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-J-OI '&"¡-J) 8: 20 ( , GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA DIRECCION REGIONAL DE SALUD DIRECCIÓJ\' SUB REGIONAL DE SALUD .IAEN N" 111-2017-GRCAJIDSRSJ-DG/OAJ MADN": 3170667 Jaén, 22 de "8osto del 2017 B Expediente !'IAD ,,' 3148264 Opinión Le8,,1 ,,' 218-20l7-GRCAJ/DISAJ-AL y estando "utorh"dopor medio de !'lemorandoN' D03-GR.CAJIDSRSJ/DG, y: CONSIDERANlXJ. Que, por medio del expediente indicado en el visto. con fecha 15 de aBosto del '2017; por la seií.ora.GLADYS NORMA CASTIllO CABRALES,Trabajadora Nombrad" del Centro de Salud~lorro Solar de la Dirección Sub Re8ional de Salud luen. quien solicita, de conlormidad con el artículo 184 0 de la Le1.j N° '25303 lJ el inciso b. del artículo 5.3 del Decreto Le8islativo 1\"0 276: se le otor8ue el paáo de.> la f)onificación del 300/0 de Su remuneración total o inte8ra de SI. 2,572.2'2, por el momento desde el mes de enero de 1991. aplicación en la plul1illa única de haberes el importe de SI 887,48 del .300/0 de la remuneración lolal o ¡nteBral en forma mensuallJ permanente desdc el mes de agosto - 2017, menos el importe percibido en la planilla de haberes la suma de S/'25.00 (S/.887.48 - S/. 25.00= S/. 862.48) asi comot"mbién pa80 de reinte8ro de la deuda desde el mes de enero del año 1991 dejados de percibir por la suma de 5/.862.48 en forma mensual y permanente Que. el numeral 1 del artículo:/ del Decmto Supremo Na 006-2017 -JUS. que aprueba el ru.o de lellelJ Na 27444 ley del Procedimiento Aclminislwtivo General (>stablece como requisitos de valiJez de los actos administratiyos; la competencia mediante la cual se establece que: el acto administrativo debe ser emitido por el órljano facultado en razón de la materia, territorio. 8rado. tiempo o cuantía. a twvés de la autoridad re8ulannente nominada al momento del dictüdo lJen caso de órganos colegiados. cumpliendo los requisitos de sesión,quórum lJdeliberación indispensables para suemisión. Que el recurrente solicita se le otorgue la Nivelación de sus haberes con el incremento del 300/0 en su pago mcnsual de acucrdo d la E>onificaciónDiferencial. que rcalmente le corresponde calculando dicho incremento en bases a su haber mensual total. con todos los cOllceptos remunerativos. Se les olor8ue el beneficio como realmente corresponde lJse efectué el paáo de su bonificación lJt1que a la fecha se viene otor8ando una suma diminuta tal como se demuestra en susboletas de pa80, además solicita se calcule y se cancele los reinte8ros desde el otor8amicnto de lelJ. conlorme les corresponde fecha en la que se 8eneróel derecho a la Bonificación Diferencial. así como los intereses deven8ados que han 8encwdo el no oportuno Pd¿}O de la bonilicación. Que, es menester anotar que el Art. 184 2 de la lelJ N"2 2S303l..e':J del Presupll~to Público para el año fiscal 1001 establecía otorear al personal de Íuncionarios lJservidores de la Administración P{tblica que laboren en zonas rurales y urbano mar8inales una bonificación dilercncial uH::>llsual lJ eqtlivdlente al )0 9t) de la Remul1eraciónTotal como compensación por condiciones excepcionales de trabajode conformidad con el inciso b) del Art. 53 11 del D.lee. N'l 276. la reÍerida bonificación sería del50(Yo sobre la remuneración total cuando losservicios sean preste"1dos en lOnasdeclaradas en emcr8encia, excepto en las capitdles de departamento; Que. en la Administración Pública debe prevalecer la aplicación del principio de le8alidad en la función ejecutiva, la administración debe fundar susactuaciones decisorias o consultivas en la normativa vi8ente, así lo precisa el numeral 1.1. Del Artículo IV del Título Preliminar de la l\?lJ 0)11 27444 lelJ del Procedimiento Administrativo Gel1ewl cuando dispone: 'Las autOridades administrativas, deben actuar con respeta a la Conslltución, 1"Ley y el Derecho. Dentro de 1""¡"cult"d"" que le estén "tribuidas y de "cuerdo con loslines para laque les !ueran conl.eridos",siendaello dsí.resulta oportuno precisar que sibien es cierto lu lelJ N'l25303, que aprobó la lelJ Anlldl de Prasllpuesto del Sector Público l.Jt.mpresariell del Estado pelrael año 1991:

SUB REGIONAL DE SALUD

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Page 1: SUB REGIONAL DE SALUD

-J-OI '&"¡-J)8: 20

(,GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCADIRECCION REGIONAL DE SALUD

DIRECCIÓJ\' SUB REGIONAL DE SALUD .IAEN

N" 111-2017-GRCAJIDSRSJ-DG/OAJ

MADN": 3170667 Jaén, 22 de "8osto del 2017

B Expediente !'IAD ,,' 3148264 Opinión Le8,,1 ,,' 218-20l7-GRCAJ/DISAJ-AL y estando"utorh"dopor medio de !'lemorandoN' D03-GR.CAJIDSRSJ/DG, y:

CONSIDERANlXJ.

Que, por medio del expediente indicado en el visto. con fecha 15 de aBosto del '2017; por la seií.ora.GLADYSNORMA CASTIllO CABRALES,Trabajadora Nombrad" del Centro de Salud~lorro Solar de la DirecciónSub Re8ional de Salud luen. quien solicita, de conlormidad con el artículo 1840 de la Le1.j N° '25303 lJ el incisob. del artículo 5.3 del Decreto Le8islativo 1\"0 276: se le otor8ue el paáo de.>la f)onificación del 300/0 de Suremuneración total o inte8ra de SI. 2,572.2'2, por el momento desde el mes de enero de 1991. aplicación en laplul1illa única de haberes el importe de SI 887,48 del .300/0 de la remuneración lolal o ¡nteBral en formamensuallJ permanente desdc el mes de agosto - 2017, menos el importe percibido en la planilla de haberes lasuma de S/'25.00 (S/.887.48 - S/. 25.00= S/. 862.48) asi como t"mbién pa80 de reinte8ro de la deuda desdeel mes de enero del año 1991 dejados de percibir por la suma de 5/.862.48 en forma mensual y permanente

Que. el numeral 1del artículo:/ del Decmto Supremo Na 006-2017 -JUS. que aprueba el ru.o de lellelJ Na27444 ley del Procedimiento Aclminislwtivo General (>stablece como requisitos de valiJez de los actosadministratiyos; la competencia mediante la cual se establece que: el acto administrativo debe ser emitido porel órljano facultado en razón de la materia, territorio. 8rado. tiempo o cuantía. a twvés de la autoridadre8ulannente nominada al momento del dictüdo lJen caso de órganos colegiados. cumpliendo los requisitos desesión,quórum lJdeliberación indispensables para su emisión.

Que el recurrente solicita se le otorgue la Nivelación de sus haberes con el incremento del 300/0 en su pagomcnsual de acucrdo d la E>onificaciónDiferencial. que rcalmente le corresponde calculando dicho incrementoen bases a su haber mensual total. con todos los cOllceptos remunerativos. Se les olor8ue el beneficio comorealmente corresponde lJse efectué el paáo de su bonificación lJt1que a la fecha se viene otor8ando una sumadiminuta tal como se demuestra en sus boletas de pa80, además solicita se calcule y se cancele los reinte8rosdesde el otor8amicnto de lelJ. conlorme les corresponde fecha en la que se 8eneróel derecho a la BonificaciónDiferencial. así como los intereses deven8ados que han 8encwdo el no oportuno Pd¿}O de la bonilicación.

Que, es menester anotar que el Art. 1842 de la lelJ N"2 2S303l..e':J del Presupll~to Público para el año fiscal1001 establecía otorear al personal de Íuncionarios lJservidores de la Administración P{tblica que laboren enzonas rurales y urbano mar8inales una bonificación dilercncial uH::>llsuallJ eqtlivdlente al )0 9t) de laRemul1eración Total como compensación por condiciones excepcionales de trabajode conformidad con el incisob) del Art. 5311 del D. lee. N'l 276. la reÍerida bonificación sería del50(Yo sobre la remuneración total cuandolos servicios sean preste"1dosen lOnasdeclaradas en emcr8encia, excepto en las capitdles de departamento;

Que. en la Administración Pública debe prevalecer la aplicación del principio de le8alidad en la funciónejecutiva, la administración debe fundar sus actuaciones decisorias o consultivas en la normativa vi8ente, así loprecisa el numeral 1.1. Del Artículo IV del Título Preliminar de la l\?lJ 0)11 27444 lelJ del ProcedimientoAdministrativo Gel1ewl cuando dispone: 'Las autOridades administrativas, deben actuar con respeta a laConslltución, 1"Ley y el Derecho. Dentro de 1""¡"cult"d"" que le estén "tribuidas y de "cuerdo con los linespara laque les !ueran conl.eridos",siendaello dsí. resulta oportuno precisar que sibien es cierto lu lelJ N'l25303,que aprobó la lelJ Anlldl de Prasllpuesto del Sector Público l.Jt.mpresariell del Estado pelra el año 1991:

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GOllIERNO REGIONA 1. CAJ¡\MARC¡\DlRECCIOt\ REGIONAL DE SALUD

DIRECCIÓN SUB REGIONAL DE SALUD JAEN

I

MAD N": 3170667

N" 111-2017-GRCAJIDSRSJ-DG/OAJ

J"én, 2'2 de agosto del 2017

Que. en efecto la mencionada norma (Let) NQ 25303) fue publicada en el Diario Olicial "El Peruano" el 18 deenero de 1991 .••'iáente desde el 01 de enero del mismo año. posteriormente mediante la LetJ NIl25388 del 07 del?llerode 1992 en su Artículo 26gvdispone: "ProrrOedn para 1992 la viáenciade losArtículos (...).1841:1,1851l,20SQlJ 307

2de la Ley 25303"; tamhiénla indicada norma dispone en su Artículo 1282: "En el ámbito de losGobiernos

Reáionales, los servidores 110 funcionarios del Sector Público que laboren en las áreas rurales de la zona andinalJ dentro de los 50 Km. de la línea de lrolllew internacional. con excepción de las ciudades capitales dedepartamentos, se le otor8ará una bonilicación dilerencialmensual equivalente a130<Yode la remuneracióntotal como compensación por condiciones excepcionales de trabajo de con£onnidad con el inciso b)del artículo5Y del Decreto Leáislativo N' 276",

Que, posteriormentc mediante Decreto LelJ NQ '25807 publicado el '28 de octubre de 1992 en su Artículo 411dispone: "Restitúyase a partir del 1'"de juliOde 199'2 la viáencia del Artículo 16Q2dela Ley NI1'25388,sustituidosu texto por el siáuiente: "Artículo '269

Q

prorróállesc para 199'21a videncia de los Artículos 1619,164"'.166"'.184'"(...) 1.) 307

11de la LelJ NI1 '25303 entcndiéndose solo a las Corporaciones de Desarrollo de Lima Callao lJ San

Martín e.)". También mediante Decreto LelJN2 '25986 LelJde Presupuesto del Sector Público para el ailo 1993,publicada el 14 de diciembre de 199'2. en su Artículo '242 precisa: "Prorróduese para 1993 la viáencia delArtículo '27(J' del Decreto Leáislativo N' 556: Articulo '27' del Decreto Leáislativo N' 573, los Artículos164'.166','29'2'.301'.304' 'J 305" de la Le'J '25303, ') los Artículos 1'20~ 1'25".1'29'.15(J',19r,'217",'219','2'28','249', '250', modificado por el Artículo '26' del Decreto Le'JN''2557'2 'J '270' de la Le') N''25388", Advirtiéndose de su contenido que no lndu')e el drlículo 184' de 1,,!<ln1dsveces mendonaek Le') N"25303. ni tampcxx>se le induqe en las normas mcxlilicatorias q restitutoridS, por lo que se entiende respecto ~su viAencia ha. ocurrido lo. derogación tacita. esto queda claro si se considera lo dispuesto en su SéptimaDispOSición Transitoria y final que expresamente dispone: "Deroáase a déjese en suspenso las d¡sposicio~esledales o re(JldJneJ1tarias ql1ese OponSdJ1 d -lo establecido por el presente Decreto Lel) o limiten SIl i!-plicdción";

Que. debe tenerse en cuenta que para la aplicación del artículo 184 de la LelJN° 25303 se han emitido normascomo son el artículo 10 del Decreto Supremo N' 057 -86-PCM, el Decreto Supremo N' 073-85-PCM, elDecreto Supremo r-.t 235-87 -[F, entre otros. En estos decretos se ordena la entreáa de la. boniÚcacióndilerellcial para "incentivar el desarrollo de los prodralllas micro redionales dentro del proceso dedescentralización. La bonificación dilerencial se otaráará bajo los siguientes conceptos: Descentralización,Altitud lJRiesdo", seáún el artículo 100del Decreto Supremo N° 057 -86-PCM. De lorlna que la aplicaCión deesta bonificación dilerencial será también para los que realicelllabores en aquellas ZOnas;

Que, el Decreto supremo NQ

073-85-PCrv1. una de las microrreáiones de sedunda prioridad. son algunasprovincias y distritos de Caja marca: como ~1icrorreáiones de Seáunda Prioridad tenemos: "AltoJequetepeque:provincias de Contummá. Cajamdrca (Distrito; Asunción, Cospán, Chetilla, Maádalena. San Juan), San Miduel,San Pablo. Cajabamba (Distrito: SalJapullo): del Departamento de Cajamarca" y. 'Cutervo-Chota-Santa Cruz-prov. Cutervo (Distritos; Cutervo. Cujillo, Choros. Querocotdlo, San Luis de Lucma, Santo Tomás, Sócota, SantoDominao de la capilla. san Juan de Cutervo, San Andrés deCutervo, la ramada), Provincia de Chota, provinciade Santa Cruz- Cajamarca" Allí, en esa relación leáal, no se encuentra la provincia de Jaén, más aún si eldemandante no ha probado que la prOvincia de Jaén se encuentre dentro de los alcances del Decreto SupremoN°073-85-PCM,1

Que, debe tenerse en cuenta que lanDrma cuyo cumplimiento se reclama, por su naturaleza es una que riBe elpresupuesto del Estado para determinado ejercicio, 110 siendo persistente en el tiempo, sino que su viáencia semantiene mientras no sea renovado por la del siáuiente año, conlorme 10 establece el Artículo 77Q de nuestraConstitucióll Política del Estado, de cuya interpretación se puede entender que nin8ún 8asto plíblico puedeelectuarse si no está previsto y financiado, más aún si él través de la LelJNIl 30518 Ley del Presupuesto del sector

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GOBIERNO REGIONAL CAJA;V¡ARCADIRECCIO\' REGIONAL DE SALUD

DIRECCIÓ", SUB REGIONAL DE SALUD JAEN

MAD N": 3170667

N" 111-2017-GRCAJ/DSRSJ-DG/OAJ

Jaén, '2'2 de agosto del 2017

Público Para el Allo fiscal '2017 en su mtículo GQ

dispolle: Prohibase en las entidades del Gobierno Nacional.806iernos reáionales lJ $o6iernos locales, el reajuste o increllK'llto de remuneraciones, boniJicdciolles, dietasasiánaciones. retribuciones, estímulos, incentivos lJ bene{¡cios de toda íl1dole, cualquiera sea su forma,modalidad. periodicidad, mecanismos o fuente de financiamiento. Así mismo queda prohibida la aprobaciónde nuevas boni{¡caciones. asi$naciollE's, incentivos. estímulos, retribuciones. dietas y beneficios de toda índoleCon las mismas caraeterísticdS seílaIDdaséll1teriormente". En tal sentido el derecho reclamado, nole correspondea Id recurrente:

QU(;'.la ley 28411 lel) General Del Sistellld .'\acion~¡Jde PresupuC'sto.establece en suArtículo 3.- La DirecciónNacional del Presupuesto Pllblico. como la más alta aUlorid¿l(! túcnico normativa en Ilwteria presupuestaria.mantiene relaciones técnico-funcionales con la Oficina de Presupuesto o la que haáa sus veces en la EntidadPliblica lJ ejerce sus funciones l) responsabilidades de acuerdo con lo dispuesto por la lel) Marco de laAdministración Financiera. del Sector Ptlblico - lel) N° 28112. En su Artículo 4.- literul indica:: e) Emitir lasdirectivas lJ normas complemelltürias pertinentes: en su Artículo 36. 36.2 El pa$o es re8ulado en Jormaespecífica por 1mnormas del Sistema Nacional de Tesorería: 1) el Artículo 55.- Sobre los actos de Ejecllción55.1'los Gobiernos Re8ionales. Gobiernos locales, sus Oráanismos Públicos Descentralizados v sus Empresas sesujetan ulas disposiciones de ejecución presupu(.'staria est¿lblecidas en la lel} Generall} la lel) del Presupuestodel Sector Público. en la parte {fueles SCdl1aplicables. l}a las Directivas que, parü tdl efecto. emita la DirecciónNaciollal del Presupuesto Público". Del mismo modo la misma 110rmB,en su CUARTA DISPOSICIONTRANSITORIA expresa: '1ratamiento de las Remuneraciones, bonilicaciones, asi8naciones l}demás beneliciosdel Sector Público. 1.Las escalas remunerativas lJ beneficios de toda índole, así como los reajustes de lasremuneruciones LJ bonilicaciones que fueréll1necesarios durante el AílO Fiscal para los Plieáos Presupuestarioscomprendidos dentro de los alcal1ces de la lel} General. se apmeban mediante Decreto Supremo refrendadopor el rvIinistrode Economí¿l lJ Fil1dI1WS,a propuesta del Titular del Sector. Es nula toda disposición contraria,bajo responsabilidad:

Que, estando a los \"istos correspondientes, 1) con las atribuciones conleridas mediante Resolución ReáionalSectorial N' 1032-2016-GR.CAJ/DRS-OE-GD-RRlili. de fecha 03 de octubre del 2016:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, IMPROCIDE.NTE la ",licilud pre,enlada por la ,ervidora GLADYS"---------._ ...

NORMACASTILLOCABR..AL.fS, trdbajudora nombr¿¡cb del C<,'ntrode Sülud):lorro Solar de la DirecciónSub Reáional de Salud Jaén, Quien solicita uplicación en Planilld Única de l-Iaberes del 300/0 de laRemuneración Total. reinteáro de paáo de deuda más intereses áenerados. a que se refiere el artículo 184 de lalel) N°2S303 e inciso 6.del artículoS3 de Decreto Leáislativo {-.t 276.

ARTÍCULO SEGUNOO, NOTIRCARla presente resolución a la parte interesada yolicinas correspondientes

ARTÍCULO TP.BCeRO, ...DISPONPR, que la Oficincl de COl1ll1nicaciones,cumpld con la publicación de lapresente resolución en la \"1 eb del Portul Institucional de lu Dirección Sub Reáionul de Salud Jaén.

Rl'.GÍSTRESE.COMUNíqUESE YARCIiÍVE5E

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