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La Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) es una entidad de la administracin pblica peruana adscrita funcionalmente al Ministerio de Economa y Finanzas, que mantiene autonoma econmica, administrativa, financiera, funcional y

INTRODUCCIONLa Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) en sus orgenes, surge como la necesidad de cobrar tributos para el estado y mecanizar las tareas ms repetitivas y costosas propias del estado y con este objetivo aparecieron los primeros sistemas de cobranza. Con el avance de la tecnologa se ha hecho ms fcil el modo de administrar y cobrar los tributos. La SUNAT como bien su nombre mismo lo dice es aquella entidad del estado que est encargada de cobrar y administrar los tributos. Tambin es el encargado de fiscalizar el correctamente el funcionamiento de las empresas ya sean pblicas o privadas.INDICEINTRODUCCION

1

INDICE

2

I. DESARROLLO DEL TEMA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SUNAT)

3FINALIDAD

4FUNCIONES

5TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA SUNAT

7ESTRUCTURA ORGANICA

8REQUISITOS ESPECIFICOS PARA TRABAJAR EL LA SUNAT

9CONCLUSIONES

11INFORMATIGRAFIA

12

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SUNAT)

La Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) es una entidad de la administracin pblica peruana adscrita funcionalmente al Ministerio de Economa y Finanzas, que mantiene autonoma econmica, administrativa, financiera, funcional y tcnica.

Su principal funcin es la administracin, fiscalizacin y recaudacin de los tributos internos cuyo sujeto tributario activo es el gobierno central peruano. Adicionalmente y desde la absorcin de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, tambin se encarga de la administracin y recaudacin de los tributos aduaneros que percibe el estado peruano.

FINALIDADLa Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administracin tributaria y aduanera.

Su finalidad esa) Administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos, con excepcin de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), a las que hace referencia la norma II del Ttulo Preliminar del Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario y, facultativamente, respecto tambin de obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que por convenios interinstitucionales se establezca.b) Administrar y controlar el trfico internacional de mercancas dentro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.c) Facilitar las actividades econmicas de comercio exterior, as como inspeccionar el trfico internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisin de delitos aduanerosd) Proponer la reglamentacin de las normas tributarias y aduaneras y participar en la elaboracin de las mismas.e) Proveer servicios a los contribuyentes y responsables, a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.f) Gestionar integradamente el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, as como la facilitacin del comercio exterior, de forma eficiente, transparente, legal y respetando al contribuyente o usuario.

FUNCIONES Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, as como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), y otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley. Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la reglamentacin de las normas tributarias y aduaneras. Expedir, dentro del mbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificacin de los regmenes y trmites aduaneros, as como normar los procedimientos que se deriven de stos. Sistematizar y ordenar la legislacin e informacin estadstica de comercio exterior, as como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra. Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebracin de acuerdos y convenios internacionales, as como emitir opinin cuando sta le sea requerida.

Celebrar acuerdos y convenios de cooperacin tcnica y administrativa en materia de su competencia. Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperacin tcnica, de investigacin, de capacitacin y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el pas o en el extranjero. Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley. Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepcin de los tributos que administra y disponer la suspensin de las mismas cuando corresponda. Controlar y fiscalizar el trfico de mercancas, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional. Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depsitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el trfico internacional de personas, mercancas u otros. Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudacin de rentas de aduanas, la defraudacin tributaria, el trfico ilcito de mercancas, as como aplicar medidas en resguardo del inters fiscal. Desarrollar y aplicar sistemas de verificacin y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancas, excepto las que estn en trnsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificacin en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables. Desarrollar y administrar los sistemas de anlisis y fiscalizacin de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en va administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelacin y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial. Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carcter tributario y aduanero, con arreglo a Ley. Ejercer los actos y medidas de coercin necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente. Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones. Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposicin de mercancas, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo. La adjudicacin se har a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro. Desarrollar programas de informacin, divulgacin y capacitacin en materia tributaria y aduanera. Editar, reproducir y publicar el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carcter aduanero, as como las normas y procedimientos aduaneros.

Determinar la correcta aplicacin y recaudacin de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley, as como de los derechos que cobre por los servicios que presta. Participar en la celebracin de Convenios y Tratados Internacionales que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carcter aduanero. Ejercer las dems funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria. La Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) ejercer las funciones antes sealadas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), a las que hace referencia la Norma II del Ttulo Preliminar del Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N 135-99-EF.QUE ES LA SUNAT? La Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria es, de acuerdo a su Ley de creacin, Ley N 24829 y a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo N 501, una Institucin Pblica descentralizada del Sector Economa y Finanzas, dotada de personera jurdica de Derecho Pblico, patrimonio propio y autonoma econmica, administrativa, funcional, tcnica y financiera que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artculo 13 de la Ley N 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondan a esta entidad.

De acuerdo a la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria, sta tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima y puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.

(Artculo 3 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la SUNAT, aprobado

mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02)

NUESTRA MISION

Contribuir al desarrollo del pas mediante el crecimiento sostenido de la recaudacin, facilitando el cumplimiento tributario y el comercio exterior. Lograremos esto, brindando servicios de calidad y generando riesgo efectivo, sobre la base de utilizar procesos simples, soluciones tecnolgicas avanzadas y la participacin de sus trabajadores, totalmente comprometidos, tica y profesionalmente.

NUESTRA VISION

Ser reconocida como una de las mejores administraciones tributarias y aduaneras del mundo por su contribucin al desarrollo econmico del pas, por su capacidad en la generacin de conciencia tributaria ante los ciudadanos, por su excelencia en la prestacin de servicios y por su liderazgo en el proceso de modernizacin del Estado.

VALORES

Honestidad

Entendida como una actuacin que cumple con las normas y principios ticos en todo momento y que no busca obtener ventajas ni beneficios particulares. Incorruptibilidad en todos los aspectos de nuestra vida.

Vocacin de servicio

Encaminar nuestros actos para conocer, satisfacer y superar las expectativas de los contribuyentes, usuarios del comercio exterior y trabajadores, colaborando y actuando en equipo.

Excelencia

Disposicin para brindar nuestro mayor esfuerzo, obtener los mejores resultados de manera sostenida en el tiempo, logrando la satisfaccin de los contribuyentes, usuarios del comercio exterior y trabajadores, cuidando los recursos, minimizando los costos y optimizando la calidad de nuestros servicios.

Innovacin

Capacidad para modificar las cosas an partiendo de formas no pensadas anteriormente. Adelantarse a los dems en su accionar, simplificando los procedimientos y mejorando nuestros servicios.

Integridad

Entendida como la capacidad para ser coherente con los principios y acciones de la institucin. En nuestro trabajo, un comportamiento ntegro supone mantener la imagen de servidor pblico en todo momento, cuidar que nuestra vida privada y comportamiento no interfiera con la imagen de un funcionario pblico.

FINALIDAD

La Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administracin tributaria y aduanera, tiene por finalidad:

a. Administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos, con excepcin de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), a las que hace referencia la norma II del Ttulo Preliminar del Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario y, facultativamente, respecto tambin de obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que por convenios interinstitucionales se establezca.

b. Administrar y controlar el trfico internacional de mercancas dentro del

territorio aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley.

c. Facilitar las actividades econmicas de comercio exterior, as como inspeccionar el trfico internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisin de delitos aduaneros

d. Proponer la reglamentacin de las normas tributarias y aduaneras y participar

en la elaboracin de las mismas.

e. Proveer servicios a los contribuyentes y responsables, a fin de promover y

facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

f. Las dems que seale la ley.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

a. Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional,con excepcin de los municipales, as como las aportaciones al Seguro Social deSalud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), y otroscuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley.

b. Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la reglamentacin de las normas

tributarias y aduaneras.

c. Expedir, dentro del mbito de su competencia, disposiciones en materiatributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes,responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas queconduzcan a la simplificacin de los regmenes y trmites aduaneros, as comonormar los procedimientos que se deriven de stos.

d. Sistematizar y ordenar la legislacin e informacin estadstica de comercioexterior, as como la vinculada con los tributos internos y aduaneros queadministra.e. Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebracin de acuerdos y convenios internacionales, as como emitir opinin cuando sta le sea requerida.

f. Celebrar acuerdos y convenios de cooperacin tcnica y administrativa en

materia de su competencia.

g. Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperacin tcnica, deinvestigacin, de capacitacin y perfeccionamiento en materia tributaria yaduanera, en el pas o en el extranjero.

h. Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria

o aduanera, de acuerdo con la Ley.

i. Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepcin de los tributos que administra y disponer la suspensin de las mismas cuando corresponda.

j. Controlar y fiscalizar el trfico de mercancas, cualquiera sea su origen y

naturaleza a nivel nacional.

k. Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadoresoficiales, depsitos autorizados, almacenes fiscales, terminales dealmacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el trficointernacional de personas, mercancas u otros.

l. Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudacin de rentas de aduanas, la defraudacin tributaria, el trfico ilcito de mercancas, as como aplicar medidas en resguardo del inters fiscal.

m. Desarrollar y aplicar sistemas de verificacin y control de calidad, cantidad,especie, clase y valor de las mercancas, excepto las que estn en trnsito ytransbordo, a efectos de determinar su clasificacin en la nomenclaturaarancelaria y los derechos que le son aplicables.

n. Desarrollar y administrar los sistemas de anlisis y fiscalizacin de los valores

declarados por los usuarios del servicio aduanero.

o. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver enva administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes oresponsables; conceder los recursos de apelacin y dar cumplimiento a lasResoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial.

p. Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de

carcter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.

q. Ejercer los actos y medidas de coercin necesarios para el cobro de deudas por

los conceptos indicados en el inciso precedente.

r. Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados,efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de susfunciones.

s. Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposicin demercancas, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comisoadministrativo. La adjudicacin se har a las entidades estatales y a aquellas alas que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sinfines de lucro.

Desarrollar programas de informacin, divulgacin y capacitacin en materia tributaria y aduanera. La SUNAT tambin podr ejercer facultades de administracin respecto de otrasobligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que se establezca en los convenios interinstitucionales correspondientes.

TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA SUNATCon el fin de lograr un sistema tributario eficiente, permanente y simple se dict la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo N 771), vigente a partir del 1 de enero de 1994.

La ley seala los tributos vigentes e indica quines son los acreedores tributarios: elGobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades con fines especficos.Tratndose de los tributos correspondientes al Gobierno Central, los entes administradores son la SUNAT (tributos internos) y ADUANAS (derechos arancelarios).

Los principales tributos que administra la SUNAT son los siguientes:

1. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS: Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importacin de bienes, as como en la prestacin de distintosservicios comerciales, en los contratos de construccin o en la primera venta deinmuebles.2. IMPUESTO A LA RENTA: Es aqul que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la aplicacin conjunta de ambos.3. RGIMEN NICO SIMPLIFICADO: Es un rgimen simple que establece un pago nico por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo alImpuesto de Promocin Municipal). A l pueden acogerse nicamente laspersonas naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen actividadesgeneradoras de rentas de tercera categora (bodegas, ferreteras, bazares,puestos de mercado, etc.) y cumplan los requisitos y condiciones establecidas.4. IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO: Es el impuesto que se aplica slo a laproduccin o importacin de determinados productos como cigarrillos, licores,cervezas, gaseosas, combustibles, etc.

5. IMPUESTO EXTRAORDINARIO DE SOLIDARIDAD: A partir del 1 de setiembre de 1998, este impuesto sustituy a la Contribucin al Fondo Nacional de Vivienda(FONAVI). La tasa vigente es 2%, y se aplica sobre las remuneraciones queabonan los empleadores y sobre las rentas que perciben los trabajadores yprofesionales independientes.

6. IMPUESTO DE SOLIDARIDAD EN FAVOR DE LA NIEZ DESAMPARADA: Son sujetos de este impuesto las personas que soliciten la expedicin o revalidacin de pasaportes.

7. APORTACIONES AL ESSALUD Y A LA ONP: Mediante la Ley N 27334 se encarga a la SUNAT la administracin de las citadas aportaciones, mantenindose como acreedor tributario de las mismas el Seguro Social de Salud (ESSALUD) y laOficina de Normalizacin Previsional (ONP).

8. DERECHOS ARANCELARIOS O AD VALOREM: son los derechos aplicados al valor de las mercancas que ingresan al pas, contenidas en el arancel de aduanas.

9. DERECHOS ESPECFICOS: son los derechos fijos aplicados a las mercancas de acuerdo a cantidades especficas dispuestas por el Gobierno.

ESTRUCTURA ORGNICA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIN TRIBUTARIALa Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria cuenta con la siguiente estructura orgnica:

ALTA DIRECCIN: Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos

Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas

COMIT DE ALTA DIRECCIN

RGANO DE CONTROL:

Oficina de Control Interno

RGANOS DE APOYO:

Secretara General

Instituto de Administracin Tributaria y Aduanera RGANOS DE LNEA:

DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS

Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales

Intendencia Regional Lima

Intendencias Regionales (desconcentradas)

Oficinas Zonales (desconcentradas)

DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Intendencia de Prevencin del Contrabando y Control Fronterizo

Intendencia de Fiscalizacin y Gestin de Recaudacin Aduanera

Intendencia de Aduana Martima del Callao

Intendencia de Aduana Area del Callao

Intendencia de Aduana Postal del Callao

Intendencias de Aduanas (desconcentradas)

RGANOS DE SOPORTE

Intendencia Nacional de Administracin

Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario

Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento

Intendencia Nacional de Recursos Humanos

Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente

Intendencia Nacional de Sistemas de Informacin

Intendencia Nacional de Tcnica Aduanera

Intendencia Nacional Jurdica FUNCIONARIOS DE LA SUNATDesignados a travs de las siguientes Resoluciones:

Resolucin de Superintendencia N 194-2002/SUNAT aprobada el 31 de diciembre de 2002.

Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N 001- 2003/SUNAT aprobada el 3 de enero de 2003. Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N 003- 2003/SUNAT aprobada el 3 de enero de 2003. Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 001-2003/SUNAT aprobada el 3 de enero de 2003. Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 002-2003/SUNAT aprobada el 3 de enero de 2003REQUISITOS ESPECIFICOS PARA TRABAJAR EL LA SUNAT Titulo o bachiller universitario de las especialidades profesionales de administracin, contabilidad, economa, derecho, ingeniera de sistemas, ingeniera informtica, ingeniera de cmputo (acreditado en la charla informativa mediante la presentacin de copia simple del grado de bachiller o ttulo universitario) y en el caso de licenciados de las fuerzas armadas, copia simple del documento oficial que acredite dicha condicin. Disponibilidad inmediata y a tiempo completo (exclusividad de labores en la SUNAT) y para laborar en turnos rotativos.

Gozar de buen estado de salud, no tener problemas auditivos o de lenguaje que dificulten una adecuada comunicacin con el contribuyente, acreditado mediante declaracin jurada.

REQUISITOS GENERALES No tener impedimento para laborar en entidades del Estado.

No estar laborando en la SUNAT.

No tener antecedentes penales, judiciales ni policiales

Competencia Orientacin al servicios

Comunicacin efectiva

Proactividad

Comportamiento tico

SEDES DE POSTULACION:Sede Lima Intendencia Regional ArequipaIntendencia Regional CuscoIntendencia Regional La LibertadIntendencia Regional JunnIntendencia Regional LambayequeIntendencia Regional PiuraIntendencia Regional TacnaIntendencia Regional IcaIntendencia Regional LoretoOficina Zonal HuachoOficina Zonal JuliacaOficina Zonal CajamarcaOficina Zonal HunucoOficina Zonal CaeteOficina Zonal ChimboteOficina Zonal San MartnOficina Zonal TumbesOficina Zonal UcayaliINSCRIPCIONESLos interesados que renan los requisitos anteriormente mencionados, debern inscribirse en SUNAT virtual: www.sunat.gob.pe en Oportunidades Laborales e ingresar en http://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfichaseleccion/del 27 de diciembre del 2010 al 04 de enero de 2011.CONCLUSIONESA la conclusin que llegamos fue que si no existiese un organismo como lo es la SUNAT, no existira modo de que el estado pueda recoger los tributos, ni manera de cmo fiscalizar a las empresas que en ella se encuentren. Sin la SUNAT, el estado no tendra la economa suficiente de satisfacer las necesidades de sus habitantes.

Por lo tanto la SUNAT es un organismo muy importante para el buen funcionamiento del estado. INFORMATIGRAFIAwww.estudioarce.comhttp://www.sunat.gob.pe/operacLinea/demo-nclaveSol.html#www.sunat.gob.pehttp://www.sunat.gob.pe/ol-ti-