129
ESTATUTO AUTONÓMICO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ESTATUTO AUTONÓMICO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Page 2: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

TÍTULO I

Page 3: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

La autonomía del GADLP radica en la unidad indivisible e integradora del Estado Plurinacional de Bolivia.

Esta compuesta de 20 provincias y manifiesta su ubicación dentro del Estado Plurinacional de Bolivia.

Se sujeta a la CPE. El Estatuto Autonómico es la

norma básica del Departamento de La Paz

Page 4: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Los idiomas del Departamento de La Paz:• castellano,

• aymara,• quechua,• machajuyai-

kallawaya, • tacana,

• leco,• mosetén,• araona,• chimán,• ese ejja,• puquina,

• uchumataku–urus-irohito,

• wayayachi-mollo

• toromona.

Se promoverá el rescate, protección, conservación, uso y difusión de los

idiomas de las NyPIOC

Los idiomas oficiales: castellano, aymara y quechua

Page 5: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

La sede del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, es la ciudad de Nuestra Señora de La Paz.

Page 6: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Los símbolos del GADLP, son:• Bandera de La Paz• Escudo de Armas• Himno del

Departamento de La Paz

Respeta el uso de los símbolos banderas e himnos de las naciones y pueblos indígena originarios y campesinos, provincias y municipios

Page 7: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Organiza Territorialmente el Departamento de La Paz:

• Provincias• Municipios• Territorios indígena

originarios y campesinos y • Regiones cuando éstas sean

creadas

Art. 5

Page 8: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Establece sus principios propios ancestrales:

• Jan Jayrämti,

• Jan K’arïmti,

• Jan Lunthatämti,

• Suma Qamaña, vivir bien

• No Seas Flojo, • No Seas

Mentiroso, • No Seas

Ladrón

• Ama Qhilla,

• Ama Llulla,

• Ama Suwa,

Art. 6

Page 9: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Establece sus principios rectores democracia, libertad de expresión, integridad territorial, inclusión, unidad, voluntariedad, solidaridad, equidad, bien común, autogobierno, igualdad,

complementariedad,

reciprocidad, equidad de género, subsidiariedad, gradualidad, coordinación, lealtad institucional, transparencia,

participación y control social,

provisión de recursos económicos

Reconoce la preexistencia de las naciones pueblos indígena originarios y campesinos, establecidos en la Constitución Política del Estado.

Art. 6

Page 10: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Los fines del Gobierno Autónomo, son:1. El desarrollo integral económico y social.

2. La defensa de la identidad.3. La descolonización.4. La despatriarcalización.5. Restaurar los valores e intereses

de los habitantes.6. El desarrollo equilibrado del

Departamento.7. Preservar y defender los valores

democráticos en el marco del carácter plurinacional y autonómico.

8. Los establecidos en la CPE

Art. 7

Page 11: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

BASES FUNDAMENTALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO

DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Establece su sistema de Gobierno:1. Democrática,2. Autonómica, 3. Participativa, 4. Representativa y 5. Comunitaria,

6. Igualdad de condiciones y

7. Equidad de género. 

Art. 8

Page 12: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DERECHOS Y DEBERES

Instituye los Derechos de las Personas y de las Colectividades• Las enunciadas en la CPE y en los Tratados

y convenios internacionales en materia de Derechos humanos.

• Garantiza el cumplimiento de los derechos fundamentales, civiles, políticos, sociales, económicos, etc.

• Respeta la equidad de genero, generacional, de personas con discapacidad, orientación sexual y en situación de vulnerabilidad.

• Reconoce la libertad de culto de acuerdo a cada cosmovision.

Art. 9

Page 13: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DERECHOS Y DEBERES

Reconoce el derecho de representación de las minorías poblacionales indígena originarios y campesinos en la Asamblea Legislativa Departamental.

Art. 10

Page 14: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DERECHOS Y DEBERES

Instituye los Deberes de las personas

1. Cumplir y hacer cumplir el Estatuto Autonómico

2. Promover la no violencia y la no discriminación

3. Cooperar con el GADLP4. Proteger y resguardar los bienes

del GADLP5. Defender la integridad territorial

del Departamento de La Paz

Art. 11

Page 15: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto a la equidad de género, generacional y de personas con discapacidad:

Art. 12

• Promover los derechos integrales de todas las personas.

• Precautelar el respeto social y cultural.• Garantizar el acceso de las personas con igualdad

de oportunidades.• Reducción de la pobreza y la desigualdad social.• Implementar centros de rehabilitación integral y

formación.• Implementar casas de acogida y refugio temporal. • Promover e impulsar políticas, planes, programas

y proyectos de rehabilitación y reinserción social.• Prevenir y sancionar toda forma de violencia.• Promover la educación, sensibilización y el acceso

gratuito a la información para el pleno ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos.

Page 16: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto a la niñez y la adolescencia

1. Promover el desarrollo físico, mental, moral y social en condiciones de equidad social de toda niña, niño y adolescente.

2. Brindar protección contra toda forma de explotación, discriminación, trata y tráfico de personas, abandono, malos tratos y sus efectos.

3. Promover la prevención y protección del embarazo en adolescentes.

Art. 13

Page 17: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 14

Respecto a la juventud1. Promover la participación de l@s

jóvenes para la atención de sus propias necesidades generacionales

2. Fomentar la formación y fortalecimiento de liderazgos juveniles.

3. Fomentar políticas de empleo favorables a l@s jóvenes garantizando sus derechos laborales

4. Implementar el acceso al primer empleo digno.

Page 18: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

En el ámbito: género1. Promover la equidad de género de las personas;

2. Priorizar a la mujer frente a un rol protagónico.3. Brindar protección a las mujeres contra toda

forma de explotación, abandono de la mujer embarazada, discriminación, trata y tráfico de personas, violencia, etc.

4. Garantizar la igualdad de género en el ámbito laboral.

5. Eliminar la discriminación por causa de embarazo o maternidad; y la prevención de riesgos de discapacidad en la etapa de gestación.

6. Promover la igualdad de condiciones entre mujeres y hombres en cargos públicos

7. Promover políticas para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres.

Art. 15

Page 19: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Para el Adulto Mayor1. Brindar protección a las personas adultas y

adultos mayores contra toda forma de explotación, discriminación, trata de personas, abandono y violencia.

2. Establecer políticas para una vejez digna. 3. Revalorizar el aporte de las y los adultos

mayores.

Art. 16

Page 20: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 17

Respecto a las personas con discapacidad1. Establecer el ejercicio pleno de los

derechos de las personas con discapacidad mediante políticas de prevención, protección y atención integral.

2. Brindar protección a las personas con discapacidad contra toda forma de explotación, discriminación, trata de personas, abandono, violencia y sus efectos.

3. Adoptar las medidas necesarias para la construcción y/o adecuación de la infraestructura departamental a sus necesidades.

Page 21: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto a la salud1. Ejercer las atribuciones asignadas en la CPE (art.

299)2. Implementar y ejecutar, el sistema único de

salud.3. Promover, coordinar y apoyar a las NyPIC en la

investigación, catalogación y difusión de la práctica de la medicina tradicional

4. Elaborar el Plan Departamental de Salud.5. Velar y promocionar conocimientos y hábitos del

consumo de alimentos de alto valor nutritivo.6. Administrar la infraestructura y equipamiento de

los establecimientos de salud de tercer nivel de atención.

Art. 18 - 19

Page 22: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 20

Respecto a la educación1. Impulsar la educación alternativa, especial,

pública, universal, democrática, participativa, comunitaria, descolonizadora, despatriarcalizadora, intracultural, intercultural, plurilingüe y de calidad.

2. Priorizar el equipamiento de centros educativos.

3. Priorizar la formación técnica especializada.4. Impulsar y establecer la inclusión de mujeres,

jóvenes, personas con discapacidad y adultos mayores en la formación técnica.

5. Impulsar la creación del instituto de lengua y cultura de NyPIOC.

6. Priorizar, impulsar e implementar la creación de Institutos tecnológicos en las veinte provincias, municipios y NyPIOC.

Page 23: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto a la cultura y patrimonio1. Fortalecer, proteger y promocionar la

interculturalidad.2. Fortalecer, garantizar, proteger y promocionar todas

las culturas de las NyPIOC como depositarios de saberes y conocimientos.

3. Impulsar la creación de espacios para el desarrollo de diversas actividades culturales, la libre expresión, manifestación artística y cultural.

4. Proteger el patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible.

5. Proteger y conservar las áreas patrimoniales, arqueológicas, culturales, naturales y turísticas.

6. Garantizar el registro, protección, restauración, recuperación, revitalización, enriquecimiento, promoción y difusión del patrimonio cultural.

7. Incentivar y fomentar la práctica del folklore y la cultura popular.

Art. 21

Page 24: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 22

Respecto a los saberes y conocimientos tradicionales ancestralesEl GADLP deberá impulsar, promocionar y

fomentar los saberes y conocimientos tradicionales ancestrales de todas las culturas en el departamento.

Page 25: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto al deporte1. Promover, incentivar, fomentar y garantizar la

práctica integral del deporte en todas sus disciplinas.

2. Adoptar nuevas tecnologías que estimulen y coadyuven la práctica del deporte de alta calidad y de competición.

3. Garantizar y apoyar la práctica deportiva.4. Rescatar y promover todas las actividades físicas

y lúdicas de NyPIOC 5. Conformar organizaciones y asociaciones

deportivas.

Art. 23

Page 26: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICASArt. 24

Respecto a la recreación

El GADLP deberá generar e implementar políticas que promuevan el sano esparcimiento, la recreación y ocupación del tiempo libre.

Page 27: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICAS PÚBLICAS

Respecto a la seguridad ciudadana1. Establecerá planes, programas y proyectos

estratégicos de Seguridad Ciudadana y lucha contra toda forma de violencia.

2. Promoverá la reflexión preventiva en instituciones y unidades educativas.

3. La implementación y fortalecimiento de la seguridad ciudadana en las comunidades.

Art. 25

Page 28: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN FUNCIONAL DEL

GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA

PAZ

TÍTULO III

Page 29: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ÓRGANOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

Page 30: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Asamblea Legislativa Departamental

Ejecutivo Departamental

Órganos del GADLP

Art. 25Art. 26

independencia

separación

coordinación

cooperación mutua

Page 31: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

1. Representa a l@s habitantes del Departamento

2. Sus facultades son deliberativa, legislativa y fiscalizadora.

3. La o el Asambleísta cumple una función pública1. El mandato emana de la voluntad

popular.2. No beneficia a un sector

particular de la población.4. Su organización y funciones es

regulada por su reglamento.

Art. 28

Page 32: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

20 Asambleístas por

territorio o

unino

minales.

5 Asambleístas por

naciones y

pueblos indígena originarios y campesinos.

20 Asambleístas poblacionales o plurinominales.

5 años,

reelectos

por

una

sola vez

Elegidos: 278 CPE Requisitos: 236 y 238 CPE

Art. 29

Page 33: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRIBUCIONES

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

Art. 31

1. Elaborar, modificar y aprobar el Estatuto Autonómico Departamental.

2. Deliberar, legislar y fiscalizar.3. Controlar y fiscalizar al Órgano

Ejecutivo Departamental y sus instituciones públicas.

4. Delegar y transferir facultades reglamentarias y ejecutivas.

5. Aprobar autónomamente su presupuesto y ejecutarlo.

6. Fijar la remuneración de las y los asambleístas.

7. Elaborar, aprobar y modificar su Reglamento Interno.

Page 34: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRIBUCIONES

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

Art. 31

8. Recibir el juramento del Gobernador.

9. Aceptar o rechazar la renuncia del Gobernador

10.Calificar las credenciales otorgadas.

11.Elegir a su directiva.12.Aplicar sanciones a l@s

Asambleístas.13.Dictar leyes departamentales.14.Seleccionar por 2/3 para los

cuatro cargos electos del Tribunal Electoral Departamental.

15.Aprobar leyes en materia de presupuestos, endeudamiento, control y fiscalización de recursos departamentales de crédito público y subvenciones

Page 35: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRIBUCIONES

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

Art. 31

16.Aprobar la contratación de empréstitos.

17.Aprobar el Presupuesto General del GADLP.

18.Aprobar, controlar y fiscalizar el PDD.

19.Aprobar los contratos de interés público referidos a recursos naturales y áreas estratégicas.

20.Aprobar la enajenación de bienes de dominio público.

21.Aprobar los acuerdos o convenios intergubernativos celebrados por el Órgano Ejecutivo.

Page 36: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRIBUCIONES

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

Art. 31

22.Aprobar los acuerdos o convenios internacionales de interés departamental.

23.Interpelar, a iniciativa de cualquier Asambleísta, a las y los secretarios departamentales.

24.Realizar investigaciones en el marco de sus atribuciones fiscalizadoras.

25.Controlar y fiscalizar las empresas departamentales públicas.

26.Crear, modificar y eliminar tributos de competencia del GADLP.

Page 37: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRIBUCIONES

Asamblea LegislativaDepartamental de La Paz

Art. 31

27.Proponer ternas al Gobernador para la designación de presidentes de entidades económicas.

28.Reconocer honores y otorgar distinciones.

29.Autorizar viajes interdepartamentales y al exterior del país al Gobernador.

30.Inaugurar y clausurar sus sesiones.

31.Suspender al Gobernador.

Page 38: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Art. 32Art. 33

1. L@s asambleístas gozan de inviolabilidad personal por las opiniones, comunicaciones, representaciones, requerimientos, interpelaciones, denuncias, propuestas, expresiones o cualquier acto de legislación, información o fiscalización que formulen o realicen en el desempeño de sus específicas funciones.

2. L@s asambleístas no gozan de inmunidad.

Prerrogativas y suplencias

Por ausencia o impedimento del titular asume el suplente, con las mismas prerrogativas.

Page 39: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO

Page 40: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

1. L@s ciudadanos bolivianos de manera individual o colectiva.

2. L@s asambleístas departamentales.3. El Órgano Ejecutivo Departamental.4. Entidades territoriales autónomas e

instituciones públicas en el ámbito departamental.

Iniciativa legislativa

Art. 34

Page 41: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

1. El Proyecto de Ley será remitido a la Comisión o comisiones que correspondan.

2. La Comisión remite el Proyecto de Ley a consideración de la plenaria de la ALDLP.

3. El Proyecto de Ley es aprobado en Grande y en Detalle

4. Es remitido al Órgano Ejecutivo para su sanción.

5. Una Ley puede ser observada en 10 días hábiles siguientes.

6. La ALDLP podrá modificar la Ley.7. La Ley deberá ser promulgada por el

Gobernador.8. Las decisiones de la Asamblea se toman por

mayoría absoluta de sus miembros presentes.

9. La Ley promulgada entrará en vigencia una vez publicada en la Gaceta Departamental.

Procedimiento legislativoArt. 35

Page 42: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ÓRGANO EJECUTIVO DEPARTAMENTAL

Page 43: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Gobernador o Gobernadora

Secretarios y/o Secretarias

Departamentales

Órgano ejecutivo

Art. 37Art. 38Facultad reglamentaria

Facultad ejecutiva

GABINETE DEPARTAMENTAL

Page 44: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

GOBERNADOR

Es la máxima autoridad del Órgano Ejecutivo

Representa al departamento como primera autoridad política

Es elegida conforme a la Ley

Art. 40Art. 41

Page 45: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRI

BUCI

ONES

1. Cumplir y hacer cumplir la CPE, Estatuto Autonómico, las normas del Nivel Central del Estado y del GADLP.

2. Proponer y dirigir políticas públicas del GADLP

3. Dirigir la Administración Pública4. Solicitar convocatoria a sesiones

extraordinarias.5. Promulgar y publicar leyes

sancionadas.6. Dictar decretos y resoluciones

ejecutivas.7. Administrar los recursos

departamentales y ejecutar su inversión.

8. Presentar para su aprobación, el Plan de Desarrollo Departamental (PDD)

9. Elaborar y presentar para su aprobación el POA y Presupuesto General del GADLP.

Art. 42

Page 46: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRI

BUCI

ONES

10.Presentar a la ALDLP, en su primera sesión del año informe oral y escrito de la gestión fiscal concluida.

11.Presentar anteproyectos de Ley Departamental

12.Otorgar, modificar o extinguir la personalidad jurídica a organizaciones sociales.

13.Otorgar, modificar o extinguir la personalidad jurídica a las asociaciones, ONG, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro.

14.Concertar y suscribir acuerdos, convenios sobre créditos, empréstitos y donaciones con instituciones nacionales e internacionales.

15.Presentar informes a la ALDLP, cuando ésta lo requiera.

Art. 42

Page 47: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRI

BUCI

ONES

16.Controlar, evaluar y monitorear la Administración Pública Departamental.

17.Representar al GADLP, a nivel nacional e internacional.

18.Designar a las secretarias y secretarios departamentales.

19.Rendir cuentas públicamente al menos dos veces al año.

20.Delegar el ejercicio de sus funciones y atribuciones.

21.Firmar acuerdos y convenios intergubernativos.

22.Presentar a la ALDLP para su aprobación, los estados financieros de la gestión.

Art. 42

Page 48: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ATRI

BUCI

ONES23.Podrá firmar contratos con

empresas privadas o públicas, para la construcción financiada de obras públicas.

24.Podrá concesionar la construcción y/o administración de obras públicas departamentales.

Art. 42

Page 49: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

SUPLENCIA

1. Por ausencia mayor a 10 días del Gobernador asume el cargo el Presidente de la ALDLP.

2. Por renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria, se convocará a nuevas elecciones en el plazo máximo de 90 días.

3. Transcurrido la mitad de su mandato el sustituto será el Presidente de la ALDLP.

4. Por ausencia del Presidente de la ALDLP asumirá la suplencia la directiva, en orden de prelación.

5. La Ley de Desarrollo del Régimen Electoral Departamental determinará la suplencia de los asambleístas por territorio y población impedidos de ejercerla.

6. Los asambleístas de las NyPIOC, la suplencia se definirá mediante normas y procedimientos propios.

Art. 46

Page 50: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

REVO

CATO

RIA

1. La revocatoria de mandato es el procedimiento a través del cual las y los ciudadanos del departamento deciden, mediante sufragio universal, la continuidad o el cese de funciones de las autoridades elegidas por voto ciudadano.

2. La revocatoria de mandato se sustanciará conforme a lo establecido en la norma electoral vigente.

Art. 47

Page 51: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

SECRETARIOS Y SECRETARIAS DEPARTAMENTALES

Page 52: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Designación e impedimentos de

Secretarios (as) Departamentales

1. Son nombrados mediante Decreto Gubernativo respetando la equidad y alternancia de género.

2. Cumplir lo señalado en el artículo 234 de la CPE y tener experiencia en el sector de su cartera departamental.

3. El cargo de Secretaria o Secretario Departamental será de dedicación exclusiva, salvo cargos de docencia universitaria.Impedimentos, quienes tuvieran relación de

parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y los Asambleístas electos.

Art. 43 - 44

Page 53: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Atribuciones de los Secretarios (as)

Departamentales1. Señaladas en la Organización del Órgano Ejecutivo

2. Proponer y coadyuvar en la formulación de las políticas públicas departamentales del GADLP.

3. Proponer y dirigir las políticas públicas departamentales

4. Administración pública en el ramo correspondiente.

5. Dictar normativas administrativas.6. Proponer proyectos de decretos

departamentales y suscribirlos con el Gobernador.

7. Resolver todo asunto administrativo.8. Presentar informes a la ALDLP vía

Gobernador.9. Coordinar con sus pares.10.Son responsables de los actos de

administración

Art. 45

Page 54: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ENTIDADES PÚBLICAS, MIXTAS, DESCONCENTRADAS Y DESCENTRALIZADAS

Page 55: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

1. El Gobernador tiene la atribución de creación de entidades públicas desconcentradas y descentralizadas; y de economía mixta.

2. El Órgano Ejecutivo ejercerá tuición sobre las entidades descentralizadas y las empresas públicas o mixtas, y dependencia sobre las desconcentradas.

3. El GADLP conformara empresas públicas en el área productiva industrial, artesanal y de servicios

Entidades Públicas, Mixtas, Desconcentradas y

DescentralizadasArt. 39Art. 76

Page 56: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA

PAZ

Page 57: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

EJERCICIO COMPETENCIAL1. El GADLP ejercerá las

competencias exclusivas, concurrentes y compartidas.

2. Las competencias transferidas o delegadas mediante Ley, serán asumidas previo acuerdo intergubernativo y se harán efectivas mediante ratificación por Ley Departamental.

3. Por Ley Departamental se podrá delegar o transferir facultades reglamentarias y ejecutivas.

Page 58: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS1. El GADLP ejerce las competencias

exclusivas de acuerdo al artículo 300 de la CPE.

2. Elaborara y modifica su Estatuto.3. Planifica y promueve el desarrollo

humano.4. Iniciativa y convocatoria de

consultas y referendos.5. Promociona el empleo y mejora de

las condiciones laborales.6. Elabora y ejecuta planes de

Ordenamiento Territorial y de uso de suelos.

7. Proyectos de generación y transporte de energía.

8. Planifica, diseña, construye, conserva y administra carreteras de la red departamental.

Page 59: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS9. Construye y mantiene líneas

férreas y ferrocarriles en el Departamento.

10.Transporte interprovincial terrestre, fluvial, ferrocarriles y otros medios de transporte.

11.Construye, mantiene y administra aeropuertos públicos departamentales.

12.Estadísticas departamentales.13.Otorga personalidad jurídica a

organizaciones sociales, ONG´s, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro.

14.Servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria.

15.Proyectos de electrificación rural.16.Proyectos de fuentes alternativas y

renovables de energía de alcance departamental.

Page 60: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS17.Deporte.

18.Promoción y conservación del patrimonio natural

19.Promoción y conservación de la cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible.

20.Políticas de turismo departamental.

21.Proyectos de infraestructura de apoyo a la producción.

22.Crea y administra impuestos de carácter departamental.

23.Crea y administra tasas y contribuciones especiales.

24.Comercio, industria y servicios.

Page 61: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS25.Expropia inmuebles.

26.Elabora, aprueba y ejecuta programas de operaciones y de presupuesto.

27.Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos.

28.Centros de información y documentación, archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas, etc.

29.Empresas públicas departamentales.

30.Promociona y desarrolla de proyectos y políticas para niñez y adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad.

31.Promociona y administra los servicios para el desarrollo productivo y agropecuario.

Page 62: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS32.Elabora y ejecuta planes de

desarrollo económico y social departamental.

33.Participa en empresas de industrialización, distribución y comercialización de hidrocarburos.

34.Promociona la inversión privada en el Departamento.

35.Planifica el desarrollo departamental.

36.Administra sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación.

Page 63: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS COMPARTIDAS

1. En el marco de la legislación básica emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional el GADLP emitirá la legislación de desarrollo, de acuerdo a sus características y naturaleza.

2. Ejercerá las facultades reglamentaria y ejecutiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 297 de la CPE, sobre las competencias compartidas reconocidas en el Parágrafo I del artículo 299 de la Constitución Política del Estado.

Page 64: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COMPETENCIAS CONCURRENTES

El GADLP ejercerá las facultades: reglamentaria y ejecutiva sobre las competencias concurrentes, señaladas en el Parágrafo II del artículo 299 de la CPE y otras que sean asignadas y asumidas en el marco de la legislación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Page 65: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL

DEPARTAMENTO DE LA PAZ

Page 66: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

MODELO ECONÓMICO

plural y

sujeta a la

CPE

Modelo de Desarrollo EconómicoDesarrollar y aplicar políticas en el marco del PGD

y PDD

Finalidad: alcanzar la equidad

económica, de género y justicia

social, con participación ciudadana y

control social.

Page 67: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

POLÍTICA ECONÓMICA DEPARTAMENTAL

1. Creará el Consejo Económico Productivo2. Elabora y ejecuta políticas y programas que

efectivicen el desarrollo productivo, industrial y comercial

3. Asiste y fortalece la economía plural, con capacidad de exportación, en apoyo a las organizaciones asociativas de micro, pequeñas y medianas empresas productoras, urbanas y rurales;

4. Fomenta el acceso al microcrédito de la mujer .5. Genera condiciones adecuadas para el desarrollo

productivo departamental.6. Promueve planes y programas de mejoramiento y

fomentar las actividades productivas de los trabajadores por cuenta propia, comerciantes, cooperativistas, transportistas, etc.

Page 68: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PRIORIZACIÓN E INCENTIVO A LA INVERSIÓN

1. Constituirá empresas departamentales mixtas, promocionando la inversión nacional como la inversión extranjera.

2. Promoverá y aplicará políticas de incentivo a la inversión en el sector productivo, que generen condiciones técnicas y fiscales beneficiosas.

3. Gestionará incentivos a la inversión nacional y extranjera en el departamento.

Page 69: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PATRIMONIO, BIENES Y RECURSOS DEPARTAMENTALES

Page 70: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

Patrimonio y Bienes Departamentales

1. El patrimonio del GADLP está constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que le pertenecen.

2. Los bienes de patrimonio del GADLP son inviolables, inembargables, imprescriptibles e inexpropiables.

3. La calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación de los bienes de patrimonio del GADLP serán regulados por norma.

Page 71: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RECURSOS DEPARTAMENTALES

1. Las regalías departamentales.2. La participación en recursos de impuestos a los

Hidrocarburos.3. Los impuestos de carácter departamental. 4. Las tasas y las contribuciones especiales5. Las patentes por explotación de los recursos

naturales.6. Las transferencias del TGE por (servicios

personales de salud, educación, asistencia social y otras).

7. Las transferencias extraordinarias del TGE (art 339 CPE)

8. Los créditos y empréstitos internos y externos contraídos de acuerdo a las normas de endeudamiento público.

9. Ingresos por la venta de bienes, servicios y enajenación de activos.

10.Recursos propios.11.Los legados, donaciones y otros ingresos

similares.12.Transferencias, por delegación o transferencia

de competencias.

Page 72: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ADMINISTRACIÓN FISCAL DEPARTAMENTAL

Page 73: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ADMINISTRACIÓN FISCAL-FINANCIERA

1. Se establece la Administración Fiscal-Financiera Departamental.

2. Se constituye el órgano rector económico departamental con capacidad para gestionar todos sus recursos financieros en el marco de la Constitución Política del Estado y las leyes vigentes.

3. Promueve la autonomía presupuestaria y de gasto en la utilización de sus recursos.

4. Regula las transferencias no condicionadas que perciban procedentes de otras instancias del Estado.

Page 74: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

TESORO DEPARTAMENTAL

1. El GADLP constituirá e implementará el Tesoro Departamental en sujeción a los principios, normas y procedimientos emitidos por el Órgano Rector del Nivel Central del Estado.

2. Todos los ingresos económicos del GADLP serán concentrados en la Tesorería y Crédito Público y administrados de acuerdo al Presupuesto General aprobado por la ALDLP.

3. Los ingresos económicos del GADLP, serán administrados según la Ley Financial y otras normas vigentes.

Page 75: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PRESUPUESTO GENERAL

1. El Presupuesto General del GADLP, será elaborado de conformidad al PGD, al PDD y del art 321 de CPE.

2. El PG del GADLP, incluirá la totalidad de ingresos, recursos financieros y gastos de sus empresas, proyectos e instituciones públicas departamentales y las asignaciones generales, los ingresos extraordinarios provenientes por concesión, donación y el presupuesto asignado por el Tesoro General del Estado.

3. Aprobado el presupuesto institucional por la ALDLP, no podrá ser modificado por otras instancias sin su aprobación.

4. El GADLP desplegará todas las acciones normativas y operativas necesarias para el reconocimiento del valor económico del trabajo del hogar.

Page 76: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

TRIBUTOS DEPARTAMENTALES

1. La creación, supresión, modificación y administración de los impuestos bajo dominio de GADLP se efectuará de conformidad al art 300 y 323 de la CPE.

2. La ALDLP mediante Ley expresa y detallada, podrá crear, modificar, suprimir y administrar tasas y contribuciones especiales.

3. El GADLP en coordinación con las instancias correspondientes, administrará, controlará, fiscalizará los cobros de peajes de los medios de transporte en las redes del departamento.

Page 77: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

CONTROL GUBERNAMENTAL

1. El control gubernamental de los recursos del GADLP, se realiza de acuerdo al sistema de control gubernamental determinado por Ley.

2. Sin perjuicio del control ejercido por la Contraloría General del Estado, la ALDLP mediante Ley instituirá mecanismos de fiscalización y control gubernamental.

Page 78: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PLANIFICACIÓN DEL DEPARTAMENTO

Page 79: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PLANIFICACIÓN1. Garantiza la conducción del proceso de

planificación económica, social y territorial.

2. Utiliza la región como espacio de planificación, gestión, descentralización y desconcentración.

3. Aplica la planificación productiva, económica y social.

4. Define la distribución de los recursos económicos.

5. Incluye en su planificación económica las demandas de todos los sectores sociales.

6. Prioriza la inversión en proyectos productivos.

7. Articula y armoniza el PDD con el POT y el PUS.

8. Planifica la inversión concurrente con las entidades territoriales autónomas o con el nivel central del Estado.

Page 80: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PLAN DE DESARROLLO DEPARTAMENTAL

El Órgano Ejecutivo del GADLP elaborará el proyecto del Plan de Desarrollo Departamental de manera:

1. participativa, 2. con las y los representantes de los

actores sociales y económicos, 3. entidades territoriales autónomas y 4. sociedad civil organizada, 5. Preverá las inversiones de acuerdo a

las demandas del sector productivo, en concordancia con el PGD.

Page 81: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DESARROLLO PRODUCTIVO

Page 82: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DESARROLLO PRODUCTIVO

1. El GADLP implementará en el ámbito de su jurisdicción:1. El Plan General de Desarrollo y las 2. Políticas Generales de Desarrollo

Productivo2. La finalidad es concretar una dinámica

económica que permita superar las limitaciones de la pobreza hacia el progreso rural y urbano, seguridad alimentaria con inclusión social y generación de empleo digno para vivir bien.

Page 83: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ELEMENTOS DEL DESARROLLO PRODUCTIVO

1. El GADLP y las y los actores de la economía plural del Departamento deben promover, gestionar, ejecutar y coadyuvar en lo que les corresponda1. Una base de datos con información

económica.2. El desarrollo y coordinación de la

ciencia y tecnología.3. Inversión pública y privada, con

seguridad jurídica.4. Fomento productivo a través de

créditos y asistencia técnica para formulación y desarrollo de proyectos productivos con inversión pública, privada y mixta.

2. El fortalecimiento de los recursos humanos y la mejorara de la productividad y competitividad.

Page 84: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

7. La comercialización y acceso de la producción.

8. Capacitación y cualificación de mujeres.9. Inversión pública en obras de apoyo al

desarrollo productivo en servicios básicos, Infraestructura vial, puertos y aeropuertos; acceso a recursos hídricos y riego; en el área de energía; complejos productivos y parques industriales; mercados, ferias y otros espacios de acopio y comercialización; otras obras necesarias.

10.Sistemas de comercialización y organización de productores.

11.Implementar políticas de incentivo a la producción.

ELEMENTOS DEL DESARROLLO PRODUCTIVO

Page 85: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

El GADLP en el marco de su política de desarrollo productivo, garantizará el aprovechamiento sostenible y sustentable de los recursos naturales y la biodiversidad, cuidando el equilibrio del medio ambiente, asegurando la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones.

SOSTENIBILIDAD Y SUSTENTABILIDAD

Page 86: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

1. El Órgano Ejecutivo podrá desconcentrarse o descentralizarse según las necesidades del PDD.

2. Para planificación, se considerará la existencia de las siguientes regiones geográficas:

1. Altiplano Norte, 2. Altiplano Sur; 3. Valles del Norte, 4. Valles del Sur, 5. Amazonía, 6. Yungas y 7. Región Metropolitana.

DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN PARA EL DESARROLLO

PRODUCTIVO

Page 87: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS

Page 88: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ASISTENCIA INTEGRAL Y FOMENTO CREDITICIO AL SECTOR PRODUCTIVO

1. El GADLP crea una instancia de asistencia integral y fomento al sector productivo y a los actores de la economía plural.

2. Coadyuva en la gestión crediticia de fomento a la producción y transformación.

3. Desarrolla acciones efectivas para acceder al Fondo de Desarrollo Productivo.

4. Gestiona y crea fondos fiduciarios y de inversión, con equidad de género, en el ámbito de sus competencias.

5. Fomenta e impulsa la asociatividad entre l@s diversos actores y formas de la economía plural.

Page 89: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

CIENCIA, TECNOLOGÍA; RECURSOS HUMANOS y TRANSFORMACIÓN E INDUSTRIALIZACIÓN

1. El GADLP formula y ejecuta políticas y programas orientados al desarrollo y coordinación de los procesos de investigación, innovación, promoción, divulgación, aplicación y transferencia de ciencia y tecnología.

2. Fomenta la recuperación, preservación y aplicación del conocimiento y tecnologías ancestrales.

3. Prioriza la formación técnica especializada4. Fortalece la participación de las mujeres y

minorías poblacionales en los programas y proyectos de capacitación y formación.

5. Fomenta la transformación e innovación de productos, el emprendimiento económico y la innovación productiva.

6. Implementa estrategias de producción.

Page 90: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

TURISMO

1. El GADLP elabora y ejecuta el Plan Departamental del Turismo en función al PDD

2. Se identifica, consolida y promociona los circuitos turísticos en todas las provincias.

3. Se fomenta la iniciativa productiva e innovación del desarrollo de servicios turísticos.

4. Se establece normativa legal pertinente.5. Se potenciar el turismo comunitario:

fortaleciendo la infraestructura vial, el rescate de conocimientos culturales y ancestrales, y el establecimiento de políticas, estrategias y mecanismos para el control, protección y preservación de atractivos turísticos.

6. Prioriza la promoción y difusión de los atractivos turísticos del departamento a nivel nacional e internacional.

Page 91: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

MADRE TIERRA Y RECURSOS NATURALES

RENOVABLES

Page 92: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

MEDIO AMBIENTE• Preservar, Conservar y

Contribuir a la protección del medio ambiente,

• Mantener el equilibrio ecológico

• Tener control de la contaminación ambiental

• Promover políticas y estrategias para el manejo de residuos industriales, tóxicos y sólidos

El GADL

P

Page 93: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PROMOCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL DEPARTAMENTAL

El GADLP generar

á políticas para

la promoci

ón, conservación y protección del

patrimonio

natural:

Page 94: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

GESTIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES

1.La atención de desastres naturales producto de las sequías, inundaciones, granizadas, nevadas, heladas y otros, deberá ser de manera inmediata.

2.Implementar programas y proyectos de prevención, monitoreo permanente y alerta temprana de desastres naturales.

3.Coadyuvar a la política nacional en la mitigación de los efectos del cambio climático.

Los recursos provenientes de donación externa, privada o pública, campañas de solidaridad y del GADLP para atender los efectos de los desastres naturales, no podrán ser destinados para otros fines.

Page 95: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

CAMBIO CLIMÁTICORespecto a los efectos del cambio climático:

Investigar, informar, educar y difundir sobre la adaptación y mitigación de los efectos

Generar políticas relativas a la preservación y recuperación de áreas forestales.

Page 96: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RECURSOS NATURALES

RENOVABLES

Page 97: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ÁREAS PROTEGIDAS

I. Crea un sistema departamental de áreas protegidas:1. Reservas de flora y fauna, 2. Parques, 3. Reservas de glaciares, 4. Santuarios de fauna silvestre, 5. Reservas de cuerpos de agua, 6. Refugios de fauna silvestre, 7. Áreas de manejo integral y 8. Monumentos naturales.

II.Desarrolla e implementa políticas destinadas a evitar la desertificación, deforestación, sobreexplotación de recursos y pérdida de biodiversidad.

Page 98: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

AMAZONIA

La amazonia paceña se constituye en una región estratégica de vital importancia para el desarrollo socio económico para el departamento

1. Potencial reservorio de la biodiversidad,

2. recursos naturales renovables y no renovables,

3. Valor histórico cultural y económico de la siringa y la castaña

Page 99: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

LAGO TITICACA

Establece políticas, planes y programas de conservación de las especies icticas nativas, además de la protección, preservación y aprovechamiento de la flora, fauna y de los principales afluentes del lago.

Los recursos hídricos y la biodiversidad del Lago Titicaca se constituyen en estratégicos para el desarrollo sostenible y sustentable del sector.

Page 100: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

COCA

I. Defensa de la hoja de coca en su estado natural, 1. Revalorización, 2. Producción, 3. Comercialización e industrialización.

II.Respeta las zonas de cultivo de la hoja de coca originarias, ancestrales, tradicionales y las reconocidas por Ley, revalorizándolo e industrializando.

III.Promociona programas de manejo de suelo para preservar la fertilidad de las tierras.

Page 101: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RECURSOS FORESTALES

I. Controla el aprovechamiento racional de los recursos forestales, maderables y no maderables.

II. Controla la capacidad natural reproductiva y evolutiva y el equilibrio ecológico de las especies.

III.Apoya la transformación productiva sostenible con valor agregado del sector.

IV.Implementa programas de reforestación.V. Fiscaliza las actividades de aprovechamiento

forestal.VI.Las personas naturales y jurídicas que realicen

actividades de aprovechamiento forestal deben cumplir las obligaciones determinadas por normativa debiendo establecer al Departamento de La Paz, como territorio de origen.

Page 102: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

CAMÉLIDOS

Respecto a la Ganadería de camélidos:

I. Implementa políticas de protección, conservación, fomento y promoción por ser originaria, milenaria, ancestral y cultural.

II.Incentiva el aprovechamiento, transformación, industrialización y comercialización de sus derivados.

Page 103: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DESARROLLO SECTORIAL

• RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

Page 104: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RECURSOS NATURALES

1. Prospección,2. Exploración, 3. Explotación,4. Transformación,

5. Industrialización y

6. Comercialización.

La participación conforme a normativa vigente.

Respecto a los recursos hidrocarburiferos, mineralógicos y otros recursos naturales no renovables, promover:

Page 105: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

HIDROCARBUROS

I. Participa en empresas de industrialización, distribución y comercialización de hidrocarburos en asociación con las entidades nacionales del sector.

II.Prioriza la prospección, exploración, explotación, transformación, industrialización, comercialización e inversión en el sector para la producción en los sectores estratégicos.

Page 106: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

MINERÍA

1. Apoya al sector minero mediante una Asistencia Integral a la Producción.

2. Fiscaliza y administra los ingresos provenientes de regalías mineras; sobre la exploración, explotación y transformación minera enmarcada en el uso, tratamiento y reposición sostenible de los recursos hídricos y medio ambientales; como también promueve ante el nivel Central del Estado la generación de políticas específicas en este sector y la generación mecanismos de control a la evasión de regalìas y patentes mineras.

3. Las personas naturales y jurídicas mineras deben establecer al Departamento de La Paz como territorio de origen.

Page 107: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

TRANSPORTE

I. Planifica, promueve, fiscaliza y regula los servicios de transporte interprovincial e intermunicipal.

II.Coadyuva las iniciativas de los operadores y otros para mejorar y renovar el parque automotor del servicio de transporte público terrestre de conformidad a la Ley.

Page 108: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL

Page 109: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL

1. Invertirá recursos económicos en la:a. Planificación, b. Diseño,c. Construcción,d. Mantenimiento,e. Modificación y f. Administración de la infraestructura

necesaria para el desarrollo departamental.

Page 110: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL

2. Invertirá en obras de infraestructura en:a. Transporte terrestre: carreteras, puentes,

etc.; líneas férreas, incluyendo terminales terrestres.

b. Transporte aéreo: aeropuertos departamentales.

c. Transporte fluvial: puertos.d. Transporte, almacenamiento y distribución

de hidrocarburos.e. Infraestructura en educación, salud, centros

de rehabilitación y deportes.f. Infraestructura productiva, agropecuaria,

manufacturera e industrial, sistema de riego y represas.

g. Parques y complejos industriales, campos feriales, mercados campesinos, centros de acopio y centros artesanales.

Page 111: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFRAESTRUCTURA DEPARTAMENTAL

3. Infraestructura de:a. Gestión, atención y reinserción

social para: niños, niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres, hombres, personas de la tercera edad y personas con discapacidad.

b. Infraestructura para la atención a víctimas de violencia

c. Otras en el marco de sus competencias.

Page 112: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

ENERGÍA

1.Planifica, diseña, ejecuta y administra proyectos de fuentes alternativas y renovables de generación de energía.

2.Promueve la participación activa de los sectores privados, públicos y cooperativas en la expansión de la generación y transmisión de energía eléctrica.

3.Construye líneas y obras de transmisión y subestaciones de potencia para interconectar los sistemas aislados.

Page 113: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFORMACIÓN, TRANSPARENCIA,PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL

INFORMACIÓN, TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL

Page 114: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

INFORMACIÓN Y

TRANSPARENCIA

Las autoridades públicas del GADLP deben:

1. Informar sobre la administración de los recursos públicos (veraz, adecuada, oportuna y transparente).

2. Crear canales de permanente exposición ante la ciudadanía de sus planes, programas y proyectos, las contrataciones y reportes de ejecución, etc.

3. Responder a los requerimientos de información específica.

Page 115: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PART

ICIPA

CIÓN

Y

CONT

ROL

SOCI

AL

1. La sociedad civil organizada:• Participa y ejerce el control

social a la gestión pública del GADLP.

2.El GADLP:• Garantizará el ejercicio de la

participación y control social en igualdad de oportunidades, de mujeres y hombres.

3.Esta regulada• Por Ley Departamental y

normativa vigente.

Page 116: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RELACIONES DEL GOBIERNOAUTÓNOMO DEPARTAMENTAL

Page 117: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RELACIONES INTERNACIONALES

Las relaciones e intercambios internacionales y la negociación, suscripción y ratificación de tratados y convenios internacionales responderán a los fines del Estado, en función de la unidad, soberanía y los intereses del pueblo de conformidad a lo establecido en el artículo 299 de la CPE

Page 118: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RELACIONES INTERGUBERNATIVOS

I. Se rigen por la coordinación obligatoria con el Nivel Central del Estado y las otras entidades territoriales autónomas.

II.Los acuerdos y convenios Intergubernativos deben ser remitidos a la ALDLP para su aprobación o rechazo.

Page 119: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

1. Las relaciones se rigen por los principios de coordinación, cooperación y lealtad institucional.

2. Los acuerdos y convenios deben ser remitidos a la ALDLP para fiscalización.3. Se aprovechará y

potenciará de manera articulada, coordinada y sinérgica capacidades institucionales existentes en instituciones privadas y públicas

Page 120: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA

El GADLP podrá relacionarse y coordinar con la sociedad civil organizada y no niega el derecho a información, petición individual y colectiva de las personas, reconocidos en la CPE.

Page 121: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

REFORMA DEL ESTATUTO Y PRIMACÍA DE NORMAS

Page 122: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DEL ESTATUTO

I. Podrá reformarse parcial o totalmente por iniciativa legislativa

II.La Ley de Reforma Estatutaria debe aprobarse por dos tercios del total de los miembros de la ALDLP.

III.La Ley de Reforma Estatutaria aprobada por dos tercios del total de la Asamblea debe: Obligatoriamente someterse a

Control Constitucional; Someterse a referendo

departamental para su aprobación conforme a la Ley del Régimen Electoral.

Page 123: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

PRIMACÍA Y CARÁCTER DE NORMAS DEPARTAMENTALES

1. Estatuto Autonómico.2. Leyes Departamentales.3. Decretos Departamentales. 4. Resoluciones emitidas por los

Órganos Legislativo y Ejecutivo.

Page 124: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS DEPARTAMENTALES

I. Las normas sancionadas por la ALDLP se denominan: a) Ley, yb) Resolución Departamental.

II. Las disposiciones emitidas por el Ejecutivo Dptal. se denominan: a) Decreto Departamental y b) Resolución.

III.Las leyes, decretos y resoluciones son:a) De carácter generalb) De aplicación yc) Cumplimiento obligatorio en el territorio del

departamento, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial Departamental

d) Las Resoluciones Administrativas con efectos de carácter particular, para su ejecutoria, se regirán al procedimiento administrativo.

Page 125: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

PRIMERA

En 120 días calendario a partir de la publicación de los resultados oficiales de aprobación por referendo del presente Estatuto, se deberá sancionar las siguientes Leyes:1. Ley de Desarrollo del

Régimen Electoral Departamental.

2. Ley de Ordenamiento Jurídico Departamental.

Page 126: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

SEGUNDA

En el plazo de 1 año a partir de la publicación de los resultados oficiales de aprobación del Estatuto, se debe sancionar las siguientes leyes:1. Ley Departamental de

Participación y Control Social.2. Ley de Desarrollo Productivo,

Económico y Promoción de Empleo.

3. Ley de Desarrollo de Regulación para la Creación y/o Modificación de Impuestos de Dominio Exclusivo del Departamento.

4. Ley Departamental del Transporte.

5. Ley del Tesoro Departamental6. Ley de Creación de Empresas

Departamentales

Page 127: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

TERCERA

En un plazo de 180 días calendario, gestionara ante las instancias correspondientes el traspaso a la red departamental la autopista que conecta los Municipios de La Paz y El Alto, para su administración correspondiente.

Page 128: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

CUARTA

El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz promoverá un nuevo pacto fiscal de acuerdo a los resultados del censo para una redistribución equitativa de los recursos.

Page 129: Estatuto autonomico del Departamento de La Paz

DISPOSICIÓN FINAL

El Estatuto Autonómico Departamental de La Paz entrará en vigencia a partir de su aprobación mediante referendo y posterior publicación.