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Universidad de Panamá Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Derecho Civil IID-Diurno Jornada de Repaso 5 de julio 2011

Obligaciones alternativas y facultativas mejorada

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Universidad de PanamáFacultad de Derecho y Ciencias Políticas

Derecho Civil

IID-DiurnoJornada de Repaso

5 de julio 2011

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Exposición presentada por:

Zorrilla, KatherinePascual, María del C.Bernal, Carmen

Tema:

Obligaciones Alternativas

y Facultativas

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Obligaciones

Alternativ

as

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Concepto y EsenciaLa obligación alternativa puede referirse a la prestación, que consista en el hecho del deudor en el sentido de que este puede liberarse o dando una cosa cierta o haciendo algo otra cosa. Lo que sintoniza la obligación alternativa es el tener dos o más objetos debidos y el extinguirse mediante el pago de uno de ellos.

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Concepto Legal

Es aquella en la que el objeto de la prestación no esta determinado, ya que al momento de su nacimiento existen varias posibilidades, cualquiera puede ser objeto de cumplimiento por el deudor, pero solo una es exigible.

Art. 1018 del Código Civil

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Ejemplos de Obligación Alternativa• Juan se obliga a

entregarle a Lucas 10 sacos de arroz, ó 5 cajas de leche, no podrá en consecuencia entregar la mitad de los sacos de arroz y la mitad de las cajas de leche, sino los sacos de arroz o las cajas de leche.

• La carta de un restaurante

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Función prácticaLa función económica de la obligación alternativa consiste en crear una vinculación entre las partes y determinar las prestaciones posibles, entre las que habrá de elegirse la que en definitiva se cumpla, pero dejando cierto margen de libertad al facultado para elegir.

Art. 833 Código Civil

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Elección y Derecho de ElecciónLa elección es atribuida una de las partes de una relación jurídica obligatoria y por esa disyunción que es la esencia de las obligaciones en un estudio, se puede decir que es un derecho de opción por cuanto que el titular de ese derecho tendrá entre diversas posibilidades; el cual puede ser trasmitido con el crédito.

Art. 1019 y 1020 Código Civil

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Reglas aplicables cuando..La elección corresponde al

deudor

La elección corresponde al acreedor

La elección de la prestación de una obligación por regla general le corresponde al deudor, pero ellos puede perderse de acuerdo a los preceptos que se establecen en el Art. 1021 del Código Civil.

Al principio se le atribuye la elección al deudor, pero que así mismo, se abre posibilidad para que pueda confiársele al acreedor por medio de una cláusula particular, y esto es corroborado por la primera parte del primer párrafo del Art. 1023 del Código Civil.

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OBLIGACIO

NES

FACULTATIVAS

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Concep

to

Es aquella obligación que tiene un solo objeto que es el único que el acreedor puede exigir, y que si desaparece sin culpa del deudor produce la extinción del vinculo obligatorio, pero se faculta al deudor a entregar otra prestación distinta de la debida produciéndose así su cumplimiento.

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Ejemplo de Obligación Facultativa

Un contrato por el cual Marcos le vende a Sara una motocicleta en B/ 2.000. Para entregarla en marzo del 2011, pero se ha estipulado en dicho contrato que Marcos puede cumplir la obligación entregando un auto valorado en B/ 2.500.

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Diferencia entre Alternativa y Facultativa

• La obligación facultativa tiene solamente un objeto. De ahí la expresión que la obligación facultativa es cómoda, pero poco exacta. Es la diferencia capital entre la obligación alternativa y la facultativa.

• En las alternativas la duda recae sobre dos o más objetos que se determinan por la elección para saber cual ha de entregarse; mientras que en las facultativas solo una prestación es la adeudada.

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Muchas Gracias !!