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DIRECTORES DE EXCELENCIA

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Page 1: DIRECTORES DE EXCELENCIA
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DIRECTORES DE EXCELENCIA PARA LA EDUCACIÓN MUNICIPAL

BASES CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION PARA PROVEER

AL CARGO DE DIRECTOR(A) DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACI ONALES DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COPIAPO

1. ANTECEDENTES GENERALES:

La Ilustre Municipalidad de Copiapó, en virtud de las disposiciones legales vigentes y en el uso de las facultades conferidas por sus estatutos, ha dispuesto confeccionar las siguientes Bases para llamar a Concurso Público para proveer los cargos de Director(a) de los Establecimientos Educacionales que se indican por el período de 5 años. Lo anterior, se fundamenta según lo dispuesto en el Título III Párrafo “Del Ingreso a la carrera Docente”, en especial sus artículos 24° al 33° del D FL N° 1/ 1997 de Educación que fijó el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 19.070 que aprobó el estatuto de los Profesionales de la Educación y de las leyes que lo complementan y modifican, y los artículos 65° y 80° a 91° y demás pertinentes del Decreto Supremo N° 453 de 1991, del Min isterio de Educación. 2. CARGOS LLAMADOS A CONCURSO: • Director(a) Escuela Isabel Peña Morales • Director(a) Colegio Buen Pastor • Director(a) Escuela Manuel Rodriguez • Director(a) Escuela Laura Robles Silva • Director(a) Escuela Las Canteras • Director(a) Escuela Bruno Zavala Fredes • Director(a) Escuela El Chañar • Director(a) Escuela Hernán Márquez Huerta • Director(a) Escuela Jesús Fernández Hidalgo • Director(a) Liceo Tecnológico • Director(a) Liceo de Música • Director(a) Centro de Educación Integrada de Adultos • Director(a) Liceo Bicentenario Mercedes Fritis Mackenney 3. DE LA POSTULACIÓN:

El proceso de postulación al Concurso Público de Directores se inicia con la publicación por una sola vez, a nivel nacional y local, el 17 de Noviembre de 2010, definiendo la entrega de bases a contar del 06 de Diciembre de 2010 y la recepción de antecedentes de los postulantes el 03 de Enero de 2011. El postulante deberá retirar las Bases del Concurso, desde la Oficina de Partes del Departamento de Educación Municipal, ubicado en Chacabuco 857, edificio consistorial, segundo piso, desde el 06 al 15 de diciembre de 2010. También se podrá acceder a las bases a través de la página web www.daemcopiapo.cl.

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Los postulantes de otras comunas o regiones, podrán enviar su postulación por correo certificado a: Chacabuco 857, Oficina de Partes del Departamento de Educación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó. Se considerará la fecha del sello de Correo, como ingreso dentro de los plazos establecidos. Al momento de entregar los antecedentes, los postulantes recibirán un formulario que contiene una declaración jurada simple de aceptación de las base s donde se consignará la fecha y el registro de postulación. La postulación deberá hacerse en carta dirigida a la Dirección de Educación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, con la identificación respectiva, incluyendo los antecedentes y documentación debidamente legalizada. La Comisión Calificadora se reserva el derecho de solicitar los antecedentes originales o verificar la autenticidad de la documentación, si lo estima necesario. Se deberá indicar claramente el domicilio, número telefónico, correo electrónico o cualquier otra forma que permita localizar en forma expedita y oportuna al postulante. No se aceptarán entregas parciales, ni se podrán agregar nuevos antecedentes una vez recibida la postulación. Tampoco se aceptarán postulaciones recibidas fuera de plazo. La documentación deberá entregarse anillada con las hojas foliadas y numeradas en el extremo superior derecho y será ingresada y timbrada en la Oficina de Partes de la Dirección de Educación. 1 La documentación presentada al concurso no será de vuelta. Todas las consultas sobre el concurso deberán realizarse a la Dirección de Educación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, Dirección Ejecutiva del Concurso de Directores o al correo electrónico [email protected]. 4. DE LOS REQUISITOS DE POSTULACION: Los señalados en el artículo,2, 24°, 31° bis, 32°, 33° inciso 3 y 4 del DFL N° 1 /96 Estatuto Docente, el N° 3 y 4° del artículo 5° de la Ley 19.979; el artíc ulo 64° al 68° y artículo 80 a 91 del DS. N° 453/91 de Educación y el artículo 56° de la Ley N° 19.653, sob re Probidad Administrativa aplicable a los órganos de la Administración del Estado, a saber:

4.1. Ser ciudadano2 4.2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. 4.3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.3 4.4. Tener Título de Profesor o Educador concedido por Escuelas Normales, Universidades o

Institutos Profesionales debidamente acreditadas, según los requisitos señalados en el artículo 2 del DFL N° 1/96 de Educación.

4.5. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, en virtud de lo dispuesto en la Ley 19.325 o 20.066 sobre violencia intrafamiliar.

4.6. No estar inhabilitado por alguna de las causales del artículo 10 del Reglamento de la Ley Nro.19.070 o DS Nro.453/91 de Educación.

1 La falta de este requisito no será considerado por sí solo como condición para excluir de la evaluación los antecedentes de los oponentes, aún cuando resulta ser de especial importancia, para efectos de seguridad jurídica, en la presentación de los antecedentes. 2 Se acredita con el Certificado de Nacimiento en original, fotocopia de cédula de identidad y Certificado de Antecedentes. 3 En la primera etapa es válido una declaración jurada simple y en caso de ser nombrado en el cargo se solicitará el certificado de salud público.

Page 4: DIRECTORES DE EXCELENCIA

4.7. Contar con estudios de administración o gestión educacional, opcionalmente con estudios en supervisión, evaluación u orientación educacional en virtud del Art. 65 del decreto 453/91 letra B.

4.8. No encontrarse en proceso o afecto a sanciones establecidas en la Ley 20.158. 4.9. Experiencia como docente, mínimo de 5 años, certificados de acreditación con años de

servicios (Bienios). 5.0. No podrán postular al cargo de Director, todos aquellos profesionales de la educación que

hayan sido sancionados a través de sumarios en los últimos 5 años.

5. ANTECEDENTES PARA POSTULAR: Los postulantes deberán presentar en forma integra y completa los antecedentes que a continuación se señalan de manera obligatoria; aún cuando pertenezcan a la dotación docente del Departamento de Educación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó.

5.1 Carta de postulación. 5.2 Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados. 5.3 Certificado de situación militar al día (sólo varones) 5.4 Curriculum Vitae actualizado. 5.5 Certificado de Nacimiento en original. 5.6 Certificado de Antecedentes, incluidas las anotaciones de violencia intrafamiliar, en original, con

una antigüedad no superior a 30 días. 5.7 Certificado de Título profesional y certificado de los títulos que posea, o fotocopias debidamente

legalizadas de los mismos ante Notario o copias cotejadas ante la Secretaria Municipal (Pregrado, post-títulos, post-grados).

5.8 Certificado de perfeccionamiento o fotocopias, debidamente legalizadas ante Notario o copias cotejadas ante la Secretaria Municipal, en el área de administración o gestión educacional, supervisión y evaluación educacional, de conformidad a lo establecido en el artículo 29 del Reglamento de la Ley Nro. 19.070.

5.9 Certificado o documento que acredite los años de servicio y de cuenta de a lo menos 5 años de ejercicio de docencia de aula. (Copia del o los contratos de trabajo, y/o finiquito en que conste el tiempo efectivo de desempeño docente y/o certificados de cotización previsional y/o certificado laboral otorgado por el empleador)

5.10 Informe de desempeño del último empleador. (Con identificación y firma de quien lo emite) 5.11 Declaración Jurada Simple de no haber sido sancionado con término de contrato por sumario

y/o habérsele aplicando medida disciplinaria de menor entidad en más de una ocasión (en los últimos 5 años) y de no estar inhabilitado por alguna de las causales del artículo 10 del Reglamento de la Ley Nro. 19.070, ni estar condenado en virtud de la le 19.325 y/o 20.066.

5.12 Declaración jurada simple de no estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o procesado o formalizado por crimen o simple delito de conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.070, en virtud de la ley 19.325 y/o 20.066. Esta declaración será notarial en caso de ser elegido director.

5.13 Declaración jurada simple de tener salud compatible con el desempeño del cargo (el certificado de salud sólo se exigirá a quien gane el concurso) emitido por el Servicio de Salud.

5.14 Certificado de premios y reconocimientos a la labor pedagógica obtenidos por el postulante en caso de contar con ellos.

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5.15 Presentación del Proyecto Educativo de Gestió n Directiva del respectivo establecimiento o los establecimientos a los que po stula en caso de ser seleccionado para la segunda etapa. 4

6. DE LA RECEPCION DE ANTECEDENTES:

6.1. Se recepcionarán los antecedentes de postulaci ón del 27 de Diciembre al 03 de Enero de 2011, en la Oficina de Partes del Departamento de Educación de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, en horario de 08:00 a 14:00 Hrs. 6.2. Al momento de presentar sus antecedentes, los interesados recibirán el talón de la solicitud de postulación en el cual se asignará el número de expediente con que ingresa al concurso. A los postulantes de regiones se les remitirá el comprobante al domicilio registrado en el currículum mediante carta certificada. 6.3. Cada participante podrá postular al número de establecimientos que estime conveniente, sin embargo, deberá indicar CLARAMENTE el orden de preferencia de postulación. (Anexo Nº3). Del mismo modo, deberá presentar todos los antecedentes solicitados por cada uno de los establecimientos a los que postula, debiendo presentar sólo uno de ellos con antecedentes originales y los restantes fotocopias autorizadas por la Secretaria Municipal que actuará como ministra de fe.

Nota: Los antecedentes solicitados en original o legalizados, podrán ser cotejados por la Secretaria Municipal quien podrá certificar que los documentos presentados son copia fiel de su original, para lo cual deberá exhibir la copia simple (fotocopias) junto al documento original. 7. DE LA SELECCIÓN: Cerrado el plazo de recepción de antecedentes, la Comisión Calificadora del concurso procederá a la etapa de selección de los postulantes, previo cumplimiento de los requisitos de postulación (indicados en puntos 4 y 5 de las Bases del Concurso). La falta de cualquiera de los documentos solicitados significará la eliminación del postulante del concurso. Toda certificación o documento que se presente y que no corresponda a lo solicitado no será considerado para ningún efecto de la selección en cualquiera de sus etapas. Para la selección existirán dos etapas, etapa 1 y etapa 2, sólo pasarán a la etapa 2 los postulantes que hayan obtenido los 5 primeros lugares en el puntaje total de la primera etapa en cada establecimiento, que contempla un máximo de 24 puntos.

4 Los Proyectos Educativos de Gestión de los establecimientos de Enseñanza Básica deben estar relacionados con los Planes de Mejoramiento en el marco de la Ley de Subvención Escolar Preferencial, SEP, publicados en el portal www.daemcopiapo.cl, link Biblioteca, carpeta Concurso Público.

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ETAPA 1 – Puntaje Máximo: 24

CRITERIO EVALUADO PUNTAJE MINIMO PUNTAJE MAXIMO Cargos desempeñados en el sistema educacional 1 6 Años de Experiencia en educación 1 4 Aportes a la Educación 0 10 Perfeccionamiento 1 6 TOTAL 3 24 ETAPA 1. Revisión de antecedentes Profesionales del Postul ante: a) Cargos desempeñados en el sistema educaciona l, como docente directivo, docente técnico pedagógico, docente de aula o docente de aula miembro del equipo técnico pedagógico o de gestión, todos debidamente acreditados.5

CARGO DESEMPEÑADO PUNTAJE POR CARGO DESEMPEÑADO

Docente de aula

1

Docente de aula miembro del equipo técnico pedagógico o de gestión

2

Docente con cargo técnico-pedagógico titular

3

Docente con cargo directivo titular

4

* Se considerará sólo el cargo superior, no siendo estos puntajes acumulativos. b) Años de Experiencia en educación: Se considerarán los años servidos tanto como Docente de aula, Docente Técnico Pedagógico y Docente Directivo. El postulante deberá certificar la acumulación de estos años de experiencia. Los postulantes que acrediten una experiencia educativa de a lo menos 3 (tres) años en establecimientos rurales, tendrán 1 (un) punto extra en su postulación.

TRAMO PUNTAJE POR AÑOS DE EXPERIENCIA

1 a 5 años 1 6 a 10 años 2

11 a 15 años 3 16 años y más 4

5 A los docentes de aula que participen como miembros del Equipo Técnico Pedagógico o de Gestión, deberán acreditar esta condición mediante un certificado emitido por el director del establecimiento en el que desarrolló la función.

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c) Aportes a la Educación: Los postulantes podrán certificar su participación directa en la formulación e implementación de Planes de Mejoramiento, Proyectos Educativos, Programas Educativos y la realización de capacitaciones o asesorías pedagógicas a los docentes en los últimos cinco años, que hayan significado un mejoramiento de la calidad de la Educación en aquellos establecimientos donde se ejecutaron y que estén debidamente acreditados. Se considerarán indicadores los resultados del SIMCE, PSU, Tasas de Reprobación, Aprobación y Deserción, así como también el porcentaje de asistencia de alumnos y docentes y la participación de los apoderados en el establecimiento. Debiendo abarcar a lo menos una muestra de los tres últimos años o mediciones. El puntaje máximo de este criterio es de 10 puntos.

INDICADOR DE APORTES A LA EDUCACIÓN PUNTAJE Formulación, implementación y/o coordinación de Planes de Mejoramiento, Proyectos Educativos y Programas Educativos

5

Realización de capacitaciones, relatorías o asesorías pedagógicas a Docentes.

5

* Sólo se considerará una certificación por indicador, evaluando cada uno con un puntaje máximo de 5 puntos, ambos son sumativos. d) Perfeccionamiento: pertinente al cargo al que concursa y el perfeccionamiento acumulado en otras áreas educativas. La evaluación se realizará en función de las correspondientes certificaciones. Se otorgará al postulante el puntaje obtenido sólo en el tramo superior, no siendo acumulables entre sí.

INDICADOR TRAMO (Horas)

PUNTAJE

240 - 1.900 1

1.901 - 3.000 2

CURSOS

3.001 y más 3 DIPLOMADO - 4 POSTÍTULO - 5 POSTGRADO - 6

* Se considerará sólo 1(un) diplomado, un postítulo, un postgrado por postulante. NOTA: Si al final de esta etapa se produjese una igualdad de puntajes entre dos o más postulantes la comisión calificadora del concurso fijará el orden de precedencia, tomando en cuenta primero y descendentemente, de ser necesario, los siguientes criterios:

1) Puntaje obtenido en Aportes a la Educación. 2) Puntaje obtenido en Perfeccionamiento. 3) Puntaje obtenido en Cargos Desempeñados en el Sistema Educacional. 4) Puntaje obtenido en Años de Experiencia en Educación.

De persistir la igualdad entre dos o más postulantes, el orden de precedencia se decidirá por sorteo.

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ETAPA 2: Participarán sólo los postulantes que hubiesen alcanzado los cinco mayores puntajes por establecimiento, sumados los puntos a, b, c y d de la primera etapa, contemplando una nota mínima de 1 y máxima de 7.

CRITERIO EVALUADO NOTA MINIMA NOTA MAXIMA Evaluación Psicolaboral 1 7 Prueba de conocimientos sobre Gestión Educacional.

1 7

Presentación, Proyecto Educativo de Gestión Directiva.

1 7

PROMEDIO 1 7 La etapa 2 evaluará tres indicadores en base a las siguientes ponderaciones:

INDICADOR PONDERACIÓN Evaluación Psicolaboral 20% Prueba de conocimientos sobre Gestión Educacional. 40% Presentación, Proyecto Educativo de Gestión Directiva. 40%

a) Aplicación de Evaluación Psicolaboral: Realizada por una institución externa debidamente acreditada y en virtud del dictamen Nº 36.370 de 2001 de la Contraloría General de la República.6 La evaluación será calificada con nota de 1 a 7 de acuerdo a los rangos establecidos por los profesionales que aplicarán la evaluación.

b) Prueba de conocimientos sobre Gestión y Administración Educacional: Se aplicará un

instrumento masivo a los postulantes para determinar sus conocimientos y aptitudes respecto del perfil del cargo al que postula (Anexo 4). Esta prueba será realizada por una institución externa contratada especialmente para este fin y se evaluará con calificación de 1 a 7. Esta medición tomará como referencia, entre otros, las siguientes materias: Marco para la Buena Dirección; Marco para la Buena Enseñanza; Ley Sep; Ley General de Educación; Subvención Escolar Preferencial; Padem 2011 y Principios Educativos Municipales.

c) Presentación de un Proyecto Educativo de Gestión Directiva: Cada concursante deberá realizar una presentación de una propuesta de mejoramiento institucional para el establecimiento al cual postula, centrándose en el Liderazgo Institucional y Pedagógico y la Convivencia Escolar. La presentación de la propuesta de trabajo deberá ser oral y tendrá una duración máxima de 20 minutos. 7 La evaluación se ponderará de 1 a 7 de acuerdo a 6 parámetros que serán promediados finalmente en relación a los siguientes indicadores:

6 Expresa que en los Concursos Públicos pueden evaluarse aspectos relacionados con el desempeño profesional a través de entrevistas personales, y se acepta la realización de test psicológicos y de gestión y liderazgo, para determinar la idoneidad de un profesional de la educación para acceder a un cargo vacante. Así, las entrevistas psicológicas y personales no son requisitos adicionales, sino parámetros a través de los cuales se miden los factores previstos en la ley. 7 Para el caso de las escuelas básicas debe ir en concordancia con los Planes de Mejoramiento Educativo en el marco de la Subvención Escolar Preferencial.

Page 9: DIRECTORES DE EXCELENCIA

Indicadores

1. La propuesta se adapta y responde a las problemáticas que experimenta los establecimientos educacionales en la actualidad.

2. La propuesta establece mecanismos para enfrentar y resolver conflictos al interior de la escuela y liceo, e identificar obstáculos y soluciones en su interior.

3. La propuesta asocia elementos claves del liderazgo como trabajo en equipo, actitud democrática y participación de todos los miembros de la escuela o liceo.

4. La propuesta señala cómo mejorará los indicadores internos del establecimiento diagnosticados en el plan de mejoramiento.

5. Presenta fluidez y corrección en la expresión oral 6. Presenta solidez en la presentación y defensa de la propuesta presentada. Nota: La no presentación de un postulante a cualquiera de las evaluaciones de esta etapa, significará su inmediata eliminación del concurso, asimismo, si la comisión detectase que alguna propuesta presentada por un postulante es copia íntegra o parcial de otra propuesta, ya se refiera a otra postulación o a otros concursos, y previa certificación del hecho por el Ministro de Fe, constituirá causal suficiente para declarar de inmediato la eliminación del postulante, sin perjuicio de las acciones sumarias o judiciales que pudiesen iniciarse, según el caso. Si en esta etapa se produjese una igualdad de puntajes entre dos o más postulantes, la comisión calificadora del concurso fijará el orden de precedencia, tomando en cuenta primero y descendentemente, de ser necesario, los siguientes criterios: 1) Puntaje obtenido en la presentación de la propuesta pedagógica. 2) Puntaje obtenido en la prueba de conocimiento. De persistir la igualdad entre dos o más postulantes el orden de precedencia se decidirá por sorteo. 8. DE LA RESOLUCIÓN DEL CONCURSO, COMUNICACIÓN Y NO MBRAMIENTO DE POSTULANTES SELECCIONADOS: Lo establecido en la Ley Nº 19.070 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 453/91.

8.1. Finalizado el proceso de selección, la Comisión Calificadora ordenará a los participantes preseleccionados, en estricto orden de puntaje, ponderados los aspectos acumulados, y elaborará un informe que detalle el resultado obtenido por cada postulante preseleccionado. En base a este informe, resolverá la Autoridad Edilicia. 8.2. En caso de renuncia voluntaria de quien ocupe el primer lugar en el concurso, el Alcalde nombrará a quien ocupe el segundo lugar en la lista y así sucesivamente con los postulantes seleccionados, de acuerdo a los mismos antecedentes ponderados. La renuncia referida deberá autorizarse ante Notario Público o ante el Secretario Municipal. 8.3. La Comisión Calificadora del Concurso enviará la Nómina Oficial del Concurso al Alcalde, quien dictará el Decreto Alcaldicio de incorporación a la Dotación Docente, en un plazo de cinco días, contados desde la recepción del informe emitido por la Comisión Calificadora. 8.4. Cualquier situación no prevista en las Bases del Concurso, será resuelta por la Comisión Calificadora, de acuerdo al DFL N° 1/96 y al DS. N° 4 53/91 de Educación. 8.5. El cargo se asumirá por un período de 5 años de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32 inc.6° el Estatuto Docente a partir de la fecha de la dictación de la Resolución de la autoridad edilicia.

Page 10: DIRECTORES DE EXCELENCIA

8.6. Se notificará por carta certificada, sólo a los postulantes que se adjudicaron el cargo en concurso.

9. DE LA REMUNERACIÓN: La que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 19.070, más la que fijan las leyes complementarias. 10. DE LA COMISION CALIFICADORA: Constitución de Comisión Calificadora Comunal del Concurso Directores (as): La comisión calificadora del concurso estará integrada, en virtud de lo establecido en el artículo 31 bis de la Ley Nro. 19.070, en relación con el artículo 86 del Reglamento de la Ley Nro 19.070 de la siguiente forma.

a) Por el Director del Departamento de Administración de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de Copiapó o su reemplazante. b) Por un Director Titular de otro establecimiento de la comuna, que imparta el mismo nivel de enseñanza, seleccionado por sorteo. c) Un representante del centro general de padres y apoderados del establecimiento elegido por estos. d) Por un docente elegido por sorteo de entre los profesores titulares de la dotación del Establecimiento. e) Por un funcionario del Departamento Provincial de Educación/MINEDUC, quien actuará como Ministro de fe, sin derecho a voto.

11. DEL CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO

Proceso Desde Hasta Publicación Llamado a Concurso (Diario de circulación nacional y web: www.daemcopiapo.cl)

17 de Noviembre 03 de Enero

Entrega Bases de Concurso. 06 de Diciembre Desde las 12:00 hrs.

15 de Diciembre Hasta las 14:00 hrs.

Recepción de antecedentes de los postulantes. 27 de Diciembre 03 de Enero Apertura y Evaluación de antecedentes por Comisiones Calificadoras de Concursos.

04 de Enero 06 de Enero

Publicación de preseleccionados. 07 de Enero 07 de Enero Exposición y defensa de los planes presentados 10 de Enero 12 de Enero Test de conocimientos 13 de Enero 13 de Enero Evaluación psicológica 14 de Enero 14 de Enero Evaluación final de la Comisión Calificadora 18 de Enero 19 de Enero Publicación de resultados finales. 21 de Enero 21 de Enero Presentación de reclamos o reconsideraciones ante la Comisión Calificadora.

24 de Enero 25 de Enero

Respuesta a los reclamos o reconsideraciones. 26 de Enero 27 de Enero Informe final comunicado al Sr. Alcalde. 28 de Enero 28 de Enero Notificación de los seleccionados. 01 de Febrero 01 de Febrero Asunción de funciones. 01 de marzo

Page 11: DIRECTORES DE EXCELENCIA

ANEXO Nº1

FICHA DE INDENTIFICACION DEL POSTULANTE

BASES CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION PARA PROVEER AL CARGO DE DIRECTOR(A) DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COPIAPO

NOMBRES

APELLIDOS

RUT

DOMICILIO

FONO

CELULAR

E-MAIL

FECHA DE POSTULACION

FIRMA DE POSTULANTE

Page 12: DIRECTORES DE EXCELENCIA

ANEXO Nº2

ORDEN DE PRELACION DE ESTABLECIMIENTOS

BASES CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION PARA PROVEER AL CARGO DE DIRECTOR(A) DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COPIAPO

NOMBRES

APELLIDOS

RUT

ESTABLECIMIENTO Y CIUDAD ACTUAL

ESTABLECIMIENTOS A LOS CUALES POSTULA PRIORIDAD 1

PRIORIDAD 2

PRIORIDAD 3

PRIORIDAD 4

PRIORIDAD 5

PRIORIDAD 6

FIRMA DE POSTULANTE

Page 13: DIRECTORES DE EXCELENCIA

ANEXO Nº3

CURRICULUM VITAE (Resumido)

I. IDENTIFICACIÓN DEL POSTULANTE NOMBRE

RUN

NACIONALIDAD

DIRECCIÓN

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

II. ANTECEDENTES ACADÉMICOS a) TÍTULO (S) PROFESIONALES. TÍTULO PROFESIONAL

INSTITUCIÓN/SEDE

N° DE SEMESTRES

AÑO DE TITULACIÓN

TÍTULO PROFESIONAL

INSTITUCIÓN/SEDE

N° DE SEMESTRES

AÑO DE TITULACIÓN

Page 14: DIRECTORES DE EXCELENCIA

B) POSTÍTULOS

Nombre del Postítulo Institución Otorgante N° de

horas Nota Fecha de

certificación

C) DIPLOMADOS

Nombre del Diplomado Institución Otorgante N° de

horas Nota Fecha de

certificación

D) CURSOS

Nombre del Curso Institución Otorgante N° de horas

Nota Fecha de certificación

E) POST-GRADO (S)

Nombre del Post-grado Institución Otorgante N° de horas

Nota Fecha de certificación

Page 15: DIRECTORES DE EXCELENCIA

III. ANTECEDENTES LABORALES.

F) EXPERIENCIA LABORAL EDUCACIONAL (ÚLTIMOS 10 AÑOS)

Cargo Desempeñado Años Institución Nombre Jefe Directo

G) EXPERIENCIA LABORAL EN OTROS ÁMBITOS (ÚLTIMOS CINCO AÑOS)

Actividad Desempeñada Años Institución Jefe Directo

Page 16: DIRECTORES DE EXCELENCIA

IV. OTROS ANTECEDENTES.

H) INFORMACIÓN ADICIONAL (MARQUE CON UNA X)

INDICADOR

NIVEL BASICO

NIVEL INTERMEDIO

NIVEL AVANZADO

MANEJO DEL IDIOMA INGLÉS

MANEJO PROGRAMA WORD

MANEJO PROGRAMA EXCEL

MANEJO PROGRAMA POWER POINT

MANEJO INTERNET

MANEJO CORREO ELECTRÓNICO

MANEJO DE ESTADÍSTICAS

OTRO (INDIQUE)

OTRO (INDIQUE)

FIRMA

Page 17: DIRECTORES DE EXCELENCIA

ANEXO Nº4

PERFIL DEL POSTULA NTE

Competencias de Liderazgo: Actitud democrática y pluralista de respeto por todas las personas y grupos que conforman la comunidad escolar. 1. Capaz de escuchar con empatía y asertividad. 2. Expresa sentimientos en forma adecuada, aceptando propuestas diferentes para

trabajar colaborativamente. 3. Autonomía y motivación por la tarea, entusiasmo y compromiso. 4. Capacidad para enfrentar y resolver conflictos. 5. Espíritu de superación. 6. Capacidad de innovación y creatividad. 7. Responsable y con principios éticos sólidos. 8. Con capacidad de autocrítica al momento de identificar obstáculos o problemas y

buscar soluciones.

Competencias Técnicas: Suponen una combinación de habilidades cognitivas y metodológicas que posibilitan la implementación y liderazgo del proyecto educativo institucional.

1. Posee una sólida formación pedagógica y académica. 2. Conoce las políticas nacionales de educación y los procesos de evaluación

asociados a ella, así como el Marco para la Buena Enseñanza, el Marco para la Buena Dirección y el PADEM municipal de Copiapó.

3. Conoce y valora las políticas nacionales acerca de la diversidad y de los niños y niñas con necesidades educativas especiales y Ley SEP.

4. Tiene una amplia formación cultural que le permite comprender la complejidad de los procesos pedagógicos y sociales.

5. Lidera la Unidad Educativa en torno a un proyecto pedagógico actualizado y pertinente.

6. Es capaz de trabajar en equipo en forma planificada, y con delegación para fortalecer la corresponsabilidad.

7. Se expresa verbalmente y por escrito con claridad y coherencia. 8. Maneja programas computacionales a nivel usuario. 9. Valora la educación pública, tiene altas expectativas de lo que pueden lograr

alumnos y alumnas en este sistema. 10. Establece liderazgos distributivos y basados en principios de autonomía y

participación de todos los miembros de la escuela. 11. Es capaz de administrar en forma sustentable los recursos humanos, técnicos y

económicos. 12. Tiene capacidad para diagnosticar y priorizar de modo que planifica y proyecta

acciones en torno de metas. 13. Posee capacidad de evaluar procesos y retroalimentar la gestión.

Page 18: DIRECTORES DE EXCELENCIA

14. Resuelve conflictos, negocia en forma asertiva sin perder de vista los objetivos del proyecto educativo.

15. Es capaz de conducir un proyecto educativo vinculándose con todos los actores de la comunidad.

16. Es capaz de articular las demandas cotidianas con las metas a largo plazo, sin perder de vista los objetivos del proyecto educativo.

17. Es capaz de promover y apoyar una cultura organizacional flexible.

Page 19: DIRECTORES DE EXCELENCIA

DE C L A R A C I O N J U R A D A

En este acto, yo _____________________________________________________________________ Domiciliado (a) en _____________________________________________________________________ Cédula de Identidad Nº ____________________________________________________________________ Declaro: Que no me afecta ninguna inhabilidad para el ejercicio del cargo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 24, de la Ley Nº 19.070 y el Art. 65 de su reglamento, ni para ingresar a la Administración Pública como se contempla en la Ley Nº 19.653 en especial el Art. 56, -no me encuentro actualmente suspendido de ningún empleo, función o cargo en virtud de resolución dictada en sumario administrativo, instruido en Servicios Municipales, Semifiscal de Administración Autónoma, de Beneficencia o de otros organismos Estatales, además que no he cesado en un cargo público como consecuencia de haber tenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria. – No tengo la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulo, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente inclusive - Declaro asimismo, que no he sido procesado ni formalizado por resolución ejecutoriada en proceso por crimen o simple delito de acción pública, ni condenado en virtud de la ley nº 19.325 sobre violencia intrafamiliar. Finalmente declaro no haber sido condenado por alguna de las señaladas en el artículo 10 del D.S 453/ 91 de Educación.- En comprobante y previa lectura firmo. Declaro los siguientes cargos presentados en mi contra:

_____________________ Firma del declarante

COPIAPO, ………………….de……………………de 2010.

Page 20: DIRECTORES DE EXCELENCIA

DE C L A R A C I O N J U R A D A Yo, …………………………………………………………………………., declaro tener una

salud compatible para el desempeño del cargo al que postulo.

Firma del Postulante

COPIAPO, ………………….de……………………de 2010