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» Arotinco Choque, Betzi » Cuadros Rodríguez, Héctor » La Torre Batisttini, Cliff » Noa Huamani, Angel » Orejón Rodríguez, 201 5

Expo Sunafil

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Información del organo que regula la promoción y el cumplimiento de los valores de los trabajadores dentro de cada empresa

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Page 1: Expo Sunafil

» Arotinco Choque, Betzi» Cuadros Rodríguez, Héctor

» La Torre Batisttini, Cliff» Noa Huamani, Angel

» Orejón Rodríguez, Ruth

2015

Page 2: Expo Sunafil

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL

(SUNAFIL)

2

SUNAFIL

Page 3: Expo Sunafil

SUNAFIL : MISIÓN

Ser el Organismo Técnico responsable de:

Promover Fiscalizar Supervisar

El cumplimiento de las normas laborales, favoreciendo la formalidad y productividad en el Perú.

Page 4: Expo Sunafil

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SUNAFIL: PRINCIPALES FUNCIONES

Supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral

Aprobar políticas institucionales en materia de inspección del trabajo.

Formular y proponer disposiciones normativas.

Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales en el orden sociolaboral

Imponer sanciones establecidas en materia sociolaboral

Efectuar procedimientos de ejecución coactiva

Page 5: Expo Sunafil

Registro en el Plame y T-Registro

Afiliación al Sistema de Seguridad Social

Pago de aportes a EsSalud, AFP u ONP

Contratación de SCTR, Seguro de Vida Ley

Pago oportuno y correcto de Beneficios Laborales

Principales Operativos de Fiscalización Laboral

Page 6: Expo Sunafil

Organismo Técnico

Especializado del MTPE

Órganos:• Consejo Directivo

• Superintendente• Tribunal de Fiscalización

Laboral

• Órganos de Apoyo• Órganos de Línea

• Órganos Desconcentrados

Autoridad Central del Sistema de Inspección del

Trabajo y elabora políticas en materia de

inspección del trabajo

Estructura de la SUNAFIL

Page 7: Expo Sunafil

PRINCIPALES MODIFICACIONES CON LA NUEVA LEY DE LA SUNAFIL

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Page 8: Expo Sunafil

Principales Modificaciones con la nueva ley de la SUNAFIL

Tema Ley N° 28806 Modificatoria Ley N° 29981 Aplican

Competencia de la

Inspección

MTPE: Todas las empresas de Lima

Regiones: Todas las empresas de su ámbito territorial

SUNAFIL: Empresas del país que no sean mypes

Regiones: Mypes de su ámbito territorial

MTPE: Mypes de Lima (hasta transferencia a Municipalidad de Lima)

Competencia en sistemas

previsionales y salud

Verificar afiliaciónVerificar cumplimiento de todas las obligaciones sobre los trabajadores

SUNAFIL y Gobiernos Regionales

Ejecución Coactiva

MTPE : Lima

Regiones : Su ámbito

SUNAFIL: Todo el país de acuerdo a competencia

Regiones: Su ámbito territorial

SUNAFIL y Gobiernos Regionales

Page 9: Expo Sunafil

Principales Modificaciones con la nueva ley de la SUNAFIL

Tema Ley N° 28806 Modificatoria Ley N° 29981 Aplican

Instancias

Primera: Sub Director Inspección

Segunda y última: Director Inspección

Primera: Sub Director Inspección

Segunda y última (cuando corresponda): Director Inspección

Revisión (cuando corresponda): Tribunal de Fiscalización Laboral

SUNAFIL y Gobiernos Regionales

Dependencia de Autoridad

Central

MTPE: Lima : Administrativa, funcional y técnicamente

Regiones: Técnicamente

SUNAFIL: Administrativa, funcional y técnicamente

Regiones: Funcional y Técnicamente

MTPE: Lima : Funcional y Técnicamente

SUNAFIL y Gobiernos Regionales

Page 10: Expo Sunafil

NUEVO RÉGIMEN DE SANCIONES PROPUESTO

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Page 11: Expo Sunafil

Nuevo Régimen de Infracciones y Sanciones con SUNAFIL

Nueva escala de multas máximas

Tipo de infracción Multa máxima anterior Nueva multa máxima (*)

Muy grave 20 UIT 200 UIT

Grave 10 UIT 100 UIT

Leve 5 UIT 50 UIT

(*) La multa impuesta a las micro o pequeña empresa se reducen al 50%

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Page 12: Expo Sunafil

NUEVOS PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN

12

Page 13: Expo Sunafil

Procedimiento Inspectivo

13

Inicio de oficio con Orden de inspecció

n

Inicio de actuacione

s

Actuaciones: Comprobació

n datos, visita,

comparecencia

Plazo máximo de 30 Días (prorrogables), salvo SST

Requerimiento

Acta o Informe

Señala empresa a inspeccionar, domicilio, materias a inspeccionar, inspector (es) asignado(s), plazo de la investigación.

Page 14: Expo Sunafil

14

Procedimiento Sancionador

Inicio de oficio

con acta de

Infracción

Notificación al sujeto responsab

le

Descargos

15 Días

Resolución

Puede realizar actuaciones o

diligencias

15 Días

Tercer día de

notificada

i) Fundamentada: precisándose el motivo de la sanción, la norma legal o convencional incumplida y los trabajadores afectados; ii) Contendrá el mandato de la AAT, dirigido al responsable, para que cumplan con subsanar las infracciones por las que fueron sancionados.

Merecen fe, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar los sujetos responsables, en defensa de sus respectivos derechos e intereses

Medidas de carácter

provisional

30 días para

resolver

Apelación

Page 15: Expo Sunafil

Tribunal de Fiscalización Laboral

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El Tribunal de Fiscalización Laboral constituido como última instancia administrativa, es un órgano resolutivo con independencia técnica que actúa en los casos de su competencia mediante la interposición del recurso de revisión. Asimismo, expedirá resoluciones que constituirán precedentes de observancia obligatoria.

Medios de impugnación

Los medios de impugnación previstos en el procedimiento sancionador son los siguientes:

a) Recurso de apelación: se interpone contra la resolución que pone fin al procedimiento administrativo dentro del tercer día hábil posterior a su notificación.

b) Recurso de revisión: es de carácter excepcional, se interpone dentro del quinto día hábil de resuelto el procedimiento en segunda instancia, y solo se sustenta en las causales establecidas en el reglamento.

Page 16: Expo Sunafil

PRINCIPALES OPERATIVOS DE FISCALIZACIÓN LABORAL

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Page 17: Expo Sunafil

COMPENSACIÓN PORTIEMPO DE SERVICIOS

• Pagar puntualmente la CTS (15 de mayo y 15 de noviembre)

• Entregar la hoja de liquidación de la CTS al trabajador.

• Informar a tiempo sobre las seis remuneraciones bruta al depositario de la CTS.

Pago de CTS

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 18: Expo Sunafil

GRATIFICACIONES

OTORGADOS POR EL EMPLEADOR AL TRABAJADOR

EN FESTIVIDADES O ACONTECIMIENTOS ESPECIALES

NavidadFiestas Patrias

Pago de Gratificaciones Legales

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 19: Expo Sunafil

PARTICIPACIÓNEN LAS

UTILIDADES

EMPRESAS QUE REALICEN ACTIVIDADES GENERADORASDE RENTAS DE 3º CATEGORIA,

CON PROMEDIO ANUAL DE 20 O MÁS TRABAJADORES

Pago de Utilidades

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 20: Expo Sunafil

Despido

Se debe efectuar en los casos y forma permitida por

la ley

Es indispensable

la existencia de una causa justa debidamente comprobada

La demostración

de la causa justa

corresponde al empleador

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 21: Expo Sunafil

Sin causa justa

Sin procedimiento establecido (imputación,

descargos, respeto de plazos)

Se repara con la indemnización por despido

arbitrario

Despido Arbitrario

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 22: Expo Sunafil

Despido Nulo

Causales previstas en el Art. 29º de LPCL

El trabajador puede optar por: reposición o la indemnización

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 23: Expo Sunafil

23

Modificaciones recientes al TUO de la LPCL

Artículo 23°.- Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador:

a) Las deficiencias físicas, intelectuales, mentales o sensoriales sobrevenidas cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes, impiden al desempeño de sus tareas, siempre que no exista un puesto vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos para su seguridad y salud o la de terceros.

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 24: Expo Sunafil

24

Artículo 29°.- Es nulo el despido que tenga por motivo:(…)d) La discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma,discapacidad o de cualquier otra índole.

Artículo 30°.- Son actos de hostilidad equiparables al despido los siguientes:(…)f) Los actos de discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma, discapacidad o de cualquier otra índole:(…)h) La negativa injustificada de realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo para los trabajadores con discapacidad.(…).

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Modificaciones recientes al TUO de la LPCL

Page 25: Expo Sunafil

Despido Indirecto

Se puede optar por la Indemnización por Despido Arbitrario

Actos de Hostilidad se equiparan al despidoArt. 30º de TUO de LPCL

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 26: Expo Sunafil

Cese del trabajador

Liquidación de Beneficios Sociales• Entrega dentro de las

48 horas del cese• Se debe dejar

constancia del depósito de la CTS

Constancia de Trabajo• Debe indicar tiempo

de prestación de servicios y naturaleza de las labores desempeñadas

Otros certificados• Retención de IR 5ta

Categoría• Pago de aportes

previsionales

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 27: Expo Sunafil

Verificar la existencia de causa justa que justifique el

despido

Respetar los plazos y procedimientos

establecidos: imputación de la falta y descargos del

trabajador,

Si no se desea seguir contando con los servicios del trabajador, se puede

optar por la disolución del vínculo mediante el mutuo

disenso.

Se debe evitar que el trabajador inicie acciones judiciales pues esto sólo

ocasionaría grandes gastos económicos.

Recomendaciones para evitar reclamos por despido

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales

Page 28: Expo Sunafil

28

Establecer programas de capacitación y entrenamiento como parte de la jornada laboral, para que se logren y mantengan las competencias

establecidas

Implementa los registros y documentacion del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Adoptar medidas para que los trabajadores y sus representantes participen activamente en los procesos de organización, de planificación y

de aplicación, evaluación y acción del Sistema de Gestión de la SST.

Asegurar que los trabajadores y sus representantes sean consultados, informados y capacitados en todos los aspectos relacionados con su

trabajo, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia.

Obligaciones en materia de Seguridad y Salud

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Page 29: Expo Sunafil

29

Realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de SST.

Adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo.

Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para la participación de los trabajadores en cursos de

formación en la materia.

Entregar a cada trabajador copia del reglamento interno de SST

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Obligaciones en materia de Seguridad y Salud

Page 30: Expo Sunafil

30

Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.

Registro de exámenes médicos ocupacionales.

Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.

Registro de inspecciones internas de SST.

Implementación de registros de Seguridad y Salud

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Page 31: Expo Sunafil

31

Registro de estadísticas de seguridad y salud.

Registro de equipos de seguridad o emergencia.

Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

Registro de auditorías.

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Implementación de registros de Seguridad y Salud

Page 32: Expo Sunafil

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Discapacidad

Deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente.

Impide el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.

Se acredita con el certificado de discapacidad otorgado por los hospitales el MINSA, EsSalud y del Ministerio de Defensa y del Interior

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Trabajadores con discapacidad

Page 33: Expo Sunafil

33

Derechos de

personas con

discapacidad

• Derecho a trabajar, en igualdad de condiciones que las demás, en un trabajo libremente elegido o aceptado, con igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, y con condiciones de trabajo justas, seguras y saludables

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Trabajadores con discapacidad

Page 34: Expo Sunafil

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Cuota de empleo en materia de discapacidad

Entidades públicas

• Obligación de contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal.

Empleadores privados con más de 50 trabajadores

• Obligación de contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3% de la totalidad de su personal

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Page 35: Expo Sunafil

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Ajustes razonables para trabajadores con discapacidad

Adaptación de las herramientas de trabajo, las maquinarias y el entorno de trabajo.

Introducción de ajustes en la organización del trabajo y los horarios, en función de las necesidades del trabajador con discapacidad

Los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría tienen una deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre los

gastos por ajustes razonables para personas con discapacidad, en un porcentaje que es fijado por decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Page 36: Expo Sunafil

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Conservación del empleo de trabajadores con discapacidad

El trabajador que adquiere una discapacidad durante la relación laboral tiene derecho a conservar su puesto de

trabajo cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes, esta no es determinante para el desempeño de sus

tareas.

Si la discapacidad es determinante para la ejecución de las labores, dicho trabajador debe ser transferido a un puesto que sea

compatible con sus capacidades y aptitudes, en la medida que exista vacante, y que no

implique riesgos para su seguridad y su salud o las de otras personas.

Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo

Page 37: Expo Sunafil

INGENIERÍA DE SISTEMAS

Legislación Laboral Tributaria e Informática

Gracias