15
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Estudiantes: Jose Oropeza 19.696.007 Sección Aula virtual Barquisimeto, agosto de 2016 El derecho concursal

Derecho concursal jose oropeza

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Derecho concursal jose oropeza

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

 

Estudiantes: 

Jose Oropeza 19.696.007Sección Aula virtual

  

Barquisimeto, agosto de 2016

El derecho concursal

Page 2: Derecho concursal jose oropeza

Es el conjunto de normas materiales y procesales que regulan y hacen posible la declaración de proceder a la ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos sus acreedores, teniendo como finalidad asegurar en la medida de lo posible la ocupación y embargo general de todo el patrimonio del deudor.

El Derecho Concursal.

Busca proteger las crisis temporales o definitivas del patrimonio de los comerciantes y a los conflictos resultantes de la falta de pago regular de sus correspondientes obligaciones mercantiles.

Page 3: Derecho concursal jose oropeza

La ejecución singular tiene lugar cuando el acreedor acude a los medios procesales ordinarios a los fines de denunciar una situación de incumplimiento de las obligaciones del deudor para obtener la satisfacción de su interés, de ahí que, que la ejecución singular es menos igualitaria y niveladora que la colectiva, ya que el acreedor más diligente cobra primero y el que mejor bienes embargue está en mejor situación, fundamentándose en los principios de exclusión y selección.

Ejecución Singular.

Page 4: Derecho concursal jose oropeza

la ejecución colectiva se basa en la inclusión y la generalidad, ya que cuando el patrimonio se hace impotente para cancelar lo adeudado debido a un desequilibrio que lo afecta se procede a liquidar todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos sus acreedores, y en consecuencia, todos los acreedores se encuentran en una posición de igualdad, salvo las preferencias derivadas de los privilegios establecidos por ley.

Ejecución Colectiva

Page 5: Derecho concursal jose oropeza

La palabra es también utilizada para referirse a la propiedad de un individuo, como sea que la haya adquirido. Desde este punto de vista, el individuo puede ser una ya sea una persona natural o jurídica.

El Patrimonio como Prenda.

Conceptúa al patrimonio como el conjunto de derechos y

obligaciones que constituyen una universalidad de derecho,

susceptibles de valoración pecuniaria.

Kummerow Gert

Page 6: Derecho concursal jose oropeza

LA CESACIÓN DE PAGOS O INSOLVENCIA EN EL ATRASO NO ES, LA IMPOTENCIA DEFINITIVA DEL PATRIMONIO PARA HACER FRENTE, PUNTUAL Y REGULARMENTE, A LOS PAGOS DE LAS OBLIGACIONES LÍQUIDAS Y EXIGIBLES CON EL NUMERARIO Y EL ACTIVO REALIZABLE A CORTO PLAZO, COMO SUCEDE NORMALMENTE EN LA QUIEBRA.

La Suspensión y Cesación de Pagos

Page 7: Derecho concursal jose oropeza

El atraso como la organización procesal , legal y ejecutiva de un sistema de liquidación del patrimonio que otorga al deudor comerciante una verdadera espera o moratoria para el cumplimiento, en principio, de todas sus obligaciones y que solamente le es concedido al comerciante honrado, deudor de buena fe, que ha cumplido con sus obligaciones de prudencia y orden, tiene un activo positivamente mayor que su pasivo.

El Atraso

Explica que el atraso es un medio de liquidación que se actualiza dentro de un proceso especial ejecutivo, en el cual intervienen el deudor, el tribunal y los acreedores.

Zuleta González

Page 8: Derecho concursal jose oropeza

Sin proceso no hay atraso, por cuanto la naturaleza jurídica del atraso es netamente procesal, ya que este requiere de la declaratoria judicial correspondiente, la cual supone que se han cumplido con los requisitos de admisibilidad y de procedencia que la Ley exige, con la finalidad de obtener la liquidación ordenada de la totalidad o parte del patrimonio del deudor con el objeto de pagar todas sus deudas o al menos las dos terceras partes de las mismas.

Naturaleza Jurídica del

Atraso

Page 9: Derecho concursal jose oropeza

1. Requisitos de Fondo:

Requisitos de

admisión del Atraso 2. Requisitos de Forma:

A. La cualidad del comerciante en el deudor.B. La crisis de cesación de pagos excusable y subsanable por ser el activo real y positivamente superior al pasivo.C. La competencia del tribunal.D. La capacidad procesal del peticionario.

A. Petición regular del estado de atraso.B. Presentación por parte del peticionario de sus libros de comercio regularmente llevados; su balance comercial.C. Cualquier otro documento o papel que tenga las condiciones de seriedad y verosimilitud necesarias para probar la veracidad de las razones por las cuales se incurrió en una cesación de pagos.D. No encontrarse el deudor en quiebra declarada.

Page 10: Derecho concursal jose oropeza

Procedimientos.

El Tribunal, después de haber verificado la presentación de todos los documentos exigidos como requisitos en debida forma, dictará las medidas de vigilancia necesarias de acuerdo al arbitrio del Juez, nombrará un síndico y una comisión de tres de los principales acreedores residentes, de los que figuren en el balance del peticionario, y convocará a unos y otros por la prensa a una reunión que debe verificarse en el octavo día que se fije.En esa reunión podrán ser admitidos a representar a los acreedores avecindados o residentes fuera del lugar del Tribunal, En la reunión, el síndico, primero, y luego la comisión de acreedores, manifestarán su opinión sobre los documentos acompañados a la solicitud, sobre la verdad de cada uno de los créditos, sobre la admisión o negativa de la solicitud, sobre el plazo que pueda acordarse, sobre las medidas conservativas que convenga tomar y sobre el modo de liquidación y las personas que deban componer una comisión de consulta y de vigilancia durante la liquidación. Se levantará acto que firmarán con el Tribunal todos los concurrentes, haciéndose constar el nombre de éstosEl Tribunal procederá el tercer día hábil después de la reunión anterior, a oír los informes que quieran hacer el solicitante, el síndico, la comisión de acreedores y cualquier otro de éstos, y pronunciará sobre la petición admitiéndola o negándola, según lo encontrare procedente, teniendo especialmente en cuenta el voto, emitido por la mayoría de los acreedores.

Page 11: Derecho concursal jose oropeza

El Síndico.

Artículo 970 del Código de Comercio que prohíbe ser síndicos en la quiebra a los comerciantes menores de veintiún años, los fallidos, mientras no obtengan rehabilitación, el cónyuge y los parientes del fallido hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, aunque sean comerciantes y a los acreedores cuyos créditos estén controvertidos.     

Page 12: Derecho concursal jose oropeza

La Comisión de Acreedores.

Conformación y Funciones

Los acreedores deberá estar conformada por tres de los principales acreedores residentes, de los que figuren en el balance del peticionario; lo cual da a entender que estos acreedores son aquellos de mayor suma.La comisión de acreedores que se nombra junto con el fallo que admite la solicitud de atraso es diferente a la que designa con la sentencia que declara procedente el beneficio de atraso.

La comisión de acreedores que se nombra junto con el fallo que admite la solicitud de atraso es diferente a la que designa con la sentencia que declara procedente el beneficio de atraso.

Page 13: Derecho concursal jose oropeza

Asamblea de Representación. Objeto. Acreedores.

La Asamblea de acreedores ocurre en la reunión prevista en el artículo 902 del Código de Comercio, donde estos en conjunto con el síndico y la comisión de acreedores tienen la oportunidad de expresar su opinión acerca del otorgamiento del beneficio de atraso.

En cuanto a su representación, el artículo 901 del Código de Comercio establece que En esa reunión podrán ser admitidos a representar a los acreedores avecindados o residentes fuera del lugar del Tribunal, sus respectivos apoderados o agentes o comisionistas, u otro comerciante que quiera prestar caución por alguno de ellos, sólo para los efectos de resolver la solicitud. Bastará como credencial al representante una autorización por carta, por telegrama o por cable.

Page 14: Derecho concursal jose oropeza

Calificación de Créditos

En el proceso de atraso no existe una regulación específica de cómo establecer el pasivo, por ende la calificación de los créditos se ve como una gran laguna del Derecho. Sin embargo, se podría aplicar el hecho de que a falta de regulación en cualquier estado del proceso puede surgir el desconocimiento de la validez de un crédito, siempre que el mismo no haya sido admitido con posterioridad por el acreedor impugnante.

Page 15: Derecho concursal jose oropeza

La Sentencia. Contenido y Apelación. Liquidación. Otros

Convenios.1. La duración de la liquidación, que no exceda de doce meses.2. La obligación del deudor de hacer constar haber pagado dentro de dicho plazo a todos sus acreedores o haber celebrado con ellos convenio o arreglo.3. Las medidas conservatorias y las precauciones que juzgue necesarias para garantizar la integridad del patrimonio del deudor.