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Licitación Pública Nº 004-UNMSM-2007 Nº 004-UNMSM-2007 OBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA OBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA BASES ADMINISTRATIVAS EJECUCIÓN DE OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA (Fecha de Prepublicación: Inicio de 06 Septiembre hasta el 12 de Septiembre) 1. GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD QUE CONVOCA La Entidad Licitante es UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, con domicilio en Av. Universitaria esquina Av. Venezuela s/n y el siguiente teléfono 6197000 – 7438 y fax 7520. Pliego : Universidad Nacional Mayor de San Marcos Unidad Ejecutora : Universidad Nacional Mayor de San Marcos Fuente Financiamiento : Recursos Ordinarios Función : Educación y Cultura Programa : Educación Superior Sub Programa : Superior Universitaria Proyecto : 2.022648 Componente : 3.056365 Meta : 0015 1.2. OBJETO Licitación Pública Nº 004-UNMSM-2007 tiene como objeto la selección y contratación de la Persona Natural o Jurídica que se encargará de la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA, incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para el presente año. El proceso de selección está regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante, el Reglamento, y sus modificatorias. 1.3. DENOMINACION Y LOCALIZACIÓN DE LA OBRA La obra se encuentra localizada en: Distrito : Cercado de Lima Provincia : Lima Departamento : Lima Región : Lima Metropolitana 1.4. BASE LEGAL UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 1

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Licitación Pública Nº 004-UNMSM-2007 Nº 004-UNMSM-2007OBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIAOBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA

BASES ADMINISTRATIVASEJECUCIÓN DE OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DEL COMEDOR DE

LA CIUDAD UNIVERSITARIA(Fecha de Prepublicación: Inicio de 06 Septiembre hasta el 12 de Septiembre)

1. GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD QUE CONVOCA

La Entidad Licitante es UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, con domicilio en Av. Universitaria esquina Av. Venezuela s/n y el siguiente teléfono 6197000 – 7438 y fax 7520.

Pliego : Universidad Nacional Mayor de San MarcosUnidad Ejecutora : Universidad Nacional Mayor de San MarcosFuente Financiamiento : Recursos OrdinariosFunción : Educación y CulturaPrograma : Educación SuperiorSub Programa : Superior UniversitariaProyecto : 2.022648Componente : 3.056365Meta : 0015

1.2. OBJETO

Licitación Pública Nº 004-UNMSM-2007 tiene como objeto la selección y contratación de la Persona Natural o Jurídica que se encargará de la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA, incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para el presente año.

El proceso de selección está regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante, el Reglamento, y sus modificatorias.

1.3. DENOMINACION Y LOCALIZACIÓN DE LA OBRA

La obra se encuentra localizada en:

Distrito : Cercado de LimaProvincia : LimaDepartamento : LimaRegión : Lima Metropolitana

1.4. BASE LEGAL

La base legal que rige la presente convocatoria es la siguiente:

- Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias. - Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y sus modificatorias.- Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias.- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.- Ley Nº 28927. Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.- Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje.- Disposiciones complementarias, modificatorias y supletorias vigentes

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REFERENCIAS:

Cuando en las presentes Bases se menciona la palabra “LEY” se entenderá que se hace referencia al TUO de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM; la mención “REGLAMENTO” se entenderá al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – DS N° 084-2004-PCM.

1.5. VALOR REFERENCIAL

El Valor Referencial ha sido elaborado con precios unitarios vigentes a Julio 2007 y asciende a S/. 3´041,377.38 (Tres Millones Cuarenta y un mil trescientos setenta y siete con 38/100 Nuevos Soles), el mismo que incluye Costo Directo, Gastos Generales, Utilidad y el 19% por concepto de I.G.V.

En el monto del Valor Referencial indicado, se consideran los tributos, seguros, precios de los materiales de construcción, equipos, mano de obra, beneficios sociales, gastos generales, impuesto al SENCICO, CONAFOVICER, utilidad, transporte y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de la ejecución de las obras.

1.6. FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios

1.7. SISTEMA Y MODALIDAD

Sistema de contratación: suma alzada.Modalidad: por el financiamiento, de la Entidad.

1.8. PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA

El plazo de ejecución es de 150 (ciento cincuenta) días calendarios.

1.9. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LAS PRESENTES BASES

Además del presente documento, las Bases comprenden el Expediente Técnico de la Obra, el que a su vez comprende:

1) Memoria Descriptiva2) Especificaciones Técnicas de Construcción3) Presupuesto de Obra4) Análisis de Precios Unitarios5) Listado de Mano de Obra, Materiales y Equipos.6) Fórmula Polinómica de Reajuste7) Desconsolidado de Gastos Generales.8) Calendario Valorizado de Avance de Obra.9) Metrados10) Planos.

2. DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. ACCESO A LAS BASES Y REGISTRO DE PARTICIPANTES

- Todo contratista que desee intervenir en el proceso de selección deberá inscribirse como participante, realizando el pago de S/. 480.00 (Cuatrocientos ochenta con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV; lo que le otorgará el derecho de recabar una copia de las Bases. El Postor que se inscriba luego de vencido el plazo

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para la presentación de consultas, se adhiere al proceso de selección en el estado en que éste se encuentre. - El pago debe realizarse en la Oficina de Tesorería de la UNMSM (primer piso del Edificio Jorge Basadre de la Ciudad Universitaria, Av. Amézaga s/n), de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas.- Las Bases serán entregadas en la Oficina de Abastecimiento de la UNMSM (sótano del Edificio Jorge Basadre de la Ciudad Universitaria, Av. Amézaga s/n) contra la presentación del recibo de pago correspondiente (de 08:00 a 16:00 horas).- Para efectos de las notificaciones que, conforme a las presentes Bases, deben realizarse, el proveedor podrá solicitar ser notificado, adicionalmente, por vía electrónica, la información remitida por dicho medio no podrá ser desconocida por el proveedor. - En caso de que las propuestas vayan a ser presentadas por un consorcio, bastará que uno de sus integrantes se registre.

2.2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

- No estar incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para Contratar con el Estado.- No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el artículo 9º de la Ley.- En cuanto a la participación de postores en consorcio, ésta se regirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 37º de la Ley, artículo 74° de su Reglamento, así como por las disposiciones que sobre dicho aspecto haya emitido el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE). (Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE).-

2.3. CONVOCATORIA

- La convocatoria se realizará a través de su publicación en el SEACE. (Art. 104º del Reglamento)- El calendario del proceso de selección se detalla en el Anexo 1.

2.4. FORMULACION Y ABSOLUCION DE CONSULTAS

- Formulación de Consultas:

Los participantes podrán formular sus consultas a partir de las fechas indicadas en la convocatoria, pudiendo solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las bases o plantear solicitudes respecto de ellas; serán formuladas por escrito, adjuntando un disquete que contenga las consultas en formato word, en la Oficina de Abastecimiento de la Sede Central de la UNMSM (sótano del Edificio Jorge Basadre de la Ciudad Universitaria, Av. Amézaga s/n), en el horario de (08:00) a (16:00) horas de acuerdo a las fechas indicadas en el Anexo Nº 01; de presentarse en otras oficinas y/o dependencias o fuera de las fechas y horario especificado, estas se tomarán como no presentadas.

- Absolución de Consultas:

El Comité Especial encargado absolverá las consultas presentadas por los postores mediante un pliego absolutorio, en un único documento que incluirá las aclaraciones a las bases, y si fuera el caso, documentos complementarios. Este documento será notificado a través del SEACE, en la Sede de la Entidad o a los correos electrónicos

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de los participantes, de ser el caso, conforme a lo establecido al artículo 110° del REGLAMENTO.

Las respuestas a las consultas se consideran como parte integrante de las bases y del contrato, de conformidad con el artículo 109° del Reglamento.

2.5 FORMULACION Y ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES

- Formulación de Observaciones:

Mediante escrito debidamente fundamentado los postores podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el artículo 25º de la LEY, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Las observaciones a las Bases serán presentadas por escrito dentro del plazo establecido en el Calendario aprobado, serán dirigidas al Presidente del Comité Especial, debiendo ser presentadas por escrito y en diskete, en la Oficina de Abastecimiento de la Sede Central de la UNMSM (sótano del Edificio Jorge Basadre de la Ciudad Universitaria, Av. Amézaga s/n), en el horario de (08:00) a (16:00) horas de acuerdo a las fechas indicadas en el Anexo Nº 01; de presentarse en otras oficinas y/o dependencias o fuera de las fechas y horario especificado, estas se tomarán como no presentadas.

- Absolución de Observaciones:

El Comité Especial absolverá todas las observaciones de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio, que contendrá la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada. Este documentó será notificado a través del SEACE, en la sede de la Entidad o a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso, en la fecha señalada en el cronograma de ejecución del presente proceso de selección.

Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por no haber revisado en SEACE y/o el correspondiente correo electrónico, de ser el caso, no podrá ser causal de impugnación o reclamo alguno.

Las respuestas a las observaciones se consideran como parte integrante de las Bases y del Contrato.

Nota: No se dará trámite a las consultas y/u observaciones que se presenten fuera de los plazos establecidos y/o en otras oficinas y/o se presentan sin las

formalidades señaladas anteriormente.

2.6 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL CONSUCODE

- Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no solo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúe siendo contrario a lo dispuesto por el articulo 25° de la

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LEY, cualquier otra disposición de la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante, que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases a CONSUCODE cuando habiendo sido acogida las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el articulo 25° de la LEY, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

- El observante deberá cumplir con cancelar la Tasa a su cargo y remitir al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas, de acuerdo al siguiente detalle:a. El adquiriente de Bases domiciliado en Lima, deberá efectuar el pago en las

Oficinas de CONSUCODE y recabar el comprobante de pago correspondiente.b. El adquiriente de Bases domiciliado en provincias, deberá efectuar el pago en

una de las cuentas corrientes a nombre de CONSUCODE.- El Oficio que curse el Presidente del Comité Especial al Presidente del

CONSUCODE por efectos de observaciones a las Bases no acogidas, debe recaudar todos los antecedentes que el observante presente y otros, adjuntando el comprobante de pago de la Tasa correspondiente a favor del referido Consejo.

- En el caso que el adquiriente de bases observante no cumpla con cancelar el monto de la referida Tasa, dentro del plazo antes señalado, el Presidente del Comité Especial tendrá por no presentadas las observaciones no acogidas.

- El CONSUCODE en un plazo máximo de diez (10) días hábiles resolverá las Observaciones y de ser el caso, se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, en dicho plazo, requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no emitir Pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.

2.7 INTEGRACIÓN DE BASES:

De ser el caso que no se hayan presentado consultas y/u observaciones, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o recibido el pronunciamiento de CONSUCODE respecto a las observaciones elevadas ante dicha institución, el primer día hábil siguiente el Comité Especial deberá integrar y publicar las Bases Integradas en el SEACE, de conformidad con el artículo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (modificado mediante D.S. Nº 107-2007-EF).

Una vez integradas las Bases Administrativas quedarán como reglas definitivas del proceso y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según sea el caso. Según lo dispuesto por el artículo 117° del Reglamento, el Comité Especial cumplirá con publicar las Bases integradas en el SEACE.

2.8. PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES

El Comité Especial podrá prorrogar las etapas del proceso de selección, siempre y cuando medien causas debidamente justificadas. En este caso, deberá registrar en el SEACE la modificación del cronograma del proceso de selección.

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2.9. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA

La propuesta, en su integridad, tendrá vigencia durante el proceso de selección y hasta la suscripción del contrato, en caso el postor resulte favorecido con la Buena Pro.

2.10. CANCELACION DEL PROCESO (Art. 34º TUO de la Ley)

En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de ejecutar la obra, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente. En este caso, la Entidad reintegrará el costo de las bases a quienes las hayan adquirido.

2.11. DE LAS ACCIONES Y/U OBLIGACIONES DE LOS POSTORES

2.11.1. Es conveniente que los postores efectúen una VISITA DE INSPECCION al terreno sobre el cual se va a ejecutar la obra materia de este proceso, así como de las fuentes de abastecimiento de materiales, agua, disponibilidad de mano de obra, condiciones de trabajo, tránsito, etc. Oficina General de Infraestructura Universitaria (VER ANEXO 1).

2.11.2. Los Postores revisarán detenidamente las Bases, todos los documentos del Expediente Técnico, presentando por escrito sus objeciones, aclaraciones, dudas y observaciones dentro de los plazos contemplados en el aviso de la convocatoria.

2.11.3. La presentación de una propuesta implica el sometimiento del Postor a todas las disposiciones y normas establecidas en las presentes bases y demás documentos sin necesidad de declaración expresa. La información suministrada por los postores tiene el carácter de Declaración Jurada.

2.12. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

2.12.1. Cada propuesta será formulada en idioma español y presentada en dos (02) sobres cerrados, conteniendo un (01) original y tres (03) copias de: Propuesta Técnica (Sobre Nº 1) Propuesta Económica (Sobre Nº 2)

2.12.2. Los sobres deberán llevar la inscripción: Licitación Pública Nº 004-2007-UNMSM, la identificación de cada sobre y el nombre o razón social del postor, según el siguiente detalle:

2.12.3. Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares que podrá ser presentada en el idioma original, adjuntando traducción simple al castellano. El Postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

2.12.4. Cuando se solicite que el postor presente documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, podrá presentar copia simple de los mismos, sin perjuicio de su ulterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado respectivo o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro, y de forma previa

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Licitación Pública N° 004-2007-UNMSMPrimera Convocatoria

Sobre N° 1Propuesta TécnicaObra:Nombre o Razón Social del PostorRUC N°

Licitación Pública N° 004-2007-UNMSM

Primera Convocatoria Sobre N° 2Propuesta EconómicaObra: Nombre o Razón Social del PostorRUC N°

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a la firma del contrato.2.12.5. Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o

electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para el efecto.

2.12.6. Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

2.12.7. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. En caso de “Ofertas en Consorcio”, las propuestas técnica y económica deberán ser suscritas y rubricadas por el o los representantes del Consorcio.

2.13. ACTO PÙBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 2.13.1. La presentación de propuestas y el otorgamiento de la Buena Pro se realizarán en acto

público, y contarán con la presencia de notario público y un representante de la Oficina de Control Interno de la Entidad. Se llevarán a cabo en el lugar y fecha indicados en el Anexo Nº 01.

2.13.2. Para los actos de Presentación, Apertura de Propuestas y de Otorgamiento de la Buena Pro, las personas naturales pueden concurrir personalmente o a través de su representante, debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán a través de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple.

2.13.3. El Acto de Presentación de Propuestas se inicia cuando el Presidente del Comité Especial, llama a los postores en el orden en el que se registraron para participar en el proceso, con la finalidad de que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado, no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del respectivo comprobante de pago por derecho de participación.La información suministrada por los postores tiene el carácter de Declaración Jurada. La Entidad podrá verificar dicha información del postor que obtuvo la Buena Pro y de comprobarse la falsedad de ella, se hará acreedor de la sanción correspondiente de acuerdo a Ley.

2.13.4. El Comité Especial procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta técnica de cada postor y comprobará que los documentos presentados sean los solicitados. De no ser así, el Comité Especial rechazará la propuesta dejando constancia de ello en el acta notarial. En caso que el postor manifieste su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta.

2.13.5. Si se detectara defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados por el postor y que no modifiquen el alcance de la Propuesta Técnica, el Comité Especial procederá de acuerdo a lo normado en el artículo 125º del Reglamento.

2.13.6. Culminada la revisión de documentos, el Comité Especial levantará el acta respectiva, la que deberá ser suscrita por todos sus miembros y postores que así lo deseen, dará por concluido el acto y procederá a recordar a los postores la fecha del siguiente acto público.

2.13.7. La Evaluación de las Propuestas Técnicas se realizará en fecha posterior al Acto Público de Presentación de Ofertas. El Notario Público procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos bajo su custodia hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

2.14. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS DE TECNICAS

2.14.1. En primer lugar, el Comité Especial verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las Bases.

2.14.2. Sólo una vez admitidas las propuestas, el Comité Especial aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

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2.14.3. Las propuestas que en la evaluación técnica alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos accederán a la evaluación económica. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.

2.14.4. Los miembros del Comité Especial no tendrán acceso a las propuestas económicas sino hasta que la evaluación técnica haya concluido.

2.15. ACTO PÚBLICO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS Y DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

2.15.1 El Comité Especial verificará que las propuestas económicas de los postores que hayan obtenido el puntaje técnico mínimo se encuentren dentro de los límites mínimo y máximo a que se refiere el artículo 33º de la Ley.

En esa medida, las propuestas económicas que sean superiores al ciento diez por ciento (110%) del Valor Referencial, que asciende a 3´345,515.11 (Tres millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos quince con 11/100 nuevos soles), serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.Asimismo, las propuestas económicas que sean inferiores al noventa por ciento (90%) del Valor Referencial, que asciende a S/. 2´737,239.65 (Dos millones setecientos treinta y siete mil doscientos treinta y nueve con 65/100 nuevos soles), serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.

2.15.2 La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de las propuestas se les asignará puntaje de forma inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta Económica iOm = Oferta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económicai = Propuesta

No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.

2.15.3. El Comité Especial otorgará la buena pro a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total, el mismo que se obtendrá del promedio ponderado de las evaluaciones técnica y económica, según la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:PTPi = Puntaje Total del postor i.PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del Postor i.PEi = Puntaje por Evaluación económica del Postor i.c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.6c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica=0.4

El Comité Especial hará de conocimiento el otorgamiento de la Buena Pro en la fecha y hora prevista en el Anexo Nº 1, a través del Cuadro Comparativo, en el que se consignará el orden de la prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenido por cada uno de los postores.

2.15.4. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden (artículo 133º del Reglamento inciso 2 y 4):

a. A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico; o (inciso 2)UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 8

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b. A través de sorteo en el mismo acto (inciso 4).

Se levantará un Acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial.

2.16. NOTIFICACIÒN DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Y CONSENTIMIENTO

2.16.1. La Buena pro se entenderá notificada a todos los postores en la misma fecha, sin admitir prueba en contrario. En esa misma fecha, el Comité Especial publicará los resultados del proceso en el SEACE, adjuntando un archivo que contenga las actas notariales y otro archivo con el cuadro de evaluación técnica y económica, bajo responsabilidad del Comité Especial, de conformidad con el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

2.16.2. El Comité Especial está en la obligación de permitir el acceso de los participantes o postores al expediente de contratación, previa solicitud. Art. 136º.

2.16.3. La Buena Pro quedará consentida a los ocho (08) días hábiles luego de otorgada. En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación. (artículo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).

2.16.4. La publicación del consentimiento de la Buena Pro se realizará en el SEACE el día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la Buena Pro. (artículo 138º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)

2.17. CONTROVERSIAS

2.17.1. La única vía para impugnar el presente proceso de selección es el recurso de apelación, que se presentará ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, previo cumplimiento de las condiciones señaladas para el caso por dicho órgano colegiado.

2.17.2. La garantía para la interposición del recurso de apelación deberá ser presentada de acuerdo a las formalidades establecidas en el artículo 158º del Reglamento (modificado por D.S. Nº 028-2007-EF).

2.17.3. El postor deberá presentar su recurso de apelación en un plazo máximo de ocho (08) días hábiles luego de otorgada la Buena Pro. Admitido el recurso, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado correrá traslado a la Entidad, solicitándole la remisión del expediente correspondiente, el cual será entregado dentro del plazo máximo de dos (02) días hábiles, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

2.17.4. En los casos donde se cuestione actos vinculados a la evaluación de propuestas y/o al otorgamiento de la Buena Pro, al momento de resolver el recurso de apelación, si el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado cuenta con la información suficiente para realizar un análisis sobre el fondo del asunto, podrá otorgar la Buena Pro a quien corresponda, siendo improcedente cualquier ulterior impugnación administrativa contra dicho pronunciamiento.

2.17.5. La resolución que resuelve el recurso de apelación presentado será notificada a través del SEACE.

2.17.6. Contra la resolución que resuelve el recurso de apelación solamente cabe la interposición de demanda contencioso – administrativa. Dicha interposición no suspende la ejecución de lo resuelto por el Tribunal.Los plazos y los supuestos por los cuales es procedente la interposición de demanda contencioso - administrativa están sujetos a lo dispuesto en el artículo 169º del Reglamento (modificado por D.S. Nº 028-2007-EF).

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2.18. PROCESO DE SELECCIÓN DECLARADO DESIERTO

El Comité Especial declarará desierto el presente proceso cuando no quede válida ninguna oferta. De igual modo la Entidad declarará desierto el proceso de selección, de presentarse la situación descrita en el numeral 2) del artículo 203º del Reglamento.

3. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MINIMOS

Para el presente proceso de selección, los requerimientos técnicos mínimos son:

3.1 El Plazo de Ejecución de obra que ofertarán los postores es de 150 (ciento cincuenta) días naturales, que se presentará en la Propuesta Técnica de acuerdo al formato del Anexo Nº 05.

3.2 Contar con equipo mínimo, que se detallará de acuerdo al formato del Anexo Nº 08, conforme a las exigencias de la Entidad y que se indican. El equipo propuesto puede ser propio, arrendado o con promesa de arrendamiento. La Entidad, por ser un requisito técnico mínimo y de acuerdo al comunicado Nº 002-2006(PRE) del CONSUCODE, hará la verificación del caso al postor que obtenga la buena Pro.

3.3 Experiencia mínima de haber ejecutado en los últimos cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria un mínimo de tres (3) obras similares (Infraestructura Educativa y Cultural)* al del objeto de la convocatoria, siendo el valor mínimo de cada obra similar al 20% del valor referencial de este proceso de selección. Deben de acreditarse mediante copia simple de los contratos con sus respectivas actas de recepción y conformidad. Las tres obras solicitadas deberán ser distintas a las que consideren en los factores de evaluación como obras similares y generales. Anexo Nº 04

3.4 El Residente de Obra propuesto tenga como mínimo 10 años de colegiado acreditando con el Diploma del Colegio de Ingenieros. (2007 – Año de emisión que conste en el Diploma del C.I.P.), para dicho fin se deberá adjuntar el Curriculum Vitae documentado del Ingeniero residente, señalando el número de Colegiatura, siendo éste el propuesto en el sobre Técnico, así como el compromiso suscrito de asumir las responsabilidades como residente y de que tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra desde el inicio hasta el término de la obra. Anexo Nº 9.

3.5 Que el Residente acredite haber participado en 02 (dos) obras de reforzamiento estructural como mínimo, con las constancias ó contratos respectivos.

(*) Construcción, Ampliación, Remodelación y Rehabilitación de Centros de Educación e Investigación de cualquier nivel, Bibliotecas, Centros Culturales y Artísticos, Laboratorios, Museos y Similares. En este contexto se considerará sólo las Obras Públicas.

4. DEL PRECIO

La Oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida.

Al formular su propuesta, el Postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra. El costo de la obra será ofertado en Nuevos Soles y las valorizaciones que se deriven estarán

sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

5. DEL CONTENIDO DE LOS SOBRES

5.1. Contenido del primer sobre: Propuesta técnica

El contenido del sobre de la Propuesta Técnica será el siguiente:

5.1.1 Índice. (Facultativo)5.1.2 Declaración Jurada de presentación del postor, según el Anexo Nº 02. (Obligatorio)5.1.3 Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de

Proveedores- Capítulo de Ejecutores de Obra. (Obligatorio).5.1.4 Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el artículo 76º del Reglamento,

conforme al Anexo Nº 03. (Obligatorio).

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5.1.5 Es de presentación obligatoria la documentación que acredita el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos (RTM) y de no ser presentada dicha información acarrea la descalificación del postor.

5.1.6 Promesa de Consorcio, según el Anexo Nº 06. Obligatorio, en caso que el postor sea un consorcio.

5.1.7 Documentación relativa a los factores de evaluación. Facultativo.

5.2. Contenido del segundo sobre: Propuesta económica

El contenido del sobre de la Propuesta Económica será el siguiente: monto total de la propuesta en nuevos soles, en letras y números, el cual deberá incluir los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que incida en el costo y/o precio de la obra a contratar, el que no deberá tener borrones, ni enmendaduras o correcciones, caso contrario se dará por no presentada, incluyendo el Desagregado o Presupuesto Detallado de Partidas que da origen a su Propuesta Económica, de conformidad con el Art. 56º del Reglamento, documentos que deben ser elaborados por el postor participante y no debe contener firmas del Comité Especial ni de profesionales de la Entidad Contratante. (Anexo Nº 7). Obligatorio.

Las Propuestas Económicas serán presentadas hasta con dos (02) decimales.

Se descalificarán asimismo a las propuestas que presenten y contengan sellos y firmas que no corresponda al postor y a las propuestas que se presenten en hojas fotocopiadas de los formatos conteniendo los sellos y/o firmas de los profesionales de la Entidad Licitante, errores y enmendaduras.

6. FACTORES DE EVALUACIÓN

Los factores a considerar son los siguientes:

FACTORES EVALUADOS PUNTAJE MÁXIMO

I. DEL POSTOR 80 puntosA) Experiencia 50 puntosA.1) Experiencia en Obras en General 10 puntosA.2) Experiencia en obras similares 40 puntosB) Situación Económica y Financiera 30 puntosB.1) Razón circulante 10 puntosB.2) Razón ácida 10 puntosB.3) Razón de endeudamiento 10 puntosII. EXPERIENCIA DEL RESIDENTE DE OBRA 20 puntosC) Experiencia como Residente en Obras SimilaresD) Experiencia como Residente en obras de Reforzamiento Estructural

10 puntos10 puntos

Definiciones: Razón circulante es igual al: total activo / total pasivo Razón acida es igual a: (Activo corriente-existencias-gastos pagados por

anticipado)/pasivo corriente Razón de endeudamiento es igual a: deuda total / activo total

Puntaje Mínimo: Los postores deberán alcanzar un puntaje técnico mínimo de 60 para pasar a la evaluación económica.

CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJES

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A.1) Experiencia en obras en General: Anexo Nº 10

Se considerará experiencia en obras en general ejecutadas en los últimos diez (10) años contados desde la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado de cinco veces el valor referencial (S/. 15´206,886.90 nuevos soles), que deberá ser acreditado de la siguiente manera: De S/. 15’206,886.90 a más 10 puntos Menores a S/. 15´206,886.90 De acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje = (Valor Acumulado X 10) 15’206,886.90

Los contratos deberán ser sustentados con copia simple de los Contratos y copia de las Actas de Recepción de Obra y conformidad.

Los Puntajes serán calculados hasta con dos (02) decimales.

A.2) Experiencia en Obras similares (Infraestructura Educativa y Cultural)** Anexo Nº 11.

Se considerará experiencia en obras similares ejecutadas en los últimos quince (15) años contados desde la fecha de presentación de propuestas (no se tomará en cuenta los contratos considerados en obras generales), hasta por un monto máximo equivalente al valor referencial de la obra materia de la convocatoria (S/3´041,377.38), siendo el valor mínimo por cada obra similar: el 20% del valor referencial (S/. 608,275.48) que deberá ser acreditado de la siguiente manera:

La Calificación de este Rubro se efectuara teniendo en cuenta el siguiente detalle:

De S/. 3´041,377.38 a más 40 puntos Menores a S/. 3´041,377.38 De acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje = (Valor Acumulado X 40) 3´041,377.38

La experiencia del postor se acreditara con copias simples de contratos y sus respectivas actas de recepción.Las obras declaradas en requisitos mínimos y en obras generales no podrán declarase en el record de las obras similares del postor.

Los Puntajes serán calculados hasta con dos (02) decimales.

(**) Construcción, Ampliación, Remodelación y Rehabilitación de Centros de Educación e Investigación de cualquier nivel, Bibliotecas, Centros Culturales y Artísticos, Laboratorios, Museos y Similares. En este contexto se consideraran tanto las Obras Públicas como Privadas.

PARA LOS FACTORES A.1 y A.2 :- La fecha que se tomará en cuenta en los contratos es la fecha de suscripción.- Para los trabajos ejecutados en consorcio u asociación, se deberá adjuntar los documentos solicitados de acuerdo al factor de evaluación, así como copia del convenio o escritura de consorcio u asociación, donde se indique el respectivo porcentaje de participación; de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato

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- Para el máximo acumulado, se tendrá en consideración el monto total señalado en el contrato de obra.- Para la conversión de los contratos que estén en moneda extranjera en nuevos soles, se utilizará el tipo de cambio oficial (SUNAT) a la fecha de suscripción establecida en el contrato. Si el postor tiene obras en consorcio deberá expresar el porcentaje de participación así también el documento probatorio.- Los documentos deben ser presentados en el mismo orden de la declaración Jurada (Anexo 10 y 11), resaltando los datos que son determinantes para la calificación y en el número suficiente para que alcance los montos señalados en ambos casos hasta alcanzar los montos indicados en cada caso. De existir alguna diferencia entre el Orden especificado en la Declaración Jurada y el orden de foliación de la documentación se tomará en cuenta los datos especificados en la Declaración Jurada.

B) Situación económica y financiera del postor (Puntaje Máximo 30 puntos)

El único documento que será tomado en cuenta para acreditar este factor será el Balance Auditado elaborado por una empresa Auditora, correspondiente al Año 2006. Para acreditar la situación económica y financiera, se presentarán los estados financieros (balances y estados de ganancias y pérdidas) debidamente auditados al 31.12.2006 en función a los cuales se verificarán los índices tomados como factores de evaluación.Quienes acrediten valores de los índices de razón circulante = ó > a 1.3, se otorgará el máximo puntaje y al resto en forma directamente proporcional; si acreditan razón ácida = ó > a 1.2 se les otorgará el máximo puntaje y al resto en forma directamente proporcional; si acreditan Razón de endeudamiento = ó < a 0.80 se les otorgará el máximo puntaje y al resto en forma inversamente proporcional.

Razón Postor Razón circulante = ó > 1.3 10 puntos

Razón circulante < 1.3 hasta 0.80 Ptje. Directamente ProporcionalMenores a 0.80 0 puntos

Razón ácida = ó > 1.2 10 puntosRazón ácida < 1.2 hasta 0.70 Ptje. Directamente Proporcional

Menores a 0.70 0 puntosRazón de endeudamiento = ó < 0.80 10 puntos

Razón de endeudamiento > 0.80 hasta 1.30 Ptje. Inversamente ProporcionalMayores a 1.30 0 puntos

C) Experiencia del Ingeniero Residente en Obras Similares (puntaje máximo 10 puntos) - Anexo Nº 12

La experiencia y calificación se sustentará mediante servicios realizados en Residencia de Obra Pública de Edificaciones Similares** en los últimos 15 años, para acreditar que el profesional propuesto haya realizado dichos servicios, deberá presentar cualquiera de las 02 alternativas detalladas a continuación:

1) Copia simple de contrato de obra y acta de recepción de obra referente al contrato de obra (donde se consigna el Nombre del Residente en los dos documentos, ocupando el cargo de Residente de Obra).

2) Copia simple del contrato suscrito por el profesional con la Empresa Contratista y acta de recepción de obra. (donde se consigna el nombre del residente en ambos documentos, ocupando el cargo de Residente de Obra).

En el caso que en alguno de los documentos solicitados no se acredite el nombre del profesional propuesto, se deberá adjuntar además una Constancia de conformidad de servicios o Certificado

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de Trabajo emitido por la empresa Contratista a quien el profesional presto los servicios como residente de obra, copias simples del Acta de entrega de Terreno y Documento en que solicita la Recepción de la Obra, documentos que solo le corresponde a los Residentes de Obra como complementarios a los ya indicados, debiendo ser presentados de acuerdo al Anexo Nº 12 de las bases. Y en el mismo orden de la declaración. En las presentes Bases Administrativas no se aceptarán certificados de trabajo donde el representante legal sea el Residente y certifique su desempeño o su participación como residente de la obra.

El Postor deberá presentar los documentos del Ingeniero Residente de Obra, los requeridos con diez (10) servicios como máximo, de acuerdo al orden de foliación, con un monto contractual de obra mínimo igual al 20% del Valor Referencial de la Obra (S/. 608,275.48). Los documentos en exceso no se calificaran y el Comité Especial revisará en el orden declarado en lista, el postor deberá subrayar los datos requeridos para contabilizar su tiempo de prestación del servicio como Residente de obra para la calificación de su propuesta . Para la cuantificación se tendrá en consideración que transcurridos 15 o más días naturales se computará como 01 mes completo. Menos de 15 días naturales no se tomarán en cuenta.

La Calificación de este Rubro se efectuará teniendo en cuenta el siguiente detalle:

De 3 años a más 10 puntos Menores a 3 años De acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje = (Ts X 10) 3

Ts = tiempo acumulado de los servicios declarados como residente de obra verificados en la documentación presentada.

(**) Construcción, Ampliación, Remodelación y Rehabilitación de Centros de Educación e Investigación de cualquier nivel, Bibliotecas, Centros Culturales y Artísticos, Laboratorios, Museos y Similares. En este contexto se considerará sólo las Obras Públicas.

- Los documentos deben ser presentados en el mismo orden de la declaración Jurada (Anexo Nº 12), resaltando los datos que son determinantes para la calificación y en el número suficiente (hasta un máximo de 10 contratos). Los demás documentos que presente el postor no se tomarán en cuenta para la calificación. De existir alguna diferencia entre el Orden especificado en la Declaración Jurada y el orden de foliación de la documentación se tomará en cuenta la especificada en la Declaración Jurada.

D) Experiencia del Ingeniero Residente en Obras de Reforzamiento Estructural (puntaje máximo 10 puntos) - Anexo Nº 14

La experiencia y calificación se sustentará mediante servicios realizados en Residencia para Obras de Reforzamiento estructural de Edificaciones Similares** en los últimos 15 años, para acreditar que el profesional propuesto haya realizado dichos servicios, deberá presentar cualquiera de las 02 alternativas detalladas a continuación:

1) Copia simple de contrato de obra y acta de recepción de obra referente al contrato de obra (donde se consigna el Nombre del Residente en los dos documentos, ocupando el cargo de Residente de Obra).

2) Copia simple del contrato suscrito por el profesional con la Empresa Contratista y acta de recepción de obra. (donde se consigna el nombre del residente en ambos documentos, ocupando el cargo de Residente de Obra).

En el caso que en alguno de los documentos solicitados no se acredite el nombre del profesional propuesto, se deberá adjuntar además una Constancia de conformidad de servicios o Certificado

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Licitación Pública Nº 004-UNMSM-2007 Nº 004-UNMSM-2007OBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIAOBRA: MEJORAMIENTO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA

de Trabajo emitido por la empresa Contratista a quien el profesional presto los servicios como residente de obra, copias simples del Acta de entrega de Terreno y Documento en que solicita la Recepción de la Obra, documentos que solo le corresponde a los Residentes de Obra como complementarios a los ya indicados, debiendo ser presentados de acuerdo al Anexo Nº 14 de las bases. Y en el mismo orden de la declaración. En las presentes Bases Administrativas no se aceptarán certificados de trabajo donde el representante legal sea el Residente y certifique su desempeño o su participación como residente de la obra.

El Postor deberá presentar los documentos del Ingeniero Residente de Obra, los requeridos con diez (10) servicios como máximo, de acuerdo al orden de foliación, con un monto contractual de obra mínimo igual al 20% del Valor Referencial de la Obra (S/. 608,275.48). Los documentos en exceso no se calificaran y el Comité Especial revisará en el orden declarado en lista, el postor deberá subrayar los datos requeridos para contabilizar su tiempo de prestación del servicio como Residente de obra para la calificación de su propuesta . Para la cuantificación se tendrá en consideración que transcurridos 15 o más días naturales se computará como 01 mes completo. Menos de 15 días naturales no se tomarán en cuenta.

La Calificación de este Rubro se efectuará teniendo en cuenta el siguiente detalle:

De 2 años a más 10 puntos Menores a 2 años De acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje = (Ts X 10) 2

Ts = tiempo acumulado de los servicios declarados como residente de obra verificados en la documentación presentada.

(**) Construcción, Ampliación, Remodelación y Rehabilitación de Centros de Educación e Investigación de cualquier nivel, Bibliotecas, Centros Culturales y Artísticos, Laboratorios, Museos y Similares.

- Los documentos deben ser presentados en el mismo orden de la declaración Jurada (Anexo Nº 14), resaltando los datos que son determinantes para la calificación y en el número suficiente (hasta un máximo de 05 contratos). Los demás documentos que presente el postor no se tomarán en cuenta para la calificación. De existir alguna diferencia entre el Orden especificado en la Declaración Jurada y el orden de foliación de la documentación se tomará en cuenta la especificada en la Declaración Jurada.

7. CONTRATO

El Contratista favorecido con la presente Licitación Pública, deberá presentar antes de la firma del Contrato, los siguientes documentos:

7.1 La garantía de fiel cumplimiento consistirá en una carta fianza bancaria equivalente al diez por ciento (10%) del monto adjudicado. Debe ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad, bajo responsabilidad de las empresas que la emiten. Esta garantía deberá ser emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

La garantía de fiel cumplimiento deberá estar vigente hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.

7.2 Adicionalmente, para la suscripción del contrato, la Entidad deberá solicitar al contratista la presentación de la Constancia de no estar Inhabilitado para Contratar con el Estado y el contrato de formalización de consorcio con firmas legalizadas de los miembros y designación de representante común, de ser el caso. Asimismo, el contratista deberá presentar:

- Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro Nacional de

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Proveedores.- Cronograma PERT- CPM de ejecución de la Obra. - Calendario de Avance de Obra Valorizado de acuerdo al plazo de ejecución establecido

por la Entidad y en concordancia con el Cronograma de Desembolsos Mensuales establecido en las Bases y sustentado en la programación de obra PERT-CPM, aprobado por la Entidad.

- Calendario de Adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de la obra valorizado mensualmente y en armonía con el Calendario de la Obra Valorizado.

- Expediente Técnico completo suscrito por el Postor o su representante legal, incluyéndose los documentos relativos a las consultas y sus absoluciones y/o aclaraciones. La presentación de esta documentación no enerva responsabilidad de la Entidad por las fallas que pueda tener el Expediente Técnico.

- De ser el caso, el postor presentará también, el poder otorgado al representante legal que firmará el Contrato.

- Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, del representante legal.

- En caso de persona jurídica, se presentará copia del RUC de la empresa y del testimonio de constitución y poder del representante legal.

- Certificado de habilidad profesional emitida por el colegio correspondiente (CIP/CAP) copia del título profesional y diploma de incorporación al Colegio correspondiente, del Residente de obra propuesto.

- De ser el caso, contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados.

7.3 El postor adjudicado que no suscriba el contrato puede ser inhabilitado para contratar con el Estado por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Ante esta situación, la Entidad puede llamar al postor que ocupó el segundo lugar para la suscripción del contrato, aplicando los mismos plazos descritos precedentemente, contados a partir del día siguiente de haber sido citado.

7.4 El Contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la Oferta Ganadora, así como de los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y hayan sido expresamente señalados en el contrato.

7.5 En cuanto a la subcontratación, indicar lo que corresponda. Ejemplo: El Contratista podrá subcontratar parte de sus prestaciones, siempre y cuando se cumplan los requisitos siguientes, indicados en el Artículo 208° del Reglamento.

1. Aprobación previa, por escrito, por parte de la Entidad.2. Que las prestaciones subcontratadas no excedan del sesenta por ciento (60%) del

monto del contrato original.3. El subcontratista se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Contratistas y no

estar inhabilitado para contratar con el Estado.7.1 Original de la póliza de seguro contra todo riesgo (CAR) y accidentes Personales, aprobadas por

la Oficina General de Infraestructura Universitaria (Oficina de Obras), con una vigencia desde la firma del contrato hasta la recepción de la obras, (Artículo 212º del Reglamento); según el siguiente detalle:

PÓLIZA DE SEGURO CONTRA TODO RIESGO Básica; por el monto del contrato, Terremoto; por el monto del contrato de obra, Responsabilidad Civil, por el 20% del el monto del contrato de obra, Daños materiales, daños personales, remoción de escombros, por el 5% del monto del

contrato Huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, terrorismo, por el 20% del monto del

contrato de obra.

Vigencia desde de la firma de Contrato hasta que la liquidación de la obra quede consentida.

POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES Deberá incluir un mínimo de 20 obreros, por muerte o invalidez permanente por el 2.5% del

monto de la obra por cada obrero.UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 16

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Vigencia de la póliza hasta que quede recepcionada la obra.

8 DE LAS GARANTIAS.-

- Las Garantías serán Incondicionales, Solidarias, Irrevocables, de Realización Automática y sin beneficio de excusión emitidas por empresas autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de pensiones.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO La garantía de fiel cumplimiento del contrato será entregada a la Entidad por el postor ganador antes de la suscripción del contrato y como requisito indispensable para poder suscribirlo.

La garantía será por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto del contrato, y deberá tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final del contrato.

- EJECUCION DE GARANTIAS Las garantías serán ejecutadas cuando el Contratista no las hubiere renovado oportunamente, antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, el Contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno.

La garantía de fiel cumplimiento, será ejecutada cuando transcurridos tres días de haber sido requerida por la entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en la liquidación final del contrato debidamente consentida o ejecutoriada.

La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato es por causa imputable al Contratista.

9 COMPUTO DEL PLAZO DEL CONTRATO.-

El plazo del contrato de obra, acorde con lo normado por el Artículo 240° del Reglamento, rige cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a) Se designe al inspector o al supervisor, según corresponda;b) Se entregue el calendario de obra valorizado en concordancia con el cronograma de

desembolso establecido, los precios unitarios del Contratista, y el calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra, cuando sea aplicable;

c) Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo; d) Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra; y,e) Que se haya entregado el adelanto directo al Contratista, de haber sido solicitado por este,

hecho que deberá cumplirse por la Entidad dentro del plazo de siete (7) días de haber recibido la garantía correspondiente.

10 ADELANTOS.-

El trámite para el pago del Adelanto Directo se ceñirá a lo dispuesto por el Artículo 240° del Reglamento.La solicitud del Adelanto para materiales y la garantía correspondiente deberá presentarse siempre que se haya dado inicio al plazo contractual.La Entidad tendrá un plazo de 30 días de presentada la garantía respectiva, para la cancelación del Adelanto por Materiales.Los adelantos se podrán otorgar de la siguiente manera:Adelanto Directo: Hasta el 20% del Monto Contratado Adelanto para Materiales: Hasta el 40% del Monto indicado en el numeral 4 de las Bases

11 VALORIZACIONES.-

Las Valorizaciones serán mensuales, elaboradas el último día de cada periodo según los metrados ejecutados con los precios unitarios del Valor Referencial afectado por el factor de

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relación (cociente entre el monto total de la propuesta y el monto total del valor referencial) hasta la quinta cifra decimal.

Las valorizaciones por concepto del contrato principal, reajuste por alzas, adicionales y otros, serán canceladas de acuerdo a lo estipulado en el contrato respectivo y tendrán el carácter de pagos a cuenta, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 255º del Reglamento.

A partir del vencimiento del plazo establecido en el Contrato para la cancelación de las valorizaciones, el Contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido por el Código Civil, contado desde la oportunidad en que debió efectuarse.

12 REAJUSTE DE PRECIOS.-

El reajuste se aplicará según el Sistema de Fórmulas Polinómicas de acuerdo al régimen legal vigente. Según artículo 256º del Reglamento.

13 ADICIONALES Y REDUCCIONES (231º del Reglamento)

Solo procederá la ejecución de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolución del titular de la Entidad, y en los casos en que sus montos, por si solos o restándoles los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o no superen el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo podrá reducir obras hasta por el quince (15%) por ciento del monto del contrato. Resultará de aplicación lo establecido en el Reglamento.

Las obras adicionales que superen el diez por ciento (10 %) del monto del contrato original, luego de ser aprobadas por la Entidad, requieren previamente, para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República.

14 AMPLIACIONES DE PLAZO (232º del Reglamento)

El Contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen el calendario de avance de obra vigente:

- Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.- Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.- Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados.

Para que proceda una ampliación de plazo, deberá observarse el procedimiento y plazos regulados en el Reglamento.

La ejecución de obras adicionales será causal de ampliación de plazo sólo si éstas conllevan la modificación del Calendario de Avance de Obra.

15 EFECTOS DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL

Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra darán lugar al pago de mayores gastos generales iguales al número de días correspondientes a la ampliación multiplicados por el gasto general diario, salvo en los casos de obras adicionales que cuenten con presupuestos específicos. Serán de aplicación las disposiciones del Reglamento.

En el caso que la ampliación de plazo sea generada por paralización de la obra, por causas no atribuibles al contratista, sólo dará lugar al pago de mayores gastos generales debidamente acreditados.

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16 DEMORAS INJUSTIFICADAS EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.

Durante la ejecución de la Obra, el contratista está obligado a cumplir los avances parciales establecidos en el calendario valorizado de avance. En caso de retraso injustificado, cuando el monto de la valorización acumulada a una fecha determinada sea menor al ochenta por ciento (80%) del monto de la valorización acumulada programada a dicha fecha, el Inspector/Supervisor ordenará al Contratista que presente, dentro de los siete (07) días siguientes, un nuevo calendario que contemple la aceleración de los trabajos, de modo que se garantice el cumplimiento de la obra dentro del plazo previsto, en la medida de lo posible, anotando tal hecho en el Cuaderno de Obra.

La falta de presentación de este calendario dentro del plazo señalado en el párrafo anterior podrá ser causal para que opere la intervención económica de la obra o la resolución del contrato. El nuevo Calendario no exime al Contratista de la Responsabilidad por demoras injustificadas, ni es aplicable para el cálculo y control de reintegros.

Cuando el monto de la valorización acumulada ejecutada sea menor al ochenta por ciento (80%) del monto acumulado programado del nuevo calendario, el Inspector/Supervisor anotará el hecho en el Cuaderno de Obra e informará a la Entidad. Dicho retraso será imputado como causal de Resolución de Contrato, salvo que la Entidad decida la intervención económica de la obra.

17 INTERVENCION ECONOMICA DE LA OBRA.-

La Entidad podrá, de oficio o a solicitud de parte, intervenir económicamente la obra en caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos, de acuerdo al Artículo 264° del Reglamento y para la aplicación se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Directiva y demás disposiciones que dicte el CONSUCODE sobre la materia.

18 RECEPCION DE OBRA Y PLAZOS

En la fecha de la culminación de la obra el residente anotará tal hecho en el Cuaderno de Obra y solicitará la recepción de la misma. El Inspector/Supervisor, en un plazo no mayor de cinco (05) días posteriores a la anotación señalada, lo informará a la Entidad, ratificando o no lo indicado por el residente.

En caso que el Inspector/Supervisor verifique la culminación de la obra, la Entidad procederá a designar un Comité de Recepción dentro de los siete (07) días siguientes a la recepción de la comunicación del Inspector/Supervisor.

En un plazo no mayor de veinte (20) días siguientes de realizada su designación, el Comité de Recepción, junto con el Contratista, procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean necesarias para comprobar el funcionamiento de las instalaciones y equipos.

Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el Contratista. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del Comité, el Contratista y su Residente.

De existir observaciones, éstas se consignarán en el Acta respectiva y no se recibirá la obra. A partir del día siguiente, el Contratista dispondrá de un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra para subsanar las observaciones, plazo que se computará a partir del quinto día de suscrita el Acta. Las obras que se ejecuten como consecuencia de observaciones no darán derecho al pago de ningún concepto a favor del contratista ni a la aplicación de penalidad alguna.

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Subsanadas las observaciones, el Contratista solicitará nuevamente la recepción de la obra en el Cuaderno de Obra, lo cual será verificado por el Inspector/Supervisor e informado a la Entidad, según corresponda, en el plazo de tres (03) días siguientes de la anotación. El Comité de Recepción se constituirá en la obra dentro de los siete (07) días siguientes de recibido el informe del Inspector/Supervisor. La comprobación que realizará se sujetará a verificar la subsanación de las observaciones formuladas en el Acta, no pudiendo formular nuevas observaciones.

De haberse subsanado las observaciones a conformidad del Comité de Recepción, se suscribirá el Acta de Recepción de Obra.

Si en la segunda inspección el Comité de Recepción constata la existencia de vicios o defectos distintos a las observaciones antes formuladas, sin perjuicio de suscribir el Acta de Recepción de Obra, informará a la Entidad para que este, solicite por escrito al Contratista las subsanaciones del caso, siempre que constituyan vicios ocultos.

En caso que el contratista o su residente no estuvieran conformes con las observaciones, anotará su discrepancia en el Acta. El Comité de Recepción elevará a la máxima autoridad administrativa de la Entidad, todo lo actuado con un informe sustentado de sus observaciones en el plazo máximo de cinco (5) días. La Entidad deberá pronunciarse sobre dichas observaciones en igual plazo. De persistir la discrepancia, ésta se someterá a conciliación y/o arbitraje, dentro de los quince (15) días siguientes al pronunciamiento de la Entidad.

Si vencido el cincuenta por ciento (50%) del plazo establecido para la subsanación, la Entidad comprueba que no se ha dado inicio a los trabajos correspondientes, salvo circunstancias justificadas debidamente acreditadas por el contratista, dará por vencido dicho plazo, tomará el control de la obra, la intervendrá económicamente y subsanará las observaciones con cargo a las valorizaciones pendientes de pago o de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento.

Todo retraso en la subsanación de las observaciones que exceda del plazo otorgado, se considerará como demora para efecto de las penalidades que correspondan y podrá dar lugar a que la Entidad resuelva el contrato por incumplimiento. Las penalidades a que se refiere el presente artículo podrán ser aplicadas hasta el tope señalado en la Ley, el Reglamento o el Contrato, según corresponda.

19 LIQUIDACION DEL CONTRATO (Art. 269º del Reglamento)

El Contratista presentará la liquidación debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción de obra. Dentro del plazo de treinta (30) días de recibida, la Entidad deberá pronunciarse, ya sea observando la liquidación presentada por el Contratista o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificará al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.

Si el Contratista no presenta la liquidación en el plazo previsto, su elaboración será responsabilidad exclusiva de la Entidad en idéntico plazo, siendo los gastos de cargo del contratista. La Entidad notificará la liquidación al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.

La liquidación quedará consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la otra dentro del plazo establecido.

Toda discrepancia respecto a la liquidación se resuelve según las disposiciones previstas para la solución de controversias establecidas en la Ley y en el presente Reglamento, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.

La liquidación final se practicará con los precios unitarios, gastos generales y utilidad ofertados. No se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

Luego de haber quedado aprobada o consentida la liquidación, culmina definitivamente el

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contrato y se cierra el expediente respectivo.

Con la liquidación, el contratista entregará a la Entidad la minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso.

20 PENALIDADES (ARt. 222º del Reglamento)

- Por Mora.- En el caso de retraso injustificado en la ejecución de la obra, objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la fórmula siguiente: (indicar)

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.

- Por Incumplimiento del Contrato.- La garantía de fiel cumplimiento, se ejecutará en su totalidad, solo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de las garantías corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.-

21 RESOLUCION DEL CONTRATO.

Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de quince (15) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada resolverá el contrato en forma total o parcial, mediante carta notarial

La resolución parcial solo involucrará a aquella parte del contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de la entidad. En tal sentido el requerimiento que se efectúe deberá precisar con claridad qué parte del contrato quedaría resuelta si persistiese el incumplimiento. De no hacerse tal precisión se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento.

Si la parte perjudicada es la Entidad, ésta ejecutará las garantías que el contratista hubiera otorgado, sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados.

Si la parte perjudicada es el contratista, la Entidad deberá reconocerle la respectiva indemnización por los daños y perjuicios irrogados.

Cualquier controversia relacionada con la resolución del contrato podrá ser sometida por la parte interesada a conciliación y/o arbitraje dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de comunicada la resolución. Vencido ese plazo sin que se haya iniciado ninguno de estos procedimientos, se entenderá que la resolución del contrato ha quedado consentida.

EFECTOS DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO DE OBRA.

La resolución del contrato de obra determina la inmediata paralización de la misma, salvo los casos en que, estrictamente por razones de seguridad o disposiciones reglamentarias de construcción, no sea posible.

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La parte que resuelve, deberá indicar en su carta de resolución, la fecha y hora para efectuar la constatación física e inventario en el lugar de la obra, con una anticipación no menor de dos (2) días. En esta fecha, las partes se reunirán en presencia de Notario Público o Juez de Paz, según corresponda, y se levantará un acta. Si alguna de ellas no se presentara, la otra levantará el acta con el Notario Público o Juez de Paz. Culminado este acto, la obra queda bajo responsabilidad de la Entidad y se procede a la liquidación, conforme a lo establecido en el artículo 269º del Reglamento.

En caso que la resolución sea por incumplimiento del Contratista, en la liquidación se consignarán las penalidades que correspondan, las que se harán efectivas conforme a lo dispuesto en los artículos 222º y 226º del Reglamento.

Cuando la resolución sea por causa atribuible a la Entidad, éste reconocerá al Contratista, en la liquidación que se practique, el cincuenta por ciento (50%) de la utilidad prevista, calculada sobre el saldo que se deja de ejecutar.

Los gastos de la resolución del contrato son de cargo de la parte que lo incumplió, salvo disposición distinta de Laudo Arbitral.

22 DISPOSICIONES VARIAS.-

Los postores deberán tomar en cuenta estos factores al momento de presentar sus propuestas.

- Son de cargo del Contratista todos los tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo a la Ley. Toda responsabilidad de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales es exclusivamente del Contratista. Asimismo, corresponde al Contratista la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de la prestación, los recursos que se utilizan y a los terceros posiblemente afectados.El Contratista asume la responsabilidad de cumplir estrictamente el marco legal del ordenamiento laboral que cautele los derechos de los trabajadores de construcción civil, Decreto Supremo N° 001-98-TR de fecha 20.01.98.- El suministro de corriente eléctrica en baja tensión así como el abastecimiento de agua que sea necesario para la ejecución de la obra, a que se refiere estas bases, será por cuenta y responsabilidad del Contratista- El Contratista deberá habilitar ambientes para oficinas del Ing. Residente, Administración y Supervisión dotados con mobiliario mínimo), guardianía, almacén, depósito para herramientas, ss.hh., comedor, vestuarios y duchas para el personal obrero, etc., contar con medios de comunicación (radio, teléfono, etc.).- También es obligación del Contratista mantener permanentemente abastecido, en obra un botiquín de primeros auxilios.- Al término de la obra será de obligación del Contratista presentar a la entidad la correspondiente Memoria Descriptiva Valorizada. Si no cumple con esta obligación, la entidad lo elaborará por cuenta y costo del Contratista (S/. 1,000.00 nuevos soles).- Al término de la obra será de obligación del Contratista presentar a la entidad la correspondiente Liquidación Final Valorizada de Obra. Si no cumple con esta obligación, la entidad lo elaborará por cuenta y costo del Contratista (S/. 5,000.00 nuevos soles).- Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución y recepción de obra, no contemplados en estas Bases se regirán por la Ley y el Reglamento. - Las controversias derivadas del presente proceso de adjudicación, así como las que se pudieren derivar de la ejecución o interpretación del correspondiente

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contrato, se resolverán mediante procedimiento arbitral de derecho, de conformidad con lo establecido en el Reglamento.

23 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD

La Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto.

24 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO

Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774 del Código Civil.

25 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 51º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años.

Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en estas Bases se regirán por la Ley y su Reglamento.

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ANEXO 01

CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

ETAPAS DEL PROCESO FECHASConvocatoria 13 de Septiembre

Registro de Participantes Desde el 14 de Septiembre al 02 de Octubre

Presentación de consultas y observaciones Desde del 14 al 18 de SeptiembreAbsolución de consultas y observaciones 27 de SeptiembreIntegración de Bases 28 de SeptiembrePresentación de Propuestas – Acto Público 05 de Octubre a las 10:00 horasEvaluación de propuestas técnicas - Acto Privado 10 de Octubre

Otorgamiento de Buena Pro (*) – Acto Público 12 de Octubre a las 17:00 horas

Visita de Inspección 20 de Septiembre a las 10: 00 en la Oficina General de Infraestructura

La presentación de propuestas técnicas y económicas y el otorgamiento de la buena pro se realizará en acto público en los horarios señalados en el calendario de ejecución, en el Auditorio Ella Dunbar Temple, sito en el Sótano del Edificio Jorge Basadre – Ciudad Universitaria.

(*) El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido, una vez transcurrido el plazo de ocho (8) días hábiles para la interposición del recurso de revisión, sin que los postores hayan ejercido tal derecho.

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ANEXO N 02

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

El que se suscribe, Representante Legal de .................., identificado con DNI Nº ................., RUC. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC. Teléfono Fax

Autorización MunicipalMunicipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Lima, .. ... de ............... de ………

..................................................................Firma y sello del Representante Legal

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

ANEXO Nº 03

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DECLARACION JURADA SEGÚN DISPOSICIONES VIGENTES EN MATERIA DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

El que suscribe, .......…………......................…......., identificado con DNI. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con RUC. N° ........................; DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada, al postular al presente proceso de selección:

1. No tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado conforme a los artículos 8° y 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

2. Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;

3. Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso;

4. Se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro;

5. Conoce las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y normas vigentes sobre la materia;

Lima, ....... de ........................... del 2007

Firma y Sello del Representante Legal

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

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ANEXO Nº 04

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Experiencia mínima de haber ejecutado en los últimos cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria un mínimo de tres (3) obras similares (Infraestructura Educativa y Cultural) al del objeto de la convocatoria, siendo el valor mínimo de cada obra similar el 20% del valor referencial de este proceso de selección. Deben de acreditarse mediante copia simple de los contratos con sus respectivas actas de recepción y conformidad. Las tres obras solicitadas deberán ser distintas a las que consideren en los factores de evaluación como obras similares y generales.

Nº de Folios en la Propuesta Técnica del

Postor Año ENTIDAD O

PROPIETARIOMONTO DEL CONTRATO

DOCUMENTO PROBATORIOS

CONTRATOACTA DE RECEPCIÓN O

RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN (*)

… 2007        … 1        …

.        … 2006        … 1        … .

MONTO TOTAL EN NUEVOS SOLES 

(*) Los Documentos Probatorios deberán presentarse en el mismo orden de la declaración.

Obras Similares se debe entender: Construcción, Ampliación, Remodelación y Rehabilitación de Centros de Educación e Investigación de cualquier nivel, Bibliotecas, Centros Culturales y Artísticos, Laboratorios, Museos y Similares. En este contexto se considerará sólo las Obras Públicas.

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ANEXO Nº 05

CARTA DE COMPROMISO DE PLAZO DE ENTREGA

El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. Nº ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra (incluir denominación), materia de (incluir denominación del proceso), de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente:

PLAZO OFERTADO: (Indicar plazo fijado en el expediente técnico) DIAS CALENDARIO.

Lima, ....... de ........................... del 2007

Firma y Sello del Representante Legal Empresa Postora

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

De existir alguna incongruencia en la presente D.J, el comité Especial lo tomará como error No subsanable, quedando descalificado.

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ANEXO Nº 06

MODELO DE PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

Los que suscriben, don ........................................................................................ identificado con DNI Nº ..............................., representante legal de ............................................................., con RUC. Nº ............................ y don ..............................................., identificado con DNI N° ........................................, Representante Legal de ........................................, con RUC. N° ........................................, DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan consorciadas en ………………………………………… Para tal efecto acordamos designar como REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO COMÚN del Consorcio a don ......................................................................, identificado con DNI Nº........................; el mismo que cuenta con poderes suficientes para ejercitar los derechos y obligaciones que deriven de nuestra calidad de postores y, de ser el caso, del contrato hasta la conformidad de la prestación.Asimismo, las obligaciones que asumirá cada empresa al interior del consorcio son las siguientes:

Empresa: ........................................Obligaciones: (Indicar claramente la obligación(es) que asume, así como el porcentaje de participación correspondiente).

1.- ...........................................................................2.- ...........................................................................3.- …………………………………………………………………………

Empresa: ........................................Obligaciones: (Indicar claramente la obligación(es) que asume, así como el porcentaje de participación correspondiente).1.- ……………………………………………………………………………………… 2.- ……………………………………………………………………………………… 3.- ………………………………………………………………………………………

En caso que se nos otorgue la Buena Pro, y ésta quede consentida, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio.

Lima, ....... de ........................... del 2007

_______________________________ _____________________________ Firma y sello Representante Legal Firma y sello Representante Legal Empresa postora Empresa postora

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

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ANEXO N 07

PROPUESTA ECONOMICA

El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. Nº ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra (incluir denominación), materia de (incluir denominación del proceso), por el siguiente monto (en letras y números):

Sin otro particular quedamos de ustedes,

Atentamente,

______________________________Firma y sello del Representante Legal

Empresa postora

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

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ANEXO N° 08

RELACION DE EQUIPO MINIMO

EQUIPO CANTIDADMEZCLADORA DE CONCRETO

11P3 – 18HP1

VIBRADOR DE CONCRETO 4HP – 2.4”

1

COMPACTADOR VIBRADOR TIPO PLANCHA 7HP

1

COMPRESORA NEUMATICA 93HP 1MARTILLO NEUMATICO DE 29 KG 1

CAMION VOLQUETE 10M3 1

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ANEXO N° 09

CARTA DE COMPROMISO

El que suscribe, mediante la presente se compromete a realizar la función de Ingeniero Residente de obra desde su inicio hasta su terminación de la obra …………………………………………………….. ubicado en el distrito de …………………………, Provincia de ……………… y departamento de ………………., en caso de obtener la Buena Pro en el proceso de selección correspondiente a la Licitación Pública Nº ………………Asimismo declaro que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido; Adjunto al presente la documentación solicitada de acuerdo a las Bases.

………………………………………………NOMBRE Y FIRMA DEL PROFESIONALCIP. NºDNI Nº

Adjunto documentos:1.- Copia de la Colegiatura otorgado por el CIP2.- Currículum Vitae solicitado de acuerdo a las Bases, (ver b3) para calificación (lo necesario para calificación).

Nota: La presente Declaración Jurada debe ser elaborada y llenada por el postor participante, la misma no debe contener firmas del Comité Especial.

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ANEXO Nº 10

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS (Obras en General)

Ref.: LICITACION PÚBLICA Nº …………………..

Obra: …………………………………………………. Nº de Folios en

la Propuesta Técnica del

Postor Año ENTIDAD O

PROPIETARIOMONTO DEL CONTRATO

DOCUMENTO PROBATORIOS

CONTRATOACTA DE RECEPCIÓN

O RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN (*)

… 2007        … 1        … .        … 2006        … 1        … .MONTO TOTAL EN NUEVOS SOLES 

(*) Los Documentos Probatorios deberán presentarse en el mismo orden de la declaración.

Total de las obras debe ser máximo 5 veces el Valor Referencial

Abrir una columna para indicar el porcentaje de participación cuando la obra es de consorcio no olvidar el documento oficial donde se indica los porcentajes de participación.Agregar una columna con los tipos de cambio de dólar cuando transforme a soles por cada una de las obras que declare en el Formato.En el Caso de Consorcios, no se aceptaran certificados de porcentaje de participación dados por sus asociados cuando estas sean del sector privado.

______________________________Firma y sello del Representante Legal Empresa postora

* Colocar el número suficiente de obras para alcanzar el monto máximo indicado en las bases o algo superior, los documentos en exceso no se tomaran en cuenta.Subrayar los datos para la calificación.

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ANEXO Nº 11

OBRAS EJECUTADAS EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS (Obras Similares)

Ref.: ……………………………………………………

Obra: ……………………………………….

Nº de Folios en la

Propuesta Técnica del

Postor

Año ENTIDAD O PROPIETARIO

MONTO DEL CONTRATO

DOCUMENTO PROBATORIOS

CONTRATOACTA DE RECEPCIÓN

O RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN (*)

… 2007        … 1        … .        … 006        … 1        … .MONTO TOTAL EN NUEVOS SOLES 

(*) Los Documentos Probatorios deberán presentarse en el mismo orden de la declaración.

Experiencia en obras similares ejecutadas en los últimos quince (15 años) siendo el valor mínimo del contrato de cada obra S/. 608,275.48 de acuerdo al Reglamento y la suma total debe alcanzar el monto máximo del Valor Referencial, el número de contratos será hasta alcanzar la cifra indicada, documentos en exceso no se calificara.Abrir una columna para indicar el porcentaje de participación cuando la obra es de consorcios no olvidar el documento oficial donde se indica dichos porcentajes. Hacer un cuadro con los tipos de cambio de Dólar cuando los transforme el monto del contrato a soles y conforme a su declaración en el Formato.En el Caso de Consorcios, no se aceptaran certificados de porcentaje de participación dados por sus asociados cuando estas sean del sector privado.

______________________________Firma y sello del Representante Legal Empresa postora

* Colocar el número suficiente de obras para alcanzar el monto máximo indicado en las bases o algo superior, los documentos en exceso no se tomaran en cuenta.Subrayar los datos para la calificación.

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ANEXO Nº 12

RESIDENTE DE OBRARef.: LICITACION PÚBLICA Nº …………………………

Obra: ………………………………………………………..

SERVICIOS PRESTADOS DE RESIDENTE DE OBRAS PÚBLICAS DE EDIFICACIONES

Nº OBRA DURACION DEL

SERVICIO (Ts)

MONTOCONTRATO

DE PRESTACION DE SERVICIO

ENTIDAD O EMPRESA

ACTA O DOCUMENTO

DE RECEPCION

DE OBRA1

2

………………………………………………NOMBRE Y FIRMA DEL DECLARANTECIP ó CAP Nº ……………

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ANEXO N° 13

ROYECTO DE CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA

CONTRATO Nº ........... –2007–U.N.M.S.M.

OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DEL COMEDOR DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA

Conste por el presente documento, el CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA, que celebran de una parte, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con RUC N° 20148092282 y domicilio en Av. Venezuela Cdra. 34, s/n - Lima, debidamente representada por su Director General de Administración, DR. ..................identificado con DNI Nº........................... designado por Resolución Rectoral Nº ......................... a quien en adelante se denominará “SAN MARCOS”, y de la otra parte, la empresa ...................................., sociedad inscrita en la ............................... del Registro de Personas Jurídicas de .................................., con RUC Nº ......................., con domicilio legal en .................................. a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, debidamente representado por ............, identificado con D.N.I. Nº ............................, y domicilio legal en .................................., cuyos poderes de representación se encuentran inscritos en el Asiento ...............Ficha N° ................del Libro de Sociedades del Registro de Personas Jurídicas de ................................, en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES

- Con R.D. Nº ..........................se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNMSM para el año 2007

- Con R.D. N°.................... de fecha ........... se designó el Comité Especial encargado de la conducción del Proceso de Licitación Pública N°.......-2007-UNMSM.

- Con fecha ....... el Comité Especial otorgó la Buena Pro de la Licitación Pública N°.....-2007-UNMSM al postor ....................... por el monto total de S/............ (.............. y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley.

CLAUSULA SEGUNDA.- BASES LEGALES

- Decreto Supremo N° 083-2004-PCM- Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

- Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias.

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.- Ley N° 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.

(revisar)- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Ley Nº 28927 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.- Disposiciones complementarias, modificatorias y supletorias vigentes

CLAUSULA TERCERA.- REFERENCIAS

Cuando en las Bases y el presente Contrato se menciona la palabra “LEY“, se entenderá que se esta refiriendo al Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, la mención al “REGLAMENTO” se entenderá referida al Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

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CLAUSULA CUARTA.- OBJETO

Por el presente documento “SAN MARCOS” contrata a “EL CONTRATISTA” para que ejecute la obra “ ”.ubicado en la ciudad universitaria de la U.N.M.S.M distrito, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con lo expresado en las Bases del Proceso de Selección de la Licitación, que debidamente suscritos por EL CONTRATISTA forman parte integrante del presente contrato.

CLAUSULA QUINTA.- INICIACIÓN, DURACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

“EL CONTRATISTA” se obliga a entregar la obra, objeto del presente contrato, totalmente terminada y a satisfacción de “SAN MARCOS”, en el plazo de ............(en número) días naturales, cuyo inicio y cómputo se realizará de conformidad con el art. 240° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

“EL CONTRATISTA” debe adoptar todas las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la terminación de la obra dentro del plazo fijado.

CLAUSULA SEXTA. - DEL MONTO DEL CONTRATO

Las partes convienen en que la ejecución de la obra se realizará bajo la modalidad de Obra por contrata, sistema de ejecución a suma alzada, por el monto total S/. ...........................(en letras) incluido los impuestos de ley, de acuerdo a la Propuesta Económica presentada, el cual se mantendrá fijo durante el periodo de entrega de la obra. EL CONTRATISTA deja expresa constancia que en el monto antes indicado están incluidos todos los costos por concepto de materiales, mano de obra, herramientas y equipo, obligaciones laborales, leyes sociales, seguros, impuestos y cualquier otro gasto necesario para la ejecución total de la obra y las pruebas que sean necesarias efectuar para verificar la correcta ejecución de los trabajos. De igual forma, EL CONTRATISTA declara haber inspeccionado el lugar de la obra y revisado el proyecto por lo que renuncia expresamente a cualquier reclamación posterior por diferencia en los metrados consignados en su propuesta o por cualquier omisión en la misma.

El monto del Contrato no podrá variar, excepto por la aplicación de las formulas polinómicas o por la ejecución de trabajos adicionales no contemplados en las Bases ni en la propuesta original de EL CONTRATISTA, los que deberán contar con el informe favorable del Inspector y la aprobación de “SAN MARCOS” con Resolución Rectoral.

CLAUSULA SETIMA: DE LOS ANEXOS

Forman parte del presente contrato como Anexos, los siguientes documentos:1. Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.2. Bases integradas que incluyen el Expediente Técnico.3. Acta de otorgamiento de la Buena Pro.4. Cronogramas de Ejecución de Obra (GANTT Y PERT-CPM).5. Calendario Valorizado de Avance de Obra.6. Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos.7. Desconsolidado de Gastos Generales.

En caso de existir alguna dificultad en la interpretación de los documentos arriba mencionados, “SAN MARCOS” tendrá la facultad de efectuar las aclaraciones necesarias.

CLAUSULA OCTAVA.- DE LA FORMA DE PAGO

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Queda establecido que el precio contratado, se efectuará a “EL CONTRATISTA” en nuevos soles y de la forma siguiente:

1. Las valorizaciones tienen carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas el último día de cada mes previsto en las Bases, por el Inspector y EL CONTRATISTA, en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad.

2. El sub total así obtenido se multiplicará por el factor de relación, calculado hasta la quinta cifra decimal. A este monto se le agregará, de ser el caso, el monto correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

3. Es potestad de la entidad efectuar valorizaciones quincenales de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y financiera del pliego.

4. Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por EL CONTRATISTA y el Inspector el último día de cada período establecido en las bases y presentados a SAN MARCOS a más tardar en cinco (5) días del período siguiente. Este último plazo corresponde a la aprobación de la valorización por el Inspector o el Supervisor.

5. Si el Inspector no se presentase para la valorización conjunta con EL CONTRATISTA, la efectuará este último. El Inspector deberá revisar los metrados durante el periodo de aprobación de la misma.

6. Las Valorizaciones serán pagadas en un período máximo que vencerá el último día natural del período siguiente al que corresponde la Valorización. Transcurrido dicho periodo, sin efectuarse el pago por causas ajenas al contratista, éste tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el Código Civil, contado desde la oportunidad en que debió efectuarse.

7. "SAN MARCOS", no procederá a efectuar ningún pago, a excepción de aquellos que surjan por trabajos adicionales que cuenten con la correspondiente aprobación previa Resolución de la máxima autoridad administrativa.

8. Las Valorizaciones se abonarán con sus respectivos reajustes de intereses, los que se calcularán de conformidad a lo establecido en los artículos 1244º,1245º y 1246º del Código Civil y en concordancia con los artículos 255°, 256°, y 257° del Reglamento.

CLAUSULA NOVENA.- DE LA LIQUIDACIÓN FINAL

EL CONTRATISTA presentará la Liquidación Final debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, entregándose con ella a “SAN MARCOS”, la Minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso, en los plazos estipulados en los artículos 269°, 270° y 271° del REGLAMENTO. Entendiendo que la liquidación queda consentida con la Resolución Rectoral respectiva.

EL CONTRATISTA presentará además dos (02) juegos de planos completos de replanteo así como el archivo digitalizado.

CLAUSULA DECIMA.- DE LOS ADELANTOS Y LAS AMORTIZACIONES

“SAN MARCOS” a solicitud de “EL CONTRATISTA”, entregará a éste un Adelanto Directo hasta por el veinte por ciento (20%) del monto del contrato, bastando para tal efecto que el contratista presente una Carta Fianza, con las características de solidaria, incondicional, irrevocable, de realización automática al solo requerimiento de “LA UNIVERSIDAD”, además de la solicitud respectiva, en concordancia con lo indicado en los artículos 244° y 245° del reglamento. LA UNIVERSIDAD entregará el adelanto incluido I.G.V. en un plazo no mayor de siete (7) días naturales contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud y garantía correspondiente.

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Asimismo “SAN MARCOS”, podrá otorgar adelanto para materiales hasta por el cuarenta por ciento (40%) del monto de la obra, previa presentación de solicitud donde señale el material y monto, adjunte fórmula polinómica, cálculo del monto máximo solicitado; Calendario de Adquisición de Materiales y la presentación de una Carta Fianza de naturaleza solidaria, incondicional, irrevocable y de realización automática, por el mismo importe, que se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, pudiendo deducirse de manera proporcional conforme se cumpla con el avance de la obra.

Las Cartas Fianza deberán ser emitidas por una entidad financiera que se encuentre bajo el control y supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

La amortización de los adelantos se efectuará mediante descuentos proporcionales en cada uno de los pagos que se efectúen a EL CONTRATISTA con posterioridad a la entrega de los indicados adelantos.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- DE LAS GARANTIAS DE CUMPLIMIENTO Y REQUISITOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO

“EL CONTRATISTA” presentará como requisito indispensable para la suscripción del contrato lo siguiente:

1.- Presentar 3 ejemplares en original del calendario de adquisición de materiales e insumos el mismo que debe concordar con el calendario valorizado de avance de obra. Además deberá presentar 3 ejemplares en original del Desconsolidado de Gasto Generales, con el Visto Bueno de la Oficina General de Infraestructura Universitaria (Oficina de Obras).

2.- Presentar 3 ejemplares en original del calendario valorizado de avance de obra afectado por el factor de relación, de acuerdo al plazo de ejecución ofertado y en concordancia con el cronograma de desembolsos establecido. Este deberá estar sustentado mediante un cronograma de barra GANTT donde deberán estar incluidas todas las partidas del Expediente Técnico y un PERT-CPM en el que se visualice en forma precisa la ruta crítica de la programación debiendo EL CONTRATISTA efectuar las correcciones del caso para su aprobación definitiva. Cualquier demora será exclusiva responsabilidad del contratista. con el Visto Bueno de la Oficina General de Infraestructura Universitaria (Oficina de Obras).

3.- Certificado de habilidad profesional emitida por el colegio correspondiente (CIP) copia del título profesional y diploma de incorporación al Colegio correspondiente, del Residente de obra propuesto, del Residente de obra propuesto.

4.- Presentación de la constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado emitida por CONSUCODE. Artículo 200° del Reglamento y del Ingeniero Residente propuesto para la Obra en el sobre técnico.

5.- Presentación de la constancia vigente de disponer de la capacidad libre de contratación otorgado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE . Artículo 239° del Reglamento.

6.- De ser el caso, contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados.

7.- Expediente Técnico completo suscrito por el Postor o su representante legal, incluyéndose los documentos relativos a las consultas y sus absoluciones y/o

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aclaraciones. La presentación de esta documentación no enerva responsabilidad de la Entidad por las fallas que pueda tener el Expediente Técnico.

8.- De ser el caso, el postor presentará también, el poder otorgado al representante legal que firmará el Contrato.

9.- Copia del Documento Nacional de Identidad con el Visto Bueno de la Oficina General de Infraestructura Universitaria (Oficina de Obras).con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, del representante legal.

10.- En caso de persona jurídica, se presentará copia del RUC de la empresa y del testimonio de constitución y poder vigente del representante legal.

11.- Original y dos copias Curriculum Vitae documentado del Ingeniero residente, señalando el número de Colegiatura, siendo éste el propuesto en el sobre Técnico, así como el compromiso suscrito de asumir las responsabilidades como residente y de que tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra desde el inicio hasta el término de la obra.

12.- Original y tres copias de las póliza de seguro contra todo riesgo (CAR) y accidentes Personales, aprobadas por la Oficina General de Infraestructura Universitaria (Oficina de Obras), con una vigencia desde la firma del contrato hasta la recepción de la obras, (Artículo 212º del Reglamento); según detalle en bases.

13.- Original y dos copias de la Garantía de Fiel cumplimiento que consistirá en una Carta Fianza bancaria equivalente al diez (10%) del monto adjudicado. La garantía de Fiel cumplimiento deberá estar vigente hasta el consentimiento de la Liquidación Final de la Obra.

14.- El postor adjudicado que no suscriba el contrato puede ser inhabilitado para contratar con el Estado por el Tribunal de CONSUCODE. Ante esta situación, la entidad Entidad puede llamar al postor que ocupó el segundo lugar para la suscripción del contrato, aplicando los mismos plazos descritos precedentemente, contados a partir del día siguiente de haber sido citado.

15.- El contrato está formado por las Bases integradas, y la Oferta ganadora, así como de los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y hayan sido expresamente señalados en el contrato.

16.- Copia de la constancia de ser pequeña empresa o microempresa, otorgada por la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, para el caso de pequeña o microempresas.

17.- Declaración Jurada. Plazo de Ejecución (Anexo Nº 05)

18.- Original y dos copias de la hoja de desagregado de Gastos generales acorde con el indicado en su oferta económica con la que obtuvo la Buena Pro.

19.- Copia de la declaración Jurada ante la SUNAT del Impuesto a la renta del Ejercicio 2006.

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CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- ADICIONALES Y DEDUCCIONES

Para alcanzar la finalidad del contrato, se podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales cuando se cuente con disponibilidad presupuestal, mediante Resolución de su máxima autoridad administrativa en los casos en que su valor, restándole los presupuestos deductivos vinculados a tales adicionales, no superen el diez (10%) del monto total del contrato original (quinta disposición final de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto).

En el caso que supere el 10% del contrato original, luego de ser aprobada por la máxima autoridad administrativa, requiere contar previamente para su ejecución y pago, con la disponibilidad presupuestaria y la autorización expresa de la Contraloría General de la República. Para este caso, se observarán los plazos y procedimiento establecidos en el artículo 266º del Reglamento.

La ejecución de obras adicionales o la reducción de éstas dará lugar a una modificación del plazo contractual, siempre que afecten en la ruta crítica de la programación de la obra. En este supuesto, las garantías se ampliarán o reducirán según corresponda.

CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DEL CUADERNO DE OBRA

En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será foliado y firmado en todas sus páginas por el Supervisor o Inspector y por el Residente de Obra. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el referido cuaderno.

El Cuaderno de Obra deberá tener originales con tres copias desglosables, correspondiendo una de ellas a “SAN MARCOS”, la otra a EL CONTRATISTA y la tercera al Inspector o Supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de “SAN MARCOS”.

En el Cuaderno de Obra se anotarán todas las ocurrencias de la obra. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en dicho cuaderno, se efectuarán directamente a “SAN MARCOS”, por medio de comunicación que deje constancia de dicha solicitud.

Las consultas se formulan en el Cuaderno de Obra y son absueltas por el Supervisor o Inspector, de acuerdo a lo indicado en el artículo 251° del reglamento.

CLAUSULA DECIMA CUARTA.- DEL CONTROL DE LAS OBRAS

EL CONTRATISTA, se compromete a dar todas las facilidades necesarias para la Inspección o Supervisión de la Obra, debiendo someterse al control del Supervisor en todo lo concerniente al aspecto técnico, económico y administrativo de la ejecución de la obra. En tal virtud, EL CONTRATISTA aceptará las instrucciones, órdenes e indicaciones dadas por el Supervisor para la buena ejecución de los trabajos y del material utilizado así como el empleo técnico para el desarrollo de la obra, permitiendo además que en cualquier momento puedan hacerse las visitas, constataciones y controles que “SAN MARCOS” estime conveniente.

CLAUSULA DECIMA QUINTA.- DE LAS PENALIDADES

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- En caso que “EL CONTRATISTA” no cumpliera con la entrega de la Obra y/u observaciones hechas por SAN MARCOS dentro del plazo contractual, se aplicará lo siguiente:

Penalidad por mora, se genera automáticamente por cada día calendario de retraso injustificado en la entrega de los bienes hasta por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto contractual. En todos los casos la penalidad se aplicará y se calculará

de acuerdo a la siguiente fórmula: (Donde F tendrá el valor de 0.15)

Penalidad diaria = 0.10 x Monto de Contrato F x Plazo de días

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, “SAN MARCOS” resolverá el contrato por incumplimiento.

CLAUSULA DECIMA SEXTA.- DE LAS CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO

Con el fin de exceptuar a EL CONTRATISTA de determinada responsabilidad por mora durante la vigencia del presente contrato, “LA UNIVERSIDAD” tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran tener incidencia en la ejecución de la obra.

Se entiende por causa de caso fortuito, al obstáculo externo, no atribuible al hombre, imprevisible o inevitable, proveniente de las condiciones mismas que la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones, explosiones, terremotos y otros análogos).

Se considera fuerza mayor al obstáculo interno, atribuible al hombre, imprevisible o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones y otros análogos).

CLAUSULA DECIMA SETIMA.- DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Además de las obligaciones establecidas en el presente contrato y en las normas aplicables, EL CONTRATISTA tendrá las siguientes obligaciones y responsabilidades específicas:

1. Ejecutar la obra materia del presente contrato, por el monto de su oferta, por el sistema a suma alzada que incluye: materiales, mano de obra, equipo, insumos, gastos generales, seguros, pruebas para verificar la correcta ejecución de los trabajos durante la ejecución y en la etapa de recepción de obra y cualquier otro gasto que sea necesario para la buena ejecución hasta la total conclusión, entrega y formalización de la minuta de Declaratoria de Fábrica o Memoria descriptiva valorizada y planos de replanteo.

2. Ejecutar la obra en estricta conformidad con el Expediente Técnico que debidamente suscritos por “EL CONTRATISTA”, forman parte integrante de este contrato.

3. De acuerdo al artículo 239° del Reglamento, “EL CONTRATISTA” deberá cumplir con:o Designar al Residente de Obra, para lo cual previamente deberá presentar para su

aceptación el currículo vitae debiendo acreditar experiencia como residente en obras similares a la presente. Deberá adjuntar la carta de compromiso suscrito por dicho profesional, en la que indique que se obliga a prestar sus servicios como residente en forma permanente y directa de la obra. Acompañando además su certificado de habilidad profesional emitida por el colegio correspondiente (CIP/CAP).

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o Presentar en tres ejemplares el calendario valorizado de avance de obra afectado por el factor de relación, de acuerdo al plazo de ejecución ofertado y en concordancia con el cronograma de desembolsos establecido. Además la Programación PERT/CPM de avance de obra en donde se registre la ruta crítica.

o Presentar en tres ejemplares el calendario de adquisición de materiales e insumos en concordancia con el calendario valorizado de avance de obra.

4. Mantener inscrito desde el comienzo de la obra y hasta su conclusión a su personal tanto administrativo como obrero en el EsSalud para cubrir las probables enfermedades y contra accidentes que, como consecuencia directa de los trabajos, pudiera sobrevenirles, responsabilizándose exclusivamente por los daños que pudieran sufrir todos sus servidores. Adicionalmente el contratista estará obligado a contratar una póliza de accidentes para su personal administrativo y obrero que participen en la ejecución de la obra.

5. Responder por el pago de indemnizaciones, seguros y beneficios que establezcan las leyes sociales al personal a su servicio e igualmente, por los impuestos, contribuciones, aportaciones que le correspondan por sus trabajadores, pues el propósito de las partes que los derechos de sus servidores deben ser de cuenta exclusiva de “EL CONTRATISTA”.

6. Es obligación y responsabilidad de “EL CONTRATISTA”, atender los juicios, reclamos, demandas o acciones imputables a él o a su personal directa o indirectamente por actividades ilícitas, daños, pérdidas accidentes, lesiones o muertes, producidos dentro de la obra y/o áreas aledañas de su influencia, como consecuencia de la ejecución de trabajos o negligencia.

7. Bajo ningún caso, podrá ceder, transferir o subrogar, total o parcialmente los trabajos relativos a la ejecución de la obra. Sin embargo, podrá subcontratar parcialmente de acuerdo al artículo 208° del REGLAMENTO, con el previo consentimiento y autorización escrita en sentido indubitable de “SAN MARCOS”. En este caso, EL CONTRATISTA será directa y exclusivamente responsable por la calidad y perfección de los trabajos, así como también por todos los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en la obra. Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará a EL CONTRATISTA de sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.

8. Responsabilizarse de la buena conservación de la obra, de no obstaculizar a las dependencias vecinas de SAN MARCOS, así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos de los Consejos Municipales y del Gobierno relacionados al tránsito y trabajos en la vía pública, en forma tal que no dé lugar a reclamos del vecindario ni a sanciones o multas por parte de las Autoridades, siendo de su cuenta, las posibles multas o sanciones, por omisión de tales disposiciones.

9. Es obligación y responsabilidad de “EL CONTRATISTA”, inspeccionar los inmuebles aledaños en el perímetro de la construcción, cuyas instalaciones y/o cimentaciones queden comprendidas en el área de influencia de las excavaciones efectuadas para el proyecto, y que puedan ver afectada su estabilidad o continuidad.

10. EL CONTRATISTA y sus representantes en la obra, están obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, costos y especificaciones técnicas. Si existiesen dudas, harán inmediatamente una consulta al Inspector o Supervisor, quien les responderá dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción de la solicitud. Esta consulta se hará antes de proceder a la ejecución de cualquier trabajo. En caso de no

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actuar en la forma indicada anteriormente, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA todos los pagos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionales.

11. Responsabilizarse frente a “SAN MARCOS” y/o terceros por la calidad ofrecida, por las imperfecciones y por los vicios ocultos de la obra que causen la destrucción parcial o total de la misma, por un plazo no menor de siete (7) años, de conformidad con lo establecido en el artículo 51° de la Ley.

12. Responsabilizarse exclusivamente de todo daño que por acción u omisión hubiera causado a personas, muebles o inmuebles de terceros que se deriven de los trabajos de construcción.

13. EL CONTRATISTA colocará en lugar visible al público el cartel de Obra y mantenerlo durante todo el periodo de construcción, así mismo deberá cumplir con el formato establecido y aprobado por UNMSM y su ubicación será definida en la obra por el Supervisor. El Plazo para la colocación del mencionado cartel será no mayor de 15 días a partir de la fecha de entrega del terreno.

14. “EL CONTRATISTA” proporcionará al Supervisor, todos los informes que estos soliciten sobre la calidad de los materiales empleados y por emplearse, así como el progreso, desarrollo y sistema de ejecución de los trabajos o cualquier otro tipo de información referente a la obra, debiendo EL CONTRATISTA atender las instrucciones del SUPERVISOR.

15. “EL CONTRATISTA” está obligado a presentar al SUPERVISOR y a UNMSM cuantas veces se le solicite el Cuaderno de Obra, Libros de Planilla y cualquier otro documento para la verificación de los dispositivos técnicos, administrativos y legales relacionados con la construcción, sin que por ello el CONTRATISTA quede exonerado de la responsabilidad que le concierne

16. “EL CONTRATISTA” dentro de un plazo máximo de 48 horas de concluida la obra, solicitará mediante cuaderno de obra, precisando la fecha exacta de la culminación de los trabajos, para la recepción de la obra, para la conformidad de la Supervisión.

17. Entregar la Obra mediante la suscripción de un Acta, una vez que “SAN MARCOS” haya dado su conformidad, sin observaciones, de conformidad con el artículo 268º del Reglamento de la Ley.

18. Presentar la Liquidación del contrato debidamente sustentada con la documentación y cálculos detallados, dentro de los plazos estipulados en el art. 269° del Reglamento.

19. Para la cancelación de la primera Valorización, “EL CONTRATISTA” deberá presentar copia del libro de planillas autorizado por la Autoridad Administrativa de Trabajo competente, a partir de la segunda valorización, “EL CONTRATISTA” deberá presentar copia de los comprobantes del mes anterior del cumplimiento de las obligaciones de EsSalud, IES, CONAFOVICER, SENCICO, los pagos de la póliza de seguro de accidentes y copia del libro de planillas correspondientes a los pagos del mes anterior.

CLAUSULA DECIMA OCTAVA.- OBLIGACIONES DE SAN MARCOS

En virtud de este mismo instrumento “SAN MARCOS” se obliga a:

1. Dentro de los diez (10) días de suscrito el contrato la UNMSM cumplirá con designar al Inspector o supervisor de la obra, entregar el expediente técnico de obra completo y el terreno donde se ejecutará la obra.

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2. Otorgar los adelantos previstos y pagar las valorizaciones por avance de obra, de conformidad a lo pactado en le presente contrato.

3. Recepcionar la obra totalmente concluida suscribiendo el acta correspondiente, por intermedio del Comité de Recepción debidamente designado.

CLAUSULA DECIMA NOVENA.- DEL RESIDENTE DE OBRA

De acuerdo con la propuesta técnica presentada por EL CONTRATISTA queda designado como Residente de Obra al _________ Don ______________, con registro del Colegio de __________ Nº___________.

Las partes convienen que las decisiones de carácter técnico referidas a la ejecución de la obra, adoptadas por el Residente, tienen validez y obligan a EL CONTRATISTA, no pudiendo ser enervados aún por sus representantes legales.

Queda prohibido el reemplazo del Residente de Obra. Sin embargo, por causa debidamente justificada y previa aceptación por escrito de “SAN MARCOS”, este podrá ser reemplazado, siempre que el reemplazante reúna las mismas o mejores calidades y cualidades profesionales. El Residente permanecerá en obra hasta la aprobación del cambio solicitado.

CLAUSULA VIGÉSIMA.- RECEPCIÓN DE LA OBRA

La Recepción de Obra se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 268° del REGLAMENTO.

Antes de la Recepción de la Obra, “EL CONTRATISTA” debe entregar al Supervisor o Inspector los planos de replanteo de la obra: en archivos magnéticos y una copia del ejemplar firmados por el Residente de Obra, Representante Legal del contratista y supervisor o inspector de la obra.

CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- DE LA SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS

Si los trabajos se suspenden por negligencia de EL CONTRATISTA en observar y cumplir correctamente las condiciones de seguridad para el personal o para terceros, o por incumplimientos de las ordenes dadas por el Supervisor o Inspector, o por inobservancia de las prescripciones del Contrato, el tiempo que los trabajos permanezcan suspendidos no será ampliado el plazo de entrega de la Obra, ni corresponderá pago alguno por el mantenimiento de la misma.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS

a. Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelta de manera definitiva mediante Conciliación o Arbitraje de conformidad con los artículos 272° al 292° del REGLAMENTO y del 53° al 57° de la Ley.

b. En todo lo no previsto en la presente cláusula se atendrá a lo dispuesto en el Reglamento arbitral de la institución administrativa del arbitraje y las disposiciones de la Ley General de Arbitraje (Ley Nº 26572).

CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

“SAN MARCOS” podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) del artículo 41° de la LEY y el artículo 267° del REGLAMENTO.

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CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- CONTRATO DE OBRA CON PLAZO QUE EXCEDE EL AÑO FISCAL

La ejecución del presente contrato está sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera del pliego, en el marco de los calendarios de compromiso, las asignaciones trimestrales de gastos y las leyes anuales de presupuesto correspondiente, por lo cual “SAN MARCOS” no asumirá responsabilidad en caso de ausencia de disponibilidad presupuestaria y financiera.

CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- DISPOSICIÓN FINAL

Todo lo no previsto en el presente contrato, se regirán por lo dispuesto en el Texto Unico Concordado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM y, su Reglamento aprobado por el D.S. N° 084-2004-PCM y demás disposiciones complementarias, modificatorias y suplementarias de esta norma y las que se dicten.Así mismo, son de aplicación del presente Contrato las normas pertinentes al Código Civil y todas aquellas relacionadas con este tipo de relaciones contractuales.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- INTANGIBILIDAD

Las partes declaran que en la elaboración y suscripción de este contrato no ha mediado causal de nulidad ni anulabilidad alguna que lo invalide total o parcialmente, aceptando todos y cada una de las cláusulas que contiene y lo suscriben en cuatro (04) ejemplares sus representantes legales que se mencionan en las generales introductorias de este mismo instrumento, a los ........ días del mes de ..............del 2007.

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ANEXO Nº 14

RESIDENTE DE OBRARef.: LICITACION PÚBLICA Nº …………………………

Obra: ………………………………………………………..

SERVICIOS PRESTADOS DE RESIDENTE DE OBRAS DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL EN EDIFICACIONES

Nº OBRA DURACION DEL

SERVICIO (Ts)

MONTOCONTRATO

DE PRESTACION DE SERVICIO

ENTIDAD O EMPRESA

ACTA O DOCUMENTO

DE RECEPCION

DE OBRA1

2

………………………………………………NOMBRE Y FIRMA DEL DECLARANTECIP ó CAP Nº ……………

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