprobó la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático de las Entidades de la Administración Pública para el año 2009” y su respectiva guía de elaboración precisándose en el numeral 4.2., literal b), que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Central, Regional y Local, y en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad.

    Que, siendo el Plan Operativo Informático, un in