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Universidad Fermín Toro Vice Rectorado Académico Facultad de ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Autora: Sandimar Cedeño Profesora: Gabrielis Rodríguez SAIA:C Barquisimeto, Marzo 2017 REGISTRO PUBLICO

Presentación del Registro Público Sandimar Cedeño

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Page 1: Presentación del Registro Público Sandimar Cedeño

Universidad Fermín ToroVice Rectorado Académico

Facultad de ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela de Derecho

Autora: Sandimar CedeñoProfesora: Gabrielis RodríguezSAIA:C

Barquisimeto, Marzo 2017

REGISTRO PUBLICO

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EL REGISTRO PÚBLICO

El Registro Público, o las oficinas de registro, son los lugares que puede utilizar el ciudadano para presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que van dirigidos a las Administraciones Públicas. Asimismo, es el lugar que utiliza la Administración para registrar los documentos que remite al ciudadano, a entidades privadas o a la propia Administración.

El objetivo del SAREN es garantizar la seguridad jurídica de las actuaciones de los usuarios mediante la publicidad registral y fe pública, en el marco de la legalidad, de procesos expeditos y oportunos; ejerciendo el control de las operaciones a nivel nacional.

EL REGISTRO PÚBLICO VENEZOLANO

Es una Institución jurídica que persigue fines determinados, es una fuente de información donde se hace constar mediante la extensión de asientos y demás operaciones, lo hechos, actos y situaciones de trascendencia jurídica, y donde se suministran medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia para demostrar el estado de las personas, dominio de la propiedad y demás derechos reales sobre inmuebles.

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FUNCIONES DE LAS OFICINAS DE REGISTRO

Las oficinas de registro, tanto de carácter general como de carácter auxiliar, desarrollan las siguientes funciones:

La recepción y salida de solicitudes, escritos y

comunicaciones.

La expedición de recibos de la presentación

La anotación de asientos de entrada o

salida.

La remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a las personas, órganos o

unidades destinatarias.

La expedición de copias selladas de los

documentos originales.

Realización de cotejos y compulsas.

Cualesquiera otras que se les atribuyan legal o reglamentariamente.

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Por otro lado, son oficinas de registro auxiliares aquellas que, ejerciendo las mismas funciones y para los mismos órganos administrativos que la oficina de registro general, se encuentran situadas en dependencias diferentes de aquélla. De cada oficina de registro general podrán depender varias oficinas de registro auxiliares.

CLASIFICACIÓN DE LOS REGISTROS

Son registros generales aquellos que ejercen funciones de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones para uno o varios órganos administrativos. Todo órgano administrativo tendrá asignada una única oficina de registro general, sin perjuicio de que ésta tenga tal carácter para varios órganos administrativos. Las oficinas de registro auxiliares tienen que remitir

una copia de la totalidad de los asientos que practiquen a su oficina de registro general y ésta última será la que realice las funciones de constancia y certificación en los supuestos de litigios, discrepancias o dudas acerca de la recepción o remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Registros generales

Registros auxiliares

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ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO PUBLICO

ORGANIZACIÓN EXTERNA

ORGANIZACIÓN INTERNA

La institución del Registro Público funcionará por medio de OFICINAS PRINCIPALES y

OFICINAS SUBALTERNAS DE REGISTRO. En la capital de la República, en las capitales de los

Estados, habrá una Oficina Principal de Registro; y en cada uno de los Municipios del

Distrito Federal y de los Municipios de los Estados, habrá por lo menos una Oficina

Subalterna de Registro (Arts.1913 y 1928 C.C.)

Está referida al personal a cargo de dichas Oficinas, como lo es el Registrador y demás

empleados subalternos.

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OFICINAS PRINCIPALES Son aquéllas donde se registran actos y documentos de los particulares o de las autoridades de la República.

ATRIBUCIONES

Protocolizar, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Registro Público, los siguiente documentos: títulos o diplomas profesionales, académicos de universidades o institutos de educación superior, títulos científicos, títulos eclesiásticos y despachos militares; patentes de navegación, nombramiento de empleados públicos, manifestaciones de voluntad de ser venezolanos, legalizaciones de firmas de empleados públicos y demás documentos que ordenen registrar en él las leyes respectivas.

Hasta tanto se crea el archivo judicial, recibe y tiene en custodia los expedientes judiciales concluidos.

Llevar por duplicado una relación de los testamentos registrados en las Oficinas Subalternas de Registro.

Archivar además de los libros y protocolos que se lleven en ella, los duplicados de los protocolos, índices y demás libros y documentos que deba remitirle las demás Oficinas de Registros; las copias de los asientos de los Registros de Poderes, los duplicados de los libros del Registro Civil que se llevan ante las Prefecturas, y en general todos los demás libros, expedientes de todas las Oficinas Públicas.

Coordina, tramita y expide copia certificada de matrimonios, nacimientos, defunciones, como también de planos y expedientes que se encuentren archivados en su Oficina.

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OFICINAS SUBALTERNAS: 

Son aquéllas donde se hace constar el verdadero estado de la propiedad inmueble, por la toma de razón de todos los títulos traslativos de su dominio y de los derechos reales inherentes que la afectan y aun de cuanto modifica la capacidad de los bienes

ATRIBUCIONES

Protocolizar los documentos a que se refiere el Código Civil y los documentos que contengan

declaraciones, transmisión, limitación y gravámenes de la propiedad; los asuntos matrimoniales, tutelas

y cúratelas; los documentos mercantiles y toda clase de mandatos, todas las especies de

testamentos, y todos los que ordenen registrar en aquéllas oficinas las demás de la República.

El Registrador anotará igualmente en el libro de presentaciones los documentos auténticos que le

hubieren remitido para su Protocolización los jueces o los funcionarios quienes las leyes atribuyan tal

función, la fecha, hora y minuto del recibo del documento, el nombre del otorgante u otorgantes y el nombre de la persona o personas interesadas en

el caso. Esta nota la firmará el Registrador.

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TIPOS DE REGISTROS PUBLICOS

Es un grupo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales, así como otros que las leyes le encomienden. En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos, reales o presuntos, los matrimonios.

Es un sistema administrativo establecido para la protección

jurídica de los derechos de autor y los derechos afines al derecho de

autor.

Es una institución pública destinada a crear titularidades en virtud de poder público y a la publicidad de la situación jurídica de los inmuebles, con la finalidad de proteger el tráfico jurídico

Es una institución administrativa que tiene por objeto la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en él inscritos.La función primordial del registro mercantil es ser un instrumento de publicidad.

REGISTROS CIVILES REGISTROS MERCANTILES

REGISTROS PROPIEDAD INTELECTUALREGISTROS INMOBILIARIOS

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Registro Aéreo Nacional

OTROS REGISTROS PUBLICOS

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Fundamento Constitucional de la Actividad Registral y Notarial

Artículo 112. Artículo 115.

Artículo 154

Artículo 301.

Su basamento legal esta fundamentado en la ley general de los registros

públicos cuyo objeto es la creación, organización y funcionamiento de los

registros públicos.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos:

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ATRIBUCIONES DE LOS REGISTRADORES

Las atribuciones son las siguientes:

  Podrán proponer al Ministerio el Interior y de Justicia el nombramiento y remoción de los empleados subalternos de sus respectivas oficinas.

  Los Registradores Principales tendrán el carácter de Inspectores de Registros.

  Harán conservar el orden de sus oficinas e impondrán a los contraventores las penas correccionales aplicables según las leyes.

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Muchas gracias…