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Manual Organizacional Laboratorio de Urgencias O.P.D. Hospital Civil de Guadalajara “Fray Antonio Alcalde” Página 1 de 23 MANUAL ORGANIZACIONAL LABORATORIO DE URGENCIAS HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA “FRAY ANTONIO ALCALDE” 2006

manual organizacional laboratorio de patologia clinica

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MANUAL ORGANIZACIONAL

LABORATORIO DE URGENCIAS

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA “FRAY ANTONIO ALCALDE”

2006

Manual Organizacional Laboratorio de

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INDICE

I. Introducción .......................................................................................... 3,4

II. Antecedentes Históricos ....................................................................... 5,6

III. Misión, Visión, Valores Y Objetivo ...................................................7,8,9,10

IV. Marco Legal .........................................................................11, 12, 13 y 14

V. Fundamento Legal ................................................................................ 15

VI. Estructura Orgánica .............................................................................. 16

VII. Organigrama ......................................................................................... 17

VIII. Descripción de Funciones ................................................ 18, 19, 20, 21 y 22

IX. Validación ............................................................................................. 23

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INTRODUCCIÓN

El Manual de Organización General del O.P.D. Hospital Civil de

Guadalajara, es un instrumento administrativo fundamental en el proceso de

consolidar la descentralización y desconcentración de los Servicios Personales de

Salud, Salud Pública y Regulación Sanitaria, del Gobierno Federal al Estado; y

tiene como propósito fortalecer el Sistema Estatal de salud, por consiguiente

resulta prioritario optimizar la estructura organizacional y funcional del Organismo

con el objeto de proporcionar servicios con eficiencia, eficacia, calidad y equidad.

El Manual de Organización General se elabora con el fin de que el Hospital

Civil de Guadalajara, cuente con un documento que explicará la misión, estructura

orgánica, atribuciones y funciones de las Direcciones Generales, Direcciones y

Departamentos, que lo integran.

Este documento contribuye a presentar una visión global del organismo; su

misión o razón de ser; precisa las atribuciones y funciones de las Direcciones

Generales, Direcciones y Departamentos, con el objeto de delegar

responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar omisiones; contribuye en

favorecer la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal y

propicia la uniformidad en el trabajo; permite utilizar de manera racional los

recursos humanos y materiales en la realización de sus funciones, sirve así mismo

como un instrumento para la inducción al puesto al personal de nuevo ingreso,

facilitando su incorporación a las distintas áreas del Organismo.

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El documento se conforma de ocho apartados Básicos para manuales de

Organización General y Específicos: Introducción, Antecedentes Históricos,

Misión, Atribuciones, Fundamento Legal, Estructura Orgánica, Organigrama y

Descripción de Funciones.

Por lo cual el presente manual pretende ser un instrumento administrativo

dinámico, flexible y de fácil comprensión, que optimice los sistemas

organizacionales que el Hospital Civil de Guadalajara requiera para cumplir con us

misión y objetivos estratégicos.

Por consiguiente este instrumento administrativo se deberá revisar

anualmente con el objeto de llevar a cabo las adecuaciones correspondientes, y

poder tener un documento operativo y vigente.

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS

El 3 de Mayo de 1794, se inaugura el Hospital Civil de Guadalajara con

capacidad para 1,000 pacientes, gracias a Fray Antonio Alcalde Barriga, Obispo

de Guadalajara.

El 17 de Mayo de 1975 el Hospital Civil se adhiere al Instituto Jalisciense de

Asistencia Social.

El 24 de Mayo de 1987 en el diario Oficial del Estado de Jalisco se publica

el Reglamento del Complejo Médico Hospital Civil, quedando como una institución

pública dependiente del Gobierno del Estado de Jalisco con carácter de organismo

desconcentrado, el complejo Médico estará estructurado por las siguientes

unidades:

I. El Nuevo Hospital Civil de Guadalajara

II. El Hospital de Especialidades, mismo que incluirá:

a) La Unidad de Oftalmología

b) La Unidad de Oncología

c) La Unidad Materno–Infantil

III. El Instituto de Investigación Biomédicas

IV. El Centro Cultural de la Salud.

Por situaciones especiales no entra nunca en vigor, sin embargo es hasta el

11 de Abril de 1997 que se pública la Ley de Creación del Hospital Civil de

Guadalajara como un organismo público descentralizado de la administración

pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual tendrá por

objeto prestar servicios de salud a la población en los términos que se establece

en el presente ordenamiento, en las Leyes General y Estatal de Salud, y se

sujetará a lo establecido en el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización

Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad

Federativa.

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Así también, fungirá como hospital–escuela de la Universidad de

Guadalajara para las funciones de docencia, investigación y extensión en el área

de salud, cuyos programas académicos se desarrollarán de conformidad con la

normatividad de esta Casa de Estudios.

El organismo se conformará con dos unidades hospitalarias: El Antiguo

Hospital Civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara.

En 1997 se cambia el Nombre del Nuevo Hospital Civil de Guadalajara por

el de Hospital Dr. Juan I. Menchaca.

En el año 2001 a 300 años del nacimiento de Fray Antonio Alcalde, en

sesión de cabildo el Congreso decide dar el Nombre al Antiguo Hospital Civil de

Guadalajara, el de Hospital Civil Fray Antonio Alcalde.

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MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO Y VALORES

Misión del Gobierno del Estado de Jalisco.

Promover, dirigir y coordinar los esfuerzos de la sociedad para lograr el bien

común, mediante el compromiso entre el pueblo y un Gobierno honesto, eficiente y

democrático.

El presente manual nace ante la necesidad de contar con un documento

que contenga la información de los procedimientos del Laboratorio de Patología

Clínica, y representa un instrumento útil y valioso de la acción diagnóstica y

terapéutica.

Contiene los procedimientos así como las normas estructurales y funcionales que

se llevan a cabo en ésta Unidad Médica.

El contenido esta dirigido al personal del Laboratorio de Análisis Clínicos como

son: Químicos, Laboratoristas, Patólogos Clínicos, Enfermeras, etc. Para que

aporten sugerencias y modificaciones que logren mejorar la operatividad del

Servicio. Puede ser útil a: Médicos y los interesados en el tema para su aplicación

en la práctica Clínica.

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MISION

Practicar estudios de laboratorio que contribuyan como auxiliares del

diagnóstico clínico, ya sea para ratificarlo o rectificarlo, también para la evaluación

y control del tratamiento establecido así como para formar un pronóstico de

acuerdo a los resultados obtenidos, en beneficio de los pacientes.

VISION

Brindar al paciente una rápida y eficiente atención, practicando sus estudios

con un equipo capacitado técnica y humanamente utilizando equipos de

laboratorio con tecnología de punta que nos garantice un exacto y preciso control

de calidad, tanto interno como externo, para que nuestros usuarios y médicos

obtengan resultados confiables que garanticen un correcto diagnóstico y su

adecuada atención.

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“LA SALUD DEL PUEBLO ES LA SUPREMA LEY” Denota los valores que llevaron a este personaje a crear un hospital que a dos centurias, aún trabaja intensamente.

UNIVERSALIDAD

Las unidades hospitalarias prestaran sus servicios médico asistenciales a la población que lo demande, sin considerar su situación socioeconómica, religión, afinidad política, en respeto al derecho a la atención de la salud de todo ciudadano.

VOCACIÓN DE SERVICIO Los integrantes del OPD, mantendrán la mística de servir a la población más desprotegida.

HUMANITARISMO Atender a los pacientes con sensibilidad, calidez y respeto a su situación de enfermo.

ÉTICA La atención del paciente bajo los principios morales que no atenten contra su dignidad, integridad y pudor.

PROFESIONALISMO Todo el personal que integra el OPD, prestara sus servicios con altos niveles de competitividad, siempre pensando en recuperar y preservar la salud en bien del paciente y de la comunidad.

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CREATIVIDAD

Las acciones médico asistencial y administrativa, que se desarrolle en las unidades hospitalarias, deberán contener un alto sentido de creatividad asertiva, para la resolución de problemáticas en torno a la salud.

AUTOCRÍTICA

La practica médica y administrativa, se auto evaluará en un ambiente constructivo que permita el crecimiento y el desarrollo de quienes lo integran.

EFICACIA Y EFICIENCIA Las acciones en la atención médico asistenciales desarrolladas por los diferentes grupos de trabajo del organismo, estarán encaminadas a la mejora constante, imprimiendo en ellas una relación costo efectividad, que propicie elevar los niveles de calidad en los servicios que prestamos.

CONGRUENCIA

Reflejar en los hechos, la coherencia del actuar y el pensar cotidiano ante los compromisos asumidos.

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MARCO LEGAL

El documento legal, que le otorgo una personalidad jurídica y marcó las

atribuciones de nuestro hospital y consecuentemente de nuestra división, fue publicado a través del decreto 16527 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, el 27 de abril de 1997, siendo gobernador del Estado de Jalisco, el C. Ingeniero Alberto Cárdenas Jiménez.

Articulo 1. El Hospital civil de Guadalajara es un organismo publico descentralizado de la administración publica estatal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, el cual tendrá por objeto prestar servicios de salud a la población en los términos que se establecen en el presente ordenamiento, en las Leyes General y Estatal de Salud, y se sujetara a lo establecido en el Acuerdo de coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el de esta Entidad Federativa. Así también fungirá como hospital-escuela de la Universidad de Guadalajara para las funciones de docencia, investigación y extensión en el área de salud, cuyos programas académicos se desarrollaran de conformidad con la normatividad de esta casa de estudios.

El organismo se conformara con dos unidades hospitalarias: el Antiguo Hospital civil de Guadalajara y el Nuevo Hospital Civil de Guadalajara.

Articulo 2. Para los efectos de la presente Ley, deberá entenderse por Organismo: organismo Publico Descentralizado denominado “ Hospital Civil de Guadalajara”

Acuerdo de Coordinación : Acuerdo de Coordinación para la descentralización Integral de los Servicios de salud, entre los Ejecutivos Federal y el del Estado de Jalisco.

Articulo 3. El organismo tendrá a su cargo las funciones que en la presente ley se determinan, para dar cumplimiento a su participación en la consolidación del Sistema Estatal de Salud a la Población, conforme a las disposiciones legales aplicables y al Acuerdo de Coordinación.

Articulo 4. El Hospital Civil de Guadalajara tendrá las siguientes funciones:

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I. Organizar y operar servicios de atención medica, fundamentalmente a población abierta.

II. Colaborar en la organización del Sistema Estatal de Salud en los términos

de las Leyes General y Estatal de Salud, así como en lo que establece el Acuerdo de Coordinación.

III. Realizar todas aquellas acciones tendientes a garantizar el derecho a la

protección de la salud de los habitantes del Estado.

IV. Conocer y aplicar la normatividad general en materia de salud, tanto nacional como internacional, así como, proponer adecuaciones a la normatividad estatal y esquemas que logren su correcto funcionamiento.

V. Establecer las políticas específicas que en materia de salud deberán llevar

a cabo las unidades hospitalarias que lo integran, para dar cumplimiento a los programas que se deriven de la Secretaria de Salud Jalisco y del acuerdo de Coordinación.

VI. Proponer las medidas, procedimientos y condiciones que se estime

necesario para mejorar la calidad en la prestación de la atención medica de las unidades hospitalarias a su cargo, y para un cumplimiento pleno de las funciones asistenciales y docentes.

VII. Apoyar los programas en materia de salud, que para tal efecto determine la

Secretaria de Salud Jalisco. VIII. Impulsar, apoyar y capacitar en materia de salud a los profesionales,

especialistas y técnicos que desempeñen sus labores en el organismo;

IX. Llevar a cabo actividades de investigación científica y docencia en el área de la salud, de conformidad con la normatividad de la Universidad de Guadalajara y los convenios que esta Casa de Estudios tenga celebrados;

X. Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las autoridades e instituciones competentes, en la investigación, estudio y análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud.

XI. Difundir en general entre la población de la Entidad y en especial entre las

autoridades correspondientes, mediante publicaciones y actos académicos, los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis y de recopilación de información, documentación e intercambio que realiza.

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XII. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros que reciba de los sectores público, social y privado, con sujeción al régimen legal que le corresponda.

XIII. Vigilar la aplicación de la normatividad en materia laboral en beneficio de

sus trabajadores. XIV. Las demás que esta Ley y otras disposiciones legales le confieran para el

cumplimiento de su objeto.

Articulo 5. El patrimonio del organismo estará constituido por: Los bienes muebles e inmuebles y recursos que le transfiera el Gobierno Estatal, en los términos del Acuerdo de Coordinación.

I. Las aportaciones que los gobiernos Federal, Estatal y Municipales le otorguen.

II. Las aportaciones, donaciones, legados y demás análogas que reciba de los

sectores social y privado.

III. Las cuotas de recuperación que reciba por los servicios que presta.

IV. En general todos los bienes y derechos que entrañen utilidad económica o sean susceptibles de estimación pecuniaria y que obtenga por cualquier titulo legal.

Articulo 6. El organismo administrara su patrimonio con sujeción a las disposiciones legales aplicables y lo destinara al cumplimiento de su objeto, asi como lo establecido por el Acuerdo de Coordinación. Articulo 7. El organismo deberá mantener en buen estado los bienes muebles e inmuebles que la Universidad de Guadalajara autorice para uso de este, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de dicha Casa de Estudios.

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FUNDAMENTO LEGAL

Constitución política de los estados unidos Mexicanos.(5 de febrero de

1917) Reforma (diciembre 3 de 1985). Ley general de salud (D.O. 7 de febrero de 1984)de acuerdo a lo señalado

en los artículos 3°, fracciones I y VII ,XII,XIII, apartado A, fracción II y apartado 13, fracción VII y XXV.

Ley orgánica de la administración publica federal (D.O.29 de diciembre de

1976)Reforma(D.O. 21 de enero de 1985.) Ley general de salud del estado de Jalisco.

Reglamento de la ley general de salud en materia de prestación de atención

medica artículos 4°,7 y 10 fracción y capítulos IV y V (D.O.7 de febrero de 1984.)

Reglamento interior de la secretaria de salud (D.O. 19 de agosto de 1995.)

Reglamento de la ley del organismo publico descentralizado denominado

Hospital Civil de Guadalajara (21 de octubre 1997.)

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ESTRUCTURA ORGANICA DEL

LABORATORIO DE PATOLOGIA CLINICA

Jefe del Servicio

Químicos Farmacobiologos

Técnicos Laboratoristas

Enfermeras

Auxiliares de Laboratorio

Personal Administrativo

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Dirección General O.P.D.

Hospital Civil de Guadalajara.

Dirección Unidad Hospitalaria

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Sub Dirección de Servicios Auxiliares de Diagnóstico,

Tratamiento y Paramédico,

División de Servicios Auxiliares

de Diagnostico y Tratamiento

Jefatura Lab. De Patología

Clínica

Lab. De Patología Clínica

Lab. Urgencias

Química Sanguínea

Citología Hemática

Coagulación

Procalcitonina Gases Arteriales

Orinas

Organigrama

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DESCRIPCION DE FUNCIONES

DESCRIPCION Y FUNCIONES DEL PERSONAL

RESPONSABLE DEL LABORATORIO

Descripción del puesto Dirección técnica y administrativa del laboratorio Jefe inmediato Subdirector de Servicios Auxiliares de Diagnostico Tratamiento y Paramédicos Subordinados directos Todo el personal adscrito al Laboratorio de Urgencias. Coordinación Con médicos y jefes de departamentos clínicos y quirúrgicos Atención A todos los pacientes de hospitalizados y de urgencias adultos y pediátricos. Responsabilidad De la eficiencia profesional y administrativa del servicio. Autoridad Para seleccionar equipo y materiales del Laboratorio Para programar el trabajo en el servicio a su cargo Para distribuir el personal y el trabajo dentro del servicio Para mantener el orden y la disciplina dentro del servicio. Deberes Programar el trabajo del servicio. Vigilar la atención adecuada, tomando parte en ella. Supervisar la toma de muestras, práctica de exámenes y entrega oportuna de resultados. Mantener las mejores relaciones humanas con el personal a su cargo Comunicar por escrito a su jefe inmediato las faltas graves del personal Solicitar por escrito los abastos necesarios para el funcionamiento del laboratorio Valorar y adecuar la capacidad técnica de su personal

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Requisitos Títulos profesionales de médico Especialista en Patología Clínica Comprobar su capacidad técnica y su aptitud psicológica necesarias al cumplimiento del puesto de acuerdo con las normas de este manual.

QUIMICO Descripción del puesto Realización de Exámenes, Calibración de aparatos y preparación de reactivos Jefe Inmediato Jefe del servicio o Responsable del Laboratorio Coordinación Con todo el personal adscrito al servicio Atención A pacientes hospitalizados y de urgencias. Responsabilidad De la exactitud, y corrección técnica de los exámenes. Del abasto de reactivos y material necesarios para el proceso de exámenes. Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente. Autoridad Para orientar y supervisar la labor del personal de la sección a su cargo Para determinar la parte técnica de la ejecución de exámenes, calibración de aparatos. Deberes Practicar los exámenes de acuerdo con las normas de este manual. Registrar y reportar resultados. Preparar y controlar, equipo, material y reactivos necesarios para su labor. Ejecutar ordenes que le imparta su jefe inmediato superior. Requisitos Titulo profesional de Químico Farmacobiologo Comprobar su capacidad Técnica y aptitud psicológica de acuerdo a las normas establecidas

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LABORATORISTAS Descripción del puesto Auxiliar en la parte técnica de exámenes de laboratorio Jefe inmediato Jefe de Servicio o Responsable del laboratorio Coordinación Con Químicos y personal Administrativo Atención A pacientes hospitalizados y de urgencias. Responsabilidad Del proceso de exámenes De la disposición de material, orden y conservación del mismo Del correcto funcionamiento de equipos, reportando fallas oportunamente Deberes Proceso de exámenes Ejecutar las órdenes que le imparta su jefe inmediato superior Requisitos Estudios adecuados al nivel de la plaza Práctica adecuada al nivel de la plaza Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas

SECRETARIA DEL JEFE DE SERVICIO

Descripción del puesto De las funciones administrativas del servicio Jefe inmediato Jefe del Servicio Coordinación Con todo el personal del Servicio Atención Al jefe del servicio y personal del mismo

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Responsabilidad De pedidos de reactivos y material necesarios para el servicio De informes y estadísticas del Servicio De suplir al personal (vacaciones, ausencias) De elaboración de oficios y comunicaciones De la organización del archivo del laboratorio Autoridad

Para solicitar cooperación del personal de recepción y de intendencia par la atención adecuada de los pacientes hospitalizados y de urgencias.

Requisitos Los que marca el reglamento de trabajo del OPD Comprobar su capacidad técnica y aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas

AUXILIARES DE LABORATORIO

Descripción del puesto Encargado de la limpieza del laboratorio Lavado de material Jefe inmediato superior Jefe o encargado del laboratorio Coordinación Con todo el personal Adscrito Atención A las instrucciones del jefe de servicio Responsabilidad Del lavado de material De la limpieza en general del servicio Autoridad Para sugerir mejoras del trabajo Deberes Limpieza del servicio y del material

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Requisitos Las que marca el reglamento del OPD Comprobar su aptitud psicológica de acuerdo con las normas establecidas

Encargado de Sub Almacén Descripción del puesto Responsable de la solicitud, almacenamiento y distribución de material y reactivos de laboratorio. Jefe Inmediato Jefe del servicio o Responsable del Laboratorio Coordinación Con todo el personal adscrito al servicio Atención A pacientes en general Responsabilidad Control de material y reactivos del laboratorio. Autoridad Para solicitar guardar y entregar los materiales y reactivos Deberes Llevar el inventario de reactivos y materiales. Hacer solicitudes de material y reactivos. Entregar reactivos y material al personal del servicio. Requisitos Los establecidos en el reglamento del O.P.D. Hospital Civil de Guadalajara. Comprobar actitud psicológica de acuerdo a las normas preestablecidas.

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VALIDACION

Dr. Héctor Raúl Pérez Gómez

Director del A. H. C. G. F.A.A.

Dr. Martín Vargas Magaña

Sub Director de Serv. Aux. de Dx. Tx. y

P.

Dr. Daniel Meraz Rosales

Jefe de la Div. de Diagnostico

Dr. Ramón Sigala Arellano

Jefe de Lab. De Patología Clínica

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“La Salud Del Pueblo es La Suprema Ley”

“2006, Año del Bicentenario del

Natalicio de Benito Juárez

García”

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