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RESOLUCION EXENTA Nº ________/ VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1, 23, 39, 44 y 47 de la Ley Nº 19.253; el Decreto Supremo N°396 del 17 de Mayo 1994 que aprueba reglamento para la operación del fondo de Desarrollo Indígena; lo establecido en la Ley N°21.192 de fecha 19 de Diciembre de 2019 que aprueba el Presupuesto para el Sector Público año 2020, la Resolución Exenta Nº 1600/2008 de la Contraloría General de la República; el Decreto Supremo Nº854/2004 del Ministerio de Hacienda que determina las clasificaciones presupuestarias; Resolución Exenta Nº 783 de fecha 14 de Mayo de 2014, se aprobó el manual de Normas Técnicas y procedimiento del Programa “Fomento Social, Productivo y Económico para población indígena y rural /FDI”. La Resolución Exenta Nº 64 del 01 de Marzo del 1996 que delega funciones, el Decreto Supremo Nº 15 de fecha 26 de Junio del 2019 que nombre Director Nacional de CONADI, la Resolución Afecta Nº 011 de fecha 08 de Marzo del 2019 que nombra a Directora Regional de la CONADI Cañete. CONSIDERANDO: 1.- Que, la Ley Indígena Nº 19.253, en su artículo 23, establece la creación del Fondo de Desarrollo Indígena, cuyo objeto será financiar programas especiales dirigidos al desarrollo de las personas y comunidades indígenas. 2.- Que el Decreto Supremo Nº 396, del 24 de Noviembre de 1993 del MIDEPLAN, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia, aprobó el reglamento para la operación del Fondo de Desarrollo Indígena, y que establece en su artículo 1º que se podrán otorgar subsidios en beneficio a las comunidades indígenas o indígenas individuales. 3.- Que, la Ley indígena Nº 19.253, en su artículo 39 establece que la: “Corporación Nacional de Desarrollo Indígena , en adelante CONADI o la Corporación, es el organismo encargado de promover, coordinar y ejecutar, en su caso, la acción del Estado a favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020 MAT: Aprueba Bases y convoca a Concurso Público “Equipamiento Básico y Habitabilidad de Predios Adquiridos a través del Articulo 20 letra a) y b) y Transferencias de Predios Fiscales de la Ley Nº19.253, Región del Biobío y Ñuble”. Año

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RESOLUCION EXENTA Nº ________/

VISTOS:

Lo dispuesto en los artículos 1, 23, 39, 44 y 47 de la Ley Nº 19.253; el Decreto Supremo  N°396 del 17 de Mayo 1994 que aprueba reglamento para la operación del fondo de Desarrollo Indígena; lo establecido en la Ley N°21.192 de fecha 19 de Diciembre de 2019 que aprueba el Presupuesto para el Sector Público año 2020, la Resolución Exenta Nº 1600/2008 de la Contraloría General de la República; el Decreto Supremo Nº854/2004 del Ministerio de Hacienda que determina  las clasificaciones presupuestarias; Resolución Exenta Nº 783 de fecha 14 de Mayo de 2014, se aprobó el manual de Normas Técnicas y procedimiento del Programa “Fomento Social, Productivo y Económico para población indígena y rural /FDI”. La Resolución Exenta Nº 64 del 01 de Marzo del 1996 que delega funciones, el Decreto Supremo Nº 15 de fecha 26 de Junio del 2019 que nombre Director Nacional de CONADI, la Resolución Afecta Nº 011 de fecha 08 de Marzo del 2019 que nombra a Directora Regional de la CONADI Cañete.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Ley Indígena Nº 19.253, en su artículo 23, establece la creación del Fondo de Desarrollo Indígena, cuyo objeto será financiar programas especiales dirigidos al desarrollo de las personas y comunidades indígenas.

2.- Que el Decreto Supremo Nº 396, del 24 de Noviembre de 1993 del MIDEPLAN, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia, aprobó el reglamento para la operación del Fondo de Desarrollo Indígena, y que establece en su artículo 1º que se podrán otorgar subsidios en beneficio a las comunidades indígenas o indígenas individuales.

3.- Que, la Ley indígena Nº 19.253, en su artículo 39 establece que la: “Corporación Nacional de Desarrollo Indígena , en adelante CONADI o la Corporación, es el organismo encargado de promover, coordinar y ejecutar, en su caso, la acción del Estado a favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social, cultural y debiendo impulsar su participación en la vida nacional; y en su letra f) establece “Promover la adecuada explotación de la explotación de las tierras, velar por el equilibrio ecológico, por el desarrollo económico y social de sus integrantes, entre otros canales a través del Fondo de Desarrollo Indígena (FDI).

4.- Que, a través de la Resolución Exenta Nº 783 de fecha 14 de Mayo de 2014 de la Dirección nacional de CONADI, se aprobó el manual de Normas Técnicas y procedimiento del Programa “Fomento Social, Productivo y Económico para población indígena y rural /FDI”.

5.- Que, el Jefe del Departamento de Desarrollo de CONADI Dirección Nacional, con fecha 04 febrero 2020, ha aprobado mediante firma electrónica la ficha de productos correspondiente al proyecto “Equipamiento Básico y Habitabilidad de Predios Adquiridos a través del Articulo 20 letra a) y b) y Transferencias de Predios Fiscales de la Ley Nº19.253, Región del Biobío y Ñuble”, año 2020.; FP 1036833.

6.- Que, la Resolución Exenta Nº 1705 de fecha 28 de Noviembre de 2019 de la Dirección Nacional de CONADI, aprueba Bases Administrativas Generales de Operación Temprana año 2020 para el Concurso del Fondo de Desarrollo Indígena, en el Componente de Predios Adquiridos a través del

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

MAT: Aprueba Bases y convoca a Concurso Público “Equipamiento Básico y Habitabilidad de Predios Adquiridos a través del Articulo 20 letra a) y b) y Transferencias de Predios Fiscales de la Ley Nº19.253, Región del Biobío y Ñuble”. Año 2020.

Cañete,

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articulo 20 letras a) y b) de la Ley 19.253 y Transferencia de predios fiscales señalados en la Ley 19.253.

7.- Que, el Memorándum N°937 de fecha 05 de Diciembre de 2019 del Jefe del Fondo de Desarrollo Indígena de CONADI, se instruye la ejecución del proceso Operación Temprana concurso público Equipamiento Básico y Habitabilidad de Predios Adquiridos” conforme a lo resuelto en la Resolución Exenta N°1705 de fecha 28 de Noviembre de 2019 y la dictación de las Bases Técnicas de dicho concurso.

RESUELVO:

1.- APRUÉBASE, las Bases Administrativas y Técnicas del Concurso Público “Equipamiento Básico y Habitabilidad de Predios Adquiridos a través del Articulo 20 letra a) y b) y Transferencias de predios fiscales de la Ley Nº19.253, Región del Biobío y Ñuble”, Año 2020, por un monto total que estará sujeto a disponibilidad presupuestaria, de acuerdo a la Ley de presupuestos para el sector público correspondiente al año 2020, y la distribución de presupuesto a las respectivas Unidades Operativas, las cuales son del siguiente tenor:

BASES CONCURSO OPERACIÓN TEMPRANA DEL CONCURSO PÚBLICO “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A

TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE” , AÑO 2020.

I.- CONVOCATORIA.

La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), a través del Fondo de Desarrollo Indígena, convoca a presentar antecedentes a las personas naturales y comunidades indígenas, para postular al Concurso Público “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”, AÑO 2020, del Programa Fomento Social, Productivo y Económico para Población Indígena Urbana y Rural / FDI, relativo al componente de Apoyo a Predios Adquiridos y/o Transferidos FDI, el cual será regulado por las presentes bases.

II.- ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO:

El presente concurso contempla en su conjunto las bases administrativas de carácter nacional y las bases técnicas que regularan el mismo en la Unidad de Desarrollo de CONADI Cañete, que dicen relación con aspectos técnicos relacionados con la postulación, ejecución del subsidio y supervisión de los proyectos adjudicados, vía el concurso señalado del Fondo de Desarrollo Indígena de CONADI.

1. OBJETIVOS

1.1 Objetivo General:

Financiar proyectos de equipamiento básico y habitabilidad de predios, por beneficiarios/as del Subsidio de Tierras a través del Artículo 20 letra a) y b), y beneficiarios de Transferencia de predios Fiscales establecidos en la Ley Nº 19.253, con el fin de mejorar la productividad de los predios adquiridos por CONADI, a través de la adquisición de equipamiento y/o tecnología adecuada.

1.2. Objetivos Específicos:

1.2.1 Apoyar el apotreramiento, cierre de deslindes y el equipamiento productivo básico de predios adquiridos por personas, comunidades y parte de comunidades indígenas.

1.2.2 Apoyar la habitabilidad y asentamiento definitivo de las familias beneficiadas, con el fin de promover la ocupación definitiva de los predios adquiridos o transferidos.

1.2.3 Mejorar las prácticas productivas silvoagropecuarias, asociadas a la subsistencia y autoconsumo que tiendan a establecer la seguridad alimentaria de las familias indígenas.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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1.2.4 Propiciar la co-gestión y apoyo de programas de otros servicios públicos orientados a la generación e incremento de los ingresos para las personas y familias indígenas.

1.2.5 Financiar proyectos de orden productivo y de habitabilidad de predios de las personas y comunidades indígenas que hayan sido beneficiadas mediante el Fondo de Tierras y Aguas de esta Corporación, amparados bajo el Artículo 20 letras a) y b) de la Ley Indígena Nº 19.253.

1.2.6 Mejorar las alternativas productivas de los terrenos adquiridos y transferidos por la CONADI para personas, comunidades y parte de comunidades indígenas, mediante la adquisición de tecnología adecuada, insumos, maquinaria, equipos y otros relacionados que permitan un desarrollo productivo sustentable de los/as beneficiarios/as, su inserción o reinserción en los ámbitos silvícola, agrícola y pecuario, agro turístico y otros afines.

III. DE LOS REQUISITOS PARA PARTICIPAR DEL CONCURSO: POSTULANTES.

1.-PODRÁN POSTULAR:

Todos los interesados en participar del presente concurso deben ser titulares de dominio, beneficiarios del Fondo de Tierras y Aguas indígenas señalados en el artículo 20 letras a) y b), y/o beneficiarios de transferencias de predios fiscales establecidos en la Ley Nº 19.253, de acuerdo a los siguientes perfiles de postulantes:

a) Personas Naturales Indígenas: Se entenderá por “persona natural indígena”, la persona natural que cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 2° de la Ley N° 19.253 y en el Decreto Supremo N° 392, del año 1993 de MIDEPLAN, hoy Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

NOTA : Podrán postular herederos de títulos adquiridos a través del Fondo de tierras de CONADI, siempre y cuando hayan tramitado e inscrito la posesión efectiva. Si los beneficiarios de una posesión efectiva fueran varios, el postulante deberá adjuntar una declaración jurada ante notario con la conformidad de los demás herederos, donde se especifique la conformidad con el proyecto.

b) Comunidad Indígena: Se entenderá por “Comunidad Indígena” aquella organización constituida como tal en conformidad a los artículos 9° y siguientes de la Ley N° 19.253, que tengan su directiva vigente al momento de la postulación. La vigencia se verificará en el Registro Nacional de comunidades y asociaciones indígenas de CONADI.

c) Parte de Comunidad Indígena: Se entenderá por “Parte de Comunidad” a dos o más socios de una misma comunidad indígena vigente al momento de la postulación constituida de acuerdo a los artículos 9º y siguientes de la Ley Nº 19.253. La calidad de socios vigentes se verificará en el Registro Nacional de comunidades y asociaciones indígenas de CONADI.

2.- BENEFICIARIOS DEL FONDO DE TIERRAS Y AGUAS INDIGENAS O DE TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES:

REQUISITOS DE LOS POSTULANTES:

2.1.- Persona Natural Indígena

Los(as) interesados(as) en postular al presente concurso, deberán cumplir los siguientes requisitos:

2.1.1.- Indicar en el formulario de postulación la información referida a la inscripción de propiedad de la tierra, Nº de foja, Nº de inscripción, año y señalar a que Conservador de Bienes Raíces corresponde, adjuntar fotocopia de Dominio Vigente o de Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía articulo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253.

2.1.2.- No tener incumplimientos con la CONADI, entiéndase que existe incumplimiento cuando el postulante, haya ejecutado proyectos fuera de plazo o cuando no haya presentado las rendiciones de los recursos entregados dentro del plazo establecido en los convenios de ejecución y cuando no hayan realizado una correcta inversión de los recursos.

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2.1.3.- Las personas naturales, que postulen al presente subsidio, sólo podrán presentar una postulación, en el caso que se presente más de una postulación en la etapa de admisibilidad, se dejará inadmisible aquella que haya sido ingresada en segundo lugar, según orden de ingreso en la Oficina de Partes de la Dirección Regional CONADI Cañete.

2.2.- Comunidades Indígenas

Las Comunidades Indígenas interesadas en postular al presente concurso, deberán cumplir los siguientes requisitos:

2.2.1.- Indicar en el formulario de postulación la información referida a la inscripción de propiedad de la tierra, Nº de foja, Nº de inscripción, año y señalar a que Conservador de Bienes Raíces corresponde, adjuntar fotocopia de Dominio Vigente o de Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía articulo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253.

2.2.2.- No tener incumplimientos con la CONADI, entiéndase que existe incumplimiento cuando la Comunidad Indígena postulante, haya ejecutado proyectos fuera de plazo o cuando no haya presentado las rendiciones de los recursos entregados dentro del plazo establecido en los convenios de ejecución y cuando no hayan realizado una correcta inversión de los recursos, situación que será verificada internamente en los registros de la Dirección Regional CONADI Cañete.

2.2.3.- Las Comunidades Indígenas, deberán tener personalidad jurídica vigente a la fecha del cierre de la etapa de la postulación al presente concurso.

2.2.4.- Las Comunidades Indígenas que postulen al presente subsidio, sólo podrán presentar una postulación, en el caso que se presente más de una postulación en la etapa de admisibilidad, se dejará inadmisible aquella que haya sido ingresada en segundo lugar, según orden de ingreso en la Oficina de Partes de la Dirección Regional CONADI Cañete.

2.3.- Parte de Comunidad Indígena

Las Parte de Comunidad Indígena interesadas en postular al presente concurso, deberán cumplir los siguientes requisitos:

2.3.1.- Indicar en formulario de postulación la información referida a la inscripción de propiedad de la tierra, Nº de foja, Nº de inscripción, año y señalar a que Conservador de Bienes Raíces corresponde, adjuntar fotocopia de Dominio Vigente o de Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, donde se acredite ser beneficiario del fondo de Tierras de CONADI, vía articulo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253.

2.3.2.- No tener incumplimientos con la CONADI, entiéndase que existe incumplimiento cuando la Parte de Comunidad Indígena o algún socio de la parte de Comunidad Indígena postulante, haya ejecutado proyectos fuera de plazo o cuando no haya presentado las rendiciones de los recursos entregados dentro del plazo establecido en los convenios de ejecución y cuando no hayan realizado una correcta inversión de los recursos, situación que será verificada internamente en los registros de la Dirección Regional CONADI Cañete.

2.3.3.- La Parte de Comunidad Indígena, deberán tener personalidad jurídica vigente a la fecha del cierre de la etapa de la postulación al presente concurso.

2.3.4.- En caso que los adjudicatarios de predios en que la compra se realizó como Parte de Comunidad Indígena adjudicadas a través del Fondo de Tierras, las etapas de postulación, adjudicación, firma de convenio, entrega de recursos y cierre de proyecto podrá ser realizada siguiendo el mismo proceso que en el caso de las comunidades indígenas. Sin embargo la parte de comunidad indígena postulante, podrán mandatar a un socio de la comunidad como representante de la parte de comunidad, indicando su nombre completo y cedula de identidad, precisando que mantendrá esta representación durante todo el proceso. El mandato debe consignarse en un acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena de origen.

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2.3.5.- Las parte de Comunidad Indígena que postulen al presente subsidio, sólo podrán presentar una postulación, en el caso que se presente más de una postulación en la etapa de admisibilidad, se dejará inadmisible aquella que haya sido ingresada en segundo lugar, según orden de ingreso en la Oficina de Partes de la Dirección Regional CONADI Cañete.

3.- ANTECEDENTES LEGALES PARA POSTULAR Y FIRMAR CONVENIO.

Los (as) interesados (as) en postular al presente concurso, deberán presentar los siguientes antecedentes y/o cumplir los siguientes requisitos:

3.1.- Las Personas Naturales, que postulen al presente concurso, deberán acompañar, la siguiente documentación y/o cumplir los siguientes requisitos:Adjuntar fotocopia de documento de Dominio Vigente o Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas.Adjuntar fotocopia simple de Cédula de Identidad vigente del o la postulante, por ambos lados.Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.Monto solicitado a CONADI no sobrepasa el máximo establecido $2.400.000 (Dos millones cuatrocientos mil pesos) según lo establecen las bases. Mientras que el aporte del o la postulante, no debe ser inferior al 10% del monto solicitado. Se entenderá como aporte propio, dinero en efectivo, materiales valorizados, mano de obra. No se aceptará como aporte propio, las preexistencias.Completar y firma de Declaración Jurada Simple (En Anexo I, Postulación Individual) del Formulario de Postulación 2020.No haber sido beneficiado del concurso público Equipamiento Básico, en años anteriores.

No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca).

Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.

Para el caso postulaciones individuales del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la comunidad (PJ), y no existe la respectiva subdivisión de hecho, debe adjuntar Certificado de autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI.

3.2.- Las Comunidades Indígenas, deberán acompañar la siguiente documentación y/o cumplir los siguientes requisitos:

Adjuntar fotocopia de documento de Dominio Vigente o Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas.

Adjuntar Fotocopia del RUT de la Comunidad Indígena.

Adjuntar Fotocopia simple de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal de la Comunidad Indígena, por ambos lados.

Fotocopia del acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena que postula, la que debe dar cuenta del hecho que sus socios conocen el proyecto y aprueban su presentación, en

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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conformidad a los quórum requeridos por sus estatutos, firmados por el (50% + 1) de los socios/as de la comunidad, además se debe identificar al representante de dicha postulación.

Adjuntar Certificado de Personalidad Jurídica, con su directiva vigente al momento de la postulación.

Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.

Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.Adjuntar la fotocopia por ambos lados de la Cédula de Identidad de cada uno de los postulantes, los cuales deben estar vigentes al momento de la postulación.Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.No exceder el monto estipulado por CONADI (Ver Tabla Nº 1 Bases Técnicas), mientras que el aporte del grupo comunitario postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado. Se entenderá como aporte propio, dinero en efectivo, materiales valorizados, mano de obra. No se aceptará como aporte propio, las preexistencias.Completar y firma Declaración Jurada Simple, firmada por el Representante Legal (En Anexo II, Postulación Comunitaria) del Formulario de Postulación 2020).No haber sido beneficiado del concurso público Equipamiento Básico, en años anteriores (en caso de que una o más personas indígenas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca) (en caso de que una o más personas indígenas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

No haber sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.Para el caso de postulaciones comunitarias del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

3.3.- Las Parte de Comunidad Indígena, deberán acompañar la siguiente documentación y/o cumplir los siguientes requisitos:

Adjuntar fotocopia de documento de Dominio Vigente o Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas.

Adjuntar Fotocopia del RUT de la Comunidad Indígena.

Adjuntar Fotocopia simple de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal de la Comunidad Indígena, por ambos lados o del representante del proyecto elegido en asamblea extraordinaria.

Fotocopia del acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena de origen de la parte de comunidad postulante, la que debe dar cuenta del hecho que sus socios conocen el proyecto y aprueban su presentación, en conformidad a los quórum requeridos por sus estatutos, firmados por el (50% + 1) de los socios/as de la comunidad, y en su caso de, la designación de un representante de la parte de comunidad, indicando su nombre completo y numero de cedula de

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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identidad. Precisando que se mantendrá la representación durante todo el proceso.

Adjuntar Certificado de Personalidad Jurídica, con su directiva vigente al momento de la postulación.

Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.

Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.Adjuntar la fotocopia por ambos lados de la Cédula de Identidad de cada uno de los postulantes, los cuales deben estar vigentes al momento de la postulación.Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.No exceder el monto estipulado por CONADI (Ver Tabla Nº 1 Bases técnicas), mientras que el aporte del grupo comunitario postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado. Se entenderá como aporte propio, dinero en efectivo, materiales valorizados, mano de obra. No se aceptará como aporte propio, las preexistencias.Completar y firma Declaración Jurada Simple, firmada por el Representante Legal (En Anexo II, Postulación Comunitaria) del Formulario de Postulación 2020).No haber sido beneficiado del concurso público Equipamiento Básico, en años anteriores (en caso de que una o más personas indígenas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca) (en caso de que una o más personas indígenas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

No haber sido beneficiada en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”

Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.Para el caso de postulaciones comunitarias del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

4.- DEL FINANCIAMIENTO.

El financiamiento estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo a la Ley de presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2020 y la distribución de presupuestos de la Dirección Regional CONADI Cañete.

5.- DE LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA TÉCNICA.

a) La entrega del formulario incompleta o fuera de plazo de los antecedentes requeridos, implicará que el proyecto postulado quede automáticamente excluido del concurso: Del mismo modo, no se aceptará adjuntar a los proyectos, documentos faltantes una vez éste haya sido ingresado por la Oficina de Partes de Dirección Regional CONADI Cañete.

b) Las personas naturales, comunidades o parte de comunidades indígenas, que postulen al presente subsidio, solo podrán presentar una postulación y bajo algunas de las modalidades permitidas en estas bases. Si la comunidad es dueña de más de un predio, podrá presentar postulaciones separadas, la cual deberá individualizar y consignar en respectiva acta en acuerdo de asamblea e instrumentos de postulación.

c) Las personas adjudicatarias de predio adquirido que postulen al presente concurso, no deben tener dificultades de posesión del mismo, por litigio judicial o de colindancia vecinal.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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d) Se debe indicar claramente la individualización de él/la o los/as postulantes, según sea la modalidad que se utilice.

e) Se debe indicar el resumen de los costos del proyecto.

f) Esta deberá contener las especificaciones del trabajo o propuesta técnica, en conformidad con los requisitos establecidos en las bases técnicas y el respectivo formulario de presentación de proyectos.

g) El formulario de postulación y los anexos del proyecto, constituyen en su conjunto el instrumento del presente concurso, por lo tanto, deberá tener toda la información requerida, sin dejar espacios en blanco en ninguno de los campos solicitados, debiendo ser firmado por el postulante, representante legal o representante del grupo.

6.- DE LA PRESENTACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA.

De la propuesta económica: Deberá indicar claramente el detalle de la inversión, los financiamientos individualizados que se obtendrán por terceros, aporte beneficiario/a y el aporte que se solicita a CONADI. Además los (as) postulantes deberán presentar una (1) cotización actualizada de los materiales, equipos y/o herramientas presentados en el proyecto, adecuándose al financiamiento del beneficio.

Se deberá adjuntar una (1) cotización, en donde se debe incluir los precios totales de cada producto o bien que se desea adquirir, incluir todos los impuestos.

La forma en que deberán expresarse los precios propuestos, será en moneda nacional, en cantidades y cifras enteras. La propuesta de financiamiento no puede exceder el monto máximo por proyecto a adjudicar señalado en las bases técnicas, se deberá indicar también el detalle del financiamiento que se solicita a CONADI, según el formulario destinado para este caso, establecido en las bases técnicas.

7.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS POSTULACIONES.

7.1.- Contenido de la postulación: Instrucciones para presentar las postulaciones:

a.- Recepción: El lugar de presentación y recepción de las postulaciones será exclusivamente en la Oficina de Partes de la Dirección Regional CONADI Cañete (Calle Uribe Nº337) y en la Oficina de Enlace de CONADI en Villa Ralco de la Comuna de Alto Biobío. La presentación y entrega de las postulaciones debe realizarse dentro del plazo de la postulación al concurso, por lo que se deberá dejar por la Oficina de Partes de la fecha y hora de entrega de antecedentes.

b.- Formulario de postulación: Las postulaciones se deberán presentar obligatoriamente en el Formulario de Postulación año 2020, el cual es destinado especialmente para esta convocatoria. Constituirá causal de eliminación inmediata la presentación de proyectos en formularios que no correspondan.

7.2.- Formalidades de la postulación: Las postulaciones deberán ser entregadas de la siguiente forma:

a).- En un sobre cerrado, con la documentación y antecedentes exigidos, titulado: “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”, AÑO 2020; e indicar en dicho sobre el nombre de la persona que postula (persona natural indígena, comunidad indígena, parte de comunidad indígena), el teléfono o correo electrónico de contacto del postulante o del representante de la comunidad indígena o parte de comunidad indígena.

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b).- El llenado del formulario de postulación podrá presentarse en forma manuscrita o computador. Si se hace en forma manuscrita, se debe procurar llenar con un lápiz de tinta indeleble. Será motivo de inadmisibilidad presentar el proyecto con lápiz grafito.

La presentación de antecedentes a este concurso, da cuenta para los efectos legales y administrativos que el postulante, conoce y acepta el contenido de las bases del concurso.

8.- DEL MONTO DEL SUBSIDIO Y CALENDARIO DE POSTULACIÓN

El concurso, será adjudicado de manera individual o comunitaria, y cada familia podrá acceder a un subsidio de hasta $ 2.400.000.- (Dos millones cuatrocientos mil pesos).-

Las iniciativas que se postulen en forma comunitaria (comunidades o parte de comunidades) se aplicará el mismo monto anterior ($2.400.000), es decir, se definirá multiplicando el monto antes señalado por el número de beneficiarios (familia) postulante de la comunidad o parte de comunidad que postula. Con todo el monto máximo al que podrá postular una comunidad o parte de comunidad no podrá superar los $24.000.000 (Veinticuatro millones de pesos), aun cuando el número de postulantes supere las 10 familias. (Ver Tabla Nº 1 Bases técnicas)

PROCESO DE

POSTULACION

ANTECEDENTES ESPECIFICOS

Retiro de Bases y Lugares

Los/as concursantes podrán retirar las bases del concurso y formularios desde el día 12 de febrero 2020, en las oficinas de la CONADI indicadas en el recuadro o podrán ser descargadas desde la página web:

http://www.conadi.gob.cl/gobiernotransparente/Concursos_o_Licitaciones.html

CIUDAD INSTITUCIÓN DIRECCIÓN HORARIOCañete

Dirección Regional

CONADI-Oficina O.I.R.S-U. Desarrollo

Uribe N°337 En horario de Oficina de la Corporación: De Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30

horas.

CIUDAD INSTITUCIÓN DIRECCIÓN HORARIOAlto Biobío

Oficina Enlace

CONADI (Oficina Enlace Ralco)

Villa Ralco s/n En horario de Oficina de la Corporación: De Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30

horas.

Plazos y Modalidades

para Consultas y Respuestas

Las consultas por escrito deben ser dirigidas a la Directora Regional de CONADI Cañete, hasta cinco días hábiles antes del cierre de presentación de proyectos.

Las consultas vía telefónica, personal o vía correo electrónico, deben realizarse a:PROFESIONAL TELÉFONO CORREO

ELECTRÓNICODIRECCIÓN HORARIO

DE ATENCIÓN

Germán Candia Huenchullán

45-2689465 [email protected] Uribe Nº337 Cañete.

Lunes a Viernes de 8:30-13:30

hrs.

Recepción de Postulaciones

Los/as postulantes deberán entregar los proyectos hasta el día 13 de marzo 2020, hasta las 13:30 hrs.

* Oficina de Partes, Dirección Regional de CONADI, calle Uribe Nº 337, Cañete.

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* Oficina Enlace Ralco, pasaje Butalelbun s/n, Villa Ralco.

Las postulaciones pueden ser enviadas vía correo (Chilexpress, Correo de Chile u otro) con fecha de recepción en el correo el día 13 de marzo 2020, hasta las 13:30 hrs. En caso de no respetar la fecha y hora la postulación, se considerará para todos los efectos legales, extemporánea.

Entrega de Resultados

Los resultados del concurso se encontrarán disponibles a través de la página Web http://www.conadi.gob.cl/index.php/resultados, en la Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la CONADI, Región del Biobío y en Oficina Enlace Ralco en la comuna de Alto Biobío.

Fecha Postulación al

Concurso

Fecha de Apertura, retiro de bases y formulario: 12 de febrero de 2020.

Fecha de Cierre: 13 de marzo 2020, hasta las 13:30 hrs.

9.- TIPOS DE PROYECTOS A FINANCIAR:

Este concurso busca financiar proyectos que apunten a la adquisición de activos fijos y móviles, implementos agrícolas motorizados y no motorizados e implementación de pequeñas obras conducentes a potenciar la productividad en las actividades silvícola, agrícola y pecuaria, asociadas a la producción limpia, agro ecológica o de contra estación. Estos proyectos se pueden definir como de:

a) Adquisición: Proyectos que contemplen la adquisición de insumos destinados a la implementación de sistemas fijos o móviles de apotreramiento y cierre perimetrales de sectores productivos agrícolas y/o pecuarios, maquinaria para la preparación de superficies productivas y equipos complementarios.

b) Agregación de valor: Proyectos que apunten a establecer la relación entre la integración económica y la agregación de valor con base en la estructuración de las cadenas productivas desde la base de los productores, de tal forma que esto permita una diferenciación del producto para la agregación de valor comercial.

c) Soluciones Tecnológicas: Iniciativas que propicien la adquisición e incorporación de tecnología adecuada en el proceso productivo agropecuario predial.

d) Innovación: Planes de inversión que apunten a utilizar las oportunidades que ofrece el entorno, dando como resultado, productos con características propias de su origen.

10.- INVERSIONES Y GASTOS QUE SE FINANCIAN:

a) Implementación o mejoramiento en infraestructura productiva: Construcción de bodegas, cobertizos, chancheras, gallineros, mangas, corrales, cercos perimetrales e interiores, plantación de árboles frutales o multipropósito, invernaderos, empalmes eléctricos, energía fotovoltaica, energía eólica, etc.

b) Compra de equipamiento y/o maquinaria productiva: rastras, motocultivador, ahoyador, fumigadora, enfardadora, desbrozadora, maquinaria tracción animal, herramientas varias, centrifugas, etc.

NOTA: Este concurso no financiará actividades que sean consideradas:

Peligrosas: Todas aquellas que poseen un alto riesgo potencial, ya que las materias primas, los productos intermedios, finales o su acopio pueden llegar a causar daños catastróficos para la salud de las personas y el entorno.

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Contaminantes: Que por el destino que tienen, por las operaciones o procesos y por el acopio de productos, dan lugar a consecuencias como vertimientos, desprendimientos, emanaciones o ruidos.

Molestas: Que en su proceso de producción o almacenamiento pueden ocasionalmente causar daño a la salud o propiedad, normalmente circunscritos al predio, o bien puedan atraer insectos, roedores, o producir olores, vibraciones y ruidos molestos, polvos, humo o gases.

Este concurso no financiará el pago de fletes, construcción de sedes sociales, viviendas ni cabañas, compra de vehículos, obras de riego, insumos agrícolas (semillas, agroquímicos, fertilizantes entre otros), adquisición de animales, equipos electrónicos, mejoramiento de infraestructura vial, mejoramiento de escuelas, postas u otras similares que no estén contenidas en las presentes bases. No financiará la adquisición de equipos o maquinarias usadas.

11- DE LOS REQUISITOS DE ADMISIBLIDIDAD

Para que un proyecto sea considerado admisible por el comité de admisibilidad, se verificará que cada una de las postulaciones cumpla con los siguientes requisitos:

a) Que sea adjudicatario del Fondo de Tierras de CONADI, mediante Art. 20 letras a) y b), y/o transferencias de predios fiscales efectuadas de conformidad a la Ley Nº 19.253.

b) Que el postulante haya presentado su postulación en formulario propuesto, en el plazo y hora definido en las bases técnicas, y que cumpla con los requisitos señalados en el punto 1, 2 y 3 del capítulo tercero de las bases administrativas.

Los requisitos previamente mencionados, tendrán el carácter de copulativos, por lo que el incumplimiento de cualquiera de ellos hará que el proyecto sea considerado inadmisible.

Si durante el proceso de postulación, evaluación, selección, adjudicación y/o ejecución del presente subsidio, se detectará que el postulante en cualquiera de sus modalidades, ha proporcionado información falsa, ya sea en los formularios de postulación o en otro documento y que se mencionan en estas bases, quedará automáticamente excluido del concurso, sin derecho a reclamo ulterior mediante la correspondiente Resolución de la Directora Regional de CONADI.

12.- DEL COMITÉ DE ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

En la Dirección Regional de CONADI Cañete, para estos efectos se constituirá un Comité de Admisibilidad, Evaluación y Selección, en adelante “El Comité”, el cual será designado por la Directora Regional de CONADI en las Bases Técnicas, con un mínimo de cinco integrantes. De la misma forma, se procederá a designar a un ministro de fé, entre los/las funcionarios/as de la Dirección Regional Biobío, con responsabilidad administrativa.

El Comité podrá constituirse, sesionar y adoptar acuerdos con la mayoría absoluta de sus integrantes; en caso de no tener el quórum necesario se programará una segunda sesión, que no supere los tres días hábiles siguientes, y así sucesivamente hasta que se cumpla con el quórum estipulado.

El Comité, en la primera sesión deberá verificar y certificar el número de postulaciones presentadas y verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad señalados en las presentes bases. De todo lo obrado se deberá levantar Acta, mediante la cual se declarará las postulaciones que sean admisibles e inadmisibles, explicando o señalando la causa de la inadmisibilidad.

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Posteriormente, con los antecedentes antes señalados, se procederá a asignar puntaje a cada uno de los proyectos declarados admisibles, dando cumplimiento estricto a los criterios y pauta de evaluación que se establezcan en las Bases Técnicas del Concurso. Definida la pauta de evaluación en las bases técnicas se deberá establecer un puntaje mínimo de adjudicación y los criterios de desempate ante igualdad de puntaje entre las postulaciones y otra.

El Comité, deberá levantar acta de todo lo obrado, que contendrá el listado de postulantes en estricto orden de prelación y de acuerdo al puntaje asignado, la que será firmada por todos sus miembros y autorizada por el Ministro de Fé, enviada a la Directora Regional de CONADI Región del Biobío, para la adjudicación, según el presupuesto disponible.

El Acta del Comité de selección, que se presentará a la Directora Regional de CONADI Región del Biobío, deberá contener, además de lo ya indicado, lo siguiente:

a) El listado de personas y comunidades ordenadas, en estricto orden de prelación, por puntaje identificadas con su Rut, comuna y nombre del proyecto a ejecutar.b) El monto de cada uno de los subsidios que se propone adjudicar; yc) Una lista de espera, establecida en orden de prelación, de las personas y comunidades que serán seleccionadas, si ocurriese que alguno de los beneficiarios adjudicados renunciases al subsidio o que por cualquier causa el subsidio quedara sin efecto. Igualmente, se contemplará este mecanismo de selección en el caso de que hubiere reasignación del monto total de recursos a asignar en el concurso.

El Comité podrá proponer fundamentalmente a la autoridad resolutiva que declare desierto todo o parte del concurso. Con todo, la Directora Regional de CONADI Regional del Biobío, tendrá la facultad de declarar desierto el concurso por razones de oportunidad, eficiencia o de legalidad.

Los resultados del concurso serán publicados en la página web institucional y en las oficinas de información de la CONADI.Ante la eventualidad que quedasen recursos disponibles o se reasignaran nuevos recursos y proyectos aprobados sin financiamiento; entiéndase esto como proyectos en lista de espera; se podrán financiar reasignando recursos según estricto orden de prelación, según el acta del comité de admisibilidad y evaluación de los proyectos.

Adicionalmente se reasignarán aquellos recursos disponibles, en orden de prelación en los siguientes casos:-Por renuncia al Subsidio de alguno de los Beneficiarios seleccionados.-Por anulación del proceso por la falsificación probada de datos en la postulación al Subsidio.-Y por cualquier otro motivo que dé lugar a que se produzcan excedentes y estos se asignen por prelación de seleccionado en la lista de espera.

El pago del beneficio y la ejecución deberán estar regulados en las Bases Técnicas y en el respectivo convenio de ejecución.

13.- ADJUDICACIÓN, FIRMA DEL CONVENIO Y MODALIDAD DE EJECUCIÓN.

La adjudicación del concurso se realizará mediante Resolución Exenta, y los resultados serán publicados en la Página Web Institucional y en las Oficinas de Información de CONADI Región del Biobío.

En el caso de la adjudicación a comunidades indígenas o parte de comunidades indígenas, al momento de la firma del convenio se deberá comprobar si éstas se encuentran inscritas en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos de CONADI, regido por la Ley N° 19.862, su reglamento, el D.S. N° 375 de 2003 del Ministerio de Hacienda, y por la Resolución Exenta N° 240 del Director Nacional de la CONADI de fecha 25 de marzo de 2004.

El Convenio será firmado en dos (02) originales, uno de los cuales quedará en poder del adjudicatario/a y el otro en poder de CONADI. El Contrato regirá a partir de la fecha en que hubiere sido aprobado mediante la correspondiente Resolución Exenta de la Directora Regional de la CONADI Región del Biobío. El beneficiario/a tendrá que presentar la documentación que sea requerida para dar inicio a la ejecución del proyecto, dentro de 10 días hábiles de firmado el convenio. En caso contrario, el convenio se resolverá de pleno derecho por constituir una causal de

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incumplimiento grave, siendo responsable el ejecutor de todos los daños y perjuicios que deriven de este incumplimiento.

El proyecto se ejecutará en el plazo previsto en el mismo proyecto presentado, el que no podrá exceder de 7 meses, contados desde la fecha de la total tramitación de la Resolución que apruebe el respectivo convenio.

El/La beneficiario(a) podrá solicitar prórroga o ampliar el plazo del convenio mediante carta dirigida a la Directora Regional de la CONADI Región del Biobío, indicando las razones justificadas y que no resulten imputables al beneficiario/a, lo que será calificado por medio de un informe técnico de la Unidad de Desarrollo y aprobado por la Directora Regional de CONADI Cañete, mediante Resolución Exenta.

Las prórrogas no podrán exceder a 1 mes una vez emitida la correspondiente Resolución que amplía el plazo de ejecución, cuya determinación estará aprobada por la Directora Regional de la CONADI Región del Biobío. Para que dicha solicitud produzca efecto, deberá ser recepcionada en Oficina de Partes de CONADI, con una antelación de al menos cinco días hábiles anteriores al vencimiento del plazo de ejecución del proyecto. De no cumplirse, con la forma y/o el plazo señalado precedentemente, la prórroga será denegada en forma automática.  La manera de ejecución será mediante ORDEN DE COMPRA, el cual operará de la siguiente manera; el beneficiario-ejecutor:

a) Deberá presentar, al menos dos (2) cotizaciones por cada producto o bien a adquirir según lo establecido en el formulario de postulación. Podrán presentar cotizaciones con más de un producto, en aquellos casos en que los proveedores cuenten con los productos solicitados por el/ la beneficiario/a.

b) Deberá presentar una carta de elección de proveedor. (Formato tipo otorgado por la CONADI), con la respectiva firma del beneficiario/a o Representante Legal del proyecto, formalizando al mismo tiempo la selección del/la proveedor/a.

c) La CONADI, una vez recepcionada la documentación señalada anteriormente, emitirá una Orden de Compra, en tres copias (Proveedor, Unidad de Administración y Unidad de Desarrollo), la cual será firmada por el beneficiario/a y la CONADI.

d) El/La proveedor/a recibirá la Orden de Compra y entregará junto a los productos y/o servicios adquiridos por el beneficiario/a. e) El proveedor emitirá una factura junto a la Guía de Despacho (si la hubiere) o en su defecto la boleta de honorario sin retención, y se envía a CONADI. La(s) factura(s) respectiva (s), deben ser obligatoriamente firmada conforme por el/la beneficiario(a).

f) Recepcionados los documentos anteriores y dando su conformidad, la CONADI a través de la Unidad de Administración, realizará los pagos en la forma solicitada siendo estas:

-Con Cheque Nominativo.

-Transferencia Electrónica, según lo indicado por el Proveedor en la Orden de Compra, en caso de persona jurídica, debe ser en la cuenta de la Sociedad.

Excepciones:-Si se solicita la transferencia al Representante Legal de una Empresa, debe acompañar copia de Escritura Pública de la Constitución de la Sociedad.

-En aquellos casos donde el proveedor no trabaje con Orden de Compra (con crédito), la emisión del pago, será al proveedor o beneficiario, previa verificación de la Unidad de Desarrollo. Una vez concretada la transacción el/la beneficiario/a entregará los documentos de negocio en original a la CONADI en un plazo no mayor a 3 días.

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g) Para el caso en que por el tipo de producto a adquirir, según el proyecto, exista un solo proveedor, la CONADI deberá consignar en la orden de compra, una nota que registre esta situación.

Los documentos originales de la transacción deberán quedar en la carpeta administrativa del beneficiario/a, y si este/a los requiriera para algún trámite en específico deberá solicitar fotocopia en la Oficina de la CONADI.

En lo que respecta a los aspectos financieros de la ejecución del proyecto, estos deberán ser revisados y aprobados, por la Unidad de Administración respectiva, para posteriormente proceder a efectuar el cierre mediante Resolución Exenta de la Directora Regional de CONADI Cañete.

14.-DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONVENIO:

La CONADI se reservará el derecho de poner fin al contrato si el (a) beneficiario(a) seleccionado(a) incurre en alguna de las siguientes causales durante la ejecución:

a) Utilización de los bienes y/o recursos del beneficio, en otras actividades no contempladas en el proyecto, ni relacionadas directamente con sus objetivos y que pongan en peligro inminente el cumplimiento material o financiero del proyecto.b) Incumplimiento, alteración, interrupción o abandono del proyecto postulado.c) Entrega de información incompleta o falsa respecto de la ejecución del proyecto.d) Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.

e) Incumplimiento en los plazos de ejecución.f) No asistir o participar de las asesorías técnicas y seguimientos establecidos por la CONADI, sin previa justificación.

Si alguna de estas situaciones llegara a producirse, se notificará por escrito al domicilio del adjudicatario. Se entenderá como domicilio aquel que haya sido declarado por el concursante en el formulario de postulación.

Por otro lado, si un beneficiario/a renunciará al subsidio, este deberá informarlo a la Corporación, a través de una carta, en el caso de un beneficiario/a individual, o mediante un acta de asamblea, de acuerdo con los estatutos de la comunidad, para el caso de beneficiarios comunitarios. Constatado lo anterior, la Corporación resolverá el destino de dichos recursos.

En el evento de que un beneficiario falleciere en el proceso de adjudicación y previo a la firma del convenio, se procederá a reasignar dichos recursos al postulante que sigue en el primer lugar de la lista de espera.

Por otro lado, si el fallecimiento del titular se verifica con posterioridad a la firma del convenio y se hubiese aprobado por Resolución, en pleno proceso de ejecución, podrán ser sus herederos, una vez tramitada totalmente la posesión efectiva, quienes pueden continuar adelante con el término del proyecto. De no presentarse la posesión efectiva y no indicar el representante de la sucesión que quedara a cargo de la ejecución del proyecto, en un plazo no superior a tres (3) meses desde el fallecimiento del beneficiario, se procederá al cierre del mismo y a obtener la restitución de los fondos entregados y no invertidos en el proyecto. Pudiendo reasignarse dichos recursos, conforme a la lista de espera.

CONADI, con anterioridad a la tramitación de la Resolución Exenta de Adjudicación, no tendrá responsabilidad jurídica alguna, no pudiendo dar origen a causal alguna de indemnización o pago de ninguna naturaleza al ejecutor(a), siendo ésta una condición esencial que asume el postulante en su presentación.

Dentro de este contexto, cabe tener presente que para todos los efectos legales, estas Bases de Concurso Administrativas y Técnicas, formaran parte del tenor del Convenio que se suscriba.

Durante el proceso de ejecución del proyecto la CONADI a través de la Unidad de Desarrollo, deberá realizar supervisiones a los proyectos financiados, para lo cual los beneficiarios(as), deberán

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otorgar las facilidades para las entrevistas y visitas que se efectúen, en el marco del proyecto que se financie, mediante el presente concurso.

El procedimiento de cierre del proyecto, contemplará una visita de un funcionario de la Unidad de Desarrollo, que verificará que se adquirieron todos los bienes establecidos en el proyecto, que se desarrollaron todas las actividades y que los recursos se utilizaron para lo cual fueron entregados. En dicha ocasión se deberá firmar un acta de cierre y financiero del proyecto, firmados por parte del funcionario CONADI, beneficiario/a y Encargado Unidad Desarrollo, la cual deberá dar cuenta de la conformidad de la ejecución total del proyecto.

Posteriormente, el profesional responsable del concurso público deberá elaborar un informe de cierre técnico y financiero, el que deberá aprobarse por la Encargada de la Unidad de Desarrollo, para proceder a efectuar el cierre administrativo del proyecto mediante Resolución de la Directora Regional.

16.- RESOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS

Cualquier discrepancia por la aplicación del convenio, interpretación, cumplimiento e incumplimiento, que no esté normada en las presentes Bases Administrativas, será resuelta por la Directora Regional de CONADI, sin ulterior recurso, en conformidad estricta a las disposiciones de la Ley, sin perjuicio del derecho de las partes de recurrir a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

II. BASES TÉCNICAS

1. Antecedentes Generales y Justificación .

El actual minifundio indígena se constituye a partir del proceso de radicación iniciado por el Estado chileno a fines del siglo XIX. A causa del crecimiento de la población y del uso intensivo de las tierras en manos indígenas producto de la radicación, éstas se han hecho insuficientes para la reproducción de la economía familiar mapuche en el centro sur del país.

La población indígena en el territorio nacional alcanza al 9,0%, lo que equivale a 1.585.680 personas, mientras que la población en la Región del Biobío es de 104.655 equivalente al 6,6% (Casen 2015). Una alternativa de solución para enfrentar la falta de tierras en propiedad de estas familias indígenas, lo constituye el otorgamiento del Subsidio de Tierras por parte de la CONADI (Ley Nº 19.253 Art. 20 letra A) y B), beneficio que puede ser otorgado tanto a familias individuales como a comunidades indígenas).

Sin embargo, la compra y ampliación de tierras para familias indígenas no resuelve en sí mismo los problemas que enfrentan las economías familiares indígenas. Por este motivo este concurso se orienta a aquellos(as) beneficiarios(as) del Fondo de Tierras y Aguas, cuyos predios se encuentran ubicados en la Región del Biobío y Ñuble, que requieran de capital para el reasentamiento y el mejor aprovechamiento de las tierras adquiridas mediante el apotreramiento de los predios y el equipamiento agrícola básico.

A través del apoyo a los(as) beneficiarios(as) del Fondo de Tierras, el Fondo de Desarrollo Indígena (FDI) quiere fomentar la economía indígena rural, mediante el impulso a la acción autogestionada de las familias beneficiadas, propendiendo de este modo al incremento de los ingresos familiares autónomos, al mejoramiento de su calidad de vida, y a la construcción de capital social comunitario.

2. Financiamiento y Líneas de financiamiento del fondo concursable.

a) Financiamiento

-Se financiaran postulaciones individuales (1 familia), con inversión de hasta $ 2.400.000.- (Dos millones cuatrocientos mil pesos) por proyecto (IVA incluido).-

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-Las postulaciones comunitarias o como parte de comunidad, se realizarán en grupo/s. Una organización podrá postular a un beneficio máximo de $24.000.000 (Veinticuatro millones de pesos).-

Tabla 1: Montos máximos de postulación por familia para comunidades y/o parte de comunidades indígenas.

Tipo de Postulación Nº Familias Postulantes Monto Máximo a Postular $

Postulación Comunidad o Parte de Comunidad

2 4.800.0003 7.200.0004 9.600.0005 12.000.0006 14.400.0007 16.800.0008 19.200.0009 21.600.000

>=10 24.000.000

b) Líneas de Financiamiento

Implementación o mejoramiento en infraestructura productiva: Construcción de bodegas, cobertizos, chancheras, gallineros, cercos perimetrales e interiores, invernaderos, empalmes eléctricos (*), energía fotovoltaica, energía eólica, etc.

Compra de equipamiento y/o maquinaria productiva: rastra, motocultivador, fumigadora, enfardadora, desbrozadora, maquinaria tracción animal, herramientas varias, centrifugas, etc.

NOTA: El/la postulante puede optar a más de un mejoramiento predial o adquisición de más de un bien, siempre que se ajuste a los montos establecidos en las bases del concurso.

NOTA: (*) Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.

NOTA: Este concurso público no financia pago de fletes de ningún tipo, permisos y patentes de ningún tipo, construcción de sedes sociales, construcción de viviendas ni cabañas, compra de vehículos como camionetas, autos camiones, etc., obras de riego, insumos agrícolas (semillas, agroquímicos, fertilizantes entre otros), adquisición de animales y/o aves, equipos electrónicos, mano de obra, mejoramiento de infraestructura vial, mejoramiento de escuelas, postas u otras similares que no estén contenidas en las presentes bases. No se financiaran, la compra de equipos o maquinarias usados.

3. Tiempo de ejecución de proyecto.

En la ejecución de los proyectos, CONADI exigirá un tiempo máximo de ejecución siete meses (7), contados desde la fecha de la Resolución Exenta que aprueba los convenios. Los proyectos que no cumplan con el plazo indicado deberán solicitar prorroga de plazos, de no hacerlo serán cerrados con observaciones, perjudicando la participación en futuros proyectos con ésta Institución.

4. Requisitos de los postulantes.

a) Ser beneficiario(a) de compra de tierras a través del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

b) Que el postulante haya presentado su postulación en formulario propuesto, en el plazo y hora definido en las bases técnicas, y que cumpla con los requisitos señalados en el punto 1, 2 y 3 del capítulo tercero de las bases administrativas.

c) No haber sido beneficiado/a del concurso público Equipamiento Básico, en años anteriores.

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d) No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca)

e) En el caso de Comunidades o Parte de Comunidades Indígenas, No haber sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”

f) En caso de comunidades indígenas o parte de comunidades indígenas, estas podrán volver a postular, siempre cuando las familias postulantes no hayan resultado subsidiadas en años anteriores.

En el caso de compras de tierras realizadas a comunidades o parte de comunidades, se recibirán postulaciones individuales o grupales, siempre que se enmarquen en los montos máximos establecidos en las bases administrativas-técnicas.

De igual forma, en el caso de compras comunitarias, se debe demostrar que los postulantes cuentan con goce o subdivisión. No se aceptarán postulaciones que no cumplan con este requisito, excepto por compras realizada por CONADI en Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

g) No tener rendiciones pendientes o proyectos inconclusos con CONADI, Ex-Programa Orígenes y Programa Chile indígena.

h) Este concurso público no aceptará postulaciones con documentos como: Contratos de Arriendo, Comodatos, Derechos Reales de Uso o postulaciones de personas que no acrediten dominio de la propiedad u otro.

5. Obligaciones de los (as) ejecutores del proyecto  

Los/as postulantes que resultaren seleccionados deberán  cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Ejecutar fielmente el proyecto, en concordancia con el convenio respectivo.b) Otorgar facilidades para realizar el seguimiento, supervisión técnica y financiera del proyecto.c) Efectuar solo los gastos contemplados en el proyecto y los debidamente autorizados, en caso de un eventual cambio, el ejecutor deberá presentar solicitud formal a CONADI.d) Presentar documentación original y pertinente al proyecto.e) Presentar las cotizaciones necesarias, según lo establecido en el proyecto.f) Contemplar una placa que identifique la institución que financia el proyecto, especificando el aporte y el nombre del beneficiario(a). El diseño será entregado por CONADI y con cargo al fondo del proyecto para aquellos proyectos que consideren inversión en habilitación en infraestructura.

6. Características del financiamiento

*Los recursos para el financiamiento de los proyectos proporcionados por la CONADI, tendrán el carácter de aportes no reembolsables.

*Los desembolsos se harán por la modalidad de Orden de Compra. CONADI, se reserva el cambio de traspaso de financiamientos, a proyectos con dificultad en trabajar con orden de compra.

*Los beneficiarios(as) deberán hacer un aporte en la ejecución y/o construcción de los proyectos que correspondan. Este aporte mínimo es de un 10% del monto solicitado, el cual se podrá materializar en la valorización de la mano de obra de alguna construcción, herramientas y equipos que se utilizarán en faenas, dinero efectivo, insumos, traslados de materiales, etc.

7. Admisibilidad, Evaluación, Selección, Adjudicación y Criterios de Evaluación Técnica

El o los integrantes del Comité de cada etapa que involucra este concurso, tendrán el deber y la facultad de inhabilitarse respecto de las postulaciones a que se viere afectado el principio de

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probidad administrativa, según lo establece la Ley 18.575, en su artículo 62 y demás normas pertinentes.

a) Etapas de Admisibilidad, Evaluación, Selección y Adjudicación de los Proyectos.

El Comité de Admisibilidad, Evaluación y Selección estará integrado por: * El Jefe del Departamento de Desarrollo Indígena de la Dirección Nacional o a quien éste

designe (quien actúa como presidente).* La Encargada de la Unidad de Desarrollo Indígena de la Dirección Regional o a quien este

designe.* La Encargada Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional o a quien esta

designe.* El Encargado del Programa “Equipamiento Básico” de la Dirección Regional o a quien este

designe. * La Encargada de Turismo Unidad de Desarrollo de la Dirección Regional o a quien esta

designe.* La Encargada de Microemprendimiento Indígena Unidad de Desarrollo de la Dirección

Regional o a quien esta designe.

Actuará como ministro de fe, el Abogado de la Unidad Jurídica de CONADI, quien podrá designar para los efectos a otro funcionario de la CONADI, para que la subrogue en dicha función.

El Comité se constituirá con la presencia de al menos cuatro de sus integrantes.

Sin perjuicio de lo señalado en el punto Nº 12 de las Bases Administrativas, el Comité se constituirá dentro de los 5 días hábiles siguientes al cierre del plazo de presentación de los proyectos. Este equipo podrá constituirse, sesionar y adoptar acuerdos con la mayoría absoluta de sus integrantes, los profesionales efectuarán la apertura de sobres, certificarán el número de postulaciones presentadas y determinará la admisibilidad de los perfiles proyectos, es decir, revisará si se presentan todos los antecedentes solicitados, levantando acta de todo lo obrado en dicha sesión, la que será firmada por los miembros integrantes del Comité

Concluida la etapa de Admisibilidad, proseguirá la etapa de Evaluación de los proyectos admisibles. Esta etapa consiste en evaluar técnicamente cada proyecto admisible y asignarle un puntaje, siendo el puntaje máximo de 100 puntos y un puntaje mínimo de selección de 60 puntos.

La etapa de Selección, posterior a la verificación de antecedentes y Evaluación, procederá a seleccionar los proyectos presentados, levantando inmediata acta con aquellos que sean aprobados para su financiamiento. El acto se efectuará en dependencias de la Dirección Regional de CONADI Región del Biobío, Calle Uribe 337, Cañete.

En caso de que exista un empate de voto respecto a la aprobación de un proyecto, el voto del presidente del Comité decidirá.

b) De la Adjudicación de los Proyectos:

El Comité referido, revisará los puntajes y antecedentes de cada caso y determinará la nómina de casos a financiar. El puntaje que cada caso haya obtenido hasta esta etapa constituirá un elemento técnico fundamental para la labor del Comité de Selección.

El Comité propondrá a la Directora Regional de CONADI Región del Biobío, adjudicar los proyectos seleccionados, de acuerdo al orden de prelación que indique el Comité, quien emitirá la respectiva resolución de adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, también aprobará una lista de espera de beneficiarios, para asignar recursos en aquella eventualidad en que sean asignados nuevos recursos para este concurso, o para el caso en que sea declarada nula una postulación o dejado sin efecto alguno de los proyectos con mejor puntaje, ya adjudicado.

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Asimismo el Comité podrá proponer fundadamente a la autoridad resolutiva que declare desierto todo o parte del concurso. Con todo, la Directora Regional de CONADI Región del Biobío, tiene la facultad de declarar desierto el concurso por razones de oportunidad, eficiencia y elegibilidad.

A los proyectos presentados, se le aplicará la siguiente pauta de admisibilidad:

*Postulación Persona Natural Indígena

a) Adjuntar fotocopia de documento de Dominio vigente o Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

b) Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas.

c) Adjuntar fotocopia simple de Cédula de Identidad vigente del o la postulante, por ambos lados.

d) Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.e) Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.f) Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia

del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.

g) No exceder el monto estipulado por CONADI, mientras que el aporte del o la postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado.

h) Completar y firma de Declaración Jurada Simple (En Anexo I, Postulación Individual) del Formulario de Postulación 2020.

i) No haber sido beneficiado del concurso Equipamiento Básico, en años anteriores.j) No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de

Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca).

k) Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.

l) Para el caso postulaciones individuales del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la comunidad (PJ), y no existe la respectiva subdivisión de hecho, debe adjuntar Certificado de autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI.

Antecedentes Adicionales no Excluyentes

a) En caso de pertenecer al Sistema Chile Solidario o Subsistema Seguridades y Oportunidades (Adjuntar Certificado).

b) En caso de pertenecer a programas de Asistencia Técnica PDTI-PRODESAL (Adjuntar Certificado).

*Postulación Comunidad Indígena

a) Adjuntar fotocopia de documento de Dominio vigente o inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

b) Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas a computador o manuscrita con lápiz de tinta indeleble.

c) Adjuntar Fotocopia del RUT de la Comunidad Indígena.

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d) Adjuntar Fotocopia simple de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal de la Comunidad Indígena, por ambos lados.

e) Fotocopia del acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena que postula, la que debe dar cuenta del hecho que sus socios conocen el proyecto y aprueban su presentación, en conformidad a los quórum requeridos por sus estatutos, firmados por el (50% + 1) de los socios/as de la comunidad, además se debe identificar al representante de dicha postulación.

f) Adjuntar Certificado de Personalidad Jurídica, con su directiva vigente al momento de la postulación.

g) Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.h) Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.i) Adjuntar la fotocopia por ambos lados de la Cédula de Identidad de cada uno de los

postulantes, los cuales deben estar vigentes al momento de la postulación.j) Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia

del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.k) No exceder el monto estipulado por CONADI (Ver Tabla Nº 1 Bases técnicas), mientras que

el aporte del grupo comunitario postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado.

l) Completar y firma Declaración Jurada Simple, firmada por el Representante Legal (En Anexo II, Postulación Comunitaria) del Formulario de Postulación 2020).

m) No haber sido beneficiado del concurso Equipamiento Básico, en años anteriores (en caso de que una o más personas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

n) No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca) (en caso de que una o más personas hayan haber sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

o) No haber sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”

p) Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.

q) Para el caso de postulaciones comunitarias del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

Antecedentes Adicionales no Excluyentes

a) En caso de pertenecer al Sistema Chile Solidario o Subsistema Seguridades y Oportunidades (Adjuntar Certificado).

b) En caso de pertenecer a programas de Asistencia Técnica PDTI-PRODESAL (Adjuntar Certificado).

*Postulación Parte de Comunidad Indígena

a) Adjuntar fotocopia de documento de Dominio vigente o inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

b) Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas a computador o manuscrita con lápiz de tinta indeleble.

c) Adjuntar Fotocopia del RUT de la Comunidad Indígena.d) Adjuntar Fotocopia simple de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal de la

Comunidad Indígena, por ambos lados o del representante del proyecto elegido en asamblea extraordinaria.

e) Fotocopia del acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena de origen de la parte de comunidad postulante, la que debe dar cuenta del hecho que sus socios conocen el proyecto y aprueban su presentación, en conformidad a los quórum requeridos por sus estatutos, firmados por el (50% + 1) de los socios/as de la comunidad, y en su caso de, la designación de un representante de la parte de comunidad, indicando su nombre completo y

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numero de cedula de identidad. Precisando que se mantendrá la representación durante todo el proceso.

f) Adjuntar Certificado de Personalidad Jurídica, con su directiva vigente al momento de la postulación.

g) Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.h) Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.i) Adjuntar la fotocopia por ambos lados de la Cédula de Identidad de cada uno de los

postulantes, los cuales deben estar vigentes al momento de la postulación.j) Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia

del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.k) No exceder el monto estipulado por CONADI (Ver Tabla Nº 1 Bases técnicas), mientras que

el aporte del grupo comunitario postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado.

l) Completar y firma Declaración Jurada Simple, firmada por el Representante Legal (En Anexo II, Postulación Comunitaria) del Formulario de Postulación 2020).

m) No haber sido beneficiado del concurso Equipamiento Básico, en años anteriores (en caso de que una o más personas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

n) No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca) (en caso de que una o más personas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).

o) No haber sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”

p) Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.

q) Para el caso de postulaciones comunitarias del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

Antecedentes Adicionales no Excluyentes

a) En caso de pertenecer al Sistema Chile Solidario o Subsistema Seguridades y Oportunidades (Adjuntar Certificado).

b) En caso de pertenecer a programas de Asistencia Técnica PDTI-PRODESAL (Adjuntar Certificado).

8.- Pauta de Admisibilidad

Postulación Individual: Concurso Público “Equipamiento Básico y Habitabilidad de predios adquiridos a través del art. 20 letra a) y b) de la Ley Indígena 19.253, Región del Biobío y Ñuble”, Año 2020

Postulante: _________________________________ Nº____________

Concepto Si Cumple

No Cumple

N/C

Adjuntar fotocopia de documento de Dominio vigente o Inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.

Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas a computador o manuscrita con lápiz de tinta indeleble.Adjuntar fotocopia simple de Cédula de Identidad vigente del o la postulante, por ambos lados.Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.No exceder el monto estipulado por CONADI, mientras que el aporte del o la postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado.Completar y firma de Declaración Jurada Simple (En Anexo I, Postulación Individual) del Formulario de Postulación 2020.No haber sido beneficiado del concurso Equipamiento Básico, en años anteriores.No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca).Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.Para el caso postulaciones individuales del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la comunidad (PJ), y no existe la respectiva subdivisión de hecho, debe adjuntar Certificado de autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI

Evaluador/a:__________________________________________________Firma:_______________________________________________________Fecha:_______________________________________________________

Postulación Comunitaria: Concurso Público “Equipamiento Básico y Habitabilidad de predios adquiridos a través del art. 20 letra a) y b) de la Ley Indígena 19.253, Región del Biobío y Ñuble”, Año 2020

Postulante: _________________________________ Nº____________

Concepto Si Cumple

No Cumple

N/C

Adjuntar fotocopia de documento de Dominio vigente o inscripción de la propiedad en el respectivo Conservador de Bienes Raíces, en donde se acredite ser beneficiario del Fondo de Tierras de CONADI, vía artículo 20 letras a) o b) o predios transferidos, señalados en la Ley Nº 19.253, cuyos predios se ubiquen en la Región Biobío o Ñuble.Adjuntar Formulario de postulación año 2020 completo (realizar llenado completo del formulario), según lo establecido en las bases técnicas a computador o manuscrita con lápiz de tinta indeleble.Adjuntar Fotocopia del RUT de la Comunidad Indígena.Adjuntar Fotocopia simple de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal de la Comunidad Indígena, por ambos lados.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

Observación:

Admisible SI NO

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Fotocopia del acta de asamblea extraordinaria de la comunidad indígena que postula, la que debe dar cuenta del hecho que sus socios conocen el proyecto y aprueban su presentación, en conformidad a los quórum requeridos por sus estatutos, firmados por el (50% + 1) de los socios/as de la comunidad, además se debe identificar al representante de dicha postulación.Adjuntar Certificado de Personalidad Jurídica, con su directiva vigente al momento de la postulación.Adjuntar Propuesta Técnica y Propuesta Económica.

Adjuntar una cotización formal de la inversión de cada bien o servicio solicitado.Adjuntar la fotocopia por ambos lados de la Cédula de Identidad de cada uno de los postulantes, los cuales deben estar vigentes al momento de la postulación.Personas naturales indígenas, que no posean apellidos indígenas deberán adjuntar una copia del Certificado de Acreditación de Calidad Indígena.No exceder el monto estipulado por CONADI (Ver Tabla Nº 1 Bases técnicas), mientras que el aporte del grupo comunitario postulante, no debe ser inferior al 10% del subsidio solicitado.Completar y firma Declaración Jurada Simple, firmada por el Representante Legal (En Anexo II, Postulación Comunitaria) del Formulario de Postulación 2020).No haber sido beneficiado del concurso Equipamiento Básico, en años anteriores (en caso de que una o más personas hayan sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca) (en caso de que una o más personas hayan haber sido adjudicatario/s, la postulación será declarada inadmisible).No haber sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”Para el caso de instalaciones de empalmes eléctricos convencionales, se debe adjuntar permisos notariales, donde autoriza el o los propietario/s de predios colindantes a la instalación de empostados en sus respectivas propiedades.Para el caso de postulaciones comunitarias del Alto Biobío, cuya adjudicación del terreno fue realizada a nombre de la personalidad jurídica (PJ), y no exista una subdivisión de hecho realizada por la comunidad, debe adjuntar Carta de Autorización de parte del Lonko y Certificado de Goce emitido por CONADI, de cada uno de los postulantes del grupo.

Evaluador/a:__________________________________________________Firma:_______________________________________________________Fecha:_______________________________________________________

Los proyectos que cumplan con la admisibilidad, serán evaluados siguiendo los siguientes criterios:

a) Postulación Individual .

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

Observación:

Admisible SI NO

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Criterio de Selección Indicador RangoPuntaje

Puntaje Max.

Justificación del proyecto

Se justifica la inversión en la solución productiva que plantea 6-10

10La justificación de la inversión es medianamente factible 3-5

La justificación de la inversión carece de factibilidad 0-2Postulante pertenece al Sistema Chile Solidario o Subsistema Seguridades y Oportunidades

Si acredita ser beneficiario 55

No acredita ser beneficiario 0

Vinculación con instituciones relacionadas a la iniciativa

presentada (PDTI-PRODESAL).

Posee vinculación acreditada con instituciones relacionadas

(Asistencia Técnica) y trabaja el predio10

10

No presenta vinculación acreditada, pero trabaja el predio 7

Posee vinculación acreditada con instituciones relacionadas

(Asistencia Técnica) y no trabaja el predio2

No presenta vinculación acreditada, ni trabaja el predio 0

Nivel de asentamiento en el predio adquirido por CONADI

Habita y realiza labores productivas en el predio 20

20

No habita, pero realiza labores productivas en el predio 15

Habita, pero no realizan labores productiva en el predio 5

No habita ni realiza labores productivas en el predio 0

Postulante presento proyecto el año 2019 con resultado “aprobado

sin financiamiento”

Postulante califico en esa categoría el Concurso anterior 10

10

Postulante no califico en esa categoría el Concurso anterior 5

Coherencia entre los objetivos del proyectos y las actividades

propuestas

Es coincidente 16-20

20Es medianamente coincidente 6-15

No es coincidente 0-5

Coherencia entre costo del proyecto, actividades y los

objetivos formulados

Es coincidente 11-15

15Es medianamente coincidente 6-10

No es coincidente 0-5

Factibilidad de lograr estos objetivos en el período propuesto

y los recursos solicitados

Es factible 6-10

10Es medianamente factible 1-5

No es factible 0Puntaje Máximo por Proyecto 100

El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.

b) Postulación Comunitaria o Parte de Comunidad.

Criterio de selección Indicador Rango Puntaje

Puntaje Max.

Justificación del proyectoSe justifica la inversión en la solución productiva que plantea 6-10

10La justificación de la inversión es medianamente factible 3-5La justificación de la inversión carece de factibilidad 0-2

Postulante pertenece al Sistema Chile Solidario o Subsistema Seguridades y

Oportunidades

Acreditan ser beneficiarios (≥50%) 5

5Acreditan ser beneficiarios (>0 ˂50%) 2

Ninguno de los integrantes acredita ser beneficiario 0

Vinculación con instituciones relacionadas a

la iniciativa presentada.(PDTI-PRODESAL).

Posee vinculación acreditada con instituciones relacionadas(≥50%) y trabajan el predio (≥50%) 10

10

Posee vinculación acreditada con instituciones relacionadas(<50%) y trabajan el predio (≥50%) 8

Presentan vinculación acreditada (<50%), y trabajan el predio (<50%) 5

Presentan vinculación acreditada con instituciones relacionadas(<50%), pero no trabajan el predio (0%) 2

Ninguno de sus integrantes presentan vinculación acreditada, ni 0

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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trabajan el predio (0%)

Nivel de asentamiento y el trabajo del predio

adquirido por CONADI

Postulantes habitan predio (≥50%) y realizan labores productivas en el predio (≥50%) 20

20

Postulantes habitan predio (˂50%), y realizan labores productivas en el predio (≥50%) 15

Postulantes habitan predio (≥50%) y realizan labores productivas en el predio (˂50%) 10

Postulantes habitan predio (˂50%), y realizan labores productivas en el predio (˂50%) 5

Ninguno de los integrantes habita ni realiza labores productivas en el predio 0

Postulante presento proyecto el año 2019 con resultado “aprobado sin

financiamiento”

Postulante califico en esa categoría el Concurso anterior (≥50%) 10

10Postulante no califico en esa categoría el Concurso anterior (>50%) 5

Coherencia entre los objetivos del proyectos y las actividades propuestas

Es coincidente 16-2020Es medianamente coincidente 6-15

No es coincidente 0-5Coherencia entre costo del proyecto, actividades y los

objetivos formulados

Es coincidente 11-1515Es medianamente coincidente 6-10

No es coincidente 0-5Factibilidad de lograr estos

objetivos en el período propuesto y los recursos

solicitados

Es factible 6-1010Es medianamente factible 1-5

No es factible 0Puntaje Máximo por Proyecto 100

El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.

7. Sistema de control del trabajo.

La CONADI, a través de la Unida de Desarrollo Indígena Regional del Biobío, podrá realizar acciones de monitoreo y seguimiento en terreno durante todo el proceso de ejecución del proyecto, con o sin previo aviso al beneficiario/a, para lo cual los beneficiarios/as adjudicados/as, otorgarán las facilidades necesarias para estas actividades.

9. Cierre de proyectos.

Una vez concluida la ejecución del proyecto, la Unidad de Desarrollo debe emitir un informe de cierre técnico-financiero, este debe ser firmado por el beneficiario, Encargado Programa CONADI Cañete y Encargada Unidad de Desarrollo Cañete, que establezca la conformidad con el proyecto recibido y/u observaciones que el/la beneficiario/a estime.

Además de una Resolución Exenta aprobatoria del informe de cierre técnico-financiero.

FORMULARIO DE POSTULACIÓN

“ EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE

PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”. AÑO 2020.

Uso Interno CONADI

NOTA: RECORDAR QUE EL FORMULARIO DEBE PRESENTARSE COMPLETO, DE LO CONTRARIO SERA DECLARADO “INADMISIBLE”.

INDIVIDUALIZACION DEL POSTULANTE

DATOS DEL PROYECTO: (Marque con una X según corresponda)

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

202008

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Postulación Individual _____ Postulación parte Comunidad _____ Nº Postulantes __________Postulación Comunitaria _____ Nº Postulantes __________

NOMBRE DEL PROYECTO

DATOS DEL POSTULANTE Y/O REPRESENTANTE LEGAL:Nº CERTIFICADO CALIDAD INDIGENA (En caso que no posea apellidos indígenas)

N° PERSONALIDAD JURIDICA (En caso de postulaciones comunitarias)

NOMBRE COMPLETO

RUT ESTADO CIVIL

FECHA DE NACIMIENTO SUBSIDIO

SOLICITADO A CONADI

$DIRECCIÓN DEL POSTULANTEDIRECCIÓN DEL PREDIO ADQUIRIDO POR CONADI

COMUNA

NOMBRECOMUNIDAD INDIGENA A LA QUE PETENECE

FIRMA POSTULANTE

FONO CONTACTO 1 FONO CONTACTO 2

ANTECEDENTES FAMILIARES

GRUPO FAMILIAR QUE LO COMPONE: TOTAL: ____________ POSTULANTE PERTENECE AL SISTEMA CHILE SOLIDARIO Y SUBSISTEMA SEGURIDADES Y OPORTUNIDADES

SI NO

*Debe adjuntar certificado.

NOTA: LLENAR SOLO EN CASO DE POSTULACIÓN COMUNITARIA O PARTE DE COMUNIDAD.

NOMBRE TITULAR BENEFICIARIO DEL PREDIO ADQUIRIDO

POR CONADI

Nº INTEGRANTES DE LA FAMILIA

VIVE EN EL PREDIO

(Marque con X según

corresponda)

ACREDITA ASISTENCIA TECNICA (Marque con

X según corresponda

)

ACREDITA PERTENEC

ER AL PROGRAMA

CHILE SOLIDARIO(Marque con

X según corresponda)

TRABAJA EL PREDIO (Marque con

X según corresponda)

SI NO SI NO SI NO SI NO

1

2

3

4

5

6

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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7

8

9

10

11

TOTAL

INFORMACIÓN DEL PREDIO

ANTECEDENTES GENERALES (COMPLETE INFORMACIÓN O MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA).

AÑO EN QUE SE ADJUDICÓ EL PREDIO

SUPERFICIE TOTAL PREDIO (HA)

SUPERFICIE (HAS) QUE LE CORRESPONDE

TIPO DE APLICABILIDAD

ART. 20 LETRA A)

ART. 20 LETRA B)

TRNSFERENCIAPREDIO FISCAL

INSCRICCIÓN DEL PREDIO FOJA NUM. AÑO

CONSERVADOR DE BIENES RAICES ROL PREDIO

ANTECEDENTES DEL PREDIO

ANTECEDENTES GENERALES (COMPLETE INFORMACIÓN O MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA).

SE ENCUENTRA VIVIENDO EN EL PREDIO ADQUIRIDO

SI NO

DESDE QUE AÑO VIVE EN EL PREDIO

CUENTA CON CASA HABITACIÓN EL PREDIO ADQUIRIDO POR CONADI

SI NO

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INDICAR SI ES AUTOCONSTRUCCIÓN O SUBSIDIO HABITACIONAL

POSEE ACCESIBILIDAD AL PREDIO Si no posee ¿Explique, Por qué?

SI NO

POSEE LUZ ELÉCTRICA Tipo (Indicar si la obtiene de fuente eólica, panel solar, convencional, otra).

SI JUSTIFICAR

NO JUSTIFICAR

POSEE AGUA CONSUMOFUENTE DE AGUA Y TIPO DE ABASTECIMIENTO Y SI ES PERMANENTE (Indicar si la obtiene de pozo, puntera,

vertiente, río, APR, abastecimiento municipal, otro)

SI JUSTIFICAR

NO JUSTIFICAR

SISTEMA DE RIEGO

NO TIENE

POR ASPERSIÓN

POR GOTEO

POR SURCOS

OTRO ¿CUÁL?

ESTADO/SUPERFICIE SUP. TOTAL (HÁS)

SUP. LIMPIA (HÁS)

SUP. NO CULTIVABLE (HÁS)

USO SUELO (HÁS)(Indicar superficie, de acuerdo al uso que usted le entrega)

AGRICOLA(HÁS)

GANADERO(HÁS)

FORESTAL(HÁS)

TIPO DE INFRAESTRUCTURA QUE POSEE EL PREDIO

MARQUE CON X SUPERFICIE ESTADO (MARQUE CON X)

COBERTIZO M2 BUENO REGULAR MALOGALPÓN M2 BUENO REGULAR MALOBODEGA M2 BUENO REGULAR MALOINVERNADERO M2 BUENO REGULAR MALOCORRAL M2 BUENO REGULAR MALOMANGAS M2 BUENO REGULAR MALOSALA PROCESO M2 BUENO REGULAR MALONO POSEE INFRAESTUCTURA

TIPO DE CERCADO QUE POSEE EL PREDIO

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CERCO DE DESLINDE M/L ESTADO BUENO REGULAR MALO

CERCO PORTEROS M/L ESTADO BUENO REGULAR MALO

NO POSEE

VEGETACIÓN Y CULTIVOS QUE DESARROLLA

FORRAJE (trébol, ballica, otros) SUP.MT2/HA ESPECIES

PRINCIPALES

PRADERA NATURAL SUP.MT2/HA ESPECIES

PRINCIPALESCEREALES (trigo, avena, cebada, otros)

SUP.MT2/HA ESPECIESPRINCIPALES

LEGUMINOSAS (porotos, arvejas, habas, lentejas, otros)

SUP.MT2/HA ESPECIESPRINCIPALES

TUBERCULOS (zanahoria, papas, betarraga, rábanos, otros)

SUP.MT2/HA ESPECIESPRINCIPALES

FRUTALES SUP.MT2/HA ESPECIESPRINCIPALES

PLANTACIONES FORESTALES (Pinos radiata, eucaliptus globulus, otras)

SUP.MT2/HA ESPECIESPRINCIPALES

BOSQUE NATIVO SUP.MT2/HA ESPECIES PRINCIPALES

BAJO PLASTICO SUP.MT2/HA ESPECIES PRINCIPALES

NO POSEE

PRODUCCIÓN ANIMAL (Indicar cantidad)

OVEJAS VACUNOS PAVOS

GALLINAS/POLLOS CERDOS CHIVOS

GANZOS PATOS CABALLO

OTROS

EQUIPAMIENTO ACTUAL DEL PREDIO

MOTOCULTIVADOR TRACTOR RASTRA DE DISCO

BANCO ASERRADERO

MOTOSIERRA AHOYADOR

CARRO DE ARRASTRE

DESBROZADORA ENFARDADORA

ANCALADORA MOLINO CHANCADOR

ARADO DE TIRO ANIMAL

SEMBRADORA PULVERIZADORAS OTRA

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Indicar la distribución de su predio adquirido por CONADI, señalando los usos actuales, indicando actividad y hectáreas. Ejemplo: Señalar las hectáreas dedicadas a chacras, siembras, superficie destinada a plantaciones, crianza de animales, praderas, potreros, etc.

Marque con una X: Ha obtenido financiamiento de instituciones públicas o privadas (Incluye CONADI) para realizar inversiones en su predio.(si su respuesta es SI, indique año, institución, Tipo de inversión y monto)

SI NO

AÑO INSTITUCIÓN TIPO DE INVERSIÓN MONTO $

Indicar porqué es necesario realizar la inversión solicitada.

C. PROPUESTA TECNICA DEL PROYECTO

Actualmente ¿Cuál es el principal problema que Usted tiene y/o que le impide el asentamiento en el predio o mejorar las condiciones de producción, indicando la inversión que requiere, y para que será su utilidad?

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Describa la inversión que desea desarrollar (Ej: Metros lineales de cerco a construir, m2 de infraestructura a construir, metros de tendido eléctrico, profundidad puntera, características de maquinaria, etc.), realice breve descripción la inversión que efectuará y cuál será su utilidad.

ASESORIA TECNICA (PDTI – PRODESAL)

SI NO

NOTA: Adjuntar Certificado de participación de algún Programa de Asesoría Técnica (Ej. PDTI-PRODESAL).

(Nombre del Jefe Técnico como referencia):_____________________________________

TOTAL DURACIÓN DEL PROYECTO (en meses) ___________________________

D. PROPUESTA ECONOMICA DEL PROYECTO

RECURSOS SOLICITADOS A CONADI. No se pueden incluir gastos de administración ni imprevistos. Incluir preferentemente gastos de inversión.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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DETALLE INVERSION CANTIDAD VALOR UNITARIO MONTO $

TOTAL

Nota: Los proyectos que consideren construcción de infraestructura (galpones, bodegas, cobertizos, gallineros, etc.) deberán instalar un letrero, especificando el aporte de CONADI y el nombre del beneficiario/a, el cual deberá tener las siguientes medidas: 50 cm. de alto por 100 cm. de ancho. (CONADI entregará el diseño a proyectos seleccionados), con cargo al fondo del proyecto. (Monto máximo $17.000). Adjuntar cotizaciones al formulario de postulación.

RECURSOS PROPIOS APORTADOS POR EL POSTULANTE. El aporte propio debe ser como mínimo del 10% de los recursos solicitados a CONADI. Pueden ser traducidos en mano de obra, materiales, gastos administrativos, entre otros. (Ej. Aporte Propio de $240.000, para una inversión total de $2.400.000)

DETALLE INVERSION CANTIDAD MONTO $

TOTAL

RECURSOS APORTADOS POR TERCEROS. Indicar claramente si corresponde a asesoría Técnica o materiales con su valor. SE SOLICITA CARTA COMPROMISO.

DETALLE INVERSION CANTIDAD MONTO $

TOTAL

Nota: (*) El aporte a terceros corresponde, a contribuciones voluntarias de otras instituciones (Ej. Municipalidad, Fundación u otras)

RESUMEN DE RECURSOS

DETALLE DE LA INVERSION

FINANCIAMIENTO SOLICITADO A

APORTE POSTULANTES

APORTE TERCEROS

TOTAL COSTO $

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CONADI $ $ $

TOTAL

PLANO DE UBICACIÓN DEL PROYECTO

Adjuntar plano de ubicación o señalar con claridad el sector o lugar del predio, señalar algún/os punto/s de referencia, distancias y caminos para acceder al predio Lote, donde se realizará el proyecto a financiar. Lo anterior para realizar las visitas en terreno.

LISTADO DE BENEFICIARIOS Y GRUPO FAMILIAR

Nº Nombre y Apellido

RUT Edad Estado Civil

Ocupación Firma del Postulante

1

2

3

4

5

6

7

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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8

9

10

NOTA: En el caso de postulación comunitaria se debe individualizar al jefe de familia respectivo con su respectiva firma. Incluir todos los integrantes del grupo familiar. Solamente firma el postulante.

ANEXO IDECLARACION JURADA SIMPLE

(Postulación Individual)

Yo___________________________________ RUN Nº __________, domiciliado en sector

________________ Comuna ____________ Región __________ , bajo la fe de juramento

declaro:

Conocer y aceptar:

Las bases reglamentarias y obligaciones del Concurso Público denominado “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”. AÑO 2020.

Declaro que vivo SI_____ NO_____ en el predio adquirido por CONADI.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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No tengo incumplimientos acreditados de proyectos con la CONADI y/o el Programa Orígenes.

No haber sido beneficiado con el Concurso Público Equipamiento Básico para predios Adquiridos, el año 2019.

No haber sido beneficiado en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca).

Comprometo a:

Cumplir con la ejecución del proyecto, en tiempo y forma establecido por la CONADI Región del Biobío.

Cumplir con los aportes propios indicados en el proyecto. El beneficiario/a deberá aportar el 10% del monto solicitado a CONADI), desglosado de la siguiente forma:

Cantidad/Detalle Valor ($)

Nota: Aporte propio, puede ser en mano de obra, dinero en efectivo, materiales, insumos para el funcionamiento de la maquinaria.

____________________________FIRMA POSTULANTE

NOTA: Si durante el proceso de postulación, evaluación, selección, adjudicación y/o ejecución del presente subsidio, se detectará que el postulante en cualquiera de sus modalidades, ha proporcionado información falsa, ya sea en los formularios de postulación o en otro documento y que se mencionan en estas bases, quedará automáticamente excluido del concurso, sin derecho a reclamo ulterior

En…………………………………..a………de…………………del año 2020.

ANEXO IIDECLARACION JURADA SIMPLE

(Caso Comunidad o Parte de Comunidad)

Yo___________________________________ RUN N°: ___________, Representante de la

Comunidad/Parte Comunidad Indígena ________________________________domiciliado en

el Sector _________________ Comuna _________________ Región____________ , bajo la fe de

juramento declaro:

Conocer y aceptar:

Las bases reglamentarias y obligaciones del Concurso Público denominado “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”. AÑO 2020.

Los socios que forman parte del presente proyecto, no tienen incumplimientos acreditados de proyectos con la CONADI y/o el Programa Orígenes.

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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Los socios que forman parte del presente proyecto, no han sido beneficiados con el Concurso Público Equipamiento Básico para predios Adquiridos, el año 2019.

Los socios que forman parte del presente proyecto, no han sido beneficiados en los años 2017-2018-2019 en otros concursos de la Unidad de Desarrollo CONADI Región del Biobío (Turismo, Microemprendimiento, Silvoagropecuario o Pesca).

Los socios que forman parte del presente proyecto no han sido beneficiado en los años 2016 -2017-2018-2019 como comunidad o parte de comunidad del concurso Plan Piloto “Fortalecimiento de los sistemas productivos territoriales para predios adquiridos a través del artículo 20 a) y b) bajo la Ley Indígena Nº19.253 o por medio de transferencias de predios fiscales”

Comprometo a:

Cumplir con la ejecución del proyecto, en tiempo y forma establecido por la CONADI Región del Biobío.

Cumplir con los aportes propios indicados en el proyecto. La comunidad o parte de comunidad beneficiaria, deberá aportar el 10% del monto solicitado a CONADI), desglosado de la siguiente forma:

Cantidad/Detalle Valor ($)

Nota: Aporte propio, puede ser en mano de obra, dinero en efectivo, materiales, insumos para el funcionamiento de la maquinaria.

____________________________FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

NOTA: Si durante el proceso de postulación, evaluación, selección, adjudicación y/o ejecución del presente subsidio, se detectará que el postulante en cualquiera de sus modalidades, ha proporcionado información falsa, ya sea en los formularios de postulación o en otro documento y que se mencionan en estas bases, quedará automáticamente excluido del concurso, sin derecho a reclamo ulterior

En…………………………………..a………de…………………del año 2020.

Esta hoja debe ser pegada en la parte exterior del sobre completando los campos en blanco en forma clara.

“EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS

FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”, AÑO 2020.

ANTECEDENTES DEL POSTULANTE

NOMBRE DEL POSTULANTE O REPRESENTANTE DEL PROYECTO:

_____________________________________________

RUN DEL POSTULANTE:___________________________

DIRECCIÓN DEL PROYECTO:_______________________

Unidad de Desarrollo, CONADI Biobío 2020

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COMUNA:___________________REGIÓN:____________

TELEFONO CONTACTO:____________________________

1. CONVÓQUESE a Concurso Público “EQUIPAMIENTO BÁSICO Y HABITABILIDAD DE PREDIOS ADQUIRIDOS A TRAVÉS DEL ARTICULO 20 LETRA A) Y B) Y TRANSFERENCIAS DE PREDIOS FISCALES DE LA LEY Nº19.253, REGIÓN DEL BIOBÍO Y ÑUBLE”. AÑO 2020.

2. PUBLÍQUESE el Concurso Público en el Portal Institucional (www.conadi.gob.cl), indicando la convocatoria, plazos y montos del concurso.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

ANA HORMAZABAL NAVARRETEDIRECTORA REGIONAL

CONADI REGIÓN DEL BIOBÍO

AHN/CHC/GGN/ACA/aca

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