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fy \ Moraleja, 2 de febrero de 2012 Ot SECRETARIA GENERAL, .: Julia LAJ S OBREGÓN Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres) Secretaría General Adjunto le remito fotocopia borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 27 de enero de 2012, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción. Sr. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA www/moraleja.es secretaria(ib,moraleja.es

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Junta de gobierno local de 27 de enero de 2012

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fy \ Moraleja, 2 de febrero de 2012 Ot SECRETARIA GENERAL,

.: Julia LAJ S OBREGÓN

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Adjunto le remito fotocopia borrador del Acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 27 de enero de 2012, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción.

Sr. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA

www/moraleja.es secretaria(ib,moraleja.es

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 27 DE ENERO DE 2012.-

En la villa de Moraleja, siendo las diez horas del día veintisiete de enero de dos mil doce, se reunieron en el Despacho de Alcaldía, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Pedro CASELLES MEDINA, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Rubén BLANCO GÓMEZ y Doña Mercedes GONZÁLEZ MARTÍN, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGON, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión extraordinaria.

Don José GONZÁLVEZ DOMÍNGUEZ y Doña Balbina ARROYO PUERTO han excusado su asistencia ante la Alcaldía.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 14 de junio de 2011, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION DE FECHA 20 DE ENERO DE 2012.-

Dada lectura al borrador del acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 20 de enero, es aprobada por unanimidad.

* RECTIFICACIONES DE ERRORES MATERIALES

- En aplicación de lo establecido en el artículo 105.2° de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local rectificar los siguientes errores materiales:

- En el acta de la sesión celebrada con fecha 13 de enero de 2012, en el punto 5° (ASUNTOS VARIOS) en el expediente SUBVENCIÓN AMIGOS DE SAN BLAS,

DONDE DICE:

"TRESCIENTOS EUROS (300,00 e)... "

DEBE DECIR:

"TRESCIENTOS SEIS EUROS CON CERO CÉNTIMOS (306, 00) IVA INCLUIDO... "

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2.- LICENCIA.-

*OBRAS.-

- Vista la solicitud de licencia formulada por Don José María BRULL CALBET para la construcción de "AMPLIACION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR", situada en la calle Huélaga, núm. 21-A, de este municipio, según proyecto redactado por el Arquitecto Don Félix José CUADRADO CABALLERO, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 9.300,00 Euros.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don José María BRULL CALBET, para la ejecución de las obras indicadas, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 260, 40 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

- Vista la solicitud de licencia formulada por Don Valeriano LORENZO BERTOL para la construcción de un cobertizo agrícola situado en la parcela 285 del polígono 1 del Catastro de Rústica de este municipio, según proyecto elaborado por la empresa de ingeniería "GEDINE. S.L.", cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 28.770,83 Euros.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales y examinado el compromiso presentado por el interesado según el cual la nave objeto de esta licencia será destinada con carácter permanente a uso de explotación agrícola, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Valeriano LORENZO BERTOL para la ejecución de las obras indicadas, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 805,58 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

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- Vista la solicitud de licencia formulada por Don Juan Pablo CALLEJO GUARDADO para la adecuación de la nave n° 9 situada en la calle Vega de los Majadales, del Polígono Industrial "El Postuero", para la actividad de "TALLER DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS EN LA RAMA DE CARROCERÍA Y PINTURA", de este municipio, según proyecto redactado por la empresa de ingeniería "PROYECTOS Y PERITACIONES PASCUAL, S.L.", cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 26.272,70 Euros.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Juan Pablo CALLEJO GUARDADO, para la ejecución de las obras indicadas, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 735,63, 40 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, más 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas.

*SEGREGACIÓN.-

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* CESIÓN DE USO DE 10.000 M2 A LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL PARA LA INSTALACIÓN DE UNA PLANTA DE TRANSFENRENCIA PARA LA RECEPCIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN GENERADOS POR OBRAS.-

Visto el escrito presentado por el propio Ayuntamiento, solicitando Licencia de Segregación o bien Certificación acreditativa de la innecesariedad de la misma para segregar de un terreno de su propiedad de 9.923.774,80 m2 (finca registral n° 895), al sitio de la "Dehesa Boyal", una parcela, de 10.000,00 m2, para la instalación de una planta de transferencia para la recepción de los residuos de construcción y demolición generados por obras, visto el informe emitido por el Arquitecto Municipal, del que resulta los siguientes extremos:

PRIMERO.- Que el Ayuntamiento de Moraleja es propietario de la finca registral n° 895, situada al sitio de la "Dehesa Boyal", con una superficie de 9.923.774,80 m2.

SEGUNDO.- Que la parcela que se pretende segregar forma parte de la parcela 121, del polígono 7 (Referencia Catastral 10131A007001210000GF) y de acuerdo con las NN.SS. vigentes se encuentra clasificado como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCION DE REGADIOS.

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TERCERO.- Que para esta clase de Suelo, el Decreto 46/1997, de 22 de abril establece una extensión de las unidades mínimas de cultivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura -más restrictivo que las NN.SS. — a efectos de segregación, de 7.500 m2 de superficie

Que en base a lo anteriormente expuesto la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así, obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

Parcela N° Superficie Fachada Suelo 1 10.000 m2 NO URBANIZABLE Resto Matriz

Finca 9.913.774,80 m2 URBANO y

URBANIZABLE NO

ti GALLEGO DEL ÁLAMO", solicitando Licencia de Segregación para segregar en DOCE nuevas parcelas -de 162,53 m2, 137,28 m2, 137,68 m2, 138,10 m2, 138,51 m2, 138,92 m2, 139,33 m2, 139,74 m2, 140,15 m2, 140,56 m2, 140,97 m2 y 141,38 m2 respectivamente-, una finca de 1.695,15 m2 situada en la Unidad de Ejecución UE-17 "CALLEJA DE LOS MOLINOS" del las Normas Subsidiarias de Planeamiento de

PRIMERO.- Que los solicitantes, según escrituras de propiedad que aportan, son propietarios de la siguiente finca, situada en la Unidad de Ejecución UE-17 "CALLEJA DE LOS MOLINOS", que se pretende segregar:

1. Finca: Superficie de Terreno: 1.695,15 m2 2. Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria) :Tomo: 960, Libro: 146; Folio:

108; Finca: 11.262 (Moraleja); Inscripción: 1°.

SEGUNDO.- Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D.O.E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona OESTE (Unidad de Ejecución UE-17), y por tanto clasificada como SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

- Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Juan José REBATE GALLEGO, en representación de "HEREDEROS DE DON JOSÉ

Moraleja, como FINCA RESULTANTE N° 10 del Proyecto de Reparcelación de dicha UE, propiedad de los solicitantes, según documentación que adjunta, por caducidad de la concedida por acuerdo de esta Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de junio de 2011, y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales del que resultan los siguientes extremos:

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TERCERO.- Que el proyecto de reparcelación correspondiente a esta UE fue aprobado por el Pleno de esta Corporación con fecha 27 de febrero de 2007.

CUARTO.- Que para la Subzona OESTE, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, en sustitución de la licencia anterior, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo

10A * 162,53 m2 20,94 m + 11,19 URBANO

m

10B * 137,28 m2 6,84 m URBANO

10C * 137,68 m2 6,84 in URBANO

10D * 138,10 m2 6,84 m URBANO

10E * 138,51 m2 6,84 m URBANO

IOF * 138,92 m2 6,84 m URBANO

10G * 139,33 m2 6,84 ni URBANO

10H * 139,74 m2 6,84 in URBANO

101 * 140,15 m2 6,84 m URBANO

10J * 140,56 m2 6,84 m URBANO

10K * 140,97 m2 6,84 m URBANO

,-, _ FICHAS

_ . 10L * 141,38 m2 6,84 m URBANO

Segun de Datos para el Registro de la Propiedad" y "Datos Técnicos Urbanísticos" que se adjuntan.

- Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Juan José REBATE GALLEGO, en representación de "HEREDEROS DE DON JOSÉ GALLEGO DEL ÁLAMO", solicitando Licencia de Segregación para segregar en ONCE nuevas parcelas -de 129,42 m2, 131,61 m2, 131,21 m2, 130,81 m2, 130,41 m2, 130,05 m2, 129,69 m2, 129,29 m2, 128,89 m2, 128,49 m2 y 129,26 m2 respectivamente-, una finca de 1.429,13 m2 situada en la Unidad de Ejecución UE-30 "EL CALVARIO" del las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Moraleja como FINCA RESULTANTE N° 1 del Proyecto de Reparcelación de dicha UE, propiedad de los solicitantes, según documentación que adjunta, por caducidad de la concedida por acuerdo de esta Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de junio de 2011,

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y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales del que resultan los siguientes extremos:

PRIMERO.- Que los solicitantes, según escrituras de propiedad, son propietarios de la siguiente finca, situada en la Unidad de Ejecución UE-30, que se pretende segregar:

1. Finca: Superficie de Terreno: 1.429,13 m2 2. Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria): Tomo: 962; Libro: 147;

Folio: 16; Finca: 11.292 (Moraleja); Inscripción: la

SEGUNDO.- Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D.O.E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona OESTE (Unidad de Ejecución UE-30), y por tanto clasificada como SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

TERCERO.- Que el proyecto de reparcelación correspondiente a esta UE fue aprobado por el Pleno de esta Corporación con fecha 27 de febrero de 2007.

CUARTO.- Que para la Subzona OESTE, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, en sustitución de la licencia anterior y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo lA * 129,42 m2 20,93 m + 3,32 m URBANO 1B * 131,61 m2 6,62 m URBANO 1C * 131,21 m2 6,62 m URBANO 1D * 130,81 m2 6,62 m URBANO lE * 130,41 m2 6,62 m URBANO 1F * 130,05 m2 6,62 m URBANO

1G * 129,69 m2 6,62 in URBANO 1H * 129,29 m2 6,62 m URBANO // * 128,89 m2 6,62 ni URBANO 1J * 128,49 m2 6,62 m URBANO 1K * 129,26 m2 6,62 m URBANO

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(*) Según FICHAS de "Datos para el Registro de la Propiedad" y "Datos Técnicos Urbanísticos" que se adjuntan.

-En relación con el escrito presentado en este Ayuntamiento por Don Francisco HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, en representación de "Herederos de Doña Carmen GUTIERREZ GRANADO, solicitando Licencia de Segregación para segregar en DIEZ nuevas parcelas -de 140,00 m2 de superficie cada una de ellas-, una finca de 1.400,00 m2 situada en la Unidad de Ejecución UE-17 "CALLEJA DE LOS MOLINOS" del las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Moraleja, como FINCA RESULTANTE N° 8 del Proyecto de Reparcelación de dicha UE, propiedad de la solicitante, según documentación que adjunta y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, del que resultan los siguientes extremos:

PRIMERO.- Que la solicitante, según escrituras de propiedad, es propietaria de la siguiente finca, situada en la Unidad de Ejecución UE-17 "CALLEJA DE LOS MOLINOS", que se pretende segregar: Finca: Superficie de Terreno: 1.400,00 m2 Inscripción (Registro de la Propiedad de Coria):Tomo: 960 Libro: 146Folio: 104Finca: 11.260 (Moraleja), Inscripción: 1 a

SEGUNDO.- Que la parcela a segregar, anteriormente descrita, propiedad de la solicitante, tiene una superficie de 1.400,00 m2.

TERCERO.- Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D. O.E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona OESTE (Unidad de Ejecución UE-17), y por tanto clasificada como SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

CUARTO.- Que el proyecto de reparcelación correspondiente a esta UE está aprobado con fecha 27-02-07.

QUINTO.- Que para la Subzona OESTE, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo 8A * 140,00 m2 7,00 m URBANO 8B * 140,00 m2 7,00 ni URBANO 8C * 140,00 m2 7,00 ni URBANO

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Secretaría General

8D * 140,00 m2 7,00 m URBANO 8E * 140,00 m2 7,00 ni URBANO 8F * 140,00 m2 7,00 ni URBANO 8G * 140,00 m2 7,00 ni URBANO 8H * 140,00 m2 7,00 m URBANO 81 * 140,00 m2 7,00 m URBANO 8J * 140,00 m2 7,00 ni URBANO

(*) Según FICHAS de "Datos para el Registro de la Propiedad" y "Datos Técnicos Urbanísticos" que se adjuntan.

-En relación con el escrito presentado en este Ayuntamiento por Doña Maria Isabel RECIO VICENTE, solicitando Licencia de Segregación o bien Certificación acreditativa de la innecesariedad de la misma, para segregar, en DOS nuevas parcelas -de 617,80 m2 y 120,20 m2 respectivamente-, una parcela de 738,00 m2 de superficie, situada catastralmente en la Calle Blasco Ibáñez s/n de este municipio, según documentación gráfica que aporta, y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, de donde resultan los siguientes extremos:

PRIMERO.- Que la parcela de 738,00 m2 de superficie, que se solicita segregar, tiene la siguiente referencia catastral: 0177608QE0307N0001QK.

SEGUNDO.-Que de acuerdo con las NN.SS. vigentes, aprobadas definitivamente el 20 de diciembre de 2001 (D. O. E. 16-04-2002), esta parcela está ubicada en la Subzona ESTE, y por tanto clasificada como SUELO URBANO CONSOLIDADO.

TERCERO.- Que para la Subzona ESTE, las NN.SS. establecen una parcela mínima, a efectos de segregación, de 100 m2 de superficie y 6 m de fachada.

En base a lo expuesto anteriormente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la LICENCIA DE PARCELACIÓN para realizar la segregación interesada, y así obtener las parcelas resultantes que a continuación se relacionan, condicionando esta Licencia a la presentación, en este Ayuntamiento, en el plazo de tres meses, del documento público en que se haya formalizado la misma, debiendo contener su testimonio íntegro, en aplicación de lo establecido en el artículo 39.3° de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura:

Parcela N° Superficie Fachada Suelo Al 617,80 m2 41,18 m URBANO A2 120,20 m2 8,00 m URBANO

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Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

*ASUNTOS VARIOS.-

- En relación a la solicitud de licencia de obras, previa tramitación de la preceptiva calificación urbanística ante la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Concedería de Fomento, presentada en este Ayuntamiento por Bioenergías de la Sierra de Gata, S.L para la construcción de una PLANTA INTEGRADA DE BIOMASA, SECADERO DE MAIZ Y DESIDRATADORA PARA PRODUCCIÓN DE FERTILIZANTE ORGÁNICO en la parcela 10, del polígono 1, de este termino municipal, cuya inversión total asciende a la cantidad de 6.492.312,78 Euros IVA incluido, visto lo establecido en los artículos 18.2° y 27.4 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, y en el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Canon por Aprovechamiento Urbanístico en Suelo Rústico, aprobada por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2004, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- La aplicación de un Canon por importe del 2 por 100 sobre de la inversión total a realizar que deberá ser abonado por el promotor una vez obtenida la previa calificación urbanística.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación provisional del Canon por importe de 129.846,25 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza Fiscal de aplicación.

3.- ALTAS/BAJAS DE PADRONES.-

S in asunto .-

4.- PERSONAL.-

Sin asunto.-

5.-ASUNTOS VARIOS.-

* AMPLIACIÓN DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.-

Vista la Certificación 3' de la obra AMPLIACIÓN DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL adjudicadas a "JOSÉ Y CASTO PEREIRA S.L."

Se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local aprobar la certificación 3' de obra (N° factura 4/2011) presentada en este Ayuntamiento por "JOSÉ Y CASTO PEREIRA S.L" como adjudicatarios de la obra AMPLIACIÓN DE 104 NICHOS EN

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Ayuntamiento de la Villa de MO LEJA (Cáceres)

Se etaría General

EL CEMENTERIO MUNICIPAL, por importe de CUATRO MIL OCHOCIENTOS TRES EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (4.803,65 €).

* RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR DOÑA CÁNDIDA REPILADO GONZALO.-

Interpuesto por Doña Cándida REPILADO GONZALO, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo n° 1 de Cáceres Procedimiento Abreviado 5/2012, contra el Ayuntamiento de Moraleja, sobre Responsabilidad Patrimonial

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Personarse en el procedimiento mencionado.

SEGUNDO.- Conferir representación y defensa de los intereses de esta Entidad a los Letrados de la Asesoría Jurídica de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres que se designen al efecto, para lo que se envía la oportuna documentación administrativa.

TERCERO.- Notificar este acuerdo a MAPFRE como entidad aseguradora con la que este Ayuntamiento tiene concertada póliza de seguros para cubrir las contingencias derivadas de la responsabilidad patrimonial, posible interesada en el procedimiento, emplazándola para que puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Cáceres, en legal forma, mediante Procurador con poder al efecto, y con firma de Abogado, haciéndole saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se las tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personasen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

CUARTA.- Remitir fotocopia compulsada del expediente administrativo, con índice de documentos y debidamente foliados y autenticados.

* LICITACIÓN SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENDIA PARA EL EJERCICIO 2012.-

- En consonancia con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación la Junta de Gobierno Local ACUERDA

PRIMERO.- Notificar y requerir a la empresa ETAPAS SERVICIOS A DOMICILIO, licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que presente en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el

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V° B° ALCALDE, CRETARIA GENERAL

dro CASELLES MEDINA

Ayunta iento de la Villa de MO LEJA (Cáceres)

Se retaría General

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, lo que dado la premura en la prestación de este servicio, se comunicará telefónicamente a la empresa propuesta.

Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente, se levanta la sesión, siendo las diez horas y cincuenta minutos del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria General, doy fe.

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