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    DGPNP-EMG

    FEB 2001

    L I M A

    DIRECTIVA DPNP-01- 25 -2001-B

    I. OBJETIVO

    Establecer normas y procedimientos administrativos para efectuar losCambios de Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas de la PolicaNacional, a fin de satisfacer las necesidades del Instituto y el bienestardel personal.

    II. FINALIDAD

    A. Que las Direcciones y Regiones Policiales , dispongan de losefectivos reales y necesarios para el cumplimiento de susfunciones.

    B. Orientar un adecuado planeamiento, organizacin, ejecucin,evaluacin y control de los Cambios de Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas estableciendo las responsabilidades delos diversos rganos de la Polica Nacional.

    C. Que los Sub-Oficiales y Especialistas cambiados de colocacin,

    conozcan oportunamente sus derechos, obligaciones y deberespara evitar transtornos administrativos en su ejecucin.

    III. BASE LEGAL

    A. Constitucin Poltica del Per 1993.

    B. Ley 24949 de 06DIC88. Ley de creacin de la Polica Nacional.

    C. Ley 27238 del 14DIC99. Ley Orgnica de la Polica Nacional.

    D. D.Leg. 745 del 08NOV91. Ley de Situacin Policial del Personalde la Polica Nacional.

    E. D.S. 0009-97-IN del 30DIC97, Reglamento de RgimenDisciplinario de la Polica Nacional.

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    F. RD. N 3011-98-DGPNP de 02SET98, aprobando Cuadro deOrganizacin de la Polica Nacional.

    IV. ALCANCE

    A todos los organos y personal de la Polica Nacional.

    V . SITUACION

    A. Los Cambios de Colocacin del personal de Sub-Oficiales yEspecialistas, no se han regido por normas que expresen criteriosrectores y las correspondientes previsiones presupuestarias parasu ejecucin.

    B. La actual asignacin de Sub-Oficiales y Especialistas a lasDirecciones y Regiones Policiales, no responden a susnecesidades reales, encontrndose sobredimensionadas en unasy deficitarias en otras.

    C. La permanencia prolongada del personal de Sub-Oficiales yEspecialistas en determinadas Direcciones y RegionesPoliciales, incide negativamente en el aspecto institucional yfamiliar.

    D. El excesivo nmero de personal en la situacin de Destacadosorigina trastornos administrativos, dificultando el cumplimiento dela funcin asignada a las Unidades de la Polica Nacional.

    E. Los Cambios de Colocacin no se cumplen a cabalidad, por lacarencia de recursos econmicos.

    F. Los Directores y Jefes de Regin Policial tramitan solicitudes decambios de colocacin del personal de Sub-Oficiales yEspecialistas a la DIPER, sin emitir una opinin consistente sobre

    la conveniencia o inconveniencia del pedido.

    VI. DISPOSICIONES GENERALES

    A. Los Cambios de Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas,tendrn como objetivo primordial, optimizar los servicios deSeguridad Ciudadana, ampliando su cobertura en el mbitourbano y rural, para lograr la eficiencia profesional y eficaciafuncional, as como el bienestar del personal.

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    B. Los Cambios de Colocacin se efectuarn teniendo enconsideracin los Criterios Rectores que figuran en el anexo 01.

    C. Los Cambios de Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas,se efectuarn por las causales siguientes:

    1. Por necesidad del servicio.2. Por lmite de permanencia.3. Por enfermedad4. Por permuta.5. A su solicitud.

    D. El personal que es cambiado de colocacin por las causales

    indicadas anteriormente, a excepcin de las efectuadas porpermuta y a su solicitud, tendr derecho a los beneficioseconmicos de conformidad a las disposiciones vigentes.

    E. Los Cambios de Colocacin por permuta y a su solicitud seefectuarn sin costo alguno para el Estado.

    F. Los Cambios de Colocacin se efectuarn solamente una vez alao, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal parasufragar los derechos y beneficios que corresponda, con lafinalidad de mejorar progresivamente la gestin de administracinde personal en el Instituto.

    G. El personal de Sub-Oficiales y Especialistas, deben conoceroportunamente que van a ser cambiados de colocacin.

    H. Los Cambios de Colocacin a su solicitud o permuta serealizarn previa opinin de sus Jefes inmediatos, con eldocumento justificatorio presentado por el interesado observandoel conducto regular.

    I. Los destaques de personal sern restringidos, procediendosolamente a efectuarse en los siguientes casos:

    1. Por enfermedad

    2. Problema familiar

    3. Por estudio

    VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

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    A. EMG

    1. Difundir la presente Directiva a las Direcciones y RegionesPoliciales.

    B. EMP

    1. Establecer las previsiones presupuestarias por intermediodel Area de Presupuesto, para ejecutar los Cambios deColocacin.

    C. IG

    1. Controlar y Supervisar que los Cambios de Colocacin delos Sub-Oficiales y Especialistas, se ejecutenoportunamente.

    2. Remitir al EMG el Informe correspondiente, sobre laevaluacin final de las acciones efectuadas y elcumplimiento de las disposiciones que contiene lapresente.

    D. DIPER

    1. Encargada de realizar los procedimientos deracionalizacin a nivel nacional.

    2. Remitir a la IG copia de las RD que autoricen los Cambiosde Colocacin o Destaque del personal de Sub-Oficiales yEspecialistas, para las acciones de su funcin

    E. DILOG

    1. Formular oportunamente las liquidaciones, por concepto depasajes, bagajes, gastos de instalacin e indemnizacinpor gastos de viaje del personal de Sub-Oficiales yEspecialistas cambiados de colocacin y sus familiares quele corresponda, remitindolos a la DIECO, para su abonocorrespondiente.

    2. Remitir a la IG el Informe correspondiente para lasacciones de su funcin.

    F. DIECO

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    1. Consignar anualmente en el Presupuesto del Instituto losrecursos econmicos que demanden el Cambio de

    Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas, para supago oportuno.

    2. Depositar mediante el Sistema MULTIRED, los derechoseconmicos que corresponde a cada uno de los Sub-Oficiales y Especialistas cambiados de colocacin.

    3. Remitir a la IG el Informe correspondiente para lasacciones de su funcin.

    G. DIRECCIONES Y REGIONES POLICIALES

    1. Ejecutar los Cambios de Colocacin, cuando el personalreciba sus pasajes, bagajes, gastos de instalacin eindemnizacin de gastos de viaje.

    VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

    El incumplimiento a la presente disposicin dar lugar a la imposicin desanciones disciplinarias y denuncias al Fuero Privativo Militar quecorresponda, tanto al infractor como a sus Jefes inmediatos.

    ANEXOS:

    Anexo 01 : Criterios rectores para normar los Cambios de Colocacin delpersonal de Sub-Oficiales y Especialistas de la Polica Nacional..

    DISTRIBUCION:DGPNP........... 01EMG ............... . 01IG .................. 01EMP................... .. 01DIRECCIONES . 21REGIONES.... 13FF.PP ............... 02ARCHIVO........... 01/41

    ANEXO 01: Criterios Rectores a la Directiva DPNP-01- -99-B, para normarlos Cambios de Colocacin del Personal de Sub-Oficiales y

    Especialistas de la Polica Nacional.

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    A. CRITERIOS GENERALES

    1. Los Cambios de Colocacin de los Sub-Oficiales y Especialistas,se efectuarn solamente una vez al ao.

    2. No se ejecutarn los cambios de colocacin, si previamente elpersonal no ha recibido los derechos econmicos que lecorresponde.

    3. Para efectuar los cambios de colocacin, preferentemente setendr en cuenta las solicitudes presentadas por los interesados,

    con opinin favorable de sus Jefes inmediatos.

    4. El tiempo mnimo ser de cinco (05) aos y como mximo de diez(10) aos, para los Sub-Oficiales y Especialistas que pretanservicios en las Direcciones y Regiones, a partir del cual, elComando podr efectuar cambios de colocacin sin opinin delos Directores y Jefes de Regin.

    5. El tiempo mnimo ser de tres (03) aos y cinco (05) aos comomximo de permanencia de los Sub-Oficiales y Especialistas enlos Frentes Policiales.

    6. El tiempo mximo de permanencia de los Sub-Oficiales yEspecialistas en organismos extra-institucionales ser de 05aos.

    7. Los Sub-Oficiales y Especialistas que asciendan a la claseinmediata superior, con el fin de preservar la disciplina, deben sercambiados de colocacin, preferentemente a Unidadesenclavadas en su jurisdiccin policial.

    8. Los Sub-Oficiales y Especialistas que hayan recibido instruccinespecializada, en el pas o extranjero, debern prestar serviciosen Unidades que tengan directa relacin con los estudiosrealizados, a fin de que puedan desarrollar y multiplicar losconocimientos adquiridos.

    9. Luego de cuatro (04) aos de permanencia en una Unidad, elpersonal capacitado o especializado podr solicitar su Cambio deColocacin, los fundamentos que exponga sern evaluados porsus Jefes inmediatos, quienes emitirn opinin sobre el particular.

    10. No sern cambiados de colocacin el personal que se encuentre

    solicitando su pase a la Situacin de Disponibilidad o Retiro, o

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    aquellos que han sido sometidos a proceso disciplinario y que porla gravedad del hecho, se est solicitando su pase a la Situacin

    de Disponibilidad o Retiro.

    11. Los Frentes Policiales, podrn efectuar rotacin del personal ensu jurisdiccin por tercios, considerando los viticos necesarioscuando sean distantes.

    12. Cuando el personal solicite su cambio por razones de salud, elServicio de Sanidad de la Polica Nacional, emitir el Informesustentatorio.

    13. Los destaques sern suprimidos en forma progresiva hasta su

    extincin a fin de mejorar la Gestin de Administracin delPersonal en el Instituto.

    14. Los Comandos de las diferentes Unidades procedern a lainmediata ejecucin de los Cambios de Colocacin, despus queel personal haya recibido sus derechos econmicos. Suincumplimiento dar lugar a la imposicin de sancionesdisciplinarias y denuncia al Fuero Privativo Militar quecorresponda, tanto al infractor como a sus Jefes inmediatos,dentro de un proceso sumario que ser iniciado por losDirectores, Jefes de Regin o Frentes Policiales.

    15. Los Cambios de Colocacin fuera de las Direcciones, Regiones yFrentes Policiales, sern ejecutados por la DIPER.

    B. CRITERIOS ESPECIFICOS

    1. Los Directores, Jefes de Regin y Frentes Policiales, estnfacultados para efectuar Cambios de Colocacin dentro de sujurisdiccin, dando cuenta a la DIPER, para los dems fines.

    2. Los Jefes de Sub-Regin, Jefaturas Provinciales y de las 4Jefaturas de Lima Metropolitana, por delegacin del Jefe deRegin, con el fin de hacer ms expeditiva la marchaadministrativa y operativa de su Unidad, efectuarn Cambios deColocacin del personal de Sub-Oficiales y Especialistas, dentrode su Jurisdiccin con las limitaciones sealadas en el numeralanterior; dando cuenta a la Jefatura de Regin.

    3. En armona con lo dispuesto en el Art. 15.1 del Reglamento deRgimen Disciplinario, los Sub-Oficiales y Especialistas, dos (02)

    aos antes de pasar a la Situacin de Retiro por imperativo de la

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    Ley, tienen derecho a solicitar su Cambio de Colocacin a laUnidad del lugar de su preferencia (Direcciones, Regiones,

    Frentes Policiales), con los beneficios econmicoscorrespondientes.