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GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA INCIDENCIA DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN UN ESCENARIO DE REFORMA PENSIONAL

Incidencia de Los Derechos Constitucionales de La Seguridad-1

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Incidencia de Los Derechos Constitucionales de La Seguridad Social

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GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA

INCIDENCIA DE LOS DERECHOS

CONSTITUCIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN UN ESCENARIO DE REFORMA

PENSIONAL

INTRODUCCIÓN Posible reforma pensional

Reformas pensionales involucraban

cuestiones financieras o administrativas

•Edades, tasas de reemplazo, traslado

de regímenes, transición, etc.

Hoy entran en juego, principios, valores

y derechos constitucionales

INTRODUCCIÓN

Pauta o referencia

Aparte de los tradicionales irrumpieron

otros

Con notoria influencia en la seguridad

social

Han enriquecido el panorama

normativo

En los parámetros y estándares para el

legislador

NUEVOS DERECHOS, REGLAS O PRINCIPIOS

El carácter de derecho fundamental de

los derechos de la seguridad social

El principio de progresividad

La protección de las expectativas

legítimas

La buena fe y la confianza legítima

La dignidad humana

NUEVOS DERECHOS, REGLAS O PRINCIPIOS

La favorabilidad, el in dubio pro operario y la condición más beneficiosa

La interdicción de la arbitrariedad

La sostenibilidad financiera del sistema

Los derechos adquiridos

La razonabilidad y la proporcionalidad

Protección de la cual gozan los niños, los discapacitados, las mujeres embarazadas y los adultos mayores

Garantía del poder adquisitivo pensional

Asunción de cargas públicas

Derechos de petición y debido proceso

Respeto de los regímenes de transición

NUEVOS DERECHOS, REGLAS O PRINCIPIOS

TEMAS A TRATAR

Es de interés analizar su estado actual

Análisis complejo

Solamente 4 de ellos

Resaltar algunos temas controversiales

Sentencia C-258-13

TEMAS A TRATAR

El concepto de norma regresiva y las

restricciones que surgen del principio de

progresividad

El más reciente concepto de derecho

adquirido respecto de los derechos

sociales

La naturaleza jurídica de la

sostenibilidad financiera

Carácter de derecho fundamental de los

derechos de la seguridad social

1. CONCEPTO DE NORMA REGRESIVA Y RESTRICCIONES QUE SURGEN DEL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Concepto de norma regresiva…

¿Por qué es importante tenerlo en

cuenta?

Reduce el margen de configuración del

legislador

Test de regresividad:

•Si la medida es regresiva

•Si afecta contenidos mínimos intangibles

•Si , pese a ser regresiva es justificada

Concepto de norma regresiva…

Fuerte carga demostrativa del Estado:

•Finalidad constitucional

•Efectivamente conducente para lograr la finalidad

•Necesaria para alcanzar el fin propuesto

•No afecta contenido mínimo

•Beneficio superior a costo

Concepto de norma regresiva…

Elemento habilitante para control

constitucional

Diferencia conceptual leve

CONCEPTO DE NORMA REGRESIVA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Disminución del radio de protección

Disminución de recursos públicos

invertidos

Afectación de sectores vulnerables

Aumento de requisitos para acceder al

derecho

Retrocede el nivel de satisfacción del

derecho

PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR REGRESIVIDAD

NORMATIVA Cotejo de normas

Verificar que guarden identidad entre sí

A partir de sus elementos normativos

Circunstancias normativas, destinatarios, beneficiarios, titulares, sujetos obligados, etc.

Y un examen de la evolución cronológica de las garantías

Examen objetivo

CONCEPTO DEL COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES

Y CULTURALES DE LA ONU Observación 19 sobre Seguridad Social:

“La supresión, reducción o suspensión de las

prestaciones debe ser limitada, basarse en motivos

razonables y estar prevista en la legislación nacional”

Directrices de Maastricht: “Cualquier medida que sea intencionalmente regresiva

y reduzca el nivel de protección de cualquiera de estos

derechos”.

NOCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS

HUMANOS

Sentencia cinco pensionistas contra Perú

Dimensión colectiva de los derechos

Desarrollo debe medirse en función de la cobertura

Sobre el conjunto de la población

No en función de un limitado grupo de pensionados

RECIENTE CRITERIO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Cambio en el procedimiento

Sentencia C-258-13

Auto de Comisión Interamericana

Estados pueden disminuir efectos

patrimoniales de pensiones

Creación de topes no es medida

regresiva

Reciente criterio de la Corte Constitucional

Vemos dos conceptos novedosos:

No toda norma que restrinja un derecho es regresiva

Se deben sopesar las implicaciones colectivas de la medida

El juicio no es meramente objetivo

Modificación del análisis de la regresividad

Justificación en dos momentos

•Antes de establecer regresividad

•Test de proporcionalidad

2. NUEVO CONCEPTO DE DERECHO ADQUIRIDO

RESPECTO DE LOS DERECHOS

PRESTACIONALES

Nuevo concepto de derecho adquirido

Protegidos por los artículo 48 y 58 de la C.P.

Se respetaban núcleo esencial, calidad, cuantía, efectos y condiciones

Reciente criterio de la Corte Constitucional

La garantía de los derechos adquiridos no es absoluta

Los derechos adquiridos tienen dos componentes:

Núcleo intangible

Elementos dinámicos

CRITERIOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE DERECHOS

ADQUIRIDOS Elementos intangibles: situaciones ya

agotadas

Los efectos futuros no son totalmente inmunes

La intangibilidad es sólo del derecho en sí mismo

Encontró posible limitar pago de mesadas futuras

Sólo se protegen los causados de conformidad con la ley y sin abuso del derecho

Criterios de la Corte Constitucional…

Fraude a la ley: Se desborda la

naturaleza de la institución jurídica

Abuso del derecho:

•Utilización para fines no queridos por

las normas

•Interpretación incompatible con el

ordenamiento jurídico

•Uso inapropiado por el titular

•Invocación desproporcionada de

normas

Criterios de la Corte Constitucional…

Situaciones particulares

•Alteración de documentos o falsedades

•Salto abrupto en el Ingreso base de

cotización

•Cotización en el último año de servicio

sin tope

•Vinculaciones precarias

Disminución en la protección de los

derechos pensionales

3. LA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DEL SISTEMA

Sostenibilidad financiera

¿Es la estabilidad financiera del sistema

un principio constitucional?

No es claro en el Acto Legislativo

En la exposición de motivos se le

consideró como principio

Para algunos doctrinantes es principio

¿Si es principio es solamente

instrumental?

O es un simple criterio

CRITERIOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Ha dicho que es principio, pero, más que todo, criterio

Antes del 2005 dijo: no es un fin último del Estado

No puede prevalecer sobre otros principios

Sostenibilidad fiscal del Acto Legislativo 3 de 2011

Sentencia C-288-12

Tiene carácter instrumental

Criterios sobre sostenibilidad financiera

No es principio constitucional que

redireccione los fines del Estado

Es previsión adjetiva que integra

herramientas

No tiene la misma jerarquía de los

principios fundamentales

Es guía para las autoridades del Estado

No debe ponderarse con principios

fundamentales

No pueden plantearse conflictos

normativos

Criterios sobre sostenibilidad financiera

Sentencia C- 258-13:

Herramienta al servicio del Estado Social

de Derecho

Acto Legislativo 1 de 2005: ejemplo de

reglas de sostenibilidad fiscal

Pero acudió a Comisión Interamericana:

Se justifican limitaciones en derechos que

propendan por la estabilidad financiera

Solo si buscan objetivos adicionales como

la equidad y la ampliación de la cobertura

4.- NATURALEZA FUNDAMENTAL DEL

DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU RELACIÓN CON

LA EFICIENCIA Y LA DIGNIDAD HUMANA

Naturaleza del derecho a la seguridad social

Catalogado como derecho fundamental

Instrumento al servicio del Estado Social de Derecho

Por principios de igualdad, solidaridad y dignidad humana, hay compromiso con la igualdad material y el mínimo vital

Hay deber de protección de los más débiles

El sistema debe tener instituciones, procedimientos y provisión de fondos

Debe estar sujeto al principio de eficiencia

Naturaleza del derecho a la seguridad social

El principio de dignidad proscribe

instrumentalización del ser humano

Legislador debe construir orden justo

Estado de cosas inconstitucional

Situación constitucionalmente relevante

Práctica inconstitucional en el ISS y

Colpensiones

Falta de previsión, inoperancia y falta

de preparación

Hay mejoría pero subsisten problemas

REFLEXIÓN

Reclamar cumplimiento cabal de funciones

No se debe olvidar objetivo de la seguridad social

Celoso en el cumplimiento de sus obligaciones

Obviamente también para los administradores privados

¿Habrá iniciativas para solucionar esos problemas?

5. CONCLUSIONES

Conclusiones

En reformas sólo se miran cuestiones macroeconómicas

El principio de progresividad debe ser tenido en cuenta en reformas pensionales

Para determinar regresividad no basta comparar textos

Hay que ver el beneficio social de la norma

La sola sostenibilidad financiera no justifica retrocesos en los derechos

Conclusiones

La sola sostenibilidad financiera no

justifica retrocesos en los derechos

Inconcebible demora en reconocimiento

de prestaciones

Para corregirlo no hacen falta reformas

Mientras más envejecen los

colombianos más doloroso es

el drama de andar

mendigando una pensión

Juan Gossaín

El arte de envejecer es el

arte de conservar alguna

esperanza

André Maurois

“Esto no es una limosna”, dijo.

“No se trata de hacernos un

favor. Nosotros nos rompimos el

cuero para salvar la república”.

El Coronel no tiene quien le

escriba