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n OBJETO Selección de una persona natural o jurídica para la contratación de los ME o E L L iN CORPORACIÓN RUTA N MEDELLÍN servicios de Renting de Mobiliario Estándar y Especial. PRESUPUESTO Hasta ochocientos millones de pesos m/I ($800.000.000) IVA incluido. PLAZO TREINTA Y SEIS (36) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio. ASUNTO INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Analizadas y evaluadas las propuestas recibidas en el marco de la convocatoria pública para la selección de una persona natural o jurídica para la contratación de los servicios de Renting de Mobiliario Estándar y Especial, el Director Ejecutivo de la Corporación comunica: 1. Que el pasado 17 de mayo de 2019, la Corporación Ruta N Medellín publicó en su página web los Términos de Referencia dela convocatoria pública cuyo objeto es: Selección de una persona natural o jurídica para la contratación de los servicios de Renting de Mobiliario Estándar y Especial. Que el 21 de mayo de 2019 se realizó la reunión de aclaración de dudas y la visita al inmueble donde se ubicará el mobiliario. Hasta el 23 de mayo de 2019 se recibieron las solicitudes de aclaraciones y se publicó en la página web de la Corporación las respuestas a las mismas, el día 24 de mayo de 2019. El 29 de mayo de 2019 se recibieron tres propuestas, de los oferentes Conix S.A.S., Delverg S.A.S. y Solínoff Corporation S.A. El 31 de mayo de 2019 se publicó el informe de habilitación y evaluación delos proponentes, quedando habilitado jurídica, financiera y técnicamente el oferente Conix S.A.S. Los oferentes Solínoff Corporation S.A. y Delverg S.A.S. no cumplieron con algunos de los requisitos habilitantes, tal y como consta en el informe de evaluación, en el cual se solicita subsanar dichos requisitos conforme al plazo señalado en el cronograma. El día 04 de junio se recibió por parte de Delverg S.A.S. la carta de presentación de la convocatoria suscrita por el representante legal, pero no se subsane el requisito habilitante consistente en Ia_copia del Acta de Asamblea de Accionistas que autoriza al representante legal para la celebración del contrato que conlleva contraer obligaciones por un valor superior a 200 SM LMV, en caso de resultar seleccionado, tal y como exigen los estatutos de la sociedad Delverg S.A.S., y consta en el sección referente a las funciones del gerente general registradas en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, por lo que no se encuentra habilitado. Por su parte, el oferente Solínoff Corporation S.A., no se encontró habilitado al no adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del Revisor Fiscal en el plazo que le fue otorgado para bsanar los requisitos habilitantes. :15¡-+-4> 516 H 70 Compiejo Ruta N Calle 67 Me 52-20 Piso ?. "I'orre A. Medeilín » Co£ombía

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OBJETO Selección de una persona natural o jurídica para la contratación de los

M E o E L L i N

CORPORACIÓNRUTA N MEDELLÍN

servicios de Renting de Mobiliario Estándar y Especial.

PRESUPUESTO Hasta ochocientos millones de pesos m/I ($800.000.000) IVA incluido.

PLAZO TREINTA Y SEIS (36) MESES contados a partir de la suscripción del acta deinicio.

ASUNTO INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Analizadas y evaluadas las propuestas recibidas en el marco de la convocatoria pública para la

selección de una persona natural o jurídica para la contratación de los servicios de Renting deMobiliario Estándar y Especial, el Director Ejecutivo de la Corporación comunica:

1. Que el pasado 17 de mayo de 2019, la Corporación Ruta N Medellín publicó en su páginaweb los Términos de Referencia dela convocatoria pública cuyo objeto es: Selección de unapersona natural o jurídica para la contratación de los servicios de Renting de MobiliarioEstándar y Especial.Que el 21 de mayo de 2019 se realizó la reunión de aclaración de dudas y la visita al

inmueble donde se ubicará el mobiliario.Hasta el 23 de mayo de 2019 se recibieron las solicitudes de aclaraciones y se publicó en la

página web de la Corporación las respuestas a las mismas, el día 24 de mayo de 2019.El 29 de mayo de 2019 se recibieron tres propuestas, de los oferentes Conix S.A.S., DelvergS.A.S. y SolínoffCorporation S.A.El 31 de mayo de 2019 se publicó el informe de habilitación y evaluación delos proponentes,quedando habilitado jurídica, financiera y técnicamente el oferente Conix S.A.S.

Los oferentes SolínoffCorporation S.A. y Delverg S.A.S. no cumplieron con algunos de losrequisitos habilitantes, tal y como consta en el informe de evaluación, en el cual se solicitasubsanar dichos requisitos conforme al plazo señalado en el cronograma.El día 04 de junio se recibió por parte de Delverg S.A.S. la carta de presentación de la

convocatoria suscrita por el representante legal, pero no se subsane el requisito habilitanteconsistente en Ia_copia del Acta de Asamblea de Accionistas que autoriza al representantelegal para la celebración del contrato que conlleva contraer obligaciones por un valorsuperior a 200 SM LMV, en caso de resultar seleccionado, tal y como exigen los estatutos dela sociedad Delverg S.A.S., y consta en el sección referente a las funciones del gerentegeneral registradas en el certificado de existencia y representación legal expedido por la

Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, por lo que no se encuentra habilitado.Por su parte, el oferente SolínoffCorporation S.A., no se encontró habilitado al no adjuntarcopia de la cédula de ciudadanía del Revisor Fiscal en el plazo que le fue otorgado parabsanar los requisitos habilitantes.

:15¡-+-4> 516 H 70

Compiejo Ruta N Calle 67 Me 52-20Piso ?. "I'orre A. Medeilín » Co£ombía

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9“. Que conforme al informe de evaluación publicado el 31 de mayo de 2019, el Comitéevaluador recomienda adjudicar la convocatoria a la sociedad Conix S.A.S., por haber sidoel proponenteque obtuvo el mayor puntaje en la evaluación global.

10. Que el Director Ejecutivo procede entonces a adjudicar la presente convocatoria a la

empresa CONIX S.A.S., con base en la recomendación hecha por el Comité Evaluador, y

DECIDE:

ARTÍCULO PRIMERO:Adjudicar a la empresa CONIX S.A.S., la convocatoria pública cuyo objeto esSelección de una persona natural o jurídica para la contratación de los servicios de Renting deMobiliarioEstándar y Especial.

'

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente decisión se notifica al adjudicatario favorecido por medio de la

publicación en la página web.

ARTÍCULO TERCERO: La Corporación y el adjudicatario procederán a suscribir el contratode renting,procediendo el adjudicatario a suscribir las pólizas correspondientes.

'

ARTÍCULO CUARTO: La presente decisión rige a partir de la fecha de publicación.

Dada en Medellín, a los CINCO (05) DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2019.

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