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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO La informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de los Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016 Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA Autor: Tapia Martínez Jenny Lorena Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo Quito, diciembre 2016

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR CARRERA DE · PDF fileA mi esposo Mauricio Gordillo, ... A mi Tutor Dr. MSc. José Antonio Burneo por apoyarme en el proceso de construcción de

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

La informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de

los Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

Autor: Tapia Martínez Jenny Lorena

Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo

Quito, diciembre 2016

ii

DERECHOS DE AUTOR

Jenny Lorena Tapia Martínez en calidad de autora del trabajo de investigación “La

informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de los

Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016”, autorizo a la

Universidad Central del Ecuador hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o parte

de los que contiene esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.

Los derechos que como a me corresponden, con excepción de la presente autorización,

seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 7, 8; 19

y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.

También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador para que realice la digitalización y

publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

Firma:

Jenny Lorena Tapia Martínez

C.C: 171430706-1

iii

APROBACIÓN DEL TUTOR

DEL TRABAJO DE TITULACIÓN.

iv

DEDICATORIA

A mi querido y amado Dios por darme la vida, y acompañarme día a día darme las fuerzas

para salir adelante mandando ángeles a cada paso que voy, que han sabido iluminar mi

camino y llenarlo de éxitos.

A mi hijos Alexander Chacón y Matthias Gordillo son la razón de ser de mi vida llenándola

de alegría y satisfacción.

A mi madre Mirian Martínez quien ha sido un ejemplo de tenacidad y liderazgo apoyándome

en todo momento, a mi padre José Tapia por creer en mí darme la fuerza y el impulso para

estudiar esforzarme y ser ejemplo para mi sociedad.

A mis hermanos Lenin, Daniel, Diego, Jorge por su amor y apoyo incondicional y ejemplo de

responsabilidad y superación.

A mi esposo Mauricio Gordillo, por apoyarme incondicionalmente por su compresión y

amistad es parte de este logro.

A mi tío Hugo Tapia por ser ese apoyo incondicional en todo momento desde mi niñez hasta

hoy, este es un logro más para la familia.

A mis compañeros de la Gloriosa Universidad Central del Ecuador por acompañarme en las

aulas que dejo con nostalgia ya que aprendí más allá de mi carrera que existe la verdadera

amistad.

A mis amigos que son parte de este triunfo, gracias por su apoyo y que me han acompañado a

conseguir mis sueños.

A mis maestros por ser la luz de la sabiduría y amistad mil gracias este es el fruto de mi

aprendizaje.

A mis queridos amigos Juan Pablo Alomia, Juan Borja que aunque no están aquí seguro

desde el cielo se alegran y me acompañaran por siempre.

A mi Tutor Dr. MSc. José Antonio Burneo por apoyarme en el proceso de construcción de

este proyecto que será de guía fundamental para los emprendedores de mi Patria.

v

AGRADECIMIENTO

A mis maestros que con su sabiduría llenaron mi mente de conocimiento, a mis padres,

hermanos, tíos abuelitos, familia en general, mis amigos, compañeros mi reconocimiento

especial por estar pendientes y darme la fuerza para salir adelante, a todas las personas que

han sido parte de este proceso de aprendizaje por ser maestros en este camino, mil gracias por

enseñarme que los sueños se pueden llegar a cumplir si te comprometes con tu meta.

A todos mil gracias por confiar en quien soy, que he hecho y lo que pude lograr.

vi

ÍNDICE DE CONTENIDOS

DERECHOS DE AUTOR ......................................................................................................... ii

APROBACIÓN DEL TUTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN. .................................... iii

DEDICATORIA ....................................................................................................................... iv

AGRADECIMIENTO ............................................................................................................... v

ÍNDICE DE CONTENIDOS .................................................................................................... vi

LISTA DE TABLAS ................................................................................................................. x

LISTA DE GRÁFICOS ............................................................................................................ xi

RESUMEN .............................................................................................................................. xii

ABSTRACT ........................................................................................................................... xiii

INTRODUCCIÓN. .................................................................................................................... 1

CAPÍTULO I ............................................................................................................................. 2

1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA. ........................................................................................ 2

1.1. Antecedentes del problema. ............................................................................................ 2

1.2. Planteamiento, descripción y definición del problema. .................................................. 3

1.3. Formulación del problema. ............................................................................................. 3

1.4. Preguntas directrices. ...................................................................................................... 3

1.5. Objetivos generales y específicos. .................................................................................. 4

1.5.1. Objetivo general. .......................................................................................................... 4

1.5.2. Objetivos específicos. .................................................................................................. 4

1.6. Justificación. ................................................................................................................... 4

CAPÍTULO II ............................................................................................................................ 6

2. MARCO GENERAL. ............................................................................................................ 6

2.1. Marco teórico. ................................................................................................................. 6

TÍTULO I ................................................................................................................................... 6

ECONOMÍA PUPULAR Y SOLIDARIA ................................................................................ 6

vii

2.1.1. Definición de Economía Popular y Solidaria............................................................... 6

2.1.2. Principios de la Economía Popular y Solidaria............................................................ 8

2.1.3. Entidades que integran la Economía Popular y Solidaria. ........................................... 9

2.1.4. Unidades Económicas Populares. .............................................................................. 10

TITULO II ............................................................................................................................... 12

EL COMERCIO INFORMAL ................................................................................................. 12

2.1.5. Antecedentes del comercio informal. ........................................................................ 12

2.1.6. Definición de comercio informal. .............................................................................. 14

2.1.7. Tipos de comercio informal. ...................................................................................... 15

2.1.8. Características del comercio informal. ...................................................................... 16

TITULO III .............................................................................................................................. 18

EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS .............................................................................. 18

2.1.9. Definición. ................................................................................................................. 18

2.1.10. Tipos de emprendimientos productivos. .................................................................. 19

TITULO IV .............................................................................................................................. 19

EL BUEN VIVIR O EL SUMAK KAWSAY ......................................................................... 19

2.1.11. Conceptualización. ................................................................................................... 19

TÍTULO V ............................................................................................................................... 22

DERECHO COMPARADO .................................................................................................... 22

2.1.12. Derecho ecuatoriano y colombiano. ........................................................................ 22

2.1.12.1. Semejanzas y Diferencias entre el Derecho ecuatoriano y colombiano. .............. 29

2.2. Marco legal. .................................................................................................................. 30

Constitución de la República del Ecuador de 2008. ............................................................ 30

Código Orgánico Monetario y Financiero. .......................................................................... 31

Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y

Solidario. .............................................................................................................................. 32

viii

Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero

Popular y Solidario. ............................................................................................................. 33

2.3. Trabajos previos. ........................................................................................................... 34

2.4. Definición de términos básicos. .................................................................................... 36

2.5. Estado de la situación actual del problema. .................................................................. 37

3. METODOLOGÍA UTILIZADA. ........................................................................................ 39

3.1. Métodos......................................................................................................................... 39

3.1.1. Método inductivo. ...................................................................................................... 39

3.1.2. Método deductivo. ..................................................................................................... 39

3.2.3. Método dogmático jurídico. ....................................................................................... 40

3.2.4. Método histórico. ....................................................................................................... 40

3.2.5. Método comparativo. ................................................................................................. 40

3.2. Técnicas e instrumentos de la investigación. ................................................................ 41

3.2.1. Técnicas de investigación de campo. ......................................................................... 41

3.2.1.1. La observación. ....................................................................................................... 41

3.2.1.2. La encuesta.............................................................................................................. 41

3.2.2. Técnicas de investigación bibliográficas. .................................................................. 42

3.2.2.1. El fichaje. ................................................................................................................ 42

3.3. Operacionalización de las variables e indicadores. ....................................................... 42

3.3. Población y muestra. ..................................................................................................... 43

CAPÍTULO IV......................................................................................................................... 45

4. DISCUSIÓN. ....................................................................................................................... 45

4.1. Procedimiento de la ejecución de la investigación. ...................................................... 45

4.2. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual. ........................ 45

Pregunta uno. ....................................................................................................................... 46

Pregunta dos. ........................................................................................................................ 48

Pregunta cinco. ..................................................................................................................... 54

ix

Pregunta seis. ....................................................................................................................... 56

Pregunta siete. ...................................................................................................................... 58

4.3. Resultados de la aplicación del plan de intervención-acción. ....................................... 62

CAPÍTULO V .......................................................................................................................... 63

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. ................................................................. 63

5.1. Conclusiones. ................................................................................................................ 63

5.2. Recomendaciones. ........................................................................................................ 64

CAPÍTULO VI......................................................................................................................... 65

6. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA. ........................................................ 65

6.1. Datos informativos. ....................................................................................................... 65

6.2. Antecedentes de la propuesta. ....................................................................................... 66

6.3. Justificación. ................................................................................................................. 66

6.4. Objetivos. ...................................................................................................................... 67

6.4.1. Objetivo general. ........................................................................................................ 67

6.4.2. Objetivos específicos. ................................................................................................ 67

6.5. Resultados esperados. ................................................................................................... 68

6.6. Desarrollo de la propuesta. ........................................................................................... 68

BIBLIOGRAFÍA. .................................................................................................................... 71

x

LISTA DE TABLAS

Tabla 1.- Palabra “Sumak” según varios autores. .................................................................... 19

Tabla 2.- Palabra “Kawsay” según varios autores. .................................................................. 20

Tabla 3.- Derecho comparado: Ecuador – Colombia. Economía Popular y Solidaria. ........... 22

Tabla 4.- Variable independiente: ............................................................................................ 42

Tabla 5.-Variable dependiente. ................................................................................................ 43

Tabla 6.- Población y muestra. ................................................................................................ 44

Tabla 7.- Actividad. ................................................................................................................. 45

Tabla No. 8.- Pregunta No. 1. .................................................................................................. 46

Tabla No. 9.- Pregunta No. 2. .................................................................................................. 48

Tabla No. 10.- Pregunta No. 3. ................................................................................................ 50

Tabla No. 11.- Pregunta No. 4. ................................................................................................ 52

Tabla No. 12.- Pregunta No. 5. ................................................................................................ 54

Tabla No. 13.- Pregunta No. 6. ................................................................................................ 56

Tabla No. 14.- Pregunta No. 7. ................................................................................................ 58

Tabla No. 15.- Resultados de la encuesta. ............................................................................... 60

xi

LISTA DE GRÁFICOS

Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1. ............................................................................................... 46

Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2. ............................................................................................... 48

Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3. ............................................................................................... 50

Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4. ............................................................................................... 52

Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5. ............................................................................................... 54

Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6. ............................................................................................... 56

Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7. ............................................................................................... 58

Gráfico No. 8. Resultados de la encuesta. ............................................................................... 62

xii

TEMA: “La informalidad de los emprendimientos productivos, afecta el cumplimiento de

los Derechos del Buen Vivir, en el Distrito Metropolitano de Quito, año 2016”

Autor: Jenny Lorena Tapia Martínez

Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo

RESUMEN

A partir de la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador de 2008, se

ha dado un impulso a la Economía denominada Popular y Solidaria, debido a que uno de sus

principios fundamentos es la solidaridad, constituyéndose de esta manera en una de las bases

para llegar al tan deseado Buen Vivir. Los emprendimientos productivos son espacios que

generan inclusión social, solidaridad y trabajo en equipo, ya que incorporan elementos como

el trabajo, el cooperativismo y la asociación, los cuales se unen con el objetivo de elaborar

productos o brindar servicios que propenden a que sus miembros en conjunto logren

satisfacer sus necesidades económicas. El problema radica en la informalidad de los

emprendimientos productivos, como por ejemplo las ventas ambulantes (autoempleo), las

cuales realizan las personas para generar ingresos que les permitan sobrevivir, negocios que

se encuentran fuera del mercado formal y organizado llamados empleos informales, por la

falta de legalización que no les permiten ser acreedores de los respectivos derechos y otros

beneficios como el acceso al crédito y a programas que el gobierno de turno hubiere creado

para este tipo de organizaciones, que integran esta nueva economía y que no cuentan con la

información adecuada y actualizada, lo cual conlleva a que la mayoría de personas trabajen

de forma irregular. Por esta razón la propuesta de la investigación planteada se centra en el

análisis de la Economía Popular y Solidaria desde el punto de vista jurídico, para incorporar

una disposición legal, que permita a los emprendimientos que se encuentren en la

informalidad mediante la capacitación obtener información jurídica acerca del procedimiento

y de los requisitos para legalizar asociaciones; y, de esta manera establecer un mecanismo

efectivo para las asociaciones que surgen en el Distrito Metropolitano de Quito enmarcadas

dentro de la Ley de Economía Popular y Solidaria.

PALABRAS CLAVE: ASOCIACIONES / EMPRENDIMIENTOS / BUEN VIVIR

(SUMAK KAWSAY) / COMERCIO INFORMAL / ECONOMÍA POPULAR Y

SOLIDARIA / PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR.

xiii

TITLE: "The productive informality of enterprises, affecting the fulfillment from the rights

of Good Living in the Metropolitan District of Quito, 2016"

Author: Jenny Lorena Tapia Martínez

Tutor: Msc. Dr. José Antonio Burneo Burneo

ABSTRACT

Since come into force from Constitution of the Republic of Ecuador in 2008, the Popular and

Solidarity Economy has been given an impetus, since one of its fundamental principles is

solidarity, constituting itself in one from bases to reach the much desired Good Living.

Productive enterprises are spaces that generate social inclusion, solidarity and teamwork, as

they incorporate elements such as work, cooperativism and partnership, which unite with the

objective of developing products or providing services that tend to their members in meet

their economic needs. The problem lies in the informality of productive enterprises, such as

street vending (self-employment), which people do for generating income that allows them to

survive, businesses that are outside the formal and organized market called informal jobs,

lack legalization that do not allow them to be credited with the respective rights and other

benefits such as access to credit and programs from the government in turn created for this

kind of organizations that integrate this new economy and do not have adequate information

and updated, which means that most people work irregularly. For this reason, the proposed

research focuses on the analysis of the Popular and Solidarity Economy from the legal point

of view, to incorporate a legal provision, which allows enterprises that are in the informal

sector through training to obtain legal information about the procedure and the requirements

to legalize associations; and in this way establish an effective mechanism for the associations

that arise in the Metropolitan District of Quito framed within the Law from Popular and

Solidary Economy.

KEYWORDS: ASSOCIATIONS / ENTERPRISE / GOOD LIVING (SUMAK KAWSAY) /

TRADE INFORMAL / POPULAR AND SOLIDARITY ECONOMY / NATIONAL PLAN

OF GOOD LIVING.

1

INTRODUCCIÓN.

El presente trabajo investigativo se desarrollará dentro de los siguientes capítulos:

Capítulo I, Se refiere a la definición del problema, en el cual se encuentran los

antecedentes, planteamiento y formulación del problema, así como las preguntas directrices,

objetivos generales y específicos y por último la justificación.

Capítulo II, Se refiere al Marco General en el cual se encuentran el marco teórico, marco

legal, trabajos previos, definición de términos básicos y por último el estado de la situación

actual del problema.

Capítulo III, Se refiere a la metodología utilizada, en el cual se encuentran los métodos,

las técnicas, la operacionalización de las variables, la población y muestra y los instrumentos

y o materiales utilizados en la investigación.

Capítulo IV, Se refiere a la discusión, en la cual se encuentran el procedimiento de la

ejecución de la investigación, el análisis e interpretación de datos en función del enfoque

conceptual y los resultados de la aplicación del plan de intervención – acción.

Capítulo V, en el cual se encuentran las conclusiones y las recomendaciones.

Capítulo VI, que se refiere a la propuesta de resolución al problema, en el cual se

encuentran los datos informativos, los antecedentes de la propuesta, la justificación, los

objetivos generales y específicos, los resultados esperados y la propuesta propiamente dicha.

Por último, se encuentra la respectiva Bibliografía.

2

CAPÍTULO I

1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA.

1.1. Antecedentes del problema.

El llamado emprendimiento productivo se origina desde épocas antiguas con el inició de la

humanidad, ya que el ser humano desde sus inicios ha tenido siempre el deseo de superarse

para tener una mejor calidad de vida. La palabra emprendimiento en el pasado solamente se

la empleaba para referirse al esfuerzo que pone una persona para alcanzar una meta que se ha

fijado, posteriormente también se la empleaba para referirse a una persona que creaba una

empresa, compañía, asociación o proyecto; en la actualidad la palabra emprendimiento se

refiere a las personas que como empresarios son innovadores, tienen una actitud proactiva y

agregan valor a un producto o proyecto ya existente.

Gracias al deseo de sobrevivencia que los seres humanos han forjado durante

inmemorables tiempos, se ha podido desarrollar mayores y asombrosas capacidades, ahora,

no solamente para sobrevivir, sino también para producir grandes y mejores cambios en el

entorno que los rodea. De esta manera llegamos al emprendimiento en la actualidad teniendo

en cuenta que para ser emprendedor exitoso no se debe poner como base el sistema

burocrático sino más bien el esfuerzo y la capacidad individual y colectiva, es decir un

emprendedor exitoso es el que por su propia cuenta desarrolla nuevos negocios y proyectos y

no está esperanzado en la ayuda pública organismos nacionales o internacionales.

El problema radica en que al igual que en épocas pasadas en la actualidad existen varios

emprendimientos productivos y asociaciones que no se encuentran debidamente legalizadas,

que se hallan trabajando en sus proyectos desde la informalidad. Es por esta razón que es

importante el tema de investigación planteado, para contribuir de cierta manera propendiendo

a la legalización de esas asociaciones y emprendimientos productivos.

3

1.2. Planteamiento, descripción y definición del problema.

La Constitución de la República del Ecuador (aprobada en 2008), establece que el

sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin, con el

objetivo de garantizar la reproducción de las condiciones para posibilitar el buen vivir. El

sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública, privada,

mixta, popular y solidaria. Ecuador se encuentra en un proceso de cambio en la matriz

productiva que tiene como finalidad el buen vivir. En nuestro país un gran porcentaje de las

personas enfocan su energía, esfuerzos y estudios en aprender carreras técnicas con el fin de

conseguir un empleo digno: según las estadísticas el 4.04% de la población de Quito Distrito

Metropolitano se encuentran desempleados específicamente, mujeres y jóvenes que buscan

su primer empleo (fuente de información). La falta de oportunidades, un empleo digno que

cubra las necesidades de los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito, hacen que las

asociaciones que integran la Economía Popular y Solidaria sea una alternativa para el

desarrollo de la autonomía económica familiar.

1.3. Formulación del problema.

¿De qué manera influye la informalidad de los emprendimientos productivos, en el

cumplimiento de los derechos del buen vivir, que se encuentran reconocidos por la

Constitución de la República del Ecuador de 2008?

1.4. Preguntas directrices.

¿Qué es Sistema Social y Solidario?

¿Qué es Economía Popular y Solidaria?

¿Por qué es importante el estudio del sistema social y solidario?

4

¿Cuál es el marco jurídico aplicable a la legalización de las organizaciones del

sistema social y solidario?

1.5. Objetivos generales y específicos.

1.5.1. Objetivo general.

Incorporar una disposición legal, que establezca obligatoriedad de implementar un

sistema de capacitación masiva a todas las organizaciones que nacen de la Economía

Popular y Solidaria.

1.5.2. Objetivos específicos.

Presentar un esquema de información a las personas y a las asociaciones que deseen

legalizarse dentro de la Economía Popular y Solidaria.

Determinar cuáles son las principales actividades productivas que integran la

Economía Popular y Solidaria.

Determinar cuáles son las causas para que algunas asociaciones no se hallan

debidamente legalizadas dentro del Sistema de Economía Popular y Solidaria.

1.6. Justificación.

Es importante esta investigación porque constituye un gran aporte para las asociaciones

del Distrito Metropolitano de Quito que realizan actividades dentro de la Economía Popular y

Solidaria, ya que la mayoría de ellas no están legalizadas, lo que impide acceder a programas

y proyectos establecidos en el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017 y que son parte de las

5

Políticas Públicas que han implementado los diferentes Ministerios y que tienen que ver con

iniciativas del sector productivo solidario.

La presente investigación es factible, ya que existe el material académico necesario para

realizar una correcta investigación, es decir existen investigaciones previas y sobre todo

existen libros que tienen concordancia con el tema de investigación planteado; de la misma

manera existe normativa legal que regula a la Economía Popular y Solidaria.

A pesar de que los grupos comunitarios y las asociaciones son conocidas desde épocas

pasadas, el tema de investigación planteado es un problema que existe en la actualidad y que

no ha sido estudiado aún por medio de una investigación, por esta razón es un tema novedoso

cuyo problema necesita una solución urgente.

El tema de investigación planteado está alineado al Plan Nacional del Buen Vivir

específicamente lo relacionado con el objetivo número 8 que se refiere a “Consolidar el

sistema económico social y solidario, de forma sostenible”; y, con el objetivo número 9 que

se refiere a “garantizar el trabajo digno en todas sus formas”. (Plan Nacional para el Buen

Vivir, 2013-2017).

6

CAPÍTULO II

2. MARCO GENERAL.

2.1. Marco teórico.

TÍTULO I

ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

2.1.1. Definición de Economía Popular y Solidaria.

En primer lugar, es necesario establecer lo que es la economía que, según el Diccionario

Enciclopédico Universal, Nuevo Milenio es la “riqueza pública, conjunto de ejercicios e

intereses económicos. Estructura o régimen de alguna organización o institución”.

(Diccionario Enciclopédico Universal, Nuevo MIlenio, 2002).

En segundo lugar, es necesario establecer que significa lo popular que ha decir de la Real

Academia de la Lengua Española, es lo “perteneciente o relativo al pueblo. Perteneciente o

relativo a la parte menos favorecida del pueblo”. (Real Academia Española, 2014).

En tercer lugar, es necesario precisar lo que es lo solidario que según la Real Academia de

la Lengua Española es lo “adherido o asociado a la causa, empresa u opinión de alguien”.

(Real Academia Española, 2014). Como concordancia José Luis Coraggio establece que “la

solidaridad es el elemento más importante de la Economía Popular, ya que la calidad de

vida alcanzable depende no sólo de las capacidades y recursos materiales, sino también

depende del entendimiento de lo que es justo y posible”. (Coraggio, Economía social y

solidaria. El trabajo antes que el capital, 2011).

A este respecto y uniendo todas las definiciones anteriores se puede precisar que la

economía social y solidaria, es la afirmación de que otra economía es posible, la cual se

7

hace posible a través de los trabajos informales y del pensamiento de que los trabajos dentro

del sector capitalista, para algunas personas ya no es una opción. (Coraggio, Economía

social y solidaria. El trabajo antes que el capital, 2011).

En la Constitución de la República del Ecuador de 2008, específicamente en su artículo

283, se establece que el sistema económico del país es social y solidario, en el cual se le

considera al ser humano como sujeto y fin, cuya característica es la de propiciar una

relación entre la sociedad, el Estado y el mercado, siempre encaminado a conseguir el buen

vivir, en armonía con la naturaleza. Las organizaciones que se encuentran dentro de este

sistema económico son las de, economía pública, privada, mixta, en especial la popular y

solidaria que se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de Economía Popular y

Solidaria, la cual también regula a los sectores comunitarios, asociativos y cooperativas.

(Constitución de la República del Ecuador, 2008).

En el artículo número uno (1) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, se

establece la definición de lo que es precisamente la economía popular y solidaria, la cual no

es más que una forma de organización económica, en donde las personas ya sean

individualmente o en forma colectiva, producen, intercambian, comercializan, financian y

consumen tanto bienes, así como servicios, con el único objetivo de satisfacer las

necesidades y generar ingresos que les permitan sobrevivir. Dicho proceso debe estar

siempre basado en relaciones de solidaridad y cooperación, teniendo en cuenta al ser

humano como sujeto y fin de dicha actividad, para con ello conseguir el tan anhelado buen

vivir que se encuentra establecido en la Constitución de la República del Ecuador. (Ley

Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).

Entonces la economía popular y soldaría se refiere a una organización de tipo económica

en donde sus integrantes realizan actividades de producción, comercialización, consumo

tanto de bienes, así como de servicios, para de esta manera generar ingresos que les sirvan

para cubrir sus necesidades tanto individuales, así como colectivas.

8

2.1.2. Principios de la Economía Popular y Solidaria.

En cuanto se refiere a los principios de la economía popular y solidaria, la ley que la

regula (Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria), en su artículo cuatro (4) establece

ocho (8) principios que son la base de esta economía. A continuación, se señalan cada uno

de ellos:

La búsqueda del buen vivir y del bien común. - La economía popular y solidaria debe

buscar siempre la satisfacción de las necesidades tanto del individuo como de la sociedad.

Propone entre sus ideales una vida más justa para todos, generando un desarrollo para

todas las personas de manera sostenible, sustentable, para conseguir el tan anhelado buen

vivir, pero siempre en armonía plena con la naturaleza.

La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre los

individuales. Este principio se refiere a que las organizaciones que integran la economía

popular y solidaria, no deben pensar en el capital como el fin de la organización, ya que

solamente es un medio que sirve para la satisfacción de las necesidades de los seres

humanos, es decir el hombre es considerado como sujeto y fin dentro de esta economía. Este

principio opta por una distribución más equitativa de los ingresos de las organizaciones.

El comercio justo y consumo ético y responsable. - Este principio se refiere a que las

relaciones comerciales que existen entre las organizaciones, tienen que ser, transparentes,

responsables, siempre teniendo en cuenta los valores éticos y los valores que se fijen en cada

organización.

La equidad de género. - Este principio se refiere a que las personas no pueden ser

discriminadas por razón de género, es decir la economía popular y solidaria supone la

igualdad entre hombre y mujer, sin ninguna distinción, esto es los privilegios son para

ambos no solamente para los hombres o solo para las mujeres.

El respeto a la identidad cultural. - No se puede excluir a las personas por sus creencias,

sus tradiciones, su modo de vestir y su comportamiento, ya que la Constitución de la

9

República del Ecuador de 2008, en su artículo uno (1), establece que “el Ecuador es un

Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente,

unitario, intercultural, plurinacional y laico”. (Constitución de la República del Ecuador,

2008).

La autogestión. - Este principio se refiere a que las organizaciones que integran la

economía popular y solidaria, tienen la facultad y el derecho de tomar sus propias decisiones

en cuanto se refiere a su desarrollo autónomo, pero dichas decisiones deben estar apegadas a

la ley.

La responsabilidad social ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas. - Este

principio se refiere a que cada una de las organizaciones que integran la economía popular y

solidaria deben mejorar los procedimientos de sus actividades, para hacerlas más acordes y

responsables con, el ambiente, con cada uno de sus miembros y con la sociedad.

La distribución equitativa y solidaria de excedentes. - Este principio se refiere a que se

debe mantener un adecuado equilibrio entre los requerimientos de la organización y la de los

socios.

2.1.3. Entidades que integran la Economía Popular y Solidaria.

El artículo setenta y ocho (78) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,

especifica que “las organizaciones que integran dicha economía son las entidades

asociativas o solidarias, las cooperativas de ahorro y crédito; y, las cajas y bancos

comunales y cajas de ahorro”. (Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).

En cuanto se refiere a las entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, el

Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, en su artículo noventa (90)

preceptúa que:

Son organizaciones que pertenecen al Sector Financiero Popular y Solidario, que

realizan sus actividades, exclusivamente, en los recintos, comunidades, barrios o

10

localidades en donde se constituyen y se pueden financiar, con sus propios recursos o

con fondos provenientes de programas o proyectos ligados al desarrollo de sus

integrantes. Ejercerán su actividad exclusivamente en un área de influencia que no

afecte a otras entidades financieras con estos fines o propósitos. (Reglamento a la

Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2012).

En cuanto se refiere a las cajas de ahorro el artículo noventa y uno (91) del Reglamento a

la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, establece que “son las organizaciones

integradas por miembros de un mismo gremio o institución; por grupos de trabajadores con

un empleador común, grupos familiares, barriales; o, por socios de cooperativas distintas a

las de ahorro y crédito”. (Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,

2012).

2.1.4. Unidades Económicas Populares.

Son unidades económicas populares, los emprendimientos productivos o unipersonales, la

economía del cuidado, los domésticos, los familiares, los comerciantes minoristas y

artesanos, que realizan sus actividades de prestación de bienes y servicios, de producción y

de comercialización, en base a la solidaridad y cooperación. Es decir, son organizaciones

pequeñas, cuyas actividades son destinadas a producir, prestar servicios, comercializar, que

cumplen como todas las organizaciones del sistema económico popular y solidario, con los

principios de ayuda mutua y solidaridad. Sobre estas unidades económicas populares se

establecen del artículo setenta y tres (73) al setenta y siete (77) de la Ley Orgánica de

Economía Popular y Solidaria.

En el artículo setenta y cuatro (74) de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,

se establece sobre las personas encargadas de la economía del cuidado, que no son más que

las personas naturales que realizan actividades encaminadas a la preparación de alimentos y

cuidado de los seres humanos, es decir para el sostenimiento de la vida de las personas. (Ley

Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).

11

Así mismo el artículo setenta y cinco (75) del mismo cuerpo legal, menciona que los

emprendimientos unipersonales, familiares y domésticos son personas o grupos de ellas, que

realizan producción y comercialización de bienes o prestación de servicios, pero a pequeña

escala, es decir son actividades realizadas por trabajadores autónomos, miembros de la

familia, con el propósito de satisfacer sus necesidades. (Ley Orgánica de Economía Popular

y Solidaria, 2011).

El artículo setenta y seis (76) de la misma ley, en cambio, habla acerca de los

comerciantes minoristas, que son las personas que tienen un pequeño negocio propio, que

ofrecen artículos, bienes de uso y consumo, así como prestación de servicios. Son

reconocidos como comerciantes minoristas siempre y cuando no excedan el límite de

personas que trabajen con salario, no excedan también el límite de capital, de venta y

activos, que son fijados por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. (Ley

Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011).

Por último, el artículo setenta y siete (77) de la Ley, establece sobre los artesanos, que

son los trabajadores manuales, los maestros de taller, los cuales ejercen su actividad de

manera personal. La mayoría son propietarios de talleres que se encuentran legalmente

reconocidos, los cuales no deben sobrepasar los límites de operarios, de maquinarias, de

materias primas y de ventas, que al igual que los comerciantes minoristas dichos límites son

fijados por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. (Ley Orgánica de

Economía Popular y Solidaria, 2011).

12

TITULO II

EL COMERCIO INFORMAL

2.1.5. Antecedentes del comercio informal.

Para la autora Noemí Giosa Suazú:

Fue Keith Hart a inicios de los años 70 quien introduce por primera vez la categoría

de sector informal, y la Misión para el Empleo de OIT que trabajó en Kenya lo

proyectó a nivel internacional. Según sostiene Tokman (1986) en el sector informal:

quince años después. En: El Trimestre Económico; el informe de Kenya fue el

primero en introducir la idea de Sector Informal, y su principal innovación fue el

concepto de “pobres que trabajan”. Sus autores descubrieron que la masa de

subempleados que trabajaba en distintas actividades había logrado sobrevivir en

condiciones desfavorables. Estas actividades fueron descriptas como informales, y

fueron caracterizadas por: fácil acceso, operación en pequeña escala, capital

reducido y propio, uso intensivo de mano de obra, en mercados no regulados y

competitivos. La visión de sector informal imperante en la Misión de Kenya era la de

un segmento más o menos autónomo, que no solo proporcionaba empleo y bienes y

servicios a los grupos de menores ingresos, sino que también tenía potencial para

generar superávit para fomentar su crecimiento económico. Se concluía que, si no se

obstaculizaba el funcionamiento colocando trabas, estas actividades podrían

desarrollarse y generar ingresos crecientes. Según Tokman, en este momento la idea

de informal se describía solo como oposición a las actividades formales, careciendo

de un marco conceptual que lo defina. (Giosa Zuazú, 2005).

Según Lola Vanegas y Napoleón Saltos:

Remontándose a la historia, antiguamente se pensaba que “sector informal” sería

una situación pasajera ya que estaban asociados a los niveles más bajos de la

economía y a medida que los países conseguían el desarrollo, este fenómeno también

iría desapareciendo. Con los años, se ha demostrado que este presupuesto no era

13

correcto, este sector crece y se incorpora a una gran variedad de actividades en la

sociedad. (Vanegas & Saltos, 2004, págs. 238, 239).

Para Susana da Silva Veleda:

Desde los años sesenta, el comercio callejero es una actividad presente en las calles y

plazas de las ciudades latinoamericanas. Este tipo de actividad, como vimos en el

apartado anterior, forma parte de las llamadas actividades informales de la

economía y en el contexto latinoamericano, tiene un papel muy importante en el

conjunto de las actividades económicas y sociales, pues recoge una gran parte de las

y los trabajadores urbanos y, además, estos trabajadores y trabajadoras, al utilizar

espacios públicos para ejercer sus actividades son los responsables del orden y la

organización de estos espacios urbanos. Aun así, no es un fenómeno social muy

estudiado. (Da Silva Veleda, 2002, pág. 39).

En los años setenta (70) fue en que se utilizó por primera vez el termino sector informal,

con el que se conocían a las personas de clase baja (pobres) que, por falta de un trabajo

estable y formal, se dedicaban a realizar diferentes actividades laborales informales para

poder sobrevivir. La mayoría de los países del mundo entero consideraban y consideran que

el comercio informal es una situación pasajera, pero se denota que hasta la actualidad esta

clase de actividades laborales se han ido incrementando, pese al importante desarrollo que

han tenido los diferentes Estados, sobre todo de América Latina.

Según datos obtenidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC, las

personas que se encontraban realizando alguna actividad dentro del sector informal, en los

años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 fueron del 36,6%, 34,0%,

33,0%, 32,0%, 31,4%, 32,1%, 31,3%, 32,2% y 32,6% respectivamente. Se puede entonces

llegar a la conclusión que, aunque los Estados se encuentren en plena vía de desarrollo, el

comercio informal se seguirá manteniendo, mientras no se generen políticas públicas que

vayan encaminadas a la creación de más fuentes de trabajo, así como a la erradicación de la

pobreza.

14

2.1.6. Definición de comercio informal.

Antes de precisar la definición de comercio informal es necesario establecer lo que es el

comercio en general, es así que según Alejandro Martínez Estrada el “comercio consiste en el

intercambio de bienes entre productores y consumidores, con ánimos de lucro, cumple con la

función de colocar los productos al alcance de los consumidores”. (Martínez Estrada, 1998,

pág. 52).

Después de establecer lo que es el comercio en general, se puede precisar lo que es el

comercio informal, que según la Organización Mundial del Trabajo es: “El conjunto de

actividades económicas que, tanto en la legislación como en la práctica, están

insuficientemente contempladas por sistemas formales o no lo están en absoluto”.

(Organización Internacional del Trabajo, 19 de junio del 2002). Así mismo su oficina técnica

especifica que:

El sector informal puede describirse, generalmente, como un conjunto de unidades

que producen bienes o servicios principalmente con la finalidad de crear empleos e

ingresos para las personas involucradas. Estas unidades, que tienen un bajo nivel de

organización, operan a pequeña escala y de manera específica, con poca o ninguna

división entre el trabajo y el capital como factores de producción. Las relaciones de

empleo cuando existen se basan sobre todo en el empleo ocasional, los parentescos o

las relaciones personales y sociales más que en acuerdos contractuales que implican

garantías en buen y debida forma. (Oficina Técnica de la Organización Internacional

del Trabajo, 2003).

Para Moisés Castillo, el comercio informal constituye las “agrupaciones de comerciantes

que ejercen el comercio de productos generalizados en la vía pública o terrenos (sitio fijo) ya

sea propiedad o no del gobierno y que carecen de la más indispensable infraestructura para

su funcionamiento adecuado”. (Castillo, 2003, pág. 23).

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, manifiesta que el sector informal es

considerado como:

15

Un grupo de unidades de producción que, según las definiciones y clasificaciones

del Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, forman parte del sector

de los hogares. Es decir, son empresas (unidades económicas) que pertenecen a los

hogares y que no están constituidas en sociedad. (Instituto Nacional de Estadísticas y

Censos, 2016).

Como concordancia el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia

(DANE), precisa que el comercio informal es:

El conjunto de unidades dedicadas a la producción de bienes y prestación de

servicios, con la finalidad primordial de crear empleos y generar ingresos para las

personas que participan de esa actividad. Estas unidades funcionan típicamente en

pequeña escala, con una organización rudimentaria en la que hay muy poca o

ninguna distinción entre el trabajo y el capital, como factores de producción. Las

relaciones de empleo en los casos en que existan se basan más bien en el empleo

ocasional, el parentesco o las relaciones personales y sociales, no en acuerdos

contractuales que supongan garantías formales. (Departamento Administrativo

Nacional de Estadística de Colombia, 2016).

De lo manifestado por los distintos autores que fueron citados en párrafos anteriores se

puede establecer que el comercio informal se refiere a aquellas actividades que son

desarrolladas fuera del sector formal, por lo que no se encuentran debidamente reguladas por

la ley y por ende no tienen permisos para realizar dichas actividades, está clase de comercio

cuenta con muy poco capital, elaboran y comercializan productos en cantidades mínimas, no

tienen permisos ni una infraestructura adecuada para poder ejercer el comercio de una manera

adecuada, teniendo como mano de obra a integrantes del mismo núcleo familiar, actividades

que son realizadas en la vía pública, en los parques, en los buses de transporte público, etc.

2.1.7. Tipos de comercio informal.

En cuanto a los tipos de comercio informal, el autor Alfredo Serrano Mancilla, precisa que

existen 5 tipos, Los trabajadores por cuenta propia dueños de sus propias empresas del

sector informal que son los que tienen un empleo independiente y no contratan personal

adicional, ya que sus socios son personas del mismo núcleo familiar. Los empleadores

16

dueños de sus propias empresas del sector informal que al igual que los trabajadores por

cuenta propia laboran en un empleo independiente, pero la diferencia radica en que contratan

uno o más trabajadores, pero sin afiliarlos a la seguridad social. Los Trabajadores

familiares auxiliares, independientemente de si trabajan en empresas del sector formal

o informal que son aquellas personas que trabajan en un empleo independiente en un

establecimiento con orientación de mercado, dirigido por una persona de su familia que vive

en el mismo hogar, pero que no pueden considerarse como socios, es decir trabajan en forma

parcial, no están registrados en los sistemas de seguridad social ni perciben ninguna clase de

salario; y, por último, los Asalariados, que se refieren a los trabajadores del servicio

doméstico, que tienen un horario de trabajo, que reciben un salario por sus servicios pero que

no está registrado en la seguridad social ni goza de los beneficios adicionales de los trabajos

formales. Así mismo los Productores que trabajan por cuenta propia produciendo bienes

exclusivamente para su uso propio uso. (Serrano Mancilla, 2010).

2.1.8. Características del comercio informal.

El autor Cacciamali en cuanto a las características del comercio informal establece que en

sociedades menos desarrolladas existen más actividades laborales informales, que en las

sociedades más desarrolladas en donde la producción y la comercialización se desplazan,

pero no se extingue, ya que la producción formal destruye ciertas actividades informales,

pero se crean y recrean otras actividades informales. (Giosa Zuazú, 2005, pág. 9).

Así mismo María José Gonzales precisa cuatro (4) características del comercio informal,

la primera es el nivel educativo, la segunda es el sexo, la tercera es el desempleo y la cuarta

es la pobreza y desplazamiento. En cuanto al nivel educativo se refiere a que la mayoría de

las personas que se encuentran laborando dentro del sector informal tienen un bajo grado de

estudios, la mayoría no son ni siquiera bachilleres, lo que les afecta para poder conseguir un

trabajo dentro del sector formal. En lo que respecta al sexo como característica del comercio

informal, se tiene que tener en claro que son más las mujeres que los hombres, las que

trabajan en actividades dentro del sector informal, ya que por diversas razones en especial por

la responsabilidad del cuidado de los hijos necesitan de horarios flexibles para poder laboral.

En cuanto tiene que ver con la tercera característica del comercio informal que es el

desempleo, se puede mencionar que al no existir fuentes de trabajo dentro del sector formal,

17

las personas al encontrarse desempleadas optan por una actividad laboral dentro del sector

informal, ya que esto implica una manera de poder sobrevivir. En lo que respecta a la pobreza

y al desplazamiento, se pude decir que en las partes rurales de las ciudades es donde más

pobreza existe, esto ha provocado que se produzca el desplazamiento de personas a las

ciudades, lo que ha generado que el desempleo crezca cada día más y al no contar con un

trabajo estable, optan por realizar actividades laborales dentro de la informalidad. (González,

y otros).

En conclusión las personas que optan por realizar una actividad laboral dentro del sector

informal, no lo hacen por gusto sino que lo hacen por necesidad, ya que estas personas no

tienen los suficientes estudios para tener más probabilidades de encontrar un trabajo, así

mismo las mujeres por tener muchas responsabilidades derivadas del hogar también se les

hace complicado encontrar un trabajo acorde a su disponibilidad de tiempo, por esta razón se

tienen que conformar por realizar actividades laborales informales. El Estado ecuatoriano

debe implementar las suficientes políticas públicas para eliminar por completo o por lo

menos disminuir el desempleo, así como también se debe implementar los mecanismos

necesarios para disminuir la pobreza y el desplazamiento de las personas de las áreas rurales

a las grandes ciudades.

18

TITULO III

EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS

2.1.9. Definición.

La Real Academia Española de la Lengua, manifiesta que emprender significa “acometer

y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o

peligro”. (Real Academia Española, 2014).

Según el autor Mario Dhether:

La actividad emprendedora es la gestión del cambio radical y discontinuo, o renovación

estratégica, sin importar si esta renovación estratégica ocurre adentro o afuera de organizaciones

existentes, y sin importar si esta renovación da lugar, o no, a la creación de una nueva entidad de

negocio. (Zubeldía, Viada, Morales, & Tomarelli, 2015).

Entonces los emprendimientos productivos son, las iniciativas que toma una persona,

arriesgando un capital económico para aprovechar una oportunidad que le brinda el mercado.

En el Ecuador a través de la Red de Inclusión Productiva, se han otorgado créditos, que han

servido para financiar diversas actividades productivas como son la industria maderera, la

metalmecánica, la industria agropecuaria, para la cerrajería, la producción y el procesamiento

de cárnicos, entre otros. Iniciativas estas que hacen que el Ecuador sea un país más

productivo e incluyente, ya que estos emprendimientos generan empleo y ayudan al cambio

de la matriz productiva. Hay que tener en cuenta que la matriz productiva es:

La forma como se organiza la sociedad para producir determinados bienes y servicios, no se

limita únicamente a los procesos estrictamente técnicos o económicos, sino que también tiene que ver

con todo el conjunto de interacciones entre los distintos actores sociales que utilizan los recursos que

tiene a su disposición para llevar adelante las actividades productivas”. (Secretaría Nacional de

Desarrollo, 2012).

19

2.1.10. Tipos de emprendimientos productivos.

Se pueden establecer dos (2) clases de emprendimientos, los emprendimientos por

necesidad y los emprendimientos por oportunidad.

Emprendimientos por necesidad. - Se refieren a que las personas de escasos recursos

económicos, al no tener otra opción crean una pequeña empresa o negocio, para poder

subsistir.

Emprendimientos por oportunidad. - Se refieren a que las personas crean una empresa

o negocio por el hecho de haber identificado una oportunidad y desean aprovecharla, es decir

estas personas tienen suficientes recursos económicos como para aprovechar una oportunidad

de negocio que se les presenta.

TITULO IV

EL BUEN VIVIR O EL SUMAK KAWSAY

2.1.11. Conceptualización.

Tabla 1.- Palabra “Sumak” según varios autores.

“SUMAK”

Según Macas, L.: plenitud, grandeza, lo justo, completamente, lo superior.

(Macas, 2011, pág. 52).

Según Huanacuni, F.: Plenitud, sublime, excelente, magnifico, hermoso

(a), superior. (Huanacuni, 2010, pág. 2).

Según Maldonado, L.: Plenitud, completo, realizado, belleza, excelencia.

(Maldonado, 2010, pág. 199).

Según Kowii: Ideal, hermoso, lo bueno, la realización. (Kowii, 2009, pág.

5).

Según Pacari: la perfección, lo máximo, la armonía y el equilibrio, lo

grandioso, lo intangible e insuperable. (Pacari, 2013, pág. 346).

20

Según Sarayaku: es el pensamiento interior, original conductor del orden,

la armonía del ser humano con la naturaleza y con los espíritus sagrados.

(Sarayaku, 2013, pág. 3).

Elaborado por: Jenny Tapia.

Tabla 2.- Palabra “Kawsay” según varios autores.

“KAWSAY”

Según Macas: Vida en realización permanente, dinámica y cambiante; es

la interacción de la totalidad de existencia en movimiento, la vida entendida

desde lo integral. Es la esencia de todo ser vital, es estar siendo. (Macas,

2011, pág. 52).

Según Huanacuni: Vida, ser estando, estar siendo. (Huanacuni, 2010,

pág. 2).

Según Maldonado: Vida, existencia. (Maldonado, 2010, pág. 199).

Según Kowii: Es la vida, en referencia a una vida digna, en armonía y

equilibrio con el universo y el ser humano. (Kowii, 2009, pág. 5).

Según Pacari: Es vida, es vivir, es aliento, es existencia. (Pacari, 2013,

pág. 349).

Según Sarayaku: Es vida cotidiana de todos los seres de la Allpamama

(madretierra). (Sarayaku, 2013, pág. 3).

Elaborado por: Jenny Tapia.

De las definiciones anteriormente expuestas se puede notar que existen diferentes

concepciones de lo que es tanto la palabra “sumak” y la palabra “kawsay”, pero si

observamos las semejanzas de las definiciones y las unimos, se pude precisar que el “Sumak

Kawsay” se refiere a una vida armoniosa, una vida en Plenitud, es decir a una vida plena.

Así mismo existen varios autores como Ávila que precisa que el sumak kawsay se basa en

el mantenimiento del equilibrio entre el ser humano, la naturaleza y el desarrollo, en un

marco de racionalidad y equilibrio entre el ser humano, la naturaleza y el desarrollo. (Ávila,

2008-2011, pág. 102). Así mismo el Buen Vivir según lo prescrito por el Plan Nacional para

el Buen Vivir se refiere a la forma de vida que permite la felicidad y la permanencia de la

diversidad cultural y ambiental, pero siempre con armonía, igualdad, equidad y solidaridad,

21

esto último porque el objetivo principal del sumak kawsay o buen vivir es erigir sociedades

solidarias, que vivan en armonía con la naturaleza. (Plan Nacional para el Buen Vivir, 2013-

2017).

Entonces el buen vivir se basa en el sumak kawsay, que se centra en el ser humano como

parte de un entorno natural y social, es decir el buen vivir es un principio constitucional que

lo que quiere lograr es la satisfacción de las necesidades, que las personas tengan una

excelente calidad de vida y una muerte digna, el amar y ser amado, que todos surjan y se

desarrollen por igual, siempre en paz y en armonía con la naturaleza. (Ministerio de

Educación, 2016).

22

TÍTULO V

DERECHO COMPARADO

2.1.12. Derecho ecuatoriano y colombiano.

Tabla 3.- Derecho comparado: Ecuador – Colombia. Economía Popular y Solidaria.

ECUADOR COLOMBIA

CONSTITUCIÓN

Artículo 283. “El sistema

económico es social y solidario;

reconoce al ser humano como

sujeto y fin; propende a una

relación dinámica y equilibrada

entre sociedad, Estado y

mercado, en armonía con la

naturaleza; y tiene por objetivo

garantizar la producción y

reproducción de las condiciones

materiales e inmateriales que

posibiliten el buen vivir”.

Artículo 288. “Las compras

públicas cumplirán con criterios

de eficiencia, transparencia,

calidad, responsabilidad

ambiental y social. Se priorizarán

los productos y servicios

nacionales, en particular los

provenientes de la economía

popular y solidaria, y de las

micro, pequeñas y medianas

unidades productivas”.

Artículo 311. “EI sector

CONSTITUCIÓN

Art. 39.- “Los trabajadores y

empleadores tienen derecho a constituir

sindicatos o asociaciones, sin intervención

del Estado. Su reconocimiento jurídico se

producirá con la simple inscripción del acta

de constitución. La estructura interna y el

funcionamiento de los sindicatos y

organizaciones sociales y gremiales se

sujetarán al orden legal y a los principios

democráticos. La cancelación o la

suspensión de la personería jurídica solo

proceden por vía judicial. Se reconoce a los

representantes sindicales el fuero y las

demás garantías necesarias para el

cumplimiento de su gestión. No gozan del

derecho de asociación sindical los miembros

de la Fuerza Pública”.

Art. 58.- “El Estado protegerá y

promoverá las formas asociativas y

solidarias de propiedad”.

Art. 333.- “El Estado fortalecerá las

organizaciones solidarias y estimulará el

desarrollo empresarial”. (Constitucion

Política de Colombia, 2015).

23

financiero popular y solidario se

compondrá de cooperativas de

ahorro y crédito, entidades

asociativas o solidarias, cajas y

bancos comunales, cajas de

ahorro. Las iniciativas de

servicios del sector financiero

popular y solidario, y de las

micro, pequeñas y medianas

unidades productivas, recibirán

un tratamiento diferenciado y

preferencial del Estado, en la

medida en que impulsen el

desarrollo de la economía

popular y solidaria”.

Art. 326.- “El derecho al

trabajo se sustenta en los

siguientes principios: 7. Se

garantizará el derecho y la

libertad de organización de las

personas trabajadoras, sin

autorización previa. Este derecho

comprende el de formar

sindicatos, gremios, asociaciones

y otras formas de organización,

afiliarse a las de su elección y

desafiliarse libremente. De igual

forma, se garantizará la

organización de los

empleadores”. (Constitución de

la República del Ecuador, 2008).

LEY ORGÁNICA DE LEY 454

24

ECONOMÍA POPULAR Y

SOLIDARIA

Art. 1.- Definición.- “Para

efectos de la presente Ley, se

entiende por economía popular y

Solidaria a la forma de

organización económica, donde

sus integrantes, individual o

colectivamente, organizan y

desarrollan procesos de

producción, intercambio,

comercialización, financiamiento

y consumo de bienes y servicios,

para satisfacer necesidades y

generar ingresos, basadas en

relaciones de solidaridad,

cooperación y reciprocidad,

privilegiando al trabajo y al ser

humano como sujeto y fin de su

actividad, orientada al buen vivir,

en armonía con la naturaleza, por

sobre la apropiación, el lucro y la

acumulación de capital”.

Art. 2.- Ámbito. - Se rigen por

la presente ley, todas las

personas naturales y jurídicas, y

demás formas de organización

que, de acuerdo con la

Constitución, conforman la

economía popular y solidaria y el

sector Financiero Popular y

ECONOMÍA SOLIDARIA

Artículo 1º. Objeto. “El objeto de la

presente ley es el determinar el marco

conceptual que regula la economía

solidaria, transformar el Departamento

Administrativo Nacional de Cooperativas en

el Departamento Administrativo Nacional de

la Economía solidaria, crear la

superintendencia de la economía solidaria,

crear el fondo de garantías para las

cooperativas financieras y de ahorro y

crédito, dictar normas sobre la actividad

financiera de las entidades de naturaleza

cooperativa y expedir otras disposiciones en

correspondencia con lo previsto en los

artículos 58, 333 y concordantes de la

Constitución Política de Colombia”.

Artículo 2º. Definición. “Para efectos de

la presente ley denomínase Economía

Solidaria al sistema socioeconómico,

cultural y ambiental conformado por el

conjunto de fuerzas sociales organizadas en

formas asociativas identificadas por

prácticas autogestionarias solidarias,

democráticas y humanistas, sin ánimo de

lucro para el desarrollo integral del ser

humano como sujeto, actor y fin de la

economía”.

Artículo 3º. Protección, promoción y

fortalecimiento. “Declárase de interés

común la protección, promoción y

25

Solidario; y, las instituciones

públicas encargadas de la

rectoría, regulación, control,

fortalecimiento, promoción y

acompañamiento. Las

disposiciones de la presente Ley

no se aplicarán a las formas

asociativas gremiales,

profesionales, laborales,

culturales, deportivas, religiosas,

entre otras, cuyo objeto social

principal no sea la realización de

actividades económicas de

producción de bienes o

prestación de servicios. Tampoco

serán aplicables las disposiciones

de la presente Ley, a las

mutualistas y fondos de inversión,

las mismas que se regirán por la

Ley General de Instituciones del

Sistema Financiero y Ley de

Mercado de Valores,

respectivamente.

Art. 3.- Objeto. - La presente

Ley tiene por objeto:

a) Reconocer, fomentar y

fortalecer la Economía Popular y

Solidaria y el Sector Financiero

Popular y Solidario en su

ejercicio y relación con los demás

sectores de la economía y con el

Estado;

fortalecimiento de las cooperativas y demás

formas asociativas y solidarias de propiedad

como un sistema eficaz para contribuir al

desarrollo económico, al fortalecimiento de

la democracia, a la equitativa distribución

de la propiedad y del ingreso y a la

racionalización de todas las actividades

económicas, en favor de la comunidad y en

especial de las clases populares”.

Parágrafo. “El Estado garantizará el

libre desarrollo de las Entidades de

Economía Solidaria, mediante el estímulo,

promoción, protección y vigilancia, sin

perjuicio de su natural autonomía”.

Artículo 4º. Principios de la Economía

Solidaria. “Son principios de la Economía

Solidaria:

1. El ser bueno, su trabajo y mecanismos

de cooperación tienen primacía sobre los

medios de producción.

2. Espíritu de solidaridad, cooperación,

participación y ayuda mutua.

3. Administración democrática,

participativa, autogestionaria y

emprendedora.

4. Adhesión voluntaria, responsable y

abierta.

5. Propiedad asociativa y solidaria sobre

los medios de producción.

6. Participación económica de los

asociados, en justicia y equidad.

7. Formación e información para sus

26

b) Potenciar las prácticas de

la economía popular y solidaria

que se desarrollan en las

comunas, comunidades, pueblos y

nacionalidades, y en sus unidades

económicas productivas para

alcanzar el Sumak Kawsay;

c) Establecer un marco

jurídico común para las personas

naturales y jurídicas que integran

la Economía Popular y Solidaria

y del Sector Financiero Popular y

Solidario; d) Instituir el régimen

de derechos, obligaciones y

beneficios de las personas y

organizaciones sujetas a esta ley;

y,

e) Establecer la

institucionalidad pública que

ejercerá la rectoría, regulación,

control, fomento y

acompañamiento.

Art. 4.- Principios. - Las

personas y organizaciones

amparadas por esta ley, en el

ejercicio de sus actividades, se

guiarán por los siguientes

principios, según corresponda:

a) La búsqueda del buen vivir

y del bien común;

b) La prelación del trabajo

sobre el capital y de los intereses

miembros, de manera permanente, oportuna

y progresiva.

8. Autonomía, autodeterminación y

autogobierno.

9. Servicio a la comunidad.

10. Integración con otras organizaciones

del mismo sector.

11. Promoción de la cultura ecológica”.

Artículo 5º. Fines de la Economía

Solidaria. “La Economía solidaria tiene

como fines principales:

1. Promover el desarrollo integral del ser

humano.

2. Generar prácticas que consoliden una

corriente vivencial de pensamiento

solidario, crítico, creativo y emprendedor

como medio para alcanzar el desarrollo y la

paz de los pueblos.

3. Contribuir al ejercicio y

perfeccionamiento de la democracia

participativa.

4. Participar en el diseño y ejecución de

planes, programas y proyectos de desarrollo

económico y social.

5. Garantizar a sus miembros la

participación y acceso a la formación, el

trabajo la propiedad, la información, la

gestión y distribución equitativa de

beneficios sin discriminación alguna”.

Artículo 6º. Características de las

organizaciones de Economía Solidaria.

“Son sujetos de la presente ley las personas

27

colectivos sobre los individuales;

c) El comercio justo y

consumo ético y responsable:

d) La equidad de género;

e) El respeto a la identidad

cultural;

f) La autogestión;

g) La responsabilidad social y

ambiental, la solidaridad y

rendición de cuentas; y,

h) La distribución equitativa y

solidaria de excedentes.

Art. 5.- Acto Económico

Solidario. - Los actos que

efectúen con sus miembros las

organizaciones a las que se

refiere esta Ley, dentro del

ejercicio de las actividades

propias de su objeto social, no

constituyen actos de comercio o

civiles sino actos solidarios y se

sujetarán a la presente Ley.

Art. 6.- Registro. - Las

personas y organizaciones

amparadas por esta Ley, deberán

inscribirse en el Registro Público

que estará a cargo del ministerio

de Estado que tenga a su cargo

los registros sociales. El registro

habilitará el acceso a los

beneficios de la presente Ley.

Art. 7.- Glosario. - Para los

jurídicas organizadas para realizar

actividades sin ánimo de lucro, en las cuales

los trabajadores o los usuarios según el

caso, son simultáneamente sus aportantes y

gestores, creadas con el objeto de producir,

distribuir y consumir conjunta y

eficientemente, bienes y servicios para

satisfacer las necesidades de sus miembros y

al desarrollo de obras de servicio a la

comunidad en general, observando en su

funcionamiento las siguientes

características:

1. Estar organizada como empresa que

contemple en su objeto social, el ejercicio de

una actividad socioeconómica, tendiente a

satisfacer necesidades de sus asociados y el

desarrollo de obras de servicio comunitario.

2. Tener establecido un vínculo

asociativo, fundado en los principios y fines

contemplados en la presente ley.

3. Tener incluido en sus estatutos o reglas

básicas de funcionamiento la ausencia de

ánimo de lucro, movida por la solidaridad,

el servicio social o comunitario.

4. Garantizar la igualdad de derechos y

obligaciones de sus miembros sin

consideración a sus aportes.

5. Establecer en sus estatutos un monto

mínimo de aportes sociales no reducibles,

debidamente pagados, durante su existencia.

6. Integrarse social y económicamente,

sin perjuicio de sus vínculos con otras

28

fines de la presente Ley, se

aplicarán las siguientes

denominaciones:

a) Organizaciones del sector

asociativo, como "asociaciones";

b) Organizaciones del sector

cooperativista, como

"cooperativas";

c) Comité Interinstitucional de

la Economía Popular y Solidaria

y del sector Financiero Popular y

Solidario, como "Comité

Interinstitucional";

d) Superintendencia de

Economía Popular y Solidaria,

como "Superintendencia";

e) Instituto Nacional de

Economía Popular y Solidaria,

como "Instituto";

f) Junta de Regulación del

Sector Financiero Popular y

Solidario, como "Junta de

Regulación" y,

g) Corporación Nacional de

Finanzas Populares y Solidarias,

como "Corporación”. (Ley

Orgánica de Economía Popular y

Solidaria, 2011).

entidades sin ánimo de lucro que tengan por

fin promover el desarrollo integral del ser

humano”.

Parágrafo 1º. “En todo caso, las

organizaciones de la economía solidaria

deberán cumplir con los siguientes

principios económicos: 1. Establecer la

irrepartibilidad de las reservas sociales y,

en caso de liquidación, la del remanente

patrimonial. 2. Destinar sus excedentes a la

prestación de servicios de carácter social, al

crecimiento de sus reservas y fondos, y a

reintegrar a sus asociados parte de los

mismos en proporción al uso de los servicios

o a la participación en el trabajo de la

empresa, sin perjuicio de amortizar los

aportes y conservarlos en su valor real”.

Parágrafo 2º. “Tienen el carácter de

organizaciones solidarias entre otras:

cooperativas, los organismos de segundo y

tercer grado que agrupen cooperativas u

otras formas asociativas y solidarias de

propiedad, las instituciones auxiliares de la

Economía solidaria, las empresas

comunitarias, las empresas solidarias de

salud, las pre cooperativas, los fondos de

empleados, las asociaciones mutualistas, las

empresas de servicios en las formas de

administraciones públicas cooperativas, las

empresas asociativas de trabajo y todas

aquellas formas asociativas solidarias que

cumplan con las características

29

mencionadas en el presente capítulo”. (Ley

454 de Economía Solidaria de Colombia,

1998).

Elaborado por: Jenny Tapia.

2.1.12.1. Semejanzas y Diferencias entre el Derecho ecuatoriano y

colombiano.

Entre las diferencias y semejanzas más marcadas se pueden citar las siguientes:

En la Constitución de la República del Ecuador, así como la Constitución Política de

Colombia, establecen que los trabajadores podrán agruparse y formar organizaciones, para

ello podrá crear asociaciones, sindicatos, entre otras formas de organización.

En la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria de Ecuador, así como en la Ley 454

de Economía Solidaria de Colombia, se establece como definición de esta economía, al

conjunto de fuerzas sociales o formas de organización económica, en donde sus miembros de

manera individual o en conjunto, privilegian las practicas autogestionarias solidarias,

democráticas y humanistas, realizando procesos de producción, intercambio,

comercialización y consumo de bienes y servicios, sin ánimo de lucro para la satisfacción de

las necesidades y el desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la

economía, siempre en busca del buen vivir.

Las dos legislaciones tienen como objeto el de regular la economía solidaria, reconocer,

la economía popular y solidaria, así como tienen el objeto de establecer la institucionalidad

pública que ejercerá la rectoría, regulación, control, fomento y acompañamiento, es así que

en la legislación colombiana se crean: el Departamento Administrativo Nacional de

Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía solidaria, la

superintendencia de la economía solidaria, el fondo de garantías para las cooperativas

financieras de ahorro y crédito, entre otras instituciones que regulan y dirigen en el campo

de dicha economía.

Una diferencia entre las dos legislaciones es que en la ecuatoriana, se establecen ocho (8)

principios de la Economía Popular y Solidaria los cuales son: La búsqueda del buen vivir y

30

del bien común; La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre

los individuales; El comercio justo y consumo ético y responsable; La equidad de género; El

respeto a la identidad cultural; La autogestión; La responsabilidad social y ambiental, la

solidaridad y rendición de cuentas; y, La distribución equitativa y solidaria de excedentes

(Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, 2011). En cambio, la legislación

colombiana establece once (11) principios de la Economía Solidaria que son: El ser bueno,

su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre los medios de producción;

Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua; Administración

democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora; Adhesión voluntaria,

responsable y abierta; Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción;

Participación económica de los asociados, en justicia y equidad; Formación e información

para sus miembros, de manera permanente, oportuna y progresiva; Autonomía,

autodeterminación y autogobierno; Servicio a la comunidad; Integración con otras

organizaciones del mismo sector; y, Promoción de la cultura ecológica. (Ley 454 de

Economía Solidaria de Colombia, 1998).

2.2. Marco legal.

Constitución de la República del Ecuador de 2008.

La Constitución de la República del Ecuador. (2008). Registro Oficial No. 449 de 20 de

octubre de 2008. En especial los siguientes artículos: Artículo 33. Este artículo precisa que

el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico que sirve para la

realización personal y es la base de la economía del país. Artículo 283. En este artículo se

establece que el sistema económico es social y solidario, el cual reconoce al ser humano

como sujeto y como fin; Artículo 288. Precisa que en cuanto se refiere a las compras

públicas se priorizará los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de

la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas;

Artículo 311. En este artículo se menciona que el sector financiero popular y solidario está

conformado por las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas

y bancos comunales, cajas de ahorro. Se menciona también en este artículo que tanto las

iniciativas de servicios del sector financiero popular y solidario, y de las micro, pequeñas y

31

medianas unidades productivas, deben recibir un trato diferenciado y preferencial por parte

del Estado, con el objetivo de impulsar el desarrollo de la economía popular y solidaria;

Artículo 319. Que en lo medular precisa que entre las formas de organización de la

producción económica se encuentran las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o

privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas. Es obligación del Estado

promover las formas de producción para asegurar el tan anhelado buen vivir de la población;

Artículo 326, numeral 7. Se refiere a los principios en que se sustenta el derecho al trabajo y

el que interesa a la investigación es el numeral siete (7) que especifica que se debe garantizar

el derecho de las personas trabajadores a organizarse sin pedir autorización previa, es por esta

razón que los trabajadores pueden formar sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de

organización, así como también pueden afiliarse a las organizaciones de su elección y

desafiliarse libremente. (Constitución de la República del Ecuador, 2008).

Código Orgánico Monetario y Financiero.

Código Orgánico Monetario y Financiero. (2014). Registro Oficial No. 332 de 12 de

septiembre de 2014. En especial los siguientes artículos: Artículo 1. Que se refiere a que este

Código tiene como objetivo regular los sistemas monetario y financiero, así como los

regímenes de valores y seguros del Ecuador; Artículo 2. En este Código se encuentran

establecidas las respectivas políticas, regulaciones, supervisión, control y rendición de

cuentas, que son las que rigen el sistema monetario, financiero, regímenes de valores y

seguros, el ejercicio de sus actividades y la relación con sus usuarios; Artículo 3. Se refiere a

los objetivos de este código, entre los cuales se encuentran el potenciar la generación de

trabajo, la producción de riqueza, su distribución y redistribución; asegurar que el ejercicio de

las actividades monetarias, financieras, de valores y seguros sea consistente e integrado;

asegurar los niveles de liquidez de la economía para contribuir al cumplimiento del programa

económico; procurar la sostenibilidad del sistema financiero nacional y de los regímenes de

seguros y valores y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de cada uno de los

sectores y entidades que los conforman; mitigar los riesgos sistémicos y reducir las

fluctuaciones económicas; proteger los derechos de los usuarios de los servicios financieros,

de valores y seguros; profundizar el proceso de constitución de un sistema económico social

y solidario, en el que los seres humanos son el fin de la política pública; fortalecer la

inserción estratégica a nivel regional e internacional; Fomentar, promover y generar

32

incentivos a favor de las entidades de la Economía Popular y Solidaria; y, promover el acceso

al crédito de personas en movilidad humana, con discapacidad, jóvenes, madres solteras y

otras personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria; Artículo 4. En este artículo

se encuentran los principios que sirven de fundamento en las disposiciones del Código

Orgánico Monetario y Financiero, entre los cuales se encuentran los siguientes: 1. La

prevalencia del ser humano por sobre el capital; 2. La subordinación del

ámbito monetario, financiero, de valores y seguros como instrumento al servicio de la

economía real; 3. El ejercicio de la soberanía monetaria y financiera y la inserción estratégica

internacional; 4. La inclusión y equidad; 5. El fortalecimiento de la confianza; y, 6. La

protección de los derechos ciudadanos.; y, más disposiciones que sean pertinentes con el

tema de investigación planteado. (Código Orgánico Monetario y Financiero, 2014).

Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero

Popular y Solidario.

Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. (2011). Registro Oficial No. 444 de 10 de

mayo de 2011. Última modificación: 12 de septiembre de 2014. En especial los siguientes

artículos:

Artículo 1. Aquí se encuentra la definición de economía popular y solidaria, que no es

más que la forma de organización económica, en donde sus integrantes tanto individual así

como colectivamente, se organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio,

comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer

necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y

reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad,

orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la apropiación, el lucro y la

acumulación de capital;

Artículo 2. Se refiere a las personas que tienen que sujetarse a las disposiciones que se

encuentran en esta ley, las cuales son las personas naturales, jurídicas, las demás formas de

organización que conforman la economía popular y solidaria; y, las instituciones públicas

encargadas de la rectoría, regulación, control, fortalecimiento, promoción y acompañamiento.

Hay que tener en cuenta que no se sujetan a esta ley las formas asociativas gremiales,

profesionales, laborales, culturales, deportivas, religiosas, entre otras, cuyo objeto social no

33

sea la realización de actividades económicas de producción de bienes o prestación de

servicios;

Artículo 3. Se refiere al objeto de esta ley que entre los principales figuran a) Reconocer,

fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y

Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de la economía y con el Estado; b)

Potenciar las prácticas de la economía popular y solidaria que se desarrollan en las comunas,

comunidades, pueblos y nacionalidades, y en sus unidades económicas productivas para

alcanzar el Sumak Kawsay; c) Establecer un marco jurídico común para las personas

naturales y jurídicas que integran la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero

Popular y Solidario; d) Instituir el régimen de derechos, obligaciones y beneficios de las

personas y organizaciones sujetas a esta ley; y, e) Establecer la institucionalidad pública que

ejercerá la rectoría, regulación, control, fomento y acompañamiento; Artículo 4. En este

artículo se encuentran los principios que amparan a las personas y organizaciones que se

rigen por esta ley, entre los cuales se encuentran los siguientes: a) La búsqueda del buen vivir

y del bien común; b) La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos

sobre los individuales; c) El comercio justo y consumo ético y responsable: d) La equidad de

género; e) El respeto a la identidad cultural; f) La autogestión; g) La responsabilidad social y

ambiental, la solidaridad y rendición de cuentas; y, h) La distribución equitativa y solidaria de

excedentes;

Artículo 5. Que preceptúa que los actos que realicen las personas y las organizaciones que

se sujetan a esta ley, no son actos de comercio o civiles, sino solamente son actos solidarios;

Artículo 6. Este artículo se refiere a que tanto las personas como las organizaciones que se

sujetan a esta ley, deben inscribirse en el Registro Público que estará a cargo del ministerio

de Estado que tenga a su cargo los registros sociales; y más disposiciones legales que sean

pertinentes para el tema de investigación planteado. (Ley Orgánica de Economía Popular y

Solidaria, 2011).

Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del

Sector Financiero Popular y Solidario.

Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. (2012). Registro Oficial

No. 648 de 27 de febrero de 2012. Última modificación: 08 de octubre de 2012. En especial

los siguientes artículos:

34

Artículo 1. Se refiere a que el objetivo de este reglamento consiste en establecer los

procedimientos para la aplicación de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaría y

del Sector Financiero Popular y Solidario;

Artículo 2. Las personas interesadas en conformar una de las organizaciones que se

encuentran sujetas a esta ley, deben realizar una asamblea constitutiva, en la cual, de forma

expresa, manifestarán su deseo de conformar la organización, así mismo elegirán un

directorio provisional integrado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, que se

encargarán de gestionar la aprobación del Estatuto social y la obtención de personalidad

jurídica ante la Superintendencia;

Artículo 3. El acta constitutiva de la asamblea de que se habló en líneas anteriores debe

contener los siguientes puntos: a. Lugar y fecha de constitución; b. Expresión libre y

voluntaria de constituir la organización; c. Denominación, domicilio y duración; d. Objeto

social; e. Monto del fondo o capital social inicial; f. Nombres, apellidos, nacionalidad,

número de cédula de identidad de los fundadores; g. Nómina de la Directiva provisional; y, h.

Firma de los integrantes fundadores o sus apoderados;

Artículo 4. Este artículo se refiere a que las asociaciones de la Economía Popular y

Solidaria y cooperativas en formación, deben reservar el uso de una denominación por el

plazo de noventa días, dentro del cual deben presentar toda la documentación pertinente para

que se les otorgue la personería jurídica, trámite que será realizado en la Superintendencia de

Economía Popular y Solidaria, en coordinación con la Superintendencia de Compañías;

Artículos 5, 6 y 7. En los que se especifica los requisitos para la obtención de la personería

jurídica tanto de las organizaciones comunitarias, de las asociaciones Económicas Populares

y Solidarias, así como de las cooperativas; y, más disposiciones concordantes con el tema de

investigación planteado. (Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria,

2012).

2.3. Trabajos previos.

Tesis. Hidalgo Rodríguez, Daysi Maribel. (2014). Naturaleza Jurídica y ubicación de

las cooperativas de ahorro y crédito dentro del sector financiero popular y solidario. Quito,

Ecuador. Universidad Central del Ecuador. Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y

Sociales. Carrera de Derecho.

35

En esta tesis la autora realiza un estudio jurídico de las cooperativas de ahorro y crédito

del país, un análisis jurídico de la Ley de Economía Popular y Solidaria y como está regula el

funcionamiento de las dichas entidades, además de plantear que el cooperativismo no es

simplemente la unión de personas para satisfacer una necesidad económica, al contrario, son

organizaciones económicas que requieren leyes especiales para regular su adecuado

funcionamiento. (Hidalgo Rodríguez, 2014).

Tesis. Morales Oña, Francisco Santiago. (2015). ¿Economía de mercado o economía

social y solidaria? Análisis del régimen constitucional del sistema económico ecuatoriano.

Quito, Ecuador. Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Facultad de Jurisprudencia.

Escuela de Derecho.

El autor se refiere al estudio del tratamiento doctrinario de los conceptos de constitución

económica, del Buen Vivir y los de Economía Popular y Solidaria establecidos en la

constitución, los cuales deben ser tomados como lo que son principios doctrinarios. También

establece que las universidades son las llamadas a constituirse como agentes sociales de

trasformación e impulsar la socialización de estos principios para juntos crear una sociedad

más justa y equitativa. (Morales Oña, 2015).

Tesis. Montalvo Carrión, María Lorena. (2016). La economía popular en el Distrito

Metropolitano de Quito: una propuesta alternativa para su desarrollo productivo. Quito,

Ecuador. Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Escuela de Trabajo Social.

La autora propone desarrollar políticas, programas y proyectos para incorporar a los

productores locales de la Economía Popular y Solidaria, crear sistemas de evaluación y

monitoreo de las actividades de los actores de la Economía Popular y Solidaria para de esta

manera tener información de las actividades que realizan y evitar errores en cuanto a los

procesos de fortalecimiento para los actores de la Economía Popular y Solidaria. (Montalvo

Carrión, 2016).

36

2.4. Definición de términos básicos.

CONSTITUCION.

Acto o decreto fundamental en que están determinados los derechos de una nación, la

forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos de que éste se compone. En el

Derecho Romano, la ley que establecía el príncipe, ya fuese por carta, edicto, decreto,

rescripto y orden. (Cabanellas, 1993, pág. 88).

SUMAK KAWSAY O BUEN VIVIR.

Sumak Kawsay, significa una vida digna, de aquí se desprende que el buen vivir inspirado

en la tradición indígena, busca un equilibrio con la naturaleza en la satisfacción de las

necesidades.

EMPLEO INFORMAL.

El empleo informal es la actividad laboral de quienes trabajan y perciben ingresos al

margen del control tributario del Estado y de las disposiciones legales en materia laboral.

(Significados, 2013-2015). Es decir, el empleo informal es la actividad laboral de los

trabajadores independientes, los vendedores ambulantes, las trabajadoras de servicio

doméstico, los limpiavidrios, etc. (Significados, 2013-2015).

TRABAJO.

El esfuerzo humano, físico o intelectual, aplicado a la producción u obtención de la

riqueza. Es toda actividad susceptible de valoración económica por la tarea, el tiempo o el

rendimiento. (Cabanellas, 1993).

37

TRABAJADOR.

Quien trabaja; todo aquel quien realiza una labor socialmente útil. Así como también es

todo el que cumple un esfuerzo físico o intelectual, con objeto de satisfacer una necesidad

económicamente útil, aun cuando no logre el resultado. (Cabanellas, 1993).

VENDEDOR.

Ocasionalmente, en el contrato de compraventa civil, el que vende o enajena la cosa que el

comprador adquiere en propiedad. Profesionalmente, en la compraventa mercantil. El

comerciante o el dependiente y otro auxiliar de él que vende o hace de intermediario

ejecutivo ante el cliente o parroquiano. En el comercio, pues, cabe ser vendedor de lo ajeno,

teniendo poder para ello. (Cabanellas, 1993).

DERECHOS.

Los derechos implican facultades o atributos jurídicos de sus titulares. Los derechos en

cuanto se constitucionalizan en el texto escrito, expresa o implícitamente son declarados

como tales. (García Falconí, 2008).

COMERCIO.

Negociación o actividad que busca la obtención de ganancia o lucro en la venta, permuta o

compra de mercaderías. (Cabanellas, 1993).

AMBULANTE.

Que va de un lugar a otro, que no está fijo. (WordReference.com, 2016).

2.5. Estado de la situación actual del problema.

El Ecuador desde el año 2008 cuenta con una nueva Constitución, la cual determina como

horizonte la construcción del sistema económico social y solidario, integrado por las formas

de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria. Para ello es necesario

que estas formas de organización caminen hacia una economía pública-solidaria, empresarial-

38

solidaria y popular-solidaria, articuladas dinámicamente, en donde el trabajo sea un eje

integrador de la sociedad.

La economía popular y la economía popular-solidaria han sido desconocidas e

invisibilizadas históricamente y, por tanto, excluidas de políticas públicas y de desarrollo

social; sin embargo, estos sectores aportan significativamente en la economía del país, en los

ámbitos financiero y productivo. Por ello, es importante implementar en las instituciones

políticas y jurídicas, programas y proyectos para su fomento y desarrollo, para ello es

importante que se genere espacios de dialogo y debate, que sirvan como aporte para la

construcción de un sistema jurídico, económico y social que sea inclusivo.

En consecuencia este trabajo de investigación tiene como propósito analizar la “Economía

Popular y Solidaria” desde una perspectiva jurídico-social, para de esa manera analizar si

existe un mecanismo efectivo y práctico, que sea totalmente aplicable en cuanto a la

legalización de asociaciones que surgen en el Distrito Metropolitano de Quito, enmarcadas en

la Ley de Economía Popular y Solidaria, puesto que las organizaciones que integran esta

actividad económica no cuentan con una información adecuada y actualizada, lo cual

conlleva -en su gran mayoría-a que trabajen de forma irregular y por ello no puedan acceder a

los diferentes beneficios y derechos que obtendrían al constituirse legalmente.

Con este trabajo se pretende crear y estructurar una disposición legal, para que en la ley de

Economía Popular y Solidaria se incorpore la obligatoriedad de capacitar a las

organizaciones en la cual se determinen y expliquen los temas más importantes del

procedimiento, que describa paso a paso los conceptos básicos de la Economía Popular y

Solidaria, y, además, la forma y estilo parlamentario de como constituir una asociación dentro

de la Economía Popular y Solidaria, ya que para que el exista el buen vivir de la que es parte

integral la Economía Popular y Solidaria de manera sostenible y sustentable se debe

garantizar el fortalecimiento, promoción y acompañamiento a los emprendimientos,

territorialmente ubicados en el Distrito Metropolitano de Quito; asimismo se debe dar el

impulso suficiente para la creación de este tipo de emprendimientos que dinamizan la

economía de un país emergente; es decir, como legalizar una asociación u organizaciones

comunitarias y sociales dentro de la Economía Popular y Solidaria.

39

CAPÍTULO III

3. METODOLOGÍA UTILIZADA.

3.1. Métodos.

3.1.1. Método inductivo.

El método inductivo es aquel método científico que alcanza conclusiones generales partiendo de

hipótesis o antecedentes en particular. El método inductivo suele basarse en la observación y la

experimentación de hechos acciones concretas para así poder llegar a una resolución o conclusión

general sobre estos. (CONCEPTODEFINICION.DE, 2015).

Este método de investigación se empleó para el correcto desarrollo del informe final de

investigación, por lo que se realizó encuestas a los integrantes de las asociaciones que se

encuentran todavía sin ser legalizadas, a los Abogados en libre ejercicio profesional; y, a los

estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.

Es decir que la información obtenida mediante la aplicación de las encuestas a la muestra

de la población, sirvió como referencia de toda la población ecuatoriana y principalmente de

todas las asociaciones que esperan a ser legalizadas para ejercer su actividad económica

sintiéndose respaldados.

3.1.2. Método deductivo.

Cuando se habla de método deductivo se refiere a aquel m

étodo donde se va de lo general a lo específico. Este comienza dando paso a los datos en cierta

forma válidos, para llegar a una deducción a partir de un razonamiento de forma lógica o

suposiciones; o sea se refiere a un proceso donde existen determinadas reglas y procesos donde

gracias a su asistencia, se llegan a conclusiones finales partiendo de ciertos enunciados o premisas.

(CONCEPTODEFINICION.DE, 2014).

40

Se estudió el problema de las asociaciones que se encuentran en la informalidad en un

contexto general, posteriormente se lo analizó y se pudo obtener una conclusión específica de

los factores que producen que dichas asociaciones se encuentren sin ser legalizadas.

3.2.3. Método dogmático jurídico.

“Es la aplicación de la lógica formal a los casos de derecho o resolver los casos de

derecho, es decir sirve para aplicar la norma a un caso concreto”. (Lopez Hernani, 2009).

En el caso de la investigación se utilizó este método ya que fue necesario revisar las

normas legales que regulan o amparan a las personas que quieren integrar y formar una

organización, para posteriormente ser reconocida dentro del Sistema de Economía Popular y

Solidario, gracias a aquello se pudo evidenciar que sí existen vacíos legales en la Ley de

Economía Popular y Solidaria en cuanto a esta problemática.

3.2.4. Método histórico.

Considera que el estudio de la historia demuestra que cada pueblo tiene, en cada época de su

vida, leyes e instituciones adecuadas a su manera de ser, reflejo del espíritu del pueblo, el cual actúa

sobre las costumbres y tradiciones hasta convertirse en normas jurídicas de aplicación coercitiva.

(Enciclopedia Jurídica., 2014).

Se utilizó también el método histórico para la investigación, ya que gracias a este método

se conoció el origen y la evolución de que han sido partícipe el sistema solidario, así como el

sistema de economía popular y solidaria, para saber su origen y soluciones al tema

planteado.

3.2.5. Método comparativo.

El método comparativo es: “en el estudio del Derecho, el que se apoya en la exposición de

las diferencias entre las diversas instituciones jurídicas, para apreciar su coherencia o

precisar sus peculiaridades”. (Enciclopedia Jurídica., 2014).

41

Se utilizó este método con el propósito de comparar la legislación ecuatoriana con la

legislación de otros países en cuanto al tema de investigación planteado, para precisar las

semejanzas y diferencias entre una y otra legislación.

3.2. Técnicas e instrumentos de la investigación.

3.2.1. Técnicas de investigación de campo.

3.2.1.1. La observación.

Es una técnica que consiste en observar atentamente el fenómeno, hecho o problema,

tomar información y registrarla para su posterior análisis. Es en esta técnica que se apoyó el

autor en la presete investigación para obtener el mayor número de datos posibles.

INSTRUMENTO: Se utilizó como instrumento de la observación especialmente el

cuaderno de notas.

3.2.1.2. La encuesta.

La encuesta se tomó en cuenta para la presente investigación, ya que la encuesta es una

técnica mediante la cual se obtuvo datos de varias personas, cuyas opiniones fueron de mucha

importancia para la investigación.

INSTRUMENTO: El Instrumento utilizado para la técnica de la encuesta fue el

“cuestionario”, el cual consiste en un formato de preguntas escritas que deben responder las

personas encuestadas por escrito.

42

3.2.2. Técnicas de investigación bibliográficas.

3.2.2.1. El fichaje.

El fichaje es una técnica auxiliar de las otras técnicas. Se emplea el fichaje para registrar

los datos que se van obteniendo durante la investigación.

INSTRUMENTO: El instrumento que se utilizó para la técnica del fichaje fueron las

fichas bibliográficas, así como las fichas nemotécnicas, ya que gracias a estos instrumentos se

recopiló información muy relevante para la investigación, además que ahorró tiempo y dinero

a la autora.

3.3. Operacionalización de las variables e indicadores.

Tabla 4.- Variable independiente:

Variable

Independient

e

Dimensión Indicador Técnica o

instrumento

La

informalidad de

los

emprendimientos

productivos.

Derecho

Constitucional

Derecho

comercial.

Derecho

Social:

Constitución del Ecuador (2008).

Arts. 33, 283, 288, 311 319, 326

numeral 7, y más pertinentes.

Código Orgánico Monetario y

Financiero (2014). Arts. 1, 2, 3, 4, y más

pertinentes.

Ley Orgánica de Economía Popular

y Solidaria. (2011). Arts.1, 2, 3, 4, 5, 6,

73, 74, 75, 76, 77, 132, 133, 134, 135,

136, y más pertinentes.

Reglamento a la Ley Orgánica de

Economía Popular y Solidaria. (2012).

1, 2, 3, 4, 6 y más pertinentes.

Plan Nacional del Buen Vivir.

(2013-2017). Objetivos 8 y 9.

Encuestar:

3 Abogados

en libre ejercicio

profesional.

50 personas

que integran

asociaciones que

no se encuentran

todavía

legalizadas.

20

estudiantes de los

últimos

semestres de la

carrera de

derecho.

Elaborado por: Jenny Tapia.

43

Tabla 5.-Variable dependiente.

Variable

Dependien

te

Dimensió

n

Indicador Técnica o

instrumento

Afectación

de los derechos

del buen vivir

(Consolidar el

sistema

económico

social y

solidario, de

forma

sostenible); y,

(garantizar el

trabajo digno

en todas sus

formas).

Derecho

Constitucional

Derecho

comercial.

Derecho

Social:

Constitución del Ecuador (2008).

Arts. 33, 283, 288, 311 319, 326

numeral 7, y más pertinentes.

Código Orgánico Monetario y

Financiero (2014). Arts. 1, 2, 3, 4, y

más pertinentes.

Ley Orgánica de Economía

Popular y Solidaria. (2011). Arts.1, 2,

3, 4, 5, 6, 73, 74, 75, 76, 77, 132, 133,

134, 135, 136, y más pertinentes.

Reglamento a la Ley Orgánica de

Economía Popular y Solidaria. (2012).

1, 2, 3, 4, 6 y más pertinentes.

Plan Nacional del Buen Vivir.

(2013-2017). Objetivos 8 y 9.

Encuestar:

3 Abogados

en libre ejercicio

profesional.

50 personas

que integran

asociaciones que

no se encuentran

todavía

legalizadas.

20

estudiantes de

los últimos

semestres de la

carrera de

derecho.

Elaborado por: Jenny Tapia.

3.3. Población y muestra.

La población es el conjunto de elementos o unidades de análisis. Una Unidad de análisis

es el objeto del cual se desea obtener información. La población de la cual se obtuvo

información que sirvió para el correcto desarrollo del Informe Final de Investigación, son

Abogados en libre ejercicio profesional, personas integrantes de las asociaciones que todavía

no están legalizadas y los estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.

La muestra que se utilizó para el mejor desarrollo de la investigación fue de 3 Abogados

libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se encuentran

todavía legalizadas; y, 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.

44

Tabla 6.- Población y muestra.

POBLACION MUEST

RA

Abogados en libre ejercicio profesional 3

Personas que integran asociaciones que no se encuentran todavía

legalizadas.

50

Estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho 20

TOTAL 73

Elaborado por: Jenny Tapia.

45

CAPÍTULO IV

4. DISCUSIÓN.

4.1. Procedimiento de la ejecución de la investigación.

Tabla 7.- Actividad.

ACTIVID

AD NO. 1.

LUGAR FECHA DESARROLL

O

SÍNTESIS

Encuestas. Distrito

Metropolitano

de Quito

Noviem

bre 2016

Se encuestó a

Abogados en

Libre ejercicio

profesional, a

personas que

integran

asociaciones que

no se encuentran

legalizadas y a

estudiantes de los

últimos

semestres de la

carrera de

derecho.

Para conocer las

opiniones de los

encuestados, en lo

que respecta a la

informalidad de los

emprendimientos

productivos que

afectan el

cumplimiento de

los derechos del

buen vivir.

Elaborado por: Jenny Tapia.

4.2. Análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual.

Gracias a la encuesta realizada a la población elegida en esta investigación, se puede

realizar los respectivos gráficos estadísticos, del que se precisarán los porcentajes, así como

conclusiones parciales. A continuación, se exponen las preguntas de la encuesta con sus

respectivos gráficos de porcentajes:

46

Pregunta uno.

1.- ¿Conoce usted en que consiste la economía popular y solidaria?

Tabla No. 8.- Pregunta No. 1.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1.

Elaborado por: Jenny Tapia

69

4

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Si No

Pregunta No. 1

Pregunta No. 1

ITEM # %

SI 69 95

NO 4 5

TOTAL 73 100

47

Interpretación. - De los datos obtenidos de esta interrogante se deprende que el 95%,

respondió afirmativamente. Mientras que él restante 5% respondió negativamente. Esto es

que la mayoría de encuestados especificaron que, si conocen lo que es la economía popular y

solidaria, teniendo en cuenta que se refiere la forma de organización económica, constituida

por personas que se organizan en procesos económicos basados en solidaridad y cooperación

entre los integrantes, primando al ser humano como sujeto y como fin de esta actividad

popular y solidaria.

48

Pregunta dos.

2.- ¿Conoce usted las disposiciones constitucionales que tienen que ver con el sistema

económico popular y solidario?

Tabla No. 9.- Pregunta No. 2.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2.

Elaborado por: Jenny Tapia

68

5

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Si No

Pregunta No.2

Pregunta No.2

ITEM # %

SI 68 93

NO 5 7

TOTAL 73 100

49

Interpretación. - Con respecto a esta pregunta los encuestados respondieron en un 93%

afirmativamente. En cambio, un reducido 7% opinan lo contrario. Es de esta manera que la

mayoría de encuestados precisaron que, si conocen que la Constitución de la República del

Ecuador, vigente desde el 2008 integra la economía popular y solidaria la cual reconoce al ser

humano como sujeto y fin, específicamente en el artículo 283 de dicho cuerpo legal.

50

Pregunta tres.

3.- ¿Cree usted que el comercio informal es un trabajo digno?

Tabla No. 10.- Pregunta No. 3.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3.

Elaborado por: Jenny Tapia

Interpretación. - De los datos proporcionados por los encuestados se denota que, en un

100% los encuestados respondieron afirmativamente. Esto es porque todo trabajo dignifica a

las personas. Las personas tienen que optar por dedicarse a las actividades del comercio

73

0 0

10

20

30

40

50

60

70

80

Si No

Pregunta No. 3

Pregunta No. 3

ITEM # %

SI 73 100

NO 0 0

TOTAL 73 100

51

informal, por varias razones en especial no existen suficientes fuentes de trabajo, las personas

que lo ejercen no tienen la educación suficiente para poder optar por otro trabajo, entre otras.

El comercio informal es totalmente digno y no debe ser considerado en ningún momento

como denigrante, existen personas que realizan esta actividad, pero se están preparando en

una carrera universitaria, para mediante el estudio tener un mejor futuro para ellos y sus

familias.

52

Pregunta cuatro.

4.- ¿Cree usted que es necesario que las personas que se encuentran dentro de la Economía

Popular y Solidaria, creen asociaciones para el beneficio común de todos sus integrantes?

Tabla No. 11.- Pregunta No. 4.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4.

Elaborado por: Jenny Tapia

73

0 0

10

20

30

40

50

60

70

80

Si No

Pregunta No. 4

Pregunta No. 4

ITEM # %

SI 73 100

NO 0 0

TOTAL 73 100

53

Interpretación. - De esta interrogante se desprende que el 100% de los encuestados

respondieron afirmativamente. Ya que precisaron que las personas se pueden asociar porque

es un derecho constitucional, que se encuentran presupuestado en el artículo sesenta y seis

(66) numeral trece (13) de la Constitución que textualmente dice: “Se reconoce y garantiza a

las personas: El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”.

(Constitución de la República del Ecuador, 2008).

54

Pregunta cinco.

5.- ¿Considera usted que las personas que se encuentran realizando actividad económica

dentro de la Economía Popular y Solidaria, tienen el conocimiento necesario sobre los

requisitos que tienen que presentar y el trámite que tienen que seguir para poder constituir

una asociación legalmente reconocida por la Superintendencia de Economía Popular y

Solidaria?

Tabla No. 12.- Pregunta No. 5.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5.

Elaborado por: Jenny Tapia

32

41

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

Si No

Pregunta No. 5

Pregunta No. 5

ITEM # %

SI 32 44

NO 41 56

TOTAL 73 100

55

Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 44% los

encuestados respondieron afirmativamente, en cambio el 56% opinó negativamente. La

mayoría de personas que realizan actividades dentro de la Economía Popular y Solidaria, no

conocen cuales son los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder asociarse

dentro de esta economía. Por esta razón es importante esta investigación, cuyo propósito es

coadyuvar de cierta manera para la capacitación de dichas personas en cuanto tiene que ver

con los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder ejercer el derecho

constitucional de la libre asociación.

56

Pregunta seis.

6.- ¿Considera usted que es necesario implementar una reforma legal a la Ley Orgánica de

Economía Popular y Solidaria con el objetivo de incorporar disposiciones que tengan que ver

con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los sectores de la

economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a las asociaciones de la

Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación, legalización, producción,

reproducción y la generación de relaciones sociales?

Tabla No. 13.- Pregunta No. 6.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6.

Elaborado por: Jenny Tapia

71

2

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Si No

Pregunta No. 6

Pregunta No. 6

ITEM # %

SI 71 97

NO 2 3

TOTAL 73 100

57

Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 97% de

encuestados respondieron a esta pregunta afirmativamente, en cambio el restante 3% opino

todo lo contrario. La mayoría de encuestados estuvo de acuerdo que existe la necesidad de

diseñar un proyecto de reforma legal que vaya encaminada a la incorporación de

disposiciones que tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento

técnico a los sectores de la economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a

las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación,

legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.

58

Pregunta siete.

7.- ¿Considera usted que es preciso ubicar en un lugar fijo a los comerciantes informales,

para que desde un lugar estable y bajo una infraestructura adecuada, puedan comercializar sus

productos?

Tabla No. 14.- Pregunta No. 7.

Elaborado por: Jenny Tapia.

Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7.

Elaborado por: Jenny Tapia

46

27

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

Si No

Pregunta No. 7

Pregunta No. 7

ITEM # %

SI 46 63

NO 27 37

TOTAL 73 100

59

Interpretación. - De esta interrogante se desprende que en un porcentaje del 63% opinó

afirmativamente, y el restante 37% respondió negativamente. Esta pregunta estuvo más o

menos dividida ya que algunas personas que realizan comercio informal se mantienen en que

ir a un lugar fijo y estar dentro de una infraestructura, no les va a permitir vender de una

mejor manera sus productos, ya que en las calles y parques la oferta y la demanda sube. En

cambio, otras personas manifestaron que, si desearían ser ubicados en un lugar fijo, estable y

bajo una infraestructura adecuada, ya que en las vías, calles y parques sufren de peligros,

calor y frio excesivos, pero este lugar fijo debería ser ampliamente comercial para poder

vender sus productos y obtener ganancias.

60

Tabla No. 15.- Resultados de la encuesta.

PREGUNTAS SI NO

FRE. % FRE

.

%

1 ¿Conoce usted en que consiste la

economía popular y solidaria?

69 95 4 5

2 ¿Conoce usted las disposiciones

constitucionales que tienen que ver con el

sistema económico popular y solidario?

68 93 5 7

3 ¿Cree usted que el comercio informal

es un trabajo digno?

73 100 0 0

4 ¿Cree usted que es necesario que las

personas que se encuentran dentro de la

Economía Popular y Solidaria, creen

asociaciones para el beneficio común de

todos sus integrantes?

73 100 0 0

5 ¿Considera usted que las personas que

se encuentran realizando actividad

económica dentro de la Economía

Popular y Solidaria, tienen el

conocimiento necesario sobre los

requisitos que tienen que presentar y el

trámite que tienen que seguir para poder

constituir una asociación legalmente

reconocida por la Superintendencia de

Economía Popular y Solidaria?

32 4 4 41 56

6 ¿Considera usted que es necesario

implementar una reforma legal a la Ley

Orgánica de Economía Popular y

Solidaria con el objetivo de incorporar

disposiciones que tengan que ver con la

implementación de programas de

acompañamiento técnico a los sectores de

71 97 2 3

61

Fuente. - Encuesta a 3 Abogados en libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se

encuentran todavía legalizadas y a 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.

Elaborado por: Jenny Tapia

la economía popular y solidaria,

especialmente el acompañamiento a las

asociaciones de la Economía Popular y

Solidaria en los procesos de creación,

legalización, producción, reproducción y

la generación de relaciones sociales?

7 ¿Considera usted que es preciso ubicar

en un lugar fijo a los comerciantes

informales, para que desde un lugar

estable y bajo una infraestructura

adecuada, puedan comercializar sus

productos?

46 63 27 37

62

Gráfico No. 8. Resultados de la encuesta.

Fuente: Encuesta a 3 Abogados en libre ejercicio profesional, 50 personas que integran asociaciones que no se

encuentran todavía legalizadas y a 20 estudiantes de los últimos semestres de la carrera de derecho.

Elaborado por: Jenny Tapia.

4.3. Resultados de la aplicación del plan de intervención-acción.

El proyecto de investigación se la aplicó de la siguiente manera:

1. Presentación y aprobación de la propuesta.

2. Designación del Tutor.

3. Desarrollo y presentación del proyecto ante el señor doctor tutor.

4. Aprobación del proyecto por parte del Tribunal Lector.

5. Desarrollo y presentación del informe final de investigación, ante el señor doctor tutor.

6. Calificación del informe final de investigación por parte del tribunal calificador.

7. Sustentación del informe final de investigación, ante el tribunal de grado oral.

0

10

20

30

40

50

60

70

80

1 2 3 4 5 6 7

SI NO

63

CAPÍTULO V

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

5.1. Conclusiones.

1. La mayoría de personas conocen lo que es la economía popular y solidaria, teniendo

en cuenta que se refiere la forma de organización económica, constituida por personas que se

organizan en procesos económicos basados en solidaridad y cooperación entre los

integrantes, primando al ser humano como sujeto y como fin de esta actividad popular y

solidaria.

2. La Constitución de la República del Ecuador, vigente desde el 2008 incorpora la

economía popular y solidaria, la cual reconoce al ser humano como sujeto y fin,

específicamente en el artículo 283 de dicho cuerpo legal.

3. Todo trabajo dignifica a las personas, pero a falta de un trabajo estable, las personas

tienen que optar por dedicarse a las actividades del comercio informal, no existen suficientes

fuentes de trabajo, las personas que lo ejercen no tienen la educación suficiente para poder

optar por otro trabajo. El comercio informal es totalmente digno y no debe ser considerado en

ningún momento como denigrante, existen personas que realizan esta actividad, pero se están

preparando en una carrera universitaria, para mediante el estudio tener un mejor futuro para

ellos y sus familias.

4. Las personas se pueden asociar porque es un derecho constitucional, que se

encuentran presupuestado en el artículo sesenta y seis (66) numeral trece (13) de la

Constitución.

5. La mayoría de personas que realizan actividades dentro de la Economía Popular y

Solidaria, no conocen cuales son los requisitos y el trámite que tienen que seguir para poder

asociarse dentro de esta economía.

64

5.2. Recomendaciones.

1. Es necesario capacitar a las personas que integran asociaciones dentro de la economía

popular y solidaria, en cuanto tiene que ver con la normativa vigente que regula esta actividad

económica, en especial las disposiciones constitucionales y de la Ley Orgánica de Economía

Popular y Solidaria.

2. Es necesario generar políticas públicas encaminadas a la generación de más fuentes de

trabajo, para que el sector formal absorba al sector informal de la economía.

3. Es necesario aplicar la propuesta de esta investigación, ya que coadyuva de cierta

manera para implementar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, la

obligatoriedad de brindar capacitaciones a las personas que realizan esta actividad económica

solidaria, en cuanto tiene que ver con los requisitos y el trámite que tienen que seguir para

poder ejercer el derecho constitucional de la libre asociación.

4. Es necesario realizar un diseño de reforma legal a la Ley Orgánica de Economía

Popular y Solidaria que vaya encaminada a la incorporación de disposiciones legales que

tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los

sectores de la economía popular y solidaria, especialmente el acompañamiento a las

asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los procesos de creación, legalización,

producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.

5. Se recomienda realizar más estudios, sobre este importante tema de la Economía

Popular y Solidaria, especialmente de las asociaciones y de los emprendimientos productivos.

65

CAPÍTULO VI

6. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA.

Incorporar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria disposiciones que

tengan que ver con la implementación de programas de acompañamiento técnico a los

sectores de la economía popular y solidaria; efectivizar el potencial de los actores de la

Economía Popular y Solidaria; crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía

Popular y Solidaria; establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el

dinamismo del mercado para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria; realizar

el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los

procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones

sociales; así como, implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía

Popular y Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos

innovadores. Todo esto produce que el objeto de la Ley Orgánica de Economía Popular y

Solidaria sea el reconocer, fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los

actores de la economía popular solidaria, mediante la promoción y acompañamiento.

6.1. Datos informativos.

Localización: Esta propuesta se la implementará en la ciudad y cantón Quito, provincia de

Pichincha, pero servirá para todo el territorio ecuatoriano

66

Beneficiarios: Los beneficiarios serán todas las personas que realizan una actividad

económica dentro del sector informal, especialmente aquellas que desean formar asociaciones

dentro de la economía popular y solidaria, así como los emprendimientos productivos.

6.2. Antecedentes de la propuesta.

Las personas que realizan alguna actividad dentro del sector informal y que desean

conformar una asociación dentro de la economía popular y solidaria, no saben cuáles son los

requisitos ni el trámite que hay que seguir para lograr aquello.

Para ello se torna necesario implementar programas de acompañamiento técnico a los

sectores de la economía popular y solidaria; efectivizar el potencial de los actores de la

Economía Popular y Solidaria; crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía

Popular y Solidaria; establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el

dinamismo del mercado para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria; realizar

el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los

procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones

sociales; así como, implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía

Popular y Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos

innovadores.

6.3. Justificación.

La propuesta se justifica ya que las personas que realizan alguna actividad dentro del

sector informal, tienen todo el derecho para asociarse, ya que así lo dispone el artículo 66

numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, por lo que se hace necesario

capacitar a dichas personas con el propósito de que aprendan cuales son los requisitos y cuál

es el trámite que tienen que seguir para alcanzar dicha organización.

Así mismo es necesario Incorporar dentro de la Ley Orgánica de Economía Popular y

Solidaria disposiciones que tengan que ver con la implementación de programas de

acompañamiento técnico a los sectores de la economía popular y solidaria, así como realizar

el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y Solidaria en los

67

procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación de relaciones

sociales.

6.4. Objetivos.

6.4.1. Objetivo general.

Que la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria tenga por objeto reconocer,

fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los actores de la economía

popular solidaria, mediante la promoción y acompañamiento.

6.4.2. Objetivos específicos.

Implementar programas de acompañamiento técnico a los sectores de la economía

popular y solidaria.

Efectivizar el potencial de los actores de la Economía Popular y Solidaria.

Crear redes solidarias de apoyo a los actores de la Economía Popular y Solidaria;

establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el dinamismo del mercado para

incluir a los actores de la Economía Popular y Solidaria.

Realizar el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y

Solidaria en los procesos de creación, legalización, producción, reproducción y la generación

de relaciones sociales.

Implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía Popular y

Solidaria que realicen la promoción, fomento e incubación de proyectos innovadores.

68

6.5. Resultados esperados.

Que las autoridades competentes tomen en cuenta esta propuesta y la pongan en práctica.

Se espera alcanzar el mayor grado de aceptabilidad por parte de las personas que integran la

economía popular y solidaria, así como del Estado Ecuatoriano.

6.6. Desarrollo de la propuesta.

PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY ORGANICA DE

ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 281 de la Constitución de la República, constituye un objetivo estratégico

y una obligación del Estado garantizar la autosuficiencia de los alimentos sanos y

culturalmente apropiados de forma permanente, siendo su responsabilidad impulsar la

producción, trasformación agroalimentaria y pesquera de las pequeñas y medianas unidades

de producción, comunitarias y de la economía popular y solidaria;

Que, el artículo 283 de la Constitución de la República, establece que el sistema

económico es social y solidario y se integra de las formas de organización económica,

pública, privada, mixta, popular y solidaria y las demás que la Constitución determine, la

economía popular y solidaria se regulará de acuerdo a la ley e incluirá a los sectores

cooperativistas, asociativos y comunitarios;

Que, el artículo 309 de la Constitución de la República señala que el sistema financiero

nacional se compone de los sectores público, privado y del popular y solidario;

Que, el artículo 311 de la Constitución de la República señala que el sector financiero

popular y solidario se compondrá de cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o

solidarias, cajas y bancos comunales, pequeñas y medianas unidades productivas, recibirán

un tratamiento diferenciado y preferencial del estado, en la medida en que impulsen es

desarrollo de la economía popular y solidaria.

69

Que, el artículo 319 de la Constitución de la República establece que se reconocen

diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las

comunitarias, cooperativas, empresas públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas,

autónomas y mixtas;

Sustitúyase:

Artículo. 3.- Objeto. - La presente ley tiene por objeto:

a) Reconocer, fomentar y fortalecer la Economía Popular y Solidaria y del Sector

Financiero Popular y Solidario en su ejercicio y relación con los demás sectores de la

economía y con el Estado.

Agréguese:

Art. 3.- Objeto. - La presente ley tiene por objeto:

a) Reconocer, fomentar y fortalecer de una manera sostenible y sustentable a los actores

de la economía popular solidaria y del sector financiero popular y solidario mediante la

promoción y acompañamiento”.

Agréguese:

TÍTULO V, inciso tercero:

“Se implementará programas de acompañamiento técnico a los actores de la economía

popular y solidaria de del sector financiero popular y solidaria”.

Agréguese:

TÍTULO V, Capítulo II De La Promoción:

70

Artículo 137.- El Estado declare de interés común personas y organizaciones de la

Economía Popular y Solidaria, establecerá las siguientes medidas de promoción a favor de las

amparadas en esta normativa.

a) Efectivizar el potencial de los actores de la Economía Popular y Solidario y del sector

financiero social y solidario.

b) Crear redes solidarias de apoyo a actores de la Economía Popular y Solidario y del

sector financiero social y solidario.

c) Establecer estrategias de fomento y promoción para ampliar el dinamismo del mercado

para incluir a los actores de la Economía Popular y Solidario y del sector financiero social y

solidario.

d) Realizar el acompañamiento dirigido a las asociaciones de la Economía Popular y

Solidario y del sector financiero social y solidario en los procesos de creación, legalización,

producción, reproducción y la generación de relaciones sociales.

e) Implementar centros para el estudio técnico de los actores de la Economía Popular y

Solidario y del sector financiero social y solidario que realicen la promoción, fomento e

incubación de proyectos innovadores.

71

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CUERPOS LEGALES

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