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1 CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ORDEN DEL DIA Miércoles 12 de octubre de 2011 Período Estatutario 2011-2012 DECANOS TITULARES : MAS - BARBERO - CRAVERO - GARCIA - ROSSIT - SABBATINI - BOUZAT - DECA GRIPPO - NOS SUPLENTES : BUCALÁ - LLITERAS CASTRO - DOÑATE S. RODRIGUEZ- DURAN A. RODRÍGUEZ GRIPPO - Punto 1°: Informes del Sr. Rector de la UNS. Punto2°: Comunicaciones ingresadas. Punto 3°: Aprobación del Acta 661. Punto 4°: Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011. COMISION DE ENSEÑANZA Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de Profesores Ordinarios: Departamento de Humanidades: Expte. 3018/2011 : Designa a la Lic. Eleonora María ARDANAZ, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Exclusiva en la asignatura Historia Contemporánea II. MARFIL LISTA D’ALESSANDRO DOÑATE CASTRO SCHBIB GRIPPO SCHERGER MT. GONZALEZ Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia: Expte. 2117/2010 : Designa a la Dra. Gabriela SALVADOR, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple en la asignatura Animales de Laboratorio. MARFIL LISTA D’ALESSANDRO DOÑATE CASTRO MT.GONZALEZ GRIPPO SCHBIB SCHERGER

CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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Page 1: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

ORDEN DEL DIA – Miércoles 12 de octubre de 2011

Período Estatutario 2011-2012

DECANOS TITULARES: MAS - BARBERO - CRAVERO - GARCIA - ROSSIT - SABBATINI - BOUZAT -

DECA GRIPPO - NOS SUPLENTES:

BUCALÁ - LLITERAS – CASTRO - DOÑATE – S. RODRIGUEZ- DURAN – A.

RODRÍGUEZ – GRIPPO -

Punto 1°: Informes del Sr. Rector de la UNS.

Punto2°: Comunicaciones ingresadas.

Punto 3°: Aprobación del Acta 661.

Punto 4°:

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE ENSEÑANZA

Esta Comisión recomienda autorizar las siguientes designaciones de

Profesores Ordinarios:

Departamento de Humanidades:

Expte. 3018/2011:

Designa a la Lic. Eleonora María ARDANAZ, en un cargo de Profesor Adjunto con

dedicación Exclusiva en la asignatura “Historia Contemporánea II”.

MARFIL LISTA D’ALESSANDRO DOÑATE CASTRO SCHBIB GRIPPO

SCHERGER MT. GONZALEZ

Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia:

Expte. 2117/2010:

Designa a la Dra. Gabriela SALVADOR, en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación

Simple en la asignatura “Animales de Laboratorio”.

MARFIL LISTA D’ALESSANDRO DOÑATE CASTRO MT.GONZALEZ

GRIPPO SCHBIB SCHERGER

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Punto 5°:

Expte. 30666/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA

VISTO:

La Resolución CSU-822/2005 mediante la cual se aprueba el Contrato Programa

Plurianual firmado con la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación,

incluyendo el Subproyecto: “Cursos no presenciales en las materias del Ingreso a la UNS”; y

CONSIDERANDO:

Que en el mencionado subproyecto se contempla la implementación de cursos no

presenciales con el objeto de ampliar las posibilidades de preparación para el ingreso a la

UNS, de una mayor cantidad de aspirantes cualquiera sea el lugar de residencia de los

mismos;

Que para aquellos aspirantes que formalizaron su preinscripción en el corriente año,

se implementó el dictado de cursos no presenciales equivalentes a los cursos de nivelación

destinados a los aspirantes a ingresar en el ciclo lectivo 2012;

Que más de 550 alumnos han confirmado su participación en el primer parcial de

Matemática, el 1 de octubre del corriente año;

Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente

para la tarea de toma y corrección de exámenes;

Que por Resolución DM-Nº 305/11, el Consejo Departamental de Matemática

propone la designación de las docentes Mg. Liliana Beatriz BOSCARDIN, Mg. Graciela

Beatriz PAOLINI y Mg. Diana Patricia SALGADO que colaborarán tomando y corrigiendo

el primer examen parcial de Matemática;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, lo recomendado por sus Comisiones

de Enseñanza y Economía, Finanzas y Edificios;

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a las docentes Mg. Liliana Beatriz BOSCARDIN (Legajo: 5757),

Mg. Graciela Beatriz PAOLINI (Legajo: 6049) y Mg. Diana Patricia SALGADO (Legajo:

7245), una asignación complementaria de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO

PESOS ($494), que se hará efectiva por única vez y estará sujeta a los descuentos fijados por

ley, en retribución a la colaboración en la toma y corrección del primer examen

correspondiente a los cursos de nivelación a distancia de Matemática, desde el 29 de

septiembre al 10 de octubre de 2011.

ARTÍCULO 2º: La erogación resultante de la aplicación de la presente Resolución deberá

afectarse presupuestariamente a los fondos asignados al Contrato Programa – Subproyecto

Cursos no presenciales en materias del Ingreso a la UNS.

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ARTÍCULO 3º: Pase a la Secretaría General Académica, a las Direcciones Generales de

Economía y Finanzas y de personal, a la Unidad Ejecutora de Programas Especiales (UEPE).

Comuníquese al Departamento de matemática y por su intermedio, notifíquese a los

docentes. Cumplido, archívese.

MARFIL GRIPPO CASTRO D’ALESSANDRO SCHERGER

Punto 6°:

Expte. X-16/1992

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE ENSEÑANZA

Visto:

La Res.CDCA-305/2011 en donde se solicita la modificación del Plan de Estudios

1994, versión 4 incorporando a los Créditos por Actividades en el Ámbito Cultural y Social

con un código específico; y

Considerando:

Que para la obtención del título que acredite sus estudios cada alumno debe cubrir

durante el transcurso de su carrera cincuenta (50) créditos por actividades realizadas en el

ámbito cultural;

Que hasta la fecha el control lo brinda la Dirección General de Sistemas de

Información;

Que a partir del año 2011 el control lo hace la unidad académica con un programa

propio, por lo tanto es necesario incluir en el Plan de Estudios un código que los identifique;

Esta Comisión considera conveniente incorporar al Plan de Estudios de la carrera de

Licenciatura en Administración 1994, aprobado por Res.CSU-110/98 los “Créditos por

Actividades en el ámbito cultural y Social” con un código para que aparezca reflejada en la

historia académica de cada alumno.

DURAN SCHERGER MAS MARFIL

Punto 7°:

Expte. 2981/07 y 71/07

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA

Visto:

La resolución del Consejo Departamental de Biología, Bioquímica y Farmacia

DDBByF-124/11 solicitando la modificación del plan de estudios de la carrera de

Bioquímica; y

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Considerando:

Que constan los controles de la Dirección General de Alumnos y Estudios conforme

la normativa vigente (CU-101/2006);

Esta comisión aconseja:

Modificar el plan de estudios 2008 de la carrera de Bioquímica a partir del primer

cuatrimestre de 2012.

LISTA MARFIL DOÑATE CASTRO MARTÍNEZ

Punto 8°:

Expte. 2514/2000

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISIÓN DE ENSEÑANZA

Visto:

La resolución del Consejo Departamental de Humanidades CDH-519/11 solicitando

la modificación del plan de estudios de la carrera Licenciatura en Letras; y

Considerando:

Que consta el dictamen de la comisión curricular de Letras:

Que la recomendación contribuirá a subsanar los recurrentes pedidos de excepción a

los que son obligados los alumnos como consecuencia de la interpretación que ha suscitado

la redacción y la estructuración del plan:

Que la modificación propuesta contribuirá a resolver el aplazamiento en la

graduación de los licenciados en Letras por la exigencia indebida de requisitos que no le son

inherentes;

Por ello; esta comisión aconseja:

Modificar el plan de estudios de la carrera Licenciatura en Letras que implican:

1- Cambio de año respecto a la materia optativa que abre el ciclo de orientación de la

licenciatura.

2- Eliminar el párrafo sugerido de la resolución CSU-790/04 a fin de no considerar

obligatorio, para la orientación Lingüística de la Licenciatura, el seminario de

Psicolingüística (que es obligatorio en el Plan de Profesorado en Letras).

GAMBON LISTA SCHBIB MARFIL CASTRO

D’ALESSANDRO MARTÍNEZ

Punto 9°:

Expte. 853/2009

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE ENSEÑANZA

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Visto:

La renuncia presentada por la Lic. Yaniuna Laumann como tutor del Programa

PACENI (fs. 212); y

Considerando:

Que la Lic. Laumann fundamenta su renuncia en el uso de licencia sin goce de

haberes;

Que el Consejo Departamental de Economía en su reunión ordinaria del 29/08/11

propone la designación de la Mg. Gladys P. Audino como tutor del programa PACENI (fs.

211 y 228);

Esta comisión recomienda:

1) Aceptar la renuncia de la Lic. Yanina Laumann como tutor del programa

PACENI.

2) Designar a la Mg. Gladys Patricia Audino como tutora del programa PACENI.

SCHERGER MAS BARBERO DOÑATE GARCÍA GRIPPO CASTRO

Punto 10:

Expte. 2777/2011

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre las Universidades

pertenecientes al Corredor Bioceánico Norpatagónico (Argentina – Chile) y la

Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones

Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que tiene como fin cooperar para encontrar formas de ponerse al servicio de la

integración y del desarrollo regional, que incluyan el desarrollo de programas de intercambio

académico, científico, tecnológico y cultural a través de la asistencia mutua en las áreas de

educación, investigación y desarrollo;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7421;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre las Universidades

pertenecientes al Corredor Bioceánico Norpatagónico (Argentina – Chile) : la Universidad

Nacional del Sur, Universidad de La Pampa, Universidad del Comahue, Universidad de Río

Negro, Universidad Provincial del Sudoeste (Provincia de Buenos Aires), las Facultades

Regionales de Neuquén y Bahía Blanca de la Universidad Tecnológica Nacional, ubicadas

en la región Norpatagónica y las Universidades chilenas de Santo Tomás, Técnica Federico

Santamaría, Católica de la Santísima Concepción y de San Sebastián ubicadas en la región

del Bio Bio.

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Por Enseñanza: MARFIL MAS SCHERGER BARBERO R.GARCIA

Por Interpretación y Reglamento: KREBER R.VERA ROMANO SAGUA

CARLAVAN CIMATTI LOMBARDI

Punto 11:

Expte. 2935/2011

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Federal de

Uberlândia (Brasil) y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General

de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que tiene como fin promover el intercambio cultural, científico y tecnológico entre

las dos instituciones, para fortalecer las relaciones académicas entre Brasil y Argentina;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7420;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entra la

Universidad Federal de Uberlândia (Brasil) y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: DURAN MAS MARFIL MARTINEZ CANTAMUTTO

DOÑATE

Por Interpretación y Reglamento: KREBER R.VERA ROMANO CARLAVAN

CIMATTI

Punto 12:

Expte. 2902/2011

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre la Asociación Regional

Bahía Blanca de Agencias de Viajes y Turismo y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

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Considerando:

Que tiene como fin de acrecentar su vinculación académica y científica,

estableciendo para ello los instrumentos adecuados;

Que cuenta con el aval del Departamento de Geografía y Turismo (Res.DGyT-

277/2011);

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7418;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco de Cooperación entre la Asociación

Regional Bahía Blanca de Agencias de Viajes y Turismo y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: DOÑATE DURAN SCHERGER MARFIL BARBERO

MARTINEZ

Por Interpretación y Reglamento: KREBER R.VERA ROMANO CARLAVAN

SAGUA

Punto 13:

Expte. 2675/2011 Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco con la Asociación Civil “Mundial Fútbol Club” y

la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría General de Relaciones

Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que tiene como fin diseñar, planificar y ejecutar diversas tareas tendientes al

desarrollo deportivo de los alumnos de la UNS y del desarrollo institucional y deportivo de

la mencionada institución;

Que cuenta con el aval de la Secretaría General de Bienestar Universitario;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7398;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco con la Asociación Civil “Mundial

Fútbol Club” y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: BUCALÁ DOÑATE GRIPPO CASTRO

Por Interpretación y Reglamento: CIMATTI KREBER CASTELLANO

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Punto 14:

Expte.1084/1996

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de renovación de Convenio Marco el Instituto de Tecnología

Agropecuaria (INTA) y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría

General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que la firma del mencionado convenio fue autorizada por Res.CU-443/96, CSU-

024/03 y R-1205/04;

Que la renovación solicitada contiene el mismo objetivo y persigue las mismas

finalidades de intercambio que los anteriores;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7404;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la renovación del Convenio Marco celebrado con el Instituto de

Tecnología Agropecuaria (INTA) y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: LISTA SEÑAS DI FEDERICO MARTINEZ

Por Interpretación y Reglamento: KREBER MILANESI CASTELLANO

MARTINEZ GRAVINO ALONSO

Punto 15:

Expte. 2768/2011

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco entre la UNS y la Fundación Justicia Para Todos,

elevado por la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que la suscripción del Convenio será beneficiosa para las instituciones, habilitando

en sentido amplio la cooperación entre ambas;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7405;

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Que consta el aval del Consejo Departamental de Derecho mediante resolución CD-

435//11;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción del Convenio Marco entre la UNS y la Fundación Justicia

Para Todos.

Por Enseñanza: LISTA BARBERO DI FEDERICO

Por Interpretación y Reglamento: KREBER MILANESI CASTELLANO ALONSO

Punto 16:

Expte. 2692/2011

Bahía Blanca, 28 de setiembre de 2011.

COMISIONES DE ENSEÑANZA Y DE INTERPRETACION Y REGLAMENTO

Visto:

El Proyecto de Convenio Marco de Cooperación Mutua y Propósitos Generales entre

la Empresa Genética Ingeniería y la Universidad Nacional del Sur, elevado por la Secretaría

General de Relaciones Institucionales y Planeamiento; y

Considerando:

Que tiene como fin promover el desarrollo de proyectos de investigación y su

realimentación académica y de extensión;

Que consta el Dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Nº

7407;

Esta Comisión recomienda:

Autorizar la suscripción Convenio Marco de Cooperación Mutua y Propósitos

Generales entre la Empresa Genética Ingeniería con domicilio en la ciudad de Bahía Blanca

y la Universidad Nacional del Sur.

Por Enseñanza: DOÑATE DURAN SCHERGER MARFIL BARBERO

MARTÍNEZ

Por Interpretación y Reglamento: KREBER VERA ROMANO CARLAVAN

LOMBARDI SAGUA

Punto 17:

Expte. 2238/1998 (2º Antecedente)

Bahía Blanca, 14 de setiembre de 2011.

COMISION DE POSGRADO

VISTO:

El Plan de Estudios de la Carrera de Especialización en Gestión de la Calidad

aprobado por el Consejo Coordinador de dicha carrera de posgrado, a fs.45/77;

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El aval de la Secretaría General de Posgrado y Educación Continua a fs.78;

Esta Comisión recomienda:

Aprobar el Plan de Estudios de la carrera de Posgrado Especialización en

Gestión de la Calidad.

CASTRO ROSSIT MARTINEZ GARCIA DIEGUEZ

Punto 18:

Expte. 2355/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

El Programa de Proyectos Conjuntos de Investigación del MERCOSUR cuyo

objetivo general es estimular el intercambio de docentes e investigadores de los Estados

Miembros y Asociados del Mercosur, vinculados a Programas de Posgrado de las

Instituciones de Enseñanza de Educación Superior, procurando la formación de recursos

humanos de alto nivel en las diversas áreas del conocimiento; y

CONSIDERANDO:

Que se llevó a cabo la Convocatoria para Proyectos para los años 2010/2011;

Que han sido seleccionados dos proyectos presentados por esta Universidad, uno

perteneciente al Departamento de Química y otro al Departamento de Ingeniería Eléctrica;

Que el Programa establece que el Ministerio de Educación se hará cargo de los gastos

que demande la movilidad de los participantes;

Que esos fondos aún no han sido transferidos por dicho Ministerio, ya que están

supeditados a la firma del Convenio entre la SPU y la UNS, y la Resolución Ministerial

correspondiente;

Que el Lic. Matías Insausti, alumno de posgrado e integrante del Proyecto CAPES

PP 013 2011, coordinado por la Dra. Beatriz Fernández Band, del Departamento de

Química, realizará su movilidad en el mes de noviembre;

Que es necesario afrontar los gastos de pasajes; seguro de salud y estipendio, para su

participación en el mencionado Proyecto;

POR ELLO,

El Consejo Superior Universitario

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Otorgar un subsidio de VEINTITRES MIL SEISCIENTOS PESOS

ARGENTINOS ($ 23.600) al Lic. Matías INSAUSTI (DNI 32.271.887) para el pago de

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pasajes aéreos; estipendio y seguro de salud para su participación en el Proyecto CAPES PP

013 2011.

ARTÍCULO 2º: Afectar transitoriamente dicho gasto y hasta tanto sean ingresados los

fondos aportados por el Ministerio de Educación, al cc 380.

ARTÍCULO 2º: Pase a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Planeamiento.

Gírese a la Dirección General de Economía y Finanza. Tomen razón el Departamento de

Química. Cumplido, archívese.

SCHBIB SCHERGER CASTRO D’ALESSANDRO LISTA MARTÍNEZ

Punto 19:

Expte. X-14/2008

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

Visto:

La renuncia presentada por los alumnos Gaspar Tognetti (LU 76340 – Ing.

Electrónica), Cintia Vanesa Ledder (LU 80581 – Ciencias Biológicas), Juan Ignacio

Trobbiani (LU-85493 – Medicina) y Nicolás Fochesatto (LU-89179 – Ingeniería Industrial),

beneficiarios de becas de estímulo al estudio otorgadas por resolución CSU-158/11; y

La nota de la Secretaría General de Bienestar Universitario proponiendo la baja de

los alumnos Mónica Falcone (LU 85795) y Daniel Rossit (LU-85536 – Ing. Industrial) a

partir del 1 de setiembre de 2011 y la designación de otros alumnos;

Considerando:

Que los alumnos Mónica Falcone (LU 85795) y Daniel Rossit (LU-85536) figuran

segundos en el orden de mérito de las respectivas carreras;

Que en el caso de Medicina y Ciencias Biológicas no existen alumnos en el orden de

mérito a excepción de los renunciantes;

Esta comisión recomienda:

1- Dar de baja del beneficio otorgado por resolución CSU-158/11 a los alumnos Gaspar

Tognetti (LU 76340 – Ing. Electrónica), Cintia Vanesa Ledder (LU 80581 – Ciencias

Biológicas), Juan Ignacio Trobbiani (LU-85493 – Medicina) y Nicolás Fochesatto

(LU-89179 – Ingeniería Industrial).

2- Otorgar una beca de estímulo a los alumnos Mónica Falcone y Daniel Rossit a partir

del 1 de setiembre de 2011 hasta diciembre de 2011.

GRIPPO GAMBON MARFIL SCHBIB CASTRO

DÁLESSSANDRO MARTÍNEZ

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Punto 20:

Expte. 3456/2010

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

Visto:

El dictamen de la comisión de Enseñanza de fecha 28 de setiembre de 2011 (fs. 183);

La nota presentada por el Dr. Fernando Tohmé referida al dictamen del concurso para

la provisión del cargo de Director del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales del

Sur (IIESS-UNS-CONICET);

Esta Comisión toma conocimiento de la nota presentada por el Dr. Thomé y ratifica el

dictamen de la comisión a fs. 183 que se transcribe.

SCHBIB CASTRO LISTA GONZALEZ MARTÍNEZ

VISTO:

El Expediente 3456/10 y la Resolución Nº 0117/11 del CONICET por la cual se

efectuó el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director del Instituto de

Investigaciones Económicas y Sociales del Sur (IIES) por el término de cinco (5) años, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Concurso se sustanció en forma conjunta con el Consejo Nacional de

Investigaciones Científicas y Técnicas, conforme a la Reglamentación aprobada por la

Resolución Nº 3035/08 del CONICET, y la Resoluciones CSU Nº 585/09 y 639/08;

Que el Jurado fue conformado por los siguientes especialistas: Dra. Dora Barrancos;

Dr. Julio Neffa; Dr. Omar Chisari; Dr. Alfredo Juan; Dr. Alejandro Rofman; Dr. Alberto

Porto;

Que sobre la base de los antecedentes científicos, de formación de recursos

humanos, de gestión y la propuesta institucional, el Jurado propone por la mayoría la

designación del Dr. Raúl Dichiara y por la minoría la designación del Dr. Fernando

Tohme;

Que el Reglamento de Concursos para la cobertura de cargos de Directores de

Institutos de doble dependencia UNS-CONICET establece en su Art. 21, que la designación

debe realizarse de común acuerdo entre ambas instituciones;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión de

fecha……………………la propuesta de la Comisión de Investigaciones Científicas,

Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

Page 13: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Proponer al CONICET la designación como Director regular del

Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales del Sur (IIES), al Dr. Raúl

DICHIARA, por el término de cinco (5) años.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese al CONICET y la Secretaría General de

Ciencia y Tecnología. Cumplido, archívese.

CASTRO SCHBIB LISTA GONZALEZ MARTÍNEZ

Punto 21:

Expte. 317/2010

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Res. CSU 650/10 (rectificada CSU 818/2010 y CSU 956/10) en la que se contrata

a la Dra. María Verónica RAMIREZ RIGO (DNI 24.783.731) para cumplir funciones

equivalentes a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple en el área

Farmacotecnia; y

CONSIDERANDO:

Que el monto transferido por la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) para el concepto “incentivo” corresponde a una suma fija de $377

(trescientos setenta y siete pesos) mensuales, suma que no encuadra en los requisitos del

Decreto 2427/93 y por lo tanto, no hay norma que lo exceptúe de ser un concepto

remunerativo;

Que resulta necesario renovar la contratación de la Dra. Ramírez Rigo.

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del……..…, lo

aconsejado por su Comisión de Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas,

Institutos, Becas, Subsidios y Extensión.

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizar la contratación de la Dra. María Verónica RAMIREZ RIGO

(DNI 24783731) para cumplir funciones equivalentes a un cargo de Profesor Adjunto con

dedicación simple – sujeto a incrementos salariales y liquidación del Sueldo Anual

Complementario- y abonar un adicional en concepto de incentivo de $377 (pesos trescientos

sesenta y siete) mensuales sujeto a aportes y contribuciones.

Page 14: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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ARTÍCULO 2º: La contratación y el incentivo se harán efectivos a partir del desde el 11 de

octubre de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012 inclusive. Cuando se haga efectivo el

cobro de la primera cuota dentro del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores

dicha asignación quedará sin efecto.

ARTÍCULO 3º: Imputar la totalidad de las asignaciones al centro de costos 448 en el marco

del Contrato de Promoción Nº 37 firmado por la UNS y la ANPCyT (modalidad UNS-

ANPCYT-CONICET).

ARTÍCULO 4º: Pase a la UEPE a todos sus efectos. Gírese a las Direcciones Generales de

Personal y de Economía y Finanzas. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y

al Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Cumplido; archívese.

MARFIL D’ALESSANDRO SCHBIB GRIPPO MT GONZALEZ SCHERGER

Punto 22:

Expte. 3609/2010

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Resolución CSU 863/2010 (rect. 952/10) en la que se otorga una asignación

complementaria al Dr. Fernando Gregorio (DNI 23.289.306, Leg. 8451) para cumplir

funciones de profesor en las áreas 1 y 3, orientado a las asignaturas “Diseño de Circuitos en

Radiofrecuencia” (código 2651) y “Fundamentos de Sistemas de Comunicaciones” (código

2718), y además un adicional en concepto de incentivo a los docentes-investigadores; y

CONSIDERANDO:

Que el monto transferido por la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) para el concepto “incentivo” corresponde a una suma fija de $377

(trescientos setenta y siete pesos) mensuales, suma que no encuadra en los requisitos del

Decreto 2427/93 y por lo tanto, no hay norma que lo exceptúe de ser un concepto

remunerativo;

Que resulta necesario renovar la asignación complementaria del Dr. Gregorio.

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión

del………………………., lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas,

Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión;

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otorgar una asignación complementaria al Dr. Fernando Gregorio (DNI

23.289.306, Leg. 8451), equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple,

Page 15: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

15

sujeta a incrementos salariales, que incluya el SAC para cumplir funciones de Profesor en las

áreas 1 y 3, orientado a las asignaturas “Diseño de Circuitos en Radiofrecuencia” (código

2651) y “Fundamentos de Sistemas de Comunicaciones” (código 2718), y abonarle un

adicional en concepto de incentivo de $377 (trescientos setenta y siete) mensuales sujeto a

aportes y contribuciones.

ARTÍCULO 2º: El incentivo y la asignación complementaria otorgados por el artículo

precedente se harán efectivos desde el 11 de octubre de 2011 y hasta 09 de octubre de 2012

inclusive. Cuando se haga efectivo el cobro de la primera cuota dentro del Programa de

Incentivos a los Docentes Investigadores dicha asignación quedará sin efecto.

ARTÍCULO 3º: Imputar la totalidad de las asignaciones al centro de costos 448 en el marco

del Contrato de Promoción Nº 37 firmado por la UNS y la ANPCyT (modalidad UNS-

ANPCYT-CONICET).

ARTÍCULO 4º: Pase a la UEPE a todos sus efectos. Gírese a las Direcciones Generales de

Personal y de Economía y Finanzas. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y

al Departamento de Ingeniería Eléctrica y de Computadoras. Cumplido; archívese.

LISTA MARFIL SCHBIB MT GONZALEZ GRIPPO

Punto 23:

Expte. 110/2010

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Resolución 671/10 (rectificada CSU 820/2010 y CSU 957/10) en la que se

contrata de la Dra. Marta MORENO (DNI 24.249.982) para cumplir funciones equivalentes

a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple en la asignatura “Diseño y

Evaluación Económica de Procesos” y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría General de Ciencia y Tecnología deja constancia que los fondos

para la contratación provienen del Contrato de Promoción Nº37, suscripto por la Agencia

Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT) y la Universidad Nacional del

Sur;

Que resulta necesario renovar la contratación de la Dra. Moreno.

Que el monto transferido por la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) para el concepto “incentivo” corresponde a una suma fija de $377

(trescientos setenta y siete pesos) mensuales, suma que no encuadra en los requisitos del

Decreto 2427/93 y por lo tanto, no hay norma que lo exceptúe de ser un concepto

remunerativo;

Page 16: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

16

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión

del………………………., lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas,

Tecnológicas, Institutos, Becas, Subsidios y Extensión.

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizar la contratación de la Dra. Marta MORENO (DNI 24.249.982)

para cumplir funciones equivalentes a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple –

sujeto a incrementos salariales y liquidación del Sueldo Anual Complementario- y abonar

un adicional en concepto de incentivo de $377 (pesos trescientos setenta y siete) mensuales

sujeto a aportes y contribuciones.

ARTÍCULO 2º: La contratación y el incentivo se harán efectivos a partir del desde el 11 de

octubre de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012 inclusive. Cuando se haga efectivo el

cobro de la primera cuota dentro del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores

dicha asignación quedará sin efecto.

ARTÍCULO 3º: Imputar la totalidad de las asignaciones al centro de costos 448 en el marco

del Contrato de Promoción Nº 37 firmado por la UNS y la ANPCyT (modalidad UNS-

ANPCYT-CONICET).

ARTÍCULO 4º: Pase a la UEPE a todos sus efectos. Gírese a las Direcciones Generales de

Economía y Finanzas y de Personal. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y

al Departamento de Ingeniería Química. Cumplido; archívese.

MARFIL D’ALESSANDRO CASTRO LISTA MARTÍNEZ

Punto 24:

Expte. 663/2009

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Resolución 904/10 en la que se contrata al Dr. Eugenio Aztiria (legajo 8843)

para cumplir funciones durante todo el período del presente contrato como Profesor Adjunto

con dedicación simple en el área "Mecanismos celulares y Moleculares de las enfermedades

neurodegenerativas"; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario renovar el contrato del Dr. Aztiria de acuerdo a las

transferencias de fondos de la ANPCyT;

Que el monto transferido por la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) para el concepto “incentivo” corresponde a una suma fija de $580

Page 17: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

17

(quinientos ochenta pesos) mensuales, suma que no encuadra en los requisitos del Decreto

2427/93 y por lo tanto, no hay norma que lo exceptúe de ser un concepto remunerativo;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión

del………………………., lo aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y

Tecnológicas, Becas e Institutos y Extensión;

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizar la contratación del Dr. Eugenio AZTIRÍA (DNI 16.574.452 –

Leg. 8843), equivalente a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, sujeta a

incrementos salariales y SAC para cumplir funciones docentes y de Investigación, en el área

de “Mecanismos celulares y moleculares de las enfermedades neurodegenerativas”, y

abonarle un adicional en concepto de incentivo de $580 (quinientos ochenta pesos)

mensuales sujeto a aportes y contribuciones.

ARTÍCULO 2º: El incentivo y la contratación otorgados por el artículo precedente se harán

efectivos desde el 11 de octubre de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012 inclusive.

Cuando se haga efectivo el cobro de la primera cuota dentro del Programa de Incentivos a

los Docentes Investigadores dicha asignación quedará sin efecto.

ARTÍCULO 3º: Imputar la totalidad de las asignaciones al centro de costos 448 en el marco

del Contrato de Promoción N37 firmado por la UNS y la ANPCyT (modalidad UNS-

ANPCYT-CONICET).

ARTÍCULO 4º: Pase a la UEPE a todos sus efectos. Gírese a las Direcciones Generales de

Personal y de Economía y Finanzas. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y

al Departamento de Biología, Bioquímica y Farmacia. Cumplido; archívese.

SCHBIB GRIPPO MARFIL MT GONZALEZ

Punto 25:

Expte. 2085/2010

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Res. CDF Nro. 482/2010 (rect. 1055/10) en la que se solicita al Consejo Superior

Universitario la contratación del Dr. Hernán RITACCO (DNI 20.426.238) para cumplir

funciones equivalentes a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple para el

dictado de la asignatura Física Aplicada; y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría General de Ciencia y Tecnología deja constancia que los fondos

para la contratación provienen del Contrato de Promoción Nº37, suscripto por la Agencia

Page 18: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

18

Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT) y la Universidad Nacional del

Sur;

Que el monto transferido por la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) para el concepto “incentivo” corresponde a una suma fija de $ 377

mensuales, que no encuadra en los requisitos del Decreto 2427/93 no pudiendo ser

exceptuado de ser un concepto remunerativo.

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del…….., lo

aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, Becas e

Institutos;

POR ELLO;

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Autorizar la contratación del Dr. la Hernán RITACCO (DNI 20.426.238)

para cumplir funciones equivalentes a un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple –

sujeto a incrementos salariales e incluyendo el SAC- y abonar un adicional en concepto de

incentivo de $377 (pesos trescientos sesenta y siete) mensuales sujeto a aportes y

contribuciones.

ARTÍCULO 2º: La contratación y el incentivo se harán efectivos a partir del desde el 01 de

diciembre de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012 inclusive. Cuando se haga efectivo el

cobro de la primera cuota dentro del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores

dicha asignación quedará sin efecto.

ARTÍCULO 3º: Imputar la totalidad de las asignaciones al centro de costos 448 en el marco

del Contrato de Promoción Nº 37 firmado por la UNS y la ANPCyT (modalidad UNS-

ANPCYT-CONICET).

ARTÍCULO 3º: Pase a la UEPE a todos sus efectos. Gírese a las Direcciones Generales de

Personal y de Economía y Finanzas. Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología y

al Departamento de Física. Cumplido; archívese.

MARFIL CASTRO SCHERGER

Punto 26:

Expte. 3039/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Resolución Nº 98 de la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) que adjudicó subsidios correspondientes a Proyectos de

Investigación Científico-Tecnológicos START UP BICENTENARIO 2010 (PICT START

UP BICENTENARIO 2010); y

Page 19: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

19

CONSIDERANDO:

Que resultó subsidiado el proyecto cuyo título e investigador responsable consta en

el anexo I obrante a fojas 14 del presente expediente;

Que en el Contrato de Promoción se establece a la Universidad Nacional del Sur

como institución beneficiaria;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del……, lo

aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas,

Subsidios y Extensión;

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Ratificar el Contrato de Promoción PICT START UP

BICENTENARIO 2010 subscripto entre la UNS y la ANPCyT,

ARTÍCULO 2º: Aceptar el subsidio otorgado por la ANPCyT al proyecto indicado en el

Anexo I del mencionado Contrato de Promoción PICT.

ARTICULO 3º: Determinar que la contraparte exigible en el instrumento de adhesión queda

a exclusivo cargo del investigador responsable del PICT START UP BICENTENARIO

financiado.

ARTICULO 4º: Pase a la Secretaría de Ciencia y Tecnología para su conocimiento y a sus

efectos a la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

LISTA SCHBIB MARFIL CASTRO MARTÍNEZ

Punto 27:

Expte. 720/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La resolución CSU-132/11 referente a la asignación de Beca Internas de Introducción

a la Investigación para Alumnos Avanzados de la UNS;

La nota de la renuncia de la Alumna Camila GODOY;

El Reglamento Beca Internas de Introducción a la Investigación para Alumnos

Avanzados de la UNS; y

CONSIDERANDO:

La nota de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología en la que se eleva la

renuncia presentada por la alumna Camila GODOY a la beca otorgada por la UNS y la

Page 20: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

20

propuesta de reemplazo del Alumno Jonatan Andres MANOSALVA de acuerdo a lo

establecido por el Reglamento en su Artículo 20º);

Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión de fecha……/…../…. el

dictamen de la Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas,

Subsidios y Extensión;

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º): Aceptar la renuncia de la alumna de la Carrera de Ing. Agronómica, Camila

Godoy (DNI 33.239.270) a la beca de Iniciación a la Investigación para Alumnos

Avanzados, a partir del 1º de septiembre de 2011.

ARTÍCULO 2º): Adjudicar una beca de Iniciación a la Investigación para Alumnos

Avanzados a partir del 1º de Septiembre de 2011 al postulante

APELLIDO Y NOMBRES CARRERA AREA TEMATICA DIRECTOR DE BECA

JONATAN ANDRES

MANOSALVA

(DNI 32838865-LU 83638)

ING.AGRONOMICA CIENCIAS

NATURALES

Ing.Agr. (Mag.) Oscar

BRAVO

ARTÍCULO 2º): La beca mencionada en el artículo anterior se abonará mensualmente, a

mes vencido, por el término de cinco (5) meses. El importe de las misma será de PESOS

QUINIENTOS ($ 500) mensuales. A los efectos del desarrollo de la beca no se considerará

el mes de Enero 2011, debiéndose afectar al crédito presupuestado en el Centro de Costos

60-Becas, de la Fuente 16, de la Finalidad Ciencia y Técnica.

ARTÍCULO 3º): Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su conocimiento

y demás efectos. Comuníquese al Departamento Académico. Cumplido, archívese.

MARFIL GRIPPO MARTÍNEZ CASTRO MAS DOÑATE

Punto 28:

Expte. 2917/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN VISTO:

La Resolución CSU-782/00, que establece la forma de distribución de los fondos

destinados a subsidios a Proyectos de Grupos de Investigación entre los Departamentos

Académicos para el año 2011; y

Page 21: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

21

CONSIDERANDO:

Que los Departamentos Académicos presentaron oportunamente la información

correspondiente a su producción científico-tecnológica para el año 2009;

Que la mencionada información se encuentra en proceso de evaluación y

cuantificación por parte del Consejo Asesor de Investigación de la Secretaría General de

Ciencia y Tecnología (CAICYT);

Que la Secretaría General de Ciencia y Tecnología considera que una distribución

en dos etapas, con la posibilidad de ajuste en la segunda, luego de consolidado el índice de

2009, permitiría que los grupos de investigación cuenten con financiación de manera

inmediata;

Que es posible prever el cumplimiento de la Res. CSU 782/00 si la primera

distribución se fija en $ 450.000 y se reparte con el indicador utilizado en la convocatoria

anterior, mientras que la segunda etapa de ajuste se establece en $ 550.000.

Que los montos de las etapas propuestas contemplan los márgenes de variación en la

producción científica-tecnológica y que además al utilizar la sumatoria de los tres últimos

años, se mitigan variaciones de mayor amplitud en el valor del índice;

Que además el incremento de los costos de las actividades de investigación y

formación de recursos humanos es sostenido en el tiempo y que una demora no hace más

que dotar de menores recursos a nuestros PGI.

Que es necesario dar a conocimiento de los Departamentos Académicos los montos

de los que dispondrán para otorgar como subsidios;

Que el Consejo Superior Universitario aprobó en su reunión de fecha……/…../….

el dictamen de la Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas,

Subsidios y Extensión;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o: Establecer para la Convocatoria a Subsidios PGI 2011 una modalidad de

distribución de fondos en dos etapas.

ARTÍCULO 2º: Destinar para una primera etapa la suma de $ 450.000 otorgándose a los

Departamentos Académicos los siguientes montos, de acuerdo al porcentaje de producción

científico tecnológica aprobado para la distribución de fondos 2010:

DEPARTAMENTO % PRODUC.

(aprobado para

distrib..fondos 2009)

TOTAL ($)

AGRONOMIA 8,725 $ 39.264

BIOLOGIA, BIOQUÍMICA Y FARMACIA 13,499 $ 60.745

CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION 2,700 $ 12.150

CIENCIAS E INGENIERIA DE LA COMPUTACION 5,391 $ 24.259

Page 22: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

22

DERECHO 4,158 $ 18.712

ECONOMIA 6,982 $ 31.418

FISICA 5,094 $ 22.925

GEOGRAFIA Y TURISMO 6,032 $ 27.143

GEOLOGIA 5,120 $ 23.042

HUMANIDADES 11,623 $ 52.302

INGENIERIA 4,281 $ 19.265

INGENIERÍA ELECTRICA Y DE COMPUTADORAS 5,680 $ 25.561

INGENIERIA QUIMICA 9,961 $ 44.825

MATEMATICA 3,577 $ 16.097

QUIMICA 7,176 $ 32.293

TOTALES 100,000 $ 450.000

ARTÍCULO 3o: Establecer para la segunda etapa un importe de $ 550.000 que permitirá

ajustar la distribución de acuerdo a los criterios previstos en la Res. CSU 782/00.

ARTÍCULO 4º: La asignación de los subsidios correspondientes a cada Proyecto de Grupo

de Investigación será realizada por el Consejo Superior Universitario, a propuesta de los

Departamentos Académicos.

ARTÍCULO 5º: Pase a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para su comunicación

a los Departamentos Académicos y demás efectos. Tome razón la Dirección General de

Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

SCHBIB MARFIL CASTRO

Punto 29:

Expte. 2917/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN VISTO:

La Resolución Nº 98 de la Agencia Nacional de Promoción Científica y

Tecnológica (ANPCyT) que adjudicó subsidios correspondientes a Proyectos de

Investigación Científico-Tecnológicos BICENTENARIO 2010 (PICT BICENTENARIO

2010).

CONSIDERANDO:

Que resultaron subsidiados los proyectos cuyos títulos e investigadores responsables

constan en el anexo I obrante a fojas 14 del presente expediente;

Que en el Contrato de Promoción se establece a la Universidad Nacional del Sur

como institución beneficiaria;

Page 23: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

23

Que el Consejo Superior Universitario aprobó, en su reunión del ……, lo

aconsejado por su Comisión de Investigaciones Científicas, Tecnológicas, Institutos, Becas ,

Subsidios y Extensión;

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Ratificar el Contrato de Promoción PICT BICENTENARIO 2010

subscripto entre la UNS y la ANPCyT,

ARTÍCULO 2º: Aceptar los subsidios otorgados por la ANPCyT a los proyectos indicados

en el Anexo I del mencionado Contrato de Promoción PICT BICENTENARIO 2010.

ARTICULO 3º: Determinar que la contraparte exigible en el instrumento de adhesión queda

a exclusivo cargo de los investigadores responsables de los PICT BICENTENARIO 2010

financiados.

ARTICULO 4º: Pase a la Secretaría de Ciencia y Tecnología para su conocimiento y a sus

efectos a la Dirección General de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

SCHBIB MARFIL LISTA MARTÍNEZ D’ALESSANDRO

Punto 30:

Expte. 2969/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, INSTITUTOS, BECAS,

SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

Visto:

La resolución del Departamento de Ingeniería Eléctrica y de Computadoras DIE-

196/11 solicitando la creación de dos pasantías a ser afectadas a ese Departamento

Académico; y

Considerando:

Que las tareas previstas para los pasantes son compatibles con las consideradas para

una pasantía de alumnos del DIEC;

Que las asignaciones estímulo son asimilables a lo establecido en la nueva Ley de

Pasantías Educativas;

Esta comisión aconseja:

1- Crear dos pasantías con una extensión de dos meses y las siguientes características:

Requisitos: alumnos avanzados del DIEC con el 50% de la carrera aprobada y el 75%

cursada.

Duración: dos meses.

Page 24: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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Asignación estímulo: $700

Tareas: Realización de talleres optativos con docentes y alumnos de una escuela de nivel

primario para la detección temprana de la vocación en Ingenierías Electricista y Electrónica.

2- Imputar la erogación al CC 14 – Recursos Propios, pasantías internas.

DOÑATE CASTRO SCHERGER DI FEDERICO CANTAMUTTO SCHBIB

Punto 31:

Expte. 2970/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS,

INSTITUTOS, BECAS, SUBSIDIOS Y EXTENSIÓN

VISTO:

La Res.DIEC-195/11 en el que se solicita la autorización para crear dos pasantías

afectadas al Departamento de Ingeniería Eléctrica y de Computadoras en el marco del

Proyecto Complementario Becas Bicentenario para la promoción de implementación de

talleres en las Escuelas Medias de Bahía Blanca y la zona; y

CONSIDERANDO:

Que las tareas son compatibles con las consideradas para una pasantía de alumnos;

Que las asignaciones estímulo resultan asimilables a lo establecido en la nueva Ley

de Pasantías Educativas nº 26427;

Esta Comisión recomienda la creación de dos (2) pasantías internas que se

afectarán al Departamento de Ingeniería Eléctrica y de Computadoras, con una extensión de

dos (2) meses de duración, con las siguientes características:

Requisitos: Alumnos avanzados del DIEC con el cincuenta (50) por ciento de la carrera

aprobada y el setenta y cinco (75) por ciento cursada.

Asignación mensual estímulo: Setecientos Pesos ($ 700) por mes.

Tareas: Articulación con escuelas de nivel medio para difusión de las carreras del DIEC.

La erogación se imputará a los fondos recibidos de las Becas Bicentenario, Centro de Costos

458.

SCHBIB MAS MARFIL DI FEDERICO

SCHERGER BARBERO MARTINEZ

Page 25: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

25

Punto 32:

Expte. X-34/2011

Bahía Blanca, 6 de octubre de 2011.

COMISION DE ESTABLECIMIENTOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS

Visto:

La resolución del Consejo de Enseñanza Media y Superior CEMS-71/2011

solicitando la modificación de las resoluciones CSU-131/05 (artículo 1) y CSU-050/2011

(artículo 1);

Esta comisión aconseja:

Modificar la resolución CSU-131/05 (artículo 1) que quedará redactada del siguiente modo.

ARTÍCULO 1º).- Modificar el Artículo 7º del Anexo I de la Resolución Nº CU-188/91 cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 7º: Los Rectores o Directores propondrán al Presidente del CEMS la

designación, dentro de los cinco (5) días hábiles de producida la necesidad en el servicio de

la enseñanza, de los docentes los interinos y suplentes entre los aspirantes de las

respectivas asignaturas de acuerdo con el orden de méritos establecido por la Junta

Evaluadora. En caso de no contar con el listado aprobado para el cargo u horas cátedra

en la que se produjera la vacante, o éste se haya agotado, se utilizarán otros listados

existentes, afines a la disciplina en la que se produjo la vacancia, previa autorización de la

Junta Evaluadora de Antecedentes.

Modificar la resolución CSU-050/01 (artículo 1) que quedará redactada del siguiente

modo:

ARTÍCULO 1º: En caso en los que no se cuente con el listado aprobado para la cobertura

de interinatos y suplencias en las horas cátedra y cargos en las Escuelas dependientes del

CEMS, o se haya agotado el listado aprobado, habiéndose cumplimentado el artículo 1º de

la resolución CSU-20/00 hasta el inciso e) exclusive, y no contando con listados afines a

la disciplina en la que se produjo la vacancia, se utilizará el mecanismo de elección

directa…”

SCHBIB KREBER

Punto 33:

Expte. 2515/2011

Bahía Blanca, 29 de setiembre de 2011.

COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS

Esta comisión aconseja aceptar el subsidio recibido por parte de la AECID

(Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo) para financiar gastos

Page 26: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

26

locales correspondientes a la Especialización en Turismo Rural y Comunitario dependiente

del Departamento de Geografía y Turismo, imputando el mismo a la Finalidad y Función .4,

Programa 10, Proyecto 0, Actividad 12, Centro de Costos 306.

KREBER CASTRO

Punto 34:

Expte. X-60/2010

Bahía Blanca, 29 de setiembre de 2011.

COMISION DE ECONOMIA, FINANZAS Y EDIFICIOS

Esta comisión toma conocimiento del informe sobre la Gestión realizada por el

Auditor del Servicio de Obra Social de la UNS sobre los siguientes estados: Estado de

situación patrimonial al 31 de julio de 2011 y Estado de recursos y gastos del período al 31

de julio de 2011.

KREBER CASTRO BUCALÁ

Punto 35°

Expte. 2573/2011

Bahía Blanca, 29 de setiembre de 2011

COMISIÓN DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS

Esta comisión aconseja aceptar el equipamiento informático y electrónico

adquirido por la Cooperadora de las Escuelas Medias, que fuera donado al CEMS para ser

incorporado al patrimonio de la UNS.

KREBER BARBERO GARCÍA CIMATTI GONZALEZ MARTÍNEZ

Punto 36:

Expte. 2442/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS

Esta comisión aconseja autorizar el pase de crédito necesario para abonar las

tareas asignadas a la Mg. María Mercedes Vitturini (Legajo 7222) desde el Centro de

Costos 189 – Actividad 16 (Acreditación de Carreras – Ciencias de la Computación) desde

los incisos 2 y 3 al inciso 1, por un monto de 46.381,42.-

ROSSIT MAS DOÑATE CASTRO

Page 27: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO · Que la cantidad de docentes asignados al curso de matemática resulta insuficiente para la tarea de toma y corrección de exámenes; Que por Resolución

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Punto 37:

Expte. 1669/2010

Bahía Blanca, 6 de octubre de 2011.

COMISIÓN DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS Y DE PÈRSONAL

Visto:

La solicitud del Departamento de Ingeniería de asignación de dos cargos categoría

cuatro y cinco del agrupamiento técnico profesional B (Decreto 366/06) para cumplir

funciones de Técnicos Informáticos en el Gabinete de Organización Industrial; y

Considerando:

Que el Departamento dispone de un cargo del agrupamiento técnico, categoría seis

del Decreto 2213/87;

Que es importante que las tareas a realizar estén a cargo de personal de planta

permanente de la universidad;

Que constan los informes de las Direcciones de Registro y Control y de

Programación y Control Presupuestario;

Por ello; esta comisión aconseja:

Crear un cargo categoría cinco del agrupamiento Técnico-Profesional B para

cumplir funciones en el Gabinete de Organización Industrial del Departamento de

Ingeniería.

Por Economía y Finanzas: ROSSIT GARCÍA CASTRO BARBERO

Por Personal: CIMATTI MS RODRÍGUEZ BUCALÁ

Punto 38:

Expte. 2138/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

Esta comisión aconseja incorporar por excepción al padrón de alumnos en

condiciones de ser elegidos a las siguientes personas:

María Florencia PEREZ – LU 75119

Martina CORTE – LU 93144

KREBER AMOROSI CASTELLANO CIMATTI ARRIOLA

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Punto 39:

Expte. 1653/2005

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

Visto el acta del Consejo del Departamento de Complementación Previsional con

fecha 30 de setiembre de 2011 donde se elige la terna para la renovación de la presidencia

del DCP período 2011-2014; y

Considerando que la propuesta de la terna cumple en un todo con la reglamentación

vigente;

Esta Comisión aconseja aceptar la terna propuesta por el Consejo del DCP integrada

por 1) Oscar Biondini, 2) Néstor Cazzaniga 3) Esteban Pedroncini (por orden alfabético) y

elevar la misma al plenario del CSU para la designación del presidente del DCP por el

período 2011-2014.

KREBER A. RODRÍGUEZ SAGUA CIMATTI

Punto 40:

Expte. 1591/1998

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

Modificación Reglamento Electoral

Inclusión expresa de Ayudantes B en padrón de docentes auxiliares

Visto:

El Estatuto de la UNS (art.9, 14, 37 inc. b y 38 inc. b);

El Reglamento Electoral de la UNS (t.o. CSU-650/06 art.5, 9 y 10bis).

El Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes de la UNS (t.o. CSU-

512/10 art.1 y 7);

El acta 63 del 10/09/10 de la Junta Electoral de la UNS;

Considerando:

Que conforme el Estatuto de la UNS: los estamentos que componen la comunidad

universitaria son los profesores, docentes auxiliares, alumnos y personal no docente (art.9);

los docentes auxiliares pueden ser asistentes o ayudantes (art.14); y podrán elegir y ser

elegidos en el padrón de docentes auxiliares, los que revistan un cargo de docente auxiliar en

la UNS independientemente del grado o dedicación (art.37inc.b y 38inc.b);

Que conforme el Reglamento Electoral de la UNS: integrarán los padrones de

docentes auxiliares, facultados para elegir y ser elegidos, los Docentes Auxiliares Ordinarios

o los Docentes Auxiliares Interinos que habiendo sido designados ayudante o asistente por

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concurso hayan ostentado sin interrupción desde entonces un cargo de docente auxiliar

(art.9); y aquellos profesores, docentes auxiliares, alumnos y no docentes que estén en

condiciones de votar en más de un claustro, deberán hacerlo obligatoriamente en todos en

los que figuren (art.10bis);

Que el Reglamento de Concursos de Asistentes y Ayudantes de la UNS se aplica a

los concursos para la designación de Asistentes y Ayudantes A y B (art.1); y a los aspirantes

al cargo de Ayudante B se les exige, entre otros requisitos, que no posean título universitario

y que sean alumnos regulares de la UNS (art.7);

Que el Estatuto derogado de la UNS de 1985 (t.o. 1991) establecía que los tres

claustros que formaban la comunidad universitaria eran los docentes, los graduados y los

alumnos. El claustro de graduados, conforme el Estatuto derogado, estaba integrado por los

graduados de la UNS o de otras universidades que, sin ser profesores, se encontraran

vinculados de manera permanente a la UNS por actividades de docencia, investigación o

posgrados (art.23). Este claustro fue modificado rotundamente con la sanción del nuevo

Estatuto de la UNS, actualmente vigente desde 1996 (con sus modificaciones). Entre los

cambios consta que: el nuevo estamento pasó a llamarse de “docentes auxiliares” y se

requiere como condición suficiente el desempeño de actividades docentes como auxiliar en

la UNS. No existe norma alguna que exija otro requisito para integrar este estamento, y de

ningún modo puede interpretarse que los ayudantes B sean excluidos por la sola

circunstancia de no poseer título de grado;

Que los ayudantes B constituyen un eslabón muy importante en la cadena de

producción y transmisión del conocimiento, y se les debe dispensar el mismo trato y

consideración que a cualquier otro docente. En este sentido, la UNS es un verdadero ejemplo

a seguir, ya que se diferencia de otras universidades nacionales que tienen ayudantes

alumnos o adscriptos como personal ad-honorem (sin remuneración), muchas veces sin una

designación formal y sin protección alguna de sus derechos. En la UNS, en cambio, las

condiciones en que se encuentran los ayudantes B son equivalentes a la de los demás

docentes auxiliares, ya que su designación se debe realizar a través de un concurso de

oposición, gozan de una remuneración por las tareas docentes que deben cumplir y están

verdaderamente incorporados al cuerpo docente de la UNS;

Que pese a lo expuesto, desde la entrada en vigencia del nuevo Estatuto, los

ayudantes B quedaron “de hecho” excluidos de participar en las elecciones del estamento de

Docentes Auxiliares porque no fueron incluidos en los padrones en ninguna de las elecciones

realizadas desde entonces;

Que la exclusión de los ayudantes B implica una notoria inequidad y va a

contrapelo de la línea de respeto que propicia la UNS. En efecto, todos los miembros de la

comunidad universitaria tienen el derecho y el deber de votar y de ser candidatos en todos

los estamentos que integren, violándose este derecho y deber para los ayudantes B, que

solamente votan en el estamento de alumnos, por una incorrecta aplicación del régimen

vigente. El error proviene de una profunda confusión entre el Estatuto vigente y aquel que

fue derogado hace más de una década;

Que en las elecciones del 2010, dos ayudantes B del Departamento de Ciencias de

la Salud (Federico Zeppa y Mariana Lauronce) requirieron su inclusión en el padrón de

docentes auxiliares dentro del plazo para realizar observaciones a los padrones provisorios.

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Y que con motivo de esa presentación se advirtió el error que se estaba cometiendo desde

hacía mucho tiempo y por ello la Junta Electoral, en su reunión del 10 de septiembre de 2010

(acta 63), resolvió incluir a estos dos ayudantes B en el padrón de docentes auxiliares. Para

así resolverlo, la Junta Electoral sostuvo que “el Estatuto de la UNS no hace ninguna

distinción entre los tipos de ayudantes ni tampoco exigen ningún requisito adicional para

integrar el padrón de Docentes Auxiliares, por lo que no resulta exigible la condición de

graduado o egresado a esos efectos y debe proporcionarse la misma consideración a los

Ayudantes A y B.” No obstante, en ese momento el procedimiento eleccionario ya estaba en

curso y únicamente se pudo incorporar a quienes lo habían pedido expresamente dentro del

plazo establecido al efecto;

Que la UNS debe mantener el respeto que propicia a los estudiantes con vocación

docente que se dedican a colaborar en la enseñanza de sus compañeros para fomentar la

pronta formación de recursos humanos, y por eso debe considerarse que merecen

exactamente el mismo trato que los demás docentes. Por lo que debe reconocérseles

explícitamente (para erradicar todo tipo de dudas) el derecho a participar plenamente en la

política universitaria a estos importantes protagonistas;

Por ello, el Consejo Superior Universitario resuelve:

Artículo 1º) Agregar el siguiente párrafo al final del artículo 10bis del Reglamento Electoral

de la Universidad Nacional del Sur:

“Cuando este reglamento se refiere a los docentes auxiliares, comprende a todos ellos sin

distinción de grado. Es decir, incluye a Asistentes y Ayudantes A y B.”

Artículo 2º) Comuníquese a la Junta Electoral de la Universidad Nacional del Sur.

S. ARRUIZ CASTELLANO SCHERGER M. ARRUIZ A. RODRÍGUEZ

CANTAMUTTO

Punto 41:

Expte. 2573/2011

Bahía Blanca, 29 de setiembre de 2011

COMISIÓN DE PERSONAL

Visto:

La solicitud de licencia, por excepción, solicitada por la docente Dra. Lorena Mateos

(Legajo 11.272) por motivos particulares, en un cargo de Ayudante A con dedicación

simple del Departamento de Ingeniería Química; y

Considerando:

Que la Dirección de Asistencia y Legajos encuadra lo solicitado en el marco del

artículo 29 (razones particulares) del régimen de licencias vigente y hace constar que la

agente no reúne los requisitos exigidos para la concesión de la misma;

Que el Consejo Departamental de Ingeniería Química, por resolución CD-143/2011

avala la licencia solicitada;

Por ello, esta comisión aconseja:

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Otorgar, por vía de excepción, licencia sin goce de haberes a la Dra. Lorena

Elisabeth Mateos (Legajo 11.272) en el cargo de Ayudante A con dedicación simple, por

artículo 29 del Régimen de Licencias para el Personal Docente y de Investigación, desde el

15 de agosto de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011 inclusive.

CIMATTI ALONSO

Punto 42:

Expte. 2587/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE PERSONAL

Visto:

La solicitud de licencia con goce de haberes presentada por la Dra. Carolina

ACEBAL (Legajo 10605) en un cargo de Ayudante A con dedicación exclusiva, en el área

III, “Química Analítica” para realizar tareas científicas en la Universidad de Córdoba

(España); y

Considerando:

Que el Departamento de Química avala el pedido de la docente mencionada en el

Visto;

Esta Comisión aconseja:

Otorgar, por vía de excepción, licencia sin goce de haberes a la Dra. Carolina

Cecilia ACEBAL (Leg. 10605) en el cargo de Ayudante A interina con dedicación

exclusiva, en el marco del artículo 4, inciso f, del Régimen de Licencias para el Personal

Docente y de Investigación, desde el 29 de agosto de 2011 al 19 de diciembre de 2011

inclusive.

CIMATTI CASTELLANO

Punto 43:

Expte. 2290/2011

Bahía Blanca, 5 de octubre de 2011.

COMISION DE PERSONAL

VISTO:

La necesidad existente en la Secretaría General Técnica de contar con un agente que

cumpla funciones de Subresponsable de Supervisión de la dependencia; y

CONSIDERANDO:

Que actualmente la Secretaría citada en el Visto de la presente no cuenta con un

cargo vacante Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo;

Que, según el informe de la Dirección de Registro y Control, la Secretaría General de

Cultura y Extensión Universitaria cuenta con un cargo vacante Categoría 6 del

Agrupamiento Administrativo, en virtud de la designación de la agente Analía Verónica

ALOMAR en un cargo Categoría 5 del Agrupamiento Administrativo;

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Que se cuenta con el aval del Secretario General de Cultura y Extensión Universitaria;

Que por lo expuesto resulta conveniente efectuar el traslado del cargo Categoría 6 del

Agrupamiento Administrativo de la Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria

a la Secretaría General Técnica, para su posterior llamado a concurso;

POR ELLO,

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Trasladar un cargo Categoría 6 del Agrupamiento Administrativo del

Escalafón para el Personal No Docente –Decreto 366/06-, desde la Secretaría General de

Cultura y Extensión Universitaria a la Secretaría General Técnica.

ARTÍCULO 2º.- Pase a las Direcciones Generales de Personal y de Economía y Finanzas

para su conocimiento y demás efectos. Tome razón la Secretaría General Técnica, la

Secretaría General de Cultura y Extensión Universitaria y ATUNS. Cumplido,

oportunamente, archívese.

CIMATTI VERA ALONSO

COMUNICACIONES

Reunión miércoles 14 de octubre de 2011

1- Expte. 2463/2011 – Designa en forma interina a la Srta. Luciana SUAREZ ZAPATA

en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo (CCC-Dec.366/06) para

cumplir funciones de auxiliar administrativo en el Departamento de Ingeniería. (Res.R-

1236/2011).

2- Expte. 2375/2011 – Designa en forma interina a la Srta. Ana Julia GUERREIRO en un

cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo (CCC-Dec.366/06) para cumplir

funciones de auxiliar administrativo en el Departamento de Agronomía. (Res.R-

1235/2011).

3- Expte. 2092/1994 – Traslado transitorio de la Srta. Andrea BENITEZ que reviste en un

cargo Categoría 4 del Agrupamiento Técnico-Profesional B (CCC-Dec.366/06) con

funciones en el Departamento de Matemática, a la Oficina de Control de Títulos y

Certificaciones, a partir del 8 de agosto de 2011. (Res.R-302/2011).

4- Expte. 1157/2009 – Designa al Sr. Gustavo Carlos DISTEL en un cargo Categoría 4 del

Agrupamiento Técnico-Profesional B (CCC-Dec.366/06) para cumplir funciones de Jefe

de División de los Laboratorios de Computación del Departamento de Ciencias e

Ingeniería de la Computación. Dispone la liquidación y pago de Suplemento por Riesgo.

(Res.R-1112/2011).

5- Expte. 1147/2009 – Designa a la Sra. Bárbara MANCINI en un cargo Categoría 4 del

Agrupamiento Administrativo (CCC-Dec.366/06), para cumplir funciones de Sub Jefe de

Despacho de la Secretaría General Técnica. (Res.R-1686/2010). Designa a la Sra. María

Alejandra RAMBORGER en un cargo Categoría 4 del Agrupamiento Administrativo

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(CCC-Dec.366/06) para cumplir funciones de Subjefa de Despacho de la Secretaría

General Técnica. (Res.R-1117/2011).

6- Expte. 2525/2011 – Designa en forma interina a la Srta. Carolina CASAMITJANA en

un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo (CCC-Dec.366/06), creado por

Res.CSU-260/2011 en la Secretaría General Técnica, para cumplir funciones en el

Departamento de Sanidad mientras dure la licencia por maternidad de la Srta. Samanta

PEREZ ACHILLI. (Res.R-1234/2011).

7- Expte. 2519/2011 – Otorga a la Lic. María Gabriela SICA una asignación de $ 1.500

por e dictado de la asignatura “HACCP” desde el 5 al 21 de Junio de 2011, que se

abonará con recursos propios originados por la Carrera de Posgrado Especialización en

Gestión de la Calidad depositados por la FUNS. (Res.R-1033/2011).

8- Expte. 989/2010 – Acepta a partir del 1° de Junio de 2011 la renuncia presentada por el

Sr. Joaquín Jesús CASTILLO, quien se desempeñaba en un cargo Categoría 7 del

Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, con funciones en la

Dirección de Mantenimiento. (Res.R-101/2011).

9- Expte. 4069/2010 – Dispone la finalización de las funciones de la Sra. Marta Haydee

MOLARO en un cargo Categoría 6 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y

Servicios Generales de la Dirección de Intendencia, a partir del 1º de setiembre de 2011.

(Res.R-1317/2011)