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DERECHO FISCAL I LIC. GRISELDA DE JESÚS HERNÁNDEZ HURTADO 07/02/2014

Derecho Fiscal I

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Page 1: Derecho Fiscal I

DERECHO FISCAL ILIC. GRISELDA DE JESÚS HERNÁNDEZ HURTADO

07/02/2014

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Derecho financiero.

Mijagos Borja, señala el momento en el cual el Derecho financiero comienza su proceso de sistematización y con la obra del austriaco Franz Von Myrbach-Rheinfiel (1906) en su obra ‘Grundriss des Finanzrechts’.

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Concepto.

Normas de derecho público positivo que tiene por objeto la regulación de las finanzas de las colectividades públicas, Estado y otros entes con administración propia existentes dentro de aquel

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DER

ECH

O F

INAN

CIER

ODerecho financiero

constitucional

Derecho financiero secundario

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División

1.- Derecho financiero constitucional que comprende:• Delimitación de las competencias entre las dos

cámaras para elaborar leyes fiscales.• Aprobación del presupuesto.• Voto anual de los impuestos.• Concesión de cargas sobre dichos bienes.

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2.- Derecho financiero secundario. Comprende:• Organización y división de los órganos, sus

funciones, leyes tributarias y otras impuestos a los sujetos económicos privados.

• Recursos para protección de los particulares, etc.

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Sáinz de Bujanda (1977) La rama del derecho público interno que organiza los recursos constitutivos de la Hacienda del Estado y de las restantes entidades públicas, territoriales e institucionales, y regula los procedimientos de percepción de los ingresos y de ordenación de los gastos y pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de sus finales.

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Ingrosso (1956) Conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad del Estado y de las entidades menores de derecho público, considerada en la composición de los órganos que la ejercen, en el ordenamiento formal de los procedimientos y actos, y en el contenido de las relaciones jurídicas que ella origina.

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Pugliese (1937) El derecho financiero es aquella disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que regulan:

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A.- Recaudación, gestión y gastos de los medios económicos necesarios al Estado y a los demás entes públicos para el desarrollo de sus actividades.

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B. Estudio de las relaciones jurídicas entre:• Poderes y los órganos del Estado.• Los ciudadanos y el Estado• Entre los ciudadanos

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Tres son las líneas de influencia en el Derecho Mexicano, la italiana (Giovanni Ingrosso), la alemana (Franz Von Myrbach-Rheinfiel) y la española (Fernando Sáinz de Bujanda)

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De la Garza (2010) Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos, a saber:

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A: El establecimiento de los tributos y obtención de diversas clases de recursos

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B: En la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos, para los gastos públicos,

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C: Así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dichas actividades se establecen entre los diversos órganos del Estado, o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado

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Contenido.Derecho

financiero

Derecho fiscal

Obtención

Derecho patrimonial

Manejo

Derecho presupuestario

Erogación

De recursos del Estado

Se divide en

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Materia financiera

Son los tres aspectos de la actividad financiera del Estado.

Ingresos

Erogación de los

recursos

Gestión de bienes y recursos

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INGRES

OS

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GESTIÓ

N DE

LOS B

IENES

Y LOS R

ECURSO

S

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EROGACIÓ

N DE

Y LOS R

ECURSO

S

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Derecho Tributario

Derecho Fiscal

Derecho Financiero

Recursos Económicos

Obtención

Patrimoniales

Crediticios

Tributarios

Impuestos

Aportaciones de Seguridad social

Contribución de Mejoras

Derechos

Manejo

Aplicación

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Derecho fiscal.

Concepto denominaciones.Doricela Mabarak Cerecedo (2000) la rama del Derecho Financiero que tiene por objeto regular las relaciones jurídicas que se dan entre el Estado, en su carácter de autoridad fiscal, y los gobernados, ya sea que éstos asuman el papel de contribuyentes, responsables solidarios o terceros, y cuyo objetivo fundamental es el de la recaudación de los tributos.

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Rodríguez Lobato (1998) Sistema de normas jurídicas que (…) regula el establecimiento, recaudación y control de los ingresos de Derecho Público del Estado derivados del ejercicio de su potestad tributaria (…)

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Finanzas públicas

Son los ingresos y los gastos del Estado, normalmente previstos en el presupuesto. Estas operaciones están sujetas al principio de legalidad y tienen por objeto realizar las funciones financieras del Estado. El termino finanzas públicas es muy debatido en virtud de que para varias corrientes del pensamiento económico y financiero no comprende el alcance real de la disciplina sistematizada históricamente bajo este concepto.

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Son los ingresos del Estado regulados por el derecho Público los que ocupan el estudio fundamental del Derecho Financiero.

Ingresos públicos

Derecho financiero

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Ingreso del Estado.

Ingresos

Derecho privado

Derecho público.

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Son los ingresos regulados por las normas de derecho público y que el Estado obtiene ejerciendo su potestad soberana; los que conforman el monto de mayor importancia para la existencia del Estado.Los ingresos por derecho privado son mínimos, generalmente el Estado los recibe en vía de cesiones de derechos privadas, en vía de donaciones o en vía testamentaria o intestamentaria.

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El Estado tiene la necesidad de asignar a la estructura gubernamental una serie de ingresos financieros que se obtienen a gracias a la recaudación tributaria.

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La RECAUDACIÓN es una actividad soberana del Estado, en la que se demuestra la potestad de este al imponer de forma coactiva el cobro del tributo sobre los ciudadanos e incluso sobre los propios órganos gubernamentales obligados al pago del tributo.

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Esta característica coactiva, heterónoma y general, es la que brinda al derecho financiero como al derecho tributario sus características de ramas autónomas del resto del sistema jurídico.

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En síntesis

Los recursos del Estado se obtienen por normas de

derecho Público.

En este sentido existen dos tipos de ingresos del Estado

en relación a las características de las normas de derecho público que los

regulan.

Por una parte tenemos los recursos fiscales y en otra a los recursos con carácter de

financiamientos.

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Ingresos de carácter

fiscal.

Ingresos de contratación de créditos, empréstitos o préstamos derivados.

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De la Garza señala: “…se distinguen dos tipos de ingresos, los originarios y derivados. Son ingresos originarios aquellos que tienen su origen en el propio patrimonio del Estado, como consecuencia de su explotación directa e indirecta….. Son ingresos derivados aquellos que el Estado recibe de los particulares, es decir que no provienen de su propio patrimonio.

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Por exclusión, son ingresos derivados todos los que no tienen la categoría de ingresos originarios. Son ingresos derivados los impuestos, los derechos, las contribuciones especiales, los aprovechamientos y los empréstitos.”

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Clas

ifica

ción

1.- Los ingresos derivados del principio de la soberanía fiscal del Estado esto es, los impuestos.

2.- Los ingresos que provienen de unidades económicas del Estado, posteriormente conocidas como empresas públicas.

3.- Las derivadas de la deuda pública.

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De la clasificación anterior; el Estado obtiene la mayor parte de sus ingresos de las contribuciones que esté impone a los ciudadanos, aunque se debe precisar que esta no es la única fuente de ingresos del Estado, pues también se deben enunciar los ingresos que se adquieren por financiamientos contratados fuera o dentro del país, mismos que dan origen a la deuda pública.

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Regulación de la actividad del

Estado

Obtención

Explotación de su patrimonio

Créditos o contribuciones

Manejo

Aplicación

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Clasificación

Ley de Ingresos de la Federación

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A) Los ingresos del Gobierno Federal.

Entre estos ingresos que el Gobierno federal tiene derecho a obtener se encuentran los impuestos; las contribuciones de mejoras; los Derechos; las contribuciones no comprendidas en la Ley de ingresos causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago; los productos y los aprovechamientos.

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B) Los ingresos de organismos y empresas.

Entre los cuales se encuentran los ingresos correspondientes a los organismos y empresas paraestatales o de participación estatal y las aportaciones de seguridad social.

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C) Los ingresos derivados de financiamientos.

Entre estos se encuentran todos los ingresos que el Estado mexicano percibe por concepto de endeudamiento público.

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Código Fiscal de la Federación

Artículo 2o.- Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

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I. Impuestos

Son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este Artículo.

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II. Aportaciones de seguridad social

Son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

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III. Contribucionesde mejoras

Son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

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Fines

Fiscales Parafiscales

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Fiscales.

Los fines fiscales hacen referencia a la obtención de recursos que el Sector Público necesita para cubrir las necesidades financieras,

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Parafiscales

Son los que se establecen con finalidad diferente, al presupuesto, muchas veces con carácter social o económico. Es decir al recaudar, se toman en cuenta determinados sectores de la economía afectando su funcionamiento, el clásico ejemplo son los impuestos a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.

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Aquellos que se establecen, realmente, sin el ánimo de recaudar los ingresos necesarios para satisfacer el Presupuesto de Egresos (aunque deben destinarse al gasto publico), sirviendo como instrumentos eficaces de la política financiera, económica y social que el estado tenga interés en impulsar o desalentar para el desarrollo armónico del país.

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En síntesis

Se refieren a la producción de ciertos efectos que pueden ser económicos, sociales, culturales, políticos; entre otros.

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IV. Derechos

Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos.

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También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.