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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021 1 Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. -------------------------------------------------------- ------- -------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Siendo las diez horas con nueve minutos del día jueves dieciocho de julio de dos mil diecinueve, y de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 61, 64, 65 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo dispuesto por los artículos 1, 8, 26, 27, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 42, 44, 45, 46, 49, 50, 78, 79, 80 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se reunieron en el Recinto Oficial “20 de Abril” del Palacio Municipal de esta Ciudad de Cancún, Quintana Roo, los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, para llevar a cabo su Vigésima Primera Sesión Ordinaria, misma que se sujetó al siguiente: -------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------Orden del Día -------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero. - Lista de asistencia. -------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Segundo. - Declaración de existencia de quórum. ------ --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Tercero. - Lectura y aprobación del Orden del Día. ---- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Cuarto. - Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. ------------------------------------------ --------------------- -------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Quinto. - Iniciativa mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora y Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Acuerdo de Creación del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa.. -------------- ------------------------------------------------- ---------- --------------------------------------------------------------- Sexto. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, aprobar el programa denominado “Segunda Jornada de Regularización de Tramites y Descuentos Municipales 2019”, para el otorgamiento de estímulos y subsidios fiscales en el pago de contribuciones y sus accesorios, misma que se realizara´ del 29 de julio al 16 de agosto del 2019, en los términos del propio acuerdo. --------- ----------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------- Séptimo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, en los términos del propio acuerdo. ---------------------------------------------------- ----------- ------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- Octavo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. ----------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. --------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Siendo las diez horas con nueve minutos del día jueves dieciocho de julio de dos mil diecinueve, y de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 61, 64, 65 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo dispuesto por los artículos 1, 8, 26, 27, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 42, 44, 45, 46, 49, 50, 78, 79, 80 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se reunieron en el Recinto Oficial “20 de Abril” del Palacio Municipal de esta Ciudad de Cancún, Quintana Roo, los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, para llevar a cabo su Vigésima Primera Sesión Ordinaria, misma que se sujetó al siguiente: -------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------Orden del Día ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero. - Lista de asistencia. -------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Segundo. - Declaración de existencia de quórum. ------ --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Tercero. - Lectura y aprobación del Orden del Día. ---- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Cuarto. - Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. --------------------------------------------------------------- -------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Quinto. - Iniciativa mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora y Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Acuerdo de Creación del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa.. --------------------------------------------------------------- ---------- --------------------------------------------------------------- Sexto. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, aprobar el programa denominado “Segunda Jornada de Regularización de Tramites y Descuentos Municipales 2019”, para el otorgamiento de estímulos y subsidios fiscales en el pago de contribuciones y sus accesorios, misma que se realizara´ del 29 de julio al 16 de agosto del 2019, en los términos del propio acuerdo. -------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------- Séptimo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, en los términos del propio acuerdo. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- Octavo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. ----------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Noveno. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Turística de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. ------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Preventiva de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. -------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Primero. - Iniciativa mediante la cual, los Ciudadanos Pablo Gutiérrez Fernández, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte e Issac Janix Alanís, Presidente de la Comisión de Mejora Regulatoria, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Segundo.- Asuntos generales. -------- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Tercero.- Clausura de la sesión. ----- --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- La sesión se llevó a cabo en los siguientes términos: --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- Primero.- En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, procediera a pasar lista de asistencia. Realizada dicha instrucción, se continuó con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Segundo.- En virtud de encontrarse la mayoría de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, con la ausencia justificada de la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora; la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, hizo la declaratoria de existencia de quórum. --------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Tercero.- Declarada abierta la sesión, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, procediera a dar lectura al Orden del Día. Seguidamente, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración de los miembros del Honorable Ayuntamiento la aprobación del Orden del Día, la cual fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Cuarto.- A continuación, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del Acta de la Vigésima Sesión Ordinaria. Retomando el uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al acta. En uso de la voz la Ciudadana Alma Anahí González Hernández, Quinta Regidora, solicitó la

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dispensa de la lectura del acta de la Vigésima Sesión Ordinaria, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad, por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó a los integrantes del Honorable Ayuntamiento, hicieran sus observaciones con relación al acta de la Vigésima Sesión Ordinaria. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a consideración la aprobación del acta de la Vigésima Sesión Ordinaria, misma que fue aprobada por unanimidad. Ante lo cual, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal ratificó la aprobación anterior en los siguientes términos: Aprobada el acta de la Vigésima Sesión Ordinaria. ---- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Quinto.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía a la lectura del Quinto.- Iniciativa mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora y Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Acuerdo de Creación del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- H. AYUNTAMIENTO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO P R E S E N T E. LICENCIADA PAOLA ELIZABETH MORENO CÓRDOVA, Tercera Regidora y Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, de este Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°,7°, 65, 66 fracción I incisos b) y c), 93 fracción VII, 221, 223, 224, 225 y demás aplicables de la Ley de Municipios del Estado de Quintana Roo; 6° fracciones IV, VIII y XIV, 7°, de la Ley de Cultura y las Artes del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5° fracción VII, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 103, 104, 105, y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 7° fracciones I, V y VI, y demás aplicables del Reglamento Interior del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2º, 5º, 6º, 8°, 26, 31, 32 fracción VII, 33, 78, 139, 140 fracción III, 142, 145, 152, 153 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; me permito presentar a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado de Gobierno la presente INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO Y DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los derechos culturales son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión. Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección. Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Son derechos relativos a cuestiones como la lengua; producción cultural y artística; participación en la cultura; patrimonio cultural; derechos de autor; minorías y el acceso a la cultura, entre otros.

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La Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural establece que “la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”. El derecho a participar en la vida cultural tiene elementos tanto individuales como colectivos. Pueden ejercerse como un individuo, en asociación con otros, o dentro de una comunidad o grupo. En este tenor, el Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, debe prestar especial atención a los derechos culturales de los benitojuarenses, y proporcionar oportunidades tanto para preservar su cultura como para formar su desarrollo cultural y social, incluyendo la relación con el lenguaje, la tierra y los recursos naturales. En su Observación General 12, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (CDESC) proporcionó orientación detallada a los Estados con respecto a sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar el derecho a participar en la vida cultural. El Comité también destacó que el derecho incluye las siguientes cinco características esenciales e interrelacionadas: Disponibilidad. Los bienes y servicios culturales deben estar disponibles para que todos puedan disfrutar y beneficiarse de ellos, incluidas las instituciones y los eventos (como bibliotecas, museos, teatros, grupos de baile folclórico, cines y estadios deportivos), los espacios abiertos compartidos y los bienes culturales intangibles (tales como los idiomas, las costumbres, las creencias y la historia). Accesibilidad. El acceso a la cultura consiste en cuatro elementos clave: I. La no discriminación; II. La accesibilidad física; III. La accesibilidad económica, y IV. La accesibilidad de la información. Los Estados deben asegurar que todas las personas tengan oportunidades concretas, eficaces y asequibles para disfrutar de la cultura sin discriminación. Este acceso debe extenderse a las zonas rurales y urbanas, con especial atención a las personas con discapacidad, las personas mayores y las personas en situación de pobreza. Los Estados deben garantizar que toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información sobre la cultura en el idioma de su elección. Aceptabilidad. Con relación a las medidas para hacer realidad los derechos culturales, los Estados deberían mantener consultas con las personas y comunidades involucradas para asegurar que estas aceptan las medidas para proteger la diversidad cultural. Adaptabilidad. Los Estados deben adoptar un enfoque flexible a los derechos culturales y respetar la diversidad cultural de los individuos y las comunidades. Idoneidad. La realización de los derechos culturales debe ser adecuada en el contexto pertinente, con especial atención en la educación. El arte, con ayuda de la imaginación creadora, es el medio más propicio para preparar a los benitojuarenses, en la conquista de su futuro, ya que los dota de iniciativas, recursos y confianza para enfrentar y resolver problemas más allá de la información. La creatividad que desarrollan los lenguajes artísticos se convierte en el pilar de la construcción de una inteligencia emocional, cada vez más necesaria en esta sociedad moderna, pues nos ayuda a mantener buenas relaciones con nosotros mismos. Como es bien sabido Cancún fue fundado en 1970 básicamente como un destino turístico para ser impulsado a nivel internacional como uno de los lugares favoritos de todos aquellos que buscan las bellezas naturales del Mar Caribe. Desde su fundación ha cumplido cabalmente con este primer propósito y su comunidad ha ido creciendo sustancialmente cada año. En cuanto a la prestación de servicios turísticos, existen pocos municipios que puedan competir con el nivel de calidad y eficiencia de sus ciudadanos y esto nos llena de orgullo. Sin embargo, cuando se trata de los aspectos culturales de la comunidad, aún hay mucho por hacer, y es en este rubro en el que se encuentran las mayores áreas de oportunidad que hasta el momento han surgido como parte de esfuerzos espontáneos de algunos ciudadanos que han aportado su preparación, su talento y sus propuestas para contribuir al enriquecimiento cultural de nuestra ciudad. Es, en razón de lo anterior, que esta iniciativa nace con objeto de acercar a la comunidad Benitojuarense a la música coral. Mucho se ha hablado de los beneficios del canto como motor de cohesión social, y diversos estudios y experimentos sociales, han demostrado que los corazones se sincronizan al cantar en un coro, formando un grupo fuertemente unido por un objetivo altamente positivo. Cantar en coro no sólo genera un ambiente sano de convivencia para todas las edades, sino que, además,

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aporta culturalmente dando a conocer el vasto patrimonio musical de México y el mundo, instruyendo, educando y rescatando a jóvenes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad social. El canto coral es la actividad musical orientada a la enseñanza de los aspectos básicos de la emisión vocal, como resonancia y respiración, en una práctica individual y colectiva (Espinosa, 2012). De manera que cantar en grupo desarrolla un modelo educativo de carácter inclusivo, donde se aprende y se desarrollan competencias musicales, el canto coral, al igual que otras manifestaciones artísticas, conlleva valores educativos intrínsecos y extrínsecos. La necesidad de jugar, bailar y cantar, que siempre ha tenido el ser humano, hace de estos contenidos piezas indispensables en el desarrollo cultural de la sociedad. Promover el conocimiento, valoración y aceptación del canto coral, respetando el derecho a la expresión cultural y a la diversidad, debe ser uno de los objetivos prioritarios de este H. Ayuntamiento, así como fomentar la empatía hacia las tradiciones, costumbres y estilos de vida propios.

Que este Honorable Ayuntamiento, en su séptima sesión extraordinaria de fecha diecinueve de noviembre del dos mil ocho, aprobó que dentro de la reestructura orgánica correspondiente a la administración pública municipal descentralizada, quedará considerada la creación del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; Que la creación de este órgano especializado en la cultura y las artes tuvo como propósito fundamental, generar una acción interinstitucional que garantiza, entre otras cosas: La preservación, difusión, promoción, rescate e investigación de diversas actividades culturales y artísticas;

El fortalecimiento de la identidad, diversidad y pluralidad cultural, así como la revaloración de las cuestiones

artesanales y expresiones populares;

La difusión de cultura, tradiciones y costumbres; y,

El reconocimiento de la cultura como eje fundamental del desarrollo socioeconómico del municipio.

Que según lo señalado en el punto de acuerdo SEGUNDO del Acuerdo de creación del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, el Instituto tiene por objeto: apoyar, encauzar, difundir, preservar y promover la cultura entre la ciudadanía en general, unificando criterios para su promoción, agrupando a los organismos y asociaciones involucradas en la promoción cultural, la creación de oferta cultural y la capacitación artística; ofreciendo espacios y programas culturales para uso y disfrute de la ciudadanía, y creando la estructura social necesaria para el desarrollo cultural integral de los habitantes de Benito Juárez. Que con fundamento en lo señalado en el punto de acuerdo CUARTO, fracciones IV, VII, XII, XXII del mismo Acuerdo de Creación, el Instituto tiene como objeto: Establecer un programa de iniciación artística, que convoque e incorpore a los artistas benitojuarenses en los programas del Instituto, para beneficio de la población en general; Establecer programas de capacitación para artistas y promotores culturales; Apoyar por diversos medios la creación artística de manera integral en todas las disciplinas (teatro, artes plásticas, música, danza, literatura, etc.); Las demás que sean afines a su naturaleza y que sean necesarias para lograr el cumplimiento eficaz de su objeto, o que se deriven de otras disposiciones legales, respectivamente. De lo anterior, se concluye que la cultura es un derecho humano. La cultura popular tradicional que llamamos folclore resume siglos de nuestra historia y el arte festivo que la expresa, a través de la danza, la música, el canto coral y la palabra, es portador de una sensibilidad que por mucho tiempo se intentó extinguir en nuestro municipio, pese a constituir uno de aquellos rasgos que mejor nos identifica ante el mundo y a ser reconocido como una raíz cultural de los benitojuarenses. Es pues preocupación que debe traducirse en una acción urgente de promover y afirmar consensos cada vez más amplios sobre el irrenunciable derecho de nuestro Municipio a desarrollar su propia cultura, haciendo realidad la promesa y posibilidad de un nuevo Benito Juárez. En esa perspectiva, se considera importante el acceso colectivo a la sabiduría popular y al universo estético que pervive en el canto coral, porque su conocimiento deviene siempre en un poderoso medio de integración y de identificación. No podemos olvidar que uno de los grandes compromisos de esta administración 2018-2021, es potencializar nuestra cultura, inculcando el valor de nuestras raíces y tradiciones, así como rescatar, promover, fomentar y difundir nuestras costumbres, tradiciones, música y danza, procurando siempre llevar la cultura a todos los benitojuarenses. Es por lo antes mencionado, que el grupo de canto coral, formará parte del programa ferias culturales, que estará trabajando en todas las zonas vulnerables y de alta marginación y violencia del municipio, con esto estaremos atendiendo la prevención

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del delito, apostando a la cultura como el medio que garantiza plenamente una vida libre de violencia, toda vez que fomentar la cultura, es fomentar un ambiente de paz y desarrollo social, desarrollando al unísono un sentido de pertenencia de identidad como benitojuarenses y presumir nuestra riqueza cultural, no nada más en el Municipio, sino también en el Estado, en el Territorio Nacional y porque no, en el extranjero. Que por los motivos, anteriormente expuestos se somete a consideración de este H. Ayuntamiento la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO Y DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, para quedar como sigue:

ACUERDO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

Cuarto. - … I a la XI. … XII. Apoyar por diversos medios la creación artística de manera integral en todas las disciplinas como son arquitectura, escultura, artes visuales (pintura y dibujo), artes plásticas, música, canto, literatura (poesía), artes escénicas (teatro, danza, mimo y circo), cinematografía, fotografías e historieta. XIV a la XXI. … XXII. Crear y organizar el grupo de ballet folclórico, de la compañía de teatro y del grupo de canto coral, del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, necesario para promover y difundir nuestras costumbres, tradiciones, música y danza principalmente de Quintana Roo, Campeche y Yucatán, conocido como el sureste de México y algunos estados de la república mexicana. XXIII. …

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE LA CULTURA Y LAS ARTES DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

Artículo 8°.- … I a la IV…. V.- Integrar, contratar y organizar el grupo de ballet folclórico, la compañía de teatro y el grupo de canto coral, previa convocatoria del Instituto y de conformidad a la normatividad y lineamientos previstos para la contratación; Artículo 20.- … I a la IX. … X.- Unidad Grupo de Canto Coral.

CAPITULO V DE LA UNIDAD GRUPO DE CANTO CORAL

Artículo 31Quater. - La Unidad Grupo de Canto Coral, además de las que señala el artículo 23 de este Reglamento y en otras disposiciones legales, tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:

I. Previo acuerdo con el Director del Instituto, seleccionar, determinar, coordinar, programar y dirigir las

presentaciones del Grupo de Canto Coral.

II. Proponer la normatividad para alcanzar la máxima excelencia en las presentaciones del Grupo de Canto Coral.

III. Planificar y proponer junto con las otras Unidades la temporada artística del Grupo de Canto Coral.

IV. Propiciar la creación de talleres de canto coral para la creación de nuevas interpretaciones musicales.

V. Proponer el programa de capacitación del Grupo de Canto Coral.

VI. Promover las actuaciones del Grupo de Canto Coral en todo el territorio municipal y en eventos nacionales e

internacionales.

VII. Presentar un informe trimestral al Director del Instituto, sobre las actividades realizadas.

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VIII. Las demás que se determinen o le sean delegados por el Director del Instituto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente reforma reglamentaria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- El Director General del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en coordinación con la Contraloría Municipal y el Instituto Municipal de Desarrollo Administrativo e Innovación, en un plazo no mayor a treinta días naturales, a partir de la entrada en vigor de la presente reforma reglamentaria, deberá presentar para su aprobación la nueva estructura organizacional que se crea, así como su presupuesto. TERCERO.- El Director General del Instituto de la Cultura y las Artes del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en un término de cuarenta y cinco días, a partir de la publicación de la entrada en vigor de la presente reforma reglamentaria, deberá contar con el manual de organización y de procedimientos de la nueva unidad que se crea. POR TODO LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO; ANTE EL PLENO DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO, DE LA MANERA MÁS ATENTA Y RESPETUOSA, SOLICITO: ÚNICO. - Tenerme por presentada con esta iniciativa, sirviéndose acordar el trámite conducente para ser turnada a la comisión o comisiones que considere este órgano colegiado de gobierno, para su estudio, valoración y dictamen correspondiente.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Miguel Ángel Zenteno Cortés, Sexto Regidor, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio. A lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. ---------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: De conformidad a lo previsto en el artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se propone a este Ayuntamiento, turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, y ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al trámite anterior. Solicitando el uso de la voz la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora, manifestó: Muy buenos días Presidente Municipal Mara Lezama, compañeros y compañeras Regidores, medios de comunicación, a todos los ciudadanos que nos escuchan a través de los diversos medios y los ciudadanos aquí presentes, por supuesto a la comunidad cultural y artística del municipio que nos acompaña. Antes que nada, agradecer a mis compañeros de la Comisión de Educación Cultura y Deporte, Aldana, Pablo, Zenteno, la compañera Niurka, por todas sus aportaciones e ideas en la presente iniciativa. Cancún además de ser un destino turístico a nivel internacional, también es semillero de talentos culturales y artísticos, hay un gran esfuerzo de toda una comunidad cultural que aportan con sus propuestas y actividades para contribuir el enriquecimiento cultural de nuestra ciudad, como en este caso, esta iniciativa de la creación del grupo de canto coral, la Asociación Formación Integral a Través de las Artes, A. C., aportó con sus ideas y enriqueciendo en base a su experiencia y gran trabajo que vienen desarrollando en este tema, el coro del municipio buscará acercar a la comunidad a la música coral, pues cantar en coro no solo genera un ambiente sano de convivencia para todas las edades sino que además aporta culturalmente dando a conocer el basto patrimonio musical

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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de México y el mundo, instruyendo, educando y rescatando a jóvenes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad social, el grupo de canto coral infantil y juvenil estará conformado por edades de seis hasta dieciocho años que a través del Instituto de Cultura y las Artes se publicará la convocatoria para todo aquel que desee participar, además de las becas que se van a otorgar a este coro, se busca crear talleres de canto coral para extender la oferta cultural y capacitación artística para que la ciudadanía pueda disfrutar, en Cancún sí hay cultura y aprovecho para reconocer a nuestra Presidente Municipal por todo este esfuerzo y estas actividades que viene realizando en pro a la cultura y como siempre dice, sí a la cultura y por supuesto al Director Hugo Álvarez Ruiz, quien ha estado llevando a cabo eventos importantes y fundamentales, con quienes hemos tenido todas las familias cancunenses la oportunidad de disfrutar. Invito a mis compañeros y compañeras Regidores a sumarse y una vez turnada a comisiones, aportar con sus ideas y propuestas a la presente iniciativa, es cuánto. Que viva la cultura. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a votación turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, mismo trámite que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el trámite de la iniciativa. ------------------------------ --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Sexto.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, aprobar el programa denominado “Segunda Jornada de Regularización de Tramites y Descuentos Municipales 2019”, para el otorgamiento de estímulos y subsidios fiscales en el pago de contribuciones y sus accesorios, misma que se realizara´ del 29 de julio al 16 de agosto del 2019, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ----------------------------------------------------------------------- - --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 31 fracción IV, 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 fracción II, 126, 133, 145 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 7º, 60, 65, 66 fracciones I incisos b) y c), IV inciso d), 125 fracción I, 229 fracción II, 231, 232 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 4°, 5° de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez, del Estado de Quintana Roo; 1°, 5° fracción III, 6° fracción II, 7°, 9° del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5° fracción IX, X, XI, 6º fracción I, 7º, 73, 74, 96, 101 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 8°, 26, 33, 78, 85, 139 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO Que el Municipio Libre, es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Quintana Roo; es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecida en el territorio que le señala a cada uno de ellos la Constitución Política del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, autónomo en su gobierno interior y libre en la administración de su hacienda. Que la Autonomía del Municipio Libre, se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de competencia que le señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado y las leyes que conforme a ellas se expidan;

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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Que cada Municipio es gobernado por el Ayuntamiento al que le corresponde la representación política y jurídica del Municipio, la administración de los asuntos municipales y el cuidado de los intereses de la comunidad dentro de su circunscripción territorial. Las autoridades municipales tienen competencia plena y exclusiva sobre su territorio, población y organización política-administrativa, con las limitaciones que les señalen las leyes; Que el ejercicio directo de la Administración Pública del Municipio de Benito Juárez, corresponde al Presidente Municipal, quien, para la más eficaz atención y eficiencia en el despacho de los asuntos de su competencia, cuenta con dependencias y unidades administrativas entre las cuales se encuentra la Tesorería Municipal, misma que a su vez cuenta, entre otras, con la Dirección de Ingresos, cuyo titular es el encargado directamente de vigilar que se recauden, concentren y custodien los ingresos que corresponden al Municipio, conforme a lo establecido en las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal y/o estatal y sus anexos, demás disposiciones de carácter general, que resulten de su competencia; así como los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes conforme a la Ley de Ingresos Municipal y otros conceptos que deba percibir el Ayuntamiento por cuenta propia o ajena, tales como contribuciones especiales, derechos y aprovechamientos, que también constituyen créditos fiscales en los términos del Código Fiscal Municipal para el Estado de Quintana Roo, por lo que resulta la autoridad fiscal naturalmente idónea para la ejecución y aplicación de programas encaminados a otorgar estímulos fiscales en el pago de las contribuciones y sus accesorios; Que de conformidad al marco jurídico referenciado, las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para el gasto público de los Municipios del Estado de Quintana Roo, conforme a las Leyes Fiscales respectivas; específicamente el artículo 1° del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, las autoridades municipales en materia fiscal sólo podrán hacer lo que las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos de los respectivos Ayuntamientos y los Convenios de Colaboración Administrativa en materia fiscal expresamente establezcan como de su competencia; Que según lo dispuesto en el artículo 9 del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, son créditos fiscales las prestaciones económicas que tengan derecho a percibir los Municipios del Estado de Quintana Roo o sus Organismos Descentralizados, que provengan de contribuciones, de aprovechamientos o de sus accesorios. Asimismo, de conformidad con lo previsto por el artículo 6, del mismo ordenamiento legal, las contribuciones son las cantidades que en dinero deben enterar las personas físicas y morales a los municipios para cubrir el gasto público mismas que se clasifican en impuestos, derechos y contribuciones de mejoras; Que conforme a la fracción II, del mismo precepto legal, los derechos son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de los Municipios, así como por recibir servicios que presta el municipio en sus funciones de derecho público, incluso cuando se presta por Organismos Descentralizados; Que conforme a lo dispuesto por el párrafo primero de la fracción I del artículo 7 del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, los recargos, sanciones y gastos de ejecución que se apliquen en relación a los aprovechamientos, son accesorios de éstos, por lo tanto, participan de su naturaleza; Que en virtud de lo anterior, siendo menester que esta Autoridad Municipal asuma el compromiso de apoyar en forma integral a los contribuyentes, con la finalidad de estimular el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, favoreciendo la captación de recursos públicos para el mejoramiento de los servicios que el Gobierno Municipal proporciona a la ciudadanía y a efecto de responder con mayor oportunidad a las necesidades de la población, en relación con las funciones y servicios que presta este H. Ayuntamiento, en esta oportunidad se tiene a bien someter a la aprobación de sus integrantes los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO. - Se aprueba el programa denominado “SEGUNDA JORNADA DE REGULARIZACIÓN DE TRÁMITES Y DESCUENTOS MUNICIPALES 2019”, mismo que tendrá una vigencia del 29 de julio al 16 de agosto del 2019. SEGUNDO. - En su caso y en virtud del programa denominado “SEGUNDA JORNADA DE REGULARIZACIÓN DE TRÁMITES Y DESCUENTOS MUNICIPALES 2019”, se aprueba otorgar los estímulos y subsidios fiscales en el pago de las contribuciones y sus accesorios que a continuación se enlistan, hasta por los montos señalados, dentro de los parámetros establecidos y respetando las condicionantes, restricciones y limitaciones expresamente señaladas, de conformidad a lo siguiente:

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

100% MULTAS Impuesto Predial

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% RECARGOSImpuesto Predial beneficio para inmuebles con valor hasta 20,000

UMA ($1, 689,800.00 aprox.)

Artículo 32 fracción V y artículo 33 fracción VIII del Código Fiscal

Municipal, aplicable a los artículos 6 al 23 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez

100% RECARGOSImpuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISABI), aplica

únicamente en un monto aprox. De $50,000.00

Artículo 32 fracción V del Código Fiscal Municipal, aplicable del

artículo 24 al artículo 33 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez

100%INTERESES

MORATORIOSPREDIOS Reg. 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% MULTASDel 2018 hacía atrás por extemporaneidad sobre Licencias de

Funcionamiento para negocios de BAJO RIESGO

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y artículo 64 párrafo primero

del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a

los artículos del 98 al 103 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

COMERCIO EN LA

VIA PÚBLICA50% MULTAS Actas de verificación por no contar con permiso.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a los artículo 69 fracción II de la Ley de

Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Todos los trámites registrales a Ciudadanos Mexicanos.

Adopción, Constancia de Inexistencia de Nacimiento Municipal,

Constancia de Soltería, Constancia de Inexistencia de nacimiento o

Matrimonio Estatal, Correcciones Administrativas, Expedición de

Copias Certificadas, Expedición, Reimpresión y corrección de

CURP, Registro y Expedición de Actas de Defunción, Registro y

Expedición de Actas de Nacimiento y de Defunción de Recién

Nacido No Registrado, Constancia de Muerte Fetal, Divorcio

Administrativo, Registro de Divorcio tramitado ante Juzgados,

Divorcio Notarial, Inscripción de Actas (Defunción, Divorcio,

Matrimonio o Nacimiento), Registro de Matrimonio entre mexicanos,

Registro de Reconocimientos, Registro de Recién Nacidos menores

de 5 meses , de 6 meses a 7 años y de 8 a 17 años, registro de

adultos, Acta Foránea, Búsqueda de Acta Impresión de CURP,

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 de la Ley

de Hacienda del Municipio de Benito Juárez, exceptuando la

fracción I, inciso B numeral 1, 2 y 3

100% MULTAS

100% RECARGOS

Licencias de conducir SERVICIO PUBLICO ESTATAL, CHOFER,

MOTICICLISTA, AUTOMOVILITA, 2 y 3 años

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

III, inciso A, B, C y D de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

Permiso para menores de 18 años (solo 5 y 6 meses)

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

IV, inciso A.

100% RECARGOS

De las multas, a excepción de las infracciones especificadas por el

articulo 180 (por alcohol art. 126, accidente art. 159, polarizado art.

43, por estacionarse en cajones de signados a personas con alguna

discapacitada art. 19, priven de la vida a alguna persona, provoquen

lesiones y causen daños materiales a bienes públicos art. 158) y por

el Art. 146 del reglamento de tránsito municipal de Benito Juárez (se

prohíbe la circulación de vehículos que porten los colores combinados

que correspondan a vehículos del servicio público, o no estén

rotulados y que presten este servicio de transporte sin contar con la

concesión federal, estatal o municipal que corresponda,

amparándose para circular con placas de servicio particular o

permiso provisional).

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 181 del Reglamento de Transito

para el Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

Registros extemporáreo de nacimiento

REGISTRO CIVIL

TRANSITO

50%

Artículo 32 fracción V párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 fracción I,

inciso B numeral 1, 2 y 3 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

DERECHOS

50% DERECHOS

DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

100% MULTAS Impuesto Predial

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% RECARGOSImpuesto Predial beneficio para inmuebles con valor hasta 20,000

UMA ($1, 689,800.00 aprox.)

Artículo 32 fracción V y artículo 33 fracción VIII del Código Fiscal

Municipal, aplicable a los artículos 6 al 23 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez

100% RECARGOSImpuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISABI), aplica

únicamente en un monto aprox. De $50,000.00

Artículo 32 fracción V del Código Fiscal Municipal, aplicable del

artículo 24 al artículo 33 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez

100%INTERESES

MORATORIOSPREDIOS Reg. 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% MULTASDel 2018 hacía atrás por extemporaneidad sobre Licencias de

Funcionamiento para negocios de BAJO RIESGO

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y artículo 64 párrafo primero

del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a

los artículos del 98 al 103 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

COMERCIO EN LA

VIA PÚBLICA50% MULTAS Actas de verificación por no contar con permiso.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a los artículo 69 fracción II de la Ley de

Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Todos los trámites registrales a Ciudadanos Mexicanos.

Adopción, Constancia de Inexistencia de Nacimiento Municipal,

Constancia de Soltería, Constancia de Inexistencia de nacimiento o

Matrimonio Estatal, Correcciones Administrativas, Expedición de

Copias Certificadas, Expedición, Reimpresión y corrección de

CURP, Registro y Expedición de Actas de Defunción, Registro y

Expedición de Actas de Nacimiento y de Defunción de Recién

Nacido No Registrado, Constancia de Muerte Fetal, Divorcio

Administrativo, Registro de Divorcio tramitado ante Juzgados,

Divorcio Notarial, Inscripción de Actas (Defunción, Divorcio,

Matrimonio o Nacimiento), Registro de Matrimonio entre mexicanos,

Registro de Reconocimientos, Registro de Recién Nacidos menores

de 5 meses , de 6 meses a 7 años y de 8 a 17 años, registro de

adultos, Acta Foránea, Búsqueda de Acta Impresión de CURP,

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 de la Ley

de Hacienda del Municipio de Benito Juárez, exceptuando la

fracción I, inciso B numeral 1, 2 y 3

100% MULTAS

100% RECARGOS

Licencias de conducir SERVICIO PUBLICO ESTATAL, CHOFER,

MOTICICLISTA, AUTOMOVILITA, 2 y 3 años

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

III, inciso A, B, C y D de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

Permiso para menores de 18 años (solo 5 y 6 meses)

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

IV, inciso A.

100% RECARGOS

De las multas, a excepción de las infracciones especificadas por el

articulo 180 (por alcohol art. 126, accidente art. 159, polarizado art.

43, por estacionarse en cajones de signados a personas con alguna

discapacitada art. 19, priven de la vida a alguna persona, provoquen

lesiones y causen daños materiales a bienes públicos art. 158) y por

el Art. 146 del reglamento de tránsito municipal de Benito Juárez (se

prohíbe la circulación de vehículos que porten los colores combinados

que correspondan a vehículos del servicio público, o no estén

rotulados y que presten este servicio de transporte sin contar con la

concesión federal, estatal o municipal que corresponda,

amparándose para circular con placas de servicio particular o

permiso provisional).

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 181 del Reglamento de Transito

para el Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

Registros extemporáreo de nacimiento

REGISTRO CIVIL

TRANSITO

50%

Artículo 32 fracción V párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 fracción I,

inciso B numeral 1, 2 y 3 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

DERECHOS

50% DERECHOS

DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

100% MULTAS Impuesto Predial

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% RECARGOSImpuesto Predial beneficio para inmuebles con valor hasta 20,000

UMA ($1, 689,800.00 aprox.)

Artículo 32 fracción V y artículo 33 fracción VIII del Código Fiscal

Municipal, aplicable a los artículos 6 al 23 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez

100% RECARGOSImpuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISABI), aplica

únicamente en un monto aprox. De $50,000.00

Artículo 32 fracción V del Código Fiscal Municipal, aplicable del

artículo 24 al artículo 33 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez

100%INTERESES

MORATORIOSPREDIOS Reg. 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% MULTASDel 2018 hacía atrás por extemporaneidad sobre Licencias de

Funcionamiento para negocios de BAJO RIESGO

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y artículo 64 párrafo primero

del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a

los artículos del 98 al 103 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

COMERCIO EN LA

VIA PÚBLICA50% MULTAS Actas de verificación por no contar con permiso.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a los artículo 69 fracción II de la Ley de

Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Todos los trámites registrales a Ciudadanos Mexicanos.

Adopción, Constancia de Inexistencia de Nacimiento Municipal,

Constancia de Soltería, Constancia de Inexistencia de nacimiento o

Matrimonio Estatal, Correcciones Administrativas, Expedición de

Copias Certificadas, Expedición, Reimpresión y corrección de

CURP, Registro y Expedición de Actas de Defunción, Registro y

Expedición de Actas de Nacimiento y de Defunción de Recién

Nacido No Registrado, Constancia de Muerte Fetal, Divorcio

Administrativo, Registro de Divorcio tramitado ante Juzgados,

Divorcio Notarial, Inscripción de Actas (Defunción, Divorcio,

Matrimonio o Nacimiento), Registro de Matrimonio entre mexicanos,

Registro de Reconocimientos, Registro de Recién Nacidos menores

de 5 meses , de 6 meses a 7 años y de 8 a 17 años, registro de

adultos, Acta Foránea, Búsqueda de Acta Impresión de CURP,

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 de la Ley

de Hacienda del Municipio de Benito Juárez, exceptuando la

fracción I, inciso B numeral 1, 2 y 3

100% MULTAS

100% RECARGOS

Licencias de conducir SERVICIO PUBLICO ESTATAL, CHOFER,

MOTICICLISTA, AUTOMOVILITA, 2 y 3 años

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

III, inciso A, B, C y D de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

Permiso para menores de 18 años (solo 5 y 6 meses)

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

IV, inciso A.

100% RECARGOS

De las multas, a excepción de las infracciones especificadas por el

articulo 180 (por alcohol art. 126, accidente art. 159, polarizado art.

43, por estacionarse en cajones de signados a personas con alguna

discapacitada art. 19, priven de la vida a alguna persona, provoquen

lesiones y causen daños materiales a bienes públicos art. 158) y por

el Art. 146 del reglamento de tránsito municipal de Benito Juárez (se

prohíbe la circulación de vehículos que porten los colores combinados

que correspondan a vehículos del servicio público, o no estén

rotulados y que presten este servicio de transporte sin contar con la

concesión federal, estatal o municipal que corresponda,

amparándose para circular con placas de servicio particular o

permiso provisional).

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 181 del Reglamento de Transito

para el Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

Registros extemporáreo de nacimiento

REGISTRO CIVIL

TRANSITO

50%

Artículo 32 fracción V párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 fracción I,

inciso B numeral 1, 2 y 3 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

DERECHOS

50% DERECHOS

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

11

DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

Únicamente de acuerdo a las infracciones que indique el Reglamento

de Construcción

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a las infracciones previstas en el

Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez.

Registro y Regularización de Obra (no incluye Zona Hotelera)

únicamente de acuerdo a las infracciones que indique el Reglamento

de Construcción

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a las infracciones previstas en el

Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez.

Anuncios

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 67 del Reglamento de Anuncios

y Publicidad del Municipio de Benito Juárez en cuanto a los

artículos 116 al 119 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

RECARGOS AnunciosArtículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

DERECHOS

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95, fracción III de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez

MULTAS

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95, fracción III de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez

RECARGOSArtículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

Cambio de propietario

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso N de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Impresión de cedulas catastrales

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso O de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Constancia de Propiedad y/o No propiedad

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso F de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Constancia de Nomenclatura

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso N de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

MULTAS

Anuencia

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 151 del

Reglamento de Protección Civil del Municipio de Benito Juárez.

RECARGOSAnuencia

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

30%

DERECHOS

Permiso de operación

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 145 fracción IV de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

50%

DERECHOS

Poda y Tala de Árboles

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 145 fracción II de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

SERVICIOS

PUBLICOS70% REZAGOS Multas generadas de las visitas de inspección.

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 68 fracción X de la

Ley de Hacienda del Municipio de Benito juárez.

SIRESOL 100% RECARGOSOmisión o incumplimiento en los procesos de recolección,

tratamiento y/o disposición final de residuos sólidos.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 135 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

COORDINADOS Y

COBRANZAS

50% MULTAS

Declaradas como crédito fiscal y No Fiscal en las dependencias de

origen, requerida mediante oficio libre, aplicable a ejercicios 2016,

2017 y 2018. Los expedientes aplicables en éste programa no deben

encontrarse en algún modo de defensa legal vigente

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo

NOTA: Es aplicable únicamente para los contribuyentes que realicen personalmente su trámite; por lo tanto, no aplica para Notarías Públicas, Inmobiliarias y/o

Desarrolladoras.

PROTECCIÓN

CIVIL50%

ECOLOGÍA

Uso de suelo para operación, se cobrará únicamente el año en

corriente 2019 quedarán condonados los años atrás.

100%DESARROLLO

URBANO

DERECHOS50%CATASTRO

MULTAS

DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

100% MULTAS Impuesto Predial

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% RECARGOSImpuesto Predial beneficio para inmuebles con valor hasta 20,000

UMA ($1, 689,800.00 aprox.)

Artículo 32 fracción V y artículo 33 fracción VIII del Código Fiscal

Municipal, aplicable a los artículos 6 al 23 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez

100% RECARGOSImpuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles (ISABI), aplica

únicamente en un monto aprox. De $50,000.00

Artículo 32 fracción V del Código Fiscal Municipal, aplicable del

artículo 24 al artículo 33 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez

100%INTERESES

MORATORIOSPREDIOS Reg. 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y 64 párrafo primero del

Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a los

artículos del 6 al 23 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

50% MULTASDel 2018 hacía atrás por extemporaneidad sobre Licencias de

Funcionamiento para negocios de BAJO RIESGO

Artículos 32 fracción V, 33 fracción IX y artículo 64 párrafo primero

del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, aplicable a

los artículos del 98 al 103 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

COMERCIO EN LA

VIA PÚBLICA50% MULTAS Actas de verificación por no contar con permiso.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a los artículo 69 fracción II de la Ley de

Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Todos los trámites registrales a Ciudadanos Mexicanos.

Adopción, Constancia de Inexistencia de Nacimiento Municipal,

Constancia de Soltería, Constancia de Inexistencia de nacimiento o

Matrimonio Estatal, Correcciones Administrativas, Expedición de

Copias Certificadas, Expedición, Reimpresión y corrección de

CURP, Registro y Expedición de Actas de Defunción, Registro y

Expedición de Actas de Nacimiento y de Defunción de Recién

Nacido No Registrado, Constancia de Muerte Fetal, Divorcio

Administrativo, Registro de Divorcio tramitado ante Juzgados,

Divorcio Notarial, Inscripción de Actas (Defunción, Divorcio,

Matrimonio o Nacimiento), Registro de Matrimonio entre mexicanos,

Registro de Reconocimientos, Registro de Recién Nacidos menores

de 5 meses , de 6 meses a 7 años y de 8 a 17 años, registro de

adultos, Acta Foránea, Búsqueda de Acta Impresión de CURP,

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 de la Ley

de Hacienda del Municipio de Benito Juárez, exceptuando la

fracción I, inciso B numeral 1, 2 y 3

100% MULTAS

100% RECARGOS

Licencias de conducir SERVICIO PUBLICO ESTATAL, CHOFER,

MOTICICLISTA, AUTOMOVILITA, 2 y 3 años

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

III, inciso A, B, C y D de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

Permiso para menores de 18 años (solo 5 y 6 meses)

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 66, fracción

IV, inciso A.

100% RECARGOS

De las multas, a excepción de las infracciones especificadas por el

articulo 180 (por alcohol art. 126, accidente art. 159, polarizado art.

43, por estacionarse en cajones de signados a personas con alguna

discapacitada art. 19, priven de la vida a alguna persona, provoquen

lesiones y causen daños materiales a bienes públicos art. 158) y por

el Art. 146 del reglamento de tránsito municipal de Benito Juárez (se

prohíbe la circulación de vehículos que porten los colores combinados

que correspondan a vehículos del servicio público, o no estén

rotulados y que presten este servicio de transporte sin contar con la

concesión federal, estatal o municipal que corresponda,

amparándose para circular con placas de servicio particular o

permiso provisional).

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 181 del Reglamento de Transito

para el Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

Registros extemporáreo de nacimiento

REGISTRO CIVIL

TRANSITO

50%

Artículo 32 fracción V párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

para el Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 75 fracción I,

inciso B numeral 1, 2 y 3 de la Ley de Hacienda del Municipio de

Benito Juárez.

DERECHOS

50% DERECHOS

DEPENDENCIA DESCUENTO CONCEPTO DESCRIPCIÓN FUNDAMENTO

Únicamente de acuerdo a las infracciones que indique el Reglamento

de Construcción

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a las infracciones previstas en el

Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez.

Registro y Regularización de Obra (no incluye Zona Hotelera)

únicamente de acuerdo a las infracciones que indique el Reglamento

de Construcción

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable a las infracciones previstas en el

Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez.

Anuncios

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 67 del Reglamento de Anuncios

y Publicidad del Municipio de Benito Juárez en cuanto a los

artículos 116 al 119 de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito

Juárez.

RECARGOS AnunciosArtículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

DERECHOS

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95, fracción III de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez

MULTAS

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95, fracción III de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez

RECARGOSArtículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

Cambio de propietario

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso N de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Impresión de cedulas catastrales

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso O de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Constancia de Propiedad y/o No propiedad

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso F de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

Constancia de Nomenclatura

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 95 fracción IV,

inciso N de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

MULTAS

Anuencia

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 151 del

Reglamento de Protección Civil del Municipio de Benito Juárez.

RECARGOSAnuencia

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo.

30%

DERECHOS

Permiso de operación

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 145 fracción IV de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

50%

DERECHOS

Poda y Tala de Árboles

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 145 fracción II de

la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez.

SERVICIOS

PUBLICOS70% REZAGOS Multas generadas de las visitas de inspección.

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo, aplicable al artículo 68 fracción X de la

Ley de Hacienda del Municipio de Benito juárez.

SIRESOL 100% RECARGOSOmisión o incumplimiento en los procesos de recolección,

tratamiento y/o disposición final de residuos sólidos.

Artículos 32 fracción V del Código Fiscal Municipal del Estado de

Quintana Roo, aplicable al artículo 135 de la Ley de Hacienda del

Municipio de Benito Juárez.

INGRESOS

COORDINADOS Y

COBRANZAS

50% MULTAS

Declaradas como crédito fiscal y No Fiscal en las dependencias de

origen, requerida mediante oficio libre, aplicable a ejercicios 2016,

2017 y 2018. Los expedientes aplicables en éste programa no deben

encontrarse en algún modo de defensa legal vigente

Artículo 32 fracción VII párrafo segundo del Código Fiscal Municipal

del Estado de Quintana Roo

NOTA: Es aplicable únicamente para los contribuyentes que realicen personalmente su trámite; por lo tanto, no aplica para Notarías Públicas, Inmobiliarias y/o

Desarrolladoras.

PROTECCIÓN

CIVIL50%

ECOLOGÍA

Uso de suelo para operación, se cobrará únicamente el año en

corriente 2019 quedarán condonados los años atrás.

100%DESARROLLO

URBANO

DERECHOS50%CATASTRO

MULTAS

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

12

TERCERO. - Se autoriza al Director de Ingresos de la Tesorería Municipal, para la aplicación de los estímulos y subsidios fiscales de conformidad al programa objeto del presente acuerdo. CUARTO. - Se instruye al Director de Ingresos de la Tesorería Municipal para que, a través de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta, informe a este Ayuntamiento sobre los resultados derivados del cumplimiento del presente acuerdo. QUINTO. - Publíquese el presente acuerdo en términos de ley.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, aprobar el programa denominado “Segunda Jornada de Regularización de Tramites y Descuentos Municipales 2019”, para el otorgamiento de estímulos y subsidios fiscales en el pago de contribuciones y sus accesorios, misma que se realizara´ del 29 de julio al 16 de agosto del 2019, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el programa denominado “Segunda Jornada de Regularización de Trámites y Descuentos Municipales 2019”, en los términos del propio acuerdo. --------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Séptimo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: --------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145, 154 y demás relativos y conducentes de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66, fracción I, incisos b) y c), y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1°, 2º, 5°, 6° fracción I, 73, 74, y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 26, 33, 78, 85, 139, y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y de conformidad con los siguientes:

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

13

ANTECEDENTES En la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, se aceptó de diversas empresas desarrolladoras la donación de inmuebles en cumplimiento a lo previsto en los artículos 60 y 63 de la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo. Específicamente en el punto décima del orden del día de la referida Sesión de Cabildo, se aceptaron por parte de la empresa desarrolladora “Inmobiliaria Karuka S.A. de C.V.”, del Fraccionamiento denominado Residencial Turquesa, los siguientes inmuebles:

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

1 249 50 07 6,824.13 601 6 249 050 007 00 000

NORTE 80.00+26.94+8.00 METROS, CON LOTE 03 CALLE CITRINO Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 106.94+8.00 METROS CON CALLE PASEO DE AMAPOLAS Y LOTE 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 46.73+88.00+19.00 METROS CON LOTES 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 24.73+129.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTES 03,04,05 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

2 249 51 05 3,845.41 601 6 249 051 005 00 000

NORTE 20.72+4.00+4.00 METROS CON AVENIDA PASEO DE GIRASOLES Y LOTES 01 Y 04 EN LÍNEA DISCONTINÚA

SUR 4.00+16.72+8.00 METROS CON LOTE 02, CALLE CITRINO Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 16.00+86.00+62.00 METROS CON LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 60.00+88.00+16.00 METROS CON LOTE 04,03 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

3 249 52 07 4,539.45 601 6 249 052 007 00 000

NORTE 15.43+7.97+8.00 METROS CON CALLE BERILIO, LOTES 01 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 12.00+19.43 METROS CON LOTE 03 Y AVENIDA PASEO DE GIRASOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 18.00+154.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 16.00+90.00+66.00 METROS CON LOTES 03,04,05 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

4 249 53 04 4,640.00 601 6 249 158 053 004 00 000

NORTE 100.00+8.00 METROS CON CALLE KUNZITE Y LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 80.00+8.00+12.00+8.00 METROS CON LOTE 03, CALLE BERILIO Y LOTE 04 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 66.00+88.00+18.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 8.00+60.00+ 88.00+16.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

5 249 54 03 3,270.56 601 6 249 054 003 00 000

NORTE 20.00 METROS CON CALLE PASEO DE TRÉBOLES

SUR 20.00 METROS CON CALLE KUNZITE

ESTE 163.53 METROS CON LOTE 01

OESTE 163.53 METROS CON LOTE 02

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

6 249 55 04 2,309.48 601 6 249 055 004 00 000

NORTE 3.00+13.00 METROS CON LOTES 03 Y CALLE PASEO DE TRÉBOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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SUR 16.00 METROS CON CALLE KUNZITE

ESTE 163.48 METROS CON LOTE 01

OESTE 61.41+102.06 METROS CON LOTES 02 Y 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

7 249 56 03 4,362.43 601 6 249 056 003 00 000

NORTE 101.00+8.00 METROS CON LOTE 02 CALLE KUNZITE EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 80.00+20.79+4.00 METROS CON LOTES 01 Y 02, CALLE BERILIO EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 10.00+162.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 8.49+59.51+88.00+16.00 METROS CON LOTE 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

8 249 56 04 245.12 601 6 249 056 004 00 000

NORTE 22.50 METROS CON CALLE KUNZITE

SUR 30.50 METROS CON LOTE 02

ESTE 8.49 METROS CON LOTE 03 (ÁREA VERDE DONACIÓN)

OESTE 0.49+12.57 METROS CON CALLE KUNZITE EN LÍNEA CURVA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

9 249 57 08 4,096.00 601 6 249 057 008 00 000

NORTE 20.00+8.00 METROS CON LOTE 07 Y CALLE BERILIO EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 12.00+16.00 METROS CON LOTE 04 Y AVENIDA PASEO DE GIRASOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 172.00 METROS CON LOTE 01,02 Y 03

OESTE 66.00+90.00+16.00 METROS CON LOTES 04 ,05,06 Y 07 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

10 249 58 09 4,559.11 601 6 249 058 009 00 000

NORTE 16.00+8.00+25.85+4.00 METROS CON AVENIDA PASEO DE GIRASOLES LOTE 01,07 Y 08 EN LÍNEA CONTINUA

SUR 20.00 METROS CON CALLE CITRINO

ESTE 16.00+148.00 METROS CON LOTE 01,02,03 Y 04 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 34.00+44.00+67.27+27.79 METROS CON LOTE 05,07 Y 08 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

11 249 60 04 3,342.41 601 6 249 060 004 00 000

NORTE 59.79 METROS CON BERILIO

SUR VÉRTICE METROS CON AVENIDA CHAC MOOL

ESTE 108.30 METROS CON LOTES 01 Y 02

OESTE 83.85+39.91 METROS CON AVENIDA CHAC MOOL EN LÍNEA CURVA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

12 249 61 04 4,169.26 601 6 249 061 004 00 000

NORTE 15.00+5.00+26.42 METROS CON CALLE KUNZITE, LOTE 01 Y 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 20.00 METROS CON CALLE BERILIO

ESTE 35.00+137.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 103.55+73.37 METROS CON LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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13 249 62 03 878.57 601 6 249 062 003 00 000

NORTE 14.93 METROS CON CALLE PASEO DE TRÉBOLES

SUR 14.93 METROS CON LOTE 1109-83

ESTE 58.85 METROS CON LOTE 01

OESTE 58.85 METROS CON LOTE 02

Así como las áreas destinadas a vialidades, conforme se detalla a continuación:

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

14 249 62 04 (VIALIDADES) 67,046.53 601 6 249 062 004 00 000

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número SMEYDU/0596/019, de fecha tres de julio de dos mil diecinueve, el Ing. Armando Lara De Nigris, en su carácter de Secretario de Ecología y Desarrollo Urbano, informó al Ciudadano Secretario General del Ayuntamiento, Jorge Carlos Aguilar Osorio, que de los lotes recibidos en donación por parte de la empresa desarrolladora “Karuka, S.A. de C.V.”, correspondiente al fraccionamiento denominado Residencial Turquesa, a favor del Municipio de Benito Juárez, mediante el décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, se transcribieron datos por error involuntario en el Dictamen enviado, siendo estos los siguientes: Que dicha información se remite con el propósito de que se realicen las correcciones correspondientes, y así estar en posibilidad de continuar con el proceso de perfeccionamiento de los lotes y vialidades donadas a favor de este municipio; Qué en razón de lo anteriormente expuesto se tiene a bien someter a la aprobación de los miembros de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, para quedar como sigue:

PRIMERO.- A efecto de que se cumpla lo previsto en los artículos 60 fracción I y 63 de la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo, y en atención a lo dispuesto en el inciso o) de la fracción I del artículo 66 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, se acepta de INMOBILIARIA KARUKA, S.A. DE C.V., la donación de los inmuebles que han quedado descritos en el cuerpo del presente acuerdo y que se tienen aquí por reproducidos como si a la letra se insertasen, y que corresponden al fraccionamiento denominado “RESIDENCIAL TURQUESA”; lo anterior de conformidad con el dictamen emitido por la Secretaría Municipal de Ecología y Desarrollo Urbano:

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

1 249 50 07 6,824.13 601 6 249 050 007 00 000

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Corresponde a la 21ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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NORTE 80.00+26.94+8.00 METROS, CON LOTE 03 CALLE CITRINO Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 106.94+8.00 METROS CON CALLE PASEO DE AMAPOLAS Y LOTE 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 46.73+88.00+19.00 METROS CON LOTES 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 24.73+129.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTES 03,04,05 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

2 249 51 05 3,845.41 601 6 249 051 005 00 000

NORTE 20.72+4.00+4.00 METROS CON AVENIDA PASEO DE GIRASOLES Y LOTES 01 Y 04 EN LÍNEA DISCONTINÚA

SUR 4.00+16.72+8.00 METROS CON LOTE 02, CALLE CITRINO Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 16.00+86.00+62.00 METROS CON LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 60.00+88.00+16.00 METROS CON LOTE 04,03 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

3 249 52 07 4,539.45 601 6 249 052 007 00 000

NORTE 15.43+7.97+8.00 METROS CON CALLE BERILIO, LOTES 01 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 12.00+19.43 METROS CON LOTE 03 Y AVENIDA PASEO DE GIRASOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 18.00+154.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 16.00+90.00+66.00 METROS CON LOTES 03,04,05 Y 06 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

4 249 53 04 4,640.00 601 6 249 053 004 00 000

NORTE 100.00+8.00 METROS CON CALLE KUNZITE Y LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 80.00+8.00+12.00+8.00 METROS CON LOTE 03, CALLE BERILIO Y LOTE 04 EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 66.00+88.00+18.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 8.00+60.00+ 88.00+16.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

5 249 54 03 3,270.56 601 6 249 054 003 00 000

NORTE 20.00 METROS CON CALLE PASEO DE TRÉBOLES

SUR 20.00 METROS CON CALLE KUNZITE

ESTE 163.53 METROS CON LOTE 01

OESTE 163.53 METROS CON LOTE 02

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

6 249 55 04 2,309.48 601 6 249 055 004 00 000

NORTE 3.00+13.00 METROS CON LOTES 03 Y CALLE PASEO DE TRÉBOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 16.00 METROS CON CALLE KUNZITE

ESTE 163.48 METROS CON LOTE 01

OESTE 61.41+102.06 METROS CON LOTES 02 Y 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

7 249 56 03 4,362.43 601 6 249 056 003 00 000

NORTE 101.00+8.00 METROS CON LOTE 02 CALLE KUNZITE EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 80.00+20.79+4.00+5.00 METROS CON LOTES 01 Y 02, CALLE BERILIO EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 10.00+162.00 METROS CON CALLE PIEDRA VOLCÁNICA Y LOTE 01 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 8.49+59.51+88.00+16.00 METROS CON LOTE 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

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8 249 56 04 245.12 601 6 249 056 004 00 000

NORTE 22.50 METROS CON CALLE KUNZITE

SUR 30.50 METROS CON LOTE 02

ESTE 8.49 METROS CON LOTE 03 (ÁREA VERDE DONACIÓN)

OESTE 0.49+12.57 METROS CON CALLE KUNZITE EN LÍNEA CURVA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

9 249 57 08 4,096.00 601 6 249 057 008 00 000

NORTE 20.00+8.00 METROS CON LOTE 07 Y CALLE BERILIO EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 12.00+16.00 METROS CON LOTE 04 Y AVENIDA PASEO DE GIRASOLES EN LÍNEA DISCONTINUA

ESTE 172.00 METROS CON LOTE 01,02 Y 03

OESTE 66.00+90.00+16.00 METROS CON LOTES 04 ,05,06 Y 07 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

10 249 58 09 4,559.11 601 6 249 058 009 00 000

NORTE 16.00+8.00+25.85+4.00 METROS CON AVENIDA PASEO DE GIRASOLES LOTE 01,07 Y 08 EN LÍNEA CONTINUA

SUR 20.00 METROS CON CALLE CITRINO

ESTE 16.00+148.00 METROS CON LOTE 01,02,03 Y 04 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 34.00+44.00+67.27+27.79 METROS CON LOTE 05,07 Y 08 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

11 249 60 04 3,342.41 601 6 249 060 004 00 000

NORTE 59.79 METROS CON BERILIO

SUR VÉRTICE METROS CON AVENIDA CHAC MOOL

ESTE 108.30 METROS CON LOTES 01 Y 02

OESTE 83.85+39.91 METROS CON AVENIDA CHAC MOOL EN LÍNEA CURVA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

12 249 61 04 4,169.26 601 6 249 061 004 00 000

NORTE 15.00+5.00+26.42 METROS CON CALLE KUNZITE, LOTE 01 Y 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

SUR 20.00 METROS CON CALLE BERILIO

ESTE 35.00+137.00 METROS CON LOTE 01 Y 02 EN LÍNEA DISCONTINUA

OESTE 103.55+73.37 METROS CON LOTE 03 EN LÍNEA DISCONTINUA

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

13 249 62 03 878.57 601 6 249 062 003 00 000

NORTE 14.93 METROS CON CALLE PASEO DE TRÉBOLES

SUR 14.93 METROS CON LOTE 1109-83

ESTE 58.85 METROS CON LOTE 01

OESTE 58.85 METROS CON LOTE 02

Así como las áreas destinadas a vialidades, conforme se detalla a continuación:

# sm Manzana Lote superficie en m2 clave catastral

14 249 62 04 (VIALIDADES) 67,046.53 601 6 249 062 004 00 000

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SEGUNDO.- Se ratifican los puntos de acuerdo segundo al séptimo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, para quedar como sigue:

SEGUNDO.- En su caso, se autoriza a los ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, para que suscriban en representación del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, el contrato de donación de los inmuebles objeto del punto de acuerdo que antecede, incorporándose dichos inmuebles al patrimonio municipal como bienes del dominio público, previa inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad. TERCERO.- Se instruye a los ciudadanos Directores General de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos para que realicen los trámites y gestiones necesarias tendientes a formalizar ante Notario Público la escritura de donación respectiva en términos del presente acuerdo. CUARTO.- En su oportunidad, remítase la escritura pública que contenga el contrato de donación objeto del presente acuerdo, al Titular de Patrimonio Municipal, para los fines legales y administrativos a que haya lugar. QUINTO.- Los pagos de impuestos, derechos, honorarios y gastos que se generen por la escritura pública que contenga el contrato de donación objeto del presente acuerdo, así como por la inscripción de la misma en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, correrán por cuenta de INMOBILIARIA KARUKA, S.A. DE C.V. SEXTO.- En el caso, de que INMOBILIARIA KARUKA, S.A. DE C.V., no protocolice ante Notario Público el contrato de donación objeto del presente acuerdo, ni realice la inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, dentro de los noventa días naturales siguientes a la presente aceptación de donación, se tendrá por no cumplida la obligación prevista en el artículo 60 de la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo. SÉPTIMO.- Publíquese el presente acuerdo en términos de Ley.

TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo, en términos de Ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado modificar el primer punto de acuerdo del décimo punto del orden del día de la Cuadragésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2016-2018, de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, en los términos del propio acuerdo. ---------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge

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Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Octavo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ----- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 21, 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 126, 133, 145, 147, inciso g), 157, 158 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 6°, 7°, 11, 12, 14 apartado B, 20, 21 fracción VII, 27 fracción XIII y demás aplicables de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66 fracciones I, inciso h), fracción III, inciso g), 89, 90 fracciones IX y XXI, 116 fracción IV y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5º fracciones I, IV y IX, 6° fracción I, 73, 74, 191, 335 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 21, 22 fracción V, 29, 30, 43 y demás aplicables del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 4º, 5º, 29 fracción I, 31, 32, 34 y demás aplicables del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 26, 33, 78, 85, 139, y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21 párrafos noveno y décimo, entre otras cosas, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé, y que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno se coordinarán entre sí para cumplir los objetivos de la Seguridad Pública y conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública; Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición Constitucional aludida, establece en su artículo 2°, que la Seguridad Pública tiene como fines, salvaguardar la integridad y derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos; Que las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de su competencia, deberán coordinarse, para entre otras cosas, regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública; Que las Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional; su actuación se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y demás normatividad aplicable; Que de conformidad a las bases constitucionales federales y estatales, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, tiene a su cargo la indelegable función de la seguridad pública, policía preventiva y tránsito y que para estos efectos coordinará sus actividades con los correspondientes organismos del estado y la federación en el marco de los sistemas nacional y estatal de seguridad pública conforme a los convenios que al efecto se suscriban; Que la autonomía del municipio se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de la comunidad en el ámbito de su competencia;

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Que la ciudadana Presidente Municipal de Benito Juárez, tiene bajo su mando los cuerpos de seguridad pública, policía preventiva y tránsito municipal para la conservación del orden público y protección de la integridad de las personas y su patrimonio, con excepción de las facultades reservadas al gobernador del estado y al ejecutivo federal de conformidad con las constituciones federal y estatal; Que de acuerdo con el marco jurídico referenciado, los Ayuntamientos deberán nombrar por mayoría de votos de sus integrantes, al Director de Seguridad Pública Municipal; y a este respecto, es necesario señalar que actualmente, y en atención a las reformas reglamentarias que dieron origen al Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y el Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, las cuales tienen plena concordancia con la Ley de los Municipios del Estado y las disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo, en el Municipio de Benito Juárez, el equivalente a Director de Seguridad Pública Municipal, es el Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito; Que el Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito tendrá las facultades y obligaciones que establece el artículo 136 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, así como las establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo, otras Leyes Federales y Estatales de aplicación al ámbito municipal y sus reglamentos; Que asimismo, el Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito tendrá las responsabilidades previstas en el artículo 44 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y la organización y funcionamiento de la Secretaria a su cargo, se ajustará a lo establecido en el artículo 45 del propio Reglamento Orgánico, y a lo dispuesto en su Reglamento Interior; Que para ser Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito se deben satisfacer los siguientes requisitos: Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, sin contar con otra nacionalidad; Contar con una residencia no menor de tres años antes de su nombramiento y vecindad acreditada en el Municipio; No tener antecedentes penales; Contar con estudios de licenciatura relacionados con el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad; Tener experiencia profesional en el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad, cuando menos de dos años anteriores a su nombramiento; No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso; No estar impedido, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley y demás disposiciones aplicables; En el caso del Titular de la Secretaría, además de los anteriores requisitos, deberá cumplir con los establecidos para los titulares de las corporaciones policíacas en las leyes de los sistemas federal y estatal de seguridad pública, así como los establecidos en la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo y el Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; Que obstante lo anterior, el artículo 34 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, establece que cuando no se reúna el requisito de residencia previsto en su fracción II, el Presidente Municipal podrá proponer al Ayuntamiento para su aprobación a ocupar dicho cargo, a aquella persona que se destaque por su preparación, capacidad y experiencia en el manejo de corporaciones policíacas y de seguridad de conformidad con las leyes de la materia; Que toda vez, que hasta la presente fecha no se ha nombrado al Titular de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, en esta oportunidad la Ciudadana Presidente Municipal, propone al ciudadano Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, para ocupar dicho cargo; Que la propuesta de la Presidente Municipal se funda en que el Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, es Técnico Superior en Seguridad Pública por la Escuela Profesional de la Policía Federal, cuenta con un Diplomado en Administración y Gestión Pública, por el Instituto Iberoamericano de Desarrollo Humano y Alta Dirección y con Diplomado en Gestión de la Seguridad Pública, por el Instituto Estatal de Ciencias Penales del Estado de Guanajuato; asimismo cuenta con diversos de capacitación, entre los que destacan, Cadena de Custodia, Policía de Investigación en los Temas de Operaciones Especiales, Cumplimiento de Mandamientos Judiciales y Ministeriales, Participación Activa en Operativos de Alto Riesgo, Policía de Guardia Civil: Curso de Actualizaciones Policiales ante la Violencia de Genaro, Adiestramiento y Manejo Canino para el Trabajo Policial, Organización y Administración de Recursos Humanos y Material y Derechos Humanos en la Actualidad;

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Que la preparación con la que cuenta el Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, le ha permitido ocupar diversos cargos importantes en su ascendente carrera profesional pues se ha desempeñado como Inspector de la Policía Federal en diferentes Estados de la República Mexicana, Director Operativo de la Policía Ministerial del Estado de Morelos, Director General de Seguridad Pública del Municipio de Irapuato, Guanajuato, Director de la Policía de Investigación Criminal en la Fiscalía General del Estado de Morelos; Director de la Policía Turística, Subsecretario de Control y Operación de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y actualmente se desempeña como Encargado del Despacho de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de nuestro municipio; Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública corresponde a los Municipios abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo; Que de acuerdo con el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Quintana Roo, el Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, cuenta con una evaluación valida y vigente para ocupar el cargo de Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que en esta oportunidad, y en ejercicio de sus atribuciones, la Presidente Municipal, somete a la consideración de este Honorable Ayuntamiento el nombramiento en comento, fundando también su propuesta en el hecho de que el Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, de conformidad al curriculum vitae que se adjunta al presente acuerdo, y que forma parte del mismo como si a la letra se insertare, cuenta con los estudios, capacitación y experiencia profesional suficientes para desempeñarse como un Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, que se rija por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos; Que por lo expuesto, se tiene a bien someter a la aprobación de los integrantes de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba el nombramiento propuesto por la ciudadana Presidente Municipal, a favor del Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, como Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo. SEGUNDO.- En su caso, procédase a la toma de protesta de Ley. TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en términos de Ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Clara Emilia Díaz Aguilar, Primera Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. ----------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. Solicitando el uso de la voz el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, quien manifestó: Presidenta, buenos días, Secretario, compañeros Regidores, a todos los asistentes, a nuestras autoridades de Seguridad Pública, de la Guardia Nacional, de la Marina, que nos honran con su presencia, yo quisiera brindar todo el apoyo a nuestra Presidente municipal en esta propuesta como siempre lo hemos hecho, a la espera de realmente confirmar el compromiso de nuestro nuevo Secretario de Seguridad Pública, esperando que la votación sea a favor de lealtad, de compromiso total hacia los proyectos municipales, hacia la defensa de la soberanía municipal, como lo marca el artículo 115, y de continuar con un combate frontal y total, tanto a la delincuencia que nos asola como a cualquier tipo de práctica

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incorrecta e indebida que se esté llevando a cabo por parte de nuestros elementos, sabemos que eso también es un flagelo que se tiene que atacar, ayer lo comentamos y tenemos la total confianza de que nuestra Presidente está respaldada por este cabildo y seremos vigilantes de todas las acciones que se lleven a cabo, díganos por favor lo que necesite para apoyarlo en esta tarea, dada la confianza que le estamos depositando, también quisiera yo pedir si son tan amables, urgirles a las personas que dentro del ámbito municipal están a cargo de la integración de la Mesa Técnica de Inteligencia Policial, que se haga a la brevedad posible porque eso nos va a ayudar a vigilar el buen cumplimiento del convenio de Mando Único, le pido total coordinación con respeto al artículo 115, con el Secretario estatal y como parte de la Guardia Nacional, usted es parte muy importante, le pido que también se sume a los trabajos y ya tendremos oportunidad yo creo de estar presentes porque el Ayuntamiento, como indica la Cláusula segunda, inciso n), del capítulo I, del Mando Único, somos parte de este acuerdo, entonces, en hora buena, esperamos que su actuación sea digna del cargo que va a representar y tiene todo nuestro respaldo, es cuánto. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el nombramiento del Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, como Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que procederemos a la correspondiente toma de protesta de ley. En uso de la voz el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, solicitó al Ciudadano Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, pase al frente del presídium para la toma de Protesta de Ley. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, tomó la Protesta de Ley en los siguientes términos: “¿Protesta cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, las leyes que de ellas emanen y los acuerdos y disposiciones dictadas por el Ayuntamiento y desempeñar leal y patrióticamente el cargo que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, del Estado de Quintana Roo y de este Municipio?” A lo que el Ciudadano Inspector Eduardo Santa Maria Chávez, respondió “Si protesto”. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, agrego: “Si así no lo hiciere, que el pueblo se lo demande”. --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Noveno. - A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Turística de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Damos la bienvenida al Capitán Lanzagorta, que nos acompaña también el día de hoy. Seguidamente solicitó se diera lectura al documento, el cual es del

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tenor literal siguiente: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 21, 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 126, 133, 145, 147, inciso g), 157, 158 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 6°, 7°, 11, 12, 14 apartado B, 20, 21 fracción VII, 27 fracción XIII y demás aplicables de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66 fracciones I, incisos b) y c), fracción III, inciso g), 89, 90 fracción XXI, 116 fracción IV, 131, 135 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5º fracciones I, IV y IX, 6° fracción I, 73, 74, 335 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 21, 22 fracción V, 43, 45 fracción I, inciso c) y demás aplicables del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 4º, 5º, 29 fracción II inciso c), 32, 34, 67 y demás aplicables del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 26, 33, 78, 85, 139, y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21 párrafos noveno y décimo, entre otras cosas, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé, y que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno se coordinarán entre sí para cumplir los objetivos de la Seguridad Pública y conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública; Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición Constitucional aludida, establece en su artículo 2°, que la Seguridad Pública tiene como fines, salvaguardar la integridad y derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos; Que las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de su competencia, deberán coordinarse, para entre otras cosas, regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública; Que las Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional; su actuación se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y demás normatividad aplicable; Que de conformidad a las bases constitucionales federales y estatales, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, tiene a su cargo la indelegable función de la seguridad pública, policía preventiva y tránsito y que para estos efectos coordinará sus actividades con los correspondientes organismos del estado y la federación en el marco de los sistemas nacional y estatal de seguridad pública conforme a los convenios que al efecto se suscriban; Que la autonomía del municipio se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de la comunidad en el ámbito de su competencia; Que la ciudadana Presidente Municipal de Benito Juárez, tiene bajo su mando los cuerpos de seguridad pública, policía preventiva y tránsito municipal para la conservación del orden público y protección de la integridad de las personas y su patrimonio, con excepción de las facultades reservadas al gobernador del estado y al ejecutivo federal de conformidad con las constituciones federal y estatal; Que el Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en su artículo 29 fracción II inciso c), establece que para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos, la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en términos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, cuenta dentro de su estructura orgánica con la Dirección de la Policía Turística;

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Que el Titular de la Dirección de la Policía Turística tendrá el cargo de Director, sin perjuicio de la jerarquía que le corresponda conforme al estado de fuerza anual de la Secretaría, será nombrado por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal y ejercerá el mando de su área; Que el Titular de la Dirección de la Policía Turística realizará las funciones que establece el artículo 68 del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, así como las establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo, y demás Leyes Federales y Estatales aplicables al ámbito municipal y sus reglamentos; Que para ser Titular de la Dirección de la Policía Turística se deben satisfacerse los requisitos establecidos en el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, que son los siguientes: Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, sin contar con otra nacionalidad; contar con una residencia no menor de tres años antes de su nombramiento y vecindad acreditada en el Municipio; no tener antecedentes penales; contar con estudios de licenciatura relacionados con el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad; tener experiencia profesional en el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad, cuando menos de dos años anteriores a su nombramiento; no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso; no estar impedido, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley y demás disposiciones aplicables; Que toda vez, que hasta la presente fecha no se ha nombrado al Titular de la Dirección de la Policía Turística de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, en esta oportunidad la Ciudadana Presidente Municipal, propone al ciudadano Cesar Augusto Escamilla Pacheco, para ocupar dicho cargo; Que la propuesta de la Presidente Municipal se funda en que el ciudadano Cesar Augusto Escamilla Pacheco, es Licenciado en Derecho por la Universidad del Sur, Campus Cancún, cuenta con diversos diplomados y certificaciones entre los de destacan, Formador de Instructores; Evaluación de Daños y Análisis de necesidades- Nivel Toma de Decisiones; Diagnostico y Gestión para la Prevención del Delito; Auditor Básico en Seguridad Vial; Protocolo de Actuación Policial en Materia de Violencia de Genero; Técnicas de la Función Policial; Calidad total en atención al turista dirigido a Policías Turísticos; Cadena de Custodia; y Capacitación para la Prevención del Fraude, Características de Seguridad de Documentos y Detección de Impostores; Que la preparación con la que cuenta el Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, le ha permitido ocupar diversos cargos en su carrera profesional, en el año de 1999, ingresa la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en donde se desempeñó como Auxiliar del Departamento de Infracciones; Auxiliar del Subdirector y Coordinador de Planeación de Transito; Supervisor de Planeación; Supervisor de Estadísticas e Información de Transito; Encargado Administrativo de la Coordinación Operativa y Planeación de Transito; Coordinador de Enlace Administrativo y Enlace y Área Operativa; Coordinador de Zona Centro; Subdirector de Tránsito Municipal; Jefe de Departamento de Prevención del Delito con la Participación Ciudadana; Titular de la Unidad Operativa de la Policía Turística y actualmente como Encargado del Despecho de la Dirección de la Policía Turística; Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los Municipios deben abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo; Que de acuerdo con el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Quintana Roo, el Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, cuenta con una evaluación valida y vigente para ocupar el cargo de Director de la Policía Turística de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que en esta oportunidad, y en ejercicio de sus atribuciones la Presidente Municipal, somete a la consideración de este Honorable Ayuntamiento el nombramiento en cuestión, fundando también su propuesta en el hecho de que el Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, de conformidad al curriculum vitae que se adjunta al presente acuerdo, y que forma parte del mismo como si a la letra se insertare, cuenta con los estudios, capacitación y experiencia profesional suficientes para desempeñarse como Titular de la Dirección de la Policía Turística de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, que se rija por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos;

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Que por lo expuesto y fundado, se tiene a bien someter a la aprobación de los integrantes de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba el nombramiento propuesto por la Ciudadana Presidente Municipal, a favor del Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, para desempeñar el cargo de Titular de la Dirección de la Policía Turística de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo. SEGUNDO.- En su caso, procédase a la correspondiente toma de protesta de Ley. TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en términos de ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Turística de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el nombramiento del Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, como Director de la Policía Turística de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que procederemos a la correspondiente toma de protesta de ley. En uso de la voz el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, solicitó al Ciudadano Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, pase al frente del presídium para la toma de Protesta de Ley. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, tomó la Protesta de Ley en los siguientes términos: “¿Protesta cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, las leyes que de ellas emanen y los acuerdos y disposiciones dictadas por el Ayuntamiento y desempeñar leal y patrióticamente el cargo que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, del Estado de Quintana Roo y de este Municipio?” A lo que el Ciudadano Licenciado Cesar Augusto Escamilla Pacheco, respondió “Si protesto”. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, agrego: “Si así no lo hiciere, que el pueblo se lo demande”. --------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Décimo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Preventiva de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ---------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 21, 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 126, 133, 145, 147, inciso g), 157, 158 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 6°, 7°, 11, 12, 14 apartado B, 20, 21 fracción VII, 27 fracción XIII y demás aplicables de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66 fracciones I, incisos b) y c), fracción III, inciso g), 89, 90 fracción XXI, 116 fracción IV, 131, 134 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5º fracciones I, IV y IX, 6° fracción I, 73, 74, 335 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 21, 22 fracción V, 43, 45 fracción I, inciso a) y demás aplicables del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 4º, 5º, 29 fracción II inciso a), 32, 34, 44 y demás aplicables del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 26, 33, 78, 85, 139, y demás relativos y conducentes del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone en su artículo 21 párrafos noveno y décimo, entre otras cosas, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución prevé, y que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno se coordinarán entre sí para cumplir los objetivos de la Seguridad Pública y conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública; Que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, reglamentaria de la disposición Constitucional aludida, establece en su artículo 2°, que la Seguridad Pública tiene como fines, salvaguardar la integridad y derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos; Que las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de su competencia, deberán coordinarse, para entre otras cosas, regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública; Que las Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional; su actuación se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y demás normatividad aplicable; Que de conformidad a las bases constitucionales federales y estatales, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, tiene a su cargo la indelegable función de la seguridad pública, policía preventiva y tránsito y que para estos efectos coordinará sus actividades con los correspondientes organismos del estado y la federación en el marco de los sistemas nacional y estatal de seguridad pública conforme a los convenios que al efecto se suscriban; Que la autonomía del municipio se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de la comunidad en el ámbito de su competencia;

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Que la ciudadana Presidente Municipal de Benito Juárez, tiene bajo su mando los cuerpos de seguridad pública, policía preventiva y tránsito municipal para la conservación del orden público y protección de la integridad de las personas y su patrimonio, con excepción de las facultades reservadas al Gobernador del Estado y al Ejecutivo Federal de conformidad con las Constituciones Federal y Estatal; Que el Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en su artículo 29 fracción II inciso a), establece que para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos, la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en términos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, cuenta dentro de su estructura orgánica con la Dirección de la Policía Preventiva; Que el Titular de la Dirección de la Policía Preventiva, tendrá el cargo de Director, sin perjuicio de la jerarquía que le corresponda conforme al estado de fuerza anual de la Secretaría, será nombrado por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal y ejercerá el mando de su área; Que el Titular de la Dirección de la Policía Preventiva, realizará las funciones que establece el artículo 43 del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, así como las establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Quintana Roo, y demás Leyes Federales y Estatales aplicables al ámbito municipal y sus reglamentos; Que para ser Titular de la Dirección de la Policía Preventiva se deben satisfacerse los requisitos establecidos en el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, que son los siguientes: Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, sin contar con otra nacionalidad; contar con una residencia no menor de tres años antes de su nombramiento y vecindad acreditada en el Municipio; no tener antecedentes penales; contar con estudios de licenciatura relacionados con el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad; tener experiencia profesional en el ramo de la administración pública correspondiente del cual ejercerá la titularidad, cuando menos de dos años anteriores a su nombramiento; no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso; no estar impedido, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley y demás disposiciones aplicables; Que toda vez, que hasta la presente fecha no se ha nombrado al Titular de la Dirección de la Policía Preventiva de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, en esta oportunidad la Ciudadana Presidente Municipal, propone al ciudadano Carlos Armando Tejeda López, para ocupar dicho cargo; Que la propuesta de la Presidente Municipal se funda en que el ciudadano Carlos Armando Tejeda López, es Licenciado en Derecho, y maestro en Derecho ene l nuevo sistema penal acusatorio, cuenta con Diplomados en el marco penal acusatorio en las detenciones en flagrancia en el Instituto Universitario de Alta Formación, y en Derechos Humanos; y con diversos cursos, entre los que destacan, Básico y Avanzado de Armamento de Infantería; Liderazgo y Docencia Militar; Protección a Funcionario; Táctico Policial; Derechos Humanos dentro de la Policía; Destreza Policial y Fuerzas Especiales en el Ejercito Mexicano; Que la preparación con la que cuenta el Licenciado Carlos Armando Tejeda López, le ha permitido ocupar diversos cargos importantes en su carrera profesional, ingresó al Ejercito Mexicano en el año 1986 y se retiró en el año 2008 como Oficial del Ejército Mexicano Subteniente de Infantería; en el año 2009, ingresa a la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, en donde se ha desempeñado como Encargado y jefe de Turno; Coordinador Operativo; Coordinador Operativo del Cuadrante 4; y actualmente como Encargado del Despacho de la Dirección de la Policía Preventiva; Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 39 apartado B fracción VIII de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los Municipios deben abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo; Que de acuerdo con el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Quintana Roo, el Licenciado Carlos Armando Tejeda López, cuenta con una evaluación valida y vigente para ocupar el cargo de Director de la Policía Preventiva de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que en esta oportunidad, y en ejercicio de sus atribuciones la Presidente Municipal, somete a la consideración de este Honorable Ayuntamiento el nombramiento en cuestión, fundando también su propuesta en el hecho de que el Licenciado Carlos Armando Tejeda López,

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de conformidad al curriculum vitae que se adjunta al presente acuerdo, y que forma parte del mismo como si a la letra se insertare, cuenta con los estudios, capacitación y experiencia profesional suficientes para desempeñarse como Titular de la Dirección de la Policía Preventiva de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, que se rija por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos; Que por lo expuesto y fundado, se tiene a bien someter a la aprobación de los integrantes de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se aprueba el nombramiento propuesto por la Ciudadana Presidente Municipal, a favor del Licenciado Carlos Armando Tejeda López, para desempeñar el cargo de Titular de la Dirección de la Policía Preventiva de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo. SEGUNDO.- En su caso, procédase a la correspondiente toma de protesta de Ley. TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en términos de ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. ----------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la propuesta de la Ciudadana Presidente Municipal, respecto del nombramiento de la persona para ocupar el cargo de Director de la Policía Preventiva de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en los términos del propio acuerdo, y en su caso, la toma de protesta de ley, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el nombramiento del Licenciado Carlos Armando Tejeda López, como Director de la Policía Preventiva de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito de Benito Juárez, Quintana Roo, por lo que procederemos a la correspondiente toma de protesta de ley. En uso de la voz el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, solicitó al Ciudadano Licenciado Carlos Armando Tejeda López, pase al frente del presídium para la toma de Protesta de Ley. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, tomó la Protesta de Ley en los siguientes términos: “¿Protesta cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, las leyes que de ellas emanen y los acuerdos y disposiciones dictadas por el Ayuntamiento y desempeñar leal y patrióticamente el cargo que se le ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, del Estado de Quintana Roo y de este Municipio?” A lo que el Ciudadano Licenciado Carlos Armando Tejeda López, respondió “Si protesto”. Seguidamente la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, agrego: “Si así no lo hiciere, que el pueblo se lo demande”.

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--------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Primero.-A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura de la Iniciativa mediante la cual, los Ciudadanos Pablo Gutiérrez Fernández, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte e Issac Janix Alanís, Presidente de la Comisión de Mejora Regulatoria, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO P R E S E N T E Los ciudadanos Regidores Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, Pablo Gutiérrez Fernández; Presidente de la Comisión de Mejora Regulatoria Issac Janix Alanís; de éste Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, para el período Constitucional 2018-2021, con fundamento en los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°,7°, 65, 66 fracción I incisos b) y c), 68, 69, 70, 223, 224, 225 y demás aplicables de la Ley de Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5° fracciones I y IX, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 92, 103, 107, 112, 113, 135, 241 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2º, 3º, 5º, 6º, 26, 31, 32 fracción IV, 86, 98 fracción I y VIII, 139, 152, 153 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 93 fracción VII de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 32 fracción VII y 140 fracciones II y III del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, nos permitimos presentar a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado de Gobierno la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO PARA EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ QUINTANA ROO, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es innegable que uno de los grandes problemas que ha enfrentado la ciudadanía en este municipio, es el impacto económico que le implica el arrastre de grúa por parte de empresas particulares y el almacenamiento de su vehículo; ello no obstante de verse involucrado por caso fortuito en un hecho de tránsito, la reparación de su vehículo y el resarcimiento de los daños que pudo haber causado, resultan el menor de su problema cuando se enfrentan a los altos costos de arrastre y almacenamiento de su vehículo, el cual en constantes ocasiones resulta ser más gravoso el servicio prestado a la suerte principal (reparación del daño e infracción de tránsito). Esto es, para los ciudadanos un accidente de tránsito, en Benito Juárez, puede convertirse en una tragedia financiera.

En este punto es relevante destacar, que la injerencia de diversas empresas particulares de arrastre y almacenamiento, deriva directamente por hechos de tránsito, incluso en algunos casos también por temas de seguridad pública y prevención del delito, por lo que se trata de servicios inherentes y auxiliares al servicio público a cargo de la autoridad municipal.

De manera concreta, al existir una problemática en que cualquier ciudadano puede ser objeto de gastos excesivos que derivan de un hecho de tránsito, es claro que al estar en el ámbito municipal en donde se gestan estas acciones, es el propio Ayuntamiento quien debe actuar para regularizar dichas acciones, regularizar su proceso de arrastre y almacenamiento de vehículos por hechos de tránsito, al mismo tiempo brindar certeza jurídica y cuotas justas en los servicios que deban ser cubiertos por el ciudadano.

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Los servicios públicos de arrastre, de arrastre y salvamento y de depósito o resguardo de vehículos revisten gran importancia en los ámbitos de vialidad y seguridad pública, por lo que su prestación debe ser respaldada contractualmente con apego a la legislación aplicable; ello en el caso de que esta entidad municipal no cuente con la capacidad y recursos financieros necesarios para prestar directamente ese servicio en todo el Municipio de Benito Juárez.

En este sentido, se tiene que los servicios de arrastre, arrastre y salvamento, son servicios cuyo marco jurídico obliga al prestador del servicio a contar con un permiso o concesión otorgada por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas NOM-053-SCT-2-1999, transporte terrestre-Servicio de arrastre, arrastre y salvamento-Grúas-Características y especificaciones técnicas, de seguridad y condiciones de operación y NOM-053-SCT-2-2010, transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas, de seguridad de los equipos de las grúas para arrastre, arrastre y salvamento. En el ámbito Estatal, el Instituto de Movilidad de Quintana Roo es quien se encarga de regular y otorgar dichas concesiones para los servicios referidos. Sin embargo, las necesidades en materia de servicios auxiliares a la Dirección de Tránsito son concretas, la Dirección de Tránsito Municipal requiere de grúas y “corralones” para el depósito y almacenamiento de vehículos, so pena de no brindar de manera correcta, integral y eficiente, el servicio público en el municipio. Es de tomar en cuenta, que las Normas Oficiales Mexicanas NOM-053-SCT-2-1999, Transporte terrestre-Servicio de arrastre, arrastre y salvamento-Grúas-Características y especificaciones técnicas, y NOM-053-SCT-2-2010, transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas, de seguridad de los equipos de las grúas para arrastre, arrastre y salvamento; brindan certeza en el cumplimiento de las condiciones mínimas necesarias de seguridad y condiciones de operación, toda vez que dicho servicio se lleva a cabo con vehículos especiales (grúas) y requieren capacidad técnica especializada para maniobras de arrastre y de arrastre y salvamento. Dada la imperante necesidad de regularizar el servicio que prestan las empresas particulares de grúas y el Municipio se auxilie de ellas mediante la figura de prestación de servicios, para lo cual y al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con los Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, se plantea que se convoque a una licitación pública para la contratación de empresas con capacidad y que cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas antes aludidas, a fin de prestar el servicio auxiliar a las tareas con las que cuenta la Dirección de Tránsito Municipal y la Dirección de Seguridad Pública. En ese orden de ideas, es importante señalar que otro tema colateral por atender, es el proceso para la liberación de vehículos retenidos por estar involucrados en un hecho de tránsito, por lo que se plantea simplificar dicho trámite con el objeto de realizar de una manera más ágil la liberación de los automotores, cumpliendo en todo momento con las previsiones necesarias sobre la autenticidad de la propiedad del vehículo y garantizando la impartición de justicia de los afectados. Por los motivos, anteriormente expuestos se somete a consideración de este H. Ayuntamiento la “la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO PARA EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ QUINTANA ROO, de conformidad a lo siguiente: ÚNICO.- Se modifican los artículos 8, 162 y 163; y se adicionan las fracciones VI y VII al artículo 4, recorriéndose las subsecuentes; así como el artículo 162 Bis, todos del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, en los términos que se plantean para quedar como sigue:

REGLAMENTO DE TRÁNSITO PARA EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ QUINTANA ROO

Capítulo I De las Disposiciones Generales

… Artículo 4.- Para los efectos del presente Reglamento y para su debida interpretación, se entiende por: … VI.- Arrastre.- Consiste en llevar acabo las maniobras necesarias e indispensables para enganchar a la grúa, vehículos que estando sobre sus propias ruedas deben ser trasladados.

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VII.- Arrastre y Salvamento.- Consiste en llevar acabo aquellas maniobras mecánicas y/o manuales necesarias para rescatar y colocar sobre la carpeta asfáltica del camino, en condiciones para poder realizar las maniobras propias de su arrastre a los vehículos accidentados, sus partes o su carga. …

Capítulo II De las Funciones de los Policías de Tránsito

… Articulo 8.- El trámite para la devolución del vehículo que haya sido remitido al depósito vehicular, lo podrá realizar el propietario o en su caso quien éste autorice mediante poder o carta poder notarial y será indispensable presentar, ante la Dirección de Tránsito Municipal, lo siguiente: I.- En caso de Persona Física: Identificación Oficial vigente del Propietario del vehículo. En caso de realizar el trámite a través de representante o apoderado legal, deberá presentar Poder o carta poder notariada. II.- En el caso de Persona Moral: Copia Certificada del Acta Constitutiva e identificación de representante o apoderado legal. III.- Tarjeta de Circulación vigente a nombre del propietario; en caso de no contar con ella, deberá presentar factura o carta factura vigente. IV.- En caso de ser vehículo de procedencia extranjera se deberá de presentar el pedimento de importación de la aduana; V.- En su caso, el inventario que se le entregó al momento de ingresar el vehículo al depósito vehicular, en el que se establece el estado físico del vehículo al ingresar al depósito; VI.- El comprobante de pago de la infracción cometida que motivó la detención del vehículo, VII.- Acreditar no tener infracción pendiente de pago en el registro de la Dirección de Tránsito Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo. En caso de aseguramiento de vehículo por algún hecho delictivo, la liberación del mismo se hará ante la instancia correspondiente.

Capítulo XIV De los Hechos de Tránsito

… Artículo 162.- La Dirección de Tránsito prestará el servicio público especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre, arrastre y salvamento y depósito, tratándose de hechos de Tránsito por si misma o podrá contratar el servicio de empresas de grúas especializadas auxiliares. 162 Bis.- El servicio de arrastre, arrastre y salvamento, tratándose de hechos de Tránsito, en caso de haber acuerdo entre las partes, los involucrados podrán elegir de entre la lista de las empresas de grúas especializadas auxiliares contratadas por el Ayuntamiento. En los casos que no se haya llegado a un acuerdo entre las partes, el servicio se llevará cabo en los términos siguientes:

I. Primeramente se deberá solicitar una grúa de la Dirección de Transito; II. En caso de que la Dirección de Transito no cuente con grúas propias o que por la naturaleza del hecho de tránsito

sea urgente el retiro del o los vehículos de la vía pública, se proporcionará al propietario, posesionario o conductor del vehículo, una lista de las empresas de grúas especializadas auxiliares contratadas por el Ayuntamiento, para que elija libremente.

III. En caso de que el propietario, posesionario o conductor del vehículo, se encuentre imposibilitado o se niegue a decidir por cualquier motivo, en su lugar podrá decidir el ajustador de la aseguradora que ampare el vehículo y, en caso de no estar presente o no contar con seguro, se nombrará la grúa de la empresa auxiliar que se encuentre en turno, para remitirlo al depósito vehicular correspondiente.

IV. Se proporcionará el servicio de arrastre o arrastre y salvamento del vehículo, auxiliado de empresas de grúas especializadas, para lo cual, el auxilio se solicitará a la empresa que le corresponda el turno, de conformidad al rol de servicio autorizado, dicho rol de servicio deberá ser de conocimiento público.

V. Toda empresa de grúas auxiliar, estará sujeta a los ajustes y modificaciones del servicio que presten a la dirección tránsito municipal, en atención a los programas y operativos que se realicen en las vialidades del municipio de conformidad a las disposiciones del presente reglamento;

VI. Las tarifas de los servicios de arrastre y de arrastre y salvamento que brinden las empresas de grúas especializadas en auxilio de la Dirección de Tránsito, serán las estipuladas en el contrato de prestación de servicios de las empresas de grúas especializadas auxiliares; mismas que se harán del conocimiento público, a través de un tabulador de tarifas.

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VII. Las empresas de servicio especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre y de arrastre y salvamento, solo podrán prestar el servicio a solicitud de los particulares por algún desperfecto mecánico, siempre y cuando el vehículo o el conductor, no se encuentre involucrados en algún hecho o accidente de tránsito o un ilícito o por orden de autoridad administrativa judicial.

Artículo 163.- En la prestación del servicio especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre y de arrastre y salvamento, las empresas de grúas auxiliares, deberán observar y se sujetarán a las modalidades y autorizaciones que para tal efecto les otorguen las autoridades competentes, en los siguientes términos;

I. Estarán obligados bajo su responsabilidad adoptar las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y

daños a las personas y sus bienes, desde el momento en que se constituya en el lugar donde serán realizadas las operaciones de arrastre o de arrastre y salvamento.

II. Antes de iniciar el arrastre o el arrastre y salvamento los prestadores de servicio deberán levantar un inventario del vehículo y de lo que se encuentre en su interior, con historial de fotografías.

III. Las operaciones y maniobras, al efectuar el arrastre o el arrastre y salvamento, deberán realizarse en condiciones tales que se evite o cause el menor obstáculo a la circulación de vehículos o personas.

IV. El prestador del servicio será responsable del daño o extravió de documentos y objetos que se encuentren en el interior de los vehículos y consten en el inventario correspondiente con historial de fotografías y de los daños que se causen al vehículo por negligencia, impericia, falta de cuidado o de equipo adecuado, conforme la norma técnica aplicable por lo que deberán contar con una póliza de garantía.

V. El prestador del servicio, una vez inventariado el vehículo, deberá sellar todas las puertas, incluida el del portaequipaje y el cofre, con etiquetas adheribles y en el caso de falta de parabrisas, medallón, o cristales laterales, colocaran material impermeable que cubra tales espacios, además del sellado antes mencionado; y

VI. El prestador del servicio deberá expedir la copia legible del inventario cuando les fuere solicitado, si el dueño o posesionario del vehículo se encuentra en buenas condiciones se podrá llevar las pertenencias de su vehículo;

VII. El prestador del servicio, deberá expedir recibo o factura con el desglose de los conceptos y tarifas cobradas por el servicio de arrastre, arrastre y salvamento y en su caso de la estadía.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - En un término de sesenta días deberá emitirse el Reglamento que regule la prestación de servicio especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre, arrastre y salvamento y depósito; y deberá contener en su caso, los términos de licitación y contratación del mismo a través de empresas de grúas especializadas auxiliares. SEGUNDO.- Las presentes modificaciones entraran en vigor el día siguiente de su publicación en la gaceta municipal y en el periódico Oficial del Gobierno del Estado. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, ANTE EL PLENO DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, DE LA MANERA MÁS ATENTA Y RESPETUOSA, SOLICITAMOS: Ú N I C O.- Tenernos por presentados con esta iniciativa, sirviéndose acordar el trámite conducente para ser turnada la misma, a la comisión o comisiones que considere este órgano colegiado de gobierno para su estudio, valoración y dictamen correspondiente.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz, la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio. A lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio de la iniciativa, misma propuesta que fue aprobada por mayoría, con un voto en contra del Ciudadano José Luis Acosta Toledo, Décimo Regidor. --------------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: De conformidad a lo previsto en el artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se propone a este Ayuntamiento, turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior y ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al trámite anterior. Solicitando el uso de la voz el Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor, manifestó: Gracias, muy buenos días a todos los que nos acompañan, señora Presidente, compañeros Regidores. Voy a ser muy breve, porque todavía se va a Comisiones Unidas esta iniciativa. Quiero agradecerle a todos mis compañeros Regidores que aportaron a esta iniciativa hasta este punto, en verdad, fue muy importante, compañero Pablo, de verdad, de hombro a hombro trabajando en esta iniciativa que es muy importante para todos los ciudadanos, te agradezco todo tu apoyo y Presidenta también, el dejarnos trabajar de una manera libre sin temas políticos o partidistas, creo que eso es muy importante y demuestra pluralidad. Vamos a seguir trabajando, tenemos muy pocos días para poder llevar a cabo este reglamento que es de suma importancia y que por muchos años no se tocó este tema y les agradezco a todos los compañeros esa disposición, gracias es cuánto. Seguidamente solicitó el uso de la voz el Ciudadano Pablo Gutiérrez Fernández, Cuarto Regidor, quien manifestó: Con su permiso. De igual manera, agradecerle Presidenta, todo su apoyo al compañero Issac Janix, Reyna, al Síndico Heyden Cebada, por todas las aportaciones, por ayudarnos a enriquecer esta iniciativa que sin duda será en beneficio de la ciudadanía y de igual manera dejar en claro que este es el primer paso para elaborar las herramientas y darle los elementos a los ciudadanos para que puedan contar con un servicio de grúas auxiliares que les garanticen tarifas justas y un buen servicio, es cuánto Presidente. Posteriormente la Ciudadana Reyna Lesley Tamayo Carballo, Décima Cuarta Regidora, solicitó el uso de la voz y manifestó: Muy buenos a todas y todos ustedes, la iniciativa de reforma al Reglamento de Tránsito que hoy se nos presenta, es una iniciativa que se debe discutir, es por ellos que aprobaré su envío para su estudio y análisis en las comisiones correspondientes, sin embargo, en lo personal tengo la intención de que este documento no debería de ser una simple modificación, si no tenemos que ir más allá como lo han dicho que debe de ser un reglamento, es por ello que le comento a esta asamblea que estamos trabajando en ello el Regidor Pablo Gutiérrez y una servidora para que sea un reglamento específico que tendrá como objetivo amplio, el regular la presión del servicio público de arrastre de vehículos en nuestro municipio, sin duda este reglamento traerá un precedente en nuestra localidad ya que seríamos el primer municipio en Quintana Roo, en regular este servicio. En lo personal he estudiado esta iniciativa y le he comentado abiertamente al promovente, que deberíamos de conjuntar esfuerzo para sacar un reglamento en la materia y no reformando simplemente el Reglamento de Tránsito, ya que como lo manifesté con anterioridad, no considero viable establecer en un reglamento de tránsito, un servicio que tiene muchísimas quejas por parte de los ciudadanos y si a esto le sumamos la falta de regulación, así como las reglas claras y específicas que le den certeza jurídica a los prestadores de servicio, así como los usuarios, de ahí la necesidad de que este órgano deliberativo trabaje en un reglamento específico en la materia como ocurre en muchos otros municipios a nivel nacional, también quiero reiterar que estoy aprobando únicamente el envío a comisiones para su estudio y análisis, ya que como ustedes podrán ver en la página siete, en los transitorios se podrá observar que este órgano deliberativo se está poniendo una fecha límite para emitir y aprobar un reglamento específico en la materia que no debe rebasar los sesenta días, es cuánto. Solicitando el uso de la voz, el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, quien manifestó: Gracias, compañeros, compañeras, público asistente, público que nos ve por las redes sociales, en hora buena compañero Pablo Gutiérrez pues por haber arrancado ya este proyecto que no solo es una demanda que se

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tiene que atender por parte de la ciudadanía, sino también existe una incertidumbre por parte de las personas que prestan el servicio, gracias Síndico por ayudarnos a reunir a toda la gente relacionada con el negocio de las grúas, es importantísimo que se trabaje a fondo y yo me sumo a la propuesta de la compañera Reyna Tamayo de que se vaya al fondo, que no se quede en una simple modificación a los reglamentos, hay por ahí el intento de inserción de una cláusula que viene directamente y copiada letra por letra de un reglamento que hoy por hoy funciona en Yucatán, de hecho en Mérida, creo que aquí hay otro contexto, hay mucha más variedad en el servicio, hay mucha más competencia y el nosotros insertar simplemente cláusulas y hacer cambios a la ligera, nos podría meter en una espiral que derivara en una corrupción mayor a la que pudiera estarse dando en estos momentos que es una de nuestras metas, tenemos que combatir a fondo la corrupción, por otro lado, hay que aclararle a la ciudadanía, porque parece que hay quien utiliza información sin conocimiento de causa para manipular su opinión de que nosotros no somos quienes para imponerle tarifas a nadie, o sea, nosotros no podemos imponerle tarifas o sacar un tarifario con precios que pudieran ser de alguna manera favorables o desfavorables para unos o para otros y que será entonces la autoridad competente quien lo haga, nosotros tenemos que pasar por esta reglamentación para que el servicio tenga un piso parejo para las empresas que tenga un beneficio para el ciudadano y que se lleve a cabo de la mejor manera posible, yo creo que este trabajo tiene mucho todavía, este es un primer gran paso y otra vez mis felicitaciones compañero Pablo Gutiérrez por tu iniciativa, es cuánto. Seguidamente la Ciudadana Clara Emilia Díaz Aguilar, Primera Regidora, solicitó el uso de la voz y manifestó lo siguiente: Muy buenos días a todos, a nuestros radioescuchas, a nuestras autoridades aquí presentes. Es bien claro que desde que inició nuestra administración, la Presidenta de la actual administración, Mara Lezama, ha estado preocupada por la situación en que viven nuestros ciudadanos, en este tenor, una de las demandas más sentidas de la población, es el costo elevado de los servicios de las grúas, del arrastre de vehículos que se van incluyendo a todos nuestros ciudadanos, cotidianamente llegan aquí a nuestras oficinas, ciudadanos que nos presentan cuentas excesivas por los servicios que les presentan las compañías de grúas en hechos de tránsito piden los altos costos a las autoridades que los apoyen, resuelva lo que la mayoría de la ciudadanía consideran un grave problema. Ante esta problemática, la comisión de nuestros ediles de Desarrollo Urbano y Tránsito que encabeza el Regidor Pablo Gutiérrez Fernández, realizará varias reuniones de trabajo para conceder todo aquello, excepto que den lugar a la situación que estamos comentando, como resultado de este trabajo, el día de hoy, se presenta una iniciativa que bien no podemos calificar como una propuesta legislativa terminada sin respuesta de hecho de que el Cabildo ha atendido, nos comprometemos que más nos preocupa Mara Lezama, está preocupada por esta situación y todos los integrantes de este Honorable Ayuntamiento seguiremos la lucha vigilando de cerca la situación que se está suscitando con estas empresas, yo creo que la iniciativa del compañero y de los compañeros que han contribuido es algo que veníamos diciendo en las campañas y hoy por hoy, nuestra prioridad son nuestros ciudadanos y por eso, tierra de todos y con la ayuda de nuestra Presidenta Municipal, vamos a combatirlo, gracias. Posteriormente solicitó el uso de la voz, el Ciudadano Luis Pablo Bustamante Beltrán, Décimo Segundo Regidor, quien manifestó: A mí me gustaría reconocer el trabajo de mi tocayo Pablo y de mi compañero Issac, que han sido los que han estado a la cabeza de la iniciativa que hoy se presenta, también reconocer que es un gran primer paso, pero creo que hay algo que tenemos pendiente y que es la verdadera solución al problema y es en lo que tenemos que empezar a trabajar ya, porque si no se pudo durante este año, pero yo creo que ya en poco tiempo viene el Presupuesto de Egresos y tenemos que ponernos a trabajar para que la Dirección de Tránsito tenga sus propias grúas y pueda dar un servicio no solo eficiente a los ciudadanos sino muy por debajo del precio que tienen estas compañías de grúas que pues ahorita las estamos reglamentando, pero yo creo que con grúas propias podríamos darle todavía un precio mucho más bajo a los

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ciudadanos que además de acuerdo con el reglamento, pues es obligación del Ayuntamiento. Solicitando el uso de la voz, el Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor, manifestó: No voy a entrar en mucho detalle, la verdad es que me asombran algunos de los comentarios de los compañeros que parece que se siguen preocupando por la próxima elección, yo me voy a seguir preocupando por la próxima generación, muchas gracias. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Felicito el trabajo de este Cabildo, dijo palabras muy claras Clarita, en torno a que las demandas más sentidas de la población, nos debemos a los ciudadanos y sí hay un reclamo constante en este tema y vamos a trabajar de la mano en conjunto, en bien de la gente que es la que reclama, que alza la voz, que es la que padece y vamos a trabajar fuertemente llegando al problema de raíz como dicen los compañeros y atacar un flagelo que ha afectado a mucha gente, hay que poner orden y también lo comentaron hace mucho tiempo, que no se ponía orden, hace mucho tiempo que había reclamos, hay que organizarlo y trabajar de la mano en bien de la ciudadanía, felicidades Pablo, felicidades Issac y felicidades a todos los que participan, aportan, son propositivos, porque son ciudadanos también, no nada más Regidores, así que muchas felicidades, gracias por trabajar, por hacerlo en equipo y vamos a estar dando información en torno a cómo vamos avanzando en las mesas de trabajo, muchas felicidades, muchas gracias. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió votación turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, mismo trámite que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el trámite de la iniciativa. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Segundo. - A continuación, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía a los asuntos generales, por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la tribuna a los integrantes del Honorable Ayuntamiento para tratar asuntos que no hayan sido incluidos en el orden del día pero que por su importancia o urgencia requieran ser tratados en esta Sesión. Solicitando el uso de la voz el uso de la voz, la Ciudadana Alma Anahí González Hernández, Quinta Regidora, manifestó: Muchas gracias y buenos días a todos los presentes y a los que nos escuchan a través de Radio Cultural Ayuntamiento y redes sociales. Aprovecho el espacio para felicitar a nuestra Presidenta Municipal, Mara Lezama, y a nuestro Cabildo, nuestros compañeros Regidores por el correcto nombramiento del Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, así como al Director de la Policía Turística y al Director de la Policía Preventiva; gratamente me encuentro sorprendida por el trabajo que se ha realizado desde su integración, nos encontramos con respuesta oportuna, comunicación constante con el Cabildo, cercanía con la gente y una considerable baja en el porcentaje de la inseguridad, pero a veces nos dicen, “los Regidores viven en otro mundo”, “no se dan cuenta de la inseguridad que vivimos en las calles”, pero el día de ayer el INEGI sacó un estudio en el cual dice que disminuye el 4.5% de la percepción ciudadana respecto a la inseguridad y creo que es un logro de nuestra Presidenta por el correcto nombramiento de los aquí presentes, entonces muchas felicidades. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Muchas gracias y de un trabajo en equipo, la verdad es que hay que agradecerle de verdad a la Marina, al Ejercito, a la Guardia Nacional, a la Estatal, al esfuerzo de la

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Municipal, trabajando de la mano con la Fiscalía para poder llegar a bajar estos índices que no es materia fácil, pero es un trabajo en conjunto, yo lo reconozco y lo reconoceré siempre, muchas gracias. Seguidamente solicitó el uso de la voz el Ciudadano Heyden José Cebada Rivas, Síndico Municipal, quien manifestó: Buenos días a todos los aquí presentes, a todos mis compañeros. Quiero aprovechar en este punto, en los asuntos generales, bueno, primero que nada felicitar a los hoy nombrados, a nuestro Secretario, a nuestros Directores de la Policía Preventiva y de la Policía Turística, pero quiero resaltar solo un tema de los puntos que hoy aprobamos, que les pediría a todos los medios de comunicación que nos ayuden a difundirlo, que es el tema de la Segunda Jornada para la Regularización de Trámites y Descuentos Municipales que se va a llevar a cabo del veintinueve de julio al dieciséis de agosto del dos mil diecinueve y lo voy a hacer rápidamente para que la ciudadanía sepa porque normalmente cuando leemos los puntos de acuerdo se pierde entre tanta información los puntos muy importantes, en la Dirección de Ingresos, se van a dar descuentos del 100% en multas, en impuesto predial, 50% en recargos de impuesto predial que tengan un valor hasta de veinte mil UMAS, el 100% de descuento en recargos, el 100% de descuento en intereses moratorios, el 50% en multas; de la Dirección de Comercio en Vía Pública, el 50% en multas; en el Registro Civil, el 50% de descuento en algunos derechos, el 100% en multas y 100% en recargos con sus registros extemporáneos de nacimiento; en Tránsito el 50% en derechos de las licencias de conducir del servicio público estatal, chofer, motociclista, automovilista, con dos y tres años y para permisos de menores de edad, también en Tránsito, el 100% en recargos de algunas multas, que ahí se les pediría que revisaran el acuerdo para no entrar a tanto detalle; en Desarrollo Urbano vamos a tener 100% en multas, en algunos casos únicamente en infracciones que indique el Reglamento de Construcción, multas también en tema de anuncios, 100% en los recargos de los anuncios, 100% en derechos, multas y recargos de los usos de suelo para operación, que son los que utilizan para sus licencias de funcionamiento; en Catastro, el 50% en derechos para cambio de propietario, impresión de cédulas catastrales constancia de propiedad y no propiedad, constancia de nomenclatura, aquí aprovéchenlo porque hay mucha gente que compra sus inmuebles y no realiza el cambio de propietario y luego cuando vienen a solicitar sus estados de cuenta de predial se dan cuenta que no sale a su nombre; en Protección Civil el 50% en multas y recargos para las anuencias que también les sirve aquellos que tienen sus negocios, para su funcionamiento; en Ecología, 30% y 50%, 30% en derechos de permisos de operación y 50% en los derechos de poda y tala de árboles; en Servicios Públicos, 70% a los que tengan rezagos de multas generadas por multas de inspección; en SIRESOL 100% de recargos en omisión o incumplimiento en los procesos de recolección, tratamiento y disposición final; en Ingresos Coordinados y Cobranzas, 50% en multas que son declaradas como crédito fiscal y no fiscal, yo creo que le pediría a todos los medios de comunicación y a todos los aquí presentes que lo difundan, hay mucha gente que no se entera de estos programas y creo que son para beneficio, sobre todo aquellos que tienen establecimientos o no han podido completar sus procesos de licencias de funcionamiento y ya para terminar quiero agradecerle, de igual manera me sumo al reconocimiento al Regidor Issac y al Regidor Pablo por el tema de la iniciativa que presentaron y solo agregar parte de la Sindicatura que el proyecto que se está presentando siempre va a ser muy respetuoso de las competencias que tiene el Instituto Estatal de Movilidad para su regulación, ya que ahí establece facultades en las cuales ellos van a establecer las tarifas en todo el estado para regular la actividad de las grúas, entonces sí lo estamos tomando en cuenta, digo, para que no se vaya a volver una polémica luego en medios o en redes, se está cuidando la iniciativa que hoy se presenta, se va a cuidar y se va a trabajar de manera conjunta, lo ha platicado Issac, lo ha platicado Pablo, Reyna, el trabajar un reglamento que es en beneficio de todos los ciudadanos y para que los ciudadanos conozcan los alcances del servicio, en el caso que nos compete el día de hoy, es el servicio auxiliar de arrastre de grúas derivado de las facultades que tiene su dirección de Tránsito, es

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cuánto. Haciendo nuevamente uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Incluye, nada más para hacer hincapié, el descuento en las licencias, va a incluir servicio público. Posteriormente solicitó el uso de la voz, el Ciudadano José Luis Acosta Toledo, Décimo Regidor, quien manifestó: Muy buenos días a todos los presentes. Solamente para agradecer a la Presidente Municipal, la intervención, toda vez que me fue contestado ya el oficio en el cual solicitaba el título de concesión o contratos por la cual se presta el actual servicio de colecta de basura e informar a este Cabildo la respuesta, que bueno, me sorprende porque lo que me otorgan por parte de SIRESOL, fue copia del acta de la Décimo Sexta Sesión Ordinaria, la publicación del Periódico Oficial y quiero hacer un puntual señalamiento en el cual no contamos actualmente con el contrato, el cual versa en el actual servicio de prestación de basura y quiero aclarar algo, la pasada administración no lo dejó, este es un documento en el cual en la entrega de recepción se hizo de conocimiento de Contraloría que no contamos con este documento y quisiera poner sobre la mesa la importancia de no contar con ese documento, nos encontramos en actualmente esta administración en un estado total de indefensión, porque con qué documento legal vamos a poder combatir alguna irregularidad con la actual prestadora de servicios, creo que no contamos con el contrato en el cual viene el clausulado, entonces es una irresponsabilidad terrible porque el que en esta administración no obre documento en el cual esté solventado un servicio público, como el cual es la recolecta de basura o la disposición final que nos cuesta trescientos noventa millones de pesos al año, creo que es terrible, yo quisiera hablar mal de esta administración, de que se nos están negando estos contratos, mejor me voy a lo que en la ley dice, en el papel dice que no se fueron entregados por la pasada administración y me gustaría que pudiéramos hacer, incluso lo propondré por los medios pertinentes, una comisión para analizar este tema porque no podemos seguir así, no podemos seguir cada semana o cada mes perfeccionando esta irregularidad mediante el pago de estos servicios, creo que una de las soluciones que proponía en la mesa, que es un consejo directivo, les comento un poco, SIRESOL es un organismo descentralizados, el cual se encuentra en la cabeza un consejo directivo, este consejo directivo nos encontramos cinco Regidores, los aquí presentes, de los cuales formo parte y en el acuerdo de creación se estipuló que pudieran haber estado en la mesa hasta siete representantes, vocales designados por este Cabildo, en la actualidad se encuentran dos, entonces creo que este binomio, ciudadanos gobierno, ha resultado muy benéfico, es un estándar de esta administración en la cual aplaudo el que se ha estado involucrando mucho a la sociedad civil y es por eso que el día de hoy solicito a este órgano de gobierno por escrito, se lo haría llegar ahorita, que sea integrado con fundamento en el artículo 19, fracción IV del Reglamento de los Organismos Descentralizados, que sean integrados a estas mesas de trabajo, a este consejo directivo, representantes de la Confederación Nacional de la República Mexicana que es la COPARMEX, representantes de la Cámara Nacional de Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados, la CANIRAC, el Consejo Coordinador Empresarial y la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de la Asociación de Hoteles de Cancún y Puerto Morelos, ¿a qué me refiero? Me gustaría hacer a un lado los intereses políticos o algunos otros que pudieran bloquear la posible solución a ese tema y me gustaría traer a la mesa aquellos a los cuales les afecta en los bolsillos, en las ventas y en la recolección de basura es un sistema que afecta mucho al consejo empresarial, a la COPARMEX y hay un par de quejas por ahí tocadas, entonces, simplemente la invitación para que cumplamos con estos siete espacios que por ley están establecidos y podamos incluirlos en este consejo directivo en el ánimo de sumar aliados para esta posible solución y enfrentarlos todos y aclararlo, es cuánto. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora, manifestó: Con su permiso señora Presidente, compañeros Regidores, todos los que nos acompañan, medios, redes sociales, quería comentarles, felicito mucho a la Regidor Acosta, pero también quiero hacer de conocimiento que la Comisión de Trabajo y Previsión

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Social, lleva ya varias reuniones, son meses que llevamos trabajando en la creación de un comité ciudadano anticorrupción, en este comité, teniendo en cuenta lo que nos permite la ley de participación ciudadana, también estaría conformado por COPARMEX, por el Consejo

Coordinador Empresarial, CANACINTRA, CANIRAC y de hecho no hemos presentado porque

tuvimos una aportación valiosa de la Regidora Lorena en el sentido de ampliar este comité y el objetivo es que toda la ciudadanía tenga un espacio donde plasmar cada vez que haya algún acto de corrupción y al ser ciudadano se sienta representado, entonces me sumo a esta propuesta para que podamos trabajar en conjunto Regidor, es cuánto, muchas gracias. Solicitando Nuevamente el uso de la voz, el Ciudadano José Luis Acosta Toledo, Décimo Regidor, quien manifestó: Sobre todo, sí quiero ser muy claro del gran alto estado de indefensión en el cual nos encontramos al no contar con este contrato en el cual versa el servicio, porque no podemos pelearles nada, no podríamos estar aprobando estados financieros porque no sabemos si se le está pagando lo que es porque no podemos analizar lo que en el contrato viene y aunado a esto, la recomendación del Congreso del Estado. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Apelamos a la transparencia en este gobierno, tenemos un equipo jurídico que es vigilante de que las cosas se lleven de conformidad, es verdad, hay cosas que no nos entregaron la pasada administración, nosotros hacemos las observaciones, sabemos que el contrato está en la auditoría superior, tenemos la concesión y yo he sido clara en el tema de exigirle a todas las concesiones que trabajen lo que tienen que trabajar y de no ser solapadores de nadie, ni de concesiones, ni tampoco de empresas privadas que rentan servicios a costos más bajos que los da el Ayuntamiento y termina esa basura en basureros clandestinos, hemos limpiado ciento cuarenta y tres basureros clandestinos, yo los he caminado todos, yo he ido a todas las limpiezas y es indiscriminada la basura que hay por toda la ciudad porque se ha permitido este tipo de situaciones que no lo permitiremos ni de una ni de otra parte, entonces seremos vigilantes, estamos con la contraloría atendiendo esta situación, no desde ahorita, no porque nos lo pidas José Luis, desde el día uno estamos, somos un gobierno que combate la corrupción y por eso yo les digo, denuncien, a todo aquel que tenga otro interés, denuncien a todo aquel servidor público que llegue y les pida dinero najo la mesa, denuncien, porque si no hay denuncia no hay delito. Estamos trabajando y estamos trabajando de la mano Contraloría, que además es implacable, que está atendiendo todos los flagelos y quiero dejarlo muy en claro, en esta administración sí se combate la corrupción. Posteriormente solicitó el uso de la voz la Ciudadana Lorena Martínez Bellos, Novena Regidora, quien manifestó lo siguiente: Muy buenos días a todos los que nos acompañan el día de hoy, con su permiso señora Presidenta, compañeros, a todos los que nos están siguiendo por Radio Cultural Ayuntamiento y redes sociales, un saludo, quiero felicitar al Inspector Santa Maria que hace dos meses lo nombramos como Encargado de Despacho con la condición de que íbamos a valorar su trabajo como Encargado de Despacho, a mí me da mucho gusto el que se le ratifique el día de hoy como Secretario de Seguridad Pública por el gran trabajo y el compromiso que ha venido desempeñando con los ciudadanos y sobre todo la lealtad y el respeto que le tiene a nuestra señora Presidenta Municipal, a este Ayuntamiento, a este Cabildo donde hemos venido trabajando coordinadamente con usted y yo quiero reconocer que en el momento que se requiere de algún apoyo inmediatamente contesta, está a la disposición, hay una pronta respuesta y de verdad hay que destacar esa eficiencia de este trabajo que usted viene desempeñando al igual que el nuevo titular de la Policía Turística, de la Policía Preventiva, de verdad, tenemos que seguir trabajando coordinadamente de la mano porque al final de cuentas los ciudadanos lo que quieren son respuestas y que vaya bajando el índice de inseguridades, de violencia que no es de esta administración, sino que es de administraciones pasadas o sexenios pasados que nos dejaron un problema y que bueno vamos dando respuesta de la mano junto con ustedes. También reconocer el trabajo que ha venido desempeñando nuestro compañero Pablo, también

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reconocer el trabajo que ha venido desempeñando el Regidor Issac, que a veces hay diferencias, que no somos perfectos, somos perfectibles y que podremos coincidir en muchas cosas pero en otras no, cada quien defiende su postura, cada quien defiende su proyecto, su trabajo, pero al final de cuentas, insisto, los ciudadanos son los que deben de ver esta respuesta y esta eficiencia para brindar un mejor servicio, que bueno que se manda a comisiones para que se revise y se siga trabajando minuciosamente para no perjudicar ni a una parte ni a la otra, sino que sea algo consensuado, que no se trata de vencer sino de convencer con argumentos, no con argucias y por lo que comentó la compañera Niurka, sí hemos venido trabajando en la Comisión de Previsión social, pero también quiero destacar o mencionar que se ha quedado las mesas de trabajo abiertas, porque yo sí quiero ser muy puntual en el aspecto de que los temas del Ayuntamiento los tiene que manejar el Ayuntamiento y los temas de las cámaras, bueno, ellos traen sus propios intereses y aquí no se trata de obstaculizar el trabajo que viene desempeñando la administración pública, entonces, yo sí considero que hay que revisar, hay que seguir trabajando, sí, realmente valdría la pena que se incorporara a las cámaras cuando tenemos una Contraloría, que nos supervisa, que nos vigila sobre si hay algún tema de corrupción, también tenemos al estado que es el que fiscaliza, supervisa a los organismos descentralizados, entonces yo creo que ya demasiada burocracia tenemos como para seguir obstaculizando más las cosas, es cuánto. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora, manifestó: Aprovechando los nombramientos que se han hecho en materia de seguridad pública, informar a la ciudadanía que se está trabajando de manera coordinada con el Secretario de Seguridad Pública, el Inspector Santa Maria y los presidentes de comités deportivos de las ciento cincuenta y tres unidades con las que cuenta el Municipio, la verdad es que hay que reconocer cuando se hace el trabajo, se ha estado llevando a cabo mesas de trabajo, reuniones para atender el tema de la seguridad dentro de las unidades deportivas, hay muchas familias que hacen deporte inclusive hasta altas horas de la noche, la mayoría de los cancunenses salen muy tarde de trabajar y pues es lamentable que se han estado suscitando ciertas situaciones por grupos que utilizan las unidades para drogarse, para delinquir, para tomar, y que es bien importante como comentaba la Presidenta Municipal, la cultura de la denuncia, se ha llevado a cabo inclusive en unidades hasta cuatro detenciones de los mismos grupos, de las mismas personas que acuden para delinquir y que hemos tratado de hacer conciencia con los vecinos, con los deportistas y con las familias que se reúnen que tienen que denunciar, porque si no se denuncia se lleva a cabo la detención, pero a los tres o cuatro días vuelven a salir en libertad y vuelven a cometer estas atrocidades, las unidades son para hacer deporte, son para que las familias se unan, para que se practiquen las diversas disciplinas y pues también aprovechar la presencia de los tres niveles de gobierno en materia de seguridad para redoblar esfuerzos en las cuestiones de vigilancias, dentro de las unidades y por supuesto dentro de todas la comunidad y toda la ciudad de Benito Juárez, de verdad reconocer el esfuerzo que está haciendo la Presidenta Municipal, Mara Lezama por rehabilitar, reacondicionar, tener unidades deportivas de primera, en donde los cancunenses tengamos la oportunidad de hacer deporte en condiciones propias, en condiciones de calidad, que mucha gente trabaja de sol a sol, sale a las cuatro, cinco de la mañana de sus domicilios y acude con todo el esfuerzo corazón para posicionar a Cancún como un destino turístico y creo que lo menos que podemos hacer es brindar esos espacios de esparcimiento, recuperar espacios públicos para que sus familias, para que sus hijos y para que ellos puedan tener esa oportunidad de poder hacer deporte, de verdad, un reconocimiento Presidenta por ese gran trabajo que está usted haciendo en campo, atendiendo estas gestiones, a los presidentes de los comités deportivos, al Instituto del Deporte, al Inspector Santa Maria y a todo el equipo de trabajo, ya los presidentes de los comités tienen los números de quienes comandan los diversos sectores para hacerlo más ágil y evitar tal vez la burocracia que hoy en implica el tema del 911 que también es importante para que quede en evidencia pero como un tema de

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una respuesta pronta, ya cuentan con este teléfono para que acudan ante alguna situación de emergencia, es cuánto. Posteriormente el Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Bueno, muchas gracias, aprovechando la tribuna, nosotros como municipio nos atiende mucho el tema de prevención del delito, existe un frente muy importante que son los delitos cibernéticos, yo los invito a que el día de mañana a las seis de la tarde en la Universidad Tec Milenio, tendremos dos ponentes de talla internacional que normalmente no bajan a los niveles municipales, siempre trabajan con niveles federales; el maestro Guillermo Galarza, la Doctora María del Pilar Ramírez, ambos son colaboradores del FBI de la Interpol, colaboradores también de la ONU y de Facebook y tratan específicamente los temas de pornografía infantil y explotación sexual en línea, es un taller que tendremos la oportunidad, es un talle gratuito, mañana a las seis de la tarde en la Universidad Tec Milenio, que bien es muy importante que ya empecemos a tomar cartas en el asunto y ojalá que no se quede solo en un taller, si tenemos parece, nuestra Presidenta la intención de firmar un convenio de colaboración, porque este frente ya está afectando demasiado nuestro país al grado que somos el primer lugar a nivel mundial en difusión de pornografía infantil, un negocio de más de cuarenta y un millón de dólares al año, Cancún, desafortunadamente ya está dentro del catálogo y es otro frente que como municipio y prevención del delito, tenemos que atender, es algo que nos urge a todos los padres de familia, a todas las asociaciones civiles y fundaciones que tocan estos grupos vulnerables, que atiendan este tipo de talleres y que aprovechemos que pudimos estar dentro de la agenda de estas personalidades de talla internacional que vendrán a impartir este curso gratuito. Les repito, el día de mañana a las seis de la tarde en la Universidad Tec Milenio, es un curso gratuito, es un taller, los esperamos, muchas gracias. Solicitando nuevamente el uso de la voz, la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora, manifestó: Con su permiso de nueva cuenta señora Presidente, solamente para puntualizar un tema, quiero felicitar al inspector Santa Maria porque es la primera vez que veo una coordinación real entre los tres niveles de gobierno y hay que felicitarlo, realmente creo que a nadie nos queda duda, solamente en la unión está la fuerza y si trabajamos en conjunto es que podemos hacerlo, es por esto que difiero del comentario de la Regidora Lorena en cuanto que para inmiscuir a la ciudadanía, si queremos realmente como gobierno ganarnos nuevamente la confianza de la ciudadanía, porque no es secreto de nadie le hablan a algún ciudadano de política y de políticos y prácticamente la opinión es completamente negativa, si queremos, al contrario, si queremos recuperar la confianza de la ciudadanía, avalo mucho la intervención de todos los compañeros de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en este trabajo que estamos haciendo y en el cual tiene mucho que ver con las políticas que está siguiendo nuestra Presidenta Municipal, de transparencia y de políticas anticorrupción, por eso estoy plenamente consciente de que vamos a contar con el apoyo para la creación de este comité ciudadano anticorrupción, es cuánto, señora Presidente. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día, para lo cual informó que con el anterior punto se había agotado el Orden del Día, por lo que se procedió a la clausura de la sesión. ----------------- --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Tercero. - Clausura de la sesión. En uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Siendo las once horas con veintiún minutos del día jueves dieciocho de julio del dos mil diecinueve, y a fin de dar cabal cumplimiento a la Orden del Día, declaro clausurados los trabajos correspondientes a la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. Levantándose la presente conforme lo establece el Artículo 42 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito

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Juárez, Quintana Roo, y firmando para constancia los que en ella intervinieron. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------