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' Julia LAJAS OBREGON www/moraleja.es secretaria(amoraleja.es Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Caceres) Secretarla General Adjunto le remito fotocopia borrador del Acta de la sesiOn celebrada por la Junta de Gobierno Local el dia 7 de octubre de 2011, rogandole firme el presente documento, en prueba de su recepcion. oraleja, 28 de octubre de 2011 °L SECRETARIA GENERAL, Sr. Dona Teresa ROCA GONZALO C/ Plo Baroja, n ŭ m. 13 MORALEJA

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Junta de Gobierno Local de 07 de octubre de 2011

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Julia LAJAS OBREGON

www/moraleja.es secretaria(amoraleja.es

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Caceres)

Secretarla General

Adjunto le remito fotocopia borrador del Acta de la sesiOn celebrada por la Junta de Gobierno Local el dia 7 de octubre de 2011, rogandole firme el presente documento, en prueba de su recepcion.

oraleja, 28 de octubre de 2011 °L SECRETARIA GENERAL,

Sr. Dona Teresa ROCA GONZALO C/ Plo Baroja, nŭm. 13 MORALEJA

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Secretaria General

*BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 7 DE OCTUBRE DE 2011

En la villa de Moraleja, siendo las once horas del dia siete de octubre de dos mil once, se reunieron en el Despacho de Alcaldia, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, Don Pedro CASELLES MEDINA, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Jose GONZALVEZ DOMINGUEZ, Doria Balbina ARROYO PUERTO y Doria Mercedes GONZALEZ MARTIN asistidos por la Secretaria General de la Corporacion, Doria Julia LAJAS OBREGON, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesion ordinaria.

Don Ruben BLANCO GOMEZ ha excusado su asistencia ante la Alcaldia.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegaciOn de atribuciones efectuada por ResoluciOn de la Alcaldia de fecha 14 de junio de 2011, procede a la adopcion de los siguientes ACUERDOS:

1.- LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES DE FECHA 29 Y 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011.-

Dada lectura al borrador del acta de la sesion ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 29 de septiembre de 2011, por 3 votos a favor, 0 votos en contra y una abstenciOn es aprobada la misma. (Don Jose GONZALVEZ DOMINGUEZ se abstiene en esta votacion al no haber estado presente en dicha sesion).

Dada lectura al borrador del acta de la sesion ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 30 de septiembre de 2011 la misma es aprobada por unanimidad.

* ACCIONES JUDICIALES.-

La Secretaria General pone en conocimiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local que ha observado que en el acta de la sesion ordinaria celebrada por la Junta de gobierno Local del 16 de septiembre de 2011 se ha procedido, en aplicaciOn de lo establecido en aplicacion del art. 105.2 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre de RJAP Y PAC a realizar rectificaciones de errores materiales del acta de fecha 1 de julio de 2011 donde se acordaba la designacion de un nuevo letrado y una nueva

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procuradora en cuatro procedimientos que se siguen ante diferentes juzgados dejando sin efecto los acuerdos adoptados

Considerando que los acuerdos adoptados con fecha 1/7/2011 sobre las nuevas designaciones de Letrado y Procurador en los referidos procedimientos judiciales fueron notificados a los juzgados respectivos, a los letrados saliente y entrante, respectivamente, y a las procuradoras salientes y entrantes (estas ŭltimas siguiendo instrucciones del nuevo letrado designado), y por consiguiente han producido efectos en los procedimientos en cuestion.

Visto que se trata de procedimientos se siguen ante los Juzgados de Coria y la Procuradora designada en todos ellos tiene su domicilio en Caceres y lo que se ha acordado por la Junta de Gobierno Local el dia 16/9/2011 es proceder a una nueva designaciOn de procuradores con domicilio en Coria en estos procedimientos.

Por lo expuesto considera que los acuerdos que adoptO la Junta de Gobierno Local el dia 16/9/2011 no tienen la consideracion de rectificaciOn de error material de un acta sino que lo que se pretende es que, por razones de eficacia, como es el hecho de considerar mas practico que cada Procurador actŭe ante la jurisdiccion de su residencia se acordo la nueva designacion de Procuradores.

Por todo lo expuesto procede aclarar el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, que no es una rectificacion de error material y que se transcribe a continuacion.

* EXPEDIENTE. 78/2010/JUZGADO/16- DESIGNACION PROCURADORA DE LOS TRIBUNALES DE CORIA: DOS1A ANA Ma MATEOS HERNANDEZ.

Visto que la Junta de Gobierno Local con fecha 1-7-2011 y 22/7/2011, en relacion con las actuaciones que se siguen ante el Juzgado de la Instancia e Instruccion n° 1 de Coria acordO "Interponer recurso de apelacion contra la sentencia n° 59/11", "Conferir la representacion y defensa a Don Javier CASADO IZQUIERDO y la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Caceres Dona M" de los Angeles CHAMIZO GARCLI" y el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 16/9/2011, por el que se otorga la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

La Junta de Gobierno Local, en relacion con la designacion de Procuradora, ACUERDA:

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PRIMERO.- Ariadir al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16/9/2011 las siguiente aclaraciones.

• Dejar sin efecto los acuerdos adoptados con fecha 1/7/2011 y 22/7/2011 y conferir la representacion a la procuradora de los tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

• Este acuerdo producira efectos desde el dla de su adopcion, 16/9/2011.

• Notificar este acuerdo a todos los interesados.

*EXPEDIENTE 134/2010/JUZGADO/29 INTERPOSICION DE ACCIONES JUDICIALES: DESIGNACION PROCURADORA DE LOS TRIBUNALES DE CORIA DOS1A ANA Ma MATEOS HERNANDEZ.

Visto que la Junta de Gobierno Local con fecha 1-7-2011, en relacion con las actuaciones que se siguen ante el Juzgado acordo "Conferir la representacion y defensa a Don Javier CASADO IZQUIERDO y la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Caceres DoFza M° de los Angeles CHAMIZO GARCIA" y el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 16/9/2011, por el que se otorga la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Coria Dona Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

La Junta de Gobierno Local, en relacion con la designacion de Procuradora, ACUERDA:

PRIMERO.- Ariadir al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16/9/2011 las siguientes aclaraciones:

• Dejar sin efecto el acuerdo adoptado con fecha 1 /7/2011 y conferir la representacion a la procuradora de los tribunales de Coria Dolia Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

• Este acuerdo producira efectos desde el dla de su adopcion, 16/9/2011.

• Notificar este acuerdo a todos los interesados.

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* EXPEDIENTE 61/2011/JUZGADO/07 AUTOS DE DILIGENCIAS PREVIAS N° 866/10 DEL JUZGADO DE INSTRUCCION N° 2 DE CORIA

Visto que la Junta de Gobierno Local con fecha 1-7-2011, en relacion con las actuaciones que se siguen ante el Juzgado acordO "conferir la representacion y defensa a Don Javier CASADO IZQUIERDO y otorgar la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Caceres Dona de los Angeles CHAMIZO GARCiA" y el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 16/9/2011, por el que se otorga la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

La Junta de Gobierno Local, en relacion con la designacion de Procuradora, ACUERDA:

PRIMERO.- Ariadir al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16/9/2011 las siguientes aclaraciones:

• Dejar sin efecto el acuerdo adoptado con fecha 1/7/2011 y conferir la representacion a la procuradora de los tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

• Este acuerdo producira efectos desde el dia de su adopcion, 16/9/2011.

• Notificar este acuerdo a todos los interesados.

* EXPEDIENTE 122/2010/MOCION/07

Visto que la Junta de Gobierno Local con fecha 1-7-2011, en relacion con las actuaciones que se siguen ante el Juzgado acordO "conferir la representacion y defensa a Don Javier CASADO IZQUIERDO y otorgar la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Caceres Dona de los Angeles CHAMIZO GARCiA" y el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 16/9/2011, por el que se otorga la representacion a la Procuradora de los Tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

La Junta de Gobierno Local, en relacion con la designacion de Procuradora, ACUERDA:

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PRIMERO.- Ariadir al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, con fecha 16/9/2011 las siguientes aclaraciones:

• Dejar sin efecto el acuerdo adoptado con fecha 1/7/201 1 y conferir la representacion a la procuradora de los tribunales de Coria Doria Ana Ma MATEOS HERNANDEZ.

• Este acuerdo producira efectos desde el dia de su adopcion, 16/9/2011.

• Notificar este acuerdo a todos los interesados.

* OTORGAMIENTO PODER GENERAL PARA PLEITOS.-

- Visto el acuerdo adoptado por la Junta de gobierno Local con fecha 16/9/2011 por el que se acordo conferir la defensa de los intereses de esta Entidad a favor del Letrado Don Javier CASADO IZQUIERDO y la representacion a las procuradoras de los tribunales que constan en el expediente, asi como llevar a cabo la formalizacion de este otorgamiento mediante Poder Notarial, la Junta de Gobierno Local ACUERDA

PRIMERO.- Ariadir al final del punto segundo del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local con fecha 16/9/2011 que: "Este Poder Notarial se otorga solo a los efectos de aportarlo a las diligencias Previas n° 866/2010 del Juzgado de Instruccion de Coria n° 2 sin que pueda surtir efectos en cualquier otro procedimiento".

2.- LICENCIAS.-

* Ver final Acta.

3.- ALTAS/BAJAS PADRONES.-

* TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.-

- Examinado el expediente tramitado a instancias de Don David DiAZ ROMANO, para la solicitud de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad, y de conformidad con los informes que obran en el mismo, la Junta de Gobierno Local ACUERDA conceder la tarjeta interesada en aplicacion de lo establecido en la Ordenanza reguladora de su expedicion.

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4.- PERSONAL .-

Sin asuntos.-

5.-ASUNTOS VARIOS.-

* PRORROGA DE SERVICIO DE BAR DE PISCINA MUNICIPAL.-

- Examinado el expediente tramitado por este Ayuntamiento para la adjudicacion del servicio de bar de la Piscina Municipal adjudicado a Dona Estibaliz MARTIN SANCHEZ segŭn acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesiOn celebrada el dia 9 de noviembre de 2.010, y cuyo contrato administrativo fue firmado el dieciseis de noviembre de 2.010.

Visto que el mencionado contrato, adjudicado por un periodo de un afio desde la suscripcion del mismo, finaliza el proximo dia 16 de noviembre de 2011, y que de conformidad con lo dispuesto en la Clausula Tercera, "la duracion del contrato sera de un ano, prorrogable por otro si ambas partes estan de acuerdo, a contar desde la fecha de suscripcion del presente contrato administrativo, debiendo dar comienzo el dia siguiente a la firma"

- Vista la solicitud de prorroga del contrato administrativo para la prestacion del servicio de bar de la Piscina Municipal realizada por Dotia Estibaliz MARTtN SANCHEZ, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Prorrogar el contrato administrativo para la prestacion del servicio de bar de la Piscina Municipal hasta el 16 de noviembre de 2.012.

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la interesada con los recursos a que hubiera lugar.

* CEMENTERIO: SOLICITUD DE DONA Ma ROSARIO VAQUERO ALONSO.-

Visto el escrito presentado por Dona Ma Rosario VAQUERO ALONSO en el que solicita trasladar los restos del Cementerio de Irŭn al Cementerio de Moraleja, donde los solicitantes poseen un nicho a perpetuidad donde estan depositados los restos de Don Heliodoro VAQUERO CANTERO fallecido en el ario 1.995, consintiendo los

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herederos de este la apertura para depositar los restos antes mencionados en el Cementerio Municipal para proceder a la inhumanacion de los restos de un familiar fallecido en Irŭn, y vista la propuesta emitida por el funcionario encargado de su tramitacion, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- AUTORIZAR a Doria Ma Rosario VAQUERO ALONSO, con DNI nŭm. 11.770.076-X, para que deposite los restos de un familiar fallecido en Irŭn en el Cementerio de Moraleja (Nicho 508/1° Fila/3aSecciOn), debiendo aportar previamente todas las autorizaciones sanitarias, judiciales y demas que procedan a los responsables del Cementerio de Moraleja, debiendo abonar las tasas correspondientes.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidaciOn provisional de la tasa correspondiente por importe de 90,00 euros, segŭn resulta de la Ordenanza vigente.

* SUSTITUCION VEHiCULO TAXI.-

- Vista la solicitud presentada en este Ayuntamiento por Don Jonas RIVAS GOMEZ, de fecha 4 de octubre de 2.011, con registro de entrada n° 5748, por la que solicita que se lleve a cabo la sustitucion del vehiculo que tenia destinado a taxi (Volvo),

Visto que Don Jonas RIVAS GOMEZ ha abonado la cantidad de 100,00 € en concepto de pago de la tasa correspondiente

La Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Acceder a la sustitucion del vehiculo marca Volvo, matricula 7796 DDD, en la licencia de taxi concedida a su favor, por el vehiculo de marca Volkswagen modelo Passat 1.6 TDI, matricula 7807 HDV.

SEGUNDO.- Llevar a cabo las anotaciones en los registros municipales de la sustitucion del vehiculo, a los efectos oportunos.

TERCERO.- Notificar al interesado que, para la plena efectividad de la licencia respecto del nuevo vehiculo, debera cumplir todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislaciOn vigente, no solo frente al Ayuntamiento de Moraleja, sino frente a la Junta de Extremadura.

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* SOLICITUD DE EXENCION DEL IMPUESTO I.V.T.M DE DOIC1A Ma DEL MAR RAMAJO PEREZ.-

- Visto el escrito presentado por Doria Ma del Mar RAMAJO PEREZ, de fecha 22-6-2011 con registro de entrada n° 4.123, en el que solicita "exencion del pago del impuesto de circulacion del vehiculo de su propiedad" alegando la discapacidad de su padre.

Visto lo dispuesto en el articulo 4 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica en el que seriala que "estan exentos los vehiculos matriculados a nombre de minusvalidos para su uso exclusivo, aplicandose la exencion, en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehkulos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte".

Visto que la titular del vehiculo no reŭne los requisitos necesarios para conceder dicha exenciOn la Junta de Gobierno Local ACUERDA desestimar la solicitud formulada por Doria Ma del Mar RAMAJO PEREZ.

* SUMINISTRO DE AGUA.-

- Visto el escrito presentado en este Ayuntamiento por ISOLUX CORSAN, de fecha 3/10/2011 y con registro de entrada 5733, en el que adjunta listado de recibos impagados y en el que solicita " inicie con la mayor urgencia posible el procedimiento administrativo de apremio segŭn lo establecido en el Pliego objeto del Contrato" la Junta de Gobierno Local ACUERDA dar traslado de dicha documentaciOn al Organismo Autonomo de RecaudaciOn y Gestion Tributaria.

* CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA CONSEJERiA DE FOMENTO, VIVIENDA Y ORDENACION DEL TERRITORIO Y TURISMO Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MORALEJA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INFORMACION TURISTICA EN ESTA LOCALIDAD.-

- Visto el escrito de la Consejeria de Fomento, Vivienda y Ordenacion del Territorio y Turismo, de fecha 4/10/2011 y registro de entrada n° 5.757, en el que expone, entre otros motivos, que "en el referido convenio podra observar que se mantienen los mismos terminos que en anteriores ejercicios, si bien se ha limitado el ambito temporal a una anualidad, a la espera de contar con la regulacion de la Red de

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Oficinas de Turismo de Extremadura que la actual Ley de Turismo contempla y que, inevitablemente incidira en los terminos de futuros convenios".

- Examinado el Convenio de Colaboracion a suscribir entre la Consejeria de Fomento, Vivienda y Ordenacion del Territorio y Turismo y el Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para la prestacion del servicio de informaciOn turistica en la localidad referida que tiene por objeto la colaboracion entre la Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Turismo y el Ayuntamiento de Moraleja para la prestaciOn del servicio de informacion turistica en esa localidad.

- Visto el acuerdo plenario adoptado en sesion celebrada el dia 20 de junio de 2011 por el que el Pleno de la Corporacion delegaba la competencia para la aprobacion y firma de determinados convenios en la Alcaldia, y vista asimismo la Resolucion de delegacion de atribuciones de la Alcaldia en la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de junio de 2011, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar suscribir Convenio entre la Consejeria de Fomento, Vivienda y Ordenacion del Territorio y Turismo y el Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para la prestacion del servicio de informaciOn turistica en la localidad referida que tiene por objeto la colaboracion entre la Consejerla. de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Turismo y el Ayuntamiento de Moraleja para la prestacion del servicio de informacion turistica en esta localidad.

SEGUNDO.- El presente Convenio tendra una duracion de un afio en los terminos establecidos en la Clausula Undecima del mismo.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde o a quien legalmente le sustituya para la firma de cuantos documentos sean necesarios en relaciOn con el expediente de referencia.

CUARTO.- Dar cuenta al Pleno de este acuerdo en la primera sesiOn que se celebre.

* AMPLIACION DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.-

Vista la Certificacion la de la obra AMPLIACION DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL adjudicadas a "JOSE Y CASTO PEREIRA S.L."

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Se ACUERDA por la Junta de Gobierno Local aprobar la certificacion la de obra (N° factura 2/2011) presentada en este Ayuntamiento por "JOSE Y CASTO PEREIRA S.L" como adjudicatarios de la obra AMPLIACION DE 104 NICHOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL, por importe de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTITRES EUROS Y CERO SEIS CENTIMOS (25.723,06 €).

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

(EXP. 52/2011/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL/08).

Vista la solicitud formulada por Dolla Candida REPILADO GONZALO con DNI 28268470-K en la que formula reclamacion de responsabilidad patrimonial por los datios sufridos como consecuencia de una caida en la Calle Derechos Humanos con consecuencia de fractura e inmovilizacion de mano izquierda (la solicitante se ha visto impedida en gran medida para realizar sus tareas habituales, especialmente la del cuidado y atencion de una hermana que convive con la misma y que, aquejada de una minusvalia, precisa de silla de ruedas. Asi lo recoge el informe medico).

Visto que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesion que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios pŭblicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

Vista la propuesta del organo instructor, asi como el Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad Autonoma de Extremadura relativo al expediente para determinar si existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, por el que se concluye, entre otros, que "...en conclusion, cabe en este caso, estimar la reclamacion interpuesta y debe el Ayuntamiento declarar la responsabilidad patrimonial de la Administracion local en el caso que nos ocupa, al haber sufrido la reclamante, un dano cierto, antijuridico, individualizado y vinculado en relacion causal directa e inequivoca a un servicio publico defectuosamente ejecutado, sin que quepa aducir en contra conductas o elementos que interrumpan dicho nexo causal."," ...Que tenidas en cuenta las consideraciones contenidas en el cuerpo del presente Dictamen, resulta procedente declarar en este caso la responsabilidad patrimonial de la Administracion del Ayuntamiento de Moraleja, debiendo indemnizarse al reclamante en la cantidad sefialada en el ŭltimo fundamento juriclico (1.726,59 €)..."examinados los documentos, alegaciones e informaciones que obran en el mismo, y de conformidad con el articulo 13 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Pŭblicas en Materia de Responsabilidad

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Patrimonial, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con el Dictamen del Consejo Consultivo, ACUERDA:

PRIMERO.- Reconocer a Doila Candida REPILADO GONZALO el derecho a recibir una indemnizacion como consecuencia de los darios sufridos en sus bienes o derechos por el funcionamiento del servicio del Ayuntamiento de Moraleja (Caceres), y cuyos darios son los que figuran en la valoracion que se acomparia a la reclamacion; habiendo sido confirmada la relaciOn de causalidad existente entre el servicio pŭblico de pavimentacion y conservacion de vias pŭblicas y los darios causados al reclamante, que han tenido su origen en el funcionamiento anormal de aquel servicio.

SEGUNDO.-La cantidad a la que asciende la indemnizacion es de 1.726,59 euros, segŭn valoracion efectuada por el Consejo Consultivo de Extremadura.

TERCERO.- Notificar esta resolucion a los interesados junto con los recursos pertinentes.

CUART0.- Notificar esta resoluciOn al Departamento de Depositaria de este Ayuntamiento.

QUINTO.- Notificar esta resoluciOn al Consejo Consultivo, remitiendo copia de la misma."

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

(EXP. 39/2011/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL/05).

Vista la solicitud formulada por Don Fco. Javier REPILADO LEITE con D.N.I. 76.015.802-C en la que formula reclamaciOn de responsabilidad patrimonial por los darios causados como consecuencia del golpe sufrido cuando estacionaba con "el filo de los huecos destinados a la plantacion de arboles u otros fines", debido, segŭn manifiesta, a la falta de serializacion y poco alumbrado en la Plaza de la Encomienda frente al Aula de Cultura.

Visto que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesiOn que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios pŭblicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

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Visto el Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad Autanoma de Extremadura relativo al expediente para determinar si existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, por el que se concluye, entre otros, que "...en el asunto que nos ocupa, ha de concluirse que no concurre el requisito de imputabilidad pretendido, como tampoco, existe probanza suficiente que corrobore las declaraciones del perjudicado y del testigo propuesto, conocido del anterior, por lo que no pueden tenerse por ciertos los hechos alegados, es todo ello que no procede declarar, en este caso, responsabilidad patrimonial de la Administracion Autonomica" y por el que se concluye "que teniendo presentes las consideraciones contenidas en el cuerpo del presente Dictamen, no resulta procedente declarar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Moraleja", examinados los documentos, alegaciones e informaciones que obran en el mismo, y de conformidad con el artieulo 13 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Publicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con el Dictamen del Consejo Consultivo, ACUERDA:

PRIMERO.- Desestimar la reclamacion presentada por D. Francisco Javier REPILADO LEITE, al no concurrir los requisitos legalmente exigidos para que pueda apreciarse la existencia de responsabilidad patrimonial en el funcionamiento de los servicios publicos del ayuntamiento de Moraleja, singularmente, la falta de acreditacian de los hechos denunciados y la falta de relacion de causalidad entre la actuacian administrativa y el resultado lesivo producido.

SEGUNDO. Hacer entrega al solicitante de copia del Dictamen del Consejo Consultivo de Extremadura n° 448/2011, de fecha 12 de septiembre de 2011.

TERCERO. Notificar esta resolucian a los interesados junto con los recursos pertinentes.

CUARTO. Notificar este acuerdo al Consejo Consultivo, remitiendo copia de la misma.

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

(EXP. 47/2011/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL/06).

Vista la solicitud formulada por Don Segundo MARIN VALIENTE con DNI 75.995.124-Z en la que formula reclamacian de responsabilidad patrimonial por los datIos sufridos en el vehiculo de su propiedad, un Passat con matricula 5879 BST,

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como consecuencia del golpe sufrido, cuando estacionaba, con el saliente de un bordillo de la Avda. Lusitania con la consecuencia de un reventOn en la rueda derecha que ha sido fotografiada por la Policia Local.

Visto que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesion que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios pŭblicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

Vista la propuesta de resolucion del organo instructor, asi como el Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad AutOnoma de Extremadura relativo al expediente para determinar si existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, por el que se concluye, entre otros, que " ...teniendo presentes las consideraciones contenidas en el cuerpo del presente Dictamen, resulta procedente declarar en este supuesto la responsabilidad patrimonial de la Administracion Pŭblica, formulada frente al Ayuntamiento de Moraleja (Caceres), debiendose indemnizar al reclamante en la cuantla de 128,62 e que debera ser debidamente actualizada en el momento en que se proceda a su abono", examinados los documentos, alegaciones e informaciones que obran en el mismo, y de conformidad con el articulo 13 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Pŭblicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, la Junta de Gobierno Local, en consonancia con el Dictamen del Consejo Consultivo, ACUERDA:

PRIMERO.-Reconocer a Don Segundo MARIN VALIENTE el derecho a recibir una indemnizacion como consecuencia de los darios sufridos en sus bienes o derechos por el funcionamiento del servicio del Ayuntamiento de Moraleja (Caceres), y cuyos darios son los que figuran en la valoracion que se acomparia a la reclamacion; habiendo sido confirmada la relaciOn de causalidad existente entre el servicio pŭblico de pavimentacion y conservaciOn de vias pŭblicas y los darios causados al reclamante, que han tenido su origen en el funcionamiento anormal de aquel servicio.

SEGUNDO.- La cantidad a la que asciende la indemnizacion es de 128,62 euros, que debera ser debidamente actualizada en el momento en que se proceda al abono segŭn valoracion efectuada por Taller Mecanico Julian Diaz de Cariaveral (Caceres).

TERCERO.- Notificar esta resolucion a los interesados junto con los recursos pertinentes.

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CUARTO.- Notificar esta resolucion al Departamento de Depositaria de este Ayuntamiento.

QUINTO.- Notificar esta resolucion al Consejo Consultivo, remitiendo copia de la misma."

*PROCEDIMIENTO ORDINARIO 296/2010-RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR SANI GESTION TECNOLOGICA EXTREMENA DE RECICLADO.-

-Vista la sentencia n° 00195/2011 dictada en el mismo con fecha quince de septiembre de dos mil once por el Juzgado Contencioso-Administrativo N° 1 de Caceres, y el informe de viabilidad sobre dicha sentencia emitido por el Letrado de la Asesoria Juridica de la Diputacion de Caceres que, entre otros, advierte de la cercania del plazo de vencimiento para la interposicion del recurso de apelacion que exige pronta respuesta, riesgo de imposiciOn de costas procesales y que considera inviable la apelacion de la sentencia dictada en la instancia.

En consonancia con dicho informe la Junta de Gobierno Local ACUERDA acatar la sentencia y por consiguiente no recurrir la misma en apelacion.

*SANI GESTION TECNOLOGICA EXTREMENA DE RECICLADO.-

-Visto el estado de tramitacion del expediente relativo al contrato de la CONCESION DE LA EXPLOTACION DE UNA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION a la empresa SANI GESTION TECNOLOGICA EXTREMENA DE RECICLADO, R.C.D. Y ABONO ORGANICO, S.L.

La Junta de Gobierno Local ACUERDA iniciar los tramites para la resolucion, si procede, del contrato de concesion de la explotacion de una planta de tratamiento de residuos de construccion y demolicion a la empresa SANI GESTION TECNOLOGICA EXTREMENA DE RECICLADO, R.C.D. Y ABONO ORGANICO, S.L.

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2. LICENCIAS.-

*OBRAS.-

-Vista la solicitud formulada por Don Antonio SERRANO MARTIN para ejecucion de LINEA DE DISTRIBUCCION AEREA DE BAJA TENSION Y DERIVACION INDIVIDUAL CON INSTALACION RECEPTORA PARA CASETA DE APEROS DE LABOR UBICADA EN LA PARCELA N° 236, POLiGONO 1 de este municipio, segŭn proyecto elaborado por "TECNICAURIA".

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Tecnicos Municipales esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Antonio SERRANO MARTIN para la ejecucion de las obras indicadas, entendiendose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la Tasa por Expedicion de Licencias Urbanisticas por importe de 15,03 €uros. No procede consignaciOn de flanza por remocion de pavimento.

- Vista la solicitud de licencia formulada por Don Abel RODRIGUEZ VELASCO en nombre de Doria Evilisima VELASCO VELASCO para la demoliciOn del inmueble situado en la Hermanos Lopez Hidalgo, nŭm. 8, de este municipio, segŭn proyecto elaborado por el Ingeniero Tecnico de Obras Pŭblicas, Don Abel RODRIGUEZ VELASCO, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de 2.200,00 Euros.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Tecnicos Municipales, esta Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Dofia Evilisima VELASCO VELASCO, para la ejecucion de la demolicion indicada, entendiendose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidacion del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 61,60 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, mas 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedicion de Licencias Urbanisticas.

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EGON 16

L Ju ia Pedro CASELLES MEDINA

N y-,11

lq

CRETARIA GENERAL,

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Caceres)

Secretaria General

- Vista la solicitud de licencia formulada por Don Jestis Maria NEGRO GALAN para la ejecucion de las obras descritas en la DOCUMENTACION REFORMADA del PROYECTO DE OBRAS al que le fue concedida la Licencia de Obras nŭm. 34/2007, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de junio de 2007, para la construccion de una VIVIENDA UNIFAMILIAR , con emplazamiento en la calle Juan Bodon Lucio, nŭm. 53, de este municipio, segŭn proyecto elaborado por el Arquitecto Don Miguel Angel CARPINTERO MONTERO.

Visto el informe emitido por los Servicios Tecnicos Municipales de fecha 7 de octubre de 2011, del que resulta que una vez examinada la documentacion complementaria al Proyecto Inicial "las reformas llevadas a cabo durante la ejecucion de la obra suponen un aumento de la superficie construida, que afecta al uso de vivienda propiamente dicho en forma de trastero- bajo cubie•ta-, de 81,72 m2, lo que implica un incremento real del Presupuesto de Ejecucion Material que asciende a la cantidad de 24.770,25 euros" , Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Jesŭs Marla NEGRO GALAN para la ejecucion de las obras descritas en la DOCUMENTACION REFORMADA del PROYECTO DE OBRAS al que le fue concedida la Licencia de Obras nŭm. 34/2007, entendiendose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Aprobar la liquidaciOn del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por importe de 693,57 Euros, de acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza del expresado Impuesto, mas 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedicion de Licencias Urbanisticas.

Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente, se levanta la sesiOn, siendo las doce horas y treinta minutos del dia serialado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria General, doy fe.