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Corresponde a la 24ª Sesión Ordinaria 2018-2021 1 Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. -------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Siendo las diez horas con siete minutos del día jueves cinco de septiembre de dos mil diecinueve, y de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 61, 64, 65 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo dispuesto por los artículos 1, 8, 26, 27, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 42, 44, 45, 46, 49, 50, 78, 79, 80 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se reunieron en el Recinto Oficial “20 de Abril” del Palacio Municipal de esta Ciudad de Cancún, Quintana Roo, los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, para llevar a cabo su Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria, misma que se sujetó al siguiente: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------Orden del Día -------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero. - Lista de asistencia. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo. - Declaración de existencia de quórum. --------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tercero. - Lectura y aprobación del Orden del Día. -------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto. - Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. ------------------------------------------ --------------------- ---------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Quinto. - Iniciativa mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Regidora Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. .------------------------------------------------ -------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto. - Iniciativa mediante la cual, las Ciudadanas Niurka Alba Sáliva Benítez, Regidora Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y Clara Emilia Díaz Aguilar, Regidora Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar la fracción V del artículo 81 y el primer párrafo del artículo 86; derogar la fracción III y último párrafo del artículo 86; y adicionar la fracción VI al artículo 81 y el artículo 86 Bis, todos del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. ----------------------------------------------------- --------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Séptimo. - Iniciativa mediante la cual, los Ciudadanos Reyna Lesley Tamayo Carballo, Regidora Presidente de la Comisión de Espectáculos y Diversiones y Pablo Gutiérrez Fernández, Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, expedir el Reglamento para la Prestación del Servicio Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. ------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Siendo las diez horas con siete minutos del día jueves cinco de septiembre de dos mil diecinueve, y de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 59, 60, 61, 64, 65 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; así como lo dispuesto por los artículos 1, 8, 26, 27, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 42, 44, 45, 46, 49, 50, 78, 79, 80 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se reunieron en el Recinto Oficial “20 de Abril” del Palacio Municipal de esta Ciudad de Cancún, Quintana Roo, los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, para llevar a cabo su Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria, misma que se sujetó al siguiente: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------Orden del Día --------------------------------------------------

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero. - Lista de asistencia. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo. - Declaración de existencia de quórum. --------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tercero. - Lectura y aprobación del Orden del Día. -------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Cuarto. - Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior. --------------------------------------------------------------- ---------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Quinto. - Iniciativa mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Regidora Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. . ------------------------------------------------ -------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto. - Iniciativa mediante la cual, las Ciudadanas Niurka Alba Sáliva Benítez, Regidora Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y Clara Emilia Díaz Aguilar, Regidora Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar la fracción V del artículo 81 y el primer párrafo del artículo 86; derogar la fracción III y último párrafo del artículo 86; y adicionar la fracción VI al artículo 81 y el artículo 86 Bis, todos del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. -------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Séptimo. - Iniciativa mediante la cual, los Ciudadanos Reyna Lesley Tamayo Carballo, Regidora Presidente de la Comisión de Espectáculos y Diversiones y Pablo Gutiérrez Fernández, Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, expedir el Reglamento para la Prestación del Servicio Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. ------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------

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Octavo. - Acuerdo mediante el cual, las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el Dictamen de la Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo. -------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Noveno. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien del dominio privado y en su caso la donación del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, a favor del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y de los Servicios Educativos de Quintana Roo, a fin de que en el mismo, se edifiquen dos escuelas, una de nivel bachillerato y otra de nivel secundaria, en los términos del propio acuerdo. . -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Décimo. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la ratificación de las modificaciones al Programa de Inversión Anual, ejercicio fiscal 2019, aprobadas en la Séptima Sesión Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, COPLADEMUN, de fecha veintiséis de agosto del dos mil diecinueve, en los términos del propio acuerdo. . -------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------ Décimo Primero. - Acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la designación del recinto oficial para la Sesión Solemne en la que se rendirá el Primer Informe Anual sobre el estado que guarda la Administración Municipal, así como la designación de la correspondiente Comisión de Cortesía, en los términos del propio acuerdo. .---------------------- -------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Décimo Segundo. - Asuntos generales. -------- --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Décimo Tercero. - Clausura de la sesión. ----- --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- La sesión se llevó a cabo en los siguientes términos: --------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------- Primero.- En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, procediera a pasar lista de asistencia. Realizada dicha instrucción, se continuó con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Segundo.- En virtud de encontrarse la mayoría de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, con la usencia justificada del Ciudadano Heyden José Cebada Rivas, Síndico Municipal; la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, hizo la declaratoria de existencia de quórum. --------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tercero.- Declarada abierta la sesión, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, procediera a dar lectura al Orden del Día. Seguidamente, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración de los miembros del Honorable Ayuntamiento la aprobación del Orden del Día, la cual fue aprobada por mayoría, con un voto en contra

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del Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- A continuación, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del Acta de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria. Retomando el uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al acta. En uso de la voz la Ciudadana Alma Anahí González Hernández, Quinta Regidora, solicitó la

dispensa de la lectura del acta de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad, por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó a los integrantes del Honorable

Ayuntamiento, hicieran sus observaciones con relación al acta de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a consideración la aprobación del acta de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria, misma que fue aprobada por unanimidad. Ante lo cual, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal ratificó la aprobación anterior en los siguientes términos: Aprobada el acta de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria. --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía a la lectura de la iniciativa

mediante la cual, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Regidora Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar y adicionar diversas disposiciones del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal,

solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------- H. AYUNTAMIENTO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO. P R E S E N T E. LICENCIADA PAOLA ELIZABETH MORENO CÓRDOVA, Tercer Regidora y Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, de éste Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, para el período Constitucional 2018 – 2021, con fundamento y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°,7°, 65, 66 fracción I incisos b) y c), ), fracción VI inciso b), 68, 69, 70, 72 fracción VI, 74, 87, 93 fracciones III y IV, VII, 221, 222, 223, 224, 225 y demás aplicables de la Ley de Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5° fracción VII, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 103, 104, 105, 135 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2º, 3º, 5º, 6º, 26, 31, 32 fracciones III, IV, VII y X, 45, 46, 49, , 98 fracciones I, y VIII, 105, 106 fracción I, 111 fracciones I, VII y IX, 139, 140 fracción III, 142, 145, 152, 153 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; me permito presentar a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado de Gobierno la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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CENTRALIZADA DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO Y DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La salud mental de los agentes de seguridad pública y tránsito, en nuestro Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se ve afectada por el trabajo violento, presentando sintomatología como ansiedad, angustia, pesadilla, infarto cardiaco, tristeza, coraje, impotencia, sentimiento de culpa y miedo. Las vivencias expresadas por los agentes de seguridad pública y tránsito han manifestado, en su mayoría, preocupación por sus familiares, la educación de sus hijos, sueldo precario y convivencia social limitada al trabajo y a la familia. Los oficiales de policía deben realizar diversas tareas generales para hacer cumplir la ley. Ellos persiguen a individuos que no respetan la ley y mantienen registros de los incidentes que encuentran. Una de sus actividades principales es la de patrullar permanentemente, así como responden a las llamadas de emergencia pidiendo algún servicio de ayuda. Asimismo, pasan mucho de tiempo respondiendo llamadas y realizando el papeleo correspondiente a cada acción realizada. Por otra parte, también dirigen el tráfico en la escena de un accidente, investigan un robo o asalto. Identifican, persiguen y arrestan a sospechosos criminales; resuelven problemas dentro de la comunidad y hacen cumplir las leyes de tránsito. El policía investiga un gran rango de actividades criminales, incluyendo el crimen organizado, la corrupción pública, asaltos bancarios, secuestros, terrorismo, tráfico de drogas, etc. La condición de trabajo de los policías es, en cierto sentido, de percepción de bajo salario (insuficientes para mantener una familia), de falta de reconocimiento y de capacitación, frente a la gran gama de actividades que realizan, así como la enorme responsabilidad de ser garantes de la seguridad ciudadana. Trabajan bajo malas condiciones de equipo, reciben mala calidad, mal trato, se alimentan mal, tienen fama de corruptos y así, con estas condiciones, ellos tienen que sacrificar su vida por el nombre de la ley. Los policías, deben, frente a la posibilidad de cuidar su salud mental, enfrentar retos permanentes por las condiciones emocionales violentas que en su trabajo se generan, las cuales impactan gravemente su calidad de vida y su salud mental; mismas que afectan además de a los policías, a sus familiares y a la sociedad. Estudios realizados han demostrado que el deporte, la recreación y la cultura no solo contribuyen al buen estado físico, sino también al bienestar mental y a la interacción social de la gente. Por su parte, el deporte promueve la igualdad entre las personas, aumenta la autoestima, mejora el aprendizaje y el rendimiento académico, reduce el stress y la depresión, previenen el tabaquismo y el consumo de drogas ilícitas. Las actividades socioculturales permiten el enriquecimiento el enriquecimiento del individuo en el seno de la sociedad y potencia la amistad entre los seres humanos contribuyendo a mejorar la relación, el conocimiento y las expresiones personales. Así, un modelo de prevención de la violencia a través del deporte, la cultura y la recreación, busca integrar los aportes del movimiento humano, la actividad físico-deportiva, la recreación, la educación cívica y la cultura como reproductores de los fenómenos sociales y como capital cultural o sistema de valores y aprendizajes que caracteriza a un grupo o individuo. La idea de vincular estas actividades humanas, parte del principio de creación y promoción del capital humano dentro de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, entendido este como un sistema de relaciones que aporta valores culturales y simbólicos acerca de las realidades sociales en las que todos y cada uno de los elementos que componen dicha corporación policiaca, de manera que se parte del conocimiento de estas realidades para redimensionarlo hacia la promoción de una cultura y educación para la no-violencia. La actividad físico-deportiva, desde una perspectiva humanista, podría fungir como una herramienta que, al servicio de la educación, de una manera general y de lo corporal más específicamente, puede ayudar a intervenir sobre todo tipo de problemas sociales. La presente iniciativa, busca involucrar a, como todos y cada uno de los elementos que se encuentran adscritos a la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito en actividades deportivas, cívicas y culturales, como una modalidad para invertir su tiempo libre y de mejorar la imagen de los oficiales de policía entre la sociedad.

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El vínculo entre prevención de la violencia y el deporte y la recreación, ha sido reconocido por las agencias de las Naciones U. En este sentido, el deporte y la recreación configuran un espacio muy valioso de educación ética, cívica y transmisión de valores, por múltiples factores. En primer lugar el carácter lúdico de estas actividades resultaría muy atractivo para los elementos de la corporación policíaca. Está comprobado que las iniciativas deportivas y recreativas favorecen la inclusión de elementos desmotivados que muy difícilmente responden a otro tipo de programas dirigidos para ellos. En segundo lugar, porque su naturaleza vivencial y las múltiples relaciones interpersonales que genera su práctica involucra afectos, sentimientos y emociones con más facilidad que otras disciplinas. Por otro lado, el deporte y la recreación son escenarios óptimos para la integración de los componentes reflexivos, conductuales y afectivos indispensable en cualquier modelo de educación en valores. En tercer lugar las situaciones conflictivas y consecuencias morales que produce la naturaleza del deporte y la recreación, ofrece un campo ideal de reflexión y construcción moral a partir de la propia experiencia deportiva. En este tenor de ideas, las propuestas contenidas en la Iniciativa que se expone consisten primordialmente en buscar definir con exactitud el propósito de tener un efectivo control, desarrollo y adecuado manejo de los recursos humanos y materiales; El sentido de pertenencia es un sentimiento de identificación de un individuo con un grupo o con un lugar determinado. A partir de él emergen lazos afectivos que generan en la persona actitudes positivas hacia el grupo o lugar. Entre éstas se incluyen el deseo de participar en su desarrollo y la construcción de significados que luego formarán parte de su memoria personal y del grupo. Por tanto, el sentido de pertenencia es un sentimiento personal e íntimo y al mismo tiempo oficial y colectivo, ya que se basa en la memoria y el simbolismo compartido de una comunidad. Su significado en la propia existencia es el resultado de las afiliaciones, creencias e ideologías. Mediante este sentimiento se crea en la persona la consciencia de la vinculación al grupo y al territorio común del grupo. Actualmente la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito cuenta con una plantilla aproximada de 1803 policías activos quienes, durante el desempeño de las actividades diarias, son vulnerables a factores que les afectan su integridad y estabilidad emocional derivando con ello problemas de salud, físicos y psicológico (ansiedad, estrés, depresión, delirios de persecución y apatía) por lo que la prevención e intervención en este tema es primordial. la función policial como actividad laboral de mayor riesgo en México conlleva un desgaste físico y emocional ante las situaciones que se atienden a diario que van desde; riñas en vía pública, violencia familiar, violencia sexual, robos, asaltos hasta enfrentamientos con grupos armados. Resultando violentados en lo legal o moralmente en su ámbito personal por intervenir en situaciones de impacto y alto riesgo. Por lo cual, ante el estrés vivido, los agentes buscan actividades que en ocasiones son nocivas para su salud y se relacionan con el consumo de alcohol y hábitos negativos, como consecuencia de ello surgen comportamientos agresivos, aislamiento o dificultades para relacionarse; impactando en la calidad de vida personal y familiar. Es por lo antes dicho que se busca prevenir situaciones que detonen en hechos lamentables de atentar contra su vida o de terceras personas siendo relevante el sentido de pertenencia Institucional en cada elemento de esta corporación, dignificando su imagen y servicio. Con base a lo anterior, se propone tener espacios seguros, dignos y gratuitos, donde el policía podrá canalizar de manera positiva su energía. Aprendiendo habilidades musicales y deportivas que le brindara los siguientes beneficios: prevenir enfermedades (hipertensión, cardiopatía y diabetes etc.),control de peso, fortalecimiento del sistema cardiovascular, mayor rendimiento físico, destrezas motrices, mejor estado de ánimo, concentración, reducción de los niveles de estrés ansiedad y depresión destacando el fortalecimiento de valores como la honestidad, disciplina, liderazgo y respeto, teniendo mayor coerción con los demás integrantes que conforman esta institución. Desde la creación del centro de evaluación de control de confianza C3, los elementos de esta corporación acuden cada tercer año, a fin de identificar que se encuentren aptos para desempeñar su función pública como policía, identificando en los

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resultados obtenidos diversas recomendaciones para ellos. En este 2019 se cuenta con el registro de 1637 personas evaluadas de las cuales 352 que equivalen al 21.50 % tiene observación referente a sobre peso, asimismo 114 elementos activos equivalentes al 6.97 % requiere un acompañamiento psicológico para el fortalecimiento de su persona, estos datos nos permiten ver la necesidad para crear un área encargada de fomentar el deporte ,toda vez que es comprobado por diversos estudios científicos que al ejercitar nuestro cuerpo se obtiene también beneficio emocional, debido a la respuesta hormonal que permite regular la temperatura corporal y su función como son antidepresivos natural. Como estrategia a lo anterior dentro de esta Secretaría se han impulsado actividades deportivas que de manera significativa han sido solventadas por donaciones, y creemos que al tener un recurso financiero propio para estas actividades el número de beneficiarios y calidad de eventos podría mejorar considerablemente. Así mismo, la Norma 035 STPS se publicó en 2018 y será efectiva un año después de su publicación, es decir a partir del 23 de octubre de 2019. Que conforme a lo previsto por el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el 26 de septiembre de 2016, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-STPS-2016, Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención, para su aprobación, y que el citado Comité lo consideró procedente y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación; Que de acuerdo con lo que determinaban los artículos 69-E y 69-H, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Proyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, quien dictaminó favorablemente en relación con el mismo; Que de conformidad con lo señalado por el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó para consulta pública por sesenta días naturales en el Diario Oficial de la Federación de 26 de octubre de 2016, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-STPS-2016, Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención, a efecto de que en dicho período los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo; Que habiendo recibido comentarios de veintidós promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, por lo que esta dependencia publicó las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación de 26 de mayo de 2017, con base en lo que dispone el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Que derivado de la incorporación de los comentarios procedentes presentados al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-STPS-2016, Factores de riesgo psicosocial-Identificación y prevención, así como de la revisión final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar claridad, congruencia y certeza jurídica en cuanto a las disposiciones que aplican en los centros de trabajo; Que en atención a las anteriores consideraciones, y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su Primera Sesión Ordinaria de 2017, otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN. Que el objetivo de la Norma 35 es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Que los factores de riesgo son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.

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Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite); las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo. Que la presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo, de acuerdo con lo siguiente:

a) Para centros de trabajo en los que laboren hasta quince trabajadores deberán cumplir con lo dispuesto por los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2 de la presente Norma;

b) Para centros de trabajo en los que laboren entre dieciséis y cincuenta trabajadores deberán cumplir con los numerales 5.1, 5.2, del 5.4 al 5.8, 7.1, inciso a), 7.2, del 7.4 al 7.9, y el Capítulo 8 de esta Norma, y

c) Para centros de trabajo en los que laboren más de 50 trabajadores deberán cumplir con los numerales 5.1, del 5.3 al 5.8, 7.1, inciso b), del 7.2 al 7.9 y el Capítulo 8 de la presente Norma.

La presente iniciativa busca consolidar la creación de una Dirección de Deporte y Cultura dentro de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Cancún Quintana Roo, con la que se beneficiará de manera directa al personal activo de esta corporación, fortaleciendo el sentido de pertenencia, orgullo y gallardía al portar el uniforme, eficiencia en el desempeño de las actividades que requieren esfuerzo físico y permanencia al tener espacios dignos y gratuitos como reconocimiento del trabajo realizado día a día , impactando de manera positiva su calidad de vida personal y familiar, fomentando prácticas que les lleven a un bienestar físico, mental, social y cultural, implementando estrategias orientadas a la realización de actividades deportivas y culturales según sus aptitudes y capacidades que les beneficiaran a los policías reducir los índices de enfermedades crónicas degenerativas; Dando seguimiento y cumplimiento a las recomendaciones emitidas por el Centro Estatal de Evaluación de Control y Confianza “C-3” para su permanencia como elementos activos de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Que por los motivos, anteriormente expuestos se somete a consideración de este H. Ayuntamiento la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO Y DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, de conformidad a lo siguiente:

REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

Articulo 45.- … I.- … II.- a.. . f. g. Dirección de Deportes y Cultura. III.- a la IV.- … …

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

Artículo 3.- … I a la XXIII. … XXIV. Dirección de Deportes y Cultura. Artículo 29.- … I.- … II.- … III.- a) a la g) … h). Dirección de Deportes y Cultura. Artículo 42.- …

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I al VIII. … IX. La Dirección de Deportes y Cultura X.- Las demás necesarias para el buen funcionamiento de la Secretaría, aprobadas por el Ayuntamiento.

TÍTULO CUARTO DE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS

CAPÍTULOS I AL VIII …

CAPÍTULO IX

DIRECCIÓN DE DEPORTES Y CULTURA Artículo 130 BIS. - La Dirección de Deportes y Cultura es una unidad administrativa cuya finalidad es la de coadyuvar en la promoción de la salud, de todos y cada uno de los elementos adscritos a la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito Del Municipio De Benito Juárez, Quintana Roo, a través del deporte, el sentido de pertenencia y la cultura. Para ello, cuenta con personal suficiente, con el perfil y los conocimientos técnicos deportivos, culturales y cívicos idóneos que permitan la adecuada reflexión y construcción moral, de todos y cada uno de los elementos de la corporación, a partir de la propia experiencia deportiva. Implementando estrategias orientadas a la realización de actividades deportivas y culturales según sus aptitudes y capacidades que beneficiaran a los policías a reducir los índices de enfermedades crónicas degenerativas; Dando seguimiento y cumplimiento a las recomendaciones emitidas por el Centro Estatal de Evaluación de Control y Confianza “C-3” para su permanencia como elementos activos de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. La Dirección de Deportes y Cultura tiene las siguientes funciones:

I. Determinar y organizar Delegaciones que representen oficialmente a la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en competencias cívicas, deportivas intermunicipales, estatales y nacionales e internacionales;

II. Promover y ejecutar programas, proyectos y acciones deportivas para los integrantes de la corporación de Seguridad Pública y Tránsito.

III. Gestionar el uso o comodato a favor de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, de equipamiento privado, de instalaciones y escuelas deportivas para lograr el objetivo de esta dirección;

IV. Otorgar reconocimientos a deportistas destacados que participen en eventos municipales, estatales, nacionales e internacionales; y, V. Desarrollar y promover la práctica de las diferentes disciplinas deportivas entre todos los elementos de la Secretaría Municipal de

Seguridad Pública y Tránsito, en todos sus niveles, VI. Propiciar la capacitación permanente de los preparadores deportivos que instruyen a los deportistas adscritos a la Secretaría

Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; VII. Acondicionar y equipar los espacios deportivos destinados por el Ayuntamiento o por la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y

Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para uso de los s deportistas adscritos a la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en todos sus niveles; y

VIII. Supervisar y formular, en coordinación con otras dependencias municipales, la realización de eventos deportivos en la vía publica dentro del territorio municipal.

Artículo 130 TER. - Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección de Deportes y Cultura de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, contará con un Titular y la siguiente estructura:

I. Coordinador General; II. Coordinador de Enlace Administrativo;

III. Coordinador del Departamento de Deporte; IV. Encargado de Gimnasio; V. Coordinador del Departamento de Cultura; VI. Nutrióloga (o)

VII. Secretaria. Artículo 130 QUÁTER. - El Titular de la Dirección de Deportes y Cultura, Grupo, tendrá el cargo de Director, sin perjuicio de la jerarquía que le corresponda conforme al estado de fuerza anual de la Secretaría, será nombrado por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal y ejercerá el mando de su área; además, deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 34 del presente Reglamento. Son funciones del Titular de la Dirección de Deportes y Cultura de Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, las siguientes:

I. Administrar, supervisar y optimizar recursos financieros, humanos y materiales de la Dirección de Deportes y Cultura, con el fin de dar cumplimiento al plan de trabajo.

II. Elaborar y administrar el presupuesto anual mediante la aplicación de normas y lineamientos de austeridad que se establezcan.

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III. Elaborar y dirigir un programa deportivo que cubra las necesidades de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo;

IV. Dirigir al personal de la Dirección de Deportes para el logro de los objetivos planteados en el Plan Municipal de Desarrollo. V. Representar a la Dirección de Deportes y al Municipio en eventos internos y externos.

VI. Establecer el Programa Anual de Deporte y Recreación que cubra las necesidades de Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo;

VII. Otorgar reconocimientos a deportistas destacados que participen en eventos municipales, estatales, nacionales e internacionales. VIII. Desarrollar y promover la práctica de las diferentes disciplinas deportivas entre todos los sectores y áreas que componen la

Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; IX. Presentar al Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, un Informe

mensual de las actividades y resultados de la Dirección de Deportes. X. Propiciar la capacitación permanente de los preparadores deportivos que instruyen a los deportistas deportistas adscritos a la

Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; XI. Acondicionar y equipar los espacios deportivos destinados por el Ayuntamiento o por la Secretaría Municipal de Seguridad Pública

y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para uso de los s deportistas adscritos a la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, en todos sus niveles.

XII. Vincular a las autoridades, instituciones y sociedad civil para el fomento del deporte en el municipio. XIII. Supervisar y formular, en coordinación con otras Dependencias Municipales, la realización de eventos deportivos en la vía pública

dentro del territorio municipal. XIV. Trabajar con un alto grado de profesionalismo y actitud de servicio hacia sus mandos, compañeros y la comunidad. XV. Observar el Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. XVI. Las demás que Ie señalen las Leyes y Reglamentos y las instrucciones que reciba de su superior.

Artículo 130 QUINQUIES. - El Coordinador General, apoyará al Director en las tareas administrativas de la oficina y coordinar y supervisar las áreas de la Dirección con la finalidad de que se ejecuten los planes, programas y eventos deportivos y de recreaci6n en cada una de ellas; así como aprovechar al máximo los recursos asignados para mejorar la eficiencia de los servicios y tendrá las siguientes funciones: I. Determinar y organizar Delegaciones que representen oficialmente al Municipio en competencias cívicas deportivas

intermunicipales, estatales, nacionales e internacionales. II. Vigilar el cumplimiento de objetivos, planes de operación, acciones y lineamientos dirigidos a mantener el buen funcionamiento de

la Dirección de Deportes, verificando que estos se desarrollen dentro del marco jurídico que rige la funci6n de la misma. III. Desarrollar planes y programas incluyentes. IV. Dar seguimiento al Plan Municipal de Desarrollo. V. Dar seguimiento a los programas y proyectos de la Dirección de Deportes. VI. Gestionar el uso, préstamo o comodato a favor de la Dirección de Deportes, de equipamiento privado, instalaciones y escuelas

deportivas para deportivas para lograr el objetivo de esta dirección. VII. Coordinar la entregar de reconocimientos a deportistas destacados que participen en eventos municipales, estatales, nacionales e

internacionales. VIII. Vigilar el cumplimiento de la implementación del Programa Anual de Deportes.

IX. Realizar reuniones periódicas con los Coordinadores a su cargo con el propósito de desarrollar la programación, de manera que las actividades permitan optimizar los recursos.

X. Desarrollar propuestas de proyectos de infraestructura para las instalaciones deportivas de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito.

XI. Supervisar, verificar y controlar la correcta operación de cada uno de los gimnasios e instalaciones deportivas municipales que se encuentran bajo la responsabilidad de la Dirección de Deportes.

XII. Mantener una constante comunicación con el Gobierno del Estado, a través de la Comisión para la Juventud y el Deporte de Quintana Roo, con el Instituto Municipal del Deporte y con las Dependencias responsables del Deporte de los Municipios del Estado para intercambiar información y mecanismos relacionados con la actividad deportiva.

XIII. Supervisar el uso eficiente de los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Dirección para el cumplimiento de su función.

XIV. Llevar el control estadístico de indicadores de los resultados de los torneos y eventos especiales que se lleva a cabo en la Dirección de Deportes.

XV. Diseñar la logística de los eventos, por lo menos con dos meses de anticipación a la fecha programada. XVI. Programar las fechas de los eventos en coordinación con los responsables de cada área de la Dirección de Deportes para elaborar

el cronograma del año siguiente. XVII. Cumplir con la entrega - recepción de los recursos humanos, materiales y financieros de la Dirección de Deportes, en los términos

que establezcan las disposiciones legales administrativas y ordenamientos aplicables que al efecto se expidan. XVIII. Observar el Código de Ética municipal y asegurar su observancia entre los Servidores Públicos que conforman la Dirección de

Deportes. XIX. Las demás que Ie señalen las Leyes y Reglamentos y las instrucciones que reciba de sus superiores.

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Artículo 130 SEXIES. - El Departamento de Enlace Administrativo fungirá como enlace con la Dirección Administrativa de la Secretaría, Administrar, controlar y optimizar los recursos financieros, humanos y materiales asignados a la Dirección de Deportes, con la finalidad de dar cumplimiento al plan de trabajo que determine la Dirección; así como dar atención a las necesidades que requiera cada una de las áreas., y tendrá las siguientes funciones:

I. Administrar, supervisar y optimizar recursos financieros, humanos y materiales de la Dirección de Deportes, con el fin de dar cumplimiento al plan de trabajo.

II. Elaborar y administrar el presupuesto anual mediante la aplicación de normas y lineamientos de austeridad que se establezcan. III. Recibir y atender las solicitudes internas y externas. IV. Atender las necesidades de insumos de todas las áreas de la Dirección y darles seguimiento. V. Atención a personas que asistan a la Dirección. VI. Integrar y mantener actualizado el padrón de los instructores, así como el organigrama de la Dirección de Deportes.

VII. Preparar conjuntamente con la Dirección y dar seguimiento al plan de trabajo; así como evaluar las necesidades, logros y dificultadas del plan de trabajo del año anterior, con el propósito de mejorarlo.

VIII. Mantener al día el inventario de equipo y materiales de las distintas áreas de la Dirección y supervisar el buen uso de los activos asignados.

IX. Custodiar, administrar y comprobar el fondo fijo de la Dirección. X. Atención a solicitudes de deportistas y maestros en apoyos económicos y realizar los trámites y/o gestiones de apoyo que autorice

el Director de Deportes, así como sus respectivas comprobaciones. XI. Atención y seguimiento a las necesidades de todas las áreas y dar seguimiento a las requisiciones de compra y de servicios

generales. XII. Tramitar ante la Dirección Administrativa de la Secretaría permisos, vacaciones, incapacidades, oficios de comisión, viáticos y demás

prestaciones que otorga la Ley a todo el personal adscrito al Grupo. XIII. Turnar a la Dirección Administrativa copia de todos los correctivos disciplinarios, constancias de participación a cursos, felicitaciones

y reconocimientos a que se hayan hecho acreedores los elementos de la policía, a fin de que éstas obren en sus respectivos expedientes administrativos;

XIV. Llevar la nómina y realizar todos los movimientos de personal indicados por el Director de Deportes. XV. Apoyar en todos los eventos y actividades de la Dirección desde la partida presupuestal, logística y operación, hasta proveer de todos

los materiales y equipo requerido para su realización exitosa. XVI. Mantener actualizados los resguardos de las armas conociendo su ubicación y condiciones en que se encuentren. Asignar las armas

a los elementos de acuerdo a lo que disponga el Secretario y/o el Titular; XVII. Mantener actualizado el Sistema de Entrega-Recepción y el Programa Operativo Anual;

XVIII. Notificar a los elementos sobre cualquier citatorio por medio del cual se requiera su presencia para el desahogo de diligencias ante cualquier autoridad externa o ante la Unidad Jurídica y la Dirección de Asuntos Internos de la Secretaría;

XIX. Responder todas las solicitudes de colaboración que se reciban por parte de cualquier autoridad competente a través de la Unidad Jurídica;

XX. Solicitar ante la Dirección Administrativa todos los insumos que requieran los departamentos y unidades del Grupo, así como de los diferentes sectores, partidas y agrupamientos; y,

XXI. Facilitar material y equipo requerido en los eventos y actividades de la Coordinación para la realización exitosa de los programas. XXII. Implementación de controles de asistencia y manejo de materiales que conduzcan a una máxima eficiencia para el funcionamiento

de los espacios deportivos. XXIII. Auxiliar en actividades extras de la Dirección en las que se requiera. XXIV. Todas aquéllas que el Secretario y/o el Titular del Grupo determinen.

Artículo 130 SEPTIES. – El objetivo de la Coordinación de Deportes es el realizar las convocatorias programadas, con el fin de que todos los elementos de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito tengan las mismas oportunidades de participar en programas deportivos y de recreación, con la finalidad de fomentar la actividad física buscando la participación familiar y fomentando la sana convivencia. El Coordinador de Deportes tendrá las siguientes funciones:

I. Elaborar el calendario de actividades, considerando los eventos programados por la Comisión para la Juventud y el Deporte de Quintana Roo, con el Instituto Municipal del Deporte y con las Dependencias responsables del Deporte de los Municipios del Estado en coordinación con los Promotores Deportivos.

II. Planear, desarrollar y ejecutar el plan de acción y las estrategias del programa de deportes. III. Ofrecer a los elementos que presenten discapacidad alguna, programas deportivos y recreativos adaptados. IV. Supervisar las actividades de los Promotores Deportivos. V. Coordinar y revisar las convocatorias para los diferentes torneos y actividades deportivas que se realizan en los distintos sectores

de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito. VI. Supervisar que los torneos y actividades deportivas se realicen en forma transparente.

VII. Elaborar el informe mensual sobre las actividades y torneos y entregarlo al Coordinador General con copia al Director de Deportes.

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VIII. Controlar, verificar y supervisar el buen uso de los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Coordinación para el cumplimiento de sus funciones.

IX. Apoyar en los eventos especiales de la Dirección de Deportes. X. Observar el Código de Ética municipal y asegurar su observancia entre los Servidores Públicos asignados a su cargo. XI. Dar difusión a las actividades deportivas que se desarrollan a través de la Coordinación.

XII. Brindar atención a todos los elementos de la corporación de Seguridad Pública y Tránsito, que acudan a la Coordinación y/o a las actividades deportivas realizadas.

XIII. Observar el Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. XIV. Las demás que Ie señalen las Leyes y Reglamentos y las instrucciones que reciba de sus superiores. Artículo 130 OCTIES. – El encargado del Gimnasio, depende, jerárquicamente, del Coordinador de Deportes y tiene como objetivo el administrar los recursos materiales y humanos para el buen desarrollo de los programas y servicios que ofrece el gimnasio, así como promover los programas deportivos y recreativos El Encargado del Gimnasio tendrá las siguientes funciones:

I. Administrar y optimizar los recursos asignados al Gimnasio. II. Dar difusión a las actividades deportivas que ofrece el Gimnasio para atraer mayor número de deportistas.

III. Coordinar y supervisar las actividades deportivas que se realicen en el Gimnasio a su cargo. IV. Realizar las inscripciones de los usuarios de todas las actividades deportivas que se imparten en el Gimnasio. V. Presupuestar y operar los recursos anuales para el Gimnasio. VI. Supervisar el buen uso y el mantenimiento general de las instalaciones del Gimnasio a su cargo, tales como: alumbrado, jardines,

aparatos, mobiliario de oficina, entre otros y reportar cualquier anomalía o desperfecto al Coordinador de Deportes. VII. Controlar los activos fijos. VIII. Coordinar y supervisar la asistencia y operatividad del personal, instructores y auxiliares de limpieza. IX. Dar seguimiento a todos los trámites administrativos relativos a recursos humanos. X. Supervisar el control del material de limpieza y mantenimiento del gimnasio a su cargo. XI. Coordinar, controlar y verificar el correcto uso de los materiales deportivos.

XII. Expedir las credenciales de los usuarios nuevos inscritos y la reposición de estas cuando se amerite. XIII. Apoyar en la función de elaborar, complementar y en su caso supervisar los programas de deporte adaptado. XIV. Promover en su caso, la difusión de los programas que con relación al deporte adaptado, sean elaborados para su aplicación en

la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito. XV. Alentar la práctica de nuevas disciplinas y modalidades del deporte adaptado en las instalaciones del Gimnasio, procurando

dotarlo con la infraestructura necesaria. XVI. Apoyar en eventos especiales a la Dirección de Deportes y Cultura. XVII. Elaborar reporte mensual de actividades.

XVIII. Observar el Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. XIX. Las demás instrucciones que reciba de sus superiores.

Artículo 130 NONIES. - El objetivo de la Coordinación de Cultura es el dirigir y coordinar las actividades culturales y cívicas de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito para lograr la integración de las tres coordinaciones y las relaciones con otras instituciones de cultura, buscando siempre estrategias de crecimiento integral, humano, social, cultural y económico. El Coordinador de Cultura tendrá las siguientes funciones:

I. Proponer los objetivos, metas del año y las líneas o criterios de acción, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Municipal. II. Promover en todo el personal de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, el conocimiento y la vivencia del plan

operativo y el plan de desarrollo municipal para la realización de las metas de la Dirección de Deportes y Cultura. III. Elaborar el plan operativo anual con la colaboración de los coordinadores y del Director de Deportes y Cultura. IV. Promover la organización y unidad entre todos y cada uno de los elementos adscritos a la Secretaría Municipal de Seguridad

Pública y Tránsito y colaborar en la planeación y realización de las actividades culturales a realizar durante la administración. V. Establecer estrategias que ayuden al personal a desempeñar su trabajo, en armonía y eficacia, orientado siempre hacia un óptimo

servicio. VI. Proteger la identidad y funciones específicas de cada una de las personas y departamentos, de forma que cada uno se sienta parte

indispensable en la Dirección de Deportes y Cultura. VII. Promover la integración de todos los miembros que forman parte de la Dirección de Deportes y Cultura.

VIII. Impulsar y animar la acción artística y cultural de todos los elementos adscritos a la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito.

IX. Promover la actualización, capacitación, y formación de todo el personal. X. Atender al personal de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito.

XI. Mantener relaciones con instituciones artísticas y culturales. XII. Establecer los formatos de inscripción, reconocimientos deportivos y culturales.

XIII. Promover entre los familiares directos de los elementos adscritos a la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y su responsabilidad de apoyar y fomentar la cultura.

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XIV. Planear las actividades y demás celebraciones de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito. XV. Crear la escolta de la Bandera, misma que deberá representar, en todo acto cívico y/o militar, a nuestro municipio. XVI. Crear la banda de guerra, misma que deberá de representar, en todo acto cívico y/o militar, a nuestro municipio.

Artículo 130 DECIES. – Que el objetivo principal de la Nutrióloga (o), es el evaluar en pacientes con sobrepeso y obesidad mórbida, el impacto de un programa para pérdida de peso, no quirúrgico que incluye: Educación para la salud en estilos de vida saludables y su promoción y apoyo en el proceso de cambio en el estilo de vida. La nutrióloga (o) tiene las siguientes funciones:

I. Realizar pláticas sobre nutrición en general (alimentación complementaria, actividad física, estilos de vida saludables, entre otros temas).

II. Indicar el plan de nutrición que incluye: plan de alimentación individualizado, orientación alimentaria, recomendaciones para la actividad física y cambios en los hábitos alimentarios.

III. Realizar el control y seguimiento de la conducta alimentaria y reforzamiento de acciones. IV. De acuerdo con el diagnóstico o pronóstico del paciente, establecer metas de tratamiento de acuerdo al caso y referir al paciente

a tratamiento médico o psicológico, cuando el caso lo requiera. V. Solicitar estudios de laboratorio en el Instituto Mexicano del Seguro Social o en laboratorios externos para la detección de

enfermedades crónicas degenerativas. Artículo 130 UNDECIES – Que el objetivo principal del encargado de la Banda de Guerra y Escolta a la Bandera es el lograr que la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito cuente con una banda de guerra formada por los elementos de la misma Institución Policíaca, para el resguardo de nuestros símbolos patrios, desarrollando, por excelencia en todos y cada uno de los elementos adscritos a la Secretaría un elemento esencial de su formación profesional y personal, logrando ser un componente básico de su integración social, que alimente al espíritu patriótico y solidario los todos y cada uno de los elementos, activos, de la Secretaría. Fomentando el amor a su Estado, Municipio e Institución. Coadyuvar al bienestar psicológico y moral de la nuestros policías y agentes de tránsito, fomentando el afán de logro, de superación personal abriendo perspectivas de desarrollo vocacional y estilo de vida. Resguardar, cuidar y proteger a la Bandera Nacional durante los desfiles, izamientos, arriamientos y otros actos en su honor. El encargado de la Banda de Guerra y Escolta de la Bandera tendrá las siguientes funciones:

I. Organizar la Banda de Guerra e integrar la Escolta de la Bandera. II. Unificar la presentación, evoluciones de orden cerrado, posiciones, ademanes y toques militares del personal de la Banda de

Guerra de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito. III. Que los integrantes de la Banda de Guerra adquieran uniformidad, evolucionen y ejecuten con precisión, ademanes y toques

militares, logrando con esto unidad de doctrina. IV. Unificar y enfatizar los aspectos más comunes de la presentación, evoluciones de orden cerrado, posiciones, ademanes y toque

militares que desarrollan diariamente los integrantes de la Banda de Guerra, redundando en la buena coordinación y armonía para las ceremonias y desfiles.

V. En festividades cívicas o ceremonias oficiales en que esté presente la Bandera Nacional, deberán rendírsele los honores que le corresponden en los términos previstos en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y los Reglamentos aplicables; honores que, cuando menos, consistirán en el saludo civil simultáneo de todos los presentes, de acuerdo con el Artículo 14 de esta misma Ley.

VI. Vigilar el, correcto, uso del Escudo y la Bandera Nacionales, así como la ejecución del Himno Patrio, de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.

Artículo DUODECIS. - El objetivo de la Secretaria es el de colaborar con el Director de Deportes y Cultura y así mismo, brindar apoyo a las coordinaciones mencionadas en el Artículo 130 TER, en actividades y funciones administrativas. La Secretaria tiene las siguientes funciones:

I. Atender las llamadas telefónicas y proporcionar información general, a los elementos de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, soliciten.

II. Supervisar las necesidades humanas y materiales de las distintas coordinaciones y del Gimnasio. III. Dar seguimiento a los reportes que Ie hayan turnado de la Dirección de Deportes. IV. Elaborar las credenciales para los usuarios. V. Llevar el control del archivo. VI. Elaborar las tarjetas de control de asistencia.

VII. Apoyar en los eventos especiales. VIII. Observar el Código de Ética Municipal. IX. Las demás que reciba de sus superiores.

TRANSITORIOS

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PRIMERO. - La presente reforma reglamentaria entrará en vigor al día siguiente al día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. - El Director de Deportes y Cultura, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días, a partir de la publicación de la presente, deberá de entregar para su estudio, análisis y aprobación el presupuesto correspondiente. TERCERO. – El Director General de Deportes y Cultura, en un término de cuarenta y cinco días, a partir de la publicación de la presente, deberá de presentar ante el Secretario Municipal de Seguridad Pública y Tránsito, para su aprobación, la lista de candidatos a ocupar los puestos señalados en el Artículo 130 TER, a excepción del encargado del Gimnasio, que quedará bajo la responsabilidad del Director de Deportes y Cultura.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO, ANTE EL PLENO DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO, DE LA MANERA MÁS ATENTA Y RESPETUOSA, SOLICITO: ÚNICO. - Tenerme por presentada con esta iniciativa, sirviéndose acordar el trámite conducente para ser turnada a la comisión o comisiones que considere este órgano colegiado de gobierno, para su estudio, valoración y dictamen correspondiente.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Lorena Martínez Bellos, Novena Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio. A lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: De conformidad a lo previsto en el

artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se propone a este Ayuntamiento, turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, y ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al trámite anterior. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora, manifestó: Muy buenos días Honorable Cabildo, medios de comunicación,

ciudadanos que nos están escuchando a través de los diferentes medios de comunicación y los que se encuentran aquí en este recinto. La mayor demanda de la población en nuestro estado y municipio es la seguridad, la ciudadanía exige policías calificados y aptos para desempeñar su labor, por ello, este Honorable Cabildo debe realizar las acciones que sean necesarias para fortalecer a nuestra fuerza policiaca como una agrupación no solamente capacitada sino con valores y principios, así como dotados de un sentido de pertenencia. La presente iniciativa busca crear una Dirección de Deportes y Cultura en la Secretaría de Seguridad Pública Municipal y tiene como finalidad dos objetivos estrechamente vinculados, contribuir a la dignificación de la labor de más alto riesgo de la comuna construyendo valores y principios a partir de la propia experiencia deportiva y cultural. Esta dirección beneficiará a más de mil ochocientos tres elemento activos quienes son vulnerables a factores que afectan su integridad y estabilidad emocional, derivando con ello problemas de salud, físicos y psicológicos que se refleja en su relación con sus familias, pero también en la relación con los ciudadanos, eso sin mencionar que muchas veces la falta de condición física deriva la no aprobación del examen de control y confianza, por ello, esta Dirección de Deporte y Cultura llevará a cabo actividades deportivas, culturales, escolta y banda de guerra que tendrán por objetivo mejorar el estado físico de los elementos de la corporación, pero además y aún más importante, mejorar su estado anímico, su integración de equipo, su sentido de pertenencia y la creación de valores cívicos y el sentido de responsabilidad con la sociedad y con ello

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lograremos el segundo objetivo de esta iniciativa, que la ciudadanía cuente con una policía de proximidad social, con una actitud positiva y en buen estado físico para el desempeño de sus actividades. Agradezco a mis compañeros de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, así como nuestra Presidente Municipal Mara Lezama, por el gran compromiso que han mostrado hacia la cultura, hacia el deporte, como un sentido de pertenencia pero también de reconstrucción del tejido social y por supuesto que va a ser muy importante y fundamental el involucrar en esta sinergia a todos los elementos de la corporación e invito respetuosamente a todos mis compañeros Regidores a apoyar y trabajar en equipo en Comisiones Unidas, la presente iniciativa que seguramente traerá grandes beneficios para los cancunenses, en hora buena, es cuánto. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a votación turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, mismo trámite que fue aprobado por mayoría, con un voto en contra de la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal,

ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el trámite de la iniciativa. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sexto.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura de la iniciativa

mediante la cual, las Ciudadanas Niurka Alba Sáliva Benítez, Regidora Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y Clara Emilia Díaz Aguilar, Regidora Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, reformar la fracción V del artículo 81 y el primer párrafo del artículo 86; derogar la fracción III y último párrafo del artículo 86; y adicionar la fracción VI al artículo 81 y el artículo 86 Bis, todos del Reglamento Interior de la Secretaria Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ------------------------------------------------------------------------------------------------------- - --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO P R E S E N T E LA C. NIURKA ALBA SÁLIVA BENÍTEZ Y LA C. CLARA EMILIA DÍAZ AGUILAR, Regidoras Presidentes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Publica, Policía Preventiva y Transito del Ayuntamiento Benito Juárez, Quintana Roo, para el período Constitucional 2018-2021, con fundamento y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°,7°, 65, 66 fracción I incisos b) y c), 93 fracción VII y demás aplicables de la Ley de Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; los artículos 32, fracción VII y 36 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; me permito presentar a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado de Gobierno la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 81 Y EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTICULO 86; SE DEROGAN LA FRACCIÓN III Y ULTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 86; Y SE ADICIONAN LA FRACCIÓN VI AL ARTICULO 81 Y EL ARTICULO 86 BIS, TODOS DEL

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REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRANSITO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La seguridad pública implica que los ciudadanos de una misma región puedan convivir en armonía, cada uno respetando los derechos individuales del otro, siendo el Estado el Órgano garante de la seguridad pública y el máximo responsable a la hora de evitar las alteraciones del orden social. Dado que la seguridad pública es la máxima prioridad de la administración pública municipal y cuyo fin principal es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, que comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas. Para esto, existen las distintas fuerzas y corporaciones de seguridad como la Policía, mismas que trabajan con el Municipio, el Estado y la Federación. En este orden de ideas, nuestro Municipio tiene la obligación legal de hacer imperar el orden, la legalidad, la pluralidad y el respeto irrestricto a los derechos humanos. Por lo consiguiente tiene la facultad de crear y/o modificar y/o reformar, las distintas normatividades que rigen el comportamiento de este, así como los que rigen a la propia ciudadanía, al tenor de garantizar el orden y la igualdad de los que la integran. Es así como la Policía Municipal es la que debe de llevar a cabo las acciones pertinentes para lograr que los ciudadanos Benitojuarenses estén a salvo de actos delictivos y vivan en armonía. Por lo que debemos de entender que el desarrollo Policial es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los Integrantes y tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a las garantías individuales y derechos humanos reconocidos en la Constitución, logrando lo anterior a través de instrumentos que sean instintivos y que representen prestaciones dignas, mecanismos de ascenso y promoción, así como de una capacitación constante, asistencia Médica, promoción Deportiva, fomento de actividades Culturales y Programas de Desarrollo Social, para lograr que la carrera policial sea un proyecto de vida digno para sus integrantes, quienes encuentran en la Institución diversas herramientas para su desarrollo personal, en apego a la legalidad. Cabe señalar que la policía no sólo es el primer y más cercano contacto de la población en materia de seguridad, es pieza clave en la prevención e investigación de los delitos de alto impacto como lo son: homicidios, secuestros, extorsiones, trata de blancas, explotación sexual, explotación de menores y robos en sus diversas modalidades, por decir los algunos de los principales delitos. En un país como el nuestro en que los índices delictivos se han incrementado de manera significativa y uniforme en los distintos niveles de gobierno, cabría esperar que el freno a la inseguridad y a la violencia fueran la prioridad principal de cada régimen de gobierno. Es por tal motivo que el Municipio debe procurar que el elemento activo y/o policía, sea la prioridad número uno, en materia de Seguridad Publica, ya que, al hacerlo, no solo preparamos personal capacitado, sino que incentivamos el ejercicio diario de nuestros elementos, proporcionándoles las herramientas y conocimientos adecuados, para enfrentar las condiciones laborales con las que conviven día a día. Es así que dicha propuesta de modificación reglamentaria viene a generar unidad dialéctica entre el gobierno municipal y los elementos policiacos que día a día, trabajan para velar por los intereses de todos y cada uno de los ciudadanos de nuestro municipio, es así como en el ejercicio de la inclusión, se prevé otorgar los beneficios a los elementos y/o policías de nuestro municipio, con el objeto de que día día brinden un servicio eficaz y eficiente; y al mismo tiempo ellos obtengan una mejor calidad de vida. Por tal motivo el presente instrumento pretende satisfacer y al mismo tiempo abordar la problemática interna mediante atenciones personales a los elementos activos, mediante acciones y mecanismos que le proporcionen una mejor calidad de vida y un desarrollo policial basto, suficiente y sustentable.

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Tomando en cuenta que la Previsión Social es el conjunto de medios y acciones dirigidas a atender las necesidades de los integrantes de una sociedad, donde su objeto, es lograr que se mejoren las condiciones sociales, económicas y humanas de la población, parte la necesidad de otorgar estos beneficios a todos y cada uno de los elementos activos y/o policías municipales que forman parte de la Secretaria de Seguridad Publica y Transito de nuestro Municipio, ya que como gobierno, somos los responsables de garantizar a las personas que se encuentren dentro de su ámbito de aplicación el derecho a la salud, la atención médica, el derecho al correcto esparcimiento mediante las actividades culturales, deportivas y las prestaciones sociales encaminadas a garantizar el bienestar individual. Que es obligación nuestra, el mantener de manera permanente actualizados los Reglamentos, Manuales de organización y procedimientos para el óptimo funcionamiento de las dependencias, obteniendo mejores resultados en el municipio en cuanto a eficiencia, eficacia, calidad, credibilidad y confianza en la administración pública municipal; Por los anteriormente expuesto, se somete a consideración de este Ayuntamiento la INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 81 Y EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTICULO 86; SE DEROGAN LA FRACCIÓN III Y ULTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 86; Y SE ADICIONAN LA FRACCIÓN VI AL ARTICULO 81 Y EL ARTICULO 86 BIS, TODOS DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRANSITO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, de conformidad a lo siguiente: Artículo 81.- … I a la IV. … V.- Departamento de Medicina Legal; y VI.- Departamento de Fortalecimiento y Desarrollo Policial. Artículo 86.-Son funciones del Departamento de Medicina Legal, a cargo de un Jefe de Departamento, las siguientes: I. … a) y b) … II… a) a la d) … III. Se deroga Artículo 86BIS. - El Departamento de Fortalecimiento y Desarrollo Policial para el cumplimiento de sus objetivos y planes de desarrollo institucional, estará cargo de un Jefe de Departamento. Son funciones del Departamento de Fortalecimiento y Desarrollo Policial, las siguientes: I. Implementar acciones para la difusión ferias, exposiciones y eventos vinculados a la promoción de la salud, el deporte, cultural y el desarrollo social. II. Promover, dentro de su competencia, programas y presupuesto, las mejores condiciones para el bienestar, fortalecimiento y desarrollo de los elementos pertenecientes a esta Secretaria. III. Fomentar la participación de los tres órganos de gobierno e instituciones académicas, para la generación e instrumentación de estrategias deportivas, culturales, así como también para la mejora de la salud, superar rezagos sociales e impulsar el bienestar social de los elementos pertenecientes a esta Secretaria; IV. Planear, elaborar y ejecutar coordinadamente con los tres órganos de gobierno y organismos privados, programas y proyectos de salud, deportivos, culturales y sociales, para beneficio de los elementos activos y/o pertenecientes a esta Secretaria; V. Proponer políticas públicas al Secretario, que permitan mejorar el acceso a la salud, el deporte, la cultura y el desarrollo social a los elementos activos pertenecientes a esta Secretaria. VI. Contará con una clínica de asistencia médica, dental y psicológica y VII. En materia médica, se proporcionará al elemento los siguientes beneficios: a) Dar atención médica, dental y psicológica de primer nivel y asesoría en su caso, a todo el personal de esta Secretaría. b) Realizar programas de medicina preventiva al personal activo y a sus familiares directos. c) Informar de manera mensual al Secretario de las acciones que se realicen. d) Las demás que no hayan sido previstas dentro del propio ordenamiento. VIII. En materia Deportiva, se proporcionará al elemento los siguientes beneficios: a) Elaborar, definir y ejecutar un plan deportivo, impulsando la igualdad entre los elementos activos, mujeres y varones, mediante la incorporación de la perspectiva de género, en todas sus actividades y acciones.

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b) Promover todo tipo actividades deportivas dentro de la Secretaria con su personal activo. c) Promover la participación de eventos deportivos de competición con las diferentes instancias públicas y privadas. d) Informar de manera mensual al Secretario de las acciones que se realicen. e) Las demás que no hayan sido previstas dentro del propio ordenamiento. IX. En materia Cultural, se proporcionará al elemento los siguientes beneficios: a) Ejecutar, coordinar, supervisar y monitorear actividades culturales que fortalezcan la identidad y sentido de pertenencia de los miembros de la Secretaria. b) Formular y proponer estrategias que impulsen proyectos de intercambio cultural y social. c) Elaborar convenios interinstitucionales con empresas, centros comerciales, culturales, recreativos y educativos en beneficio del personal que integra esta institución. d) Informar de manera mensual al Secretario de las acciones que se realicen. e) Las demás que no hayan sido previstas dentro del propio ordenamiento. X. En materia Social, se proporcionará al elemento los siguientes beneficios: a) Promover la comunicación entre las áreas de la institución de tal forma que motive la cohesión entre el personal de esta corporación. b) Organizar y desarrollar programas permanentes de asistencia social para el personal activo de la Secretaria. c) Proponer al Secretario las Políticas de Desarrollo Social, procurando siempre la igualdad entre los elementos activos; d) Elevar la calidad moral y personal de todos los integrantes de esta secretaria. e) Informar de manera mensual al Secretario de las acciones que se realicen. f) Las demás que no hayan sido previstas dentro del propio ordenamiento.

TRANSITORIOS PRIMERO. – La presente reforma reglamentaria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. – Se derogan todas las disposiciones que sean contrarias a las presentes reformas. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, ANTE EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, DE LA MANERA MÁS ATENTA Y RESPETUOSA, SOLICITAMOS: ÚNICO. - Tenernos por presentadas con esta iniciativa, sirviéndose acordar el trámite conducente para ser turnada la misma a la Comisión o Comisiones que considere este Órgano Colegiado de Gobierno, para su estudio, valoración y dictamen correspondiente.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio. A lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta de dispensar la

lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: De conformidad a lo previsto en el artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se propone a este Ayuntamiento, turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, y ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al trámite anterior. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora, manifestó: Con su permiso señora Presidente, saludo también a todos los que nos ven a través de redes sociales y nos escuchan a través de Radio Cultural

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Ayuntamiento, siempre es un gusto saludarles. La seguridad pública, para nadie es duda de que es la máxima prioridad en nuestra administración, por lo que elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio, el respeto a los derechos humanos es de vital importancia puesto que la policía no solo es el primer y más cercano contacto con la población en materia de seguridad, más bien es la pieza clave en la prevención e investigación de los delitos de alto impacto como son homicidios, secuestros, extorciones, por tal motivo es nuestro deber como Órgano Colegiado, garantizar su previsión social para que puedan cumplir con efectividad su labor de día a día, en esta ocasión se une la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito y la Comisión de Trabajo y Previsión Social bajo los estándares de nuestra Presidenta Municipal de no incrementar la nómina, de no crear nuevas direcciones, sino simplemente hacer efectivo el dinero que ustedes los benitojuarenses nos dan a nosotros, nos unimos y agradezco mucho por supuesto la intervención, el apoyo, el trabajo de la Regidora Clara Emilia Díaz, Presidenta de la Comisión de Seguridad Pública, el invaluable apoyo y las horas de trabajo de nuestro Secretario de Seguridad Pública del Municipio, el Inspector Eduardo Santa Maria; el Licenciado Gonzalo Alonso, Director Administrativo y el Licenciado Edgar Ramírez de la Secretaría también Municipal de Seguridad Pública para la creación no de una Dirección, sino de un departamento de fortalecimiento y desarrollo integral a la policía, nuestra policía necesita y merece una atención integral en cada uno, para cada uno de nuestros elementos los cuales contarán con atención médica, con atención psicológica, con atención dental, profesional, pero al mismo tiempo tendrán acceso a lo que es el esparcimiento deportivo como muy bien ha trabajado en esto la Regidora Paola y cultural, garantizando así su salud tanto física, mental, como emocional para poder brindarle a nuestra ciudadanía la atención que se merecen. Agradezco mucho a mis compañeras y compañeros Regidores que trabajaron en esta iniciativa y sobre todo, estoy segura de que la Regidora Clara Emilia y una servidora recibiremos sus propuestas en las Comisiones Unidas para garantizar que juntos podamos incluso con la Regidora Paola, lograr el bien de nuestros policías para que así se beneficie nuestra población, es cuánto señora Presidente, muchas gracias. Seguidamente la Ciudadana Clara Emilia Díaz Aguilar, Primera Regidora, solicitó el uso de la voz y

manifestó: Con su venia señora Presidenta, muy buenos días a los medios de comunicación, compañeros Regidores y los ciudadanos que nos visitan. Primero que nada, nuestros policías antes de ser policías son seres humanos como nosotros, son padres de familia que todos los días se encuentran con situaciones muy engorrosas e impactos muy graves a su condición psicológica, esta situación que ellos todos los días viven también la tenemos que cuidar porque son los que nos cuidan a todos nuestros ciudadanos, por eso hemos tomado la iniciativa de trabajar en lo psicológico en todo lo que permee para que ellos sean beneficiados, he tenido la visita de muchos ciudadanos que compañeros del gremio policiaco han estado amenazando a ciudadanos que no tienen nada que ver con delincuencia, por eso hemos tomado la decisión la compañera Niurka de trabajar en este programa, en esta iniciativa para que también nuestros policías psicológicamente estén bien, por los impactos que reciben de tanta delincuencia en Benito Juárez y porque sus familias también corren peligro, hoy por hoy yo invito a la compañera Paola a que se una, tenemos creo que un proyecto muy bueno de parte de las dos Regidoras y los invito porque unificando nuestro trabajo vamos a ver la proyección que hoy la policía y con nuestra Presidenta Municipal ha dicho en campaña y creo que es el momento de trabajar como planilla unida. Es cuánto señora Presidente. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a votación turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, de Gobierno y Régimen Interior y de Educación, Cultura y Deportes, mismo trámite que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los

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siguientes términos: Aprobado el trámite de la iniciativa. --------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Séptimo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura de la

iniciativa mediante la cual, los Ciudadanos Reyna Lesley Tamayo Carballo, Regidora Presidente de la Comisión de Espectáculos y Diversiones y Pablo Gutiérrez Fernández, Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, expedir el Reglamento para la Prestación del Servicio Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, en los términos de la propia iniciativa. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- HONORABLE AYUNTAMIENTO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO P R E S E N T E Los suscritos Ciudadanos Regidores Reyna Lesley Tamayo Carballo, Presidente de la Comisión de Diversiones y Espectáculos y Pablo Gutiérrez Fernández, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás conducentes de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 7, 65, 66 fracciones I incisos b) y c), 221, 224, 225 y demás relativos y aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 5°, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 103, 104, 135 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 2°, 3°, 5°, 6°, 26, 33, 139, 142, 145, 152, 153, 155, 156 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 93 fracción VII de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, y 32 fracción VII y 140 fracción III del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, venimos a someter a la consideración de este Órgano Colegiado de Gobierno, LA INICIATIVA POR LA QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO AUXILIAR DE ARRASTRE, ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, ESTADO DE QUINTANA ROO, misma que se sustenta, en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 115 que la base de la división territorial de los Estados, de su organización política y administrativa, es el Municipio Libre, investido de personalidad jurídica y patrimonio propios, autónomo en su gobierno interior y libre en la administración de su hacienda, gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la Ley determine. Son fines del Gobierno Municipal, la preservación de la dignidad, integridad de las personas y su patrimonio, la conservación del orden y la tranquilidad pública, así como la organización y prestación de los servicios públicos para la satisfacción de las necesidades de la población y la eficaz y eficiente organización y funcionamiento de la administración pública municipal, por lo que el Ayuntamiento, para el cumplimiento de sus fines y responsabilidades, cuenta con facultades generales de reglamentación para el régimen de gobierno y administración del Municipio; El Ayuntamiento ejerce sus atribuciones legislativas mediante la expedición de ordenamientos municipales consistentes en el Bando de Gobierno y Policía, Reglamentos, Circulares y demás disposiciones de observancia general que deberán contener las normas que requiera el régimen gubernamental y administrativo del Municipio, siendo los Reglamentos las resoluciones que dicta el Ayuntamiento de carácter de general, impersonal, abstracto, obligatorio y coercible que otorga derechos o impone

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obligaciones a la generalidad de las personas y constituyen los cuerpos normativos tendientes a regular, ejecutar y hacer cumplir el ejercicio de las facultades y obligaciones que la Constitución del Estado y la Ley de los Municipios confiere al Ayuntamiento en el ámbito de su competencia; De conformidad con el marco jurídico referenciado, los Regidores son los encargados de deliberar, analizar, resolver y velar por la correcta observancia de los acuerdos y disposiciones del Ayuntamiento, así como vigilar los ramos de la Administración Pública Municipal y la correcta prestación de los servicios públicos, teniendo entre otras, facultades para presentar al Ayuntamiento iniciativas de reglamentos; No puede pasar desapercibido el hecho de que en nuestro municipio carecemos de un cuerpo jurídico que regule de manera integral la prestación del servicio de arrastre y depósito de vehículos, lo cual genera una problemática que afecta de manera importante a los usuarios de dicho servicio, de ahí la imperante necesidad de expedir el reglamento respectivo con la finalidad de brindarles seguridad y certeza jurídica a todos los actores involucrados en la prestación del mismo; Es por lo anterior que en ejercicio de las facultades que me son inherentes, en esta oportunidad vengo ante este cuerpo colegiado de gobierno municipal a someter a su consideración, la presente iniciativa mediante la cual se expide EL REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO AUXILIAR DE ARRASTRE, ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, ESTADO DE QUINTANA ROO, para quedar de la siguiente manera: REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO AUXILIAR DE ARRASTRE, ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITO DE

VEHÍCULOS EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, ESTADO DE QUINTANA ROO.

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO

Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las normas para la operación, administración y control del servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes y reglamentos que de ellas emanen. Artículo 2.- El Ayuntamiento tiene la facultad para prestar por sí o a través de los particulares el servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos previstos en la Ley de los Municipios y la Ley de Movilidad ambas del Estado de Quintana Roo, el Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

I. Ayuntamiento: Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo; II. Comité: al Comité Técnico Dictaminador relativo a la convocatoria de licitación para la prestación del servicio auxiliar de arrastre,

arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo; III. Concesión: Acto administrativo mediante el cual el Ayuntamiento otorga el derecho para la prestación temporal del servicio

público de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, en los términos que establecen las leyes y reglamentos vigentes en la materia, así como el contrato de concesión respectivo;

IV. Concesionario/a: Persona Física o Moral a quien el Ayuntamiento le otorga la concesión del servicio público de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo;

V. Remisión: A la orden de la autoridad competente para el arrastre y depósito de un vehículo impedido para su auto-desplazamiento o que afecta la seguridad, el orden público o libre tránsito en la vía pública;

VI. Arrastre: consiste en remolcar los vehículos averiados que no puedan movilizarse de manera autónoma, derivado de descomposturas mecánicas, eléctricas y algún otro averío, utilizando para ello una grúa;

VII. Arrastre y Salvamento: consiste en llevar a cabo las maniobras mecánicas y/o manuales necesarios para rescatar vehículos, sus partes y carga, involucrados en accidentes vehiculares, hechos de tránsito o siniestros, ocurridos sobre o fuera de la carpeta asfáltica de las avenidas, calles, carreteras o caminos, o bien, colocar sobre la vialidad a los vehículos accidentados, sus partes o carga, que requieran ser remolcados a petición de la autoridad competente;

VIII. Depósito: Consiste en la guarda y custodia de un vehículo, dentro de los espacios autorizados para tal efecto, para que éste quede en garantía a disposición de la autoridad competente;

IX. Depósito Vehicular: espacio al que es trasladado un vehículo que ha sido remolcado, después de permanecer 72 horas en la, por estar involucrado en un accidente, chatarra o estar abandonado en la vía pública y en el cual permanecerán hasta en tanto se gire la orden de devolución correspondiente o se adjudique previo procedimiento administrativo de remate;

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X. Grúa: a la unidad de tracción de dos o tres ejes utilizada para el arrastre y arrastre y salvamento de vehículos, que cumple con especificaciones técnicas y el equipo mecánico establecido por las Normas Oficiales Mexicanas, el presente Reglamento;

XI. Inventario: al documento formato en el que se hacen constar las condiciones físicas del vehículo que es arrastrado, por la Concesionaria, utilizado por el operador de la grúa y avalado por la Dirección y el solicitante;

XII. Liberación de vehículo: a la ejecución de la orden emitida por la autoridad competente, por la que la persona propietaria o posesionaria legal recupera su vehículo;

XIII. Dirección: a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio; XIV. Director: Hombre o mujer que desempeñe la titularidad de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio; XV. Inspector: Hombre o mujer adscrito o adscrita a la Dirección para vigilar y hacer cumplir, en el ámbito municipal, las disposiciones

contenidas en el presente Reglamento; XVI. Transito: la Policía de Tránsito Municipal; XVII. Ley de Movilidad: A la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo; XVIII. Ley de los Municipios. - a la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; XIX. Reglamento: al presente ordenamiento; XX. U.M.A: Unidad de Medida y Actualización; XXI. Usuario: a la Persona Física o Moral que utiliza el servicio público de arrastre y depósito de un vehículo. XXII. Tarifa: a la tabla de precios establecidos en este reglamento, aplicable a los conceptos del servicio público de arrastre, arrastre

y salvamento y depósito de vehículos y en su caso maniobras; XXIII. Hecho de Tránsito: Evento relacionado con el tránsito de vehículos vinculado con personas, fenómenos naturales, semovientes

o cosas en la jurisdicción municipal, que genera daños en la vida, la salud o el patrimonio; XXIV. Memoria Descriptiva: Documento elaborado por el Permisionario del servicio de arrastre y salvamento y depósito de vehículos,

a través del cual, se describen de manera detallada, todas las actividades realizadas por éste en la prestación del servicio, desde el inicio hasta el término de las maniobras de salvamento de vehículos;

TITULO SEGUNDO

DE LAS AUTORIDADES Y SUS ATRIBUCIONES CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4.- Son autoridades en materia del servicio público de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, las siguientes:

I. El Ayuntamiento. II. El Presidente Municipal; III. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio; y IV. La Dirección de la Policía de Tránsito Municipal.

Artículo 5.- Son autoridades auxiliares en materia del servicio público de arrastre y depósito de vehículos en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, las siguientes:

I. Los Inspectores de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio. II. La Policía de Tránsito Municipal. III. Las dependencias de gobierno que en el ámbito de su competencia y por ministerio de ley ejerzan sus atribuciones en la materia.

Artículo 6.- Los actos, resoluciones y recursos administrativos en materia del servicio público de arrastre y depósito de vehículos, se sujetarán a lo previsto en el presente Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, así como las que en la materia dicte el Ayuntamiento.

CAPÍTULO II DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES

Artículo 7.- Son atribuciones del Ayuntamiento: I. Aprobar la declaratoria que reconozca la necesidad del servicio;

II. Aprobar la creación del Comité Técnico; III. Otorgar las concesiones para el servicio público de arrastre y depósito de vehículos, en los términos de ley y los reglamentos en la

materia; IV. Autorizar al Presidente Municipal la firma del contrato de Concesión; V. Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y demás disposiciones federales, estatales y

municipales en la materia; VI. Modificar o revocar concesiones; VII. Autorizar la prórroga de las concesiones,

VIII. Determinar la intervención de las concesiones como medida de seguridad; IX. aprobar las tarifas de los conceptos por el servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículo;

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X. Verificar que los procedimientos administrativos de adjudicación y remate de vehículos se realicen en tiempo y forma de conformidad a la ley y reglamentos en la materia;

XI. Las demás que establezca el presente Reglamento y otras disposiciones legales aplicables. Artículo 8.- Corresponde a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio en materia del servicio público de arrastre y depósito de vehículos, las siguientes atribuciones:

I. Proponer al Honorable Ayuntamiento, la modificación o revocación, según corresponda, las concesiones otorgadas para la prestación del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, por incumplimiento de los concesionarios a las disposiciones y condiciones bajo las cuales fueron otorgadas, así como por lo dispuesto por este Reglamento y demás disposiciones aplicables;

II. Realizar inspecciones para verificar que las unidades que prestan el servicio de arrastre de vehículos cumpla con las especificaciones técnicas que garanticen la seguridad y calidad del servicio;

III. Verificar el cumplimiento de las características técnicas de los vehículos que presten el servicio en apego a la Norma Oficial Mexicana aplicable.

IV. Autorizar, y en su caso, modificar previo estudio técnico la cromática e identificación de las grúas; V. Proponer al Honorable Ayuntamiento la actualización de las tarifas, del servicio de arrastre de vehículos, así como de las

operaciones de depósito de vehículos, previo estudios técnicos y socioeconómicos; VI. Vigilar que la prestación del servicio de arrastre y de los espacios para depósito de vehículos se realice de acuerdo al presente

reglamento; VII. Realizar visitas a los domicilios de los depósitos vehiculares para verificar que los vehículos resguardos ahí se encuentren en las

mismas condiciones cuando estos fueron arrastrados; VIII. Atender y resolver de ser procedente, las quejas del público usuario con motivo de actos relativos al arrastre y depósito o daños

de vehículos, y en general, sobre el incumplimiento de las obligaciones de los concesionarios, remitiendo aquellas que por su naturaleza deban de ser de su conocimiento para su debida integración y resolución, sin perjuicio del ejercicio de la parte interesada, de las acciones judiciales que se pudieran ocasionar por tal incumplimiento de las obligaciones en la prestación del servicio;

IX. Aplicar a los concesionarios del servicio público de arrastre y depósito de vehículos las sanciones correspondientes por incumplimiento a las obligaciones contenidas en el reglamento o al contrato de concesión otorgada;

X. Llevar el registro documental y digital de las infracciones cometidas por los concesionarios en aplicación del presente Reglamento, así como de las altas y bajas de vehículos con programas informáticos enlazado vía internet entre la concesionaria, la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, y la Dirección de Policía de Tránsito Municipal;

XI. Elaborar formato de inventario y papel engomado para sellar mismos que deben de utilizar los concesionarios del servicio de arrastre y depósito de vehículos, y

XII. Las demás que señalen la concesión, el presente Reglamento y ordenamientos legales aplicables. XIII. Deberá integrar un banco de datos con la información relativa al servicio, el cual deberá contener lo siguiente:

a) De los Concesionarios. - Información que acredite la situación legal, contratos, títulos, antecedentes, evaluaciones e infraestructura de los concesionarios.

b) Del Parque vehicular. - Tipo de vehículo, combustible, número económico y demás características generales de las unidades. c) De un Registro de Operadores. - Datos personales, licencia e historial de capacitación, accidentes, infracciones y sanciones,

así como los resultados de la aplicación de exámenes médicos y de detección de consumo de drogas de cualquier tipo o de bebidas alcohólicas.

d) De los Seguros. - Las Pólizas con las que cuenten. e) De Convenios. - Todos los Acuerdos, convenios y contratos que se tengan con las empresas. f) De Atención ciudadana. - Reportes, solicitudes, quejas y sugerencias de los usuarios, así como su respuesta, y g) De La información diversa que establezca la Dirección en función de los programas y proyectos.

Artículo 9.- Corresponden al Director de Transporte y Vialidad del Municipio, las siguientes atribuciones:

I. Ejercer la titularidad de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio; II. Aplicar, inspeccionar y vigilar, en el ámbito de su competencia, la observancia del presente Reglamento y demás disposiciones

aplicables; III. Verificar que la prestación del servicio cumpla con los requisitos establecidos en este reglamento; IV. Ejecutar las acciones que, en el ámbito de su competencia, sean necesarias para que los concesionarios cumplan con las

disposiciones contenidas en las leyes federales y estatales y ordenamientos municipales, así como en el contrato de concesión respectivo;

V. Proponer al Ayuntamiento, por conducto de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, las características de rotulación e imagen que deberán portar los vehículos para efecto de que se distingan los diferentes concesionarios y números económicos de registro que los identifiquen;

VI. Recibir las solicitudes de los concesionarios y darles el trámite que corresponda; VII. Imponer y Calificar las sanciones a los concesionarios, operadores y usuarios; VIII. Realizar y ordenar la ejecución de visitas de inspección y vigilancia; IX. Coordinarse con las autoridades de la Dirección de Tránsito Municipal, para la aplicación de los programas de inspección a los

concesionarios;

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TÍTULO TERCERO

DEL PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR LA CONCESIÓN

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 10.- Los contratos de concesión, así como sus modificaciones deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, así como en otro periódico de mayor circulación en el Municipio, para que surtan sus efectos legales conducentes. Artículo 11.- La concesión para la prestación del servicio público de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el Municipio, se otorgará mediante licitación pública, debiendo publicarse la Convocatoria que contenga las bases, por dos ocasiones en un periódico de mayor circulación en la entidad y en otro periódico de mayor circulación en el Municipio. Artículo 12.- El otorgamiento de la concesión, estará sujeta a la declaratoria de existencia de necesidad pública que apruebe el Ayuntamiento, en la que declara la imposibilidad de su parte para prestarlo con medios propios, y acreditando la conveniencia para el Municipio de dar en concesión tales servicios, justificando en todo momento las razones de tipo económico, técnico, social y legal que se desprendan. Artículo 13.- Para el otorgamiento de la concesión para la prestación del servicio público de arrastre y depósito de vehículos o su modificación, se requiere:

I. La declaratoria del Ayuntamiento que reconozca la necesidad del servicio; II. Publicación de la declaratoria de necesidad; III. Publicación de la Convocatoria de licitación con sus bases; IV. Recepción y apertura de propuestas; V. Evaluación de Propuestas; VI. Emisión del dictamen legal, técnico, administrativo y financiero; VII. Resolución de Ayuntamiento; VIII. Publicación y notificación de la resolución; IX. Suscripción del contrato de concesión; X. Entrega del título concesión, e XI. Inicio de la prestación del servicio.

Artículo 14.- La declaratoria de necesidad del servicio emitida por el Ayuntamiento contendrá, entre otros aspectos, los siguientes:

I. Motivo y fundamento legal que sustenten la necesidad; II. Las consideraciones técnicas o legales que justifiquen el otorgamiento de la concesión; III. Tipo de servicio para satisfacer la necesidad pública; IV. Modalidad y número de concesiones a otorgar para satisfacer la necesidad del servicio; V. El tipo, características y cantidad de grúas y de espacios para depósito de vehículos que se requieran; VI. Las condiciones generales para la prestación del servicio; VII. Los demás datos que, a juicio de las autoridades, sean necesarios.

Artículo 15.- Hecha la declaratoria de necesidad pública, se formulará la convocatoria que contendrá las bases para el otorgamiento de la concesión del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos. Artículo 16.- La Convocatoria y bases de licitación contendrán, cuando menos, los siguientes requisitos:

I. Autoridad convocante; II. Determinación del régimen jurídico a que estará sometida la concesión, su duración, las causas de caducidad, rescisión, rescate,

revocación y suspensión, así como la forma de vigilancia en la prestación del servicio III. Especificación de las condiciones bajo las cuales se garantice la generalidad, suficiencia y regularidad del servicio IV. La forma de determinar y modificar las tarifas correspondientes V. Descripción general del tipo, modalidad y clase de servicio; VI. Número de concesiones a otorgar; VII. Lugar, plazo y horario en que los interesados podrán obtener las bases de la licitación, y en su caso, el costo y forma de pago de

las mismas; VIII. Requisitos y documentación para acreditar la personalidad jurídica de los participantes; IX. Requisitos y documentación para acreditar la capacidad técnica y material de los participantes; X. Causales de cancelación y supuestos en que se declarará desierto el concurso; XI. Causales de descalificación de las propuestas; XII. Anuencia del Instituto de Movilidad del Estado donde señale estar al corriente en todos los trámites Estatales correspondientes. XIII. La fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de sobres con propuestas, y

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XIV. Los demás requisitos y condiciones que establezca el Comité Técnico. Artículo 17.- Las bases de licitación solicitarán de los aspirantes, cuando menos, los siguientes requisitos:

I. Dirigirse por escrito al Ayuntamiento por conducto del Comité Técnico; II. Acta de nacimiento si es persona física, o acta constitutiva si es persona moral, así como Poder Notarial de quien se ostente en

calidad de Representante Legal, en el que se haga constar facultad amplia y suficiente para actuar; III. Aportar un estudio de necesidades y demanda del servicio para su aprobación por el Comité Técnico; IV. Acreditar la propiedad de los vehículos que serán destinados a la prestación del servicio; V. Tipo, cantidad y características de las grúas o de los espacios destinados a depósito vehicular con los que se vaya a prestar el

servicio en su caso; VI. Monto de la garantía que deberán exhibir los interesados para asegurar la prestación del servicio, en caso de otorgarles la

concesión; VII. Documento que acredite la propiedad o posesión legitima del inmueble, mismo que servirá como depósito vehicular; VIII. Plano de localización del inmueble con precisión de superficie, colindancias y descripción de áreas de circulación, casetas,

iluminación, acceso y sanitarios mismo que servirá como depósito vehicular; IX. Monto de la garantía de seriedad de la propuesta; X. Acreditar con las pólizas correspondientes, la contratación del seguro de cobertura amplia para los efectos de responsabilidad civil

y daños a los vehículos arrastrados y depositados; XI. Nombre y domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones incluyendo manifestación de no encontrarse impedido en los

términos del artículo 183 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; XII. Acreditar los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos necesarios para prestar el servicio; XIII. Acreditar con el comprobante respectivo el pago de las contribuciones federales, estatales y municipales correspondientes, y XIV. Los demás requisitos a que se refiera la licitación que a tal efecto se realice.

Sólo podrá otorgarse una concesión por solicitante que cubra los requisitos antes mencionados y que sea aprobada en términos de lo dispuesto en el artículo 11 del presente Reglamento. Artículo 18.- El Ayuntamiento recibirá por conducto del Comité Técnico su dictamen en relación a los ganadores del concurso de licitación pública relacionada a la prestación del servicio público de arrastre y depósito de vehículos, para su revisión y aprobación en su caso. Artículo 19.- Los contratos de concesión para la prestación del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos se sujetarán a las siguientes bases mínimas:

I. Determinación del motivo y fundamento legal; II. Determinación de la duración; III. Nombre o Denominación Social del concesionario; IV. Domicilio del Concesionario; V. Registro Federal de Contribuyentes; VI. Determinación de los derechos y obligaciones del concesionario; VII. La descripción de los vehículos destinados a la prestación del servicio, señalando el número de unidades, modelo, marca, sistema

de combustión, número de ejes, número de ruedas, medidas de las llantas, tipo de carrocería y peso; VIII. Determinación de la masa de bienes que se afectan para la prestación del servicio público de arrastre y depósito de vehículos por

parte del concesionario; IX. Señalar las medidas que deberá tomar el concesionario para asegurar el buen funcionamiento, regularidad, continuidad,

permanencia y eficacia del servicio y las sanciones por incumplimiento; X. Determinar el régimen especial a que deberá someterse la concesión y el concesionario, fijando el término de la concesión; las

causas de la caducidad o pérdida anticipada, revocación, rescisión o rescate de la misma; las modalidades de la prestación del servicio, y el pago de los impuestos y derechos correspondientes;

XI. Determinación de las tarifas; XII. Establecer el procedimiento administrativo conducente para oír al concesionario y a todo interesado, en los asuntos que importen

a la prestación del servicio público de conformidad a lo prevenido en los artículos 184 y 190 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo;

XIII. Determinación del fondo de reserva que ha de constituir el concesionario con el objeto de asegurar la renovación oportuna de los vehículos, asimismo para hacer frente a las contingencias y eventualidades inherentes a la prestación del servicio público de arrastre y depósito de vehículos;

XIV. Determinar el monto de la indemnización en caso de rescate de la concesión por parte del Ayuntamiento. Las demás que determine el ayuntamiento.

Artículo 20.- El Título de Concesión deberá contener al menos los siguientes requisitos:

I. Denominación o razón social y datos generales del concesionario; II. Fundamentación legal; III. Tipo, modalidad y clase de servicio;

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IV. Número de vehículos que ampara; V. Número económico asignado a los vehículos; VI. Vigencia de la concesión; VII. Derechos y obligaciones de las autoridades y de los concesionarios; VIII. Prohibiciones expresas; IX. Fechas de expedición, y X. Firma autógrafa de los funcionarios facultados. XI. Cláusula de reversión, en su caso. XII. Causas de extinción de la concesión. XIII. Nombre y firma de la autoridad facultada para expedir el titulo-concesion; y XIV. Las demás disposiciones que acuerde el Ayuntamiento.

Artículo 21.- La concesión para la prestación del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el territorio Municipal no podrá en ningún caso otorgarse a:

I. Los miembros del Ayuntamiento; II. A los servidores públicos o empleados municipales ni a sus cónyuges o concubinos, parientes consanguíneos en línea recta sin

limitación de grado, los colaterales hasta el cuarto grado y por afinidad hasta segundo grado; III. A personas jurídicas en las cuales sean representantes o tengan intereses económicos las personas a que se refieren las fracciones

anteriores, y IV. A quienes haya sido revocada otra concesión por cualquier causa.

Las concesiones así otorgadas carecerán de validez legal por lo que se declararán nulas de pleno derecho procediendo a la cancelación inmediata de la concesión, e imponiéndose una multa de 2000 a 4000 U.M.A. Al infractor. Artículo 22.- Las concesiones serán revisadas anualmente durante los tres primeros meses del año, debiéndose comprobar el pago de derechos y demás contribuciones que establezca la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez Quintana Roo y demás disposiciones fiscales aplicables. Artículo 23.- Las concesiones otorgadas para la prestación del servicio son personales, inalienables e intransferibles. Los convenios, operaciones o actos modifiquen la titularidad de la concesión sin reunir los requisitos previstos en este Reglamento serán nulos de pleno de derecho. Artículo 24.- La concesión no otorga al titular derecho real alguno ni de exclusividad, tampoco podrá alegarse la titularidad de derechos adquiridos, toda vez que se trata de una autorización para la prestación de un servicio público municipal, por lo que el Ayuntamiento tendrá la facultad de modificar el contrato de concesión, previa audiencia del concesionario, atendiendo a las condiciones que prevalezcan en la comunidad y a las particulares derivadas de la prestación del servicio por parte de los concesionarios. Artículo 25.- El Ayuntamiento posee en todo tiempo la facultad de decretar la municipalización y la intervención del servicio de arrastre y depósito de vehículos en el territorio municipal o acordar la prohibición de su concesión a particulares en los términos previstos en el presente Reglamento y demás ordenamientos estatales y federales correspondientes.

CAPÍTULO II

DE LOS CONCESIONARIOS Artículo 26.- Son derechos de los concesionarios, los siguientes:

I. Explotar el servicio concesionado; II. Participar en los programas de alcoholimetría que implemente el ayuntamiento, sujetándose a un rol consecutivo que incluya a los

concesionarios que presten el servicio al Ayuntamiento.; III. Solicitar al Ayuntamiento, por conducto de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, la renovación o revalidación de la

concesión necesaria para la prestación del servicio; IV. Solicitar al Ayuntamiento por conducto de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, la ampliación o modificación de las

concesiones otorgadas; V. Aportar los datos técnicos a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, de la información específica que se requiera, para

coadyuvar al mejoramiento del servicio; VI. Solicitar al Ayuntamiento por conducto de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, la revisión de tarifas y del

procedimiento de recuperación de créditos por concepto de arrastre y depósito, así como el aumento de unidades en operación; VII. Proponer a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, medidas que tiendan a mejorar el servicio y el aprovechamiento

correcto de sus equipos e instalaciones; VIII. Obtener de las autoridades el auxilio necesario para el ejercicio de los derechos que se le confieren en la fracción I de este artículo;

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IX. A que las autoridades fiscales Municipales inicien mensualmente el procedimiento económico coactivo y los procedimientos administrativos necesarios hasta la etapa de remate y adjudicación de vehículos incluyendo los abandonados y los considerados chatarra;

X. Al arrastre y depósito de vehículos en los términos que se establezcan en el contrato de concesión y en presencia de la autoridad municipal, y

XI. Los demás que se establezcan en el contrato de concesión, el Reglamento y disposiciones legales aplicables. Artículo 27.- Son obligaciones de los concesionarios, las siguientes:

I. Prestar el servicio sujetándose estrictamente a los términos de la concesión otorgada; II. Mantener los vehículos, bases de operación y servicios en condiciones de seguridad e higiene y aptitud para el servicio; III. Efectuar el servicio con las unidades y espacios autorizados por el Ayuntamiento en la concesión respectiva; IV. Emplear personal capacitado para el traslado y depósito de vehículos; V. Asegurar el trato correcto a los usuarios; VI. Garantizar a los usuarios y a terceros la reparación de los daños que se les pudiera causar con motivo del servicio; VII. Permitir a las autoridades competentes la inspección de las grúas, las instalaciones y documentación relacionada con las

concesiones; VIII. Tener en su sitio de base, oficinas administrativas adecuadas para la atención de los usuarios; IX. Instalar buzones para la recepción de quejas de los usuarios; X. Obtener el equipo especial autorizado de cómputo, para el control de entradas y salidas de vehículos de los depósitos vehicular y

estaciones de transferencia; XI. Obtener la autorización del Ayuntamiento y la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, con 30 días de anticipación para

modificación o cambio de: a) La razón social de la empresa; b) Los colores que identifiquen las unidades concesionadas; c) Los vehículos con el que se preste el servicio; d) La superficie del espacio autorizado para depósito, y e) Las demás que se establezcan en el contrato administrativo de concesión y por el Ayuntamiento.

XII. Presentar a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, el padrón de las personas que operan las grúas y de los encargados de los espacios para depósito de vehículos, con los datos necesarios para su ubicación e identidad;

XIII. Retirar de la circulación aquellas unidades que no garanticen la seguridad, contaminen el medio ambiente o cuyo estado físico, en los términos del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, que no cumpla con la calidad del servicio, previa supervisión de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio;

XIV. Mostrar en el exterior de la grúa el domicilio donde se localiza el sitio de las mismas; XV. Proporcionar a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, toda la información que se requiera sobre la explotación de la

concesión, debiendo brindar las facilidades necesarias para el desempeño de sus funciones; XVI. Responder ante la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio por los actos u omisiones del personal de su empresa que

afecten el servicio, independientemente de las sanciones que correspondan a las instancias administrativas o judiciales correspondientes;

XVII. Entregar lista diaria de vehículos arrastrados o almacenados a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, así como a la Dirección de la Policía de Tránsito Municipal, para los efectos de iniciación del procedimiento administrativo y legal procedente;

XVIII. Participar en los programas de recolección de chatarra y vehículos abandonados en las vías públicas del Municipio; XIX. Tomar las fotografías necesarias al vehículo de tal forma que identifiquen el lugar donde se cometió la infracción, mismas que

deberán de quedar almacenadas en un archivo electrónico para que se puedan apreciar las condiciones en que se recibió el vehículo, anotando el número de inventario en el parabrisas de la unidad móvil a remolcar;

XX. Al ingresar el vehículo remolcado al depósito vehicular, de forma inmediata deberá capturar en su sistema de cómputo, el cual estará enlazado a la red de la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, las fotografías del vehículo, así como la información contenida en la hoja de inventario respectiva;

XXI. Al liberar el vehículo remolcado, deberá tomarle las fotografías necesarias de tal forma que identifique las condiciones en que se encuentra la unidad móvil al momento de su entrega al ciudadano, mismas que deberán de quedar almacenadas en un archivo electrónico con un programa enlazado vía internet entre concesionarias con la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio;

XXII. Deberá instalar un sistema de circuito cerrado con video vigilancia en tiempo real las veinticuatro horas del día, en todas las áreas del depósito vehicular, así mismo deberán quedar almacenadas en un archivo electrónico con un programa enlazado vía internet entre concesionarias con la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio;

XXIII. Las maniobras y estacionamiento de las unidades tipo grúas propiedad del concesionario deberán realizarse al interior de la y Depósito vehicular y por ningún motivo sobre la vía pública;

XXIV. Las maniobras y el arrastre de los vehículos deberán realizarse sin dañarlos, y XXV. Las demás que establezca el contrato administrativo que contiene la concesión, el presente Reglamento y disposiciones legales

aplicables. Artículo 28.- Los vehículos utilizados por los concesionarios para el servicio de arrastre dentro de la zona urbana deberán contar además con:

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a) Juego de herramientas para reparación y desarme de mecanismos; b) Cuatro conos de hule o plástico de color rojo o ámbar; c) Dos arcos y seguetas de acero, cepillo, pala y escoba; d) Por lo menos dos cadenas de dos metros mínimo con ganchos; e) Tablones para maniobra; f) Extintor de incendios; g) Botiquín de primeros auxilios.

Artículo 29.- Los vehículos utilizados por los concesionarios para el servicio de arrastre fuera de la zona urbana deberán contar además con:

a) Tres lámparas sordas de luz blanca; b) Cuatro cadenas de tres metros de longitud; c) Dos cadenas de 1.5 metros de longitud; d) Dos estrobos con diámetro de 1.27 metros; e) Dos templadores con capacidad de dos toneladas; f) Dos gatos hidráulicos con capacidad de dos toneladas; g) Un hacha y dos barretas largas; h) Un extintor extra a base de polvo químico seco; i) Cuatro conos extras de color rojo o ámbar de 0.60 metros de altura.

CAPÍTULO III

DE LA PRORROGA DE LAS CONCESIONES

Artículo 30.- La vigencia de las concesiones podrá prorrogarse a solicitud del concesionario por el término que establezca el Ayuntamiento, siempre y cuando sean satisfactorios los resultados de la evaluación del servicio que al efecto practique la Dirección, en los términos que establece el presente Reglamento. Artículo 31.- La solicitud a que se refiere el artículo precedente deberá presentarse por el concesionario con un año de anticipación al término de la vigencia de la concesión expresando la justificación técnica, material y financiera, así como las propuestas que en su caso formule para mejorar la calidad en la prestación del servicio, en la solicitud deberán precisar todos los datos de identificación de la concesionaria. Artículo 32.- la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, una vez realizado el estudio y evaluación correspondiente, emitirá un dictamen previo sobre la factibilidad de la prórroga de la concesión y lo turnará al Pleno del Honorable Ayuntamiento, para que éste emita la resolución respectiva, la cual deberá notificarse personalmente al concesionario dentro de los noventa días anteriores al vencimiento del término de la concesión y publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Artículo 33.- En caso de no autorizarse la prórroga de la concesión, se convocará el otorgamiento de una nueva en los términos del presente Reglamento.

TITULO CUARTO

DEL COMITÉ TÉCNICO

CAPÍTULO I DE SU INTEGRACIÓN

Artículo 34.- Una vez que el Honorable Ayuntamiento haya aprobado la creación del Comité Técnico, está en un plazo impostergable de 72 horas se deberá instalar y funcionará de manera colegiada, sus decisiones se tomaran por mayoría de votos de sus integrantes y estará integrado por los miembros del Ayuntamiento y funcionarios de la Administración Pública Municipal. Artículo 35.- El Comité Técnico estará integrado en su estructura orgánica por:

I. El Síndico que será el Presidente del Comité; II. El Director de Transporte y Vialidad del Municipio, que será el Secretario del Comité; III. El Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, que será Vocal del Comité; IV. Un Regidor designado por el Pleno del Ayuntamiento, este deberá ser de los electos por el principio de representación proporcional

y será Vocal del Comité; V. El Oficial Mayor, que será Vocal del Comité.

CAPITULO II DEL COMITÉ TÉCNICO

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Artículo 36.- el Comité Técnico Previo a la presentación de propuestas podrá realizar una junta de aclaraciones que se celebrará en el lugar y fecha que se indique en la convocatoria. Articulo 37.- La junta de aclaraciones tendrá por objeto que el Comité Técnico relativo a la Convocatoria de licitación del Servicio de Arrastre y Depósito de Vehículos en el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, aclarare y conteste las preguntas sobre cualquier aspecto que pueda plantearse en esta etapa del proceso. Al finalizar la junta de aclaraciones, el Comité Técnico levantará un acta, donde se dejarán registradas las preguntas y respuestas. Si como resultado de esta junta la mayoría de los participantes, solicitan realizar modificaciones a las bases de la convocatoria, siempre que no modifique sustancialmente los servicios convocados originalmente, la autoridad convocante podrá aceptarlas previo dictamen, donde evalué las modificaciones propuestas, su justificación o motivos de las mismas y sus sugerencias al respecto. Estas modificaciones en caso de llevarse a cabo, deberán realizarse cuando menos con siete días de anticipación a la fecha señalada para dicho acto de presentación y apertura, y comunicarse por escrito a todos los participantes. Artículo 38.- El Comité Técnico tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las condiciones de las propuestas, siempre y cuando se justifique. Artículo 39.- El acto de presentación de las propuestas se realizará en el día, lugar y hora definido en la convocatoria, las propuestas con los documentos requeridos deberán ser recibidas por el Comité Técnico al inicio de este acto, en el que podrán participar los interesados que hayan sido inscritos. Artículo 40.- El Comité Técnico, deberá levantar acta de la ceremonia de presentación y apertura de propuestas, misma que deberá contener cuando menos los siguientes elementos:

I. Lugar, fecha y hora de inicio, así como de terminación de la ceremonia; II. El nombre de quienes comparecen con carácter de autoridad; III. El nombre de los asistentes a la ceremonia y en su caso, la referencia de los documentos con que se acreditan; IV. La precisión de las propuestas recibidas, así como de quienes las formulan; V. El orden de apertura de propuestas; VI. Los documentos que integra la propuesta; VII. El señalamiento de las propuestas que fueron rechazadas por no cumplir con las bases de la convocatoria; VIII. El señalamiento de las propuestas que fueron admitidas para posterior evaluación; IX. Las inconformidades planteadas en la misma ceremonia; X. La firma de quienes comparezcan con carácter de autoridad y la de los asistentes que así quisieren hacerlo.

Artículo 41.- Los sobres que contienen las propuestas deberán rotularse como "Propuesta", indicando el número de convocatoria, el servicio público en el que se participa y su extensión territorial. Dentro del sobre incluirá los documentos señalados como requisitos en las bases de la convocatoria en el orden que la misma prevea. Artículo 42.- Desde el momento de la apertura de las propuestas hasta finalizar el acto de fallo, se prohíbe a los participantes, bajo pena de descalificación, comunicarse con cualquier miembro del Comité Técnico en cuanto a ningún aspecto relativo a su propuesta, salvo el caso en que el interesado sea requerido por el Comité Técnico en pleno y mediante notificación por escrito. Artículo 43.- El Comité Técnico, por falta de algún requisito especificado en las bases de la convocatoria o por alguna otra causa fundada y motivada, se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier propuesta, así como el de declarar desierta la convocatoria y rechazar todas las propuestas en cualquier momento, previo al otorgamiento de las concesiones, sin que por ello incurra en responsabil idad alguna respecto del interesado o los interesados afectados por esta determinación. Artículo 44.- En el acto de presentación y apertura de propuestas, o en el proceso de revisión y evaluación, el Comité Técnico estará facultado para descalificar a los concursantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos:

I. Incumplimiento de los requisitos especificados en las bases de la convocatoria o en la ley; II. No presentar el concursante las propuestas en sobres cerrados de tal forma que no pueda violarse su contenido; III. No presentar el representante de la convocatoria la documentación que acredite su personalidad o no se identifique a satisfacción

de la autoridad; IV. Omitir firma autógrafa en la solicitud y propuesta; V. Proponer alternativas distintas a las condiciones establecidas en las bases, que provoquen un cambio sustancial a las previstas

para la prestación del servicio; VI. Tener acuerdo con otros participantes para disminuir las contraprestaciones o los niveles de calidad del servicio. Las

descalificaciones que se dicten serán asentadas en las Actas respectivas. Artículo 45.- El Comité Técnico podrá declarar desierta la convocatoria en los siguientes casos:

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I. Cuando ningún interesado se hubiere inscrito para participar en el acto de apertura de propuestas; II. Cuando ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos establecidos en las bases, o que sus características no sean

aceptables, previa evaluación efectuada. Si el concurso se declara desierto, el Ayuntamiento de conformidad a lo establecido por el presente Reglamento y la normatividad aplicable, realizará una nueva convocatoria.

Artículo 46.- Concluido el acto de presentación y apertura de propuestas, el Comité Técnico realizará un análisis de la documentación de las propuestas, verificando que se cumplan los requerimientos, condiciones, calidad y características especificadas, en las bases de la convocatoria identificando las propuestas viables a obtener la concesión. Artículo 47.- El Comité Técnico emitirá dictamen sobre las propuestas que reúnan las mejores condiciones en cuanto a calidad, garantía, confiabilidad, precio, financiamiento, tiempo de entrega y seriedad del concursante tomando como base sus antecedentes industriales, capacidad técnica, comercial y financiera. En caso de empate, tomarán en cuenta las ofertas o contraprestaciones para la mejora en la prestación del servicio. Artículo 48.- El Comité Técnico dará a conocer el resultado de la licitación en la fecha y lugar indicado en la convocatoria, en su caso, podrá optar por comunicarlo por escrito a cada uno de los interesados. Contra la resolución que contenga el fallo procederá el recurso de reconsideración en los términos del Reglamento de Procedimiento Administrativo del Municipio Benito Juárez, mismo que deberá ser interpuesto ante el Presidente del Comité Técnico. Artículo 49.- Una vez declarado el participante o participantes ganadores, deberá ser notificado por el representante del Comité Técnico, en forma personal en el domicilio convencional proporcionado en la solicitud para tal efecto dentro de los 5 días hábiles siguientes. Artículo 50.- Una vez integrado el expediente con el dictamen el Comité Técnico, deberá remitirla al Pleno del Honorable Ayuntamiento para los trámites correspondientes.

CAPITULO III DE LA EMISIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN

Artículo 51.- La persona física o moral que resulte declarado por el Ayuntamiento como ganador de la licitación Pública para la prestación del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, una vez que se le notifique, deberá en un plazo no mayor a 30 días naturales:

I. Presentar los vehículos (grúas) con los que se vaya a prestar el servicio en la hora, día y lugar que para tal efecto se señale para acreditar que reúnen las características señaladas en las bases de la convocatoria;

II. Presentar los formatos elaborados y autorizados por la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio en el cual se harán constar todos los datos de los vehículos objeto de la prestación del servicio con especificación de accesorios y detalles del estado en que se encuentra, y que contenga, además, la especificación de las autoridades a las que queda a disposición, así como la causa y motivo de traslado;

III. Otorgar fianza de la compañía autorizada que garantice el cumplimiento de sus obligaciones en razón de la concesión; IV. Póliza de seguro suficiente por cada unidad, para garantizar el pago de los daños que puedan ocasionarse a los usuarios o terceros,

con motivo de la prestación del servicio, y V. Las demás que se establezcan en el contrato administrativo de concesión.

Artículo 52.- El Ayuntamiento, una vez que el o los ganadores de la licitación hayan cumplido con lo estipulado por el artículo anterior, emitirá por conducto del Presidente Municipal el contrato de concesión, mismo que deberá ser notificado en forma personal a o los interesados en un plazo no mayor de 5 días hábiles, pudiendo manifestar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, lo que a su derecho convenga. De no existir manifestación o rechazo al contrato de concesión por parte del ganador, se procederá a su formalización en los términos de ley, procediendo a su publicación en el Periódico Oficial del Estado, Artículo 53.- Si el ganador de la licitación no estuviera de acuerdo con el contrato de concesión que el Ayuntamiento autorizo como definitivo, o habiéndose realizado la formalización del mismo, éste no inicia con la prestación del servicio en los términos estipulados, se desestimará al ganador y se ofrecerá al segundo y hasta el tercer lugar respectivamente, siempre y cuando cumplan con las condiciones especificadas en el artículo 53 de este reglamento, en su defecto, se declarará desierta la licitación. Artículo 54.- La fecha máxima para la iniciación de la prestación de los servicios será determinada en la concesión respectiva, si transcurrido el plazo estipulado en la concesión, sin haberse iniciado la operación del servicio concesionado, el Ayuntamiento dejará sin efecto la concesión otorgada, haciéndose efectiva la garantía de cumplimiento. Artículo 55.- El concesionario contará con un plazo para la adquisición de equipo especial que sea requerido en las bases de la convocatoria para la prestación del servicio, mismo que deberá estar estipulado en el contrato de concesión, y que en ningún caso podrá ser mayor a

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dos meses; en caso de no adquirir el equipo en el tiempo estipulado, el Ayuntamiento podrá hacer efectiva la garantía correspondiente para adquirir por si el equipo, y hacer entrega del mismo al concesionario para la prestación del servicio. Artículo 56.- La concesión otorgada para la explotación del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, podrá tener una duración de tres años prorrogables por el mismo plazo, siempre que el concesionario haya cumplido con los términos del Contrato de Concesión original y disposiciones legales aplicables. Artículo 57.- Las concesiones obligan a sus titulares a la prestación directa del servicio y no podrán ser objeto de venta, embargo, comodato, usufructo o arrendamiento. Solamente pueden ser cedidas o transferidas en su titularidad mediante aprobación del Ayuntamiento, a personas físicas o morales que reúnan los requisitos que establezca la Ley, el presente Reglamento y demás ordenamientos aplicables, para ser concesionarios, siempre y cuando el servicio concesionado se hubiere prestado por lo menos durante el término mínimo de un año por el concesionario original, excepto cuando éste justifique la imposibilidad de seguir prestando el servicio por causas de fuerza mayor. Artículo 58.- Podrán constituirse gravámenes sobre los vehículos y demás bienes propiedad de la concesionaria que formen parte de la concesión, por un término que en ningún caso comprenderá la última décima parte del tiempo por el que se haya otorgado la concesión, previo acuerdo del Ayuntamiento. Artículo 59.- En el documento en que se constituyan los gravámenes se insertarán la autorización del Ayuntamiento, el término de la concesión y la prohibición que por ningún motivo pueden adquirir la concesión las personas que no reúnan los requisitos a que se refiere el Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

TITULO QUINTO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO

CAPITULO ÚNICO

PREVISIONES GENERALES

Artículo 60.- El Ayuntamiento podrá autorizar y modificar en todo tiempo, las tarifas del servicio público. Artículo 61.- El servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, puede ser solicitado por elementos de la Policía de Tránsito, únicamente cuando el propietario, posesionario o apoderado legal del vehículo, se encuentre imposibilitado a solicitar el servicio por sí mismo. Cuando se trate del servicio de grúas para arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, el usuario podrá decidir libremente respecto a la prestación del servicio, que a sus intereses convenga. Atendiendo siempre al presente reglamento. Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando los vehículos se vean detenidos por autoridad competente Municipal y que estén involucrados en: a) Un hecho de transito; b) En una operación de revisión y/o falta administrativa de tránsito y/o vialidad y/o de alcoholímetro; c) La aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos; d) Cuando la decrete una autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito; e) El decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes; f) La aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables, ni la

de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia, y g) En el caso de extinción de dominio, en tanto se lleva a cabo el debido proceso ante autoridad jurisdiccional competente.

Artículo 62.- Las autoridades municipales podrán solicitarle apoyo a los concesionarios para que ayuden en los programas de limpia de vialidades o recolección de chatarra o vehículos abandonados sin que el concesionario pueda condicionarse a circunstancias o hechos que no estén previstos en el Reglamento. Artículo 63.- la Dirección de la Policía de Tránsito, se auxiliará únicamente de los servicios públicos de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos que acrediten contar con la concesión correspondiente. Artículo 64.- El servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, se hará en forma gratuita tratándose de unidades al servicio del Ayuntamiento, en los casos en que el Presidente Municipal lo solicite o ante situaciones de emergencia o desastres naturales declaradas por la autoridad competente. Artículo 65.- Los vehículos con que se preste el servicio de arrastre y arrastre y salvamento deberán contar invariablemente, con la identificación del concesionario, número de concesión, de unidad, modalidad del servicio y colores autorizados. Artículo 66.- Los vehículos con los que se presten los servicios s de arrastre y arrastre y salvamento, deberán ser operados por personal especializado que lleve el uniforme, gafete y distintivo del concesionario, debiendo en todo momento tratar a los usuarios con respeto.

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Artículo 67.- Las grúas con los que se preste el servicio de arrastre y arrastre y salvamento, no podrán contar con códigos o torretas del mismo color que los utilizados por unidades de Seguridad Pública, transito o Bomberos u otras similares que presten sus servicios de emergencia para el Ayuntamiento, así mismo, no podrán utilizar sirenas, a menos que justifiquen ser una emergencia. Artículo 68.- Los prestadores del servicio de arrastre, serán responsables de los daños y extravío de los documentos y objetos que se encuentren en el interior de los vehículos durante el traslado, hasta que sean entregados en el depósito vehicular, y de los daños causados por negligencia, impericia o falta de equipo señalado por el Reglamento. Artículo 69.- Los prestadores del servicio de arrastre, deberán asignar vehículos, equipos y dispositivos de control de tránsito que satisfagan plenamente las necesidades del traslado solicitados por las Direcciones, así como para la señalización, acordonamiento, desvío de tránsito y otras medidas de seguridad. Artículo 70.- Los prestadores del servicio de arrastre, desde el momento en que lleguen al lugar en donde se encuentre el vehículo objeto de traslado, están obligados bajo su estricta responsabilidad, a tomar las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y daños a las personas y sus bienes. Artículos 71.- Las operaciones de las grúas deberán realizarse en condiciones tales que se evite o cause el menor obstáculo a la circulación de vehículos y personas. Artículos 72.- Los titulares de las concesiones para el depósito de vehículos, serán responsables de la seguridad y protección de éstos, a partir del momento en que les sean entregados en depósito, y concluirá cuando se ejecute la orden de liberación o se realice el remate y adjudicación respectiva. Artículo 73. - En la prestación del servicio de arrastre y de arrastre y salvamento, las empresas de grúas auxiliares, deberán observar y se sujetarán a las modalidades y autorizaciones que para tal efecto les otorguen las autoridades competentes, en los siguientes términos:

I. Estarán obligados bajo su responsabilidad adoptar las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y daños a las personas y sus bienes, desde el momento en que se constituya en el lugar donde serán realizadas las operaciones de arrastre o de arrastre y salvamento.

II. Antes de iniciar el arrastre o el arrastre y salvamento los prestadores de servicio deberán levantar un inventario del vehículo y de lo que se encuentre en su interior, con historial de fotografías.

III. Las operaciones y maniobras, al efectuar el arrastre o el arrastre y salvamento, deberán realizarse en condiciones tales que se evite o cause el menor obstáculo a la circulación de vehículos o personas.

IV. El prestador del servicio será responsable del daño o extravió de documentos y objetos que se encuentren en el interior de los vehículos y consten en el inventario correspondiente con historial de fotografías y de los daños que se causen al vehículo por negligencia, impericia, falta de cuidado o de equipo adecuado, conforme la norma técnica aplicable por lo que deberán contar con una póliza de garantía.

V. El prestador del servicio, una vez inventariado el vehículo, deberá sellar todas las puertas, incluida el del portaequipaje y el cofre, con etiquetas adheribles y en el caso de falta de parabrisas, medallón, o cristales laterales, colocaran material impermeable que cubra tales espacios, además del sellado antes mencionado a petición del interesado; y

VI. El prestador del servicio deberá expedir la copia legible del inventario cuando les fuere solicitado, si el dueño o posesionario del vehículo se encuentra en buenas condiciones se podrá llevar las pertenencias de su vehículo;

VII. El prestador del servicio, deberá expedir recibo o factura con el desglose de los conceptos y tarifas cobradas por el servicio de arrastre, arrastre y salvamento y en su caso de la estadía.

Artículo 74.- Los titulares de las concesiones deberán contar con los formatos aprobados y elaborados por la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, para la recepción, inventario, resguardo y entrega de los vehículos. Artículo 75.- Los concesionarios del servicio de arrastre y depósito de vehículos podrán solicitar a la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio y a las autoridades fiscales municipales el inicio del procedimiento administrativo de ejecución, remate y adjudicación de vehículos en los términos de la Ley de Hacienda del Municipio de Benito Juárez del Estado de Quintana Roo. Artículo 76.- El Ayuntamiento en estricto apego a la normatividad en la materia aprobara el inicio del procedimiento administrativo relativo a la adjudicación, enajenación y remate de vehículos, abandonados, perdidos o chatarra. A efecto de recuperar los adeudos respectivos por concepto de arrastre y depósito de los mismos, así como de las maniobras realizadas, en su caso.

TITULO SEXTO

DE LOS USUARIOS, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO I

DE LOS USUARIOS

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Artículo 77.- Los usuarios gozarán del servicio de Arrastre y Depósito de Vehículos de manera eficiente. Artículo 78.- Son derechos y obligaciones de los usuarios, los siguientes:

I. El propietario, posesionario o conductor del vehículo, elegirá libremente a la empresa concesionaria de su preferencia para que le brinde el servicio de arrastre y depósito de vehículos; siempre que no haya ocurrido un hecho de tránsito.

II. Exigir el comprobante de pago; III. Exigir el pago de los gastos médicos e indemnizaciones que se deriven de cualquier siniestro ocurrido durante el uso del servicio; IV. Cubrir el importe correspondiente a la tarifa de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos; en su caso. V. Observar una conducta decorosa; VI. Tratar al operador con respeto y cortesía, así como cuidar el uso del lenguaje, evitando proferir palabras obscenas u ofensivas; VII. Denunciar cualquier conducta inapropiada de los agentes de Tránsito, del personal de la Dirección o de los operadores

concesionarios; VIII. Denunciar ante la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio cualquier tipo de daño que sufriera el vehículo durante su

traslado o estadía en la o en el depósito vehicular; IX. En caso de cancelar el servicio una vez que la grúa ya haya llegado al lugar del incidente deberá cubrir a la concesionaria la tarifa

fijada en este reglamento; X. Abstenerse de contravenir las disposiciones legales aplicables o pretenda la comisión de un delito, y XI. Las demás que deriven de las leyes y reglamentos federales y estatales y ordenamientos municipales, así como de los contratos

de concesión.

CAPITULO II DE LAS INFRACCIONES

Artículo 79.- Son infracciones que atentan contra el servicio de arrastre y depósito de vehículos, las siguientes:

I. No auxiliar a la autoridad en caso de alguna contingencia; II. No mantener los vehículos, en la y depósito vehicular en condiciones de higiene y seguridad; III. No ofrecer el trato correcto a los usuarios; IV. No realizar el pago de los daños ocasionados al usuario o a terceros en la prestación del servicio; V. No permitir la inspección de vehículos, equipo, instalaciones y documentación relacionada con el servicio o la concesión; VI. No contar con oficinas adecuadas para la atención del usuario; VII. No instalar buzones para recepción de quejas; VIII. No obtener con anticipación la autorización de cambio de razón social, cromática o tipo de vehículo; IX. Condicionar la prestación del servicio; X. No tomar las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y daños a las personas y sus bienes; XI. Levantar o trasladar vehículos sin la presencia de alguna autoridad Municipal; XII. Trasladar vehículos cuando no se encuentre presente su conductor o el posesionario, salvo por indicaciones de la autoridad

municipal; XIII. No portar el personal de la grúa uniforme, gafete y distintivo a la vista; XIV. No asignar vehículos, equipos y dispositivos idóneos para el traslado; XV. No sellar los vehículos al inicio del traslado; XVI. No levantar o levantar incorrectamente el inventario al inicio del traslado; XVII. No acatar las disposiciones de las Autoridades; XVIII. No mantener la seguridad y protección debidas en los depósitos vehiculares, así como no contar con el sistema de circuito

cerrado en tiempo real las 24 horas del día en la y en el depósito vehicular; XIX. No contar o no utilizar los formatos aprobados por la Dirección; XX. Utilizar códigos o torretas del mismo color que los utilizados por unidades de Seguridad Pública, Bomberos u otras similares que

presten servicios de emergencia; XXI. Utilizar sirenas sin justificación de ser una emergencia; XXII. Constituirse en recaudadores del cobro por el servicio de arrastre y depósito de vehículos; XXIII. Constituirse en recaudadores del cobro de multas por concepto de infracciones; XXIV. No capturar el inventario al momento del ingreso del vehículo a la, con sus respectivas fotografías; XXV. Violar los sellos adheridos a las portezuelas, cofre, cajuela y depósito de gasolina, etiquetas previamente autorizadas por la

Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, para el cuidado de las partes y pertenencias del vehículo; XXVI. Queda estrictamente prohibido conducir la unidad móvil detenida de la o depósito vehicular por personal de la concesionaria; XXVII. Queda estrictamente prohibido a la concesionaria sustraer partes, accesorios, o cualquier otro objeto o bien que se encuentre

en el vehículo remolcado para su resguardo; XXVIII. Por ningún motivo, la concesionaria deberá utilizar los predios autorizados como o Depósito vehicular para la prestación de

servicios y usos comerciales diferentes al autorizado; XXIX. Las unidades deberán estar disponibles para prestar el servicio de manera continua y eficiente, sin interrupción alguna, las

veinticuatro horas del día, todos los días del año, incluyendo días festivos o feriados, y

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XXX. Deberá de contar con unidades tipo grúa en perfectas condiciones mecánicas, con distintivos y colores uniformes de conformidad con las disposiciones aplicables de la materia.

XXXI. Queda estrictamente prohibido cobrar una tarifa diferente que no sea la que está aprobada por el Ayuntamiento y establecida en este reglamento;

Artículo 80.- El concesionario responderá por los daños ocasionados y extravió que sufran los vehículos que se encuentren bajo su custodia y depósito, esto será, aplicable cuando de oficio o a petición de parte, la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio o cualquier otra autoridad competente, determine tal responsabilidad, después de la investigación de los hechos que haya llevado a cabo; quedando a salvo los derechos de los usuarios de acudir ante las instancias jurisdiccionales para exigir la reparación de los daños y perjuicios que se le hayan causado.

CAPITULO III

DE LAS SANCIONES

Artículo 81.- A los infractores de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, independientemente de la responsabilidad civil o penal en que incurran, se les impondrá por primera ocasión, las sanciones de acuerdo a la falta cometida y que podrán ser: amonestación o multa y en caso de reincidencia o falta grave la iniciación del procedimiento de cancelación o revocación de la concesión. Artículo 82.- Se impondrá amonestación a quien cometa cualquiera de las siguientes infracciones contenidas en el artículo 81 de este Reglamento: a) Fracciones II, III, VI, VII y IX. Artículo 83.- Se impondrá multa de hasta 200 UMAs, a quien cometa cualquiera de las infracciones contenidas en las fracciones I, IV, XIII, XV, XVI, XVII, XIX, XXI y XXV, del artículo 81 de este Reglamento. Artículo 84.- Se impondrá multa de 400 hasta 800 UMAs, a quien cometa cualquiera de las infracciones contenidas en las fracciones V, VIII, X, XI, XII, XIV, XVIII, XX, XXII, XXIII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXX, XXXI, del artículo 81 y el artículo 82 de este Reglamento. Artículo 85.- La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio de Benito Juárez, impondrá las sanciones por violaciones a las disposiciones del presente reglamento sujetándose al siguiente procedimiento:

I. Todo procedimiento administrativo se hará constar por escrito; II. El procedimiento debe tener como base una infracción contenida en un acta administrativa o boleta de infracción, elaborada por el

área competente para la inspección y vigilancia de la materia en los términos del presente reglamento; III. la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, desde el momento en que tiene conocimiento de alguna infracción cometida

por algún concesionario en aplicación del presente Reglamento, deberá notificar dentro de los 10 días hábiles siguientes al infractor el derecho que tiene a comparecer el día y hora que se señale en la referida notificación, a efecto de que aporte pruebas y alegar lo que a su derecho convenga, ya sea por sí o por medio de apoderado legal suficiente, la incomparecencia del presunto infractor surtirá efectos de renuncia de este derecho;

IV. Una vez celebrada la audiencia a la que se refiere la fracción anterior, la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, emitirá resolución por escrito en la que determine si en efecto se ha cometido la infracción, y en su caso la sanción a la que se ha hecho acreedor, notificándose al infractor dentro de los cinco días hábiles siguientes a su resolución;

V. La resolución que emita la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, deberá estar debidamente fundada y motivada, guardando las formalidades de las resoluciones administrativas, y

VI. En las sanciones que la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, imponga se deberá tomar en cuenta el número de infracciones cometidas previamente por el presunto infractor y la gravedad de las mismas de acuerdo con el presente reglamento y la concesión.

TITULO SÉPTIMO

DE LA EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN CAPITULO I

DE LA EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN

Artículo 86.- Las concesiones otorgadas por el Ayuntamiento se extinguen por alguna de las siguientes causas: I. Mutuo acuerdo; II. Conclusión del plazo; III. Renuncia; IV. Liquidación o quiebra del concesionario; V. Caducidad; VI. Revocación; VII. Intervención de la concesión; VIII. Por rescate IX. Por imposibilidad de la realización del objeto de la concesión;

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Artículo 87.- En los casos de terminación de las concesiones, el Ayuntamiento podrá convenir con el concesionario la enajenación de los bienes con que se preste el servicio. Artículo 88.- La conclusión del plazo, opera de pleno derecho por el simple transcurso del tiempo. Vencido el plazo de la concesión, se procederá a la cancelación de las garantías y a ordenar su devolución previa certificación de que no existen causa alguna para su retención o ejecución. Artículo 89.- La renuncia que haga el concesionario deberá presentarse por escrito ante la Dirección, de la cual se dará cuenta al Ayuntamiento, para que resuelva lo conducente. Artículo 90.- La liquidación o quiebra declarada del concesionario dará lugar a la extinción de la concesión, ante lo cual se procederá al otorgamiento de una nueva de conformidad a lo dispuesto en el presente Reglamento y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 91.- El Ayuntamiento mediante acuerdo podrá decretar la caducidad de las concesiones cuando no se preste el servicio dentro de los 30 días después de haber sido autorizada la concesión o en los plazos fijados en el título de concesión. Artículo 92.- El Ayuntamiento podrá revocar la concesión del servicio de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en los siguientes casos:

I. Cuando se compruebe que se ha dejado de cumplir con las condiciones y modalidades dadas para la prestación del servicio y con las obligaciones inherentes a la concesión y al presente Reglamento;

II. Carecer del personal capacitado para la prestación del servicio; III. Dejar de prestar el servicio sin causa justificada por un término mayor de 5 días; IV. Infringir reiteradamente las disposiciones establecidas en la Ley, este Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables que

afecten la prestación del servicio concesionado; V. No renovar o reemplazar el equipo e instalaciones con las que se preste el servicio, en los plazos estipulados en el contrato

administrativo de concesión; VI. Alterar la documentación que ampara la concesión o la identificación de los vehículos, o permitir que con tal documentación presten

el servicio dos o más unidades, o cuando éste se preste con un vehículo o espacio distinto al registrado ante las autoridades competentes, dándose vista en todo caso a la Fiscalía General del Estado, para los efectos legales que procedan;

VII. Comprometer fehacientemente la transferencia de la titularidad de la concesión con dos o más personas, dándose vista en todo caso a la Fiscalía General del Estado, para los efectos legales que procedan;

VIII. Por muerte de su titular, siempre y cuando en el término de 90 días, contados a partir de la fecha del fallecimiento, no se presenten los posibles beneficiarios a solicitar la transferencia de la concesión y prórroga en su caso;

IX. Cobrar al usuario una tarifa diferente que no sea la que está aprobada por el Ayuntamiento y establecida en este reglamento; y X. Las demás que prevengan el contrato de concesión y disposiciones legales aplicables.

Artículo 93.- El procedimiento para la revocación de la concesión, se seguirá ante la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, cuya resolución podrá ser recurrida mediante el recurso de revisión en términos de lo dispuesto en el Código de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo., En todo caso la declaración de la extinción de una concesión será efectuada por el Ayuntamiento. El procedimiento que se instaurará y desahogará es el siguiente: I. Se iniciará de oficio; II. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, al tener conocimiento de que algún concesionario incurra en alguno de los

supuestos del artículo 92, procederá a notificarle en su domicilio sobre el inicio de revisión de la situación general de la concesión sobre cualquier aspecto, técnico, operativo o financiero;

III. El concesionario admitirá las visitas cuyo objetivo sea ejecutar ordenes de inspección y auditoria en cualquier momento, siempre y cuando sea notificado con cuando menos 24 horas de anticipación; mismas que deberán contar por escrito y precisar los elementos y objetivos que persiguen;

IV. El concesionario está obligado a entregar la información que se le requiera en un plazo no mayor de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente que sea requerido;

V. Una vez revisada la información y analizado los elementos arrojados por la auditoria, se notificará al concesionario en un plazo no mayor de cinco días hábiles, la falta que se le imputa, el lugar, día y hora en que tendrá verificativo la audiencia, así como la sanción a que puede hacerse acreedor y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, ya sea por sí o por medio de apoderado legal suficiente;

VI. Entre la fecha de la citación y la audiencia deberá mediar un plazo no mayor de 15 días naturales; VII. la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la audiencia, deberá emitir un estudio

en donde opine sobre la conveniencia o no de la revocación de la concesión, el cual se hará del conocimiento del concesionario en un plazo no mayor de 5 días hábiles siguientes, y

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VIII. Una vez integrado el expediente con el dictamen, los alegatos y pruebas presentadas por el concesionario, la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, remitirá el expediente en un plazo no mayor de 5 días hábiles al Pleno del Honorable Ayuntamiento, para que éste a su vez, resuelva si la concesión continua o se revoca.

La resolución que emita el Ayuntamiento revocando una concesión, no admitirá recurso alguno. Artículo 94.- La resolución de revocación de una concesión, operará sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones a que se haga acreedor el infractor. Artículo 95.- En los casos de revocación de las concesiones, el concesionario perderá a favor del Ayuntamiento, el importe de la garantía que hubiese otorgado para el cumplimiento impuesto por la concesión respectiva. Artículo 96.- El procedimiento administrativo que se inicie con motivo de la extinción de una concesión se seguirá ante la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, cuya resolución podrá ser recurrida mediante el recurso de revisión en términos de lo dispuesto en la Ley de los Municipios del Estado Quintana Roo, mismo que será resuelto en definitiva por el Ayuntamiento. En todo caso la declaración de la extinción de una concesión será efectuada por el Ayuntamiento. Artículo 97.- Durante la tramitación del procedimiento administrativo por el cual se declare la extinción de la concesión, el Ayuntamiento, promoverá la intervención de la empresa prestadora del servicio de que se trate, nombrando un interventor, quien deberá cuidar de que se continúe prestando el servicio en condiciones de eficacia, regularidad y eficiencia requerida de conformidad a lo previsto en el presente Reglamento.

CAPÍTULO II DE LA INTERVENCIÓN DE LA CONCESIÓN

Artículo 98.- El Ayuntamiento resolverá la intervención temporal de la Concesión, cuando por cualquier causa, imputable o no al concesionario, se interrumpa o afecte la prestación del servicio. Para los efectos de este artículo, se entenderá por interrupción o afectación del servicio, cualquier suspensión en su prestación por más de dos horas continuas. Artículo 99.- La resolución de intervención del servicio por parte del Ayuntamiento, deberá contener cuando menos los siguientes requisitos:

I. La descripción de las causas que la originen; II. Los vehículos, infraestructura, instalaciones y bienes materia de la intervención; III. Las acciones emergentes para continuar con la prestación del servicio; IV. La Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, al tener conocimiento de que algún concesionario no cumple con lo establecido

en los artículos 81 y 82 del presente reglamento, procederá a notificarle en forma personal sobre el inicio de revisión de la situación general de la concesión sobre cualquier aspecto, técnico, operativo o financiero;

V. El concesionario admitirá las visitas cuyo objetivo sea ejecutar ordenes de inspección y auditoria en cualquier momento, siempre y cuando sea notificado con cuando menos 24 horas de anticipación; mismas que deberán contar por escrito y precisar los elementos y objetivos que persiguen;

VI. El concesionario está obligado a entregar la información que se le requiera en un plazo no mayor de 48 horas, mismo que empezará a contar desde el momento en que es requerido;

VII. Una vez revisada la información y analizado los elementos arrojados por la auditoria, la Dirección contará con un plazo de 5 días hábiles, para notificar al concesionario la falta que se le imputa, así como el lugar, día y hora en que tendrá verificativo la audiencia, y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en la misma lo que a su derecho convenga, ya sea por sí o por medio de apoderado legal suficiente;

VIII. la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio dentro de los cinco días hábiles siguientes a la audiencia, deberá emitir dictamen en donde opine sobre la necesidad de intervenir al concesionario, el cual se hará del conocimiento del mismo en un plazo no mayor de 48 horas;

IX. Una vez integrado el expediente con el resultado y los alegatos y pruebas presentadas por el concesionario, la Dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, remitirá el expediente en un plazo no mayor de 5 días hábiles al Pleno del Honorable Ayuntamiento, para que éste a su vez, resuelva la intervención o no de la concesión.

La Dirección tomará las medidas necesarias para hacer efectiva la intervención del servicio y evitar que se continúe afectando su prestación. La intervención implica el uso de la infraestructura, instalaciones, vehículos y equipos destinados a la prestación del servicio. Artículo 100.- La intervención cesará al normalizarse la prestación del servicio por parte del concesionario o cuando cesen las causas que originaron la interrupción del servicio cuando ésta no sea imputable al concesionario. Artículo 101.- La resolución que emita el Ayuntamiento declarando procedente la intervención de una concesión, no admitirá recurso alguno.

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CAPITULO III

DE LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN Artículo 102.- Contra los actos y resoluciones administrativas que dicte o ejecute el Comité Técnico o La dirección de Transporte y Vialidad del Municipio, los particulares podrán interponer ante la autoridad correspondiente, el recurso administrativo de reconsideración en los términos que señale la normatividad en la materia. Artículo 103.- Las resoluciones o sanciones a que se refiere el presente Reglamento impuestas por el Comité Técnico o la Dirección, podrán ser impugnadas mediante el recurso de reconsideración ante el mismo órgano, dentro del término de cinco días contados a partir de su dictamen o imposición. El escrito de interposición del recurso deberá expresar lo siguientes:

I. La autoridad a quien se dirige; II. El nombre del recurrente, y del tercero perjudicado, si lo hubiere, así como el lugar que señale para efecto de recibir notificaciones; III. El acto que se recurre y fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del mismo; IV. Los agravios que se le causan; V. Los hechos controvertidos de que se trate y las pruebas que ofrezca, que tengan relación inmediata y directa con la resolución o

acto impugnado debiendo acompañar las documentales con que cuente, incluidas las que acrediten su personalidad cuando actúen en nombre de otro o de personas morales.

Artículo 104.- La Dirección oirá al recurrente citando a audiencia de pruebas y alegatos dentro del término de diez días contados a partir de la fecha en que se le haya dado entrada al recurso, y resolverá dentro del término de cinco días posteriores a esta audiencia. Artículo 105.- Las resoluciones al recurso de reconsideración podrán ser impugnadas mediante el recurso de revisión ante el Comité Técnico o a la Dirección, dentro del término y formalidades previstas en la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo.

TITULO OCTAVO DEL DEPÓSITO VEHICULAR Y LAS TARIFAS DE ARRASTRE Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS

CAPITULO I DEL DEPÓSITO VEHICULAR

Artículo 106.- Los concesionarios contarán con Depósito vehicular equipado con áreas administrativas, estacionamiento; el espacio de estos locales será proporcional al número de vehículos que se pretenda depositar a éstos. Los Depósitos vehiculares deberán cumplir con los requisitos de seguridad, higiene, impacto ambiental que señalen los ordenamientos legales aplicables. Artículo 107.- Los vehículos deberán permanecer en los Depósitos vehiculares hasta que los propietarios del vehículo lo reclamen y cubran la tarifa establecida en este reglamento a la concesionaria. Artículo 108.- Los concesionarios deberán contar con Depósito vehicular ubicados en predios debidamente delimitados y autorizados, los que tendrán como mínimo instalaciones de control de despacho, tablero de información general del servicio, área de espera de conductores, baños, depósitos de basura y las demás instalaciones necesarias para su correcto funcionamiento. Artículo 109.- En los Deposito vehicular se deberán observar las siguientes disposiciones:

I. Contar con un responsable de despacho de ruta; II. Mantener en buenas condiciones las instalaciones de control de despacho, tablero de información general del servicio, área de

espera para los usuarios, baños, depósitos de basura y demás infraestructura que la Dirección determine; III. Señalar las tarifas autorizadas; IV. Mantener el orden a fin de evitar que los operadores y cualquier otro personal asignado ofenda o moleste con su lenguaje o sus

actos a los usuarios; V. Llevar los registros necesarios de las unidades y conductores asignados, asentando el número económico de la unidad, hora de

salida, hora de arribo, nombre del conductor, número de licencia y controles de venta por unidad; VI. Permitir el acceso a las instalaciones al personal de la Dirección, a efecto de que realice las funciones de su competencia,

proporcionándole la información que se le requiera; VII. Dar aviso de inmediato a las autoridades y al público en general cuando por causa grave se suspenda el servicio; y, VIII. Las demás que establezca la Dirección, siempre que sean para el buen funcionamiento del servicio.

CAPITULO II

DE LAS TARIFAS DE ARRASTRE Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS

Artículo 110.- las tarifas aplicables para la prestación del Servicio de Arrastre y Depósito de Vehículos en el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, serán las siguientes:

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I. Servicio de arrastre de vehículos. a) servicio de arrastre de vehículos en la delegación Municipal de Alfredo V. Bonfil $ 000000. b) servicio de arrastre de vehículos en la ciudad $ 00000. c) servicio de arrastre de vehículos en la Zona Hotelera $ 00000 II. Servicio de arrastre y salvamento de vehículos. a) servicio de arrastre de vehículos en la delegación Municipal de Alfredo V. Bonfil $ 000000. b) servicio de arrastre de vehículos en la ciudad $ 00000. c) servicio de arrastre de vehículos en la Zona Hotelera $ 00000 III. Servicio de depósito de vehículos. a) Servicio de depósito de vehículos $ 0000 por día. b) Servicio de depósito de vehículos retirados en la vía pública $ 0000 por día. Las tarifas establecidas en este ordenamiento se podrán modificar a petición de los concesionarios previa autorización de este Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Reglamento deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, así como en la Gaceta Oficial del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo y dos periódicos de mayor circulación de la localidad. SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. TERCERO. Se abrogan todas aquellas disposiciones que se opongan o contravengan al presente Reglamento.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO; ANTE EL PLENO DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, DE LA MANERA MÁS ATENTA Y RESPETUOSA SOLICITAMOS: ÚNICO.- Tenernos por presentados con esta iniciativa, sirviéndose acordar el trámite conducente para ser turnada la misma, a la comisión o comisiones que considere este órgano colegiado de gobierno para su estudio, valoración y dictamen correspondiente.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta

de dispensar la lectura del documento y leer únicamente el punto petitorio, misma propuesta que fue aprobada por mayoría, con un voto en contra del Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, en uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: De conformidad a lo previsto en el

artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, se propone a este Ayuntamiento, turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Transporte, de Gobierno y Régimen Interior y de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito, y ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al trámite anterior. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Reyna Lesley Tamayo Carballo, Décima Cuarta Regidora, manifestó: Muy buenos días a todas y todos, estimadas y estimados

compañeros de este Honorable Ayuntamiento. La propuesta de Reglamento que hoy se pone a consideración de ustedes, tiene como objeto regular la prestación del servicio de grúas en el territorio del Municipio de Benito Juárez, como ustedes sabrán, de acuerdo al artículo 115 constitucional, en la fracción II, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y

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manejarán su patrimonio conforme a la ley, los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares, disposiciones administrativas, de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que garanticen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, bajo este contexto hago la siguiente precisión, el documento que hoy se presenta estará sujeto a modificaciones y adiciones por parte de ustedes mismos, esta iniciativa será turnada a las comisiones respectivas y ahí es donde entraremos en estudio y análisis y estoy segura que será enriquecida con las opiniones de todas y todos y por obviedad se realizarán las adecuaciones necesarias. En lo que respecta al artículo 3, párrafo II, de la Ley de Movilidad del Estado, me parece que es una clara invasión de facultades y una vulneración a la autonomía de los municipios; quiero ser enfática en este tema, ya basta de tenerle miedo al Gobierno del Estado, asumamos nuestra responsabilidad en beneficio de los ciudadanos que son los que sufren con los abusos de estos operadores de grúas. Estoy segura que una vez aprobado este reglamento, si el estado considera que hemos invadido facultades, que presente la queja ante la instancia correspondiente y les aseguro que nos darán la razón ya que es muy evidente la invasión de las facultades por parte del Gobierno del Estado y esto dejará precedente en nuestro municipio. No omito comentarles que el pasado tres de septiembre se instaló la XVI Legislatura con amplia mayoría de la oposición, sería interesante que este Honorable Ayuntamiento presentara una iniciativa de reforma a la Ley de Movilidad del Estado, que tenga como objetivo modificar el artículo 3°, párrafo II, para con ello garantizar la inviolabilidad de la autonomía municipal, hoy vulnerable por la XV Legislatura, es cuánto. Seguidamente el Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor, solicitó el uso de

la voz y manifestó: Gracias, buenos días a todos los que nos acompañan el día de hoy, señora Presidenta, compañeros Regidores, Secretario y todos los que nos ven por redes sociales. Hace rato manifesté mi voto en contra de no leer la iniciativa de mi compañera Reyna y de mi compañero Pablo porque en la misma exposición de motivos y la misma iniciativa que pretenden turnar a comisiones, pues carece de un marco jurídico y legal, es improcedente que el Ayuntamiento concesione el servicio de grúas, existen otros mecanismos con los cuales podremos trabajar con estas compañías auxiliares, por lo que independientemente de que nosotros el día de hoy, solamente votemos para que se vaya a Comisiones Unidas, carece de una exposición de motivos legales, es decir, ahí es donde hay un grave problema, nosotros podemos proponer como Regidores cualquier iniciativa, pero si esta carece de un marco jurídico, estamos haciendo algo incorrecto, el tema del artículo 3, sí yo estoy de acuerdo en eso compañera Regidora, es un artículo de la Ley de Movilidad que pues es muy enérgica con los ayuntamientos, pero la ley es la ley, no es lo que creamos, no es lo creamos que es o no es justo y yo creo que la cercanía que usted tiene con su partido y el partido del Gobernador podrían ayudarnos para cambiar esa ley si así usted cree que debemos hacerlo pero hasta el día de hoy la ley está ahí y no podemos nosotros brincarla o creer que es justo o no es justo y decidir qué debemos hacer nosotros a manera personal de lo que ahí se manifieste en ese artículo entonces, turnar a comisiones algo que carece de un marco jurídico es algo incorrecto, sin embargo en caso de que el día de hoy exista mayoría hacia esta iniciativa, de mandarla a comisiones, sí le pediría al Secretario que nos incluya a Mejora Regulatoria, ya que es un tema de reglamentos en esta sesión de Comisiones Unidas y esperemos que en un futuro todas las exposiciones de motivos de cualquier iniciativa que se nos ocurra pues tenga un marco jurídico y legal, es cuánto. Posteriormente el Ciudadano Pablo Gutiérrez Fernández, Cuarto Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Con su permiso Presidenta, compañeros

Regidores. Cuando se presenta una iniciativa, el paso siguiente es turnarla a comisiones, es el proceso natural, así lo hicimos con la propuesta a las reformas del Reglamento de Tránsito

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que presentamos el Regidor Janix y yo. Es importante comentar que esta iniciativa es parte fundamental y complemento del dictamen que se someterá a votación en el siguiente punto del orden del día, está relacionado porque como bien saben hace ya algunos meses hemos venido trabajando el tema del servicio de grúas que se presta en el municipio, derivado de ello, en la Vigésima Primera Sesión de Cabildo, con fecha del dieciocho de julio, presentamos, en coordinación con el compañero Janix, una reforma al Reglamento de Tránsito, por lo que respecta al servicio auxiliar, que de igual forma fue turnado a comisiones y ahí se terminó de complementar y se añadieron y se enriqueció la iniciativa con propuestas de algunos de los compañeros Regidores que están aquí presentes; por mi parte en todo momento planteé que lograr un adecuada normatividad en ese tema sería por etapas, en primer término la reforma al Reglamento de Tránsito y posteriormente un ordenamiento que contempla la regulación de la prestación de este servicio, es por ello que en esta ocasión presento en conjunto con mi compañera Reyna Tamayo la iniciativa del Reglamento del Servicio de Arrastre, arrastre y salvamento de impuesto de vehículos, para complementar todos los temas inherentes de la prestación de dicho servicio, como las condiciones en las que se brindará, las atribuciones que tendrá el Ayuntamiento, los derechos, obligaciones y prohibiciones de quienes brinden el servicio, medidas de seguridad y sanciones y por supuesto la revisión periódica del servicio y con ello, brindarle garantías y certeza jurídica a los usuarios y a los prestadores del servicio con los elementos para tener un servicio de grúas eficiente y que garantice tarifas justas, es importante mencionarles que sin duda estos son trabajos que estamos realizando para tener herramientas, para poder darle certeza al servicio que hoy se presta que lleva muchas administraciones atrás de palabra, tenemos que formalizar estos acuerdos que se hacen con los prestadores de servicio de grúas auxiliares, pero no es la solución, la solución es comprar nuestras propias grúas y poder prestar este servicio a través de la Dirección de Tránsito y eso es lo que vamos a estar trabajando en los próximos meses en el presupuesto de egresos para el próximo año, buscando la suficiencia presupuestal para poder adquirir nuestras propias grúas y poder así ofrecer el servicio a través de nuestra Dirección de Tránsito y no tener que estar dependiendo del servicio de grúas auxiliares, es cuánto Presidente. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, se sometió a votación turnar la iniciativa en cuestión, a las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Transporte, de Gobierno y Régimen Interior, de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito y de Mejora Regulatoria, mismo trámite que fue aprobado por mayoría, con un voto en contra del Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el trámite de la iniciativa. --------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Octavo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del Acuerdo mediante el cual, las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el Dictamen de la Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal,

solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------

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El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 7º, 65, 66 fracciones I incisos b) y c), 68, 69, 70, 72 fracciones I, IV y IX, 87, 221, 223, 224, 225 y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1°, 2°, 3°, 5°, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 92, 93 fracciones III, VII y XV, 96, 101, 102, 103, 105, 135, 241 y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2°, 5°, 6°, 26, 31, 32 fracción IV, 33, 86, 98 fracciones I, II y VII, 105, 106 fracciones III, VII, XV, 139, 156, 157, 158, 159, y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO

Que con fecha veintisiete de agosto de dos mil diecinueve, las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, en seguimiento al trámite acordado en el desahogo del décimo primer punto del orden del día, de la Vigésima Primera Sesión Ordinaria de este Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, de fecha dieciocho de julio de dos mil diecinueve, dictaminaron la iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, presentada por los Ciudadanos Regidores Pablo Gutiérrez Fernández, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte e Issac Janix Alanís, Presidente de la Comisión de Mejora Regulatoria. Que el referido dictamen fue remitido al Secretario General del Ayuntamiento para los efectos conducentes, mismo que en esta oportunidad se somete a la consideración del H. Ayuntamiento, y que es del siguiente tenor literal:

HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, 2018-2021 P R E S E N T E Los suscritos Regidores integrantes de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo 2018-2021, con fundamento y en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145 y demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 7°, 65, 66 fracción I incisos b) y c) y 68, 69, 70, 72 fracciones I, IV y IX, 74, 87, 93 fracción III, 221, 223, 224, 225 y demás relativos y aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 5°, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 92, 93 fracciones III, VII y XV, 103, 105, 135, y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2º, 5º, 6º, 26, 31, 32, fracciones III y IV, 86, 98 fracción I, II y VIII, 105, 106 fracciones III, VIII y XV, 110 fracción I, 114 fracción I, 121 fracción I, 133, 139, 156, 157, 158, 159 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, venimos a someter a la consideración de este Órgano Colegiado de Gobierno Municipal, el DICTAMEN DE LA INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO PARA EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ QUINTANA ROO; lo cual deriva de la siguiente:

ANTECEDENTES En el desahogo del décimo primer punto del orden del día, de la Vigésima Primera Sesión Ordinaria de este Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, de fecha dieciocho de julio de dos mil diecinueve, se dio trámite a Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo. Con fundamento en el artículo 153 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, la referida iniciativa fue remitida para su estudio, valoración y dictamen a las Comisiones Unidas de Gobierno y Régimen Interior y de Desarrollo Urbano y Transporte. Mediante oficio número SG/DGUTJyD/448/2019, de fecha dieciocho de julio del año dos mil diecinueve, el Secretario General del Ayuntamiento, Licenciado Jorge Carlos Aguilar Osorio, remitió a las citadas Comisiones Unidas, la Iniciativa objeto del presente dictamen. Que en cumplimiento a lo anterior, los integrantes de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, tenemos a bien emitir el dictamen relativo a la Iniciativa por

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la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo, mismo que se formuló en atención a las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que la autonomía del Municipio libre se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de competencia que le señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que conforme a ella se expidan; Que en ese tenor, los Ayuntamientos tienen facultades para formular, aprobar y publicar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida la Legislatura del Estado, el Bando de Gobierno y Policía, los Reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal; Que las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, son competentes para Dictaminar la Iniciativa objeto del presente documento, en atención a lo previsto en los artículos 92 del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y 86, 105, 110 fracción I, 114 fracción I y 121 fracción I del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; Qué, asimismo, el presente Dictamen se formuló de conformidad al procedimiento y formas establecidas en los artículos 129 a 136, 157, 158 y 159 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; Que la iniciativa que se dictamina en lo medular señala: Es innegable que uno de los grandes problemas que ha enfrentado la ciudadanía en este municipio, es el impacto económico que le implica el arrastre de grúa por parte de empresas particulares y el almacenamiento de su vehículo; ello no obstante de verse involucrado por caso fortuito en un hecho de tránsito, la reparación de su vehículo y el resarcimiento de los daños que pudo haber causado, resultan el menor de su problema cuando se enfrentan a los altos costos de arrastre y almacenamiento de su vehículo, el cual en constantes ocasiones resulta ser más gravoso el servicio prestado a la suerte principal (reparación del daño e infracción de tránsito). Esto es, para los ciudadanos un accidente de tránsito, en Benito Juárez, puede convertirse en una tragedia financiera. En este punto es relevante destacar, que la injerencia de diversas empresas particulares de arrastre y almacenamiento, deriva directamente por hechos de tránsito, incluso en algunos casos también por temas de seguridad pública y prevención del delito, por lo que se trata de servicios inherentes y auxiliares al servicio público a cargo de la autoridad municipal. De manera concreta, al existir una problemática en que cualquier ciudadano puede ser objeto de gastos excesivos que derivan de un hecho de tránsito, es claro que al estar en el ámbito municipal en donde se gestan estas acciones, es el propio Ayuntamiento quien debe actuar para regularizar dichas acciones, regularizar su proceso de arrastre y almacenamiento de vehículos por hechos de tránsito, al mismo tiempo brindar certeza jurídica y cuotas justas en los servicios que deban ser cubiertos por el ciudadano. Los servicios públicos de arrastre, de arrastre y salvamento y de depósito o resguardo de vehículos revisten gr an importancia en los ámbitos de vialidad y seguridad pública, por lo que su prestación debe ser respaldada contractualmente con apego a la legislación aplicable; ello en el caso de que esta entidad municipal no cuente con la capacidad y recursos financieros necesarios para prestar directamente ese servicio en todo el Municipio de Benito Juárez. En este sentido, se tiene que los servicios de arrastre, arrastre y salvamento, son servicios cuyo marco jurídico obliga al prestador del servicio a contar con un permiso o concesión otorgada por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas NOM-053-SCT-2-1999, transporte terrestre-Servicio de arrastre, arrastre y salvamento-Grúas-Características y especificaciones técnicas, de seguridad y condiciones de operación y NOM-053-SCT-2-2010, transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas, de seguridad de los equipos de las grúas para arrastre, arrastre y salvamento. En el ámbito Estatal, el Instituto de Movilidad de Quintana Roo es quien se encarga de regular y otorgar dichas concesiones para los servicios referidos. Sin embargo, las necesidades en materia de servicios auxiliares a la Dirección de Tránsito son concretas, la Dirección de Tránsito Municipal requiere de grúas y “corralones” para el

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depósito y almacenamiento de vehículos, so pena de no brindar de manera correcta, integral y eficiente, el servicio público en el municipio. Es de tomar en cuenta, que las Normas Oficiales Mexicanas NOM-053-SCT-2-1999, Transporte terrestre-Servicio de arrastre, arrastre y salvamento-Grúas-Características y especificaciones técnicas, y NOM-053-SCT-2-2010, transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas, de seguridad de los equipos de las grúas para arrastre, arrastre y salvamento; brindan certeza en el cumplimiento de las condiciones mínimas necesarias de seguridad y condiciones de operación, toda vez que dicho servicio se lleva a cabo con vehículos especiales (grúas) y requieren capacidad técnica especializada para maniobras de arrastre y de arrastre y salvamento. Dada la imperante necesidad de regularizar el servicio que prestan las empresas particulares de grúas y el Municipio se auxilie de ellas mediante la figura de prestación de servicios, para lo cual y al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con los Bienes Muebles del Estado de Quintana Roo, se plantea que se convoque a una licitación pública para la contratación de empresas con capacidad y que cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas antes aludidas, a fin de prestar el servicio auxiliar a las tareas con las que cuenta la Dirección de Tránsito Municipal y la Dirección de Seguridad Pública. En ese orden de ideas, es importante señalar que otro tema colateral por atender, es el proceso para la liberación de vehículos retenidos por estar involucrados en un hecho de tránsito, por lo que se plantea simplificar dicho trámite con el objeto de realizar de una manera más ágil la liberación de los automotores, cumpliendo en todo momento con las previsiones necesarias sobre la autenticidad de la propiedad del vehículo y garantizando la impartición de justicia de los afectados. Que después de un análisis de los motivos expuestos, los integrantes de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, hacen suya en lo general la iniciativa presentada, toda vez que consideran que éstas reformas al Reglamento de Tránsito Municipal, abonan a la adecuada regulación de la prestación del servicio del transporte en su modalidad de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de vehículos en nuestro municipio, ya que existe la necesidad de regular a las empresas que prestan dicho servicio en el Municipio; Que sin embargo en lo particular, las Comisiones Unidas que dictaminan, consideraron que con respecto al artículo 4°, era importante modificar la redacción de la fracción XXVII, relativa a la definición de “Deposito Vehicular”, ya que la que contempla el actual reglamento, únicamente lo define como terreno donde la Dirección de Tránsito Municipal resguarda los vehículos, por lo que con el propósito de contar con una definición más completa, se propuso lo siguiente: Sitio para guarda y custodia de vehículos infraccionados, abandonados, retenidos, accidentados o descompuestos en territorio municipal y/o en su caso, remitidos por la autoridad competente;

Que por lo que respecta al artículo 8°, el cual establece el proceso de liberación de vehículos, se eliminó de la fracción I, lo que

tenía la iniciativa, esto es, “que en caso de realizar el trámite a través de representante o apoderado legal, deberá presentar poder

o carta poder notariada”, toda vez que este supuesto ya está considerado en el primer párrafo de dicho artículo;

Que asimismo, por lo que respecta a la redacción del artículo 162, referente a la facultad que se otorga para prestar el serv icio a

través de empresas auxiliares, se reemplaza la palabra “contratar” por “convenir”, lo anterior, en concordancia con las facu ltades

señaladas en la normatividad vigente, con las que cuenta el Ayuntamiento, por lo demás, se mantiene la redacción del artículo en

los términos de la iniciativa;

Que por otra parte, y con el propósito de homologar lo señalado en el artículo 89 de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana

Roo, se adiciona el inciso a) del artículo 162 Bis, estableciéndose la salvedad del arreglo entre las partes;

Que finalmente, se modificó la fracción V del artículo 163, correspondiente al proceso que se llevará a cabo para la prestación del

servicio, agregándole las palabras “a petición del interesado”; correspondiendo esto al sellado del vehículo con etiquetas adheribles;

Que, por todo lo antes expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, tienen a bien emitir los siguientes puntos:

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se reforman la fracción XXVII del artículo 4°, y los artículos 8°, 162° y 163°; y se adicionan las fracciones VI y VII al artículo 4°, recorriéndose las subsecuentes; así como el artículo 162 Bis, todos del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, para quedar como sigue: Artículo 4.- Para los efectos del presente Reglamento y para su debida interpretación, se entiende por:

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I a la V.- … VI.- Arrastre.- Consiste en llevar acabo las maniobras necesarias e indispensables para enganchar a la grúa, vehículos que estando sobre sus propias ruedas deben ser trasladados. VII.- Arrastre y Salvamento. - Consiste en llevar acabo aquellas maniobras mecánicas y/o manuales necesarias para rescatar y colocar sobre la carpeta asfáltica del camino, en condiciones para poder realizar las maniobras propias de su arrastre a los vehículos accidentados, sus partes o su carga. VIII a la XXVIII.- XXIX.- Depósito Vehicular.- Sitio para guarda y custodia de vehículos infraccionados, abandonados, retenidos, accidentados o descompuestos en territorio municipal y/o en su caso, remitidos por la autoridad competente. XXX a la CIII.- … Artículo 8.- El trámite para la devolución del vehículo que haya sido remitido al depósito vehicular, lo podrá realizar el propietario o en su caso quien éste autorice mediante poder o carta poder notarial y será indispensable presentar, ante la Dirección de Tránsito Municipal, lo siguiente:

I. En caso de persona física: identificación oficial vigente del propietario del vehículo o de su representante, o de ambos en su caso.

II. En el caso de persona moral: copia certificada del acta constitutiva, poder e identificación de representante o apoderado legal.

III. Tarjeta de circulación vigente a nombre del propietario; en caso de no contar con ella, deberá presentar factura o carta factura vigente.

IV. En caso de ser vehículo de procedencia extranjera se deberá de presentar el pedimento de importación de la aduana; V. En su caso, el inventario que se le entrego al momento de ingresar el vehículo al depósito vehicular, en el que se

establece el estado físico del vehículo al ingresar al depósito; VI. El comprobante de pago de la infracción cometida que motivo la detención del vehículo;

VII. Acreditar no tener infracción pendiente de pago en el registro de la Dirección de Tránsito Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo.

En caso de aseguramiento de vehículo por algún hecho delictivo, primeramente, deberá realizarle la liberación del mismo ante la instancia correspondiente.

Artículo 162.- La Dirección de Tránsito en términos de ley, prestará el servicio público especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre, arrastre y salvamento y depósito, tratándose de hechos de tránsito por si misma o podrá convenir la prestación del servicio de empresas de grúas especializadas auxiliares. Artículo 162 Bis.- Cuando se trate del servicio de grúas para arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, el usuario podrá decidir libremente respecto a la prestación del servicio, que a sus intereses convenga. Atendiendo siempre al presente reglamento. atendiendo siempre a las disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo y las del presente reglamento. Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando los vehículos se vean detenidos por autoridad competente Municipal y que estén involucrados en: a) Un hecho de tránsito; b) En una operación de revisión y/o falta administrativa de tránsito y/o vialidad y/o de alcoholímetro; c) La aplicación de bienes de una persona cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos; d) Cuando la decrete una autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito; e) El decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes; f) La aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables, ni la de aquellos bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia; y g) En el caso de extinción de dominio, en tanto se lleva a cabo el debido proceso ante autoridad jurisdiccional competente. Artículo 163.- En la prestación del servicio especializado de transporte de carga, en su modalidad de arrastre y de arrastre y salvamento, las empresas de grúas auxiliares, deberán observar y se sujetarán a las modalidades y autorizaciones que para tal efecto les otorguen las autoridades competentes, en los siguientes términos:

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I. Estarán obligados bajo su responsabilidad adoptar las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y daños a las

personas y sus bienes, desde el momento en que se constituya en el lugar donde serán realizadas las operaciones de arrastre o de arrastre y salvamento;

II. Antes de iniciar el arrastre o el arrastre y salvamento los prestadores de servicio deberán levantar un inventario del vehículo y

de lo que se encuentre en su interior, con historial de fotografías;

III. Las operaciones y maniobras, al efectuar el arrastre o el arrastre y salvamento, deberán realizarse en condiciones tales que se evite o cause el menor obstáculo a la circulación de vehículos o personas;

IV. El prestador del servicio será responsable del daño o extravió de documentos y objetos que se encuentren en el interior de los

vehículos y consten en el inventario correspondiente con historial de fotografías y de los daños que se causen al vehículo por negligencia, impericia, falta de cuidado o de equipo adecuado, conforme la norma técnica aplicable por lo que deberán contar con una póliza de garantía;

V. El prestador del servicio, una vez inventariado el vehículo, deberá sellar todas las puertas, incluida el del portaequipaje y el

cofre, con etiquetas adheribles y en el caso de falta de parabrisas, medallón, o cristales laterales, colocaran material impermeable que cubra tales espacios, además del sellado antes mencionado a petición del interesado;

VI. El prestador del servicio deberá expedir la copia legible del inventario cuando les fuere solicitado, si el dueño o posesionario

del vehículo se encuentra en buenas condiciones se podrá llevar las pertenencias de su vehículo; y

VII. El prestador del servicio, deberá expedir recibo o factura con el desglose de los conceptos y tarifas cobradas por el servicio de arrastre, arrastre y salvamento y en su caso de la estadía.

Transitorios

ÚNICO.- Las presentes reformas entraran en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

SEGUNDO. - Remítase el presente dictamen al Secretario General del Ayuntamiento, para los efectos legales conducentes. Así lo acordaron por UNANIMIDAD los integrantes de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

FIRMAS DE LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES UNIDAS

Que por lo antes expuesto y en atención al contenido del Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, se tiene a bien someter a la aprobación de los integrantes del Honorable Ayuntamiento los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO. - Se aprueba en sus términos el Dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, relativo a la iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez Quintana Roo. SEGUNDO. - Publíquese el presente acuerdo en términos de ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la

propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo,

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misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del

Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. Solicitando el uso de la voz, el Ciudadano Pablo Gutiérrez Fernández, Cuarto Regidor, manifestó: Solo comentarles Presidenta y compañeros Regidores, estamos muy cercanos de llegar a un acuerdo, que así lo estipula el Reglamento de Tránsito, un acuerdo de ambas partes para estipular un tarifario junto con las impresas que presten actualmente el servicio de grúas auxiliares, en estos próximos días lo estaremos dando a conocer. Atendiendo la solicitud de los benitojuarenses sobre el tema las grúas realizamos reuniones de Comisiones Unidas, mesas de trabajo donde se escucharon todas las voces y por supuesto se crearon consensos para lograr este dictamen que contiene la reforma del Reglamento de Tránsito Municipal, esta reforma, primeramente adecuar los conceptos de arrastre, arrastre y salvamento del puesto vehicular que se encontraron ambiguos en el reglamento y en esencia simplifica el trámite de liberación de vehículos remitidos al depósito vehicular, contribuyendo con esto al combate a la corrupción y a la mejora regulatoria, también se formaliza que el Ayuntamiento pueda convenir con empresas auxiliares para brindar el servicio y se homologan criterios en lo que establece la Ley de Movilidad del Estado para estar acorde con dicha normatividad y se le otorguen garantías al ciudadano para que quien le brinde el servicio tome las previsiones y cuidados necesarios para evitar riesgos y daños a las personas y a los vehículos, reitero, lograr una adecuada normatividad, este tema es por etapas, esta reforma es el primer paso para sentar las bases de atención al tema de grúas, reconozco y agradezco el apoyo de todos los integrantes de este Cabildo que se involucraron activamente e hicieron aportaciones y robustecieron este documento, es cuánto. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual, las Comisiones Unidas de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Transito, de Desarrollo Urbano y Transporte y de Gobierno y Régimen Interior, someten a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el Dictamen de la Iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por mayoría con un voto en contra de la Ciudadana Reyna Lesley Tamayo Carballo, Décima Cuarta Regidora. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobado el dictamen, en los términos del propio acuerdo. ---------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Noveno. - A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien del dominio privado y en su caso la donación del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, a favor del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y de los Servicios Educativos de Quintana Roo, a fin de que en el mismo, se edifiquen dos escuelas, una de nivel bachillerato y otra de nivel secundaria, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al

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documento, el cual es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 115 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 133, 145, 154 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66 fracción I inciso s), fracción IV inciso g), 89, 90 fracción I y XIV, 125 fracción XIX, 229 fracción I, 237, 238, 239 y demás relativos y aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1°, 2°, 5°, 6° fracción I, 8°, 73, 74, 101, 201, 202 fracción I, 212, 217, 219, 220, 221 y demás relativos y aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1°, 2°, 5°, 6°, 8°, 26, 33, 78, 85, 139 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

CONSIDERANDO Que el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantiza el derecho de todos los mexicanos a recibir educación, misma que deberá ser impartida por el Estado y que tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, la independencia y la justicia; Que en ese tenor y de conformidad a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, la educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es un proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos, destrezas, habilidades, capacidades, aptitudes, actitudes y valores a fin de desarrollar en el individuo las competencias para la vida que le permitan enfrentar con éxito diversas tareas, y para formar a mujeres y a hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social; Que por ello, el Estado de Quintana Roo, está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los alumnos, de manera que todos los quintanarroenses estén en posibilidad de cursar la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, dichos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa, establecida en la legislación federal y estatal; en el mismo sentido, se considera que son autoridades educativas municipales, a los Ayuntamientos de los Municipios que conforman el Estado; Que los mencionados Ayuntamientos, dentro del ámbito de sus atribuciones, deben colaborar con la autoridad educativa estatal, para cumplir, con oportunidad y eficiencia sus actividades y responsabilidades educativas, en tal orden de ideas, es compromiso de ambos órdenes de gobierno que los servicios educativos que ofrece el Estado, sean aprovechados por todos los habitantes de todas las edades, independientemente de su situación geográfica, económica, cultural o social; Qué asimismo, y de conformidad con la disposiciones constitucionales, los Municipios son gobernados por los Ayuntamientos, y a éstos corresponde la representación política y jurídica del Municipio, la administración de los asuntos municipales y el cuidado de los intereses de la comunidad dentro de su circunscripción territorial. Las autoridades municipales tienen competencia plena y exclusiva sobre su territorio, población y organización política administrativa, con las limitaciones que les señalen las leyes; Que en ese tenor y con apego al marco jurídico referenciado, el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, a través de su Ayuntamiento, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, siendo autónomo en su régimen interior y en la administración de su hacienda pública; en tal orden de ideas, es éste el único órgano legalmente facultado para disponer de los bienes propiedad del Municipio, con apego a la legislación aplicable; Que este Municipio es legítimo propietario del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, con una superficie de 31,561.68 m2, en esta ciudad de Cancún, lo cual acredita con la escritura pública número 105,777 de fecha 05 de noviembre de 2018, pasada ante la fe del Licenciado Luis Miguel Cámara Patrón, Notario Público número 30 del Estado de Quintana Roo, y el cual quedó registrado bajo el folio número 375418, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo, en fecha 28 de noviembre de 2018;

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Que el predio antes referido, fue donado a este Municipio, en cumplimiento a lo estipulado en el artículo 60 de la entonces vigente Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo, apartado legal que establecía que los fraccionadores tendrán la obligación de ceder a título de donación al Municipio, donde quede ubicado el fraccionamiento a desarrollar, las superficies destinadas para parques, mercados, escuelas, puestos de policía u otros servicios públicos similares; Que mediante oficio número SEQ/DS/SSAEBJ/021/2019, el M. en C. Carlos Manuel Gorocica Moreno, en su carácter de Subsecretario de Atención a la Educación en Benito Juárez, solicitó formalmente a este Ayuntamiento por parte de la Secretaria de Educación en Quintana Roo, la donación del predio antes descrito, a favor de los Servicios Educativos de Quintana Roo y del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, con el propósito de edificar dos planteles educativos, de conformidad a lo siguiente:

PREDIO ÁREA SUBDIVISIÓN MATRICULA POR ATENDER

(1RA ETAPA)

SUPERMANZANA 249 MANZANA 137 LOTE 04 FRACCIONAMIENTO SACBÉ

31,561 M2 CONALEP (22,046.46 M2)

BACHILLERATO 240 ALUMNOS

SEQ (9,514.92 M2) SECUNDARIA 240 ALUMNOS

Que en ese orden de ideas, y de conformidad a lo establecido en la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, el Ayuntamiento debe administrar responsablemente el Patrimonio Municipal conforme a la ley, asimismo, dicha ley establece que los bienes del dominio público municipal son inalienables, imprescriptibles e inembargables, y que no están sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o interina, mientras no varíe su situación jurídica; Que el predio propiedad del Municipio al que se hace referencia en el presente acuerdo, debe ser, necesariamente, destinado a la prestación de un servicio público, tal como es, el servicio de educación pública, de ahí que la propuesta de la Secretaria de Educación de Quintana Roo, sea la de edificar en el predio de referencia, dos escuelas, una de nivel secundaria y una de nivel bachillerato; Que para el caso de ser procedente la solicitud de donación de la Secretaria de Educación de Quintana Roo, se requiere que este Honorable Ayuntamiento, apruebe por mayoría calificada, tanto el cambio de situación jurídica de bien del dominio público a bien del dominio privado, como la enajenación del inmueble en cuestión, debiendo sustentarse el hecho, de que con dicha aprobación no exista afectación del interés comunitario; Que en cumplimiento de lo anterior, se señala que el cambio de situación jurídica y posterior enajenación del inmueble al que se hace referencia en este acuerdo, no sólo no afecta de ningún modo el interés público o comunitario, sino que se trata de un bien inmueble que en su caso, será destinado a contribuir a que la educación que se proporciona a la población benitojuarense, sea de excelencia, y que asimismo, las condiciones en las que dicha educación se imparta, sean dignas y suficientes, lo que invariablemente se encuentra relacionado con la importancia de mejorar la cantidad y calidad del inmueble que conforma la infraestructura educativa en el Municipio, en tal orden de ideas, es evidente que la enajenación y donación que en esta oportunidad nos ocupa, otorgará un beneficio directo a la comunidad en general; Que toda vez como quedó asentado, es un compromiso de este gobierno municipal contribuir con el mejoramiento de las condiciones en las que se imparte la educación de todos los niveles en el Municipio, coadyuvando así con el Gobierno del Estado de Quintana Roo para lograr ese fin, se tiene a bien en esta oportunidad someter a la aprobación de los miembros de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO. - Se autoriza el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien del dominio privado del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la Ciudad de Cancún, Quintana Roo, con una superficie de 31,561.68 m2. SEGUNDO. - En su caso, se autoriza que del inmueble descrito en el punto de acuerdo que antecede, 22,046.46 m2, se donen a favor del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, para que en ésta superficie se edifique

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una escuela de nivel bachillerato, y 9,514.92 m2 a favor de los Servicios Educativos de Quintana Roo, a efecto de que, en ellos, se construya una escuela de nivel secundaria. TERCERO. - La donación objeto del presente acuerdo, quedará condicionada a la realización por parte del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y de los Servicios Educativos de Quintana Roo, de los trámites, gestiones y pago de derechos, impuestos, honorarios y demás gastos necesarios para la autorización de la subdivisión del lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la Ciudad de Cancún, en los términos antes señalados, así como de su protocolización e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. Ésta autorización y el cambio de situación jurídica quedarán sin efecto, si en un término de noventa días naturales contados a partir de la aprobación del presente acuerdo, el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y los Servicios Educativos de Quintana Roo, no inscriben ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, la correspondiente subdivisión. CUARTO. - Se autoriza a los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorero Municipal, para que, en su oportunidad, signen los documentos necesarios para la protocolización de la escritura pública que contenga el respectivo contrato de donación. QUINTO. - La donación objeto del presente acuerdo quedará sin efectos en caso de que no se construya e imparta el tipo de escuela y educación a los que se alude en presente acuerdo. En ningún caso las instituciones educativas que se edifiquen en el predio objeto del presente acuerdo, podrán destinarse a servicios administrativos o de capacitación del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, o de la Secretaria de Educación de Quintana Roo. SEXTO. - Se instruye a la Directora General de Asuntos Jurídicos, para que, en su oportunidad, realice los trámites y gestiones necesarias tendientes a formalizar ante Notario Público, la escritura de donación respectiva en términos del presente acuerdo. Una vez hecho lo anterior, se remita dicha escritura pública al Director de Patrimonio Municipal, para los fines legales y administrativos a que haya lugar. SÉPTIMO. - Los honorarios, derechos, impuestos y demás gastos que se generen por la donación objeto del presente acuerdo, correrán a cargo de los donatarios. En el caso de que, el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y los Servicios Educativos de Quintana Roo, no protocolicen ante Notario Público el contrato de donación objeto del presente acuerdo, ni realicen la inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la autorización de la presente donación, quedara sin efecto la misma, así como el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien de dominio privado, revirtiéndose al patrimonio municipal el inmueble materia de este acuerdo. OCTAVO. - Publíquese el presente acuerdo en términos de Ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Luis Pablo Bustamante Beltrán Décimo Segundo Regidor, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la

propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora, manifestó: Muy

buenos días tengan todos los benitojuarenses que nos escuchan y nos ven el día de hoy, buenos días Presidente Municipal Mara Lezama, muy buenos días compañeros Regidores. Quiero empezar mi participación diciendo que estoy plenamente convencida que la educación es un tema importante para atenderse en las necesidades de nuestro país, sin embargo

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también quiero invitar a todos los compañeros a una reflexión en cuanto a las tomas de decisiones que estamos llevando a cabo, si a cada uno de nosotros se nos pidiera hoy en día que donáramos nuestra vivienda para una buena causa, estoy segura que lo pensaríamos porque es nuestro patrimonio y nos ha costado mucho adquirirlo y conservarlo. Lo mismo pasa con los terrenos que son bienes de dominio público y que hoy en día estamos cediendo al Gobierno del Estado, es importante recalcar que desde que empezó esta administración hemos donado diversos terrenos para diversas escuelas, sin embargo el día de ayer se nos planteó en la reunión de precabildeo la donación de más de treinta y un mil metros cuadrados para dos planteles, uno para un CONALEP y otra parte para una secundaria, sin embargo solicité a los compañeros una prórroga de diez días para analizar cuál es la situación de los terrenos del municipio de Benito Juárez, antes de dar dicha aprobación y para poder tener la oportunidad de estudiar si es realmente lo que la población demanda. Cabe mencionar que hoy en día la mayoría de nuestros estudiantes son rechazados de bachilleres, la demanda como tal en importancia es bachilleres, así mismo es importante que se nos informe con tiempo y forma cuáles son los objetivos de este proyecto, a cuánta es la población que se va a beneficiar realmente y por qué la cantidad de terreno que se nos solicita. Hubo resistencia, se manifestó mucho el tema de la educación y no me niego a esto que quede bien claro, soy maestra de medio regular, de escuela pública y sé y conozco las necesidades y hoy en día la mayoría de nuestros estudiantes no son aceptados por falta de espacios en los planteles de bachilleres, sin embargo se me acaba de presentar algunos puntos relevantes por los cuales se hace la petición de este terreno y me deja todavía más convencida de que debimos de haber analizado un poco más esta donación, toda vez que aquí dice, teniendo la certeza del predio, muy probablemente tengamos la autorización del recurso para iniciar los trabajos de edificación del plantel teniendo como fecha máxima de inversión el próximo año dos mil veinte para la erogación de dicha inversión; entonces no hay una garantía de que se tenga que realizar, así mismo me gustaría mucho que si se llegase a aprobar esta aprobación tengamos la misma reciprocidad por parte del gobierno del estado para temas en los cuales como Ayuntamiento hemos estado solicitando, porque al igual que la educación, el tema de la salud es un punto medular e importante para los benitojuarenses, del cual hemos presentado una iniciativa donde se aprobó la creación de un hospital y se ha estado solicitando la colaboración del Gobierno del Estado para trabajar en el Hospital Jesús Kumate que se encuentra hoy en día en abandono y deterioro, entonces vamos a trabajar ambos gobiernos en favor de los benitojuarenses, atendiendo el tema de la educación con debida responsabilidad en la toma de decisiones, aquí no se vale pensar en la buena intención, sino que lo que vamos a hacer hoy, va a afectar el día de mañana a los benitojuarenses, especialmente porque no son propiedades nuestras y el segundo tema de la salud que es un tema que adolece hoy en día a la sociedad y que vayamos a cualquier hospital donde vayamos, la gente está esperando en los pasillos, la gente no tiene la atención, la gente no tiene medicinas y así como para el hospital tenemos que garantizar el personal que lo trabaje, en las escuelas también tenemos que tener la certeza de que la Secretaría cuente con el personal para poder atender estos planteles, porque hoy en día se carece de personal para atender también el sistema educativo, por el momento es cuánto, gracias. Seguidamente el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Muchas gracias, con su venia señora Presidenta, buenos días Secretario, compañeros Regidores, público que nos acompaña y público que nos ve en las redes sociales. En consonancia con mi compañera la Profesora Maricruz Carrillo, yo considero que este punto debió haber esperado, yo pensé que ayer habíamos acordado no subirlo el día de hoy, pero una vez, toda vez que está aquí el punto, por lo menos reflexionemos acerca de no todo lo que ya puntualmente ha mencionado la Profesora Maricruz, mi compañera Regidora, sino también del hecho de que ni siquiera ha habido una amable mención por parte del Gobierno del Estado de la voluntad que hemos

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tenido del donativo de todos estos terrenos que ya hemos hecho desde que iniciamos la administración, ignoro si en la administración pasada fueron tan generosos, sí es parte de nuestro patrimonio municipal que estamos entregando, se requiere de mucha infraestructura educativa, sí es un buen propósito el que alberga esta solicitud, sin embargo a mí no me queda hoy claro qué se ha hecho con los inmuebles que ya donamos, por lo cual yo respetuosamente le solicito a la compañera Paola Moreno que como Comisión y yo en mi calidad de Secretario de la Comisión de Educación Cultura y Deporte, solicitemos respetuosamente al Gobierno del Estado, nos dé una relación de las obras que ya se están llevando a cabo y de las cuales si no se ha llegado al término, nos digan qué avances tiene y si se llegó al término que marca la ley para que sean devueltos estos bienes pues se proceda a llevarlos a cabo, pero yo creo que sí agradeceríamos por parte del Gobierno del Estado una mención a la gestión de nuestra Presidenta Municipal Mara Lezama y a la voluntad de este Cabildo de siempre estar aportando para la educación sin chistar, sin dudarlo y tener un poco de reciprocidad de su parte hacia otros efectos, no solo es el hospital que está mencionando la compañera Regidora, también las leyes que se están aprobando últimamente, entre ellas la de movilidad por parte del estado que sí invaden sin ningún tipo de respeto nuestra esfera, por el momento es cuánto. Posteriormente solicitó el uso de la voz la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora, quien manifestó: Con su permiso de nueva

cuenta. Como gobernantes es muy importante, la ciudadanía no vota por un gobierno para dar pretextos sino para dar soluciones, estoy de acuerdo en algunas cosas que manifiesta la Regidora Maricruz, el Regidor Aldana, sin embargo tenemos que tener presente una cosa, en ocasiones hay que tener cuidado porque los números son fríos y los que se van a beneficiar con esta escuela son estudiantes cancunenses, benitojuarenses, estamos hablando de que vamos a beneficiar a madres solteras, vamos a beneficiar a familias, todo lo que hagamos en pro de la educación siempre será un beneficio para nuestro municipio. Puede sí, se puede poner en duda, bueno, le corresponde al estado, bueno le corresponde al municipio, pregunta y pregunto a las madres, a los padres, cuando vamos a llevar a nuestros hijos a la escuela preguntamos, de quién es la culpa o simplemente vemos que nuestro hijo no puede estar, vamos mejor a poner a trabajar a los Diputados y que los Diputados hagan su trabajo, que se despierten los que estén dormidos, pero yo sí exhorto a este cuerpo colegiado que aprobemos esta donación porque los beneficiados van a ser nuestros estudiantes, nuestros niños de la 249, es cuánto, muchas gracias. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora, manifestó: Buen día nuevamente, compañeros y ciudadanos que nos están escuchando. He escuchado cada una de las intervenciones de mis compañeros, considero que no hay mucho que analizar respecto a lo que la población demanda, hay mil seiscientos alumnos que se quedaron sin espacio de clase aquí en Benito Juárez, en nivel medio superior y que tenemos que tomar medidas emergentes y urgentes de coordinación y colaboración, en este caso pues con los distintos niveles de gobierno con el estado, con la federación, para garantizar que estos espacios y estos jóvenes no se queden sin estudiar. Está comprobado que la educación es el instrumento más importante para transformar cualquier sociedad y cualquier comunidad y que si nosotros como gobierno no generamos esos espacios que fomenten la educación, esos mil seiscientos jóvenes, ¿a dónde se van a ir? Entonces, yo celebro que se lleven a cabo estas estrategias de coordinación, llevamos a cabo una mesa de trabajo, sesionamos en comisión a través de la Comisión de Educación Cultura y Deportes en la que el Regidor Aldana es Secretario, tuvimos la presencia del Subsecretario Gorocica, así como el Licenciado Miguel, de infraestructura de la Secretaría de Educación, se les hizo todos los cuestionamientos, planteamientos, se les preguntó cómo se iba a aplicar, quién iba a generar este recurso y efectivamente como comenta la compañera Maricruz que le hice llegar esta fichita, dice, muy probablemente, porque hay pasos administrativos que se tienen que concretar, si no se concreta la donación del predio, pues la

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federación no puede asignar un recurso a algo que no existe, por eso es que yo invito a mis compañeros Regidores a que podamos proceder con la donación de este predio y a través de la Comisión de Educación nuevamente convocar una mesa de trabajo e invitar a todos los Regidores y Regidoras de este Honorable Cabildo, por supuesto a nuestra Presidente Municipal para sumar en acciones y esfuerzos en beneficio de la educación y también pues para despejar todo lo que son las dudas y cuestionamientos al respecto así como el estatus de los predios anteriores que se han donado, es cuánto. Solicitando nuevamente el uso de la voz, la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora, manifestó: Por alusión voy

a responder, yo creo que la sociedad ya merece respeto e insisto, yo no veo cuál es la premura de aprobar algo cuando podemos tomarnos diez días más para analizar bien esta donación, mi propuesta es que se baje para tener tiempo de análisis, diez días no afectan, en diez días no se construye la escuela, no creo que tengan ya el personal preparado y cuando menciono que la sociedad merece respeto es porque una cosas es lo que se necesita y otra cosa es darle lo que tengamos, si queremos hacer un buen trabajo, nuestros chicos requieren bachilleres, no un plantel técnico, hay mucha diferencia entre uno y otro aunque la intención es buena, que es la de brindar educación, entonces vamos a hacer un buen trabajo, si la situación es el hecho de los alumnos que no tienen donde estudiar y la buena voluntad existe para trabajar, hay muchos planteles con terrenos excedentes donde se pueden construir más aulas o bien, hacer segundos pisos, entonces no me parece una justificación sincera ni real para la población que merece todo nuestro respeto y sí un compromiso nuestro de que cada decisión que tomemos sea con un análisis profundo en beneficio de ellos, es cuánto. Seguidamente solicitó el uso de la voz la Ciudadana Lorena Martínez Bellos, Novena Regidora, quien manifestó: Sí muy buenos días a todo el público que nos acompaña, con su permiso señora Presidenta, un saludo a todos los que nos están siguiendo por Radio Cultural Ayuntamiento y en las redes sociales. Yo sé, como comentaba la compañera Paola, que hay mil seiscientos jóvenes que están en espera de que tengan esta oportunidad de ir a la escuela, pero yo no puedo creer que el Gobierno del Estado no tenga terrenos aquí en el municipio de Benito Juárez cuando todos sabemos que hay un auditorio del bienestar que es un elefante blanco que está completamente abandonado, que ese auditorio se puede habilitar para que sea una escuela, que no me queda la menor duda que ahí van a caber más de mil seiscientos estudiantes, ese auditorio, pues que se derrumbe, que se tire y que se haga una escuela ahí, de verdad que hemos sido muy condescendientes con el gobierno del estado, hemos estado donando terrenos, pero como comentaba la compañera Maricruz, y bueno y el estado, ¿en qué está apoyando al municipio? Yo apoyo a que se baje la propuesta y que se analice y que se estudie, es cuánto. Posteriormente el Ciudadano Luis Pablo Bustamante Beltrán, Décimo Segundo Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Bueno, me gustaría nada más aclarar que pues el Ayuntamiento realmente no puede hacer mucho con respecto a la educación de los niños y jóvenes cancunenses porque es competencia del estado, sin embargo, podemos con una acción como esta, de donar un predio, un predio que al final es de los niños cancunenses y de los jóvenes cancunenses y yo creo que no hay nada mejor para ellos que tener más acceso a la educación con una escuela, en este caso con dos planteles, más bien yo lo que veo es que aquí a muchos les molesta las formas del Gobierno del Estado, pues entonces mejor vamos a ponernos a trabajar y vamos a regular el procedimiento por medio del cual se hacen las donaciones del patrimonio municipal y yo creo que con eso todos quedaríamos contentos para que no se vuelvan a repetir este tipo de casos y cuando se vaya a hacer una donación, pues entre en un análisis mucho más profundo y el procedimiento sea mucho más, digamos, detallado para todos, es cuánto. Solicitando nuevamente el uso de la voz, el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, manifestó: Gracias, por alusión nada más. Yo quiero aclarar algo, en lo particular,

aquí el punto del orden del día está arriba y yo no podría votar, ni siquiera se me ocurriría una

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vez que está este punto arriba, votar en contra, yo lo que pido es que se haga una reflexión acerca de cómo estamos haciendo las cosas, o sea, como bien indica el Regidor Pablo Bustamante, hay que ser más analíticos, hay que meternos más en el tema de cómo estamos haciendo las cosas y qué es lo que nos están dando de vuelta, no sólo políticamente, también territorialmente porque sí hay terreno que el estado tiene que están ociosos y que podrían ser utilizados para esos fines en lugar de nosotros estar cediendo patrimonio municipal en cada sesión de Cabildo, entonces sería muy poco sano pensar que uno pudiera estar en contra de una votación de este tipo, los chavos necesitan escuela, hay mucha necesidad educativa y de escuelas públicas en lo particular, sin embargo yo sí pido que seamos más puntuales, reitero mi solicitud de que pidamos, no solo una reunión de trabajo sino un informe detallado de cómo van los avances de las obras y que de aquí en adelante seamos mucho más cautelosos y esperemos ver si hay esa voluntad política por parte del Gobierno del Estado, es cuánto. Posteriormente el Ciudadano José Luis Acosta Toledo, Décimo Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Apoyo totalmente la postura de los compañeros Regidores que han hablado aquí en este momento, creo que nadie está en contra de la construcción de nuevos centros educativos, simplemente sí estoy rotundamente en contra de la forma en cómo estamos cediendo el patrimonio municipal, creo que nosotros, este Órgano de Gobierno estamos aquí para defender el patrimonio municipal, son treinta y un mil quinientos metros cuadrados, la verdad es que sería muy responsable de mi parte hacer un voto en este momento porque yo no conozco el proyecto, yo no dudo de la capacidad de la compañera Regidora y de los compañeros integrantes de la comisión de Educación, pero no se nos hizo saber a todos los demás Regidores cuál es el proyecto, si de verdad necesitan tantos metros cuadrados o por qué, si la ubicación es la correcta y cuál es el intercambio con el Gobierno del Estado, yo creo que podemos abonar más a que sea una negociación, a que sea un da y da del Gobierno del Estado también y antes de comenzar a ceder terrenos tenemos que ver qué han hecho con los que les hemos dado o los que les han dado administraciones previas, entonces apoyo la moción de la compañera Maricruz de que se analice más este tema, de que le demos forma y seriedad a algo tan grande que es el patrimonio municipal y que ese terreno no es de nosotros, es de todos ustedes y de todos los habitantes del municipio, entonces creo que todos los habitantes van a estar orgullosos el día de hoy de sentirse representados y de que defiendan el patrimonio del municipio los compañeros Regidores que están aquí presentes, apoyo la moción, creo que nadie se va a oponer a que se construyan centro educativos, es el mejor uso que se les pueden dar a los terrenos, pero primero hay que analizar si el gobierno del estado tiene, primero hay que analizar si de verdad necesitan tantos y creo que habemos aquí más de un Regidor que no conocemos el proyecto y no considero que sea responsable votar algo cuando desconocemos el proyecto, entonces por eso me sumo a la petición de que analicemos y lo pasemos para la próxima sesión de Cabildo en la cual previamente espero tengamos un acercamiento con todos los Regidores por parte de la Secretaría de Educación. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, manifestó: Con su permiso Señora Presidenta. Yo estoy a favor de cada uno de mis compañeros Regidores, la verdad es que cada uno tiene un punto en el que yo estoy de acuerdo, peri mi voto va a ser a favor, porque yo sí considero que aunque el terreno sea de nosotros y que se lo vayamos a ceder al estado, a la ciudadanía eso no le interesa, el punto es que vamos abrir escuelas para esos estudiantes que se han quedado fuera por no tener un lugar a donde asistir, la propuesta de derrumbar el auditorio del bienestar, es muy buena idea, nada más que los estudiantes no llegarían hasta allá, no los ayudaríamos poniendo una escuela en ese espacio, entonces yo creo que sí deberíamos darle ese voto a favor a nuestra compañera Paola, porque al final estamos para la ciudadanía y una escuela para la ciudadanía yo creo que es un buen donativo de nuestra parte para el estado, es cuánto. Seguidamente, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Miguel Ángel

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Zenteno Cortés, Sexto Regidor, quien manifestó: Con su permiso compañeros, buenos días.

Buenos días a quienes nos escuchan y nos visitan el día de hoy. Retomando un poco lo que dice mi compañera Niurka en el sentido de que, en forma de decirlo, de que a los estudiantes no les importa o les importa poco quien hizo la inversión, si es una federación, si es un estado, si es un municipio, un ente privado, ellos lo que quieren es tener un pupitre para estudiar. Sí estamos donando patrimonio municipal, es una realidad, creo que hay resultados en cuanto a lo que se ha donado en algunas otras sesiones de cabildo, pero me parece un poco extraño que tengamos esa sensación te atesorar el patrimonio municipal, no tenemos el recurso para invertir ni en hospitales, ni en escuelas con nuestros recursos propios y si el estado está solicitando estos predios para tener estos espacios para los chavos que están quedando fuera, una matrícula que está incompleta y que el año que entra va a estar aún más incompleta porque el crecimiento de la ciudad lo está ocasionando, hay que actuar en consecuencia. No estoy en contra de que se vea qué tiene el estado, pero también hay que tener en cuenta que en las ubicaciones de la escuela se llevan ciertas normativas por la necesidad propia de la vivienda donde están los muchachos, donde están viviendo y puedan asistir a una escuela cercana, es cierto lo que dice la compañera Lorena, hay terrenos ociosos, pero no están dentro de las zonas donde están los muchachos viviendo, entonces creo que sí hay que analizar de fondo el asunto, esta donación va a beneficiar cerca de quinientos estudiantes que el próximo ciclo van a tener un lugar en donde estudiar y lo más importante es que esto abona importantemente a este tema de la reconstrucción del tejido social porque vamos a tener a los muchachos dentro de un aula y no en las calles y es una de las principales estrategias que tiene esta administración que encabeza la Presidente, de que tengamos un tejido social reconstruido para evitar a los muchachos en la calle y creo que ese es el tema de fondo, los beneficiados son los estudiantes cancunenses, los benitojuarenses y hay que tener eso muy presente. Es cuánto. Posteriormente el Ciudadano Jorge Arturo Sanen Cervantes, Segundo Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Muy buenos días, con su permiso señora Presidenta, nada más en base a lo que han dicho todos mis compañeros, de alguna manera me uno a las peticiones de algunos y en otros casos no, por ejemplo, yo estoy de acuerdo totalmente que a partir de hoy sí conozcamos perfectamente los lineamientos y los proyectos que posteriormente vayan a salir con donaciones de terrenos municipales, es bien importante más que nada, darnos cuenta que la educación es el principal motor para generar una ciudadanía educada, una ciudadanía que tenga civilidad y es lo mejor que tenemos para poder reconstruir el tejido social, hay quienes no tienen o no han tenido la oportunidad de asistir a escuelas por diversas razones y también, el patrimonio municipal, aun cuando es del municipio, no es para atesorarlo como comentaba alguno de los compañeros, no es para después tener muchos terrenos y regalarlos o venderlos para hacernos de dinero, son municipales pero hay que recordar que el Ayuntamiento se debe y trabaja para la gente, la gente es quien va a salir beneficiada, específicamente los estudiantes, es importante saber que no tenemos muchas veces la facultad ni los medios económicos para construir escuelas u hospitales, sin embargo el estado y la federación sí lo pueden hacer y es nuestra parte, es por llamarlo de alguna manera nuestra coinversión con ellos para poder darles mejores y mayores beneficios a la juventud que es tanta en Cancún, tenemos arriba del 30% de población joven y no podemos seguir haciéndolos a un lado, no podemos seguir negándoles la oportunidad de estudiar de una o de otra manera; obviamente en este sentido y después de lo que digo, mi voto va a ser a favor de esta iniciativa con la salvedad, repito de que en lo sucesivo tengamos conocimiento previo de lo que se va a presentar en sesiones para que no surjan estas dudas de todos mis compañeros y compañeras, también pido que por favor los precabildeos no sean precisamente un día antes para que no suceda esto, para que tengamos el tiempo suficiente de analizar todos los temas, es cuánto. En uso de la voz, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, manifestó: Yo creo

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que el punto está suficientemente discutido compañeros, obviamente le otorgamos el uso de la voz, no se trata de cortar a nadie, pero creo que el punto está suficientemente discutido. Solicitando nuevamente el uso de la voz, el Ciudadano José Luis Acosta Toledo, Décimo Regidor, manifestó: Queda pendiente una votación de la Regidora Maricruz en la cual

propone bajar el tema. Claro, estoy de acuerdo, el patrimonio no es para atesorarlo, pero sí para defenderlo, estamos aquí para defender el patrimonio municipal, a mí me preocupa que digamos que a partir de hoy ya hagamos las cosas bien, hoy podemos comenzar a hacer las cosas bien, hoy podemos comenzar a analizar más ese tema, yo invito a que no seamos irresponsables con aprobar un proyecto que no conozcamos, yo en lo personal no conozco el tema, entonces yo quisiera hacer una pregunta aquí, yo conozco y sé que hay recursos federales en tema, la única pregunta técnica es, ¿pasa algo si posponemos el tema diez días para poder conocer bien el proyecto y hacer un voto responsable? ¿Pasa algo si solicitamos una reunión previa a todo este Órgano de Gobierno? O ¿ya la construcción comenzará este sábado si lo aprobamos? o cuál es el tema, esa es la parte técnica de si puede esperar el proyecto una semana más a la próxima sesión de cabildo o invitar a una sesión extraordinaria de cabildo en menos tiempo, pero sí considero yo necesario para poder emitir un voto responsable, conocer el proyecto, yo no conozco el proyecto, pero tampoco me puedo negar a dale a cuatrocientos ochenta jóvenes el espacio educativo, yo no sé por qué treinta y un mil quinientos, por qué no veinte nueve mil, por qué no veintiocho mil, por qué no treinta y cinco mil, entonces creo que hay que conocer el proyecto, mi pregunta es muy técnica,, pasa algo si dejamos cinco días que pase el tema para conocer, para tener una reunión? ¿Ya están los fondos aquí? O cuál es el tema. En uso de la voz, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, manifestó: Si me permiten, en ese aspecto señor Regidor, hubo una reunión en específico para esta en particular, vino el Subsecretario al municipio, estuvo presente en la comisión y nos hizo algunas especificaciones muy técnicas en el caso del CONALEP, es un estándar que nos piden ya a nivel nacional, son medidas específicas para esa escuela, estuvieron presentes la mayoría de los Regidores de la Comisión y la verdad es que a diferencia de otras veces que nos han solicitado la donación de predios, en este punto en particular, sí quiero ser muy puntual porque sí vino el Subsecretario a exponer todas las causas o más bien, todas las especificaciones que se tienen que tener, sí nos comentó, porque esto tiene ya más de mes y medio me parece que había un tema de urgencia por el tema del gasto del gobierno federal y del gobierno estatal, así que pues ese es el motivo que nos tiene en este punto, solamente esa especificación quería yo poner. Solicitando nuevamente el uso de la voz, la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora, manifestó: Hacer unas precisiones nada más, no me gustan los

juegos de palabra, en ningún momento me he negado a la educación que merecen los adultos, simple y sencillamente quiero citar cuál es nuestra responsabilidad, qué es lo que nos marca nuestro reglamento, que es la de tomar decisiones, administrar el patrimonio de dominio público con responsabilidad, para ello estamos acá, a mí me preocupa la premura, en diez días no se construye la escuela y me hace sospechar que algo pudiese haber por allá, yo estoy consciente de que haya venido el Subsecretario Gorocica Moreno a presentar el proyecto, pero lo correcto hubiese sido que se nos presente a todos para poder tomar las decisiones correspondientes. Insisto, la necesidad educativa está pero también es cierto que la Secretaría de Educación y Cultura tiene muchas debilitantes, falta de personal para todos los planteles educativos, hoy en día los maestros tienen que estar con trabajo excedente y muchas cuestiones más que debemos analizar, no se trata nada más de decir “por los niños” o ”por los estudiantes”, hay que ver qué es lo que necesita nuestra población y trabajar en base a ello, no se trata de defender un patrimonio, porque finalmente no es mío, pero sí tengo una responsabilidad con la ciudadanía que es la que nos dio el voto de confianza y por eso pedí ese tiempo, para analizar bien, inclusive si está en nuestra posibilidades mejorar este

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proyecto para beneficio de nuestros estudiantes, no está fuera de contexto y hay que aclarar que soy una de las personas que ha defendido la educación pública desde el 2013 y un poquito más para atrás cuando se pretendía privatizar la educación, fui de las maestras que andaban por acá manifestándonos como les comentaba el catorce de octubre también se nos reprimió acá, entonces no estoy en contra de la educación ni quiero afectar a los estudiantes, quiero que cuando se tomen decisiones lo hagamos a conciencia y siempre viendo a futuro el beneficio de los benitojuarenses, porque ellos es a quienes representamos, no (INAUDIBLE) mañana puede revestirse, nuestro patrimonio también se va agotar algún día, hay que tener en cuenta que Benito Juárez está creciendo y que nuestros terrenos no se van dando, no van naciendo como el agua de una fuente, entonces sí invito a la reflexión, a que analicemos a detalle esta decisión que vamos a tomar, no nos negamos, porque en ningún momento dije que me niego a la creación de escuelas, pero sí que se nos tome en cuenta y sí que podamos aportar, es cuánto. En uso de la voz, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, manifestó: Compañeros, si me lo permiten, agotemos ya el tema, se los pido por favor. Solicitando nuevamente el uso de la voz, la Ciudadana Niurka Alba Sáliva Benítez, Décima Tercera Regidora, manifestó: Yo siento que hay un tinte político en todo esto, todas las decisiones que nosotros tomemos tienen que ser en beneficio de la ciudadanía, si hay o no un tinte político acá, por favor hagámoslo a un lado, es muy sencillo, la Constitución lo dice, tenemos derecho a la educación, a la salud, a la seguridad y si queremos ver cómo nosotros como municipio nos protegemos, aquí está claro, el quinto punto de acuerdo dice; la donación objeto del presente acuerdo quedará sin efectos en caso de que no se construya o imparta el tipo de escuela o educación a la que el presente alude, no hay ninguna duda en esto, se quiere construir una escuela, estamos cubiertos legalmente, no se construye la escuela, regresa el terreno, no veo por qué tenemos que ponerle un tinte político al asunto, por favor, pensemos en nuestros niños. Seguidamente solicitó el uso de la voz la Ciudadana Paola Elizabeth Moreno Córdova, Tercera Regidora, quien manifestó: Nada más para concluir, que por algo existe el trabajo de comisiones, para analizar los temas inherentes a esa comisión, este tema fue analizado, ya con las observaciones, que hacen llegar los compañeros desde ayer, hemos pasado la información a la Secretaría de Educación para convocar en ese estatus y con los lineamientos que tuvieron a bien comentar y no hay ningún trasfondo, aquí el único trasfondo es hacer equipo en favor de la educación de Benito Juárez y que esos mil seiscientos jóvenes puedan tener un espacio para estudiar, no se puede construir segundos pisos o en otras zonas porque es ahí la mancha urbana en donde se necesita, la gente no está para estar pagando dos o tres camiones para llegar a su centro escolar y el patrimonio de Cancún es para los cancunenses, es cuánto. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Vamos, si les parece, a concluir, voy a responder lo más breve posible, sobre todo a quienes están en contra, no por alusión, para responder y no alargarlo más si les parece. Entiendo, Maricruz, creo que yo más que nadie tu sentir, porque nos conocemos desde hace mucho tiempo y lo platicamos hace poquito en la mañana en el evento de G.I.A.S., entiendo el tema del hospital, estamos trabajando fuertemente y ojalá y antes de que termine la administración lo podamos a hacer, porque son recursos que sí, como municipio no tenemos. En torno al auditorio del bienestar, una obra con recurso federal, como es la del auditorio del bienestar, legalmente no puede cambiar de giro, es imposible, lo hemos investigado a fondo mucho tiempo, yo me he ido a México justamente a ver ese tema y ver qué podemos hacer porque al final está en Benito Juárez, es imposible cambiar ese giro, tendría que seguir en ese giro, se necesita una inversión de una buena cantidad de dinero, no es la estructura, si no el problema de los aires y cerrarlas y varias esas cosas, pero tendrá que ser el mismo giro. En el tema que hablan del Gobierno del Estado, que necesita o no terrenos, no es que lo necesite el Gobierno del Estado o no, lo necesitan los niños, lo necesitan los estudiantes, yo

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no sé si en torno a lo que decía José Luis, si te has dado una vuelta por la 249, lo conoce a detalle donde está el tema, ¿Ubicas el parque? ¿Hace cuántos años pusieron la primera piedra, o cuándo se puso la primera piedra? ¿Lo ubicas bien? Porque te quiero contar. La 249 es una región que tendrá máximo cinco años, hace dos años se puso la primera piedra del parque, hemos estado ahí, yo la he recorrido muchas veces, muchas, hemos hecho en esta administración una labor gracias a todos y a un equipo de trabajo en donde hemos hecho poda de árboles, instalación de juegos infantiles, hicimos un trabajo importante, muy importante, bacheo, hicimos descacharrización, teníamos un problema de muchas demandas en torno a muchos cacharros en las afueras de las casas, hicimos una mega brigada, recogimos mucha basura, toneladas y toneladas en basureros clandestinos y arreglamos luminarias, pozos de absorción también. Cuando caminas las calles de la 249 y de muchas otras zonas, los niños que salen de las casas te decía, quiero una escuela, y recuerdo perfecto a una chiquita que se llamaba Mía y me contaba como su hermano no había podido estudiar, se había tenido que dedicar a otras cosas porque no había manera, no estoy segura de si no pasa el examen de admisión o si no tenía el dinero para ir a la preparatoria justamente. Crecemos en Cancún más menos 3.4% aproximadamente, la medida nacional 2%, lo cual quiere decir que tenemos más niños, más adolescentes, más adultos ¿y las escuelas? ¿Y los parques?, ¿se agotará algún día el patrimonio municipal? Sí, ojalá, ojalá se agotara con escuelas, con parques, con lugares en donde podamos recomponer el tejido social, en donde puedan caminar hombres y mujeres, adolescentes, niños, adultos mayores, ojalá en eso se agotara. Uno de los flagelos de la 249, no nada más de la 249, de la 260, de la 220, es la gran cantidad de extensiones de tierra en donde los terrenos baldíos nos generan delincuencia, fallecidos en la 249, si mal no recuerdo, debemos de tener dos y el principal índice es el robo y el principal, el principal, a tiendas de autoservicio, ¿qué quiero decir? Que a los niños, a los adolescentes hay que arrancárselos a la delincuencia, decían hace un momento de hacer las cosas bien José Luis, nosotros hacemos las cosas bien, no necesitamos que sea hoy, a mí me enseñaron mis papás que hay que hacer las cosas bien y a la primera desde hace mucho tiempo, lo que se refería Jorge es a lo mejor meterse en el tema de conocer el proyecto, son dineros federales y los dineros federales pueden venir a Benito Juárez, pero pueden ir a Bacalar, a Kantunilkin, a Puerto Morelos, a Othon Pompeyo Blanco, a Guanajuato, a donde alguien diga “quiero recurso porque necesito escuelas” y yo, friego y friego y estoy desde hace muchos años, no hoy, porque estoy sentada aquí, desde hace muchos años, aprendí que para tener, tienes que tocar puertas y tienes que tocar corazones, friego mucho y hoy les puedo decir con mucho cariño que tenemos nueve escuelas en los terrenos que han donado, nueve escuelas, una en el fraccionamiento Sacbé de la 249, que se hizo preescolar y primaria y en donde nos falta el bachillerato y la secundaria, ahí en Sacbé, en el fraccionamiento Sacbé; se hicieron en el fraccionamiento de Arcos Paraíso, 258, se hicieron preescolar y primaria, en el fraccionamiento Punta Ikal, que es la 260, que yo tuve la oportunidad de ir, de dar el banderazo en el inicio de curso, se hizo preescolar y primaria, en el fraccionamiento Kusamil de la 100, se hizo preescolar, primaria y secundaria, obras, todas terminadas y entregadas. Cuando estuve en la 260, porque yo más que para la foto, voy y camino y checo si los pupitres están bien y si la barda está bien, todas las escuelas de las que les hablo, bueno he estado en todas, todas esas escuelas las he recorrido, tienen barda perimetral, que antes no se hacía, que es indispensable para que los niños ni sufran flagelos en materia de seguridad y salgan o entren, tratar de que no les roben, tienen la puerta como debe de ser y por ejemplo en este nuevo modelo de escuelas que a lo mejor tampoco lo sabe, se hicieron los baños en el interior de los salones, entre uno y otro salón porque las escuelas no nada más son escuelas, son refugios cuando viene una contingencia hidrometeorológica, ahí se refugiará mucha gente en la 249 y los baños se hacían anteriormente en la parte de afuera, afuera de las escuelas y ahora si hay un flagelo, no tienes que correr al baño ante la adversidad del viento, puedes ir

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al baño, que parecen cosas pequeñitas, pero son enormes, entonces, sin duda necesitamos lugares para la reconstrucción del tejido social, cuando hablo de que Cancún es tierra de todos, no es un discurso, Cancún debe ser tierra de todos, los niños de la 249 necesitan parques, necesitan escuelas y los adolescentes hoy de la 249 necesitan secundaria y preparatoria y el municipio no tiene los recursos para invertir en la obra y si después de tocar puertas nos voltearon a ver para invertir el gobierno federal, a través de una gestión estatal, porque al final es una inversión federal, yo le digo, bienvenida la inversión. Voten como decidan, pero más allá de atesorar de manera de que no sé qué va a ser el día de mañana con el patrimonio, hoy pueden ser dos escuelas, hoy le vamos a solucionar la vida a muchas mamás que se muerden las uñas porque su hijo va en tercero de secundaria y tiene que ir a otra escuela y puede hoy, cuando termine la obra, que tienen cierta cantidad de días para terminarla, podrá cursar el próximo ciclo escolar, yo hoy le digo sin duda alguna sí a la educación y seguiremos tocando puertas y ojalá no sea nueve más las once, ojalá que termináramos esta administración con muchas más y creo que estaremos en el camino correcto. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien del dominio privado y en su caso la donación del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, a favor del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y de los Servicios Educativos de Quintana Roo, a fin de que en el mismo, se edifiquen dos escuelas, una de nivel bachillerato y otra de nivel secundaria, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los

siguientes términos: Aprobado el cambio de situación jurídica de bien de dominio público a bien del dominio privado y la donación del inmueble ubicado en el lote 04, de la manzana 137, de la supermanzana 249, de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, a favor del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Quintana Roo, y de los Servicios Educativos de Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo. -------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Décimo.- A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la ratificación de las modificaciones al Programa de Inversión Anual, ejercicio fiscal 2019, aprobadas en la Séptima Sesión Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, COPLADEMUN, de fecha veintiséis de agosto del dos mil diecinueve, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 25, 26, 115 y demás relativos y aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9º, 10, 126, 145 y demás relativos y conducentes de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; las disposiciones de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo; las disposiciones del Reglamento de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 65, 66 fracción II inciso k) y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 3 fracción I, 21, 22, 27 fracción IV, 48 fracción VIII, 50 inciso A)

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fracciones II y XXI, del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Centralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 5 fracción I párrafo segundo, 11 fracción III del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Descentralizada del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 7º, 8º y demás aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 119 fracción IX y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 27, 28, 29, 31, 44, 45, 46 y 47 y demás aplicables del Reglamento de Planeación y Desarrollo para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo,

CONSIDERANDO Que en el ámbito de la planeación democrática del desarrollo nacional, los Comités de Planeación del Desarrollo Municipal “COPLADEMUN” son los órganos rectores del proceso de planeación en los municipios, y tienen a su cargo, la coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal; la integración de la participación de los particulares, organismos, instituciones y representantes del sector social y privado al proceso de planeación; así como el ejercicio de las demás funciones y el despacho de los asuntos que en la materia de planeación les confiera las leyes y otras disposiciones normativas aplicables; Que los COPLADEMUN, están integrados por los Presidentes Municipales; los miembros de los Ayuntamientos; los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal; los Titulares de las Comisiones donde participen los sectores público, social y privado, cuyas acciones interesen al desarrollo socioeconómico del Municipio; los particulares, organismos, instituciones y representantes del sector social y privado, en términos de lo dispuesto en el artículo 24 fracción IV de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo; así como representantes del Consejo Municipal de Participación Social para la Planeación Democrática; del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, COPLADE; de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, con funciones de planeación que operen en el municipio; de los Órganos Autónomos; y los demás que considere el Presidente Municipal; Que de conformidad con el marco jurídico referenciado, el Ayuntamiento dentro del COPLADEMUN, tiene las siguientes atribuciones: aprobar, publicar y ordenar la divulgación del Plan Municipal y los programas que deriven de este último y presentarlo al Congreso del Estado para su conocimiento; proponer al COPLADEMUN, los programas prioritarios para que formen parte del Plan Municipal; ratificar las propuestas de inversión en obras y servicios públicos municipales presentadas al COPLADEMUN, por parte de los particulares, organismos, instituciones y representantes del sector social y privado, que resulten procedentes en términos del plan y programas municipales; Que en cumplimiento al Reglamento de Planeación y Desarrollo para el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, el Comité Técnico, tuvo a bien sesionar y analizar la propuesta de la Modificación del Programa de Inversión Anual 2019; Que en cumplimiento al Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, la Comisión Ordinaria de Planeación Municipal, tuvo a bien sesionar y dictaminar la propuesta de la Modificación del Programa de Inversión Anual 2019, la cual responde a las principales demandas y necesidades de la población; Que en cumplimiento a la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo, el día veintiséis de agosto del presente año, se llevó a cabo la Séptima Sesión Ordinaria del COPLADEMUN y en dicha sesión ordinaria fueron aprobadas las modificaciones al Programa de Inversión Anual 2019; Que las modificaciones aprobadas al Programa de Inversión Anual, 2019, en la Séptima Sesión Ordinaria del COPLADEMUN 2018-2021, corresponden a cuestiones de carácter técnico, en cuanto a la concordancia entre la planeación y la ejecución de obras y acciones; de carácter social en lo relativo a reconsiderar las principales demandas de la comunidad, privilegiando ante todo el bienestar colectivo, como lo es el deporte, la movilidad y el sano esparcimiento de las personas a efecto de mejorar la calidad de vida de todos los benitojuarenses; Que por las consideraciones expuestas y en cumplimiento a lo previsto en la fracción III del artículo 41 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo, es necesario someter a la aprobación de los miembros de este Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

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PRIMERO.- Se ratifican las modificaciones al Programa de Inversión Anual, Ejercicio Fiscal 2019 aprobadas en la Séptima Sesión Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, COPLADEMUN, de fecha veintiséis de agosto del dos mil diecinueve, de conformidad con lo siguiente:

RAMO 33 FISM Inversión aprobada en la Sexta Sesión Ordinaria del

COPLADEMUN periodo 2018-

2021

MODIFICACIONES Inversión

aprobada en la Séptima Sesión

Ordinaria del COPLADEMUN

2018-2021

PROGRAMA /OBRA

O ACCIÓN

BAJAS aprobada en la Séptima

Sesión Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

REDUCCIONES aprobada en la Séptima Sesión

Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

AMPLIACIONES aprobada en la Séptima Sesión

Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

ALTAS aprobada en la Séptima

Sesión Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

FONDO DE APORTACIONES PARA LA

INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

Cédula de obras de

incidencia directa $ 2,054,756.93 $ 2,054,756.93

$

-

Electrificación en la Región 237

$ -

$ 2,054,756.93 $ 2,054,756.93

Total: $ 2,054,756.93 $2,054,756.93 $ $ $2,054,756.93 $ 2,054,756.93

RAMO 33 FORTAMUN

Inversión aprobada

en la Sexta Sesión Ordinaria del COPLADEMUN periodo 2018-2021

MODIFICACIONES

Inversión aprobada en la

Séptima Sesión Ordinaria COPLADEMUN

2018-2021

PROGRAMA /OBRA O ACCIÓN

BAJAS aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria COPLADEMUN

2018-2021

REDUCCIONES aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria

COPLADEMUN 2018-2021

AMPLIACIONES aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria del

COPLADEMUN periodo 2018-2021

ALTAS aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria

COPLADEMUN 2018-2021

FONDO DE

APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL

Cédula de inversión para obras $ 49,785,229.89 $25,012,998.09

$24,772,231.80

Construcción de

Cancha de Usos Múltiples y Parque de la Región 202 $ $ 6,000,000.00 $ 6,000,000.00

Construcción de Cancha de Usos Múltiples en la Dirección de

Seguridad Pública Smza. 21 $ $ 3,080,667.76 $ 3,080,667.76

Construcción del Centro de Desarrollo

Comunitario en la Sm. 99 $ $ 2,212,475.28 $ 2,212,475.28

Construcción del Centro de Desarrollo

Comunitario en la Sm. 217 $ $ 3,342,315.34 $ 3,342,315.34

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Construcción de

Cancha de Futbol 7 y Rehabilitación de Parque en la Reg. 99 $ $ 6,000,000.00 $ 6,000,000.00

Rehabilitación de

Centro de Atención Animal $ $ 4,377,539.71 $ 4,377,539.71

Total: $ 49,785,229.89 $ $25,012,997.90 $ $25,012,997.90 $49,785,229.89

RECURSOS

FISCALES 2019

Inversión aprobada en la Sexta Sesión

Ordinaria del COPLADEMUN periodo 2018-2021

MODIFICACIONES

Inversión aprobada en la Séptima Sesión

Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

PROGRAMA /OBRA O ACCIÓN

BAJAS

aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria COPLADEMUN

2018-2021

REDUCCIONES

aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria COPLADEMUN

2018-2021

AMPLIACIONES aprobada en la

Séptima Sesión Ordinaria del COPLADEMUN periodo 2018-

2021

ALTAS

aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria COPLADEMUN 2018-2021

RECURSOS FISCALES 2019

Rehabilitación del

Registro Civil de la Smza. 22 $ $ 3,612,656.33 $ 3,612,656.33

Mejoramiento de Imagen y Movilidad

Urbana Etapa 1 $ $ 8,000,000.00 $ 8,000,000.00

Total: $ $ $ $ $11,612,656.33 $ 11,612,656.33

SEGUNDO.- Se actualiza el Programa de Inversión Anual ejercicio fiscal 2019 con las modificaciones ratificadas en el punto de acuerdo que antecede, para quedar de conformidad con el Anexo 1, y que forma parte del mismo, como si a la letra se insertare. TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en términos de Ley.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la propuesta

de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. -------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. Solicitando el uso de la voz, el Ciudadano Jorge Arturo Sanen Cervantes, Segundo Regidor,

manifestó: Gracias, con su permiso nuevamente. Aquí hay algo que me llama la atención y si me gustaría externarlo porque hay una parte en esto que se aprobó ya en el comité de COPLADEMUN, me llama mucho la atención por lo siguiente, yo fui el domingo pasado, creo que domingo fue, el día de la jornada de adopción canina y me di cuenta de las instalaciones tan regularcitas que tenemos, esa es la realidad y aquí es bien importante señalar que esta administración realmente se preocupa por el bienestar animal, yo en lo personal, por eso quise tomar la palabra, yo en lo personal jamás me había preocupado por el bienestar animal, aun cuando tengo un perrito, de repente nos peleamos a ver quién le limpia las poposes, pero al

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ver la fluencia de la gente que desde las ocho de la mañana, aun cuando se había citado a las diez y media de la mañana, desde las ocho de la mañana ya estaba afuera, esperando a querer adoptar un perrito, entonces la verdad, todo eso se contagia, de acá para allá y de allá para acá, entonces yo aplaudo la decisión de esta administración que encabeza nuestra Presidente Mara Lezama, en haber aprobado precisamente arriba de cuatro millones de pesos para arreglar las instalaciones y hacer unas instalaciones más dignas, con mayor capacidad y con mejor equipamiento para el bienestar y protección animal, quería, perdón que repita, pero la verdad sí quería mencionarlo, porque yo estaba a lo mejor en algún tiempo, fuera de los que pensaba de manera seria y activa en el bienestar animal y hoy me considero, ahora sí, amante de los animales, gracias. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: La verdad es que el centro

de bienestar animal ha subsistido de milagro, yo los conozco desde hace mucho tiempo y hemos trabajado juntos y si alguien ha ido a ver cómo operan en las oficinitas y cómo ayudan los muchos veterinarios de manera altruista con muy poco recurso, o sea, yo si a Gabriel le digo, cómo le haces y acompáñame a hacer el súper a mi casa porque qué bruto, como lo estira y lo estira, yo creo que se le hace justicia a un lugar que además tiene tanta demanda. Seguidamente la Ciudadana Alma Anahí González Hernández, Quinta Regidora, solicitó

el uso de la voz y manifestó: Pues sumarme al agradecimiento de Jorge, Presidenta, por voltear a ver esta Dirección que está muy descuidada, recuerdo cuando llamé al Director de Bienestar Animal, para decirle, oyes, qué está pasando, no veo esto y jalarle al pobre las ojeras, decía, pues ¿de dónde? Entonces te agradecemos no solo nosotros y los ciudadanos sino también más de los doscientos cincuenta mil perritos y gatos que aproximadamente se encuentran en situación de calle, creo que es un parteaguas para poder hacer un montón de programas y poder abarcar, al final de cuentas también es un tema de salud, de que todo esté en buenas condiciones, entonces agradecer este aumento de presupuesto muy considerable porque se hablaba de duplicar y creo que rebasamos completamente esa cantidad y esperamos próximas noticias. No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la ratificación de las modificaciones al Programa de Inversión Anual, ejercicio fiscal 2019, aprobadas en la Séptima Sesión Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, COPLADEMUN, de fecha veintiséis de agosto del dos mil diecinueve, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior, en los siguientes términos: Aprobada la ratificación

de las modificaciones al Programa de Inversión Anual, ejercicio fiscal 2019, en los términos del propio acuerdo. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Décimo Primero. - A continuación el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía la lectura del

acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la designación del recinto oficial para la Sesión Solemne en la que se rendirá el Primer Informe Anual sobre el estado que guarda la Administración Municipal, así como la designación de la correspondiente Comisión de Cortesía, en los términos del propio acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente

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Municipal, solicitó se diera lectura al documento, el cual es del tenor literal siguiente: ---------

----------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------- El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 126, 127, 133, 134, 145 y demás aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 64, 65, 90 Fracción XI y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 1º, 2º, 3º, 8º, 26, 33, 49, 53 fracción II y 54 y demás aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º fracción II, 3º, 4º, 5º, 6º, 12, 13, 21 y demás aplicables del Reglamento de Protocolo para las Sesiones Solemnes del Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo; y,

C O N S I D E R A N D O Que el Presidente Municipal, es el titular del Gobierno y de la Administración Pública Municipal, responsable de ejecutar y comunicar las decisiones del Ayuntamiento, así como de la adecuada observancia al cumplimiento de los programas dirigidos a atender las necesidades, demandas y prioridades del Municipio de Benito Juárez, y una de estas responsabilidades es la de rendir un informe anual al Ayuntamiento sobre el estado que guarda la administración pública municipal; Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 fracción XI de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, el Presidente Municipal deberá rendir al Ayuntamiento, en sesión pública y solemne, entre el 11 y 20 de septiembre de cada año, un informe detallado sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal; Que de conformidad al artículo 64 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, las sesiones del Ayuntamiento, deberán celebrarse en el recinto oficial destinado para tal efecto, a menos que por acuerdo de este Órgano Colegiado de Gobierno, se declare de manera temporal otro lugar como recinto oficial; Que atendiendo a la solemnidad que requiere el Informe anual sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal y el interés de este Honorable Ayuntamiento, en que todas las representaciones de la comunidad, conozcan de manera directa, clara y concisa la situación que guarda la administración pública municipal, así como los avances, logros y resultados obtenidos hasta la fecha, y toda vez que las características propias de capacidad del Recinto Oficial del Ayuntamiento, resultan insuficientes para albergar el aforo comunitario y de invitados especiales, es de someter a consideración, el declarar un recinto oficial temporal que cuente con las condiciones necesarias para la realización de dicho acto, así como la designación de un recinto alterno toda vez que las inclemencias del clima, pudieran afectar la realización o desarrollo de este evento; Que asimismo, y en atención a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento de Protocolo para las Sesiones Solemnes del Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo, se deberá nombrar de entre los miembros del Ayuntamiento, una comisión de cortesía que acompañe a las autoridades a su llegada y salida de las sesiones solemnes en las que se entregue el informe sobre el estado que guarda la administración pública municipal; Que por las consideraciones expuestas, se tiene a bien someter a la aprobación de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se declara la Plaza de la Reforma de esta Ciudad de Cancún, Quintana Roo, como recinto oficial para la celebración de la Quinta Sesión Solemne en la que la Ciudadana Presidente Municipal, Licenciado María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, rendirá el Primer Informe Anual sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal, periodo constitucional 2018-2021, mismo que tendrá verificativo el día once de septiembre de dos mil diecinueve, y como recinto alterno, el propio Recinto Oficial “20 de Abril”, del Palacio Municipal. SEGUNDO.- Serán integrantes de la Comisión de Cortesía para recibir y otorgar los actos de protocolo necesarios a los titulares de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, que asistan al Primer Informe sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal, 2018-2021, los Ciudadanos Regidores Paola Elizabeth Moreno Córdova, Pablo Gutiérrez Fernández; Miguel Ángel Zenteno Cortés; Luis Huberto Alnada Navarro; Reyna Lesley Tamayo Carballo y Jacqueline Hernández Fuentes.

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TERCERO.- Notifíquese y cúmplase.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al inicio de la lectura del documento, solicitó el uso de la voz la Ciudadana Jacqueline Hernández Fuentes, Décima Quinta Regidora, quien solicitó la dispensa de la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, sometió a consideración la

propuesta de dispensar la lectura del documento y leer únicamente los puntos de acuerdo, misma propuesta que fue aprobada por unanimidad. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Al concluir la lectura del documento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la Tribuna al Pleno para que los integrantes del

Honorable Ayuntamiento hicieran sus observaciones respecto al acuerdo anterior. No habiendo intervenciones por parte de los integrantes Honorable Ayuntamiento, se procedió a la votación del acuerdo mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la designación del recinto oficial para la Sesión Solemne en la que se rendirá el Primer Informe Anual sobre el estado que guarda la Administración Municipal, así como la designación de la correspondiente Comisión de Cortesía, en los términos del propio acuerdo, mismo que fue aprobado por unanimidad. Por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ratificó la aprobación anterior,

en los siguientes términos: Aprobada la designación del recinto oficial para la Sesión Solemne en la que se rendirá el Primer Informe Anual sobre el estado que guarda la Administración Municipal, así como la designación de la correspondiente Comisión de Cortesía, en los términos del propio acuerdo. ------------------------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Terminado el punto anterior, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día. --------------------------------------------------------------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Décimo Segundo.- A continuación, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, informó que como siguiente punto correspondía a los asuntos generales, por lo que la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, ofreció la tribuna a los integrantes del Honorable Ayuntamiento para tratar asuntos

que no hayan sido incluidos en el orden del día pero que por su importancia o urgencia requieran ser tratados en esta Sesión. Solicitando el uso de la voz el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, manifestó lo siguiente: Muchas gracias, con su

venia Presidenta, compañeros, un saludo otra vez a todos, yo quisiera nada más tocar un tema que creo que ha pasado desapercibido, al menos solo se ha comentado entre algunos compañeros, que es la aprobación que creo que fue el pasado, creo que fue el once o doce, el día doce del mes de agosto se mandó para su publicación después de haber sido aprobada una ley de emergencia policial, que fue una iniciativa del Gobierno del Estado, yo quisiera solicitar de la manera más atenta que no se publique esa ley por lo siguiente, desde mi punto de vista es violatoria del artículo 115 constitucional, ya que en su artículo 2 dice a la letra, cuando el gobernador del estado determine la existencia de hechos o acontecimientos presentes o futuros inminentes, ojo, de fuerza mayor o que por cualquier motivo alteren gravemente el orden público de uno o más municipios del estado, podrá emitir órdenes y deberán acatarlas las policías preventivas municipales, requeridas para tal efecto, respecto de operativos o estrategias de seguridad pública que dependan de un mando estatal, esta aparentemente es una ley reglamentaria de la ley de Seguridad Pública Estatal, sin embargo a mí me parece grave que se haya enviado y que se haya aprobado una ley con términos tan

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ambiguos y que en lo particular no se haya tomado en cuenta este concepto de acontecimientos hechos o acontecimientos presentes o futuros inminentes de fuerza mayor, entonces, qué habrá una Dirección General de Premoniciones o a lo mejor se pondrá un Director Pitoniso, para ver si los acontecimientos futuros inminentes pueden ser valorados como tales para que intervenga la autoridad estatal sobre de la municipal, eso me parece un atropello, además es una grosería, desde mi punto de vista a la gente que le dedicamos todo el tiempo que le dedicamos a la elaboración del acuerdo del mando único, porque le dedicamos mucho tiempo y nos aseguramos que fuera en beneficio de la ciudadanía y no que se perdiera el control de la policía municipal, necesitamos defender nuestra soberanía municipal, entonces yo pediría que no se publique y que si se publica, le solicito desde aquí, desde esta tribuna a nuestros nuevos diputados, que revisen esta ley y que se haga de una manera legal y no aparentemente leguleya como esto, es cuánto compañeros. En uso de la voz, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, manifestó: Nada más una precisión, nosotros, me imagino que la solicitud de la no publicación es al Gobierno del Estado. Haciendo nuevamente uso de la voz, el Ciudadano Luis Humberto Aldana Navarro, Octavo Regidor, manifestó: Sí, es un exhorto al gobierno del estado, que no se publique. Seguidamente la Ciudadana Alma Anahí González Hernández, Quinta Regidora, solicitó el uso de la voz y manifestó: Yo nada más aprovechar la tribuna

para felicitar y agradecer a los más de cincuenta participantes entre ellos de hoteles, así como a los sesenta estudiantes voluntarios, a los elementos de seguridad pública, al equipo de ZOFEMAT, servicios públicos, por dedicar su tiempo, amor y entrega a lo que es la anidación de las tortugas, gracias a todos ellos estamos haciendo historia ya que se está triplicando la llegada de tortugas a comparación del año pasado y todavía no termina la temporada, entonces también invito a todos los ciudadanos a las playas, porque tenemos doce kilómetros de playas tortugueras y entre esos doce kilómetros, tenemos cinco públicas, entonces si ven alguna tortuguita mamá desovando, hay biólogos en las playas para que en vez de molestarlas, tomarles fotos con el flash o agarrarlas, acudan al personal dedicado para que se les dé la atención oportuna y no se asusten y puedan volver a regresar el año que sigue con toda la tranquilidad y paz. Entonces muchas gracias y muchas felicidades a todos los que nos han apoyado. Posteriormente solicitó el uso de la voz el Ciudadano Issac Janix Alanís, Décimo Primer Regidor, quien manifestó: Gracias, pues quiero agradecerle a todos los

compañeros que participaron en la recién aprobada iniciativa de cambios hacia el Reglamento de la Dirección de Tránsito, muchas gracias a los que también votaron a favor, mucha gracias a mi compañero Heyden que no está el día de hoy aquí, pero la verdad es que ayudó muchísimo para que esto se realice, agradecerle a Comisiones Unidas que realizaron ese dictamen y que fue un resultado de mesas de trabajo no solamente con el instituto de movilidad, sino también con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con la Dirección de Tránsito Municipal y con expertos en la materia, es decir, es una iniciativa trabajada desde la “a” y afortunadamente culminada hasta la “z”, no es una iniciativa al vapor y que definitivamente va a ayudar mucho a los benitojuarenses, no quiero dejar pasar la oportunidad de agradecerle Presidenta por la voluntad política y por estar a favor del beneficio ciudadano según datos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, más del 90% de los municipios que tienen medio millón de habitantes cuentan con sus propias grúas, es decir, las Direcciones de Tránsito hacen uso de sus propias grúas y esto beneficia muchísimo a los ciudadanos de dichos municipios y por esto mismo acabo de dejarle en su oficina con copia al Secretario General, una propuesta de convenio de colaboración para la prestación del servicio auxiliar de grúas, ese es el producto de trabajo de muchos meses y de un estudio de lo que podría ser la mejor vía para ya tener ahorita un convenio con un tabulador justo, con un tabulador que realmente no afecte a los benitojuarenses y al contrario, los ayude, creo que el día de hoy que ya el marco jurídico y legal está dado porque se ha votado por mayoría, lo

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que falta es simplemente la voluntad que ha mostrado usted desde el principio, para que en quince días, el día diecinueve de septiembre, que es nuestra próxima sesión, usted pueda subir esta iniciativa, cuenta con mi voto, se lo digo de una vez, siempre y cuando respetemos un tabulador que sea digno, nosotros ya ofrecimos en este documento que le hicimos llegar un tabulador, es un tabulador que está bastante bien, claro, está muy ad hoc y tiene incluso los vistos buenos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que ha hecho un comparativo con otros municipios y pues con la dinámica propia también de este municipio, si nosotros el día diecinueve aprobamos este convenio, afortunadamente, inmediatamente podremos darle un respiro a todos los benitojuarenses que han desafortunadamente sufrido de estos abusos, sin embargo lo que realmente queremos nosotros y lo digo con la voz de representar a más de cuarenta mil personas, queremos nuestras propias grúas y esperemos que el próximo diciembre cuando trabajemos el presupuesto de egresos podamos aprobar tener nuestra propias grúas, ya sea por renta, ya sea porque las compremos, por un leasing como usted y las personas que saben de este tema pues convenga tanto al municipio como a los benitojuarenses, por eso confío mucho de que en la próxima semana en su informe, nos va a dar buenas noticias al respecto y que el próximo jueves tendremos ya este convenio, que hay mucha carga de trabajo en su oficina y por eso adelanté un poquitito, para que usted nos pueda presentar esta iniciativa que seguro va a ser de aprobación, no solamente nosotros diecisiete sino de todos los benitojuarenses, muchísimas gracias. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó:

Hay mucho trabajo, pero trabajamos veinticuatro siete, ayer terminamos tipo once de la noche hablando con los grueros, específicamente en torno a las tarifas que también estamos muy avanzados con expertos en la materia en materia de movilidad que es importante, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con quien tengo también mucha comunicación nos han dicho también que tenemos la autonomía de decidir nosotros y estamos muy avanzados en el flagelo de las grúas, todos los ciudadanos más los cuarenta mil, el millón de habitantes que tenemos aquí en Benito Juárez y sino por aquí que alcen la mano pero estamos trabajando fuertemente y podemos analizarlo junto con lo que traemos y que estamos platicando ya con la sociedad y con los grueros y con los empresarios con el objetivo de beneficiar al ciudadano que es siempre mejorar la calidad de vida de los seres humanos. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Lorena Martínez Bellos, Novena Regidora,

manifestó: Nada más Presidenta, parta ver de qué manera podemos coadyuvar porque me han manifestado varias personas el tema del dengue para ver si se puede fumigar y al ratito pues no se convierta un problema de salud porque sí se están dando muchos casos de dengue en los hospitales y ver de qué manera trabajamos con Ecología, con Salud para que se pueda fumigar sobre todo en los asentamientos irregulares donde pues no tienen las medidas de higiene y últimamente ha estado lloviendo y pues allá hay mucha basura, mucha maleza, entonces ver de qué manera podemos apoyar, es cuánto. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó:

Estamos en una campaña en materia de prevención es importante y hay que todos a través de nuestras redes permearlo y lo hacemos constantemente, en las casas no se deben quedar enseres en lo que se pueda anegar el agua, se proliferan ahí los moscos que generan no nada más dengue también chikungunya y estamos trabajando con Jurisdicción Sanitaria Número Dos, en donde estamos de la mano para el tema de la nebulización, que es el procedimiento que se debe de hacer en todas las zonas sobre todo aquellas en donde hay más flagelo de inundación y estamos trabajando fuertemente en materia de prevención, en los pozos de absorción, estamos limpiando todos los pozos, el que se limpió el día de ayer, tenía yo creo que unos ocho años que no se había limpiado, llegamos hasta veinte metros, un pozo de treinta y tres, bueno al final terminamos en los treinta y tres pero estaba tapado con incluso muchas piedras y parte de material tierra concreto y es un tema de prevención, de mucha

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prevención si se han dado cuenta en el tema de las lluvias, la verdad es que hemos trabajado a marchas forzadas para que ya no haya esas inundaciones que había antes, pero sí estamos trabajando, le hemos dado gente a jurisdicción sanitaria, estamos trabajando fuertemente en el tema de la prevención del dengue. Solicitando nuevamente el uso de la voz, la Ciudadana Lorena Martínez Bellos, Novena Regidora, solicitó el uso de la voz y manifestó: Sobre todo

que Ecología haga una campaña de descacharrización. Retomando el uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó:

Estamos en campaña permanente de descacharrización en todas las colonias diario, ayer hicimos descacharrización en todas las colonias, estamos en constante comunicación con los ciudadanos a través de “Reporta y Aporta” e incluso les hemos dicho, si esa semana no toca descacharrización en tu colonia, llámanos y vamos, o sea y eso lo hago extensivo por favor para que nos llamen cualquier persona que necesite que se recojan cacharros que nos ayuden y hemos emitido a la comunidad que por favor no nos dejen colchones, licuadoras, aires acondicionados ahí armatostes que genera proliferación del mosco cuando se anega el agua pero estamos en constante campaña de descacharrización, pozos de absorción y de información en torno a cómo prevenirlo desde antes de que empezaran las lluvias para que no nos agarraran con los dedos en la puerta. Posteriormente el Ciudadano Miguel Ángel Zenteno Cortés, Sexto Regidor, solicitó el uso de la voz y manifestó: Con su permiso, nada

más un tema rápidamente, he recibido una gran cantidad de quejas, de comentarios de ciudadanos sobre las áreas verdes de la zona hotelera, Presidente, quisiera ver si puede hacer un llamado, un respetuoso exhorto a FONATUR a través de la subsidiaria, que es Baja Mantenimiento y Operación, para que se atienda el tema de los camellones, ciclo pista, en fin, está en un estado un poco deplorable, sí están muy abandonados, lo que nunca habíamos visto y creo que sí es importante porque la gente no sabe que es parte de lo que hace FONATUR, nos lo están achacando a nosotros como falta de atención y creo que, bueno, es importante que la zona hotelera esté en perfecto estado, como el resto de la ciudad pero en este caso es importante. Haciendo uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Me lo llevo, voy mañana la Ciudad de

México, a una reunió a la Embajada Americana en materia de seguridad y después tendré una reunión con Rogelio Jiménez Pons y llevo una carpeta con las fotografías que me han hecho llevar para tenderlo por supuesto que sí para atenderlo de manera inmediata, que es nuestra vista al mundo, lo que viene la gente, los turistas a ver es el Mar Caribe, pero pasan por el boulevard Kukulcán, sin duda alguna me lo llevo de tarea, por supuesto que sí. Seguidamente solicitó el uso de la voz, el Ciudadano Pablo Gutiérrez Fernández, Cuarto Regidor, quien manifestó: A mí me gustaría felicitar a la administración encabezada por usted

Presidenta por la presentación del modelo municipal anticorrupción siendo el primer municipio en todo el país en así presentarlo, muchas felicidades a toda la administración, de verdad, lo digo con mucho cariño y con mucho respeto y por otro lado, la verdad es que sí quiero hacer un comentario con el tema de las grúas, ya parece broma, convocamos a una primera reunión, a una mesa de trabajo con los empresarios grueros y días después ya se quería presentar un tabulador y un Reglamento, hace unos momentos platicamos sobre comprar nuestras propias grúas y otra vez igual allá atrás vienen buscando los mismos y por último el convenio con el que ya hemos platicado en varias mesas de trabajo, pues resulta que también ahí van igual atrás, me parece más un tema mediático, más que buscar un beneficio para la ciudadanía, me parece un tema mediático, pero bueno, siempre y cuando sea en beneficio de la ciudad vamos a seguir trabajando y vamos a seguir aportando, es cuánto. Haciendo nuevamente uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal,

manifestó: Campaña de descacharrización hoy si mal no me equivoco, 234, para que les avisemos a todos y sí, yo hago una extensa felicitación a todo el equipo y hablo de todos en el tema de la administración municipal, ser el primer municipio que presenta este modelo en

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el país en el Programa Nacional Anticorrupción, me acaban de avisar que será modelo para otros municipios que lo están tomando, que lo están pidiendo, me da mucho, de verdad mucho gusto porque además estamos alineados a la agenda de desarrollo sostenible, la Agenda 2030 que tenemos que emigrar a ello sí o sí, con un enfoque de derechos humanos, de perspectiva de género que es muy importante y lenguaje incluyente también y contiene cinco ejes fundamentales, se los dejo nada más de tarea y de verdad sí creo que todos nos debemos sentir orgullosos porque todos de alguna u otra manera hemos participado, los que denuncian por transparencia, los que dicen, los que hacen, los que apoyan, los que arrastran el lápiz, los que dicen sí hacen posible que vamos a poder aplicar estos cinco ejes fundamentales, es impunidad, arbitrariedad, involucramiento de la sociedad que es fundamental, puntos de contacto gobierno-sociedad y mecanismos de control que también son metas y medidas así que me da de verdad mucho gusto y felicidades a todos los que son parte de este éxito que es de todos. Solicitando el uso de la voz, la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora, manifestó: El día de hoy a las siete de la mañana se dio a cabo un evento muy

importante que fue el inicio de la conmemoración de las festividades patrias, quiero agradecer a nuestra Presidenta que estuvo desde muy temprano, se llevó a cabo el abanderamiento de los guardianes infantiles del ambiente que es un grupo de niños con el cual hemos trabajado ya desde algunos meses para aquí atrás recibiendo clases de formación cívica, de ecología, de valores, trabajo en equipo y con los cuales se conformó una banda de guerra, así mismo agradecer al Profesor Edgar y todo su equipo que hicieron posible el evento también desde muy temprano, al profesor Álvaro que es el Maestro de la Banda de Guerra, a todo el equipo de la Regiduría número siete que ha participado, a los estudiantes de la Universidad Tecnológica que nos apoyan y a los padres de familia de nuestros niños que han hecho posible, gracias Presidente por tomar muy en cuenta de verdad lo que es la prevención, la formación y la participación con los niños por darles tan merecido reconocimiento al ser usted quien los haya abanderado el día de hoy, muchas gracias. En uso de la voz la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Feliz, estuvo

el Cuerpo de Bomberos también falta el equipo de Bomberos y la Orquesta que también estuvo padrísima. En uso de la voz, la Ciudadana Maricruz Carrillo Orozco, Séptima Regidora, manifestó: Perdón, se me pasaron pero sí es cierto, muchas gracias. Así mismo comentarles que el próximo quince de septiembre estos niños van a visitar la Ciudad de México como complemento de su formación cívica, los vamos a llevar al grito de independencia y a que vean el desfile en presencia, también agradecemos el apoyo que nos está brindando, muchas gracias. En uso de la voz, el Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, manifestó: Si me permiten el uso de la voz y en el

mismo contexto, informarles que el día de hoy, la empresa Heineken se une a Oxxo y a Súper Willy’s en el reconocimiento continuo que están haciendo las empresas en favor de los policías, creo que tenemos que empezar a cambiar la visión con la que vemos a la autoridad, desde luego siempre hay cosas que mejorar, pero yo sí quería hacer de conocimiento de este Honorable Cabildo que hay una inercia que se está formando ya a nivel de empresas de dar este reconocimiento a los buenos elementos, hoy fueron reconocidos nueve elementos, entre ellos una agente, una mujer, que no es la primera por su buen desempeño, así que bueno, pues también nuestro reconocimiento si me lo permiten por estas acciones que la sociedad civil emprende para el reconocimiento de nuestros servidores públicos, más hoy los policías que lo necesitan más que nunca en este férreo combate que tenemos en ese sentido y decirles también que no estamos satisfechos pero estamos 30% abajo en el tema de homicidios con respecto al año pasado, es una cantidad sustancial importante, nadie está contento, un homicidio es demasiado pero la verdad es que no queremos dejar de reconocer el esfuerzo y la cantidad impresionante de atenciones que han estado realizando nuestros cuerpos policiacos en coordinación con los tres órdenes de gobierno, así que es cuánto Presidente.

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Corresponde a la 24ª Sesión Ordinaria 2018-2021

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No habiendo más intervenciones por parte de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, solicitó al Secretario General del Ayuntamiento, Ciudadano Jorge Carlos Aguilar Osorio, continuara con el siguiente punto del Orden del Día, para lo cual informó que con el anterior punto se había agotado el Orden del Día, por lo que se procedió a la clausura de la sesión. --------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------- Décimo Tercero. - Clausura de la sesión. En uso de la voz, la Ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, Presidente Municipal, manifestó: Siendo las doce horas con

tres minutos del día jueves cinco de septiembre del dos mil diecinueve, y a fin de dar cabal cumplimiento a la Orden del Día, declaro clausurados los trabajos correspondientes a la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, 2018-2021. Levantándose la presente conforme lo establece el Artículo 42 del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y firmando para constancia los que en ella intervinieron. --------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------------------------------------------------------------------