H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, SIENDO LAS
DIECISÉIS HORAS CON DIECISÉIS MINUTOS DEL DÍA DOS DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, SE ENCUENTRAN REUNIDOS EN LA
SALA DE CABILDO “LIC. ADOLFO LÓPEZ MATEOS”, UBICADA EN EL
SEGUNDO NIVEL DEL PALACIO MUNICIPAL, LOS C.C. ANA MARÍA
BALDERAS TREJO, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL;
BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA, PRIMERA REGIDORA;
LEOPOLDO CORONA AGUILAR, SEGUNDO REGIDOR; ROSALBA
NAVARRETE CERÓN, TERCERA REGIDORA; DAVID ÁVALOS
GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR; MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ,
QUINTA REGIDORA; ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA;
MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR, OCTAVA REGIDORA; CARLOS
ALBERTO RAYO SÁNCHEZ, NOVENO REGIDOR; MARÍA ELVIRA
REYES SANTILLÁN, DÉCIMA REGIDORA; ANTONIO PACHECO
VILLEDA, DÉCIMO PRIMER REGIDOR; FERNANDO DANEL
VILLARREAL, DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR Y JORGE LUIS PORTILLO
SALGADO, DÉCIMO TERCER REGIDOR. ASISTIDOS POR EL LIC. JUAN
MAURO GRANJA JIMÉNEZ, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO,
PARA CELEBRAR LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE
CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 - 2018, EN
CUMPLIMIENTO A LOS ARTÍCULOS 28, 29 Y 30 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, BAJO EL SIGUIENTE: - - - - - - - -
ORDEN DEL DÍA
1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACIÓN DE QUÓRUM
LEGAL. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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2.- APERTURA DE LA SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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3.- LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ORDEN DEL DÍA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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4.- PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL ACTA DE LA VIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, DE FECHA 26 DE MAYO DEL AÑO 2016. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
5.- ASUNTOS A TRATAR EN LA PRESENTE SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5.1.- INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5.2.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL TERCER CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018 Y AUTORIZA SU EMISIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS DE TRÁMITES DE PROCEDIMIENTO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 44 Y 45 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, RELATIVOS A LOS SIGUIENTES ASUNTOS: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6.1.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Israel Fontanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que se apruebe el Reglamento Interno del Instituto de Cultura Física y Deporte del Municipio de
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Atizapán de Zaragoza. (Expediente SHA/063/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6.2.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia DIF, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. José Luis Vázquez Meneses, Presidente del Club Guerreros Tercera Edad México 86, para que se autorice que el Centro Comunitario de esa colonia, lleve el nombre de “Casa Luchita”, como reconocimiento al trabajo realizado por la C. María de la Luz Cortés Ramírez. (Expediente SHA/064/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6.3.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero Municipal, para que se autorice el Programa para el otorgamiento de la licencia provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo que no impliquen riesgos sanitarios, ambientales o de protección civil, conforme al Catálogo Mexiquense de Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios de Bajo Riesgo, con fundamento en el numeral 31 fracción I Ter. de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. (Expediente SHA/065/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6.4.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se autorice el Programa de Regularización de la Vivienda 2016 – 2018. (Expediente SHA/066/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7.- PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES DE LAS COMISIONES, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 55, 57 Y 73 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,
RELATIVOS A LOS SIGUIENTES ASUNTOS: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.1.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por la C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la Secretaría del H. Ayuntamiento, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, por un monto de $92,621.00 (Noventa y dos mil seiscientos veintiún pesos 00/100 m.n.). (Expediente SHA/052/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7.2.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Lic. Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para Resultados. (Expediente SHA/053/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7.3.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para Resultados. (Expediente SHA/054/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7.4.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Gobernación, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”. (Expediente SHA/044/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7.5.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Gobernación, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”, (Expediente SHA/045/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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8.- ASUNTOS GENERALES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 9.- CLAUSURA DE LA SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En uso de la palabra la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal
Constitucional, solicitó al Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, pasara lista de asistencia a efecto de verificar la existencia del
quórum legal para sesionar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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1.- LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARACION DE QUÓRUM LEGAL. - - - -
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PRIMERO.- En el desahogo del primer punto del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, pasó lista de asistencia;
informando que se encontraban presentes la Presidenta Municipal Constitucional y
doce Regidores, certificándose en consecuencia la existencia de quórum legal para
sesionar válidamente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Asimismo, informó que se recibió oficio del C. Carlos Jesús Leyva Mora,
Síndico Municipal, en donde se disculpa por no poder asistir a la presente
Sesión de Cabildo, por motivos académicos que tenía que atender. De igual
forma, se recibió oficio del C. Francisco Rodolfo Solorza Luna, Sexto Regidor,
quien se disculpa por no poder asistir a la presente Sesión de Cabildo, por
asuntos agendados con anterioridad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan Mauro Granja
Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente asunto: - - - - - - - -
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2.- APERTURA DE LA SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- En el desahogo del segundo punto del orden del día, en uso de la
palabra el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, refirió
que este punto corresponde a la apertura de la Sesión, por lo que en uso de la
palabra la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional, en
apego a lo dispuesto por el artículo 31 tercer párrafo del Reglamento de Cabildo del
Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, manifestó: Se abre la
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo de la Administración Municipal
2016 – 2018, siendo las dieciséis horas con dieciséis minutos del día dos de
junio del año dos mil dieciséis.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Continuando con el uso de la palabra, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente asunto: - - - - - - - - - - - - - - - -
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3.- LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ORDEN DEL DÍA. - - - - -
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TERCERO.- En el desahogo del tercer punto del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, sometió a la consideración
de los integrantes del H. Cuerpo Edilicio, la aprobación del orden del día;
solicitando que quienes estuvieran a favor se sirvieran manifestarlo levantando la
mano; siendo aprobada por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - -
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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 del Reglamento de Cabildo de
este Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja
Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, preguntó a los miembros del Cabildo
quién deseaba registrarse a efecto de hacer uso de la palabra en el apartado de
Asuntos Generales, solicitando quedar registrado el C. José Luis Portillo Salgado,
Décimo Tercer Regidor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan Mauro Granja
Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente asunto: - - - - - - - - -
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4.- PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU
CASO, DEL ACTA DE LA VIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO
DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, DE FECHA 26 DE
MAYO DEL AÑO 2016. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- En el desahogo del cuarto punto del orden del día, en uso de la
palabra el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
sometió a consideración del H. Cabildo la dispensa de lectura y aprobación en su
caso, del Acta levantada con motivo de la Vigésima Sesión Ordinaria de Cabildo de
la Administración Municipal 2016 – 2018, de fecha 26 de mayo del año 2016;
tomando en cuenta que la misma les fue turnada a sus oficinas en tiempo y forma
para su revisión; por lo que preguntaba a los miembros del Cabildo si había algún
comentario al respecto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Toda vez que no hubo observaciones al Acta de Cabildo referida, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, sometió a votación de los
miembros del H. Ayuntamiento la aprobación de la misma; haciendo constar en ese
acto, que por unanimidad de votos a favor se dispensa la lectura y se aprueba el
Acta levantada con motivo de la Vigésima Sesión Ordinaria de Cabildo de la
Administración Municipal 2016 – 2018, de fecha 26 de mayo del año 2016. - - - - - -
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Agotado este punto, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, presentó el siguiente asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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5.- ASUNTOS A TRATAR EN LA PRESENTE SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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QUINTO.- En el desahogo del quinto punto del orden del día, el Lic. Juan Mauro
Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, refirió que este punto corresponde
a los asuntos a tratar en la presente Sesión, por lo que procedía a presentar el
siguiente asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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5.1.- INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS
DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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En relación a este punto, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, comentó que con el fin de dar cumplimiento a la normatividad
vigente, informaba a los integrantes del Honorable Ayuntamiento, del número y
contenido de los expedientes turnados a las Comisiones Edilicias durante el mes
de mayo, así como de los que se encuentran pendientes de resolver. - - - - - - - - - -
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Continuando con el uso de la palabra, mencionó que en la carpeta que les fue
entregada con los puntos del orden del día para la presente Sesión, se incluyó un
documento que hace referencia al contenido de los mismos, procediendo a rendir el
siguiente informe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DURANTE EL MES DE MAYO SE TURNARON 21 EXPEDIENTES:
COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN: 04 EXPEDIENTES.
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO SOCIAL: 01 EXPEDIENTE.
COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 04 EXPEDIENTES.
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA: 01
EXPEDIENTE.
COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 07 EXPEDIENTES.
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COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN: 04 EXPEDIENTES.
DURANTE EL MES DE MAYO SE RESOLVIERON 25
EXPEDIENTES:
COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 08 EXPEDIENTES (UNO DE ELLOS
RESUELTO DE MANERA CONJUNTA CON LA COMISIÓN EDILICIA DE
SAPASA).
COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN: 03 EXPEDIENTES.
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA: 10
EXPEDIENTES.
COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 04 EXPEDIENTES.
QUEDAN PENDIENTES DE DICTAMINAR 20 EXPEDIENTES:
COMISIÓN DE REGLAMENTACIÓN: 06 EXPEDIENTES.
COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO: 01 EXPEDIENTE.
COMISIÓN DE GOBERNACIÓN: 06 EXPEDIENTES.
COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL: 01 EXPEDIENTE.
COMISIÓN DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 03 EXPEDIENTES.
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA: 01 EXPEDIENTE.
COMISIÓN DE HACIENDA: 02 EXPEDIENTES (UNO DE ELLOS COMPARTIDO CON LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN).
ESTE ES EL INFORME SEÑORA PRESIDENTA.
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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5.2.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE
MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO
28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18
FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO
DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,
APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL TERCER
CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018 Y
AUTORIZA SU EMISIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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En relación a este asunto, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, comentó que estaban a consideración de los integrantes del
Honorable Cuerpo Edilicio, los siguientes puntos de acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL
ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18
FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA LA
CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL TERCER CABILDO ABIERTO DE LA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018 Y AUTORIZA SU EMISIÓN. - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL TERCER CABILDO
ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018, DEBERÁ PUBLICARSE Y
DIFUNDIRSE EN LOS LUGARES DE MAYOR AFLUENCIA DEL MUNICIPIO,
CORRESPONDIENDO A LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO SU PUNTUAL
CUMPLIMIENTO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto a los puntos de
acuerdo presentados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
de los puntos de acuerdo presentados, se sirvieran manifestarlo levantando su
mano; siendo aprobado por unanimidad, tomándose el siguiente: - - - - - - - - - -
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO
ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL
REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN
DE ZARAGOZA, APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL
TERCER CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018
Y AUTORIZA SU EMISIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL TERCER
CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018, DEBERÁ
PUBLICARSE Y DIFUNDIRSE EN LOS LUGARES DE MAYOR AFLUENCIA DEL
MUNICIPIO, CORRESPONDIENDO A LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
SU PUNTUAL CUMPLIMIENTO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 - 2018
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CONVOCATORIA PÚBLICA TERCERA SESIÓN DE CABILDO ABIERTA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 -2018
EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA:
CONVOCA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS DE QUE EL PRÓXIMO DÍA JUEVES TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, EN PUNTO DE LAS ONCE HORAS, PARTICIPEN EN LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, TERCERA ABIERTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL 2016-2018, QUE TENDRÁ VERIFICATIVO EN EL SALÓN DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN EL BLVD. ADOLFO LÓPEZ MATEOS NÚMERO 91, COLONIA EL POTRERO. LA PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA SE REALIZARÁ BAJO LAS SIGUIENTES BASES: PRIMERA.- LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO PARTICIPARÁN EN LA SESIÓN DE CABILDO CON DERECHO A VOZ, PERO SIN VOTO. SEGUNDA.- LOS HABITANTES QUE TENGAN EL INTERÉS PERSONAL DE TRATAR ALGÚN ASUNTO DE LA COMPETENCIA DEL HONORABLE CABILDO EN PLENO, DEBERÁN PRESENTAR SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO PARTICIPANTES EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, A MÁS TARDAR 72 HORAS ANTES DEL INICIO DE LA SESIÓN ABIERTA, EN UN HORARIO DE LUNES A VIERNES DE LAS 09:00 HORAS A LAS 18:00 HORAS. TERCERA.- EN CASO DE QUE EL PETICIONARIO PRESENTE SU SOLICITUD DE REGISTRO FUERA DEL PLAZO ANTERIORMENTE ESTABLECIDO, LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PROGRAMARÁ SU PARTICIPACIÓN EN LA PRÓXIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO ABIERTA.
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CUARTA.- LOS PARTICIPANTES DEBERÁN PRESENTAR SU SOLICITUD POR ESCRITO, ACOMPAÑANDO COPIA DE UNA IDENTIFICACIÓN OFICIAL, COMPROBANTE DE DOMICILIO Y EL EXPEDIENTE QUE CONTENGA LOS ELEMENTOS PARA EL ESTUDIO Y CONOCIMIENTO DEL ASUNTO DE SU INTERÉS. QUINTA.- EL CABILDO EN PLENO DETERMINARÁ, EN SU CASO, EL TRÁMITE QUE LEGALMENTE PROCEDA PARA LA DEBIDA ATENCIÓN DEL ASUNTO PRESENTADO.
INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMERA REGIDORA C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCERA REGIDORA C. DAVID AVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA C. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA SEXTO REGIDOR C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMA REGIDORA C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVA REGIDORA C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR
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C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMA REGIDORA C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR
Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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6.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS DE TRÁMITES DE
PROCEDIMIENTO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 44 Y 45 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,
RELATIVOS A LOS SIGUIENTES ASUNTOS: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEXTO.- En el desahogo del sexto punto del orden del día, el Lic. Juan Mauro
Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, refirió que este punto
correspondía a la presentación de propuestas de trámites de procedimiento,
en términos de lo dispuesto por los artículos 44 y 45 del Reglamento de
Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, relativo a los
siguientes asuntos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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6.1.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia
de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud
presentada por el C. Edgar Israel Fontanel Soto, Director del Instituto de
Cultura Física y Deporte, para que se apruebe el Reglamento Interno del
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
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Instituto de Cultura Física y Deporte del Municipio de Atizapán de
Zaragoza. (Expediente SHA/063/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acto seguido preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto a la
propuesta del turno presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del turno a Comisión, se sirvieran manifestarlo levantando su mano; siendo
aprobado por unanimidad, tomándose el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Israel Fontanel
Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que se apruebe el
Reglamento Interno del Instituto de Cultura Física y Deporte del Municipio de
Atizapán de Zaragoza. (Expediente SHA/063/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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6.2.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia
DIF, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por
el C. José Luis Vázquez Meneses, Presidente del Club Guerreros
Tercera Edad México 86, para que se autorice que el Centro
Comunitario de esa colonia, lleve el nombre de “Casa Luchita”, como
reconocimiento al trabajo realizado por la C. María de la Luz Cortés
Ramírez. (Expediente SHA/064/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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Acto seguido preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto a la
propuesta del turno presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del turno a Comisión, se sirvieran manifestarlo levantando su mano; siendo
aprobado por unanimidad, tomándose el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia DIF, para estudio, análisis y
dictaminación, la solicitud presentada por el C. José Luis Vázquez Meneses,
Presidente del Club Guerreros Tercera Edad México 86, para que se autorice que
el Centro Comunitario de esa colonia, lleve el nombre de “Casa Luchita”, como
reconocimiento al trabajo realizado por la C. María de la Luz Cortés Ramírez.
(Expediente SHA/064/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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6.3.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia
de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud
presentada por el C. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero Municipal,
para que se autorice el Programa para el otorgamiento de la licencia
provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo que no
impliquen riesgos sanitarios, ambientales o de protección civil,
conforme al Catálogo Mexiquense de Actividades Industriales,
Comerciales y de Servicios de Bajo Riesgo, con fundamento en el
numeral 31 fracción I Ter. de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México. (Expediente SHA/065/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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Acto seguido preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto a la
propuesta del turno presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del turno a Comisión, se sirvieran manifestarlo levantando su mano; siendo
aprobado por unanimidad, tomándose el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Manuel de la Vega
Suárez, Tesorero Municipal, para que se autorice el Programa para el otorgamiento
de la licencia provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo que no
impliquen riesgos sanitarios, ambientales o de protección civil, conforme al
Catálogo Mexiquense de Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios de
Bajo Riesgo, con fundamento en el numeral 31 fracción I Ter. de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de México. (Expediente SHA/065/CABILDO/2016). - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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6.4.- Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de
Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia
de Desarrollo Urbano y Obra Pública, para estudio, análisis y
dictaminación, la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez,
Director de Desarrollo Urbano, para que se autorice el Programa de
Regularización de la Vivienda 2016 – 2018. (Expediente
SHA/066/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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Acto seguido preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto a la
propuesta del turno presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del turno a Comisión, se sirvieran manifestarlo levantando su mano; siendo
aprobado por unanimidad, tomándose el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el
C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se autorice el
Programa de Regularización de la Vivienda 2016 – 2018. (Expediente
SHA/066/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.- PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES DE LAS COMISIONES, EN
TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 55, 57 Y 73 DEL
REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, RELATIVOS A LOS SIGUIENTES ASUNTOS:
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SÉPTIMO.- En el desahogo del séptimo punto del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, comentó que este punto
correspondía a la presentación de dictámenes de las Comisiones Edilicias, en
términos de lo dispuesto por los artículos 55, 57 y 73 del Reglamento de Cabildo
del Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, procediendo a dar lectura
del siguiente punto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
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7.1.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por la
C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la
Secretaría del H. Ayuntamiento, para que se autorice un Dictamen de
Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, por un
monto de $92,621.00 (Noventa y dos mil seiscientos veintiún pesos
00/100 m.n.). (Expediente SHA/052/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - -
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De conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, dio el uso de la palabra al C. Carlos Alberto Rayo
Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - -
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En uso de la palabra, el C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y
Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, procedió a dar lectura de los
puntos de acuerdo contenidos en el Dictamen emitido por la Comisión Edilicia de
Hacienda, el cual correrá agregado al apéndice de la presente Acta,
transcribiéndose a continuación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA
COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA DICTAMEN
Expediente: SHA/052/CABILDO/2016.
Estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por la C. Norma Lupita Barrera
Balderas, Coordinadora Administrativa de la secretaría del H. Ayuntamiento, para que se
autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, por un
monto de $92,621.00 (Noventa y dos mil seiscientos veintiún pesos
00/100m.n.).(Expediente SHA/052/CABILDO/2016).
I.- Número de Expediente: SHA/052/CABILDO/2016.
II.- El día 18 de mayo del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de
Hacienda el expediente SHA/052/CABILDO/2016.
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III.- La C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la
Secretaria de H. Ayuntamiento presentó la solicitud para que se autorice un Dictamen de
Reconducción y Actualización Programática Presupuestal.
IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su
criterio al dictaminar:
1.- Con fecha 18 de mayo del año dos mil dieciséis por medio del oficio número
SHA/TUR/COM/052/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la
Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis
punto uno, de la Décima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 18 de mayo
del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por la
C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la Secretaría del H.
Ayuntamiento para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización
Programática Presupuestal, por un monto de $92,621.00 (Noventa y dos mil seiscientos
veintiún pesos 00/100 M.N.) (Expediente SHA/052/CABILDO/2016).
2.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 24 de mayo del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/052/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.- Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su
dictamen en el sentido propuesto:
A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
B).-En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México.
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“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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D).- Que mediante oficio S.H.A./C.A/1795/2016, la C. Norma Lupita Barrera
Balderas, Coordinadora Administrativa, con fundamento en el Artículo 20 fracción V, inciso
"C" del reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios solicitó al
Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda,
para que se autorice Dictamen de Reconducción y Actualización Programática
Presupuestal por un monto de $92,621.00 (Noventa y dos mil seiscientos veintiún
pesos00/100m.n.), mismo que se agrega como anexo y se incorpora como imagen al
presente dictamen para proceder a su autorización:
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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen
afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán
estar sustentadas en un dictamen de reconducción y Actualización Programática
Presupuestal realizado por el área que sometió la Propuesta y aprobado por la Secretaría,
cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y
su texto completo se anexará a la misma.
Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se
realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar
autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables.
La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de
reconducción y actualización programática-presupuestal, correspondiente que deberá
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“2016. AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
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incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus
metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que
comprenden.
Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos
externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la
Secretaría.
Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no
podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este
capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados
de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias
derivadas de desastres naturales y siniestros.
En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos
que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la
autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en
receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días.
La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice.
No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y
acciones a los capítulos de gasto corriente.
En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios
externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y
Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios
que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 318.-… Segundo párrafo
En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada,
la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación,
Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de
los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente
así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la
Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los
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proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus
recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados
para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código.
Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y
cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías
presupuestarias.
Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones
presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a
la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto
de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias
internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente,
anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los
Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones:
V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los
dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo,
las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el
caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual.
Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como
consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de
Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y
entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación,
programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones,
deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la
Secretaría para su aprobación.
Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al
artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información,
Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas,
organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la
justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas
vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el
dictamen.
Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer
semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada
Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los
períodos que determinen los Ayuntamientos.
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Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y
al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización,
así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas
cuando así procedan.
Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o
improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado
por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen.
Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación
y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al
COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y
actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN,
para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDOS
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización
Programática Presupuestal, presentado por la C. Norma Lupita Barrera Balderas,
Coordinadora Administrativa de la Secretaría del H. Ayuntamiento, mismo que se incorpora
al presente dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio
del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y Actualización
Programática presupuestal al COPLADEMUN, para su registro y seguimiento. - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique a la
C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la Secretaría del H.
Ayuntamiento y a la Tesorería Municipal, el contenido del presente acuerdo para llevar a
cabo su cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos
pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto al dictamen
presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
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del dictamen presentado, se sirvieran manifestarlo levantando su mano, haciendo
constar que por unanimidad de votos a favor, se aprueban los siguientes: - - - - -
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal, presentado por la C. Norma Lupita
Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la Secretaría del H.
Ayuntamiento, mismo que se incorpora al presente dictamen. - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y
Actualización Programática presupuestal al COPLADEMUN, para su registro y
seguimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique a la C. Norma Lupita Barrera Balderas, Coordinadora Administrativa de la
Secretaría del H. Ayuntamiento y a la Tesorería Municipal, el contenido del
presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.2.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Lic.
Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad
Pública y Tránsito, para que se autorice un Dictamen de Reconducción
y Actualización Programática Presupuestal para Resultados.
(Expediente SHA/053/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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De conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, dio el uso de la palabra al C. Carlos Alberto Rayo
Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - -
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En uso de la palabra, el C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y
Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, procedió a dar lectura de los
puntos de acuerdo contenidos en el Dictamen emitido por la Comisión Edilicia de
Hacienda, el cual correrá agregado al apéndice de la presente Acta,
transcribiéndose a continuación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA DICTAMEN
Expediente: SHA/053/CABILDO/2016.
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Lic. Eduardo
González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito, para que se
autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal de
Resultados, al tenor del siguiente Orden:
I.- Número de Expediente: SHA/053/CABILDO/2016
II.- El día 19 de mayo del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de
Hacienda el expediente SHA/053/CABILDO/2016
III.- El Lic. Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad
Pública y Tránsito, presentó la solicitud para que se autorice un Dictamen de
Reconducción y Actualización Programática Presupuestal de Resultados.
IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio
al dictaminar:
1. Con fecha 18 de mayo del año dos mil dieciséis por medio del oficio número
SHA/TUR./COM/053/CABILDO/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue
turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en
el punto seis punto dos, de la Décima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el
día 18 de mayo del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud
realizada por el Lic. Eduardo González Castillo David, Comisario de la Dirección de
Seguridad Pública y Tránsito, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal de Resultados, lo anterior con fundamento a lo
dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64
fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México;
1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de
Cabildo del H. Ayuntamiento.
2. Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día
24 de mayo del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del
expediente SHA/053/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión
el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.- Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto:
A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
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B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante oficio DSPYTM/SDA/RM/0853/2016, el Lic. Eduardo González
Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito, con fundamento en el
Artículo 20 fracción V, inciso "C" del reglamento de la Ley de Planeación del Estado de
México y Municipios solicitó al Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la
Comisión Edilicia de Hacienda, para que se autorice Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal para Resultados, mismo que se agrega como
anexo y se incorpora como imagen al presente dictamen para proceder a su autorización:
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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen
afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán
estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática
presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría,
cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y
su texto completo se anexará a la misma.
Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se
realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar
autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables.
La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de
reconducción y actualización programática-presupuestal, correspondiente que deberá
incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus
metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que
comprenden.
Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos externos,
deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría.
Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no podrá
exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este capítulo los
ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados de la firma de
convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias derivadas de
desastres naturales y siniestros.
En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos que
rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la autorización
a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en receso,
quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días.
La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice.
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No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y
acciones a los capítulos de gasto corriente.
En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios
externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y
Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios
que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 318.-… Segundo párrafo
En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada,
la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación,
Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de
los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente
así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la
Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los
proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus
recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados
para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código.
Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y
cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías
presupuestarias.
Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones
presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a
la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto
de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias
internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente,
anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los
Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones:
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V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los
dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo,
las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el
caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual.
Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como
consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de
Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y
entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación,
programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones,
deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la
Secretaría para su aprobación.
Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al
artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información,
Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas,
organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la
justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas
vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el
dictamen.
Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer
semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada
Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los
períodos que determinen los Ayuntamientos.
Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y
al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización,
así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas
cuando así procedan.
Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o
improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado
por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen.
Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación
y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al
COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y
actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN,
para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDOS
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización
Programática Presupuestal para Resultados, presentado por el Lic. Eduardo González
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, (Junio 02, 2016.)
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Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito, mismo que se
incorpora al presente dictamen. . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio
del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y Actualización
Programática Presupuestal de Resultados, para su registro y seguimiento. - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al
Lic. Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito
el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos
pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto al dictamen
presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del dictamen presentado, se sirvieran manifestarlo levantando su mano, haciendo
constar que por unanimidad de votos a favor, se aprueban los siguientes: - - - - -
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PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal para Resultados, presentado por el Lic.
Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad Pública y
Tránsito, mismo que se incorpora al presente dictamen. . - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal de Resultados, para su registro y
seguimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique al Lic. Eduardo González Castillo, Comisario de la Dirección de Seguridad
Pública y Tránsito el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su
cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.3.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el Lic.
Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, para que se
autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática
Presupuestal para Resultados. (Expediente SHA/054/CABILDO/2016). - -
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De conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, dio el uso de la palabra al C. Carlos Alberto Rayo
Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - -
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En uso de la palabra, el C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y
Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, procedió a dar lectura de los
puntos de acuerdo contenidos en el Dictamen emitido por la Comisión Edilicia de
Hacienda, el cual correrá agregado al apéndice de la presente Acta,
transcribiéndose a continuación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/054/CABILDO/2016.
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Lic. Jorge
Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, para que se autorice un Dictamen de
Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para Resultados, al tenor del
siguiente Orden:
I.- Número de Expediente: SHA/054/CABILDO/2016.
II.- El día 18 de mayo del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de
Hacienda el expediente SHA/054/CABILDO/2016.
III.- El Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, presentó la solicitud
para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática
Presupuestal para Resultados.
IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio
al dictaminar:
1.- Con fecha 18 de mayo del año dos mil dieciséis por medio del oficio número
SHA/TUR/COM./054/CABILDO/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue
turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en
el punto seis punto tres, de la Décima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el
día 18 de mayo del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud
realizada por el Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, para que se
autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para
Resultados, lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X,
XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63
fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento.
2.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 24 de mayo del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/054/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.- Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto:
A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
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B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante oficio 13R/54/2016, el Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer
Regidor, y en términos a lo dispuesto por el Artículo 20 fracción V, inciso "C" del
reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios solicitó al
Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda,
para que se autorice Dictamen de Reconducción y Actualización Programática
Presupuestal para Resultados, mismo que se agrega como anexo y se incorpora como
imagen al presente dictamen para proceder a su autorización: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen
afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán
estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática
presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría,
cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y
su texto completo se anexará a la misma.
Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se
realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar
autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables.
La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de
reconducción y actualización programática-presupuestal, correspondiente que deberá
incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus
metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que
comprenden.
Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos
externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la
Secretaría.
Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no
podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este
capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados
de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias
derivadas de desastres naturales y siniestros.
En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos
que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la
autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en
receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días.
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La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice.
No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y
acciones a los capítulos de gasto corriente.
En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios
externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y
Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios
que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 318.-… Segundo párrafo
En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada,
la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación,
Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de
los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad.
Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente
así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la
Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los
proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus
recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados
para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código.
Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y
cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías
presupuestarias.
Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones
presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a
la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto
de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias
internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente,
anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los
Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones:
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V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los
dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo,
las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el
caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual.
Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como
consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de
Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y
entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación,
programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones,
deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la
Secretaría para su aprobación.
Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al
artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información,
Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas,
organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la
justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas
vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el
dictamen.
Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer
semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada
Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los
períodos que determinen los Ayuntamientos.
Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y
al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización,
así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas
cuando así procedan.
Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o
improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado
por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen.
Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación
y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al
COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y
actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN,
para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDOS
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización
Programática Presupuestal para Resultados, presentado por la el Lic. Jorge Luis Portillo
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018
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Salgado, Décimo Tercer Regidor, mismo que se incorpora al presente dictamen. . - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio
del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y Actualización
Programática de Presupuestal para Resultados al COPLADEMUN, para su registro y
seguimiento - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al
Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, a la Coordinación de Planeación
Estratégica y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo
su cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos
pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto al dictamen
presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del dictamen presentado, se sirvieran manifestarlo levantando su mano, haciendo
constar que por unanimidad de votos a favor, se aprueban los siguientes: - - - - -
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PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal para Resultados, presentado por la el Lic.
Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, mismo que se incorpora al
presente dictamen. . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de Reconducción y
Actualización Programática de Presupuestal para Resultados al COPLADEMUN,
para su registro y seguimiento - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique al Lic. Jorge Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor, a la
Coordinación de Planeación Estratégica y a la Tesorería Municipal el contenido del
presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.4.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Gobernación, relativo
al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el
Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien
requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de
Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz
Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación
“Ristorante Italimo”. (Expediente SHA/044/CABILDO/2016). - - - - - - - - - -
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De conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, dio el uso de la palabra la C. Elia Briceño
Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria de la Comisión Edilicia de Gobernación. -
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En uso de la palabra, la C. Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria
de la Comisión Edilicia de Gobernación, procedió a dar lectura de los puntos de
acuerdo contenidos en el Dictamen emitido por la Comisión Edilicia de
Gobernación, el cual correrá agregado al apéndice de la presente Acta,
transcribiéndose a continuación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DICTAMEN DE LA COMISION EDILICIA DE GOBERNACION
ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016 - 2018
EXPEDIENTE SHA/044/CABILDO/2016.
A la Comisión Edilicia de Gobernación, conformada por los C.C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y Presidenta de la Comisión Edilicia; Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaría de la Comisión Edilicia; Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia; María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia; y Fernando Danel Villarreal, Décimo Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia, le fue turnado por Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente
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SHA/044/CABILDO/2016, conformado con motivo de la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”. Por lo que con fundamento en los Artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción I, XI, XXV Bis, 48 fracciones II, VI Bis, VII y XVI Bis, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I inciso a) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 4 Fracción VIII y 5 fracción VI de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 2.30 y 2.38 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México; 1 y 27 del Bando Municipal vigente; así como los Artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor, sometemos a la consideración de los integrantes del Honorable Cabildo en Pleno, el dictamen mediante el cual se resuelve dicha solicitud; propuesta que se fundamenta en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
CONSIDERACIONES DE HECHO PRIMERA.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, por acuerdo tomado en su Primera Sesión Solemne de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobó la propuesta de la Ciudadana Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y conformó las Comisiones Edilicias para el período de Gobierno 2016-2018; y entre ellas, se encuentra la Comisión Edilicia de Gobernación con los siguientes integrantes:
Presidenta C. Ana María Balderas Trejo.- Presidenta Municipal
Secretaria C. Elia Briceño Mendoza.- Séptima Regidora
Vocal C. Carlos Jesús Leyva Mora.- Síndico Municipal
Vocal C. María Inés Saucedo Reséndiz. -Quinta Regidora
Vocal C. Fernando Danel Villarreal.- Décimo Segundo Regidor
SEGUNDA.- Que la Comisión Edilicia de Gobernación, legalmente conformada por Acuerdo de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en el marco de la celebración de la Primera Sesión Solemne de Cabildo de la Administración Municipal 2016- 2018, es competente para conocer y resolver en sus términos, la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”, en virtud de por Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, tomado en la Décima Octava Sesión Ordinaria, le fue turnado para su estudio, análisis y dictaminación el expediente SHA/044/CABILDO/2016, en términos de lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor. TERCERA.- Que obra en el expediente SHA/044/CABILDO/2016, original de la solicitud presentada a través de la Oficialía Común de Partes del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, el día 03 de mayo del año 2016, bajo el número de registro 8308, por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., requiriendo de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial
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ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”. CUARTA.- Que el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, tomado en la Décima Octava Sesión Ordinaria, por oficio de esa misma fecha identificado como S.H.A./TUR./COM./044/2016, turnó a la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y Presidenta de la Comisión Edilicia de Gobernación el expediente SHA/044/CABILDO/2016, adjuntando copia de lo siguiente: 1.- Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario 15-013-12-2016-DFIS-0051, emitido por el Secretario Técnico del Consejo Rector de Impacto Sanitario del Estado de México,
DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
DENOMINACIÓN: RISTORANTE ITALIMO. GIRO COMERCIAL: RESTAURANTE BAR. ACTIVIDAD PREPONDERANTE: RESTAURANTE BAR. HORARIO: DOMINGO, LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 51 Y 56 DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. QUINTA.- Que del Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario 15-013-12-2016-DFIS-0051, emitido por el Secretario Técnico del Consejo Rector de Impacto Sanitario del Estado de México, se desprende principalmente lo siguiente:
a) El horario de funcionamiento es de conformidad a lo establecido por los artículos 51 y 56 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
b) Cuenta con 47 mesas. c) Da empleo a 37 trabajadores. d) Cuenta con 4 baños. e) Cajones de estacionamiento. f) Que en términos del artículo 78 fracción III de la Ley de Competitividad y
Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditado el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad sanitarias.
g) Que en términos del artículo 78 fracción IV de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada la instalación de aislantes de sonido que garantizan el no generar ruido en el medio ambiente o contaminación que afecte la salud de los usuarios, dependientes y personal expuesto. Que los niveles de ruido se encuentran dentro del rango permitido.
h) Que en términos del artículo 78 fracción VII de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada con la evidencia documental y fotográfica necesaria, el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.
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SEXTA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos en pleno el día 17 de mayo del año 2016 y realizamos de manera conjunta una visita de inspección con la autorización correspondiente, al local del negocio denominado “Ristorante Italimo”, ubicado en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, constatando que se trata de un inmueble que no causa afectaciones a terceros, está instalado en una Plaza Comercial y cuenta con la infraestructura necesaria para otorgar el servicio de Restaurant Bar. SÉPTIMA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos de nueva cuenta en pleno, el día 24 de mayo de 2016, con la finalidad de que en el ámbito de nuestras atribuciones, cada uno expusiera sus ideas y comentarios respecto de la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”, determinando que es procedente proponer al pleno del H. Cabildo, otorgar la autorización o anuencia para el negocio anteriormente señalado.
CONSIDERACIONES DE DERECHO
PRIMERA.- Que el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.” SEGUNDA.- Que el Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de carácter general, en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala:
“Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo a las leyes en materia municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, los procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.”
TERCERA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 123 establece que los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. CUARTA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad, establece en su artículo primero que el municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la
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administración de su hacienda pública, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. QUINTA- La citada Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece en su artículo 31 fracciones I y XXV Bis, lo siguiente: Artículo 31.- Son atribuciones de los ayuntamientos: I. Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones; XXV Bis. Participar en la prevención y atención a las adicciones, en términos de lo dispuesto en la Sección Cuarta del Capítulo Quinto del Título Tercero del Libro Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Con el objeto de combatir el alcoholismo, los Ayuntamientos y las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no autorizarán la instalación de establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado o por copeo, que se ubique en un radio no menor de 300 metros de centros escolares, instalaciones deportivas o centros de salud; para lo cual, las autoridades realizarán las inscripciones correspondientes en los planes municipales de desarrollo urbano. SEXTA- Que la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, en sus artículos 1, 4 fracción VIII y 5 fracción VI establece lo siguiente: Artículo 1. Las disposiciones contenidas en esta ley son de orden público e interés general y tienen por objeto regular la apertura y el funcionamiento de las unidades económicas para fortalecer la competitividad y el ordenamiento comercial. Así como promover acciones tendentes a estimular a aquellos emprendedores que se domicilien y tributen dentro del territorio del Estado de México. Lo relativo al fomento, atracción de la inversión productiva nacional y extranjera e instalación de empresas y parques industriales en la Entidad se regulará en términos de lo dispuesto en la Ley de Fomento Económico para el Estado de México. Artículo 4. Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley las siguientes: I. ... II. ... III. ... IV. ... V. … VI. ... VII. ... VIII. Ayuntamientos. Artículo 5. Corresponde a las autoridades, en el ámbito de su competencia, lo siguiente: I. … II. … III. … IV. …
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V. Implementar mecanismos y programas especiales para la apertura rápida de unidades económicas. SÉPTIMA- Que el Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, en sus artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 establecen: Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de orden público, interés general y observancia en todo el territorio municipal de Atizapán de Zaragoza. Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto:
I. Regular e inspeccionar la actividad comercial, de prestación de servicios e industrial en Establecimientos Comerciales, Puestos Fijos, Semifijos, Ambulantes, Vía Pública, Áreas de Uso Común, así como los Mercados Públicos Municipales y Privados;
II. Regular e inspeccionar el correcto desarrollo de los espectáculos públicos, y
III. Regular e inspeccionar el uso, instalación, explotación, colocación y distribución
de anuncios o cualquier elemento publicitario en Áreas de Uso Común, vía pública, así como en áreas privadas que sean visibles desde la vía pública.
Artículo 4.- Corresponde la aplicación del presente ordenamiento a:
I. El Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza;
II. La Tesorería Municipal;
III. La Subdirección de Normatividad; y
IV. Las demás dependencias y órganos de la Administración Pública Municipal en el
ámbito de su competencia. Artículo 7.- La Tesorería Municipal, a través de la Subdirección de Normatividad, expedirá con previa autorización del Honorable Cabildo, y cumpliendo con los requisitos señalados en el presente Reglamento, la Licencia de Funcionamiento, para la apertura de giros tales como:
I. Bares;
II. Video bares;
III. Cantinas;
IV. Centros de Espectáculos Nocturnos;
V. Cabarets;
VI. Discotecas;
VII. Cafés cantantes;
VIII. Centros botaneros;
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IX. Restaurantes bar;
X. Billares con servicio de bebidas alcohólicas mayores de 12° GL.
Para el caso de la autorización de venta de bebidas alcohólicas en salas cinematográficas, también se requerirá de la aprobación del H. Ayuntamiento y cumplir con los requisitos que al efecto establece el presente ordenamiento. Artículo 17.- Para la expedición de la Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y prestadores de servicios, será necesario presentar solicitud a la que se acompañarán:
I. Licencia de Uso de Suelo y/o Cédula Informativa de Zonificación; ésta última únicamente para giros de servicios y productos básicos;
II. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble;
III. Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio y/o el Instituto de la Función Registral del Estado de México en el caso de personas jurídico-colectivas;
IV. Visto bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos del Municipio cuando se
trate de giros de alto impacto;
V. Autorización del Honorable Cabildo, en los giros que establece el Artículo 7 del presente Reglamento;
VI. Autorización expedida por la Secretaría de Gobernación en la cual se permita
llevar a cabo la actividad de que se trate, cuando el solicitante sea extranjero;
VII. El Formato R-2 únicamente para personas jurídico colectivas;
VIII. Pago del derecho de la expedición por apertura o revalidación de la Licencia de Funcionamiento por servicios prestados por autoridad administrativa, conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 81.- La Tesorería Municipal podrá autorizar los giros con venta de bebidas alcohólicas al copeo, en botella o envase cerrado, previo pago de derechos, conforme a lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, y cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Dictamen de factibilidad, emitido por la Secretaría de Salud a través del Consejo Rector de Impacto Sanitario.
II. Dictamen de Viabilidad de mediano o alto riesgo, emitido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Dirección General de Protección Civil.
III. Contar con un aparato que mida el nivel de alcohol de sus clientes, de acuerdo a la
Norma Oficial Mexicana, para el caso de establecimientos que vendan o suministren bebidas alcohólicas abiertas o al copeo.
Artículo 82.- En ningún caso podrán venderse bebidas alcohólicas en envase cerrado, en tianguis, puestos fijos, puestos semifijos o ambulantes. Así mismo queda prohibida su venta en carpas y circos.
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Artículo 83.- Las licencias de funcionamiento, para la venta de bebidas alcohólicas, que se expidan a restaurantes, únicamente faculta a su titular a vender bebidas alcohólicas con alimentos. OCTAVA.- Que en la Gaceta Municipal Número 001 – Año 01 – del 01 de enero del 2016, se publicaron los Acuerdos del Honorable Cabildo del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, tomados en la Primera Sesión Solemne de la Administración Municipal 2016 – 2018, celebrada el mismo día, y entre ellos está el siguiente:
PROPUESTA Y EN SU CASO APROBACIÓN, DEL ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA EN LO GENERAL LAS MODIFICACIONES, DEROGACIONES Y ADICIONES, EN SU CASO, AL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO.
Y se establece el siguiente:
Transitorio CUARTO.- Los reglamentos o disposiciones municipales en los cuales aparezca la Subdirección de Normatividad que depende de la Tesorería Municipal, se entenderá que se trata de la Subdirección de Concertación, Inspección y Vía Pública que depende de la Dirección de Gobierno, desde la publicación del presente y hasta en tanto se adecuen dichos dispositivos legales a las modificaciones aquí realizadas.
NOVENA.- Que en la Gaceta Municipal Número 021 – Año 01 – del 14 de marzo del 2016, se publicaron los Acuerdos del Honorable Cabildo del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, tomados en la Quinta Sesión Extraordinaria de la Administración Municipal 2016 – 2018, celebrada el mismo día, y entre ellos está el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 48 FRACCIONES II, IX y XIII, 49, 86, 88 y 90 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA QUE LA SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN, INSPECCIÓN, ANUNCIOS, VÍA PÚBLICA Y MERCADOS, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO, PASE A FORMAR PARTE DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, AUTORIZÁNDOSE PARA ELLO LAS REFORMAS A LOS ARTÍCULOS CONDUCENTES DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO Y DEL BANDO MUNICIPAL VIGENTE. Y se establece el siguiente:
Transitorio
CUARTO.- Los reglamentos o disposiciones municipales en los cuales aparezca la Subdirección de Concertación, Inspección y Vía Pública que depende de la Dirección de Gobierno, se entenderá que se trata de la Subdirección de Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados que depende de la Tesorería Municipal, desde la publicación del presente y hasta en tanto se adecuen dichos dispositivos legales a las modificaciones aquí realizadas.
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DÉCIMA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como en los artículos 4 y 7 del Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza y en cumplimiento del Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, por el que se determinó turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/044/CABILDO/2016, conformado con motivo de la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., quien requiere de la autorización para poder ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial ubicada en Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, con denominación “Ristorante Italimo”. Con base a los antecedentes, consideraciones de hecho y de derecho que han quedado descritos, la Comisión Edilicia de Gobernación, tiene a bien proponer los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO, El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del Restaurant Bar denominado “Ristorante Italimo”, ubicado en la Plaza Comercial de Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, atendiendo la solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V. SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., la resolución del presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la Comisión Edilicia de Gobernación.
Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto al dictamen
presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del dictamen presentado, se sirvieran manifestarlo levantando su mano, haciendo
constar que por unanimidad de votos a favor, se aprueban los siguientes: - - - - -
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PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado
de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del
Restaurant Bar denominado “Ristorante Italimo”, ubicado en la Plaza Comercial de
Avenida Ruíz Cortines No.255, Local 510, Predio Las Margaritas, atendiendo la
solicitud presentada por el Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A.
de C.V. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la
Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de
Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados la resolución del presente
asunto, para los efectos legales a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese al
Representante Legal de FINESTRA AL SAPORE, S.A. de C.V., la resolución del
presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la
Comisión Edilicia de Gobernación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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7.5.- Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Gobernación, relativo
al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por la
C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le
autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial
City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412
y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación
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“LA BTK”, (Expediente SHA/045/CABILDO/2016). - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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De conformidad con el artículo 78 del Reglamento de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,
Secretario del H. Ayuntamiento, dio el uso de la palabra la C. Elia Briceño
Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria de la Comisión Edilicia de Gobernación. -
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En uso de la palabra, la C. Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaria
de la Comisión Edilicia de Gobernación, procedió a dar lectura de los puntos de
acuerdo contenidos en el Dictamen emitido por la Comisión Edilicia de
Gobernación, el cual correrá agregado al apéndice de la presente Acta,
transcribiéndose a continuación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DICTAMEN DE LA COMISION EDILICIA DE GOBERNACION
ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO 2016 - 2018
EXPEDIENTE SHA/045/CABILDO/2016.
A la Comisión Edilicia de Gobernación, conformada por los C.C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y Presidenta de la Comisión Edilicia; Elia Briceño Mendoza, Séptima Regidora y Secretaría de la Comisión Edilicia; Carlos Jesús Leyva Mora, Síndico Municipal y Vocal de la Comisión Edilicia; María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia; y Fernando Danel Villarreal, Décimo Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia, le fue turnado por Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/045/CABILDO/2016, conformado con motivo de la solicitud presentada por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”. Por lo que con fundamento en los Artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracción I, XI, XXV Bis, 48 fracciones II, VI Bis, VII y XVI Bis, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I inciso a) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 4 Fracción VIII y 5 fracción VI de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México; 2.30 y 2.38 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México; 1 y 27 del Bando Municipal vigente; así como los Artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor, sometemos a la consideración de los integrantes del Honorable Cabildo en Pleno, el dictamen mediante el cual se resuelve dicha solicitud; propuesta que se fundamenta en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
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CONSIDERACIONES DE HECHO PRIMERA.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, por acuerdo tomado en su Primera Sesión Solemne de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en términos de lo dispuesto por el artículo 65 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobó la propuesta de la Ciudadana Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y conformó las Comisiones Edilicias para el período de Gobierno 2016-2018; y entre ellas, se encuentra la Comisión Edilicia de Gobernación con los siguientes integrantes:
Presidenta C. Ana María Balderas Trejo.- Presidenta Municipal
Secretaria C. Elia Briceño Mendoza.- Séptima Regidora
Vocal C. Carlos Jesús Leyva Mora.- Síndico Municipal
Vocal C. María Inés Saucedo Reséndiz. -Quinta Regidora
Vocal C. Fernando Danel Villarreal.- Décimo Segundo
Regidor
SEGUNDA.- Que la Comisión Edilicia de Gobernación, legalmente conformada por Acuerdo de Cabildo de fecha 1º de enero del año 2016, en el marco de la celebración de la Primera Sesión Solemne de Cabildo de la Administración Municipal 2016- 2018, es competente para conocer y resolver en sus términos, la solicitud presentada por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”, en virtud de por Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, tomado en la Décima Octava Sesión Ordinaria, le fue turnado para su estudio, análisis y dictaminación el expediente SHA/045/CABILDO/2016, en términos de lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza en vigor. TERCERA.- Que obra en el expediente SHA/045/CABILDO/2016, original de la solicitud presentada a través de la Oficialía Común de Partes del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, el día 28 de abril del año 2016, bajo el número de registro 7937, por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”. CUARTA.- Que el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, tomado en la Décima Octava Sesión Ordinaria, por oficio de esa misma fecha identificado como S.H.A./TUR./COM./045/2016, turnó a la C. Ana María Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional y Presidenta de la Comisión Edilicia de Gobernación el expediente SHA/045/CABILDO/2016, adjuntando copia de lo siguiente: 1.- Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario 15-013-12-2016-DFIS-0295, emitido por el Secretario Técnico del Consejo Rector de Impacto Sanitario del Estado de México,
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DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
DENOMINACIÓN: LA BTK. GIRO COMERCIAL: RESTAURANTE BAR. ACTIVIDAD PREPONDERANTE: RESTAURANTE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LOS ALIMENTOS. HORARIO: DOMINGO, LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES, SÁBADO. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 51 Y 56 DE LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. QUINTA.- Que del Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario 15-013-12-2016-DFIS-0295, emitido por el Secretario Técnico del Consejo Rector de Impacto Sanitario del Estado de México, se desprende principalmente lo siguiente:
a) El horario de funcionamiento es de conformidad a lo establecido por los artículos 51 y 56 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
b) Cuenta con 40 mesas. c) Da empleo a 8 trabajadores. d) Cuenta con 2 baños. e) Cajones de estacionamiento. (Área común de la plaza). f) Que en términos del artículo 78 fracción III de la Ley de Competitividad y
Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditado el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad sanitarias.
g) Que en términos del artículo 78 fracción IV de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada la instalación de aislantes de sonido que garantizan el no generar ruido en el medio ambiente o contaminación que afecte la salud de los usuarios, dependientes y personal expuesto. Que los niveles de ruido se encuentran dentro del rango permitido.
h) Que en términos del artículo 78 fracción VII de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, se encuentra acreditada con la evidencia documental y fotográfica necesaria, el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.
SEXTA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos en pleno el día 17 de mayo del año 2016 y realizamos de manera conjunta una visita de inspección con la autorización correspondiente, al local del negocio denominado “LA BTK”, ubicado en la Plaza Comercial City Center, Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda constatando que se trata de un inmueble que no causa afectaciones a terceros, está instalado en una Plaza Comercial y cuenta con la infraestructura necesaria para otorgar el servicio de Restaurant Bar. SÉPTIMA.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Gobernación nos reunimos de nueva cuenta en pleno, el día 24 de mayo de 2016, con la finalidad de que en el ámbito de nuestras atribuciones, cada uno expusiera sus ideas y comentarios respecto de la solicitud presentada por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”, determinando que es procedente proponer al pleno del H. Cabildo, otorgar la autorización o anuencia para el negocio anteriormente señalado.
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CONSIDERACIONES DE DERECHO PRIMERA.- Que el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.” SEGUNDA.- Que el Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de carácter general, en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala:
“Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo a las leyes en materia municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, los procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.”
TERCERA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 123 establece que los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. CUARTA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad, establece en su artículo primero que el municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la administración de su hacienda pública, en términos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. QUINTA- La citada Ley Orgánica Municipal del Estado de México, establece en su artículo 31 fracciones I y XXV Bis, lo siguiente: Artículo 31.- Son atribuciones de los ayuntamientos: I. Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones; XXV Bis. Participar en la prevención y atención a las adicciones, en términos de lo dispuesto en la Sección Cuarta del Capítulo Quinto del Título Tercero del Libro Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Con el objeto de combatir el alcoholismo, los Ayuntamientos y las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, no autorizarán la instalación de establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado o por copeo, que se ubique en un radio no menor de 300 metros de centros escolares,
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instalaciones deportivas o centros de salud; para lo cual, las autoridades realizarán las inscripciones correspondientes en los planes municipales de desarrollo urbano. SEXTA- Que la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, en sus artículos 1, 4 fracción VIII y 5 fracción VI establece lo siguiente: Artículo 1. Las disposiciones contenidas en esta ley son de orden público e interés general y tienen por objeto regular la apertura y el funcionamiento de las unidades económicas para fortalecer la competitividad y el ordenamiento comercial. Así como promover acciones tendentes a estimular a aquellos emprendedores que se domicilien y tributen dentro del territorio del Estado de México. Lo relativo al fomento, atracción de la inversión productiva nacional y extranjera e instalación de empresas y parques industriales en la Entidad se regulará en términos de lo dispuesto en la Ley de Fomento Económico para el Estado de México. Artículo 4. Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley las siguientes: I. ... II. ... III. ... IV. ... V. … VI. ... VII. ... VIII. Ayuntamientos. Artículo 5. Corresponde a las autoridades, en el ámbito de su competencia, lo siguiente: I. … II. … III. … IV. … V. Implementar mecanismos y programas especiales para la apertura rápida de unidades económicas. SÉPTIMA- Que el Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, en sus artículos 1, 2, 4, 7, 17, 81 y 83 establecen: Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de orden público, interés general y observancia en todo el territorio municipal de Atizapán de Zaragoza. Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto:
I. Regular e inspeccionar la actividad comercial, de prestación de servicios e industrial en Establecimientos Comerciales, Puestos Fijos, Semifijos, Ambulantes, Vía Pública, Áreas de Uso Común, así como los Mercados Públicos Municipales y Privados;
II. Regular e inspeccionar el correcto desarrollo de los espectáculos públicos, y
III. Regular e inspeccionar el uso, instalación, explotación, colocación y distribución
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de anuncios o cualquier elemento publicitario en Áreas de Uso Común, vía pública, así como en áreas privadas que sean visibles desde la vía pública.
Artículo 4.- Corresponde la aplicación del presente ordenamiento a:
I. El Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza;
II. La Tesorería Municipal;
III. La Subdirección de Normatividad; y
IV. Las demás dependencias y órganos de la Administración Pública Municipal en el
ámbito de su competencia. Artículo 7.- La Tesorería Municipal, a través de la Subdirección de Normatividad, expedirá con previa autorización del Honorable Cabildo, y cumpliendo con los requisitos señalados en el presente Reglamento, la Licencia de Funcionamiento, para la apertura de giros tales como:
I. Bares;
II. Video bares;
III. Cantinas;
IV. Centros de Espectáculos Nocturnos;
V. Cabarets;
VI. Discotecas;
VII. Cafés cantantes;
VIII. Centros botaneros;
IX. Restaurantes bar;
X. Billares con servicio de bebidas alcohólicas mayores de 12° GL.
Para el caso de la autorización de venta de bebidas alcohólicas en salas cinematográficas, también se requerirá de la aprobación del H. Ayuntamiento y cumplir con los requisitos que al efecto establece el presente ordenamiento. Artículo 17.- Para la expedición de la Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y prestadores de servicios, será necesario presentar solicitud a la que se acompañarán:
I. Licencia de Uso de Suelo y/o Cédula Informativa de Zonificación; ésta última únicamente para giros de servicios y productos básicos;
II. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble;
III. Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio y/o el Instituto de la Función Registral del Estado de México en el caso de personas jurídico-colectivas;
IV. Visto bueno de la Dirección de Protección Civil y Bomberos del Municipio cuando se
trate de giros de alto impacto;
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V. Autorización del Honorable Cabildo, en los giros que establece el Artículo 7 del
presente Reglamento;
VI. Autorización expedida por la Secretaría de Gobernación en la cual se permita llevar a cabo la actividad de que se trate, cuando el solicitante sea extranjero;
VII. El Formato R-2 únicamente para personas jurídico colectivas;
VIII. Pago del derecho de la expedición por apertura o revalidación de la Licencia de
Funcionamiento por servicios prestados por autoridad administrativa, conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 81.- La Tesorería Municipal podrá autorizar los giros con venta de bebidas alcohólicas al copeo, en botella o envase cerrado, previo pago de derechos, conforme a lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, y cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Dictamen de factibilidad, emitido por la Secretaría de Salud a través del Consejo Rector de Impacto Sanitario.
II. Dictamen de Viabilidad de mediano o alto riesgo, emitido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Dirección General de Protección Civil.
III. Contar con un aparato que mida el nivel de alcohol de sus clientes, de acuerdo a la
Norma Oficial Mexicana, para el caso de establecimientos que vendan o suministren bebidas alcohólicas abiertas o al copeo.
Artículo 82.- En ningún caso podrán venderse bebidas alcohólicas en envase cerrado, en tianguis, puestos fijos, puestos semifijos o ambulantes. Así mismo queda prohibida su venta en carpas y circos. Artículo 83.- Las licencias de funcionamiento, para la venta de bebidas alcohólicas, que se expidan a restaurantes, únicamente faculta a su titular a vender bebidas alcohólicas con alimentos. OCTAVA.- Que en la Gaceta Municipal Número 001 – Año 01 – del 01 de enero del 2016, se publicaron los Acuerdos del Honorable Cabildo del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, tomados en la Primera Sesión Solemne de la Administración Municipal 2016 – 2018, celebrada el mismo día, y entre ellos está el siguiente:
PROPUESTA Y EN SU CASO APROBACIÓN, DEL ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA EN LO GENERAL LAS MODIFICACIONES, DEROGACIONES Y ADICIONES, EN SU CASO, AL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO. Y se establece el siguiente:
Transitorio
CUARTO.- Los reglamentos o disposiciones municipales en los cuales aparezca la Subdirección de Normatividad que depende de la Tesorería Municipal, se entenderá que se trata de la Subdirección de Concertación, Inspección y Vía Pública que depende de la Dirección de Gobierno, desde la publicación del presente y hasta en tanto se adecuen dichos dispositivos legales a las modificaciones aquí realizadas.
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NOVENA.- Que en la Gaceta Municipal Número 021 – Año 01 – del 14 de marzo del 2016, se publicaron los Acuerdos del Honorable Cabildo del Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, tomados en la Quinta Sesión Extraordinaria de la Administración Municipal 2016 – 2018, celebrada el mismo día, y entre ellos está el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 48 FRACCIONES II, IX y XIII, 49, 86, 88 y 90 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA QUE LA SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN, INSPECCIÓN, ANUNCIOS, VÍA PÚBLICA Y MERCADOS, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO, PASE A FORMAR PARTE DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, AUTORIZÁNDOSE PARA ELLO LAS REFORMAS A LOS ARTÍCULOS CONDUCENTES DEL REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO Y DEL BANDO MUNICIPAL VIGENTE Y se establece el siguiente:
Transitorio
CUARTO.- Los reglamentos o disposiciones municipales en los cuales aparezca la Subdirección de Concertación, Inspección y Vía Pública que depende de la Dirección de Gobierno, se entenderá que se trata de la Subdirección de Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados que depende de la Tesorería Municipal, desde la publicación del presente y hasta en tanto se adecuen dichos dispositivos legales a las modificaciones aquí realizadas.
DÉCIMA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como en los artículos 4 y 7 del Reglamento Municipal, del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza y en cumplimiento del Acuerdo de Cabildo de fecha 11 de mayo del año 2016, por el que se determinó turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, el expediente SHA/045/CABILDO/2016, conformado con motivo de la solicitud presentada la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, para que se le autorice ejercer la actividad de Restaurante Bar, en la Plaza Comercial City Center, ubicada en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, con la denominación “LA BTK”. Con base a los antecedentes, consideraciones de hecho y de derecho que han quedado descritos, la Comisión Edilicia de Gobernación, tiene a bien proponer los siguientes:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO, El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del Restaurant Bar denominado “LA BTK”, del Centro Comercial City Center, ubicado en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502, Fraccionamiento Bosque Esmeralda, atendiendo la solicitud presentada por la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares. SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados la resolución del presente asunto, para los efectos legales a que haya lugar.
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TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, la resolución del presente asunto para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la Comisión Edilicia de Gobernación.
Acto seguido, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
preguntó a los presentes si tenían algún comentario respecto al dictamen
presentado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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No habiendo comentarios, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H.
Ayuntamiento, solicitó a los miembros del Cabildo que quienes estuvieran a favor
del dictamen presentado, se sirvieran manifestarlo levantando su mano, haciendo
constar que por unanimidad de votos a favor, se aprueban los siguientes: - - - - -
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado
de México, otorga autorización o anuencia para Licencia de Funcionamiento del
Restaurant Bar denominado “LA BTK”, del Centro Comercial City Center,
ubicado en Bosque de Arrayán Mz. 5, Lt.1, Locales L-3/412 y L-3/502,
Fraccionamiento Bosque Esmeralda, atendiendo la solicitud presentada por la
C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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SEGUNDO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la
Tesorería Municipal para que por su conducto informe a la Subdirección de
Concertación, Inspección, Anuncios, Vía Pública y Mercados la resolución del presente
asunto, para los efectos legales a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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TERCERO.- A través de la Secretaría del H. Ayuntamiento, notifíquese a la
C. María de los Ángeles Cristina Carreón Solares, la resolución del presente asunto
para los efectos legales a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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CUARTO.- Descárguese el presente dictamen de la lista de asuntos turnados a la
Comisión Edilicia de Gobernación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Agotado este punto y continuando con el desahogo del orden del día, el Lic. Juan
Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, presentó el siguiente
asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
8.- ASUNTOS GENERALES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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OCTAVO.- En el desahogo del octavo punto del orden del día, el Lic. Juan Mauro
Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento, informó que este punto
correspondía al apartado de Asuntos Generales, por lo que con la autorización de
la C. Presidenta Municipal Constitucional, procedía a dar el uso de la palabra al
C. José Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer Regidor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Asunto presentado por el C. José Luis Portillo Salgado, Décimo Tercer
Regidor, quien manifestó lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
1) Buenas tardes Presidenta, compañeros Regidores, mi intervención es
únicamente en el sentido de mostrar mi beneplácito por la decisión que se
tuvo de no ingresar al Mando Único, ya que esto finalmente perjudica mucho
a la ciudadanía, esto es una decisión que considero de tomarse en cuenta
por todos nosotros, sobre todo por lo que implica el Mando Único, que
finalmente el haber tomado una decisión junto con otros seis municipios
dentro de 118, la verdad es que creo que en nombre de la ciudadanía
agradezco esa decisión, sobre todo por lo que implica no nada más el no
haber aceptado un mando único policiaco, sino por la presión política
también que pudiera recibir este municipio, dentro del cual me sumo con
mucho gusto en cualquier punto de apoyo y creo que esto requiere de
hacerlo del conocimiento de la ciudadanía, porque esto da seguridad
finalmente al municipio, un mando único implica muchísimas más cosas, no
nada más tener una sola policía; entonces mi comentario es en ese sentido,
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de verdad agradezco a nombre de la ciudadanía y del mío propio esa buena
decisión y me sumo a ella. Es cuanto.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Agotado el apartado de Asuntos Generales y continuando con el desahogo del
orden del día, el Lic. Juan Mauro Granja Jiménez, Secretario del H. Ayuntamiento,
presentó el siguiente asunto: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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9.- CLAUSURA DE SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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NOVENO.- En el desahogo del noveno punto del orden del día, la C. Ana María
Balderas Trejo, Presidenta Municipal Constitucional, manifestó: Se levanta
la Vigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, del período de gobierno
2016-2018, siendo las dieciséis horas con treinta y un minutos del día dos de
junio del año dos mil dieciséis, firmando los que en ella intervinieron así como el
Secretario del H. Ayuntamiento, quien de conformidad con el artículo 91 fracciones
I y V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, levanta la presente Acta
de Cabildo y la valida con su firma, como documento oficial emanado del
Ayuntamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
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FIRMAS CORRESPONDIENTES AL ACTA DE LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL 02 DE JUNIO DEL 2016
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018 C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMERA REGIDORA C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCERA REGIDORA
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FIRMAS CORRESPONDIENTES AL ACTA DE LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL 02 DE JUNIO DEL 2016
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018 C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMA REGIDORA
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FIRMAS CORRESPONDIENTES AL ACTA DE LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL 02 DE JUNIO DEL 2016
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018 C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVA REGIDORA C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMA REGIDORA C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR
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FIRMAS CORRESPONDIENTES AL ACTA DE LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN
ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL 02 DE JUNIO DEL 2016
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018 C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR
C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR LIC. JUAN MAURO GRANJA JIMÉNEZ SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO