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BOLETIN Este documento da cuenta de las re- flexiones y propuestas desarrolladas durante el seminario internacional Re- vocatoria en debate; experiencia: Perú y América Latina, organizado por el Jurado Nacional de Elecciones”. Doctor Francisco Távara Córdova Presidente del JNE Edición: Oficina de Comunicaciones del Jurado Nacional de Elecciones Lima, octubre 2013 Dossier especial

Boletín Revocatoria en Debate

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Page 1: Boletín Revocatoria en Debate

BOLETIN

Este documento da cuenta de las re-flexiones y propuestas desarrolladas durante el seminario internacional Re-vocatoria en debate; experiencia: Perú y América Latina, organizado por el Jurado Nacional de Elecciones”.

Doctor Francisco Távara CórdovaPresidente del JNE

Edición: Oficina de Comunicaciones del Jurado Nacional de Elecciones Lima, octubre 2013

Dossier especial

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POR UNA LEGISLACIÓN MÁS IDÓNEA SOBRE LA REVOCATORIA

Organismos electorales plantean nueva Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos

Tras 16 años de aplicación en el Perú (1997-2013), el mecanismo de la revocatoria no ha pro-ducido los efectos esperados; por el contrario, en los lugares donde se empleó no se observa el fortalecimiento de la gobernabilidad ni la mejora de la calidad de vida.

Tal como opera actualmente, este instrumen-to permitió que se sometan a consulta a 5,303 autoridades municipales, de las cuales se revo-caron a 1,737 (303 alcaldes y 1,434 regidores). Ello convirtió al Perú, en perspectiva comparada, en el país con mayor cantidad de procesos en el mundo. Estos procesos, sumados a las nue-vas elecciones que generan, han costado al país 371,515,716 nuevos soles.

Frente a este panorama, era conveniente una exhaustiva revisión del mecanismo, labor que ha realizado el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) junto con la Oficina Nacional de Procesos

Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

El producto de este trabajo se plasmó en una propuesta legislativa denominada Nueva Ley de Participación y Control Ciudadanos, que reem-plazaría a la actual Ley 26300. La iniciativa fue presentada ante el Congreso de la República el 28 de mayo pasado y, actualmente, se encuentra en debate en la Comisión de Constitución y Re-glamento.

Las mejoras propuestas son sustanciales. Pue-den agruparse entre las que se refieren al inicio del procedimiento, la fundamentación, las auto-ridades sometidas y a la organización y proce-dencia.

Así, se plantea que los promotores que activen el procedimiento y sus adherentes solo pueden ser quienes se encuentren en el padrón electo-

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ral aprobado para la elección de las autoridades que se busca someter al escrutinio popular.

Asimismo, en aras del principio de igualdad, se sugiere eliminar el tope de 400 mil firmas de adherentes para solicitar la revocatoria en ciu-dades de mucha población electoral como Lima y se equipare al 25% exigido para las demás ciu-dades del país.

Con el proyecto se cambia la forma de adherirse a la solicitud de revocatoria. Esta se hará de ma-nera biométrica, es decir, con huellas y no con

firmas. De esta forma, se pretende evitar la falsifi-cación de las rúbricas.

En relación con la motivación de la consulta, se exige que sea fundamentada y sustentada con la debida documentación, además de que no pueda invocarse causales de vacancia, suspensión y de-litos como ocurre en la actualidad. Esta informa-ción se hará pública.

Otro planteamiento se refiere a las autoridades que pueden revocarse. Los regidores y conseje-ros podrían ser revocados solo como parte del concejo municipal o consejo regional, no de ma-nera individual, puesto que sus responsabilidades son normativas y fiscalizadoras.

Con la iniciativa, se suprimirían las Nuevas Elec-ciones Municipales, en vista de que estas se han convertido en el principal aliciente para la activa-ción de la revocación por parte de exautoridades y candidatos derrotados. Las autoridades revo-cadas serían reemplazadas por sus accesitarios hasta finalizar el mandato.

(*) Importe solicitado, en la etapa de formulación presupuestaria

(**) Importe solicitado, el cual aún no ha sido aprobado

(**) Importe transferido mediante D.S. 048-2013-EF Fuente: Jurado Nacional de Elecciones

AÑO DESCRIPCIÓN DEL PROCESO

COSTOS DE REVOCATORIASY NUEVAS ELECCIONES (1997 - 2013)

TOTAL

1997 Rev (23-11-1997) 6,000,000

2001 Rev (25-11-2001) 24,700,862

2004 Rev (17-10-2004) 20,179,523

2006 NEM (13-08-2006) 1,008,568

2008 Rev (07-12-2008) 32,970,000

2010 NEM (06-06-2010) 5,280,095

2012 Rev (30-09-2012)Rev (Preliminar)

46,471,688

2013

Rev Lima Metropolitana(17-03-2013) (*)Rev (07-07-2013) (**)NEM (07-07-2013) (***)

Total

Total CPR y NEMdel año 1997 a 2013:

193,556,494

104,598,57244,417,08844,540,834

371,515,716

2009 Rev (29-12-2009)NEM (29-11-2009) 30,000,000

2005Rev (03-07-2005)Rev (30-10-2005)E MC - "NEM" (03-07-2005)

11,348,486

Los titulares de los organismos electorales sostuvieron reuniones de trabajo para consensuar el proyecto de ley que fue presentado al Congreso de la República el 28 de mayo pasado (ver foto anterior)

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PERÚ, PAÍS DE REVOCATORIASEn 16 años, 1,124 alcaldes y 4,179 regidores fueron sometidos a consulta

Desde la promulgación de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley Nº 26300), en el año 1994, se han sucedido 10 pro-cesos revocatorios. En todos ellos, 1,124 alcaldes y 4,179 regidores fueron sometidos a consulta y se revocaron a 303 y 1,437, respectivamente.

En términos comparados, se puede señalar que el Perú es el país con más procesos de revocatorias en el mundo y, a la vez, con mayor número de au-toridades destituidas. Los resultados, sin embargo, no han llevado al fortalecimiento del sistema demo-crático ni han contribuido a la gobernabilidad.

En 16 años de aplicación de este mecanismo, se observa un significativo crecimiento de su inci-dencia, especialmente en el ámbito distrital, en un contexto en el que los partidos políticos están ma-yormente ausentes. Los procesos se realizaron en zonas rurales y alejadas, con menos de cinco mil electores, que no gozan de una democracia fuerte y sostenida.

El balance del período 1997-2013 muestra que el incentivo del control ciudadano, encaminado a re-

Fernando Tuesta Soldevilla. Doctor en Ciencias Sociales (UNMSM), magíster y licenciado en Sociología (PUCP). Realizó estudios de doctorado en Ciencia Política en la Universidad de Heidelberg (Alemania) y fue jefe de la ONPE (2000-2004).

Page 5: Boletín Revocatoria en Debate

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Fernando Tuesta Soldevilla presentó un somero pero completo examen de la vigencia de la revo-catoria en el Perú como mecanismo de democra-cia directa, instituida por la Constitución de 1993 y regulada mediante la Ley 26300.

Explicó que la referida consulta tiene carácter subnacional, la petición es fundamentada pero no probada, se requiere del 25 por ciento de ad-herentes de la jurisdicción hasta el tope de 400 mil firmas, en el caso de Lima, y se revoca de manera individual si se supera la mitad más uno de los votos válidos.

El experto cuestionó varios aspectos de la nor-mativa que la rige, por generar “situaciones per-versas”, como las Nuevas Elecciones Municipa-les (NEM), que muchas veces han afectado la

democracia y la gobernabilidad local, razón por la que -anotó- se requiere una reforma inmediata.

Bajo este diseño, manifestó, el mandato de un municipio queda dividido en tres: El primero, ad-ministrado por el alcalde y regidores elegidos; el segundo, por autoridades provisionales que re-emplazan a los que fueron revocados y; el ter-cero, por el alcalde o regidores elegidos en las NEM.

Indicó que las revocatorias se han realizado en 745 distritos y 10 provincias, pero que en el 91.7 por ciento de los casos fue en poblados con me-nos de cinco mil electores. Un mayor porcentaje se encuentra en la sierra (60.4%), seguida de la costa (30.4%) y selva (9.2%).

TUESTA SOLDEVILLA: SE REQUIERE UNA REFORMA INMEDIATA

vocar a la autoridad, fue largamente superado por la intención de adelantar los comicios a través de las llamadas Nuevas Elecciones Municipales.

Con el propósito de superar estas falencias y debilidades, los organismos electorales (JNE, ONPE y Reniec) presentaron en mayo último el proyecto de Nueva Ley de los Derechos de Parti-cipación y Control Ciudadanos ante el Congreso de la República.

Luego, precisamente para encarar y analizar la coyuntura actual de la revocación en el país y apoyar con mayores elementos al Legislativo, el JNE, presidido por el doctor Francisco Távara Córdova, organizó este seminario internacional, en el que participaron expertos de Argentina, Co-lombia, Ecuador, Uruguay, Bolivia, Venezuela y Perú.

Se busca, así, determinar las fortalezas y debili-dades de esta práctica para hacerla más expedi-tiva y coherente, con el propósito de potenciar la participación ciudadana y consolidar la democra-cia y la gobernabilidad.

AUTORIDADES SOMETIDAS A CONSULTA 1997 - 2013

1997

2001

2004

2005-I

2005-II

2008

2009

2012

2013-I

2013-II

Total

61

166

187

13

6

240

67

264

1

119

1124

129

461

691

54

21

999

271

1040

42

471

4179

190

627

878

67

27

1239

338

1304

43

590

5303

42

11

29

8

3

95

22

69

0

24

303

93

28

109

35

7

444

132

400

22

164

1434

Fuente: Jurado Nacional de Elecciones

Años Alcaldes Regidores Total Alcaldesrevocados

Regidoresrevocados

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6vidad adecuada que logre generar un equilibrio entre la revocatoria y la mejora de la goberna-bilidad, evitando algunos de los usos perversos que se han dado desde 1997.

Expresó que, si bien hay diversos proyectos so-bre el tema en el Legislativo, el de los organis-mos electorales está más rigurosamente elabo-rado y cuenta con una exhaustiva exposición de motivos, cifras, cantidades y estadísticas, entre otras características.

El presidente del JNE remarcó que depende del Congreso el que se asuma pronto la discusión de esta iniciativa y se pueda tener una norma que favorezca a la ciudadanía.

Asimismo, dijo que es muy importante conocer las experiencias de otros países respecto de la revocatoria, a fin de aprender de los errores para corregirlos, imitar lo que sea positivo y adoptar una posición.

FRANCISCO TÁVARA: CAMBIOS EN LA REVOCATORIA SE JUSTIFICAN TOTALMENTE

“Se observa un ejercicio abusivo y excesivo de esta práctica”, anotó.

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), doctor Francisco Távara Córdova, afirmó que a la luz de los resultados obtenidos en 16 años de aplicación de la revocatoria en el país, se justifica la sustitución de la Ley de los Dere-chos de Participación y Control Ciudadanos, con cambios específicos en dicho mecanismo de de-mocracia directa.

Señaló que en este lapso se ha observado un ejercicio abusivo y excesivo de la revocatoria, que se traduce en 10 procesos convocados y en 5,303 autoridades sometidas a consulta (1,124 alcaldes y 4,179 regidores).

El doctor Távara Córdova dijo que el estudio de los procesos realizados desde 1997 ha permiti-do elaborar el proyecto de ley que, por primera vez en la historia político electoral del país, los organismos del sistema electoral presentaron en forma consensuada al Congreso de la República.

Mencionó que la iniciativa procura una normati-

Francisco Távara Córdova. Abogado por la Universidad Nacional de Trujillo, magíster en Derecho Civil, con estudios de maestría en Derecho con mención en Política Jurisdiccional y de doctorado. Juez titular supremo, expresidente del Poder Judicial, expresidente de la Academia de la Magistratura, exjefe de la OCMA, expresidente pro témpore del Consejo Electoral de Unasur y presidente del Jurado Nacional de Elecciones.

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MÁS DE CINCO MIL KITS VENDIÓ LA ONPE EN 16 AÑOSMariano Cucho informó que 4,505 tenían como propósito revocar a autoridades distritales y 839 a provinciales

Para graficar la dimensión que ha cobrado la re-vocatoria en el país, el jefe de la ONPE, doctor Mariano Cucho Espinoza, precisó que entre 1997 y 2013 su institución vendió 5,344 kits electorales a fin de iniciar el proceso de consulta para decidir la permanencia o no de autoridades municipales.

De esta cifra, anotó, 4,505 tenían como propósito revocar a autoridades distritales y 839 a provin-ciales. En el primer caso, 1,146 (25.4%) termina-ron en una consulta de revocatoria y en el segun-do caso solamente 11 (1.3%).

El doctor Cucho Espinoza refirió que la mayoría de solicitudes de revocatoria consignan como motivo el incumplimiento del plan de trabajo, malversación de fondos, incapacidad de gestión, nepotismo, abuso de autoridad y no ejecución de obras.

7

Asimismo, señaló que el 90 por ciento de las con-sultas se produjo en distritos rurales, aquejados por la extrema pobreza y el bajo nivel educativo, donde coexisten intereses particulares o polí-ticos. “Hay una correlación entre altos recursos municipales, sobre todo canon minero, y la ten-dencia a la revocatoria”, remarcó el funcionario.

Expresó que existen jurisdicciones que han par-ticipado en forma recurrente en este tipo de pro-cesos, algunos en más de cinco ocasiones, lo cual evidencia que hay una utilización perversa del mecanismo por parte de los opositores.

Mariano Cucho Espinoza. Economista y contador público colegiado, con doctorado en Administración y maestría en Gestión Tecnológica empresarial por la UNI. Realizó estudios de maestría en gerencia pública por la UNED de España. Actual jefe de la ONPE

500

0

1000

1500

2000

2500

1995 - 1998 1999 - 2002 2003 - 2006 2007 - 2010 2011 - 2014

Fuente: Oficina Nacional de Procesos Electorales

KITS ELECTORALES VENDIDOS POR REVOCATORIA

266

619770

1548

2141

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Wilfredo Penco. Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República. Miembro de la coalición política Frente Amplio. Desde 1996 es ministro de la Corte Electoral del Uruguay y en la actuali-dad es su vicepresidente.

EL USO INTENSIVO DE LA REVOCATORIA GENERA MÁS PROBLEMAS DE LOS QUE RESUELVE

Sostuvo Yanina Welp, al analizar el panorama latinoamericano

Como parte del análisis que realizó sobre el pa-norama latinoamericano, manifestó que desde su creación en el Perú, en 1993, se generaron 5,303 solicitudes, superando a los Estados Uni-dos, nación donde se ideó el mecanismo en 1903, y en 110 años los pedidos superan los cuatro mil (ver cuadro).

Sostuvo que la existencia de la revocatoria y de su adecuada regulación contribuye a gene-rar válvulas para preservar el sistema político; sin embargo, subrayó, su uso intensivo provoca más problemas de los que resuelve.

Welp hizo referencia a cuatro causas del por qué se activa la revocatoria. En primer término, mencionó la insatisfacción de la ciudadanía con la gestión de una autoridad lo cual genera el te-rreno propicio para su promoción. Luego, dijo, la facilidad para activar este mecanismo, dado que los porcentajes de firmas requeridas son fá-cilmente obtenibles, razón por lo que en Perú,

LA REVOCATORIA EN DIFERENTES PAÍSESPaís

Estados Unidos 1903* Estimado en más de cuatro mil

Argentina 1933* Estimado en media docena

Bolivia 2009 00

Colombia 1991 33

Ecuador 1998 78

Perú 1993 5303

Venezuela*Son estados federales

1999 10

introducción referendosAño de Número de

Fuente: Yanina Welp

Yanina Welp. Licenciada en Ciencias de la Comunicación Social y en CienciaPolítica y doctora en Ciencias Políticas y Sociales. Directora regional para América Latina del Centre for Research on Direct Demo-cracy e investigadora asociada al e-Democracy Center, ambos de la Universidad de Zúrich.

La revocatoria no es un invento sudamericano, dijo la especialista argentina-suiza Yanina Welp durante su ponencia y, para confirmar lo dicho, citó experiencias en Inglaterra, Polonia, Japón y Estados Unidos.

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9que la ciudadanía toma las grandes decisiones nacionales o provinciales mediante procesos electorales.

Remarcó que únicamente los partidos políticos tienen derecho a participar en la elección de au-toridades nacionales y departamentales, pero tienen el deber de ejercer efectiva democracia interna mediante elecciones obligatorias y simul-táneas para determinar a sus candidatos. Por ello, manifestó, no existen movimientos ni candi-daturas independientes y, actualmente, solo cua-tro partidos tienen representación parlamentaria.

El magistrado también señaló que las elecciones populares son conducidas por la corte electoral, la cual tiene funciones administrativas y jurisdic-cionales.

EN URUGUAY RIGEN EL REFERÉNDUM, PLEBISCITO E INICIATIVA POPULAR

Wilfredo Penco señaló que no está instituida la consulta de revocatoria

La Constitución Política de la República Oriental de Uruguay establece tres importantes meca-nismos de democracia directa y de participación ciudadana (el referéndum, el plebiscito y la inicia-tiva popular), pero no instituye la consulta popu-lar de revocatoria.

El ministro de la Corte Electoral de Uruguay expli-có que el mecanismo del referéndum tiene en su país un carácter derogatorio de leyes nacionales y departamentales y es activado con la adhesión del 25 por ciento de los electores. Entretanto, el plebiscito es aplicado para legitimar o desechar las reformas constitucionales planteadas, mien-tras que la iniciativa popular busca instituir leyes y normativas.

Penco señaló que en su país rige el gobierno democrático, republicano y representativo, en el

Wilfredo Penco. Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República. Miembro de la coalición política Frente Amplio. Desde 1996 es ministro de la Corte Electoral del Uruguay y en la actuali-dad es su vicepresidente.

EL USO INTENSIVO DE LA REVOCATORIA GENERA MÁS PROBLEMAS DE LOS QUE RESUELVE

Ecuador y Colombia, estos procesos se pro-piciaron en distritos pequeños.

En tercer lugar, se encuentran los incentivos para su empleo, que la especialista calificó de perversos. Sucede, refirió, que los par-tidos políticos y los promotores poseen un fuerte interés por apurar el final de un gobier-no y propiciar nuevas elecciones. La cuarta razón, anotó, está referida a las garantías institucionales para su activación, la cual se relaciona con la confianza que la ciudadanía tiene en sus organismos elec-torales. Esta, indicó, podría ser una de las razones que explican la proliferación de re-vocatorias en el Perú.

La especialista recomendó abrir un debate

serio y establecer reglas más claras de juego a fin de no afectar la credibilidad de la ciuda-danía en este mecanismo de consulta. Del mismo modo, dijo que una vez iniciada la re-colección de firmas deben generar espacios previos, como audiencias públicas que per-mitan a las autoridades y a los promotores argumentar sus respectivas posiciones ante la población.

También pidió que se promueva y debata otros mecanismos de participación ciudada-na que pueden ser más efectivos para re-solver algunos problemas, como la vacancia para casos de incumplimiento de funciones. “Hay que fortalecer espacios de democracia directa en los que la ciudadanía tenga mayor participación en la definición de políticas pú-blicas”, concluyó.

Yanina Welp. Licenciada en Ciencias de la Comunicación Social y en CienciaPolítica y doctora en Ciencias Políticas y Sociales. Directora regional para América Latina del Centre for Research on Direct Demo-cracy e investigadora asociada al e-Democracy Center, ambos de la Universidad de Zúrich.

Page 10: Boletín Revocatoria en Debate

10A la par, anotó, se requiere de un tipo de ciu-dadano responsable, con mayor participación en la política pública, que esté atento y vigilante si su autoridad cumple con sus ofertas electorales. En este marco, Paredes Castillo dijo que son de suma utilidad los diferentes mecanismos de de-mocracia directa, entre ellos el de la revocatoria.

Manifestó, sin embargo, que este sistema de participación ciudadana no se debe usar de ma-nera arbitraria, como inicialmente sucedió en su país (leer ponencia de Franklin Ramírez).

Al terminar su ponencia, el presidente del Con-sejo Nacional Electoral de Ecuador expresó su esperanza de que los mecanismos de democra-cia directa se consoliden en esta parte del con-tinente, lo que requiere, necesariamente, tener ciudadanos más activos, conscientes y respon-sables.

LA DEMOCRACIA SE FORTALECE CON LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Domingo Paredes: Si el siglo XX fue de la democracia representativa, el siglo XXI debe ser de la democracia directa

Si el siglo XX corresponde a la democracia repre-sentativa, el siglo XXI debe ser el de la democra-cia directa, manifestó Domingo Paredes Castillo al comentar que se vive tiempos de cambio, don-de los viejos estilos de hacer política deben dejar su lugar a otros que tengan como protagonista al ciudadano.

El sistema de democracia representativa, ano-tó, presenta limitaciones y hasta es engañoso, porque el político que resulta electo difícilmente representa a la pluralidad de grupos que forman parte de una sociedad, sino al partido o a la agru-pación al que pertenece.

Refirió que el rol que cumplen las organizaciones políticas y los ciudadanos es trascendental para el ejercicio y construcción del nuevo tipo de de-mocracia. El primero de ellos, remarcó, debe pre-sentar un plan de trabajo que precise claramente sus propuestas y proyectos.

10

Domingo Paredes Castillo. Presidente del Consejo Nacional Electoral del Ecuador, sociólogo por la Universidad de Guayaquil y doctor en Ciencias Históricas con mención en Estudios del Medio Ambiente, Ciencia y Tecnología. Tiene además, una maestría en Gobernabilidad y Desarrollo.

Page 11: Boletín Revocatoria en Debate

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En el tramo final de su ponencia, Franco refirió que el caso peruano sí es similar con el colom-biano y con el de buena parte de países, en el hecho de que la mayoría de promotores de la revocatoria son candidatos derrotados o rivales políticos.

Actualmente, existe un proyecto que propone que se disminuya aún más el número de firmas de apoyo y el umbral de participación ciudadana, remarcó.

De entrada, Beatriz Franco Cuervo contrasta el caso peruano con el de Colombia. Señaló que si el primero tiene el récord en intentos de revoca-torias y mandatos revocados, el segundo “pasó invicto en dos décadas”.

Al hacer un recorrido histórico por el uso de este mecanismo en su país, la especialista mencionó que en una primera etapa, que va desde 1994 (año de su reglamentación) hasta el 2002, se pre-sentaron 34 pedidos para revocar autoridades, 11 llegaron a las urnas, pero ninguno prosperó.

Para la segunda fase (2002-2012), dijo, se flexi-bilizó la normatividad, con lo cual las solicitudes crecieron a 96, pero llegaron a votación solo 21. No procedió ninguna revocatoria.

Franco Cuervo indicó que los promotores de re-vocatorias, sectores políticos y académicos coin-ciden en que esta situación se debe a que existe una amplia y compleja legislación y una regla-mentación excesiva, entre otros factores. Sin em-bargo, remarcó que recién se realizan estudios al respecto a través de la Misión de Observación Electoral.

Precisó que la revocatoria en Colombia es solo para gobernadores y alcaldes, que se activa a partir del año de la posesión de la autoridad, pero sin exceder las tres cuartas partes del gobierno. El sustento, añadió, es el incumplimiento del pro-grama de gobierno y el sentimiento de insatisfac-ción general de los ciudadanos.

En los procesos de este año, mencionó, de los 29 intentos de activación solo uno culminó el pro-ceso de votación y no hubo revocatoria por no superar el umbral. En este grupo, el caso más emblemático es la solicitud de revocatoria del al-calde de Bogotá, Francisco Petro Urrego.

11

EN COLOMBIA NO PROSPERÓ NINGUNA REVOCATORIABeatriz Franco señaló que fenómeno se explicaría por una amplia y compleja legislación y una reglamentación excesiva

11

Beatriz Franco Cuervo. Doctora en Ciencia Política por la Universidad de Heilderbeg, Alemania, politóloga de la Universidad de los Andes, Colombia, investigadora de temas electorales y profesora e investigadora asociada de la Universidad del Rosario y la Pontificia Universidad Javeriana.

Page 12: Boletín Revocatoria en Debate

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Democracia (mayo de 2011). “El 98 por ciento de los pedidos ha sido dirigido a autoridades locales: prefectos, alcaldes, concejales, presidentes y vocales de juntas parroquiales (gobiernos rurales autónomos)”, anotó.

El resto de solicitudes fue dirigido contra el presidente de la República (tres), el presidente de la Asamblea Nacional (1) y diversos asambleístas (12). Ninguna de ellas prosperó.

REFORMA LEGAL FRENÓ LA REVOCATORIA EN EL ECUADOR

Afirmó investigador Franklin Ramírez Gallegos

Durante su exposición el investigador ecuatoriano Franklin Ramírez Gallegos dijo que la reforma del Código de la Democracia, en mayo de 2011, permitió “frenar en seco” la fuerza que adquirió la revocatoria de mandato (RM) en su país.

Manifestó que la modificación legal respondió a una reacción política institucional de los sectores que resultaron destituidos, impulsado vía una demanda de inconstitucionalidad.

Entre los nuevos criterios para la admisión de solicitudes de RM, mencionó la variación del porcentaje de firmas requeridas (en proporción al número de habitantes de la jurisdicción), el mayor protagonismo que adquirió el Consejo Nacional Electoral y, sobre todo, que el peticionario debía fundamentar, de manera clara y precisa, las razones del pedido. Ramírez Gallegos informó de que la RM en Ecuador surge como consecuencia de la consulta popular de 1997, pero que recién se activa en 2010 por efectos de la Constitución de 2008 que flexibiliza este mecanismo. Desde entonces, dijo, se presentaron 784 solicitudes, las cuales terminaron con la convocatoria de 78 procesos.

De las 784 iniciativas, apuntó, 730 fueron encaminadas antes de la reforma del Código de la

AUTORIDADES REVOCADAS EN ECUADOR

05

0

5

10

15

20

25

30

Alcaldes Consejales Presidente dejuntas parroquiales

Vocales de juntasparroquiales

35.3% 39.1% 37.5% 10.0%

17

69 8

3 3

2330

78GENERÓ Procesos

electorales784 Solicitudes

Procesos electorales Revocados

Franklin Ramírez Gallegos. Dr. (c) en Sociología Política, Universidad París VIII-Saint Denis y Complutense de Madrid. Es profesor investigador en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) de Ecuador y autor de diversas publicaciones.

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Con este marco jurídico, informó, en Venezuela se han realizado dos procesos de revocatoria. El primero de ellos, el 15 de agosto de 2004 para decidir la permanencia de Hugo Chávez en la jefatura del Estado, cuyo resultado, además de la no destitución del mandatario, provocó la des-confianza de la población en su organismo elec-toral por la forma como esta llevó adelante dicha jornada.

El otro proceso fue en 2007. En ese entonces el CNE aprobó la recolección de firmas para la revocación de 167 cargos, solo prosperaron 10 solicitudes y, finalmente, se revocó a cinco auto-ridades: una diputada y cuatro alcaldes de locali-dades pequeñas. Sostuvo que los cambios en la norma electoral intimidaron a los electores, lo que explica su escaso nivel de participación.

Kornblith concluyó que una de las razones del por qué la revocatoria tiene poco uso en Vene-zuela responde a que el electorado desconfía de sus autoridades electorales. Una situación inver-sa, indicó, podría ser el caso peruano, en donde la confianza que la ciudadanía tiene en el sistema electoral podría explicar el elevado número de re-vocatorias que se han concretado.

La experta Miriam Kornblith manifestó que la re-vocatoria es el mecanismo de democracia directa menos conocido en su país. “Es, además, el de menos uso”, anotó.

Explicó que esta herramienta nació con la Cons-titución de 1999 en la que se establece que es aplicable a todos los cargos de elección popular, sea a escala nacional, regional o local.

Para la destitución de la autoridad, dijo que la consulta se puede plantear a partir de la mitad del periodo de mandato del funcionario y no de-manda ningún tipo de justificación.

Para que sea activada, agregó, se requiere no menos del 20 por ciento de firmas del padrón de electores de la localidad y, para que esta pros-pere, deben asistir a la jornada electoral por lo menos el 25 por ciento de sufragantes de la cir-cunscripción.

Kornblith dijo que a diferencia de otros países, la legislación electoral venezolana establece que estas peticiones solo pueden ser presentadas por una organización política que esté debida-mente registrada en el Consejo Nacional Electo-ral (CNE).

LA REVOCATORIA SE USA POCO EN VENEZUELASostuvo socióloga Miriam Kornblith al analizar la democracia de su país

Miriam Kornblith. Socióloga y doctora en Ciencia Política. Fue vicepresidenta de la junta directiva del CNE (1998-1999), lapso en el que se realizaron cinco procesos eleccionarios. Es directora del Programa para América Latina y el Cari-be de la Fundación Nacional por la Democracia con sede en Washington DC.

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del padrón de cada departamento.

Indicó, además, que los resultados serán válidos si votaron por lo menos el 50 por ciento más uno de inscritos en la circunscripción electoral, siem-pre que cumplan dos condiciones: que los votos válidos a favor de la revocatoria sean superiores a los votos válidos en contra, y que el porcentaje de sufragios válidos a favor de la remoción su-pere al de votos válidos con los que fue elegida la autoridad.

El especialista refirió que hasta el 22 de febrero de 2013 el TSE recibió 124 solicitudes de revo-catoria contra 216 autoridades. De este núme-ro de pedidos el organismo electoral aceptó 79. Posteriormente, fueron archivados 76 por no cumplir el número de firmas exigidas. Tiempo después, también fueron archivadas las tres pe-ticiones restantes.

Durante su ponencia, Verdugo Silva sostuvo que en su país no se activaron las revocatorias por el alto porcentaje de firmas exigidas, la falta de una estrategia eficaz de los promotores y la poca voluntad de los electores.

EN BOLIVIA SÓLO HUBO INTENTOS FALLIDOS DE REVOCATORIA

Teodoro Verdugo explicó uso de este mecanismo de consulta en su país

En el Estado Plurinacional de Bolivia no se ac-tivaron los procesos de revocatoria, solo hubo intentos fallidos de este mecanismo de consulta popular, indicó el jurista Teodoro Verdugo Silva.

Refirió que la consulta que en 2008 promovió Evo Morales Ayma contra su mandato y el de nueve gobernadores del país, no fue un proceso de re-vocatoria porque “no fue de abajo hacia arriba”, sino que el propio presidente de la República lo llevó adelante vía un decreto ley. El resultado: se ratificó al mandatario y se destituyó a dos prefec-tos opositores al gobierno.

Verdugo Silva explicó que la revocatoria se ins-titucionalizó con la Constitución de 2009 y se aplica a todas las autoridades elegidas por voto popular, a nivel nacional, departamental, regional o municipal. Se solicita cuando haya transcurrido al menos la mitad del mandato y solo procede una sola vez en cada período.

Mencionó que, por ejemplo, los requisitos son muy rigurosos para revocar a una autoridad na-cional, pues se requiere las firmas y huellas dac-tilares de por lo menos el 25 por ciento del padrón electoral nacional, acompañado del 20 por ciento

Teodoro Verdugo Silva. Doctor en Jurisprudencia y abogado por la Universidad de Cuenca. Candidato a Doctor (PhD) en Ciencias Sociales FLACSO-México. Magíster en Derecho, con mención en Derecho Constitucional. Inves-tigador y autor de publicacio-nes, trabajos y ponencias.

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votos respecto del padrón electoral a fin de re-vocar a una autoridad, como sucede en dos de las seis provincias que introdujeron la revocato-ria (Chaco, La Rioja) y en la ciudad autónoma de Buenos Aires.

Otro factor que impide la ejecución de la revoca-toria es que solamente las provincias de Chaco y Tierra del Fuego, más la ciudad autónoma de Buenos Aires, han sancionado la ley regulatoria necesaria.

Manifestó que esta situación la convierte en una herramienta que puede ser usada por la ciudada-nía como última instancia o como último recurso ante situaciones de aguda gravedad.

En relación con el ámbito municipal, el estudioso señaló que la puesta en práctica de la revocatoria es escasa, debido a la falta de leyes o decretos que regulen este mecanismo y a una legislación ambigua e insuficiente.

En Argentina resulta difícil activar el mecanismo de la revocatoria, tanto en el ámbito provincial y municipal, debido a las rigurosas exigencias y a la insuficiente e inacabada legislación sobre el tema, afirmó el politólogo Facundo Arques.

Precisó que este mecanismo ciudadano está vi-gente a nivel provincial y municipal en cinco pro-vincias (equivalentes a un gobierno regional pe-ruano, pero con mayores poderes) y en la ciudad autónoma de Buenos Aires, mientras que otras siete provincias tienen establecidas la revocato-ria solo para sus municipios.

Arques subrayó que las posibilidades para remo-ver autoridades provinciales (diputados) “son por lo menos remotas”, debido a que se exige un alto porcentaje de firmas (20 por ciento) para iniciar el proceso, como en el caso de Buenos Aires, La Rioja y Chubut.

Además, anotó, se requiere un 50 por ciento de

LAS POSIBILIDADES DE REVOCAR EN ARGENTINA SON REMOTAS

Estudioso Facundo Arques enfocó complicado mecanismo democrático en su país

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Facundo Arques. Licenciado en Ciencia Política por la Univer-sidad Nacional del Litoral (Santa Fe, Argentina). Es miembro de la red de investigadores del Center for Research on Direct Demo-cracy, en la que forma parte del proyecto “La revocatoria de mandato en América Latina”, como responsable del capítulo argentino.

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Av. Nicolás de Piérola Nº 1070, Lima Central telefónica: 311 - 1700 www.jne.gob.pe

Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú Nº 2013-14580

Edición: Oficina de ComunicacionesEditor: Luis Alberto Gallardo TorresRedacción: Juan Luis Torres Olórtegui, Abel Montalva Álvarez, Luis Arana Galindo, José Clemente Diseño: Kateryn Hidalgo WongFotografía: Walter Medina Gonzales

PresidenteDr. Francisco Artemio Távara Córdova Miembros del PlenoDr. Baldomero Elías Ayvar Carrasco Dr. Carlos Alejandro Cornejo Guerrero Dr. José Humberto Pereira Rivarola Dr. José Luis Velarde Urdanivia Director Central de Gestión InstitucionalDr. Luis Miguel Iglesias León

UNA EXPERIENCIA ENRIQUECEDORAMiraflores y tuvo una gran acogida por parte de políticos, investigadores, estudiantes y ciudadanos interesados en este tema de singular importancia.

Los pormenores del seminario también se pudo seguir en directo a través del portal del Jurado Nacional de Elecciones. Además, las ponencias están a disposición en el canal del JNE en YouTube.

El propósito fue aportar al debate que se lleva adelante en el Congreso de la República sobre la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.

El 28 y 29 de agosto, el Jurado Nacional de Elecciones organizó el seminario internacional “Revocatoria en debate; experiencia: Perú y América Latina”, en el que se expusieron las ventajas y desventajas de dicho mecanismo de democracia directa.

Especialistas y académicos de Argentina, Colombia, Ecuador, Uruguay, Venezuela, Bolivia y el propio Perú transmitieron las experiencias de sus respectivos países en cuanto al citado instrumento de participación política.

La actividad se desarrolló en un hotel de