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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI San Joaquín Medellín MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ------------ Reglamento Escolar --------------

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA

MATER DEI

San Joaquín – Medellín

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

------------ Reglamento Escolar --------------

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Biografía de la Hermana

MADRE ELISA DE JESÚS JARAMILLO BOTERO

Se ha dicho en cada época de la historia, Dios suscita hombres o mujeres destinados a responder a las necesidades más apremiantes del hombre de la Iglesia. El olvido de la ley de Dios, el empuje del neo-paganismo, la problemática tan compleja creada por las nuevas situaciones sociales y laborales han recaído sobre la estructura tradicional de la familia por lo tanto de la niñez y de la juventud y han excitado la creatividad apostólica de la iglesia que debe llevar las luces y las soluciones del Evangelio eterno a todas las nuevas coyunturas de la historia. En una pintoresca región de Antioquia, de dilatados horizontes, de verdeantes campos y clima saludable, en la vereda “El Buey” , cerca de la apacible población de Abejorral, nació Elisa un 31 de diciembre de 1884, el hogar formado por don Fermín Jaramillo y Doña María Pilar Botero Campusano padres de 11 hijos. Al día siguiente de su nacimiento, el 1 de enero de 1885 fue bautizada por el Señor Cura, Jesús María Uribe en la Parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Abejorral y recibió el nombre de Elisa de Jesús. Era una familia integrada profundamente a la vida parroquial, lo que permitía a Elisa vivir la caridad con el prójimo. La diáfana, fiel, crucificada y generosa peregrinación de Elisa por este mundo comprende varias etapas bien claras y definidas: niña, joven, esposa, madre, viuda, religiosa y fundadora. A través de ellas la vida espiritual de Elisa se fue configurando hasta llevarla a la plenitud. Elisa se fue transformando de niña en joven. Impulsada por su caridad, pasó por el hogar de Don José Ramos que hacía poco había quedado viudo con dos hijos. Compadecida por su orfandad llegó para ofrecerles su amor y ternura. El padre de los niños miró a Elisa y quedó prendado de tan dulce, sencilla y atractiva mujer. Muy pronto entablaron amistad, mas tarde formalizaron su noviazgo. A la edad de 18 años contrajo matrimonio en el templo Parroquial de la Ceja, Antioquia el 14 de mayo de 1904 con José María Ramos. Como fruto de este amor, Dios los bendijo con dos hijos José María y Lucrecia. La felicidad de su matrimonio duró tan solo 4 años. Muy joven queda

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viuda con sus dos pequeños hijos. Los educa como una madre verdaderamente cristiana en el amor y el temor de Dios. En la soledad de su viudez descubre que otros necesitan de su ayuda y generosamente se dedica a las obras de beneficencia en favor de la niñez y juventud pobres y desamparadas; su celo apostólico se extendió también a los seminaristas, especialmente a los más pobres a quienes socorría como una madre en sus necesidades. El secreto para realizar esta hermosa misión fue la oración, su intimidad con Dios y el amor a la Excelsa Madre de Dios. Inspirada por el Señor y movida por la caridad funda en la Ceja Antioquia una obra social para proteger a las niñas pobres en peligro físico o moral, entregándose a ellas con ternura de madre; esta obra le fue arrebatada años más tarde. Sin embargo impulsada por el celo de salvar a las niñas y jóvenes más pobres organiza en Medellín un internado para niñas con el fin de educarlas y formarlas en sanas costumbres y enseñarles a ganar el pan dignamente. Elisa dotada de inteligencia clara, capacidad de organización, don de mando y sentido del humor, descubre que Dios la llama para la realización de una gran obra: “Fundar una nueva familia religiosa para la Iglesia”. Comienza por obras sociales porque ve la necesidad de amparar, recoger, educar y amar a tanos niños sin hogar. El 1 de octubre de 1936 colocan la primera piedra para la construcción y organización en Medellín del internado que le dio el nombre de “Mater Dei” respondiendo al gran amor y devoción que profesaba a la Santísima Virgen María. El 21 de noviembre fiesta de la Presentación de Nuestra Señora fue el escogido para la bendición de la casa de Mater Dei que tantos sudores le costó. A las 6:00 de la mañana llegaron de la Ceja 40 niñas internas felices y sonrientes como el que asiste a una fiesta. Madre Elisa sintió gran emoción al saludarlas y verlas allí reunidas y como ella siempre decía “pedazos de mi corazón”. Siente la necesidad de seguir sembrando la semilla del Reino de Dios y se desplaza hacia Palmira, Popayán y después de varios intentos de ser religiosa lanza con gran entusiasmo su proyecto de fundación como comunidad religiosa. Pero como nadie es profeta en su tierra, en la ciudad de Medellín no tuvo eco su proyecto de fundación, con ánimo confiado y profunda fe, se dirige a Popayán (Cauca) y el 25 de marzo de 1946, día de la Anunciación, se lleva a cabo en el templo de Belén de Popayán; la ceremonia de toma de hábito de Elisa y cinco compañeras. Ceremonia presidida por Monseñor Diego María Gómez Tamayo. Luego regresa de nuevo a Medellín, solicita un permiso prolongado a la Junta de Mater Dei porque prevé con claridad que la fundación religiosa redundaría más tarde en beneficio del Internado. La madre Elisa a principios de septiembre se sintió muy mal, con un fuerte cólico a la vesícula, requirió cirugía que se practicó el 10 del mismo mes; hizo su confesión general, emitió sus votos perpetuos y dejó constancia de que la casa Mater Dei era de su posesión y la dejó como herencia a su Congregación. En estos momentos decía a sus hijas “Ofrezco a Dios mis dolores y rindo mi vida por la salvación de mis hijos y el progreso de la Comunidad”. A menudo hablaba de que entregaba a la Virgen su Comunidad para que la protegiera y le diera prosperidad. En la madrugada del 11 de septiembre de 1950, entregó su alma a Dios rodeada de su comunidad y de los niños pedazos de su corazón. “EN EL CAMPO DE LA IGLESIA LA SEMILLA FRUCTIFICÓ”.

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RASGOS CARACTERÍSTICOS ELISIANOS INSTITUCIONALES:

1. El radicalismo evangélico: La madre Elisa optó radicalmente por el servicio a la niñez y juventud necesitada. Las palabras de Jesús sobre los niños “cuidado con escandalizarlos” Mt 18,10 marcaron el alma de la juventud para las que Cristo pidió respeto, asistencia y amparo.

2. Búsqueda: Buscadora permanente sin cansancio, ni pesimismos, sin derrotismo. Siempre en búsqueda. Ni siquiera los cuatro años que Dios le regaló como religiosa dejó de buscar cómo dar gloria a Dios y cómo salvar a muchos niños y jóvenes.

3. El despojo: “Mis caminos no son vuestros caminos, ni mis planes son vuestros planes” Is 55,8. Su incansable labor y su acendrado sacrificio los llevó a cabo con gran generosidad y despojo.

4. La cruz aceptada con amor: “Si alguno quiere venir conmigo, niéguese y tome su cruz. Mt

10,38. La cruz redentora proyecta su sombra sobre toda la vida de la madre Elisa. El día de la bendición de la primera piedra del edificio de Mater Dei en Medellín anotó en su diario “Esto es un triunfo de la Madre de Dios a quien he consagrado todos mis esfuerzos, alegrías, sinsabores y espinas.

5. Gran sentido eclesial: Su espíritu de fe, su gran devoción a la Sagrada Eucaristía, su interés

por el culto litúrgico, su especial empeño por las primeras comuniones y celo por la Santa Misa, la llevaron a una relación calificada con los sacerdotes a muchos de los cuales ayudó espiritual y materialmente.

6. Amor a María Madre de Dios: En las etapas de la vida de la madre Elisa, en todos sus escritos,

diarios y cartas, se respira un amor filial, desinteresado y dinámico a la Santa Madre de Dios. 7. Actitud apostólica y misionera: En el corazón de madre Elisa ardía el fuego del apóstol y

misionero como el servicio a la niñez y juventud. Por apostólica y por madre sentía y comprendía la amargura de la orfandad, de la soledad, del desamparo, de la pobreza, del desvalimiento de los niños y las niñas.

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TABLA DE CONTENIDO

PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN 07

FILOSOFÍA 07

MISIÓN 08

VISIÓN 08

VALORES INSTITUCIONALES 08

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ACTUACIÓN PEDAGÓGICA INSTITUCIONAL.

09

OBJETIVOS: GENERAL Y ESPECÍFICOS 11

PERFIL DEL ESTUDIANTE MATER DEI 12

JUSTIFICACIÓN 13

POLÍTICAS EDUCATIVAS 13

MARCO CONCEPTUAL Y LEGAL 13

RESOLUCIÓN RECTORAL 15

TÍTULO I: ADMISIONES Y MATRÍCULAS

CAPÍTULO I: ADMISIONES 17

CAPÍTULO II MATRÍCULAS 18

TÍTULO II: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

CAPÍTULO I: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 20

CAPÍTULO II: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 22

CAPÍTULO III: DERECHOS DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA 23

CAPÍTULO IV: DEBERES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA 24

CAPÍTULO V: DERECHOS DE LOS EDUCADORES 26

CAPÍTULO VI: DEBERES DE LOS EDUCADORES 26

TÍTULO III: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR, SIEE

CAPÍTULO I: LO ACADÉMICO 28

CAPÍTULO II: LA EVALUACIÓN 32

CAPÍTULO III: CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO 46

CAPÍTULO IV: SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO 50

TÍTULO IV: ACUERDOS SOBRE LA DISCIPLINA

CAPÍTULO I: LA DISCIPLINA 51

CAPÍTULO II: PRINCIPIOS APLICABLES Y NORMAS RECTORAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO

51

CAPÍTULO III: EVALUACIÓN DE LA DISCIPLINA 52

CAPÍTULO IV: CONDUCTO REGULAR DISCIPLINARIO 52

CAPÍTULO V: TIPIFICACIÓN DE SITUACIONES, DEBIDO PROCESO PARA SU ATENCIÓN Y ACCIONES PEDAGÓGICAS

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CAPÍTULO VI: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES 64

TÍTULO V REGLAMENTOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO I: SERVICIO DE BIBLIOTECA 65

CAPÍTULO II: SALAS DE INFORMÁTICA 67

CAPÍTULO III: MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS 67

CAPÍTULO IV: UNIFORME 67

CAPÍTULO V: DEPORTES Y OTROS GRUPOS REPRESENTATIVOS DE LA INSTITUCIÓN

68

CAPÍTULO VI: TIENDA ESCOLAR 68

CAPÍTULO VII: ACTIVIDADES EXTRACLASE 69

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CAPÍTULO VIII: PERSONERÍA, CONSEJO ESTUDIANTIL, CONTRALORÍA ESCOLAR Y EQUIPO DE APOYO.

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CAPÍTULO IX: REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DEL LABORATORIO

69

TÍTULO VI ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

CAPÍTULO I: CONSEJO DIRECTIVO 71

CAPITULO II: CONSEJO ACADÉMICO 72

CAPÍTULO III: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 73

CAPÍTULO IV: CONSEJO ESTUDIANTIL 86

CAPÍTULO V: PERSONERÍA ESTUDIANTIL 87

CAPÍTULO VI: CONTRALORÍA ESCOLAR 88

CAPÍTULO VII: GRUPO DE APOYO DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR 89

CAPÍTULO VIII: REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO

89

CAPÍTULO IX: REPRESENTANTE DE GRUPO 90

CAPÍTULO X: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

90

TÍTULO VII RECONOCIMIENTOS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA

CAPÍTULO I: ESTÍMULOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES.

93

CAPÍTULO II: ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA. 93

CAPÍTULO III: ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 93

CAPÍTULO IV: ESTÍMULOS PARA PERSONAL DE APOYO 95

TÍTULO VIII PROCEDIMIENTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO ESCOLAR O MANUAL DE CONVIVENCIA

GLOSARIO 97

ANEXOS

ANEXO 1 Funciones del personal directivo y docente 101

ANEXO 2 Compromiso académico 105

ANEXO 3 Compromiso de disciplina 106

ANEXO 4 Contrato pedagógico 107

ANEXO 5 Procedimiento para la autorización de permisos a los estudiantes

108

ANEXO 6 Autorización para salidas pedagógicas. 109

ANEXO 7 Presentación de excusas. 110

ANEXO 8 Solicitud de permiso. 111

BIBLIOGRAFÍA. 112

El Manual de Convivencia o Reglamento Escolar de la Institución Educativa Mater Dei es una herramienta pedagógica que promueve la sana convivencia y reconoce la equidad de género como uno de sus lineamientos. El uso de un lenguaje que reconozca la igualdad entre hombres y mujeres es de suma importancia para esta iniciativa. Sin embargo no existe un acuerdo sobre cómo mostrar la presencia de ambos sexos en nuestro idioma sin generar una sobrecarga gráfica con el uso de formas como: o/a, los/las o el signo @. Por tanto en la redacción de este manual se usará la forma masculina genérica para hacer referencia tanto a hombres como a mujeres.

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PRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN

El Manual de Convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI, enfoca las necesidades, intereses, compromisos y características de su Comunidad Educativa. Responde a las exigencias de una educación integral que fortalezca valores éticos, religiosos, morales, intelectuales, científicos, tecnológicos, recreativos, deportivos, artísticos, sociales, democráticos, culturales y ecológicos. Propende además por el desarrollo de la participación y el liderazgo de sus estudiantes. Es el instrumento que regula la convivencia y las relaciones interpersonales entre los estamentos que constituyen la Institución. Define los criterios y prácticas en las que se forman los niños, niñas y adolescentes que ingresan a la Institución, despertando en ellos ideales que lleven a mejorar su condición y calidad de vida. Este manual, además, nos permite cumplir con la Misión y Visión del Proyecto Educativo Institucional (PEI), donde cada estudiante pueda llegar a ser autónomo, responsable y trascendente, donde la autonomía se entiende como autogobierno, ser dueño de sí; de igual manera como independencia y por lo tanto, riqueza intelectual, afectiva, volitiva y psicomotríz. La Institución Educativa la Mater Dei es de carácter oficial y confesional, autorizada legalmente por el Ministerio de Educación Nacional, según resoluciones 16378 del 27 de noviembre de 2002, 0490 del 22 de Octubre de 2004 y Resolución 013989 del 17 de diciembre de 2014, dadas por la Secretaría de Educación de Medellín, para impartir enseñanza formal a los niños niñas y adolescentes en los niveles de educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica en doble jornada y con calendario A. La razón social que identifica al Colegio es: Institución Educativa Mater Dei cuyo Dane es: 105001002798 y Nit es 811.039.065-1. Su representante legal es el Rector y/o su delegado asignado por la Secretaría de Educación de Medellín. Está ubicada en el sector de Laureles - San Joaquín, carrera 68 N° 42-70, Comuna 11.

FILOSOFÍA

La Institución Educativa MATER DEI tiene como filosofía: Reconocer las potencialidades físicas, intelectuales y emocionales del educando y desarrollarlas armónica y equilibradamente para asumir con decisión y acierto la solución de los problemas que se le presenten cotidianamente como individuo y como miembro de la comunidad. También busca identificar y valorar los factores que influyen en el desarrollo social, cultural, económico y político del país, y participar crítica y continuamente en la solución de los problemas y el desarrollo de la comunidad, teniendo en cuenta los principios democráticos de la Nacionalidad Colombiana y velando por ofrecer una educación con calidad que promueva permanentemente la paz, la democracia y la justicia social. En nuestra filosofía se reflejan los principios y valores institucionales inspirados en el carisma de la madre Elisa Jaramillo su fundadora.

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MISIÓN

Somos una Institución Educativa de carácter oficial que brinda a los estudiantes una formación integral y multidimensional de hombres y mujeres desde una perspectiva humanística y espiritual; donde convergen lo científico, tecnológico, cultural, ético, axiológico, ambiental y socio afectivo, teniendo como estrategia una comunicación asertiva y como base la filosofía Institucional y el carisma de la Madre Elisa Jaramillo, su fundadora.

VISIÓN

La Institución Educativa Mater Dei promoverá la formación de líderes transformadores y emprendedores, en el ámbito de la educación oficial y pastoral de Medellín; mediante una excelente calidad educativa que genere procesos participativos para la formación integral. Sus educandos serán reconocidos por el perfil académico y el desarrollo humano, donde la innovación tecnológica, la interacción con la comunidad y el talento de nuestros egresados caractericen a los ciudadanos competentes que requiere la sociedad actual y el mundo globalizado, inspirados en el carisma de la Madre Elisa Jaramillo Botero.

VALORES INSTITUCIONALES

La institución Educativa Mater Dei considera los valores institucionales como las cualidades que reconocemos como propias de cada ser humano y que recogidas en su conjunto, se convierten en los modelos deseables de nuestros estudiantes en particular, y de la Institución en forma general. Los valores institucionales básicos que orientan la educación que ofrece la Institución son:

1. ESPIRITUALIDAD Y TRASCENDENCIA

Se asume como la capacidad que tiene todo hombre de proyectar su vida, descubriendo su sentido y valor. Lleva a nuestros estudiantes al cultivo de los valores espirituales y a la formación de una conciencia recta, donde la oración, la práctica del bien, la caridad y el servicio desinteresado entre otros, son medios efectivos para crecer en espiritualidad.

2. EXCELENCIA Es la posibilidad de apropiarse de las oportunidades, optimizando recursos para alcanzar mejores resultados.

3. PERTENENCIA Se reconoce como la identidad grupal, mediante la identificación con la filosofía, principios y valores institucionales.

4. RESPONSABILIDAD Se responde por los propios actos y se asumen consecuencias en el ejercicio de la libertad.

5. LIDERAZGO

Es la posibilidad que tienen las personas de actuar de manera que inspiran y guían a otros. Se convierten las dificultades en oportunidades y éstas en acciones transformadoras.

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6. COOPERACION:

Disposición personal para acordar con los demás acciones de beneficio común generalmente usando métodos también comunes, en lugar de trabajar de forma separada en competición.

7. EQUIDAD

Se habla de equidad cuando se da un tratamiento justo e igualitario a las personas de acuerdo con sus necesidades, independientemente de su estrato socioeconómico, filiación política, género, sexo, edad o religión.

8. RESPETO

Reconocer la legitimidad de los demás tomando en consideración la diversidad de ideas,

opiniones y percepciones de las personas, como base de la sana convivencia social.

9. CONVIVENCIA PACÍFICA

Es la unión de la comunidad comprendiendo y entendiendo tolerantemente a los otros, con lo que se garantizan los derechos de los demás sin afectar los propios mediante la práctica de los valores y principios institucionales.

10. EMPRENDIMIENTO

Es aquella actitud y aptitud de la persona que le permite emprender nuevos retos, nuevos

proyectos; es lo que le permite ir más allá de donde ya ha llegado. Es lo que hace que una

persona quiera alcanzar mayores logros.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ACTUACIÓN PEDAGÓGICA INSTITUCIONAL.

Los siguientes son los principios que guían la actuación de toda la institución educativa para apoyar el aprendizaje de sus estudiantes:

1. LA EDUCACIÓN EN EL RESPETO A LA VIDA

Como institución consideramos que la vida debe ser comprendida y puesta por encima de cualquier verdad ideológica o dogma de fe, para que su continuidad y evolución puedan ser garantizadas.

Su aplicación se logra a través de la valoración del afecto, la vivencia de la solidaridad, el respeto por el otro, la humanización de la escuela, la construcción de la identidad individual y colectiva y el desarrollo de la ciudadanía.

2. LA CONSTRUCCIÓN Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS IDENTIDADES

Entendemos este principio como la forma de brindar lo mejor de sí para ponerlo al servicio propio y de los demás, en donde todas las experiencias de aprendizaje sean significativas.

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Alcanzaremos este principio, cuando generemos en los niños, niñas y adolescentes, personas con autonomía, orientadas al bien común y por tanto a la ciudadanía; que sean participes en la construcción de una red de posibilidades.

3. LA CREACIÓN DE SENTIDO COMO ELEMENTO DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL.

La institución educativa considera que el proceso educativo debe favorecer el desarrollo integral del estudiante en todas sus dimensiones de tal manera que pueda encontrar el verdadero sentido de todo lo que aprende y de esta forma poderlo proyectar en la transformación de su realidad. Este principio tendrá validez en la medida que los educadores le encuentren sentido a su práctica pedagógica, ayudando así a los niños, niñas y adolescentes a ser conscientes de lo que hacen o experimentan.

4. LA CONSTRUCCIÓN SOCIAL DEL SABER Y DEL SABER HACER

Aprender es la vivencia profunda de la vida misma, es un proceso permanente de transformación y un encuentro con la propia identidad y la identidad de los otros para crecer juntos de manera placentera y responsable, incluyendo procesos de empatía, identificación y proyección. Alcanzaremos este principio cuando directivos, docentes, estudiantes y padres de familia reconozcamos que los nuevos saberes se construyen teniendo en cuenta nuestros propios saberes y los saberes de los demás en un contexto determinado.

5. LA ÉTICA DEL ENCUENTRO Y LA PEDAGOGÍA DE LA ESCUCHA

La escuela debe propender por el desarrollo de las relaciones fundamentadas en la empatía, “en las acciones solidarias, (trabajar por buscar metas y objetivos que favorecen a otros para contribuir a su dignidad), en la compasión (trabajar por evitar o disminuir el dolor de los otros) y el respeto (reconocer al otro como legítimo otro, tan legitimo como yo)” (Toro, 2011). Haremos vida este principio a través de la manera asertiva de expresar lo que se siente y se piensa, cuando se toma en serio la postura del otro para entrar en una actitud dialogante y reflexiva, también cuando se respeta la diferencia del otro se le escucha con apertura y se construyen nuevas experiencias y relaciones.

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OBJETIVOS GENERAL: Trazar las pautas y lineamientos que han de definir los hechos, situaciones y comportamientos de la vida de los miembros de una Comunidad Educativa al interior de la Institución, unificando criterios que regulen el quehacer de los diversos estamentos del ámbito escolar y comunitario favoreciendo la convivencia pacífica, la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la formación integral hacia una cultura del cuidado. ESPECÍFICOS: 1. Explicar con claridad y pertinencia las normas establecidas en el Manual de Convivencia de

acuerdo con la Ley General de Educación, Ley 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios.

2. Lograr que el proceso de crecimiento de los estudiantes esté regulado por su propia responsabilidad, de acuerdo con el grado de madurez que va proyectando en cada una de las etapas de su desarrollo evolutivo, con el fin de orientarla hacia el uso adecuado de la libertad.

3. Inculcar el respeto por los derechos humanos, los valores éticos, morales, religiosos, culturales

y el cuidado del medio ambiente natural con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad sin perjuicio de la libertad de enseñanza establecida en la Constitución Política de 1991.

4. Integrar a la comunidad en general en el proceso educativo, procurando la participación activa

de todos los estamentos que conforman la Institución. 5. Formar en la Comunidad Educativa la capacidad crítica, analítica y ética para el crecimiento en

forma individual y colectiva donde se respete la diferencia y hagan de la mediación y el diálogo un camino para la solución de conflictos.

6. Fomentar la promoción, prevención, atención y seguimiento de todas aquellas situaciones que

afectan la convivencia escolar, la ciudadanía y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de todos los miembros de la Comunidad Educativa.

La invitación muy cordial a los estudiantes, Padres, Madres de familia, Educadores y demás integrantes de la Comunidad Educativa es para que lo estudien, reflexionen en torno a él y, lo más importante, le den una real aplicación.

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PERFIL DEL ESTUDIANTE DE MATER DEI

La institución educativa Mater Dei, le confiere significación a su labor pedagógica formando niños, niñas y adolescentes con sentido de pertenencia en todos los aspectos que tienen que ver con su ser individual y social, desde este punto de vista las características del perfil de nuestros estudiantes serán: 1. Desarrolle competencias ciudadanas que le permita formarse como mejor ser humano,

ciudadano con valores democráticos, respetuoso de lo público, que ejerce los derechos humanos, cumple sus responsabilidades sociales y convive en paz.

2. El servicio, responsabilidad, solidaridad, justicia, tolerancia, respeto, autenticidad y amistad.

3. Sea un ciudadano participativo con sentido de pertenencia y con actitudes democráticas.

4. Proteja y defienda su entorno, consciente de su responsabilidad frente al medio ambiente y al uso racional de los recursos.

5. Posea un sentido crítico y analítico frente a sus vivencias y realidades sociales.

6. Colabore en la construcción de ambientes sanos en los que aprendan a vivir los derechos, la pluralidad y la responsabilidad con su entorno.

7. Autónomo, que pueda autorregular su proceso de socialización y sea capaz de manejar y respetar espacios multipluralistas y multiétnicos.

8. Mantenga una actitud critico – reflexiva frente a su acontecer cotidiano.

9. Participativo en lo relacionado con la construcción de ciudad y de entornos saludables y pacíficos.

10. Exprese adecuadamente su afectividad a través de sus relaciones interpersonales. 11. Ubicado históricamente en el desarrollo social, económico, político, científico y tecnológico.

12. Emplee adecuadamente todas las formas del lenguaje para mejorar su comunicación y

convivencia pacífica.

13. Intelectualmente competente para acceder a la educación superior.

14. Líder, emprendedor e inclusivo, capaz de afrontar los retos que se le presentan. 15. Ser gestor de paz y ejemplo de vida en los diferentes ámbitos donde se desenvuelva.

16. Con un proyecto de vida en construcción, con metas altruistas a corto, mediano y largo plazo.

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JUSTIFICACIÓN La Comunidad Educativa requiere de una organización que defina las directrices y orientaciones que han de regir el proceso de formación y consolidación de la personalidad de los estudiantes. Pero éstas deben ser el resultado de un trabajo compartido entre los estamentos de la Comunidad Educativa. De allí que se justifique que más que un reglamento, sea un manual que regule y favorezca la convivencia entre dichos estamentos y establezca parámetros claros para el desarrollo cognitivo, personal y social de nuestros estudiantes. Por lo anterior, la disciplina sería el resultado de la organización interna de la Institución, de la preparación pedagógica de los docentes y directivos, de la atmósfera cordial que se da en el aula de clase y del grado de satisfacción de las necesidades básicas de los educandos. Es importante recordar que la educación como generadora de procesos de cambio, debe propiciar en el educando la posibilidad de pensar analítica y críticamente, estimulando en él la iniciativa, responsabilidad y sentido de pertenencia para afrontar la realidad y para actuar acertadamente; de ahí que la ficha de seguimiento de los estudiantes sea diligenciada en su totalidad, para lo cual se tendrá en cuenta no sólo los aspectos a mejorar, sino todos los aspectos positivos de su vida, y se deberá consignar todo el tratamiento, correctivos y estímulos que le haya aplicado la Institución, conjuntamente con el padre y la madre de familia, para superar cualquier dificultad presentada, teniendo en cuenta las normas legales vigentes. El Manual de Convivencia, deberá estar encaminado al mejoramiento de la calidad de la educación y al crecimiento personal del estudiante.

POLÍTICAS EDUCATIVAS

1. Considerar la educación como la base del desarrollo social. 2. Elevar el nivel académico de los estudiantes de la Institución. 3. Fijar criterios pedagógicos y de evaluación que garantice al estudiante su adecuado

desenvolvimiento en las diferentes áreas. 4. Crear espacios de comunicación donde interactúen todos los estamentos de la Comunidad

Educativa. 5. Hacer operativo el Gobierno Escolar estimulando la participación y compromiso de los

diferentes estamentos. 6. Fijar pautas de comportamiento que regulen la convivencia y estimulen los valores. 7. Reconocer y vincular a la familia como actora corresponsable en el proceso de formación

integral. 8. Desarrollar los proyectos pedagógicos obligatiros y de aula como acciones complementarias al

proceso de formación.

MARCO CONCEPTUAL Y LEGAL De acuerdo con los planteamientos de la Constitución Política de 1991 vigente, los artículos 73 y 87 de la Ley 115, Ley General de Educación, al igual que lo establecido en el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, Ley 1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia, el decreto 1290 de 2009, el Decreto 11 de 1986 sobre estupefacientes, el decreto 1928 de noviembre de 2011 por el cual se reglamenta el Acuerdo Municipal 08 de 2011 que adopta la política pública para el reconocimiento de la diversidad sexual e identidades de género, la ley 1257 y su Decreto Reglamentario 4798 sobre prevención de la violencia contra las mujeres y la ley 1620 de marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013, por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la

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educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, Sentencia T-478 de 2015, por medio de la cual la Corte Constitucional Colombiana ordenó al Ministerio de Educación Nacional “una revisión extensiva e integral de todos los Manuales de Convivencia en el país para determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad del género”, Ley 906 de 2004, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal” y en su artículo 523 establece la mediación para la solución de conflictos, Acuerdo Municipal 75 de 2010 “Por medio del cual se establece la Mediación Escolar como una estrategia alternativa para la solución de conflictos en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín” y la resolución N° 5360 de septiembre de 2006 que organiza el proceso de matrícula oficial de la educación preescolar, básica y media en las entidades territoriales certificadas; se hace necesario fijar pautas para el control del comportamiento, el uso de la libertad en las personas que conforman la vida de las Instituciones educativas y la consolidación y reorientación de los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral de los estudiantes. El código Contencioso Administrativo en lo concerniente al debido proceso, establece que la educación debe estar orientada a desarrollar la personalidad y facultades del educando, con el fin de prepararlo para una vida adulta y activa, inculcándole el respeto por la dignidad humana, los valores propios reconocidos por la actual constitución y el cuidado del medio ambiente, con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad, sin perjuicio de la libertad de enseñanza. Además, la política de descentralización, está dando participación a los diferentes estamentos de la comunidad en la Institución educativa, elaborando sus propias normas a la luz de las normas oficiales vigentes. Es por ello que hemos elaborado este Manual de Convivencia para la Institución Educativa Mater Dei. La orientación es el factor básico del proceso personalizador y socializador de la educación, constituyendo el enlace entre el estudiante y el conjunto de los diferentes aspectos del proceso educativo.

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RESOLUCIÓN RECTORAL No. 07 (23 de enero de 2018)

Por la cual se adoptan las modificaciones y ajustes el Reglamento o Manual de

Convivencia Escolar de la Institución Educativa “Mater Dei”

La Rectora de la Institución educativa Mater Dei en su calidad de Presidente del Consejo Directivo y en uso de las facultades que le otorga la ley 115 de 1994 y el Decreto

Reglamentario 1860 del mismo año y

CONSIDERANDO:

1. Que los artículos 73 y 87 de la Ley General de Educación establecen el uso del Manual de Convivencia para todos los centros educativos.

2. Que el literal C del artículo 144 de la misma ley 115 señala como función del Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia Escolar de conformidad con las normas vigentes, lo cual se encuentra reglamentado en el artículo 23 del Decreto 1860.

3. Que el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 1860 incluye el Manual de Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional.

4. Que el artículo 17 del Decreto 1860 reglamenta lo establecido en la ley 115 sobre dicho Manual de Convivencia Escolar.

5. Que el artículo 3 del decreto 1290 de 2009 establece los propósitos de la evaluación institucional de las estudiantes no sólo a nivel cognitivo sino personal y social.

6. Que el artículo 12 de la ley 1620 de marzo de 2013 establece la Conformación del Comité Escolar de Convivencia y su inclusión en el Manual de convivencia.

7. Que siguiendo las funciones del Consejo Directivo, al Reglamento o Manual de Convivencia Escolar de la Institución se le harán las revisiones periódicas necesarias con el fin de ajustarlo a las necesidades de la Comunidad Educativa.

8. Que las propuestas de reformas se han puesto a consideración, deliberación y consenso de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.

9. Que el Consejo Directivo según Acta Nº 01 del 23 de enero de 2018, aprobó el presente Reglamento o Manual de Convivencia Escolar.

10. Que el Decreto 1860 de 1994, establece en el artículo 20, numeral 03 “El Rector será el representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar”.

11. Que se atendió a los requerimientos establecidos en la ley.

RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Adoptar los ajustes y/o modificaciones del Reglamento o Manual de Convivencia Escolar para la Institución Educativa Mater Dei con sus ajustes y modificaciones en sus niveles: Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica tal y como lo establece el Acuerdo de Consejo Directivo N° 06 del 23 de enero de 2018, para la actual vigencia.

ARTÍCULO 2º Publicar en la página web de la institución, los ajustes y modificaciones del texto del Reglamento o Manual de Convivencia Escolar, de modo que sea ampliamente conocido por todos los miembros de la Comunidad Educativa.

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ARTÍCULO 3º Incluir dentro del PEI los ajustes y modificaciones del Reglamento o Manual de Convivencia Escolar como parte constitutiva del mismo.

ARTÍCULO 4º Dar a conocer la presente Resolución a la Secretaria de Educación Municipal cuando cualquiera de sus dependencias lo requiera. ARTÍCULO 5° La presente Resolución rige para el año académico 2018 a partir de la fecha de su

publicación y deroga los anteriores Reglamentos o Manuales de Convivencia Escolar. Las

determinaciones aquí consignadas tienen su correspondiente sustentación o exposición de motivos

en el Acta N° 01 de la sesión formal del Consejo Directivo, efectuada el día 23 del mes enero de

2018.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Medellín, el 23 de enero de 2018

NANCY EUGENIA BERNAL PATIÑO

Rectora

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TÍTULO I: ADMISIONES Y MATRÍCULAS

CAPÍTULO I: ADMISIONES

ARTÍCULO 1: ADMISIONES Es necesario establecer los criterios para el ingreso de los estudiantes que han de ser matriculados en la Institución, como alumnos antiguos ó como alumnos nuevos, para garantizar la buena marcha de la misma, tanto en su aspecto académico como de formación. ADMISIONES PARA ALUMNOS NUEVOS: Los criterios de admisión son los siguientes: 1. Dinámica familiar y compromiso con el proceso educativo. 2. Edad: los aspirantes a Preescolar deben tener cinco (5) años cumplidos a la fecha de inicio del

calendario escolar. Para los otros grados, deben tener la edad promedio del grado al que se quiere ingresar.

3. Podrán ser matriculados como nuevos aquellos estudiantes que procedan de otras Instituciones

con buena conducta y disciplina, siempre que haya cupo en la Institución y cumpla con los demás requisitos exigidos.

4. Los estudiantes que ingresan por primera vez a la Institución, luego de ser matriculados,

deberán asistir con el Padre de familia o acudiente a la inducción para el conocimiento del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia.

5. Para el ingreso a la Institución se dará prelación a quienes viven en el sector. REQUISITOS PARA ALUMNOS ANTIGUOS 1. Podrán matricularse inicialmente los estudiantes antiguos que no presenten dificultades de tipo

académico y de comportamiento. 2. El estudiante antiguo de la Institución que presente dificultades de comportamiento o de

rendimiento académico será analizado por la Comisión de Evaluación y Promoción de la Institución, teniendo en cuenta su situación y la disponibilidad del cupo para el grado que debe cursar.

3. La inasistencia del estudiante a clase sin causa justificada, se tendrá en cuenta para su ingreso

a la Institución al año siguiente. ARTÍCULO 2: PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN 1. El Rector define el día y la hora en que se hará la preinscripción para el grado de Preescolar,

información que se da a conocer a la Comunidad en General a través de circulares informativas, avisos en las puertas principales de la Institución y en carteleras.

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2. Para la preinscripción, de los alumnos de preescolar, el acudiente debe entregar el Registro Civil original, la fotocopia del carné de afiliación al Sisben, o cualquier carné que acredite la vinculación a un régimen de seguridad social, en su defecto certificado de afiliación expedido por la entidad promotora de salud y seguidamente se le hace entrega del formato de Prematricula: “Actualización de Datos para el Sistema Integrado de Matrícula SIMAT”.

3. Los aspirantes al grado de preescolar participarán de una jornada lúdica y recreativa que tiene por objetivo el conocimiento de la realidad cultural, social y personal de los niños, niñas.

4. Los Padres de Familia y el aspirante deben presentarse, con el formato de Prematrícula

“Actualización de Datos para el Sistema Integrado de Matrícula SIMAT” debidamente diligenciado, ante el Rector o Coordinador para un reconocimiento del alumno y dar a conocer la normatividad de la Institución contemplada en el Manual de Convivencia.

5. Se hace entrega al Padre de Familia, de la circular “Proceso de matrícula para Estudiantes

Nuevos”, la cual indica la fecha y todos los requisitos que debe presentar para la matrícula. 6. Para la admisión de alumnos nuevos para los grados 1° a 11° la institución deberá contar con la

disponibilidad de los cupos. Los interesados y sus acudientes participan de este proceso iniciando con la entrevista.

CAPÍTULO II: MATRÍCULAS

ARTÍCULO 3: NORMAS GENERALES El proceso de matrícula oficial está reglamentado por la resolución N° 5360 de septiembre de 2006 para los niveles de preescolar, básica y media en las entidades territoriales certificadas. LA MATRICULA es un contrato, en el cual el estudiante, el Padre de Familia y/o Acudiente y el Rector como representante legal de la Institución, formalizan la vinculación del estudiante al servicio educativo que ofrece la Institución Educativa Mater Dei, en los términos del artículo 95 de la Ley 115 del 94 que compromete a las partes en las obligaciones legales y pedagógicas tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público educativo, de acuerdo con los derechos, compromisos y deberes contemplados para unos y otros en el Proyecto Educativo institucional (PEI), el Manual de Convivencia y demás disposiciones del Ministerio de Educación Nacional, Secretaría de Educación Municipal, Consejo Directivo y Rectoría de la Institución. ARTÍCULO 4: ALUMNOS ANTIGUOS Al matricularse deben presentar: 1. Tres (3) fotos con el uniforme del colegio. 2. Fotocopia del carné de afiliación al Sisben, o cualquier carné que acredite la vinculación a un

régimen de seguridad social, en su defecto certificado de afiliación expedido por la entidad promotora de salud.

3. Registro Civil original o Fotocopia de la Tarjeta de Identidad (ésta última, indispensable para los estudiantes a partir del grado segundo).

4. Formato de prematrícula y actualización de datos debidamente diligenciado y firmado por el Acudiente y Estudiante.

5. Certificado de asistencia al 80% (como mínimo) de las reuniones de Padres de Familia programadas por la Institución.

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ARTÍCULO 5: ALUMNOS NUEVOS Deben presentar la siguiente documentación: 1. Tres (3) fotos con el uniforme del colegio. 2. Cancelar el valor establecido para la inscripción al fondo de protección escolar en Secretaría.

(Siempre y cuando no esté subsidiado parcial o totalmente por el Municipio de Medellín). 3. Registro Civil original o Fotocopia de la Tarjeta de Identidad (ésta última indispensable para los

estudiantes a partir del grado segundo). 4. Fotocopia del carné de afiliación al Sisben, o cualquier carné que acredite la vinculación a un

régimen de seguridad social, en su defecto certificado de afiliación expedido por la entidad promotora de salud.

5. Fotocopia del carné de vacunación para los alumnos de Preescolar. 6. Formato diligenciado de Prematrícula y Actualización de datos debidamente diligenciado y

firmado por el Acudiente y Estudiante para el Sistema Integrado de Matrícula “SIMAT”. 7. Los alumnos que ingresan para los grados de 10º y 11º deben presentar la constancia de que

cumplieron ó vienen cumpliendo con el Servicio Social obligatorio (Si es el caso). 8. Certificado de estudios en papel membrete de los años cursados en otras Instituciones, así:

Para los grados de 6º a 11º deben acreditar certificados a partir del grado 5º de básica primaria hasta el grado inmediatamente anterior al que desean cursar y para los grados de 1º a 5º todos los certificados a partir del 1º hasta el grado inmediatamente anterior al que desean cursar.

9. Constancia de retiro del Sistema Integrado de Matrícula “SIMAT” de la Institución anterior. 10. Paz y Salvo Institucional (en caso de que la Institución sea privada). 11. Hoja de vida original de los años anteriores. ARTÍCULO 6: PROCEDIMIENTO DE MATRÍCULA 1. El docente Director de Grupo se ubica en un lugar y puesto de matrícula definido, portando las

hojas de matrícula de los alumnos que fueron promovidos al año siguiente. 2. El acudiente debe presentarse en el puesto de matrícula definido, con todos los documentos

exigidos para la matrícula y en el orden establecido. 3. El docente verifica la documentación y registra la firma del acudiente en la hoja de matrícula. ARTÍCULO 7: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA

La Institución Educativa podrá dar por terminado el contrato de matrícula, en el momento en el que se compruebe cualquiera de las causales siguientes o flagrante violación a este Reglamento o

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Manual de Convivencia, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas estipuladas. 1. Voluntad expresa de las partes. 2. Terminación del año académico lectivo. 3. No haber separado el cupo dentro de las fechas asignadas. 4. No hacer uso del derecho de renovación de matrícula en los plazos previamente señalados. 5. Cuando por prescripción médica o psicológica se considere inconveniente la permanencia del

estudiante en la institución. 6. Cuando tiene un compromiso académico o de disciplina y en la Comisión de Evaluación y

Promoción respectiva se verifique su incumplimiento. 7. La reprobación de un grado por segunda vez, durante su permanencia en el plantel, a partir del

grado primero. 8. La inasistencia de los Padres de Familia a los espacios democráticos de discusión, diseño,

formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia que la Institución organiza.

TÍTULO II:

DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La Ley 115 de 1994, en su artículo 6, establece que, de acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política, la Comunidad Educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos, en los términos de la presente Ley.

La Comunidad Educativa está conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos, docentes y administradores escolares. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo.

Por otra parte, el ejercicio de los derechos y deberes que promueven la dignidad de la persona y el reconocimiento de la libertad de los demás, genera el compromiso tanto de respetar el derecho ajeno como el de responder a las consecuencias de sus actos.

La educación es un derecho y un deber que implica una serie de obligaciones y derechos de los miembros de la Comunidad Educativa.

CAPÍTULO I: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 8: DERECHOS INSTITUCIONALES DE LOS ESTUDIANTES Todo ser humano, por su calidad de persona, lleva consigo derechos que le deben ser reconocidos con la finalidad de facilitar el desarrollo integral de la persona y la convivencia social.

Como miembro de la Institución Educativa Mater Dei el estudiante tiene derecho a: 1. Conocer el Manual de Convivencia previamente a la matrícula. 2. Recibir una educación pertinente y de calidad. 3. Poseer un carnet estudiantil que lo identifique como miembro de la institución. 4. Al respeto de su intimidad, buen nombre, dignidad e identidad, sin diferencias étnicas,

culturales, políticas, religiosas, e ideológicas. 5. Al reconocimiento de su diversidad sexual e identidad de género.

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6. Que se promueva el enfoque de género e igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en sus diferentes etapas de la vida escolar.

7. Aportar a la construcción de nuevas formas de ser hombres y de ser mujeres en igualdad de oportunidades, acceso y derecho a los bienes materiales y simbólicos de la sociedad.

8. Recibir una formación integral en valores, afectividad, ética e intelectual, física y religiosa con el sentido del bien común.

9. Representar a la Institución en eventos especiales. 10. Elegir y a ser elegido como representante en los organismos del Gobierno Escolar y otros

organismos de participación. 11. Recibir trato respetuoso y amable. 12. Recibir oportunamente las clases durante el tiempo estipulado, ser acompañados por los

docentes en las actividades del aula y ser atendidos sus reclamos. 13. Que los maestros sean equilibrados y justos, respeten su individualidad, sin mezclar lo

académico con lo disciplinario, que no actúen bajo amenaza ni den un trato que implique o afecte de manera alguna su dignidad personal.

14. Ser informado oportunamente sobre horarios y actividades escolares. 15. Tener estímulos y reconocimiento por sus actitudes, aptitudes y valores científicos, culturales,

artísticos, religiosos, deportivos que lo motiven a crecer permanentemente. 16. Disfrutar del descanso, utilizando adecuadamente los lugares destinados para ello. 17. Encontrar en el personal docente un verdadero testimonio de vida, competencia profesional y

responsabilidad pedagógica. 18. Acceder a su información consignada en el fólder de acompañamiento con autorización y

presencia del Director de Grupo. 19. Conocer oportunamente los resultados del proceso de aprendizaje, máximo en 8 días hábiles

luego de realizada la acción evaluativa, con posibilidades de objetar respetuosamente y de ser escuchado en los 3 días hábiles siguientes a la devolución de la misma, teniendo la alternativa de un segundo calificador cuando la situación lo amerite.

20. Presentar Actividades y Planes de Apoyo, según lo estipulado en el Sistema Institucional de Evaluación Escolar (SIEE).

21. Conocer las pautas del trabajo académico, así como los criterios de evaluación y la programación de acciones evaluativas desde el inicio del periodo.

22. Recibir las indicaciones y orientaciones propias de la propuesta educativa del Mater Dei según el currículo y la filosofía Institucional.

23. Tener alternativas para el cumplimiento de las responsabilidades ordinarias, cuando las condiciones físico-psíquicas así lo requieran, previa certificación profesional.

24. Ser notificado por escrito del proceso disciplinario que se adelante en su contra en un plazo no mayor de tres días hábiles, con la posibilidad de presentar su versión escrita de los hechos con un margen de tiempo de dos días hábiles y en caso necesario, interponer los recursos de reposición y apelación con un plazo no mayor a diez días hábiles. Los docentes consignarán los formatos de notificación de las situaciones Tipo I, II y III en el folder de acompañamiento personal y grupal en un plazo no mayor a un día hábil. Los formatos que no hayan sido debidamente diligenciados y archivados no harán parte del proceso disciplinario dado que los directores de grupo no conocieron oportunamente la información para el acompañamiento efectivo a que hubiera lugar.

25. Comunicarse y/o apelar a las instancias superiores inmediatas respetando el conducto regular. 26. Sugerir propuestas para la reforma del Manual de Convivencia. 27. Ser promovido de grado de acuerdo con lo estipulado en la ley y en el SIEE 28. Conocer los informes académicos y de disciplina y la valoración asignada por estos aspectos

antes de ser consignados en las actas definitivas para cada periodo. 29. Acceder a los programas nutricionales que en oportunidades sean ofrecidos por el Municipio de

Medellín.

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CAPÍTULO II: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 9: DEBERES INSTITUCIONALES DE LOS ESTUDIANTES

La libertad del estudiante está condicionada y limitada por las exigencias de la convivencia en comunidad, lo cual supone no interferir en la libertad de los demás. La libertad genera las siguientes responsabilidades:

1. Acatar lo establecido en el Manual de Convivencia. 2. Reconocer y respetar en los demás los derechos que exige para sí. 3. Respetar la intimidad, buen nombre, dignidad e identidad de los demás, sin diferencias étnicas,

culturales, políticas, religiosas, e ideológicas. 4. Respetar la diversidad sexual e identidad de género de los integrantes de la Comunidad

Educativa. 5. Favorecer el enfoque de género e igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en las

diferentes etapas de la vida escolar. 6. Abstenerse de realizar todo acto o conducta que implique violencia o discriminación contra las

mujeres. 7. Actuar en función del bien común. 8. Respetar los símbolos patrios y de la Institución, así como los valores culturales, nacionales y

étnicos. 9. Dar explicaciones, escuchar y dar a conocer sus puntos de vista. 10. Corregir las equivocaciones asumiendo las consecuencias de sus actos y/o actuaciones con

responsabilidad. 11. No utilizar en horas de clase ni en otras actividades académicas y culturales objetos diferentes a

los útiles escolares tales como: revistas de catálogos comerciales, aparatos de audio, juegos de azar, video juegos o accesorios diferentes a los admitidos en la Institución que puedan entorpecer las labores académicas. La Institución no se hace responsable de su pérdida o hurto.

12. No traer a la Institución objetos costosos y/o grandes cantidades de dinero, ya que la institución no se hace responsable de la pérdida, daño o deterioro de los mismos.

13. Los celulares podrán ser utilizados en el descanso siempre y cuando no interfieran con la disciplina, al interior de las aulas de clase sólo para la producción académica de acuerdo con la orientación del docente de cada asignatura y/o área. En ningún caso el cuaderno deberá ser reemplazo por el celular. Este dispositivo deberá permanecer apagado durante los actos comunitarios y la institución no se hará responsable de la pérdida o hurto.

14. Participar en las diferentes actividades programadas en el plantel y representarlo con dignidad. 15. Llevar oportunamente los comunicados enviados por el establecimiento a los Padres de Familia,

a través de circulares o boletines. 16. Participar en acciones de mediación para superar los conflictos y fortalecer las relaciones. 17. Responder por el aseo, Manejo Integral de Residuos Sólidos (MIRS), conservación,

mejoramiento y embellecimiento de toda la planta física y bienes materiales de la Institución. 18. Dejar completamente limpios todos los espacios utilizados en la Institución. 19. Preservar, respetar y cuidar el medio ambiente dentro y fuera de la Institución. 20. Ser solidario de manera especial en las calamidades, dificultades o accidentes que puedan

presentarse. 21. Atender las actividades de índole personal, odontológicas, médicas y otros menesteres en

jornadas contrarias a las escolares para contribuir con el proceso disciplinario y académico de la Institución.

22. Portar correctamente los símbolos Institucionales, como escudos e insignias en los uniformes.

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23. Utilizar un vocabulario apropiado dentro y fuera del plantel. 24. Tratar con respeto y dignidad a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 25. Estar a paz y salvo con los compromisos y exigencias contraídas con el establecimiento tales

como: préstamo de materiales, equipos, textos entre otros. 26. No masticar chicle dentro de la Institución. 27. Abstenerse de ingerir alimentos y bebidas dentro de las aulas de clase y actos comunitarios. 28. Cumplir con las normas del transporte: Esperar a que el conductor o padre de familia lo recoja

en forma adecuada. Guardar orden, hablar en voz baja, respetar al conductor y a los transeúntes. No arrojar basuras ni objetos en los alrededores de la institución.

29. Tener un comportamiento adecuado en el aula de clase sin subirse a los muebles. 30. Cumplir con la jornada escolar en los diferentes horarios establecidos. 31. Cumplir oportunamente con los trabajos y actividades académicas asignadas. 32. Asistir a clase con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 33. Evitar iniciar o provocar desórdenes e indisciplina en las aulas de clase, formaciones y otros

actos generales o de comunidad. 34. Ingresar con previa autorización a: oficinas, sala de profesores, laboratorios, biblioteca, salas de

informática, dando un uso adecuado a los espacios. 35. Hacer uso adecuado de los servicios de la tienda escolar, sanitarios, biblioteca, computadores,

material didáctico, laboratorio u otras dependencias. 36. Respetar la integridad moral y ética de las personas dentro y fuera de la Institución, sin hacer o

formar chismes o chistes. 37. Recibir, escuchar o reconocer las observaciones que hagan los superiores ante los conflictos en

los que se involucre sin mostrar rebeldía. 38. Cumplir los deberes contraídos con los docentes (aseo, carteleras, decoración, monitorías,

representación del grupo, reuniones) entre otras. 39. Abstenerse de realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos, deportivos y

académicos, asuntos diferentes a los que corresponden en cada caso. 40. Evitar indisponer al padre o acudiente con el educador llevándole mala información. 41. Ocupar la silla asignada por el director de grupo en el aula donde reciba sus clases. 42. Solicitar autorización a la Coordinación, para hacer celebraciones en horas de clases. 43. Utilizar la red para la sana conectividad, el buen uso del internet y los recursos informáticos. 44. Acatar los ordenamientos jurídicos expresados en la Constitución Política, Ley General de

Educación y leyes Colombianas.

CAPÍTULO III: DERECHOS DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

ARTÍCULO 10: DERECHOS INSTITUCIONALES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA Los Padres de Familia de la Institución Educativa Mater Dei tienen derecho a:

1. Que se les respeten los derechos contemplados en la Constitución Nacional. 2. Manifestar y dar sugerencias a favor del bien común. 3. Elegir y ser elegidos para los distintos cargos del Consejo de Padres o la Asociación de Padres

de Familia. 4. Ser elegidos por el Consejo de Padres de Familia, para formar parte del Consejo Directivo de la

institución. 5. Ser informados oportunamente sobre las decisiones que tome la institución y que afecten el

proceso formativo de su hijo y ejercer el derecho a la defensa. 6. Ser atendidos por el profesorado, personal de apoyo educativo, administrativo y/o directivo

asignado a la Institución, para conocer los procesos académicos, disciplinarios y diagnósticos, según horarios establecidos con anterioridad.

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7. Hacer peticiones respetuosas a los representantes de la institución, siguiendo el conducto regular establecido para ello y según lo amerite el caso.

8. Participar en las reuniones de formación e información y en las actividades de recreación, cultura y deporte que ofrece la institución.

9. Conocer el calendario escolar de la institución y ser citados con la debida anticipación a las actividades y reuniones en las que deben participar.

10. Conocer el Manual de Convivencia y participar a través del Consejo de Padres de Familia en sus reformas.

11. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se le informe sobre los compromisos con la institución.

12. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.

13. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el proceso, los logros y las dificultades de los alumnos.

14. Recibir oportunamente los informes académicos y disciplinarios de sus hijos, al final de cada periodo; todos los padres de familia y acudientes recibirán los informes de manera personal periodo a periodo (registro valorativo académico, registro valorativo disciplinario y ficha observador del alumno) donde se socializarán las observaciones que la Comisión de Evaluación y Promoción emite resaltando las fortalezas y estableciendo planes de mejora para los estudiantes.

15. Hacer uso de los recursos de apelación y reposición. 16. Utilizar los diferentes servicios que ofrece la institución.

CAPÍTULO IV: DEBERES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

ARTÍCULO 11: DEBERES INSTITUCIONALES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA Los Padres de Familia de la Institución Educativa Mater Dei tienen los siguientes deberes: 1. El acudiente debe ser el Padre o Madre de familia o su representante legal y sólo en casos

especiales con autorización escrita de él se podrá admitir a otra persona. 2. Asumir con compromiso el cargo aceptado, luego de ser postulado por los demás padres de

familia, para participar en la organización administrativa de la Institución (Consejo de Padres, Asociación de Padres, Consejo Directivo, Comité de convivencia, Comisión de Evaluación y Promoción, entre otros).

3. Asistir a la Institución con una adecuada higiene personal y buena presentación. 4. En lo posible no traer niños ni otros acompañantes que interfieran con el desarrollo de las

reuniones. 5. No enviar a los alumnos a la Institución cuando presenten trastornos de salud que ameriten

reposo y cuidado en casa, enviando la excusa por escrito. 6. Asistir y participar activamente en la organización y conformación de la Escuela de Padres. 7. Formar, orientar y estimular a sus hijos en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en

el desarrollo de su autonomía. 8. Proporcionar las condiciones necesarias para que sus hijos alcancen un óptimo desarrollo

físico, psicomotor, mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene.

9. Proveer sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

10. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

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11. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

12. Participar en la revisión y ajuste del Manual de Convivencia a través de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.

13. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

14. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de Convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

15. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de Convivencia del respectivo establecimiento educativo.

16. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecimientos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos.

17. Promover las condiciones y medios para garantizar la continuidad y permanencia de sus hijos en el ciclo educativo.

18. Estimular, de común acuerdo con la institución, las expresiones artísticas, culturales y las habilidades científicas y tecnológicas de sus hijos.

19. Conocer y acatar el Manual de Convivencia de la Institución, como un instrumento que regula y orienta la vida escolar.

20. Facilitar los materiales y útiles necesarios para la práctica regular y continuada del proceso formativo de sus hijos.

21. Acatar las sugerencias de tipo formativo, académicas y disciplinarias, dadas por los educadores y directivos de la institución.

22. Pedir las citas con anticipación para ser atendidos, respetando el conducto regular, según corresponda a lo académico y/o disciplinario.

23. Aceptar la sugerencia de acudir a las instancias externas de la Institución que benefician el proceso formativo del estudiante, cuando éstos hayan sido sugeridos por los responsables de la educación de sus hijos.

24. Ser respetuosos en el trato con todos los miembros de la Comunidad Educativa. 25. No interrumpir el proceso normal de las actividades escolares trayendo o dejando en portería

trabajos, solicitando información sobre los estudiantes, entre otros. 26. Controlar que sus hijos no lleven a sus casas objetos ajenos como: mochilas, busos, libros,

bolígrafos, juguetes, relojes, celulares, reproductores de audio, entre otros, y si se presenta el caso devolverlos a la Coordinación.

27. Solicitar permiso por escrito a la Coordinación, con un día de anticipación, para que sus hijos dejen de asistir a la Institución, explicando los motivos. (anexo 8).

28. Presentar excusas escritas justificadas por inasistencia.(anexo 7 ) 29. Velar por la buena presentación personal de sus hijos. 30. Responder por los daños materiales que sus hijos causen en la institución. 31. Verificar que los objetos personales de sus hijos estén marcados. 32. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que se programen en la

Institución para participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. (Código de la Infancia y la Adolescencia)

33. Orientar, colaborar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de los alumnos después de la jornada escolar y en el fin de semana.

34. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los alumnos propias de la edad.

35. Evitar y prevenir que los menores de edad consuman sustancias psicoactivas legales o ilegales y los riesgos asociados a estos consumos a través de opciones creativas y sana diversión que les permitan un óptimo desarrollo.

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36. Acompañar a los niños, niñas y adolescentes en la apropiación de la conectividad, promoviendo la cultura del uso adecuado y legal de estas herramientas informáticas y evitando así los delitos informáticos asociados a los menores.

37. Traer y recoger puntualmente a los estudiantes según los horarios establecidos por la institución.

38. Hacer seguimiento y control a sus hijos para que terminada la jornada escolar no permanezcan en parques, tiendas, almacenes de cadena, centros comerciales o los alrededores de la institución portando el uniforme.

39. Manejar de manera confidencial la plataforma académica de la institución, evitando socializar usuarios y contraseñas que permitan el acceso a información privada de otros estudiantes.

CAPÍTULO V: DERECHOS DE LOS EDUCADORES ARTÍCULO 12: DERECHOS INSTITUCIONALES DE LOS EDUCADORES El educador es el orientador en el establecimiento educativo, de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. El ejercicio de la profesión docente estatal se regirá por las normas del régimen especial del Estatuto Docente y por la ley 115 del 8 de febrero de 1994 por la cual se expide la ley general de educación. Teniendo en cuenta lo anterior, tiene derecho, además a: 1. Mejorar permanentemente el proceso educativo mediante el aporte de ideas y sugerencias a

través del Consejo Directivo, el Consejo Académico y las Juntas Educativas. 2. Recibir capacitación y actualización profesional. 3. No ser discriminado por razón de sus creencias filosóficas, políticas o religiosas. 4. Recibir un acompañamiento permanente y una corrección fraterna, en forma directa, privada, y

oportuna en los momentos de dificultad, atendiendo al proceso del conducto regular. 5. Recibir un buen trato de palabra y de acción por parte de todos los miembros de la Comunidad

Educativa. 6. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo de la institución, en la

Asamblea de Docentes. 7. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico en representación de su área académica, de

acuerdo con el procedimiento que para ello se defina. 8. Ser evaluado periódicamente con miras a su mejoramiento pedagógico. 9. Hacer uso de los recursos de apelación y reposición. 10. Otorgarles los derechos contemplados en la Constitución Nacional, en el Estatuto Docente y la

Ley General de Educación. 11. Participar en las reformas del PEI: SIEE, Manual de Convivencia y demás componentes

constitutivos del mismo.

CAPÍTULO VI: DEBERES DE LOS EDUCADORES

ARTÍCULO 13: DEBERES INSTITUCIONALES DE LOS EDUCADORES. Los docentes de la Institución educativa Mater Dei, además de las funciones señaladas en la ley tendrán los siguientes deberes:

1. Llevar a la práctica el PEI. 2. Ejecutar actividades curriculares tales como la administración del proceso educativo, la

preparación de su tarea académica, la evaluación, la calificación, planeación, disciplina,

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orientación y formación de los alumnos, además de las actividades complementarias propias de su cargo.

3. Asistir puntualmente a la institución para cumplir con su jornada escolar o laboral y/o demás reuniones programadas, como también ser puntual para iniciar y finalizar las clases.

4. Evitar el ausentarse de las clases cuando tenga bajo su responsabilidad un grupo de estudiantes.

5. Cumplir con la Dirección de Grupo y el servicio de orientación estudiantil. 6. Participar activamente de la planeación, ejecución y evaluación del Plan de Mejoramiento y el

Plan Operativo Institucional. 7. Atender a la Comunidad Educativa, en especial a los padres de familia, en los espacios

asignados para ello. 8. Participar y acompañar las actividades formativas, culturales y deportivas contempladas en el

Proyecto Educativo Institucional. 9. Colaborar con la realización de otras actividades vinculadas con organismos o Instituciones del

sector que incidan directa e indirectamente en la educación. 10. Adelantar actividades de investigación y actualización pedagógica relacionadas con el Proyecto

Educativo Institucional. 11. Realizar actividades de planeación y evaluación Institucional. 12. Conocer y velar por el cumplimiento de todas las normas establecidas en el Manual de

Convivencia o Reglamento Escolar. 13. Promover la formación de valores morales, espirituales y cívicos a partir del ejemplo de vida. 14. Acompañar a los estudiantes, respetando las diferentes formas de pensamiento y de género,

vivenciando los valores de la equidad y la tolerancia. 15. Entregar o hacer la devolución de las acciones evaluativas personalmente a los estudiantes en

horas de clase. 16. Difundir los valores y principios institucionales. 17. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de las acciones evaluativas presentadas por

ellos, en tiempo oportuno (8 días hábiles) para que puedan ejercer su derecho al reclamo cuando sea el caso.

18. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario del estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes y de acuerdo con los horarios establecidos por el plantel para tal efecto.

19. Asignar tareas que puedan efectuar los alumnos solos, que estén al alcance de sus capacidades y que les ayuden a aplicar, profundizar o ampliar lo aprendido en la clase.

20. Permanecer en la institución durante toda la jornada escolar. 21. Velar por la conservación de los documentos, muebles y bienes que le sean confiados. 22. Mantener el aseo y el orden de los espacios utilizados para el desarrollo de su trabajo. 23. Presentarse a la institución sin portar armas, ni llegar en estado de embriaguez o bajo los

efectos de alguna sustancia psicoactiva. 24. Asistir a la institución con una adecuada higiene personal y buena presentación. 25. Contribuir con el buen clima laboral. 26. Tener sentido de pertenencia con la Institución y mantener relaciones cordiales y de

cooperación con los demás miembros de la Comunidad Educativa. 27. Enfrentar el ejercicio de su profesión con creatividad siendo conciente de que vive en una

realidad marcada por lo imprevisto y lo transitorio. 28. Mantenerse en actitud de cambio de forma que sus prácticas educativas evolucionen siendo

respuesta a las nuevas expectativas y requerimientos de los estudiantes y la sociedad en general.

29. No consumir alimentos dentro de las aulas cuando se están desarrollando las diferentes actividades con los estudiantes.

30. Evitar el responder teléfonos celulares (llamadas o chats) mientras se desarrollan las clases.

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31. Conocer y cumplir las responsabilidades propias de su cargo contempladas en el Estatuto Docente y en la Ley General de Educación.

32. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tiene conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al Comité de Convivencia para activar el protocolo respectivo.

33. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizaje democrático y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, la integridad física y moral de los estudiantes.

34. Participar de los proceso de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

35. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia. 36. Diligenciar el Folder de Acompañamiento personal y grupal, prestando especial atención no sólo

al reporte de las situaciones Tipo I, II y III sino también a la acción pedagógica, la fecha de su cumplimiento y las observaciones a las que hubiere lugar, todo esto con el fin de poder hacer remisiones claras y precisas a los diferentes instancias para la solución de los conflictos.

37. Mantener el Folder de Acompañamiento personal y grupal bajo custodia en la oficina de la Coordinación de la institución con el fin de salvaguardar la información de los estudiantes allí consignada.

38. Ser puntuales en el diligenciamiento de la Plataforma Administrativa PC académico con el fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación Escolar, favorecer el trabajo en equipo y de este modo poder responder de manera diligente y oportuna con los criterios acordados en esta materia.

39. Asumir el rol de orientadores y mediadores en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, así como funciones en la detección temprana de estas mismas situaciones, a los estudiantes.

TÍTULO III: SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR, SIEE

CAPÍTULO I: LO ACADÉMICO

ARTICULO 14: MODELO PEDAGÓGICO DESARROLLISTA La Institución Educativa Mater Dei privilegia el MODELO PEDAGÓGICO DESARROLLISTA, o cognitivo como lo llaman otros autores, considerándolo como el más pertinente para su contexto educativo. El Modelo Pedagógico Desarrollista, según Elvia María González, “se fundamenta en los avances de la psicología infantil y en las corrientes empirista y pragmáticas de las ciencias donde se concibe la construcción del conocimiento como una experiencia individual de contacto directo con los objetos del mundo real y donde se asume como el criterio de verdad la utilidad” (1999) Sus exponentes son los pedagogos Ausubel, Novak,Dewey y su “aprender haciendo”; Freinet y su “imprenta infantil”; Montessori y sus “cosas de niños”; Decroly y sus “centros de interés” al igual que Piaget desde un abordaje cognitivo donde se centra en las etapas del pensamiento. Estos según González (1999) consideran la enseñanza como un acto puro de acción, donde los estudiantes realizan actividades desde sus propios intereses, a través de experiencias directas con los objetos a conocer, en contacto con problemas auténticos que estimulan el pensamiento, descubriendo por

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ellos mismos la validez de los aprendizajes. En este sentido se habla del aprendizaje por descubrimiento a su vez que sus estructuras cognoscitivas los lleva a acceder a conocimientos cada vez más complejos. Para Mónica María Gutiérrez (2008) “una de las características de este modelo es dejar a un lado la idea de enseñar contenidos y se centra en el diseño de proyectos educativos focalizados en las habilidades del pensamiento, en las operaciones intelectuales, en el desarrollo de destrezas cognitivas, en los procesos dinámicos del aprendizaje, en la selección de situaciones problemáticas a solucionar por los estudiantes, en sus conceptos previos y en lo significativos que pueden resultar los aprendizajes, con el profesor como guía y orientador pero es el alumno quien construye su propio proceso de conocimiento”. Partiendo de los autores antes mencionados el Modelo Pedagógico Desarrollista tendrá las siguientes características. 1. Los educandos construyen el conocimiento partiendo de sus propias experiencias para que este

aprendizaje sea cada vez más significativo.

2. Todo el proceso académico debe girar alrededor de construcciones que involucren la

experiencia entendida a su vez como el ensayar y el saber, la prueba y el conocimiento.

3. Se enseña por procesos para formar seres humanos competentes en un mundo globalizado.

4. No se aprenden contenidos, se desarrollan destrezas del pensamiento y se potencian

habilidades cognitivas.

5. Hay un currículo establecido por la Institución partiendo del contexto que le permita al educando

expresar sus experiencias y a partir de allí construir conocimiento y desarrollar su pensamiento.

6. El maestro incide directamente, crea las condiciones favorables para el aprendizaje,

facilitándole al estudiante el “aprender a aprender”, respetando los diferentes ritmos y

limitaciones.

7. Se considera la experiencia educativa como la reconstrucción constante de aquello que el

educando hace, así el alumno debe aprender a pensar y se aprende haciendo, buscando

información, comparándola, analizándola, reconstruyéndola y deconstruyéndola con el fin de

validar los aprendizajes.

8. El análisis, la interpretación y la crítica son claves en este proceso.

9. Priman los procesos de aprendizaje sobre los procesos de enseñanza. El alumno es el centro

del proceso docente-educativo.

10. Se privilegia los mapas mentales, mapas conceptuales y otros tipos de esquemas como parte

del proceso de aprendizaje. Estos organizadores gráficos permiten organizar, diferenciar,

jerarquizar, estructurar y tipificar la información.

11. La autonomía es una de las finalidades en materia educativa, entendida como la capacidad de

hacer autorreflexión, autocrítica y así pensar por sí mismo, lo que va permitir a su vez pensar en

el otro, estar en el lugar del otro y respetar sus puntos de vista. Desde esta perspectiva entran el

juego los valores como el respeto, la tolerancia y la aceptación a la otredad.

12. El ambiente de aprendizaje dentro del aula deberá propiciar la comprensión, el análisis, la

indagación, la formulación de hipótesis, la explicación oral y escrita, la lectura comprensiva y en

sí la construcción de aprendizaje significativo.

13. Se espera que en el aula se respeten los diferentes ritmos y tiempos de aprendizaje, teniendo en

cuanta los estadios por los que cruza el ser humano, según la teoría Piagetiana, para que el

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conocimiento y las propias construcciones no se desestime, sino que por el contrario se revalide

y se valore. En este sentido el currículo es flexible.

14. Privilegiar la lectura como práctica transversal es fundamental en el desarrollo de las habilidades

del pensamiento. Partir del deseo, del gusto y la preferencia por un género específico y no de la

imposición sino más bien por la selección de un número determinado de posibilidades, es una

pieza clave en la construcción de una sociedad lectura. Lo plantea Daniel Pennac (1999) “La

lectura no acepta imperativo”.

15. Se busca entonces, que los aprendizajes sean significativos, que el docente sea un facilitador

que genere espacios de aprendizaje partiendo del contexto, que el educando sea autor de su

propio proceso, que comparta sus experiencias y emita juicios de valor con argumentos válidos.

16. Los contenidos en este modelo responden a los elementos de la ciencia y la cultura, se

seleccionan partiendo del contexto y las características del educando y de sus propios intereses,

en palabras de Bernal, tiene que analizarse desde diferentes perspectivas: desde el campo de

la ciencia, desde la comprensión del saber por parte del maestro y desde la forma como el saber

es transformado en la práctica de la enseñanza.

17. En cuanto a la evaluación, el modelo desarrollista, está en estrecha relación con lo planteado en

el SIEE Institucional, en este se plantea una evaluación que involucre lo cognitivo, lo

procedimental y lo actitudinal, en otras palabras una evaluación integral por procesos, teniendo

en cuanta los diferentes ritmos y tiempos de aprendizaje.

ARTÍCULO 15: LA CLASE DESDE EL MODELO DESARROLLISTA

El Modelo Pedagógico, no solo describe y explica una realidad educativa, también hace reflexionar en cómo intervenir en ella para transformarla. La clase desde el Modelo Pedagógico Desarrollista contará con las siguientes etapas:

ANTES DURANTE DURANTE DURANTE DESPUÉS

PLANEACIÓN APERTURA DESARROLLO CIERRE REFLEXIÓN

Conocer el tipo de estudiante, sus condiciones, sus motivaciones y el contexto hace que la práctica pedagógica adquiera un valor pedagógico y sea significativa para el educando.

Motivación por parte del docente.

Se puede iniciar la clase desde una pregunta que involucre, sensibilice y persuada al educando a un accionar cognitivo.

Se parte de las experiencias previas de los educandos, es decir se tiene en cuenta su propia “Enciclopedia cultural”.

Se delimita el tema, se hace una breve introducción relacionando este nuevo aprendizaje al mundo vivencial del educando para que este nuevo aprendizaje

La clase no se centra en contenidos, por el contrario, estos están orientados a desarrollar destrezas del pensamiento y a potencializar las habilidades cognitivas. En este sentido, se enseña a pensar mediante la indagación, la comparación, el análisis y la crítica.

El conocimiento se construye y se reconstruye a partir de las experiencias de los educandos.

Se privilegia la lectura en voz alta como práctica que estimula el pensamiento y desarrolla la creatividad.

Como práctica

Se evalúa el proceso en tanto el aprendizaje es secuencial y progresivo.

Se valoran los conceptos adquiridos.

Se presenta el material que evidencian dichos procesos.

Se evalúa el avance en lo cognitivo, lo procedimental y lo actitudinal.

La autoevaluación parte de una autorreflexión del avance en el proceso.

La reflexión pedagógica es una pieza clave para mejorar los procesos y para hacer los ajustes pertinentes a nivel metodológico, didáctico y evaluativo.

Reflexionar sobre el quehacer pedagógico hace que la labor del docente sea cada vez más efectiva y significativa.

Hacer reflexión en el modelo pedagógico, permite transformar la

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sea significativo. académica escritural, se privilegia los organizadores gráficos que permiten sintetizar, relacionar y reconstruir la información.

Los talleres en grupos colaborativos, permiten la confrontación de los diferentes puntos de vista y la construcción colectiva del saber.

El debate en cualquiera de sus formas, permite poner en escena el argumento como elemento indispensable en la construcción de una postura válida.

Las exposiciones son un buen elemento que permite la confrontación y la construcción de los saberes.

Las prácticas escriturales como el ensayo permiten tomar una postura frente al conocimiento.

realidad educativa.

ARTÍCULO 16: LA EVALUACIÓN INTEGRAL DEL APRENDIZAJE

El fin de la educación es generar seres conscientes del desarrollo de sus propias potencialidades, de esta manera se establece la educación como un proceso personal y social de permanente crecimiento y aprendizaje para la vida. Lo propio de la educación es el “aprender”, el desarrollarse y crecer permanentemente a partir de sí mismo y en armonía con el entorno natural y social como un proceso nunca acabado. Desde una perspectiva psicológica y pedagógica se han de entender los procesos cognitivos identificándolos a través de las teorías educativas, cuáles elementos del conocimiento intervienen en la enseñanza y cuáles son las condiciones bajo las cuales es posible el aprendizaje. Para la literatura histórica educativa la evaluación en sus usos convencionales ha sido considerada como un elemento externo de la actividad de aprender, un medio desde el que se valora un aprendizaje y solo a partir de los datos obtenidos, se iniciaban nuevos aprendizajes o, en caso necesario actividades de apoyo. La evaluación a través de los modelos educativos centrados en el aprendizaje, debe tomar en consideración el desarrollo del propio estudiante, es decir sus expectativas, sus habilidades, sus actitudes, sus competencias, sus estilos de aprendizaje, sus motivaciones e intereses y en sí sus necesidades y proyección futura; el término evaluación integral en el ámbito pedagógico es una generalización relativamente creciente, como concepto aglutinador, superior a la comprobación, a la medición y al examen tradicional. Como componente pedagógico la evaluación integral es un proceso continuo, sistemático y participativo, cuyo propósito es la obtención, el análisis y la interpretación de información para establecer juicios de valor, que sirven como base para la toma de decisiones y permiten lograr el desarrollo permanente del estudiante.

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Con los fundamentos de la evaluación aquí referenciados, se abren horizontes evaluativos donde se recobra su dimensión formadora en el proceso del aprendizaje, con una perspectiva congruente con las teorías que se adopten, para un aprendizaje significativo derivado de la construcción social del estudiante en un contexto de evaluación permanente (Bordas, 2000) e integral. En esta inclusión de la práctica formadora de la evaluación se dirigen las acciones de la Institución Educativa MATER DEI, a través del cómo y para qué evaluar el aprendizaje, planteando eslabones acordes a la época en este terreno. La implementación de un adecuado SIEE, permitirá que los estudiantes de la Institución Educativa Mater Dei sean reconocidos por su perfil académico y desarrollo humano de acuerdo con nuestra visión Institucional. Los siguientes son los aspectos más relevantes que a nivel de evaluación académica personal y social deben tener en cuenta todos los estamentos de la Comunidad Educativa de Mater Dei:

CAPÍTULO II: LA EVALUACIÓN ARTÍCULO 17: CRITERIOS DE EVALUACIÓN. En la Institución Educativa Mater Dei cada dimensión y área del conocimiento establece las competencias generales, competencias específicas por grado y nivel e indicadores de desempeños, que corresponden a lo que se espera que el estudiante alcance al finalizar el año escolar. En Preescolar, las competencias responden al desarrollo de los procesos de las dimensiones del desarrollo humano. En el nivel de la básica primaria, básica secundaria y media, las competencias corresponden al saber, saber hacer y al ser y estar pueden evidenciarse a través del desarrollo del contenido curricular establecido en el PEI tal y como se expone a continuación:

CONTENIDO CURRICULAR

COGNITIVO Saber qué

PROCEDIMENTAL Saber hacer

ACTITUDINAL Saber ser y estar

Estos contenidos se refieren al “saber” de una competencia y designan objetos, hechos, símbolos o conjuntos de éstos que tienen características comunes y describen relaciones existentes entre los mismos. Se trata de conocimientos con los cuales “decimos o declaramos cosas” (de las cosas, de la naturaleza, de los números, de los grupos sociales, de los símbolos del pasado, entre otros.).

Los contenidos del bloque procedimental se refieren al “Saber hacer” de una competencia. Un procedimiento es un conjunto de acciones ordenadas orientadas a la consecución de una meta. Trabajar los procedimientos significa descubrir la capacidad de saber hacer, de saber actuar de manera eficaz y aplicar correctamente los conocimientos.

Los contenidos del bloque actitudinal se refieren al “saber actuar y valorar” o “saber ser y estar” en el mundo desde una opción valorativa, de una competencia. Los contenidos actitudinales se refieren a un conjunto de tendencias, a comportarse de una determinada manera ante las personas, las situaciones, los acontecimientos, los objetos y los fenómenos. Estos contenidos tienen una clara dimensión educativa y son los que dan a los otros ese sentido integral que debe tener la educación.

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De esta manera, el proceso evaluativo permite ordenar y dirigir acciones hacia la consecución de una meta determinada; buscando fomentar la metacognición y autorregulación de lo que se aprende, es decir, inducir una reflexión y un análisis continuo sobre los diferentes procesos de la vida estudiantil. Es por ello, que la Institución teniendo en cuenta el desarrollo de los niveles de competencia de los estudiantes determina los siguientes criterios: La evaluación debe ser integral por lo tanto la apropiación de los diferentes contenidos, procedimientos y actitudes serán evaluados por los docentes de las diferentes áreas y asignaturas a través de las distintas acciones evaluativas. Al iniciar el año escolar, el Consejo Académico determinará y aprobará los criterios de evaluación de las actividades académicas que realicen los estudiantes en cada una de las áreas del Plan de Estudios, con el fin de determinar la calidad de las mismas. Estos criterios se darán a conocer a los estudiantes y a sus familias, a través de la Asamblea General de Padres de Familia, comunicados, en el Programa Académico Institucional o de manera impresa. Así mismo, el Consejo Académico conformará las diferentes Comisiones de Evaluación y Promoción para cada grado. El año escolar estará dividido en tres periodos académicos con un valor de 30%, 30% y 40%, respectivamente, cada uno de ellos reportados a las familias, a través de un informe valorativo – descriptivo en el cual aparecen las asignaturas y áreas del Plan de Estudios, con sus correspondientes fortalezas, dificultades y recomendaciones al igual que la valoración cualitativa y cuantitativa de los niveles de desempeños alcanzados; y un informe final (cuarto informe)”. El decreto 1290 de 2009 establece el Sistema de Evaluación y Promoción sólo para la educación básica y media, por tal motivo el informe en el preescolar será de carácter descriptivo – explicativo, atendiendo al desarrollo de los procesos de las dimensiones cognitivas y formativas y teniendo en cuenta lo establecido en el decreto 2247 de 1997. Todo educador debe dar a conocer anticipadamente a los alumnos en las acciones evaluativas que realizará y el valor asignado a cada punto. En caso de no estipularlos, el valor en todos los puntos será el mismo. En todos los casos se evitará anular una pregunta buena con una mala. Cada educador llevará un registro del proceso evaluativo de su área y/o asignatura, en donde consignará la valoración cuantitativa del proceso alcanzado por cada estudiante durante el periodo académico, procedimiento que también es llevado por el estudiante en el autocontrol de acciones evaluativas. Este registro descriptivo-valorativo es presentado a los padres de familia de forma cualitativa y cuantitativa terminado cada uno de los periodos académicos y finalizado el año escolar, según la escala Institucional y en concordancia con la escala nacional. La definitiva de áreas conformadas por dos o más asignaturas será el resultado de las valoraciones obtenidas entre ellas y posteriormente homologado cualitativa y cuantitativamente. Si el resultado es homologado a un desempeño básico, alto o superior el área será aprobada. Al finalizar cada periodo académico, el educador debe confrontar los resultados obtenidos con el autocontrol de acciones evaluativas diligenciado por los estudiantes e informar a cada uno de ellos el alcance o no de las competencias esperadas. Cada área y/o asignatura organiza, un número de estrategias evaluativas de acuerdo con la intensidad horaria determinada para el año escolar.

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PARÁGRAFO 1: Para áreas y/o asignaturas que tengan como intensidad horaria una (1) o dos (2) horas semanales, se deberá realizar tres (3) acciones evaluativas en el período.

PARÁGRAFO 2: Para áreas y/o asignaturas que tengan intensidad horaria superior a dos (2) horas semanales, se deberá realizar cinco (5) acciones evaluativas en el período. Al iniciar cada período académico el docente debe informar a los estudiantes las acciones evaluativas a realizar en el período, las cuales deberán quedar establecidas en el autocontrol de acciones evaluativas.

1. El peso porcentual para la valoración de las áreas conformadas por varias asignaturas se define

de la siguiente manera:

Área de Humanidades: Lengua Castellana 60% – Inglés 40% Área de Matemáticas: Matemáticas 70% – Geometría 30% (para la básica primaria) Área de Matemáticas: Matemáticas 60% – Geometría 20%- Estadística 20% (para la básica secundaria y media) Área de Tecnología e Informática: Tecnología e Informática 50%–Emprendimiento 50% Área de Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución política y democracia: Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución política y democracia 80% Urbanidad y Cívica 20% Área Ciencias Naturales y Educación Ambiental: para la básica primaria 100%, para el caso de la básica secundaria: Biología 60%, Química 20%, física 20%. Para la media: biología 20%, Química 40% y Física 40%

La Media Técnica de Comercio y Servicios estará incluida dentro del Plan de estudios

Institucional en los grados de 10° y 11° y estará conformada por dos áreas: Gestión Humana y Proyecto de Actividades Integradoras “PAI” así:

a. Técnica - Área de Gestión Humana (peso porcentual del área 100%) conformada por:

Módulo Técnico acorde a la programación. Peso porcentual de la asignatura 70%. TICS (articulada con el área de Tecnología e Informática) peso porcentual de la asignatura

10%. Desarrollo Humano (articulada con el área de Ética y Valores Humanos) peso porcentual de

la asignatura 10%. Comunicación Asertiva (articulada con el área de Humanidades – Lengua Castellana) peso

porcentual de la asignatura 10%.

b. Técnica - Área de Proyecto de Actividades Integradoras “PAI” (peso porcentual del área

100%) conformada por:

Emprendimiento Empresarial (articula con la asignatura de emprendimiento) peso porcentual de la asignatura 20%. Proyecto integrador (Programa Técnico). Peso porcentual del proyecto 80%.

La Institución Educativa adoptará una escala de valoración cuantitativa, cualitativa y en concordancia con la escala de valoración nacional de acuerdo con el SIEE: “Escala de valoración Institucional y su equivalencia con la escala nacional”. El Educador facilitará acciones de mejoramiento continuo a aquellos estudiantes que presenten deficiencias durante el período.

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Si en el transcurso de cada período académico el estudiante presenta un desempeño bajo en alguna área y/o asignatura, el docente realizará Actividades de Apoyo que le permitan al estudiante mejorar sus desempeños y alcanzar la competencia esperada. Finalizado el año escolar, la institución implementará los Planes de Apoyo para todos los estudiantes que no alcanzaron las competencias en una, dos o tres áreas académicas. Sea el caso de Plan de Apoyo de Nivelación para una, dos o tres áreas académicas y Planes de Superación para una sola área académica. Culminados los Planes de Apoyo, en lo relacionado con las nivelaciones, la Comisión de Evaluación y Promoción, promoverá al grado siguiente a los estudiantes que cumplan con los “Criterios de Promoción” establecidos por la institución y dará a conocer el listado de los estudiantes que deben presentar actividades de Superación en una área académica. Finalizadas las actividades de Superación, la institución dará a conocer los resultados y aplicará los criterios de promoción determinados en el SIEE. Para la realización de las diferentes actividades de los Planes de Apoyo los docentes entregarán previamente una guía de trabajo que orienta la preparación de los temas fundamentales tratados durante el año escolar. Para la valoración de estas actividades de Planes de Apoyo se tendrá en cuenta que la valoración máxima cualitativa: desempeño básico y valoración máxima cuantitativa 3.0 siempre y cuando el alumno apruebe el 60% o más de la acción evaluativa o valoración cualitativa: desempeño bajo y valoración cuantitativa de 1.0 a 2.9. Una acción evaluativa tendrá un desempeño bajo, con la mínima valoración cuantitativa, cuando: a. El estudiante no presente autorización previa o excusa válida a la coordinación de la institución,

que justifique su ausencia. b. La suplantación, el fraude, la copia en las tareas, evaluaciones y trabajos (hacerlo o facilitarlo). c. Si las evaluaciones escritas no tienen ningún desarrollo. d. El incumplimiento en la entrega y/o presentación de la acción evaluativa. Se mantiene vigente el criterio de máximo dos (2) evaluaciones escritas por día, pero si un docente requiere sacar más de dos (2) notas en la misma clase, no serán aquellas las que definen el período. Todo estudiante tiene derecho a conocer los resultados de los procesos de evaluación y calificaciones definitivas antes de ser reportadas a secretaria en cada periodo. Para los alumnos que ingresen al establecimiento una vez se hayan iniciado las labores académicas y aporten notas no numéricas en sus informes parciales y con el ánimo de homologarlas con las institucionales, se le asignarán las notas numéricas máximas equivalentes a la escala de valoración nacional definidas por el plantel en cada uno de los rangos establecidos. Para aquellos estudiantes que ingresen al establecimiento, una vez iniciado el año escolar y reporten en sus informes parciales y/o totales ya sea uno, dos, tres o cuatro períodos académicos definidos en sus planteles, estos se homologarán con los tres períodos definidos en la institución. Así por ejemplo: Si definieron cuatros (4) períodos (dos para el primer semestre y dos para el segundo semestre), las notas del primero y/o segundo periodo se asignarán igualmente para el primer período trimestral en nuestro sistema de información, dejando constancia de ello. Igualmente se procederá en los demás casos antes anotados.”

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Para los estudiantes que ingresen al establecimiento una vez iniciado el año escolar y presenten faltantes en notas de algunas áreas, o no reporten notas a la fecha, los docentes de la institución formalizarán un plan de nivelación efectivo y rápido para asignar dichas notas, dejando constancia de ello en la secretaría del establecimiento.” Para aquellos estudiantes que ingresen al establecimiento, una vez iniciado el año escolar y no reporten en sus informes parciales notas relativas a la valoración del comportamiento, no se les asignará ninguna valoración por dichos períodos, únicamente se tendrá en cuenta el comportamiento observado durante su permanencia en el colegio. Terminado el año escolar, la Institución entrega un informe final a los Padres de Familia donde se describen las competencias alcanzadas por los estudiantes con su respectiva valoración cualitativa y cuantitativa, acorde con los niveles de desempeño obtenidos. Los resultados serán presentados según la escala nacional determinada por el decreto 1290 de 2009. Cuando se requiera segundo calificador en una acción evaluativa escrita, se solicitará el trámite ante la Coordinación, después de haber agotado el conducto regular. Ésta dependencia tendrá dos (2) días hábiles para responder. La calificación final que se registrará será la que otorgue el segundo calificador. La autoevaluación tiene como objetivo, mejorar los procesos de formación integral de los estudiantes, con esta estrategia ellos mismos tendrán la posibilidad de evaluarse desde una mirada crítica y objetiva durante el año escolar. No contará con valoración cuantitativa. Las asignaturas de biología, física y química para los grados de sexto a undécimo será incluida dentro del Plan de Estudios a desarrollarse y evaluarse como parte del área de ciencias naturales y educación ambiental y tendrá el mismo tratamiento de las áreas obligatorias para efectos de evaluación y promoción. Las asignaturas de: geometría (en básica primaria) y estadística como parte del área de Matemáticas, Constitución y Democracia como parte del área de Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución política y democracia, Emprendimiento como parte del área de Tecnología e Informática en los grados de 1° a 11°, serán incluidas dentro del Plan de Estudios a desarrollarse y evaluarse y tendrá el mismo tratamiento de las áreas obligatorias para efectos de evaluación y promoción. El informe final será el resultado del análisis de los desempeños cualitativos demostrados por los estudiantes en cada una de las áreas durante el año lectivo. Este análisis estará a cargo de la Comisión de Evaluación y Promoción. La Comisión de Evaluación y Promoción en cumplimiento de sus funciones tendrá en cuenta los siguientes aspectos para aprobar la valoración definitiva por área, una vez culminado el año lectivo escolar: a. El desempeño presentado por el estudiante, durante los tres periodos escolares, para cada área. b. Los desempeños del estudiante durante el año en aspectos como: responsabilidad, puntualidad

y entrega oportuna de las actividades propuestas, (guías, talleres, trabajos, entre otros) igualmente interés, disposición y participación en clase, respeto por los docentes y compañeros.

c. Valoración de esfuerzos, ritmos de aprendizaje y grado de asimilación que presenta cada estudiante en los procesos formativos.

d. Cumplimiento como mínimo del 85% de asistencia a las clases programadas durante el año escolar, excepto en los casos con justificación y excusa oportuna.

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PARÁGRAFO 1: El resultado final no se limitará al simple promedio de valoraciones de los períodos, será el producto del análisis del desempeño demostrado por los estudiantes en las áreas durante el año lectivo, a través de los diferentes indicadores. Esto permitirá demostrar o no el desarrollo de las capacidades y desempeños básicos para poder cursar exitosamente el grado siguiente.

PARÁGRAFO 2: Para las áreas con dos o más asignaturas, Los Planes de Apoyo tendrán en cuenta los conocimientos de todas las asignaturas que las conforman, teniendo mayor relevancia las asignaturas en las que el estudiante haya obtenido un desempeño bajo.

PARÁGRAFO 3: Los anteriores criterios serán complementados por los que cada área según sus particularidades establece en el Plan de Estudios, avalado y contenido en el PEI.

ARTÍCULO 18. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

Los procesos formativos de los estudiantes que presenten un diagnóstico profesional que haga referencia a necesidades educativas especiales, ya sea, ofrecido por medio de entidades que celebran convenios con el municipio de Medellín ó por profesionales externos, se guiarán por los siguientes criterios: 1. Reconocimiento de su individualidad y valoración de sus saberes previos.

2. Aplicación de las sugerencias hechas por el(los) profesional (les).

3. Adecuación de algunas acciones evaluativas, atendiendo a las necesidades de los estudiantes.

4. Implementación de un Plan especial de Apoyo de acuerdo con la propuesta de cada una de las

áreas del Plan de Estudios.

ARTÍCULO 19: CRITERIOS DE PROMOCIÓN. La Comisión de Evaluación y Promoción analizará los desempeños cualitativos y cuantitativos de los estudiantes en cada uno de los periodos académicos, con el fin de determinar la promoción o no de cada uno de ellos de acuerdo con los siguientes criterios: a. El estudiante será promovido al grado siguiente cuando los niveles de competencia alcancen un

desempeño básico, alto o superior en todas las áreas. b. El estudiante será promovido al grado siguiente cuando los niveles de competencia alcancen un

desempeño básico, alto o superior en todas las áreas luego de presentado y aprobado el Plan de Apoyo referente a las actividades de nivelación.

c. El estudiante que presenta Planes de apoyo relacionados con actividades de Nivelación ya sea en una, dos o tres áreas y obtiene como mínimo un desempeño básico en ellas, será promovido al grado siguiente.

PARÁGRAFO 1: No aplican los Planes de Apoyo relacionadas con las actividades de Nivelación, y por lo tanto el numeral anterior, para la básica primaria (1o a 5o) cuando dos de las tres áreas son: Humanidades (Lengua Castellana e Idioma extranjero) y Matemáticas. El estudiante que después de presentar Planes de apoyo a nivel de actividades de superación en la última semana institucional del calendario académico en el área pendiente, obtenga como mínimo un desempeño básico podrá ser promovido al grado siguiente.

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PARÁGRAFO 2: Los estudiantes tendrán la oportunidad de presentar actividades de superación sólo en un área reprobada, en la última semana institucional del calendario académico. Para los estudiantes que llegan nuevos, promovidos por otra institución con desempeños bajos en una o dos áreas, el colegio programará actividades que ayuden a nivelar los desempeños pendientes, aclarando que el desarrollo de estas actividades no tienen valoración ni cualitativa ni cuantitativa; son una estrategia metodológica que les permite el mejoramiento de las competencias básicas del área(s). Estas actividades son extracurriculares y se adoptan en el transcurso del primer período. Para efectos de evaluación, cada asignatura que conforme un área tendrá una valoración independiente y definitoria en los períodos académicos establecidos por la institución, más no así para el promedio final pues la promoción se hará teniendo en cuenta el promedio de las asignaturas que conformen un área y el promedio acumulado de las áreas independientes. La institución garantizará un mínimo de promoción del 90% de los estudiantes y ésta ha de calcularse con base en la matrícula final.

ARTÍCULO 20: CRITERIOS Y PROCESOS PARA FACILITAR LA PROMOCIÓN AL GRADO SIGUIENTE DE AQUELLOS ESTUDIANTES QUE NO LA OBTUVIERON EN EL AÑO LECTIVO ANTERIOR. Los estudiantes que hayan obtenido como resultado un desempeño bajo en una o más áreas académicas, luego de haber presentado las diferentes actividades de los Planes de Apoyo a que hubiera lugar, no serán promovidos al grado siguiente, sin embargo, tendrán la posibilidad de ser promovidos durante el primer período del año escolar si demuestran un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursan. El Consejo Académico analizará el caso previa consulta y consentimiento de los padres de familia. Para tales casos se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: 1. Acompañamiento del director de grupo a los estudiantes que reprobaron el año lectivo anterior.

2. Programación de actividades adicionales que con su ejecución ayuden a nivelar las

competencias pendientes de aquellos estudiantes que reprobaron el año lectivo anterior,

aclarando que el desarrollo de las mismas no tienen valoración ni cualitativa ni cuantitativa; son

una estrategia metodológica que sirve para afianzar su aprendizaje y su desempeño durante el

primer periodo, son además un apoyo a los “criterios y procesos que facilitan la promoción al

grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año anterior”. Su desarrollo

es una estrategia voluntaria, extracurricular solicitada por el estudiante y/o su acudiente y que

se adopta en el transcurso del primer período escolar.

3. Transcurrido el 95% del primer período, los docentes analizarán el desempeño de los

estudiantes que hayan reprobado el año lectivo anterior, socializarán con los padres de familia

los “criterios y procesos que facilitan la Promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes

que no la obtuvieron en el año anterior” y recibirán las comunicaciones de los acudientes

solicitando la Promoción al grado siguiente sólo si el estudiante ha mantenido un desempeño

superior en todas las áreas en el tiempo anteriormente estipulado.

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4. El Director de grupo presentará el caso o los casos que ameriten estudio para la Promoción al

grado siguiente, al Consejo Académico, anexando un consolidado académico personal y social

de los estudiantes postulados, igual que la solicitud de sus padres de Familia.

5. El Consejo Académico analizará el caso y notificará por escrito la decisión al padre de familia o

acudiente para que éstos acompañen a los estudiantes, si es el caso, en el proceso de

promoción al grado siguiente.

6. Luego de la aprobación del Consejo Académico se presentará el caso al Consejo Directivo.

7. El Consejo Directivo analizará el caso y la decisión será consignada en acta y, si es positiva, en

el registro escolar.

PARÁGRAFO: Al estudiante promovido se le consignará en el registro del nuevo grado las valoraciones obtenidas en el primer período del año en curso en cada una de las áreas. La Institución ofrecerá la información necesaria a nivel de competencias, indicadores de desempeño y contenidos del primer periodo académico -del grado al cual ha sido promovido el estudiante- para que se nivele por sus propios medios.

ARTÍCULO 21: CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN

No serán promovidos al grado siguiente los estudiantes que:

1. Finalizando el año escolar obtengan un desempeño bajo en dos o tres áreas, después de

presentar el Plan de Apoyo en lo referente a las actividades de Nivelación.

2. En los grados de nivel básica primaria de 1o a 5o alcancen un desempeño bajo en

Humanidades (Lengua Castellana e Idioma extranjero) y Matemáticas (Matemáticas y

Geometría). No aplica para estos estudiantes los Planes de Apoyo referentes a las actividades

de nivelación.

3. Dejan de asistir injustificadamente al 15% de las clases en el año escolar.

4. Finalizando el año escolar presente actividades de nivelación en tres áreas y obtenga como

mínimo un desempeño básico en dos de ellas y bajo en otra, y al presentar actividades de

superación en la última semana Institucional del calendario académico para el área pendiente,

el resultado sea un desempeño bajo en el área evaluada.

5. Teniendo el derecho a presentar las diferentes actividades de los Planes de Apoyo, no las

presente en el tiempo previsto por la Institución, sin causa justa.

6. A partir del grado primero la no promoción puede darse en todos los grados sin ninguna

excepción.

PARÁGRAFO: La institución reservará en la oferta educativa, dos cupos por grado para

estudiantes a los cuales se puedan aplicar: “criterios y procesos para facilitar la promoción al grado

siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior” establecidos en el

SIEE.

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ARTÍCULO 22: ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL- CUANTITATIVA

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL-CUALITATIVA

EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

4.6 – 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR DESEMPEÑO SUPERIOR

4.0 – 4.5 DESEMPEÑO ALTO DESEMPEÑO ALTO

3.0 – 3.9 DESEMPEÑO BASICO DESEMPEÑO BASICO

1.0 – 2.9 DESEMPEÑO BAJO DESEMPEÑO BAJO

Para el caso de las aproximaciones solo se usará un (1) decimal. PARÁGRAFO 1: Para la valoración de Planes de Apoyo se tendrá en cuenta que la valoración

máxima cualitativa: desempeño básico y valoración máxima cuantitativa 3.0 siempre y cuando el

alumno apruebe el 60% o más de la acción evaluativa, o valoración cualitativa: desempeño bajo y

valoración cuantitativa de 1.0 a 2.9.

PARÁGRAFO 2: En caso de que la valoración final sea de desempeño bajo, se le asignará al estudiante la valoración cuantitativa más alta que se registre entre los Planes de apoyo y la nota promedio del informe final. PARÁGRAFO 3: Las valoraciones resultantes de los Planes de Apoyo serán registradas en el PC, siempre y cuando mejoren el promedio del área. ARTÍCULO 23: DEFINICIÓN DE CADA DESEMPEÑO Y SU EQUIVALENCIA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

1. DESEMPEÑO SUPERIOR: Es un nivel de desempeño especialmente destacado, que manifiesta

un superior desarrollo, apropiación y aplicación de las competencias establecidas por el área, de

acuerdo con todos los contenidos, las instrucciones y los procedimientos señalados por ésta

para el grado.

Merecen ocupar este nivel, los estudiantes que alcanzan con profundidad las competencias establecidas por el área y quienes demuestran con su actitud la búsqueda de la excelencia y el mejoramiento continuo de sus procesos de aprendizaje y formación para la vida.

2. DESEMPEÑO ALTO: Es un nivel de desempeño destacado, que manifiesta un alto desarrollo,

apropiación y aplicación de las competencias establecidas por el área, de acuerdo con todos los

contenidos, las instrucciones y los procedimientos señalados por ésta para el grado.

Merecen ocupar este nivel, los estudiantes que alcanzan las competencias establecidas por el área y quienes demuestran con su actitud la búsqueda del mejoramiento continuo de sus procesos de aprendizaje y formación para la vida.

3. DESEMPEÑO BÁSICO: Es un nivel de desempeño aceptable, que manifiesta un elemental

desarrollo, apropiación y aplicación de las competencias establecidas por el área, de acuerdo

con todos los contenidos, las instrucciones y los procedimientos señalados por ésta.

Se ubican en este nivel, los estudiantes que alcanzan los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las

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orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional.

4. DESEMPEÑO BAJO: Es un nivel de desempeño insuficiente, donde no se alcanzan las

competencias establecidas por el área, de acuerdo con todos los contenidos, las instrucciones y

los procedimientos señalados por ésta.

Se ubican en este nivel, los estudiantes que demuestran desinterés, apatía, irresponsabilidad, y/o dificultades significativas, que les impiden alcanzar resultados básicos.

PARÁGRAFO: La escala de valoración Institucional se asume desde dos aspectos: una

valoración cualitativa y una valoración cuantitativa. La valoración cuantitativa será registrada en todas las acciones evaluativas que se apliquen a los estudiantes como también en los libros y registros escolares reglamentarios, la valoración cualitativa sólo será registrada en los libros y registros reglamentarios.

ARTÍCULO 24: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR: La Institución Educativa MATER DEI propenderá, acorde con sus principios de excelencia académica, por generar acciones que permitan proporcionar a los estudiantes apoyos personales y en equipo atendiendo a las diferencias individuales dentro de su proceso de evaluación. Como ya se estableció anteriormente, la evaluación dentro de la institución, tiene un sentido de diagnóstico, formativa y sumativa que le permite identificar las fortalezas y debilidades en el proceso evaluativo de los estudiantes. Se utilizan estrategias como: 1. TRABAJO INDIVIDUAL: Investigaciones, talleres complementarios y de profundización,

salidas al tablero, consultas, entre otras.

2. TRABAJO GRUPAL: Talleres, investigaciones, elaboración de guías de trabajo, presentación

creativa de diferentes temas.

3. ACOMPAÑAMIENTO PERSONAL Y SOCIAL: En esta herramienta se tiene el consolidado de

todo el proceso a nivel del comportamiento personal y social como todos los aspectos

relacionados con el proceso académico de los estudiantes durante el año lectivo, en él se

evidencian, entre otras cosas, las competencias obtenidas y las áreas y/o asignaturas que

debe mejorar.

4. FICHA DE SEGUIMIENTO DE LOS ALUMNOS: Es un seguimiento del proceso evolutivo

donde se consignan datos personales, preferencias y gustos y se escribe cualitativamente

el proceso de seguimiento.

5. AUTOCONTROL DE ACCIONES EVALUATIVAS: Formato unificado que cada docente

presenta a sus estudiantes al inicio de cada periodo escolar, para que ellos lo diligencien

durante el transcurso del mismo, y con sus familias hagan seguimiento a la obtención de las

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competencias establecidas para cada periodo. En este formato se presentan: las

competencias, los contenidos y los indicadores de desempeño, así como las acciones

evaluativas, la fecha de su ejecución y la respectiva valoración.

6. SEGUIMIENTO ACADÉMICO DÍA A DÍA: Consiste en la posibilidad que tienen estudiantes y

padres de familia de observar a través del programa académico de la institución las

valoraciones cuantitativas de cada una de las acciones evaluativas que el estudiante obtiene

durante el período académico de manera ágil y oportuna, con el fin de que tanto estudiantes

como padres de familia hagan seguimiento y apliquen los correctivos pertinentes para mejorar

el desempeño en las áreas y/o asignaturas con dificultad.

7. CITACIÓN A PADRES DE FAMILIA: Para establecer diálogos formativos y acompañamiento

especial para los estudiantes con bajo desempeño académico, personal y social.

8. REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Ésta se reúne

periódicamente para analizar los desempeños académicos, personales y sociales de los

estudiantes y determinar estrategias de mejoramiento para los alumnos, los padres de familia y

los docentes.

9. INFORMES ACADÉMICOS PERIÓDICOS: Formato Institucional a través del cual se informa a

las familias, al finalizar cada período, sobre el desempeño de los estudiantes en las diferentes

asignaturas y/o áreas. El informe de los desempeños entregados a los padres de familia, así

como el registro de estas valoraciones en todos los libros reglamentarios de la institución, serán

presentados de forma cualitativa y cuantitativa.

10. REPORTE COMPORTAMENTAL: Es un registro descriptivo que consolida el comportamiento

personal y social de los estudiantes durante cada uno de los periodos escolares teniendo en

cuenta las normas establecidas en el Manual de Convivencia; además es un instrumento de

comunicación para el padre de familia, los estudiantes, los docentes y la administración. Este

reporte es socializado con los estudiantes y sus padres de familia finalizado cada periodo.

Todos estos registros son conocidos por los estudiantes, los padres de familias y/o acudientes, quienes se hacen responsables de los procesos mediante la lectura y la firma. ARTÍCULO 25: ESTRATEGIAS PERMANENTES DE APOYO PARA LA SUPERACIÓN DE LAS DEBILIDADES DE LOS ESTUDIANTES: ACTIVIDADES DE APOYO: Son actividades que buscan la superación de las debilidades de los estudiantes (desempeños bajos). Los docentes planearán y desarrollarán estas actividades durante cada uno de los períodos escolares con el fin de que los estudiantes alcancen las competencias propuestas para cada periodo y su valoración corresponde a la establecida en el Artículo 22 del presente documento (de 1.0 a 5.0). A continuación se presentan algunos ejemplos: Exposiciones, evaluaciones escritas, evaluaciones orales, presentaciones virtuales y sustentación de las mismas, explicaciones personalizadas y /o en grupo, videos e informes escritos de los mismos, comentarios de artículos en internet, elaboración de carteles y plegables donde se desarrolle de manera creativa y original un tema, elaboración de ejercicios en clase, elaboración de modelos y representaciones, etc.

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PLANES DE APOYO: La Institución entiende los Planes de Apoyo como aquel proceso pedagógico y evaluativo que propicia un mejor rendimiento académico y conlleva a fortalecer los métodos de enseñanza y aprendizaje. La Comisión de Evaluación y Promoción, promoverá al grado siguiente a los estudiantes que cumplan con los “Criterios de Promoción” establecidos por la institución y dará a conocer el listado de los estudiantes que deben iniciar los procedimientos establecidos para presentar Planes de Apoyo. Los Planes de Apoyo constan de diferentes actividades que se programan para subsanar las insuficiencias presentadas por los estudiantes durante los periodos académicos y se desarrollan al finalizar el año lectivo. Aspectos que rigen los Planes de Apoyo: 1. El resultado obtenido en los Planes de Apoyo será la valoración definitiva consignada en el

informe final. 2. El estudiante que sin causa justa no presente las actividades de apoyo ó los planes de apoyo

en la fecha programada perderá el derecho a presentarlas nuevamente y su valoración será 1.0.

3. Para la valoración Planes de Apoyo se tendrá en cuenta que la valoración máxima cualitativa: desempeño básico y valoración máxima cuantitativa 3.0 siempre y cuando el alumno apruebe el 60% o más de la acción evaluativa o valoración cualitativa: desempeño bajo y valoración cuantitativa de 1.0 a 2.9.

4. En caso de que la valoración final sea de desempeño bajo, se le asignará al estudiante la valoración cuantitativa más alta que se registre entre las Actividades de apoyo y la nota alcanzada en el periodo o entre los Planes de Apoyo y la nota promedio del informe final.

5. Las valoraciones resultantes de los Planes de Apoyo serán registradas en el PC, siempre y

cuando mejoren el promedio del área. Estos Planes son: 1. Planes de Apoyo de nivelación:

Son aquellas actividades mediante las cuales, los docentes de las distintas áreas brindan, a través de una guía de trabajo y una evaluación, la oportunidad de alcanzar las competencias y los indicadores de desempeño establecidos para tres de las áreas, finalizado el año escolar. Estas actividades se ofrecerán a todos los estudiantes que después de la Comisión de Evaluación y Promoción del tercer periodo, obtengan desempeños bajos en una, dos o tres áreas máximo, como resultado del proceso evaluativo desarrollado durante todo el año escolar; por lo tanto los estudiantes que no alcancen las competencias en cuatro o más áreas, reprobarán el año escolar y en consecuencia no tendrán derecho a continuar con Planes de Apoyo de Superación.

Este Plan de apoyo consiste en el desarrollo de una guía de trabajo preparatoria (no valorativa) diseñada por los docentes de las distintas áreas, y por una evaluación oral o escrita que dará cuenta del alcance de las competencias del área para el grado. El resultado de esta evaluación se registrará en las actas pertinentes y de esta forma quedará en firme el informe final de todas las áreas.

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Para los estudiantes que, una vez presentadas las actividades de nivelación, obtengan desempeños básicos, altos o superiores en las áreas pendientes, aplican los criterios de promoción estipulados en el SIEE y por lo tanto serán promovidos al grado siguiente. Para los estudiantes que, una vez presentados los Planes de Apoyo en lo que tiene que ver con las actividades de nivelaciones, mantengan resultados bajos en dos o tres áreas, se aplican los criterios de no promoción estipulados en el SIEE y por lo tanto no podrán ser promovidos al grado siguiente. De igual manera se aplican para ellos los criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos que no la obtuvieron en el año lectivo anterior.

2. Planes de Apoyo de superación:

Se ofrecen para estudiantes que antes de finalizar el calendario académico hayan presentado actividades de nivelación en las áreas permitidas (1, 2 o 3) y obtenga un desempeño bajo en una, para ellos se programarán estas actividades en la última semana de desarrollo Institucional del calendario académico. Los estudiantes se prepararán repasando y ejercitando los contenidos desarrollados en la guía que la Institución brindó para las actividades de nivelación. Estas actividades permitirán definir si el estudiante está en condiciones de continuar o no con éxito su proceso de formación en el grado inmediatamente superior. Quienes obtienen desempeño bajo en estas actividades no serán promovidos al grado siguiente sin embargo, la institución reservará en la oferta educativa, dos cupos por grado para estudiantes a los cuales se puedan aplicar los “Criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente de aquellos estudiantes que no la obtuvieron en el año lectivo anterior” establecidos en el SIEE. Estas actividades son estrategias de apoyo que le permitirán al estudiante mejorar situaciones pedagógicas y de aprendizaje pendientes a partir de los resultados de la evaluación, regulada por la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación. Lo anterior permite un sistema de evaluación continuo que fortalece en los estudiantes sus hábitos de estudio y su responsabilidad con las labores escolares.

ARTÍCULO 26: MECANISMOS DE EVALUACIÓN 1. LA AUTOEVALUACIÓN: Implica una dimensión cognoscitiva en el aprender a aprender del

estudiante. El saber usar el pensamiento como recurso máximo del ser humano para convertirlo

en una herramienta de trabajo. Lo anterior involucra, la regulación y el control de las actividades

que el propio estudiante realiza durante su aprendizaje. Esto incluye la planificación de las

actividades cognoscitivas, el control del proceso intelectual y la evaluación de los resultados.

Desde esta perspectiva la autoevaluación toma la forma de retroalimentación autogenerada que

conduce al estudiante a valorar su trabajo de manera consciente, honesta y con un nivel de

introspección y reflexión profundo.

La autoevaluación tiene como objetivo, mejorar los procesos de formación integral de los estudiantes, con esta estrategia ellos mismos tendrán la posibilidad de evaluarse desde una mirada crítica y objetiva durante el año escolar. Al finalizar cada uno de los períodos académicos los docentes de las distintas áreas y/o asignaturas entregarán a cada uno de los estudiantes el

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formato de autoevaluación que contiene: nombre del estudiante, nombres de cada una de las áreas y/o asignaturas y los ítems a ser evaluados. El estudiante marcará de acuerdo con una escala valorativa determinada el nivel de cumplimiento de lo esperado en cada área y/o asignatura. Es de anotar que ésta autoevaluación no tiene ninguna incidencia para el resultado final del área y/o asignatura.

La autoevaluación será socializada con los padres de familia o acudientes al momento de la

entrega del informe descriptivo- valorativo en cada período escolar. 2. LA COEVALUACIÓN: Los estudiantes valorarán, entre sí y con sus docentes, el alcance o no de

las competencias establecidas para cada una de las áreas. Esta coevaluación estará presente en los distintos momentos del proceso enseñanza aprendizaje.

3. LA HETEROEVALUACIÓN: Valoración que hace el docente de las competencias, desempeños

y aspectos a mejorar de los estudiantes en cada una de las áreas y/o asignaturas. ARTÍCULO 27: ACCIONES QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE LO IMPLEMENTADO EN EL SIEE POR PARTE DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES. El SIEE se fundamenta en las normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y acompañamiento de los docentes; en este sentido, los directivos y docentes cumplirán con las disposiciones establecidas así: 1. Los docentes encargados de cada área y/o asignatura darán a conocer por escrito a los

estudiantes al inicio de cada período académico, los contenidos a trabajar, los indicadores de

desempeño y las acciones evaluativas a desarrollar. Como también serán los encargados de

mantener actualizado el Seguimiento académico día a día en cada una de las áreas y/o dentro

del Programa Académico Institucional y los informes descriptivos, con los estudiantes y padres

de familia.

2. Las Comisiones de Evaluación y Promoción analizarán los casos especiales de bajo

desempeño académico y determinarán las directrices tendientes a la superación de las

dificultades.

3. El Consejo Directivo y las directivas velarán por el cumplimiento de lo establecido en el Sistema

Institucional de Evaluación de Estudiantes, utilizando para su comprobación el Programa

Académico Institucional, los planes de área y el diario de campo.

ARTÍCULO 28: PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES

1. Los Informes de evaluación durante el año lectivo serán cuatro (4). Tres de ellos

correspondientes a cada uno de los períodos académicos y un cuarto relativo al informe final.

Estos cuatro informes mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos mediante la

escala valorativa cualitativa y cuantitativa establecida en el SIEE.

2. Se entregará un informe por cada período en fechas establecidas por los directivos del plantel.

El informe del cuarto período y el informe final se entregarán una vez finalizado el año escolar.

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3. El cuarto informe o informe final de evaluación dará cuenta de la definitiva de cada área

culminado el año escolar, producto del proceso realizado por el estudiante a lo largo del año.

Este informe final es independiente del informe del tercer período.

4. Los informes de valoración estarán constituidos por: identificación general, valoración cualitativa

y cuantitativa de cada una de las áreas y/o asignaturas, describiendo fortalezas, debilidades y

recomendaciones.

5. La valoración del comportamiento será independiente del registro descriptivo- valorativo y será

presentado a los padres de familia y estudiantes en un registro diferente, acorde con lo

establecido en el Manual de Convivencia.

CAPÍTULO III: CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO ARTÍCULO 29: INSTANCIA PARA REALIZAR EL SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: La Comisión de Evaluación y Promoción es el organismo que define la promoción de los educandos y hace recomendaciones de Actividades y Planes de Apoyo, para estudiantes que presenten dificultades. La preside el Rector o su delegado. Esta Comisión se reúne periódicamente para analizar los desempeños académicos, personales y sociales de los estudiantes en cada una de las áreas, y determinar estrategias de mejoramiento para los padres de familia, los docentes y los estudiantes. Se tendrá una Comisión de Evaluación y Promoción única por conjunto de grados así: Una para preescolar, una para primero y segundo, otra tercero, cuarto y quinto; otras dos para los grados sexto, séptimo y octavo, y noveno, décimo y once respectivamente.

1. Integrantes:

a. El Rector o su delegado.

b. Docentes del grado.

c. Representantes de los padres y madres de familia que no sean docentes de la Institución.

d. Representantes de los estudiantes, durante los tres periodos académicos, no para el informe

final.

e. Otras personas a criterio de la Rectoría, con voz y sin voto.

2. Funciones

a. Hacer recomendaciones generales o particulares a los estudiantes, a los padres de familia y

a los docentes, en términos de Actividades y Planes de Apoyo.

b. Hacer recomendaciones generales a los estudiantes que finalizando cada periodo escolar

obtuvieron un desempeño bajo en una o más asignaturas, así como a padres de familia y

docentes en procura de un acompañamiento efectivo y pertinente.

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c. Analizar los desempeños personales y sociales de los estudiantes en cada una de las áreas,

determinar estrategias de mejoramiento y/o hacer remisiones al Comité de Convivencia

Escolar

d. Finalizando el año, luego de analizados los desempeños de los estudiantes, convocar a los

padres de familia o acudientes, con el fin de presentarles los Planes de Apoyo y acordar los

compromisos por parte de los involucrados.

e. Analizar los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente superiores con el

fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada.

f. Establecer estímulos para los estudiantes y grupo de estudiantes que lo ameriten.

g. Establecer si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los

compromisos del período anterior.

h. Consignar en las actas de Comisión y Evaluación las decisiones, observaciones y

recomendaciones de cada reunión, que constituirán evidencia para posteriores decisiones

acerca de la promoción de los estudiantes.

i. Asignar, luego de analizados los casos, compromisos académicos y/o contratos pedagógicos

a los estudiantes que al finalizar el año escolar no alcancen las competencias establecidas.

ARTÍCULO 30: INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. 1. INSTANCIAS Y CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO EN LOS ESTUDIANTES

a. Docente de área y/o asignatura b. Director de grupo c. Coordinación d. Comisión de Evaluación y Promoción. e. Consejo Académico f. Consejo Directivo g. Rectoría El Personero de los estudiantes es mediador ante las instancias del conducto regular, a quien el estudiante puede acudir en el momento oportuno y de acuerdo con las funciones que le competen. Si un miembro de la Comunidad Educativa no sigue el proceso descrito en el conducto regular, no deberá ser resuelta su situación en las instancias superiores y si esto sucede, las medidas tomadas pierden efecto y deberá retornar a las instancias anteriores que no hayan sido agotadas. En los casos que amerite, se dejará constancia escrita de haber acudido a cada una de ellas.

2. PROCEDIMIENTO:

Los estudiantes podrán presentar las reclamaciones en forma oral, escrita o personal luego de recibida la valoración de la acción evaluativa. Los padres de familia y los estudiantes del nivel

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de básica primaria podrán hacerlo hasta el día siguiente. En todo caso la institución responderá durante los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de reclamación.

3. MECANISMOS DE ATENCIÓN A ESTUDIANTES:

Diálogo de los estudiantes con las diferentes instancias de acuerdo con sus necesidades, respetando el conducto regular.

4. MECANISMOS DE ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES:

La Institución facilita un horario especial para cada docente, en el que los padres de familia pueden pedir cita para dialogar sobre el proceso formativo de los estudiantes. Este horario se da a conocer en la asamblea general de padres de familia y se fija en la cartelera general de la institución, de igual manera se habilita la línea telefónica de la secretaría para que desde esta dependencia también se asignen las citas.

5. ESTRATEGIAS DE DIVULGACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PARA LAS

RECLAMACIONES.

En asamblea general de Padres de Familia se informa, que tanto ellos como los estudiantes podrán hacer peticiones respetuosas a nivel oral ó escrito, siguiendo el conducto regular establecido por la institución y según lo amerite el caso.

6. SISTEMA DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y RECONOCIMIENTOS (PQRR)

La Institución Educativa implementa formatos institucionales para tramitar, solicitar y hacer seguimiento a peticiones, quejas, reclamos y reconocimientos. Cabe anotar que dicho proceso busca contribuir con el mejoramiento institucional y ofrece a la Comunidad Educativa la posibilidad de formalizar cualquier PQRR solicitando los formatos en la Secretaria de la institución, sin embargo se debe tener en cuenta el seguimiento del debido proceso académico y disciplinario que se lleva a cabo para cada caso. Al realizar una petición, queja, reclamo o reconocimiento, el formato debe contener los siguientes datos: fecha, nombres y apellidos legibles del solicitante, número del documento de identidad, teléfono fijo, vínculo con la institución, hacer claridad si es una petición, queja, reclamo o reconocimiento según las definiciones que se hacen, persona a la que se dirige, el comentario general de la situación, la firma del remitente, fecha y hora de recibido, nombre de quien recibe en la institución y su documento de identidad. El siguiente es el procedimiento para la recepción de PQRR

a. La secretaria hace entrega del formato PQRR para su diligenciamiento y lo recepcionará.

b. El usuario que lo solicite, recibe una copia del PQRR por parte de la secretaria como

constancia de entrega con la fecha en que ha quedado radicado el asunto.

c. La secretaria radica en la planilla respectiva el PQRR recibido.

d. La secretaria remite de manera física y en un lapso no mayor a un día hábil el PQRR al

funcionario requerido, para dar respuesta al asunto (petición, queja, reclamo y

reconocimiento), refrendando este último, la entrega con la firma de la planilla.

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e. El funcionario deberá entregar por escrito, nuevamente a la secretaría su respuesta, en un

término máximo de diez días hábiles y, en un formato de respuestas establecido por la

institución.

f. La secretaria llama a quien radicó su PQRR para que recoja la respuesta.

g. El solicitante firma el recibido con fecha en formato diseñado para tal fin.

Las PQRR se definen en los siguientes términos: Petición: Es la solicitud escrita y en forma respetuosa de una o varias cosas ante las instancias competentes y que pueden definir y dar respuesta a esa solicitud. La petición no expresa inconformismo, puede ser simplemente pedir una información. Queja: Es la expresión escrita de manera respetuosa, en donde se expresa el desacuerdo o inconformismo ante una acción o circunstancia que debe ser analizada por las personas involucradas para mejorar el servicio prestado. Reclamo: Es la solicitud escrita, respetuosa, donde se expresa una reclamación ante un hecho o circunstancia en la cual se ha vulnerado un derecho buscando siempre resarcir los mismos. Este debe una respuesta concreta. Reconocimiento: Es la expresión escrita de agrado, beneplácito o agradecimiento a personas o estamento de la Comunidad Educativa por la acertada actuación en eventos del servicio educativo.

ARTÍCULO 31: PROMOCIÓN ANTICIPADA. Es el mecanismo que la Institución establece para promover de manera anticipada a estudiantes con características excepcionales teniendo en cuenta el artículo 7, decreto 1290 de 2009: “Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los Padres de Familia, recomendará ante el Consejo Directivo, la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es posible en el registro escolar”. El Consejo Académico analizará los casos previa consulta y consentimiento de los padres de familia, luego de transcurrido el 95% del periodo escolar, será el Consejo Directivo que apruebe la promoción.

ARTÍCULO 32: GRADUACIÓN. 1. Los estudiantes que culminen la educación Media obtendrán el título de Bachiller (según la

modalidad adoptada por el establecimiento), cuando hayan cumplido con todos los requisitos de

promoción de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias vigentes (Artículo 18, decreto

1290 de 2009).

2. Los estudiantes del grado once podrán ser proclamados Bachilleres en ceremonia colectiva

siempre y cuando alcancen los logros y competencias en todas las áreas de dicho grado,

también deberán cumplir con el servicio social obligatorio, la asistencia a la Cátedra de Estudios

Constitucionales (50 horas, según ley 107 de 1994), Cátedra de Teatro y Artes Escénicas,

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Cátedra de Afrocolombianidad, Cátedra para la Paz y no podrán tener registros de procesos

disciplinarios que tengan que ver con situaciones tipo III en el informe final.

PARÁGRAFO: Los estudiantes del grado once que luego de haber presentado actividades de superación obtengan un desempeño bajo en el área pendiente deberán repetir el grado. Para estos estudiantes aplican los criterios y procesos que facilitan la promoción al grado siguiente.

CAPÍTULO IV: SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

ARTÍCULO 33: REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO El servicio social obligatorio hace parte integral del currículo y, por ende, del Proyecto Educativo Institucional. Durante el grado noveno de educación básica secundaria, los estudiantes presentan el servicio social obligatorio contemplado por la ley, con el fin de evitar el cumulo de trabajo escolar para los alumnos de la Media Técnica (10° y 11°) en vista del desarrollo de sus actividades académicas y de Proyectos Integradores propios de la modalidad y realizados a doble jornada. Su intensidad mínima es de ochenta horas de trabajo y puede desarrollarse a través de un proyecto pedagógico. La intensidad del servicio social obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas, lúdicas, culturales, deportivas, y sociales de contenido educativo. La programación de las diferentes actividades a desarrollarse será socializada con los padres de familia, quienes autorizarán por escrito la prolongación de la jornada escolar de sus hijos. Son causales de no aprobación del servicio social obligatorio las siguientes razones: 1. Completar tres faltas de asistencia sin excusa justificada.

2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado.

3. Irrespetar a cualquiera de las personas con las cuales tiene relación en función de su servicio social.

4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de otras sustancias psicoactivas.

5. Incumplir el reglamento de la institución donde se encuentra presentando el servicio social, previa autorización del colegio.

El servicio social no es recuperable. El estudiante que sin causa justificada se retire o sea excluido deberá reiniciarlo, previa asignación de la persona responsable. El servicio social no se repite cuando el estudiante no ha aprobado el grado. La Institución Educativa brindará los soportes técnicos, pedagógicos y administrativos necesarios que requieren los estudiantes para prestar el servicio social en las condiciones y requerimientos de cada uno de los proyectos pedagógicos que él mismo defina de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional.

PARÁGRAFO La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller.

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TÍTULO IV: ACUERDOS SOBRE LA DISCIPLINA

CAPÍTULO I: LA DISCIPLINA

ARTÍCULO 34: DEFINICIÓN Dentro del Manual de Convivencia de la Institución Educativa Mater Dei, la disciplina se define como la manera de favorecer la realización de cada estudiante en un ambiente de libertad, para lo cual se requiere un ordenamiento que establezca pautas y normas de comportamiento que induzcan al estudiante a actuar de manera responsable y autónoma, bajo las orientaciones de principios y valores éticos y cristianos.

CAPÍTULO II: PRINCIPIOS APLICABLES Y NORMAS RECTORAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO

El proceso disciplinario es una actuación de la Institución Educativa, tendiente a la salvaguarda de los derechos de la Comunidad Educativa y la intencionalidad pedagógica y moral subyacentes siempre en la intención de corregir, sancionar y aplicar constitucionalmente el Debido Proceso. (Arts. 1° y 29 C.N.)

Es por ello que para evaluar el proceso disciplinario, este deberá estar siempre gobernado por una serie de postulados superiores. Ellos son:

1. LA DIGNIDAD HUMANA: El respeto a la Dignidad Humana del educando es el límite

insuperable en el ejercicio de la potestad disciplinaria. 2. PREEXISTENCIA DE LA FALTA: El educando no podrá ser corregido disciplinariamente sino

por la comisión de una conducta previamente descrita y calificada como situación I, II o III en el Manual de Convivencia respectivo.

3. PROPORCIONALIDAD: La situación, el daño comunitario causado y el correctivo disciplinario a

imponer, deben ser proporcionales, unos con otros (equitativos) 4. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: Al educando que se le atribuya una situación I, II o III se le

presumirá su inocencia mientras no se declare responsable disciplinariamente, mediante proceso adelantado para tal fin (Art. 29 C.N.).

5. IGUALDAD: Todos los educandos tendrán derecho al mismo tratamiento durante el proceso

disciplinario, sin que exista ninguna discriminación por razones de edad, condición social, origen racial, etc. (Art. 13 C.N.)

6. PARTICIPACIÓN: El educando vinculado a un proceso disciplinario, tiene derecho a ser oído

con justicia y a aportar y/o solicitar la práctica de pruebas. Arts. 10 y 17, Dcto 2737 / 89 (Código del Menor).

7. NECESIDAD DE LA PRUEBA: El proceso disciplinario tiene la vocación irrenunciable de la

búsqueda de la verdad de los hechos relevantes en el proceso mismo. Para adoptarse un juicio de responsabilidad por una conducta, la responsabilidad tiene que sustentarse sobre la prueba de los hechos constitutivos de a la situación I,II o III.

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8. MOTIVACIÓN DE LA DECISIÓN: Toda decisión correspondiente a un proceso disciplinario

(condenatoria o exoneratoria) será razonable y suficientemente motivada. 9. COSA JUZGADA: Ningún educando podrá ser investigado disciplinariamente más de una vez

por una misma conducta. (no confundir con reincidencia) 10. TEMPORALIDAD: La sanción disciplinaria debe ser adoptada dentro del año correspondiente a

la comisión de la conducta sancionable, si esta hubiere sido conocida; o dentro del año corriente a su conocimiento si, por las características del hecho, este hubiere sido clandestino, secreto u oculto.

11. INTEGRALIDAD: Cuando se adelante una investigación disciplinaria, quien dirige la instrucción,

deberá investigar los factores atenuantes y los agravantes imputables al educando.

CAPÍTULO III: EVALUACIÓN DE LA DISCIPLINA

ARTÍCULO 35: ESCALA VALORATIVA

Verificado el comportamiento social o disciplina del estudiante, la institución elaborará un informe por periodo de cada uno de ellos, el cual se presentará conjuntamente con los informes de las áreas obligatorias o fundamentales, en boletín separado y expresado a través de una descripción cualitativa del comportamiento del alumno. La valoración cualitativa para registrar la disciplina en el fólder de Acompañamiento personal y grupal es la siguiente:

Excelente: Para los estudiantes que no tienen ningún registro disciplinario. Sobresaliente: Para los estudiantes que tiene entre uno o dos registros por situación tipo I. Aceptable: Para los estudiantes que tienen entre tres y cinco registros por situación tipo I. Insuficiente: Para los estudiantes que tienen un registro por Situación tipo II y III y cualquier número de situaciones tipo I, o seis o más registros por situaciones tipo I.

Aquellas situaciones que no estén escritas en el Manual de Convivencia, se pueden considerar por Resolución Rectoral o reuniones extraordinarias del Consejo Directivo.

Tanto las actas de acompañamiento especial como los registros por situaciones I, II y III , deben consignarse en el Consolidado de disciplina que se encuentra en la primera parte del fólder de acompañamiento personal y grupal a fin de que cada director de grupo evalúe permanentemente la disciplina de manera individual y general y su acompañamiento sea efectivo.

CAPÍTULO IV: CONDUCTO REGULAR DISCIPLINARIO

ARTÍCULO 36: CONDUCTO REGULAR DISCIPLINARIO 1. Profesor. 2. Director de grupo. 3. Coordinador de disciplina. 4. Comité Escolar de Convivencia.

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5. Rectora. 6. Consejo Directivo. El Personero de los estudiantes es mediador ante las instancias del conducto regular, a quien el estudiante puede acudir en el momento oportuno y de acuerdo con las funciones que le competen. La institución educativa cuenta con un Comité Escolar de Convivencia que funciona también como instancia mediadora y conciliadora, a la cual pueden acudir estudiantes, maestros y padres de familia, para la resolución de situaciones conflictivas liderando el desarrollo de estrategias para promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Si un miembro de la Comunidad Educativa no sigue el proceso descrito en el conducto regular, no deberá ser resuelta su situación en las instancias superiores y si esto sucede, las medidas tomadas pierden efecto y deberá retornar a las instancias anteriores que no hayan sido agotadas. En los casos que amerite, se dejará constancia escrita de haber acudido a cada una de ellas.

CAPÍTULO V:

TIPIFICACIÓN DE SITUACIONES, DEBIDO PROCESO PARA SU ATENCIÓN Y ACCIONES PEDAGÓGICAS

ARTÍCULO 37: TIPIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Y SUS PROTOCOLOS. A continuación se contemplan las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos (Tipo I, II y III), las cuales fueron identificadas y valoradas a partir del diagnóstico de convivencia escolar. ARTÍCULO 38: SITUACIONES TIPO I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Son consideradas situaciones tipo I las siguientes: 1. Desviar el destino de la jornada académica. 2. Traer al establecimiento material pornográfico y/o exhibirlo dentro de las instalaciones de la

Institución. 3. El no observar una conducta pública acorde con la calidad del estudiante. 4. Realizar ventas o actividades con fines económicos para beneficio personal, sin previa

autorización. 5. Llevar a cabo al interior de la Institución lecturas y/o rituales que atenten contra las diferentes

prácticas y creencias religiosas y contra la sensibilidad de los miembros de la Comunidad Educativa.

6. La práctica de relaciones sexuales que conlleven a la intimidad dentro de la Institución o en lugares públicos, portando el uniforme.

7. Retirarse de la Institución o del aula de clase sin autorización. 8. Adelantar y/o prolongar las vacaciones sin previa autorización escrita. 9. No asistir a una actividad programada a pesar de encontrarse en la Institución y no tener

autorización para faltar.

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10. Hacer celebraciones utilizando: huevos, harina, talco, aleluyas y otros similares; dentro y en cercanía de la Institución.

11. Mostrar rebeldía ante un superior al desacatar las instrucciones dadas, para la participación en actividades dentro y fuera de la Institución.

12. Negarse a firmar los compromisos Académicos o de Disciplina o incumplirlos. 13. Utilizar las redes sociales mientras se encuentra desarrollando otras actividades de clase. 14. No presentar ni llevar el uniforme en completo orden según las indicaciones del Manual de

Convivencia, dentro y fuera del establecimiento. 15. No respetar ni cuidar los útiles y elementos ajenos. 16. Utilizar apodos, insultos, ofensas, o cualquier tipo de maltrato que afecte la autoestima de

cualquier miembro de la comunidad o se refiera a él de manera excluyente. 17. No asumir un buen comportamiento haciendo perder el tiempo o hacerlo perder a sus

compañeros y profesores por conversaciones paralelas, gritos o golpes extemporáneos que provoquen la disrupción en clases, otras actividades y actos comunitarios.

18. Hacer caso omiso del conducto regular tanto académico como disciplinario, sin agotar las instancias institucionales para aclarar los hechos y/o solucionar un conflicto antes de dar conocimiento a sus acudientes.

19. No ponerse al día en las temáticas y/o actividades desarrolladas durante su inasistencia a la Institución para presentarse a la clase siguiente.

20. No llegar puntualmente a la Institución, a las aulas de clase, y demás actividades programadas de manera injustificada.

21. No permanecer en el aula de clase correspondiente, acorde con el horario establecido. 22. Contaminar el medio ambiente arrojando basuras al suelo y provocando ruido. 23. No presentar autorización previa o excusa válida a la Coordinación de la Institución que

justifique su ausencia del plantel. 24. Hacer mal uso de los servicios ofrecidos por el estado como: servicio nutricional en sus

diferentes modalidades, subsidios de transporte, jornadas complementarias, entre otros. 25. Utilizar símbolos, emblemas y lenguaje discriminatorio y/o excluyente. ARTÍCULO 39: DEBIDO PROCESO PARA ATENDER SITUACIONES TIPO I. Para las situaciones tipo I, se deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

1. El Docente que tenga conocimiento de la situación Tipo I deberá reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Cuando esta situación sea observada por otro miembro de la Comunidad Educativa se debe informar al Director de Grupo para su tratamiento. Cualquiera de estas actuaciones deberán quedar por escrito con la firma de todos los implicados.

2. Seguidamente el docente y/o director de grupo fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas entre las partes. De igual manera establecerá la acción pedagógica que se debe asumir como consecuencia aplicable a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. De esta actuación se dejará constancia por escrito con la firma de todos los implicados.

3. El docente o director de grupo informará de la situación a la familia con el fin de que las acciones pedagógicas y el seguimiento al cumplimiento de las mismas también sean acompañadas por ésta.

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4. El docente y/o director de grupo realizará seguimiento del caso y de los compromisos a fin de

verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965 del 2013.

PARÁGRAFO: Los integrantes de la Comunidad Educativa que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el Manual de Convivencia.

ARTÍCULO 40: ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA ATENDER SITUACIONES TIPO I. 1. Llamado de atención verbal en público o en privado según el efecto perturbador de su actuar,

evitando la ridiculización. 2. Notificación escrita y/o citación al acudiente para acordar estrategias de solución inmediatas las

cuales se evaluarán en un tiempo prudencial. 3. Elaboración de trabajos, campañas educativas, entre otros, referentes al tema como acción

reparadora. 4. Presentarse a la Institución en un horario extraclases, para cumplir las actividades asignadas. 5. Realizar actividades de ornato y embellecimiento de la planta física y/o reparar objetos que

tengan que ver con la situación. 6. Cambiar al estudiante del espacio de clase, con la asignación de un trabajo para que lo realice

por su cuenta, lo entregue al final de la clase, siempre y cuando se cuente con la supervisión de un adulto.

7. Reponer el tiempo perdido de una clase durante el descanso siguiente o en programación especial. En este último caso se avisará mínimo con un día de anterioridad al estudiante y a su familia.

8. Cuando por tercera vez no trae: el uniforme completo o la papelería solicitada a la familia deberá presentarse a la Institución al día siguiente acompañado de sus padres o acudiente.

9. Cuando un estudiante se encuentre utilizando un dispositivo de comunicación o audio (radios o celular, entre otros) dentro de las aulas de clase o actos comunitarios, le será retenido para devolverlo a la familia. Igual sucederá con artículos que afecten el buen comportamiento, de acuerdo con lugares y momentos. Si vuelve a pasar, se podría prohibir definitivamente su uso dentro de la institución.

10. Reflexionar en familia sobre la situación presentada y dejar por escrito las conclusiones de ésta para entregarlas al docente y/o socializarlas a los compañeros.

11. Hacer reflexiones orales y/o escritas y exponerlas a los compañeros aprovechando espacios como momentos de instrucción y horas formativas.

12. Realizar registros de comportamiento que den cuenta del alcance de metas a corto plazo. Estos se anexarán al fólder de acompañamiento del estudiante.

13. Llamado de atención por parte del Coordinador, dejando constancia escrita de éste. Parágrafo: El seguimiento de los casos y las medidas adoptadas para las situaciones tipo I se llevará a cabo por parte del Docente y/o Director de Grupo, quien lo registrará en el folder de acompañamiento personal y social del estudiante. Lo cual se tendrá en cuenta en la Comisión de Evaluación y Promoción, para valorar los desempeños comportamentales del estudiante durante el periodo académico. ARTÍCULO 41: SITUACIONES TIPO II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las condiciones de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

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a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los

involucrados. Son consideradas situaciones tipo II las siguientes: 1. El incumplimiento a la acción pedagógica que ya se había establecido para una situación tipo

II. 2. Irrespetar la intimidad, buen nombre, dignidad e identidad de los demás, por sus diferencias

étnicas, culturales, políticas, religiosas, e ideológicas. 3. Irrespetar la diversidad sexual e identidad de género de los integrantes de la Comunidad

Educativa. 4. Realizar cualquier acto o conducta que implique violencia o discriminación contra las mujeres. 5. Azuzar o inducir una persona en enfrentamientos y peleas dentro y fuera de la institución o

inducir premeditadamente a miembros de la comunidad en situaciones Tipo I, II y III. 6. Destrucción o deterioro premeditado de muebles, enseres, materiales didácticos o espacios de

la planta física (rayar, elaborar grafitis, utilizar pintura y marcadores en el piso y paredes, entre otros).

7. El incriminar o comprometer a otro en una situación de manera deliberada. 8. El haber actuado en complicidad con otras personas para ocultar hechos o mentir y evitar la

sanción personal o de un tercero. 9. Las bromas pesadas o juegos bruscos como: esconder o deteriorar objetos de otra persona,

juegos de manos, charlas que no midan consecuencias, entre otros y que perjudiquen a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

10. La inasistencia no autorizada o incumplimiento de las normas o instrucciones establecidas para programas especiales organizados por la Institución como: Convivencias, salidas pedagógicas, representación de la Institución en eventos, entre otros.

11. La suplantación, el fraude, copia, hacerlo o facilitarlo, en las tareas, Evaluaciones y trabajos. 12. Compartir información privada tratada en el Consejo Directivo, en las Comisiones de

Evaluación y Promoción y en el Comité Escolar de Convivencia. 13. Agresión verbal, gestual y relacional. 14. Acciones que pongan en riesgo la salud y/o integridad propia o de los otros. 15. Responder en forma desproporcionada ante una broma pesada o agresión. 16. Las actitudes de irrespeto individuales o grupales (irreverencia, displicencia, insubordinación o

reacciones groseras, entre otras), en contra de cualquier persona. 17. Manejo inadecuado de los medios de comunicación que afecten a una persona o institución. 18. Traer a la Institución sustancias que al ponerlas en contacto con el medio ambiente,

contaminen y/o afecten la salud, impidiendo el normal desarrollo de las actividades. 19. Llegar tarde a la institución de manera sistemática y repetitiva sin justa causa. 20. El apabullamiento o acoso escolar utilizando cualquier forma de maltrato, agresión, humillación,

discriminación, o burla contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 21. Utilizar el internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas para

atormentar, hostigar, humillar o molestar a otro. 22. La posesión o consumo de bebidas alcohólicas y otras drogas (no medicadas) dentro de la

institución. 23. Presentarse a la Institución o a sus actividades extraescolares bajo efectos del alcohol o

sustancias psicoactivas no medicadas. ARTÍCULO 42: DEBIDO PROCESO PARA ATENDER SITUACIONES TIPO II.

Las situaciones tipo II, serán tratadas de la siguiente manera:

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1. El profesor que tenga conocimiento de una situación debe abordar y confrontar directamente al

estudiante implicado, para aclarar todos los detalles antes de diligenciar el registro de “Atención a Situaciones Tipo I, II o III, luego el docente debe redactar lo acontecido y solicitarle al estudiante que igualmente exprese su aceptación o su respectiva versión y firme. Cuando la situación es informada por alguien distinto a un profesor éste debe comunicar al Director de Grupo. La situación debe quedar completamente aclarada antes de pasar a la siguiente instancia.

2. Luego debe remitir esta información al Coordinador para que éste revise el proceso, y a su vez asigne la acción pedagógica correspondiente, de ser necesario citará al Comité Escolar de Convivencia para que escuche los implicados, delibere sobre el asunto, emita su punto de vista con respecto a la situación presentada y sugiera la acción pedagógica o se active la ruta de atención respectiva.

Por su parte el Comité Escolar de Convivencia (la Mesa de Atención) deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizará la atención inmediata en salud física y

mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con firma de todos los implicados.

2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con firma de todos los implicados.

3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con firma de todos los implicados.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con firma de todos los implicados.

5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 de 2003.

8. El Comité Escolar de Convivencia (la Mesa de Atención) dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, cuando aplique. PARÁGRAFO: Cuando el Comité Escolar de Convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 1965 de 2003.

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Las Situaciones tipo II deberán ser resueltas dentro de los 08 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicie el proceso.

ARTÍCULO 43: ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA ATENDER LAS SITUACIONES TIPO II:

1. Presentarse a la institución en horario extraclase, para cumplir las actividades asignadas. 2. La suspensión del estudiante de la Institución por un tiempo no superior a tres días. Durante este

tiempo no asistirá a la Institución de manera regular, deberá recoger las actividades al inicio de la jornada, desarrollarlas en su casa y regresarlas finalizando la jornada. La acción pedagógica no exime de las responsabilidades asignadas para esos días. Al regresar a la Institución deberá ponerse al día con las acciones evaluativas en los días asignados para hacerlos. Para la Básica Primaria la suspensión puede hacerse dentro de la misma Institución en un salón diferente del grupo al cual pertenece. Esta suspensión sólo puede efectuarse por Resolución Rectoral.

3. Hacer un compromiso de permanencia por disciplina para ser cumplido por el resto del año escolar. El cual se podrá prorrogar de acuerdo con la decisión de la Comisión de Promoción para el año lectivo siguiente. El compromiso deberá ser firmado por el estudiante y su acudiente, el Coordinador y el Director de Grupo.(ver anexo)

4. Por exigencia de la Institución el estudiante debe asistir a un centro de rehabilitación para personas con problemas de alcoholismo, drogadicción o cualquier otra adicción y presentar un certificado de asistencia y un informe sobre el seguimiento al proceso de rehabilitación. La familia se comprometerá directamente en éste y costeará el tratamiento.

5. Realización de una acción social en beneficio de la Comunidad Educativa, acompañado y/o asesorado por una entidad y/o persona que certifique el cumplimiento de dicha actividad.

6. Reparación y/o pago del daño ocasionado a muebles y enseres, acompañado de un trabajo y/o actividad formativa.

7. Ser suspendido de los programas especiales organizados por la Institución. En el tiempo restante debe realizar y presentar actividades asignadas dentro de la Institución.

8. Presentar excusa pública y resarcir los efectos de su conducta con la persona afectada. 9. Finalizado el año escolar será analizado el desempeño personal y social de todos los estudiantes y,

con base en la valoración final del Comportamiento por la Comisión de Evaluación y Promoción se considerará, para los estudiantes del grado preescolar a 10°, su permanencia en la institución y para los estudiantes del grado 11° “La NO proclamación como bachilleres Técnicos en acto público protocolario, el diploma se entregará en la Secretaría”, situaciones que serán estudiadas por el Consejo Directivo para su aprobación y adopción. Parágrafo 1: El seguimiento de los casos y las medidas adoptadas para las situaciones tipo II se llevará a cabo por parte del Coordinador (a), quien verificará el cumplimiento de la acción pedagógica y su eficacia, y registrará el seguimiento en el folder de acompañamiento personal y social del estudiante. Parágrafo 2: En caso de haber remitido la situación al Comité Escolar de Convivencia, y se haya activado la Ruta de Atención Integral respectiva a una entidad externa, será la Mesa de Atención del Comité Escolar de Convivencia, por medio de todos o alguno de sus miembros, quienes verificarán si se llevó a cabo o no la atención solicitada y/o el estado del proceso, lo cual podrá efectuarse mediante entrevista al estudiante, citación al acudiente o llamada a la entidad correspondiente. Parágrafo 3: Todo lo anterior se tendrá en cuenta en la Comisión de Evaluación y Promoción, para valorar los desempeños comportamentales del estudiante durante el periodo académico.

ARTÍCULO 44: SITUACIONES TIPO III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley

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599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Son consideradas situaciones tipo III las siguientes: 1. La intimidación a compañeros y demás personas de la Comunidad Educativa (a través del

boleteo o en forma verbal, chantaje). 2. La comisión de hechos graves calificados por la ley, tales como: cualquier acto que de una u

otra forma atente contra el derecho a la vida: riñas, atraco a mano armada, secuestro, sicariato, corrupción de menores, aborto provocado, y atentar contra el patrimonio cultural y ecológico, dentro y en sitios aledaños a la Institución. Las situaciones estipuladas en este numeral se documentarán en la institución, pero se remitirán a las autoridades competentes.

3. Comercializar, intermediar o distribuir bebidas alcohólicas, drogas enervantes o estupefacientes dentro y fuera de la Institución.

4. El hurto o inducir a otro que lo haga. 5. Pertenecer a organizaciones o grupos delictivos que directamente, o a través de terceros,

amenacen de palabra o de obra, a personas o grupos dentro o fuera de la Institución. 6. Las agresiones físicas descritas en la Ley 599 del 2000 Título IV del libro II. 7. Cambiar o adulterar documentos oficiales de la institución. 8. Portar o usar armas. 9. Realizar amenazas contra la vida de una persona. 10. Agresión electrónica al publicar mensajes o fotos en Internet o vía celular, que atenten contra

cualquier persona o Institución. 11. Realizar registros de audio, fílmicos o fotográficos sin consentimiento de las demás personas. 12. Incurrir en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana. 13. Levantar una calumnia o atentar contra la honra de una persona. ARTÍCULO 45: DEBIDO PROCESO PARA ATENDER SITUACIONES TIPO III. Las situaciones tipo III, serán tratadas de igual manera que las Situaciones Tipo II hasta el momento en el que se confirma la situación y el Coordinador revisa el proceso y cita al Comité Escolar de Convivencia. Por su parte el Comité Escolar de Convivencia (la Mesa de Atención) deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con la firma de los implicados.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con la firma de los implicados.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la entidad intersectorial competente, actuación de la cual se dejará constancia por escrito y con la firma de los implicados.

4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el Manual de Convivencia. De la citación se dejará constancia por escrito.

5. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que

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pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involocradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar cuando la situación lo amerite.

8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Municipal de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Parágrafo 1: El seguimiento de los casos y las medidas adoptadas para las situaciones tipo III se llevará a cabo por parte de la Mesa de Atención del Comité Escolar de Convivencia por medio de todos o alguno de sus miembros, quienes verificarán si se llevó a cabo la acción pedagógica asignada o la atención solicitada y el estado del proceso, lo cual podrá efectuarse mediante entrevista al estudiante, citación al acudiente o llamada a la entidad correspondiente. Parágrafo 2: Todo lo anterior se tendrá en cuenta en la Comisión de Evaluación y Promoción, para valorar los desempeños comportamentales del estudiante durante el periodo académico. Parágrafo 3: Las situaciones tipo III, deberán ser resueltas dentro de los 08 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. ARTÍCULO 46: ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA ATENDER SITUACIONES TIPO III Cuando la situación tipo III, tiene causales de atenuación se podrá elegir entre estas opciones: 1. Contrato Pedagógico o Matrícula Condicional: Se utiliza cuando la Comisión de Evaluación y

Promoción considera que la situación permite una última oportunidad sin deteriorar en el estudiante el sentido de la norma ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad. El incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato será motivo para considerar su cambio de ambiente escolar de manera inmediata, luego de la aprobación del Consejo Directivo.

2. Cambio de ambiente escolar: El análisis de la situación también puede ocasionar el cambio del ambiente escolar del estudiante en cualquier época del año escolar, decisión que corresponde al Consejo Directivo, el cual lo notificará mediante Resolución Rectoral al estudiante y a sus padres o acudientes a través de la Rectoría. En caso de que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, el representante legal de la Institución hará la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes. Es responsabilidad de la Institución para toda situación que amerite el cambio de ambiente escolar inmediato, y a la cual se le haya hecho el Debido Proceso, dejar constancia en su hoja de vida. En caso de retiro del estudiante de la Institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz y salvo con la administración, la biblioteca y el aula de clase, entre otros, y firmar en la Secretaría la cancelación de la matrícula.

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3. Desescolarización: Para aquellos estudiantes que incurran en situaciones tipo III sin atenuantes, en el transcurso del cuarto período del año escolar, podrá concederles el beneficio de la desescolarización para que concluyan las actividades académicas, y terminadas éstas, no se les renovará la matrícula.

4. La No Proclamación como Bachiller: Para los estudiantes de undécimo grado que presenten situaciones tipo III se les podrá aplicar como acción pedagógica la no proclamación como bachilleres (acto protocolario) y el diploma se le entregará en la Secretaría.

ARTÍCULO 47: OTRAS GENERALIDADES PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I, II III: Se deberán tener en cuenta como mínimo los siguientes aspectos:

a. El miembro de la Comunidad Educativa que reconoce e identifica cualquiera de las situaciones

Tipo I, II, o III, inicia la activación de la Ruta de Atención Integral de acuerdo con lo establecido en el debido proceso para cada una de ellas, la situación debe redactarse en el formato de “Atención a Situaciones Tipo I, II, o III”, el cual debe diligenciarse completamente según corresponda.

b. Los soportes que evidencian la atención a situaciones tipo I, II, o III estarán archivados en el Folder de Acompañamiento Personal y Grupal y éste estará bajo custodia de la Coordinación de la institución con el fin de garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, lo anterior obedeciendo las normas aplicables a la materia. A esta información solo podrán acceder los directivos docentes, los docentes y el Comité Escolar de Convivencia.

c. Como medida de protección se guardará confidencialidad con quienes informen sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, para evitar posibles acciones en su contra.

d. Las estrategias y alternativas de solución que la institución asumirá para la atención de situaciones Tipo I, II o III serán las establecidas en el debido proceso y en las acciones pedagógicas para tomar estas situaciones como oportunidades para el aprendizaje y la solución de conflictos.

e. La institución asume la aplicación de las diferentes acciones pedagógicas establecidas en el Manual de Convivencia para atender Situaciones tipo I, II o III, la mediación escolar, y las acciones restaurativas, como las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer a los principios rectores del proceso disciplinario.

f. La institución hará seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas de acuerdo con lo establecido en el debido proceso para la atención de Situaciones I, II o III, con el fin de verificar si la solución fue efectiva.

g. Directorio de entidades intersectoriales:

DIRECTORIO DE ENTIDADES INTERSECTORIALES

Se aclara que toda Activación de Ruta de Atención Integral que tenga que ver con alguna entidad de reacción inmediata se contactará telefónicamente a través de la línea 123 y se dejará constancia de dicha activación mediante registro de la llamada y del número de radicado otorgado por la persona que recepciona la llamada.

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TIPO DE

VULNERACIÓN

ENTIDAD ACCIÓN

LLAMADA TELEFÓNICA O

CARTA DE REMISIÓN

SOSPECHA DE:

Maltrato

Violencia sexual

Explotación Sexual

Comercial, Abuso

Sexual y Trata con

Fines Sexuales

CAIVAS CRA 44 #31 - 156 3852600 ext. 7710 - 7711

LINEA SOCIAL -

INFANTIL

POLICÍA INFANCIA-

ADOLESCENCIA

123 SOCIAL

LINEA GRATUITA ICBF 018000112440

ICBF CENTRO ZONAL

NORORIENTAL

401002 - 401003

ICBF CENTRO ZONAL

NOROCCIDENTAL

402010 - 402031 - 402040

ICBF CENTRO ZONAL

SURORIENTAL

403007 - 403019

CRECER CON DIGNIDAD

123 Social

CUTTING IPS: Inicialmente pedir cita

a médico general o

Pediatra según EPS para

remisión a psicología o

psiquiatría

Carta de remisión o urgencias

si al momento de presentarse

es evidenciada la situación

IDEACIÓN E INTENTO

SUICIDA O DEPRESIOIN

EN CURSO

SERVICIO DE

URGENCIAS: IPS,

METROSALUD O

CENTROS DE SALUD

CERCANOS

De carácter inmediato

CENTRO SALUD BELÉN

RINCÓN

4488012- 2388000 – 2387580

- 2387316

CENTRO SALUD

TRINIDAD

4488012 - 2650068 - 2652632

CENTRO SALUD 4488012 - 3520419 - 2661941

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63

POBLADO - 2668047 - 3541464 -

2666979

CENTRO SALUD

SALVADOR

2173194 – 2180138 –

2178276 - 2171090

CENTRO SALUD SAN

LORENZO

2179394 ext. 6600

CENTRO SALUD

ALTAVISTA

2388000 – 2387580 -

2387316

CENTRO SALUD

LORETO

2696946 - 2696125 - 2262264

Consumo de SPA EPS Remisión escrita a apoyada en

la ley 1566 de 2012

CARISMA 4924000

Programa ambulatorio

Hogares Claret

4484304

Grupo

Alcohólicos/Narcóticos

5124390 – 2511741- 4446299

VIOLENCIA

INTRAFAMILIAR

CAVIF 261 02 40

LINEA GRATUITA

COMISARIA DE FAMILIA

018000411144

VIOLENCIA SOCIAL O

RELACIONAL

RESPONSABLE

SEGURIDAD DE LA

SECRETARIA DE

GOBIERNO MUNICIPAL

385 8460

BOMBEROS CALLE 47 B #93 A 12 4463030

CRUZ ROJA CRA 52 #25 - 310 3505300

DEFENSA CIVIL CALE 60 #41 – 46 144 – 2924712

MEDICINA LEGAL CRA 65 # 80 – 325 4069944/77 EXT 1102 – 1104

– 1117- 1120

SECRETARÍA DE

GOBIERNO

CALLE 44 # 52- 165 3855419 – 4444144

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MUNICIPAL

ESTACIÓN DE

POLICIA DE

LAURELES

CRA 75 # 75 - 09 4131454

DEFENSORÍA DE

FAMILIA

CARRERA 70 # 42-37 4093440

FISCALIA GENERAL

DE LA NACIÓN

UNIDAD DE

INFANCIA Y

ADOLESCENCIA

(URPA)

Carrera 83 No. 47 A 47

4446677 Ext. 7205

COMISARIA DE

FAMILIA

CALLE 44 A #75 - 104 3858663 - 3859444

CAPÍTULO VI: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES Para la adopción de acciones pedagógicas, se deberán observar y revisar las circunstancias de orden atenuante o agravante, entendiendo por tales, la graduación de la responsabilidad en mayor o menor grado según las circunstancias de cada caso. ARTÍCULO 48: CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se considera un factor atenuante aquel que aminora el grado de responsabilidad del estudiante en cuestión y que por lo tanto disminuye o atenúa el rigor de la acción pedagógica y su aplicación. Se consideran como circunstancias atenuantes de la responsabilidad del estudiante, las siguientes: 1. Su edad, desarrollo psicoafectivo, mental, evolutivo y sus circunstancias personales, familiares y

sociales. 2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. 3. El haber observado buena disciplina anteriormente. 4. Ignorancia invencible. 5. Disponerse a la mediación, a las acciones pedagógicas y restaurativas. 6. El confesar la situación Tipo I, II o III oportunamente. 7. Afección psicológica comprobada siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan

con un proceso de intervención profesional fuera de la institución. 8. El haber sido inducido en una situación Tipo I, II o III por alguien de mayor edad y/o madurez

psicoafectiva.

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9. Incurrir en una situación Tipo I, II o III en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causen dolor físico - psíquico.

10. Por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario.

ARTÍCULO 49: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:

Se considera un factor agravante aquel que aumenta el grado de responsabilidad del estudiante en cuestión y que por lo tanto agrava o acentúa el rigor de la acción pedagógica y su aplicación. Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad del estudiante, las siguientes: 1. El haber mentido en forma oral o escrita en los descargos o versiones para justificar la situación

Tipo I, II o III. 2. El haber sido sancionado con anterioridad por falta a los compromisos y responsabilidades

estipuladas en este Manual de Convivencia. 3. La premeditación de la situación Tipo I, II o III. 4. El haber obrado en complicidad con otro u otros o haber sido coautor. 5. El daño grave o efecto perturbador que su conducta produzca en los demás miembros de la

Comunidad Educativa y en él mismo. 6. Omitir información relevante. 7. El cometer la situación Tipo I, II o III para obtener provecho ilícito personal o de un tercero. 8. El cometer la situación Tipo I, II o III abusando de la confianza depositada en él por los

directivos, profesores o compañeros. Es abuso de confianza cuando incurre en una situación Tipo I, II o III utilizando los medios que le fueron confiados de manera especial, por un miembro de la Comunidad.

9. Negarse a realizar acciones restaurativas. 10. Cuando comprometa el buen nombre de la Institución. 11. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una situación Tipo I, II o III. 12. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros. 13. Cometer la situación Tipo I, II o III para ocultar o ejecutar otra. 14. El cometer una situación Tipo I, II o III aprovechando condiciones de inferioridad de otras

personas. 15. Hacer más nocivas las consecuencias de la situación Tipo I, II o III.

TÍTULO V: REGLAMENTOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO I: SERVICIO DE BIBLIOTECA

ARTÍCULO 50: REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA La Biblioteca presta servicio de lunes a viernes en los horarios establecidos. 1. Podrán hacer uso del servicio de préstamo de materiales los estudiantes a partir del grado de

transición, padres de familia, docentes, empleados de la Institución y miembros de la comunidad Siervas de la Madre de Dios. Los exalumnos requieren un carnet expedido por la biblioteca para acceder al servicio.

2. El material prestado se podrá renovar dos veces por otro período de tiempo igual, siempre y cuando no esté reservado por otro usuario.

3. Los estudiantes del bachillerato podrán solicitar en préstamo tres materiales, los estudiantes de la primaria podrán prestar un material.

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4. El material de Referencia podrá ser retirado de la Biblioteca únicamente para fotocopias o unidad de clase, con previa solicitud del profesor.

5. Las revistas tienen la misma reglamentación de la colección general, con excepción del último número, que debe permanecer en exposición por ocho días.

6. Los usuarios tienen derecho a reservar el material y entrar en la lista de espera cuando existan otras reservas anteriores.

7. La devolución del material debe hacerse exclusivamente con el Bibliotecólogo y debe realizarse a más tardar, el día que se indique en la etiqueta de vencimiento.

8. Al ingresar, debe dejar los morrales y otros objetos en el lugar asignado para ello o donde el profesor lo indique.

9. No se debe entrar ni consumir alimentos, ni ingerir líquidos mientras permanezca en la biblioteca.

10. Se debe permanecer en silencio para lograr un ambiente de tranquilidad y concentración. No se permite entrar juegos que no estén programados para la actividad. La disciplina de los grupos durante su visita será responsabilidad del docente.

11. Para la utilización del servicio de Internet se debe separar el turno con anticipación. Este servicio es de uso exclusivo para consultas escolares. Si durante el horario de clase algún estudiante necesita una consulta puede hacerlo siempre y cuando el equipo no este reservado por algún grupo que se encuentre en esa hora en la biblioteca y presente la autorización del profesor respectivo.

12. La reserva del material audiovisual que incluye la instalación de equipos, debe hacerse con dos días de anticipación al desarrollo de la actividad para garantizar la prestación del servicio.

13. Los usuarios deben presentar en la Secretaria General el paz y salvo expedido por la Biblioteca cuando se retiren de la Institución.

ARTÍCULO 51: ACCIONES PEDAGÓGICAS POR EL MAL USO DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA Con el fin de agilizar el servicio de préstamo y lograr la devolución oportuna del material, debe tenerse en cuenta: 1. El usuario que no devuelva el material prestado en la fecha asignada para ello, será incluido en

la lista de morosos y no podrá retirar material hasta que esté a paz y salvo con la biblioteca. 2. El estudiante que no se encuentre a paz y salvo con el material prestado, le será retenido su

informe escrito de valoración académica hasta que se ponga al día. 3. Quien pierda cualquier clase de material, deberá pagar su valor comercial actual. 4. Quien mutile o raye cualquier tipo de material deberá pagarlo y se le aplicará una acción

pedagógica de acuerdo con lo establecido en este Manual. En estos casos se le podrá suspender el servicio a la Biblioteca.

5. Si la persona que ha hecho la reserva de Internet no llega en los diez minutos siguientes a su separación, pierde el turno.

6. Si un usuario tiene material reservado y no lo recoge en la fecha asignada, perderá su reserva y el material podrá ser prestado a otro usuario.

7. El usuario que envíe correos electrónicos descorteses, haga mal uso de las redes sociales, o entre a páginas WEB de pornografía, se le suspenderá el servicio definitivamente.

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CAPÍTULO II SALAS DE INFORMÁTICA ARTÍCULO 52: REGLAMENTO INTERNO DE LAS SALAS DE INFORMÁTICA Y MEDELLÍN DIGITAL. El reglamento interno para los estudiantes en las aulas de informática y Medellín Digital en la Institución Educativa Mater Dei es el siguiente: 1. Hacer fila fuera del aula antes del ingreso. 2. Tener las manos limpias, para evitar que deterioren teclados y otras partes del computador. 3. Pulsar con suavidad el teclado para evitar daños. 4. No ingresar a Internet sin previa autorización del profesor encargado del aula. 5. No cambiar la configuración del computador. 6. No sacar ningún material propio del aula. 7. No desconectar ninguno de los periféricos del computador como: mouse, teclado, entre otros. 8. Cuando termine la clase verificar que la CPU y el monitor queden apagados, tapados (si es la

última clase de la jornada), las sillas en su lugar y el espacio limpio. 9. No encender los equipos sin la autorización del profesor. 10. Utilizar audífonos para el trabajo con multimedia. 11. No instalar ningún software sin previa autorización. 12. Vacunar las U.S.B. antes de usarlas. 13. No consumir alimentos ni bebidas al interior de la sala. 14. Reportar al docente los daños que encuentre al momento de iniciar las actividades. 15. Trabajar con el compañero asignado y responder por el buen estado del computador, diadema,

teclado, mouse, silla y escritorio correspondiente. 16. No utilizar el sacapuntas en el aula, para evitar que los residuos de lápiz afecten los teclados. 17. No realizar celebraciones de ningún tipo en las aulas de informática y de Medellín Digital.

CAPÍTULO III MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS

ARTÍCULO 53: REGLAMENTO INTERNO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS La Institución cuenta con diferentes medios con el fin de mantener una comunicación constante y efectiva entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, como las carteleras, las publicaciones, la emisora, las circulares, Pagine Web, PC académico, entre otros. ARTÍCULO 54: REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS. 1. Para publicar cualquier aviso o información en los boletines, las carteleras o en otros lugares de

la Institución, se deberá contar con la aprobación del Rector. 2. Los medios de comunicación de la Institución deben caracterizarse por mantener el respeto por

las personas y fomentar los principios humanos y de la Institución que están regulados en este Manual de Convivencia.

CAPÍTULO IV: UNIFORME ARTÍCULO 55: UNIFORME DE DIARIO 1. Uniforme de diario 1: Yomber de cuadros, largo a la rodilla, camisa blanca, zapato de goma

negro. Las medias del uniforme de diario deben ser blancas hasta comenzar la rodilla, para preescolar se utilizará delantal a cuadros blancos y azules claros según modelo establecido por la institución.

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2. Uniforme de diario 2: Blue jean azul oscuro clásico, camisa azul rey con el logotipo del colegio, zapatos de atadura negros, media calcetín o tobillera azul oscura y correa negra.

3. Chompa azul oscura: con el logotipo del colegio para ser utilizada con ambos uniformes en época de invierno o por enfermedad.

El uniforme debe ser llevado con sencillez.

ARTÍCULO 56: UNIFORME PARA EDUCACIÓN FÍSICA Uniforme de educación física para todo el estudiantado: sudadera gris con listas azul oscura y bota recta, camisa blanca con el logotipo del colegio, tenis blancos y media calcetín o tobillera blanca.

PARÁGRAFO: El uniforme de los alumnos, tanto el de diario como el de educación física, rige desde el grado de preescolar hasta el grado undécimo grado, en ningún caso los estudiantes podrán ser desescolarizados por no portar el uniforme, ni tampoco se exigirán marcas ni proveedores específicos.

CAPÍTULO V: DEPORTES Y OTROS GRUPOS REPRESENTATIVOS DE LA INSTITUCIÓN

ARTÍCULO 57: CRITERIOS PARA PERTENECER A SELECCIONADOS DEPORTIVOS, CULTURALES Y OTROS GRUPOS REPRESENTATIVOS DEL COLEGIO.

Para pertenecer a algún seleccionado de la Institución, se tendrán los siguientes criterios: 1. Estar matriculados en la Institución. No podrán seguir perteneciendo a los seleccionados del

Colegio quienes hayan sido retirados de la Institución. 2. Destacarse significativamente en el deporte o actividad donde esté seleccionado. 3. Tener un buen rendimiento académico y una buena disciplina. 4. Tener la edad mínima requerida para cada categoría, según lo establezca la respectiva liga

deportiva o el grupo representativo al que se quiere pertenecer. 5. Contar con los elementos que permitan el desarrollo de la práctica deportiva o del respectivo

grupo. 6. Asistir puntualmente a los entrenamientos y encuentros, presentaciones o reuniones del grupo,

con el uniforme reglamentario o según lo estipulado en el grupo respectivo. En caso contrario debe avisar con anterioridad o traer excusa por escrito.

7. Contar con la autorización escrita de sus padres y/o acudientes para asistir a los diferentes eventos programados por fuera de la institución.

Cualquiera de los estudiantes puede ser suspendido de la actividad deportiva o cultural temporalmente o definitivamente, por no cumplir con las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. Cuando se presente un problema durante el tiempo destinado a los seleccionados deportivos o culturales la dificultad debe tratarse con el profesor y/o entrenador implicado, si éste no puede resolverlo, pasará a la Coordinación, hasta que el problema sea resuelto.

CAPÍTULO VI: TIENDA ESCOLAR

ARTÍCULO 58: REGLAMENTO INTERNO DE LA TIENDA ESCOLAR 1. El estudiantado solamente puede comprar en los horarios establecidos. 2. Realizar la respectiva fila y respetar los turnos de llegada.

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3. Los residuos serán depositados en las canecas respectivas para el reciclaje, según los colores así: verde (desechos orgánicos), azul (vidrio, metal y plástico).

PARÁGRAFO: La administración de la tienda escolar, mantendrá en un sitio visible la lista de precios de cada uno de los artículos. El personal de la tienda escolar cuando detecte dinero falso está autorizado para destruirlo o retenerlo según el caso.

CAPÍTULO VII: ACTIVIDADES EXTRACLASE

ARTÍCULO 59: NORMAS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA LAS ACTIVIDADES EXTRACLASES. Las clases de lúdicas, las extraclases (semilleros deportivos y culturales, entre otras) o las actividades propias de algún grupo (musical o de pastoral, entre otros), están cobijados por las mismas normas de la Institución. Su incumplimiento puede ocasionar, fuera de la sanción estipulada por la instancia respectiva, la suspensión o retiro definitivo de la misma.

CAPÍTULO VIII: PERSONERÍA, CONSEJO ESTUDIANTIL, CONTRALORÍA ESCOLAR Y EQUIPO DE APOYO.

ARTÍCULO 60: REGLAMENTO ESPECIAL PARA EL PERSONERO, EL CONSEJO ESTUDIANTIL, EL CONTRALOR ESCOLAR Y SU EQUIPO DE APOYO. El Personero, los miembros del Consejo Estudiantil, el Contralor Escolar y su equipo de apoyo, en su calidad de representantes de los estudiantes tienen obligaciones especiales entre las que se cuentan: 1. Asistir puntualmente y bien presentados a todas las reuniones y eventos citados por la Rectoría,

la Coordinación o cualquier otra instancia. 2. Mantener un comportamiento ejemplar, propio de la función que desempeñan. 3. No dar información de asuntos confidenciales, propios del servicio que prestan. 4. Presentar un informe de gestión semestral donde se rindan cuentas a la Comunidad Educativa

por su labor. 5. Cuidar los elementos de trabajo y espacios que se les asignen para sus labores.

CAPÍTULO IX: REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DEL LABORATORIO

ARTÍCULO 61: COMPROMISO DE LOS DOCENTES: 1. Socializar las normas de seguridad en los laboratorios con todos los estudiantes y vigilar su

cumplimiento en cada una de las prácticas. 2. Explicar el manejo y función del material utilizando en el laboratorio (instrumentos, muestras

biológicas y reactivos). 3. Velar por el cuidado del material empleado en cada una de las prácticas, reportando cualquier

anormalidad. 4. Elaborar una guía para cada práctica que garantice que el proceso experiencial será

verdaderamente productivo para todos los estudiantes. 5. Evaluar el proceso realizado con los estudiantes en el laboratorio. 6. Solicitar con anticipación el material requerido para cada práctica. 7. Entregar el laboratorio en perfectas condiciones de higiene.

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ARTÍCULO 62: COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES: 1. Llegar puntualmente. Las prácticas están programadas para el tiempo previsto de la clase. 2. Conocer el tema a tratar y leer cuidadosamente los requerimientos de cada práctica antes de ir

al laboratorio. 3. Tener presentes todas las precauciones y recomendaciones de seguridad a la hora de realizar la

práctica 4. Observar la máxima corrección durante las prácticas. 5. Efectuar solamente las experiencias señaladas, no se deben realizar mezclas de reactivos al

azar. Puede ser peligroso. 6. Es indispensable en todos los trabajos de laboratorio: paciencia, orden y anotación de las

observaciones. 7. No es prudente llevar fuera del laboratorio equipos o reactivos. 8. No jugar con el material biológico 9. El material de trabajo que se entrega para las prácticas es propiedad de la institución y como

tal, debe ser devuelto en buenas condiciones de conservación y limpieza. 10. No usar cadenas, anillos pulseras o similares que puedan causar un accidente. 11. Llevar el cabello recogido. 12. No beber o comer nada mientras se realiza la práctica. 13. Para trabajar en el laboratorio, Cada estudiante debe usar delantal. 14. Dejar limpio y ordenado el laboratorio después de cada práctica. 15. Se debe presentar un informe de la práctica siguiendo los pasos indicados por el docente. ARTÍCULO 63: NORMAS Y RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE EL TRABAJO EN EL LABORATORIO. 1. El laboratorio no es un lugar peligroso, siempre y cuando se tengan presentes las mínimas

normas de prudencia. 2. No debe tocarse ni probarse ninguna sustancia, a menos que así se haya indicado

expresamente. 3. Usar gafas y guantes en las prácticas que así lo ameriten. 4. No se deben frotar los ojos con las manos mientras se esté trabajando en el laboratorio; se

debe usar un pañuelo o un material similar. 5. No se deben transportar balanzas ni microscopios del lugar asignado para su uso. 6. Se debe comprobar cuidadosamente el rótulo de los frascos de reactivos antes de utilizar su

contenido. 7. No se deben usar los termómetros como agitadores. 8. Utilizar espátulas limpias para evitar contaminaciones. 9. No se pueden devolver reactivos sobrantes a los frascos de origen. 10. Los líquidos en tubos de ensayo no se deben calentar por el fondo, sino por la parte media del

líquido, deben estar inclinados y no dirigidos al operador. 11. Para recibir olores no es necesario poner el rostro encima del tubo de desprendimiento de los

gases o vapores, basta para que el olor llegue al olfato, agitar un poco el aire con la mano. 12. Nunca debe dejarse abierta la llave del gas cuando el mechero esté desconectado o apagado.

Se debe abrir únicamente cuando esté listo para encender el mechero. 13. Los recipientes que contienen líquidos inflamables, se tapan cuando éstos se inflaman, con un

trozo de madera (placa), vidrio de reloj o cápsula de porcelana, para impedir la entrada del aire, con lo cual se extingue el fuego.

14. Los fuegos producidos por líquidos que se hayan derramado, se apagan con arena, una manta o extintor. Es inútil echar agua cuando el líquido inflamable es insoluble.

15. En los vertederos no deben arrojarse cuerpos sólidos, a menos que estén pulverizados y sean fácilmente arrastrables o solubles en el agua.

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16. Al verter ácidos-bases concentrados, se debe tener como norma que el grifo esté abierto para efectuar la dilución.

17. Antes de abandonar el lugar verifique que todo esté limpio y las llaves estén cerradas.

TÍTULO VI: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

Será función de los directivos docentes y docentes informar a la comunidad sobre los perfiles necesarios para que todos los diferentes organismos de participación estén integrados por personas responsables y comprometidas que además asistan a las reuniones programadas y que sus aportes apoyen la búsqueda de soluciones que favorezcan el bien común.

CAPÍTULO I: CONSEJO DIRECTIVO

ARTÍCULO 64: DEFINICIÓN El Consejo Directivo, es una instancia directiva, de participación de la Comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento que acompaña asesora y orienta al Rector para la adecuada implementación y acomodación del PEI. ARTÍCULO 65: INTEGRANTES El Consejo Directivo de la Institución Educativa Mater Dei estará integrado por: 1. El Rector, quien lo preside y lo convoca. 2. Dos representantes del personal docente. 3. Dos representantes de los padres de familia elegidos: uno por la Junta Directiva de la

Asociación de Padres de Familia y otro por el Consejo de Padres. 4. Un representante de los estudiantes elegidos por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos

que cursan el grado undécimo. 5. Una representante de los Exalumnos. 6. Un representante de los sectores productivos.

ARTÍCULO 66: FUNCIONES 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean

competencia de otra autoridad. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia ó Reglamento de la Institución. 4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno

de sus miembros se sienta lesionado. 5. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el

Rector. 6. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del

plan de estudios y someterlos a consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

7. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.

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8. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los alumnos que han de incorporarse al Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

9. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

10. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa.

11. Promover las relaciones de tipo académico deportivo y cultural con otras Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

12. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 13. Reglamentar los procesos electorales previstos en el decreto 1860 de 1994. 14. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de

pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.

15. Darse su propio reglamento.

CAPÍTULO II: CONSEJO ACADÉMICO

ARTÍCULO 67: DEFINICIÓN Es una instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. ARTÍCULO 68: INTEGRANTES 1. El Rector quien lo preside. 2. Los directivos docentes: Coordinador. 3. Un docente por cada área definida en el Plan de Estudios. Dadas las condiciones de la planta

de cargos de la institución, un docente puede representar varias áreas académicas de las que tiene a su cargo.

ARTÍCULO 69: FUNCIONES 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto

Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y

ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto 1860 de 1994. 3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la evaluación Institucional anual. 5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los

educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

6. Recibir y decidir sobre los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa. 7. Conformar las Comisiones de Evaluación y Promoción y establecer sus funciones. 8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.

INSTITUCION EDUCATIVA MATER DEI

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CAPÍTULO III: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

ARTÍCULO 70 REGLAMENTO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

La Institución Educativa Mater Dei, es un escenario privilegiado para que los niños, niñas y jóvenes

aprendan a vivir juntos y desarrollen las capacidades para convertirse en ciudadanos que defiendan

y promuevan la no violencia, el respeto mutuo y la cooperación, contribuyendo de esta manera a

construir un mundo mejor.

Es por ello que el Comité Escolar de Convivencia, en su búsqueda por aportar a la formación y

desarrollo de los integrantes de la Comunidad Educativa establece criterios para la realización de

un trabajo organizado y productivo, a través de un proceso de conformación objetivo, y unas

directrices de funcionamiento acordes con la legislación vigente:

1. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. El Comité escolar de convivencia estará conformado por:

a) El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité b) El Personero estudiantil c) El Docente con función de orientación y/o estudiantes universitarios de últimos semestres

de las carreras de psicología, psiquiatría y programas afines quienes a través de alianzas estrategias institucionales apoyen la orientación escolar para la convivencia.

d) El Coordinador e) El Presidente de Consejo de Padres de Familia f) El Presidente del Consejo de estudiantes. g) Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. h) Líder de Mediación.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la Comunidad Educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

2. SESIONES.

El Comité Escolar de Convivencia sesionará ordinariamente al menos una (1) vez cada dos (2)

meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente del Comité Escolar de

Convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud de cualquiera de los integrantes

del mismo.

3. QUÓRUM DECISORIO.

El Comité Escolar de Convivencia podrá sesionar con la asistencia de la mitad más uno de sus

miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple de los miembros que asistan a la

sesión del comité y serán de obligatorio cumplimiento para todos sus integrantes. Este comité

no podrá sesionar sin la presencia del presidente.

INSTITUCION EDUCATIVA MATER DEI

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4. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

Son funciones del comité:

a) Identificar, documentar, analizar y resolver conflictos que se presenten entre docentes y

estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. b) Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la

construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la Comunidad Educativa.

c) Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de la ciudadanía que se adelante en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

d) Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la Comunidad Educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un acompañante del establecimiento educativo.

e) Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620 del 25 de marzo de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden de ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema de la Ruta.

f) Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

g) Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

h) Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilidad del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y su pertinencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

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5. CONFIDENCIALIDAD DE LOS REGISTROS.

Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los

documentos en los cuales se realiza el registro de las informaciones suministradas por las

personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro

de las mismas, en medio físico será archivada bajo llave y ubicada en la secretaría de la

Institución Educativa Mater Dei, a la cual tendrán acceso únicamente los miembros de la

mesa de atención, al igual que el acceso a la información por medio electrónico. En caso de

que cualquier otra persona requiera de la información aquí contenida, ésta deberá enviar

una carta dirigida al Comité Escolar de Convivencia indicando en qué consiste la solicitud y

el motivo por el cual se realiza.

6. CONFLICTOS DE INTERESES.

En caso tal de que cualquier miembro del Comité Escolar de Convivencia se vea

involucrado en situaciones tipo I, II o III, se declarará impedido para participar en el análisis

y toma de decisiones de la misma, de igual forma que en el caso en el cual la situación

analizada tenga relación con un miembro de su familia o círculo de amigos cercano, a fin de

evitar conflicto de intereses.

7. GARANTÍAS.

El Comité de Convivencia de la Institución Educativa Mater Dei, vigilará y garantizará que

no se cometa ningún acto en represalia contra quienes hayan formulado peticiones, quejas y

denuncias o sirvan de testigos en tales procedimientos, de conformidad con la ley.

8. OTROS CRITERIOS QUE REGLAMENTAN EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

a. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia convocará al Comité en pleno para reunirse,

en el momento que se presenten situaciones extraordinarias y que ameriten soluciones

inmediatas con un día de anterioridad.

b. Para tomar decisiones al interior del Comité Escolar de Convivencia, será de carácter

obligatorio la presencia del Presidente, que para nuestro caso se encarna en la persona de la

Rectora.

c. De no ser posible la presencia del Presidente, este delegará la responsabilidad en la

Coordinación para la toma de decisiones al interior del comité. d. Todos los miembros del Comité Escolar de Convivencia están facultados para intervenir en

procesos de mediación entre los diferentes miembros de la Comunidad.

e. El Comité Escolar de Convivencia elaborará un acta de cada sesión de trabajo, en los

formatos que se acuerde teniendo en cuenta las orientaciones de la norma.

f. El Comité Escolar de Convivencia en el ámbito de sus competencias desarrollará acciones de

atención para la promoción, prevención, mitigación y fortalecimiento de las situaciones que

afectan la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos y embarazo en la adolescencia. g. Cuando al interior del Comité Escolar de Convivencia de la Institución Educativa se presenten

conflictos por intereses personales entre los integrantes, se tomarán acciones de mediación

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interna, en caso de no ser efectiva, se dará cumplimiento al Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

h. El Comité Escolar de Convivencia de la institución educativa Mater Dei, encargado de la implementación de la Ley 1620 de 2013, que contempla el manejo de los conflictos y conductas que afectan la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y la participación de la familia, trabajará con los protocolos contenidos en el Manual de Convivencia Escolar aprobado en el año 2013 y se efectuarán los ajustes estrictamente necesarios, a través de Resolución Rectoral.

i. El Comité Escolar de Convivencia servirá de organismo conciliador para todas las dificultades

que al respecto de convivencia se presenten con los distintos miembros de la Comunidad

Educativa, en tal caso se dejará registro de la conciliación en acta de Acompañamiento

Especial y/o mediación escolar.

j. Desde el Comité Escolar de Convivencia de la Institución Educativa Mater Dei, se activará la

ruta de atención necesaria para que logre la atención y si es el caso la restitución de derechos

de los estudiantes afectados, garantizando la aplicación de los principios de protección

integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las

niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad

de los derechos; la perspectiva de género y diversidad sexual y los derechos de los niños, las

niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la

Ley 1098 de 2006. La Ruta podrá ser activada por cualquiera de los miembros del Comité

presentes en la institución en caso de emergencia y en ausencia de la Rectora y la

Coordinadora.

k. Desde el Comité Escolar de Convivencia se deberá garantizar la orientación escolar, por medio de los docentes orientadores o en caso alguno buscar otros entes estatales de apoyo de acuerdo a la orientación requerida.

l. Desde el Comité Escolar de Convivencia se debe posibilitar la participación de la familia en

los proceso de convivencia al interior de la Institución Educativa Mater Dei.

m. Para la atención de situaciones extraordinarias e inmediatas se designa la Mesa de Atención

del C.E.C, que estará conformada por la Rectoría, la Coordinación, el Docente con función de

orientación, la cual propenderá por una atención oportuna y se encargará de informar en las

sesiones de Comité en pleno, de las acciones e intervenciones efectuadas.

ARTICULO 71: PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDA Y LA PREVENCIÓN Y LA MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 1. Participación: La Institución garantizará su participación activa para la coordinación y

armonización y acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema de acurdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994, los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006 y en armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política.

2. Corresponsabilidad: La familia, el establecimiento educativo, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños y niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

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3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales y la institución educativa son autónomas en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños y niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

5. Integridad: La filosofía del sistema es integral y está orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a Constitución y las leyes.

ARTICULO 72: RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, DIRECTIVAS Y DOCENTES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR . 1. Responsabilidades de los establecimientos educativos en el Sistema Nacional de

convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

a. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los

establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

b. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la presente Ley.

c. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

d. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

e. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

f. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

g. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

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h. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

i. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

2. Responsabilidades del director o rector del establecimiento educativo en el Sistema

Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

a. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13

de la presente Ley. b. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de

prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

c. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

d. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

3. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

a. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar

y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

b. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

c. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

d. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia. ARTÍCULO 73: RESPONSABILIDADES DEL DOCENTE CON FUNCIÓN DE ORIENTACIÓN:

La orientación escolar para la convivencia será desarrollada por un docente de la institución que tenga el perfil requerido podrá implementarse mediante alianzas estratégicas con la instituciones de educación superior, a través de la creación de espacios de práctica de los estudiantes de último semestre de las carrera de psicología, psiquiatría y programas afines

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El personal encargado de realizar o apoyar la orientación escolar para la convivencia, en relación con la ruta de atención integral deberá:

1. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar del os estudiantes.

2. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de los derechos sexuales y reproductivos.

3. Participar en el proceso de acompañamiento así como la evaluación de los de resultados de orientación.

4. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral.

5. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y segur los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral.

6. Apoyar el Comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.

7. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el artículo 20 de la presente Ley.

8. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la Ruta de Atención Integral.

ARTÍCULO 74: RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario.

En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, la institución y las entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presente en el establecimiento educativo o en sus alrededores y que involucren a niños y niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.

ARTÍCULO 75: COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral tendrá cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.

1. El componente de promoción: se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de

los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad y el clima escolar y define los criterios de convivencia que debe seguir los miembros de la Comunidad Educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. La activación de la ruta de atención integral para la promoción en la Institución Educativa Mater Dei se lleva a cabo en dos momentos, uno, a partir de la identificación de necesidades realizada por el Comité Escolar de Convivencia y otro, a partir de las actividades desarrolladas en la

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cotidianidad de la jornada escolar por Directivos docentes, Docentes, personal de apoyo, líderes estudiantiles y mediadores escolares a través de las acciones propuestas en los proyectos pedagógicos que trasversalizan el PEI, tales como PESCC, democracia, tiempo libre, escuela para padres, cátedra teatro y artes escénicas, cátedra para la paz, proyecto de prevención integral (drogadicción, prostitución y enfermedades de transmisión sexual), formación para los valores humanos, direcciones de grupo, buenos días y buenas tardes, la emisora escolar, reconocimiento en el cuadro de honor, tarjeta de felicitación, reconocimiento verbal, salidas pedagógicas, servicio social obligatorio, y talleres desarrollados por entidades externas de acuerdo a las necesidades identificadas y a los procesos de articulación establecidos. Todo lo anterior orientado de acuerdo con temáticas específicas según sea el caso.

2. El componente de prevención: deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescentes, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes las manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de agentes de la misma en el contexto escolar.

La activación de la ruta de atención integral para la prevención se lleva a cabo en dos momentos, uno, a partir de la identificación de necesidades realizada por el Comité Escolar de Convivencia y otro, a partir de las actividades desarrolladas en la cotidianidad de la jornada escolar por Directivos docentes, Docentes, personal de apoyo, líderes estudiantiles y mediadores escolares a través de las acciones propuestas en los proyectos pedagógicos que trasversalizan el PEI, tales como PESCC, PRAE, democracia, tiempo libre, tránsito y seguridad vial, escuela para padres, cátedra teatro y artes escénicas, cátedra para la paz, proyecto de prevención integral (drogadicción, prostitución y enfermedades de transmisión sexual), formación para los valores humanos, animación a la lectura y periódico escolar, CEPAD, direcciones de grupo, buenos días y buenas tardes, la emisora escolar, salidas pedagógicas, grupos focales, juegos interclases, y talleres desarrollados por entidades externas de acuerdo a las necesidades identificadas y a los procesos de articulación establecidos, además de acciones pedagógicas según el tipo de situación presentada. Todo lo anterior orientado de acuerdo con temáticas específicas según sea el caso.

3. El componente de atención: deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña,

adolescentes, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y el marco de las competencias y responsabilidades de la institución y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la formación y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a factores diferentes de la Comunidad Educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo. El protocolo de atención se encuentra establecido en el artículo 76 del presente Manual de Convivencia.

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4. El componente de seguimiento: se centra en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificada de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. Los protocolos de seguimiento para situaciones tipo I, II y III se encuentra establecido en los artículos 40, 43 y el 45 del presente Manual de Convivencia.

ARTÍCULO 76: PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.

El componente de atención de la Ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar los siguientes postulados: 1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes

involucrados. 2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los

generadores de los hechos violentos. 3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar

espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respecto de los derechos humanos.

4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos humanos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Manual de Convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el Rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o la Policía de infancia y Adolescencia, según corresponda.

PARÁGRAFO: Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral serán establecidos por las entidades y las instituciones que pertenecen al Sistema. Estos postulados, procesos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral se deben actualizar con una preciosidad de dos años, como resultado de evaluaciones que realicen sobre su funcionamiento.

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ARTÍCULO 77: ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES.

Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los Comités Escolares de Convivencia deberán cumplir con lo siguiente:

1. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan implementados las respectivas entidades.

2. Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

3. Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados. En aquellos lugares en donde no exista Policía de Infancia y Adolescencia para para la atención de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 del Decreto 1965 de 2003, las mismas serán reportadas o puestas en conocimiento ante la Policía de Vigilancia.

ARTÍCULO 78: MEDIACIÓN ESCOLAR

La Mediación está planteada en la Ley 906 de 2004, en el artículo 523, en la mediación un tercero sin poder de decisión, ayuda a las partes implicadas en el conflicto a llegar a un acuerdo o solución del mismo, pero son las partes quienes proponen las alternativas, generando su propio acuerdo o solución, en el Acuerdo Municipal 75 de 2010 “Por medio del cual se establece la Mediación Escolar como una estrategia alternativa para la solución de conflictos en las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín” y en el Decreto 1965 del 11 de septiembre de

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2013. Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

La mediación se entiende como una forma de afrontar conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera imparcial, el mediador. Su principal función es regular el proceso de comunicación y conducirlo por medio de unos sencillos pasos en los que, si las partes colaboran, es colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.

La mediación escolar debe ser una herramienta educativa que propicie el aprendizaje de habilidades sociales y competencias ciudadanas, permite además un abordaje cooperativo de los conflictos, que prevenga de alguna manera la aparición de situaciones violentas. Características de la Mediación:

La mediación es VOLUNTARIA, es CONFIDENCIAL, y está basada en el DIÁLOGO. La mediación puede resolver conflictos relacionados con la transgresión de las normas de convivencia, amistades que se han deteriorado, situaciones que desagraden o parezcan injustas, malos tratos o cualquier tipo de problemas entre miembros de la comunidad educativa. Es un proceso cooperativo de resolución de conflictos. La idea es que las partes encuentren una solución a la disputa.

El clima de colaboración debe ser creado por el mediador y esto demanda: 1. Reducir la hostilidad 2. Orientar la discusión, de modo tal que un acuerdo satisfactorio sea posible 3. Coordinar un proceso de negociación Principios Básicos de la Mediación 1. Comprender y apreciar los problemas presentados por las partes 2. Revelar a las partes que el mediador conoce y entiende los problemas 3. Crear dudas en las partes respecto a la validez de las posiciones asumidas 4. Sugerir enfoques alternativos Objetivos de la Mediación Escolar: 1. Construir a un sentido más fuerte de cooperación y comunidad con la escuela. 2. Mejorar el ambiente del aula por medio de la disminución de la tensión y la hostilidad. 3. Desarrollar el pensamiento crítico y las habilidades en la solución de problemas. 4. Mejorar las relaciones entre el estudiante y el maestro. 5. Incrementar la participación de los estudiantes y desarrollar las habilidades del liderazgo. 6. Resolver disputas menores entre iguales que interfieren con el proceso de educación. 7. Favorecer el incremento de la autoestima dentro de los miembros del grupo. 8. Facilitar la comunicación y las habilidades para la vida cotidiana. Los pasos propuestos para la mediación en la escuela son: 1. El mediador debe presentarse y preguntar por la voluntad de realizar la mediación. 2. Establecer unas reglas que permitan llevar a cabo el proceso y que ambas partes estén de

acuerdo. 3. Recoger la información, el mediador escucha abiertamente a las partes, quienes narran

descriptivamente la situación del conflicto. 4. El mediador expresa la comprensión del problema a través del parafraseo.

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5. Propiciar una lluvia de ideas sobre las posibles soluciones al conflicto, cada parte propone lo que cree que puede hacer o lo que se necesita para resolver la situación

6. El mediador ayuda a las partes a que analicen las diferentes opciones de solución que se recogieron y determinar las que son más convenientes para darle viabilidad al proceso.

7. Asistir a las partes en la elaboración de un acuerdo y generar compromiso alrededor del mismo, recomendando explícitamente la buena disposición y esfuerzo en la solución del conflicto.

El Mediador Escolar:

Es una persona que escucha, procura ser justa, no toma partido ni enjuicia. Es un colaborador, alguien en quien se puede confiar, que está interesado en comprender y ayudar a encontrar una buena alternativa de solución. Un mediador no es un disciplinador, ni una persona que habla sobre sí misma, ni un juez, ni un policía, ni alguien que da consejos o fórmulas para resolver los conflictos. El mediador actúa de una manera voluntaria y altruista. Es independiente e imparcial; no tiene el papel ni de juzgar ni de arbitrar.

Funciones del Mediador:

Establecer y mantener las condiciones acordadas por las partes con el propósito de mejorar sus relaciones y elaborar una solución a su situación conflictiva.

Requerimientos para ser un Mediador:

1. Evitar tomar partido. 2. Conocer a las partes. 3. Establecer reglas. 4. Conocer el verdadero problema. 5. Identificar posibilidades. 6. Poner a las partes de acuerdo. 7. Reconocer la búsqueda de soluciones.

PERFIL DEL MEDIADOR ESCOLAR

PERFIL MEDIADOR HABILIDADES DEL MEDIADOR

Orientación hacia el futuro

Preocupación por la relación entre las partes.

Cuestionamiento de las propuestas de solución que afectan a las partes.

Se piensa en los acuerdos que beneficien a las partes.

Imparcialidad

El facilitador no “toma partido” por una de las partes.

Se parte de la buena fe de las partes.

Se muestra comprensivo ante las partes.

Relaciones Armónicas El facilitador establece y mantiene adecuadas relaciones.

Aprovecha las diferencias, para fortalecer la relación.

Manejo adecuado de la comunicación

Utiliza el lenguaje verbal para comunicarse efectivamente.

Atiende a los mensajes de las partes con una escucha activa.

Se muestra curioso sobre la dinámica del conflicto y sus posibilidades de solución.

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Postura Estratégica Planea hasta donde le sea posible, su intervención frente al conflicto.

Prevé como sus decisiones ayudan a la resolución del conflicto.

Aprovecha las potencialidades de las partes para construir mejores soluciones.

Ser proactivo El facilitador piensa y luego actúa.

Reconoce cuáles son sus debilidades y puede tomar la decisión de no actuar como facilitador en casos complejos.

Consulta a sus compañeros o amigos sobre situaciones poco claras.

Creatividad

No se “engolosina” con la primera solución que se le ocurre.

Utiliza la técnica de “Lluvia de ideas” para construir opciones de arreglo.

Se atreve a ser original y creativo en las fórmulas de arreglo.

FASES DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

1. PREMEDIACIÓN: Fase previa a la mediación propiamente dicha, en ella se crea las

condiciones que facilitan el acceso a la mediación. De igual manera, se habla con las partes por separado, se explica el proceso a seguir y se solicita su consentimiento para acudir a la mediación.

2. MEDIACIÓN:

a. Presentación y reglas del juego: Fase dedicada a crear confianza entre el grupo de mediación y los mediados, también se presenta el proceso y las normas a seguir en la mediación.

b. Cuéntame: Fase en la que las personas involucradas en el caso de mediación, exponen su versión del conflicto con los sentimientos que le acompañan. Las partes han de ser escuchadas.

c. Aclarar el problema: Fase dedicada a identificar los nudos conflictivos, los puntos de coincidencia y de divergencia del mismo. Se trata de establecer una plataforma común sobre los temas más importantes que han de ser solucionados.

d. Proponer soluciones: Fase dedicada a la búsqueda creativa de soluciones y a la evaluación de las mismas por las partes.

e. Llegar a un acuerdo: Fase dedicada a definir con claridad los acuerdos. Estos han de ser equilibrados, específicos, posibles. También se suele dedicar un tiempo a consensuar algún procedimiento de revisión y seguimiento de los mismos.

f. Hoja de Reporte: Los mediadores tienen la responsabilidad de diligenciar la hoja de reporte en presencia de los asistentes y hacerla firmar como una constancia que resignifica los compromisos adquiridos. Además ayuda a tener un conocimiento de los conflictos más comunes y establecer acciones preventivas que favorecerán la convivencia en general.

ARTÍCULO 79: INFORMES O QUEJAS. Cualquiera de las partes involucradas en una situación que afecte la convivencia escolar, o los padres o madres de familia o acudientes, o cualquier otra persona, pueden informar o presentar queja ante la secretaría de educación municipal, a la que pertenezca el establecimiento educativo donde se generó la situación; sobre los casos en los cuales las autoridades educativas o los funcionarios responsables no adelanten las acciones pertinentes, no adopten las medidas necesarias o éstas sean desproporcionadas, o apliquen el protocolo equivocado respecto de

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situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicios de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Recibida la información o la queja la entidad adelantará las acciones a que hubiere lugar e informará a las autoridades que se requieran a fin de verificar y solucionar de fondo la situación informada.

CAPÍTULO IV: CONSEJO ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 80: DEFINICIÓN Es el organismo constituido por los representantes de los grados de tercero a once, que anima, promueve y coordina las distintas propuestas que garanticen el bienestar de los estudiantes. Es elegido por votación de los estudiantes de cada grado por mayoría simple. ARTÍCULO 81: INTEGRANTES Representantes de cada grado de tercero a once. ARTÍCULO 82: FUNCIONES 1. Definir las funciones específicas que debe cumplir el presidente, el vicepresidente y la

secretaria del Consejo y evaluarlos cada semestre. 2. Decidir su propia organización interna: elegir presidente, vicepresidente y secretario. 3. Colaborar con el personero de los estudiantes. 4. Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes

representándolos ante los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa. 5. Participar en la toma de decisiones del Consejo Directivo por medio del representante electo. 6. Proponer reformas al Manual de Convivencia. 7. Presentar a la Rectoría, al menos una vez por semestre, las propuestas recogidas entre el

estudiantado de la Institución. 8. Llevar actas de todas sus reuniones, que den cuenta del proceso. 9. Presentar cada semestre un balance de su gestión y un informe general al final del año a la

Comunidad Educativa. 10. Reunirse como mínimo una vez por periodo. 11. Representar a la Institución en los eventos y reuniones donde sean enviados por el Rector o

algunos de los directivos. 12. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual

de Convivencia. ARTÍCULO 83: CARACTERÍSTICAS DE LOS REPRESENTANTES DE GRUPO Y MIEMBROS DEL CONSEJO ESTUDIANTIL 1. Tener las cualidades del perfil del Alumno Mater Dei. 2. Tener liderazgo, cualidades conciliadoras reconocidas y una excelente trayectoria académica y

de disciplina. No puede tener compromiso académico ni disciplinario. 3. Para la sección del bachillerato debe haber cursado en la Institución por lo menos el último año

inmediatamente anterior, para que conozca la realidad escolar.

PARÁGRAFO: Si un representante durante el ejercicio de sus funciones incurre en una situación Tipo III, pierde su cargo y asumirá el cargo quien haya obtenido la segunda votación.

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CAPÍTULO V: PERSONERÍA ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 84: DEFINICIÓN El personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y los derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. ARTÍCULO 85: FUNCIONES 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá

utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

3. Presentar ante, la Rectoría, la Coordinación, según sus competencias, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

5. Informar sobre sus actividades a la Comunidad Educativa, al menos una vez por semestre académico.

6. Representar a la institución en los eventos y reuniones donde sea enviado por el Rector o alguno de los directivos o cualquier estamento.

El Personero de los estudiantes será elegido dentro de los 30 días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto el Rector delegará en el área de ciencias sociales la convocatoria a todo el estudiantado matriculado con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

ARTÍCULO 86: PERFIL DEL PERSONERO DEL ESTUDIANTADO 1. Destacarse en las cualidades del Perfil del Alumno Mater Dei. 2. Sobresalir por su liderazgo. 3. Tener buenas relaciones con los diferentes miembros de la Comunidad Educativa. 4. Tener una excelente trayectoria académica y de disciplina. No puede tener compromiso por

bajo rendimiento en estos aspectos. 5. Tener conocimiento del Manual de Convivencia. 6. Haber cursado en el Colegio por lo menos los dos últimos años inmediatamente anteriores y

conocer la realidad escolar. 7. Presentar un proyecto de su plan de trabajo en Rectoría, para lanzar su candidatura. 8. Cursar actualmente el grado undécimo.

PARÁGRAFO: Es un derecho del personero que le sean asignados trabajos académicos especiales cuando esté cumpliendo funciones.

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CAPÍTULO VI: CONTRALORÍA ESCOLAR

ARTÍCULO 87: DEFINICIÓN La Contraloría Escolar es una instancia de participación estudiantil reglamentada por el Decreto 0505 del 17 de marzo de 2011 y el acuerdo municipal N° 41 de 2010. Está inspirada en los artículos 2, 41 y 270 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y en los artículos 5 y 14 de la Ley General de Educación de 1994. La Contraloría escolar está conformada por el Contralor y su equipo de apoyo. Se creó con el fin de: promover pedagógicamente la cultura del buen uso y manejo de los recursos públicos; fomentar la participación de la ciudadanía en las decisiones de interés colectivo; afianzar una educación que promueva las prácticas democráticas de los y las jóvenes; y concientizar sobre la importancia de la vigilancia sobre la gestión fiscal y pública.

ARTÍCULO 88: DEBERES DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR 1. Respetar el PEI y el Manual de Convivencia. 2. Abstenerse de brindar información a los medios de comunicación y/o personas ajenas al

establecimiento educativo 3. Manejar diligentemente el archivo. 4. Cumplir el conducto regular. ARTÍCULO 89: FUNCIONES Según Acuerdo municipal Nº 41 de 2010 en su artículo 6 las funciones de la contraloría escolar son: 1. Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva Institución Educativa. 2. Ser vocero de la Contraloría escolar ante la comunidad Educativa. 3. Convocar a los integrantes de la Contraloría escolar a una reunión ordinaria cada dos meses, o

extraordinaria cuando sea necesaria. 4. Representar la Contraloría escolar ante la red de Contralores Escolares. 5. Representar la Contraloría escolar ante la Contraloría General de Medellín. 6. Solicitar a la Contraloría General de Medellín, que realice las verificaciones que se consideren

necesarias, frente a las actuaciones de los gestores fiscales, a fin de que ésta determine si es procedente o no adelantar alguna opción de control fiscal.

7. Solicitar a la Contraloría General de Medellín las capacitaciones que estime necesarias para el adecuado desarrollo de las funciones que corresponden a la Contraloría Escolar.

8. Verificar la publicación en un lugar visible los informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos de los FSE.

9. Verificar que el Rector publique semestralmente en cartelera las contrataciones que se hayan celebrado con cargos a los fondos de servicios educativos en la vigencia fiscal y la población beneficiada a través de los programas de gratuidad y derechos académicos y complementarios, restaurantes escolares, fondo de protección escolar, Presupuesto Participativo y otros proyectos que tenga la Institución Educativa.

10. Promover la comunicación en la Comunidad Educativa de las obras físicas que se van a realizar y el seguimiento para que las mismas se entreguen con calidad requerida y con las necesidades de la población escolar.

11. Solicitar al Rector la publicación en un lugar visible la resolución del Ministerio de Educación Nacional, sobre la asignación de recursos de gratuidad provenientes para todos los estudiantes, así como la destinación que se le da en el presupuesto de gastos según la aprobación del Consejo Directivo.

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ARTÍCULO 90: PERFIL DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR. 1. Destacarse en las cualidades del Perfil del Alumno Mater Dei. 2. Sobresalir por su liderazgo y respeto por la convivencia. 3. No haber incurrido en situaciones Tipo II y III. 4. Tener buenas relaciones con los diferentes miembros de la Comunidad Educativa. 5. Manifestar sentido de pertenencia por la institución. 6. Tener una excelente trayectoria académica y de disciplina. No puede tener compromiso por

bajo rendimiento en estos aspectos. 7. Demostrar capacidad y criterio de argumentación. 8. Tener conocimiento del Manual de Convivencia y PEI. 9. Encontrarse debidamente matriculado en el grado décimo ó undécimo y conocer la realidad

escolar. 10. Presentar una propuesta de gestión al momento de presentar su candidatura. 11. Haber recibido sensibilización y/o capacitación por parte de la Contraloría General de Medellín.

PARÁGRAFO: El Contralor Escolar no podrá ejercer al mismo tiempo como Personero Estudiantil ni como representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo o ante el Consejo Estudiantil.

CAPÍTULO VII: GRUPO DE APOYO DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR

ARTÍCULO 91: CONFORMACIÓN: El grupo de apoyo de la Contraloría Escolar estará conformado por: 1. Un estudiante matriculado por cada grado de sexto a undécimo. 2. Este grupo se elegirá democráticamente, por votación interna que realizará el alumnado

preferiblemente el mismo día de la elección del Contralor Escolar.

PARÁGRAFO 1: El grupo de apoyo recibirá capacitación por parte de la Contraloría General de Medellín. PARÁGRAFO 2: El Contralor Escolar realizará sus funciones pedagógicas con el respaldo del grupo de apoyo. PARÁGRAFO 3: En ausencia permanente de algún integrante del grupo de apoyo, se realizará el mismo procedimiento previsto para su elección.

ARTÍCULO 92: PERFIL DEL GRUPO DE APOYO. Deben ser estudiantes matriculados en la institución educativa con el mismo perfil que requiere el Contralor Escolar. CAPÍTULO VIII: REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 93: DEFINICIÓN El representante será el vocero del estudiantado ante el Consejo Directivo en todo lo concerniente a la disciplina, lo académico y actividades especiales. Será elegido por el sistema de mayoría

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simple por los representantes de cada grado en el Consejo estudiantil y debe ser de undécimo grado. Deberá abrirse una convocatoria para que se puedan postular todos aquellos que cumpliendo con las mismas características del personero aspiren a este cargo. Será elegido por votación secreta y mayoría simple por los miembros del Consejo Estudiantil. ARTÍCULO 94: FUNCIONES 1. Asistir y participar en el Consejo Estudiantil y en el Consejo Directivo. 2. Responsabilizarse de transmitir las propuestas de los estudiantes en el proceso de reforma del

Manual de Convivencia. 3. Aportar desde su visión de estudiante en los temas y casos analizados en el Consejo Directivo. 4. Ofrecer a los estudiantes un informe semestral sobre su gestión.

CAPÍTULO IX: REPRESENTANTE DE GRUPO

ARTÍCULO 95: DEFINICIÓN Es el estudiante que cumpliendo con las cualidades del alumno Mater Dei y elegido por el sistema de mayoría simple por sus compañeros en las actividades propias de la elección del Gobierno Escolar, colabora al director de grupo con la organización y estructuración de su grupo, liderando procesos de participación democrática en el aula. ARTÍCULO 96: FUNCIONES

1. Realizar las distintas responsabilidades en beneficio del grupo.

2. Velar por el cumplimiento del proyecto grupal.

3. Apoyar al Director de Grupo y demás profesores en los procesos de desarrollo grupal.

4. Ser vocero de sus compañeros.

5. Informar la ausencia de un docente al Coordinador.

6. Colaborar con la solución de los problemas académicos y de disciplina.

7. Hacer seguimiento a las acciones evaluativas.

8. Velar por las buenas relaciones entre sus compañeros.

PARÁGRAFO 1: Si se retira el representante voluntariamente o por incumplimiento de sus funciones, asumirá el cargo quien haya obtenido la segunda votación. PARÁGRAFO 2: Si el representante comete incurre en una situación Tipo III, automáticamente pierde su designación y asumirá el cargo quien haya obtenido la segunda votación. PARÁGRAFO 3: Para primaria las responsabilidades serán acordadas y delegadas por el Director de Grupo. PARÁGRAFO 4: Cuando el representante no cumpla con sus funciones, los miembros del grupo podrán cambiarlo, para esto se evaluará periódicamente.

CAPÍTULO X: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

ARTÍCULO 97: ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de Padres de Familia del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la Asociación de Padres de Familia. Conforme

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al decreto 1286 se reunirá obligatoriamente dos veces al año por convocatoria del Rector de la Institución. ARTÍCULO 98: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Es el organismo destinado a asegurar la participación de los padres de familia en el proceso educativo para elevar los resultados de la calidad del servicio. ARTÍCULO 99: INTEGRANTES: 1. Rector o delegado 2. Mínimo un (1) padre o madre de familia de cada uno de los grados que ofrece la Institución. ARTÍCULO 100: FUNCIONES

1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las Evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado.

2. Exigir que la Institución con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.

3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la Institución, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y el logro de los objetivos planeados.

5. Promover actividades de formación de los padres y madres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa.

7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.

8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los estudiantes, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y mejoramiento del medio ambiente.

9. Elegir al padre o madre de familia que participa en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación Escolar SIEE.

10. Presentar propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15 y 16 del decreto 1860 de 1994.

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11. Elegir un representante de los padres de familia ante el Consejo Directivo. NOTAS ACLARATORIAS: La conformación del Consejo de Padres es obligatoria.

a. Se elegirá durante el transcurso del primer mes del año escolar contando desde la fecha de

iniciación de las actividades académicas, el Rector convocará a los Padres y Madres de familia para que elijan a sus representantes al Consejo de Padres de Familia.

b. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados por mayoría, con presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

c. El Consejo de Padres de la Institución ejercerá estas funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de su expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan a la Institución ante otras instancias o autoridades.

d. Podrá organizar comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento Educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el Rector.

e. No requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie.

f. Se reunirá como mínimo 2 veces por año por convocatoria del Rector o por derecho propio. g. Las sesiones del Consejo serán presididas por un padre o madre de familia elegido por

ellos mismos. h. La Secretaría de Educación solicitará informes periódicos sobre su funcionamiento.

ARTÍCULO 101: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA La Asociación de Padres de Familia de la Institución Educativa Mater Dei es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo. Son objetivos de la Asociación: 1. Motivar a los padres y madres de familia a vincularse a los programas y actividades de la

asociación, dando a conocer su visión, misión, objetivos y funciones. 2. Liderar y apoyar los programas de formación propuestas por la Institución. 3. Propiciar y mantener una clara articulación con las directivas de la Institución, profesores,

estudiantes, padres y madres de familia, o acudientes de los estudiantes, para estudiar y desarrollar actividades conjuntas que den soporte y apoyo a su misión y visión.

4. Apoyar actividades espirituales y eventos culturales, deportivos, sociales y todos aquellos que propugnen por la integración de los padres y madres de familia o acudientes de los estudiantes y la Comunidad Educativa de la Institución.

ARTÍCULO 102: FUNCIONES

1. Propender por el adelanto espiritual, intelectual, artístico, deportivo y cultural de la Comunidad

Educativa. 2. Procurar una integración permanente entre los padres y madres de familia o acudientes de los

estudiantes y los educadores para conocer los intereses y capacidades de los estudiantes y orientarlos hacia su pleno desarrollo.

3. Velar por el cumplimiento de los principios, valores y la filosofía de la Institución.

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4. Actuar como representante de sus asociados ante la Institución, entidades oficiales, asociaciones de padres de familia de otras Instituciones y otros organismos e Instituciones relacionadas con la educación.

5. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento de la Institución.

6. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

7. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia para que cumplan sus deberes y responsabilidades como educadores naturales.

8. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

9. Promover entre los padres y madres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromisos con la legalidad.

10. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los estudiantes y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del decreto 2737 de 1989.

La Asociación de padres de Familia deberá cumplir con las exigencias planteadas con el decreto 1286 del 27 de abril del 2005 en sus artículos 9 al 14.

TÍTULO VII RECONOCIMIENTOS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

CAPÍTULO I: ESTÍMULOS PARA LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES ARTÍCULO 103: Finalizado el año escolar la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Mater Dei, se reunirá para premiar a todos aquellos directivos docentes y docentes que se destacaron por su liderazgo y cooperación en la búsqueda de las metas institucionales durante el año escolar. La elección de los postulados y del ganador del reconocimiento se llevará a cabo por votación simple entre todos los estudiantes de la institución, habrá un reconocimiento para un docente de los niveles de preescolar y básica primaria, otro reconocimiento para los docentes de la básica secundaria y media académica y un reconocimiento para un directivo.

CAPÍTULO II: ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA

ARTÍCULO 104: Finalizado el año escolar la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Mater Dei, se reunirá para premiar a una familia por grado que se haya destacado por su colaboración, disposición y compromiso con las actividades institucionales durante el año escolar. La elección de los postulados y del ganador del reconocimiento se llevará a cabo por votación simple entre todos los directivos y docentes de la institución, habrá un reconocimiento para una familia de los niveles de preescolar y básica primaria y otro reconocimiento para una familia de la básica secundaria y media académica.

CAPITULO III: ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 105: La institución en su proceso de formación integral analiza en sus estudiantes el trabajo de introyección de valores inculcados durante el transcurso del año lectivo, así mismo su proceso cognitivo personal y social y les ofrece los siguientes estímulos: La institución en su proceso de formación integral analiza en sus estudiantes el trabajo de introyección de valores inculcados durante el transcurso del año lectivo, así mismo su proceso cognitivo personal y social y les ofrece los siguientes estímulos:

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1. Anotaciones positivas en el fólder de acompañamiento del estudiante. 2. Reconocimiento público de aprovechamiento y disciplina izando en pabellón nacional y

nombrado en los actos culturales de la Institución. 3. Tener el honor de ser monitores en las diferentes áreas. 4. Representar a la Institución en eventos culturales, deportivos, recreativos, y científicos en el

ámbito local, regional, nacional e internacional. 5. Finalizado cada período escolar, la Comisión de Evaluación y Promoción elegirá el mejor grupo

a nivel académico y disciplinario (uno entre preescolar y básica primaria y otro entre la básica secundaria y media), para premiar su esfuerzo con una salida pedagógica (se subsidiará parcialmente el transporte a nivel urbano).

6. La Comisión de Evaluación y Promoción otorgará el reconocimiento a la excelencia integral para los estudiantes que lograron el mejor desempeño académico, personal y social durante cada uno de los periodos del año escolar.

7. Aparecer en el cuadro de honor de la institución (dos estudiantes) por cumplir con las cualidades del perfil del estudiante Mater Dei, esta elección estará a cargo de la Comisión de Evaluación de cada periodo.

Finalizado el año escolar se otorgan los siguientes galardones: 1. Alumno Mater Dei: Máxima distinción otorgada a los estudiantes que se destacan por la

vivencia de los principios y valores institucionales, por su buen comportamiento en cada momento y lugar, por la cultura en sus modales y expresiones y por su buen desempeño académico.

2. Reconocimiento al esfuerzo: Se asigna a los estudiantes que a pesar de sus dificultades,

mantuvieron la constancia y responsabilidad para alcanzar un buen desempeño académico personal y social.

3. Reconocimiento al espíritu cívico: Por respetar el bien común, tener conciencia de que

nuestros actos repercuten en la sociedad, respetar las autoridades y la libertad de los otros, lo mismo que colaborar y servir de una manera desinteresada.

4. Reconocimiento a la Responsabilidad: La persona responsable se hace cargo de sí misma y

de su conducta, es dueña de sus acciones y responde por ellas, es amiga de lo óptimo y enemiga de la mediocridad, su meta es la perfección.

5. Reconocimiento a la Puntualidad: Es una de las más valiosas cualidades humanas. La

puntualidad habla de disciplina personal, respeto hacia el otro, valoración del tiempo. 6. Reconocimiento a la Excelente Presentación Personal: Concedida a los estudiantes que

valoran el uniforme como un símbolo del colegio y lo portan con sencillez, pulcritud y elegancia, manifestando con ello un sentido de pertenencia a la institución.

7. Reconocimiento al Excelente Comportamiento: Se otorga este reconocimiento a los

estudiantes que acatan las normas establecidas en el Manual de Convivencia, favorecen el ambiente de libertad, respetan las pautas de comportamiento establecidas y actúan de manera responsable y autónoma.

8. Reconocimiento al Servicio a la Comunidad: A través del cual se reconoce a los estudiantes

que sobresalieron en el servicio a la Comunidad Educativa durante todo el año escolar (periódico escolar, prevención y atención de desastres, timbre para iniciar o finalizar las clases, emisora y sonido, entre otros).

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9. Mérito a la Participación Estudiantil: Se otorga a los estudiantes que cumplieron su labor

como mejores Representantes de Grupo, al Personero de los estudiantes, a los integrantes del Consejo Estudiantil, al Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, al Contralor Escolar y a su grupo de apoyo.

10. Premiación deportiva e interclases: Se otorgan medallas, a quienes hacen del deporte, en

sus diferentes modalidades, un elemento para su formación integral, respondiendo simultáneamente por sus deberes académicos.

11. Participación en actividades externas: Se reconoce con esta distinción a quienes han sido

premiados por su destacada participación representando a la Institución, al municipio a la región o al país, en actividades deportivas, culturales, religiosas, académicas, entre otras. Quienes reciban estas distinciones externas deben informarlas al Coordinador. Los criterios para esta premiación son:

a. Nivel internacional hasta tercer puesto. b. Nivel Nacional, Departamental y Municipio hasta el tercer puesto. c. Clubes sólo primer puesto. d. Artístico: Constancia de participación mínimo a nivel municipal.

CAPÍTULO IV: ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL DE APOYO

ARTÍCULO 106: Finalizado el año escolar la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Mater Dei, se reunirá para premiar a un miembro del personal de apoyo Institucional (aseo, vigilancia, tienda escolar, auxiliar administrativa, bibliotecaria y manipuladoras de alimentos) que se destacó por su sentido de pertenecía con la institución manifestado en todas sus acciones durante el año escolar. La elección de los postulados y del ganador del reconocimiento se llevará a cabo por votación simple entre todos los directivos, docentes, estudiantes y algunos padres de familia de la institución, habrá un solo reconocimiento para un miembro de este personal por parte de los electores.

TÍTULO VIII

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO ESCOLAR O MANUAL DE

CONVIVENCIA. ARTÍCULO 107: MODIFICACIÓN APLICACIÓN DEL MANUAL El presente manual será evaluado cada año por el Consejo Directivo, quien recibirá las observaciones pertinentes emitidas por los diferentes estamentos y considerará si es necesario modificarlo o no. Todas las dependencias de la Institución como sala de Informática, tienda escolar, laboratorios, etc, tienen su reglamento el cual los estudiantes deben cumplir, como componentes de su vivencia del Manual. Los aspectos no contemplados en este Manual, serán normatizados por Resolución Rectoral o acuerdos del Consejo Directivo, previo análisis del caso.

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ARTÍCULO 108: ACLARACIÓN Teniendo en cuenta que el Manual de Convivencia sigue todos los pasos legales para la aplicación de las acciones pedagógicas y para el retiro del estudiante en caso de que sea necesario, y que la familia lo conoció antes de firmar la matrícula, contra su aplicación no cabe ningún proceso de tutela. El presente Manual de Convivencia es aprobado y firmado por todos los integrantes del Consejo Directivo en Acuerdo N° 06 del 23 de enero de 2018, anexo al Acta N° 01 de la misma fecha.

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GLOSARIO

ACCIÓN PEDAGÓGICA: Es la implementación de un correctivo pedagógico frente a una situación y busca contribuir en la transformación del sujeto desde la observancia del evento como una oportunidad para el aprendizaje y la práctica de las competencias ciudadanas. ACCIÓN RESTAURATIVA: Es una acción que reemplaza el castigo y está contenida en la ley 1620 de 2013. Se trata de un método alternativo para la resolución de conflictos con el objetivo de mantener la sana convivencia; pretende que se tome conciencia de la necesidad de reparación según necesidades e intereses de la víctima. ACOSO ESCOLAR (BULLYING). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. Por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. ACOSO ESCOLAR O BULLYING. Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescentes, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, o que se presenta de forma reiterada o lo largo de un tiempo determinado. ACUDIENTE: Es la persona mayor de edad (padre o madre de familia y/o adulto legalmente autorizado), quien al firmar el contrato de matrícula se compromete a representar y acompañar al estudiante en su proceso de formación. AGRESIÓN ELECTRÓNICA. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. AGRESIÓN ESCOLAR. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. AGRESIÓN FÍSICA. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. AGRESIÓN RELACIONAL. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. AGRESIÓN VERBAL. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

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AGRESIÓN GESTUAL. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. AUTONOMÍA: Es el derecho que tiene cada individuo para tomar sus propias decisiones y a tener la libertad de actuar de acuerdo con ellas, en los diferentes escenarios públicos y privados. La autonomía es un acuerdo definido socialmente, mediante el cual se reconoce la libertad de acción y elección de los seres humanos. CIBERACOSO ESCOLAR (CIBERBULLYING). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. CIBERBULLYNG O CIBERACOSO ESCOLAR. Forma de intimidación con uso deliberado de tecnología de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. COEDUCAR DESDE EL ENFOQUE DE GÉNERO: Es formar a partir de las diferencias de ambos géneros para enriquecer y poder construir un proyecto común. COEDUCAR: Es formar en la diversidad: en contextos históricos, clases sociales, etnia, religión, en definitiva, la cultura. COMPETENCIAS CIUDADANAS. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática. CONDUCTA: Es el modo en que se conduce una persona en las relaciones con los demás. Son las actitudes o disposiciones de ánimo manifestadas en igual forma en todas las circunstancias. CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. CONFLICTOS. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. CONTRATO PEDAGÓGICO: Es el compromiso, pacto o convenio entre la Institución y la familia firmado entre el Rector, el acudiente y el estudiante, mediante el cual el primero se compromete a prestar orientación, asesoría y seguimiento de acuerdo con las instancias como se contempla en el Manual de Convivencia, los segundos, a cambiar unas conductas o comportamientos inadecuados por unos comportamientos acordes con las exigencias de la Comunidad Educativa, también de acuerdo con lo contemplado en el Manual de Convivencia y con el apoyo del padre o acudiente. DEBER: Se entiende como la obligación que tiene el ser humano de obrar según los principios de la moral, la justicia y su propia conciencia.

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DEBIDO PROCESO: El Debido proceso es el conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizadas dentro un proceso pedagógico con los estudiantes, docente y padres de familia, cumpliendo los requisitos establecidos en el manual de convivencia de la institución educativa, con el fin de preservar los derechos de las personas implicadas en el conflicto. DERECHO: Es la facultad natural del hombre para hacer legítimamente lo que conduce a la realización de su proyecto de vida. Por medio del derecho se puede exigir todo lo que la ley o autoridad establece a favor de alguien, el derecho se expresa a través de leyes, preceptos o reglas que atañen a la vida de las personas. DISCIPLINA: Es la manera de favorecer la realización de cada estudiante en un ambiente de libertad, para lo cual se requiere un ordenamiento que establezca pautas y normas de comportamiento que induzcan al estudiante a actuar de manera responsable. DIVERSIDAD: La diferencia, la pluralidad, multiculturalidad, interculturalidad, la singularidad, la creatividad, el disenso y las distintas identidades de género y de orientaciones sexuales, son valores intangibles que deben ser respetados, en armonía con el marco filosófico de los derechos humanos y los principios institucionales. EDUCACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS: Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivo con la cual desarrollaran competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterio de respeto por sí mismos, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar de asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre satisfactoria responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y al a transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. ENFOQUE DE GÉNERO: Es una categoría de las ciencias sociales que aborda la relación de equidad entre hombres y mujeres, permite la construcción y deconstrucción de la identidad femenina y masculina en un contexto cultural y social. Implica un cambio de actitud en donde se logra valorar a la persona independientemente de su sexo. ESTÍMULO: Es el premio, mención o reconocimiento que la Institución ofrece con el fin de resaltar un comportamiento o resultados obtenidos en el campo educativo en cualquiera de los aspectos (académico, disciplinario, científico, cultural, deportivo, entre otros). GÉNERO: Se refiere a las características sociales, culturales, políticas, psicológicas, jurídicas y económicas que hacen diferentes a las mujeres y los hombres. También se le ha llamado sexo de asignación o crianza porque es el punto donde comienza el aprendizaje de cómo ser hombre o mujer. La categoría de género involucra los conceptos de identidad de género y rol de género. IDENTIDAD DE GÉNERO: Se refiere al papel, atributos y diferencias que asigna la sociedad a los géneros de acuerdo con el sexo y que están en permanente construcción. Ligado a la conducta, está el comportamiento, considerado como cualquier acción o reacción que una persona manifiesta con respecto al ambiente o al entorno que lo rodea. Un buen comportamiento puede tener un buen estímulo, es decir una compensación a sus buenas acciones que lo conducen a una convivencia armónica, propendiendo siempre por el bienestar y la felicidad de todos.

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MANUAL DE CONVIVENCIA: Es un reglamento, código, guía o constitución escolar que orienta y regula el ejercicio de los derechos y responsabilidades de la Comunidad Educativa, constituyéndose en la carta de normas y principios morales, éticos y sociales que sirven de base para formar, orientar, evaluar, corregir y/o estimular los comportamientos de los integrantes de la Comunidad Educativa. MEDIACIÓN: La mediación se entiende como una forma de afrontar conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera imparcial, el mediador, para la búsqueda de alternativas en la resolución de los mismos. PERFIL: Comportamiento ideal esperado en todo miembro de la Comunidad Educativa, después de un proceso formativo. PROCESO: Se entiende como el conjunto de las fases sucesivas de los hechos. Si este proceso es manejado acertadamente, da lugar a unos derechos. RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. ROL DE GÉNERO: Es todo aquello que una persona dice o hace para indicar a los demás y así mismo el grado en que se es hombre o mujer. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. VIOLENCIA SEXUAL. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

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ANEXOS N° 1

FUNCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE I. FUNCIONES DEL RECTOR

1. Dirigir la preparación del PEI con la participación de los distintos actores de la Comunidad Educativa.

2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.

3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar. 4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. 5. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el

logro de las metas educativas. 6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal

docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces.

7. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.

8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.

9. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

10. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

11. Imponer las acciones pedagógicas propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

12. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. 13. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus

requerimientos. 14. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. 15. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis

meses. 16. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le

asignen, en los términos de la presente ley. 17. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de

familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.

18. Decidir o dar el trámite correspondiente a las situaciones académicas, de convivencia y extracurriculares que se sometan a su conocimiento de acuerdo con sus competencias y el conducto regular establecido en la institución.

19. Producir las resoluciones internas y los demás actos administrativos propios de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer cumplir las decisiones de los consejos y demás organismos del establecimiento de acuerdo con la normatividad vigente.

20. Liderar el Comité Escolar de Convivencia acorde con lo estipulado en la normatividad

vigente.

21. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de

prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la

implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

22. Liderar la revisión y ajustes del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia,

y el Sistema Institucional de Evaluación anualmente, en un proceso participativo que

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involucre a los estudiantes y en general a la Comunidad Educativa, en el marco del Plan de

Mejoramiento Institucional.

23. Reportar aquellos casos de acosos y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y

reproductivos de los niños y niñas y adolescentes del establecimiento educativo, es su

calidad de presidente del Comité Escolar de Convivencia, acorde con la normatividad

vigente y los protocolos definidos en la ruta de Atención integral y hacer seguimiento a

dichos casos.

24. Las demás que le asigne el gobernador y alcalde para la correcta prestación del servicio

educativo.

II. FUNCIONES DEL COORDINADOR

1. Colaborarle al Rector en la preparación de la agenda del día en las reuniones. 2. Reemplazar al Rector en su ausencia. 3. Presentar informes generales. 4. Orientar a los docentes en lo referente a la parte académica y a los Directores de Grupo en

la parte disciplinaria para el buen desempeño de la misma. 5. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia por parte de todos los miembros que

conforman la Comunidad Educativa. 6. Participar en las reuniones del Consejo Académico y Comisiones de Evaluación y

Promoción. 7. Atender a los Padres de Familia en la solución de situaciones académicas y disciplinarias

con estudiantes. 8. Velar por la buena marcha de la institución. 9. Controlar el cumplimiento de la jornada del personal docente y estudiantil. 10. Concertar y conciliar la ejecución de los objetivos propuestos en concordancia con las

orientaciones de la Rectoría. 11. Organizar y promover la participación de los integrantes de la Comunidad Educativa en los

espacios democráticos de la institución, garantizando transparencia y legitimidad en los procesos.

12. Organizar, promover y participar en las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales propuestas por los diferentes comités institucionales.

13. Conformar equipos de trabajo de acuerdo con las inferencias y potencialidades individuales, para garantizar el logro de metas y objetivos institucionales.

14. Coordinar el desarrollo de planes de mejoramiento continuo, con la participación de los integrantes de la Comunidad Educativa.

15. Asistir el Rector en la recolección de evidencias para una evaluación objetiva del desempeño de los docentes.

16. Establecer canales de comunicación claros, eficientes y oportunos, mediante diálogos constructivos y un adecuado tratamiento de la información.

17. Conocer y aplicar el debido proceso como estrategia fundamental para la solución de conflictos institucionales.

18. Generar espacios oportunos que favorezcan la inclusión y la confrontación inteligente, equilibrada y pacífica de conflictos entre los integrantes de la Comunidad Educativa.

19. Ejercer la representación Institucional y presidir comités por delegación del Rector o en cumplimiento de sus funciones, actuando de acuerdo con la filosofía y las metas propuestas, presentando información concreta y oportuna.

20. Conocer el contexto familiar y socio-cultural de donde provienen las estudiantes, para organizar planes, programas y estrategias que permitan orientar la formación integral de los alumnos.

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21. Aprovechar el apoyo de las organizaciones sociales y los recursos existentes en la comunidad para el beneficio Institucional.

22. Coordinar proyectos y acciones que beneficien a la comunidad y al mismo tiempo generen reconocimiento social a la institución.

23. Identificar y promover nuevas estrategias académicas y disciplinarias, orientadas desde la filosofía Institucional.

24. Coordinar procesos de planificación académica acorde con el PEI, promoviendo su articulación y el uso adecuado de los recursos.

25. Convocar y participar en la formulación, seguimiento y evaluación del PEI, canalizando los aportes de los miembros de la Comunidad Educativa.

26. Conocer e interpretar con claridad la normatividad vigente, procurando su actualización permanente.

27. Coordinar y direccionar la ejecución de las estrategias pedagógicas a través de la elaboración del currículo y el Plan de Estudio.

28. Coordinar el diseño y la ejecución del Plan de Mejoramiento Institucional, apoyado en los resultados de las Evaluaciones aplicadas.

29. Asegurar el cumplimiento de los Acuerdos Académicos institucionales, revisando y sugiriendo las correcciones necesarias en los diferentes materiales impresos y en medio magnéticos.

30. Acompañar de una manera efectiva a los docentes de cada una de las áreas a cargo, resolviendo sus dudas e inquietudes.

31. Notificar las sugerencias hechas por los docentes de cada una de las áreas para las reformas de los Acuerdos Académicos institucionales.

32. Colaborar con los docentes de las diferentes áreas en la solución de dificultades académicas que se presenten con los estudiantes y/o los Padres de Familia.

33. Citar al Comité Escolar de Convivencia para mediar y/o conciliar en la solución de conflictos entre los miembros de la Comunidad Educativa.

34. Transmitir las orientaciones generales impartidas por el Rector de la institución a todo su equipo de trabajo.

III. FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO

1. Velar por el bienestar físico y psicológico de cada uno de los estudiantes de su grupo. 2. Promover un ambiente de armonía entre los estudiantes de su grupo. 3. Orientar el proceso de desarrollo de sus alumnos como parte de su formación integral, a

través de los momentos de instrucción, las horas formativas, actos cívicos, acompañamiento en los descansos, asesorías individuales, remisiones pedagógicas y sicológicas, entre otros.

4. Elaborar el plan de aula con su grupo, que permita visualizar la acción formativa complementaria como el orientador de grupo con sus estudiantes, paralela a la parte académica.

5. Estar atento a las situaciones de indisciplina de sus alumnos, tanto en el ámbito individual como grupal para aplicar correctivos oportunamente y cada vez que la situación así lo amerite.

6. Diligenciar periódicamente el fólder de acompañamiento y la ficha de seguimiento de sus alumnos tanto en los aspectos positivos como en los aspectos a mejorar, aplicando correctivos según el caso.

7. Poner a disposición de todo el profesorado de la Institución el fólder de acompañamiento de los estudiantes, en caso de necesitarlo.

8. Orientar la elección del representante de grupo y el representante de los padres de familia ante el Consejo de Padres y velar porque cumplan un buen papel como representantes del grupo.

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9. Asesorar y acompañar al representante de grupo en el desarrollo de sus funciones cuando así se requiera.

10. Recibir información de los educadores acerca del desempeño académico y disciplinario del grupo.

11. Presidir y orientar el proceso de las reuniones con los Padres de familia de su grupo. 12. Recibir los informes académicos del grupo, revisarlos, firmarlos y entregarlos a los Padres

de familia o acudientes. 13. Citar a los Padres de familia de manera individual cuando la situación lo amerite, como

también citar a todo el grupo para tratar asuntos generales previa información a la Coordinación o la Rectoría.

14. Rendir informe oportuno de las novedades que se presenten durante el día con sus estudiantes como: llegadas tarde, ausencias parciales o totales a la jornada escolar, calamidades familiares, enfermedad, entre otras.

15. Atender a los Padres de Familia, cuando la situación así lo requiera. 16. Hacer parte de la Comisión de Evaluación y Promoción de los estudiantes de su grupo.

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ANEXO N°2

COMPROMISO ACADÉMICO

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RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA MEDIA TÉCNICA PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 DANE 105001-002798 NIT:

811.039.065-1

COMPROMISO ACADÉMICO AÑO 20__

El presente compromiso se redacta conforme a las partes abajo firmantes, con el fin de acompañar de manera efectiva el desempeño académico del estudiante en cuestión, bajo un compromiso personal, Institucional y familiar. Por la seriedad y por las implicaciones de su cumplimiento se recomienda leerlo detenidamente y asumirlo con responsabilidad. NOMBRE DEL ESTUDIANTE:_________________________GRADO:______ AÑO: ______ 1. DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN POR LA CUAL SE ELABORA EL COMPROMISO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 2. Condiciones específicas del estudiante para el cumplimiento del compromiso: 2.1. Mantener ordenados y actualizados todos los cuadernos de todas las áreas. 2.2. Estar puntual y con buena disposición en todas las clases y actividades escolares. 2.3 Cumplir con tareas y trabajos asignados en todas las áreas. 2.4. Lograr un buen desempeño escolar en todas las áreas. 2.5. Asistir puntualmente a las asesorías sicológicas o pedagógicas que la Institución ofrezca o

sugiera y cumplir con las estrategias planteadas. 2.6. Mantener una comunicación puntual y precisa Colegio-familia. 2.7. Conocer, revisar y cumplir con el cronograma de acciones evaluativas. 3. Compromisos que deben asumir los Padres de Familia: ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Nota: Al finalizar el año académico se evaluará el cumplimiento del compromiso en la Comisión de Evaluación y Promoción y se definirán las condiciones de permanencia o no del estudiante de acuerdo con los resultados. Para constancia firman en Medellín el _____ de_______________ de 20 ______ __________________________________ __________________________________ Estudiante Padre y/o Acudiente

_______________________________________ Coordinador

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ANEXO N°3

COMPROMISO DE DISCIPLINA

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RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA

MEDIA TÉCNICA PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 DANE 105001-002798 NIT: 811.039.065-1

COMPROMISO DE DISCIPLINA AÑO 20__

Estudiante______________________________ Grupo_______ Vigente para el año:________ Después de haber analizado la situación de acuerdo con el Manual de Convivencia y enunciada como Tipo _____, reconozco que mi manera de actuar ha afectado mis desempeños por: ____________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________ Como estudiante me comprometo a cambiar y mejorar los comportamientos y actitudes negativas que he tenido y no reincidir en ellas; siguiendo el Reglamento o Manual de Convivencia, Soy consciente que:

Para verificar este compromiso tendré una revisión periódica por parte del Director de Grupo y la Comisión de Evaluación y Promoción

Si bajo la disciplina a INSUFICIENTE mi caso será analizado en la Coordinación para determinar la estrategia formativa a seguir.

Para constancia y validez firmo el ________ de __________ de 20 ______ ______________________________________ Estudiante Como padre y madre o acudientes adquirimos el compromiso de acatar las acciones pedagógicas asignadas, para el cumplimiento del presente compromiso.

_______________________________________ Padre o Acudiente

La Institución Educativa velará por el cumplimiento de este compromiso mediante un acompañamiento especial.

_____________________________________________ Coordinador

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ANEXO N° 4 CONTRATO PEDAGÓGICO

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RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA

MEDIA TÉCNICA PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 DANE 105001-002798 NIT: 811.039.065-1

CONTRATO PEDAGÓGICO O MATRÍCULA CONDICIONAL

DEFINICIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato formaliza la vinculación y pertenencia del educando en la Institución para recibir el servicio educativo en los términos que el Manual de Convivencia lo estipula. El compromete a las partes en las obligaciones legales, pedagógicas, disciplinarias y conductuales tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio educativo, obligaciones que son correlativas y esenciales para el logro de los objetivos y de los fines, ya que el derecho a la educación se considera un derecho-deber. OBJETIVO DEL CONTRATO

El objetivo del presente contrato, es procurar la formación integral del educando mediante la recíproca complementación de esfuerzos del mismo, de los padres y de la Institución en la búsqueda del pleno desarrollo de la personalidad del educando, de un rendimiento académico satisfactorio, vivenciando las normas disciplinarias y de conducta para la consecución del Programa Curricular y actividades programadas correspondientes al grado.

El estudiante _______________________________ del Grupo _____, incurrió en una situación Tipo ________

considerada en el Manual de Convivencia o Reglamento Escolar, como una afectación a: _________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________________ Después del debido proceso, según el reglamento ó Manual de Convivencia, se hará este CONTRATO PEDAGÓGICO ó MATRÍCULA CONDICIONAL desde la Rectoría para el resto del año.

Como estudiante me comprometo a mejorar mi rendimiento académico y/o los comportamientos y actitudes que afectan la convivencia, a ser propositivo para la búsqueda de soluciones al conflicto, a mantener una buena disciplina, sin rebajarla a INSUFICIENTE durante el resto del año escolar; de lo contrario el Consejo Directivo será quien determine la renovación

o no de mi matrícula para el próximo año. Para constancia y validez firma:

_________________________________ ESTUDIANTE

Como Padre y Madre o Acudiente adquirimos el compromiso de acatar y acompañar las acciones pedagógicas asignadas, estamos enterados del presente CONTRATO PEDAGÓGICO somos conscientes de importancia de

vincularnos a las acciones que la institución establezca en vía de la formación integral de nuestro hijo. Para constancia y validez firman:

___________________________________ __________________________________ PADRE O ACUDIENTE MADRE O ACUDIENTE La Institución velará por el cumplimiento de este CONTRATO PEDAGÓGICO mediante el acompañamiento en los

procesos de aprendizaje y proporcionando la mejor calidad y continuidad del servicio educativo (Art. 3 y 4 de la Ley 115 de 1994). Además de una revisión de su proceso disciplinario en cada período escolar. Para efectos legales firman el día ______ del mes de ___________________ de 20__ _________________________ ___________________________ RECTOR COORDINADOR

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ANEXO N°5

PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PERMISOS A LOS ESTUDIANTES El padre de familia o acudiente, solicitará por escrito y con su firma, cédula y número telefónico el permiso, justificando cuando el estudiante no pueda asistir a la Institución o deba retirarse de la jornada; el cual además estará firmado por el estudiante y deberá llevar el visto bueno del Director de Grupo y Coordinador o el Rector. Para que el estudiante enfermo pueda salir de la Institución, se deberá establecer comunicación con el Padre, Madre de Familia o Acudiente para recibir la autorización de salida que se hará efectiva, sólo cuando su acudiente se presente para retirarlo. Si no es posible la comunicación, el estudiante permanecerá en la Coordinación (exceptuando casos de extrema gravedad). Antes de retirarse de la institución el estudiante debe presentar el permiso debidamente diligenciado a los profesores de las clases pendientes.

Para el estudiante retirarse de la Institución, debe presentar previamente solicitud por escrito firmada por el padre de familia o acudiente y éste debe venir personalmente a recogerlo. Para retirarse del aula de clase, el estudiante solicitará permiso al profesor con el que se encuentra en clase. Para salir de la Institución, por algún motivo, el estudiante debe contar con el visto bueno de la Coordinación, quien dará la orden a la portería para la salida. No se concederán permisos telefónicos por motivos de seguridad.

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ANEXO N°6

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI

RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA MEDIA TÉCNICA

PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 - DANE 105001-002798 NIT: 811.039.065-1

AUTORIZACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS

LUGAR _______________________, FECHA: ____________________________ Yo ______________________________________________ como padre ____ madre ____

acudiente _____ del alumno _____________________________________________________ del

grupo_______, lo autorizo para participar en la salida pedagógica a:

__________________________________________________________________________________

Que se realizará el día: ________________________ y que estará acompañado por

__________________________________________________________________________________.

Anexo la copia del documento de identidad del alumno y la copia del carnet de la EPS.

FIRMA: (padre, madre, acudiente)

_______________________________

c.c.

Tel.

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ANEXO N°7

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI

RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA MEDIA TÉCNICA

PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 - DANE 105001-002798 NIT: 811.039.065-1

PRESENTACIÓN DE EXCUSAS

LUGAR _______________________, FECHA: ____________________________ Yo ______________________________________________ como padre ____ madre ____

acudiente _____ solicito excusar al alumno: ___________________________________

del grupo ______, por faltar a la Institución el día:_______________________ dado que: (motivos): __________________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

Asumiendo las responsabilidades que su inasistencia genere y con el compromiso de presentar las

actividades que se realicen durante su ausencia en un plazo máximo de 5 días hábiles.

Anexo constancia que justifica su ausencia (certificados médicos, entre otros)

FIRMAS: (padre, madre, acudiente) ___________________________ c.c. Tel.

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ANEXO No. 8

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MATER DEI

RESOLUCIÓN DE CREACIÓN 16378 DE NOVIEMBRE 27 DE 2002 Y RESOLUCIÓN DEFINITIVA 0490 DE OCTUBRE 22 DE 2004 PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y RESOLUCIÓN 013989 DEL 17 DICIEMBRE DE 2014 SE AUTORIZA LA MEDIA TÉCNICA

PLAN DE ESTUDIOS VIGENTE SEGÚN LEY GENERAL 115 DE 1994 DANE 105001-002798 NIT: 811.039.065-1

SOLICITUD DE PERMISO

LUGAR _______________________, FECHA: ____________________________ Yo ______________________________________________ como padre ____ madre ____ acudiente_____ del alumno _________________________________________________ del grupo ______ solicito permiso para que el alumno se retire de la institución el día ______________________________ a las _________________ debido a: (motivos):

__________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ Asumiendo las responsabilidades que su inasistencia genere y con el compromiso de presentar las

actividades que se realicen durante su ausencia.

FIRMA: (padre, madre, acudiente)

__________________________

c.c.

Tel.

INSTITUCION EDUCATIVA MATER DEI

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BIBLIOGRAFÍA.

Acuerdo 36 de 2011. “Adopción de una política pública para la transversalización del enfoque de género en los proyectos educativos institucionales de las Instituciones educativas de la ciudad de Medellín”. Medellín. Benavides López, Humberto. Procedimientos disciplinarios. Medellín: Secretaria de Educación de Medellín, Subsecretaria Administrativa, Unidad Jurídica. Benavides López, Humberto. Manual de convivencia. Medellín: Secretaria de Educación de Medellín, Subsecretaria Administrativa, Unidad Jurídica. Constitución Política de Colombia, 1991.

Decreto 1108. “Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas". (1994).

Decreto Nº 0505. “Contraloría Escolar en las Instituciones educativas oficiales del Municipio de Medellín Según Acuerdo Municipal Nº 41 del 2010”. (2011). Decreto No.1290. “La evaluación del aprendizaje y promoción de las estudiantes de los niveles de educación básica y media”. (2009). Decreto No. 2247. “Normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y otras disposiciones”. (1997). Decreto 1928 “Por medio del cual se reglamenta el acuerdo 08 del 03 de mayo de 2011 que adopta la política pública para el reconocimiento de la diversidad sexual e identidades de género y para la protección, restablecimiento, atención y la garantía de derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas e intersexuales (LGBTI) del Municipio de Medellín”. (2011). Jiménez, Julio y otros (2002). Coeducación desde un enfoque de género: un aporta para la paz. Medellín. La Presentación. Manual de Convivencia, Medellín. Ley 1098. Código de infancia y adolescencia. (2006). Ley 1257. “Normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”. (2008). Portela Morales, Luís Enrique (2003) La educación y sus normas, Medellín: Ediciones Edúcame. Ley 1620 de marzo de 2013, por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 por el cual se reglamenta la Ley 1620 del 2013 que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar

INSTITUCION EDUCATIVA MATER DEI

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Sentencia T-478 de 2015, por medio de la cual la Corte Constitucional Colombiana ordeno al Ministerio de Educación Nacional “una revisión extensiva e integral de todos los Manuales de Convivencia en el país para determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad del género”

Himno oficial Institución Educativa MATER DEI

CORO

Adelante por siempre sigamos Mater Dei liderazgo hasta el fin

mentes grandes de genios inmensos Gente nueva para el porvenir

Juventud, alegría, entusiasmo, vida y ciencia construyen aquí Fortaleza de grandes ingenios, que aseguran un gran porvenir

Estudiantes que día tras día

nuestra historia queremos forjar; hombres recios de inmensa valía

Con honor en la vida triunfar

CORO

Adelante por siempre sigamos Mater Dei liderazgo hasta el fin

mentes grandes de genios inmensos gente nueva para el porvenir

Los maestros, las aulas, tu gloria

son tesoro de mi juventud cuando el éxito alcance mi historia

habrá eterna y leal gratitud

Fiel empeño de forjar futuro es tu sello supremo y febril

mente abierta al saber seguro enseñanzas que hemos de seguir

CORO

Adelante por siempre sigamos Mater Dei liderazgo hasta el fin

mentes grandes de genios inmensos gente nueva para el porvenir