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CURSO DE ACTUALIZACIÓN 2011, 2 DA . PARTE CONTRATOS Mgr. Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra Blog: esjuemlinaresvizcarra.blogspot.com

Curso de Actualización 2011, 2 da

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CURSO DE ACTUALIZACIÓN 2011, 2DA. PARTE

CONTRATOS

Mgr. Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra

Blog: esjuemlinaresvizcarra.blogspot.com

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PLAN DE CLASE

1. Contratos.

2. Compra-Venta.

3. Mutuo Simple.

4. Mutuo con Garantía Mobiliaria.

5. Arrendamiento.

6. Comodato.

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Contrato

Acuerdo entre dos partes que se someten voluntariamente al respecto. Se dice que el contrato es consensual por que se perfecciona por acuerdo de las partes, es conmutativo por que concierta una prestación de servicios a cambio de una remuneración que se percibe como contraprestación y también es un trato sucesivo por que sus efectos se prolongan en el tiempo.

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A.- Según los requisitos de validez en cuanto a la forma los

contratos se clasifican en:

1-.Contratos consensuales.

2-.Contratos solemnes.

3-.Contratos reales. 1-.El préstamo de uso o comodato. 2-.El préstamo de consumo. 3-.El depósito. 4-.La prenda.

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B.- Clasificación de los contratos según los requisitos de validez

en cuanto al fondo

1-.Contratos de adhesión.

2-.Contratos de mutuo acuerdo.

3-.Contratos colectivos.

4-.Contratos individuales.

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C.- Clasificación de los contratos según su contenido.

• Según la reciprocidad o lo no-reciprocidad de las obligaciones que nacen:

- Contratos sinalagmáticos o bilaterales

- Contratos unilaterales

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Según el fin perseguido

• Contratos a título gratuito

• Contratos a título oneroso

• Contratos conmutativos

• Contratos aleatorios

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Según la duración del cumplimiento de las obligaciones:

• Contratos Instantáneos

• Contratos sucesivos

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D.- En cuanto a su interpretación los contratos se clasifican

• Contratos nominados

• Contratos innominados

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I. CONTRATO DE COMPRA Y VENTA

El Contrato de Compra Venta es el factor central de toda transacción comercial, constituyéndose en el punto de partida del comercio internacional e instrumento jurídico de la actividad económica mundial.

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Las Condiciones de Pago

1. Al Contado

2. En Cuenta Corriente

3. En Consignación

4. Al Crédito

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Los Medios de Pago

1. Pago Anticipado

2. Pago Directo

3. Cobranzas Documentarias

4. El Crédito Documentario

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La oferta detallada debe contener los siguientes datos:

• Descripción exacta de la mercadería y del embalaje.

• Medidas y pesos específicos. • Especificaciones de calidad.• Precio unitario en dólares u otra divisa.• Condiciones de pago.• Condiciones de entrega.

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¿CÓMO SE REALIZA UN CONTRATO DE COMPRA - VENTA?

• Nombre y dirección de las partes

• Producto, normas y características

• Cantidad

• Embalaje, etiquetado y marcas

• Valor total del contrato

• Condiciones de entrega

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En ese sentido los incoterms que desaparecen son cuatro:

• El primero es el DDU (Delivered Duty Unpaid)

• El segundo incoterm que desaparece es el incoterm DAF (Delivered At Frontier)

• El tercer incoterm es el incoterm DES (Delivered Ex Ship) y

• El cuarto y último es el incoterm DEQ (Delivered Ex Quay).

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Dos nuevos incoterms 2010 que ingresan al folleto son:

• Incoterm DAT (Delivered At Terminal). Sirve para todo tipo de transporte, especialmente el marítimo. Determina la entrega en puerto de destino, después de descargado.

• Incoterm DAP (Delivered At Place) También aparece un nuevo incoterms llamado DAP Delivered at point (Place). Combina el propósito de DAF y DDU, pues determina el lugar convenido en destino para la entrega de la mercancía.

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FORMATO TIPICO

• La Convención que rige la compraventa

internacional de mercaderías establece

que un contrato no tiene necesariamente

que celebrarse por escrito; es decir puede

pactarse aún verbalmente o por teléfono.

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MODELO DE CONTRATO TIPO(Propuesto por Naciones Unidas) 1/3

• Preámbulo • Personas contratantes, poderes, definiciones, etc • Condiciones del contrato: • 1. Objeto del contrato: Naturaleza, descripción cualitativa y

cuantitativa del producto. • 2. Vigencia. • Obligaciones del vendedor: • 3. Entrega de la mercadería: Fecha, transporte, embalaje,

certificados diversos, plazos, fecha de comienzo del plazo.• 4. Reserva de dominio.• 5. Control de conformidad: Muestras, modalidades.• 6. Cláusulas, desperfectos de la garantía, reclamos,

reparaciones.• 7. Instrucciones sobre utilización, planos, manuales.

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MODELO DE CONTRATO TIPO(Propuesto por Naciones Unidas) 2/3

• Obligaciones del comprador: • 8. Modalidades de Pago: Términos de pago, lugar de pago.• 9. Crédito otorgado.• 10. Garantías diversas.• Traspaso de riesgo y de la propiedad: • 11. Traspaso de riesgo: Modalidad de entrega, INCOTERMS

2000, fuerza mayor. • 12. Traspaso de propiedad. • Servicio posventa: • 13. Garantía: reparación, mantenimiento. • Precio y modalidad de pago: • 14. Precio: pormenores de las prestaciones comprendidas.• 15. Monedas convertibles: Moneda de pago.• 16. Revisión del precio.• 17. Garantía de pago.

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MODELO DE CONTRATO TIPO(Propuesto por Naciones Unidas) 3/3

• Arbitraje: • 18. Arbitraje, Tribunal competente: Órganos,

decisiones. • Otras cláusulas: • 19. Secreto profesional.• 20. Propiedad industrial.• 21. Idioma de contrato.• 22. Derecho del contrato.• 23. Elección del domicilio.• 24. Fecha y firmas autentificadas.

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II.- MUTUO SIMPLE

• El mutuo es el contrato por medio del cual una persona llamada mutuante se obliga a transmitir la propiedad de una suma de dinero de otras cosas fungibles a otra persona llamada mutuario quien se obliga a devolver otro tanto de la misma.

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CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO

• Es traslativo de dominio, ya que transfiere la propiedad de dinero o bienes fungibles.

• Es principal por que subsiste por si mismo.• Es bilateral por que existen derechos y

obligaciones para las partes.• Es gratuito; por que no se pactan intereses.

(mutuo simple)• Es oneroso.- ya que se estipulan intereses.• No es necesaria la formalidad, para su validez.• Es de tracto sucesivo.- por que surte efecto a

través del tiempo.

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CLASES DE MUTUO

• Civil

• Mercantil

• Mutuo con intereses.

• Mutuo simple o gratuito.

1. OBLIGACIONES DEL MUTUANTE.

2. OBLIGACIONES DEL MUTUARIOEs aquel que otorga el préstamo o transfiere el dominio de la cosa y esta debe ser cierta y determinada para el acreedor y

responde de los vicios ocultos Responder por los vicios ocultos y restituir la cosa prestada y si son fungibles el mutuario se obliga a entregar las cosas en la misma especie y calidad, y no se libera de la obligación si entrega otra cosa distinta, si se trata de sumas de dinero la entrega será la misma suma en moneda de curso legal y si es moneda extranjera podrá de volverse en moneda nacional al valor de la cotización en el monto que tenga la moneda extranjera al momento de hacer el pago.

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CONTRATO DE RENTA VITALICIA

• Es el contrato aleatorio en virtud del cual una persona llamada deudor se obliga a pagar periódicamente a otra persona determinada llamada acreedor una pensión que consiste en dinero o bienes fungibles durante la vida de esta

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CONTRATO DE FIANZA

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III.- MUTUO CON GARANTÍA MOBILIARIA

• Entidades Crediticias

• El Crédito

• La Hipoteca– Interés puede ser:Una hipoteca se define empleando 3 parámetros:

1.El capital, que es la cantidad de dinero prestada por el Banco. El capital prestado suele ser menor que el valor del bien hipotecado, de manera que éste pueda responder por el capital en la subasta en caso de producirse un impago.2.El plazo, que es el tiempo que tomará la devolución del préstamo. La devolución del préstamo se realiza mediante pagos periódicos (generalmente mensuales), hasta devolver el capital solicitado más todos los intereses acumulados durante el tiempo que hayamos tardado en devolver el préstamo.3.El tipo de interés, que indica un porcentaje extra anual que se debe abonar al banco anualmente en concepto de ganancias del mismo.

Fijo: Mantiene su valor a lo largo de todo el plazo del préstamo.Variable: Su valor es revisado periódicamente con el fin adaptar su valor al estado actual de la economía.

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IV.- ARRENDAMIENTO O LEASING

CONCEPTO JURÍDICO FINANCIERA:

• El leasing es un contrato de financiación por el cual un empresario toma en locación de una entidad financiera un bien de capital, previamente adquirido por esta a tal fin, a pedido del locatario, teniendo este arriendo una duración igual al plazo de vida útil del bien y un precio que permite al locador amortizar el costo total de adquisición del bien, durante el plazo d locación, con mas un interés por el capital adelantado y un beneficio, facultando asimismo al locatario adquirir en propiedad el bien al término de la locación mediante el pago de un precio denominado residual.

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CONCEPTO JURÍDICO DE LEASING:

• Leasing es un contrato complejo de arrendamiento por el cual una parte, en lugar de adquirir un bien de capital que necesita solicita de la otra parte que lo adquiera y le concede su uso y goce por un periodo determinado, vencido el cual podrá el locatario dar por terminado el contrato, restituir la maquinaria obsoleta y celebrar un nuevo contrato sobre un bien de capital al DIA con el progreso tecnológico, o adquirir el bien objeto del contrato por un precio equivalente a su valor residual. Como contraprestación el locatario se obliga a pagar al locador una suma periódica de dinero que se fija de manera de permitir la amortización del valor del bien durante el periodo de duración del contrato.

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EN EL PERÚ EL LEASING SE DA A TRAVÉS DE:

• Bancarias: de Crédito, Wiese, Bandesco, Mercantil, Santander, Interandino, Interamericano, Interbanc, Continental, Nuevo Mundo.

• Financieras: Promotora Peruana, Interfip, Sanpedro, de Crédito, Nacional, Sudamericana, del Sur.

• Especializadas: Sogewiese Leasing, Lima Leasing, Latino Leasing, Citileasing,

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CARACTERES ESTRUCTURALES DEL LEASING

• Típico

• Principal

• Consensual

• Oneroso

• Conmutativo

• De Duración

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CARACTERES FUNCIONALES DEL LEASING:

• De Financiación

• De Cambio

• Traslativo de uso y Disfrute

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Modalidades del Leasing:

1. POR SU FINALIDAD

1. LEASING OPERATIVO O OPERATIONAL

LEASE

2. LEASING FINANCIERO

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LEASING OPERATIVO LEASING FINANCIERO

PartesContractuales

- Fabricantes, distribuidores e importadores.

- Empresa Arrendataria

- Empresa de leasing (bancos, financieras o empresas especializadas)

- Empresa usuaria

Duración del contrato

1 a 3 años Irrevocable por ambas partes

Carácter del contrato

Revocable por el arrendataria con preaviso.

Irrevocable por ambas partes

Elección del bien

Por la arrendataria entre los que tenga la arrendadora

Por la usuaria en cualquier fabricante o distribuidor

Tipo del bien

Bien standard o de uso común Bien capital o equipo

Calidad del bien

Bienes nuevos o usados Sólo bienes nuevos

Conservación y mantenimiento del bien

Por cuenta de la empresa arrendadora Por cuenta de la empresa usuaria

Utilización del bien

Limitada a un determinado número de días/meses

Ilimitada en cuanto al número de días/meses

Función del contrato

Esencialmente operativa: uso del bien, ofrecer un servicio

Ofrecer una técnica de financiación

Amortización del bien

En varios contratos con distintos arrendamientos

En un solo contrato

Obsolescencia La soporta la arrendadora La soporta la usuaria

Riesgos para el arrendadora Riesgos técnicos y financieros Riesgos financieros

Riesgos para el arrendatario Ninguno Riesgos técnicos

Opciones Facultativas

No previstas Transmisión de la propiedad del bien

Iniciativa Empresa productora o arrendadora La empresa usuaria, por lo general.

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V.- COMODATO

• El Art. 1728 del CC. vigente define el comodato diciendo: "Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible. Para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva“.

Al comodato se le llama también préstamo de uso.

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ELEMENTOS CONSTITUTIVOS

1) Elemento personal;

2) Prestaciones;

3) Finalidad.

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EXTINCIÓN DEL COMODATO

El comodato se acaba por los siguientes motivos:• Por vencimiento del plazo;• Por incumplimiento de la finalidad establecida

en el contrato;• Por pérdida, deterioro o destrucción del bien;• Por cambio de destino o uso del bien;• Por petición del comodante, cuando no se pactó

plazo o tiene necesidad urgente del bien; y,• Por muerte del comodatario.

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Mgr. Mitzi Linares Vizcarra

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