16
Realizado: Diana Robles - 21589

Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

Realizado:Diana Robles - 21589

Page 2: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

¿Que es Derecho Laboral? Es un conjunto de principios y normas que regulan las relaciones que se

establecen entre empleadores y trabajadores, persona natural o jurídica , además tiene como objeto de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores y regula las relaciones individuales o agrupadas de trabajo.

Es una rama de la ciencia del derecho que tiene como objeto el trabajo del hombre.

Los principales elementos que busca establecer el derecho laboral es la seguridad del trabajador puesto que se encuentra en una lugar de minoridad frente a su empleador. 

Page 3: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

PRINCIPIOS MINIMOS FUNDAMENTALES1.Libertad de trabajo

Es el derecho de emplear una actividad personal en la forma que más agrade o que escojan a su libre decisión.La libertad de trabajo comprende el derecho a:

Elegir el tipo de trabajo que desee. ” Ejercerlo sin violencia. Cambiar de trabajo. Establecer las condiciones del contrato de trabajo. Ser defendido por la autoridad pública contra quienes pretendan obstaculizar el ejercicio de una actividad

lícita.

ARTICULO 8o. LIBERTAD DE TRABAJO. Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley.

1.1. Normatividad

Page 4: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

2. OBLIGATORIEDAD TRABAJOEs una obligación social que debe existir entre los miembros de una sociedad para aportar su fuerza laboral, con el fin de contribuir al desarrollo socio-económico, competición internacional de la comunidad a la cual pertenece, y a su vez, mantener un equilibrio social acorde con las necesidades de los ciudadanos, en pro de la comunidad

2.1 NORMATIVIDADARTICULO 7o. OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO. El trabajo es socialmente obligatorio.

ARTICULO   25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Page 5: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

3. Protección del trabajoSe define como la garantía que ofrece el Estado con el fin de proteger el desarrollo del trabajo, la organización institucional debe "prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos”. La garantía ofrecida permite el desarrollo personal y social.

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO ARTICULO 56. OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN GENERAL. De modo general, incumben al empleador obligaciones de protección y de seguridad para con los trabajadores, y a éstos obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991

ARTICULO   25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Page 6: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

4. Igualdad de derechosSe establece que todos las trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías; sin existir preferencias o beneficios de unos frente a otros, sin discriminar por sus diferentes condiciones, raza, sexo, orientación sexual, ideales, opiniones. etc.

Este es el principio que determina la democracia, en un sentido amplio es la forma de convivencia social en la que todos los miembros somos libres e iguales.

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

ARTICULO 10. IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES. Modificado por el art. 2, Ley 1496 de 2011. Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen las mismas protección y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.

4.1 Normatividad

Page 7: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

5. Primacía de la realidadHace referencia que ante cualquier situación laboral que se presente  y se produzca una discordia entre lo sucedido, se prefiere los datos que ofrece la  realidad por encima de cualquiera que figure formalmente en acuerdos o documentos.

Un ejemplo, los relacionados con la existencia de un contrato de trabajo o con los factores constitutivos de salario

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

ARTICULO 127. ELEMENTOS INTEGRANTES. Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.

Page 8: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

6. EstabilidadBusca garantizar la permanencia de los empleados vinculados, con el fin de tener un medio para el sustento vital. Los empleados No pueden ser despedidos sin justa causa.Además en el desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral, puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho al reconocimiento de una indemnización.

6.1. NormatividadCODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

ARTICULO 53. EFECTOS DE LA SUSPENSION. Durante el período de las suspensiones contempladas en el artículo 51 se interrumpe para el trabajador la obligación de prestar el servicio prometido, y para el empleador la de pagar los salarios de esos lapsos, pero durante la suspensión corren a cargo del empleador, además de las obligaciones ya surgidas con anterioridad, las que le correspondan por muerte o por enfermedad de los trabajadores. Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.

Page 9: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

7. FavorabilidadEs una norma con varias apreciaciones para solucionar un conflicto laboral, se tomara la que sea mas favorable para el empleado, no es admisible extraer de cada una lo mas favorable y armar un texto nuevo; solo se puede escoger una norma y aplicarla en su integridad.

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

ARTICULO 21. NORMAS MAS FAVORABLES. En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad.

Page 10: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

8. Irrenunciabilidad de beneficios mínimos, y mínimo de derechos y garantíasLo que refiere al mínimo de derechos y garantías señala que todas y cada una de las disposiciones del ordenamiento laboral se dirigen a garantizar al trabajador “un mínimo de derechos y garantías”

Los trabajadores no pueden renunciar al beneficio mínimo "derechos ciertos e indiscutibles", producto de su fuerza laboral, el cual se constituye sobre normas de orden publico (orden otorgado por la ley), de acuerdo con lo anterior si existe cualquier pacto que señale lo contrario será NULO, careciendo así, de toda validez.

Page 11: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales
Page 12: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

Mecanismos de garantía de los derechos laborales

Page 13: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

Derecho que la ley otorga a todas personas físicas y morales, de solicitar o hacer un reclamo ante las autoridades judiciales o ante ciertos particulares y obtener de ellos una pronta solución sobre lo solicitado, con motivo de interés público ya sea individual, general o colectivo.

1. Derecho de Petición

1.1. NormatividadARTICULO  23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.

Page 14: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

2. Acción de tutelaEs un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales, es decir, todos aquellos que son inherentes al individuo y que existen antes que el Estado y están por encima de cualquier norma o ley que los reconozca o no; aún aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. 

Constitución de Colombia

ARTICULO  86. Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

Page 15: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

3. Conciliación laboralEs un mecanismo de solución de conflictos a través de dos o más personas gestionan para la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

El procedimiento es una serie de etapas, a través de las cuales las personas que se encuentran involucradas en un conflicto determinado como conciliable por la ley, encuentran la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio.

PARTE IIIMECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIONDE CONFLICTOST I T U L O IDE LA CONCILIACIONCAPITULO 1Normas generales aplicables a la conciliación ordinaria

Ley 446 de 1998

Page 16: Principios mínimos fundamentales y Mecanismos de garantía de los derechos laborales

4. Transacción laboralEs una de las formas de poner fin extrajudicialmente a las disputas relacionadas con los derechos derivados de una relación laboral.Entre el empleador y el trabajador se puede firmar un contrato de transacción que busque poner fin a una reclamación laboral presente o a una futura.

ARTICULO 2469.  La transacción es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven un litigio eventual.No es transacción el acto que sólo consiste en la renuncia de un derecho que no se disputa.

Código civil